Cusco, miĂŠrcoles 6 de julio de 2016 Usuarios
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 MARTILLERO PÚBLICO
GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO Registro No. 293 Celular: 995097493 – (01) 7925038 / Correo: gchavezenciso@ gmail.com REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 150-2003 en los seguidos por ORVISA S.A, contra JUAN BACA HUAMAN Y MARIA ROSARIO PORTILLO LOAYZA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, el Segundo (2º) Juzgado Mixto – Sede Wanchaq de Cusco a cargo de la señora Juez Elen Angélica Gonzáles Casas, Especialista legal Sayda Verónica Bustos Florez, ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro No. 293, para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: INMUEBLE: Inmueble No. 205 ubicado en la Av. Bolognesi (antes Casa frente al Bosque Municipal de Ccoripata No. 326 de la Av. Bolognesi de la Parroquia de Belén), Distrito de Santiago Provincia y Departamento del Cusco, inscrito en la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco. VALOR DEL TASACION: US$. 130,555.17 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$. 87,036.78 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: a favor del BANCO DE LOS ANDES oficina Cusco, en seguridad y garantía de un préstamo de S/. 55,000.00 Soles, que le otorga el menciona banco mediante un pagaré, inscrito en el Asiento 9 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral del Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco; 2) As. 15.- EMBARGO: El Juzgado Mixto de Wanchaq – Cusco, ha dispuesto en el proceso No. 62-03 seguido por ORVISA S.A. contra Juan Baca Huaman sobre Medida Cautelar se treba embargo en forma de inscripción sobre los derechos espectativos, hasta por la suma de US$. 80,000.00 Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D000015 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco; 3) As. 16.- ACTUALIZACIÓN DE EMBARGO: El Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq, en el proceso civil No. 2003-00062-25-1017-JM-CI-2 seguido por ORVISA S.A. contra Juan Vaca Huaman sobre Medida Cautelar, mediante Resolución No. 22 de fecha 29/09/2009 ha dispuesto ACTUALIZAR la medida cautelar de embargo en forma de inscripción anotada en el asiento 15 de esta partida registral, inscrita en el Asiento D00016 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco, 4) As. 20.- ACTUALIZACIÓN DE EMBARGO: El Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq, en el proceso civil No. 00062-2003-251001-JM-02, seguido por ORVISA S.A. contra Juan Baca Huaman; ha resuelto actualizar la medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre los derechos expectaticios, que fuera anotada y actualizada en los el asiento 15 y 16 de la presente partida registral, que tiene el demandado sobre el inmueble; inscrito en el Asiento D00020 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 17 de Agosto del 2016 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana) LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Mixto – Sede Wanchaq de Cusco, ubicado en Av. Tacna No. 104 – Piso 6, Wanchaq – Cusco. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado. Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público serán pagados por el Adjudicatario conforme el arancel fijado en el Artículo 18º del Decreto Supremo No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelan culminado el acto de remate, GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro No. 293, Especialista Legal Sayda Verónica Bustos Florez, Segundo (2º) Juzgado Misto – Sede Wanchaq de Cusco. 6VCES-01-04-05-06-07-08-VII-16 B/V 39636 EDICTO JUDICIAL SEÑORES DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE CRISTINA HUMPIRE DE CCOA. Expediente N° 00789-2016-0-1001-JR-CI-04. Seguido por MARITZA CHOQUE ALVARADO sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA bajo la actuación del especialista Legal, Abog. Kathy Yjaida Miranda Candia, la Señora Juez del Cuarto Juzgado Civil Del Cusco Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación dispuesta por Ley para que se notifique mediante edicto a los señores de la Sucesión Intestada de Cristina Humpire de Ccoa, con el extracto de la Demanda y Auto Admisorio cuyo tenor es el siguiente: EXTRACTO DE DEMANDA: MARITZA CHOQUE ALVARADO interpone demanda en contra de ELEUTERIO CCOA TINTAYA y LA SUCESIÓN INTESTADA DE CRISTINA HUMPIRE DE CCOA, sobre OBLIGACION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA respecto del 50% de derechos y acciones del Lote de Terreno signado con el Nro. E-13 del Pueblo Joven Independencia, ubicado en el distrito, provincia y departamento del Cusco, debidamente inscrito en la Partida Nro. 11019236 del Registro de Inmuebles de la ciudad del Cusco, siendo la resolución que admite a trámite el siguiente: RESOLUCION Nro. 02 de fecha dos de junio del año dos mil dieciséis. VISTO; y CONSIDERANDO SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARITZA CHOQUE ALVARADO, con la pretensión de OBLIGACION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA respecto del 50% de derechos y acciones del Lote de Terreno signado con el Nro. E-13 del Pueblo Joven Independencia, ubicado en el distrito, provincia y departamento del Cusco, debidamente inscrito en la Partida Nro. 11019236 del Registro de Inmuebles de la
ciudad del Cusco, contra ELEUTERIO CCOA TINTAYA y LA SUCESIÓN INTESTADA DE CRISTINA HUMPIRE DE CCOA, debiendo tramitarse en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO, por lo que conforme al artículo 554 del Código Procesal Civil CORRASE TRASLADO a la demandada por el plazo de CINCO DÍAS, para que conteste la demanda bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. AL OTRO SI DICE: Téngase por ofrecidos sus medios probatorios. AL MAS DICE: Insértese en autos los anexos que indica. AL PIMER MAS DICE: Téngase cuenta. AL SEGUNDO MAS DICE: NOTIFÍQUESE a la Sucesión de Cristina Humpire Ccoa mediante edictos conforme al artículo 435 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, conforme a ley. Cusco, 20 de junio del 2016. 3vces-04-05-06-vii-16 b/v 39663 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Paruro, que despacha la señora Juez Margot Inquiltupa Calvo, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Expediente N° 22-2015-CI, seguido por JULIA GUTIÉRREZ EGUILUZ DE ZANABRIA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto mediante resolución Nº 02 de fecha 05 de enero del 2016, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, como sigue: “Resolución N° 02; Paruro, 05 de enero del 2016.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA GUTIÉRREZ EGUILUZ DE ZANABRIA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en el sector Sacse del distrito de Huanoquite, provincia de Paruro, departamento de Cusco, con un área de 5,443.00 m2, contra el ARZOBISPADO DEL cusco, con citación de DEL Director de la dirección Regional de Vivienda, construcción y Saneamiento Cusco, y los colindantes: Iglesia de Huanoquite, Edmundo Cruz Castillo y Rosenda Olivares Janampa Vda. De Castillo. Debiendo tramitarse VIA DEL PROCESO ABREVIADO. Notifíquese a los citados con la demanda y anexos por el plazo de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal. AL OTROSI.- Téngase por designado como su representante judicial al Abogado que autoriza el escrito de demanda. DE OFICIO.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, Diario Judicial del Cusco, en la tablilla que obra en el Juzgado, por el plazo de ley; debiendo la parte interesada recabar los edictos y asegurar su publicación, conforme a ley. A sus antecedentes los anexos adjuntos. Cumpla el recurrente proporcionar copias suficientes de la demanda y anexos para la notificación a los colindantes citados.- H.S.Paruro, 07 de junio del 2016. 3vces-04-05-06-vii-16 b/v 39660 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que despacha la Dra. Nelly Yabar Villagarcia, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Patricia Alarcon Tisoc ,se viene tramitando el Proceso Civil N° 277-2016-0-1 001- JM-CI-01. Habiéndose ordenado se notifique por edicto la resolución número 02 de fecha 17 de mayo del 2016: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la demanda incoada por CEFERINO LONCONI MENDOZA E IRENE PEÑA TUERO contra SABINA ACHAHUI MERMA VIUDA DE CALSIN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en la APV San Antonio F-27-2 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco.- Cúmplase asimismo con la citación de los colindantes Regina Aquino Huayhua y la Municipalidad Distrital de San Sebastián, a traves, de su Procurador Público, atendiendo a la referencia de colindanciasque efectúan los recurrentes.- córrase traslado a los demandados o fin de que dentro del plazo perentorio de DIEZ DIAS cumplan con obsolver la demanda, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes y proseguir el proceso en su rebeldía. H.S.- Firma la señora Juez N. Yabar. Secretorio Judicial P. Alarcon. Cusco 1 de Julio del 2016.3vces-04-05-06-vii-16 b/v 39658 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 00162-2016-0-1001-JP-FC-04, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la señorita Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por EVELIN DANAE OLAZAVAL NUÑEZ DEL PRADO en representación de su menor hijo Oliver Wei Jiang Olazaval, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, seguido en contra de LIN JIANG, debiendo sustanciarse el trámite de la presente demanda en la vía del PROCESO ÚNICO. En tal virtud, CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DÍAS para que conteste la demanda bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE en caso de renuencia, debiendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo quinientos sesenta y cinco del Código Procesal Civil sin cuyo requisito no será admitida su contestación. H.S.Cusco, 11 de mayo del 2016 3VCES-04-05-06-VII-16 B/V 39656 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo, se viene tramitando el Proceso Civil No Contencioso N° 1272-2016-0-1018-JP-CI-01, por el cual doña GREGORIA GONZALES
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 VILLACORTA solicita la SUCESION INTESTADA de la que en vida fuera su esposo JULIO CAMARGO SANCHEZ, a fin de que se le declare su heredero a ella y sus dos hijos RONALD y SHARMELY INDIRA CAMARGO CONZALEZ, cuyo causante ha fallecido en 25 de Mayo del 20016. Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo. Santiago, 30 de Junio del 2016. 3VCES-04-05-06-VII-16 B/V 39650 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección del Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 147-2016, seguida por VENTURA HUALLPA QUISPE VDA. DE SOTTEC sobre SUCESIÓN INTESTADA de Q.V.F. JUAN SOTTEC ZUÑIGA, tramitada en la vía del proceso No Contencioso, se publica para los fines de ley. San Jerónimo, 30 de junio del 2016. 3VCES-04-05-06-VII-16 B/V 39648 EDICTO La Unidad de Investigación Tutelar, viene tramitando investigación tutelar por abandono a favor de los siguientes niños; NN (sexo masculino de 05 meses de edad aproximadamente) /Exp. N° 410-2015, quien fue hallado en la Av. 18 de Mayo por inmediaciones del complejo Policial 06 de Diciembre del distrito de Santiago en fecha 24 de Diciembre del 2015, CANDY KAORY MUÑIZ MERMA (04 años de edad)/Exp. N° 404-2015, disponiendo notificar a sus progenitores y/o cualquier otro familiar o responsable de los mencionados niños, a fin de que se apersone a la UIT -Cusco, sito en la Urb. Santa Úrsula M-1, Wanchaq, bajo el apercibimiento de declarase en estado de abandono en caso de inconcurrencia. María Teresa Muñoz Zavaleta, Directora de la Unidad de Investigación tutelar de Cusco. MARIA TERESA MUÑOZ ZAVALETA DIRECTORA UNIDAD DE INVESTIGACION CAUTELAR CUSCO 04-06/07/2016 B/. 30351 SUCESION PROCESAL EN EL EXPEDIENTE 00076-2016-0-1001-JR-CI-02 TRAMITADO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO DOCTOR ELIOT ZAMALLOA CORNEJO, BAJO LA ACTUACION DE LA ESPECIALISTA LEGAL SAIDA CHIUN MANCO, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR A LA SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE DAVID PAUCCAR BACA A EFECTO DE QUE SE APERSONEN EN EL PROCESO Y ASUMAN LA DEFENSA DE LOS INTERESES QUE SE LES ASISTE AL REFERIDO, EN EL PROCESO SEGUIDO POR JAQUELINA PAUCAR BACA Y JUAN PAUCAR BACA representado por su apoderada Gloria Olivera de Paucar contra David Paucar Baca sobre Petición de Herencia y Acumulativamente la Sucesión Intestada. LO QUE SE CUMPLE CON NOTIFICAR Y BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.CUSCO, 28 DE JUNIO DEL 2016.SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL 04-05-06/07/2016 B/. 30357 EDICTO Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se tramita el Expediente Nro. 212-2016 sobre filiación instado por Juan Diego Llanos Campo contra Efraín Campo Gamboa y otro , habiéndose ordenado notificar a : LA SUCESION DE LA QUE VIDA FUERA RUTH JOSEFINA CAMPO VASQUEZ , con el extracto de la demanda, siendo como sigue: Resolución Nro. 04.-Cusco, dos de Mayo Del dos mil quince. SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda instada por JUAN DIEGO LLANOS CAMPO contra la SUCESION INTESTADA de la que vida fuera RUTH JOSEFINA CAMPO VASQUEZ Y sus abuelos maternos EFRAIN CAMPO GAM BOA E YLIA VILMA VASQUEZ CASAPERALTA DE CAMPO sobre FILIACION DE MATERNIDAD, en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía- Por ofrecidos los medios probatorios que se indican reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente. A sus antecedentes los anexos adjuntos.- NOTIFIQUESE mediante EDICTOS a la sucesión intestada de la que en vida fuera Ruth Josefina Campo Vásquez , con el extracto de la presente demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Hágase Saber. Cusco, 04 de Julio del 2016. 3vces-05-06-07-vii-16 b/v 39689 EDICTO Exp. 0344-2016, seguido por SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR MARCELINA PUERTAS MEJIA Y MIGUEL HUAMANI GONZALES y ASCENCION YUPANQUI HANCCO, contra JOSE PONCIANO MEDINA FIGUEROA e INMOBILIARIA LA PIEDRA ANGULAR SA., sobre Tercería Excluyente de Propiedad; se ha dictado “Resolución 02.- Cusco, ocho Abril dos mil dieciséis.VISTA: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR MARCELINA PUERTAS MEJIA Y
MIGUEL HUAMANI GONZALES y ASCENCION YUPANQUI HANCCO, contra JOSE PONCIANO MEDINA FIGUEROA e INMOBILIARIA LA PIEDRA ANGULAR SA., sobre Tercería Excluyente de Propiedad; debiendo sustanciarse el presente en la vía el PROCESO ABREVIADO, CÓRRASE traslado a los demandados, por el plazo de DIEZ DIAS, con la finalidad de que se apersonen al proceso y absuelvan el traslado de la demanda, dentro del plazo de Ley, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Y conforme a lo establecido por el artículo 536 del Código Procesal Civil, dispóngase suspensión del proceso 9-1996, sobre indemnización, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cusco, el mismo que se encuentra en ejecución, CURSESE oficio respectivo H.S.- RESOLUCION 05.- Cusco, 15 Junio 2016.- NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS a JOSE PONCIANO MEDINA FIGUEROA con auto admisorio por el plazo de Ley, bajo apercibimiento designarse Curador Procesal Fdo. Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.Cusco, 04 Julio 2016. 3vces-05-06-07-vii-16 b/v 39688 EDICTO JUDICIAL Ante el 2do, Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señorita Juez Ora, Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judicial Judith Dina Castillo Prado; se tramita el Expediente Civil N° 01399-2016-0-1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución Nº 01 Cusco 16 de junio del 2016 . ,SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por PAUL BUSTINZA CCASA, sobre Rectificación de Partida de nacimiento correspondiente a su menor hija Elva Soledad Bustinza Hanccoccallo, quien nació el 25 de julio del 2006, partida que fue inscrita ante la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, en cuanto se corrija el nombre de pila del recurrente como padre de la titular, registrado como “PORFIRIO ANASTACIO”, debiendo ser lo correcto “PAUL”, debiendo ser el nombre completo como “PAUL BUSTINZA CCASA”; lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 16 de JUNIO del 2016. 3vces-05-06-07-vii-16 b/v 39685 EDICTOS En el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Supernumerario Dr. David Barazorda Velásquez, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 001353- 2016-0-1001-PJ-CI-01, seguido por Roger Casildo Jiménez García, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento del recurrente, al inscribir se ha omitido el primer nombre de pila de su progenitora PLACIDA, siendo el correcto “ PLACIDA ALICIA GARCIA MUÑOZ, quedando inalterable en lo demás que contiene.Lo que se publica para los fines de ley. Wanchaq,04 de julio del 2016. 1V-06-VII-16 B/V 39690 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 108-2016 seguida por Hermógenes Bombilla Yanqui sobre Sucesión intestada de quién en vida fuera su señora madre RITA YANQUI QUISPE, quién falleció en fecha 30 de agosto del 2012, sin haber dejado testamento, a fin de que se les declare herederos del causante al recurrente Hermógenes Bombilla Yanqui y hermanos Guido Bombilla Yanqui y Vicentina Ttito Yanqui, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos,04 de julio del 2016 1V-06-VII-16 B/V 39702 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: MELANIO TORRES VALLEJOS Identificado con DNI. 41519190 Estado Civil: SOLTERO Natural de: LAJAS-CHOTA-CAJAMARCA Nacionalidad: PERUANA Edad: 33 años: Ocupación: EMPLEADO Domicilio: AV. PRIMAVERA 453 Doña: CAROL MEDALY MANGA VILLAFUERTE Identificada con DNI. 45930523 Estado Civil: SOLTERA Natural de: WANCHAQ - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 26 años: Ocupación: EMPLEADA Domicilio: AA.HH. UNION CALLANCA 8-7 Fecha de Matrimonio: 30 DE JULIO DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad Cusco, 04 de JULIO del 2016.
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016
WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-06-VII-16 B/V 39701 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 21 de Junio del 2016, la recurrente MARUCIA VIRGINIA SALAZAR VALENZUELA, titular del Acta de Nacimiento Nº 1009395487, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como ELSA VALENZUELA. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta ELSA VALENZUELA BARRANTES. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 23 de Junio del 2016 Maribel Centeno Cardeña Jefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC 1V-06-VII-16 B/V 39700 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDO EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE MATRIMONIAL Nº 1396- 2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL DON DARWIN ELOY APAZA YUPANQUI DNI 44563421 NATURAL Huarocondo Edad 29 años Estado Civil soltero Ocupación chef Nacionalidad peruano Domicilio APV Popular Campesina Santa Rosa s/n del Distrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco. DOÑA YANINA FRANCO CHIRE DNI 47926845 NATURAL Huarocondo Edad 23 años Estado civil soltera Ocupación ama de casa Nacionalidad Peruana Domicilio APV Popular Campesina Santa Rosa s/n del Distrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco. Quienes contraerán matrimonio Civil el día 15 de Julio del 2016 a hora 09:00 a.m. Las personas que conozcan las causales de impedimento, pueden denunciarlos como establece el Art. 253 del Código Civil, ante la Jefatura delos Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Huarocondo 04 de Julio del 2016 Aurelio Terreros Sotomayor. Jefe de Registradora Civil. 1V-06-VII-16 B/V 39698 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 106-2016 seguida por JUAN CANCIO PILLCO HUANCA sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su señor padre GREGORIO PILLCO CONDORI quién falleció en fecha trece de marzo de 1996, sin haber dejado testamento a fin de que se declare como herederos al causante Juan Cancio Pillco Huanca y hermanos Francisca Pillco Huanca, Romualdo Pillco Ttito y Amadeo Pillco Ttio.- Se hace la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 04 de julio del 2016. 1V-06-VII-16 B/V 39697 CONVOCATORIA El Presidente del Comité Electoral don Adrián natividad Fuentes Gonzales, Identificado con DNI. 23871205, convoca a todos los socios y socias de la APY. Kennedy “B” Wanchaq- Cusco, a una Asamblea General Ordinaria la misma que se llevara a cabo el día Sábado 09 de Julio del 2016, a horas 09.00 AM. Y segunda convocatoria para el día Domingo 10 de Julio del 2016, a horas 09.00 AM. , la misma que se llevara a cabo en el local de reuniones ubicado en la MZ-D Lote N°1 de la APV. KENNIDY “B” con la siguiente agenda ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE ADMINISTRACION y VIGILANCIA de la Asociación, para renovar la junta directiva del Consejo de Administración y Vigilancia de conformidad al Art. 49 del Estatuto interno de la Asociación, por lo que se ruega puntual asistencia. Cusco, 05 de Julio del 2016 1V-06-VII-16 B/V 39703 EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 112-2016 seguida por Teresa Farfán García sobre Sucesión Intestada de quién en vida fuera su señora padre INOCENCIO FARFÁN LOPEZ quién falleció en fecha 11 de setiembre de 1996, a fin de que se les declare como herederos del causante a FELICITAS GARCIA
QUISPE en calidad de cónyuge supértite y a sus hijos Felimón Farfán García, Francisca Farfán García, Teresa Farfán García, Luz Marina Farfán García y Teresa Farfán Garcia.- Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 04 de Julio del 2016. 1V-06-VII-16 B/V 39699 PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA VICARIA JUDICIAL - ARBISPADO DEL CUSCO Según Decreto N° 0843 - 2016 - OAJE - C, el Sr. Jesús Rolando Rivas Ariza, solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE BAUTIZO de su madre ANASTACIA ARIZA SALINAS (fallecida), como sigue: El nombre y apellidos de la bautizada dicen: Anastasia Arisa Salinas Desde ahora debe decir: Anastacia Ariza Salinas El lugar de nacimiento no dice nada. Desde ahora debe decir: Cusco El apellido paterno de la madre dice: Arisa Desde ahora debe decir: Ariza De haber impedimento alguno comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc s/n (Palacio Arzobispal) cercado del Cusco. Cusco, 05 de julio de 2016 1V-06-VII-16 B/V 39704 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: YURI ALFREDO MARCAPURA ARAGON Identificado con DNI 42560464 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 32 años: Ocupación: EMPLEADO Domicilio: URB. TUPAC AMARU M-1 LT- L1 SAN SEBASTIAN Doña: KARLA MEDINA CERECEDA Identificada con DNI 41892681 Estado Civil: SOLTERA Natural de: SANTIAGO - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 33 años: Ocupación: GUIA DE TURISMO Domicilio: A.P.V. VICTORIA A-13 CUSCO Fecha de Matrimonio: 27 DE JULIO DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 30 de JUNIO del 2016. Walter Carpio Chávez Director 1V-06-VII-16 B/V 39705 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCAHUASI OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don JOSE MEJIA HUAMAN Identificado con DNI N° 43524774 Estado Civil Soltero Natural de Ancahuasi-Anta -Cusco Nacionalidad: Peruano Edad: 30 años Ocupación: Acricultor Domicilio: Comunidad Campesina Ccolccabamba Doña ANA ÑAHUI LOPEZ Identificada con DNI N° 48539573 Estado Civil Soltera Natural de ANCAHUASI- Anta-Cusco Nacionalidad: Peruana Edad: 23 años Ocupación: a su casa Domicilio: Comunidad Campesina Ccolccabamba Fecha de Matrimonio 24 de julio del 2016, a horas 12:00 pm En el salón Killarumiyoq de la Municipalidad distrital de Ancahuasi, Provincia de Anta, Región Cusco. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos de conformidad al Art. 253 del Código Civil, ante esta Jefatura de la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi - Anta - Cusco. Ancahuasi, 05 de julio del 2016. Rocio Camero Cjumo Registradora civil 1V-06-VII-16 B/V 39706 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDO REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 EXPEDIENTE MATRIMONIAL Nº 1407 - 2016 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL DON ZENON BALLADARES QUIN DNI 80047092 NATURAL Huarocondo Edad 38 años Estado Civil soltero Ocupación Agricultor Nacionalidad peruano Domicilio Calle Grau s/n del Distrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco. DOÑA YONY SUNATUPA QUISPE DNI 41265344 NATURAL Huarocondo Edad 34 años Estado civil soltera Ocupación ama de casa Nacionalidad Peruana Domicilio Calle Grau s/n del Distrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco. Quienes contraerán matrimonio Civil el día 24 de Julio del 2016 a hora 12:30 .m. Las personas que conozcan las causales de impedimento, pueden denunciarlos como establece el Art. 253 del Código Civil, ante la Jefatura delos Registros de Estado Civil de esta Municipalidad. Huarocondo ,04 de Julio del 2016 María Carmen Cusi Bolívar. Registradora Civil. 1V-06-VII-16 B/V 39707 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don MARCO ANTONIO CERECEDA HUAMANI con DNI Nro.42506637 de 34 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento del Cusco de ocupación Técnico en Mantenimiento de Maquinarias con Domicilio en PP:JJ Manco Capac N-7 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. ERIKA SANTOS HUALLPA con DNI Nro. 46460872 de 28 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación su casa , con domicilio en PP .JJ Manco Capac N-7 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 06 de Agosto del 2016 . Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 05 de Julio del 2016 Nilda Cupi Zuniga Jefe de registro civil 1V-06-VII-16 B/V 39708 EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA.- Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Que, despacho lo Señora Juez Dra.: GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de lo Secretorio Judicial Catalina Solazar Miranda; lo Señora ROSA FLORIPES LEVITA ROMERO, viene solicitando lo SUCESION INTESTADA de lo que en vida fue su señor podre Mamerto Levita Quispe fallecido el 29 de Abril del año 1988, publicación que se realizó para los que se crean con derecho o lo sucesión, se opersonen al Proceso Civil Nro. 01065-2016-0-100 1-JP-Cl-0 1 o ejercer su derecho. Cusco, 06 de Junio del 2016.1V-06-VII-16 B/V 39709 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: JUAN CARLOS QUISPE ÑACCHA Identificado con DNI 45101041 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 38 años: Ocupación: OBRERO Domicilio: APV. HUAYRACPUNCO LT. E-6 CUSCO Doña: YUDIT MARIBEL MEJIA SANA Identificada con DNI 42778243 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 34 años: Ocupación: AMA DE CASA Domicilio: APV. HUAYRACPUNCO LT. E-6 CUSCO Fecha de Matrimonio: 05 DE AGOSTO DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad Cusco, 04 de JULIO del 2016. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-06-VII-16 B/V 39710
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don, ROBERTO PALOMINO QUISPE, de 55 años de edad, identificado con DNI N° 23825825, natural del distrito de Huarocondo , Provincia de Anta, Departamento de Cusco, de ocupación obrero de estado civil soltero, domiciliado en la Comunidad Campesina de Piscacucho S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco; y, Doña, EDELMIRA MOLICA LUCANA, de 52 años de edad, identificada con DNI N° 80060223, natural del Distrito de Cusco, provincia de cusco, y Departamento de Cusco, de ocupación Su Casa de estado civil soltera, domiciliada en la Comunidad Campesina de Piscacucho S/N, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco. FECHA DE CELEBRACIÓN: DIA : 16 de Julio del año 2016. HORA : 11:00 P.M. LUGAR : En la Comunidad Campesina de Piscacucho del Distrital de Ollantaytambo. Las personas que conozcan causales de impedimento, pueden denunciarlas tal como establece el Art. 253 del Código Civil ante la Jefatura de los Registros Civiles de esta Municipalidad. Ollantaytambo, 05 de Julio del 2016 LIC. ELVIS R. FLORES FARFAN Alcalde 1V-06-VII-16 B/V 39711 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA. En la oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Anta Departamento del Cusco con expediente Nº 06483 de Fernando Saico Chávez el titular del acta de Nacimiento Nº 41 del año de 1963 y conforme establece la DI-263-GRC/017 solicita la Rectificación Administrativa del pre nombre del padre en el acta se ha consignado como Justo Saico Álvarez, debiendo ser lo correcto y completo como JUSTO PASTOR SAICO ALVAREZ. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación conforme lo estipulado en el Art. 73 - D.S 015-98-PCM. Anta, 05 de Julio del 2016 Walter Ricra Vasquez Registrador civil 1V-06-VII-16 B/V 39712 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: MANUEL ENRIQUE UNDA NUÑEZ Identificado con DNI 43572781 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 30 años: Ocupación: LIC. EN TURISMO Domicilio: URB. TTIO S -1- 9 WANCHAQ Doña: ALYSSA BRENDA SANCHEZ ZAMBRANO Identificada con DNI 70584228 Estado Civil: SOLTERA Natural de: JESUS MARIA - LIMA Nacionalidad: PERUANA Edad: 25 años: Ocupación: LIC. EN TURISMO Domicilio: URB. MARISCAL GAMARRA A-10 CUSCO Fecha de Matrimonio: 27 DE JULIO DEL 2016 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de estado Civil de esta Municipalidad. Cusco,05 de julio del 2016 . Walter Carpio Chávez director 1V-06-VII-16 B/V 39713 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; LA SRA. SILVIA CORINA BARRA YANQUE, SOLICITA LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO CON TEOFILO JULIO RODRIGUEZ MANGA, DONDE SE LE A MENCIONADO DE FORMA INCORRECTA A LA CONTRAYENTE COMO DOÑA SILVIA CORINA BARRA LLANQUE, IGUALMENTE EL NOMBRE DE LA PROGENITORA DE LA SOLICITANTE FUE CONSIGNADA INCORRECTAMENTE COMO ISIDORA LLANQUE, SIENDO SU NOMBRE CORRECTO Y COMPLETO YSIDORA YANQUE DE BARRA, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 04 DE JULIO DE 2016. 1V-06-VII-16 B/V 39714
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 SUCESIÓN INTESTADA
ANTE LA NOTARIA DEL DR. NESTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: LUZ MARINA PUELLES CASTRO , SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE: ROQUE PUELLES CASTRO, FALLECIDO EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL 2015 Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACION HEREDITARIA,HAGA USO DE SU DERECHO DENTRODEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 05 DE JULIO DEL 2016. 1V-06-VII-16 B/V 39715 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZURITE ANTA-CUSCO OFICINA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL Hace saber: Qué de conformidad al Art.248 del código civil. han presentado el Expediente Matrimonial los pretendientes: Don: MARIO CUSIHUALLPA BAEZ, de 50 años de edad natural del distrito de ANCAHUASI-ANTA-CUSCO, estado Civil Soltero, de ocupación AGRICULTOR hijo de DON BARTOLOME CUSIHUALLPA VARGAS y Doña: JUSTINA BAEZ CRUZ, con domicilio actual en el distrito de ANCAHUASI- ANTA-CUSCO, y ROSALIA CRUZ HUAMAN de 49 años de edad, natural del distrito de ANCAHUASI-ANTA- CUSCO, estado civil SOLTERA de ocupación. SU CASA, hija de Don: CECILIO CRUZ HUARI, y de Doña: SIMIONA HUAMAN QUISPE, con domicilio actual en el distrito de ANCAHUASI-ANTA-CUSCO, con el fin de contraer matrimonio civil en la oficina de Registro Civil el día 04 de agosto a las 12.00 del año 2016; los que conozcan las causales de impedimento podrán hacer dentro del término que estipula la ley y de conformidad a lo establecido en el Art.253 del Código Civil. Zurite, 5 de julio del 2016. VICTOR BELLIDO TORRES Jefe de registro civil 1V-06-VII-16 B/V 39716 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Titular doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo, se viene tramitando el Proceso Civil No Contencioso N° 756-2016-0-1 018-JP-CI-01, por el cual doña MARIA TERESA ZEA QUISPE solicita la SUCESION INTESTADA de los que en vida fueron VALENTIN ZEA BECERRA y ANDREA QUISPE QUISPE, fallecidos en 03 de Marzo del 2011, Y 24 de Febrero del 2009 respectivamente a fin de que se les declare su heredera Universal, conjuntamente a que a sus hermanos TEODOCIO VICTOR y DAVID JESUS ZEA QUISPE Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretaria Judicial María Eugenia Macedo Castillo Santiago, 01 de Julio del 2016. 1V-06-VII-16 B/V 39717 AVISO DE RECTIFICACIÓN DE ÁREA CONFORME AL ART. 21 DE LA LEY 27157, ARTS. 36, 38 Y 40 DE SU REGLAMENTO, ART. 5, INC C. C, DE LA LEY N° 27333 Y ART. 506 DEL C.P.C, COMUNICO QUE LOS HERMANOS JAIME LEONIDAS RENE, JUANA ROSA, EMILIO, LOURDES, WILLINGTON, YONI y NOEMI ARREDONDO ZARATE, SOLICITAN AL DESPACHO NOTARIAL A MI CARGO EL TRAMITE DE RECTIFICACION DE ÁREA Y LINDEROS DEL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, SIGNADO ACTUALMENTE COMO LOTE TERRENO NUMERO 112 (PUERTA PRINCIPAL), 116, 118, 126 (PUERTAS SECUNDARIAS), 134 Y 136 (PUERTAS PRINCIPALES) DE LA CALLE CUSI COYLLOR DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA LOS INCAS, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; QUE CUENTA CON UN AREA INSCRITA DE 310.00 M2; Y CON UN ÁREA REAL ACTUAL DE: 324.04 M2.-PERIMETRO: 75.74 ML. COLINDANCIAS: POR EL FRENTE: CON EL JIRON CUSICCOYLLOR CON 23•18ML . EN LINEA RECTA; POR EL COSTADO DERECHO: ENTRANDO CON EL JIRON CUSICCOYLLOR, CON 10.68 ML. EN LINEA RECTA; POR EL COSTADO IZQUIERDO: ENTRANDO CON EL LOTE C1-5,CON 15.22+7.10 ML. EN LINEA RECTA DE DOS SEGMENTOS, HACIENDO UN TOTAL DE 22.32 ML.Y POR EL FONDO: CON EL LOTE C1-1, CON 10.69+8.87ML. EN LINEA RECTA DE DOS SEGMENTOS, HACIENDO UN TOTAL DE 19.56 L.HABIENDO SIDO ADMITIDA A TRAMITE LA SOLICITUD Y ESTAR ARREGLADA A DERECHO; CUMPLO CON REALIZAR LAS PUBLICACIONES DE LEY CON LA FINALIDAD DE QUE SE APERSONEN QUIENES LO CONSIDEREN NECESARIO. ANTONIETA OCAMPO DELAHAZA NOTARIA DE CUSCO CNC. 027 3VCES-06-12-18-VII-16 B/V 39718 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don MARCO ANTONIO MOLINA AYBAR con DNI Nro. 42275706 de 33 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Huanta Provincia Huanta y Departamento de Ayacucho de ocupación Guía Oficial de Turismo con Domicilio en APV La Pradera F-3 Calle Los Geranios del Distrito de Santiago ,Cusco y la Srta. JENNIFHER ROSALIA CALCINA RAMOS con DNI Nro. 44224106 de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Yanacancha
Provincia Pasco Departamento de Cerro de Paseo de Ocupación Técnico en Enfermería, con domicilio en Calle Los Geranios APV La Pradera F-3 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Miércoles 27 de Julio del 2016 . Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Santiago, 05 de Julio del 2016. NILDA CUPI ZUNIGA Registradora civil 1v-06-vii-16 b/v 39719 PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEHICULAR De conformidad con el artículo 3 de la ley 28325, Ley de Prescripción de Vehículos, comunico que ante mi Despacho Notarial, sito en el inmueble número 513 del Jirón Jaquijahuana del distrito y provincia de Anta y departamento de Cusco, se presentaron los cónyuges EMETERIO OVIEDO DELGADO, identificado con DNI N° 23825445, Y LUZMILA TAPIA CARRASCO, identificado con DNI N° 23888206, ambos con domicilio en el Jr. jaquijahuana sin número del distrito y provincia de Anta y departamento de Cusco, quienes solicitan se tramite la Prescripción Adquisitiva del vehículo con las siguientes características: Placa de rodaje WO-8455.- MARCA: MITSUBISHI.- MODELO: CANTER FE214EXSLCP2.- AÑO FAB :1989.- CARROCERIA: BARANDA.- N° SERIE: FE214EA00740.- N° MOTOR: 4D31P920848.- COLOR: BLANCO CRISTAL, VERDE.- TIPO COMBUSTIBLE: PETROLEO.- Se comunica a fin de que los que tengan algún derecho, lo hagan valer dentro del término de ley. Anta, 05 de julio de 2016. YORKA.I. JORDAN GAMARRA ABOGADA NOTARIA 1v-06-vii-16 b/v 39720 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DON: JOSE CARLOS CUBA SUPANTA EDAD: 31 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERO OCUPACION: ING. ELECTRONICO NACIONALIDAD: PERUANO DNI: 43814433 DOMICILIO: APV. SR DE COYLLORITY A-7-B DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DOÑA: ROCIO SOLEDAD QUISPE ABARCA EDAD: 30 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION: CONTADORA NACIONALIDAD: PERUANA DNI: 43294041 DOMICILIO: APV. SR DE COYLLORITY A-7-B DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DEL MATRIMONIO: 15 DE JULIO DEL 2016 HORAS: 11.00.00 AM HORAS QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSAL ES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 05 DE JULIO DEL 2016. ABOG.- ALFREDO RIMASCA CHACON SUB GERENTE DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL 06/07/2016 B/. 30365 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora OFELIA PAREDES SALAS, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 085-2016-FT, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACION TUTELAR. Res. No. 1. Urcos, 04 de Marzo del año 2016. Donde SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACION TUTTELAR, Por Abandono Moral y Material a favor del menor EDON EDGAR TACURI AYME (11 años), contra sus progenitores JUANA AYME FLORES Y EDONQUISA TACURI YAPURA. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 15 de Junio del 2016. MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ SECRETARIO JUDICIAL 06/07/2016 PODER JUDICIAL EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora OFELIA PAREDES SALAS, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 037-2014-FT, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACION TUTELAR. Res. No. 2. Urcos, 03 de Febrero del año 2014. Donde SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACION TUTTELAR, Por Abandono Moral y Material a favor de la menor
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 YURI HUAMAN CHULLUNQUIA (14 años), contra su progenitores ISIDORA CHULLUNQUIA YUCA Y ANDRES ABELINO HUAMAN CCASA. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 23 de Junio del 2016 MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ SECRETARIO JUDICIAL 06/07/2016 PODER JUDICIAL EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi, que despacha el Sr. Juez Efraín la Torre Valenzuela, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Violeta Lizbeth Huamaní Benites, se tramita el Exp. Civil N° 00007-2016-0-1 003-JP-CI-01 seguido por BRAULIA ESPINAR NOGUERA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitando que se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido que se incluya el primer nombre de pila (JUANA) y su apellido materno (BERRIO) de su progenitora, manera que el nombre de su progenitora quede como Juana Escolástica Noguera Berrio admitida la solicitud, en vía del proceso no contencioso. Se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Pomacanchi, 04 de julio del año 2016. VIOLETA LIZBETH HUAMANI BENITES SECRETARIA JUDICIAL 06/07/2016 B/. 30366 DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ EDICTO MATRIMONIAL El que suscribe: Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que; Don: LUIS ANTONIO SOTO FELIX de 30 años de edad, con DNI N° 45741342, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación CONTADOR, natural de JUNIN, con domicilio en: ASOCIACION LOS SAUCES B -9 y Doña: YONY MONZON HUAYLLAPUMA de 33 años de edad, con DNI N° 41572533, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación CONTADORA, Natural de CUSCO, con domicilio en : ASOC. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ C -1. Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día: VIERNES 15 DE JULIO DEL 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq. Wanchaq, 05 de JULIO del 2016 GUILLERMO HANCCO HUILLCA REGISTRADOR 06/07/2016 B/. 30364 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZURITE EDICTO MATRIMONIAL Hace saber: Qué de conformidad al Art.248 del código civil, han presentado el Expediente Matrimonial, los pretendientes. Don: EDER USUCACHI HUANUCO, de 29 años de edad natural de Zurite-AntaCusco, estado Civil Soltero, de ocupación Mecánico Automotriz, hijo de Don: JULIO EDGAR USUCACACHI HUAMANCCARI y Doña: AGUEDA HUANUCO QUISPE, con domicilio actual en Zurite -Anta-Cusco, y Doña: EVELIN HUAMAN MEZA de 29 años de edad, natural de Cusco- Cusco, estado civil soltera de ocupación Técnico en Computación, hija de Don: ESTANISLAO HUAMAN JARO y de Doña: LUISA AUGUSTA MEZA QUISPE, con domicilio actual en el Distrito de Ancahuasi- Anta-Cusco, con el fin de contraer matrimonio civil en la oficina de Registro Civil el día 30 de julio a las 11.30 a.m. del año 2016; los que conozcan las causales de impedimento podrán hacer dentro del término, que estipula la ley y de conformidad a lo establecido en el Art.253 del Código Civil. Zurite, 30 de junio del 2016 VICTOR BELLIDO TORRES JEFE DE LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL 06/07/2016 B/. 30368 EDICTO MATRIMONIAL DE LEY Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes: Don DARWIN RAFAEL BACA USCACHI, identificado con DNI. N°43852846, de 30 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de Urcos- Quispicanchis-Cusco profesión u ocupación PNP, con Domicilio en Jr -Machupicchu 420 de esta ciudad. Doña CELY CUELLAR CALLASACA identificada con DNI N°44304181 de 29 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba, Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, de Profesión u ocupación Empleada, con domicilio en Jr. Machupicchu 420 de esta ciudad PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día SABADO 06 de AGOSTO del año 2016. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil. Quillabamba, 04 de Julio del 2016. JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA JEFE DE REGISTRO CIVIL 06/07/2016 B/. 30369
AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO En la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de La Convención, Distrito de Santa Ana de la provincia de La Convención, departamento y región del Cusco, el recurrente don Pedro Celestino Ortiz Mendoza, identificado con DNI. N° 23861211, mediante expediente Administrativo N°10201, de fecha 23 de Junio del 2016, y conforme lo establece la DI 263-GRC/017, solicita la rectificación Administrativa de la partida de nacimiento de su hijo (Niño Especial), registrado bajo el folio N°128, Año 1992, perteneciente a: Yury Ortíz Ccuyro, por existir error tanto en el margen izquierdo como en el cuerpo principal del acta el apellido materno del titular “Ccuyro” siendo lo correcto CCUIRO, asimismo el nombre de la progenitora Maritza Ccuyro Rodriguez, consignada erróneamente el apellido paterno Ccuyro siendo lo correcto CCUIRO. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley Quillabamba, 04 de Julio del año 2016. JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPA JEFE DE REGISTRO CIVIL 06/07/2016 B/. 30369 SANEAMIENTO DE INMUEBLE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL -LA CONVENCIÓN, CON DOMICILIO EN JR. INDEPENDENCIA S/N DEL DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, HACE DE CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRA EFECTUANDO EL SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL N°711 DE LA COMUNIDAD NATIVA DE SHIMAA UBICADA EN LA JURISDICCIÓN DE LA COMUNIDAD NATIVA SHIMAA COMPRENSIÓN DEL DISTRITO DE ECHARATE. PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA ACTUAL DE 1.4474 HA. CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: PERÍMETRO: 481.93 ML. POR EL NORTE: EN LINEA QUEBRADA ABARCA LOS VERTICES DEL 1 AL 10 CON UNA LONGITUD DE 132.00 ML. COLINDA CON LA COMUNIDAD NATIVA SHIMA. POR EL ESTE: EN LINEA QUEBRADA ABARCA LOS VERTICES DEL 10 AL 25 CON UNA LONGITUD DE 116.24 ML. COLINDA CON EL RIACHUELO KITOATO Y CON LA COMUNIDAD NATIVA DE SHIMAA. POR EL SUR: EN LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 25 AL 44 CON UNA LONGITUD DE 134.81 ML. COLINDA CON EL RIACHUELO KITOATO Y LA COMUNIDAD DE SHIMAA. POR EL OESTE: EN UNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 44 AL 1 CON UNA LONGITUD DE 98.88 ML. COLINDA CON LA COMUNIDAD NATIVA DE SHIMAA. ANTE LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICOS SEDE N°X QUILLABAMBA -SUNARP PARA LA INSCRIPCIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD. DE CONFORMIDAD A LA LEY 26512 Y N°27493, DS. 06-98 ED, DS. 130-2001 EF MODIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO N°007-2008 EF. A FIN DE QUE AQUELLOS TERCEROS QUE SE CREAN CON DERECHO O AFECTADOS PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN CONFORME A LEY. JOSE DANIEL CARBAJAL LUNA DIRECTOR UGEL- LA CONVENCION 06/07/2016 B/. 30369 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VEHICULO Ante mí, ABEL SALUSTIO POZO UGARTE, en mi Oficina Notarial ubicada en Jirón Quillabamba N° 205, Plaza de Armas -Quellouno, se ha presentado NELIDA WILSON VDA. DE SANCHEZ, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 24994940, solicitando al amparo del artículo 3º de la Ley N° 28325 Y del Decreto Supremo N° 012-2006-JUS, Prescripción Adquisitiva de Dominio de Vehículo, a fin de que se le declare propietaria del Vehículo con Placa de Rodaje N° PZ-3627 , cuyas características son: Clase: Camioneta Pickup Peso Neto: 1,46 tn. Marca: Nissan Peso Bruto: 3.46 tn. Modelo: L 140T Junior Carga Útil: 2.00 tn. Año de Fabricación: 1982 N° de Asientos: 3 Tipo Carrocería: Baranda Ancho: 1.69 mt Color: Azul Altura: 1.72 mt. N° de Serie: L140041810. Longitud: 4.69 mt. N° de Motor: H20080756J Nº de Pasajeros: 2 Tipo Combustible: Gasolina Nº de Ruedas: 4 N° de Cilindros: 4 Nº De Ejes: 2 El mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº 60014363 de la Sede Registral Cusco, a nombre de JOSE VICTOR SANCHEZ ORTIZ, convocándose a todo aquel que tenga derecho sobre el bien para hacerlo valer conforme a Ley. Quellouno, 22 de junio de 2016-07-05 ABEL SALUSTIO POZO UGARTE ABOGADO-NOTARIO 06/07/2016 B/. 30369
8 EDICTO JUDICIAL EXP: 116-2016-0- PE Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos Quiroz Se pone en conocimiento de BERNARDO IMATA HUAYLLA; con la resolución N° 01 Y 03, de fechas 19 de mayo y 27 de junio del 2016, el requerimiento de proceso inmediato solicitado por el representante del Ministerio Público, en su contra por el delito contra la familia en su modalidad de omisión de asistencia familiar en agravio del menor representado por su progenitora Maria Vargas Vilca y señala audiencia para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS, en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación preparatoria de esta sede, conforme lo establece el artículo 3500 del C.P.P.; Así mismo se le REQUIERE para que en el lazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento. Espinar, 27 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL. EL Señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Canchis, Eduardo Sumire López, en el Proceso Penal N° 298-2013-68-1007-JR-PE-O1: seguido contra DANTE COLQUE CAMI, por el delito contra la fe pública, en su modalidad de falsificación de documentos en general, sub tipo FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO, en agravio de Martin Maxi Puma Aytara, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Gualberto Serrano TrujiIIo , ha resuelto comunicar al acusado DANTE COlQUE CAMI con el tenor la resolución N° 04 de fecha 15 de junio del 2016, dictada en acto de audiencia Pública. RESOLUCIÓN N° 04 Sicuani, quince de Junio Del año dos mil dieciséis. VISTOS Y OIDOS; En la audiencia pública de juzgamiento programada para esta fecha, Y CONSIDERANDO: PARTE EXPOSITIVA: (Queda registrado en audio) PARTE CONSIDERATIVA: (Queda registrado en audio) PARTE RESOLUTIVA: (Se transcribe en su integridad DECISION: Por estos fundamentos, el Órgano Jurisdiccional, RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral convocada para esta fecha por la inconcurrencia injustificada de lEaN MAGNO YUCRA CERRillO y la falta de notificación de DANTE COlQUE CCAMI. 2. DECLARAR CONTUMAZ a LEON MAGNO YUCRA CERRILLO, con DNI N° 40149871, nacido el 10 de Noviembre del año 1974 en el Distrito de Checacupe, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, estatura 1.65, estado civil soltero, padres Melquiades y Filomena, con domicilio real en Asociación Alto Huancane sIn, del distrito de Checacupe, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, 3. Se GIRE los oficios respectivos tanto a la Policía Nacional de esta jurisdicción y a nivel nacional, se inscribirá en los registros del Poder Judicial, para su ubicación, captura y conducción compulsiva del acusado para la instalación de la audiencia de juzgamiento en la fecha a fijarse. 4. Se RESERVA El JUZGAMIENTO hasta la ubicación del acusado.H.S. 5. SE DISPONE SE REITERE LA NOTlFICACION DEL ACUSADO DANTE COLQUE CCAMI EN SU DOMICILIO REAL Y SE PUBLIQUE LOS EDICTOS CORRESPONDIENTES. 6. SE SUSPENDE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA. EL DIA LUNES 18 DE JULIO DEL AÑO 2016 A HORAS 08:30 AM. 04-05-06/07/2016 CPJ NOTIFICACION VIA EDICTO EXPEDIENTE : 00004-2015-0-1014-JR-PE-O1 A LA PERSONA DE JOSE ANCCO QUISPE Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy LIancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, emplaza al imputado JOSE ANCCO QUISPE, donde se dispone notificar vía edicto las resoluciones recaídas en el presente proceso; ordenado en la resolución N° 22 de fecha diez de junio del año dos mil dieciseis, recaída en el proceso penal Nro. 004-2015-0, seguido contra Alex Huamani Mansilla y Otros como autores del delito de contrabando, en agr-avio de la SUNAT ADUANAS, con el tenor siguiente.RESUELVE: 1. TENER POR RECEPCIONADA la disposición No. 03-2016DE ARCHIVO DE DENUNCIA, de fecha veintiséis de mayo del año dos mil dieciseis, por la que el representante del Ministerio Publico dispone RECTIFICAR el nombre del imputado Alex Pay o José Pay, siendo lo correcto de Marcelino Paye Ccolque, así como dispone que NO PROCEDE A FORMALIZAR Y CONTINUAR CON LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, contra José Ancco Quispe y Marcelino Paye Ccolque, por la presunta comisión de delitos aduaneros en la figura de contrabando en agravio del Estado, representado por el Procurador Publico de la SUNAT ¬ADUANAS así dispone su archivo. 2. CUMPLASE con notificar a las partes en sus domicilios señalados en autos, así como vía edicto judicial la presente resolución, al imputado José Ancco Quispe, tanto en el diario Judicial de mayor circulación, así como en el Portal Web institucional del Poder Judicial, asimismo habilitase la notificación del edicto en la tablilla del Juzgado, y en los lugares de mayor difusión de este Distrito, con cuyo fin gírese oficio a la Policía, así como a la Municipalidad Distrital de Camanti, para su publicación respectiva por el termino de ley. Rubrica del Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. 04-05-06/07/2016
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 2154-2015-28-1001-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a WALTER DIAZ LACUTA¡ para que se ponga a derecho el día VEINTIDÓS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las OCHO HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad. Cusco, 01 de julio de 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 01679-2016-95-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: Marleny Saryasy Gomez. Se cita y emplaza al (los) acusados: WILBER SUSAY CCASANI. ¬ Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica Sub Tipo Peligro Común en la Modalidad dé Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad. Res. Nro. 01 Cusco, uno de julio del año dos mil dieciséis, señálese fecha para el verificativo de audiencia de Juicio Oral de proceso inmediato para el día VEINTISIETE DE SETEIMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA. acto que tendrá lugar EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL ubicado en tercer nivel Palacio de Justicia Cusco. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, O 1 de julio del 20 16. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Expediente: 2322-2014-25-1001-JR-PE-01 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a ERASMO ESPINOZA PACCO¡ para que se ponga a derecho el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad. Cusco, 30 de junio de 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL En el 3° JUZGADO FAMILIA DE Cusco que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se viene tramitando el expediente 0330-2016-0-1001-JR-FT- sobre Violencia Familia, en el que se ha dispuesto la notificación de la agraviada CHIPA MERMA, MARIBEL con las medidas de protección contenidas en resolución numero dos de fecha cuatro de marzo del dos mil dieciséis que RESUELVE: PRIMERO.- DISPONER como medidas de protección a favor de la víctima Maribel Chipa Merma a que deberán ser cumplidas por el denunciado Juan José Solis Merma en condición de cónyuge de la agraviada y que son las siguientes: 1. ORDENAR al denunciado el cese y abstención de toda agresión física, psicológica y verbal, como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos, amenazas; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada. 2. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de acercarse a la agraviada a no menos de 100 mt., prolúbiendo su retorno al in mueble donde habita la agraviada. 3. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de generar cualquier tipo de conflicto o pelea dentro y fuera de del domicilio de la agraviada 4. DISPONER que la POLICIA NACIONAL DEL PERU EN TODAS SUS DEPENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde atención prioritaria y protección inmediata a la victima a su sola petición verbal y presentación de la presente resolución, considerando este REQUERIMIENTO SUFICIENTE por parte, de este Despacho Judicial para el cumplimiento de las medidas de protección, efectuando la inmediata detención del denunciado. incluso allanando su domicilio o el lugar donde estén ocurriendo los hechos. en caso de flagrante delito. vinculado a actos de violencia familiar en aplicación de lo dispuesto por el artículo 17 de la ley N° 30364. 5. DISPONER que el denunciado preventivamente reciba terapia psicológica en el centro de salud la Fundación Cristo Vive, para cuyo fin GÍRESE EL OFICIO Correspondiente Medidas de Protección que deberán ser cumplidas BAJO APERCIBIMIENTO de remitir copias certificadas a la Fiscalía Penal de Turno por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad además de disponer su detención por 24 horas y el pago de una multa progresiva de SURPS.. SEGUNDO: Disponer que la víctima reciba terapia sicológica a fin de superar los actos de violencia en su contra por parte de la fundación Cristo Vive, para
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 cuyo efecto gírese el oficio correspondiente. TERCERO: Que el denunciado indemnice a la agraviada con el monto de S/300.00 nuevos soles que deberá realizar dentro de los diez días de notificado con la presente resolución. CUARTO: NOTIFICAR a la agraviada y denunciado en su domicilió real; así como a la Comisaría de Tahuantinsuyo, para el cumplimiento de las medidas de protección en aplicación de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley 30364 H.S.¬ Se deja constancia que no se registra la audiencia por audio y video por no contar el juzgado con dicho equipos. Proceso que se tramita bajo la actuación de la secretaria judicial Joselin Pez o huallpa. Cusco, 30 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO DE ABANDONO DE MENOR Ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando el Proceso N° 00240-20 14-0-100 1-JR-FT-01, seguido a favor del menor Jhon ,.. Brayan Gómez Flores, de 7 años de edad, sobre Abandono Material y Peligro Moral, para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y hermanos de dicho menor, a efecto de que hagan valer sus derecho, oponerse, apersonarse y declarar conforme a ley bajo apercibimiento de declararse el abandono con fines de adopción. Cusco, 14 de junio de 2016. 2/veces interdiarios. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO DE ABANDONO DE MENOR Ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando el Proceso N° 00240-20 14-0-100 1-JR-FT-O1, seguido a favor del menor Jhon Brayan Gómez Flores, de 7 años de edad, sobre Abandono Material y Peligro Moral, para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y hermanos de dicho menor, a efecto de que hagan valer sus derecho, oponerse, apersonarse y declarar conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el abandono con fines de adopción. Cusco, 14 de junio de 2016. 2/veces interdiarios. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el, Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Solina Maybee Apaza Bejar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cácercs del Río, se ha ordenado la notificación por edictos del imputado Anfoni Albert Rocca Mollehuanca con un extracto del Acta de Audiencia de requerimiento de prisión preventiva con la resolucion N° 8 de fecha 17-06-2016, en el incidente 39 derivado del Proceso Principal Nro. 00065-2015-0-1011-JR-PE .O1, seguido en contra de Gerardo Barricntos Prieto y otros, por el delito de Contra la vida el cuerpo y la salud tipo penal homicidio calificado sub tipo asesinato por la condición oficial del agente con crueldad y por lucro en agravio de Q.V.F Ronald Nuriez Valdez y otro, siendo como sigue: RESPECTO DEL ACTA DE AUDIENCIA DE PRISION PREVENTIVA RESOLUCIÓN NRO. 08 Paruro diecisiete de junio Del año dos mil dicciséis.¬ PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE DISPONE: l. Declara FRUSTRADA la presente audiencia. 2. Se REPROGRAME la presente diligencia, para el día CINCO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA. 3. Se dispone notificar a ANFONI ALBERT ROCA MOLLEHUANCA con la [onna1ización de la investigación preparatoria y con la ampliación de la forma1ización, diligencia que debe hacerse efectivo en el proceso principal a proveerse oportunamente. 4. NOTIFIQUESE con la reprogramación de esta audiencia vía edictos Paruro, 17 de junio del 2016. Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 36-2016, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado JUVENAL QUISPE HUIILCA, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 07/03/2016: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MAL TRATO PSICOLOGICO, contra JUVENAL QUISPE HUILLCA; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Hágase. Saber. Finna Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 0877-2011-12-1 015-JR-PE-01.
9 Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITAA y EMPLAZA a la acusada contumaz FELlCIA CUADROS GALARZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio del Estado Peruano. Urubamba, 31 de mayo del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 1 71-2013-4-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz JUAN ALBERTO CARBAJAL CARBAJAL para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Max Arthur Loayza Carrion. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 0877-2011-12-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz FELICITA CUADROS GALARZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOlÓGICA, en agravio del Estado Peruano. Urubamba, 31 de mayo del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 111-2012-79-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz ESTHER CRUZ QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio de el Estado Peruano. Urubamba, 31 de mayo del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 096-2011-97-1 015-JR-PE-01 . Se CITAA y EMPLAZA al acusado contumaz WILLlAN CALLAÑAUPA UBALDE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Violación Sexual, en agravio de la persona de iniciales A.T.a. d CH. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 111-2012-79-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz ESTHER CRUZ QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio del Estado Peruano. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 46-2014-2-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a los acusados: LUCIO SILVA YABAR, RONALD PAUL CANAL ZAPATA Y RITA BACA QUISPE; para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Hurto Agravado en grado de tentativa, en agravio de Manuel Quispe Mesco. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 089-2014-49-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz PERCY ZAMBRANO CCAPACA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad. Urubamba, 06 de junio del 2016.
10 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 139-2014-43-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz ALFREDO MAYTA LEVITA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Marisol Ttito Huamán. Urubamba,06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp.- 02-2015-48-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz SALUSTIO CALLAÑAUPA PALMA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales A. C. Q. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 90-2012-23-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz RULE ALFREDO MAYTA MARCA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Victoria Haydee López Bibiano. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 065-2014-95-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz EDWIN HUANACO ZAMATA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que Se le sigue por el delito de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad. Urubamba, 06 junio de 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 193-2011-83-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz MARUJA CHOQUECONZA CUSIHUAMÁN; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Irma Callañaupa Qui.spe. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL. EXP. NRO.024S-2014-90-1 01 S-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. SE CITA y EMPLAZA al acusado SANTIAGO RODRIGUEZ POMARROSA¡ para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 1 58-2014-53-101 5-JR-PE-O1. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz HUGO ROLANDO PEDRAZA CUSIHUALLPA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Victoria Haydee López Bibiano. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL. EXP. NRO.01 0-2014-3-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. SE CITA y EMPLAZA al acusado SANTIAGO RODRIGUEZ POMAR ROSA;
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 para que se ponga a derecho y se defienda de poscargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves en agravio de Tatiana Villanueva. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL. EXP. NRO.01 0-2014-3-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. SE CITA Y EMPLAZA al acusado WILFREDO ESPINOZA GUZMAN¡ para que se ponga a derecho y se defienda de poscargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de de Wilder Wilfredo Espinoza Viena. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 150-2013-3-101 5-JR-PE-O1. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz EDGAR HUAMÁN BAUTISTA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Cinthia Montoya Marcavillaca. . Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 103-2013-24-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz ALBERTO RAMOS MENDOZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Cristian Alberto Barrueta Villena. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 068-2013-31-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz ABELARDO QUISPE BACA; para que se ponga a derecho y se defienda d~ los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Oiga Huamán Tunqui. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 051-2011-22-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz MARÍA JESÚS HUAMÁN QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Primitiva Quispe Uscamayta. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp. 0877-2011-12-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz FELICITA CUADROS GALARZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio del Estado Peruano. Urubamba,06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO PENAL Exp.090-2011-38-1015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea. Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz PAULlNO DIAZ HUAMANHUILLCA ¡ para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Tráfico de Moneda Falsa, en agravio del Estado Peruano. Urubamba, 06 de junio del 2016. 04-05-06/07/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE : 0000l-2013-87-1014-JR-PE-O1
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 A LAS MENOR DE INICIALES C. .C. REPRESENTADO POR MARCIAL UINO CHACON y MENORES DE INICIALES S.R.L. R.A.H.l REPRESENTADO POR ROSALlO SALAZAR TORRES y SABINA LIRA CERECEDA El Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Distrito de Camanti -Quincemil, que despacha el Señor Juez Dr. Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista de Legal Luis Enrique Castillo Núñez, se notifica a las agraviadas MENORES DE INICIALES C.Q.C. REPRESENTADO POR MARCIAL QUINO CHACON y MENORES DE INICIALES S.R.L. Y R.A.H.L. REPRESENTADO POR ROSALIO SALAZAR TORRES y SABINA LIRA CERECEDA, en los seguidos contra JUSTINA CCOLQUE MAMANI y OTROS, por el delito contra la Libertad Personal en su Modalidad de Trata de Personas Agravada, por el que se reprograma la audiencia de control de acusación, emitida en la resolución N° 38 de fecha 16 de junio del 2016 que en su parte resolutiva RESUELVE: 1. DECLARA INFUNDADA la observación realizada por la defensa Publica, de los acusados Justina Ccolque Mamani y Cesar Hancco Viza, en el extremo de la observación a la tipificación del requerimiento acusatorio. 2. TENER por precisado que el requerimiento de acusación es contra Justina Ccolque Mamani y Cesar Hancco Viza, y no contra Elena Chambi Coya, de quien ya se emitió el auto de sobreseimiento correspondiente en dicho extremo. 3. DECLARAR la validez formal de la acusación seguida contra Justina Ccolque Mamani y Cesar Hancco Viza, por la presunta comisión del delito contra la libertad en la figura delictiva de delitos contra la libertad personal en su modalidad de trata de personas, agravada conducta prevista en el numeral 3 y 4 del primer párrafo del articulo 153 - A del Código Penal, y teniendo como tipo básico el articulo 153 del Código Penal en agravio de las menores de iníciales CRSL y RAHL representado por Rosalio Salazar Torres y Sabina Lira Cereceda así como en agravio de CQC representado por Marcial Quino Chacón, y continúese con la presente audiencia por sus causales legales. Da por concluido y en este estado se reserva el derecho para emitir la resolución correspondiente dentro del término de ley, la misma que se notificara a las partes en su domicilio señalado en autos y sin peIjuicio del mismo y considerando que se tiene audiencias programadas en esta judicatura y por lo avanzado del tiempo se dispone la continuación de la presente audiencia, para el dia CATORCE DE JULIO DEL AÑo DOS MIL DIECISEIS, A HORAS QUINCE HORAS la misma que hade verificarse en el Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de Camanti Quincemil, lo que se notifica en este acto a las partes. Hágase Saber.- Media firma del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Judicial de Juzgado.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTEDES. 04-05-06/07/2016 CPJ EXPEDIENTE : 01177-2014-0-1001-JM-FT-O1 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR Resolución Nro. 28 Cusco, 23 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en consulta, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando M urillo Flores opina por: “Se DESAPRUEBA la sentencia contenida en la Resolución N° 24, del 13 de noviembre de 2015, que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de Violencia Familiar que obra a fojas 50 y siguientes (...)” (folio 339 a 350). DEBIENDO la juzgadora volver a emitir pronunciamiento. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, es por: “APROBAR la sentencia contenida en la Resolución N° . 24 del trece de noviembre de dos mil quince (folio 339 y siguientes), que resuelve declarar: “INFUNDADA la demanda de violencia familiar interpuesta por el Ministerio Público contra Claudia Vanesa Quispe Castro...”. y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta 10 dispuesto por el articulo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fm a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por 10 que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a 10 dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 11 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 409 del Código Procesal Civil, no procediendo el pedido de informe oral.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con 10 dispuesto por el articulo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.¬ S.S. MURlLLO FLORES.- PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR.” Miguel Espejo Rosell. - Secretario de Sala. PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00874-2015-0-1001-JR-CI-05 MATERIA : INDEMNIZACION “Resolución Nro. 21 Cusco, 23 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina porque: “Se declara NULA la sentencia, contenida en la Resolución N° 15, del 11 de diciembre de 2015, que declara: “(...) INFUNDADA la demanda civil sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servicios Integrados Turísticos y Culturales (...)” (folio 514 a 520). DEBIENDO la
11 juzgadora volver a emitir pronunciamiento conforme las observaciones de la presente. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, es por: “CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nro. 15 de fecha once de diciembre de dos mil quince (fojas oS 14 Y siguientes), que declara: “INFUNDADA la demanda CIVIL sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servicios Integrados Turísticos y Culturales...”. y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 20 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. S.5.- MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR” Miguel Espejo Rosell S 04-05-06/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ “1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 01177-2014-0-1001-JM-FT-01 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR Resolución Nro. 28 Cusco, 23 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en consulta, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina por: “Se DESAPRUEBA la sentencia contenida en la Resolución N° 24, del 13 de noviembre de 2015, que declara: “(…) INFUNDADA la demanda de Violencia Familiar que obra a fojas 50 y siguientes (…)” (folio 339 a 350). DEBIENDO la juzgadora volver a emitir pronunciamiento. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, es por: “APROBAR la sentencia contenida en la Resolución Nº . 24 del trece de noviembre de dos mil quince (folio 339 y siguientes), que resuelve declarar: “INFUNDADA la demanda de violencia familiar interpuesta por el Ministerio Público contra Claudia Vanesa Quispe Castro…”. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 11 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 409 del Código Procesal Civil, no procediendo el pedido de informe oral.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.S.S. MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR.” Miguel Espejo Rosell.- Secretario de Sala. 04-05-06/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00874-2015-0-1001-JR-CI-05 MATERIA : INDEMNIZACION “Resolución Nro. 21 Cusco, 23 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina porque: “Se declara NULA la sentencia, contenida en la Resolución N° 15, del 11 de diciembre de 2015, que declara: “(…) INFUNDADA la demanda civil sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servicios Integrados Turísticos y Culturales (…)” (folio 514 a 520). DEBIENDO la juzgadora volver a emitir pronunciamiento conforme las observaciones de la presente. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, es por: “CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nro. 15 de fecha once de diciembre de dos mil quince (fojas 514 y siguientes), que declara: “INFUNDADA la demanda CIVIL sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servicios Integrados Turísticos y Culturales …”. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral,
12 conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CEDCSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 20 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. S.S.- MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR” Miguel Espejo Rosell Secretario de Sala. 04-05-06/07/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE: MARTHA EUGENIA DELGADO LLAYQUI Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Erika Nuñez Orihuela, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Fortunata Mamani Maita, se viene tramitando el Proceso Penal W 002568-2014-84-1001-JR-PE-OI, seguido contra MARTHA EUGENIA DELGADO LLAVQUI por la comisión del delito Contra el patrimonio en la modalidad de usurpación, sub. tipo USURPACIÓN POR DESPOJO PARCIAL DE LA POSESIÓN AGRAVADA POR HABERSE COMETIDO CON LA INTERVENCIÓN DE DOS O MAS PERSONAS en agravio de FAUSTO RAURAU PALIZA Y FELlPA RODAS SERNA, de donde se tiene que por Res. 05, dictado en audiencia pública del 28 de junio del 2016, se ha dispuesto que la acusada MARTHA EUGENIA DELGADO LLAYQUI se notifique vía edicto judicial, siendo el tenor literal de la parte resolutiva el siguiente: (...) SE RESUELVE: 1. DAR POR FRUSTRADA la presente audiencia por falta de devolución de la cedula de notificación de MARTHA EUGENIA DELGADO LLAVQUI. DISPONER la reprogramación de la presente audiencia para el DIA DIECINUEVE DE JULIO A LAS DOCE CON TREINTA EN ESTA ONCEAVA SALA. NOTIFICARSE bajo con el carácter de URGENTE en el domicilio real CALLE TRES CRUCES DE ORO W 328 INTERIOR A-l. A efecto de garantizar la debida notificación se cumplan con los edictos judiciales por tres días consecutivos a efecto de convalidar cualquier error en la notificación, y se cumpla con notificar en todos los domicilios procesales y reales que ella tuviera por señalado a efecto de resolver su situación jurídica, debiendo de de manera expresa consignarse que la procesada MARTHA EUGENIA DELGADO LLA VQUI se encuentra bajo apercibimiento de ser declarada contumaz en caso de inconcurrencia. Firmado por la Juez Nuñez.¬ Cusco, 30 de Junio de 2016. 05-06-07/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00417-2010-0-1001-JR-CI-O1 MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO “Resolución Nro. 57 Cusco, 28 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto al extremo que impone costas y costos de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina porque: «Se CONFIRMA la sentencia, contenida en la Resolución N° 27, del 16 de abril de 2014, en el extremo que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de fojas diecinueve, interpuesto por José Pacheco Pinto contra Justina Molina Solís, Braulio Avalos Guisado y María Luisa Salome Pinto Corrales de Pacheco sobre Nulidad de acto jurídico de la escritura pública de compra venta (...)” (folio 270 a 278). REVOCANDOLA, en cuanto a la decisión que establece: “Sin costas ni costos procesales”. REFORMANDO dicha decisión, se declara “con costas y con costos”. INNECESARIO emitir pronunciamiento respecto a la nulidad formulada (folio 350). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA PARCIAL de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es por: “CONFIRMAR el extremo de la sentencia que exonera a la parte actora de las costas y costos procesales. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ, para que dirima el extremo en discordia; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 12:40 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orqánica del Poder Judicial.¬ S.S.MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR.-“ Miguel Espejo Rosell Secretario de Sala. 05-06-07/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00417-201O-0-1001-JR-CI-O1 MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO “Resolución Nro. 57 Cusco, 28 de junio de 2016.
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 Habiéndose producido discordia respecto al extremo que impone costas y costos de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina porque: “Se CONFIRMA la sentencia, contenida en la Resolución N° 27, del 16 de abril de 2014, en el extremo que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de fajas diecinueve, interpuesto por José Pacheco Pinto contra Justina Molina Salís, Braulio Avalos Guisado y María Luisa Salame Pinto Corrales de Pacheco sobre Nulidad de acto jurídico de la escritura pública de compra venta (...)” (folio 270 a 278). REVOCANDOLA, en cuanto a la decisión que establece: “Sin costas ni costos procesales”. REFORMANDO dicha decisión, se declara “con costas y con costos”. INNECESARIO emitir pronunciamiento respecto a la nulidad formulada (folio 350). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA PARCIAL de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es por: “CONFIRMAR el extremo de la sentencia que exonera a la parte actora de las costas y costos procesales. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-20 15-CED-CSJCU-PJ, para que dirima el extremo en discordia; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 12:40 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.¬ S.S.MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR.-” Miguel.¬ Espejo Rosell Secretario de Sala. 05-06-07/07/2016 CPJ TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS PODER JUDICIAL DEL PERÚ TERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 345-2016-0-2701-JR. PE-03 JUEZ : EDGAR LEON QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL. : KATHERIN VILLAFUERTE CABRERA NUMERO DE RESOLUCIÓN : 07 de fecha 30 de junio del 2016.. SE CITA al investigado GUILLERMO HUAMANI QUISPE, por la presunta comisión del delito contra la familia, en la modalidad de omisión de asistencia familiar en agravio de sus menores hijos, representados por su progenitura Felicitas Chirinos Ochoa, para el DíA 19 DE JULIO DEL 2016. A LAS 07:15 MINUTOS DE LA MAÑANA hora exacta para la realización de la AUDIENCIA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO, la que se llevará a cabo en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la avenida Ernesto Rivera W 722 de esta ciudad. 05-06-07/07/2016 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE No. 00173-2016-0-1014-TR-PE-O1 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE QUISPICANCHl. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe Jorge Delito: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR. Se pone en conocimiento del imputado ROGER OLARTE TAPARACO que la audiencia de Control de acusación, citado en el Proceso Penal N° 00173-2016-0-1014-JR-PE-O1. que se le sigue por el presunto delito de Omisión de Asistencia familiar en agravio la menor, representado por su progenitora QUISPE ULLOA, ROXAN, audiencia que se verificará el día 20 DE JULIO DEL AÑO 2016 A HORAS 12: 00 M en la segunda Sala de Audiencias de esta Sede Judicial, ubicado en la Urb Tambillo S/N ¬Casa de la Juventud del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi y Departamento de Cusco, a la que deberá concurrir el imputado con su abogado defensor de su elección, a fin de ejercer su derecho.¬ Urcos, 30 de Junio del 2016. 05-06-07/07/2016 CPJ NOTIFICACIÓN VíA EDICTO A LAS PERSONAS DE: DORA MOSCOSO GUILLEN V JAIME ALBERTO SEMINARIO CALDERÓN Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Erika Nuñez Orihuela, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Fortunata Mamani Maita, se viene tramitando el Proceso Penal W OOS7-2014-10-1001-JR-PE-03, seguido contra DORA MOSCOSO GUILLEN y otros por la comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo HOMICIDIO SIMPLE en grado de tentativa y otro en agravio de FIDEL VERA VELÁSQUEZ y SATURNINA VELÁSQUEZ CRUZ DE VELA, de donde se tiene que por Res. N° 15, dictado en audiencia pública del 10 de mayo de 2016, se ha dispuesto que a los acusados:_DORA MOSCOSO GUILLEN y JAIME ALBERTO SEMINARIO CALDERÓN se notifique vía edicto judicial, cuyo tenor de la parte resolutiva
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 es el siguiente: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia. 2. DECLARAR INAPLAZABLE la presente audiencia SE DISPONE respecto del señor JAIME ALBERTO SEMINARIO CALDERON y de DORA MOSCOSO GUILLEN se curse los oficios correspondientes a la defensoría pública para que concurra defensores designados a los citados procesados. 3. A los procesados CESAR QUISPE TARRAGA y JOSE ARTURO CUBAS MARIN, se les otorgue el plazo de 24 horas a partir de la fecha para efectos de que ratifiquen sus defensas o en su defecto se les designe de igual forma defensor público para la fecha a ser programada, en caso de la inasistencia de cualquier de los presentes se dispondrá inmediatamente su captura y contumacia en aplicación a lo dispuesto en el artículo 71 y en tal sentido independientemente de lo resuelto se dispone que las partes presentes y sus abogados defensores queden notificados y en caso de inasistencia se les impondrá multa solidaria entre las defensas Y los patrocinados de 3 URP. 4. SE PROGRAMA la presente audiencia pare el DIA DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS DIECISEIS HORAS 4 DE LA TARDE EN LA ‘ESRA ONCEAVA SALA sin perjuicio de que en la multa progresiva se aplique a ‘los abogados que se incorporen en el proceso, respecto a los abogados se va ha cursar al colegio de abogados correspondiente para efectos de que se le habrá proceso disciplinario Correspondiente. 5. Se notifique a la señora DORA MOSCOSO GUILLEN y JAIME SEMINARIO CAlDERON en sus domicilios procesales y reales para ser efectivo la contumacia, también mediante edictos para subsanar cualquier omisión que pudiera generarse Respecto de la notificación. Firmado por la Juez Nuñez.¬ Cusco, 30 de Junio del 2016. 05-06-07/07/2016 CPJ EDICTOS PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00092-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO, DEMANDANTE : DELGADO ARAGON, CARMEN DORA Resolución Nro.6 Cusco, 22 de junio de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°3 del 18 de marzo de 2016 (folio 58 a 66), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.05-06-07/07/2016 CPJ Exp. Nro : 03373-2015-0-1001-JR-LA-02 RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : DIRECCON REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEMANDANTE : DURAN ROZAS, MERCEDES REBECA Resolución Nro.9 Cusco, 22 de junio de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°4 del 31 de marzo de 2016 (folio 46 a 59), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“ ,debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes men-
13 cionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.05-06-07/07/2016 CPJ 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03335-2015-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA DEMANDADO : DIRECION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DEMANDANTE : YEPEZ CASTILLO, HERBERT Resolución Nro.6 Cusco, 23 de junio de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°3 del 30 de marzo de 2016 (folio 40 a 48), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.05-06-07/07/2016 CPJ 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02958-2012-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCA EMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA SUPERIOR CIVIL, DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO, DEMANDANTE : JARANDILLA ROZAS, LOURDES Resolución Nro.19 Cusco, 22 de junio de 2016 Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°15 del 28 de marzo de 2016 (folio 126 a 136), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho
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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016
derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.05-06-07/07/2016 CPJ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CALCA NOTIFICACION VIA EDICTO A FERNANDO ALZAMORA PUERTAS ‘1 El señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dr. Jorge Pareja Quispe, en el Incidente Penal N° 137-2015-52-1005-JR-PE-O1, seguido contra Fernando Alzadora Puertas por el delito de Falsedad Ideologica en agravio del Estado y otro, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 27 de junio del año 2016. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACION l. INTRODUCCIÓN: EXPEDIENTE N° : 137-2015-52-1001-JR-PE-01 JUEZ : JORGE PAREJA QUISPE FECHA : 27-06-2016 HORA DE INICIO : 14:30 AM SALA DE AUD. : SALA DE AUDIENCIA DEL JIP- CALCA DELITO : FALSEDAD IDEOLOGICA IMPUTADO : LUZ MARINA BELLIDO VARGAS AGRAVIADO : ESTADO Y OTRO ESPECIALISTA DE CAUSA: ILBIS MOLLOCONDO VARGAS ESPECIALISTA DE AUDIO: JUDITH CHIPAYO BARRIOS Audiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361. 2 CPP y Art. 26 REGA) JUEZ: Emite resolución RESOLUCION N° 04 Calca veintisiete de junio del año 2016 PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA. EN TAL VIRTUD Por estos fundamentos el Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca RESUELVE: l.DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por inconcurrencia injustificada de la defensa del imputado Fernando Alzadora Puertas 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DOS DE AGOSTO DEL AÑO 2016 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando notificados las partes procesales asistentes a la presente audiencia así mismo se dispone la notificación a las partes que inasistieron dejando la constancia que se hace la reprogramación con esta fecha debido a que el imputado Fernando Alzadora Puertas tiene su domicilio real Comunidad de San Antonio Sector de Lacco Primera Zona del distrito de Yanatile 3. EXCLUIR de la defensa técnica del imputado Fernando Alzadora Puertas al abogado Serapio Surco Ramirez, debiendo notificarse con la presente resolución al acusado Fernando Alzadora Puertas en su domicilio real ubicado en Comunidad de San Antonio Sector de Lacco Primera Zona del distrito de Yanatile, debiendo dirigirse el exhorto correspondiente sin peIjuicio de notificarse al teléfono celular N° 984200248 así mismo se notifique vía edicto judicial a fin de que en el termino de veinticuatro horas cumpla con designar a otro abogado reemplazante bajo apercibimiento de designarse a la defensa publica de esta provincia de Calca para que asuma su defensa debiendo dirigirse el oficio correspondiente a la Oficina de la Defensoria Publica de esta provincia de Calca 5. DECLARA INAPLAZABLE la presente audiencia y deja subsistente los apercibimientos establecidos en el artículo 85 del Código Procesal Penal para que en caso de inconcurrencia de la defensa de los imputados se proceda a la exclusión de la defensa. H.S 05-06-07/07/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXP: 129-2011-11- PE Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos Quiroz Se emplaza a RAUL EDISON LUNA NAVARRO; con la resolución N° 01 de fecha 05 de abril del 2016, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra la administración publica, en la modalidad de delitos cometidos por funcionario públicos tipo concusión, sub tipo concusión de sub. tipo colusión en agravio de la Municipalidad Provincial de Espinar, conforme lo establece el artículo 350 del e.p.p.; Así mismo se le REQUIERE para Que en el plazo de 24 horas de notificado desiane aboaado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento. Espinar, 27 de junio del 2016. 05-06-07/07/2016 CPJ EXP: 064-2015-80- PE
EDICTO JUDICIAL
Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos Quiroz Se emplaza a WILlAN INCA AROSQUIPA; con la resolución N° 01 de fecha 12 de mayo del 2016, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de receptación tipo receptación en agravio de Nilo Herbert Lazarte Nuñonca, conforme lo establece el artículo 350 del C.P. P.; Así mismo se le REQUIERE para que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento. Espinar, 27 de junio del 2016 05-06-07/07/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL EXP: 064-2015-80- PE Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos Quiroz Se emplaza a WILlAN INCA AROSQUIPA; con la resolución N° 01 de fecha 12 de mayo del 2016, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de receptación tipo receptación en agravio de Nilo Herbert Lazarte Nuñonca, conforme lo establece el artículo 350 del e.p.p.; Asimismo se le REQUIERE para que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento. Espinar, 27 de junio del 2016 05-06-07/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00417-2010-0-1001-JR-CI-01 MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO “Resolución Nro. 57 Cusco, 28 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto al extremo que impone costas y costos de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina porque: “Se CONFIRMA la sentencia, contenida en la Resolución N° 27, del 16 de abril de 2014, en el extremo que declara: “(…) INFUNDADA la demanda de fojas diecinueve, interpuesto por José Pacheco Pinto contra Justina Molina Solís, Braulio Avalos Guisado y María Luisa Salome Pinto Corrales de Pacheco sobre Nulidad de acto jurídico de la escritura pública de compra venta (…)” (folio 270 a 278). REVOCANDOLA, en cuanto a la decisión que establece: “Sin costas ni costos procesales”. REFORMANDO dicha decisión, se declara “con costas y con costos”. INNECESARIO emitir pronunciamiento respecto a la nulidad formulada (folio 350). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA PARCIAL de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es por: “CONFIRMAR el extremo de la sentencia que exonera a la parte actora de las costas y costos procesales. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CEDCSJCU-PJ, para que dirima el extremo en discordia; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 12:40 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.S.S.MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR.-” Miguel Espejo Rosell Secretario de Sala. 05-06-07/07/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACION Exp. 88-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Rosa Condori Quispe contra Gregorio Tacuri Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 03; Paucartambo, 16 de junio del 2016: (...) SE RESUELVE: Declarar REBELDE al demandado GREGORIO TACURI CONDORI, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado del presente proceso dispone PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día SIETE DE JULIO DEL ANO DOS MIL DIEClSEIS a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales. (...) H.S.¬ 06-07-08/07/2016 CPJ
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 EDICTO DE NOTIFICACION Exp. 14-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Félix Gregorio Puma Quispe contra Francisca Puma Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 06; Paucartambo, 16 de junio del 2016: (...) SE DISPONE: REPROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día AUDIENCIA ÚNICA para el día SIETE DE JULlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (. ..) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. (... H.S.- y Resolución Nro. 02; Paucartambo, 09 de Marzo del 2015: (...) SE RESUELVE: ADMITIR La demanda interpuesta por la señora REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Maltrato Psicológico), en contra de FRANCISCA PUMA HUAMAN en agravio de la menor Noemí Francisca Puma Puma representada por su progenitor Felix Gregorio Puma Quispe, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO UNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a la demandada por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES para que absuelva la demanda, con el conocimiento de la Representante del Ministerio Publico, bajo expreso apercibimiento de ser declarada rebelde y continuar en proceso en su rebeldía. Notifíquese a la parte agraviada con la presente resolución.(...) H.s.¬ YAKELIN. 06-07-08/07/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACION Exp. 115-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Lucía Ciriaca Khuno Tacuri contra Isidro Gamarra Huancco; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 16 de Junio del 2016: SE DISPONE: (...) PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día SIETE DE JULlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA (...), a Llevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. (...)H.S.- (...) H.s.- y Resolución Nro. 01; Paucartambo, 09 de Marzo del 2015: (...) SE RESUELVE: SE RESUELVE: (...)ADMITIR La demanda interpuesta por el señor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física), en contra de ISIDRO GAMARRA HUANCCO en agravio de LUCIA CIRIACA KHUNO T ACURI, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES para que absuelva la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y continuar el proceso en su rebeldía.(...) H.S.¬ 06-07-08/07/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICACION Exp. 108-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Margarita Quispe Aukapuru contra Abraham Macedo Hancco y otro; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 16 de junio del 2016: (...) SE RESUELVE: Declarar REBELDE a los demandados JORGE MACEDO AUCCAPUMA y ABRAHAM MACEDO HANCCO, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. ~ Siendo el estado del presente proceso dispone PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día SIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales. (...) H.S.¬ 06-07-08/07/2016 CPJ Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarati EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate Familia Tutelar N° 125-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado HUGO OSCAR QUITO y a la agraviada JOSE FINA VILLEGAS SÁNCHEZ, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 06/08/2015: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO FISICO y PSICOLOGICO, contra MAXCELSO SERRANO CONCHA, en agravio de JOSE FINA VILLEGAS SÁNCHEZ; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, DEBIENDO con cuyo fin notificarse al demandado con el auto admisorio de la demanda, dándose un plazo perentorio de tres días hábiles, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía -. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 06-07-08/07/2016 CPJ Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarati EDICTO JUDICIAL Edicto Familia Penal Exp. 250-2016-FP, El señor Juez del Juzgado Mixto y
15 Unipersonal de Echarate de la Provincia de la Convención, CITA y EMPLAZA al menor de iniciales E.P.T, representado por sus progenitores Daniel Pillco Tilca y Brigida Tillca Condori, a fin de concurran a la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos a verificarase el día 18 DE JULIO DEL 2016 a horas 09:00 a.m., por la presunta infracción a la Ley Penal que se le sigue al menor de iniciales E.P.T. , por delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación de persona en estado de inconciencia, en agravio de la persona de iniciales A.L.C. Echarate, 10 de junio del 2016. 06-07-08/07/2016 CPJ Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 253-2016-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a DOMINGO KIMPER CCACCASTO y ANA MARIA CRUZ CASTRO, progenitores del menor Domingo Sabio Kimper Cruz., para que comparezcan al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate, a fin de rendir su declaración respecto al Abandono Moral y Material de sus menor hijo, bajo apercibimiento de ley. Echarate 16 de junio del 2016. Bajo la actuación de la señorita Secretaria Abog. Rocío Callaymara...&.-l vz. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. 06-07-08/07/2016 CPJ Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarati EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Proceso N° 235-2016-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a FERNDO MENACHO ALLCCA y NILA TORRES CRUZ, progenitores de los menores de iniciales Y.M.T., para que comparezcan al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir sus declaraciones respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 16 de junio del 2016. Bajo la actuación de la señorita Secretaria Abog. Rocío Callaymara A. 2 vz. Firma.- “Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa. 06-07-08/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00612-2015-0-1001-JR-CI-03 MATERIA : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION “Resolución Nro. 14 Cusco, 4 de julio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina por: “1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, hasta el estado de volverse a providenciarse nuevamente conforme a ley, el escrito de subsanación de observaciones de fecha 13 de abril del 2015 de (folio 44 y 45). 2.DISPUSIERON devolver al presente expediente al Juzgado de origen para que en el más breve plazo se tramite conforme a ley, esto es, se emita la resolución correspondiente conforme a ley. 3.- RECOMENDAR al Juez J1wn Aleck Alfaro Tupayachi y la Secretaria Judicial Pamela Desiree Altamirano Mayca, a que tengan mayor cuidado al dar cuenta y al momento de calificar los recursos de subsanación de las omisiones emitidas y evitar el retardo procesal, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la ODECMA. y lo devolvieron los actuados,”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se CONFIRME El auto final, contenido en la Resolución N° 6, del 23 de julio de 2015, que declara: lt(...) IMPROCEDENTE la demanda de fojas treinta y dos y siguientes, interpuesto por Víctor Efraín Castelo Tamayo, apoderado de la Universidad Andina del Cusco (...)” (folio 75 a 78), con lo demás que contiene y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar al ser Magistrada hábil para dirimir el proceso; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 9:05 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.- MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR”. Miguel Espejo Rosel/. Secretario de Sala. 06-07-08/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 10 SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00612-2015-0-1001-JR-CI-03 MATERIA : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION “Resolución Nro. 14 Cusco, 4 de julio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina por: “1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, hasta el estado de volverse a providenciarse nuevamente conforme a ley, el escrito de subsanación de observaciones de fecha 13 de abril del 2015 de (folio 44 y 45). 2.DISPUSIERON devolver al presente expediente al Juzgado de origen para
16 que en el más breve plazo se Tramite conforme a ley, esto es, se emita la resolución correspondiente conforme a ley. 3.- RECOMENDAR al Juez Jhon Aleck Alfaro Tupayachi y la Secretaria Judicial Pamela Desiree Altamirano Mayca, a que tengan mayor cuidado al dar cuenta y al momento de calificar los recursos de subsanación de las omisiones emitidas y evitar el retardo procesal, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la ODECMA. y lo devolvieron los actuados,”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se CONFIRME El auto final, contenido en la Resolución N° 6, del 23 de julio de 2015, que declara: “(...) IMPROCEDENTE la demanda de fojas treinta y dos y siguientes, interpuesto por Víctor Efraín Castelo Tamayo, apoderado de la Universidad Andina del Cusco (...)” (folio 75 a 78), Con lo demás que contiene y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar al ser Magistrada hábil para dirimir el proceso; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 9:05 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.- MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.-DELGADO Espejo Rosell. Secretario de Sala. 06-07-08/07/2016 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: ORLANDO ROJAS CERECEDA La señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULA YSANCHEZ TITO, en el Proceso Nro. 754-2015-27-1001-JRPE-06, seguido contra Orlando Rojas Zereceda, con DNI 46282496, por el delito de Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo LESIONES GRAVES, en agravio de Susana Flores de Basilio, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Janet Barrios Medrano, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 06/06/16 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: En tal virtud, SE RESUELVE: 1. La reprogramación de la presente audiencia para el día OUINCE DE JULlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia de Prisión Preventiva en la Sexta Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 2. PRECISESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes. 3. Debiendo notificarse al procesado Orlando Rojas Zereceda, en su domicilio según su ficha RENIEC y mediante edictos.¬ Cusco, 30 de Junio del 2016. 06-07-08/07/2016 CPJ EDICTO DE NOTIFICAClÓN Exp. 92-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Jesusa Huaman Saire contra Beltran luna Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 02; Paucartambo, 13 de Junio del 2016: (...) SE RESUELVE: (...) PROGRAMESE fecha para el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día SEIS DE JULlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (fecha señalada de acuerdo a la agenda de programación de audiencias que maneja el juzgado), a llevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir el demandado y la agraviada, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra y con la presencia del Representante del Ministerio Público. (...) H.S.- y Resolución Nro. 01; Paucartambo, 07 de Setiembre del 2015: (...) SE RESUELVE: SE RESUELVE: ADMITIR La demanda interpuesta por el señor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física), en contra de BELTRAN LUNA CONDORI en agravio de JESUSA HUAMAN SAIRE, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES para que absuelva la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y continuar el proceso en su rebeldía. (...).-H.S. 06-07-08/07/2016 CPJ EDICTO JUDICIAL La Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo Dra. Liz Dennis Acuña Mole, en el Proceso N° 26-2016-83 seguido contra Mabel Julyssa Juarado Quispe por la comisión del delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Personal sub. Tipo Trata de Personas, en agravio las menores agraviadas de iniciales Y.S.S. y R.I.J., representadas
Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 por sus progenitoras Juana Soto Villalba y Felicia Jeremias Etene, bajo la ~ actuación del Especialista Judicial Abog. Wilian Rodríguez Limache, ha resuelto comunicar a las MENORES AGRAVIADAS DE INICIALES Y.S.S. y RJ.J., REPRESENTADAS POR SUS PROGENITORAS JUANA SOTO VILLALBA y FELlCIA JEREMIAS ETENE, con el tenor de la resolución Resolución Nro. 01.- RESOLUCIÓN NRO.01.- Paucartambo, veintiocho de junio del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA.- Con el requerimiento Fiscal de Sobreseimiento que antecede presentado en fecha veintidós de junio del año dos mil dieciséis, por la Fiscal Provincial Penal de la Fiscalia Mixta de Paucartambo, de conformidad a lo previsto y establecido en el numeral dos literal a) del artículo 3440 del Código Procesal Penal vigente; y en aplicación de lo previsto en el numeral 1 ° del artículo 3450 del Código Procesal Penal, este Órgano Jurisdiccional SE DISPONE: 1.- CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del artículo 3450 del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad.- 2.- PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fines que correspondan. 3.- NOTIFÍQUESE VÍA EDICTOS la resolución N° 01, en aplicación del artículo 128 del C.P.P., a efecto de garantizar el derecho de defensa de las agraviadas partes y el debido proceso conforme a ley. 4. NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales conforme a ley.-H.S 06-07-08/07/2016 CPJ NOTIFICACIÓN POR EDICTO En el Proceso de Violencia Familiar N° 00039-2016-0-1003-JM-FT. Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señora Juez Titular Vanessa Paulina Castillo Cusi, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres, seguido por JULIANA QUISPE QUISPE en contra VICENTE HUAMAN QUISPE se dispuso la publicación edictal siguiente: Se ha CONVOCADO audiencia oral a efecto de confirmar las medidas de protección necesarias y de ser el caso pronunciarse sobre algunas medidas cautelares que pudieran ser aplicables, _diligencia a verificarse el día MARTES DOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, audiencia que se realizara en la sala de audiencia del Juzgado Mixto de la provincia de Acomayo; Es lo que se pública para los fines pertinentes de Ley. Acomayo, 16 de junio del 2016. 06-07-08/07/2016 CPJ PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00612-2015-0-1001-JR-CI-03 MATERIA : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION “Resolución Nro. 14 Cusco, 4 de julio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina por: “1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, hasta el estado de volverse a providenciarse nuevamente conforme a ley, el escrito de subsanación de observaciones de fecha 13 de abril del 2015 de (folio 44 y 45). 2.- DISPUSIERON devolver al presente expediente al Juzgado de origen para que en el más breve plazo se tramite conforme a ley, esto es, se emita la resolución correspondiente conforme a ley. 3.- RECOMENDAR al Juez Jhon Aleck Alfaro Tupayachi y la Secretaria Judicial Pamela Desiree Altamirano Mayca, a que tengan mayor cuidado al dar cuenta y al momento de calificar los recursos de subsanación de las omisiones emitidas y evitar el retardo procesal, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la ODECMA. Y lo devolvieron los actuados,”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se CONFIRME El auto final, contenido en la Resolución N° 6, del 23 de julio de 2015, que declara: “(…) IMPROCEDENTE la demanda de fojas treinta y dos y siguientes, interpuesto por Víctor Efraín Castelo Tamayo, apoderado de la Universidad Andina del Cusco (…)” (folio 75 a 78), con lo demás que contiene y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar al ser Magistrada hábil para dirimir el proceso; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 9:05 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.- MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR”. Miguel Espejo Rosell. Secretario de Sala. 06-07-08/07/2016 CPJ
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA MIXTA PENAL LIQUIDADORA Y SALA PENAL DE APELACIONES DE SICUANI - CANCHIS. TABLA SEMANAL DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS HORA
EXPEDIENTE
MATERIA
IMPUTADO
DELITO
AGRAVIADO
ACTO
DEMANDADO
PRETENCIÓN
DEMANDANTE
PROCESAL
LUNES 4 DE
09:30 09:40 09:45 09:50 09:55 10:00
286-2015-LA 5-2016-LA 290-2014-LA 355-2015-CI 122-2015-LA 329-2015-CI
Laboral Laboral Laboral Civil Laboral Civil
JULIO
221-2016-4-PE
Penal
Unidad Ejetoria 409 Hospital S UGEL Canchis UGEL Canchis Jose Ugarte Figueroa UGEL Canchis Lilian Monasterio Alarcon
Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Interdicto de Recobrar Contencioso Administr Acciòn de Amparo
343-2015-LA 124-2015-LA 340-2015-LA 3-2016-LA 322-2015-LA 312-2015-LA
Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral
11:00
43-2010-PE
Penal
2016
Vargaya Vilchez Daniel Fermina Llimpi Ramos Elva Linares Aparicio Edith Tairo Zambrano Victor Condori Higuera Alejandro Neyra barriga
JULIO
DE
Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa
Cesar Parque Gonzales
Hurto Simple
Yaneth Cruz Ccasa
6 DE
JULIO
Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles
2016
TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.
MIERCOLES
09:30 09:40 09:50 10:00 10:05 10:10
JUEZ DIRECTOR
TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS
MARTES 5 DE 09:30
DE
REO
Aud Apel de Auto
DE
Libre
Meza- Alvarez-Trelles
2016
TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis
Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr
Walter Chacon Condori Fany Flores Calderon Zoyla Delgado Madueño Wilber Barrios Valer Bertha Carriòn Pallardel Petronila Andia Osorio
Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa
TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN
Asunto Jucharo Chchipa
Violaciòn Sexual
JUEVES 7 DE
Menor de Iniciales Y.L.L.
JULIO
DE
Continuaciòn
Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles
Càrcel
Meza- Alvarez-Trelles
2016
TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.
09:00 11:00
50-2014-PE 90-2016-97-PE
Penal Penal
Roger Mamani Vargas Jonatan Nina Flores
Violaciòn Sexual Violaciòn Sexual
Menor de Iniciales K.P.S.T. Menor de Iniciales E.Q.C.
Aud Apel de Sent Aud Apel de Auto
Libre Càrcel
Meza- Alvarez-Trelles
10:00
588-2008-PE
Penal
Jorge Lopinta Maqquera
Homicidio Calificado
QEVF Cleofe Alcca Pinedo
Apertura
Càrcel
Meza- Alvarez-Trelles
Libre
Meza- Alvarez-Trelles
TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN
VIERNES 8 DE 07:30
5119-2008-PE
Penal
JULIO
DE
2016
TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN
Carlos Echevarria Bernales
Peculado
El Estado Peruano
Lectura Sentencia
Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla. Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez.
DINA MEZA MONGE RESIDENTA DE SALA
Meza- Alvarez-Trelles
FRANCISCA LLANOS FORA SECRETARIA DE SALA
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