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Cusco, lunes 5 de junio de 2017 AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO

En eI proceso civil N° 02529-2014-0-1001-JP-CI-03. Seguido por EDINSON DEMETRIO PEREZ MUÑOZ, contra ELVIRA CONDORI HUILLCA y NILO CACIANO PILLCO QUENA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. La Señora Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, DRA. ELENA VENGOA GARCIA, bajo la actuación de la Especialista Legal. DRA. MATILDE HALANOCA PUMA, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble: DESCRIPCION y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De aacuerdo al informe Pericial presentado en fecha 16/0612016, el Bien es un Inmueble NO INSCRITO. Ubicado un Asentamiento Humano, ubicado en la Séptima cuadra de la Prolongación Lucre Pata, signado con el Nº B-1. Distrito, Provincia y Departamento del Cusco, De propiedad de Elvira Condori Huillca con un área total de 214.34 m2. con un Perímetro de 62.11 ml. Con los linderos siguientes: POR EL FRENTE con la prolongación Lucre Pata en 9.85 ml POR LA DERECHA con el pasaje de uso común en 21.32 ml. POR LA IZQUIERDA con el lote B-2 de la prolongación Lucre Pata en 25.46 ml. POR EL FONDO: con el pasaje común en 10.44 ml. A AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Se tiene el «ACTA DE EMBARGO” - REALIZADO EL 30/06/2015. Declarándose consentida mediante Resolución 03. Esto por ser un Bien Inmueble NO INSCRITO. VALOR DE LA TASACION: La Valorización fue aprobada mediante Resolución Nº 16 del 30/09/2016, siendo el valor del bien la suma de S/. 377,636.66 (TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 66/100 SOLES). PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Publico son las dos terceras partes del valor de tasación, siendo el monto de S/. 251,757.77 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 77/100 SOLES). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevan a cabo en el local del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, sito en Urb. La Florida C-14 Pje. Kantus, distrito de Wanchaq, el día VIERNES 16 DE JUNIO DEL 2017, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984909086. A DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable), una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su Interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les devolverá el Integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los honorarios del Martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del adjudicatario. Cusco, 22 de Mayo del 2017, 6vces-29-30-31-v-y-01-02-05-vi-17 b/v 44202 SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por García Peñalva, Augusto contra Sucesión de Alberto García Peñalva constituido por Sonia Onton Paliza e hijos sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en el Expediente N° 00659-2013-0- 1001-JM-CI-01, ante el 1º JUZGADO MIXTO - SEDE WANCHAQ, a cargo de la Señora Juez Doctora Dueñas Zúñiga Basiliska y Especialista Legal Dra. Crisalta Salazar Yauta, ha autorizado al Martillero Público Joseph Chira Moreno con registro Nº 335, sacar a Remate Público lo siguiente: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el lote 12 de la manzana “A” del sector “A” de la Asociación Pro - Vivienda San Judas Chico Nº 03, del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco, el predio se encuentra inscrito en la Partida Nº 02015806 del Registro de Predios de la Zona Registral X Sede Cusco, Oficina Registral Cusco. VALOR DE TASACIÓN: US$ 44,584.21 dólares americanos (cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y cuatro con 21/100 dólares americanos) BASE DE REMATE: US$ 25,264.39 (veinticinco mil doscientos sesenta y cuatro con 39/100 dólares americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos un 15% por ser segunda convocatoria. AFECTACIONES: Hipoteca: a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A - CREDINKA SA hasta por la suma de US$ 60,000.00 dólares americanos. Fecha de inscripción 02 de octubre de 2009. FECHA Y HORA DEL REMATE: día martes 13 de junio de 2017 a horas 11:00 de la mañana. LUGAR DE REMATE: local del 1º JUZGADO MIXTO - SEDE WANCHAQ ubicado en Urbanización La Florida, C-4 pasaje Kantus, distrito de Wanchaq, Cusco. LOS POSTORES: Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre, presentarán la tasa judicial por derecho de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación Nº 7153, indicando Nº de Expediente, documento de identidad y Nº. Juzgado, y adjuntarán DNI en original y copia. EL ADJUDICATARIO: deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. LOS HONORARIOS: del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y se cancelara al finalizar la diligencia de remate de conformidad con la Ley del Martillero Público Nº 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS) y están afectos aI IGV. El remate será efectuado por Martillero Público - Abogado Joseph Chira Moreno con registro N° 335, celular 987765901. 3vces-01-02-05-vi-17 b/v 44229 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 00014-2017-0-1003-JM-CI-01, Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha el señor Juez Supernumerario Edwin Florencio Cruz Domínguez, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución N° 02 de fecha doce de mayo del año dos mil diecisiete - Auto admisorio de la demanda; VISTO ( ... ) I CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA interpuesta por ELEUTERIO CONDORI QUISPE,

sobre el cambio de su prenombre o nombre de pila y de su apellido materno, en su partida de nacimiento que obra inscrita en la Municipalidad Provincial de Acomayo, por la de ELOY CONDORI RIMACHI; en la vía del proceso ABREVIADO; con CITACION del Representante del Ministerio Público de esta provincia. REALIZAR la publicación del extracto de la presente resolución mediante edicto judicial por 03 días hábiles, en el Diario Judicial Del Cusco, a costa de la parte actora, debiendo alcanzarse al Juzgado las publicaciones correspondientes para ser anexadas al proceso; lo que se publica para los fines pertinentes de ley. Acomayo, 25 de mayo del año 2017 3VCES-01-02-05-VI-17 B/V 44235 EDICTO Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el proceso Nro. 1699-2017 sobre Convocatoria a Consejo de Familia y discernimiento de cargo de tutor instado por Alejandrina Quispe Vda de Báez, habiéndose ordenado la publicación de la solicitud a los involucrados: VICTOR TELLO VENERO, FLOR ANDINA BAEZ QUISPE y RUTH BAEZ QUISPE , siendo como sigue: Resolución Nro. 03 Cusco, once de Mayo del dos mil dieciséis.” ..... RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud presentada por ALEJANDRINA QUISPE VDA DE BAEZ sobre CONVOCATORIA A CONSEJO DE FAMILIA Y DISCERNIMIENTO DEL CARGO DE TUTOR, con citación de la representante del Ministerio Público y de : VICTOR TELLO VENERO, FLOR ANDINA BAEZ QUISPE y RUTH BAEZ QUISPE, a quienes se les deberá notificar con la demanda y auto precedente .. - Y conforme prevé el primer párrafo del Artículo 634 del Código Civil : EFECTUESE la publicación de la solicitud y los nombres de los involucrados mediante el Diario Judicial de esta ciudad, debiendo de concurrir el solicitante a la secretaria a fin de recabar el edicto respectivo .AL OTROSI.- Por ofrecidos los medios probatorios que se precisan reservándose su admisión y actuación en el etapa procesal correspondiente.- Agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados.- H.S. Cusco , 24 de Mayo del 2017 . 3VCES-02-05-06-VI-17 B/V 44242 EDICTO JUDICIAL (ABANDONO MORAL Y MATERIAL ) Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi que despacha el Juez Dr. Daniel Banda Laucata se viene tramitando el Exp. 308-2017-JM-FT-01 seguido por la Fiscalía Civil y Familia de Quispicanchi contra Ubaldina Huallpa Quispe y otro sobre Investigación Tutelar a favor de la menor Sulema Mendoza Huallpa, habiéndose dispuesto notificar mediante edictos el extracto del Auto de Apertura de Investigación Tutelar de fecha 09 de mayo del 2017 con el siguiente contenido: (...) por estos fundamentos, SE RESUELVE: Abrir INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO a favor de la menor Sulema Mendoza Huallpa (14 años), emplazando a Ciriaco Mendoza Mamani y Ubaldina Huallpa Quispe progenitores de la menor por tutelar. 2) DICTAR: Como MEDIDA TEMPORAL a favor de la menor Sulema Mendoza Huallpa (14 años) la entrega provisional a favor de sus progenitores Ciriaco Mendoza Mamani y Ubaldina Huallpa Quispe, quienes domicilian en la Parcialidad de Chacachimpa s/n del distrito de Ocongate, de la provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco. 3) SE DISPONE: La actuación de los siguientes medios de prueba: 3.1. LA DECLARACIÓN DE Ciríaco Mendoza Mamani y Ubaldina Huallpa Quispe; progenitores de la menor Sulema Mendoza Huallpa, debiendo presentarse debidamente identificados al local del juzgado en la fecha y hora indicada bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza ordenándose su captura a nivel nacional, debiendo de notificárseles en su domicilio real consignado en la demanda. 3.2. RECIBIR LA MANIFESTACIÓN de la menor tutelada Sulema Mendoza Huallpa ( 14 años), debiendo ser conducida al local del juzgado por su tía Luisa Mendoza Mamani a quien deberá notificársele con la presente resolución en su domicilio ubicado en APV Picol Orccopmpugio F-14 del distrito de San Jerónimo, departamento de Cusco, habilítese día y hora para la diligencia de declaración de la menor por no ser habida.- 3.3. PRACTÍQUESE: pericia médica y psicológica en la menor por tutelar Sulema Mendoza Huallpa, la que estará a cargo del Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3.4. SE PRACTIQUE examen psicológico o psiquiátrico en los progenitores de la menor por tutelar Ciríaco Mendoza Mamani y Ubaldina Huallpa Quispe. 3.5. SE PUBLIQUE vía edictos un extracto de la presente resolución a fin de que alguna persona interesada concurra al Despacho Judicial. 3.4. SE SOLICITE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encuentra viviendo (...).LUIS JOEL PEÑA MENDOZA SECRETARIO JUDICIAL 02-05-06/06/2017 Of. Nº 308-2017 EDICTO JUDICIAL (ABANDONO MORAL Y MATERIAL) Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi que despacha el Juez Dr. Daniel Banda Laucata se viene tramitando el Exp. N° 290-2017-JM-FT-01 seguido por la Fiscalía Civil y Familia de Quispicanchi contra Edmundo Machaca Yapura y otra sobre Investigación Tutelar a favor de la adolescente Melani Machaca Huamana, habiéndose dispuesto notificar mediante edictos el extracto del Auto de Apertura de Investigación Tutelar de fecha 02 de mayo del 2017 con el siguiente contenido: (...) por estos fundamentos, SE RESUELVE: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material en la vía especial a favor de la menor MELANI MACHACA HUAMÁN de 14 años de edad contra sus progenitores Edmundo Machaca Yapura y Teresa Victoria Huamán Ccopa, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE la declaración de los progenitores de la menor por tutelar.- 2) Se PRACTIQUE examen psicológico o psiquiátrico en los progenitores de la menor por tutelar- 3) PRACTIQUESE en la menor Melani Machaca Huamán Evaluación Médica y psicológica por el Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 4) SOLICITESE Informe del equipo Multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor, debiendo realizar visita al domicilio donde se encuentra viviendo - 5) PUBLIQUESE mediante edictos la presente Investigación a fin de que alguna persona Interesada concurra a despacho.- 6) Gírense los oficios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias- 7) SE PRACTIQUE en la menor Melani Machaca Huamán evaluación médica y psicológica por el Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. Cumplido sea remítase los actuados para Vista Fiscal.- AL OTROSI DIGO.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que Indica - AL MAS DIGO.- Estese a lo dispuesto precedentemente.- AL SEGUNDO MAS DIGO.- Díctese como medida de protección la entrega provisional de la menor por tutelar


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Cusco, lunes 5 de junio de 2017 a favor de su progenitora Teresa Victoria Huamán Ccopa, hasta un pronunciamiento sobre el fondo en el presente proceso (...).LUIS JOEL PEÑA MENDOZA SECRETARIO JUDICIAL 02-05-06/06/2017 Of. Nº 350-2017 EDICTO JUDICIAL ( ABANDONO MORAL Y MATERIAL) Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi que despacha el Juez Dr. Daniel Banda Laucata se viene tramitando el Exp. N° 238-2017-JM-FT-01 seguido por la Fiscalía Civil y Familia de Quispicanchi contra Ines Mamani Cruz y otros sobre Investigación Tutelar a favor de los menores Paty Quispe Mamani y Abel Alexander Ccoyoyi Mamani, habiéndose dispuesto notificar mediante edictos el extracto del Auto de Apertura de Investigación Tutelar de fecha 02 de mayo del 2017 con el siguiente contenido: (...) por estos fundamentos, SE RESUELVE: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material en la vía especial a favor los menores PATY QUISPE MAMANI (08 AÑOS) y ABEL ALEXANDER CCOYORI MAMANI (03 AÑOS), contra sus progenitores INÉS MAMANI CRUZ; SIMÓN CCOYORI CCANA y GUILLERMO QUISPE VALER, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE la declaración de los progenitores de los menores por tutelar. 2) PRACTÍQUESE examen psicológico o psiquiátrico en los progenitores de los menores por tutelar, a cuyo efecto gírese oficio al Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de los menores, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encuentra viviendo- 4) Se practique evaluación psicosomática en los menores por tutelar Abel Alexander Ccoyori Mamani y Paty Quispe Mamani en el Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 5) PUBLÍQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho. 6) Gírense los oficios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. AL OTROSI DIGO.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica.- AL MAS DIGO.- Díctese como medida de protección la entrega provisional de los menores por tutelar a favor de su progenitora Inés Mamani Cruz, hasta un pronunciamiento sobre el fondo en el presente proceso.- (...).LUIS JOEL PEÑA MENDOZA SECRETARIO JUDICIAL 02-05-06/06/2017 Poder Judicial Of. Nº 347-2017 CONVOCATORIA El Gerente General de la empresa IBERSA INGENIEROS S.A. con RUC 20564135373, convoca a la junta general extraordinaria de accionistas para el día 16 de junio de 2017 a las 18:00 horas primera convocatoria y el día 17 de junio de 2017 a las 18:00 horas segunda convocatoria, lugar Calle San Isidro N°105 PP.JJ. Libertad, distrito y provincia de Espinar, para tratar la siguiente agenda: Reducción de capital por devolución de capital Modificación de estatuto Otros. Espinar, 20 de Mayo de 2017 BLANCA SOLEDAD BERNA ARAGÓN GERENTE GENERAL 22-29/05 05/06/2017 F/.27708 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°460 DE ESTA CIUDAD VICTOR AMERICO BARRETO VALENZUELA y UBALDINA SERRANO GUILLEN, SOLICITAN AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN APQUISITIVA DE DOMINIO, DEL PREDIO URBANO UBICADO EN “EL PUEBLO JOVEN AMADEO REPETO MANZANA C LOTE N° 8a, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN AREA DE 168.50 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 53.13 ML. INMUEBLE QUE CUENTA CON INSCRIPCIÓN REGISTRAL EN LA PARTIDA N° 02027678 DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO (SUNARP); TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N° 78-2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO, 17 DE MARZO DE 2017. 3VCES-30-V-Y-05-09-VI-17 B/V 44215 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CONFORME LA LEY 27157, SU REGLAMENTO Y AMPLIATORIAS, COMUNICO QUE DOÑA PAULINA SUMA HUAMAN, SOLICITA LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A SU FAVOR, DEL INMUEBLE SIGNADO CON EL NUMERO 04, DE LA AVENIDA LOS JARDINES- CCAYTUPAMPA - USPACCOTO DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE CALCA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. EL PREDIO OBJETO DE PRESCRIPCION TIENE UN AREA DE: QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (545.63 M2) , UN PERIMETRO DE 107.30ML. Y LOS SIGUIENTES LÍMITES Y COLINDANCIAS: POR EL FRENTE, EN LINEA RECTA CON LA AVENIDA LOS JARDINES CON 15.00 ML, POR EL FONDO EN LINEA RECTA CON LA PROPIEDAD DE LA FAMILIA CALVO FRANCO CON 17.21ML. POR LA IZQUIERDA CON LA FRACCIÓN 03 PROPIEDAD DE MARIA SUMA HUAMAN CON 42.55ML. Y POR LA DERECHA EN LINEA RECTA CON LA FRACCIÓN 5 DE ESTEBAN SUMA HUAMAN CON 32.54ML. LO QUE HAGO SABER PARA LOS EFECTOS DE LEY. CALCA, 29 DE MAYO DEL 2017. MERY A. SANCHEZ G. ABOGADA NOTARIA DE LA PROVINCIA DE CALCA. CALLE CORDOVA 146- CALCA.MERY ALINDA SANCHEZ GAMARRA ABOGADA NOTARIA 30/05 05-09/06/2017

B/.32420 EDICTO DE NOTIFICACIÓN En el Proceso N° 02-2016-CI tramitado ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el Señor Magistrado Dr. Gilberto E. Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granilla Cora, se ha emitido la siguiente: Resolución N° 02, Paucartambo, 20 de Abril del 2016.- (. .. ) se RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso de SUMARISIMO la demanda interpuesta por JULIETA VALENCIA HILARES, sobre OBLIGACION DE HACER consistente en OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA DE COMPRA VENTA contra la EMPRESA AGRO INDUSTRIAS BIXA SOCIEDAD ANÓNIMA - BIXASA-, representado por su gerente general Luis Antonio Pinedo Rozas; en consecuencia, córrase traslado a la demanda Empresa Agro Industrias Bixa Sociedad Anónima - BIXASA-, representado por su gerente general Luis Antonio Pineda Rozas, por el plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de declararse rebelde. ( ... ). H.S.3VCES-30-V-Y-05-09-VI-17 B/V 44210 EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA. - Por ante el Primer juzgado de Paz Letrado de Cusco, Que, despacha la Señora juez Dra.: GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria judicial Catalina Salazar Miranda, los Señores: VALENTINA HUAYLLANI DE PUMALLOCLLA, ROMULO PUMALLOCLLA HUAYLLANI y RUBEN PUMALLOCLLA HUAYLLANI. vienen solicitando la SUCESION INTESTADA de la QVF su cónyuge de la primera de las nombradas y padre de los demás nombrados Manuel Pumalloclla Quispe, fallecido el 23 de Setiembre de año 1980, publicación que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al Proceso Civil Nro. 01137-2017-0-1001-JP-CI-01 a ejercer su derecho. Cusco, 23 de Mayo del 2017.ALFREDO TORRES HUARCAYA ABOGADO 05/06/2017 B/.32449 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI OFICINA NOTARIAL EN LA AV. SAN MARTIN N° 826 DEL DISTRITO DE MARANGANI: SE HAN PRESENTADO ANGEL TINTA LIMPI, HIGIDIO AUGUSTO TINTA LIMPE, VILMA LUCRECIA TINTA LIMPI Y MARUJA TINTA LIMPI, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN DE DOMINGO DEL INMUEBLE URBANO SIGNADO COMO EL LOTE N° 06 DE LA MANZANA E DEL CENTRO POBLADO DE SICUANI, UBICADA ENTRE LA ESQUINA CONFORMADA POR EL JR. UCAYALI Y EL JR. ATAHUALLPA DEL DISTRITO DE SICUANIN, PROVINCIA DE CANCHIS Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 222.24 M2 Y PERÍMETRO DE 59.22 ML, CON LOS COLINDANTES Y MEDIDAS PERIMETRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE (ESTE): COLINDA CON JR. ATAHUALLAPA EN LÍNEA QUEBRADA EN 02 TRAMOS, CON UNA LONGITUD DE: 3.35+13.65 = 17.00 ML. ENTRANDO POR LA DERECHA (NORTE): COLINDA CON EL LOTE N° 05, EN LÍNEA RECTA, CON UNA LONGITUD DE: 13.69 ML. ENTRANDO POR LA IZQUIERDA (SUR): COLINDA CON EL JR. UCAYALI, EN LÍNEA RECTA, CON UNA LONGITUD DE: 11.11 ML. POR EL FONDO (OESTE): COLINDA CON EL LOTE N° 07, EN LÍNEA RECTA, CON UNA LONGITUD DE: 17.42 ML. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. MARANGANI, 25 DE MAYO DEL 2017. MARCO IVAN VENERO TAPIA ABOGADO NOTARIO 05-09-15/06/2017 B/.32451 CLASE ANDINA SAC Ponemos en conocimiento a los trabajadores y ex trabajadores de CLASE ANDINA SAC, que desde el día 31 de mayo del presente están a su disposición los cheques correspondientes al pago de utilidades de la empresa referente al ejercicio año 2016. Por tanto agradecemos apersonarse a AV. HERMANOS AYAR MZA. 1 LOTE. 3Y4 RES. RESIDENCIAL (CERCADO, AGUAS CALIENTES) CUSCO URUBAMBA MACHUPICCHU o PJ. ESMERALDA NRO. 99 (ALTURA DEL PUENTE GRAU) cusca - cusca - SANTIAGO. con su respectivo documento de identidad. RRHH Muchas Gracias . 05/06/2017 AVISO PARA EL DIARIO DEL CUSCO SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, ubicado en el Jr. Bolívar Nro. 741 del distrito y provincia de Calca, departamento de Cusca, se presentó la Sra. NORA HILBERTO ARROSQUIPA, Peruana, mayor de edad, identificada con DNI Nro. 23949076, Ama de casa, casada, con domicilio en la Alameda Norte SIN del distrito y provincia de Calca, departamentode Cusca; solicitando la sucesión intestada de su padre Q.E.V.F. JERONIMO HILBERTO FRISANCHO, fallecido el 05 de diciembre del 2006, señalando como último domicilio del causante, el inmueble ubicado en el Sector Pisonayniyoc del distrito y provincia de Calca, departamento de Cusca; lo que hago de conocimiento público, para los fines de ley. Calca, 26 de Mayo del 2,0·17 WILLIAM L. ZARAVIA PALOMINO NOTARIO DE CALCA 05/06/2017 B/.32459 EDICTO JUDICIAL (DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO) Por ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi se viene tramitando el expediente número 0020-2016-CI seguido por Juana Quispe Huaman, habiéndose dispuesto la notificación de la resolución N° 02 del 01 de septiembre del 2016 con el siguiente tenor: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Juana Quispe Huaman sobre RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO contra la sucesión de Miguel Baez Quispe; entre ellos JUAN BAEZ QUISPE; TEOFILO BAEZ QUISPE; DOLORES BAEZ QUISPE en la vía del proceso de CONOCIMIENTO. debiendo correrse traslado de la demanda a los demandados, por el término de ley, en consecuencia, dispóngase la notificación mediante edictos bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal a la sucesión procesal, y declarárseles


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Cusco, lunes 5 de junio de 2017

rebeldes respectivamente. Notifíquese mediante edictos a la sucesión procesal demandada por el término de ley, debiendo publicarse en el Diario Judicial de la ciudad de Cusco, conforme a Ley. Sin perjuicio de ello notifíquese con la demanda a JUAN BAEZ QUISPE; TEOFILO BAEZ QUISPE; DOLORES BAEZ QUISPE. A los medios probatorios: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican.- AL OTROSI: Agréguese a sus antecedentes los anexos que se adjuntan. Urcos, 21 de marzo del 2017 2vces-05-06-III-17 B/V 43348

trado como CARMEN ELIZABERTH LOVERA CASTILLA. Siendo el nombre correcto de la titular del Acta CARMEN ELIZABETH LOVERA CASTILLA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 25 de mayo del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-05-VI-17 B/V 44262

EDICTO JUDICIAL

EDICTO

En Cusco, 31 de mayo de 2017, la señora Juez del Quinto Juzgado Civil del Cusco, Dra. Marianella Cárdenas Villanueva; ha dispuesto se notifique por edictos en el Proceso No.895-2017-0-1001-JR-CI-03, seguido por Juana Cutipa Quico, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en la forma siguiente: Resolución No. 04.- Cusco, 26 de mayo de 2017.-”( ... )SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUANA CUTIPA QUICO, sobre CAMBIO DE NOMBRE, debiendo tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS, debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como en la tablilla del juzgado (...)Por ofrecidos los medios probatorios los que serán admitidos y actuados en la etapa procesal correspondiente.( ...) 1V-05-VI-17 B/V 44256

En el Proceso Civil Nro. 01535-2015-0-1001-JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que Despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, mediante resolución de fecha dieciséis de noviembre del dos mil dieciséis, se resuelve: Admitir a trámite la demanda interpuesta por ABDON ARAHUALLPA SAPA contra VIGILANTE COMUNICACIONES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA debidamente representado por su Gerente General César Javier Ramírez Escobar sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio de Vehículo de placa de Rodaje N° AZ 8368, Categoría Automóvil, Carrocería: Sedan, marca Daewoo, N° de Serie: KLY311BDC220531, DE COLOR Banco Casablanca, Motor N° F8C261859, CAPACIDAD CUATRO PASAJEROS, LLANTAS 04, COMBUSTION: Gasolina, Asientos: 05, debiendo tramitarse en la Vía del proceso Abreviado .... - Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506° del Código Procesal Civil.- SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.Cusco, 21 de Abril del 2017.3VCES-05-09-15-VI-17 B/V 44263

EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Acomayo, que despacha la Sra. Juez Dra. Kelyn Haydee Tapia Llerena, y bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Richard Huaman Baca; se viene tramitando el Proceso Judicial Nº 00027-2016-0-1003-JP-CI-01, sobre Sucesión Intestada; en la cual se ha resuelto: ADMITIR a trámite la demanda en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, interpuesta por SIOBHAN ELISA SOLIS OCHOA sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su padre TEUDULO ALFREDO SOLIS RADO fallecido en la ciudad de Cusco teniendo su ultimo domicilio en la localidad de Acomayo Quinta Cabrera s/n, el día cinco de mayo del dos milocha, sin haber otorgado testamento alguno a favor de la recurrente y sus hermanos; en tal virtud, notifíquese al representante del Ministerio Público de turno, a la Beneficencia Pública de la ciudad de Cusco, Remítase los partes respectivos a la Zona Registral Número X -Cusco- sede Canchis.- Practíquese las publicaciones en el diario judicial Del Cusco y el Diario el Peruano.Por ofrecidos los medios probatorios que indica, los que se valorarán en su oportunidad procesal.- Agréguese a sus antecedentes los anexos presentados. Hágase Saber. Sigue media firma de la Sra. Magistrada. Secretario Judicial Abg. Richard Huaman Baca. Acomayo, 30 de mayo del 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44258 SUCESIÓN INTESTADA. ANTE MI, MERCEDES SALAZAR PUENTE DE LA VEGA, ABOGADA NOTARIA, CON OFICINA NOTARIAL EN AVENIDA HUAYNA CCAPAC NRO. 113-A WANCHAQ-CUSCO; CARMEN YOLANDA VALDEIGLESIAS DIAZ, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE, SEÑORA ROSA AMELIA DIAZ VDA. DE CARDENAS FALLECIDA EN EL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, EL 07 DE ENERO DEL 2011 SE PUBLICA PARA QUE QUIENES TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA. ESTABLECIDA POR LEY. CUSCO, PRIMERO DEL DOS MIL DIECISIETE. MERCEDES SALAZAR PUENTE DE LA VEGA ABOGADA NOTARIA 1V-05-VI-17 B/V 44259

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de La Quebrada - Yanatile, que despacha la señora Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación del secretario judicial Israel Villafuerte Anaya, se tramita el proceso civil Nro. 00014-2017-0-1 019-JP-CI-01, seguido por JUSTA QUISPE SANAC en representación de su menor hija Paty Zuloaga Quispe sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en los siguientes extremos: 1.- En el rubro “DATOS DEL PADRE” se consignó en lo referente al PRENOMBRE DEL PADRE “BENITO”, siendo lo correcto “FRAN”. 2.- En el rubro “DOCUMENTO DE IDENTIDAD” referente al Documento Nacional de Identidad de su señor padre se ha omitido consignar, debe consignarse los siguiente” 48876631”. Lo que se publica para los fines de Ley. Quebrada, 01 de junio del 2017. 1V-05-VI-17 B/v 44265 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Urubamba que despacha la Dra. Yesika Medrano Ochoa y bajo la actuación del Especialista Legal Wilfredo Solaligue Obregón, la persona de GUILLERMO CCAHUA QUISPE viene siguiendo el Proceso Civil 0752017 sobre Rectificación de Partida de Matrimonio quien manifiesta: que se rectifique los datos de la fenecida contrayente en la parte marginal de la partida de matrimonio: de Susana Llacta Alvarez por el de Susana Castillo Alvarez, lo que corresponde al dato del padre de la finada contrayente, dice: hija de Luis Llacta, debe decir Julio Castillo Cusi y lo que corresponde al dato de la madre dice Magdalena Alvarez, debe decir: Magdalena Alvarez Ayma Se publica para los fines de ley. Urubamba junio 2017. 1V-05-VI-17 B/v 44266 EDICTO NOTARIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Calca despachado por el Dr. WILBER ABARCA QUISPE y bajo la actuación del Especialista Legal Dr. A. EDWIN CUENTAS CHACON, se viene tramitando la causa civil No. 53-20157 seguida por EDUARDO CHAVEZ DIAZ sobre Sucesión Intestada del que en vida fue su esposa GRACIELA VERA MUÑIZ, fallecido en Lamay - Calca el 14 DE MARZO DEL 2017, solicitando se sirva declarar como herederos Únicos y Universales al solicitante en su condición es cónyuge supérstite y MILAGROS ROXANA CHAVEZ VERA (hija), lo que se publica para fines consiguientes. Calca, 29 de mayo del 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44260

EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE UNION S/N (HOY Nº 112) DENOMINADO “HUACHULLAYPATA”, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, PETICIONADA POR EL SEÑOR: ORESTE ZARATE MORALES, SE EMPLAZA A LOS TITULARES REGISTRALES: LUCRECIA MAYTA DE SALCEDO y MIGUEL SALCEDO AMANTH; A LOS PROPIETARIOS ANTERIORES: CORNELIO VELASQUEZ HUALLPA y MARIA CENTENO PAUCAR VDA. DE VELASQUEZ; ASÍ COMO A LOS PROPIETARIOS DE LOS INMUEBLES COLINDANTES: HERMANOS TUPA CALDERON; HIPÓLITO RAMOS; LUCIA MORA y GUILLERMINA CONDORI VDA. DE GUZMÁN, PARA LOS FINES DE LEY. - CUSCO, DIECINUEVE DE MAYO DEL 2017. - NÉSTOR AVENDAÑO G.- NOTARIO-ABOGADO.3VCES-05-09-15-VI-17 B/V 44267

EDICTOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL

En el 3° JUZGADO FAMILIA DE Cusco que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se tramita el proceso 1884-2017 -FC-03 sobre declaración de unión de hecho en el que se ha dispuesto la notificación por edictos de los demás herederos con Resolución dos de fecha 3-05-2017 que ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda de DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, interpuesta por GABRIELA MODESTA LOPEZ TARQUI contra LA SUCESION de quien en vida fue RODOLFO DONATO POMA VILCAHUAMAN constituida por NICOLAS ANTONIO POMA VILCAHUMAN y al no existir sucesión intestada contra LOS DEMAS HEREDEROS ( notifíquese por edictos) en consecuencia córrase traslado de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de continuar el proceso en su rebeldía. Tramita Joselin Pezo. Cusco,31 de mayo del 2017 1V-05-VI-17 B/V 44261

Ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha la Señorita Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación del Especialista Judicial Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el proceso no contencioso número 01392-2017-0-1 001-JPCI-04, en el que se ha emitido la resolución N° 01 de fecha 22 de mayo del 2017 que resuelve ADMITIR A TRAMITE la solicitud formulada por LUZ MAGDALENA CONCHA BLANCO sobre INSCRIPCION SUPLETORIA DE PARTIDA DE DEFUNCION de quien en vida fue su progenitor JUAN CRISOSTOMO CONCHA YABAR. Lo que se publica para fines de ley. Cusco, 22 de mayo del 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44271

AVISO JUDICIAL

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 19 de mayo del 2017, el recurrente MARIO SAMANEZ YAÑEZ, cónyuge de la que en vida fue la titular del Acta de defunción N° 1594606, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la titular, habiéndose regis-

EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 00861-2017-0- 1001-JP-CI-01, seguido por ADRIEL EDMUNDO ZAPATA HUALLPA, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Nacimiento, se ha omitido en consignar el apellido materno de sus progenitores, consignado erróneamente como “MARIANO SEBASTIAN ZAPATA” y “ROSA HUALLPA”, siendo lo correcto “MARIANO SEBASTIAN ZAPATA RI-


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Cusco, lunes 5 de junio de 2017 MACHI” y “ROSA HUALLPA BACA”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 11 de Mayo del 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44272 EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 01048-2017-0- 1 001-JP-Cl-01, seguido por JESUS MOISES ZAPATA HUALLPA, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Nacimiento, se ha omitido en consignar el apellido materno de sus progenitores, consignado erróneamente como “MARIANO SEBASTIAN ZAPATA” y “ROSA HUALLPA”, siendo lo correcto “MARIANO SEBASTIAN ZAPATA RIMACHI” y “ROSA HUALLPA BACA”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 09 de Mayo del 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44272 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 01047-2017, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por TERESA HAYDEE ZAPATA HUALLPA, a fin de que se rectifique los errores materiales en que se ha incurrido al momento de inscribir su partida de nacimiento, ante el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: 1) En el rubro del nombre de su progenitor, se ha omitido consignar su apellido materno “RIMACHI”, figurando como “MARIANO SEBASTIAN ZAPATA”, cuando lo correcto es: MARIANO SEBASTIAN ZAPATA RIMACHI; 2) En el rubro del nombre de su progenitora, se ha omitido consignar su apellido materno “BACA”, figurando como “ROSA HUALLPA”, cuando lo correcto es: ROSA HUALLPA BACA. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 18 de mayo de 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44272 EDICTO JUDICIAL Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David América Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00884-2017-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por ANTONIO QUISPE MERCADO y CONSTANTINA TRONCOSO DE QUISPE en contra de LISBETH DALIA TUPAYACHI GARRIDO, MILUSKA TUPAYACHI GARRIDO, SUCESION DE Q.E.V.F. GABINO SEGOVIA QUISPE, MARGARITA CONDO TURPO y CARMEN QUIN CCORIMANYA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; disponiéndose la notificación a los colindantes LISBETH DALIA TUPAYACHI GARRIDO, MILUSKA TUPAYACHI GARRIDO, BLANCA SOLEDAD CONCHA SEQUEIROS, ISABEL CONCHA SEQ.UEIROS, JUAN JULIO CONCHA SEQUEIROS, CESAR ALFONSO CONCHA SEQUEIROS, ZULEMA ANGELA CONCHA SEQUEIROS, LUIS REYNALDO AGUIRRE MENESES, JOSE CARLOS BUOB SOTOMAYOR, CORNELIO PALMA LOPEZ, SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DE CUSCO y MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO representado por el Alcalde del Cusco, con citación del PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución Nº 02.Cusco, once de Mayo de dos mil diecisiete.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda; en tal virtud, confiérase traslado a los demandados por el PLAZO DE DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes; y, respecto de la SUCESION DE Q.E.V.F. GABINO SEGOVIA QUISPE, córrase traslado a sus herederos legales por el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS HABILES conforme a los alcances del artículo 492 del Código Procesal Civil, con el fin de que se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, disponiéndose la notificación a los mismos mediante edictos por el Diario Judicial del Cusco y el Diario Oficial “El Peruano”.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos.- Estando a lo previsto por .el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese mediante edictos el extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, por intermedio el Diario Judicial del Cusco.- H.S.- Media firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 02 de junio de 2017. 3VCES-05-09-15-VI-17 B/V 44275 Edicto Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la señora Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil Nº 01772-2015-0-1001-JR-CI-01, seguido por Anacleto Esquivel Salinas, sobre Caducidad de testamento, contra la sucesión de QVF Ernestina Lucila Esquivel Tecsi; en el que se ha emitido la resolución Nº 11 de fecha 05- 05-2017; que dispone: “ Al Otrosí.- El recurrente solicita que se sanee el proceso, sin embargo se tiene de la revisión de éste que se demanda a la Sucesión de quien fue Ernestina Lucila Esquivel Tecsi, no habiendo precisado el demandante quienes conformarían dicha sucesión y tampoco se efectuado la publicación de dicha sucesión, por tanto y a efecto de evitar nulidades posteriores NOTIFIQUESE a la sucesión demandada a través de edictos, los que contendrán un estracto de la presente, del auto admisorio y la demanda, debiendo efectuarse las publicaciones por el término de tres días con intervalo de tres días, conforme a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley Nº 30293, publíquese estos edictos en el diario judicial del Cusco (El Diario), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público en tanto no se efectúe dichas publicaciones no nos encontramos en estado de saneamiento. H. S.”, Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. AUTO ADMISORIO: Resolución Nº 02 de fecha: 01-10-2015, que dispone: ADMITIR a trámite en la vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por ANACLETO ESQUIVEL SALINAS, en contra de: MARUJA CCOA TECSE. ROMULO ESQUIVEL TECSE. SUCESION DE LA QUE EN VIDA FUE DOÑA ERNESTINA LUCI-

LA ESQUIVEL TECSI. CON CITACION DEL ALBACEA EDGAR HUAMANTICA AMAU. Sobre CADUCIDAD DE TESTAMENTO. Por su mérito córrase traslado de la demanda a Los demandados con la finalidad de que dentro del plazo de 30 DIAS, cumplan con absolver la misma, bajo apercibimiento de ser declarada rebeldes.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos, reservándose su admisión y actuación para su oportunidad procesal correspondiente.- ANEXOS: A sus antecedentes. Hágase Saber.- Fdo. Juez Zamalloa Cornejo, Esp. Legal Mollocondo Vargas. Cusco, 02 de junio de 2017. 3vces-05-09-15-vi-17 b/v 44277 AVISO JUDICIAL En el Proceso Civil Nro. 01412-2017-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez doctora BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA , dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por MARLENI MARIZOL OVALLE HEREDIA, sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, por haberse omitido el nombre de su progenitor; siendo lo correcto FRANCISCO OVALLE HUAMAN, en los Registro Civil de la Municipalidad Provincial de la Convencion - Quillabamba - Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinente. Santiago, 01 de junio del 2017. 1v-05-vi-17 b/v 44278 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 01366-2017-0-1001-JP-CI-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la señora Juez Elena Vengoa Garcia; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 01 de fecha diecinueve de mayo del dos mil diecisiete.- Alto admisorio de la Demanda; VISTO ( ... ) Y, CONSIDERANDO (. .. ) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite In demanda interpuesta por RONILDA OVALLE HEREDIA, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. Debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Judicial de Cusco, por una sola vez ( ... ). H.S. Cusco, 01 de junio del año 2017. 1v-05-vi-17 b/v 44278 RECTIFICACION DE PARTIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 18º DE LA LEY DE COMPETENCIA NOTARIAL EN ASUNTOS NO CONTENCIOSOS, COMUNICO QUE ANTE MI DESPACHO SE PRESENTO DON CESAR ROBERTO SAMANEZ ARGUMEDO, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU FALLECIDO HERMANO DON JULIO ENRIQUE SAMANEZ ARGUMEDO, EN LA CUAL SE LA CONSIGNO ERRONEAMENTE CON EL NOMBRE DE SU SEÑORA MADRE COMO CARMEN ARGUMEDO, SIENDO LO CORRECTO CARMEN ARGUMEDO CARLIN. CUSCO,29 DE MAYO DEL 2017. ANTONIETA OCAMPO DELAHAZA NOTARIA DE CUSCO CNC. 027 1v-05-vi-17 b/v 44279 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 6556 -TD-2017 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON OSCAR CHAVEZ REYES D.N.I N° 42036265 ESTADO CIVIL Soltero NATURAL DE Tamburco -Abancay NACIONALIDAD Peruano PROFESION /OCUPACION: Tec. Laboratorio Clínico EDAD 33 años DOMICILIO Urb. Larapa Grande E-4-1A del Distrito San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco DOÑA SHINTIA DEIT SALCEDO RAMOS D.N.I N° 43125246 ESTADO CIVIL Soltera. NATURAL DE Cusco NACIONALIDAD Peruana PROFESION /OCUPACION: Policía Nacional del Perú EDAD 31 años DOMICILIO Urb. Larapa Grande E-4-1A del Distrito San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco Quienes contraerán Matrimonio Civil el 17 de Junio del 2017. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de esta Municipalidad. San Jerónimo, 02 de Junio del 2017 RAUL QUISPE CHURA JEFE DE REGISTRO CIVIL 1V-05-VI-17 B/V 44281 AVISO JUDICIAL En el Proceso Civil Nro. 00522-2017-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez doctora BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por NORMA VARGAS ALCCAHUA, sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, por haberse consignado erróneamente en la fecha de su nacimiento como 12 octubre 1994; siendo lo correcto el 12 de octubre del año 1997 , en los Registro Civil de la· Municipalidad Distrital de Challhuahuacho - Cotabambas - Apurímac. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinente. Santiago, 01 de junio del 2017. 1V-05-VI-17 B/V 44280


6 EDICTO PENAL 2o JUZGADO UNIPERSONAL - SEDE CENTRAL Expediente N° 01301 -2014-83-2301 -JR-PE-02 REQUERIMIENTO ACUSACIÓN FISCAL ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: CECILIA PÉREZ CIPRIANO En el proceso N° 01301-2014-83-2301-JR-PE-02, seguido contra FREDY ROQUE QUISPE, por el delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO en agravio del ESTADO - RENIEC, el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a FREDY ROQUE QUISPE, con la resolución numero 05 de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil diecisiete, mediante la cual SE DISPONE: 1. REPROGRAMAR la fecha para llevarse a cabo la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día DOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ DE LA MAÑANA, la que se llevará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Unipersonal de Tacna; manteniendo los mismos apercibimiento, señalados en autos para cada uno de las partes involucradas en el presente proceso. 2.- Se Notifique por EDICTO al acusado, cuyas publicaciones deberán ser en el Diario la República sede Tacna y Diario de Cuzco. FIRMADO DAVID PEDRO FRANCO APAZA - JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA (interviene por licencia del titular).- FIRMADO CECILIA PÉREZ CIPRIANO. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 24 de Mayo del 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NUMERO 00090-2017-0-2108-JR-PE-01, EL JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE MELGAR - AYAVIRI - DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, DOCTOR ADOLFO EDGAR PERALTA CORNELIO, HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTO AL ACUSADO JUAN ELEUTERIO SOTO MOJO Y A LA AGRAVIADA DE INICIALES K.L.S.C., REPRESENTADO POR SU MADRE FRANCISCA CARRASCO ROCA “CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO (...) ESTANDO AL REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO REMITIDA POR EL FISCAL PROVINCIAL DE LA SEGUNDA FISCALÍA PENAL DE MELGAR - AYAVIRI. MEDIANTE EL CUAL SE DISPONE PROGRAMAR LA AUDIENCIA ESPECIAL DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOS DE LA TARDE. LA MISMA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL UBICADO EN EL SEGUNDO PISO DEL JR. TACNA N9 205 DE LA CIUDAD DE AYAVIRI, CON LA PRESENCIA OBLIGATORIA DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LA DEFENSA TÉCNICA DEL IMPUTADO. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. PROCESO SEGUIDO EN CONTRA DE JUAN ELEUTERIO SOTO MOJO, POR EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA EN AGRAVIO DE LA MENOR DE INICIALES K.L.S.C, representado por su madre FRANCISCA CARRASCO ROCA. Mery Yurico Valera Añamuro. Especialista Judicial de Juzgado. AYAVIRI, 25 DE MAYO DEL 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 3018-2016 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO. SECRETARIA: V.L. Boza B. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto Sub tipo Hurto simple en grado de Tentativa previsto en el artículo 185 del Código Penal, en agravio de CONSTANTINO CONZA HUMERES RESOLUCIÓN Na 06 Cusco, veinticinco de mayo del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: l.-DAR POR NO INSTALADA la presente audiencia. 2.-DECLARAR REO AUSENTE al acusado, HAROLD WILSON QUILLCA QUISPE, S.D.I., fecha de nacimiento 16 de abril de 1996, natural del distrito de Quillabamba, provincia La Convención, departamento de Cusco, de 19 años de edad, sexo Masculino, estado civil Soltero, grado de instrucción secundaria incompleta (4T0. de secundaria), hijo de Pepe Quilca Flores y Maritza Quispe Ortiz, con domicilio real en SECTOR TICA TICA S/N (REFER. FRENTE AL GRIFO SAN CRISTOBAL).3.- NÓMBRESE como su abogado al Defensor Público Dr. Cesar Augusto Mosqueira Honor Arredondo, a efecto que patrocine al acusado durante el juicio oral, una vez instalada la audiencia.4.-SE DISPONE en este acto, el archivamiento provisional del presente proceso, mientras sea habido el acusado y para su captura y conducción al Juzgado, a efecto de verificarse el juicio oral. 5.-SE ORDENA cursar el oficio correspondiente a la Policía Judicial del Cercado con sede en esta Corte Superior, a la Policía Nacional a nivel Departamental, a la Policía Nacional. Una vez habido el acusado, el Juzgado reprogramara la audiencia dentro del término establecido por ley. Cusco, 30 de Mayo del 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 1160-2017-73-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCÍAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincíal de Cusco, se cita y emplaza al procesado WILDO ROBINSON CASTRO NAVARRO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 11 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 09:00 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincíal de Cusco, sito en Av. El Sol

Cusco, lunes 5 de junio de 2017 S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01160-2017-73-1001-JR-PE-01, seguido en contra el referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito de tenencia ilegal de armas y municiones y por el delito de promoción favorecimíento y facilitación al consumo ¡legal de droga toxica en agravio del Estado Peruano.Cusco, 31 de mayo del 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR Edicto Familia Tutelar Proceso N° 4-2015-FT. Se notifica a JUAN PALOMINO CARRIÓN y VIRGINIA SUNA GUTIÉRREZ; Progenitores de la menor Rossy Rusdenia Palomino Sima de doce años de edad, con el extracto de la Rs. N° 09 de fecha 25 de julio del 2016. FALLO: 1. Declarar LA NO EXISTENCIA DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la menor Rossy Rusdenia PALOMINO SUNA de 14 años de edad. 2. DISPONIÉNDOSE: LA ENTREGA DEFINITIVA de la citada menor a su padre Juan PALOMINO CARRION, sin perjuicio de recibir Apoyo Psicológico los progenitores y la indicada menor, en el Centro de Salud más cercano a su domicilio, para lo cual se cursaran los oficios correspondientes .3. CONSENTIDA y ejecutoriada que sea la presente sentencia, ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE lo actuado en el lugar y forma correspondiente. HÁGASE SABER. Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. Firma.01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL lUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE- NOTIFICA al Reo Ausente OLGA CORALES ARIAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso Penal N2 41-2010, seguido contra la referida acusada, por la presunta comisión del delito Contra La Fe Pública, en su modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado Peruano.- Firma Sr. Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Equipo. 3v. Echarate, 25 de mayo de 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO DE ABANDONO DE MENOR Ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha el señor Juez Supernumerario Edwin Florencio Cruz Domínguez, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis E. Alvarez Cáceres, se viene tramitando el Proceso Tutelar N° 00080-2017-0-1003-JM-FT-0L, seguido a favor de la menor JAZMINA ALONDRA COLLANTES VALDEZ, de 14 años de edad, sobre Abandono Moral y Material, para efecto legales pertinentes se ha dispuesto la notificación de los padres biológicos de la menor, don Pablo Collantes Pumahuillca y doña Violenta Valdez Olabarrera, y a la familia extensa o una familia no consanguínea puedan brindar Acogimiento Familiar a la menor tutelada; es lo que se pública para los fines pertinentes de ley.Acomayo, 16 de mayo del 2017. h 01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: ROÑAL AMILCAR QUISPE ANGUL La señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Yossy Álvarez Tito, en el proceso Nro. 1763-2017-0-1001-JR-PE-02, seguido contra ROÑAL AMILCAR QUISPE ÁNGULO, por el delito contra La Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio del MENOR DE INICIALES R.E.Q.H. representado por su progenitura SOLEDAD CRUZ HUAMAN, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Casaverde se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 26/05/2017 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Representante del Ministerio Publico, formula PROCESO INMEDIATO contra ROÑAL AMILCAR QUISPE ÁNGULO, por el delito contra La Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, Sub Tipo INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio del MENOR DE INICIALES R.E.Q.H. representado por su progenitura SOLEDAD CRUZ HUAMAN, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN Nro. 02 Cusco, veintiséis de mayo Del dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.- Se registra en el sistema de audio.PARTE RESOLUTIVA.- Se transcribe.1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por la falta de notificación al domicilio real del imputado. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el próximo TRECE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, diligencia que tendrá lugar en LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL PALACIO DE JUSTICIA, quedando válidamente notificada la señora fiscal, la defensa de la parte agraviada, así como la defensa pública a cargo de la defensa del imputado. 3. CUMPLA la especialista de causa con generar la notificación vía edictos al imputado ROÑAL AMILCAR QUISPE ÁNGULO, dado la imposibilidad de una debida notificación al domicilio del mismo dado de que se desconoce del inmueble y del paradero actual de acusado, debiendo realizar las diligencias a fin de que se garantice que la audiencia se efectúe bajo responsabilidad de la especialista a cargo de proceso. 4. DÉJESE subsistentes todos los apremios decretados en la resolución Nro. 01, que cita a las partes para la audiencia de proceso inmediato, precisando que la


Cusco, lunes 5 de junio de 2017 misma tiene el carácter de INAPLAZABLE. H.S. FISCAL: Conforme DEFENSA DE LA PARTE AGRAVIADA: Conforme DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, treinta de Mayo del 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ EDICTO PENAL A CÉSAR OCHOA UBALDE, JHON ACCOSTUPA ATAUSINCHE Y PABLO CONDORI RAMOS. El Señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco DR. GUIDO CASTILLO LIRA ha dispuesto se notifique a los imputados CÉSAR OCHOA UBALDE, JHON ACCOSTUPA ATAUSINCHE Y PABLO CONDORI RAMOS/ en el proceso Nro. 380-20.L6-93-1001-JR-PE-03 seguido por el delito de OMISIÓN DE AUXILIO O AVISO A LA AUTORIDAD en agravio de los Herederos Legales de Juan Carlos Tacusi Huaman y Edson Pereyra Yauri, bajo la actuación de la Especialista Judicial ABOG. ELEN A. GONZALES CASAS, ha dispuesto notificar a los referidos imputados con el tenor de la Resolución N° 5 emitida en audiencia cuyo tenor es el que sigue: Resolución N° 5 Cusco, veintinueve de Mayo Del Dos Mil Diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, por falta de notificación a los imputados. 2. NOTIFIQUESE POR EDICTOS JUDICIALES A LOS IMPUTADOS CESAR OCHOA UBALDE, JHON ACCOSTUPA ATAUSINCHE Y PABLO CONDORI RAMOS, con extracto de la resolución N° 01 que da cuenta de la recepción de la acusación, los derechos que le asisten y la nueva fecha para la audiencia de control de acusación, debiendo dichos acusados señalar abogado de libre elección en el plazo de 24 horas, si perjuicio de ello, gírese oficio a la Coordinación de Defensa Publica del Cusco, a efecto de que designen abogado defensor público distintos a los concurrentes, para ejercer el derecho de defensa de los imputados Cesar Ochoa Ubalde, Jhon Accostupa Atausinche Y Pablo Condori Ramos. 3. SE REPROGRAMA nueve fecha para el día OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA a llevarse a cabo en la Novena Sala de audiencias del Modulo Penal, quedando notificado los presentes. Así como con el tenor de la Resolución N°° cuyo tenor es el siguiente: Resolución Nro. 01 Cusco, dieciocho de abril del año dos mil diecisiete.Dado Cuenta: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perenpor el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita con abogado puedan de considerarlo contradecir la acusación. Estando al requerimiento judicial se precisa que de conformidad con el artículo 85 del Código Procesal Penal la audiencia es inaplazable vale decir no puede posponerse o reprogramarse, repárese que el mencionado artículo señala que si el abogado defensor particular no concurre a la diligencia de control de acusación, será reemplazo por otro que, en ese acto, designe el procesado si asiste a la audiencia o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia. 2. SE PRECISA que en virtud del Artículo 85.1 la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho Abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado, cursándose el oficio respectivo. 4. Notífíquese la presente resolución además de abogado particular a la parte imputada en su domicilio real a fin cié que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado particular no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del estado lo defienda en el proceso; abogado del estado con quien se desarrollara la audiencia de control de acusación y a quien se le notificara las actuaciones procesales ulteriores.Es cuanto se pone en su conocimiento para los fines consiguientes.Cusco, 2017 Mayo 30. 01-02-05/06/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: REPRESENTANTE DE DELTA PLUS PERÚ SAC. Sr. Guillaume Rubio. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 524-2017-0-1001-JP-CI-02 seguido por Delta Plus Perú SAC en contra de Logística y Construcción EIRL sobre obligación de dar suma de dinero, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la resolución N°04 de fecha 10 de abril del 2017, en el que “Al escrito presentado por la actor a con ingreso de CDG 5947-2017. PREVIAMENTE cumpla con presentar comprobante de pago por derecho de notificación conforme a las partes procesales, dentro del término de 2do día de notificado bajo apercibimiento de continuarse el proceso conforme a su estado procesal. REQUIÉRASE a la parte demandante a efecto que señale su casilla electrónica dentro del término de 2do día bajo apercibimiento de imponerse multa de 01 URP.”, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 30 de mayo del 2017. 01-02-05/06/2017 CPJ

7 EDICTO EXPEDIENTE N° 1869-2015-30 JUZGADO PENAL DEL COLEGIADO ESPECIALISTA JUDICIAL: JHONNY ROÑAL GÓMEZ TORRES Se cita a los sujetos procesales: ZULMA ÁUREA VILA TORRE, a efectos de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, REPROGRAMADA PARA EL DÍA CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO 04 DEL MÓDULO PENAL DE HUAMANGA, Ubicado en el Tercer Patio Segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, por haberse dispuesto así, en la Resolución N° 02 de fecha 30 de mayo de 2017. Ayacucho, 01 de junio de 2017. 02-05-06/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1° JUZ. DE INVES, PREPARATORIA • Sede Espinar EXPEDIENTE: 00272-2016-64-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de la señora LEONARDO HACCHA CONDO la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 20 de octubre del 2016, Dado cuenta con el requerimiento fiscal de acusación Penal de la Fiscal Penal Provincial de Espinar, y conforme a lo previsto en el articulo 350° del CPP; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. REQUIÉRASE al imputado. para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado, cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumplimiento. Donde el Ministerio Público acusa por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de RECEPTACIÓN, previsto en el artículo 194 del Código Penal, en agravio de Wilber Pacco Tacco; solicitando un año de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el mismo periodo de la condena y al pago de sesenta días - multa, equivalente a S/ 300.00 (trescientos con 00/100 soles) y una reparación civil ascendente a la suma de SI 350.00 {trescientos cincuenta con 00/100 nuevos soles) a favor del agraviado.Espinar, 31 de Mayo del 2017. 02-05-06/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señora Juez Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la Especialista Judicial Karen Shandy Cucho Llimpi, se viene tramitando el PROCESO N° 147-2017-FT seguidos por VICTORIA AYALA MEDINA en contra de FLORA MAMANI AYALA, sobre Violencia Familiar, mediante resolución N° 07 de fecha 29 de mayo del año 2017, SE DISPONE: 1. Notificar a la parte agraviada VICTORIA AYALA MEDINA, vía Edicto, para lo cual gírese oficio correspondiente. 2. Señálese fecha y hora para el verificativo de Audiencia Oral para el día DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS, ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 AM), la misma que se desarrollara en la sala de audiencias del Juzgado Civil.Sicuani, 30 de mayo del año 2016. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP. 2605-2015-46-1001-JR-PE-06 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL AL ACUSADO JULIO ESTRADA ANDRADE Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco que despacha el Dr. Yimmy Alan Manchego Enríquez, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 2605-2015-46-100lJR-PE-06, seguido contra el mencionado inculpado por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, sub-tipo Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en agravio de los menores de iniciales TGEF, AAEF, en consecuencia, NOTIFÍQUESE: Al acusado JULIO ESTRADA ANDRADE con la reprogramación de audiencia, donde se ha dispuesto: RESOLUCIÓN No. 06 Cusco, veinticinco de mayo del año dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en registro de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la realización de la presente audiencia por inconcurrencia de la defensa privada abogado Wilber Bravo Dávalos, así como por la inadecuada notificación al acusado. 2. REQUERIR al acusado que dentro del plazo de 24 horas designe abogado defensor de libre elección, sin perjuicio de ello gírese oficio a la Coordinación de la Defensa Publica a efectos de que designen defensor público para ejercer el derecho de defensa del acusado; así mismo notifíquese mediante edictos judiciales al acusado. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día SEIS DE SEPTIEMBRE DEL


8 AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a verificarse en la Quinta Sala de Audiencias del Modulo Penal del Cusco, ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia. De lo que doy fe. Cusco, 31 de Mayo 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 01956-2015-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales Livio Haquehua Quispe y Margarita Chilo Amao; con la consentida de la sentencia emitida en el proceso de violencia familiar. SE RESUELVE: 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 19 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado LIVIO HAQUEHUA QUISPE: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c. Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios o con golpes de mano o de pie o utilizando cualquier objeto contundente. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. Se REQUIERE a LIVIO HAQUEHUA QUISPE para que cumpla con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 500.00 (QUINIENTOS SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE : 00957-2014-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales Francisco Amao Amao y Juana Yapo Condori; con la consentida de la sentencia emitida en el proceso de violencia familiar. SE RESUELVE: 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 21 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado FRANCISCO AMAO AMAO: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c. Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios o con golpes de mano o de pie o utilizando cualquier objeto contundente. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados; bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. Se REQUIERE a FRANCISCO AMAO AMAO para que cumpla con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 400.00 (CUATROCIENTOS CON 00/100 SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse su ejecución forzada. H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 01560-2015-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales Oswaldo Huillca Medina y Judith Duran Ferro; con la consentida de la sentencia emitida en el proceso de violencia familiar. 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 19 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado OSWALDO HUILLCA MEDINA: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c. Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios o con golpes de mano o de pie o utilizando cualquier objeto contundente. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes

Cusco, lunes 5 de junio de 2017 o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. REQUIÉRASE a OSWALDO HUILLCA MEDINA con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 250.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE: 02000-2014-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales MIGUEL ÁNGEL OCHOA BARRIONUEVO y SINAI LOAYZA COAYLA; con la consentida de la sentencia emitida en el proceso de violencia familiar. 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 19 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado MIGUEL ÁNGEL OCHOA BARRIONUEVO: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c. Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios, asimismo la abstención de cualquier tipo de comentario sobre ella o su familia. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. Requerir a MIGUEL ÁNGEL OCHOA BARRIONUEVO con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 250 (DOSCIENTOS CINCUENTA SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 00569-2015-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Rome! Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales ELMER CONDORI NINACONDO Y SUNALIA CUSIHUALLPA PAUCCAR; con la consentida de la sentencia emitida en el proceso de violencia familiar. 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 19 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado ELMER CONDORI NINACONDO: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c.Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios o con golpes de mano o de pie o utilizando cualquier objeto contundente. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. Se REQUIERE a ELMER CONDORI NINACONDO para que cumpla con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 300.00 (TRESCIENTOS SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE : 01442-2014-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales YENNY GERILLO APAZA y VÍCTOR RAÚL QUISPE VASQUEZ; con la consentida de la sentencia emitida en el proceso de violencia familiar. 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 22 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado VÍCTOR RAÚL QUISPE VÁSQUEZ: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c. Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios o con golpes de mano o de pie o utilizando cualquier objeto contundente. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que


Cusco, lunes 5 de junio de 2017 designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados; bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. Se REQUIERE a VÍCTOR RAÚL QUISPE VÁSQUEZ para que cumpla con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 200.00 (DOSCIENTOS SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse su ejecución forzada. H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 00193-2015-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a las partes procesales ERASMO SERRANO GUZMAN Y LUISA ATAYUPANQUI USCA; con la consentida de la sentencia emitido en el proceso de violencia familiar. 1. Declarar CONSENTIDA la sentencia de fecha 19 de abril del 2017. 2. Ingrese el proceso a la etapa de EJECUCIÓN, por lo que se dispone REQUERIR al demandado ERASMO SERRANO GUZMAN: 2.1. Cese de todo tipo de violencia, debiendo abstenerse de: a. Agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, b. Efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, c. Proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios o con golpes de mano o de pie o utilizando cualquier objeto contundente. 2.2. Se constituya a las instalaciones del Juzgado a fin de recabar el oficio que designe el Centro de Salud en el cual cumplirá con recibir la terapia psicológica dispuesta, debiendo informar dicho centro de salud de sus avances y resultados; bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de los puntos precedentes o continuar cualquier tipo de maltrato se dispondrá su detención corporal por 24 horas y/o imponérsele multa hasta de 5 URPs, por incumplimiento de la terapia y/o será denunciado al Ministerio Público por el delito de resistencia y desobediencia a la Autoridad. 2.3. Se REQUIERE a ERASMO SERRANO GUZMAN para que cumpla con indemnizar a la parte agraviada con la suma de S/. 250 (DOSCIENTOS CINCUENTA SOLES) Todo dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución, bajo apercibimiento de iniciarse su ejecución forzada. H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE: 02348-2013-0-1001-JR-FT-03 En el 3o Juzgado Familia de Cusco que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar; bajo la actuación de la Secretaria Judicial Janette Gladis Navinta Tacoma; se ha dispuesto la notificación por edicto a los progenitores Dominga Huaman Jcuro y Juan Lima Huillca; con la consentida de la sentencia. SE RESUELVE: 1.- DECLARAR CONSENTIDA la Sentencia contenida en la resolución veinte de fecha veinticuatro de abril del dos mil diecisiete, que declara Judicialmente el estado de abandono moral y material del niño Jorge Luis Huamán Jcuro. 2.- Disponer se haga de conocimiento de la Oficina de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la presente sentencia, debiendo remitirse copias certificadas de la sentencia y la consentida, para los fines pertinentes, gírese el oficio correspondiente. 3.- GÍRESE oficio al Hogar “Nido Santa Teresa de Jesús”, en cumplimiento a la Sentencia antes referida, adjuntando copia certificada de la sentencia y la consentida.- H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 02252-2016-28-1001 -IR-PE-04. SEÑOR: JOSÉ ÍTALO LEZMA VARGAS. Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Jimmy Alan Manchego Enriquez, bajo la actuación de la Especialista de Causa Efraín Flores Zúñiga se CITA Y EMPLAZA al Acusado JOSÉ ÍTALO LEZMA VARGAS, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 02252-2016-28-1001-IR-PE-04, que se le sigue por delito de Hurto Agravado, en agravio de Oscar Valencia Aucca y Delfina Sillquihua Quiquinlla, en la Audiencia de Juicio programado para el día 28-agosto-2017, a Hras. 12.00. en la 5o sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 01 de junio del 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 102-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Melisa Natalia Mamani Cuentas contra Lucio Huamán Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 02. Paucartambo, 15 de Mayo del 2017.- Se dispone REPROGRAMAR fecha de Audiencia Oral para el día 19 de lunio del año 2017 a horas 12:00 del medio día (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias que maneja el Juzgado y el diligenciamiento de las cédulas de notificación), a verificarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento

9 en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 01323-2016-20-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): NÉSTOR QUISPE RAMOS Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. RESOLUCIÓN N° 15.(00.18.39) Cusco, veintinueve de mayo del año dos mil diecisiete.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. En mérito a las consideraciones expuestas, SE RESUELVE: 1.- DAR POR NO INSTALADA la presente audiencia de Juicio Oral. 2.- DECLARAR REO CONTUMAZ al acusado NÉSTOR QUISPE RAMOS, identificado con DNI 45641555, nacido el día 23 de diciembre del año 1986 en el distrito de Maras provincia de Urubamba, departamento de Cusco, hijo de Benedicto y Petronila, soltero con secundaria completa, con domicilio real según su ficha RENIEC en la APV El Solar Mz. B Lt. 6 distrito de Santiago provincia y departamento del Cusco, igualmente el acusado fue notificado mediante edictos judiciales mediante el Diario del Cusco sin antecedentes penales; nombrándose como su abogada al Defensor Público Daniel Huamantica Auccacusi a efectos de que patrocine al acusado una vez habido. 3.- SE DISPONE en este acto, el archivamiento provisional del presente proceso, mientras sea habido el acusado por la Policía Nacional del Perú. 4.- SE ORDENA cursar el oficio correspondiente a la Policía Judicial del Cercado con sede en esta Corte Superior, así como a la Policía Nacional a nivel Departamental, a la Policía a nivel nacional, adjuntando a la misma su ficha RENIEC. Una vez habido los acusados, el Juzgado reprogramara la audiencia dentro del término establecido por ley. Cusco, 01 de junio del 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp.134-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granillla Cora, seguido por Felipa Suma Aguilar contra Pedro Quispe Gonzalo; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de PEDRO QUISPE GONZALO en agravio de FELIPA SUMA AGUILAR. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado PEDRO QUISPE GONZALO EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de FELIPA SUMA AGUILAR. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 14 de junio del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp.133-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granillla Cora, seguido por Orlando Huillca Huamán contra Carmen Visitación Khuno Apaza; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de CARMEN VISITACIÓN KHUNO APAZA en agravio de ORLANDO HUILLCA HUAMAN. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR a la denunciada CARMEN VISITACIÓN KHUNO APAZA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ORLANDO HUILLCA HUAMAN. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 15 de junio del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp.132-2017-FT,Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granillla Cora, seguido por Luz Marina Curasi Mamani contra Bartolomé Domingo Tacuri Soncco; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de BARTOLOMÉ DOMINGO TACURI SONCCO en agravio de LUZ MARINA CURASI MAMANI. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIO-


10 NALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado BARTOLOMÉ DOMINGO TACURI SONCCO el CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de LUZ MARINA CURASI MAMANI. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 20 de junio del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 131-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por María Asunta Huamán Castro contra Mariano Khuno Flores; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MARIANO KHUNO FLORES en agravio de MARÍA ASUNTA HUAMAN CASTRO. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MARIANO KHUNO FLORES EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MARÍA ASUNTA HUAMAN CASTRO. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 20 de junio del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 129-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Germania Salcedo Condori contra Vicente Mamani Poccohuancca; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 23 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de VICENTE MAMANI POCCOHUANCA en agravio de GERMANIA SALCEDO CONDORI. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado VICENTE MAMANI POCCOHUANCA el CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de GERMANIA SALCEDO CONDORI. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 19 de junio del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 128-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Natalina Churata Quispe contra Rolando Huamán Surco; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 23 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ROLANDO HUAMAN SURCO en agravio de NATALINA CHURATA QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ROLANDO HUAMAN SURCO EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de NATALINA CHURATA QUISPE. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 19 de junio del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 127-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Delfín Suma Gonzalo contra Zenaida Choccayquillo Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 23 de Mayo del 201 7.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de DELFÍN SUMA

Cusco, lunes 5 de junio de 2017 GONZALO en agravio de ZENAIDA CHOCCAYQUILLO CONDORI. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado DELFÍN SUMA GONZALO el CESE y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ZENAIDA CHOCCAYQUILLO CONDORI. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 19 de junio del año 2017 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 135-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Giovanna Quispe Quino contra Julio Champi Espinoza; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JULIO CHAMPÍ ESPINOZA en agravio de GIOVANNA QUISPE AQUINO. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JULIO CHAMPÍ ESPINOZA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de GIOVANNA QUISPE AQUINO. Para fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 20 de junio del año 2017 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 130-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Karla Alexandra Ventura Valdez contra Carlos Agapito Suarez Meza; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 23 de Mayo del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de CARLOS AGAPITO SUAREZ MEZA en agravio de KARLA ALEXANDRA VENTURA VALDEZ. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado CARLOS AGAPITO SUAREZ MEZA EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de KARLA ALEXANDRA VENTURA VALDEZ. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 14 de junio del año 2017 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 21-2016-PE, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Procesados Andrés Arias Rodríguez, Serapio Sierra Gutiérrez, María Mercedes Hermoza Huanca, Leoncio Cáceres Huaman, Juan Guillermo Salas Miranda. Agraviados: Miguel Murga Lima se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 01 Paucartambo, 08 de marzo del 2016: (...) SE RESUELVE: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, contra Andrés Arias Rodríguez, Serapio Sierra Gutiérrez, Maria Mercedes Hermoza Huanca, Leoncio Cáceres Huaman, Juan Guillermo Salas Miranda, por el delito contra la fe publica en la modalidad de falsificación de documentos en general , previsto en el artículo 427 del Código Penal, en agravio de MIGUEL MURGA LIMA, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 3. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica de los imputados ANDRÉS ARIAS RODRÍGUEZ, SERAPIO SIERRA GUTIÉRREZ, LEONCIO CÁCERES HUAMAN, JUAN GUILLERMO SALAS MIRANDA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho de los imputados para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al Juzgado, para ello, se notificará en su sede institucional al Defensor Público de la Provincia de Paucartambo, para que cumpla con su apersonamiento inmediato. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ


Cusco, lunes 5 de junio de 2017

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 114-2016-PE, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Procesado DOROTEO CHIPANA GUTIÉRREZ, Agraviada menor de iniciales M.A.N.Y representado por su progenitura Josefina Ynquiltupa Huarcaya: se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 01 Paucartambo, 01 de agosto del 2016: (...) SE RESUELVE: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, contra DOROTEO CHIPANA GUTIÉRREZ, por el delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual sub tipo actos contra el pudor, previsto en el artículo 176-A del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales M.A.N.Y, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentran obligada a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. (...) 2.-DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado DOROTEO CHIPANA GUTIÉRREZ, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al Juzgado. H.S.Paucartambo, 26 de mayo 2017 05-06-07/06/2017 CPJ

Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J Materia: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR. Se cita y emplaza al Imputado; AMERICO YUPANQUI CCANASI, a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN a llevarse a cabo el día 09 DE JUNIO A LAS 10 A.M., en la investigación que se les sigue, por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CELIA QUISPE HUARSAYA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 29 de mayo del 2017.05-06-07/06/2017 CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 95-2016-PE, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Mol le, Procesado Franklin Cuyo Huaquisto , Agraviados: menor de iniciales LCP representado por su progenitura Anita Karina Puma Flores, se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 01 Paucartambo, 05 de julio del 2016: (...) SE RESUELVE: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo, contra FRANKLIN CUYO HUAQUISTO, por el delito contra la familia en la modalidad de atentados contra la Patria Potestad, sub tipo sustracción de menor, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado FRANKLIN CUYO HUAQUISTO, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándoio en forma inmediata al Juzgado, para ello, se notificará en su sede institucional al Defensor Público de la Provincia de Paucartambo, para que cumpla con su apersonamiento inmediato 3. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputada, quien se encuentran obligada a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. (...) H.S.05-06-07/06/2017 CPJ

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Quispicanchi en el expediente Nro. 433-2016-12-1014-JR-PE-01, seguido contra Leonel Quispe Garcia por la comisión del delito De Omisión De La Asistencia Familiar en agravio de la menor representada por Sonia Hancco Mandura, mediante Resolución Nro. 02 dictada en Audiencia Pública de fecha veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete, se ha dispuesto la notificación por edicto a MARTÍN ÁLVAREZ PAREDES a fin de que concurra a la Audiencia Pública señalada para el día veintiocho de junio del año dos mil diecisiete a las nueve horas de la mañana, que se llevara a cabo en la sede judicial de Quispicanchi del que doy fe. Urcos, 26 de mayo del 2017 05-06-07/06/2017 CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 0135-2016-86-1013-IR-PE-01. Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado Wilson Tapa Rodríguez, agraviada menor de iniciales MRMC, representado por su progenitora Esther Careche Irimonia; se ha dispuesto notificar al imputado con lo siguiente: Resolución Nro. 1; Paucartambo, 17 marzo del 2017: (...)SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de sobreseimiento; de conformidad al numeral 2 del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado WILSON TAPA RODRÍGUEZ, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al Juzgado, para ello, se notificará en su sede institucional al Defensor Público de la Provincia de Paucartambo, para que cumpla con su apersonamiento inmediato.Paucartambo, 26 de Mayo del 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00191-2016-23-1014-TR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J Materia: LESIONES CULPOSAS GRAVES. Se cita y emplaza al Imputado; ELIAS CACERES PERALTA, a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN a llevarse a cabo el día 12 DE JULIO A LAS 9 A.M., en la investigación que se les sigue, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, en agravio de ELOY ALFONSO MENDOZA MARTÍNEZ, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 30 de mayo del 2017.05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00270-2016-0-1014-TR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI.

EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00181-2013-75-1014-TR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J Materia: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR. Se cita y emplaza al Imputado; MIGUEL RIQUELME FERNANDEZ, a la audiencia de REVOCATORIA DE LA PENA a llevarse a cabo el día 26 DE JUNIO A LAS 9 A.M., en la investigación que se les sigue, por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LURDES RIQUELME PACCO, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 29 de mayo del 2017.05-06-07/06/2017 CPJ

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 1947-2017-60-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado LENIN CONTRERAS PINARES, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 11 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 09:45 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01947-2017-60-1001-JR-PE-01, seguido en contra el referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio, sub tipo homicidio calificado en grado de tentativa en agravio de Eusebia Quispe Quispe y otros.Cusco 31 de mayo del 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. EXPEDIENTE: 00112-2015-96-1010-JR-PE-01 JUEZ: MARCO ANTONIO FLORES ESPEZUA ESPECIALISTA: CINTHYA BELIÑA ANTEZANA ZUBIZARRETA • Se emplaza a WILDO ROBINSON NAVARRO CASTRO, con el REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN, de fecha siete de marzo del 2016, formulado en su contra, por la Fiscalía Provincial Especializada en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Sede - Cusco, por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de peligro común, sub tipo tenencia ilegal de armas y municiones en agravio de la sociedad; y por la presunta comisión del delito de promoción, favorecimiento y facilitación al consumo ilegal de drogas toxicas, mediante actos de tráfico con circunstancias agravantes por la cantidad de droga a comercializar y la pluralidad de agentes, en agravio del estado peruano, representado por la Procuraduría del Ministerio del Interior relativo al TID. • Se emplaza a WILDO ROBINSON NAVARRO CASTRO con el contenido de la resolución número OCHO, de fecha veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete, que dispone: Resolución Nro. 08 Echarati, veintidós de mayo del 2017.Conforme a la constancia que antecede, y al escrito N° 1419-2017, se dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA para el DÍA LUNES VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarati; quedando subsistentes los apercibimientos dispuesto en autos. NOTIFIQUESE.-Se publica el presente para los fines de-ley (por tres fechas).Echarati, 23 de mayo del 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Jueza


12 Dra. Solina Maybeé Apaza Béjar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cáceres del Rio, se ha ordenado la notificación por edictos del imputado Agripino Gutiérrez Chávez con un extracto de la resolución N° 1 y 2 derivado del cuaderno de prisión preventiva Nro. 0013-2017-96-1011-JR-PE-01, seguido en contra de Agripino Gutiérrez Chávez, por el delito contra el patrimonio en la modalidad Abigeato sub tipo Hurto de Ganado en agravio de Victoria Ancalle Gonzales y Braulio Gonzales Martínez, siendo como sigue: Resolución N0 01. Paruro, 23 de marzo de 2017. (...)III. PARTE RESOLUTIVA 1. CITAR a la audiencia pública de prisión preventiva requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Paruro, en contra de AGRIPINO GUTIÉRREZ CHAVEZ, por la recargada labor del juzgado y de acuerdo a la programación de audiencias, para el día OCHO DE MAYO del año en curso a horas DOS 7 TREINTA de la tarde (hora exacta) (...)• 2. DESÍGNESE A LA DEFENSORA PÚBLICA de la provincia de Paruro, como abogada de oficio del imputado AGRIPINO GUTIÉRREZ CHAVEZ, de conformidad con el inciso 1 del artículo 86° del C.P.P. por ser una audiencia de carácter inaplazable. H.S ACTA DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA (...) RESOLUCIÓN N° 2 Paruro, 08 de mayo del 2017.Parte expositiva y considerativa en audio. 1. Se DISPONE que el Ministerio Público notifique vía edictos, sus resoluciones principales a fin de no vulnerar cualquier derecho de defensa que le asista al imputado. 2. Se NOTIFIQUE mediante edicto judicial el requerimiento de prisión preventiva y la resolución N° 1. 3. De deje sin efecto la programación de la audiencia y se REPROGRAMA la audiencia de prisión preventiva para el día lunes 3 de julio a horas nueve de la mañana en esta sala de audiencias Paruro, 16 de mayo del 2016. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Paruro y de Investigación Preparatoria, bajo la dirección del señor Jueza Solina Maybee Apaza Béjar bajo la Actuación de la Especialista Judicial Abogado Karina Cáceres del Rio, se ha ordenado la notificación por edictos al acusado FERMÍN QUISPE CHANCCO Y FELIPE QUISPE CASTILLA, con un extracto del Requerimiento de acusación Fiscal, dispuesta en la resolución N° 01 del 04 de mayo de 2017, siendo como sigue: Resolución N* 01. Paruro, 04 de mayo de 2017. Por estas consideraciones SE RESUELVE: 1. RECEPCIONAR el requerimiento de Acusación Fiscal presentado por el representante del Ministerio Público de Paruro, contra FERMÍN QUISPE CHANCO Y FELIPE QUISPE CASTILLA, como presuntos autores del delito Contra el patrimonio en la modalidad de usurpación tipo penal Usurpación Mediante turbación de la posesión en su figura agravada ilícito penal previsto y sancionado por el numeral 2 del artículo 204 del Código Penal en agravio de Mariano Vicitación Aime Chanco y Teófila Quispe de Ayme. 2. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad (...). 3. CÍTESE a la audiencia preliminar de acusación para el VEINTIOCHO DE JUNIO del año en curso, a horas NUEVE de la mañana (hora exacta) a realizarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paruro (...).

Cusco, lunes 5 de junio de 2017 4. REQUIÉRASE A LOS IMPUTADOS cumplan con DESIGNAR a su abogado defensor, en el plazo de 48 HORAS, bajo apercibimiento de nombrar al abogado de oficio de esta sede judicial, conforme lo señala el artículo 85 del C.P.P. (...). H.S. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 2988- 2016 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): EDUARDO QUISPÉ TTITO Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio del Estado. Resolución Nro. 07 Cusco, treinta y uno de Mayo del año dos mil diecisiete.- En virtud a lo dispuesto en la audiencia pública de fecha 26 de Mayo del presente año y de conformidad al estado del proceso corresponde SEÑALAR FECHA Y HORA para el verificativo de audiencia de Proceso Inmediato para el día DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS 08:00 A.M. (HORA EXACTA) a llevarse a cabo en la DECIMA Sala Penal de audiencias de esta Corte Superior de Justicia del Cusco, debido notificarse a los sujetos procesales que correspondan, subsistiendo los apercibimientos dictados en autos.Cusco, 31 de Mayo del 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: CORNELIO ESPINOZA VILLACORTA El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 1792-2017-0-1001-JR-PE-07, seguido contra ULISES LUIS PÉREZ GUEVARA en agravio de CORNELIO VILLACORTA ESPINOZA, identificado con D.N.I. 25000865, por el delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Daño, Sub tipo DAÑO SIMPLE, en agravio de Cornelio Villacorta Espinoza, la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 de fecha veintinueve de mayo del año dos mil diecisiete y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra ULISES LUIS PÉREZ GUEVARA, como autor del delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Daño, Sub tipo DAÑO SIMPLE, tipificado en el artículo 205° del Código Penal, en agravio de CORNELIO VILLACORTA ESPINOZA, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, veintinueve de Mayo Del año dos mil Diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 12:00 PM, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 2. SE DISPONE QUE LA ESPECIALISTA DE CAUSA SE SIRVA NOTIFICAR AL AGRAVIADO MEDIANTE EDICTOS, EN TRES FECHAS CONSECUTIVAS. Cusco, 01 de Junio de 2017. 05-06-07/06/2017 CPJ


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