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Cusco, martes 9 de enero de 2018 Usuarios


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Cusco, martes 9 de enero de 2018 REMATE JUDICIAL

EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 1526-2016 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra CESAR CUSIHUAMAN COAVOY y GETRUDIS AYDEE REYES CRUZ, sobre Ejecución de Garantías, el Quinto Juzgado especializado en lo Civil de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Marianella Cardenas Villanueva, asistido por la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Stand W-9 de la fracción “A” del Terreno ubicado en la Margen Derecha del Rio Huatanay, Sector comprendido entre el Terminal Terrestre y el Puente Cusichaca, del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 11004175 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE LA TASACION: US$ 37,030.90 (Treinta y siete mil treinta con 90/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 24,687.27 (Veinticuatro mil seiscientos ochenta y siete con 27/100 dólares americanos). AFECTACIONES: 1) Restricciones.- La compra inscrita en el asiento anterior a favor de Pedro Ancalla Llanos y Constancia Paucar Poma se sujeta a las siguientes restricciones: 1.- El bien materia de venta debe ser destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades económicas de comercio de bienes manufacturados de modo permanente y continuo. 2.- La prohibición de efectuar posteriores ampliaciones o modificaciones a la estructura y diseño del centro comercial El Molino, sometiéndose expresamente a las condiciones y limitaciones estipuladas en el Reglamento Interno de propiedad del mismo, así consta inscrito en el Asiento D00003; 2) Hipoteca.- Gertrudis Aydee Reyes Cruz y Cesar Cusihuaman Coavoy, en su condición de propietarios, constituyen hipoteca a favor de Scotiabank Peru S.A.A con personería jurídica inscrita en la partida N° 11013686 del Registro de personas Jurídicas de la oficina Registral de Cusco, representa en este acto por sus funcionarios Alex Mihaly Montes Rojas y Katiuska Karenina Contreras Romero, con facultades debidamente inscritas hasta por la suma de S/ 184,131.36 (Ciento ochenta y cuatro mil ciento treinta y uno con 36/100 soles) en garantía de las obligaciones descritas en la escritura pública que da merito a la presente inscripción, así consta inscrito en el Asiento D000015, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica N° 11004175 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Enero del 2018 a horas 10:15 a.m. (diez con quince minutos de la mañana). LUGAR DE REMATE: En la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil Laboral que es parte del local del Juzgado, ubicada en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. El Sol S/N Cercado del Cusco. LOS POSTORES: Depositaran el 10% del valor de la tasación, en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI; los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Publico Registro Nº 195; Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, Quinto Juzgado especializado en lo Civil de Cusco. 4VCES-05-08-09-10-I-18 B/V 002-2097 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 360-2017-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de MARIELA GUERRA MONTES, sobre la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor Q.E.V.F. Tito Guevara Condor, se ha dispuesto La publicación del presente para Los fines de Ley.San Jerónimo, 29-12-2017 3VCES-05-08-09-I-18 B/V 002-2146 EDICTO JUDICIAL.SEÑORES: HEREDEROS LEGALES DE LA QUE EN VIDA FUE MARIA MARTINEZ CORDOVA.- Que ante el Juzgado Civil de la Provincia de Canchis, Sicuani, despachado por la señorita Juez Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo actuación da la secretaria judicial Indyra Raysha Paredez Sanca, se viene tramitando el PROCESO CIVIL NRO. 054-2016-CI en el cual se ha dispuesto la publicación de las Resoluciones N° 01 y 09 vía edicto judicial el cual es como sigue: RESOLUCIÓN N° 01.- SE RESUELVE: 1, ADMITIR a trámite en la Vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por WALTER APARICIO MARTÍNEZ, contra BONIFACIA VILMA APARICIO MARTÍNEZ, JUAN LADISLAO APARICIO MARTÍNEZ, MARÍA MARTÍNEZ CORDOVA Y WASHINGTON APARICIO MARTÍNEZ solicitando como pretensión principal: 1. Nulidad de acto jurídico de la Escritura Pública de división y partición en vía de transacción extracontractual, compensación de derechos y acciones y anticipo de legitima de derecho y acciones de fecha 08 de enero del año 2004 por estar incursa en las causales de simulación absoluta e incapacidad absoluta. 2. Debiendo CORRERSE TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. H.S.- RESOLUCIÓN N° 02.- Estando al acta de defunción de la demandada MARÍA MARTÍNEZ CORDOVA presentado por el demandante, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 165, 167, 168 y 435 del Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE a la SUCESIÓN de la que en vida fue MARÍA MARTÍNEZ CORDOVA con el auto admisorio de la demanda y la presente resolución, mediante la publicación de EDICTOS en el Diario Oficial El Peruano y en el Judicial del Cusco, por tres días hábiles, a fin de que se apersonen al proceso en el plazo establecido por Ley, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Lo que se publica para los fines de Ley. Sicuani, 13 de setiembre del año 2017.- Indyra Raysha Paredez Sanca.- Secretaria Judicial.3vces-05-08-09-i-18 b/v 002-2160 EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 00050-2017-0-1003-JM-CI-01, Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha el señor Juez Supernumerario Edwin Florencio Cruz Domínguez, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres, se ha dispuesto la publicación

edictal siguiente: Resolución N° 01 de fecha l3 de noviembre del año dos mil diecisiete - Auto admisorio de la demanda; VISTO ( ... ) I CONSIDERANDO ( ... ) SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por RAQUEL HUACHO HUAMAN, sobre cambio de nombre patronímico, de su menor hijo Jhon Orlando Carrillo Huacho, de CARRILLO por el de MACEDO, con citación del Ministerio Publico, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 828° del Código Procesal Civil PUBLÍQUESE el extracto de la solicitud por el periodo de tres días hábiles en el Diario Judicial del Cusco (El Diario del Cusco), debiendo expedirse por secretaria el edicto respectivo.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecido los medios probatorios que indica, reservándose su admisión y actuación para la oportunidad procesal correspondiente y agréguese a sus antecedentes los anexos de su referencia. Teniéndose en cuenta que deben realizarse las publicaciones edictales y recabarse las certificaciones antes indicadas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 754 del Código Procesal Civil, señálese fecha y hora ara la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, que tendrá lugar el día miércoles VEINTE DE DICIEMBRE de 2017, a horas DOCE DEL MEDIO DIA; lo que se publica para los fines de ley. Acomayo, 04 de diciembre del año 2017.3vces-05-08-09-i-18 b/v 002-2153 1RA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO BIEN INMUEBLE En el Expediente No 00881-2017-0-1001-JR-CI-02, seguido por SCOTIABANK PERU SAA Contra NIRVANA CARDENAS GUEVARA y SAUL ALBERTO QUISPE VARGAS, Sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, Tramitado por ante el 2do. Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, de la Corte Superior de Justicia de Cuzco, a cargo del Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Dra. SAIDA CHIUN MANCO, ha dispuesto CONVOCAR a Remate Público en 1RA Convocatoria el Siguiente Bien: 1.- INSCRIPCION DE REGISTRO DE PREDIOS MZ “M” LOTE 1 DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA MAGISTERAL SUTEP, del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran ampliamente descritas e Inscritas en la Partida Electrónica N° 11017738 de la Zona Registral N° X Sede Cuzco - Oficina Registral de Cusco. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de S/105,000.00. SOLES. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la suma de S/. 70,000.00 SOLES. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA: A favor del BANCO SCOTIABANK PERU SAA, Sobre el inmueble descrito precedentemente hasta por la suma de S/.67,200.00.S0LES, inscrito en el Asiento D00005 el 23/07/12. 2.- AMPLIACION DE HIPOTECA: La Hipoteca Indicada en el Asiento D00005, Constituida a favor de SCOTIABANK PERU SA, se Amplía Hasta por la Suma de S/.200,000.00. SOLES, Inscrita en el Asiento D00007 el 16/07/15. 3.- EMBARGO JUDICIAL: Constituido a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., Hasta por la Suma de S/29,317.71.S0LES, Inscrito en el Asiento D00009 el 24/02/17. Se deja constancia que solo se afecta el 50% que le corresponde a Don Saúl Alberto Quispe Vargas FECHA y HORA DEL REMATE: El Día 30 de Enero del Año 2018, A HORAS 10:00.a.m. y será efectuado por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226. C.E.albertooscarramos@hotmail.com. Tlfs: #942089706 - #945010777. LUGAR DE REMATE: Sito en la Av. Sol N° 239, del Cercado de Cuzco. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la tasación en efectivo, mediante certificado de depósito judicial o cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el remate y es por cuenta del Adjudicatorio. Cuzco,18 de Diciembre 2017. 6vces-05-08-09-10-11-12-i-18 b/v 002-2155 EDICTO FAMILIA CIVIL EXP. N° 5853-2017-0-1001 -JR-FC-04 En el proceso N° 5853-2017-0-1001-JR-FC-04 que se tramita ante el Cuarto Juzgado de Familia de Cusco de la Corte Superior de Justicia de Cusco que despacha el Señor Juez Dr. Rómulo Víctor Velasco Chávez, se ha resuelto admitir a trámite la demanda interpuesta por Wilbert Chalco Yana sobre Declaración Judicial de Filiación Materna Extramatrimonial contra los Herederos Legales de Q.E.V.F. Eufemia Yana Quispe. En caso nadie se apersone, se nombrará Curador Procesal que represente a dicha sucesión. VELASCO CHÁVEZ, ante mi FLOREZ QQUESIHUALLPA. Cusco, 04 de enero de 2018 LUZ VENUS FLOREZ QQUESIHUALLPA SECRETARIA JUDICIAL 05-08-09/01/2018 B/. 001-964 EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN A JOSUE AMMISADAY CHAVEZ BIANCHI Y ROBERTO DAVID CHAVEZ CERVANTES.En el Expediente Nro. 01992-2017-0-1001-JR-CI-04, seguido por HUGO RODRIGUEZ ALVARADO, con ROBERTO DAVID CHAVEZ CERVANTES y JOSUE AMMISADAY CHAVEZ BIANCHI, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN LA ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRA VENTA DE LOS DERECHOS Y ACCIONES EN PROPORCIÓN DE 1.09% RESPECTO AL ÁREA DEL PREDIO MATRIZ Y NULIDAD DEL DOCUMENTO QUE LA CONTIENE y otro, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 02 de fecha 11 de octubre de 2017.- Resolución Nro. 02. Cusco, 11 de octubre de 2017. VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta. Y CONSIDERANDO (...),SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HUGO RODRIGUEZ ALVARADO contra ROBERTO DAVID CHAVEZ CERVANTES y JOSUE AMMISADAY CHAVEZ BIANCHI, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN LA ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRA VENTA DE LOS DERECHOS Y ACCIO-


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Cusco, martes 9 de enero de 2018 NES EN PROPORCIÓN DE 1.09% RESPECTO AL ÁREA DEL PREDIO MATRIZ Y NULIDAD DEL DOCUMENTO QUE LA CONTIENE; ACUMULATIVAMENTE LA CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DEL ASIENTO N° 79 DE LA PARTIDA ELECTRÓNICA 02001674 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA SECCIÓN ESPECIAL DE PREDIOS RURALES DEL PREDIO RUSTICO PARTE INTEGRANTE DEL PREDIO DENOMINADO VICHO SAN SALVADOR DE LA ZONA REGISTRO N° X SEDE CUSCO; en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, confiérase traslado al demandado por el término de TREINTA DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde.-: PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por tres veces en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del mismo cuerpo normativo. Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos. Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL (E) 05-08-09/01/2018 B/. 001-967 EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 02182-2017-0-1018-JPCI-01, FLORENCIO CORONEL VILLACORTA y OTROS, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, NICASIO CORONEL GONZALES, falleció el 07 de octubre del 2008, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital Pacarectambo, de Paruro- Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 11 de diciembre 3VCES-08-09-10-I-18 B/V 002-2084

PE QUISPE, sobre REIVINDICACIÓN; en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, confiérase traslado al demandado por el plazo legal, bajo apercibimiento de declarársele rebelde.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: En mérito a la tasa judicial adjunta, dese por ofrecidos los medios probatorios que indican reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente. ANEXOS: A sus antecedentes los anexos adjuntos. REQUIERASE al demandante para que en el plazo de CINCO DIAS cumpla con señalar su casilla electrónica. Encárguese del trámite de presente proceso a la especialista Judicial que da cuenta por vacaciones de la titular.- Así mismo se ha emitido la resolución once de fecha quince de diciembre del dos mil diecisiete que resuelve que habiendo cumplido con presentar el certificado negativo de sucesión intestada y el certificado negativo de inscripción de testamentos, por lo que conforme a lo dispuesto por el Art. 435 del C.P.C NOTIFIQUESE a la sucesión de QVF PAULA QUISPE KKACHA DE QUISPE, mediante EDICTOS conforme a ley, bajo apercibimiento en caso de no apersonarse a este despacho de nombrárseles Curador Procesal conforme a Ley y continuarse con la tramitación del proceso.- H.S.Urubamba, 29 de Diciembre del 201 7 3vces-08-09-10-x-18 b/v 002-2167 EDICTO JUDICIAL

Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 00811-2017-0-1018-JPCI-01, FLORENCIO CORONEL VILLACORTA y OTROS, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, LEONARDA VILLACORTA DE CORONEL, falleció el 30 de junio del 2001, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital Pacarectambo - Paruro - Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 11 de diciembre 3VCES-08-09-10-I-18 B/V 002-2057

Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro. 54662017 sobre Reconocimiento de unión de hecho instado por Florencia Quispe Amao , habiéndose ordenado la notificación a la SUCESION DEL QUE EN VIDA FUERA BENITO FLORES JARA, con el auto admisorio , siendo como sique: Resolución Nro. 02.-Cusco, quince de Diciembre del año dos mil diecisiete. Por cumplido el mandato ordenado en autos, ... SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por FLORENCIA QUISPE AMAO sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contratos HEREDEROS LEGALES del que en vida fue BENITO FLORES JARA por su mérito: CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley, con citación de la representante del Ministerio Público.-Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos, para su oportunidad.- NOTIFIQUESE a los herederos legales del demandado MEDIANTE EDICTOS conforme prevé el Articulo 165 y 167 del Código Procesal Civil , bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. H.S. Cusco, 05 de enero del 2018. 3vces-08-09-10-i-18 b/v 002-2171

REMATE JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el Expediente No. 1456-2013 en los seguidos por EMPRESA FARMACEUTICA DEL SUR S.R.L. contra LUCIA OBANDO SANCHEZ sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq - Cusco, a cargo del Juez Rafael Enrique Sierra Casanova, Especialista Legal Maria Eddie Villarroel Ccaso, ha autorizado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro No. 293, para llevar a cabo la diligencia de REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien: INMUEBLE: denominado LOTE DE TERRENO No. 1 de la Manzana B1 de Centro Poblado de Cachimayo, ubicado en el Distrito de Cachimayo, Provincia de Anta, Departamento del Cusco, inscrito en la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco. VALOR DE TASACION: US$. 589,483.43 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$. 392,988.95 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: A favor de Banco de Crédito del Perú hasta por la cantidad de S/. 174,000.00 Nuevos Soles, inscrito en el asiento 00008 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco, 2) HIPOTECA: A favor de DIMEXA S.A. hasta por la cantidad de US$. 50,000.00 Dólares Americanos, inscrito en el asiento 00009 de la Partida Registral No. P31006503, del registro de predios de la Zona Registral N° X- Sede Cusco, 3) EMBARGO: hasta por la cantidad de S/. 158,143.00 Nuevos soles, a favor de Victor Manuel Medina Mendoza, ordenado por el Primer Juzgado Civil del Cusco, Exp. 322-2013, inscrito en el asiento 00010 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco, 4) EMBARGO: hasta por la cantidad de S/. 9,950.00 Nuevos Soles, a favor de Empresa Farmacéutica del Sur S.R.L., ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq - Cusco, Exp. 1456-2013, inscrito en el asiento 00011 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X Sede Cusco, 5) EMBARGO: hasta por la cantidad de S/. 36,500.00 Nuevos Soles, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Credito del Cusco S.A. ordenado por el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Exp. 1427-2013, inscrito en el asiento 00012 de la Partida Registral No. P31006503, del Registro de Predios de la Zona Registral No. X - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 25 de enero del 2018, a horas 11.30 a.m. (once y treinta de la mañana). LUGAR DE REMATE En el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq Cusco, ubicado en Avenida Los Cipreses C-14, Urb. La Florida 1er. Paradero, Cusco. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Artículo 18° del Decreto Supremo No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelan culminado el Acto de Remate. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro No. 293, Especialista Legal Maria Eddie Villarroel Ccaso, Segundo Juzgado de Paz letrado de Wanchaq ,Cusco. 6vces-08-09-10-11-12-15-i-18 b/v 002-2165

A LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE CARMEN LUISA HERNANDEZ ALARCON .En el Expediente Nro. 01266-2015-0-1001-JR-CI-03, seguido por FLAVIO FELIX HERMOZA ESPINOZA demandan la pretensión de TERCERIA DE PROPIEDAD RESPECTO del 18.0163% del departamento “F” inmueble N° 307 de la calle San Agustín, inscrito en la Partida Electrónica N° 02032752 de los Registros Públicos de esta ciudad, contra la ANGEL CUSTODIO HERNANDEZ ALARCÓN y CARMEN LUISA HERNANDEZ ALARCÓN, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la notificación mediante edictos a LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE CARMEN LUISA HERNANDEZ ALAR CON con el extracto de la sentencia contenida en la Resolución N° 109 de fecha 12 de abril del año dos mil diecisiete.RESOLUCIÓN NRO. 03, Cusco, dieciocho de agosto del año dos mil quince. VISTO: El expediente que contiene el presente proceso para fijar los puntos controvertidos. Y CONSIDERANDO (...), RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FLA VIO FELIX HERMOZA ESPINOZA, sobre TERCERIA DE PROPIEDAD RESPECTO del 18.0163%del departamento “F” inmueble Nº 307 de la calle San Agustín, inscrito en la Partida Electrónica Nº 02032752 de los Registros Públicos de esta ciudad, contra la ANGEL CUSTODIO HERNANDEZ ALARCÓN Y CARMEN LUISA HERNANDEZ ALARCÓN, debiendo sustanciar en la via del PROCESO ABREVIADO, en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO a los demandados por el término de DIEZ DÍAS a fin de que cumplan con absolver la presente demanda, bajo apercibimiento de declarárseles rebelde; sin perjuicio de ello conforme el Artículo 536 del código procesal civil y estando bajo la tramitación del mismo Especialista Legal el EXPEDIENTE CIVIL N° 729-2006-0-1001-JR-CI-04; INSÉRTESE en dicho proceso copia certificada de la presente resolución, debiendo suspender se la prosecución del citado proceso respecto del 18.0163% del departamento “F” inmueble Nº 307 de la calle San Agustín, inscrito en la Partida Electrónica Nº 02032752 de los Registros Públicos de esta ciudad. H.S.- Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Perez Carlos. Margot Inquiltupa Calvo, Especialista Legal. 3vces-09-11-15-x-i-18 b/v 002-2179

EDICTO JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 27-20l7-0-l0l5-JM- CI01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha ocho de febrero del 2017 que dispone: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GREGORIO QUISPE AMAU contra EUGENIO QUIS-

RECTIFICACION ESTADO CIVIL Ante la Sub Gerencia de Investigación y Depuración, de la Gerencia de Registro de Identificación del RENIEC, BORDA FUENTES PIO, con DNI N° 23861014, ha solicitado la Rectificación de su Estado Civil de Casado a Soltero, argumentando que nunca ha contraído matrimonio civil con ninguna persona, lo cual se pone en conocimiento, a fin de quienes tengan motivos para oponerse puedan manifestarse en la forma y el plazo previsto en el Artículo 74° del D.S. N° 015-98-PCM. Lima,19/12/2017 EDDY CONDO GARCIA Supervisor de Depuración del RUIPN Sub Gerencia de Investigación y Depuración Gerencia de Registros de Identificación RENIEC 1V-09-I-18 B/V 002-2180 EDICTO En el proceso N° 1983-2017, seguido por EDWIN JARA RUPA sobre CAMBIO DE NOMBRE, se ha dispuesto la publicación de edictos “Resolución 02.- Cusco, cuatro de Diciembre del año dos mil diecisiete.-VISTOS;(…) ; SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en


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Cusco, martes 9 de enero de 2018

la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por EDWIN JARA RUPA sobre CAMBIO DE NOMBRE, con citación del representante del Ministerio Público- Publíquese por única vez el extracto de la solicitud en el diario judicial de la localidad por el plazo de ley.- (…) Señálese fecha para el verificativo de la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DOCE DEL DIA, bajo apercibimiento de Ley, en caso de inconcurrencia- H.S.” Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana .- Esp. Legal Boris Santos de la Gala.Cusco, 29 Diciembre 2017. 1v-09-i-18 b/v 002-2181 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago Cusco con Expediente N° 13540 de fecha 18/12/2017, solicitado por el ciudadano (a) ANTONIO SALAS PALIZA, para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 489 del año 1961. Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe omisión de consignación en la parte marginal del acta, en el rubro Nombre (SEGUNDO APELLIDO) del titular, debiendo consignarse PALIZA, así mismo existe error de consignación en la parte principal del acta en el rubro Nombre (SEGUNDO APELLIDO) de la progenitora debiendo consignarse HURTADO DE MENDOZA en lugar de: Hurtado. Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. Santiago, 22 de Diciembre del 2017 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRDAOR CIVIL 1V-09-I-18 B/V 002-2183 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: ARMANDO ALFARO TAPIA Identificado con DNI. 41152082 Estado Civil: SOLTERO Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 37 años: Ocupación: BIÓLOGO Domicilio: URB. UCCHULLO GRANDE L-9 Doña: JENIFFER KATHERINE ALVAREZ BACA Identificada con DNI. 43098383 Estado Civil: SOLTERA Natural de: CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 32 años: Ocupación: BIÓLOGA Domicilio: URB. MARISCAL GAMARRA B-2 DPTO. 308 Fecha de Matrimonio: 16 DE FEBRERO DEL 2018 Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del código civil, ante la jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 05 de ENERO del 2018. WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-09-I-18 B/V 002-2184 EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso civil Nro. 00280-2017, solicitado por NESTOR PILLCO TORIBIO, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señora madre PRESENTACION TORIBIO TUCO, fallecida en fecha 24 de diciembre del año 2012, en el distrito, provincia y departamento del Cusco, a fin de que se considere como su legítimo y universal heredero a su hijo NESTOR PILLCO TORIBIO. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 08 de enero de 2018. 1V-09-I-18 B/V 002-2185 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCAHUASI OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL De conformidad con el Articulo N° 250 del Código Civil, hago saber que: Pretenden contraer Matrimonio Civil. DON: BENJAMIN HUPA HUAMAN IDENTIFICADO CON DNI N° :43658824 ESTADO CIVIL: SOLTERO NATURAL: ANCAHUASI NACIONALIDAD: PERUANO EDAD: 31 AÑOS OCUPACION: CONDUCTOR DE VEHICULO DOMICILIO: COMUNIDAD CAMPESINA DE CCOLCCABAMBA. DOÑA: KATHERINE CUBA CHUQUIHUAYTA ESTADO CIVIL: SOLTERA NATURAL: CHUMBIVILCAS NACIONALIDAD: PERUANA EDAD: 20 AÑOS OCUPACION: AMA DE CASA

DOMICILIO: COMUNIDAD CAMPESINA DE CCOLCCABAMBA. FECHA DE MATRIMONIO: Domingo, 11 de Febrero del 2018, a horas 11:00 AM, En el Salón Killarumiyoq de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi, Provincia de Anta, Región Cusco. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos de conformidad al Art. 253 del Código Civil ante esta Jefatura de la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi - Anta - Cusco. EXPEDIENTE: 010-2018 Ancahuasi 08 de Enero del 2018. CAROLINA VILLAVICENCIO MEZA JEFA DE REGSITRO CIVIL 1V-09-I-18 B/V 002-2186 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 22 de Diciembre del 2017, la recurrente MARIA LUISA PANCORBO ECHEA, titular del Acta de nacimiento N° 1009434714, conforme establece la Directiva N°DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitor, habiéndose registrado como GUILLERMO PANCORBO, siendo el nombre correcto GUILLERMO PANCORBO CAMPERO. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 29 de Diciembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-09-I-18 B/V 002-2187 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 26 de Diciembre del 2017, el recurrente FELIX GUTIERREZ QUISPE , hijo de la titular del Acta de Defunción N° 5000551382, correspondiente a SATURNINA QUISPE GUTIERREZ, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la titular del Acta, habiéndose registrado como SATURNINA QUISPE GUTIERREZ, siendo el nombre correcto SATURNINA QUISPE FLORES, Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 29 de Diciembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-09-I-18 B/V 002-2188 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 20 de Diciembre del 2017, La recurrente CELIA AIRAMPO LUCANA, titular del Acta de nacimiento N° 1009386359, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de sus progenitores, habiéndose registrado como ANTONIO AIRAMPO Y AVELINA LUCANA, siendo lo correcto ANTONIO AIRAMPO ALEGRE Y AVELINA LUCANA QUISPE. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 26 de Diciembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-09-I-18 B/V 002-2189 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don LUIS VALDEZ ALVAREZ con DNI Nro. 23821468 de 57 años de edad, Soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Chinchaypujio Provincia de Anta Departamento de Cusco de Ocupación Empleado con domicilio en el PP.JJ. 1° de Enero Lote J-18 Comité 3 del Distrito de Santiago y la Srta. ELENA MARUJA QUISPE QUISPE con DNI N° 23938232 de 49 años de edad Soltera, de Nacionalidad Peruana , Natural del Distrito de Santiago Provincia de Cusco y Departamento de Cusco de Ocupación su Casa con domicilio en el PP.JJ. 1° de Enero Lote J-18 Comité 3 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Miercoles 24 de Enero del año 2018. Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del código Civil. Santiago, 08 de Enero deI 2018 LUISA THRUDY BORDA CABRERA REGISTRADOR CIVIL 1V-09-I-18 B/V 002-2190 SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL, SITO EN LA AV. TULLUMAYO N° 211 DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, SE HA PRESENTADO DOÑA CARLA BELLIDO APAZA, SOLICITANDO SE DECLARE LA SUCESION INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE SU PADRE DON JUAN PURIFICACION BELLIDO QUISPE, FALLECIDO EL 09 DE OCTUBRE DEL 2017, LO QUE COMUNICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. CUSCO, 08 DE ENERO DEL 2018. RODOLFO OROS CARRASCO ABAGODO – NOTARIO DE CUSCO 1V-09-I-18 B/V 002-2191 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 330-


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Cusco, martes 9 de enero de 2018 2017-Cl, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de FELIX ARTEAGA TUMI sobre Rectificación de Partida de Nacimiento en la Vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, se consignó como Silverio Saire, siendo lo correcto Silverio Saire Huallpatinco, la rectificación correspondiente a Heber Arteaga Álvarez, que obra inscrita en la Municipalidad Distrital de Rondocan, provincia de Acomayo, departamento del Cusco, se consignó el nombre de su progenitor y declarante consignado como FELIX ARTEAGA TOMI, siendo lo correcto FELIX ARTEAGA TUMI, así como el nombre de su progenitora ZENOBIA ÁLVAREZ QUISPE, siendo lo correcto ASENCIA ÁLVAREZ QUISPE., se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 08-01-2018 3VCES-09-10-11-I-18 B/V 002-2192 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó la Srta. ELVIRA ZAPATA CRUZ, identificada con DNI. N° 43223821; solicitando la Sucesión Intestada de Q.E.V.F. Sr. RENE ZAPATA LOPEZ, fallecido el día treinta de setiembre de dos mil dieciséis, y siendo el último domicilio del causante el inmueble ubicado en el Pueblo Joven Viva El Perú Comité 8 Z-1, del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 08 de enero de 2018. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON NOTARIO DEL CUSCO 1V-09-I-18 B/V 002-2193 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27333. CONCORDANTE CON EL ART 504° Y SIGUIENTES DEL C.P.C ANTE MÍ, G. ABAD OLAGUIBEL OLIVERA ABOGADO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA. CON OFICINA EN EL JR YUPANQUI N° 115, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE URUBAMBA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. SE PRESENTÓ LA SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR JORGE HUMBERTO OSORIO VASQUEZ Y MIRIAM NATIVIDAD DURAND ZAMALLOA SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SOBRE EL PREDIO URBANO UBICADO EN LA AV. CABO CONCHATUPA (AV FERROCZARRIL) MANZANA B. LOTE N° 3, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE URUBAMBA. DEPARTAMENTO DE CUSCO, EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 743.85 m2. (SETECIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS), ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS POR EL FRENTE COLINDA CON LA AV CABO CONCHATUPA. EN LÍNEA RECTA DE UN TRAMO (DEL VÉRTICE P4 AL P3) CON UNA LONGITUD DE 22.40 M POR LA DERECHA ENTRANDO COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LOS SEÑORES RAUL LINES SASNCHEZ, LUIS ALBERTO ECHEGARAY PACHECO Y MARUJA PELAEZ CESPEDES, EN LÍNEA RECTA DE UN TRAMO (DEL VÉRTICE P2 AL P3). CON UNA LONGITUD DE 36.25 M POR LA IZQUIERDA ENTRANDO, COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LOS SEÑORES FREDY EDISON ROJAS PELAEZ, YORDAN GIMEL ROJAS PELAEZ. NANCY NASHA ROJAS PELAEZ. MARGARITA ISABEL ROJAS PELAEZ Y EMPERATRIZ PELAEZ CESPEDES, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO, (DEL VÉRTICE P4 AL P1) CON UNA LONGITUD DE 38.60 M. Y POR EL FONDO, COLINDA CON LA PROLOG DE LA AV. CONVENCIÓN, EN LÍNEA RECTA DE UN TRAMO (DEL VÉRTICE P1 AL P2) CON UNA LONGITUD DE 17.50 M. HACIENDO UN PERÍMETRO TOTAL DE 114.75 M. EL PREDIO A PRESCRIBIR SE ENCUENTRA DENTRO DEL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 02072183. DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO. DENTRO DEL PREDIO FRACCIÓN B COMO LOTE 3, EN EL QUE APARECEN COMO TITULARES REGISTRALES LOS SEÑORES CARLOTA LUISA Y MARIA CARMEN TEJADA PACHECO EDGAR TEJADA MERCADO Y DAVID MARIA DE REMOND GLORIA Y HUGO TEJADA MERCADO POR LO QUE DESCONOCIENDO EL DOMICILIO DE LOS MISMOS SE DEBE REALIZAR LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE LA PRESENTE PUBLICACIÓN Y A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHO SOBRE ESTA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SU DERECHO CONFORME A LEY ADEMAS A LOS INMEDIATOS TRANSFERNETES SEÑORES EDUARDO DURAND ESCOBAR Y ESPERANZA ZAMALLOA ESPINOZA DE DURAND SE LE NOTIFICARÁ EN EL DOMICILIO SEÑALADO URUBAMBA 05 DE ENERO DE 2018 G. ABAD OLAQUIBEL OLIVERA ABOGADO – NOTARIO 09-15-19/01/2018 B/. 001-973 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ DIVISION DE REGISTRO CIVIL AVISO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Visto el Expediente N° 17350,de fecha 28 de Diciembre del 2017, Don Aderly Celis Gómez, con DNI N° 45583177, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de su Nacimiento N° 181 inscrita el 17 de Febrero de 1989, debiendo rectificarse en el indicado Acta: El rubro correspondiente al registro del nombre del padre del titular del Acta, consignado como GUZMARO CELIS ROMÁN, debiendo ser lo correcto GUSMARO CELIS ROMÁN, conforme aparece en la Partida de Nacimiento N° 243 del 14 de Setiembre de 1957, perteneciente a Gusmaro Celis Román, emitido por la Oficina de Registros del Estado Civil, de la Municipalidad Distrital de Chilete- Provincia de Contumazá del Departamento de Cajamarca, adjunto al Expediente Administrativo; lo que se publica para sus fines en aplicación al Artículo 73° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM. WANCHAQ, 04 DE ENERO DEL 2018 YONNY ROMERO FLORES JEFA DE REGISTRA CIVIL 09/01/2018 B/. 001-974 AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco con Expediente N° 12544 de fecha 22/11/2017, solicitado por la ciudadana (o) QUEY

CELIS GOMEZ, para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 2352 del año 1980. Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación, en el rubro Nombre (PRENOMBRE) del progenitor, debiendo consignarse GUSMARO, en lugar de Guzmaro. Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. SANTIAGO, 27 DE DICIEMBRE DEL 2017 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 09/01/2018 B/. 001-974 AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco con Expediente N° 13662 de fecha 20/12/2017, solicitado por la ciudadana (o) INGRID CELIS GOMEZ, para la RECTIFICACION ADMINISTRATIVA del Acta de Nacimiento N° 633 del año 1983. Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe error de consignación, en el rubro Nombre (PRENOMBRE) del progenitor, debiendo consignarse GUSMARO, en lugar de Guzmaro. Lo que se hace de conocimiento al Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme el ART. 74 DEL D.S. 015.98-PCM ante esta Municipalidad. Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines. SANTIAGO, 27 DE DICIEMBRE DEL 2017 ROBERTO VILCA MENDOZA REGISTRADOR CIVIL 09/01/2018 B/. 001-974 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS ACCIONISTAS DE INVERSIONES URPI SOCIEDAD ANONIMA. Señor (a): Conforme a lo prescrito por el Art. 113° de la Ley General de Sociedades y el estatuto de la sociedad, El Directorio de la sociedad convoca a Junta GENERAL EXTRAORDINARIA de Socios Accionistas de la Sociedad denominada INVERSIONES URPI SOCIEDAD ANÓNIMA, la misma que en PRIMERA CONVOCATORIA se celebrará a las DIEZ horas (10: 00 a.m.) del día martes treinta (30) de enero de dos mil dieciocho (2018), en la siguiente dirección: Av. Los Incas s/n. (Esquina de Av. Los Incas con calle Manglio Carrasco - Terminal terrestre Cusco - Urcos), distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, en SEGUNDA CONVOCATORIA se cita para el día domingo cuatro (04) de febrero del año en curso, a la misma hora y en el mismo lugar señalado para la celebración de la primera convocatoria; Con el siguiente orden del día: ACUERDOS PARA EL NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Y DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD, POR VENCIMIENTO DE MANDATO. ACUERDOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD POR RENUNCIA DEL ACTUAL. Se suplica puntual asistencia. Cusco, 08 de enero de 2018. EL DIRECTORIO 09/01/2018 B/. 001-975 AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 408-2017 -Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por la Srta. Juez Dra .Lynda Vargas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León, GABRIEL ALEJANDRO TIPE PARIONA Solicita SUCESION INTESTADA del que fue su esposa Laura Acuña Garay de Tipe fallecida en esta ciudad el 13 de febrero del 2016 se publica a fin de que se asomen los que tienen derecho a suceder. S.S. 17-12-2017. ANTONINA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL 09/01/2018 B/. 001-976 LA MUNICIPALIDAD DE CUSCO, A TRAVÉS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Y DE ACUERDO AL DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-MC-00 SOBRE TITULACIÓN INDIVIDUAL EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y/O PUEBLOS JÓVENES DE LA PROVINCIA DEL CUSCO Y EN ATENCIÓN A LOS ARTÍCULOS 12° Y 13° DEL MISMO, HACE DE CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE SE PROCEDERÁ A EXPEDIR EL TÍTULO DE PROPIEDAD DEL SR. DAVID APAZA ESCOBAR Y LA SRA. ALEJANDRINA HUANCA TACURI , SOBRE EL LOTE DE TERRENO “03” DE LA MANZANA “Q” DEL PUEBLO JOVEN “CHOCCO”, DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO. CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE AMENAZADO O VULNERADO SU DERECHO POR LA PRETENSIÓN DE TITULACIÓN MENCIONADA PUEDE PRESENTAR OPOSICIÓN DENTRO DE LOS CINCO DIAS HÁBILES POSTERIORES A ESTA PUBLICACIÓN, LA OPOSICIÓN SE PRESENTARÁ POR ESCRITO DEBIENDO SER ACOMPAÑADA NECESARIAMENTE, PARA SU ADMISIBILIDAD, CON PRUEBA INSTRUMENTAL QUE SUSTENTE LO QUE SE AFIRMA. ATENTAMENTE ARQ. TANHIA M. PEÑA MOLINA SUB GERENTE DE ADMIJNISTRACION 09/01/2018 B/. 001-977 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónlmo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 3592017-CI, en la via del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de ISABEL SOLÓRZANO QUISPE sobre RECTIFICACIÓN del acta de partida de nacimiento- al nombre de su padre Antonio Solórzano a Antonio Solórzano Saavedra y el de su madre de Victoria


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Cusco, martes 9 de enero de 2018

Quispe a Gregoria Quispe Salazar, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 08-01-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL 09-10-11/01/2018 B/. 001-978 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO - CUSCO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION EDICTO MATRIMONIAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N° 00225 -TP-2017 PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: DON: TEODORO FERNANDEZ QUISPE DNI: N°43276182 ESTADO CIVIL: Soltero NATURAL DE: Quispicanchi - Ccatcca NACIONALIDAD: Peruano PROFESION / OCIPACION: Independiente EDAD: 33 años DOMICILIO: C.P. de Chimpahuaylla Calle Tupac Yupanqui A-23 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. DOÑA: MARGOT GAMARRA RAMOS DNI:N°48585019 ESTADO CIVIL:Soltera NATURAL DE: Paruro - Yaurisque NACIONALIDAD:Peruana PROFESION / OCIPACION: Independiente EDAD: 26 años DOMICILIO: C.P. de Chimpahuaylla Calle Tupac Yupanqui A-23 del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes contraerán Matrimonio Civil el 20 de enero del 2018. Las personas que conozcan las causales de Impedimento pueden denunciarlos, como establece el Art. 253 del Código Civil ante el Jefe de Registro Civil de esta Municipalidad. San Jerónimo, 08 de Enero del 2017 MARTHA APARICIO ESTRADA REGISTRADOR CIVIL 09/01/2018 B/. 001-979

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Ssintiago Castillo Concha Se cita y emplaza a JOSMEL ESCALANTE QUERARI, en el Proceso Nro. 210-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 274 del Código Penal , en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo para el dia 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2018 a horas 14:00 (CATORCE DE LA TARDE)„ en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-1-48 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 27 de diciembre del 20I7. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. Especialista: Maria Jesús Ángulo Aedo Se cita y emplaza a CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA, en el 0493-2017 en los seguidos contra CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la sociedad., para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (12:00 M/D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de setiembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 290-2016, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado MARÍA ELIZABETH APAZA ROCCA y al agraviado JOSÉ VELASQUEZ APAZA con el extracto de la resolución N° 02 Y 04 de fecha 22/09/2016 Y 27/12/2017: RS. 02. SE DISPONE: Declarar Rebelde a la demandada Maria Elizabeth Apaza Rocca. Rs. NQ 04. Señala fecha de audiencia de AUDIENCIA ÚNICA DE VIOLENCIA FAMILIAR, PARA EL 12 DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a verificarse en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Echarate, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra. Echarate, 29 de diciembre de 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO (Abandono Moral y Materiall Proceso N° 310-2017-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a los progenitores del menor tutelado Abdías Quispe Vásquez; quienes responde a los nombres de VÍCTOR QUISPE ORCOHUARANCA Y FRIDA VASQUEZ CONDORI y/o familiares del mismo a fin de que comparezcan al Juzgado a brindar sus declaraciones respecto al abandono moral y material del menor de iniciales A.Q. V. a verificarse el día 25 de enero de 2018 a horas 14:00 p.m. Bajo apercibimiento de Ley

en caso de inconcurrencia. Secretaria Abog. Rocío Callaymara A. Firma.- Juez. Abog. Miguel Ángel Arizábal Arriaga. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL Io JUZ. DE INVF.S. PREPARATORIA - S. Urubamba EXPEDIENTE: 00415-2016-44-1015-J R-PE-01 JUEZ: CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA. ESPECIALISTA: ANA GABRIELA CALDERÓN NAVARRO - Se emplaza a MARIO HUAMAN GUTIÉRREZ, CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN NUMERO DOS, DE FECHA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, LA MISMA QUE FUE EMITIDA DENTRO DEL INCIDENTE 0041S2016-65-1015-JR-PE-01, Y donde se RESUELVE: Declarar FUNDADA en parte el requerimiento fiscal presentado por el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, SE AMONESTA en forma expresa al sentenciado Mario Huaman Gutiérrez, a fin de que dentro del término de QUINCE DÍAS cumpla con cancelar las cuotas vencidas del cronograma de pagos y cumpla con las demás cuotas que están por vencer en forma estricta, asimismo cumpla con registrarse en el libro de ejecución del juzgado y cumpla con registrar su firma cada treinta dias, todo ello BAJO APERCIBIMIENTO DE REVOCARSE la suspensión de la ejecución de la pena y disponerse el internamiento del sentenciado en el establecimiento penitenciario que designe el INPE, asimismo SE RESUELVE PRORROGAR EL PERIODO DE PRUEBA por el termino de SEIS MESES ADICIONALES los que será acumulados al periodo de prueba inicialmente establecido en la sentencia. - Se emplaza a MARIO HUAMAN GUTIÉRREZ, CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN NUMERO SEIS, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL ANO DOS MIL DIECISIETE, LA MISMA QUE FUE EMITIDA DENTRO DEL INCIDENTE 00415-2016-44-1015-JR-PE-01. Y donde SE resuelve: Disponer que se notifique mediante edictos al procesado Mario Huaman Gutiérrez, con la resolución emitida en el incidente sesenta y cinco, por la que se amonesta al sentenciado, y se señala como nueva fecha para continuar con la presente audiencia para el día VIERNES DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA, en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Urubamba, subsistiendo los apercibimientos decretados para la concurrencia de las partes procesales. Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas).Urubamba, 21 de diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL EXP: Nro. 2196-2017-73-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: DARWIN CONDORI MOZO Se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 contenida en el Acta de Audiencia de fecha 13/DIC/2017, cuyo contenido es el siguiente: ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO DEL PROCESO INMEDIATO RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 13/DIC/201 7 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE.1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia por no haber sido notificado el acusado Víctor Raúl Loayza Poblete y por no haberse notificado a la defensa de los imputados con el requerimiento acusatorio. 2. REPROGRÁMESE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIECISEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS POCE HORAS DEL MEDIO DÍA EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS, teniendo esta audiencia el carácter de inaplazable quedan vigentes los apercibimientos decretados en resoluciones anteriores y quedan notificados los presentes. 3. NOTIFIQUESE al acusado Víctor Raúl Loayza Poblete en su domicilio real; sin prejuicio de que se le notifique vía edictos por el plazo de ley. 4. NOTIFIQUESE el día de hoy a la defensa de los acusados con el requerimiento acusatorio. 5. NOTIFIQUESE a todos los sujetos procesales inconcurrentes en la presente audiencia. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Exp. 01017-2017-21-1001-JR-PE-06. SEÑOR: AURELIO GAYOSO LIGAS. Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Jimmy Manchego Enriquez, bajo la actuación de la Especialista de Causa Efrain Flores Zuñiga se CITA Y EMPLAZA al Acusado AURELIO GAYOSO LIGAS, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 01017-2017-21-1001-JR-PE-06, que se le sigue por delito de Negativa a Colaborar con la Administración de Justicia, en agravio del Estado, en la Audiencia de Juicio programado para el día 13 de marzo del 2018 a las 09:00 a.m. en la 5° sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 27 de diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE.- Notifica al acusado JHON WILBERT SEVILLANOS CARBAJAL (Reo Contumaz), a efecto de que se pongan a derecho ante el Juzgado, para el inicio de Juicio Oral, en el proceso Penal NQ 19-2015-44, por delito Contra La Familia, modalidad Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de los menores de iniciales J.S.L. y A.A.S.L., representada por su progenitora Yanette Luna Alegría.- Firma Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. Echarate, 28 de diciembre de 2017


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Cusco, martes 9 de enero de 2018 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL (Echarate) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE.- NOTIFICA al Reo Ausente OLGA CORALES ARIAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el Proceso Penal N° 41-2010, seguido contra la referida acusada, por la presunta comisión del delito Contra La Fe Pública, en su modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado Peruano.- Firma Sr. Juez Miguel Ángel Arizabal Arriaga.- Secretaria Rocío Callaymara Equipo. 3v. Echarate, 27 de diciembre de 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Canchis, Julio Cesar Céspedes Murillo, en el Proceso Penal N° 00067-2017-74-1007-JR-PE-01: seguido contra MANUEL PILCO MAQUERA, como presunto autor del Delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD en su modalidad de LESIONES en agravio de RAMÓN LIPA QUISPE. bajo la actuación del Especialista Legal Ana Melva Puma Llanque, ha resuelto comunicar al imputado MANUEL PILCO MAQUERA, con el tenor la resolución N° 2 de fecha 18 de diciembre del 2017 y extracto del requerimiento de acusación.RESOLUCIÓN N°02. Sicuani, dieciocho de diciembre Del año dos mil diecisiete.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por falta de notificación valida al imputado REALÍCENSE por edicto las publicaciones por edicto para la notificación del acusado Manuel Pilco Maquero, en el portal Poder Judicial WEB del Poder Judicial, por el termino de ley, para cuyo fin deben cursarse, el oficio que corresponda por parte del Especialista de Causas, con un resumen del requerimiento de procesado penal, postulado por la Fiscalía, para que sea de conocimiento del acusado. Así mismo debe realizarse un resumen de la resolución numero uno y de la presente acta de audiencia, para fines de notificación del imputado en la página WEB del Poder Judicial, habiéndose verificado el número telefónico del procesado. SIN PERJUCIO de lo anterior notifíquese a Manuel Pilco Maquero, en Catahuiccollo del Distrito de llave. Provincia del Collao del Departamento de Puno, adjuntándose el requerimiento de acusación penal, la resolución numero uno y la presente acta de audiencia. REPROGRAMAR el presente acto procesal para ser verificado en fecha VEINTIDÓS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando notificado en este acto de audiencias, la Fiscalía y la defensa técnica pública, quedando subsistentes los apercibimientos prevenidos, mediante resolución que convoca a este acto procesal de audiencias. INFÓRMESE al acusado que tiene derecho a elegir abogado de su libre elección para la audiencia de control de acusación, bajo apercibimiento de continuarse el procedimiento con la defensa técnica pública. ESTRACTO DE ACUSACIÓN Los hechos antes descritos y que son materia de la presente acusación se tipo penal CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD; en su modalidad de LESIONES- tipo específico LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado por el primero y segundo párrafo del Art. 124° del Código Penal, concordante con elA numeral 3 del Art 121° del mismo cuerpo legal, que ad literem establece : Art. 124 ...el que por culpa causa a otro daño en el cuerpo...la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de dos años y de sesenta a ciento veinte días multa si la lesión es grave, de conformidad a los presupuestos establecidos en el Art. 121”...” Art. 121° “...se consideran lesiones graves: 3. Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental de una persona que requiera treinta o más días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa...” CUANTÍA DE LA PENA: Para la graduación de la pena debe tenerse en cuenta los Principios de Lesividad y Proporcionalidad, contenidos en los artículos Iv y VIH, respectivamente, del Título Preliminar del Código Penal, de manera que la sanción penal esté acorde no sólo con la culpabilidad por el hecho, sino también con la trascendencia social que ocasiona el delito, entendida ésta en mayor o menor grado, contribuyendo para esta determinación además, otros factores de punibllidad como la forma y circunstancias del delito así como las condiciones personales conforme a los artículos 45° y 46° del Código Penal y sus modificatorias. Así se tiene pues que de acuerdo al Art. 46° del Código Penal solo se presenta como única circunstancia atenuante el hecho de que el acusado no cuenta con antecedentes penales pero además hay que señalar que el grado de consumación del delito es_en grado de CONSUMADO por lo que este Despacho Fiscal solicita la pena DE UN AÑO y TRES MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD CON CARÁCTER DE EFECTIVA y de setenta días multa a razón del 25% de sus ingresos. EL MONTO DE LA REPARACIÓN CIVIL, LOS BIENES EMBARGADOS O INCAUTADOS AL ACUSADO O TERCERO CIVIL. QUE GARANTIZAN SU PAGO y A LA PERSONA A QUIEN CORRESPONDA PERCIBIRLO: Conforme a lo prescrito por el artículo 92° del Código Penal, todo delito acarrea como “consecuencia no sólo la imposición de una pena, sino también puede dar lugar al surgimiento de responsabilidad civil por parte del autor; es asi que la reparación civil tender a compensar de alguna manera dicho agravio, fijándose prudencialmente de acuerdo a la magnitud del mismo tomando en consideración que se trata de un delito de Lesiones Culposas Graves, se procede a solicitar el monto de la reparación civil que solicita este Ministerio es de CINCO MIL NUEVOS SOLES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.S000.00) que deberán efectuar el acusado a favor de los herederos legales de Q.E.V.F . 1X.-MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECEN PARA SU ACTUACIÓN EN AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL: DOCUMENTOS: El Acta de Intervención policial de fecha 19 de mayo del 2016, que deja constancia que a horas 12:30, en el sector de la comunidad de Séneca — Chectuyoc, Canchis kilómetro 1114 de la vía Slcuanl — Juliaca, es que la tripulación del vehículo patrullero 00-1274 PNP Combapata fueron informados por los usuarios de la red vial nacional, sobre un accidente de tránsito (atropello), por lo que dicho personal policial de forma inmediata se constituyeron a la comunidad de Séneca kilómetro 1114 de la vía Sicuani- Juliaca, donde se encontró a una persona de sexo masculino, que se encontraba sangrando en la calzada en el lugar denominado la Raya Sicuani, persona que fue evacuado de emergencia al Hospital Central de Fiscal Encargado: Dra. Verónica H. Bellido Mariscal Castillo casilla electrónica 78520 Sicuani, al mismo que se le identifico como Ramón

LIPA QUISPE (76) documento que obra a Fs. 02-03 • Oficio N” 187-2016-DIRNOP.FP Comisaria de Torcoma donde se hace constar que se extrae las muestras de sangre a Manuel Pilco Maquero y efectuándole el exornen cualitativo resultado es NEGATIVO. (Fs. 09) . Licencia de Conducir de Manuel Pilco, Maquero que acredita que cuenta con la clase AHÍ, licencia que se encontraba vigente ai momento de los hechos, (fs. 08) ® Acta de defunción certificada de Ramón Lipa Quispe que acredita que failedó con fecha 22 de mayo del 2016 en la ciudad del Cusco donde la declarante de su fallecimiento fuera Carmen Rosa Lipa Alanocca con DNI 40657071. (Fs. 58 y vuelta) EXAMEN DE PERITO . EDWIN QUISPE VELARDE O LA DRA. MARÍA TERESA BUSTINZA actualmente medico Legisla de Sicuani, pues el primero según ‘nformacion habría renunciado, siendo su domicilio laboral en el Jirón San Martín Edificio del Ministerio Publico Canchis 4to piso, quien será evaluada por Certificado Médico Legal Post Pacto N” 002243-PF-HC (Fs. 38-39) practicado a RAMÓN LIPA QUISPE de fecha 19 de octubre del 2016 donde otorga 1U días de atención facultativa y 35 dios de incapacidad médico legal concluyen que presentó lesiones corporales traumáticas recientes, lesiones ocasionadas por agente contundente-suceso de tránsito. Se hace conocer que no existe medida de’coerción alguna en contra del acusado. POR LO EXPUESTO: Reitero a Usted, señor Juez, tener por formulado el presente Requerimiento Acusatorio, y tramitarlo conforme corresponde. PRIMER OTROSÍ DIGO: Se presentara en audiencia de Control de Acusación las pruebas que sean admitidas por el despacho judicial y las que corresponda pora formar el expediente judicial correspondiente según lo dispuesto en el Código Procesal. 05-08-09/01/2018 CPJ PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1992-2016-82-2701-JR-PE-01 JUEZ: Judith Nelly Atapaucar Barrientos ESPECIALISTA JUDICIAL: Elizabeth B. Anco Gallegos NUMERO DE RESOLUCIÓN: 11 de fecha 22 de diciembre del año 2017. SE NOTIFICA a los agraviados Martha Huíllca Palomino, Alipio Yabar Farfán, Wilian Huisa Meló y Maribel Huisa Meló, en la investigación seguida contra Edgar Damacio Duran por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado en agravio de Bernardino Santiago Jancco Challco y otros, la resolución número diez de fecha 16/11/2017, donde se resuelve: 1. DECLARAR CONSENTIDA la SENTENCIA ANTICIPADA recaída en ia resolución número diez de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete. 2. ESTABLECER que la pena impuesta al sentenciado Edgar Damacio Duran inicia el 24 de diciembre del año 2016 y vence el 23 de diciembre del año 2026. 3. REMÍTIR a la Oficina Distrital de Condenas de esta Corte Superior de Justicia, el boletín de condena del sentenciado Edgar Damacio Duran, para tal fin cúrsese el oficio correspondiente. 4. Conforme a lo dispuesto por el artículo 29 inciso 4 del Código Procesal Penal concordante con el artículo 489 inciso 1 del acotado Código, siendo competente este juzgado para el trámite de la ejecución de sentencia, fórmese el cuaderno de ejecución de sentencias con los recaudos correspondientes y una vez cumplido, remítase el incidente de terminación anticipada al Archivo Central de esta Corte Superior de Justicia para su archivamiento definitivo. 5. Notifíquese mediante edictos a los agraviados, para tal fin cúrsese el oficio respectivo. Notifíquese.Puerto Maldonado, 22 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 04175-2017-3-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado FORTUNATO HUAMAN LOAYZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES DIECISIETE DE MAYO DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04175-2017-3-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales D.K.H.H.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 01051-2017-7-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JULIO ANDRES LOAIZA GUILLEN, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTE DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01051-2017-7-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de entre 10 y 14 años en grado de tentativa, en agravio de la menor de iníciales A.A.B.P. representada por Celia Pino Fuentes.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03595-2017-87-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO


8 ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado QUINTIN SUEL QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES OCHO DE MARZO DEL 2018 A HORAS 12:30 DEL MEDIO DIA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencia del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03595-2017-87-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menores de edad, en agravio de la menor de iníciales ED.QU.ZA.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04315-2017-37-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JORGE HUGO APAZA PALOMINO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES OCHO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencia del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04315-2017-37-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad violación de la libertad sexual, tipo especifico actos contra el pudor de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales F.D.A.S.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02099-2016-31-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado DAVID ASUNCION CONDORI MORALES, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES QUINCE DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02099-2016-31-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad violación de la libertad sexual, tipo especifico actos contra el pudor de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales J.K.C.T.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01616-2017-87-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JOEL EDISON PEREZ LEVA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES VEINTISEIS DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01616-2017-87-1001-JR-PE-01, seguido como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales R.H.T.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04213-2017-15-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado LIBIO HUAMAN CCALLO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTICINCO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04213-2017-15-1001-JR-PE-01, seguido como por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual en grado de consumado, en agravio de la menor de iníciales M.M.Q.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01893-2017-51-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado SEBASTIAN CALLAÑAUPA QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES OCHO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº

Cusco, martes 9 de enero de 2018 01893-2017-51-1001-JR-PE-01, seguido como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales R.T.Q.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01257-2017-91-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados NATIVIDAD CONDEÑA LOPE y RUFO CARLOS SAIRE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTE DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 11:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01257-2017-91-1001-JR-PE-01, seguidos como presuntos autores de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de persona en estado de inconciencia; en agravio de la persona de iníciales S.C.H.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02730-2016-82-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado SANTIAGO QUISPE ARONI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTE DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02730-2016-82-1001-JR-PE-01, seguidos como presunto autor de la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado, en agravio de Darío Alfredo Suni Mamani y otros.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04251-2017-68-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JORDI AMILCAR RONDON HUISA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES DIECISIETE DE MAYO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04251-2017-68-1001-JR-PE-01, seguidos como por la comisión del delito contra la Libertad, en la modalidad de violación sexual de menor de 14 años, en agravio de la menor de iníciales S.A.P.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04445-2016-40-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado PERCY HERRERA TROCONES, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES SIETE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-segundo piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del juzgado penal unipersonal de la Convención, Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04445-2016-40-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión de los delitos contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio en grado de tentativa, en agravio de Gladys León Quispe y Otros.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 03599-2017-15-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado PAUL ANTONY CHIPANA ALVAREZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES CATORCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso) vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03599-2017-15-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menores de edad, en agravio de la menor de iníciales AD.MA.LE.Cusco, 29 de Diciembre del 2017.


Cusco, martes 9 de enero de 2018 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03654-2017-50-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado GABINO SUPHO SUMIRE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DIECINUEVE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03654-2017-50-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual, en agravio de la menor de iníciales G.S.Q.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01827-2017-25-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado OSCAR MOLINA CARRILLO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES SEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01827-2017-25-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad agravada, en agravio de la menor de iníciales H.H.Q.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 02260-2017-2-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALFREDO RODRIGUEZ CRUZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES DIECIOCHO DE JULIO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de videoconferencias del módulo penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02260-2017-2-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor; en agravio de la menor de iníciales A.A.E.V.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 05-08-09/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02657-2017-77-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada FRANCISCA CCALASANI CCOYCCOSI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES 11 DE ENERO DEL 2018 A HORAS 10:30 A.M (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-segundo piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02657-2017-77-1001-JR-PE-01, seguido en contra de la antes referida imputada como presunta autora por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio, en agravio de sus menores hijos Q.E.V.F. Ruth Yeni Ccoa Ccallasani y Remigio Manuel Ccoa Ccolque.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03937-2017-77-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado TIMOTEO CAHUANA CONDORI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTE DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03937-2017-77-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales A.N.A.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01963-2017-54-1001-JR-PE-01.

9 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALEXANDER SACA LORAICO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES OCHO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01963-2017-54-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales M.G.M.C.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02474-2017-66-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado REYNALDO CONDE PAUCCAR, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DOS DE JULIO DEL 2018 A HORAS 03:00 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Chumbivilcas. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02474-2017-66-1001-JR-PE-01, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales Y.C.B.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 05317-2017-70-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado DONATO LUCIO MELO GALLEGOS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES VEINTICINCO DE ENERO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05317-2017-70-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales N.R.C.M.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02393-2016-74-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado WILFREDO CHACON ORTIZ DE ORUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES DIECISIETE DE MAYO DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02393-2016-74-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito contra la libertad en la modalidad de violación sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales SH.IS.BE.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02348-2016-46-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado AGUSTIN CHAIÑA HUALLPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES SIETE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02348-2016-46-1001-JR-PE-01, seguido en contra del referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio sub tipo feminicidio en grado de tentativa en agravio de Marisol Sullca Pfuro.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 01985-2016-18-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados MARIO IBARRA CHALLCO y WISIMBER IBARRA CHALLCO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES CATORCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DIA (hora exacta); la


10 misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso) vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del modulo penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 01985-2016-18-1001-JR-PE-01, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en agravio de Frank Leonel Escalante Taype y otros. Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03620-2017-13-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada NORMA ROXANA PINTO CHOQUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DOCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso) vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del modulo penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03620-2017-13-1001-JR-PE-01, seguido por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio en grado de tentativa, en agravio de las menores de iníciales Y.M.P. y M.M.P. representados por Hilario Morocco Quispe.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03868-2017-70-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ANDERSON PILLCO VELASQUE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES ONCE DE ENERO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03868-2017-70-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales N.H.M. representada por Flora Muñoz Quispe.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02374-2017-96-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JOSUE HOLGUIN LIGAS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES DIECINUEVE DE JULIO DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02374-2017-96-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor, en agravio de la menor de iníciales D.R.T.H, representada por Ricarda Huari Uman.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02053-2016-19-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado YOURI YVAN CUBA CASTILLO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES SEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02053-2016-19-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor agravado, en agravio de las menores de iníciales A.Q.M. y C.Q.Q.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04247-2017-84-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado PLACIDO SALLO SANTA CRUZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES ONCE DE ENERO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04247-2017-84-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de actos contra el pudor sub tipo actos contra el pudor en menor de edad; en agravio de la menor de iníciales V.S.CH.-

Cusco, martes 9 de enero de 2018 Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02542-2017-43-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ERNESTO MAMANI CAHUANA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 20 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-segundo piso. Vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02542-2017-43-1001-JR-PE-01, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, tipo especifico violación de persona en incapacidad de resistencia, en agravio de la menor de iníciales K.S.M.V.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02821-2016-23-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALEXANDER HUILLCA QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES OCHO DE MARZO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02821-2016-23-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de consumado, en agravio de la menor de iníciales F.M.C.G.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03873-2016-59-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado FLORENCIO VELAZCO VELAZCO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES VEINTICINCO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Espinar. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03873-2016-59-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual en grado de tentativa, en agravio de la menor de iníciales R.C.H.C.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 02591-2017-73-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado LUDGARDO GUZMAN MEZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLES CATORCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 02591-2017-73-1001-JR-PE-01, como presunto autor por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales M.M.I.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 04009-2017-33-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada HILDA NOA MERMA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES CINCO DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 03:00 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04009-2017-33-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio en grado de tentativa, en agravio del menor de iníciales M.M.P.N.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ


Cusco, martes 9 de enero de 2018 EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES Nº 03571-2017-84-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ROYER MORALES CRUZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES DOCE DE MARZO DEL 2018 A HORAS 04:00 DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía audiencia por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03571-2017-84-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en grado de tentativa, en agravio de la menor Sharmely Lucero Cruz Valdivia representada por su abuela Francisca Ccana Mamani.Cusco, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señora Juez Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la Especialista Judicial Jimena Luque Espinoza, se viene tramitando el PROCESO JUDICIAL N° 1045-2017-0-1007-JR-FT-01 sobre Violencia Familiar; mediante el cual se resuelve: “RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 10 de octubre del 201 7 (...) SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de violencia familiar en la modalidad de VIOLENCIA PSICOLÓGICA en agravio de LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO en contra de su cuñado EDILBERTO CHURA ARO. 2. PRESCINDIR la convocatoria de Audiencia Oral a Efecto de Emitir Medidas de Protección. 3. INGRESO DE AUTOS A DESPACHO para la emisión de las Medidas de Protección. RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 26 de octubre del 2017 (...) SE RESUELVE: DICTAR COMO MEDIDAS DE PROTECCIÓN A FAVOR DE LA AGRAVIADA LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO: 1. Disponer el cese de todo tipo de violencia física o psicológica por parte del demandado EDILBERTO CHURA ARO en contra de la agraviada LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO por lo que deberá: Abstenerse de agredir verbal y psicológicamente a la agraviada en cualquier lugar y circunstancia, de efectuar toda manifestación de violencia psicológica, amenaza o acoso, de proferir insultos, palabras soeces o palabras altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios. 2. La prohibición de todo tipo de comunicación del demandado EDILBERTO CHURA ARO hacia la victima LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO, sea por vía electrónica, epistolar con la finalidad de agredir verbal o psicológicamente. 3. La prohibición del demandado EDILBERTO CHURA ARO de protagonizar cualquier discusión o altercado en cualquier lugar y circunstancia en que se encuentre la agraviada a fin de no causarle daño emocional. 4. Se dispone que el agresor EDILBERTO CHURA ARO se someta a terapia psicológica obligatoria para controlar su agresividad y garantizar futuras relaciones pacíficas y armoniosas por el periodo de 12 meses, en el Hospital de Sicuani, lo que debe acreditar de forma documentada. PARA LO CUAL GÍRESE EL OFICIO CORRESPONDIENTE. 5. Se dispone al agresor EDILBERTO CHURA ARO la prohibición de libar bebidas alcohólicas, esto en virtud a que encontrándose en estado de ebriedad se suscitaron los hechos de violencia familiar, y a fin se vuelva a suscitar tales hechos se dispone la presente medida de protección. Todo ello bajo apercibimiento del artículo 24 de la Ley 30364 que indica: “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección dictada en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal”. 6. Se dispone que la víctima LEONARDA CÁRDENAS CECINARIO se someta a terapia psicológica en el hospital de Sicuani, para superar los efectos negativos de la violencia familiar. PARA LO CUAL GÍRESE EL OFICIO CORRESPONDIENTE. Estando a la revisión del expediente y atendiendo a lo dispuesto por el artículo 48 del D.S. 009-2016-MIMP (Reglamento de la Ley 30364) SE DISPONE LA REMISIÓN DE LOS ACTUADOS A LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE CANCHIS A EFECTO DE QUE ACTUÉ CONFORME A SUS ATRIBUCIONES. (En virtud a que los hechos son posteriores a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1323). 7. Se dispone, asimismo, se REMITA OFICIO A LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ a _ efecto de que registre la presente medida de protección en el Registro correspondiente.” 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ. La Señora Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sandra Villa Humpiri, en el proceso N° 166-2017-14-1001-JR-PE-05, seguido contra JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ, por el delito de contra la libertad en la modalidad de violación de la Libertad Sexual sub tipo actos contra el pudor en agravio de la menor de iniciales KA.I.F.Q., bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Gilmar Cahuata Sequeiros, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 04 del 18/12/17, Resolución N° 05 de fecha 29/12/17 y la Integración del Requerimiento de Acusación Fiscal, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04 Cusco, dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete.SE RESUELVE; 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para fecha 15 DE ENERO DEL AÑO 2018 A HORAS 14:30 PM. La misma que se realizará en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, quedando notificadas las partes procesales, debiendo de notificarse a la parte agraviada inconcurrente y al acusado

11 mediante edictos. Resolución Nro.05: Cusco, veintinueve de diciembre Del dos mil diecisiete.DADO CUENTA: ATENDIENDO el escrito que precede, presentado por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago.- AL PRINCIPAL: Téngase por presentada integración al requerimiento de acusación, conforme a los argumentos expuestos en su escrito, AGREGÚESE al cuaderno, PÓNGASE en conocimiento de los demás sujetos procesales para su absolución oral en audiencia preliminar, de ser el caso, RESÉRVESE todo pronunciamiento jurisdiccional para la audiencia preliminar. NOTIFIQUESE a las partes en sus domicilios procesales.INTEGRA REQUERIMIENTO ACUSACIÓN FISCAL PETICIÓN PUNIBLE: De conformidad al Art. 349° del Código Procesal Penal se procede a presentar REQUERIMIENTO. DE ACUSACIÓN FISCAL contra el señor JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ como autor por la presunta comisión del delito contra la Libertad en la modalidad Violación de la Libertad Sexual, sub tipo actos contra el Pudor en agravio de la menor de iniciales KA.I.F.Q. (12 años) representado por su progenitora Bertha Quispe Tilca, prevista en el Art.176-A numeral 3 del Código Penal en grado de consumado. SEGUNDO: TESIS MATERIA DE IMPUTACIÓN: Circunstancias Precedentes.- La menor de iniciales K.I.F.Q. (12 años) vivía en los meses de Junio y julio del 2013 junto a su progenitora en una vivienda alquilada inmueble S/n de la APV Viva el Perú del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco y por motivos de trabajo su madre se ausento y viajo hacia la localidad de Quillabamba y esos momentos se quedo con su padre el señor Juan Carlos Parían Rodríguez en el mismo inmueble y junto a su hermano menor, quienes compartían la misma cama. Circunstancias Concomitantes.- En esas circunstancias la menor de iniciales KA.I.F.Q. (12 años), en su entrevista de Cámara Gessell refiere cuando tenía 9 o 10 años, no precisando la fecha exacta cuando no se encontraba su madre por trabajar en la Chacra en Quillabamba en la cosecha, su padre el acusado llego de Lima y en esa oportunidad se hecho en la misma cama con su padre Juan Carlos Farfan Rodríguez momentos en que su padre el acusado le toco con su mano la vagina, senos y.la zona “V” de sus nalgas y le hizo doler tocándole por debajo de la ropa “haciéndole movimientos frotamientos y caricias, disculpándose después al día siguiente como comunicándole que no paso nada en esa noche, seguidamente en esa misma noche del día siguiente de lo que paso por primera vez cuando se encontraban viendo una película cuando la menor se encontraba vestida con su buzo del colegio le toco nuevamente con su mano sus senos y vagina por encima de la ropa, así mismo al día siguiente de ese día le dijo que se sentara en sus rodillas y le beso, esto sucedió en cinco oportunidades tocándole la vagina como frotarle y acariciarle tocándole de adentro para afuera con su mano y le causaba dolor, después que le tocaba le indicaba que se iba portar bien, y en la última vez el acusado intento tener relaciones se subió encima de la menor previamente bajándose el pantalón donde intento quitarle el pantalón de la menor no logrando su propósito, en dicha ocasión la menor refiere haber sentido un líquido a la altura de su. vientre, en todas éstos hechos el acusado se encontraba en estado de ebriedad y después de que sucedía los hechos cuando se encontraba sano le indicaba que se iba portar bien con la menor, y lloraba cuando vivía estos hechos la menor agraviada. Circunstancias Posteriores.- En las diligencias investigación se tiene la Pericia Psicológica por el delito contra la Libertad Sexual. N” .004729-2016-PSCLS, practicada a la menor de iniciales pa.Qu.Ka.ls. (12 años) de cuyas conclusiones arribadas se tiene 7a menor evidencia actos en contra de su normal desarrollo psicosexual”. SEXTO.Precisión del tipo penal 6.1.- La norma penal aplicable al caso es el Artículo Í76-A del Código Penal, cuyo texto es el siguiente: (*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley N® 28704, publicada el 05 abril 2006, cuyo texto es el siguiente: Artículo 176-A.-Actos contra el pudor en menores El que sin propósito de tener acceso carnal regulado en el artículo 170, realiza sobre un menor de catorce años u obliga a éste a efectuar sobre sí mismo o tercero, tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor, será reprimido con las siguientes penas privativas de la libertad: (...) 3. Si la víctima tiene de diez a menos de catorce años, con pena no menor de cinco ni mayor de ocho años. Si la víctima se encuentra en alguna de las condiciones previstas en el último párrafo del artículo 173 o el acto tiene un carácter degradante o produce grave daño en la salud física o mental de la víctima que el agente pudo prever, la pena será no menor de diez ni mayor de doce años de pena privativa de libertad.” Sustentado en lo dispuesto en la última parte del Art. 173°’del Código Penal que refiere “En el caso del numeral 2. la pena será de cadena perpetua si el agente tiene cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse á depositar en él su confianza.” 6.2.Se considera este tipo penal porque la, madre de la menor refiere que en los meses junio y julio del 2013 se ausento por motivos de trabajo en la cosecha en Quillabamba, en esos meses la menor contaba con 10 años de edad. 6.3.” En el presente delito se tiene el comportamiento tipleo en realizar tocamientos contra el pudor a un menor de 10 años, como es tocamientos indebidos en sus partes intimas o actos libidinosos contrarios al pudor. Séptimo.-Petición punible penal. 7.1.- Conforme a la evaluación de los hechos y teniendo en cuenta los principios de lesividad (Articulo IV de! T.P. Del Código Penal) y responsabilidad (Articulo Vil del T.P. Del Código Penal), en el presente caso, para evaluar los criterios del Artículo 45, 45 A. 46 del Código Penal, la pena conminada en estos casos se considera no menor de diez ni mayor de doce años de pena privativa de libertad conforme se determina la pena en el Art. 176o- A humeral 3 del Código Penal donde se debe considerar los tercios en la determinación de la pena concreta de la forma siguiente: 1 .Primer tercio entre los 10 .años a 10 años con 8 meses 2.Seaundo tercio entre los 10 años con 8 meses a 11 años con 04 meses 3 Tercer Tercio entre los 11 años con 04 meses a 12 años 7.2.- Considerando las circunstancias atenuantes como es la referencia de tener antecedentes penales. a) No cuenta con antecedentes penales (Oficio Nro. 666-2016-REDIJUCSJCU- PJ. (fs. 25), donde informan que JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ no cuenta con Antecedentes Penales), se considera el extremo mínimo de 10 años, b) El imputado se encontraba en estado de ebriedad según versión de la agraviada, por lo que se efectúa una reducción de seis meses del. mínimo legal. 7.3.- Considerando las circunstancias agravantes propias del delito como el vinculo establecido en la última parte del art. 176-Adel Código Penal. 7.4.- En el presente caso, existe una lesión al bien jurídico protegido como es la indem-


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nidad o intangibilidad sexual y la afectación el desarrollo de su sexualidad esto tratandose.de una menor de edad; y la educación condiciones personales, no cuenta con antecedentes penales y edad del acusado conoce la ilicitud de su conducta como es la realización de un acto impúdico en la persona del menor de edad quien se encontraba a su cargo como es ser su padre conforme a su Partida de Nacimiento (fs. 21) se aplica dentro el primer tercio de aplicación de la pena más la reducción por la atenuante por el estado de ebriedad por lo que en representación del Ministerio. Publico SE SOLICITA se imponga al acusado la pena de nueve anos con seis meses de pena privativa de libertad efectiva. 7.5- De conformidad al Art. 177 ultimo párrafo se solicita la inhabilitación de conformidad del Art. 36 numeral 5, por ser su hija del acusado conforme a la Partida de nacimiento se imponga la incapacidad para el ejercicio de la patria pastad, tutela o cúratela, en forma definitiva. OCTAVO.- Esquema de determinación de la Reparación Civil.- 8.1 Conforme a lo establecido en el Art. 92° y 93° del Código Penal determinan la referencia de la extensión de la reparación civil en e\ presente caso ha existido un daño a la persona en su integridad sexual, conforme al relato de los hechos y los elementos de convicción de acusación, jurista Editores. Lima 2011. Pag. 502.. 8.2.- En ese sentido y conforme a lo dispuesto por el Articulo en el 101° del Código Penal es necesaria determinar el monto de la reparación civil que se genere dentro de lo establecido en el Articulo en el Art. 1969 del Código Civil, por cuanto que en el presente caso existe, un daño concreto al bien jurídico protegido i) Lucro cesante: La,1, integridad sexual de la víctima .que se encuentra afectada por el hecho vivido i¡) El daño emergente: La afectación de su indemnidad sexual del menor ele edad en desarrollo ííi) El daño moral La Aflicción, el sufrimientoA la afectación de su desarrollo emocional por el hecho vivido donde ha sido su propio padre “su agresor, por lo que resulta razonable y proporcional por el delito REQUERIR el pago de la suma de SI. 5,000.00 (Cinco mil 00/100 Soles), que deberá pagar el acusado a favor del menor agraviado representado por su progenitora. 8.3.- En el presente caso no existe, bienes embargados ni incautados al acusado que garanticen el pago de la reparación civil. 8.4.- El acusado se encuentra con comparecencia simple, conforme a lo dispuesto por su Despacho. Cusco, 29 de diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL Io JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00082-2016-0-1009-JP-FC-01 MATERIA: ALIMENTOS JUEZ: NATALY CONSUELO CACERES VELARDE ESPECIALISTA: KANA CHILO WALTER Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 082-2016-FC, habiéndose resuelto: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por ZENOBIA CCORIMANYA CCONISLLA, en representación de su menor hijo ALEX PACCO CCORIMANYA sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, contra CELSO PACCO ARPHI, la misma que se tramitara en la vía del PROCESO ÚNICO; CÓRRASE traslado al demandado con el auto admisorio demanda y anexos por el plazo de 5 DÍAS HÁBILES para que absuelva la misma, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde, debiendo presentar el anexo especial de la contestación conforme lo establece el articulo 565° del Código Procesal Civil. TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica.- H.S.- Juez Dra N. Cáceres. Secretario Judicial W. Kana Ch.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 04 de diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑOR: YURI CRUZ CRUZ La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 4746-2017-0- 1001-JR-PE-05, seguido contra YURI CRUZ CRUZ, polla presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Noemi Samata Quispe, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 15/11/17 y Acta de Audiencia de fecha 27/12/2017 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. Cusco, quince de noviembre. Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA: (...) y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la Norma citada (...) ; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ- 116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICÍESE a la Coordinación de la Defensoria Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. Resolución N° 3. Cusco, veintisiete de diciembre, del dos mil diecisiete.-PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por los fundamentos expuestos SE RESUELVE: DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por FALTA del transcurso del plazo establecido en el artículo 350° inciso 1) del CPP. REPROGRAMAR la presente audiencia para el 24 de enero del 2018, a horas 11:00 de la mañana,

a verificarse en la Octava Sala de Audiencias del Palacio de Justicia. Subsistiendo los apremios decretados en autos. DÁNDOSE por notificadas las partes presentes, debiendo de notificarse a las partes inconcurrentes, a la parte agraviada y al imputado mediante EDICTOS. Regístrese y comuniqúese. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL En el Expediente Nro. 124-2017-57-1011-JR-PE-01, ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Juez Soledad Ismenia Jordán Tapia y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cáceres del Río, se ha ordenado la notificación por edictos de la imputada LUCILA COLLANTES MENIS con un extracto de la resolución N° 1 pedido de constitución en actor civil, siendo como sigue: Resolución N* 01. Paruro, 13 de noviembre de 2017. (...) III. SE DISPONE ADMÍTIR a trámite la solicitud de constitución de actor civil, presentada por Mario Valverde Duran como parte agraviada en la investigación sobre la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación despojo mediante engaño en contra de Darhuin Carmelino Guzmán y Lucila Collantes Menis. CÓRRASE TRASLADO a todos los sujetos procesales con la solicitud de constitución en actor civil, por el término de tres días. VENCIDO el plazo, si no hay oposición por ninguna de las partes, póngase autos en mesa para resolver. (...). H.S. Paruro, 13 de diciembre de 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ AVISO JUDICIAL EN LA INVESTIGACIÓN TUTELAR Nro 417-2016 JUEZ MENDOZA ZEGARRA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA- CUSCO. En los seguidos por MARGARITA MEZA TORRES contra EVARISTO CJUNO TACURI sobre VIOLENCIA FAMILIAR se ha dispuesto la NOTIFICACIÓN a EVARISTO CJUNO TACURI con la Resolución Nro. 09.- Cusco, cuatro de enero del dos mil dieciocho .- De oficio .- Vía impulso procesal .Que, de la revisión de los autos aparece que el demandado EVARISTO CJUNO TACURI , no ha absuelto el traslado de la demanda dentro del plazo de ley, pese a estar legalmente notificado conforme se desprende de lo actuado a fojas ochenta y siete, ochenta y ocho y ochenta y nueve via edicto judicial y además en reiteradas veces fue emplazado via exhorto con resultado negativo , por su propio mérito y al amparo del artículo 458 del Código Procesal Civil ; Se resuelve : Declarar rebelde al demandado. En consecuencia siendo el estado de la causa y por la labor recargada y de acuerdo al rol de audiencias , señálese como fecha para el verificativo de la diligencia de audiencia única para el día veintinueve de enero del dos mil dieciocho a horas once de la mañana debiendo tenerse en cuenta lo señalado por el artículo artículo 203 del Código Procesal Civil modificado por la Ley 29057, con conocimiento del señor Representante del Ministerio Publico y notifíquese a las partes en forma oportuna de acuerdo a ley, al demandado via edictos. H.s. Firmado Mendoza Zegarra. Firmado Luza Pezo Sec. Judicial. - Lo que notifico a Uds., para los fines consiguientes de ley. Cusco, 04 de enero del 2018 . 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA. SILVIA AGUIRRE ARANIBAR. El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. REYNALDO OCHOA MUÑOZ, en el proceso Nro 5437-2017-0-1001-JR-PE-04, seguido contra JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA Y SILVIA AGUIRRE ARANIBAR, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA Y SILVIA AGUIRRE ARANIBAR, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 26/12/17 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. Cusco, veintiséis de diciembre. Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no con-


Cusco, martes 9 de enero de 2018 tar con defensa técnica, para ello, OFICIESE-NOTIFIQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Articulo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Asi como mediante EDICTOS. Regístrese y comuníquese. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: CASIANO CCORIMANYA APAZA. IRME CONDE QUISPE. La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 5393-2017-0-1001-JR-PE-05, seguido contra CASIANO CCORIMANYA APAZA, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de IRMA CONDE QUISPE, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 26/12/17 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01.Cusco, veintiséis de diciembre. Del año dos mil diecisiete.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICIESE-NOTIFIQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día TREINTA Y UNO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Así como mediante EDICTOS. Regístrese y comuniqúese. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. 08-09-10/01/2018 CPJ

13 EDICTO JUDICIAL 1° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 237-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor ROLANDO TACO LEANDRO, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar. ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de sus menores hijos de inciales M.T.H. y M.K.T.H., representadas por su progenitora Cleny Huillca Sencia; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintidós de setiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ROLANDO TACO LEANDRO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (…), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número cinco se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el CINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE Y TREINTA HORAS.Espinar, 29 de Diciembre del 2017. 08-09-10/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a ELVIN ESCOBERDO CÁMARA, en el Proceso Nro. 761-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar previsto y sancionado en el art I49 del Código Penal, en agravio de Monica Salas Huaihua, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día LUNES DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad lie Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a Goyo Alipio López Gallegos, en el Proceso Nro. 548-2016-80-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la libertad en su modalidad de Violación de la Libertad Personal, tipo violación de la libertad sexual sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR establecido en el primer párrafo del artículo 176 del Código Penal, en agravio de BETZAIDA ORCCON HUAMAN para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza al Señor JUAN COYLA HUAMAN, en el Proceso Nro. 606-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en listado de ebriedad en agravio de la sociedad, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos Formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS CATORCE DE TARDE (14.00 P. M.) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. N° 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a los señores LUIGUI YOSETH SALZAR ALAMOCCA y MARILUZ PEZO FLORES, en el Proceso Nro. 135-2017-50-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión DE HURTO AGRAVADO previsto y sancionado por el Art 186.3 del Código Penal. en agravio de KATHERINE GUERRA CRUZ Y AYDEE APAZA OH AUCA- para que asista a la audiencia de Proceso de control de acusación Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017.


14 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupavachi Avala Se cita y emplaza a AMILCAR LAZO RODRÍGUEZ, en el Proceso Nro. 112-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión conducción en estado de ebriedad previsto y sancionado en el primer párrafo del articulo 274 del Código Penal en agravio de la sociedad para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISÉIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a SINFOROSO CALLAÑAUPA CALDERÓN, en el Proceso Nro. 117-20I7-0-1010-JR-PF-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, en agravio de EV CC SAREPPOR representado por su progenitora CARMEN SANTA CRUZ, para que asista a la audiencia de Proceso de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VEINTE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la cuidad de Quillabamba, Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: FORTUNATO OSCCO MAYTA Se cita y emplaza a Elvis Aristóteles Huamán Sarmiento, en el Proceso Nro. 564-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves previsto y sancionado en el primer párrafo del Artículo 121 del Código Penal, en agravio de OLGA LEGUIA OLARTE, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CINCO DE FEBRERO DEL AÑO DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 1-10-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a ELVIN ESCOBERDO CÁMARA, en el Proceso Nro. 761-2017-0-1010-JIR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar previsto y sancionado en el art. 149 del Código Penal, en agravio de Monica Salas Huailuia, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día LUNES DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P.M.), en la Primera Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 15 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a JUAN CARLOS PACCO CONDORI, en el Proceso Nro. 734-2015-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del ART 149 del Código Penal, en agravio de YFEMIA GONZALERS DUEÑAS, para que asista a la audiencia de CONTROL DE. ACUSACIÓN, y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTITRES DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de No\iembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a SERAPIO ALMIRON VASQUEZ, en el Proceso Nro. 760-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Subtipo LESIONES CULPOSAS previsto y sancionado en el Art.° 124-2, en agravio de OMISIÓN DE AISISTENCIA FAMILIAR, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en mi contra, audiencia que se llevará a cabo el día OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (14.00 P. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Es-

Cusco, martes 9 de enero de 2018 pinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba, Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 14 de Noviembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor RUSBELL QUISPE RIVERA, en el Proceso Nro. 655-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día JUEVES 19 DE ABRIL DEL 2018 (10.00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 11 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a PEDRO JANCCO ESTRADA, en el Proceso Nro. 665-2016-65-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SUBTIPO VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD conducta que se encuentra prevista regulada en el articulo 173 numeral 1 del código penal en agravio de la menor de iniciales EV.JA.RO. De 7 años de edad representado por su progenitor PEDRO JANCCO ESTRADA, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor ALBERT EINSTEN BAUTISTA JANCO, en el Proceso Nro. 770-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VENTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS NUEVE CON TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 21 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a CIRILA COLQUE COLQUE, en el Proceso Nro. 174-2016-32-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL de MENOR DE EDAD previsto y sancionado por el ART. 173.2 del Código Penal, en agravio de menor de iniciales NA.CA.CC. Representado por su progenitora CIRILA COLQUE COLQUE, para que asista a la audiencia de Prisión Preventiva. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día DIECIENUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 M.D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a EBERTSON ANDRADE CACERES, en el Proceso Nro. 755-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 149 del Código Penal, en agravio de AYLIN SHIOMARA ANDRADE RAMÍREZ, representada por su progenitura YICELL RAMÍREZ ZAMATA, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTIDOS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor Juan Fidel Castro Flores, en el Proceso Nro. 742-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la au-


Cusco, martes 9 de enero de 2018 diencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VENTlUNO DE MARZO DEL 2018 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 21 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a LEÓNIDAS CHAINA GUTIÉRREZ, en el Proceso Nro. 417-2014-84-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito seguidos contra LEÓNIDAS CHAINA MENDOZA por la presunta comisión del delito de PELIGRO COMÚN SUB TIPO TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO previsto en el primer párrafo del Art 279 del Código Penal, en agravio del estado representado por la procuraduría publica del Ministerio del Interior., para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia DIECISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIOCHO A DOCE DEL MEDIO DIA, en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: María Jesús Ángulo Aedo Se cita y emplaza a CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA, en el 0493-2017 en los seguidos contra CHARLE NIKO MEDINA CCAHUANA por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la sociedad., para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÍOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE (12:00 M/D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de setiembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a JOSMEL ESCALANTE QUERARI, en el Proceso Nro. 210-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 274 del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llenará a cabo para el dia 08 DE FEBRERO DEL ANO 2018 a horas 14:00 (CATORCE DE LA TARDE ), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. I40-I48 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 27 de diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza al Señor REHINER WIHIMAN CALLUCO QUISPE, en el Proceso Nro. 496-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad en la modalidad de peligro común subtipo Conducción en Estado de Ebriedad previsto y sancionado por el primer párrafo por el artículo 274 del Código Penal, en agravio de la Sociedad para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISEIS DE ENERO DELAÑO DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS DIES DE LA MAÑANA (10.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 12 de Octubre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a LEIVA ALVAREZ. en el Proceso Nro. 476-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue Proceso Penal Nro. 260-2015-0 en los seguidos contra BENITO LEIVA ALVAREZ por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE AISISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SOLEDAD LLALLARCO ARREDONDO para que asista a la audiencia de control de acusación. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTIDOS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha

15 Se cita y emplaza al Señor CAÍN CARRASCO SOTO, en el Proceso Nro. 588-2016-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en listado de Ebriedad, en agravio de la sociedad, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIEICISIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a PEDRO JANCCO ESTRADA, en el Proceso Nro. 665-2016-65-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SUBTIPO VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD conducta que se encuentra prevista regulada en el articulo 173 numeral 1 del código penal en agravio de la menor de iniciales EV.JA.RO. De 7 años de edad representado por su progenitor PEDRO JANCCO ESTRADA, para que asista a la audiencia de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia NUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago castillo concha Se cita y emplaza al Señor ALBERT EINSTEN BAUTISTA JANCO, en el Proceso Nro. 770-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio la sociedad, para que asista a la audiencia de incoación de proceso inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el dia VENTISEIS DE ABRIL DEL 2018 A HORAS NUEVE CON TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 21 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Luis Santiago Castillo Concha. Se cita y emplaza a CIRILA COLQUE COLQUE, en el Proceso Nro 174-2016-32-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL de MENOR DE EDAD previsto y sancionado por el ART. 173.2 del Código Penal, en agravio de menor de iniciales NA.CA.CC. Representado por su progenitora CIRILA COLQUE COLQUE, para que asista a la audiencia de Prisión Preventiva. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día DIECIENUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 M.D.), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 26 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista de audio: Luis Santiago Castillo Concha Se cita y emplaza a EBERTSON ANDRDE CACERES, en el Proceso Nro. 755-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito de delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el segundo párrafo del Artículo 149 del Código Penal, en agravio de AYLIN SHIOMARA ANDRADE RAMÍREZ, representada por su progenitora YICELL RAMÍREZ ZAMATA, para que asista a la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VENTIDOS DE ENERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A. M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 28 de diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00380-2016-46-1014-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPIC ANCHI. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J. Materia: VIOLACIÓN SEXUAL. Se cita y emplaza a ALVARO CCOLQÜE RAMÍREZ, a la audiencia en la que 2DA. Fiscalía Penal de Quispicanchi solicita sus prisión preventiva en el proceso N° 00380-2016-46-1014-JR-PE-01 seguido contra ALVARO CCOLQÜE RAMÍREZ, por la presunta comisión del delito de Violación Sexual a menor de edad en agravio de la menor de iniciales CCSR, a llevarse a cabo el día 23 DE ENERO DEL AÑO 2018 A HORAS 09 DE LA MAÑANA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos-Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 26 de Diciembre del año 2017. 09-10-11/01/2018


16 CPJ EDICTO PENAL QUISPICANCHI EXPEDIENTE No. 00028-2017-6-1014-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial: Sonia L. Quispe J. Materia: HOMICIDIO CULPOSO. Se cita y emplaza a TANIA SHEARMELI CARPIÓ GUTIÉRREZ, a la audiencia de control de acusación en el proceso seguido en su contra N° 00118-2016-0-1014-JRPE-01 seguido contra por la presunta comisión del delito de PELIGRO POR MEDIO DE INCENDIO O EXPLOSIÓN en agravio de HILARIO HUAQUISTO RODRÍGUEZ Y OTRO a llevarse a cabo el día EL DÍA QUINCE DE ENERO DEL AÑO 2018 A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, en la segunda sala de audiencias Casa de la Juventud de Urcos- Urb. Tambillo s/n Urcos. Urcos, 18 de Diciembre del año 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO PENAL SEÑORES: YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN REMIGIO CABRERA CONTOY La señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NARALY VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro. 888-2017-28-1001-JR-PE-05, seguido contra YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN como autor por la presunta comisión del delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar en agravio de la menor de iniciales T.C.H. representada por su progenitor REMIGIO CABRERA CONTOY ha dispuesto notificarle con el Requerimiento de Acusación, la Resolución N° 01 del 22/11/2017 y con la Resolución N” 02 de fecha 27/12/2017 cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN PENAL Luego de efectuadas las investigaciones correspondientes en la investigación preparatoria y a tenor de lo establecido en el articulo 349° del Código Procesal Penal, cumplo con FORMULAR REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, en agravio de la menor de iniciales T.C.H., de 13 años de edad, representada por su progenitor Remigio Cabrera Contoy. I.- DATOS PERSONALES DEL IMPUTADO: Nombres y apellidos, YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN, identificado con DN1 N° 45017627., nacido el 24 de diciembre de 1986, con 30 años de edad, sexo Masculino, estado civil Soltero, lugar de nacimiento Chinchaypujio-Anta-Cusco, Grado de instrucción Secundaria - 1er año, con domicilio real en la Comunidad campesina Pantipata, anexo Ivin, en el distrito de Chinchaypujio, de la provincia de Anta, del departamento de Cusco, nombre de los padres Remigio y Avelina, con domicilio procesal Avenida Micaela Bastidas 657-D, en el distrito de Wanchaq, de la provincia y departamento de Cusco. DATOS DE LA PARTE AGRAVIADA La menor agraviada de iniciales T.C.H., de 14 años de edad, tiene como domicilio real en el asentamiento humano Sayari Sábado Baratillo, calle Las Amnéricas lote W-ll, en el cercado del Cusco; y no tiene domicilio procesal. 11.- DESCRIPCIÓN DEL HECHO ATRIBUIDO AL IMPUTADO YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN, CON SUS CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES. CONCOMITANTES Y POSTERIORES. 1.- HECHOS PRECEDENTES: Que, entre Remigio Inocencio Cabrera Huaman y la menor agraviada de iniciales C.H.T., de 13 años de edad, existe vínculo familiar, ya que son hermanos, quienes Vivían en el mismo inmueble, ubicado en el asentamiento humano Sayari Sábado Baratillo W-11, en el distrito, provincia y departamento de Cusco. 2.- HECHOS CONCOMITANTES: En esas circunstancias, se tiene que en el interior de la habitación de Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, ubicada en el asentamiento humano Sayari Sábado Baratillo W-l 1, en el distrito, provincia y departamento de Cusco, la menor agraviada de iniciales Te.Ca.Hu., desde que tenía 10 años hasta los 11 años de edad, sufrió tocamientos indebidos en sus partes íntimas, como vagina y pechos, por parte de su hermano mayor Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, debido a que la referida menor después de asistir a su colegio, concurría a horas cuatro de la tarde o a veces siete de la noche, a la habitación de su hermano mayor Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, que queda en el primer piso del referido inmueble, se echaba en su cama y veía televisión, por tal motivo a veces se quedaba dormida, momentos que eran aprovechados por Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, quien le metía el dedo en su vagina y le agarraba sus pechos. 3.- HECHOS POSTERIORES: Por otro lado, en el mes de setiembre del año 2015, Norca Ureta Duran, psicóloga de la institución educativa comercio 41, de la ciudad del Cusco, se entrevistó con la menor agraviada de iniciales Te.Ca.Hu., de 13 años de edad, en una de las oficinas de la referida institución educativa, en razón a que tenía bajo rendimiento escolar y debido a que se le veía distraída, es en mérito a ello, que tomó conocimiento que la menor de iniciales Te. Ca. Hu. de 13 años de edad, fue víctima de tocamientos indebidos, realizados por el hermano mayor de la referida menor agraviada de nombre Ynocencio Remigio Cabrera Huamán; motivo por el cual, en fecha 30 de setiembre del año 2015, el progenitor de la menor agraviada Remigio Cabrera Contoy, junto a la interna en psicología Freisy Pamela Echegaray Vega, concurrieron a la comisaría de la P.N.P de Sipaspucyo, con la finalidad de asentar la denuncia correspondiente. IV.- PARTICIPACIÓN QUE SE LE ATRIBUYE AL ACUSADO: El acusado YNOCENCIO REMIGIO CABRERA HUAMAN, tiene la calidad de autor directo del delito de actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, materia de la presente acusación, en razón de que éste habría actuado “dolosamente” en la comisión del delito, puesto que de los actos de Investigación realizados, tanto en la Investigación preliminar como preparatoria, se tiene: El acta de entrevista única en cámara Gesell. Practicado a la menor agraviada de iniciales T.C.H. de 13 años de edad, en la cual sindica de manera directa a su propio hermano Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, como autor del delito de actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, en su agravio, corroborado con el protocolo de

Cusco, martes 9 de enero de 2018 pericia psicológica por delitos contra la libertad sexual Nro. 002907-2016-Pé-CLS. de fecha 28 de marzo del año 2016, practicado a la menor agraviada de Iniciales Ca.Hu. Te., de 13 años de edad, que concluyó: “1.- Al momento de la evaluación se evidencian indicadores de abuso sexual, 2.- Al momento de la evaluación presenta problemas psicosociales en su comportamiento: ansiedad, temor, inseguridad, agresividad, 3.- Revelación de acontecimientos genera en la menor mayor estabilidad emocional, y 4.- Requiere de psicoterapia individual y de familia. Y estando a lo previsto por el artículo 23 del Código Penal, que señala: “El que realiza por si o por medio de otro el hecho punible y conforme se tiene de la Teoría del Dominio del hecho, el acusado Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, resulta ser el autor directo del delito de actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vínculo familiar, en agravio del menor de iniciales T.C.H., de 13 años de edad, ya que es él quien ha realizado de propia mano todos los elementos objetivos y subjetivos que configuran el tipo penal de actos contra el pudor en menor de edad-agravado por el vinculo familiar, previsto y sancionado por el primer párrafo, inciso 3 y último párrafo del artículo 176°-A del Código Penal, asimismo, el acusado ha actuado dolosa y voluntariamente hasta lograr el resultado típico, conducta que le es atribuible, por ende le corresponde la pena señalada en dicha prescripción normativa. V.- LA RELACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL QUE CONCURRAN: Que analizados los artículos 20° al 22° del Código Penal, NO existen circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal del acusado Ynocencio Remigio Cabrera Huamán, ni se advierte alguna causa de justificación u otro elemento modificatorio de responsabilidad; ya que tan solo concurre la agravante del vinculo familiar, ya que Ynocencio Remigio Cabrera Huamán y la menor agraviada de iniciales TC.H., de 13 años de edad, eran hermanos al momento de suscitados los hechos delictivos. POR LO EXPUESTO: Pido a Usted, señor Juez, tener por formulada la ACUSACIÓN FISCAL, en contra de Ynocencio Remigio Cabrera Huaman, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menor de edad agravado por el vinculo familiar, en agravio de la menor de iniciales T.C.H., de 13 años de edad, representada por su progenitor Remigio Cabrera Contoy y tramitarla conforme a Ley. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cu seo, veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del articulo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. CITAR para el dia VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 3. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Articulo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, sin posibilidad de reincorporación, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Articulo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 4. OFICÍESE a la Coordinación de la Defensa Pública del M1NJUS Cusco, a fin de que designen el número necesario de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado(s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento acusatorio. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comuniqúese.RESOLUCIÓN N° 2 Cusco, veintisiete de diciembre, del dos mil diecisiete.-PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Audiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA) 1. FISCAL YENEER SENDON ALBA: FISCAL PROVINCIAL” DE LA SEGUNDA FISCALÍA PENAL CORPORATIVA DE CUSCO: Con Casilla electrónica 55775. 2. DEFENSA DEL IMPUTADO: DEFENSOR PÚBLICO DANIEL HUAMANTICA AUCCACUSI: Con CAC 4544, con Casilla electrónica 55201. Por los fundamentos expuestos SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por devolución de la cédula de notificación dirigida al domicilio real de imputado.2. REITÉRESE la notificación al acusado en su domicilio real ubicado en la Comunidad Campesina Pantipata Anexo Ibin Distrito de Chinchaypuquio - Anta - Cusco, para lo cual el Representante del Ministerio Público deberá proporcionar copia de los informes


Cusco, martes 9 de enero de 2018 o notificaciones previas efectuadas por parte de dicha entidad al domicilio real antes citado, el mismo que deberá ser diligenciado por parte del personal de la central de notificaciones de Anta, bajo responsabilidad y bajo apercibimiento de remitirse copias a ODECMA en caso de falta de realización de la notificación efectuada. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para el 24 de enero del 2018, a horas 12:00 del medio dia, a verificarse en la Octava Sala de Audiencias del Palacio de Justicia. Subsistiendo los apremios decretados en autos. 4. DÁNDOSE por notificadas las partes presentes, debiendo de notificarse a las partes inconcurrentes, a la parte agraviada y al imputado mediante EDICTOS, con el contenido del requerimiento acusatorio, resolución N° 1 y con la presente, asimismo a su domicilio real antes indicado con los documentos antes señalados. NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. CONCLUSIÓN: (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA EXPEDIENTE N° 482-2017-0-1005-IR-PE 01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, a cargo de la Señora Juez: Roció Caceres Pérez, y bajo la actuación de la Especialista de causa José Antonio Rojas Sotelo, se viene tramitando el Proceso Na 482-2017, seguido contra A: ROLANDO COLQUE MAMANI identificado con DNI: 43102831, nacido el 27-12-1980, de estado civil soltero, natural de Puno- Puno-Puno, por el delito contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de agresiones en contra de las mujeres o integrantes Del Grupo Familiar en agravio de Juana Ttupa Baños; Por el que en cumplimiento de lo dispuesto en la RESOLUCIÓN N° 02; de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil diecisiete. En la que se declara en la parte resolutiva: -1.- FRUSTRADA, la presente audiencia de incoación de proceso inmediato, por inconcurrencia de la Fiscalía y por falta notificación valida del procesado. 2.- REPROGRAMAR, la audiencia para el día MARTES 16 DE ENERO DEL 2018, A HORAS 9:00 A.M, para la respectiva audiencia de incoación de proceso inmediato, con la constancia de que no puede observarse ya los plazos establecidos por ley, para la emisión de la resolución debido a que toma su tiempo realizar coordinación con Cusco, para la publicación para los respectivos edictos, con la notificación al procesado.3.-Por la Atingencia hecha en la fecha de los hechos, fecha de presentación del requerimiento y la no concurrencia del Fiscal a esta diligencia se dispone GIRAR OFICIO A LA OFICINA DE COORDINACIÓN DE CALCA, para que tome conocimiento de esta irregularidad y finalmente notificar a las partes con la resolución que se acaba de dictar, con subsistencia de los apercibimientos dictados en autos y comunicación de la Defensa Publica, en caso no concurra un abogado de defensa privada del procesado, sea asumido por la Defensa Publica de esta localidad. Por lo que deberá CONCURRIR ROLANDO COLQUE MAMANI el día DIECISÉIS DE ENERO DE DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO de Ley. Calca, 29 de diciembre del 2017.09-10-11/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 00674-2015-76-1001-JR-PE-06 SEÑOR: ALEXIS MARTÍN ESQUEN GAONA, YASMIN GARCÍA DELGADO, CYNTHIA GARCÍA DELGADO, JHONATAN SAÚL MAMANI CCONISLLA, LUZ MARINA DELGADO BACA Y NELY EMILIA BACA ESCOBAR. Ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. María Angélica Quispe Apaza, bajo la actuación del Especialista Judicial de Juzgado Abg. Iván Merma Huaman, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. 00674-2015-76-1001-JR-PE-06, seguido contra ALEXIS MARTÍN ESQUEN GAONA, YASMIN GARCÍA DELGADO, CYNTHIA GARCÍA DELGADO, JHONATAN SAÚL MAMANI CCONISLLA, LUZ MARINA DELGADO BACA Y NELY EMILIA BACA ESCOBAR, por la presunta comisión del delito de Turbación de la Posesión en su forma agravada en agravio de Elizabeth Mamani Gonzales, y se ha dispuesto NOTIFÍCAR a los imputados con la Res. 07 de fecha 28/12/17, que dispone:----Resolución Nro. 07 Cusco, veintiocho de diciembre del año dos mil diecisiete.VISTO, el Acta de Audiencia de fecha 04 de diciembre de 2017; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Resolución N° 06 de fecha 04 de diciembre de 2017 se declaró frustrada la audiencia programada para el 04 de diciembre de 2017 por no haber concurrido los acusados Yasmin García Delgado y Alexis Martin Esquen Gaona, así como por no contar con abogado defensor. SEGUNDO: Que en la audiencia frustrada señalada en el considerando segundo se ha dispuesto girar oficio a la defensa pública, por lo que corresponde girar oficio a la defensa pública con la finalidad de garantizar los derechos de los acusados Yasmin García Delgado y Alexis Martin Esquen Gaona. TERCERO: Mediante Resolución Administrativa N° 964-2015-P-CSJCU-PJ., de fecha 29 de octubre del 2015, emitida por La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, se establece en parte resolutiva en el Artículo Primero: “Disponer que la Administración del Módulo realice un corte en el señalamiento de las audiencias para reformular el agentamiento de las mismas, a partir del 1 de diciembre de 2015, debiendo de realizarse de manera paralela únicamente cuatro audiencias a la vez a cargo de cada órgano jurisdiccional” (negrita agregado). A la fecha este Juzgado cuenta con audiencias programadas hasta el año 2019, por lo que a fin de evitar malestar en los litigantes ha incrementado mas una audiencia a las cuatro programadas, tomándose en cuenta los plazos de prescripción y la complejidad del proceso; asimismo debe precisarse que este Juzgado cuenta con audiencias ya programadas, con el riesgo de que estas audiencias no puedan culminarse produciéndose su interrupción, por lo que conforme a lo precedentemente mencionado se está programando la presente Audiencia de Juicio Oral, habiéndose coordinado la fecha y hora de audiencia con la señora magistrada de este Juzgado. Por lo que en

17 atención a lo señalado, corresponde fijar fecha y hora de juicio oral, en tal sentido, SE RESUELVE: 1.- Prográmese la diligencia de JUICIO ORAL para el día VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta), la que se realizará en la ONCEAVA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, la audiencia de instalación de juicio es inaplazable, conforme lo dispone al Articulo 355 inciso 6) del Código Procesal Penal; acto al cual comparecerán obligatoriamente los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública, conforme lo dispone el Articulo 355 inciso 4) del Código Procesal Penal; debiendo notificarse a todas las partes, conforme a lo dispuesto y precisado en la Resolución N° 1 (Auto de Citación a Juicio Oral), subsistiendo los apremios dispuestos y demás de ley. 2.- Gírese Oficio a la defensa pública para que asista técnicamente a los acusados. 3.- Notifíquese mediante edictos la presente resolución a la parte imputada. H.S. 09-10-11/01/2018 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. 04688-2017-0-1001-JR-PE-07 SEÑORA: EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE El Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria- flagrancia del Cusco, en el proceso N° 4688-2017-0 seguido contra EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE, por el delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ENRIQUETA QUISPE CASTILLO, bajo la actuación de la especialista judicial Abog. Anais Tapia Peña, emplaza EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE con el tenor del acta de audiencia de fecha 05 de enero de 2018. REGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO JUEZ: Deja constancia de la inconcurrencia del imputado a la presente audiencia, y de la revisión de autos se tiene la cédula de notificación dirigida a EXALTACIÓN HUARCAYA LOPE en su domicilio real APV Águilas del Sur G-6 Cusco - Cusco fue devuelta por no haberse ubicado motivo por el que se REPROGRAMA LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA JUEVES 29 DE ENERO DEL AÑO 2018 EN CURSO A HORAS 14:30 AM. EN LA DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO, para lo cual el especialista de causa tendrá que notificar al imputado mediante EDICTO JUDICIAL el cual tendrá que ser efectuado en tres fechas consecutivas en el Diario oficial del Cusco quedando notificado en este acto la parte que ha concurrido. CONCLUSIÓN: 15:09 PM. (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA-Sede Espinar EXPEDIENTE; 329-2017-0-1009-JR-PE-O1 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACROMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se dispone notificar V(A EDICTO ai señor DONATO LIPA YAPO, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hijo A.R.L.R., representado por su progenitura Francisca Ramírez Acrota; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha seis de enero del dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado DONATO LIPA YAPO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. REQUIÉRASE al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas cumpla con designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable. SE DISPONE reprogramar la presente audiencia para el VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS.Espinar, 05 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede Espinar EXPEDIENTE: 346-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELEABETH APAZA HOLGUINO Se dispone notificar VÍA EDICTO al señor SERGIO ALFREDO CCASA LAROTA, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hijo C.G.C.C, representado por su progenitora Yurema Choquenaira Garate; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veinte de noviembre del dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado SERGIO ALFREDO CCASA LAROTA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. REQUIÉRASE al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas cumpla con designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable. SE DISPONE reprogramar la presente audiencia para el VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y CUARENTA Y CINCO HORAS.Espinar, 06 de Diciembre del 2017. 09-10-11/01/2018 CPJ


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