Cusco, martes 3 de octubre de 2017 Usuarios
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Cusco, martes 3 de octubre de 2017 PRIMER REMATE JUDICIAL
EN EL PROCESO SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE N°006692017- 0-1001-JR-CI-01, SEGUIDO POR COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN DEL CUSCO LTDA. EN CONTRA DE ROMULO MARCO ACURIO ORTIZ y LIDIA MERMA JOYAS; EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, DRA. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, ESPECIALISTA LEGAL BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SEÑALADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 13 DE OCTUBRE DEL 2017, A LAS 15:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL LOCAL DE ADMINISTRACION LABORAL-CIVIL, SEGUNDO PISO, SITO EN LA AV. EL SOL 239, CUSCO, CUSCO. SOBRE EL BIEN INMUEBLE: LOTE DE TERRENO N°7, DE LA MZNA. “I”, INDEPENDIZADO DE LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA “MAGISTERIAL SUTEP”, DISTRITO DE SAN SEBASTIAN PROVINCIA, DEPARTAMENTO Y REGION DEL CUSCO, CUYA AREA, CARACTERISTICAS y LINDEROS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11011917 DE LA ZONA REGISTRAL N°X, SEDE CUSCO, SUNARP-CUSCO, TASACION TOTAL: US$.173,320.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.115,546.66 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.17,332.00 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1).- HIPOTECA A FAVOR DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA, HASTA POR LA SUMA DE US$.133,100.00 DOLARES AMERICANOS, SEGÚN ASIENTO D00007 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917, 2).- ANTICRESIS A FAVOR DE MARTHA AQUIMA TUPA, HASTA POR LA SUMA DE S/.100,000.00 SOLES, SEGÚN ASIENTO D00008 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO. 11011917. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO DEL REMATE. MARTILLERO PUBLICO DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. N°190 CEL. 959648263, RPM: #959648263 CUSCO, 2017-09-21 6VCES-26-27-28-29-IX-Y-02-03-X-17 B/V 002-805 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba-Cusco y bajo la actuación del Secretario Judicial Wilfredo Solaligue Obregon, se viene tramitando el Proceso Civil No. 173-2017 seguida por Martha Pacheco Ccori, sobre Ineficacia de Titulo Valor (cheque), en la que se dictó la resolución siguiente: RESOLUCION. Urubamba, veintiuno de setiembre del dos mil quince. - Se resuelve: admitir a tramite en la vía del Proceso Sumarísimo, la demanda interpuesta por Martha Pacheco Ccori, contra Asociación Sol y Luna y Petit Pois S.A. C, sobre Ineficacia de Titulo valor (cheques Nos. 00002132 y 0952365) Y emisión de nuevos títulos valores; en tal virtud, córrase traslado al demando por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de declarársele rebelde etc. DEMANDA. Martha Pacheco Ccori, identificado con D.N.I. 25304286 etc. Atentamente digo: Interpongo demanda de Ineficacia de Titulo Valor Cheque, la misma que la dirijo contra Asociación Sol y Luna y Petit Pois S.A.C. es materia de la presente demanda la pretencion de Ineficacia de Titulo valor de los cheques Nros. 00002132 y 09523565 los mismos que se extraviaron en 01 de julio del 2017 etc .... Lo que se publica para los fines consiguientes. Urubamba, setiembre 2017 5vces-28-29-ix-y-02-03-04-x-17 b/v 002-869 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David América Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 02815-2013-0-1001-JR-CI- 02, en los seguidos por AMALIA GRAJEDA SALAZAR contra PABLO VILLA INCATTITO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO de bien inmueble rústico denominado “Pata Pata Lircay y sus Punas Huaccoto” del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Región Cusco, con notificación de los colindantes SILVERIA VILLA QUISPE e ISIDRO VILLA QUISPE; ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 27.- Cusco, diecisiete de Agosto de dos mil diecisiete.- POR LO EXPUESTO: Estando a la declaración jurada prestada, DISPONGASE EL EMPLAZAMIENTO de los litisconsortes necesarios activos mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano”, con el fin de que dentro del PLAZO DE CUARENTA Y CINCO DIAS Se apersonen al proceso, conforme a los alcances del artículo 492 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.-H.S. Media firma y sello del señor juez. - Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 22 de setiembre del 2017 3vces-29-ixy-02-03-x-17 b/v 002-872 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 01942-2014-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por Andrés Valeriano Aymara Leandres por derecho propio además de ser apoderado de Trinidad Primitiva Monzón Villavicencio, Enriqueta Mormontoy de Aymara, Feliciano Figueroa Medina, Felicia Madera Rojas, Máxima Cusi de Huarayo, Isaac Huarayo Huamanttupa, Julio Estrada Troncoso e Isabel Figueroa Medina, sobre DIVISIÓN y PARTICIÓN de bien predio denominado Rayanccata, ubicado en el Distrito de Wánchaq, Provincia y Departamento del Cusco, que tiene un área de 2024 m2, debidamente inscrito en la Partida Electrónica N° 02072889 del Registro de Predios de la Oficina Registral del Cusco, contra Toribio Flores Ccahuana y Marcelina Marmanillo de Flores, Augusto Ronald Gutiérrez Rodrigo y Lucía Lauro de Hancco, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 34.- Cusco, catorce de Agosto de dos mil diecisiete. - SE RESUELVE: DISPONER EL EMPLAZAMIENTO mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario
Oficial “El Peruano” A LOS SUCESORES LEGALES DEL DEMANDADO ahora LITISCONSORTE Q.E. V.F. TORIBIO FLORES CCAHUANA, con el fin de que se apersonen en el proceso dentro del PLAZO DE TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, conforme a los alcances del Artículo 108 del código Procesal Civil.- H.S.- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma sello del Especialista legal. Cusco, 22 de setiembre del 2017 3vces-29-ix-y-02-03-x-17 b/v 002-877 EDICTO JUDICIAL Señores: Sucesión a RUBEN YEPEZ AMAUT. Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00663-2010-0-1001-JRCI-03., en el que mediante resolución N° 100 de fecha 14 de agosto del 2017 se ha dispuesto convocar a los sucesores procesales del que en vida fue Ruben Yepez Amaut para que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, debiendo la parte interesada, concurrir a este Juzgado a efecto de recabar dichos edictos para su publicación, Firma o por juez Alfaro Tupayachi.-secretaria judicial Elorrieta Salazar. Cusco, 26 de setiembre del 2017. 2vces-02-03-x-17 b/v 002-852 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 273-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de GREGORIO GAMARRA FLORES sobre RECTIFICACIÓN de su partida de nacimiento respecto del nombre de su progenitor como Julio Gamarra Olivera, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 29-09-2017 3vces-02-03-04-x-17 b/v 002-901 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 275-2017-CI seguido por NANCY INES GAMARRA FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su padre, siendo lo correcto JULIO GAMARRA OLIVERA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 18-09- 2017 3vces-02-03-04-x-17 b/v 002-901 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 274-2017-CI seguido por SONIA LEANDRA GAMARRA FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitor, siendo lo correcto JULIO GAMARRA OLIVERA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 18-09-2017 3vces-02-03-04-x-17 b/v 002-902 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco. en el Exped. N° 276-2017-CI. en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de JUANA RICARDINA GAMARRA QUISPE sobre RECTIFICACIÓN de su partida de nacimiento respecto del nombre de su progenitor como Julio Gamarra Olivera, se ha dispuesto La publicación del presente para Los fines de Ley.San Jerónimo, 29-09-2017 3vces-02-03-04-x-17 b/v 002-902 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo lo dirección del señero Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el proceso Civil N° 00474--2015-0-1018-JP-CI-01, VILMA VENTURA HUAMAN GUERRA, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, GAVINA LUCANA MORA , falleció el 21 de junio del 2008 inscrito Registro de Estado Civil de lo RENIEC - Cusco Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 29 de setiembre del 2017. 3vces-02-03-04-x-17 B/v 002-906 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 155-2017-CI,se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 01. Urcos, 01 de Setiembre del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por JULIA GARCIA SANCHEZ, ANTONIA GARCIA SANCHEZ y EMILIO GARCIA SANCHEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del Inmueble rustico denominado HUANCALLPA Y, ubicado en el sector de Callapucyo, del Distrito de Oropesa, Provincia de Quispicanchi, Departamento del Cusco, demanda dirigida contra la ARQUIDIOCESIS DE CUSCO, Demanda que deberá ser tramitada en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO, Córrase traslado a la parte contraria por el plazo de ley, bajo apercibimiento e declararse su rebeldía; con citación de los colindantes LUCIO FERNANDEZ ROJAS, TEODORA TTITO PALOMINO DE GUTIERREZ, FORTUNATO TTITO HUARANCA, ANTONIA GARCIA SANCHEZ, JULIA GARCIA SANCHEZ, y la MUNICIPALIDAD DISTRIT AL DE OROPESA. De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, en el diario Judicial de la ciudad del Cusco, por el término de ley. Urcos, 19 de Setiembre del 2017.
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Cusco, martes 3 de octubre de 2017 3vces-21-27-ix-y-03-x-17 b/v 002-738 EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 63-2017, tramitado ante el Primer Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 02 de fecha ocho de febrero del año dos mil diecisiete: “...ADMITIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda interpuesta por JOSE ALFREDO VICENTE VASQUEZ CACERES y CLEO ELISABETH VELASCO NUÑEZ, contra LAURA ZEVALLOS GONZALES DE YABAR y AUGUSTO YABAR ORDOÑEZ con citación de los colindantes JORGE LUIS AGUILA VILLA, EMILIANO VARGAS ASTETE, MARCO ADSBRUCH ZVIETCOVICH ALVAREZ y GLADYS VIZCARRA MERCADO y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de bien inmueble sito en la Urbanización Santa Úrsula G-3 de la segunda etapa del Distrito de Wanchaq - Cusco; en consecuencia córrase traslado de la demanda a los emplazados a fin de que contesten la demanda dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía...”.- firma del Señora Juez Dra. Yanet Ofelia Paredes Salas- Secretaria Judicial Carmen Rosa Sañac Quito. Lo que se publica para los fines de ley. Wanchaq, 14 de setiembre del 2017. Carmen Rosa Sañac Quito SECRETARIA JUDICIAL 21-27/09/2017 03/10/2017 B/.001-321 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIOE INSCRIPCION Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por el Sr. Juez YTALO DIEGO TTITO QUISPE, en el Exp. N° 140-2017-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 28 de agosto de 2017 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por CRISTINA FORTUNATA CONCHA LOVATON sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL Predio denominado Condorhuachana Chalanquiyoc ubicado en el Sector de Cachiccata y Sillque Pata pata del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, departamento del Cusco, con una extensión de 88.20 Has. contra PERSONAS INDETERMINADAS. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas, asimismo notifíquese a las personas indeterminadas.-NOTIFIQUESE a los colindantes del inmueble AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA, JORGE MAGNO RÍOS ZAMALLOA, LEONCIO CONCHA LOVATON, BLANCA ESPINOZA DE RÍOS y ZENAIDA DOLMOS DE CUCHO.-. Pueden apersonarse al proceso las personas que tuviesen derechos de propiedad sobre el predio antes referido.- Se publica el presente para los fines de ley.- conforme a lo previsto por los artículos 167 Y 168 del Código Procesal Civil, para fines de su apersonamiento al presente proceso.Urubamba, 13 de setiembre de 2017.3VCES-25-28-IX-Y-03-X-17 B/V 002-764 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCION Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por el Sr. Juez YTALO DIEGO TTITO QUISPE, en el Exp. N° 140-2017-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 28 de agosto de 2017 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por CRISTINA FORTUNATA CONCHA LOVATON sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL Predio denominado Condorhuachana Chalanquiyoc ubicado en el Sector de Cachiccata y Sillque Pata pata del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, departamento del Cusco, con una extensión de 88.20 Has. contra PERSONAS INDETERMINADAS. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas, asimismo notifíquese a las personas indeterminadas.-NOTIFIQUESE a los colindantes del inmueble AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA, JORGE MAGNO RÍOS ZAMALLOA, LEONCIO CONCHA LOVATON, BLANCA ESPINOZA DE RÍOS y ZENAIDA DOLMOS DE CUCHO.-. Pueden apersonarse al proceso las personas que tuviesen derechos de propiedad sobre el predio antes referido.- Se publica el presente para los fines de ley.- conforme a lo previsto por los artículos 167 Y 168 del Código Procesal Civil, para fines de su apersonamiento al presente proceso.Urubamba, 13 de setiembre de 2017.3VCES-25-29-IX-Y-03-X-17 B/V 002-764 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don, FABIAN HANCCO LAUCATA, de 40 años de edad, identificado con DNI N° 40499159, natural del distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, de ocupación Agricultor, de estado civil soltero, domiciliado en la Comunidad de Huilloc S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco; y. Doña, ENRIQUETA FOCCO QUISPE, de 32 años de edad, identificada con DNI N° 44467671, natural del distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco, de ocupación su Casa, de estado civil soltera, domiciliado en la Comunidad de Huilloc S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco. FECHA DE CELEBRACION DIA : 21 de Octubre del Año 2017. HORA : 09:30 AM.
LUGAR : En el Salón Consistorial de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo. Las personas que conozcan causales de impedimento, pueden denunciarlas tal como establece el Art. 253 del Código Civil ante la Jefatura del Registro Civil de esta Municipalidad. Ollantaytambo, 27 de setiembre del 2017. ELVIS R. FLORES FARFAN ALCALDE 1V-03-X-17 B/V 002-880 EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal Mario Rafael Ramos Bejar, en el proceso Nro. 257-2017-0-1018-JM-FC-01, se ha dispuesto emplazar a JESSICA KARINA DOIG SANCHEZ, con las siguientes resoluciones: Resolución Nro. 01-2015,-Santiago, trece de marzo del año dos mil quince.- ... SE RESUELVE: ADMITIR la demanda instada por Edwin Edgardo Cordova Pasapera, sobre DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO; contra Jessica Karina Doig Sanchez. Debiendo tramitarse VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. DE OFICIO.- En aplicación de lo dispuesto por el artículo 481 del Código Procesal Civil; NOTIFIQUESE al Ministerio Público como parte demandada. En tal sentido CÓRRASE traslado a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS, bajo expreso apercibimiento de ser declarados Rebeldes.- Resolución Nro.6.-Santiago, catorce de octubre del año dos mil quince.- ... SE RESUELVE: 1. SE RESUELVE DAR por absuelto el traslado de la demanda en REBELDIA de la demandada JESSICA KARIAN DOIG SANCHEZ. 2.-DECLARAR SANEADO EL PROCESO Y en consecuencia la existencia de una relación jurídica procesal válida. 3.- Estando a lo dispuesto por el Artículo 468 del Código Procesal Civil, CONCEDASE a las partes del proceso el término de TRES DIAS a fin de que propongan los puntos controvertidos de la pretensión demanda.- Resolución N° 09,- Santiago, primero de setiembre del dos mil dieciséis.- ... Siendo su estado se fijan puntos controvertidos, se admiten y actúan medios probatorios. Resolución N° 10 ( Sentencia) .- Santiago, veinticuatro de octubre del dos mil dieciseis.- por estos fundamentos administrando justicia a nombre del Pueblo.-FALLO: DECLARANDO: 1. FUNDADA: la demanda instada por don EDWIN EDGARDO CORDOVA PASAPERA, interpone demanda sobre Divorcio Absoluto con las causales de Separación de Hecho, dirigiéndola contra su cónyuge doña JESSICA KARINA DOIG SANCHEZ, solicitando la disolución del vínculo matrimonial En consecuencia ORDENO la disolución del vínculo matrimonial entre don, EDWIN EDGARDO CORDOVA PASAPERA y doña JESSICA KARINA DOIG SANCHEZ, debiendo oficiarse a la Municipalidad Distrital de Independencia de la Provincia de Huaraz Departamento de Ancash a fin de que se cumpla con la anotación marginal pertinente, una vez que la presente sea consentida y / o aprobada. Sin costas ni costos. Tómese Razón y Hágase Saber.- Lo que se publica para fines de ley. Santiago, 28 de septiembre del 2017 2vCES-03-04-x-17 b/v 002-893 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 21 de Setiembre del 2017, la recurrente ROSA ANGELICA RIVERA GORVENIA DE CAJAHUANCA, titular del Acta de nacimiento N° 1009371565, correspondiente a ROSA ANGELICA RIVERA GORVENIA, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitora , habiéndose registrado como ANGELICA GORVENIA, siendo el nombre correcto de la progenitora MARIA ANGELICA GORVENIA SALAZAR . Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 27 de Setiembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco – RENIEC 1V-03-X-17 B/V 002-915 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 11553-TD-2017 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON: DARWIN GUERRA MONTES D.N.I: N° 47791295 ESTADO CIVIL: Soltero NATURAL DE: Yanatile - Calca NACIONALIDAD: Peruano PROFESION /OCUPACION: Topógrafo EDAD: 29 años DOMICILIO: Calle Romeritos S/N del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco DOÑA: AURORA VALDIVIA CHOQUEPATA D.N.I : N° 45607633 ESTADO CIVIL: Soltera. NATURAL DE: San Jerónimo - Cusco NACIONALIDAD: Peruana PROFESION/ OCUPACION: Estudiante EDAD: 28 años DOMICILIO Calle Romeritos S/N del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco Quienes contraerán Matrimonio Civil el 14 de Octubre del 2017. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de esta Municipalidad. San Jerónimo, 02 de Octubre del 2017 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-03-X-17 B/V 002-916
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Cusco, martes 3 de octubre de 2017 EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil N° 90-2017-0-1004-JP-CI-01, Seguido por MIRIAM PINTO BAZAN DE GONGORA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la recurrente, en el sentido que se agregue su apellido materno BAZAN a fin de que en lo sucesivo figure como MIRIAM PINTO BAZAN, asimismo se agregue el apellido materno (ANDRADE) de su progenitor UBALDO PÍNTO debiendo quedar en lo sucesivo como UBALDO PINTO ANDRADE. Finalmente, en el extremo del nombre de su progenitora YOLANDA BAZAN se rectifique por FLORENCIA y se agregue su apellido materno MENDOZA para que completa y correctamente figure como FLORENCIA BALAN MENDOZA. Se publica para los fines de ley. Anta, 28 Setiembre del 2017. 1V-03-X-17 B/V 002-913 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Paruro, que despacha el Señor Juez Felix Villegas Cajachahua, bajo la actuación del Secretario Judicial Aladino Roldan Aparicio Salas, se tramita el Expediente N° 026-2017-CI, seguido por OSCAR HUARANCCA ÁLVAREZ y AUGUSTA ORELLANA DE HUARANCA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD, se ha dispuesto mediante resolución N° 02 de fecha 05 de setiembre del 2017, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, como sigue: “Resolución N° 02; Paruro, 05 de setiembre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por OSCAR HUARANCCA ÁLVAREZ y AUGUSTA ORELLANA DE HUARANCA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio rústico denominado “NUSTAQUEPA”, ubicado en la comunidad Campesina de Hitunca del distrito de Yaurisque, provincia de Paruro, departamento de Cusco con un área de 6.54739 Has., con CITACIÓN del presidente de la comunidad Campesina Hitunca, señor TORIBIO CHUNCHO ORELLANA y los colindantes GERÓNIMO AQUISE NOA, LUCIANO AQUISE HUAMAN y ANDRÉS CAJIGAS DEZA. Debiendo tramitarse VIA DEL PROCESO ABREVIADO. Notifíquese a los citados con la demanda y anexos por el plazo de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal. A sus antecedentes los anexos adjuntos. AL OTROSI.- Éstese a lo resuelto en el principal.- DE OFICIO: Estando a los dispuesto por el artículo 506 del código procesal civil, publíquese en extracto de la presente resolución en el Diario Oficial el Peruano, Diario Judicial del Cusco, en la tablilla que obra en el Juzgado, por el plazo de ley; debiendo la parte interesada recabar los edictos y asegurar su publicación conforme a ley. H.S.Paruro 14 de setiembre del 2017. 3vces-03-09-13-x-17 b/v 002-914 EDICTO JUDICIAL EMPLAZA A: NINOSKA CASTRO PEREZ, MARIVEL PAULINA CCOLQUE HUISA, AMILCAR FLOREZ QUISPE y OSCAR CASTRO PEREZ. Ante el Juzgado de Paz letrado de Urubamba que despacha la Juez Yesika Medrano Ochoa y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Lia Hancco Luza, se tramita el Proceso Penal por Faltas N° 60-2017-PE, sobre faltas contra la persona en su modalidad de lesiones dolosas, en agravio de ABEL RAMOS ESCALANTE y SAYDA OLIVERA RIVERA, habiéndose emitido la resolución N° 7, de 11/9/2017 y su integración resolución N° 8, de 18/9/2017, por la que se dispone la notificación por edictos a los imputados, a fin de que comparezca al proceso bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal: Res. N.° 1, de 13/1/2017.- RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO contra EXALTACION CASTRO HUAMAN, OSCAR CASTRO PEREZ, AMILCAR FLOREZ QUISPE por la comisión de Faltas Contra la Persona en su modalidad de Lesiones dolosas, previsto y penado por el Art. 441 del Código Penal modificado por la ley 30076, en agravio de ABEL RAMOS ESCALANTE. CITAR A JUICIO contra ABEL RAMOS ESCALANTE, por la comisión de Faltas Contra la Persona en su modalidad de Lesiones dolosas, previsto y penado por el Art. 441 del Código Penal modificado por la ley 30076, en agravio de EXALTACION CASTRO HUAMAN. CITAR A JUICIO contra MARIVEL PAULINA COLQUE HUISA, NINOSCA CASTRO PEREZ, ESTEFA CASTRO CHURA y OSCAR CASTRO PEREZ por la comisión de Faltas Contra la Persona en su modalidad de Lesiones dolosas, previsto y penado por el Art. 441 del Código Penal modificado por la ley 30076, en agravio de SAYDA OLIVERA RIVERA. - CITAR A JUICIO contra SAYDA OLIVERA RIVERA, por la comisión de Faltas Contra la Persona en su modalidad de Lesiones dolosas, previsto y penado por el Art. 441 del Código penal modificado por la ley 30076, en agravio de ESTEFA CASTRO CHURA.2.FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA de instalación del juicio oral, para el día LUNES DIECISIETE DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO a horas ocho de la mañana en el local del Juzgado de Paz Letrado de Urubamba ubicado en la calle Belén s/n-local del Poder Judicial Urubamba. 3.- Al acto de la Audiencia deberán concurrir: los imputados, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública y; en caso a su vez no concurra la parte agraviada, bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito en su calidad de querellante particular y archivarse los actuados en forma definitiva. Debiendo las partes asistir acompañados de sus abogados defensores. 4.- Se dicta comparecencia sin restricciones en contra de los referidos imputados. 5.- PONER en conocimiento de las partes que la Audiencia se realizará en un solo acto, en el que se instará una conciliación o acuerdo de reparación o; en su defecto se actuará: a) El examen del imputado. b) La declaración de la parte agraviada. e) los documentos que obran autos, así como los medios probatorios ofrecidos y presentados en dicho acto, necesarios para la defensa de sus derechos. 6.- DISPONER se recaben los antecedentes penales de los encausados a efectos de determinar su reincidencia en los hechos. NOTIFIQUESE debidamente a las partes en los domicilios señalados en el expediente. DE OFICIO.Cumplan las partes con apersonarse al proceso debidamente identificados y señalando, domicilio procesal y casilla electrónica conforme a ley. H.S. Res. N°, de 11/9/2017.-AL ESCRITO N° 512-2017.- AL PRINCIPAL advirtiéndose de las cedulas de notificaciones de los imputados EXALTACION CASTRO HUAMAN Y ESTEFA CASTRO CHURA de fs. 89-92, que estos fueron válidamente notificados con la fecha de la audiencia de citación a juicio señalada en el auto de citación a juicio así como como con la resolución N° 2, que reprograma, sin que se hagan presentes a al misma y viéndose la resistencia de los IMPUTADOS
EXALTACIÓN CASTRO HUAMAN y ESTEFA CASTRO CHURA, por comparecer voluntariamente a este Juzgado de conformidad a lo previsto por el artículo 485.2 del N.C.P. decláresele CONTUMACES a estos; en consecuencia se dispone su conducción de grado o fuerza a este Juzgado, debiéndose girar oficios a la comisaría correspondiente para tal fin.- AL OTROSI DICE.- siendo atendible lo solicitado SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN DE LOS IMPUTADOS AMILCAR FLORES QUISPE, NINOSKA CASTRO PEREZ y OSCAR CASTRO PEREZ MEDIANTE EDICTOS en los respectivos diarios por el plazo de Ley con extracto del auto de citación a juicio y esta resolución. Estando a lo precedente, señálese fecha para el verificativo de la audiencia de instalación de juicio para el día VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2017 A HORAS 2:30 PM, en el local del Juzgado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de los imputados de volver a disponer su conducción de grado o fuerza a este Juzgado y en caso de inconcurrencia de la parte agraviada bajo apercibimiento de concluirse el proceso por desistimiento tácito. Res. N.° 8, de 18/9/2017.- SE RESUELVE: INTEGRAR la resolución N.07, de 11 de setiembre de 2017, en el extremo que se debe considerar también para la notificación edictal a la IMPUTADA MARIVEL PAULINA CCOLQUE HUISA, quedando inalterable los demás extremos. Urubamba, 28 de setiembre del 2017 1v-03 –x-17 b/v 002-916 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 07 de Junio del 2017, el recurrente ERNESTO DELGADO PEREZ, titular del Acta de Nacimiento N° 1009449777. Conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre del progenitor del titular del Acta, habiéndose registrado como FELIPE ERNESTO DELGADO. Siendo el nombre correcto del titular del Acta FELIPE ERNESTO DELGADO SANIZ. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 12 de Junio del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1v-03 –x-17 b/v 002-917 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 07 de Setiembre del 2017, la recurrente CARMEN BEATRIZ OCHOA DE QUIROZ, titular del Acta de nacimiento N° 1009391503, correspondiente a CARMEN BEATRIZ OCHOA HERMOZA, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitor, habiéndose registrado como JULIO OCHOA, siendo el nombre correcto JULIO OCHOA ROZAS, Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 11 de Setiembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1v-03 –x-17 b/v 002-918 MUNICILIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 11990-TD-2017 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON: JHOSSEP ANTHONY BECERRA SEQUEIROS D.N.I: N° 70757040 ESTADO CIVIL: Soltero NATURAL DE : Cusco NACIONALIDAD: Peruano PROFESION /OCUPACION: Administrador EDAD: 26 años DOMICILIO: Calle Santa Rosa N° 44 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco DOÑA: ANAMILE DE LA ROSA ARDILES PEÑA D.N.I N° 62597935 ESTADO CIVIL: Soltera. NATURAL DE: La Convención - Santa Ana NACIONALIDAD: Peruana PROFESION /OCUPACION: Admisionista EDAD: 22 años DOMICILIO: Calle Santa Rosa N° 44 del Distrito de San Jerónimo Provincia Departamento del Cusco. Quienes contraerán matrimonio civil el 14 de octubre del 2017.Las personas que conozcan las causales e Impedimento pueden denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de esta Municipalidad. San Jerónimo, 02 de Octubre del 2017 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1v-03 –x-17 b/v 002-919 PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA VICARIA JUDICIAL - ARZOBISPADO DEL CUSCO Según Decreto N° 1167-2017-VJ-AC, la Sra. Hilda Hilaria Acurio Mora, solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE BAUTIZO correspondiente a su madre LEONARDA MORA PEÑA (fallecida), como sigue: El nombre de la bautizada dice: María Leocadia Desde ahora debe decir: Leonarda De haber impedimento alguno, comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc s/n (Palacio Arzobispal) cercado del Cusco. Cusco, 29 de setiembre de 2017
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Cusco, martes 3 de octubre de 2017 1V-03-X-17 B/V 002-920
B/V 002-925 RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 18° DE LA LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE MI DESPACHO SE PRESENTARON SONIA ELENA SOTO VIUDA DE MONTENEGRO, AIDA ESTHER SOTO FIGUEROA Y ANA ROCÍO SOTO FIGUEROA, SOLICITANDO SE TRAMITE LA RECTIFICACIÓN DE SUS RESPECTIVAS PARTIDAS DE NACIMIENTO EN LAS QUE SE HAN CONSIGNADO ERRÓNEAMENTE LOS NOMBRES DE SUS PROGENITORES COMO: ANÍBAL SOTO, JOSÉ ANÍBAL SOTO ANDRADE DEL PADRE Y ALICIA FIGUEROA DE LA MADRE, SIENDO LOS NOMBRES CORRECTOS DE SUS PADRES: “ANÍBAL SOTO ANDRADE Y ALICIA FIGUEROA PEÑARANDA. SE PUBLICA LA PRESENTE PARA LOS FINES DE LEY. RODZANA NEGRON PERALTA NOTARIA DE CUSCO 1V-03-X-17 B/V 002-921 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 15 de Setiembre del 2017, la recurrente JUNIOR OCTAVIO CAÑIHUA FLORES, apoderado de la titular del Acta de nacimiento N° 1009408614, correspondiente a MARTHA ROSARIO QUISPE ABARCA, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la progenitora del titular del Acta, habiéndose registrado como ZORAYDA ABARCA, siendo el nombre correcto de la progenitora ZORAIDA ABARCA ANGUIOSA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 21 de Setiembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de oficina Registral Cusco-RENIEC 1V-03-X-17 B/V 002-922 EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01882-2017-0-1001-JRCI-03, seguido por LIZ HARRIETH QUISPE SOTA, sobre Cambio de Nombre; en el que se ha emitido el Auto Admisorio, en fecha quince de setiembre del dos mil diecisiete mediante el cual, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LIZ HARRIETH QUISPE SOTA, sobre CAMBIO NOMBRE de LIZ HARRIETH QUISPE SOTA a HARRIETH ESPINO SOTA, debiendo de tramitar se bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público y de Arturo Quispe Espino padre de la actora, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS, debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial “El Peruano” y el Diario Judicial de esta localidad. Téngase por ofrecidos los medios probatorio y agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña.- AL OTROSI DIGO: Corríjase el auto admisorio de la demanda en el extremo resolutivo donde se consigna el nombre de Onoria Toribia Beteta Galarza, debiendo ser el nombre correcto LIZ HARRIETH QUISPE SOTA.H.S. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar. Cusco, 27 de setiembre del 2017. 1V-02-X-17 B/V 002-923 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 02569-2017-0- 1001-JP-CI-01 , seguido por CARLOS ANGULO LADRON DE GUEVARA, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Matrimonio, en lo que respecta al nombre de pila del recurrente, consignado erróneamente como “CARLOS ANDOSIO ANGULO LADRON DE GUEVARA” siendo lo correcto “CARLOS ANGULO LADRON DE GUEVARA”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 29 de Setiembre-de 2017 1V-02-X-17 B/V 002-924 EDICTO JUDICIAL HÁGASE SABER: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Y talo Diego Ttito Quispe y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sandra Pool a Núñez Ruiz, se tramita el Proceso Civil N° 114-2017-0-1 015-JM-CI-01, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 22 de agosto de 2017, donde se resuelve ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por LEANDRA CHALLCO CACERES sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE denominado Tarucapampa, ubicado en el sector de Pucruto, provincia de Urubamba, de una extensión de área de 0.3593 Has. contra LA SUCESIÓN LEGAL DE Q.E.V.F. MARGARITA PEÑA VIUDA DE CÁCERES y MARIA FELICIANA CÁCERES PEÑA. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las persones interesadas yola Sucesión Legal de Q.E.V.F. Margarita Peña Viuda de Cáceres, para que se apersonen al proceso sus sucesores legales, bajo apercibimiento de nombrarles Curador Procesal.-NOTIFIQUESE a los colindantes del inmueble CIRILO FRANCO TTITO, DIONICIO BACA CÁCERES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA REPRESENTADO POR SU ALCALDE HUMBERTO HUAMAN AUCAPUMA,PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA ,CUENCA PUMAHUANCA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA representado por su presidente LUCIO CHALLCO ALEGRE. - A sus antecedentes los anexos que indica. Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 22 de Setiembre de 2017 3VCES-03-04-05-X-17
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO, OFICINA DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PÁRTIDA DE NACIMIENTO Por Exp. N° 3724 de fecha 13 de Setiembre de 2017. El señor WENCESLAO HUAMANRIMACHI QUISPE, solicita la Rectificación y/o Regularización Administrativa de su partida de Nacimiento Acta N° 149 del año 1986, en la parte principal del acta de Nacimiento existe error al prenombre y al segundo apellido del progenitor del titular, al haberse consignado el prenombre como “Sinfurio” y al haberse consignado el segundo apellido como “Melendrez” al momento del asiento registral, debiendo decir el nombre como SINFOROSO MACHACCA MELENDRES , asimismo en la parte principal del acta en los rubros “hijo (a) de doña” y “Declarante” existe error al segundo apellido de la progenitora y declarante del titular como “De Machacca” al haberse consignado el primer apellido del progenitor al momento del asiento registral, debiendo ser el nombre de la progenitora y declarante como CONCEPCION QUISPE QUISPE, que se hace de conocimiento público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art 74 del D.S. 015-98-PCM ante esta Municipalidad, por lo que de conformidad a lo estipulado en el artículo 73 del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC aprobado por el D.S.015-98 -PCM, se realiza la presente publicación conforme Ley. Ollantaytambo, 02 de Octubre de 2017. LIBERATA BENAVENTE SOLIS JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-03-X-17 B/V 002-926 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUIQUIJANA. DIVISION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL AVISO. RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO Por expediente N°.03089 de fecha 21 de Setiembre, del 2017 Don AMILCAR DIAZ LLAMPI, solicita la Rectificación Administrativa de su Partida de Nacimiento No. 94 del año 1977 por existir error en el rubro Padre habiéndose consignado erróneamente el prenombre del progenitor como ANTONIO en la parte principal del Acta de Nacimiento debiendo ser lo correcto ANTOLIN en consecuencia el nombre completo y correcto del Padre es ANTOLIN DIAZ SANDOVAL. Quedando inalterables los demás datos del asiento registral. Lo que se publica para sus fines conforme establece el Art. 73 del D.S. No. 015-98-PCM Directiva DI-415-GRC-032 A fin de quienes resulten perjudicadas con la rectificación formulen OPOSICIÓN dentro de los 15 días siguientes a la presente publicación por escrito en la Oficina de Registro Civil de Quiquijana. Quiquijana, 02 de Octubre del 2017 Paula Delia Estrada Mendoza Jefe de Registro de Estado Civil. 1V-03-X-17 B/V 002-927 EDICTO JUDICIAL Que en el Proceso Civil Nro. 01581-2017-0-1001-JR-CI-05, seguido por Gladis Quispe Deza sobre Declaracion de muerte presunta, bajo la actuación del Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo; y la dirección de la Señora Jueza Dra. Marianella Cardenas Villanueva, se ha dispuesto la publicación del extracto Judicial de la Resolución Nro. 07 de fecha 07 de agosto del 2017: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GLADYS QUISPE DEZA sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, con citación de ANDRES QQUECCAÑO QUIÑONES, CHARO QUECCAÑO QUISPE, CELIA QUECCAÑO QUISPE y KARINA QUECCAÑO QUISPE, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el plazo de cinco días. ( ... ) notifíquese por edicto al muerto presunto ANDRES QQUECCAÑO QUIÑONES debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tabilla del juzgado ( ... ). Señálese fecha para el acto de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el próximo CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. Por ofrecidos los medios probatorios. Insértese en autos los anexos de su referencia. AL PRIMER OTROSI DIGO: Téngase en cuenta. AL SEGUNDO MAS DIGO: Estese a lo dispuesto … H.S. 1V-03-X-17 B/V 002-928 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 284-2017-CI seguido por MAXIMILIANA ARIZA RADO DE APAZA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de sus progenitores, siendo lo correcto CLAUDIO ARIZA QUISPE y SILVERIA RADO COSCO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 28-09-2017 3VCES-03-04-05-X-17 B/V 002-929 REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA En los seguidos por CLARA LUZ SOTOMAYOR RIVAS contra BENEDICTA ATAUCHI PARO sobre obligación de dar suma de dinero, Exp. N° 00060-2013-0-1 001-JM-Cl-01; el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que Despacha la Juez Dra. Yanet Ofelia Paredes Salas y Especialista Legal Dra. Crisalta Salazar Yauta, ha ordenado el remate en segunda convocatoria del 50% de derechos de propiedad de la ejecutada sobre inmueble ubicado en el lote 24-B, Manzana Ñ, parte integrante de la Hacienda Manahuañoncca, de la Asociación Pro Vivienda Illareq, del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 02015300 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco. El 50% de acciones y derechos materia de remate fueron valorizado en S/. 173,848.48 (CIENTO SE-
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Cusco, martes 3 de octubre de 2017
TENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA y OCHO Y 48/100 SOLES) Y saldrá a remate por la suma de S/. 98,514.14 (NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CATORCE Y 14/100 SOLES) que equivale a la base de la postura anterior deducida el 15% de Ley. GRAVAMENES: 1) embargo en forma de inscripcion , a favor de la ejecutante hasta por s/.97,148.00 sobre el 50% de acciones q ue le corresponden a la ejecutada, ordenado con motivo de autos y 2) embargo en forma de inscripción sobre las acciones que le corresponden a la ejecutada, ordenado por el segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, con motivo del proceso 00072-2014-90-1018-JP-CI-02 seguido por Valentín Mario Aucca Quispe, contra Benedicta Atauchi Paro sobre obligacion de dar suma de dinero, hasta por US$.6,000.00; e inscritas las afectaciones en los asientos D00003 asiento 03 y D00005 asiento 5 de la partida N° 02015300 del registro de Propiedad inmueble de Cusco, respectivamente. El remate será el OCHO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, ubicado en Mz. C. lote 14, Urbanización La Florida, del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco. Diligencia que estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores, oblarán una cantidad no menor a S/. 17,384.85 (DIECISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA y CUATRO Y 85/100 SOLES) que equivale al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y presentarán su documento oficial de identidad en original y copia, además el arancel judicial correspondiente (tributo 07153). donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y el número de documento de identidad del postor, debidamente suscrito. La comisión del Martillero será cancelada por el adjudicatario al finalizar el remate y está afecta al IGV, de conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2005 JUS. Wanchaq,21 de setiembre del 2017. ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ MARTILLERO PUBLICO 3VCES-03-04-05-X-17 B/V 002-930 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ DIVISION DE REGISTRO CIVIL AVISO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DEFUNCIÓN Por Expediente Administrativo N° 12860, de fecha 21 de Setiembre del 2017, por el cual Don Gary Cáceres Oros, con DNI N° 42605120, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Defunción N° 134, inscrita en fecha 28 de Junio de 1993, perteneciente VILMA OROZ FLORES, debiendo rectificarse en dicha Acta: - El rubro correspondiente al registro del apellido paterno de la titular del Acta consignada como OROZ, debiendo ser lo correcto OROS, conforme aparece en la Partida de Nacimiento N° 627 del 24 de Setiembre de 1958, perteneciente a Vilma Oros Flores, adjunto al Expediente Administrativo; en consecuencia el apellido paterno correcto de la titular del Acta de Defunción materia de rectificación debe ser VILMA OROS FLORES, lo que se publica para sus fines en aplicación del Art. 73° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM. Wanchaq, 22 de Setiembre del 2017 YONNY ROMERO FLORES JEFA DE REGISTRO CIVIL 03/10/2017 B/.001-400 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DON: CARLOS ALBERTO FUENTES VARGAS EDAD: 31 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERO OCUPACION: LIC. ENFERMERIA NACIONALIDAD: PERUANO DNI: 43376390 DOMICILIO: CA. INTIRAYMI N-3, APV. SICLLAPATA DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DOÑA: MARIA PILAR LLICA HUAMAN EDAD: 27 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION: LIC. ADMINISTRACION NACIONALIDAD: PERUANA DNI: 46668566 DOMICILIO: CA. INTIRAYMI N-3, APV. SICLLAPATA DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DE MATRIMONIO: 14 DE OCTUBRE DEL 2017 HORAS: 15:00:00 p.m. QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 02 DE OCTUBRE DEL 2017 ABOG. ALFREDO RIMASCA CHACON SUB GERENTE DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL 03/10/2017 B/.001-401 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DON: RONAL QQUENAYA QUISPE EDAD: 27 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERO OCUPACION: CONDUCTOR NACIONALIDAD: PERUANO DNI: 46671772 DOMICILIO: APV. SAN FRANCISCO DE ASIS B-6 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DOÑA: NELLY SOLLACE ÑAHUI EDAD: 27 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION: SU CASA NACIONALIDAD: PERUANA DNI: 46617777 DOMICILIO: APV. SAN FRANCISCO DE ASIS B-6 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DE MATRIMONIO: 13 DE OCTUBRE DEL 2017 HORAS: 11:00 a. m. QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN
CAUSALES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 02 DE OCTUBRE DEL 2017 ABOG. ALFREDO RIMASCA CHACON SUB GERENTE DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL 03/10/2017 B/.001-402 UNIDAD DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la Unidad de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: MANUEL ALBERTI VALERO PUMAYALI, de 40 años de edad, con DNI N° 24003057, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación DOCENTE, natural de CUSCO, con domicilio en: URB. KENNEDY “A” A - 21 y Doña: MARY NINOSCA SICUS CHAMPI, de 31 años de edad, con DNI N° 43493825, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ADMINISTRADORA, natural de SANTIAGO CUSCO, con domicilio en: URB. KENNEDY “A” A - 21. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: VIERNES 27 DE OCTUBRE DEL 2017. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 02 de OCTUBRE del 2017. GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 03/10/2017 B/.001-403 AVISO DE LEY EL DIRECTORIO DE TRANSPORTISTAS LIDERES DE LA PROVINCIA DE ESPINAR SOCIEDAD ANONIMA dando cumplimiento a lo estipulado en el Art. 245 de la Ley General de Sociedades, convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas, para tratar los siguientes puntos de agenda: - RENOVACION DEL DIRECTORIO - NOMBRAMIENTO DE GERENTE Primera citación dia 13 de Octubre del año 2017. Hora: 14.00 horas. (Dos de la tarde) Lugar de Junta: Pasaje Grau N° 102 distrito, provincia de Espinar, departamento del Cusco. Segunda citación: día 16 de Octubre del año 2017. Hora: 14.00 horas (Dos de la tarde) Misma sede social, misma agenda. Se recomienda puntual asistencia. Espinar, 03 de Octubre del año 2017. EL DIRECTORIO 03/10/2017 B/.001-402 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE LORENZO AVILES CCASANI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Miguel Choque Zea quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 562017-NCPP, seguido contra LORENZO AVILES CCASANI, por la presunta comisión del Delito de Conducción en estado de ebriedad o drogadicción, en la cual se ha dispuesto mediante resolución numero uno de fecha 29 de agosto del 2017, la notificación vía edicto al imputado LORENZO AVILES CCASANI, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO PROGRAMADA PARA EL DÍA CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOS DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 15 de setiembre del 2017. 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 180-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Margarita Huaman Camala contra Dalmer Puma Huaman y Lelis Beltran Puma Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 05. Paucartambo, 18 de Setiembre del 201 7.- se dispone: REPROGRAMAR la Audiencia Oral para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, el día 17 de octubre del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 233-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Catalina Castro Huaman contra Benito Condori Champí; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 19 de Setiembre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de BENITO CONDORI CHAMPÍ en agravio de CATALINA CASTRO HUAMAN. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado BENITO CONDORI CHAMPÍ EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado
Cusco, martes 3 de octubre de 2017 que vulnere la integridad personal de CATALINA CASTRO HUAMAN. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 09 de Octubre del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 219-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Elisa Maribel Ojeda Robles contra Rene Suma Jallasi; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 05. Paucartambo, 22 de Setiembre del 2017.- se dispone: REPROGRAMAR la Audiencia Oral para fines de pronunciarse sobre el Otorgamiento de las Medidas de Protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, el día 16 de octubre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 236-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Benigna Cruz Mamani contra Nicolás Tunqui Cutipa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 25 de Setiembre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de NICOLÁS TUNQUI CUTIPA en agravio de BENIGNA CRUZ MAMANI. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado NICOLÁS TUNQUI CUTIPA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de BENIGNA CRUZ MAMANI. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 17 de Octubre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana.í...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N {Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 139-201 7-41 -1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz JUVENAL HUILLCA ACUÑA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Felicia Quispe Cusihuamán. Proceso, en el que, además, se ha dispuesto su notificación mediante edicto con la siguiente resolución dictada en audiencia (frustrada) de la fecha : RESOLUCIÓN N” 02. Urubamba, veintisiete de setiembre Del dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por las consideraciones antes expuestas, SE RESUELVE: 1.- DAR POR NO INSTALADA válidamente la presente audiencia de juicio inmediato seguida en contra del acusado JUVENAL HUILLCA ACUÑA, esto por inconcurrencia justificada del acusado en tanto las cédulas de notificación dirigidas para dicho acusado ha sido devueltas porque falta precisión de la numeración del lugar donde debe ser notificado conforme se ha dado cuenta; asimismo, falta de notificación con arreglo a ley a su abogado defensor, se ha precisado en ese aspecto que ha sido notificado en una dirección equivocada del abogado y tanto más aun que se ha advertido que debió ser notificada la defensa pública; así también, la falta de notificación e inconcurrencia justificada del señor representante del Ministerio Publico en tanto se ha generado las cédula de notificación empero no ha sido diligenciada, en ese extremo, hemos dispuesto que también se recomiende al especialista de causa cumpla sus funciones con el debido celo y cuidado, bajo apercibimiento de Ley de observarse una misma conducta para la siguiente sesión de ponerse en conocimiento del órgano jurisdiccional las observaciones advertidas. 2.- REPROGRÁMESE la presente audiencia para fecha DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS, debiendo de | notificarse VÍA EDICTO al ACUSADO JUVENAL HUILLCA ACUÑA; así también, notificarse a todas las partes procesales conforme a Ley que tuvieran el interés y obligación de concurrir a la siguiente sesión. 3.- NOTIFÍQUESE la Defensa Pública de esta localidad para que asista en defensa del acusado para la siguiente sesión por cuanto también se ha advertido que desde la etapa de incoación del proceso ha venido siendo patrocinado por la abogada de la Defensa Publica. Urubamba, 27 de setiembre del 2017. 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE: 0008-2013-27-1014-JR-PE-01 A LA PERSONA DE SAÚL FERNANDEZ MOREANO Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, se viene tramitando el proceso penal número penal Nro. 0008-2013-27, seguido contra Saúl Fernández Moreano y Otros, por la presunta comisión del delito
7 contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado, en agravio Beta oro del Perú; Que mediante resolución N° 32 de fecha veintiuno de setiembre del año dos mil diecisiete; SE RESUELVE: 1.-DECLARAR frustrada la audiencia, preliminar de control de acusación por inasistencia del representante del Ministerio Publico, la defensa pública de los acusados Félix Pedro Ticona Guzmán, Saúl Fernández Moreano y el Abogado defensor de Manuel Castañeda Palomino, y en consecuencia reprogramar la misma, para el DÍA TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que ha de verificarse en la sala de audiencias del Establecimiento penitenciario de varones Cusco, la misma que se comunicara oportunamente con cuyo fin gírese el oficio correspondiente a la Administración del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco. 2.- GÍRESE oficio a la oficina de Control Interno del Ministerio Publico, así como de la defensa pública, oficina distrital Cusco, poniendo en conocimiento la inasistencia de las partes, a la audiencia programa, debiendo adjuntarse el acta de audiencia de la presente fecha, así como la resolución número cuatro de fecha cuatro de enero del año dos mil diecisiete. 3.- DESÍGNESE Abogado defensor público, para que asuma la defensa técnica del acusado Manuel Castañea Palomino, al abogado defensor, que designara la oficina de Coordinación de la defensa pública de la Provincia de Quispicanchi, debiendo girase el oficio correspondiente. I Cúmplase con notificar los extremos del presente acta a las demás partes inasistentes. Hágase saber. -Rubrica del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. Quincemil, 21 de setiembre del 2017 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO PENAL Proceso Penal 00154-2006-0-1001 -SP-PE-03. Por disposición del Colegiado de la Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición de Funciones Liquidador, se cita y emplaza al acusado NERIO VILCANINA GRANDE, a efecto que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le imputan en el proceso penal Nro. 00154-2006-0-1001-SP-PE-03, seguido en su contra por el delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales B.C.M. Cusco, 25 de setiembre del 2017. 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En La Sala Civil de Cusco se viene tramitando el Expediente Nro. Nro. 00125-2016-0-1001-SP-CI-01, que sigue Ronald Benjamín Cáceres Sánchez, sobre Desalojo por Ocupación Precaria contra la Asociación de Beneficiarios de la Reforma Agraria y otros. Por resolución Nro. 41, se ha dispuesto notificar a los sucesores procesales del demandante Osear Felipe Caceres Sánchez, con lo siguiente: Resolución Nro. 41. Cusco, 25 de setiembre de 2017 “(...) Por estos fundamentos DISPUSIERON: A. SUSPENDER el trámite del presente proceso. B. NOTIFÍQUESE mediante edictos a los sucesores procesales de Oscar Felipe Cáceres Sánchez, los que deberán de publicarse por el plazo de tres días en el Diario Judicial del Cusco, con el fin de que se apersonen dentro de TREINTA DÍAS HÁBILES de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de proseguirse el trámite del proceso nombrándose curador procesal en su representación; debiendo Secretaría de la Sala efectuar las publicaciones antes dispuestas. C. Notifíquese con la presente resolución a Osear Felipe Cáceres Sánchez en su último domicilio real declarado ante la RENIEC- Integran el Colegiado las Señoras Jueces Superiores Begonia del Rocío Velasquez Cuentas, Yenny Margot Delgado Aybar, y Karinna Justina Holgado Noa conforme lo dispone la Resolución Administrativa No. 001-2017-PCSJCU-PJ.- H.S.(...) Lo que notifico a Usted, Media firma de las señoras Jueces Superiores VELASQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Ante mi Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala, de que doy fe. Cusco, 28 de setiembre de 2017. 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00176-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO REPRESENTANTE: CHOQUEMAQUE CCAÑA, CELESTINA IMPUTADO: USCA CCOLLQQUE, MAX UHLE DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: MENOR USCA CHOQUEMAQUE, ROY FRANK Se pone en conocimiento del señor MAX UHLE USCA CCOLLQQUE que el representante del Ministerio Público ha requerido PROCESO INMEDIATO en contra de su persona, por el delito contra la familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, en agravio de su hijo de iniciales R.F.U.CH., representado por su progenitura Celestina Choquemaque Ccaña; así también se pone en su conocimiento la resolución N° 07, la misma que DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia de incoación de proceso inmediato para el día SEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS (hora exacta); en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar; REQUIRIENDOSE al imputado MAX UHLE USCA CCOLLQQUE para que en el plazo de 24 designe abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable.Espinar, 27 de Setiembre del 2017. 29/09/2017 02-03/10/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE : 02125-2017-0-1001-JR-FT-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor Juez Edwin Romel
8 Bejar; bajo la actuación de la secretaria judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto al progenitor WILBERT JARA RAMOS; con la consentida de la sentencia. SE RESUELVE: 1.- DECLARAR CONSENTIDA la Sentencia contenida en la resolución tres de fecha diecinueve de junio del dos mil diecisiete, que declara judicialmente el estado de abandono moral y material del menor María del Rosario Jara Taype. 2.- Gírese oficio a la Reniec a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el fundamento quince de la sentencia. 3.- GÍRESE oficio al Hogar Juan Pablo II y a la oficina Nacional de adopción adjuntando copias certificadas de la sentencia y la resolución que la declara consentida, para los fines pertinentes. H. S. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Proceso Nro. 749-2016-0-1015-JM-FT-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por señor Juez Supernumerario Ytalo Diego Ttito Quispe y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 08, se ha dispuesto la publicación por edictos del auto admisorio de demanda y de la resolución N° 08, a fin de notificar a los denunciantes ALEJANDRA BAÑOS QUISPE y ALEJO SALCEDO ALEJO: “AUTO DE INICIO DE PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR Resolución N° 01. Urubamba, 26 de setiembre del 2016 (...) VISTO: El Oficio N° 1106-2016 emitido por la PNP de Urubamba, el que contiene al Informe Policial N° 248-2016, y CONSIDERANDO: PRIMERO.- (...). SEGUNDO.- Los señores ALEJANDRA BAÑOS QUISPE y ALEJO SALCEDO ALEJO han denunciado ante la PNP que en fecha 11 de setiembre del 2016, fueron víctimas de hechos por acción o conducta de violencia física v psicológica, presuntamente asumida por ROSMERY QUISPE BAÑOS (sobrinaly ANTONIO HUAMAN SOUS ¡esposo de su sobrina), por lo que en aplicación de lo previsto por los artículos 7a, 8o, 13°, 14°, 15°, 16° y demás aplicables de la precitada Ley 30364, debe precederse a iniciar el proceso especial correspondiente. TERCERO.- {...). Por tos fundamentos expuestos. SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL la denuncia por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR contra ROSMERY QUISPE BAÑOS y ANTONIO HUAMAN SOUS por MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO en agravio de ALEJANDRA BAÑOS QUISPE y ALEJO SALCEDO ALEJO. 2. SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ORAL (....).- H.S.-Sigue la firma del señor Juez y de la secretaria judicial.” “Resolución Nro. 07.Urubamba. 07 de julio de 2017 DE OFICIO: Teniendo en cuenta que la fecha programada para el verificativo de audiencia oral y medidos de protección (señalada por resolución N° 07), no ha sido llevada a cabo, por cuanto los trabajadores del Poder Judicial se encontraban en paro por 24 horas los días 06 y 07 de setiembre de 2017: (....REPROGRÁMESE la AUDIENCIA ORAL PARA DICTAR MEDIDAS DE PROTECCIÓN para el día JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2017, A HORAS 8:00 DE LA MAÑANA, ello en atención a que el rol de diligencias del juzgado se encuentra recargado. Notifíquese a las partes del proceso y a los denunciantes Alejandra Baños Quispe y Alejo Salcedo Alejo también a través de EDICTOS.-Sigue la firma del señor Juez y de la secretaria judicial” Urubamba, 13 de setiembre de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL DE PAUCARTAMBO JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO En el proceso N° 114-2016-13-1013-JR-PE tramitado ante el Juzgado Unipersonal de Paucartambo, en los seguidos contra Doroteo Chipana Gutiérrez por el delito Contra la Libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en agravio del menor de iniciales M.A.N.Y en audiencia publica de juicio oral de fecha 25 de setiembre del 2017, se ha dispuesto notificar al acusado Doroteo Chipana Gutiérrez para que concurran a la audiencia publica de Juicio Oral, QUE SE VERIFICARA EL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL 2017 A HORAS 14:30 EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARTAMBO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. 02-03-04/10/2017 CPJ NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR. Expediente: Nro. 2017-989. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la investigación tutelar sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL seguida a favor de la menor SONIA HUAMAN SURCO (01 mes de nacida), se ha dispuesto se notifique a los padres biológicos ROMULO HUAMAN CONDORI y ALMENDRA SURCO ZÚÑIGA y/o familiares cercanos lo siguiente: Resolución Nro.1.- Quillabamba, 12 de Septiembre del 2017.-; SE RESUELVE: ABRIR INVESTIGACIÓN TUTELAR, a favor de la menor SONIA HUAMAN SURCO de 01 mes de nacida, sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL. DISPONER como Medida de Protección, el albergamiento en forma transitoria de la menor tutelada en la Aldea Infantil Señor e Quillabamba, se ha dispuesto la notificación a los padres y/o familiares de dicha menor a efecto de que hagan valer sus derechos, oponerse, apersonarse y prestar sus declaraciones conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el estado de abandono con fines de adopción.-Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Carmen Ramos Urbiola.- Arnaldo Bustamante Camarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 12 de Agosto del 201 7. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR ALVARO MEDINA SALCEDO:
Cusco, martes 3 de octubre de 2017 El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso N° 2347-2015, seguido contra el mencionado, por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de menor de iniciales NGMA representado por Justina Apaza Mamani, ha dispuesto notificarle con el requerimiento de Acusación Fiscal, la Resolución N° 12 de fecha 25 de setiembre del año 2017 cuyo contenido es el siguiente: III. PARTE RESOLUTIVA: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL. (PARTE PERTINENTE): Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco; a tenor de lo establecido en el artículo 159.5 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 1 y 90.4 del Decreto Legislativo 052, Ley Orgánica del Ministerio Publico; Artículo IV del Título Preliminar y artículos 1.1, 60.1 y 344.1 y 349 del Código Procesal Penal, en relación al Acuerdo Plenario N° 6-2009/CJ-116, FORMULA ACUSACIÓN DIRECTA: contra: de ALVARO MEDINA SALCEDO, como autor de la presunta comisión del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo: INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado y sancionado en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal; en agravio de las menores de iniciales N.G.MA. y L.C.MA, debidamente representadas por su progenitora JUSTINA APAZA MAMANI. (...) RESOLUCIÓN NRO. 12 veinticinco de Setiembre Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA: En la fecha por la reciente redistribución de expedientes por disposición superior, asumen el trámite del proceso el Magistrado y la Especialista Judicial que suscribe y estando al estado del proceso. SE DISPONE: 1. CITAR para el día DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Novena Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Ministerio Publico, precisando que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3. PRECISECE que: 1) el representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16Q, incisos 1B y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. 4. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. 6. Se advierte de la revisión del proceso que el domicilio real del acusado es incierto, debido a que si bien el representante del Ministerio Público ha indicado que su domicilio es en la ciudad de Córdova en el país de Argentina, así mismo, a fojas 49 indica que, el acusado se encontraría en el país de Bolivia, en tal razón NOTIFÍQUESE al acusado mediante edictos judiciales, el que debe ser publicado hasta por tres oportunidades en el diario oficial.- (...) Lo que notifica a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr.. GUIDO CASTILLO LIRA, ante mi Gina Frisancho Parada, de que doy fe. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL El señor Juez del SEXTO JUZGADO DE PAZ DE SAPHY “TURNO B” Dr. Tito Núñez Valencia, emplaza al imputado Justo Sihuíncha Ochoa, a fin de que comparezcan a la audiencia de juicio oral reprogramada para el día VEINTITRÉS DE OCTUBRE DEL 2017 A HORAS NUEVE DE LA NOCHE, programado en el expediente N° 2412-2017-0-1001-JPPE-06, en el local de la Comisaría de Saphy; seguido contra Justo Sihuíncha Ochoa; sobre Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas agravadas en agravio de Isaura Huaraya Vergara. Quien deberá concurrir en compañía de su abogado de libre elección, bajo apercibimiento de disponer su conducción de grado y fuerza. Cusco, 12 de setiembre del año 2017 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 03993-2017-20-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovinciai de Cusco, se cita y emplaza a la procesada JUANITA ESPINOZA MAMA NI. a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DEL 2017 A HORAS 08:30 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la tercera sala de de audiencias del establecimiento penal de varones de Quencoro, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03993-2017-20-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad personal, tipo especifico trata de personas, en agravio de las menores de iniciales E.G.H.O y otros.Cusco, 28 de Setiembre del 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL. Expediente: 2100-2015-12-1001-JR-PE-05. Secretaria: Agripina Usca Caviedes. La Señora Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dra. María Angélica Quispe Apaza, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado CARLOS MISME ALVAREZ, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Reprogramada para el día CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DOS DE LA TARDE en la ONCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su contra, por el delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de Hurto, subtipo Hurto Agravado, en
Cusco, martes 3 de octubre de 2017 agravio de Arnold Alata León, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia.Cusco, septiembre 27 de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL. Expediente: 2100-2015-12-1001-JR PE-05. Secretaria: Agripina Usca Caviedes. La Señora Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dra. María Angélica Quispe Apaza, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado HAFFAD BENEDIC TURPO VEGA, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programada para el día CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas DOS DE LA TARDE en la ONCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENALTERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su contra, por el delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de Receptación, subtipo Receptación Agravada, en agravio de Arnold Alata León, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia.Cusco, septiembre 27 de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL - EXP 2385-2014-39 Ante el 2do Juzgado Unipersonal Pena! de Cusco que despacha la DR. Edwin del Pozo Condori, bajo la actuación de la Especialista Liliam Marlene Contreras Zaravia, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Nc2385-2014-39, seguido contra Matias Quispe Tacuri y Pablo Quispe Tacuri, por la presunta de la comisión del delito de Depredación de Bosquez Legalmente Protegidos en agravio del Estado Peruano, en consecuencia, NOTIFÍQUESE VÍA EDICTO: A los imputados MATÍAS QUISPE TACURI Y PABLO QUISPE TACURI con la Resolución N° 09, de fecha 27/09/17, donde este Despacho ha dispuesto: CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL 2017 A LAS 8:00 (HORA EXACTA) audiencia a llevarse a cabo en la primera sala de audiencias de los juzgados unipersonales de Cusco, bajo apercibimiento de en caso de inconcurrencia de declararse reos contumaces y ordenar su captura. Cusco, 27 de setiembre del 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 02930-2013-1-1001-JR-CI-02 MATERIA : NULIDAD DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 09 Cusco, 26 de setiembre de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa opina por: “REVOCAR: el auto contenido en la Resolución N° 4, de 8 de febrero de 2017, en el extremo apelado que resuelve: “1. Declarar INFUNDADA la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCION EXTINTIVA DE LA ACCION, deducida por los demandados Marco Antonio Zúñiga Garibay y Ninoska Aydee Yanque Franco mediante escrito de fojas 67 y siguientes (…). Y REFORMÁNDOLA: DECLARAR FUNDADA dicha excepción. En consecuencia, DECLARAR: la NULIDAD de todo lo actuado y por CONCLUIDO el presente proceso. Y, los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “Se CONFIRME el auto contenido en la Resolución N° 4, del 8 de febrero de 2017, en el extremo que declara: “1. (...) INFUNDADA la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE LA ACCIÓN deducida por los demandados Marco Antonio Zúñiga Garibay y Ninoska Aydee Yanque Franco mediante escrito de fojas 67 y siguientes (...)” (folios 76). Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 23 DE OCTUBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Firma la secretaria de Sala, abogada Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 28 de setiembre de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 00041-2017-0-1001-SP-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA Resolución Nro. 07 Cusco, 26 de setiembre de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “A. DECLARAR NULO el Auto de Improcedencia contenido en la resolución Nº 01 de fecha 13 de setiembre de 2016 (fojas 25 y siguientes), que falla: “1.- DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA interpuesta por JOEL MAMANI MAMANI con la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LARES SOBRE ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, EN VÍA URGENTE. 2.- ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE el presente proceso en la dependencia correspondiente una vez consentida o ejecutoriada sea la presente resolución”. DISPONER que el Juez de la causa vuelva a calificar la demanda
9 conforme a los considerandos de la presente resolución”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “Se CONFIRME el auto de improcedencia contenido en la resolución N° 01 del 13 de septiembre de 2016, por el que se resuelve: “(...) 1. DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA interpuesta por JOEL MAMANI MAMANI con la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LARES SOBRE ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, EN VÍA URGENTE (...)” (folio 25). Y se devuelva.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 27 DE OCTUBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Firma la secretaria de Sala, abogada Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 28 de setiembre de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 00194-2017-0-1001-JR-CI-04 MATERIA : NULIDAD DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA Resolución Nro. 08 Cusco, 26 de setiembre de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa opina por: “CONFIRMAR el Auto de Improcedencia y Remisión contenida en la resolución Nº 01 de fecha 20 de enero de 2017 (fojas 72 y siguiente), que falla: “1.- Declarar IMPROCEDENTE el trámite de la presente demanda ante este Despacho Judicial por incompetencia territorial. 2.- REMITIR la demanda que precede al Juzgado Contencioso Administrativo de la ciudad de Lima con la debida nota de atención”. Y los devolvieron”; en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “Se DECLARE INAPLICABLE, en el presente caso y sólo respecto al demandante, lo establecido en el artículo 10 del D.S. N° 013-2008- JUS, que establece que el demandante sólo puede acceder a la tutela jurisdiccional ante un Juez de la ciudad de Lima; y, en consecuencia, REMITIR el presente proceso al Juez del Cuarto Juzgado Civil del Cusco, con la finalidad de que continúe con el trámite del proceso, no pudiendo ya declararse incompetente. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es porque: “DECLARAR NULO el Auto de Improcedencia, contenido en la Resolución Nro. 01, del 20 de enero de 2,107 (folio 72 y siguientes), que resuelve declarar: “IMPROCEDENTE el trámite de la presente demanda ante este Despacho Judicial por Incompetencia Territorial. REMITIR la demanda que precede, al juzgado Contencioso Administrtaivo de la ciudad de Lima, con la debida nota de atención”; y RENOVANDO el acto procesal viciado, DISPUSIERON que la señora Juez del proceso proceda a calificar nuevamente la demanda con arreglo a ley.- Y los devolvieron.” En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 25 DE OCTUBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.VELÁSQUEZ CUENTAS.DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Firma la secretaria de Sala, abogada Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 28 de setiembre de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 02432-2015-0-1001-JR-CI-05 MATERIA : OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA Resolución Nro. 22 Cusco, 26 de setiembre de 2017. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “ 1.- REVOCAR la sentencia contenida en la resolución Nº 15 de fecha 21 de noviembre de 2016 (fojas 145 y siguientes), que falla: “DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por Gladys Quispe Sucasaire, sobre cumplimiento de obligación de hacer, consistente en el otorgamiento de escritura pública de compra venta de bien inmueble, contra Carmen Joita Apaza Apaza, Juanina Ramírez Apaza, Mery del Carmen Ramírez Apaza, Lenin Ramírez Apaza y Ebert Ramírez Apaza; en consecuencia, ORDENO que los demandados Carmen Joita Apaza Apaza, Juanina Ramírez Apaza, Mery del Carmen Ramírez Apaza, Lenin Ramírez Apaza y Ebert Ramírez Apaza cumplan con otorgar la Escritura Pública de compra venta de inmueble a la demandante Gladys Quispe Sucasaire, respecto al denominado ‘Contrato de Compromiso de Transferencia de Stand’ de fecha 29 de octubre de 2014 (folio 7 y 8) con relación al inmueble stand K-1 sector K zona 1, primer nivel del Centro Comercial Confraternidad, ubicado en la Av. Confraternidad S/N del distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco, que fuera enajenado por estos (los demandados) en favor de la demandante, de un área de 3.80 m2 inscrita en la partida Nº 11022048 asiento 05, dentro del quinto día que quede consentida o firme esta resolu-
10 ción; bajo apercibimiento de que este Despacho Judicial, sea el que otorgue la Escritura Pública, en su rebeldía. Sin costas ni costos del proceso. Cúmplase una vez consentida o firme que quede la presente decisión”. 2.- REFORMÁNDOLA DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Gladys Quispe Sucasaire, sobre cumplimiento de obligación de hacer, consistente en el otorgamiento de escritura pública de compra venta de bien inmueble, contra Carmen Joita Apaza Apaza, Juanina Ramírez Apaza, Mery del Carmen Ramírez Apaza, Lenin Ramírez Apaza y Ebert Ramírez Apaza. Sin costas ni costos”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “Se declare NULA sentencia contenida en la Resolución N° 15, del 21 de noviembre de 2016, que declara: “FUNDADA la demanda interpuesta por Gladys Quispe Sucasaire, sobre cumplimiento de obligación de hacer, consistente en el otorgamiento de escritura pública de compraventa de bien inmueble, contra Carmen Joita Apaza Apaza, Juanina Ramírez Apaza, Mery del Carmen Ramírez Apaza, Lenin Ramírez Apaza y Ebert Ramírez Apara (...)” (folios 145); debiendo emitir nuevo pronunciamiento, de conformidad a lo dispuesto en esta sentencia. Y se devuelva.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 26 DE OCTUBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Firma la secretaria de Sala, abogada Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 28 de setiembre de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 00079-2017-0-1001-JR-CI-04 MATERIA : NULIDAD DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA Resolución Nro. 08 Cusco, 26 de setiembre de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “CONFIRMAR el auto contenido en la resolución N° 06, del 03 de octubre del 2016 (fojas 156-159), que resuelve declarar: “1 FUNDADA la EXCEPCION DE INCOMPETENCIA, propuesta por el Procurador Público adjunto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, mediante escrito de fojas 118 y siguientes. 2. REMITIR, el presente proceso al Juzgado Contencioso Administrativo del Distrito de Turno de la ciudad de Lima, para efectos de su conocimiento conforme a Ley”. Con lo demás que contiene.- Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es por: “remitir la demanda para su respectiva calificación al Juzgado Especializado en lo Civil de turno de Cusco.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 24 DE OCTUBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA. Firma la secretaria de Sala, abogada Roxana Bohórquez Abarca.
Cusco, martes 3 de octubre de 2017 Cusco, 28 de setiembre de 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL El señor Juez del SEXTO JUZGADO DE PAZ DE SAPHY “TURNO B” Dr. Tito Núñez Valencia, emplaza al imputado ESTANISLAO SUTTA FLORES, a fin de que comparezca a la audiencia de juicio oral reprogramada para el día OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE A HORAS SIETE DE LA NOCHE, programado en el expediente N° 2966-2016-0-1001-JP-PE-06, en el local de la Comisaría de Saphy; seguido contra Estanislao Sutta Flores; sobre Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones culposas en agravio de Ricardo Washington Arenas Linares. Quien deberá concurrir en compañía de su abogado de libre elección, bajo apercibimiento de disponer su conducción de grado y fuerza. Cusco, 21 de setiembre del año 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL El señor Juez del SEXTO JUZGADO DE PAZ DE SAPHY “TURNO B” Dr. Tito Núñez Valencia, emplaza a la imputada BLANCA MILAGROS CASTRO CARO DE BENAVIDES, a fin de que comparezca a la audiencia de juicio oral reprogramada para el día DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA NOCHE, programado en el expediente N° 2756-2016-0-1001-JP-PE-06, en el local de la Comisaría de Saphy; seguido contra Blanca Milagros Castro Caro de Benavides; sobre Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas en agravio de Mónica Padilla Flores. Quien deberá concurrir en compañía de su abogado de libre elección.Cusco, 15 de setiembre del año 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 2817-2016-73-1001-IR-PE-03. SEÑOR: DOMINGO CASTRO HUAMAN y VIRGINIA FLORES MAMANI. Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Jimmy Alan Manchego Enriquez, bajo la actuación del Especialista de Causa Efrain flores Zuniga se CITA Y EMPLAZA a los Acusados DOMINGO CASTRO HUAMAN y VIRGINIA FLORES MAMANI, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 2817-2016-73-1001-JR-PE-03, que se le sigue por delito de Lesiones Leves en agravio de Julia Quispe Quispe, en la Audiencia de Juicio programado para el día 22-noviembre-2017, a HS. 11.30, en la 5o sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 28 de setiembre del 2017. 02-03-04/10/2017 CPJ EDICTO 2314-2015-13-0501-1JUP-CSJAY/PJ. Por ante el Primer Juzgado Unipersonal Penal de Huamanga, mediante Resolución N° 10, de fecha 26 de setiembre del 2017, contenida en el Cuaderno incidental, se ha dispuesto la notificación mediante el presente; a fin de que el acusado: JHUNIOR YURI AYUQUI OSCCO, por el delito contra EL PATRIMONIO en la modalidad de USURPACIÓN, en agravio del NORMA LUZ ACEVEDO QUINTERO Y OTRO, asista a la audiencia única de Instalación de Juicio Oral para EL DÍA SIETE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE DESARROLLARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS N° 05 del Modulo Penal del NCPP de Huamanga, ubicado en el Tercer patio - Tercer piso de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho bajo expreso apercibimiento de que en caso de inconcurrencia a la audiencia se le declare reo ausente /reo contumaz al acusado y ordenar su ubicación y captura; Notifíquese por tres días consecutivos. Juez: DR. RIGOBERTO DUEÑAS CARHUAPOMA. Especialista Judicial: SARITA C. AGUINAGA ROSADO. 02-03-04/10/2017 CPJ
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