Conyugal conformada por los esposos: SONIA CLAUDELINA CACERES DE SEQUEIRA Y ALCIDES RAMON
SEQUEIRA HOOTS, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Abg. Luisa Haudenschild Espinoza. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYÚ, 11 de mayo de 2023.-Código QR.-50788/27/05.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
AMAMBAY, Abg. CLARA GREGORIA
MARTÍNEZ BALBUENA, cita y emplaza a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos VANESSA
ROMINA THEODORO RECALDE Y JUAN ROBERTO RECALDE ALMADA, para que en el término de 30 días contados desde la última publicación del presente edicto, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificatoria del Código Civil Paraguayo. El juicio radica ante la secretaría Nº 04, a cargo de la Actuaria Judicial Abg. FANNY ESTELA FERREIRA
GIMÉNEZ. PEDRO JUAN CABALLERO, 20 de marzo de 2023.-50802/27/05.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer turno de presidente franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LILIAN MACCAGNAN RAMIREZ Y REGINO RAMON GAUTO S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente
Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog, Rodney E. González G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 07 de Marzo de 2022.-50836/28/05.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO
GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos BLAS ARIEL CONCHA
QUEVEDO Y PAOLA LETICIA
DACUNHA RUIZ, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ. Pedro Juan Caballero, 4 de mayo de 2023.50376/28/05.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Señores GUSTAVO JAVIER
JARA CARDOZO y ROMINA ELIZABETH GARCIA URTADO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian
Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 11 de mayo de 2023.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 50863/31/05-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná, con asiento en Ciudad del Este, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos BLANCA RAQUEL AQUINO LEZCANO y HASSAN SHAMIE, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92, en concordancia con el Art. 614 inc. c) del C.P.C. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 15 de marzo de 2023. Abg. Fredy A. Colman, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 50854/31/05-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL AMAMBAY, Abg. SANDRO ISMAEL VERA ORTIZ, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JULIANA ALEN ALFONSO y RONY DANIEL MIÑO AMARILLA para que en el término de 30 días contados desde la última publicación del presente EDICTO, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil. El juicio radica en la secretaria N° 05, a cargo del Actuario Judicial Abg. PEDRO B. BENÍTEZ NOGUERA. PEDRO JUAN CABALLERO, 13 de octubre de 2022.50887/31/05-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos VALERIA ANGELICA ELIZECHE ARAUJO Y CHRISTIAN RAÚL AGUILAR PANIAGUA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 22 de abril de 2022. Abg. Sara Ojeda, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 50962/01/06DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del primer turno de La Circunscripción Judicial del Alto Paraná con Sede en Ciudad del Este, Abogada Gabriela Maricel Meaurio Samudio cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JESÚS MANUEL ESQUIVEL RIOS Y MARIA STELA CACERES MARTINEZ, para que en el plazo de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 17 de Mayo de 2023. Abg. Emilce Rodríguez Ovelar, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 50928/01/06-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE SANTA ROSA
DEL AGUARAY, ABG. NELSON ANTOLIN MERCADO PORTILLO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos:
"RAMONA ROLON DE DOMINGUEZ
Y JOSE DOMINGO DOMINGUEZ
PENAYO S/DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL" Expte. N° 269 Folio 110 Año 2021, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 28 de octubre de 2021. 50997/01/06DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE KATUETÉ, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CANINDEYÚ, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario La Nación, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el Juicio "GABRIEL DUARTE DUARTE Y MIRNA BENITEZ FERNANDEZ S/ Disolución de la Comunidad Conyugal. Expediente. Nº 286/2022., que radica en la Secretaría N 01, a cargo del Actuario Judicial Interino Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19. Katuete, 3 de abril de 2023. 50990/01/06-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar Derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NIÑO SALVADOR
VILLASANTI CRISTALDO y LUZ MARIA MARECO RIOS, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El Juicio radica en la Secretaría a mí. CORONEL OVIEDO, 8 de mayo de 2023. Abg. CRISTELL PORTILLO ARIAS, Actuaria
Judicial. 51053/02/06-
USUCAPIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de San Estanislao, Abog. Lilio Franco Bobadilla R., cita y emplaza por (15) veces al Señor Julio Britez, a fin de que en el plazo de 30 días, se presente ante este juzgado, a estar en el juicio: “AGUSTIN ZAPATA RODRIGUEZ C/ JULIO BRITEZ S/ USUCAPIÓN”, bajo apercibimiento de designársele como representante al Defensor de Ausentes. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. San Estanislao, 3 de mayo de 2023. Hugo E. Fariña Silvero - Actuario Judicial.-50317/19/05.-
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE SAN IGNACIO GUAZÚ, DE LA NOVENA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL MISIONES, Abg. ALBERTO RENE MELGAREJO, ha dispuesto se cite por edictos a los Sres. Buenaventura Benítez Vda. de Obregón, C.I. N° 1 607 492 Saturnina Obregón Benítez, C.I. N° 2 466 414; Concepción Obregón, C.I. N° 1 199 373; Martina Obregón Benítez, C.I N° 2 478 942; Teodoro Obregón Benítez, C.I N° 1 076 093; Rosa Obregón Benítez, C.I. N° 507105 Máxima Obregón Benítez, C.I. N° 1 221 173; Pablo Marcial Obregón Benítez, C.I. N° 2 036 961 y Albertano Adolfo Obregón Benítez, C.I. N° 850 371 por quince veces, que se publicarán en los diarios “Última Hora ” y “La Nación”, para que comparezcan por sí o por apoderado a estar en el presente juicio caratulado “ASUNCION ALCIDES BENITEZ ROLDAN C/ AMBROSIA OBREGÓN BENÍTEZ Y OTROS S/ PARTICIÓN DE CONDOMINIO”, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, se continuará los trámites en rebeldía y se tendrá por constituido su domicilio en los estrados de la secretaría del Juzgado en atención a lo dispuesto en el Art. 48 del C.P.C. El juicio radica en la secretaría N° 1 a mi cargo Abg. Jorge Eduardo Leguizamón Bogado. SAN IGNACIO GUAZÚ, 26 de abril de 2023.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-50562/24/05.-
USUCAPIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO, DRA. LIZA MARIA ALFONSO V., cita y emplaza por quince veces, a fin de que el demandado JUAN COLMAN comparezca por sí o por apoderado ante el Juzgado a tomar intervención