Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 Usuarios
2
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 PRIMER REMATE JUDICIAL
EN LOS SEGUIDOS POR PRO MOTORA -OPCION S.A. EAFC REPRESENTADO POR OMAR LADRON DE GUEVARA CASAVERDE CON JUAN CARLOS CUSIHUALLPA VALVERDE, SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXP. N° 00052-2016, POR ORDEN TERCER JUZGADO CIVIL- SEDE CENTRAL DEL CUSCO, A CARGO DEL SEÑOR MAGISTRADO: JOHN ALECK ALFARO TUPAYACHI, ESPECIALISTA LEGAL: LEYDY SOTO CASTILLO. LA SUSCRITA MARTILLERA PÚBLICA, REMATARÁ EN PRIMERA CONVOCATORIA EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN: LA FRACCIÓN N° 09, PARTE REINTEGRANTE DE LOS LOTES N° 03 Y 04 DE LA MZ. C, DE LA URBANIZACION EL NARANJAL, DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCION,DEPARTAMENTO DEL CUSCO E INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° 11011170 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE QUILLABAMBA. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 74,211.12 (SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ONCE CON 12/100 DOLARES AMERICANOS) PRECIO BASE: US$. 49,474.08 (CUARENTA y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 08/100 DOLARES AMERICANOS) GRAVAMENES Y CARGAS: HIPOTECA A FAVOR DE PROMOTORA OPCION S.A HASTA PR LA SUMA DE US$.35,284.48 ( TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTO OCHENTA Y CUATRO CON 48/100 DOLARES AMERICANOS ), ASIENTO N°12. DIA Y HORA DEL REMATE: CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS Y CUARENTA MINUTOS. LUGAR DE REMATE: LOCAL DEL TERCER JUZGADO CIVIL- SEDE CENTRAL DEL CUSCO, TENIENDO EN CUENTA QUE LOS REMATES SE LLEVAN A CABO EN LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO CORPORATIVO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO UBICADO EN AV. SOL N° 239-CUSCO. POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA ADJUNTAR TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CONSIGNAR NÚMERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARANCEL Y DNI Y GENERALES DE LEY. ROXANA ELENA LEON USURIN MARTILLERA PUBLICA 6VCES-25-26-27-28-29-IX-Y 02-X-17 B/V 002-767 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 171-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de Victoriano Ccapatinta Paja sobre RECTIFICACIÓN del acta de la partida de nacimiento de Abel Pareja Canoinclusión de apellidos maternos de sus progenitores, se ha dispuesto La publicación del presente para Los fines de Ley. San Jerónimo, 22-09-2017 3VCES-26-27-28-IX-17 B/V 002-803 PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE N°00669-2017- 0-1001-JR-CI-01, SEGUIDO POR COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN DEL CUSCO LTDA. EN CONTRA DE ROMULO MARCO ACURIO ORTIZ y LIDIA MERMA JOYAS; EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, DRA. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, ESPECIALISTA LEGAL BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SEÑALADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 13 DE OCTUBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL LOCAL DE ADMINISTRACION LABORALCIVIL, SEGUNDO PISO, SITO EN LA AV. EL SOL 239, CUSCO, CUSCO. SOBRE EL BIEN INMUEBLE: LOTE DE TERRENO N°7, DE LA MZNA. “I”, INDEPENDIZADO DE LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA “MAGISTERIAL SUTEP”, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN PROVINCIA, DEPARTAMENTO Y REGION DEL CUSCO, CUYA AREA, CARACTERISTICAS y LINDEROS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11011917 DE LA ZONA REGISTRAL N°X, SEDE CUSCO, SUNARP-CUSCO, TASACION TOTAL: US$.173,320.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.115,546.66 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.17,332.00 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1).- HIPOTECA A FAVOR DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA, HASTA POR LA SUMA DE US$.133,100.00 DOLARES AMERICANOS, SEGÚN ASIENTO D00007 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917, 2).- ANTICRESIS A FAVOR DE MARTHA AQUIMA TUPA, HASTA POR LA SUMA DE S/.100,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO D00008 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES
HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO DEL REMATE. MARTILLERO PUBLICO DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. N°190 CEL. 959648263, RPM: #959648263 CUSCO, 2017-09-21 6VCES-26-27-28-29-IX-Y-02-03-X-17 B/V 002-805 SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA S.A. contra VICTOR RAUL CANDIA HERRERA y MARIA YSABEL CARREÑO FLORES sobre EJECUCION DE GARANTIAS - Exp. N° 00225-2017-0-1001-JR-CI-04, el Cuarto Juzgado Civil del Cusco a cargo de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, Especialista Legal Fresh Lennin García Luna, han dispuesto sacar a SEGUNDO REMATE el inmueble consistente en “Lote N° A-1-2 de la Asociación Pro Vivienda Machupicol, distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusca, de un área de 281.70 m2, con frente a la Calle Los Geranios, inscrito en la Partida N° 11040676 del Registro de Predios de Cusco. TASACIÓN CONVENCIONAL: US$. 189,730.00 DOLARES AMERICANOS. PRECIO BASE: US$. 107,513.67 DOLARES AMERICANOS. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1:- HIPOTECA a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa S.A. hasta por la suma de US$. 189,730.00 según y más ampliamente consta en la Escritura Pública del 09/07/2012 otorgada por Notario Público de Cusco Ocampo De La Hasa Lucila Antonieta inscrito en el Asiento D0006 de la partida N° 11040676 del registro de predios del Cusco. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El Viernes 06 de Octubre de 2017, a horas 12:00 M. (DOCE DEL MEDIO DIA), en las instalaciones de la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol N° 239, del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), adjuntando el arancel judicial consignando el número de expediente y juzgado respectivo, original y copia de DNI. LOS HONORARIOS del Martillero Público será cancelada por el adjudicatario al concluir el acto de remate, en los rangos y tramos dispuestos en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al I.G.V. ROBERTO CARLOS BAUTISTA LIZARBE - Martillero Público con Registro N° 326. CELULAR: 945683848. 3vces-26-27-28-ix-17 b/v 002-818 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 278-2017-CI seguido por FAUSTINO HUARCO CONDORI sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su hijo Jesús Huarcaya Mejia en cuanto a la consignación de su apellido paterno y el de su progenitor, siendo lo correcto JESÚS HUARCO MEJIA y FAUSTINO HUARCO CONDORI respectivamente, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 22-09-2017 3vces-27-28-29-ix-17 b/v 002-824 EDICTO SHEYLA CABALLERO RODRÍGUEZ ha demandado el Divorcio por causal contra LINO ASCARZA CALDERON y el Ministerio Publico demanda que ha sido admitida por el Segundo Juzgado de Familia de Cusco con el N° 28822017 en la vía de Conocimiento confiriéndose traslado de la demanda a los demandados por el término de treinta días bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal en caso de incumplimiento. Cusco,08 de Setiembre del 2017 3vces-27-28-29-ix-17 b/v 002-831 NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro 305-2017 tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Srta. Juez Dra. Linda Vargas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro 3 de 1 de julio del año en curso se ha dispuesto notificar al demandado EDMUNDO TINOCO CCANCHILLO con LA DEMANDA Y AUTO ADMISORIO mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario Oficial el peruano y en el de mayor circulación por el plazo de ley. resolución Nro. 01 de 01 de marzo del año 2017 SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda interpuesta por ANTONIETA NOHA CHACON en representación de sus hijos Julio Cesar y Anderson Sebastián Tinoco Noha sobre PRESTACION DE ALIMENTOS contra EDMUNDO TINOCO CANCHILLO , debiendo de tramitarse en la vía del PROCESO UNICO . Estando a lo dispuesto por
3
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 el Artículo 554 del Código Procesal civil , confiérase traslado por el plazo de cinco días , bajo apercibimiento de ser declarado rebelde AL OTROSI condesase asignación anticipada en la suma de SETECIENTOS CINCUENTA SOLES bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal .- H.S.27-28-29/09/2017 B/.001-240 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN EL JIRÓN BELAUNDE TERRY N° 176, DEL DISTRITO DE URCOS, PROVINCIA QUISPICANCHI DEPARTAMENTO DEL CUSCO, COMPARECIERON FELIPE MAMERTO QUISPE CASTILLO y DANILA BERNAL BLANCO, AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY 27157 SU REGLAMENTO APROBADO POR D.S. 008-2000MTC SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL CANCHON URACALLE UBADO EN LA CALLE MANCO CCAPAC S/N EN EL SECTOR MUYNA, DEL DISTRITO DE LUCRE, PROVINCIA DE QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DEL CUSCO.- EL MISMO QUE CUENTA CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS ÁREA: 470.72 M2 (CUATROSCIENTOS SETENTA PUNTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS) Y PERIMETRO: 107.74 ML (CIENTO SIETE PUNTO SETENTA Y CUATRO).LINDEROS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE MANCO CCAPAC POR EL LADO DERECHO: CON LA PROPIEDAD DE CELEDONIO SULLCA ORTEGA POR EL LADO IZQUIERDO: CON LA PROPIEDAD DE LUIS PEREZ VALENCIA POR EL FONDO: CON LA PROPIEDAD DE DANIEL QUISPE QUISPE POR ESTE MEDIO SE CUMPLE CON NOTIFICAR AL TRASFERENTE VALIDO SR. CLAUDIO QUISPE SULLCA. PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA PARA FINES PERTINENTES Y DE ACUERDO A LEY URCOS, 12 DE SETIEMBRE DEL 2017- MARIA EUGENIA GALDO SOTOMAYOR ABOGADA NOTARIA DE LA PROVINCIA DE QUISPICANCHI3VCES- 18-22-28-IX-17 B/V 002-681 EDICTO En el Proceso N° 435-2016-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto la publicación de las Resoluciones: Nro. 01 QUE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ROCIO VIOLETA SILVA LICUONA, FLOR DE MARIA AGUIRRE SILVA y ANGELA BIVIANA AGUIRRE SILVA, contra la SUCESION de Q.E.V.F. ALBERTO MENESES ALVAREZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. Por su mérito, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado en el artículo 486 inciso 2) del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal. TRAMITESE la demanda por la VIA DEL PROCESO ABREVIADO.- NOTIFIQUESE al demandado Sucesión de Q.E.V.F. Alberto Meneses Álvarez, mediante EDICTOS, con un extracto del auto admisorio, mediante el diario judicial del Cusco y el diario oficial el Peruano, por el término de tres días y de no apersonarse al proceso en el plazo de ley se proseguirá el proceso con la designación de curador procesal. Nro. 02 QUE RESUELVE: CORREGIR el error material incurrido en el auto admisorio de la demanda, con relación al nombre de la demandante “Flor de María Aguirre Silva”, siendo el correcto de FLOR MARIA AGUIRRE SILVA, quedando inalterable en lo demás que contiene el auto admisorio; y Nro. 12 QUE RESUELVE: INTEGRESE el auto admisorio de la demanda, en la siguiente forma: PUBLIQUESE un extracto del auto admisorio de la demanda, la resolución de corrección número dos y esta resolución, en el diario judicial del Cusco y El Peruano, por tres veces con intervalo de tres día H.S.Cusco,santiago, 14 de setiembre de 2017. 3vces-18-22-28-ix-17 b/v 002-684 NOTIFICACION POR EDICTO SOBRE DECLARACION JUDICIAL DE ESTADO DE CONVIVENCIA. Expediente Nro.666-2017. Juzgado de Familia La Convención. Juez: Dra. RAMOS, seguido por doña ZAIDA VARGAS MONTESINOS. sobre. Declaración Judicial de Estado de Convivencia . en contra de los Sucesores del que en vida fue REYNALD VERA SANCHES. se NOTIFIQUE: A los Sucesores del que fue Reynaldo Vera Sánchez. Con la resolución número uno. Q-188-2017. admítase y Córrase traslado la demanda por el termino de ley. a los Sucesores del que en vida fue Reynaldo Vera Sánches.- Firma Juez Dra. RAMOS y Secretario P.Condori-Quillabamba. 11 de Setiembre 2015. CARMEN RAMOS URBIOLA JUEZ SUPERNUMERARIA 18-22-28/09/2017 B/.001-284 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIOE INSCRIPCION Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por el Sr. Juez YTALO DIEGO TTITO QUISPE, en el Exp. N° 140-2017-0-1015-JMCI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez
Ruiz, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 28 de agosto de 2017 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por CRISTINA FORTUNATA CONCHA LOVATON sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL Predio denominado Condorhuachana Chalanquiyoc ubicado en el Sector de Cachiccata y Sillque Pata pata del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, departamento del Cusco, con una extensión de 88.20 Has. contra PERSONAS INDETERMINADAS. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas, asimismo notifíquese a las personas indeterminadas.-NOTIFIQUESE a los colindantes del inmueble AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA, JORGE MAGNO RÍOS ZAMALLOA, LEONCIO CONCHA LOVATON, BLANCA ESPINOZA DE RÍOS y ZENAIDA DOLMOS DE CUCHO.-. Pueden apersonarse al proceso las personas que tuviesen derechos de propiedad sobre el predio antes referido.- Se publica el presente para los fines de ley.- conforme a lo previsto por los artículos 167 Y 168 del Código Procesal Civil, para fines de su apersonamiento al presente proceso.Urubamba, 13 de setiembre de 2017.3VCES-25-28-IX-Y-03-X-17 B/V 002-764 EDICTO JUDICIAL En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00582-2017-0-1001JM- CI-02, seguido por Carmen Rosa Cruz Huamán, sobre Cambio de Nombre, se ha dispuesto la publicación por edictos el extracto de la resolución Nro. 01 del 01- 09-17: “ ... ADMITIR A TRÁMITE en la Vía del Proceso No Contencioso, la demanda interpuesta por CARMEN ROSA CRUZ HUAMAN, sobre CAMBIO DE NOMBRE .... Al PRIMER OTROSI.- Estese al procedimiento regulado en el artículo 754° del Código Procesal Civil por tratarse de un Proceso Judicial de Cambio de Nombre. Al SEGUNDO OTROSI.- Téngase en cuenta. De acuerdo a lo prescrito por el artículo 828° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la solicitud por una sola vez en la forma prevista en el Diario Judicial de esta ciudad así como en el Diario Oficial El Peruano.- Y, estando al estado del proceso señálese fecha y hora para la verificación de la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS Mil DIECISIETE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, a la que deberán concurrir las partes bajo apercibimiento de ley.” H.S. Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga Morón- Ante mí: Evangelina Conza Choque. - Secretaria Judicial. - Lo que se Publica Para los fines consiguientes.- Wanchag 26 de setiembre del 2017.1v-28-ix-17 b/v 002-842 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA OFICINA DE REGISTRO CIVIL AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 8220- 2017 de fecha 25 de setiembre del 2017. Doña: MARIZOL ZUNIGA BERNAL, solicita la Rectificación Administrativa de su partida de nacimiento de su menor hijo JUAN CARLOS PEREZ ZUÑIGA, que por error se consignó su segundo apellido como zuñiga siendo lo correcto ZUNIGA y en datos de madre se consignó erradamente como Marizol Zuñiga Bernal siendo lo correcto MARIZOL ZUNIGA BERNAL, conforme se adjunta el acta de nacimiento de la madre inserto en el expediente. Lo que se da a conocer a fin de quienes resulte perjudicados con la puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el Art 73 del D.S.No.015-98-PCM. Calca, 25 de setiembre del 2017 FRIDA MOLINA MIRANDA REGISTRADORA CIVIL 1V-28-IX-17 B/V 002-843 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA INA DE REGISTRO CIVIL AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N° 8218- 2017 de fecha 25 de setiembre del 2017. Doña : ROSA ZUÑIGA PONCE, solicita la Rectificación Administrativa de su partida de nacimiento, que por error se consignó su primer apellido como Zuniga siendo lo correcto ZUÑIGA y en datos de padre correcto debe ser “CESAR INOCENCIO ZUÑIGA BARBACHAN” conforme se adjunta el acta de nacimiento del padre en el expediente .. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el Art 73 del D.S.No.015-98-PCM. Calca, 25 de setiembre del 2017. FRIDA MOLINA MIRANDA REGISTRADORA CIVIL 1V-28-IX-17
4
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
B/V 002-844 EDICTO JUDICIAL Que en el Proceso Civil Nro. 00053-2017-0-1022-JR-CI-05, seguido por Margarita Choqque Cusihuaman sobre CAMBIO DE NOMBRE, bajo la actuación del Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo; y la dirección de la Señora Jueza Dra. Marianella Cardenas Villanueva, se ha dispuesto la publicación del extracto Judicial de la Resolución Nro. 07 de fecha 29 de agosto del 2017: DECLARAR FUNDADA la demanda de cambio de nombre presentada por Margarita Choqque Cusihuaman, contando con legítimo interés respecto a su partida de nacimiento, en consecuencia, se ORDENA el cambio del apellido paterno “Choqque” a Choque, debiendo quedar en forma completa el nombre de la titular de la partida de nacimiento como Margarita Choque Cusihuaman, inscrita en la partida de nacimiento N° 30 del año 1940, inscrita en la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Chinchero, provincia de Urubamba, departamento de Cusco. ( ... ) PROCÉDASE a la inscripción de esta sentencia por ante la RENIEC, cúmplase consentida o firme que quede la presente resolución. T.R. y H.S., y del extracto Judicial de la Resolución Nro. 08 de fecha 11 de Septiembre del 2017: por estas consideraciones., ( ... )SE RESUELVE: 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 29 de agosto del 2017, que declara FUNDADA la demanda interpuesta por MARGARITA CHOQQUE CUSIHUAMAN. 2. Ingrese el proceso a la ETAPA DE EJECUCIÓN. 4. LÍBRESE LOS PARTES respectivos a la oficina de RENIEC DEL CUSCO para la inscripción ordenada. H. S.1v-28-ix-17 b/v 002-845 EDICTO Ante El Tercer Juzgado de Paz letrado del Cusco a cargo de la Dra. Judit Tacuri Chávez y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Judith Castillo Prado, se viene tramitando el expediente N° 2395-2017-CI seguido por Hugo Atapaucar Tapia sobre Rectificación de Partida y mediante Resolución N° 01 Auto Admisorio se ha resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HUGO ATAPAUCAR TAPIA representado por Marco Atapaucar Tapia, sobre RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO. DEBIENDO sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Judicial de Cusco por una sola vez, conforme dispone el artículo 828° del Código Procesal Civil, concordante con el Decreto Supremo número 020-2000-PCM, para cuyo efecto el solicitante deberá concurrir a la Secretaria del Juzgado después de notificado con la presente resolución a efectos de recabar el edicto para dicha publicación y cumplida la publicación, VERIFÍQUESE la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA.- Por ofrecidos los medios probatorios que indica para admitirse y actuarse en su oportunidad procesal.- Agréguese a sus antecedentes los anexos indicados. Lo que se publica para los fines de Ley. Cusco, 13 de septiembre del 2017. 1v-28-ix-17 b/v 002-846 EDICTO En el Proceso N° 21-2017 -CI tramitado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el Señor Magistrado Dr. Gilberto E. Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, mediante Resolución N° 01 de fecha 03 de Agosto del 2017 se ha dispuesto: ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JACINTO AIQUE ALVARO sobre CAMBIODE NOMBRE de su prenombre “JACINTO” a “IVAN”, debiendo quedar como IVAN AIQUE ALVARO, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO( ... )Con citación del Ministerio Público. H.S.- y Resolución N° 02 de fecha 15 de Setiembre del 2017 que dispone: Prográmese fecha para el verificativo de la Audiencia de Actuación y Declaración judicial, el día 09 de Octubre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana, bajo apercibimiento de ley en caso de inconcurrencia del solicitante (... ) . 1v-28-ix-17 b/v 002-847 NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro. 65-2015 tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Srta. Juez Dra. Linda Vargas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro. 16 de 16 de agosto del año en curso se ha dispuesto notificar al demandado LUIS CHAIÑA CCASA con el auto final mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario judicial del Cusco y en el de mayor circulación por el plazo de ley. resolución Nro. ocho de fecha 22 de julio del 2016 auto final SE RESUELVE: Declarara FUNDADA en parte la demanda de fojas 10 al 14 interpuesta por Elisa Condori Quispe en representación de sus menores hijos Dina , Juan Freddy y Yanira Chaiña Condori sobre
ejecución de acta de conciliación contenida en acta a fojas 3 al cinco contra Luis Chaiña Ccasa en consecuencia ORDENO Llevar adelante la ejecución hasta que el ejecutado haga pago la pensión alimenticita acordada de mil soles y once mil setecientos ochenta por concepto de alimentos devengados más los intereses correspondientes costas y costos del proceso una vez que quede consentida o ejecutoriada la presente resolución debiendo de realizarse la liquidación en ejecución.- H.S. 3vces-28-29-ix-y-02-x-17 b/v 002-850 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago Cusco con Expediente N° 10203 de fecha 22/09/2017, solicitado por la ciudadana (o) MARIA PURIFICACIÓN GONZALEZ DE MOLINA, para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Matrimonio N° 86 del año 1957, Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación en el rubro Nombre (PRIMER APELLIDO) de la Titular Dice: GONZALES. Quedando el Nombre completo como: MARIA PURIFICACION GONZALES CAVIDES. Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 26 de Setiembre del 2017 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 1V-28-IX-17 B/V 002-849 EDICTO JUDICIAL HÁGASE SABER: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Ytalo Diego Ttito Quispe y bajo la actuación de la secretaria judicial Sandra Paola Núñez Ruiz, se tramita el Proceso Civil N° 141-2014-0-1015-JM-CI-01 se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 04 de setiembre de 2014, donde se resuelve ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LORENZA GUZMAN VDA DE OTAZU sobre: NULIDAD DE LA MINUTA DE COMPRAVENTA Y ENAJENACIÓN PERPETUA DE FECHA 27 DE ENERO DE 1978 Y del ACTO JURIDICO QUE LO CONTINE. Contra: FORTUNATO FLORES PINTO, CONCEPCIÓN ANDRADE DE FLORES, LA SUCESIÓN DE QVF GERARDO OTAZU CARBAJAL NULIDAD DE LA MINUTA DE COMOPRAVENTA y ENAJENACIÓN PERPETUA DE FECHA 27 DE JUNIO DE 1997 Y DEL ACTO JURIDICO QUE LO CONTIENE Contra: FORTUNATO FLORES PINTO, CONCEPCIÓN ANDRADE DE FLORES Y EFRAIN FLORES ANDRADE. Debiendo tramitarse en la vía del proceso de CONOCIMIENTO. Córrase traslado al demandado por el plazo de 30 días, conforme prevé los artículos 430° y 478° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. La presente publicación de los edictos, se hace a mérito de lo ordenado mediante resolución N° 33 de fecha cinco de setiembre del dos mil diecisiete, el mismo que RESUELVE: A TODOS SUS EXTREMOS: Estando a lo establecido en el según o párrafo del artículo 435 del Código Procesal Civil y habiendo la parte demandante agotado todos los medios para poder conocer el domicilio de la parte demandada Efraín Flores Andrade, conforme se acredita con la declaración jurada adjunta al proceso, por lo tanto notifíquesele mediante edictos en la forma y por los plazos establecidos por ley, a fin de que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.-ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. H.S. Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 26 de Setiembre de 2017 3vces-28-29-ix-y 02-x-17 b/v 002-851 EDICTO JUDICIAL Señores: Sucesión a RUBEN YEPEZ AMAUT.Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00663-2010-0-1001-JR-CI-03., en el que mediante resolución N° 100 de fecha 14 de agosto del 2017 se ha dispuesto convocar a los sucesores procesales del que en vida fue Ruben Yepez Amaut para que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, debiendo la parte interesada, concurrir a este Juzgado a efecto de recabar dichos edictos para su publicación, Firma o por juez Alfaro Tupayachi.-secretaria judicial Elorrieta Salazar. Cusco, 26 de setiembre del 2017 . 1v-28-ix-17 b/v 002-852 NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL SEÑOR: HERNAN CHAPIAMA SAHUARICO
5
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Gilda Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 00529-2016; habiéndose resuelto: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO DE EJECUCION la demanda instada por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SAA - INTERBANK representado por Carlos Alberto Iparraguirre Valenzuela, sobre EJECUCIÓN DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, en contra de HERNAN CHAPIAMA SAHUARICO, en consecuencia ORDENO: Que los demandados dentro del quinto día de notificados con la presente resolución cumplan con pagar a la actora la suma de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 14/100 SOLES, más los intereses moratorios y comensatorios, costas y costos del presente proceso; hasta el momento de pago que se generen en el proceso, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. CUMPLASE con NOTIFICAR al demandado HERNAN CHAPIAMA SAHUARICO, mediante EDICTOS conforme a ley, a fin de que conteste la demanda en el término concedido, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Se efectúa la presente publicación para los fines de Ley. Cusco, 09 de agosto de 2017 3vces-28-29-ix-y-02-x-17 b/v 002-853 SUCESION INTESTADA. ANTE MI NOTARIO OLGER CENTELLAS MACHACA, OFICIO SITO EN JR. MARIANO MELGAR N°113 DE URCOS - QUISPICANCHI-CUSCO,CINDY MAMANI QUISPE, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE LEONCIO HUILLCAHUAMAN DELGADO, DNI N° 42862283, FALLECIDO EL DÍA CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, EN CARRETERA PUCUTO - URCOS y TENIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN COMUNIDAD PUCUTO S/N, DEL DISTRITO DE HUARO, PROVINCIA DE QUISPICANCHI y DEPARTAMENTO DE CUSCO, PARA QUE SE DECLARE HEREDERO ÚNICO A: NEYMAR SMITH HUILLCAHUAMAN MAMANI, EN CONDICIÓN DE HIJO DEL CAUSANTE. LLAMÁNDOSE A LOS QUE SE CREAN CON DERECHO HEREDITARIO, PARA QUE SE PRESENTEN DENTRO DEL PLAZO DE LEY. URCOS, 21 DE SEPTIEMBRE DEL 2017. Olger Centellas Machaca Notario de Urcos Quispicanchi 1V-28-IX-17 V/F 002-24 SEGUNDO REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES, EXPEDIENTE N°00413- 2012-0-1001-JR-CI-03, SEGUIDO POR CARLOS ANTONIO GAMBOA ALVARADO, NANCY ROXANA GAMBOA ALVARADO, y CARMEN MILAGROS GAMBOA ALVARADO, y COMO TERCERO LUCIANO WILFREDO AZURIN IVAROLA EN CONTRA DE RONALD GAMBOA ALVARADO; EL JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, DR. JOHN ALECK ALFARO TUPAYACHI, ESPECIALISTA LEGAL LEYDY SOTO CASTILLO, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SEÑALADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL SEGUNDO REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 13 DE OCTUBRE DEL 2017, A LAS 12:30 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL LOCAL DE ADMINISTRACION LABORALCIVIL, SEGUNDO PISO, SITO EN LA AV. EL SOL 239, CUSCO, CUSCO. SOBRE EL BIEN INMUEBLE DEPARTAMENTO N°307, DE TIPO FLAT “A”, SEGUNDO PISO DEL BLOCK A-9, DE LA UNIDAD VECINAL “MARISCAL GAMARRA” SEGUNDA ETAPA DISTRITO, PROVINCIA, DEPARTAMENTO Y REGION DEL CUSCO, CUYA AREA, CARACLERISTICA Y LINDEROS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.02076231 DE LA ZONA REGISTRAL N°X, SEDE CUSCO, SUNARP-CUSCO, TASACION TOTAL:US$.89,796.60 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.50,884.74 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.8,979.66 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DEL SEÑOR LUCIANO WILFREDO AZURIN IVAROLA ORDENADO POR EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CUSCO, HASTA POR LA SUMA DE S/.25,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO D00005 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO.02076231. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO DEL REMATE ESPECIALISTA LEGAL LEYDY SOTO CASTILLO, MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. N° 190 CEL.959648263, RPM # 959648263 ENTEL.981068447. CUSCO,2017-09-19 3VCES-28-29-IX-Y-02-X-17 B/V 002-855 EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez
Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal Mario Rafael Ramos Bejar, en el proceso civil Nro. 159-2017-0-1018-JMCI-01, se ha dispuesto emplazar a JULIA ANGELICA MENA VELASCO, con la siguiente resolución: Resolución Nro. 03.- Santiago, doce de abril del año dos mil diecisiete.- ... SE RESUELVE: Admitir a trámite en la vía del Proceso ABREVIADO la demanda sobre RECTIFICACION DE AREAS y LINDEROS del predio signado como lote N° 68-A, antes parte integrante del Ex-Fundo “Manahuañoncca” Ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, con un Área Superficial de 3,187.00 m2, promovida por EMILIANO PAUCAR MATAMOROS, por derecho propio y en representación de su cónyuge ALEJANDRINA AGUIRRE ESTRADA De PAUCAR; y como apoderado de Fidel Morales Portugal y Elva Morales Ticona de Portugal en merito a Escritura pública de otorgamiento de poder que obra en autos, en contra de los sucesores de Francisco Mena Cano y Antonia Aybar Carazas de Mena, quienes son: JULIA ANGÉLICA MENA VALLENAS, MATILDE MENA VALLENAS DE MORALES, ELIZABETH MENA AYBAR, NANCY GREGORIA MENA AYBAR, MARTHA MENA VELASCO, ADRIAN PORFIRIO MENA VALLENAS, con citación de los colindantes MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO, Herederos de RENE GUEVARA OCHOA: Maria Luisa Gil Capara De Guevara, Rene Antonio Guevara Gil, Maria Luisa Guevara Gil y Jorge Armando Guevara Gil, La URBANIZACION FRANCISCO BOLOGNESI; en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de diez días a fin de que absuelva el traslado de la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarada rebelde . A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos como pruebas de la parte actora las señaladas en la demanda, las que se admitirán y actuarán en la oportunidad procesal correspondiente. AL OTRO SI: Téngase presente y agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. - Al SEGUNDO OTRO SI: téngase presente- COMUNIQUESE. Lo que se publica para fines de ley. Santiago, 26 de setiembre del 2017 3vces-28-ix-y-02-04-x-17 b/v 002-856 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 270-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de Lucila Chicchihuallpa Menzala sobre RECTIFICACIÓN del acta de partida de nacimiento de Jesús Antera Valle Huayllani, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 26-09-2017 3vces-28-29-ix-y 02-x-17 b/v 002-857 Aviso Por desaparición que no es habido la señora NANCY PERALTA LUQE con DNI N° 48775539- inquilina en la vivienda del señor HUGO HUAMAN LUNA, en la Urb. Reyna de Belen c-17 del Distrito de Wanchaq. Urb. Progreso, 27 de setiembre del 2017. 3vces-28-29-ix-y 02-x-17 b/v 002-859 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00104-2017-0-1001-JR-CJ-040 ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 02, Del 03 de abril de 2017, (…)AUTO ADMISORIO ( …) VISTO; Y CONSIDERANDO ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JOSE MANUEL MAMANI SUCA peticiona tutela jurisdiccional efectiva en cuya virtud pretende PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON JUSTO TITULO respecto del bien inmueble denominado Lote de Terreno N° 08 Mz. H con un área de 196.47 m2, (minuta de compra venta de área vendido 200 m2 el cual se encuentra con los aportes efectuados para las calles) ubicado en la APV Horacio Zevallos Games, del distrito de San Sebastián, Provincia y departamento de Cusco, contra EUSEBIO FAUSTINO ALARCON CAHUANA y LIVIA ALARCON CAHUANA (SUCESORES DE JUAN ALARCÓN MAMANI y ELVIRA CAHUANA CONDORI); con CITACIÓN de la Municipalidad Distrital de San Sebastián, Pedro Libio Taiña Quispetaiña y Jose Limache Corimanya en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS. 2.- Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506° del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del mismo cuerpo legal. 3.- De igual forma notifíquese al Procurador Publico de la Municipalidad Distrital de San Sebastián- Conforme lo establece el DECRETO LEGISLATIVO N° 1068- DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO. Cusco, 22 de setiembre de 20170 3VCES-28-IX-Y-04-10-X-17
6
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
B/V 002-858 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO EDICTO MATRIMONIAL OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: HAROLD MARTIN FLOREZ OSORIO Identificado con DNI. 42933333 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 32 años: Ocupación: ADMINISTRADOR Domicilio: AV. CAMINO REAL 100 CUSCO Doña: KAREN GABRIELA OLIVERA LAZO Identificada con DNI. 45252034 Estado Civil: SOLTERA Natural de: WANCHAQ - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 29 años: Ocupación: ADMINISTRADORA Domicilio: AV. CAMINO REAL 100 CUSCO Fecha de Matrimonio: 21 DE OCTUBRE DEL 2017 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 27 de SETIEMBRE del 2017. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-28-IX-17 B/V 002-860 SUCESION INTESTADA Ante mi, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura O-12-B del distrito de San Sebastián - Cusco, don: NESTOR SALAS MENDOZA y NESTOR SALAS MEZA, solicitan la sucesión intestada de quien en vida fue LEONOR MEZA DE SALAS, fallecida en fecha diecinueve de agosto de dos mil diecisiete, siendo su último domicilio la ciudad del Cusco, lo que pongo en conocimiento conforme a ley. San Sebastián, 25 de septiembre de 2017. LUIS ALBERTO LIRA APAZA Notario Público 1V-28-IX-17 B/V 002-863 AVISO En el Proceso Civil Nro. 00105-2017-0-1001-JR-CI-OS, seguido por Yuri Arango Quispinga de Leva, en contra de la Comunidad Campesina Ayamarca Pumamarca; bajo la actuación de la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, y la Dirección de la Señora Jueza Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, se ha dispuesto la publicación del siguiente extracto: RESOLUCIÓN Nro. 02 de fecha 26 de enero de año 2017 ( ... ) SE RESUELVE: ( ... ) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por YURI ARANGO QUISPINGA DE LEVA contra la COMUNIDAD CAMPESINA AYAMARCA PUMAMARCA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a la demandada por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Insértese en autos los anexos de su referencia. Asimismo, cítese con la demanda a la Empresa Kallpa E.I.R.L. representada por Augusto Grajeda Puelles. Conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un estracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado, debiendo apersonarse la actora a la Administración del Módulo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. Del escrito del 24/01/17: AL OTROSI DIGO: Concédasele el plazo de veinte días al demandante a efecto de que cumpla con presentar certificado de búsqueda catastral, así como el recibo de pago de autoavalúo y la declaración jurada correspondiente al año 2017, bajo apercibimiento de imponérsele multa de 3URP. H. S. 3vces-28-ix-y-04-10-x-17 b/v 002-862 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 20 de Setiembre del 2017, la recurrente INES CARDENAS BERMUDEZ, hija de la titular del Acta de Defunción N° 1009676745, correspondiente a AMALIA BERMUDES ZAMALLOA conforme establece la Directiva N° DI 415GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la titular del Acta, habiéndose registrado como AMALIA BERMUDES ZAMA-
LLOA, siendo el nombre correcto AMALIA BERMUDEZ ZAMALLOA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 25 de setiembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-28-ix-17 b/v 002-866 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01713-2017-0-1001-JR-CI-03, seguido por YULIANA SOFIA DAVILA ARONI sobre Cambio de Nombre en su partida de nacimiento; en el que se ha emitido el Auto Admisorio, en fecha ocho de setiembre del dos mil diecisiete mediante el cual, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por YULIANA SOFIA DAVILA ARONI, sobre CAMBIO NOMBRE en su partida de nacimiento de “YULIANA SOFIA”, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS.- Debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial “El Peruano” y el Diario Judicial de esta localidad. Téngase por ofrecidos los medios probatorios., y agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña- AL PRIMER Y AL SEGUNDO OTRO SI DIGO: Téngase en cuenta. H.S. firmado por el juez Alfaro Tupayachi.- secretaria judicial Elorrieta Salazar. Cusco, 27 de setiembre del 2017. 1v-28-ix-17 b/v 002-867 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 269-2017-CI seguido por TOMASA RAMOS ROMAN DE POBLETE sobre SUCESION INTESTADA de su madre TERESA ROMAN DE AGUILAR fallecida el 22-03-2016, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley. San Jerónimo, 27-09-2017. 3vces-28-29-ix-y-02-x-17 b/v 002-868 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba-Cusco y bajo la actuación del Secretario Judicial Wilfredo Solaligue Obregon, se viene tramitando el Proceso Civil No. 173-2017 seguida por Martha Pacheco Ccori, sobre Ineficacia de Titulo Valor (cheque), en la que se dictó la resolución siguiente: RESOLUCION. Urubamba, veintiuno de setiembre del dos mil quince. - Se resuelve: admitir a tramite en la vía del Proceso Sumarísimo, la demanda interpuesta por Martha Pacheco Ccori, contra Asociación Sol y Luna y Petit Pois S.A. C, sobre Ineficacia de Titulo valor (cheques Nos. 00002132 y 0952365) Y emisión de nuevos títulos valores; en tal virtud, córrase traslado al demando por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de declarársele rebelde etc. DEMANDA. Martha Pacheco Ccori, identificado con D.N.I. 25304286 etc. Atentamente digo: Interpongo demanda de Ineficacia de Titulo Valor Cheque, la misma que la dirijo contra Asociación Sol y Luna y Petit Pois S.A.C. es materia de la presente demanda la pretencion de Ineficacia de Titulo valor de los cheques Nros. 00002132 y 09523565 los mismos que se extraviaron en 01 de julio del 2017 etc .... Lo que se publica para los fines consiguientes. Urubamba, setiembre 2017 5vces-28-29-ix-y-02-03-04-x-17 b/v 002-869 EDICTO JUDICIAL Ante el 3er. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, bajo la dirección de la Sra. Juez Judith Tacuri Chávez, y la actuación de la Secretaria Judicial Judith Dina del Castillo Prado, se tramita el proceso Civil Nº 02647-2017-0-1001-JPCI-03, seguido por Edgardo Mauricio Torres Vera, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la partida del recurrente EDGARDO MAURICIO TORRES VERA, en cuanto al nombre completo del recurrente y la indebida consideración de la letra “i” entre los apellidos Torres i Vera, consignada en forma errónea e incompleta como MAURICIO TORRES I VERA , siendo lo correcto EDGARDO MAURICIO TORRES VERA. Se ha dispuesto la publicación de este Edicto para los fines de Ley. 3VCES-28-IX-17 B/V 002-870 SUCESION INTESTADA.ANTE MI OFICINA EN AV. SAN MARTIN 826 MARANGANI, RUMALDO RICARDO PAMPA CUTIPA Y POR SERGIO WALTER Y JOSE LUIS PAMPA PUMA, SOLICITA SUCESION INTESTADA DE EVARISTA FLORA PUMA MAMANI, FALLECIDA EL 24 DE SEPTIEMBRE DEL 2016, EN SICUANI
7
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 – CANCHIS.- SE PUBLICA PARA FINES DE LEY.- MARANGANI, 21 DE AGOSTO DEL 2017.- Marco Yvan Venero Tapia.- Notario Abogado CNC. 33.1v-28-ix-17 b/v 002-799 EDICTO JUDICIAL.En el expediente N° 0080-2017-0-1007-JM-CI-02, seguido por Janina Villagarcia Villagarcia y Axel Araoz Silva sobre CAMBIO DE APELLIDO MATERNO. SE NOTIFICA: la resolución N° 01, de fecha 26 de setiembre de 2017, cuyo extracto de la parte resolutiva es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. La solicitud de Janina Villagarcia Villagarcia y Axel Araoz Silva, sobre el cambio de apellido materno su menor hija Olga Valentina Araoz Paucar, con conocimiento del representante del Ministerio Público (por la minoría de edad de la titular del acta de nacimiento materna de cambio de nombre) por ofrecidos los medios probatorios que precisa los que serán valorados al momento de emitir la resolución final. A sus antecedentes los anexos de su referencia y cumpla la actora con publicar por tres veces el extracto de la demanda en el diario oficial de esta sede judicial por no ser posible realizarlo en el portal web oficial del poder judicial como en la tablilla del Juzgado obviando la realización de audiencia por no haber medios probatorios orales que actuar, que es la razón de la Audiencia de Actuación y Declaración judicial, y una vez se tenga a la vista la constancia de publicaciones pasen los autos a Despacho para fines de emitir la resolución final (…) firmado por la Juez Nelly Consuelo Yabar Villagarcia y la Secretaria judicial Elena Pino Ccoricasa. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.- Sicuani, 26 de setiembre de 2017.3vces-28-29-ix-y-02-x-17 b/v 002-873 EDICTO JUDICIAL.En el Expediente N° 00081-2017-0-JM-CI-02, seguido por Janina Villagarcia Villagarcia y Axel Araoz Silva, sobre cambio de apellido materno: SE NOTIFICA la resolución N° 01, de fecha 26 de setiembre de 2017, cuyo extracto de la parte resolutiva es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud de Janina Villagarcia Villagarcia y Axel Araoz Silva, sobre CAMBIO DE APELLIDO MATERNO de su menor hijo Joaquin Leonardo Araoz Paucar.- Con conocimiento del representante del Ministerio Público (por la minoría de edad del titular del acta materia de cambio) por ofrecidos los medios probatorios que precisa los que serán valoradas al momento de emitir la resolución final. A sus antecedentes los anexos de su referencia y cumplan los actores con publicar por tres veces el extracto de la demanda en el diario oficial de esta sede judicial por no ser posible realizarlo en el Portal web oficial del poder Judicial, como en la tablilla del Juzgado, obviando la realización de audiencia por no haber medios probatorios orales que actuar que es la razón de la audiencia de Actuación y declaración judicial y una vez se tenga a la vista la constancia de publicaciones pasen los autos a Despacho para fines de emitir la resolución final (…) firmado por la Juez Nelly Consuelo Yabar Villagarcia y la Secretaria Judicial Violeta Lizbeth Huamani Benites. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.- VIOLETA L. HUAMANI BENITES.- Secretaria Judicial.3vces-28-29-ix-y-02-x-17 b/v 002-874 EDICTOS En el Primer Juzgado De Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Titular Dra. Maridaren Ascue Lovón,, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 01940-2017-0-100 l-JP-CI-01, seguido por RUBEN LOAYZA FLORES, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento del solicitante, al inscribir se ha abreviado el apellido materno de su progenitor “C”, siendo el correcto CACERES; lo correcto RUBEN LOAYZA CACERES. Así mismo se omitió el primer nombre de pila y el segundo apellido materno de su progenitora “DORIS VALER”, siendo el correcto “DORIS LUZMILA FLORES VALER”, quedando inalterable en lo demás que contiene.Lo que se publica para los fines de ley.Wanchaq, 26 de setiembre del 2017 28/09/2017 B/.001-364 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DON: HERBERT CHAMBI CHOQUE EDAD: ESTADO CIVIL: SOLTERO OCUPACION: NACIONALIDAD: PERUANO DNI: DOMICILIO: URB. 28 DE JULIO B-3 SAN SEBASTIAN DOÑA: AMIRA OCAMPO ALTAMIRANO ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION:
39 AÑOS GUIA DE TURISMO 40387535 DEL DISTRITO DE EDAD: 34 AÑOS ADMINISTRADORA
NACIONALIDAD: PERUANA DNI: 42308107 DOMICILIO: URB. 28 DE JULIO B-3 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DE MATRIMONIO: 11 DE OCTUBRE DEL 2017 HORAS: 12:00 HORAS QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 27 DE SETIEMBRE DEL 2017 ABOG. ALFREDO RIMASCA CHACON REGISTRADOR DEL ESTADO CIVIL 28/09/2017 B/.001-365 RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO Ante la Sub-Gerencia del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de San Sebastián, se presentó Sonia Huanacchiri Cusitito, conforme establece la directiva 415-GRC/017 solicitando la rectificación administrativa del acta de su nacimiento, debido a que contiene Error Registral en el cuerpo de su acta de nacimiento, en cuanto al nombre de la progenitora, al haberse consignado como “AMBROCIA”, cuando lo correcto debe ser “AMBROSIA”; Se hace esta publicación, conforme a lo establecido en el artículo 73 y 74 del D.S. N° 015-98-PCM. San Sebastián 25 de setiembre del 2017.+ ABOG. ALFREDO RIMASCA CHACON REGISTRADOR DEL ESTADO CIVIL 28/09/2017 B/.001-366 SUCESION INTESTADA. Que, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Chumbivilcas, despachado por el Sr. Juez Dr. EFRAIN VICTOR BEDREGAL MENDOZA, bajo la actuación del Secretario Judicial Sr. Timoteo Huamani Basilio, se viene tramitando el proceso Nro. 000102017, solicitada por Mercedes Silvia Vega Guerreros, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera su progenitor SIMON VEGA MARQUEZ, habiendo recaído la siguiente resolución.-Santo Tomas, dieciocho de setiembre del dos mil diecisiete. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso no contencioso, la solicitud interpuesta por MERCEDES SILVIA VEGA GUERREROS, sobre Sucesión Intestada del quién en vida fuera SIMON VEGA MARQUEZ, tallecido el 12 de setiembre del 2016, en la ciudad de Arequipa, solicita se les declare como herederos únicos y universales a Jacinta Guerreros Cerrillo, cónyuge del causante, a la solicitante Mercedes Silvia, Saúl, Mónica, Wilfredo y Wilmer Reynaldo Vega Guerreros.- Firma del Sr. Juez Dr. Efraín Víctor Bedregal Mendoza.- Secretario Judicial Timoteo Huamani Basilio. Lo que se publica para los fines correspondientes de ley. Santo Tomas, 20 de setiembre del 2017. Timoteo Huamani Basilio SECRETARIO JUDICIAL 28/09/2017 B/.001-367 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha la Señorita Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la Especialista Judicial Magda Patricia Huaman Rivas, se viene tramitando el proceso no contencioso número 01062-2017-0-1001-JP-CI-04, en el que se ha emitido la resolución N° 04 de fecha 13 de septiembre del 2017, que resuelve ADMITIR A TRAMITE la solicitud formulada por NATIVIDAD CALDERON ACEVEDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de quien en vida fue su progenitor JOSE ANGEL CALDERON ECHAVE, en los extremos en que se ha consignado el nombre de los progenitores del titular de la partida, como “Genaro Calderon y Natividad Echave”, siendo lo correcto, a decir de la solicitante, GENARO CALDERON CASTILLA y NATIVIDAD ECHAVE MONTAÑEZ. Lo que se publica para fines de ley. Cusco 27 de septiembre del 2017. 28/09/2017 B/.001-368 EDICTO JUDICIAL. Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Despachado por la Señorita
8
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho y bajo la actuación del Secretario Judicial Abog. Mario Pereira Aldazabal, viene tramitando el Proceso No. 02175-2017, seguido por Wilar Alejandro Hinojosa Valencia, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, erróneamente consignado sin sus apellidos maternos de sus progenitores como LEONARDO HINOJOSA Y ESTHER VALENCIA, debiendo ser lo correcto LEONARDO HINOJOSA PALACIOS Y ESTHER VALENCIA ROMERO, inscrito en la Municipalidad Provincial de Cusco Lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes de ley. Cusco, 21 de setiembre del 2,017 ABOG. MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL 28/09/2017 B/.001-369 PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA VICARIA JUDICIAL - ARZOBISPADO DEL CUSCO Según Decreto N° 1131-2017-VJ-AC, el Sr. Ramiro Valdez Marin, solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE MATRIMONIO correspondiente a su padre MANUEL VALDEZ MAR (fallecido), como sigue: ESPOSO El apellido materno del esposo dice: Mordi Desde ahora debe decir: Mar El apellido paterno del padre del esposo dice: Mordi Desde ahora debe decir: Mar De haber impedimento alguno, comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc s/n (Palacio Arzobispal) cercado del Cusco. Cusco, 27 de setiembre de 2017 28/09/2017 B/.001-370 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ DIVISION DE REGISTRO CIVIL AVISO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Visto el Expediente Administrativo N° 13006 de fecha 25 de Setiembre del 2017, Don Lucho Villasante Sutta ,con DNI N° 80022779, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento N° 199, inscrita en fecha 09 de Setiembre de 1970, correspondiente a ESTELA ACHO MORALES, debiendo rectificarse en dicha Acta : - El rubro correspondiente al registro del apellido paterno de la titular del Acta, consignada como ESTELA ACHO MORALES, debiendo ser lo correcto ESTELA JACHO MORALES, conforme aparece en el Certificado de Bautismo N° 552 de los Años 1924-1954 a fojas 184 del 05 de Febrero del 1934 de la Parroquia Virgen Asunta de Colquepata, perteneciente a Francisco Jacho Quispe padre de la titular del Acta en proceso de rectificación administrativa, adjunto al Expediente Administrativo, en consecuencia el apellido paterno correcto de la titular debe ser como ESTELA JACHO MORALES, al igual de su señor padre debe quedar como FRANCISCO JACHO QUISPE, lo que se publica para sus fines en aplicación del Art. 73° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM. Wanchaq, 27 de Setiembre del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 28/09/2017 B/.001-371 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Nro; 107-2016, SE RESUELVE: ADMITIR en la via del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por ABEL GARCIA SAMANEZ sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN de bienes inmuebles contra; CELEDONIA SANTOS HERRERA VIUDA DE QUISPE.JORGE GARMENDIA SANTOS GERARDO GARMENDIA SANTOS, EDGAR ASCENCIO GARMENDIA SANTOS,PAULINA CUYO HANCO,HERMINIA GARMENDIA SANTOS, EDGAR CHICLLA RAMOS, SAMUEL CCOSCO ARONI, ROBERTO PLANTANOS FERNANDEZ. Resolución número 16.SE RESUELVE.- CUMPLASE con a los probables sucesores de la demandada quien en vida fue CELEDONIA SANTOS HERRERA, mediante edictos, con la finalidad de que se apersonen al proceso. Firmando por el señor Juez la especialista legal. Cusco, 26 de setiembre del 2017. LEIDY SOTO CASTILLO
ESPECIALISTA LEGAL 28-29/09/2017 02/10/2017 B/.001-372 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE EMPRESA DE TRANSPORTES MULTISERVICIOS HUANCARO SOCIEDAD ANÓNIMA Señor(a): Conforme a lo prescrito por el Art. 113° de la Ley General de Sociedades y la parte pertinente del Estatuto de la Sociedad, El Directorio convoca a Junta General Extraordinaria de Socios, de la sociedad denominada EMPRESA DE TRANSPORTES MULTISERVICIOS HUANCARO SOCIEDAD ANÓNIMA, la misma, que en PRIMERA CONVOCATORIA se celebrará a las dieciséis (4:00 p.m.) horas, del día domingo ocho (08) de octubre de 2017, en la siguiente dirección: Av. Antisuyo, Mz. L, Lt. 2, APV. Primero de Mayo, cercado de la ciudad de Cusco y, en SEGUNDA CONVOCATORIA se cita para el día jueves doce (12) de octubre del año en curso, a la misma hora y en el mismo lugar señalado para la celebración de la primera convocatoria; con el siguiente orden del día: ÚNICA.- Acuerdos para aprobar la baja del vehiculo de placa única de rodaje X3V-743. Se suplica puntual asistencia. Cusco, 27 de septiembre de 2017. EL DIRECTORIO 28/09/2017 B/.001-373
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 0054I-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : CANAHUA CCAMATO, DORIS Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención. Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN V EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00001-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : MAR MEZA, WALKER Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial
9
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 Jr. Espinar N°I52-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00259-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN, DEMANDANTE : SONCCO SAENZ, MANUEL JESUS Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención. Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, fres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00509-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : PEZO POHCORI, FREDY Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención. Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el articulo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA.
Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE: 00004-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA: ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: CHOQUE ZEA MIGUEL CURADOR: UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEMANDANTE: BRAVO CUSIHUALLPA, JOSÉ RAIMUNDO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE: 000329-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA: ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE: MARCES CAVIEDES, WILFREDO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica’ del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr, Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes sí consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 469-20l6-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO,
10 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : SANTOS GARMENDIA, NORMA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00059-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ORUE USCA, JUAN WILLIAM Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpia con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 268-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONALCUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN, DEMANDANTE : PUMA UGARTE ARTURO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonía Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-15ó, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención,
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00533-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : QUISPICUSI ALVAREZ, TOMAS IRENEO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-l 56, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00425-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : BALLON SOLIS, NOEMI Habiéndose producido discordia parcial-respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°I52-156. distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017.
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00345-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : HUAYLLA DE ASTETE, JUANA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes sí consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZATRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00525-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ARIAS VENERO. SAMUEL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana. Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00036-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCION , DE-
11 MANDANTE : YUI’ANQUI UMERES, YORLENY ZADIA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00I04-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : VARGAS VELASQUEZ, MARILU Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA-TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00530-2016-0-I010-JM-LA-0I MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCTIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : POVEA QUINTANILLA, JUAN CARLOS Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-15ó, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto
12 por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 0466-20l6-0-I010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : RAMÍREZ LAZO, ERNESTO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes sí consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE: 00507-2016-0-1010-JM-LA-0I MATERIA: ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: CHOQUE ZEA MIGUEL CURADOR: PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEMANDADO: UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN DEMANDANTE: HORDA CABRERA. GLADYS Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00503-2016-0-1010-JM-LA-Ol MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN, DEMANDANTE : MOLINA HUAMAN, MARTHA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, fres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 005I4-2016-0-I010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : MOLINA HUAMAN, MARTHA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes sí consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00465-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ALOSILLA CAMINADA, ADRIEL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que lo publicación respectivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 005I8-20I6-0-10IO-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR :CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : VALDEIGLESIAS MAMANI, MARÍA CECILIA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00548-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO , UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE ; BARRIOS FERRO, SATURNINO ROÑAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia cié la Convención. Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que frotándose de resoluciones que ponen fin de la
13 instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SAI.A MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00377-20I6-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DECESTION EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : GUTIÉRREZ MÁRQUEZ, ELIZABETH Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°I52-I56, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención. Deparlamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00474-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOCIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : LOAYZA QUIROZ, SAUL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES
14 EXPEDIENTE : 00504-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : RADO ARENAS, DANIEL ENRIQUE Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00506-2016-0-1010-JM-LA-OI MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : HUMPIRI TISNADO, GENARO LUIS Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°l52-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que medíante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00520-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : SOTO SAYHUA, ASUNTA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonía Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Ji. Espinar N° 152-156. distrito de Santa Ana. Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00031-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : BLANCO SOTO, YOLANDA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00490-2016-0-1010-JM-LA-O] MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL , DEMANDANTE : NUÑEZ AYALA, FRANCISCO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, fres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quíllabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00073-2017-0-1010-JME-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : CCALLUCO HUALLIA, ORLANDO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156. distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00106-20I7-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : CENTENO LLERENA, ROSA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-15ó, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ALVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES
15 EXPEDIENTE : 00149-2017-0-10I0-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ESPINOZA HURTADO, LUZ MARINA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00103-2017-0-IOIO-JM-LA-OI MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN, DEMANDANTE : DÍAZ TEJADA, MARIO RAMIRO Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN V EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00493-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : FLORES AYERBE, JUAN ULISES Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIE-
16 RON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixto de ÍQ Convención, ubicado en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Sania Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00543-2016-0-10IO-JM-I.A-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO. UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : MUÑÍA AUCAILLE, FELIPA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156. distrito de Santa Ana. Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNClONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00127-2014-0-1010-JM-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ZEVALLOS QUIÑONES, JUDITH ROSIDA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita a la señora a Liberata Sonia Álvarez Mendoza, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día 29 DE SETIEMBRE DEL 2017, a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda de la Segunda Sala Laboral del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. GUTIÉRREZ MERINO-ÁLVAREZ MENDOZA- TRELLES SULLA. Quillabamba, 22 de setiembre del año 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00019-2017-56-1015-JR-PE-01 JUEZ: CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA ESPECIALISTA: FIORELLA MILAGROS MIRANDA YANQUIRIMACHI EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA – CUSCO EMITE: SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE URUBAMBA: (...) Que, de conformidad con los artículos 344°, numeral 1o 349° y siguientes del Código Procesal Penal FORMULO REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra GUSTAVO ADOLFO VENTURA SÁNCHEZ, por ser presunto autor directo de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, sub tipo: LESIONES FÍSICAS LEVES AGRAVADAS POR RECAER EN UNA MUJER POR SU CONDICIÓN DE TAL, tipificado en el artículo 122° inciso 3o, literal c) del Código Penal, concordante con el artículo 122°, inciso 1o del mismo cuerpo legal, en agravio de AYELEN ÚRSULA MIRANDA GUMET, en los términos siguientes;(...) Resolución Nro. 01 Urubamba, veintinueve de agosto Del año dos mil diecisiete.(...) en el artículo 350° de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de diez días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. 2. PRECISAR que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. (...) RESOLUCIÓN N° 02. Urubamba, diecinueve de setiembre Del dos mil diecisiete. (...), SE RESUELVE: SUSPENDER la presente audiencia, señalándose fecha para el día TRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ DE LA MAÑANA, audiencia a verificarse en el local del Juzgado, sito en Calle Comercio s/n, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos, asimismo se dispone notificar al imputado mediante edictos. sin perjuicio de notificarse en su domicilio real. (…) 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede Espinar EXPEDIENTE : 194-2017-0-1009-J R-PE-01 JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor ÓSCAR LÓPEZ HUAYLLA, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar ha requerido PROCESO INMEDIATO contra ÓSCAR LÓPEZ HUAYLLA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hijo de iniciales M.Y.L.A.., representado por su progenitora Yessica Apaza Diaz; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintidós de agosto del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ÓSCAR LÓPEZ HUAYLLA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá nortificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución N° 02 se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el VIERNES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS.Espinar, 22 de setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 205-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de los señores ANDRÉS AVELINO HELACHOQUE MENDOZA y RIÑA SAICO CORDOVA, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra ANDRÉS AVELINO HELACHOQUE MENDOZA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales M.H.S.., representado por su progenitura RIÑA SAICO CORDOVA; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha primero de setiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ANDRÉS AVELINO HELACHOQUE MENDOZA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá nortificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número dos se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el MIÉRCOLES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS.Espinar, 22 de setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE : 193-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor SERAPIO ANCCA TACO, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra SERAPIO ANCCA TACO, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales A.A.A.L, representado por su progenitora Beatriz Yanira Inga Cruz; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintidós de agosto del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado SERAPIO ANCCA TACO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución N° 04 de fecha veintidós de setiembre del presente año se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el LUNES DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS.Espinar, 22 de setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1 ° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00190-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO
17 ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor JUAN CHOQUEMAQUE PUMA, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra JUAN CHOQUEMAQUE PUMA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija Y.Y.CH.C, representado por su progenitura Felicitas Condori Mamani; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintidós de agosto del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado JUAN CHOQUEMAQUE PUMA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá nortificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el VIERNES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TRIENTA HORAS.Espinar, 22 de setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE : 00195-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor ROSENDO CHAÑI APARICIO, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra ROSENDO CHAÑI APARICIO, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de Rosdemiz Josyp Chañi Quispe; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintidós de agosto del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ROSENDO CHAÑI APARICIO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá nortificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el VIERNES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS.Espinar, 22 de setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO N° 0069-2017-SPAAFSPL-SR-J EXPEDIENTE N° 0218-2006-0-2111-SP-PE-01 SECRETARIO: ELENA CONDORI OJEDA. Se notifica y emplaza al acusado. BEATRIZ LAURA PUMA. Con la resolución N° 70 su fecha doce de setiembre del año dos mil diecisiete, cuyo tenor es el siguiente: Al oficio N° 152-JDPH/2017: se aprecia que fue devuelta sin diligenciar la cedula de notificación del domicilio procesal y real de la acusada Beatriz Laura Puma siendo así por lo que, DISPUSIERON notificar mediante edictos a la referida acusada; para que concurra obligatoriamente al acto de la audiencia pública de juicio oral, programado para la audiencia pública de ley que tendrá lugar el veintisiete de setiembre del año dos mil diecisiete a horas tres de la tarde, que se llevará a cabo en el salón de audiencias de esta Superior Sala Penal, bajo apercibimiento de iniciarse el juicio oral con presencia del defensor público adscrito a esta Superior Sala Penal, en caso de inconcurrencia restringida por el de detención, sin perjuicio de declararse reo contumaz e interrumpir el plazo de prescripción de la acción penal, en caso de inconcurrencia.
18 Dispuesto en el proceso penal de la referencia, seguido en contra de la acusada Beatriz Laura Puma, por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en su modalidad de homicidio en grado de tentativa en agravio de Edwin Germán Ito Amanqui, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputa. Juliaca, 15 de setiembre de 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: EDILBERTO YEPEZ ORUE. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 442-1995-0-1001-JP-FC -02 seguido por Jhon Hitler Yepez Ramos en contra de Edilberto Yepez Orue sobre prestación de alimentos, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.23 de fecha 12 de agosto del 2016.- “AUTO DE APROBACIÓN DE ALIMENTOS DEVENGADOS Wanchaq, 12 de agosto del 2016.- Se avoca e interviene en el presente proceso la señora Juez Supernumeraria por vacaciones del señor Juez Titular. DE OFICIO. CONSIDERANDO: Primero.- Por auto de fojas 118 corre la liquidación de alimentos devengados, en la que el obligado adeuda la suma de S/. 70,304 con 89/100 soles, esta liquidación practicada desde el mes de setiembre del 2000 al mes de junio del 2016. Segundo.La liquidación de los alimentos devengados se pone en conocimiento con una copia de la misma a las partes procesales, en su domicilio procesal, conforme se tiene ordenada por resolución N°22, cuya constancia de notificación corre a fojas 124-125. Tercero.- Habiendo transcurrido el término de ley, ninguna de las partes procesales observaron la liquidación de los alimentos devengados practicada por la señora secretaria cursora, por estas consideraciones de conformidad al artículo 568 del Código Procesal Civil: SE RESUELVE: APROBAR LA LIQUIDACIÓN DE ALIMENTOS DEVENGADOS por ¡a suma de SETENTA MIL TRESCIENTOS CUATRO con 89/100 SOLES comprendido del periodo setiembre del 2000 al mes de junio del 2016debiendo en consecuencia REQUERIR al demandado EDILBERTO YEPEZ ORUE a efecto de que al quinto día de notificado, abone el integro de los alimentos devengados que tiene adeudado a favor del alimentista; notiftquese al demandado en su domicilio real y procesal. H.S.” La misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 22 de setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: Nro. 01168-2017-71-1001-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Pamela Roció Diaz Castro SEÑOR: JOSÉ CHUMBIS SALGUEON Se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 de fecha 21/09/17 el extracto de la resolución que corre traslado el Requerimiento de Sobreseimiento asi como el Requerimiento de Sobreseimiento, cuyos contenidos son los siguientes: RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, veintiuno de setiembre De dos mil diecisiete.Atendiendo: la subsanación al requerimiento fiscal de Sobreseimiento presentado por la Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que dentro del mismo plazo puedan en forma escrita y motivada: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del articulo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad. 2. PRECÍCESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Juzgado para los fines pertinentes. 4. CÍTESE para el dia DIECIOCHO DE OCTUBRE AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del sobreseimiento en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y citación de las demás partes procesales, la inconcurrencia injustificada por parte del señor Representante del Ministerio Público motivará que se ponga en conocimiento de éste hecho a la Coordinación del Despacho Fiscal pertinente. 5. PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el articulo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ.
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 6. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado JOSÉ CHUMBIS SALGUERÓN, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado. REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO Petitorio.Conforme a lo precedentemente expuesto, al no ser posible calificar los hechos atribuidos a Arnaldo Vera Beltrán y José Chumbes Salguerón como delito de daños, por cuanto los bienes dañados no superaron el valor de una remuneración mínima vital vigente; ello hace que el hecho imputado, para los fines de la presente investigación, devenga en atipico; lo que imposibilita legalmente formular acusación contra los imputados; siendo que por ello, este Ministerio Público, en su calidad de Titular de la Acción Penal REQUIERE EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra Arnaldo Vera Beltrán y José Chumbes Salguerón por el delito de Contra el Patrimonio en la modalidad de Daños Materiales, delito tipificado en el 205° del Código Penal, concordante con lo establecido en el articulo 444° del mismo cuerpo legal; solicitando a vuestra judicatura se sirva dictar el Auto de sobreseimiento de la causa, en su oportunidad, ordenándose EL ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO del proceso.Cusco, 21 de Setiembre del 2017. 26-27-28/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado MARTÍN ARANA CHACMANA, con 38 años, identificado con documento de identidad Nro. 40303536, natural de Curahuasi - Provincia de Abancay - Departamento Apurimac, nacido el 26/09/1978, de padres Silvestre y Mónica, estado civil soltero, con domicilio en la Calle Cahuide s/n - Calca - Cusco; en el PROCESO NRO. 243-2016-44, seguida en su contra como COAUTOR por la presunta comisión dolosa, en grado consumado, del delito contra el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de, LESIONES LEVES, en agravio de ROBERTO CUSIRIMAY CHOQUECONDO, y tenga a bien CONCURRIR el día DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarada Reo Ausente y disponerse su captura. Calca, 15 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal 0283-2006-0-1001-SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza a los acusados NICANOR QQUENTA MERMA y TIBURCIO CONDORI CHAMPÍ, a efecto que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 0283-2006-0-1001-SP-PE-03, seguido en su contra por el delito de homicidio simple, en agravio de Timoteo Mamani Quispe. Cusco, 18 de setiembre del 2017 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal: 00379-2009-0-1001-JR-PE-05. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado ROBERTO ALVAREZ QUISPE, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00379-2009-0-1001-JRPE-05, seguido en su contra por el delito de robo agravado, en agravio de Yahaida Quispe Conchatupa. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal: 00379-2009-0-1001-SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado EUSEBIO SARMIENTO COLLANA, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00379-2009-0-1001-SPPE-03, seguido en su contra por el delito de violación sexual, en agravio de la menor de iniciales K.Q.H. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 05901-2009-0-1001 -SP-PE-02. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado JHON WILLIAM VILLAFRANCA FERNANDEZ, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 05901-2009-0-1001-SP-PE-02, seguido en su contra por el delito de robo agravado, en agravio del QEVF Francisco Quispe Herrera. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal 00709-2009-0-1001-SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado VICENTE PÉREZ LEÓN, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00709-2009-0-1001-SP-PE-03, seguido en su contra por el delito de asesinato, en agravio del QEVF Juan Cereceda Huaman. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 465-2015-44-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: ORLANDO AVENDAÑO MONGE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día JUEVES 05 DE OCTUBRE DEL 2017, A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra Orlando Avendaño Monge, por la presunta comisión del por el Delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria; ilícito penal que está regulado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales J.J.A.P., representado por su progenitura Ana Katy Pereira Chiclla, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de julio de 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 725-2016-69-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: CRISTHIAN HUAMAN SALÓN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día día MARTES 21 DE NOVIEMBRE DEL 2017 A LAS 09:30 HORAS; dispuesto en el proceso que se sigue en contra CRISTHIAN HUAMAN SALÓN acusado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por el Delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Cris Xander Huaman Quispe representado por su progenitura Jenny Elizabeth Quispe Puga, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 12 de julio de 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 635-2016-21-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: FRANKLIN RODRÍGUEZ HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día dia MARTES 31 DE OCTUBRE DEL 2017, A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra FRANKLIN RODRÍGUEZ HUAMAN acusado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por el Delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de julio de 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 63-2017-96-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN
19 ESPECIALISTA: YONI BACA ALVARADO Se cita y emplaza a: OMAR RODOLFO MENDOZA MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día día JUEVES 02 DE NOVIEMBRE DEL 2017 A LAS 10:30 A LAS HORAS; dispuesto en el proceso que se sigue en contra OMAR RODOLFO MENDOZA MAMANI acusado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por el Delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales G.S.M.O., representada por su progenitura Cattel Anay Olivera Huayhua, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 13 de julio de 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00122-2017-96-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOSÉ CCOTOHUANCA MAMANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 13 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00289-2016-93-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JACOBO AUQUIPATA RAMOS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día martes 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 13 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00308-2016-56-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EDWAR JHONATAN AGUILAR CABALLERO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día lunes 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017, A LAS 02:00 DE LA TARDE; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de Francisco Yucra Yabar, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00768-2016-32-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JEAN PAÚL HUAMAN GONZALES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ
20 EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00775-2016-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUIS FERNANDO GUTIÉRREZ YUNGURI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día martes 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00638-2015-8-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ABEL PORIQUIO PERUANO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día martes 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 04 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00155-2016-15-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: POLE PALOMINO CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 04 de Julio del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y emplaza al acusado MARTÍN ARANA CHACMANA, con 38 años, identificado con documento de identidad Nro. 40303536, natural de Curahuasi - Provincia de Abancay -Departamento Apurimac, nacido el 26/09/1978, de padres Silvestre y Mónica, estado civil soltero, con domicilio en la Calle Cahuide s/n - Calca - Cusco; en el PROCESO NRO. 243-2016-44, seguida en su contra como COAUTOR por la presunta comisión dolosa, en grado consumado, del delito contra el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de, LESIONES LEVES, en agravio de ROBERTO CUSIRIMAY CHOQUECONDO, y tenga a bien CONCURRIR el día DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarada Reo Ausente y disponerse su captura. Calca, 15 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal 0283-2006-0-1001-SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza a los acusados NICANOR QQUENTA MERMA y TIBURCIO CONDORI CHAMPÍ, a efecto que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 0283-2006-0-1001-SP-PE-03, seguido en su contra por el delito de homicidio simple, en agravio de Timoteo Mamani Quispe. Cusco, 18 de setiembre del 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal: 00379-2009-0-1001-JR-PE-05. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado ROBERTO ALVAREZ QUISPE, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00379-2009-0-1001-JRPE-05, seguido en su contra por el delito de robo agravado, en agravio de Yahaida Quispe Conchatupa. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal: 00379-2009-0-1001-SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado EUSEBIO SARMIENTO COLLANA, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00379-2009-0-1001-SPPE-03, seguido en su contra por el delito de violación sexual, en agravio de la menor de iniciales K.Q.H. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal 05901-2009-0-1001 -SP-PE-02. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado JHON WILLIAM VILLAFRANCA FERNANDEZ, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 05901-2009-0-1001-SP-PE-02, seguido en su contra por el delito de robo agravado, en agravio del QEVF Francisco Quispe Herrera. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal 00709-2009-0-1001-SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado VICENTE PÉREZ LEÓN, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00709-2009-0-1001-SP-PE-03, seguido en su contra por el delito de asesinato, en agravio del QEVF Juan Cereceda Huaman. Cusco, 19 de setiembre del 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL DE AUDIENCIA EXTRAORDINARIA CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO JUDICIAL DOS MIL DIECISIETE. Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 2o, del Decreto Ley N°25476 y la Resolución Administrativa N°217-2017-P-CSJCU-PJ, DISPUSIERON señalar techa, día y hora para el verificativo de la Audiencia Extraordinaria correspondiente al Tercer Trimestre del año Judicial 2017, la misma que se será el día LUNES DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, a horas TRES DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial, Jr. Espinar N°152-156, de esta ciudad; dispusieron NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS JUDICIALES, por el intervalo de TRES DÍAS; debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva. SS. GUTIÉRREZ MERINO- ÁLVAREZ MENDOZA - TRELLES SULLA. Quillabamba, 26 de setiembre del año 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 01098-2017-32-1001-JR-PE-03 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abog. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 01098-2017-32-1001 -JR-PE-03, seguido contra ÑACCHA HUAMAN, LUIS MIGUEL por la presunta comisión del delito de Peligro Común en la modalidad de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad se ha dispuesto NOTIFÍCAR a la imputado con la Res. 06 de fecha 20/09/2017, que dispone:-
21
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 RESOLUCIÓN N° 06.Cusco, veinte de setiembre Del dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR frustrada la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia injustificada de la representante del Ministerio Público. 2. Se reprograma la audiencia para el DÍA 03 DE OCTUBRE DE 2017 A HORAS 15:00 DE LA TARDE, EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL, subsistiendo los apercibimientos establecidos por Ley dictados en resoluciones anteriores y quedan NOTIFICADOS los presentes. 3. NOTIFÍQUESE a todos los sujetos procesales ausentes a esta audiencia. Cusco, 26 de Septiembre de 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. Nro 02006-2015-33-1001-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCO-SEDE CENTRAL. Sec. Agripina Usca Caviedes. La Señora Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dra. María Angélica Quispe Apaza, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado CIRILO MONGE TORRES, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programada para el día SEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ DE LA MAÑANA en la ONCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su contra, por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones leves por Violencia Familiar, en agravio de Rosalvina Huarancca Sipaucar, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia.-3v. Cusco, septiembre 26 2017. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JUAN HILARIO RAMOS CONTRERAS El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 04211-2016-0-1001-JR-PE-07, seguido contra JUAN HILARIO RAMOS CONTRERAS con D.N.I. 44184570, por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por el Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 04 de fecha veintidós de septiembre del año dos mil diecisiete y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra JUAN HILARIO RAMOS CONTRERAS, como autor del delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la Sociedad representada por el Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 04 Cusco, veintidós de septiembre Del año dos mil diecisiete.DADO CUENTA: La recargada carga procesal con la que cuenta el presente juzgado y tomando en cuenta este juzgado y no cuenta con el personal suficiente para la atención oportuna de la misma; y tomando en cuenta el estado del presente proceso; SE DISPONE: 1. REPROGRAMAR la Audiencia Única de Incoación de Proceso Inmediato, para el día TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (Hora exacta 03:30 PM.), en la DOCEAVA SALA de Audiencias del Módulo Penal Central de Cusco ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. el Sol (Palacio de Justicia), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al órgano respectivo. 2. PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además de dejar subsistente los apercibimientos y disposiciones contenidas en la Resolución Nro. 01. 3. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales señalados en autos adicionalmente, NOTIFIQUESE al imputado mediante EDICTOS EN EL DIARIO del Distrito Judicial de Cusco con un extracto del requerimiento de incoación de Proceso Inmediato. Cusco, 25 de Octubre de 2017. 27-28-29/09/2017
CPJ AVISO JUDICIAL SR.: RAÚL CRUZ ARNADO En el 1er Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que Despacha la Juez Titular Dra. Marklaren Ascue Lovón, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el Proceso Nro. 00384-2016-0-1001-JP-PE-01, por faltas contra la persona; imputado Alejandro Juvenal Farfán Díaz, en agravio de Raúl Cruz Amado, se ha dispuesto lo Sgte: SENTENCIA (Penal) Resolución N° 07. Wanchaq, 21 de Julio del Año 2017. I. VISTO: El presente proceso expedito para dictar sentencia, 1.1. Con oficio N° 1039-2016 -folio 7- se recibe los antecedentes de la Comisaria Sectorial A Wanchaq.[...], 2.18. Dado que las notificaciones dirigidas al domicilio proporcionado por el agraviado así como aquellas dirigidas a su domicilio declarado ante RENIEC han sido devueltas sin diligenciar, es procedente su notificación por edicto. III. DECISIÓN Por estas consideraciones SE RESUELVE: ABSOLVER de culpa y pena y sin responsabilidad civil al imputado ALEJANDRO JUVENAL FARFAN DÍAZ identificado con DNI N° 23887276 por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de RAÚL CRUZ ARNADO. DISPONER la anulación de los antecedentes policiales del imputado, únicamente aquellos que deriven de los hechos materia de este proceso para cuyo efecto se deben girar los oficios respectivos. NOTIFIQUESE la presente resolución, mediante edictos, debiendo para el efecto la Secretaria Judicial a cargo del trámite, remitir los oficios respectivos más el edicto correspondiente. T.R. y H.S.- sello i firma de la Juez Titular, ante mí de que doy fe.27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: WILLIAM COLLANA MEJIA. El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. OCHOA MUÑOZ REYNALDO, en el proceso N° 02729-2015-66-1001-JRPE-02, seguido contra YSABEL TICONA DELGADO Y LUIS ALBERTO ZAPATA VELASCO, por la presunta comisión del delito de contra la Administración Pública- delito cometido por particulares, en la modalidad de violencia y resistencia a la autoridad sub tipo violencia contra un servidor público en agravio de la PROCURADURÍA PIBLICA DE LA PNP, SOl JOSÉ CARLOS JARA TOLEDO, SOl PNP COLLANA MEJIA WILLIAM, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Mirian Huacac Carrillo, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 del 19/08/16, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN Nro.01 de fecha 19 de agosto del 2016. Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado RESUELVE: SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar a señalarse en su oportunidad. PRECICESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en este Despacho para los fines pertinentes. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. REYNALDO OCHOA MUÑOZ, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 27-28-29/09/2017 CPJ EDICTO PENAL + SEÑOR: MANUEL ANTONIO CAMERO CORDOVA La señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Villa Humpiri, en el proceso Nro 3370-2017-76-1001-JR-PE-05, seguido contra el imputado antes referido, por el delito de Violación Sexual, en agravio de la persona de iniciales A.A.A.H., bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 02 del 14/09/17 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA.- El 1er Despacho de la 2da FPPC de Santiago, solicita mandato de PRISIÓN PREVENTIVA contra MANUEL ANTONIO CAMERO CORDOVA, por la presunta comisión del delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, previsto y sancionado en el artículo del Código Penal, en agravio de la persona de iniciales AN.AN.AN.HU. (21) en grado de consumado por el plazo de NUEVE MESES, respecto de los hechos ocurridos en fecha 22/03/17, precisando que concurren los requisitos del artículo 268° del C.P.P. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA I. INTRODUCCIÓN (...) II.- ACREDITACIÓN.(...) RESOLULCION N° 02 Cusco, 14/09/17 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se halla en e! registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. Declarar fracasada la realización de la presente audiencia por inconcurrencia de la defensa publica asignada al presente caso. 2. Conceder el plazo de veinticuatro horas a la Defensora Pública Karina Calderón Coya a fin de que pueda justificar su inconcurrencia a la presente audiencia. 3. Reprogramar la presente audiencia el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA A VERIFICARSE EN LA OCTAVA SALA DE
22 AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando notificados los presentes, debiendo notificarse a los demás sujetos procesales y a la defensa publica recaída en la persona de Karina Calderón Coya, mediante su correo electrónico. III NOTIFICAClÓN(...) IV. CONCLUSIÓN(...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Sandra Nataly Villa Humpiri, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 27 de setiembre del 2017 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: ERIO ALBERTO SURCO CONDORI El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. REYNALDO OCHOA MUÑOZ, en el proceso Nro 2551-2017-85-1001-JRPE-04, seguido contra ERIO ALBERTO SURCO CONDORI Y OTRO, por el delito contra el patrimonio en su modalidad de Hurto Agravado en agravio de Paúl Christopher Gallegos Arostegui, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 02 del 25/09/2017 cuyo contenido es el siguiente: Resolución No. 02. Cusco, veinticinco de setiembre. Del año dos mil diecisiete. VISTOS: La solicitud de constitución en actor civil formulado por PAÚL CHRISTOPHER GALLEGOS AROSTEGUI; sin oposición de las partes procesales quienes fueron válidamente notificadas; Y, CONSIDERANDO: Por estos fundamentos; SE RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL planteado por, en consecuencia PAÚL CHRISTOPHER GALLEGOS AROSTEGUI. TENGASE por constituido en actor civil a PAÚL CHRISTOPHER GALLEGOS AROSTEGUI, con las facultades establecidas en los artículos 104 y 105 del Código Procesal Penal; por tanto cesa la legitimación del Representante del Ministerio Publico en torno al objeto civil del proceso. 2. PRECISAR que el quantum indemnizatorio solicitado es la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO SOLES, la misma que es de carácter provisional debiendo sustentarse en forma definitiva en la oportunidad procesal (etapa intermedia del proceso), HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Acusado: HARRY HUANACCHIRI MENDOZA Ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Dr. Guido Castillo Lira, bajo la actuación de la Especialista Castro Warthon, se tramita el proceso N° 03443-2017-2017-0-1001-JR-PE-04, seguido contra HARRY HUANACCHIRI MENDOZA, en calidad de AUTOR DIRECTO de la comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo LESIONES LEVES FÍSICAS AGRAVADO POR LA CONDICIÓN DE LA VICTIMA, tipificado en el artículo 122° del Código Penal, con la agravante del literal c) del inciso 3o del artículo en mención, en grado CONSUMADO; en agravio de ANA JULIA CCASA CHAMPÍ, donde se ha dispuesto NOTIFICAR al acusado HARRY HUANACCHIRI MENDOZA, con la RESOLUCIÓN N° 01- DADO CUENTA en la fecha y atendiendo el requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado por el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 349° del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 350° de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 350° del C.P.P. 3. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Ministerio Publico,
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 para los fines pertinentes. 4. PRECÍSESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 5. DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado HARRY HUANACCHIRI MENDOZA, para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designada a ella misma. DE OFICIO: estando al plazo de traslado de la Acusación Directa y considerando: PRIMERO.- Que, el artículo 351.2° del Código Procesal Penal dispone: “2. La audiencia es de carácter inaplazable, rige lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 85, será dirigida por el Juez de la Investigación Preparatoria y durante su realización, salvo lo dispuesto en este numeral, no se admitirá la presentación de escritos.” SEGUNDO.- Que, por otro lado el Artículo 85°.3 del Código Procesal Penal modificado por ley N° 30076 taxativa: “El Juez o Colegiado competente sanciona de conformidad con el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”. TERCERO: Que el articulo 84° último párrafo indica expresamente sobre Derechos y Deberes del abogado Defensor lo siguiente: “EL ABOGADO DEFENSOR ESTA PROHIBIDO DE RECURRIR AL USO DE MECANISMOS DILATORIOS QUE ENTORPEZCAN EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA” CUARTO: De conformidad con lo previsto en el artículo 6 el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial “...Todo proceso judicial, cualquiera sea su denominación o especialidad, debe ser sustanciado bajo los principios procesales de legalidad, inmediación, concentración, celeridad, preclusión, igualdad de las partes, oralidad y economía procesal, dentro de los límites de la normatividad que le sea aplicable...” y de la práctica judicial en la vigencia del Código Procesal Penal nos muestra que los Abogados no asisten a las audiencias a las que son convocados, lo cual conlleva a que se colisionen los principios de economía y celeridad procesal, motivo por el cual se deben tomar las medidas del caso para efectos de materializar las actuaciones judiciales según a los principios antes referidos. En tal virtud, SE DISPONE: 1. CITAR para el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISD3TE A LAS DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Novena Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, por lo tanto este Juzgado sancionará a los abogados que muestren actitudes temerarias y/o dilatorias que pretendan la frustración de la presente audiencia con una MULTA DEL 10% URP. 5. REQUERIR AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, A LOS ABOGADOS DE LAS PARTES PROCESALES Y TERCEROS INTERVINIENTES, SEÑALAR DOMICILIO PROCESAL ELECTRÓNICO DENOMINADA “CASILLA ELECTRÓNICA”, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE NO VOLVER A NOTIFICAR EN LOS DOMICILIOS PROCESALES SEÑALADOS CON ANTERIORIDAD Y DARLOS POR NOTIFICADOS CON LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL JUZGADO, TODO CONFORME A LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 584-2016-P-CSJCU-PJ. 6. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. Asimismo GÍRESE oficio a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley y a efecto de garantizar el desarrollo de la presente diligencia de carácter inaplazable. RESOLUCIÓN N° 03- Cusco, veintiséis de setiembre del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrada en audio. PARTE RESOLUTIVA: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia. 2. NOTIFICAR por edictos al imputado HARRY HUANACCHIRI MENDOZA haciendo un resumen de la resolución N°01 y de la resolución que convoca nueva audiencia. 3. REPROGRAMAR la continuación y desarrollo de la presente audiencia para el día 16 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 16:00 DE LA TARDE a verificarse en la NOVENA SALA DE AUDIENCIAS de esta Corte Superior de Justicia del Cusco. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO PENAL Señor: FÉLIX QUISPE HILARIO El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Ochoa Muñoz, en el proceso Nro 1254-2016-27-1001-JR-PE-04, seguido contra BRAULIO CUELLAR PEDRAZA, GUILLERMO HERMITANIO VILLAFUERTE UMPIRE Y FÉLIX QUISPE HILARIO, por el delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Receptación sub tipo Receptación Agravada por Haberse cometido sobre Vehículo Automotor en agravio de Hugo Manido Blanco Quicaño, bajo la actuación de la especialista Legal Minan Huacac Carrillo, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 10/05/17 y Acta de audiencia de fecha 21/09/2017 cuyo contenido es el siguiente: RS.01 de fecha 10/05/2017. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación presentado por el Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, y conforme a lo previsto en el artículo 350° del C.P.P.; SE DISPONE: PRIMERO: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria enjuicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 6o del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial “...Todo proceso judicial, cualquiera sea su denominación o especialidad, debe ser sustanciado bajo los principios procesales de legalidad, inmediación, concentración, celeridad, preclusión, igualdad de las partes, oralidad y economía procesal, dentro de los límites de la normatividad que le sea aplicable...” y de la práctica judicial en la vigencia del Código Procesal Penal nos rrmestra que los Abogados no asisten a las audiencias a las que son convocados, lo cual conlleva a que se colisionen los principios de economía y celeridad procesal, motivo por el cual se deben tomar las medidas del caso para efectos de materializar las actuaciones judiciales según a los principios antes referidos.(...) CUARTO: COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. QUINTO: PRECÍSESE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. SEXTO: PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones respectivas, sin perjuicio de disponer su exclusión de la defensa en el presente proceso, sin lugar a su ratificación. SÉTIMO: PRECÍSESE que pese a los apremios contenidos anteriormente no se verificase la audiencia programada líneas arriba, la próxima audiencia a programarse tendrá el carácter de INAPLAZABLE, para efectos de salvaguardar el plazo razonable que debe de existir en la tramitación de los procesos en materia penal. DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado FELDX QUISPE HILARIO, para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designada a ella misma. RESOLUCIÓN Nro. 07 Cusco, veintiuno de setiembre del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la realización de la presente audiencia, por petición del represente del Ministerio Publico. REPROGRÁMESE la presente audiencia para el DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS 09:00 AM EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA, quedando subsistente los apremios dictados en autos, dándose por notificados los presentes. NOTIFÍQUESE al acusado FELDC QUISPE HILARIO MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES, con la resolución Nro. 01, requeri-
23 miento de acusación y la presente acta de audiencia, bajo responsabilidad, disponiéndose que la defensa técnica del referido acusado continúe siendo la Dra. Miluska Baca Beltran. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. Cusco, 26 de Setiembre del 2017. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1991-2016-88-2701-JR-PE-01 JUEZ: JUDITH NELLY ATAPAUCAR BARRIENTOS ASISTENTE JUDICIAL: Ingrid Y. Apaza Guevara.NUMERO DE RESOLUCIÓN: 03 de fecha 20 de setiembre de 2017.SE CITA a los imputados MEYSTER SÁNCHEZ TORIBIO y PORFIRIO SULLA LIMA, por la comisión del delito contra la tranquilidad pública, sub tipo penal delito contra la paz pública, en la modalidad de mareaje y reglaje, en agravio del estado, representado por la procuraduría publica especializada en delitos de orden público del ministerio del interior, con el extracto de la resolución número 03 de fecha 20 de setiembre del año 2017, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA fhora exacta! para la realización de la AUDIENCIA PUBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 1o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722 de esta ciudad. Asimismo los imputados en mención deberá de designar defensor privado de su libre elección caso contrario persistirá la designación de la defensa pública.Puerto Maldonado, 21 de setiembre del 2017. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 03315-2017-1001-JR-PE-02 La señora Magistrada del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Siomara Candelaria Morales Mar, en el proceso Nro. 03315-2017-0-1001-JR-PE-02, seguido contra JESÚS CARASAS AGUILAR con D.N.I. 40550541, por el delito contra la Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, sub tipo Agresiones en contra de las mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Isidora Checca Secca; bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 22/09/17 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al procesado JESÚS CARASAS AGUILAR y a la agraviada ISIDORA CHECCA SECCA, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Primer Despacho adscrito a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra JESÚS CARASAS AGUILAR como autor del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, sub tipo Agresiones en contra de las mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Isidora Checca Secca, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 122° - B del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, veintidós de setiembre Del año dos mil Diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. Reprogramar la audiencia para el día DOS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS OCHO DE LA MAÑANA EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando notificados en este acto las partes procesales presentes. 2. SE DISPONE se notifique a JESÚS CARASAS AGUILAR y a ISIDORA CHECCA SECCA, vía edictos judiciales, con un extracto de requerimiento de incoación de proceso inmediato y con un extracto del acta de audiencia del día de la fecha.-H.S.Cusco, 27 de septiembre del 2017. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03421-2016-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO ,
24 DEMANDADO : UGEL URUBAMBA , DREC , DEMANDANTE : MORALES ABAL, ROSIO Resolución Nro. 9 Cusco, 15 de setiembre de 2017. AUTOS Y VISTO: El presente proceso; Y CONSIDERANDO: 1. Por Resolución N° 7, de fecha 21 de agosto del año en curso, que obra a folios 108, esta Sala Superior llamó como Juez Superior Dirimente a la Juez Superior Titular señora Karinna Justina Holgado Noa, nombramiento que se dejó sin efecto por Resolución N° 8, de fecha 4 del mes y año en curso, de folios 110, nombrando como Juez Superior Dirimente al Juez Superior Titular señor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz. 2. Sin embargo de la revisión de autos, se advierte que a folios 94, obra el voto ponente de la Juez Superior señora Xiomar Alfaro Herrera al que se ha adherido el Juez Superior Titular señor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, por lo que al amparo de lo previsto por el artículo 171 del Código Procesal Civil debe declararse la nulidad de las Resoluciones Nos. 7 y 8 de folios 108 y 110 respectivamente. 3. Que, conforme al estado del proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 31 de marzo de 2017 (folio 56 a 68) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado debe llamarse a la Juez Superior dirimente expedita. POR ESTOS FUNDAMENTOS: A. Declararon NULA la Resolución N° 7, de fecha 21 de agosto del año en curso, que obra a folios 108 y NULA la Resolución N° 8, de fecha 4 de setiembre de 2017, de folios 110. B. DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; y hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. C. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01803-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LA CONVENCION , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : MONTOYA MOROCCOLLA, RAMIRO Resolución Nro. 11 Cusco, 19 de setiembre de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 18 de mayo de 2017 (folio 50 a 62) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme; y los Jueces Superiores señores Chacón Alfaro y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior doctor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00543-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHUMBIVILCAS , DEMANDANTE : SAMBRANO SULLCASIVINCHA, MARTIN Resolución Nro. 13 Cusco, 18 de setiembre de 2017. AUTOS Y VISTO: El presente proceso; Y CONSIDERANDO: 1. Por Resolución N° 12, de fecha 04 de setiembre del año en curso, que obra a folios 133, esta Sala Superior llamó como Juez Superior Dirimente al Juez Superior Titular señor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz. 2. Sin embargo de la revisión de autos, se advierte que a folios 116, obra el voto ponente de la Juez Superior señora Xiomar Alfaro Herrera al que se ha adherido el Juez Superior Titular señor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz, por lo que al amparo de lo previsto por el artículo 171 del Código Procesal Civil debe declararse la nulidad de la Resolución No. 12 de folios 133. 3. Que, conforme al estado del proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 20 de febrero de 2017 (folio 73 a 79) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; y el Juez Superior Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado debe llamarse a la Juez Superior dirimente expedita. POR ESTOS FUNDAMENTOS: A. Declararon NULA la Resolución N° 12, de fecha 04 de setiembre del año en curso, que obra a folios 133. B. DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; y hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. C. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. LADRÓN DE GUEVARA DE LA CRUZ.- MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01442-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDADO : UGEL CUSCO , DEMANDANTE : FERNANDEZ CUSIPAUCAR, FRANCISCA Resolución Nro. 6 Cusco, 19 de setiembre de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de mayo de 2017 (folio 63 a 78) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme; y los Jueces Superiores señores Chacón Alfaro y Alfaro Herrera, emiten voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017 Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior doctor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00553-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONA LDE CUSCO , DEMANDADO : UGEL CUSCO , DEMANDANTE : FUENTES COLLADO, ROCIO Resolución Nro. 6 Cusco, 19 de setiembre de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 27 de abril de 2017 (folio 50 a 60) materia de grado, debido a que la Juez Superior señor Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Chacón Alfaro; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior doctor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03969-2012-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO , PROCURADOR PUBLICO DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL , GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL , GERENCIA DE PERSONAL Y ESCALAFON JUDICIAL DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL , DEMANDANTE : PACHECO CANDIA, BERNABEL Resolución Nro. 34 Cusco, 14 de setiembre de 2017. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 29 del 26 de abril de 2017 (folio 285 a 293) materia de grado, debido a que la Juez Superior señor Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y el Juez Superior señor Chacón Alfaro, emite voto en discordia para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del
25 Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior doctor Víctor Ladrón de Guevara De la Cruz; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES.- ALFARO HERRERA.Raúl Callo Delgado-Secretario de Sala. Cusco, 27 de setiembre de 2017. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: Nro. 02042-2017-41-1001-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Pamela Roció Díaz Castro SEÑOR: NICOLÁS ALEJANDRO RIVERA QUISPE Se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 de fecha 21/09/17 el extracto de la resolución que corre traslado la Solicitud de Actor Civil, cuyos contenidos son los siguientes: Resolución N° 01 Cusco, veintiuno de setiembre Del año dos mil diecisiete.dado CUENTA el escrito de Constitución de Actor civil presentado por la Procuradora Publica Adjunta encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial AL PRINCIPAL: Téngase por apersonado al recurrente; AL OTRO SI DIGO: Estando a los fundamentos contenidos en el escrito que antecede, téngase en cuenta; AL MAS DIGO: Estando a los fundamentos contenidos en el escrito que antecede, REQUIÉRASE al Fiscal de la Primera Fiscalía Penal De Cusco del primer Despacho De Investigación encargado del caso, a efectos de que dentro del plazo de DOS DÍAS HÁBILES de notificado con la presente resolución informe a este despacho bajo responsabilidad, respecto de los sujetos procesales apersonados a la sustanciacion de la Investigación Preparatoria; sin perjuicio de ello CÓRRASE TRASLADO con la presente solicitud por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES a fin de que los sujetos procesales planteen oposición para lo cual se fijara fecha de audiencia, caso contrario póngase los autos en mesa para resolver. ESTRACTO DEL ESCRITO DE CONSTITUCIÓN DE ACTOR CIVIL PATRICIA GISELLE OVERSLUIJS RAZZETO, Procuradora Pública Adjunta encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, identificado con D.NJ. N° 0Ó171033, natural de Lima, abogada, designada mediante Resolución Suprema N° 065-2011-JUS, de fecha 25 de marzo 2011, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 26 de marzo del 2011; refiriéndome al proceso seguido contra NICOLÁS ALEJANDRO RIVERA QUISPE por la presunta comisión del delito de FALSA DECLARACIÓN DE TESTIGOS Y PERITOS EN JUICIO, en agravio del Estado - Poder Judicial, PETITORIO La Procuraduría Pública del Poder Judicial es competente para sumir la defensa del Estado en el presente proceso, debido a que se habría causado agravio al Estado y su tutela, en razón del delito cometido, es competencia de la procuraduría a mi cargo; en tal sentido de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitución Política del Perú, concordante con los articulo 98° y ss. del Código Procesal Penal, los incisos 1 y 2 del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1068, Ley del Sistema de la Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, me apersono a la instancia, solicitando se nos constituya en ACTOR CIVIL MONTO DEL PETITORIO cumplimos con indicar que el monto de reparación civil solidaria que exigiremos en el presente coso será de S/ 1000.00 UN MIL con 00/100 Soles que deberán ser pagado en forma solidario. No obstante, cumplimos con señalar que nuestra pretensión definitiva será precisada en la etapa intermedia, cuando contemos con los elementos que se sustenten. Cusco, 05 de Abril del 2017. 28-29/09/2017 02/10/2017 CPJ
26
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
27
28
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
29
30
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
31
32
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
33
34
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
35
36
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
37
38
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017
39
40
Cusco, jueves 28 de setiembre de 2017