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Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017 AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO

En el proceso civil N° 00963-2011-0-1001-JP-CI-04. Seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., contra TEOFILO QUISPE HUAMAN, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Dra. ROSS MERY TAMATA KEHUARUCHO, bajo la actuación del Especialista Legal Dr. MARIO PEREIRA ALDAZABAL, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial presentado el 03/06/2014, por los Ingenieros Peritos y aprobado en todos sus extremos en la Resolución N° 20, del Lote 16 de la Manzana C de la Av. 30 de Abril del Distrito de Pucyura, Provincia de Anta, Departamento del Cusco, de Propiedad de Don Teófilo Quispe Huamán y Doña Alejandrina Huaranca Huamán, con Código de Predio N° P31000057, inscrito en la Partida N° 31000057., de la Zona Registral N° X - Sede CUSCO. Con los siguientes linderos; POR EL ESTE, (FRENTE) con la Av. 30 de Abril mediante una línea recta de 9.60 m. POR EL NORTE (LADO DERECHO ENTRANDO) colinda con el lote N° 17 de la Manzana C, mediante una en línea recta de 18.91 m. POR EL SUR (LADO IZQUIERDO ENTRANDO), colinda con el Lote N° 15 de la Manzana C, mediante una línea recta de 19.82 m. POR EL OESTE (FONDO), colinda con terrenos de cultivo, mediante una línea recta de 9.99 m. Teniendo el terreno un área de 189.46 m2., y un Perímetro de 58.32 m. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: 1. EMBARGO, en forma de inscripción, monto de la carga hasta S/. 30,130.00, más ampliamente como consta en los partes del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: De acuerdo al Informe Pericial, el inmueble ha sido tasado en la suma de S/. 110,533.56 (CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES CON 56/100 SOLES), como se detallada en la Valorización. PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Publico son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de S/. 73,689.04 (SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 04/ 100 NUEVOS SOLES). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La diligencia se llevara a cabo en el local del segundo juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb. La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de wanchaq el día MARTES 20 DE JUNIO DEL 2017, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984909086. DE LOS POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo, se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cusco, 08 de mayo del 2017 6vces-28-29-31-viii-y-01-04-05-ix-17 b/v 002-375 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 01055-2012-0-1 001-JR-CI-02 en los seguidos por el Banco de Crédito del Perú representado por su apoderado legal Germán Ramiro Alatrista Muñiz, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, contra ALTOMISAYOC SOS S.A.C. y los fiadores solidarios Fernando Minauro Zecenarro y Elicao Ríos Díaz, Hortencia Zecenarro Matheus en calidad de fiadora solidaria del obligado principal, ha dispuesto la publicación de los siguientes mandatos judiciales: Resolución N° 01.- Cusco. tres de Agosto de dos mil doce.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta, debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN; en consecuencia, NOTIFIQUESE al demandado a efecto de que dentro del plazo de CINCO DIAS cumpla con pagar en favor de la recurrente la suma de SESENTA y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 64/ 100 Nuevos Soles.- H.S.- Resolución N° 17, Cusco, ocho de Agosto de dos mil diecisiete.- POR LO EXPUESTO: Estando al juramen-

to prestado, DISPONGASE LA NOTIFICACION mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario oficial el Peruano con la resolución admisoria de demanda y la presente resolución, al demandado ALTOMISAYOC SOS SAC.- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 15 de agosto de 2017. 3vces-31-viii-y-01-04-ix-17 b/v 002-413 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Expediente. N° 222-2017-CI, seguido por Rafael Condori Ttito, sobre la SUCESION INTESTADA de su señora madre Q.E.V.F. PLACIDA TTITO HUAMAN fallecido el 06 de marzo del año del 2017, solicitando sea declarado como su heredero al recurrente y a su padre Sixto Condori Saraya, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 28 de agosto del 2017. 3vces-31-viii-y-01-04-ix-17 b/v 002-414 EDICTO JUDICIAL.Ante el Juzgado Civil de Sicuani- Canchis, en el Exp. N° 118-2017-CI, seguido por ALEJANDRA VASQUEZ DE LEON sobre CAMBIO DE NOMBRE en cuanto a sus prenombres consignado como FELICITAS VICTORIA VáSQUEZ YUCRA por el de FELICITAS VÁSQUEZ YUCRA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de ley.- Sicuani, 29/08/2017.- ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS.- Secretaria Judicial.- Juzgado Civil de Canchis.3vces-31-viii-y-01-04-ix-17 b/v 002-420 AVISO DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente No 00004-2014-0-1010-JMCI-01, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA QUILLACOOP contra RELI RONALD PEREZ VIDAL y MARIA OVIEDO ZAEZ, Sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, tramitado por ante el Juzgado Mixto Sede Quillabamba de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo del Juez Dr. WALDIR URRUCHI ZUÑIGA, interviniendo como Especialista Legal, la Dra, SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLANO, ha dispuesto CONVOCAR a Remate Público en 1RA CONVOCATORIA el Siguiente Bien: 1.- Inmueble ubicado en la Fracción “F” Reintegrante del Predio Urbano N° 162 y 170 ubicada en la Esquina de la Avenida General Gamarra y de la Avenida San Martín, del Distrito Santa Ana, Provincia de la Convención y Departamento del Cusco, cuyos linderos y medidas perimétrícas se encuentran ampliamente descritas e Inscritas en la Partida Electrónica.N° 11012802 de la Zona Registral N° X Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco. TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$, 39, 812.50.DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la Suma de US$26,541.67.DOLARES AMERICANOS. AFECTACIONES: El Bien Inmueble tiene las Siguientes Afectaciones: - EMBARGO JUDICIAL: En forma de inscripción a favor de SUNAT- intendencia Regional de Cusco hasta por la Suma de S/.3,400.00.SOLES, Inscrito en el asiento D00009 de fecha 02/12/2015. - EMBARGO JUDICIAL: En forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Credinka S.A hasta por la Suma de S/.37,000.00. SOLES,Inscrito en el asiento D00007 de fecha 29/08/2013. -HIPOTECA: A Favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Quillabamba — . Quillacoop hasta por la Suma de S/.103.512.50.SOLES, Inscrito en el asiento D00006 de fecha 19/11/2012. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será rematado el Día 27 de Setiembre de 2017, A HORAS 08:30.a,m. y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226. C.E.albertooscarramos@hotmail.com. Tlfs: #942089706 #945010777- 01- 5722392. LUGAR DE REMATE: Sito en el Jr. Espinar N° 140-148 Sede Santa Ana Quillabamba. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en Efectivo, mediante Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI en original Los Honorarios del Martillero Público más el IGV serán Cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cuzco 01 de Junio del Año 2017. ALBERTO OSCAR RAMOS WONG


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Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017 MARTILLERO PUBLICO REG 226 6vCS-31-viii-1701-04-05-06-07-IX-17 EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 00057-2017-0-1 007-JM-CI-02, seguido por Cirilo Puma Huillca sobre cambio de nombre; SE NOTIFICA la resolución N° 01, de fecha 02 de agosto de 2017, cuyo extracto de la parte resolutiva es el siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de CIRILO PUMA HUILLCA sobre CAMBIO DE NOMBRES de Cirilo por los de Diego Armando.- por ofrecidos los medios probatorios que precisa los que serón valorados al momento de emitir la resolución final.- A sus antecedentes los anexos de su referencia.- Y cumpla el actor con publicar por tres veces el extracto de la demanda en el diario oficial de ésta sede Judicial, por no ser posible realizarlo en el Portal web oficial del Poder Judicial, como en la tablilla del Juzgado, obviando la realización de audiencia por no haber medios probatorios orales que actuar, que es la razón de la audiencia de Actuación Y Declaración judicial. debiendo así mismo junto a las publicaciones adjuntar los certificados negativos de antecedentes penales y judiciales Y una vez se tenga a la vista la constancia de publicaciones como los certificados dispuestos pasen los autos a Despacho para fines de emitir la resolución final.( ... ). Firmado por la Juez Nelly Consuelo Yabar Villagarcia y la secretaria judicial Violeta Lizbeth Huamani Benites. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. Sicuani, 23 de agosto del 2017. 3vces-01-04-05-ix-17 b/v 002-418 EDICTOS SEÑORES: SUCESORES DEL QUE EN VIDA FUE LUCAS CONTO QUECHO En el proceso signado con el No 00197-2017-0-1001-JR-CI-02, seguido por Nicolás Antonio Canto Flores en contra de los Herederos Legales de QVF don Lucas Canto Quecho y otros sobre Nulidad de Acto Jurídico; tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun; de conformidad a lo regulado por el artículo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por NICOLAS ANTONIO CONTO FLORES contra 1.-LOS HEREDEROS LEGALES DE QVF don LUCAS CONTO QUECHO. 2). - LOS HEREDEROS LEGALES DE QVF doña SEGUNDINA FLOREZ CCORIMANYA conformada por las personas: WILLY CONTO FLOREZ, WASHINGTON CONTO FLOREZ, BERTHA CONTO FLOREZ(antes llamada Rosa Conto Florez), EVARISTO WASHINGTON CONTO FLORES y LUZMILA CANTERO ARAUJO sobre 1.- NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE contenida en la minuta de compra venta de derechos y acciones de fecha 28 de marzo del 1995 otorgado por Lucas Conto Quecho y supuestamente Segundina Florez de Conto a favor de Evaristo Washington Conto flores y Luzmila Cantero Araujo, así como de la Escritura Pública de fecha 27 de julio de 1995 celebrado por ante el Notario Público Oswaldo Bustamante generada por la minuta antes descrita por las causales de Falta de Manifestación de Voluntad, objeto física y jurídicamente imposible, finalidad ilícita y por ser contrario a la orden público y buenas costumbres (pretensión principal). 2. - NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y EL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE contenido en la minuta de compra venta de derechos y acciones de fecha 11 de setiembre del 2000 otorgado por Evaristo Washington Conto Flores y Luzmila Cantero Araujo a favor de pio Loncone Quispe y Gabriela Loncone Quispe, así como la ESCRITURA PUBLICA de fecha 14 de julio del 2008 otorgada por ante el Notario Público Nestor Avendaño García por el señor Tercer Juzgado Civil del Cusco en rebeldía de Evaristo Washington Conto Flores y Luzmila Cantero Araujo dispuesto en el proceso judicial N° 2006-050 sobre otorgamiento de escritura pública por las causales de objeto física y juridicamento imposible, fin ilícito y contravención al orden público y buenas costumbres( como segunda pretensión principal) 3.- Acumulativamente en forma accesoria a) .- REIVINDICACION DE PROPIEDAD b) .- INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUCIOS. Por su mérito CORRASE TRASLADO de la demanda a los demandados con la finalidad de que cumplan con absolver dentro del plazo de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Asimismo Estando a lo manifes-

tado por la recurrente que desconoce su identidad y sus domicilios por no haberse hasta la fecha realizado el proceso de sucesión intestada alguna, por ende es una persona indeterminada, notifíquese mediante EDICTOS a los sucesores de la que en vida fue Lucas Canto Quecho, para que se apersonen dentro del plazo de ley en el presente proceso, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. - Hágase Saber”. -FIRMA: Zamalloa Cornejo, Saida Chiun Manco, Especialista legal.Cusco, 29 de Agosto del 2017.3vces-01-04-05-ix-17 b/v 002-422 EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 171-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de Victoriano Ccapatinta Paja sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento- inclusión de apellido maternos de su progenitor, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 15-08-2017 3VCES-01-04-05-IX-17 B/V 002-429 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el proceso judicial N° 157-2017-FC, habiéndose. RESUELTO; ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por Néstor Ccorahua Vargas, en representación de su menor hijo FROY JOSE CCORAHUA MAGAÑO, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS Y VARIACION EN LA FORMA DE PRESTAR ALIMENTOS, contra LOS HEREDEROS LEGALES DE LA QUE EN VIDA FUE JULIA MAGAÑO SAICO, la misma que se tramita en la vía del PROCESO UNICO; NOTIFIQUESE a la sucesión procesal de la que en vida fue Julia Magaña Saico por edictos en el diario judicial y tablilla del Juzgado por TRES VECES, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. AGREGUESE a sus antecedentes los documentos que en calidad de anexo se adjunta.- H. S.- Juez Ora N. Cáceres.- Secretario Judicial. Pascual Catari P. Lo que se publica para los fines de ley.Espinar, 18 de agosto del 2017. 3vces-01-04-05-ix-17 b/v 002-435 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00002-2012-0-1001 -JR-CI-01, seguido por Gusman Victor Yana Cruz, sobre Nulidad de Acto Jurídico, contra Luz Susana Maras Quispe y otros; en el que se ha emitido la resolución N° 48, de fecha 24-07-2017; que dispone: “Por lo expuesto: Estando a lo manifestado y considerando que con la presentación de su escrito presta el juramento de ley, conforme a lo establecido por el artículo 424.4 del Código Procesal Civil, en consecuencia ADMÍTASE la solicitud efectuada por el demandante por tanto NOTIFÍQUESE a la demandada Luz Susana Maras Quispe, a través de edictos, los que contendrán un estracto de la sentencia y en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, deben publicarse en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (El Diario), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. H. S” y SENTENCIA: Res. N° 43, de fecha 10-03-2017, que dispone:” FALLA: Declarando: 1. FUNDADA; la demanda de folios catorce y siguientes interpuesto por Guzmán Víctor Yana Cruz, en contra de Luz Susana Maras Quispe, representante dele menos Vikam Guzma i Yana Maras, en contra de Ricardina Pimentel Ccasani de Cerpa y Cirilo Segundino Cerpa Ccahuana, sobre Nulidad absoluta del acto jurídico de la escritura número setecientos treinta y seis del veintiuno de setiembre del dos mil once, y acumulativamente nulidad del documento que lo contiene. En consecuencia: declaro NULO EL ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN LA ESCRITURA PÚBLICA de fecha veintiuno de setiembre del año dos mil once; extendido ante Notario Público Néstor Avendaño García; consistente en la compra venta otorgada por Luz Susana Maras Quispe a favor de Ricardina Pimentel Ccasani y Cirilo Segundino Cerpa Ccahuana.


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Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017

Consentido quede la presente resolución archívese definitivamente esta causa conforme a ley. Sin costas ni costos del proceso. Tómese Razón y Hágase Saber.” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 25 de agosto de 2017. 01-04-05/09/2017 B/.001-159 EDICTO JUDICIAL. Por ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, presidido por la Señora Jueza Mara Yábar de Cuentas, con las actuaciones del Especialista Legal José Daniel Flores Vásquez, se tramita el proceso N° 150-20157-CI en la cual se emitido Auto Admisorio de Demanda recaída en la resolución N° 01 de fecha 17 de agosto del 2017 por la cual se ha dispuesto se publique el extracto de dicha resolución judicial a fin de garantizar la publicación de dicha decisión, siendo el tenor literal pertinente el siguiente: “Por estos fundamentos y lo establecido por los artículos 486°, 504° y siguientes del Código Procesal Civil; SE RESUELVE. ADMITIR A TRÁMITE en vía del PROCESO ABREVIADO la demandada instada por ARMANDO SERRANO VARGAS, contra LA SUCESIÓN DE AURELIA VARGAS ASTETE Y NICOLÁS SERANO CÓRDOVA, con citación de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OROPESA representada por su Alcalde; El PROCURADOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OROPESA; LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA) representada por MIGUEL BELTRÁN CHITE con citación de los propietarios de los predios colindantes José Luis Vargas Miranda, Rusbel Paliza Aima, Lucinda Holgado Durand con la pretensión de PRESCRIPCIÓN DE ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio rustico Moraga Baja, ubicado en el sector de Moraga, distrito de Oropesa, Provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco”. Urcos, 17 de agosto del 2017. JOSE DANIEL FLORES VASQUEZ SECRETARIO 01-04-09/09/2017 B/.001-143 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA NOTARIA DE CUSCO, EN MI DESPACHO NOTARIAL, UBICADO EN LA URB. VERSALLES N° L-23-B” DISTRITO SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, FUERON PRESENTES LOS SEÑORES GENARO ALVAREZ LOZADA y MERCEDES AURORA LOPEZ DE ALVAREZ, QUIENES SOLICITAN LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN: URBANIZACION VILLA ROSALES LOTE A-4 DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, QUE CUENTA CON UN AREA DE 249.50 M2 PERIMETRO 66.40 M.L., CUYOS LINDEROS SON: POR EL FRENTE: CON LA CALLE N° 1, CON UNA LONGITUD DE 10.50 ML. EN LINEA RECTA. POR LA DERECHA: CON LA PROPIEDAD DE LA FAMILIA BELLOTA GARATE CON UNA LONGITUD DE 21.70ML; EN LINEA RECTA. POR LA IZQUIERDA: CON LA PROPIEDAD DE RONALD ARANIBAR BANDA CON UNA LONGITUD DE 21.60 ML, Y POR EL FONDO: CON LA PROPIEDAD DE RUBEN CARRILLO SEGURA Y OLGA MIRIAM VALVERDE ALOSILLA CON UNA LONGITUD DE 12.60 ML EN LINEA RECTA. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PUBLICO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO 23 DE AGOSTO DEL 2017.MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA - NOTARIA, URB. VERSALLES L-23B SAN JERÓNIMO CUSCO 3VCES-28-VIII-Y-04-08-IX-17 B/V 002-369 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°460 DE ESTA CIUDAD MARGARITA CCOLQQUE CARRASCO y NICOLAS OLINTHO PARAVECINO MIRANDA, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL PREDIO URBANO “LOTE DE TERRENO NÚMERO 20 DE LA MANZANA “F” URBANIZACIÓN SANTA ROSA PARTE BAJA SECTOR NACIONES UNIDAS DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 517.56 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 96.50 ML. INMUEBLE QUE CUENTA CON INSCRIPCIÓN REGISTRAL EN LA

PARTIDA N° 02076266 DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO (SUNARP); TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N° 132-2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO,17 DE AGOSTO DE 2017 3VCES-22-28-VIII-Y-04-IX-17 B/V 002-299 NOTIFICACION POR EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CERCADO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A: CALIXTO PUERTA PRADA Y SIMEONA MIRANDA CUADROS, EN LOS SEGUIDOS POR MARGARITA CCOLQQUE CARRASCO y NICOLAS OLINTHO PARAVECINO MIRANDA, SOBRE DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL PREDIO URBANO “LOTE DE TERRENO NÚMERO 20 DE LA MANZANA “F” URBANIZACIÓN SANTA ROSA PARTE BAJA SECTOR NACIONES UNIDAS DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON EL ÁREA DE 517.56 M2. Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 96.50 ML., TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N°132- 2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO,17 DE AGOSTO DE 2017 3VCES-22-28-VIII-Y-04-IX-17 B/V 002-298 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo -Cusco, bajo la Dirección del señor Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación del Secretario Judicial Hector Wilbert Tairo Curo, se tramita el Proceso Civil N° 2242017, seguido por Maria Circuncion Vallenas Suttarura, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de A MARIA CIRCUNCION VALLENAS SUTTARAURA en cuanto a la consignación de su segundo nombre de pila María “Ccion”, siendo lo correcto MARIA CIRCUNSICION VALLENAS SUTTARAURA y consignar el nombre de su madre Hilaria Suttaraura, debiendo ser correctamente Eulalia Suttaraura, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 11 -08-2017 3vces-04-05-06-ix-17 b/v 002-446 EDICTO RADIAL HÁGASE SABER AL PUBLICO EN GENERAL: Ante el Juzgado Mixto de Urubamba despachado por el Señor Juez Ytalo Diego Ttito Quispe y bajo la actuación del secretario judicial Emilio Collantes Mendoza, se tramita el Proceso Civil N° 0143-2017-0- 1015-JMCI-01, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha 23 de agosto de 2017, donde se resuelve ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por FLORA SALAS TTITO apoderada representante de ESTEBAN SALAS VILLAVICENCIO sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL INMUEBLE EN LOS REGISTROS PÚBLICOS de predio denominado “FIERRO CUCHARACHAYOC”, ubicado en el Sector de Chichubamba, del distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, de una extensión de 223.56 m2 y un perímetro de 63.46 mI., contra GABINO MORMONTOY AMAO. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado al demandado por el plazo de 10 días, conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. - En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.- H.S. Lo que se publica para los fines de ley. Urubamba, 28 de agosto de 2017 2VCES-04-05-IX-17 B/V 002-402 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria


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Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017 judicial, Delia Aragón Farfán, se tramita el Expediente Nro 73-2017 seguida por SANTUSA ATAO QUISPE sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fuera su padre FELIPE ATAO CCAHUANA fallecido el 13 de noviembre de 1996, a fin de que se les declare como herederos a Gumercinda Quispe Ayma en su condición de cónyuge supérstite y la recurrente Santusa Atao Quispe, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 29 de agosto del 2017 1v-04-ix-17 b/v 002-438 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 04 de Agosto del 2017, la recurrente CARMEN LUZ FRISANCHO CAMERO, titular del Acta de Nacimiento N° 1009393701, conforme establece la Directiva Interna N° 415-GRC/032 del RENIEC, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de sus progenitores, habiéndose registrado como FELIX FRISANCHO y CARMEN LUZ CAMERO respectivamente. Siendo el nombre correcto del progenitor de la titular del Acta FELIX FRISANCHO SOLIS y el nombre correcto de la progenitora de la titular del Acta CARMEN LUZ CAMERO NAVARRO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 11 de Agosto del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1v-04-ix-17 b/v 002-440 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 08 de Agosto del 2017, la recurrente MILUSKA FRISANCHO CAMERO, titular del Acta de nacimiento N° 1009443281, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032 del RENIEC, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de sus progenitores, habiéndose registrado como FELIX FRISANCHO y CARMEN CAMERO, siendo el nombre correcto del progenitor FELIX FRISANCHO SOLIS y el nombre correcto de la progenitora CARMEN LUZ CAMERO NAVARRO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 14 de Agosto del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1v-04-ix-17 b/v 002-440 A TODOS LOS INTERESADOS En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victoria, en el proceso civil Nro. 1105-2017-0- 10 18-JM -CI -01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 03.- Santiago, 03 de julio del año 2017.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por APOLINAR DANIEL SALGUERO SILVESTRE, sobre SUPRESIÓN DEL PRIMER NOMBRE Y SE RECTIFIQUE EL APELLIDO MATERNO. Debiendo la demanda tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta ciudad, por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la diligencia de actuación y declaración judicial para el día SEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS CON TREINTA DE LA TARDE, acto que tendrá lugar en la sala de audiencias del Juzgado Civil de Santiago, bajo apercibimiento concluirse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad H.S. 3vces-04-05-06-ix-17 b/v 002-441 EDICTO En el Proceso N° 514-2017-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto la pu-

blicación de la Resolución Nro. 01 de fecha 03 de agosto de 2017, QUE RESUELVE: ADMITASE a trámite la solicitud de Autorización Judicial, en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO realizada por SONIA ORDOÑEZ HURTADO, sobre CAMBIO DE NOMBRE, para que en lo posterior se identifique como SONIA ZUZETTE ORDOÑEZ HURTADO; en consecuencia: FIJESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado el día DIECIOCHO de SETIEMBRE del año dos mil diecisiete, a horas ONCE y veinte de la mañana, PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, a costa de la solicitante.- H.S. Cusco, Santiago, 25 de agosto de 2017 1v-04-ix-17 b/v 002-442 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco con Expediente N° 09301 de fecha 29/08/2017, ha solicitado el ciudadana (o) SINFOROSA NUÑEZ OCHOA, para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Defunción N° 00301651 del año 2000, correspondiente a: MARIANO CONCEPCION NUÑEZ MOLLINEDO. Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación en el rubro (PRENOMBRE) del titular (SEGUNDO PRE-NOMBRE) Dice: Mariano Concepción, Debe decir: MARIANO quedando el nombre completo como: MARIANO NUÑEZ MOLLINEDO. L o que se hace de conocimiento al público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. O 15.98-PCM ante esta municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 01 de Setiembre del 2017. ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 1V-04-IX-17 B/V 002-443 EDICTO JUDICIAL El Juzgado Mixto de la Provincia de Anta, Que despacho la Dra. Luz Marina Merma Delgado, bajo la actuación de la Especialista Patricia Valenza Olivera, En el Proceso Civil Nro. 185-2015-C, se dispuso notificar al sucesor EDMUNDO PAREJA BORLETTI con el extracto del auto admisorio de la demanda, con la finalidad de que se apersone al proceso en el plazo de TREINTA DI AS de su publicación, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL, por lo que el extracto es como sigue: “( ... ) RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LINO JAIMES PUMACCAHUA, en contra de MARIA PILLCO VIUDA DE PAREJA, con citación de los colindantes MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CACHIMAYO representada por su alcalde, JUAQUINA JAIMES PUMACCAHUA, MANUEL PAREJA AGUIRRE,LA DIRAVPOL DIVSAM DEPSAM P.N.P. DE CACHIMAYO, LA ASOCIACIÓN PROVIVIENDA SANTA ROSA DE CHECCONA y GREGORIO ARANA , sobre TITULO SUPLETORIO. Tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO; ( ... ). Lo que se publica para fines de ley. Anta, 31 de Agosto del 2017. 3VCES-04-05-06-IX-17 B/V 002-444 EDICTO JUDICIAL En el EXPEDIENTE CIVIL N°. 038-2017-0-1001-JM-CI-01 ante ello JUZGADO MIXTO - Sede Wanchaq, Despachado por la Señora Juez Dra: YANET OFELIA PAREDES SALAS, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Carmen Rosa Sañac Quito, se Tramita el Proceso en la vía NO CONTENCIOSA, la solicitud de CESARIA HUANCA PUCLLA, sobre CAMBIO DE NOMBRE DE PILA de su partida de nacimiento, debiendo ser llamada CECILIA HUANCA PUCLLA, con conocimiento y citación del representante del Ministerio Público, se ha dispuesto publicar vía edicto un extracto de la presente SENTENCIA: FALLA declarando, FUNDADA la demanda de Cambio de Nombre solicitado por CESARIA HUANCA PUCLLA. En consecuencia, AUTORÍCESE el cambio de su nombre de pila de CESARIA por el de CECILIA. En consecuencia, una vez publicada el presente edicto en el Diario Judicial de


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Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017

Cusco, PROCÉDASE a la inscripción de esta sentencia en los Registros correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Lo que se publica para fines de ley.Wanchaq, 25 de agosto del 2017. 1V-04-IX-17 B/V 002-447 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo -Cusco, bajo la Dirección de la Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación del Secretario Judicial Hector Wilbert Tairo Curo Cusco, se tramita el proceso civil N° 237-2017, seguido por Isidra Aguilar Ramos, sobre INSCRIPCION SUPLETORIA DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hijo Hilar Javier Rozas Aguilar, en la vía del proceso no contencioso, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley. San Jerónimo, 29-08-2017. 3VCES.04-06-08-IX-17 B/V 002-448 EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN CONFORME EL ARTICULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL.- En el Expediente Nro. 01381-2017-0-1001-JR-CI-04, seguido por FACUNDO CONCHACALLE A YMACHOQUE y LUZMILA AVAL DE CONCHACALLE, LUIS ALFREDO LOZADA ALFARO con ENRIQUE HOLGADO VALER, sobre RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y DETERMINACIÓN DE LINDEROS del predio ubicado en la Calle Tandapata N° 296, del distrito, provincia y departamento del Cusco, a fin de que se rectifique de 2,077.00 m2 a 3,076.06 m2;; bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 02 de fecha dieciocho de julio del año dos mil diecisiete.- RESOLUCIÓN NRO. 02.- Cusco, dieciocho de julio del año dos mil diecisiete.- VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta. Y CONSIDERANDO ( ... ), RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FACUNDO CONCHACALLE AYMACHOQUE y LUZMILA AVAL DE CONCHACALLE,LUIS ALFREDO LOZADA ALAFARO contra ENRIQUE HOLGADO VALER, sobre RECTIFICACION DE AREA Y DETERMINACION DE LINDEROS del predio ubicado en la Calle Tandapata N° 296, del distrito, provincia y departamento del Cusco, a fin de que se rectifique de 2,077.00 m2 a 3,076.06 m2; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde.-, debiendo efectuarse las PUBLICACIONES DEL EXTRACTO de la presente resolución conforme el artículo 506 del Código Procesal Civil.- Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos. Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. 3VCES-04-08-14-IX-17 B/V 002-449 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Sicuani - Canchis, en el Exped. N° 64-2017-CI seguido por REY KICO HUALLA MIRANDA sobre CAMBIO DE NOMBRE en cuanto a sus prenombres consignado como REY KICO por el de REY DAVID HUALLA MIRANDA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.Sicuani,17-08-2017 3VCES-04-06-08-IX-17 B/V 002-450 NOTIFICACION POR EDICTO En el Proceso N° 005-2009-0-1018-JM-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el Dr. López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto la publicación de la Resolución Nro. 46 de fecha 01 de agosto de 2017, QUE RESUELVE: ESTANDO a la declaración jurada realizada por la parte actora y la inscripción de extinción de la persona jurídica demandada - ASOCIACION DE PRODUCTORES AGRARIOS QQUEHUAPAY O CRUZ VERDE: NOTIFIQUESE mediante edictos en el diario judicial del Cusco, por tres veces consecutivas, la presente resolución a la Asociación demandada, para que dentro del plazo de sesenta días, computados a partir de la última publicación, se apersone al proceso con la documentación correspondiente, el nuevo representante legal, bajo apercibimiento de continuar el desarrollo de la causa, con la designación de curador procesal, que recaerá en Abogado; edictos que serán de

cargo de la parte actora;.- H.S Cusco, Santiago, 01 de septiembre de 2017 1V-04-IX-17 B/V 002-451 SUCESION INTESTADA.ANTE MI OFICINA EN AV. SAN MARTIN 826 MARANGANI, JESUS ALEJANDRO MEZA PUMA Y POR: JULIO HERNAN LANZA PUMA, GINA OLVIDO MEZA DE ZAVALETA Y MARCELINO MEZA PUMA, SOLICITA SUCESION INTESTADA DE OLGA PUMA VERA, FALLECIDA EL 01 DE JUNIO DEL 2017, EN LA CIUDAD DEL CUSCO, TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN LA CIUDAD DE SICUANI – CANCHIS.- SE PUBLICA PARA FINES DE LEY.- MARANGANI, 31 AGOSTO 2017.Marco Yvan Venero Tapia.- Notario Abogado CNC. 33.1V-04-IX-17 B/V 002-316 EDICTO JUDICIAL.SUCESION INTESTADA.- Que ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canchis –Sicuani, que despacha la señora Juez Francisca Llanos Fora, bajo actuación de la Secretaria Judicial Dafne Jessica Suyo Mendoza, se viene tramitando el proceso judicial N° 00313-2017-0-1007-JM-fc-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Canchis, en los seguidos por Hilda Achahuanco Aimituma, Vicentina Achahuanco Aimituma y Elena Achahuanco Aymituma, sobre SUCESION INTESTADA, se ha resuelto lo siguiente: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por HILDA ACHAHUANCO AIMITUMA, VICENTINA ACHAHUANCO AIMITUMA Y ELENA ACHAHUANCO AYMITUMA a efecto de que se declare la SUCESION INTESTADA del que en vida fue su progenitor VICENTE ACHAHUANCO SOTO, fallecido el 25 de julio de 2017, en el distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento del Cusco, solicitando se declare como únicas y universales herederos legales a las recurrentes HILDA ACHAHUANCO AIMITUMA, VICENTINA ACHAHUANCO AIMITUMA Y ELENA ACHAHUANCO AYMITUMA, en condición de hijas del causante, en consecuencia, conforme disponen los artículos 832 y 833 del Código Procesal Civil. Lo que se publica para los fines de ley. Sicuani, 31 de agosto del 2017.- Dafne Jessica Suyo Mendoza.- Secretaria Judicial.1V-04-IX-17 B/V 002-316 AVISO DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente No 00004-2014-0-1010-JMCI-01, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA QUILLACOOP contra RELI RONALD PEREZ VIDAL y MARIA OVIEDO ZAEZ, Sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, tramitado por ante el Juzgado Mixto Sede Quillabamba de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo del Juez Dr. WALDIR URRUCHI ZUÑIGA, interviniendo como Especialista Legal, la Dra, SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLANO, ha dispuesto CONVOCAR a Remate Público en 1RA CONVOCATORIA el Siguiente Bien: 1.- Inmueble ubicado en la Fracción “F” Reintegrante del Predio Urbano N° 162 y 170 ubicada en la Esquina de la Avenida General Gamarra y de la Avenida San Martín, del Distrito Santa Ana, Provincia de la Convención y Departamento del Cusco, cuyos linderos y medidas perimétrícas se encuentran ampliamente descritas e Inscritas en la Partida Electrónica.N° 11012802 de la Zona Registral N° X Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco. TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$, 39, 812.50.DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la Suma de US$26,541.67.DOLARES AMERICANOS. AFECTACIONES: El Bien Inmueble tiene las Siguientes Afectaciones: - EMBARGO JUDICIAL: En forma de inscripción a favor de SUNAT- intendencia Regional de Cusco hasta por la Suma de S/.3,400.00.SOLES, Inscrito en el asiento D00009 de fecha 02/12/2015. - EMBARGO JUDICIAL: En forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Credinka S.A hasta por la Suma de S/.37,000.00. SOLES,Inscrito en el asiento D00007 de fecha 29/08/2013. -HIPOTECA: A Favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Quillabamba — . Quillacoop hasta por la Suma de S/.103.512.50.SOLES, Inscrito en el asiento D00006 de fecha 19/11/2012. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será rematado el Día 27 de Setiembre de 2017, A HORAS 08:30.a,m. y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226. C.E.albertooscarramos@hotmail.com. Tlfs: #942089706 -


Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017 #945010777- 01- 5722392. LUGAR DE REMATE: Sito en el Jr. Espinar N° 140-148 Sede Santa Ana Quillabamba. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en Efectivo, mediante Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI en original Los Honorarios del Martillero Público más el IGV serán Cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cuzco 01 de Junio del Año 2017. 1V-04-05-06-07-08-11-IX-17 B/V 001-185 EDICTO MATRIMONIAL La que suscribe: Jefa de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: KENNY YHORDAN DAZA CARBAJAL, de 28 años de edad, con DNI N° 45274201, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación MILITAR, de Nacionalidad PERUANA, natural de CUSCO, con domicilio en JIRON CANAS URB. PROGRESO I-10 del Distrito de WANCHAQ. y Doña: MARTHA DEL PILAR GONZALES VALDIVIA, de 26 años de edad, con DNI N° 46844555, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación MEDICO, de Nacionalidad PERUANA, Natural de LIMA, con domicilio en URB. EL PINAR PARCELA E, C4-45 del Distrito de COMAS, DEPARTAMENTO DE LIMA. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: SABADO 16 DE SETIEMBRE DEL 2017. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 22 de Agosto del 2017. YONNY ROMERO FLORES JEFA DE REGISTRO CIVIL 04/09/2017 B/.001-181 SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICINA NOTARIAL EN LA AV. SAN MARTIN N° 826 DEL DISTRITO DE MARANGANI, ZONIA ARAOZ YLLAPUMA POR PRUDENCIA TORRES VIUDA DE RAMOS, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE IGNACIO RAMOS HUILLCA, FALLECIDO EL 16 DEL MES DE OCTUBRE DEL 2015, EN SICUANI, SIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN LA COMUNIDAD DE CHUMO DEL DISTRITO DE SICUANI, PROVINCIA DE CANCHIS Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. MARANGANI, 18 DE AGOSTO DEL 2017. MARCO IVAN VENERO TAPIA NOTARIO ABOGADO 04/09/2017 B/.001-182 EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 2249-2017-0-1001-JP- CI -02 solicitada por Carlos Zenobio Espinoza Achahui sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO donde se ha consignado en forma errónea el nombre de su progenitor como Leopoldo Espinoza Zea siendo lo correcto LEOPOLDO VICENTE ESPINOZA ZEA, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 22 de agosto del 2017. 04/09/2017 B/.001-187 EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 2249-2017-0-1001-JP- CI -02 solicitada por Carlos Zenobio Espinoza Achahui sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO donde se ha consignado en forma errónea el nombre de su progenitor como Leopoldo Espinoza Zea siendo lo correcto LEOPOLDO VICENTE ESPINOZA ZEA, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 22 de agosto del 2017. 04/09/2017 B/.001-187

7 EDICTO JUDICIAL PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ. 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 02172-2015-0-1001-JR-CI-01 MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 35 Cusco, 25 de agosto de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto final venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “1.- CONFIRMAR el Auto de Saneamiento que Concluye el Proceso contenido en la resolución Nº 28 de fecha 16 de marzo de 2017 (fojas 690 y siguientes), en el extremo que resuelve: “DECLARAR FUNDADA la excepción de prescripción extintiva propuesta por la demandada Cecilia Auccatinco Valencia”. 2.- REVOCAR el Auto de Saneamiento que Concluye el Proceso contenido en la resolución Nº 28 de fecha 16 de marzo de 2017 (fojas 690 y siguientes), en el extremo que resuelve: “y por tanto en aplicación del inciso 5) del artículo 451 del Código Procesal Civil, declárese NULO TODO LO ACTUADO y por tanto CONCLUIDO el presente proceso, por lo que una vez quede consentida o firme la presente resolución archívese definitivamente el presente proceso”. Y REFORMANDOLO DECLARARON NULO TODO LO ACTUADO respecto de la pretensión de Ineficacia de Acto Jurídico (en aplicación del inciso 5 del artículo 451 del Código Procesal Civil) y DISPUSIERON la continuación de la tramitación del presente proceso con la pretensión de Nulidad de Acto Jurídico.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “Se REVOQUE el auto contenido en la auto de saneamiento contenido en la Resolución N° 28, del 16 de marzo de 2017, en el extremo que resuelve: “(...) DECLARAR FUNDADA la excepción de prescripción extintiva propuesta por la demandada Cecilia Auccantinco Valencia, y por tanto en aplicación del inciso 5) del artículo 451 del Código Procesal Civil, declárese NULO TODO LO ACTUADO y por tanto CONCLUIDO el presente proceso (...)” (folios 690). y REFORMÁNDOLO: Se declare INFUNDADA la excepción; debiendo continuarse con la tramitación del proceso. Se devuelva.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 15 DE SETIEMBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S. Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. Velásquez Cuentas, Delgado Aybar y Holgado Noa.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco,29 de agosto de 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 003006-2015-84-1001-JR-PE-01 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a VILMA SAMATA VARGAS; para que se ponga a derecho el día VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por los delitos ambientales, en su modalidad de delitos contra los recursos naturales sub tipo Trafico Ilegal de especies de flora silvestre protegidas en agravio del Estado representado por la Procuraduría del ministerio del ambiente. Cusco, 28 de agosto de 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017


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EDICTO PENAL El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Canchis, Julio Cesar Céspedes Murillo, en el Proceso Penal N° 00329-2017-0-1007-JR-PE-01: seguido contra RODMER CHALLCO HUANCA, por la comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de KEMY JHOSVIN CHALLCO SUNI, representado por su madre KELMI LUZ SUNI HANCCO, bajo la actuación del Especialista Legal Ana Melva Puma Llanque, ha resuelto comunicar al imputado RODMER CHALLCO HUANCA, con el tenor la resolución N° 01 de fecha 28 de agosto del 2017 y extracto del requerimiento de proceso inmediato; DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, y de conformidad a lo previsto en el artículo 447° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, SE DISPONE: 1. CITAR a la audiencia única pública INAPLAZABLE de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato conforme al rol de audiencias y la recargada agenda del juzgado para el día QUINCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS (hora exactaV en la SEGUNDA SALA de Audiencias del Modulo Penal, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al Órgano de Control del Ministerio Publico, PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además que la /nas/sfencía injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el artículo 85 del CPP modificado por Ley N°30076. 2. PRECÍSESE que el Juez frente al requerimiento fiscal de incoación de proceso inmediato se pronunciará respecto a lo siguiente: a) Sobre la procedencia de la medida coercitiva requerida por el Fiscal, b) Sobre la procedencia del principio de oportunidad, de acuerdo reparatorio o de la terminación anticipada, solicitado por las partes (las partes deberán presentar los antecedentes penales respectivos del imputado) y c) Sobre la procedencia de la incoación del proceso inmediato, según sea el caso. 3. PRECÍSESE Que: 1). El representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal original: 3). El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 4) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. 4. Asimismo, habiéndose declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, REMÍTASE notificación a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designársele a la Coordinación de la Defensorio Pública de Oficio, a efecto de que asuma la defensa del imputado y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable.5. NOTIFIQUESE a las partes procesales en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. 6. NOTIFIQUESE por edictos RODMER CHALLCO HUANCA, en el diario el Cusco y el Peruano por el termino de tres días. 7. Así mismo sin perjuicio se Dispone se notifique al imputado Vía Edictos en el diario de mayor circulación de la ciudad del Cusco. Resumen del requerimiento Inmediato FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra, imputado RODMER CHALLGO HUANCA, por la presunta comisión del delito Contra La Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar y en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el artículo 149, párrafo primero, del Código Penal, en agravio del menor: KEMY JHOSVIN CHALLCO SUNI, REPRESENTADO por su madre: KELMI LUZ SUNI HANCCO; FUNDAMENTOS DE HECHO Que, en mérito de la Sentencia, contenida en la Resolución N° 16, de fecha 10 de MAYO; Que falla declarando fundada en parte la demanda y, ordena que el citado obligado acuda con una pensión alimenticia mensual de TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES, a favor del menor alimentista. 2.- El mérito de la copia certificada de la Liquidación de los Alimentos Devengados, de fecha 11 de agosto de 2015,

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del período comprendido entre el 01 DE ABRIL DEL 2011 HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2015, en la suma de SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 30/100 SOLES. 3.- El mérito de la Resolución N° 36, de fecha 26 de Octubre de 2015, que aprueba la liquidación de alimentos devengados en la suma de SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 30/100 SOLES: y, requiere al imputado RODMER CHALLCO HUANCA, a efectos de que cumpla con pagar la totalidad de las pensiones devengadas, ¡a favor del menor agraviado, en el plazo de tres días de notificado. 4.- El mérito de la copia certificada de la Resolución N° 40, de fecha 14 de MARZO de 2016, del que a la Fiscalía a folios 65). colige que haciendo efectivo el apercibimiento prevenido, remite copias a la fiscalía penal de turno, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL El señor Juez del SEXTO JUZGADO DE PAZ DE SAPHY “TURNO B” Dr. Tito Núñez Valencia, emplaza a los imputados Fredy Carrasco Guzmán y William Jesús Febres Alejos, a fin de que comparezcan a la audiencia de juicio oral reprogramada para el día OCHO DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS DOS DE LA TARDE, programado en el expediente N° 1149-2017-0-1001-JP-PE-06, al interior del local de la Comisaría de Saphy (primer patio); seguido contra Fredy Carrasco Guzmán y otros, sobre Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas en agravio de César Augusto Sotomayor Díaz y otros. Quienes deberán concurrir en compañía de su abogado de libre elección, bajo apercibimiento de disponer su conducción de grado y fuerza. Cusco, 28 de agosto del año 2017 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 00499-2015-87-1001-JR-PE-05. SEÑOR: JULIO CESAR QUISPE USCAMAYTA Ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. María Angélica Quispe Apaza, bajo la actuación del Especialista Judicial de Juzgado Abg. Iván Merma Huaman, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. 00499-2015-87-100l-JR-PE-05, seguido contra ANA MIRANDA JALLO, por la presunta comisión del delito de Usurpación por Despojo Parcial de la Posesión Agravada en agravio de Saturnino Huillca Huallpamayta, y se ha dispuesto NOTIFICAR al testigo con el Acta de Audiencia de fecha 23-08-2017, que dispone: JUEZ: Habiendo vencido el tiempo otorgado para esta audiencia y no habiendo concurrido el testigo JULIO CESAR QUISPE USCAMAYTA, en este acto se suspende la audiencia para su continuación el día CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas QUINCE CON TREINTA MUNUTOS, a verificarse en la onceava sala de audiencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco; fecha en la cual se recibirá la declaración del testigo JULIO CESAR QUISPE USCAMAYTA quien deberá ser notificado via edicto judicial bajo el apercibimiento de en caso de inasistencia ser conducido compulsivamente. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE ALFREDO CONDORI CACERES Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Joseph Campana Porras quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el Proceso Inmediato signado con el Nro. 48-2017-NCPP, seguido contra ALFREDO CONDORI CACERES, por la presunta comisión del Delito de Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción en agravio de la Sociedad, en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación de fecha 21 de agosto del 2017, la notificación vía edicto al imputado ALFREDO CONDORI CACERES, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de desig-


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narse un defensor de oficio. Maranura, 24 de agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE MIGUEL PERALTA CALLASI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Joseph Campana Porras quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el-Proceso Penal signado con el Nro. 39-2016-08-NCPP, seguido contra MIGUEL PERALTA CALLASI, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de F.Y.R.C representada por su padre Alejandro Rivas Cornejo, en la cual se ha dispuesto en la audiencia de control de acusación de fecha 22 de agosto del 2017, la notificación vía edicto al imputado MIGUEL PERALTA CALLASI, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOS DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 24 de agosto del 2017 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 3209-2016-12-1001-JR-PE-02, PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECILISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: EBERT CRUZ TACAC con DNI44051787. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica en su modalidad de peligro común Sub Tipo Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la sociedad representado por el Misterio Publico, Res. Nro. 04 Cusco, veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete, mediante el cual se dispone reprogramar el Juicio Oral de proceso inmediato para el día 29 DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de la resolución N° 01, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 28 de agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDÍCTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 04506-2016-56-?00l-JR-PE-07. PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasi Gómez. Se cita y emplaza al acusado: FELICIANO MIRANDA QUISPE con DNI 80225672. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de su menor hija de iniciales A.V.M.Q. representada por su progenitora Cirila Quispe Huamán. Resolución Nro. 02: Cusco, veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete. Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral REPROGRAMADA que se realizara el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL del Palacio de Justicia del Cusco. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 25 de agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 4382-2016-48-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO

9 ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado EDWIN YAPO QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 01 DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 4382-2016-48-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales B.Y.Q.Cusco, 28 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 1992-2016-82-2701-JR-PE-01 JUEZ: Leoncio Felipe Huamani Mendoza. ESPECIALISTA JUDICIAL: Elizabeth Beatriz Anco Gallegos. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 01 de fecha 13 de julio de 2017. SE NOTIFICA a la agraviada Martha Huillca Palomino, en la investigación seguida contra Edgar Damacio Duran por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado en agravio de Bernardino Santiago Jancco Challco y otros, acta de acuerdo provisional sobre pena y reparación civil y demás consecuencias accesorias, para la celebración de la audiencia de terminación anticipada. Llegando al siguiente acuerdo: imponer a Edgar Damacio Duran, autor de la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado en agravio de los citados agraviados y otros; una pena privativa de libertad efectiva de diez años; reparación civil de S/ 5000,00 soles a razón de S/385,00 soles, lo que se hace de conocimiento de los citados agraviados para los fines pertinentes. Puerto Maldonado, 28 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00359-2014-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: BLAS QUISPE AYMACHOQUE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 04 DE ENERO DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor de iniciales N.R.Q.A., representada por su abuelo Fortunato Apaza Huallpa, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00422-2016-64-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROSALIO POLO CELIS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 11 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017


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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00764-2016-33-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RONI PEÑA HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 11 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00066-2017-87-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: VIDMAR YURI RIMACHI CCORAHUA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 11 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra dei referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00399-2014-41-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JAIME VERGARA CALLANAUPA, JAVIER VERGARA CALLANAUPA, IRENE CALLANAUPA GUTIÉRREZ, CARLA VICTORIA CABANA APAZA y FLORENTINO VERGARA QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 10 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra de los referidos acusados, por la presunta comisión del Delito de MICRO COMERCIALIZACIÓN DE DROGA, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00079-2017-98-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MACARIO ABAD CONDORI HURTADO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día iueves 18 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de SUSTRACCIÓN DE MENOR, en agravio de la adolescente Anabella Condori Escalante, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Agosto del 2017. 31/08/2017

Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017

01-04/09/2017 CPJ EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00159-2017-41-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: OMAR HUAMAN REYES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día lunes 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar. EXPEDIENTE: 00034-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO. Se pone en conocimiento del señor JORGE LUIS GUZMAN YABAR la RESOLUCIÓN NRO. 01 de fecha, doce de enero del año dos mil diecisiete - auto de acusación directa; la misma que RESOLVIÓ 1.FORMAR el expediente de Acusación Penal Directa; expedida por el Despacho de la Fiscalía Penal de Espinar contra el imputado JORGE LUIS GUZMAN YABAR, por la presunta comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, tipo HURTO AGRAVADO, previsto en el articulo 185° concordante con el primer párrafo inciso 2 del articulo 186°, ambos del Código Penal, en agravio de Elena Taquima Cutty, asumiendo competencia material del presente proceso el Juez de Investigación Preparatoria. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 3. CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el término de DIEZ DÍAS para que procedan conforme a lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación, y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116, numeral 13 “En caso de las acusaciones directas en las que la victima no haya podido constituirse en actor civil podrá solicitarla al Juez de la Investigación Preparatoria conforme al artículo 100a del NCPP y antes de que concluya el plazo establecido de diez días” (...). Espinar, 29 de Agosto del 2017. 31/08/2017 01-04/09/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL En La Sala Civil de Cusco se viene tramitando el Expediente Nro. 00350-2009-0-1018-JM-CI-02, que sigue Emma Magnolia Dávila Ríos, contra Alejandrina Cagigas viuda de Paz y otros sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, Por resolución Nro. 131, se ha dispuesto notificar a los sucesores procesales de Carmen Rosa Paz Gastañaga, con lo siguiente: Resolución Nro. 131. Cusco, 29 de agosto de 2017. “(...) Por estos fundamentos DISPUSIERON: A. SUSPENDER el trámite del presente proceso. B. NOTIFÍQUESE mediante edictos a los sucesores procesales Carmen Rosa Paz Gastañaga, los que deberán de publicarse por el plazo de tres días en el Diario Judicial del Cusco, y el Diario El Peruano con el fin de que se apersonen dentro de TREINTA DÍAS HÁBILES de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de proseguirse el trámite del proceso nombrándose curador procesal en su representación; debiendo la parte demandante efectuar las publicaciones antes dispuestas. C. Notifíquese con la presente resolución a Carmen Rosa Paz Gastañaga en su último domicilio real declarado ante la RENIEC.- Integran el Colegiado las Señoras Jueces Superiores Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, Yenny Margot Delgado Aybar, y Karinna Justina


Cusco, lunes 4 de setiembre de 2017

Holgado Noa conforme lo dispone la Resolución Administrativa No. 001-2017-P-CSJCUPJ.-H.S.-S.S(…)”. Lo que notifico a Usted. Media firma de las señoras Juezas Superiores DELGADO AYBAR y HOLGADO NOA. Ante mi Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala, de que doy fe. Cusco, 31 de agosto de 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00815-2013-0-1018-JM-CI-01 MATERIA : MEJOR DERECHO A LA PROPIEDAD Resolución Nro. 38 Cusco, 29 de agosto de 2017. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa opina por: “ A. CONFIRMAR la sentencia contenido en la Resolución sin número, de 28 de noviembre de 2016 (folio 384 y siguientes), en el extremo que declara: “IMPROCEDENTE la demanda que contiene el escrito de fecha 29 de noviembre del 2013 de folios 34 a 39 presentada por doña BEATRIZ MUÑOZ PUMACCAHUA sobre RECONOCIMIENTO y DECLARACIÓN JUDICIAL DE MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD, REIVINDICACIÓN DE BIEN INMUEBLE CON RESTITUCIÓN MATERIAL DE LA POSESIÓN DEL BIEN CON DEMOLICIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES CLANDESTINAS E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS PERJUICIOS dirigida contra EDWAR PUMA ZEVALLOS, para que se DISPONGA: 1.- El reconocimiento y declaración judicial de Mejor derecho de propiedad a su favor de la fracción de ciento cincuenta metros cuadrados (150.00 metros cuadrados) del predio rústico denominado Huampar con código de predio Nº 08- 82088505-38035 con UC 3805 ubicado en el distrito de Poroy. 2.- La reivindicación de la fracción de 150.00 metros cuadrados del predio y accesoriamente la entrega del predio Huampar Valle Cachimayo del distrito de Poroy, provincia y departamento de Cusco a su favor con RESTITUCIÓN material de la posesión del mismo bien y demolición de las construcciones e instalaciones clandestinas ejecutadas por el demandado. 3.- Le pague por concepto de INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS la suma no menor a SETENTA MIL SOLES (s/.70,000.00). Dejando a salvo su derecho para que lo haga valer conforme a ley, en la vía civil que corresponde. B. DECLARAR NULA la sentencia contenido en la Resolución sin número, de 28 de noviembre de 2016 (folio384 y siguientes), en el extremo que declara: “IMPROCEDENTE la demanda reconvencional presentada por don Edward Puma Zevallos, mediante escrito de fecha 04 de junio del 2014 de folios 86 con la pretensión de Ineficacia de Acto Jurídico. FUNDADA la misma demanda reconvencional presentada por Don Edward Puma Zevallos, mediante escrito de fecha 04 de junio del 2014 de folios 86 con las siguientes pretensiones: 1. Nulidad de Acto Jurídico. 2. Cancelación de asientos registrales, dirigiéndola contra la demandante BEATRIZ MUÑOZ PUMACCAHUA, EMILIANO MONTAÑEZ TOCAS, JOVITA MONTAÑEZ RAMOS, EALTER MONTAÑEZ RAMOS y GRIMALDO MONTAÑEZ RAMOS. En consecuencia declaro NULOS e INSUBSISTENTES los actos jurídicos siguientes: a. Escritura Pública de 14 de agosto de 2012 en la que Emiliano Montañez Tocas transfiere en propiedad a Beatríz Muñoz Pumaccahua el 24.35% de los derechos y acciones de la totalidad del predio matríz equivalente a 150.00 metros cuadrados. b. Escritura Pública de 24 de agosto del 2012 en el que Emiliano Montañez Tocas otorga anticipo de legítima a sus hijos Jovita Montañez Ramos, Walter Montañez Ramos y Grimaldo Montañez Ramos el 75.649% de los derechos y acciones de la totalidad del predio matríz equivalente al 466.00 metros cuadrados. ORDENO la inscripción marginal en los libros de escrituras pertinentes del presente fallo una vez que la presente quede consentida y/o ejecutoriada. ORDENO al Jefe Zonal de la Oficina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos proceda con la cancelación de los asientos C002 y C003 en la Partida Nº 11092556 del Registro de Predios, una vez que la presente quede consentida o ejecutoriada. Con costas y Costos.” Y DECLARAR NULO TODO LO ACTUADO sólo con respecto a la demanda reconvencional, hasta el momento de emitirse la Resolución Nº 06, de 03 de junio de 2014 (folio 152), y volviendo a calificar la demanda reconvencional, se DECLARA: IMPROCEDENTE la demanda reconvencional interpuesta por Edward Puma Zevallos,

11 interpone demanda reconvencional contra Beatríz Muñoz Pumaccahua, Emiliano Montañez Tocas, Jovita Montañez Ramos, Walter Montañez Ramos y Grimaldo Montañez Ramos.- Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “se declare nula la sentencia contenida en la Resolución N° s/n., del 28 de noviembre de 2016, en el extremo que declara: “(...) FUNDADA la demanda reconvencional por Edward Puma Zevallos, mediante escrito de fecha 04 de junio del 2014 de folios 86 con las siguientes pretensiones: 1. Nulidad de Acto Jurídico. 2. Cancelación de asientos registrales (...)”; úniamente con relación a la pretensión referida al cuestionamiento de los actos jurídicos que contiene la escritura pública de compraventa de derechos y acciones del 14 de agosto de 2012. Se devuelva.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 18 DE SETIEMBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S. DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL SE PUBLICO CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 144 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 00265-2016-37-1001-JR-CI-03 MATERIA : POR DEFINIR Resolución Nro. 21 Cusco, 31 de agosto de 2017. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa opina por: “DECLARAR: la NULIDAD de la Resolución N° 15, de 24 de marzo de 2017, que resuelve: “DECLARAR CONCLUIDO el proceso instado por VALENTÍN PUMA PUMA sobre prueba anticipada consistente en la prueba genética de ADN, por su mérito dispóngase el archivamiento definitivo (…)”. (fojas 102). En consecuencia, DISPONER: que el señor juez del proceso continúe con el trámite del proceso según su estado. Y, los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “Se declare NULO El auto contenido en la resolución N° 15, del 24 de marzo de 2017, que resuelve: “DECLARAR CONCLUIDO el proceso instado por VALENTÍN PUMA PUMA sobre prueba anticipada consistente en la prueba genética de ADN por su mérito dispóngase el archivamiento definitivo” (folio 102); nulo todo lo actuado, e IMPROCEDENTE la demanda. Y se devuelva.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 19 DE SETIEMBRE DE 2017, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Dando providencia al ingreso N° 1418-2017, AL PRINCIPAL: Por apersonado el recurrente con la casilla judicial y electrónica que indica, donde se le hará llegar las notificaciones de ley.- AL MAS DIGO: Estando a lo manifestado, estese a los votos emitidos en autos.- S.S. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.- HOLGADO NOA 04-05-06/09/2017 CPJ.


12 EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00034-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor JORGE LUIS GUZMAN YABAR la RESOLUCIÓN NRO. 06 de fecha, veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete; la misma que CITA a audiencia para el dia DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS, audiencia preliminar de CONTROL DE ACUSACIÓN, en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta Sede, con la presencia obligatoria del Fiscal, , bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada de! Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales, debiendo tener presente el carácter inaplazable de la presente audiencia. PRECÍSESE que: 1) El representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con los medios de prueba; 2) el desarrollo integro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. REQUIÉRASE al imputado a fin de que dentro de las 24 horas de notificado cumpla con ratificar y/o designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar al defensor de oficio de la Provincia de Espinar a fin que asuma su defensa. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada por contener una decisión que puede poner fin al proceso. Espinar, 29 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 57-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor EMETERIO SUNI CHOQUEPUMA, la resolución número uno de fecha veinte de enero del año dos mil diecisiete, la misma que resolvió: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, contra EMETERIO SUNI CHOQUEPUMA, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, tipo Lesiones Leves, previsto en el numeral 1 del articulo 122 concordante con al articulo 441 del Código Penal, en agravio Edilfonso Montañés Huaytapuma, en consecuencia, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligada a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente por la Policía. (...) 7. REQUERIR al imputado, para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado, cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumplimiento. Vencido dicho plazo, curse oficio al Defensor Público de la Provincia de Espinar para que asuma la defensa del imputado, debiéndosele notificar con copia de la disposición de formalización de investigación preparatoria. (...) H.S.Espinar, 29 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL 1° JUZ. DE 1NVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00034-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor JORGE LUIS GUZMAN YABAR la RESOLUCIÓN NRO. 06 de fecha, veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete; la misma que CITA a audiencia para el día DIECIOCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS, audiencia preliminar de CONTROL DE ACUSACIÓN, en la sala de au-

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diencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta Sede, con la presencia obligatoria del Fiscal, , bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales, debiendo tener presente el carácter inaplazable de la presente audiencia. PRECÍSESE que: 1) El representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con los medios de prueba; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el articulo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. REQUIÉRASE al imputado a fin de que dentro de las 24 horas de notificado cumpla con ratificar y/o designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar al defensor de oficio de la Provincia de Espinar a fin que asuma su defensa. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada por contener una decisión que puede poner fin al proceso. Espinar, 29 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA-Sede Espinar EXPEDIENTE: 57-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY EUZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor EMETERIO SUNI CHOQUEPUMA, la resolución número uno de fecha veinte de enero del año dos mil diecisiete, la misma que resolvió: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, contra EMETERIO SUNI CHOQUEPUMA, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, tipo Lesiones Leves, previsto en el numeral 1 del articulo 122 concordante con al articulo 441 del Código Penal, en agravio Edilfonso Montañés Huaytapuma, en consecuencia, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligada a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente por la Policía. (...) 7. REQUERIR al imputado, para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado, cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumplimiento. Vencido dicho plazo, curse oficio al Defensor Público de ¡a Provincia de Espinar para que asuma la defensa del imputado, debiéndosele notificar con copia de la disposición de formalización de investigación preparatoria. (...) H.S.Espinar, 29 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp Nro. 00206-2017-0-1004-JR-PE-01 El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Narhaly Acosta Sado. Se cita, y emplaza a JHON WILIANS AMACHI ARCE, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por la comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de Fuga del lugar del Accidente de Tránsito en agravio del Estado representado por el Procurador publico del Poder Judicial; disposición contenida en la resolución numero 02 de facha 31 agosto del año 2017; VISTO.- El requerimiento fiscal de Acusación del que se tiene que cumple con los presupuestos establecidos por los incisos 1., 2., 3. y 4. del artículo 3492 del Código Procesal Penal, así mismo se tiene que la representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, en consecuencia y de conformidad con los dispuesto por el artículo 350a del referido cuerpo normativo: 1). CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el pla;:o perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1). Observar formalmente la acusación, 2). Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3). Solicitar la imposición o revocación de


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una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4). Pedir el sobreseimiento, 5). Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6). Ofrecer prueba para el juicio, 7). Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8). Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9). Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio- todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación. 2). NOTIFIQUESE a las partes en los respectivos domicilios señalados en aucos.- AL PRIMER OTROSÍ.- Téngase en cuenta para la notificación. AL TERCER OTROSÍ.- Téngase en cuenta. Anta, 31 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL Exp Nro. 00206-2017-92-1004,-JR-PE-01 El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Nathaly Acosta Rado. Se cita, y emplaza a JHON WILIANS AMACHI ARCE, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por la comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad d Fuga del lugar del Accidente de Tránsito en agravio del Estado representado por el Procurador publico del Poder Judicial; disposición contenida en la resolución numero 01 de fecha 31 agosto del año 2017; VISTA: La solicitud de Tercero Civilmente responsable presentado por el señor Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Anta, y CONSIDERANDO: Primero.- Que, las personas que conjuntan-ente con el imputado tengan responsabilidad civil por las consecuencias del delito, podrán ser incorporadas como parte en el proceso penal a solicitud del Ministerio Publico o del actor civil, de conformidad a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 111° del Código Procesal Penal; Segundo.- Que, la solicitud deberá ser formulada al Juez en la forma y oportunidad prevista en los artículos 100° y 102° del código acotado, así de conformidad con el artículo 100° del Código Procesal Penal la solicitud debe contener bajo sanción de inadmisibilidad los requisitos siguientes: a) La individualización de la persona o del apoderado, si es que no va intervenir directamente o se trata de persona jurídica; b)La indicación del nombre del imputado y en su caso del tercero civilmente responsable contra quien se va proceder; c) El re Lato circunstanciado del delito en su agravio y exposición de las razones que justifican su pretensión; y d; La prueba documental que acredita su derecho. Tercero.- En e:se entender la solicitud presentada ha cumplido con los requisitos expuestos precedentemente, debiendo imprimírsele el tramite previsto por ley, En tal virtud SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de constitución en tercero civilmente responsable, presentado por el Señor Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Anta, y teniéndose en cuenta que el representante del Ministerio Publico ha formulado acusación directa contra Edgar Amachi Estrada por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones G:ravos Culposas por inobservancias de las reglas de transito en agravio de Vilma Quispe Huamán, y contra Jhon Wilians Amachi Arce por la comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad d Fuga del lugar del Accidente de Tránsito en agravio del Estado representado por el Procurador publico del Poder Judicial; del que se advierte los datos de los sujetos procesales; siendo ello así CÍTESE a las partes procesales para el día veintidós de setiembre del año dos mil diecisiete a horas dos y treinta de la tarde, a fin de resolver el pedido del representante del Ministerio Publico, en consecuencia NOTIFIQUE.’SE a las partes en los domicilios consignados por la representante del Ministerio Publico, y al Tercero Civilmente Responsable JHON WILIANS AMACHI ARCE notifíguesele mediante EDICTO JUDICIAL, en aplicación a lo previsto por el artículo 12:3 del Código Procesal Penal. Anta, 31 de agosto del 2017 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00761-2016-93-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ANTONIO MENDOZA HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda

13 de los cargos formulados en su contra, el día martes 05 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor de iniciales S.C.K., representado por su progenitora Edith Salas Calderón, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 23 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00359-2014-83-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: BLAS QUISPE AYMACHOQUE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 04 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor de iniciales N.R.Q.A., representada por su abuelo Fortunato Apaza Huallpa, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00422-2016-64-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROSALIO POLO CELIS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 11 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00764-2016-33-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RONI PEÑA HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 11 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra de¡ referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00066-2017-87-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: VIDMAR YURI RIMACHI CCORAHUA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 11 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra dei referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera


14 Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00399-2014-41-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JAIME VERGARA CALLANAUPA, JAVIER VERGARA CALLANAUPA, IRENE CALLANAUPA GUTIÉRREZ, CARLA VICTORIA CABANA APAZA y FLORENTINO VERGARA QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 10 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se sigue en contra de los referidos acusados, por la presunta comisión del Delito de MICRO COMERCIALIZACIÓN DE DROGA, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Agosto de! 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00079-2017-98-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: MACARIO ABAD CONDORI HURTADO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día jueves 18 DE ENERO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de SUSTRACCIÓN DE MENOR, en agravio de la adolescente Anabella Condori Escalante, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00159-2017-41-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: OMAR HUAMAN REYES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso inmediato y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día lunes 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se sigue en contra del referido acusado, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ. Corte Superior de Justicia del Cusco Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial De Cusco EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 0409-2017-7-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: YOHANNA GALLEGOS PAUCAR. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado URIEL RODRIGO QUISPE CONDORI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES CINCO DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 03:00 DE LA TARDE (hora exacta): acto que se llevará a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso, vía enlace por video conferencia con la sa|a_ de_audiencias del Juzgado Penal de Canchis

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Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 0409-2017-7-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales R.Y.P.S.Cusco 31 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ Corte Superior de Justicia del Cusco Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial De Cusco EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01174-2017-8-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: YOHANNA GALLEGOS PAUCAR. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados DONATO BERNA LAUCATA y GLORIA PAREDES LABRA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES CINCO DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 04:00 DE LA TARDE (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Espinar. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 1174-2017-8-1001-JR-PE-01, como presunto COAUTORES del delito Contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual a mayor de edad, en agravio de la persona de iniciales R.P.H.Cusco 31 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ Corte Superior de Justicia del Cusco Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial De Cusco EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01252-2017-3-1001 -JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: YOHANNA GALLEGOS PAUCAR. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado SANTIAGO PUMA YUCRA, a fin que concuna a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES CINCO DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso, vía enlace por video conferencia con la sala de video conferencias de la sede de La Convención - Quillabamba. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 1252-2017-3-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales K.M.R.S.Cusco 31 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ Corte Superior de Justicia del Cusco Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial De Cusco EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 01563-2017-47-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: YOHANNA GALLEGOS PAUCAR. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado SATURNINO HUALLPA MAMANI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES CINCO DE SETIEMBRE DEL 2017 A HORAS 03:30 DE LA TARDE (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 1563-2017-47-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones sub tipo lesiones graves seguidas de muerte, en agravio de Q.E.V.F Saturnino Huahuasoncco Hancco.Cusco 31 de Agosto del 2017. 04-05-06/09/2017 CPJ


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