AGRUPADOS&JUDICIAL. CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “ANTONIO RAMON LEDESMA AGÜERO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 308 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor ANTONIO RAMON LEDESMA AGÜERO. II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59927/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL , SRIA. 1 de la Ciudad de YUTY. En el expediente caratulado: “CRISTINA EDITH CABRERA GAMARRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 310 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor CRISTINA EDITH CABRERA GAMARRA.- II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras.- IV . CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de
los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras.-XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.- .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).59928/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “EPIFANIA PATRICIA ZACARIAS MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 339 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores de la señora EPIFANIA PATRICIA ZACARIAS MARTINEZ. II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59929/18/06.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado:
“EULALIO LEZCANO MEDINA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 335 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor EULALIO LEZCANO MEDINA. II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59930/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL , SRIA. 1 de la Ciudad de YUTY. En el expediente caratulado: “FRANCISCO DANIEL COLMAN GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 319 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor FRANCISCO DANIEL COLMAN GONZALEZ.- II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervencion a la Sindicatura General de Quiebras.- IV . CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se
librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras.-XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentisima Corte Suprema de Justicia.- .FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59931/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “GUSTAVO ARIEL GONZALEZ MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 332 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor GUSTAVO ARIEL GONZALEZ MARTINEZ. II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59932/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES.EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “JUAN ROQUE ROMERO FLORES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 307 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor JUAN ROQUE
MARTES 14 NOVIEMBRE DE 2023
ROMERO FLORES . II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).59934/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “LILIO ABEL SANTA CRUZ BAREIRO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 300 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor LILIO ABEL SANTA CRUZ BAREIRO. II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolu-
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ción al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59937/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “MARIA LORENA BRIZUELA GIMENEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 309 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores de la señora MARIA LORENA BRIZUELA GIMENEZ. II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59938/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “MIGUEL ANGEL GARCETE LESCANO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 337 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor MIGUEL ANGEL GARCETE LESCANO. II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de
2 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59939/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 de la Ciudad de YUTY. En el expediente caratulado: “OPTACIANA ACOSTA DE MOREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 331 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor OPTACIANA ACOSTA DE MOREIRA- II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervencion a la Sindicatura General de Quiebras.- IV . CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179
MARTES 14 NOVIEMBRE DE 2023
de la Ley de Quiebras.- XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentisima Corte Suprema de Justicia.- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).59941/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL , SRIA. 1 de la Ciudad de YUTY. En el expediente caratulado: “PEDRO ALCIDES BARRETO BENITEZ” S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 328 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor PEDRO ALCIDES BARRETO BENITEZ .- II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervencion a la Sindicatura General de Quiebras.- IV . CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria , bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras.-XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentisima Corte Suprema de Justicia.- .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59942/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES.EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “ROBERTO CARLOS GIMENEZ GIMENEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 299 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor ROBERTO CARLOS GIMENEZ GIMENEZ. II.DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edic-
tos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59945/18/11.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, SRIA. 1 DE LA CIUDAD DE YUTY. En el expediente caratulado: “WILFRIDO GIMENEZ ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 302 de fecha 17 de octubre de 2023, cuanto sigue: I. ADMITIR, la convocatoria de acreedores del señor WILFRIDO GIMENEZ ORTIZ. II.- DEJAR, establecido que el convocatario no es comerciante. III. DESE Intervención a la Sindicatura General de Quiebras. IV. CITAR, a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus créditos o a falta de ellos, la manifestación firmada con expresión exacta del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendieren tener. V. DISPONER la publicación de los edictos respectivos en el diario “LA NACION” de la capital, haciendo saber la admisión de esta convocatoria. VI. ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. VI. LIBRAR los oficios correspondientes. VIII. DAR intervención al Ministerio Publico. IX. COMUNICAR esta resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección General de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. X. FIJAR los días Martes y Jueves de cada semana para las notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 179 de la Ley de Quiebras. -XI. ANOTAR, registrar, notificar por cedula y remitir copia a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia .- FDO: Abg. MIGUEL ANGEL RIQUELME I. (JUEZ).-59943/18/11.-
CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes puedan tener interés y en especial a las partes linderas, que el día lunes 11 de diciembre del año 2023, a las 14:00hs.; daré inicio a las operaciones técnicas de Mensura Judicial, de una fracción presumiblemente Fiscal, ubicado en el lugar denominado Ca’atymi, Distrito de Iturbe, Departamento de Guairá. Las diligencias fueron promovidas por el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), de acuerdo al expediente administrativo del INDERT Nº 13725/2020; a favor de RAFAEL AQUINO, cuyos linderos, SEGÚN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DEL INDERT, son: AL NORTE linda con Antonio Alfonso; AL SUR linda con Sirley Monserrath Aquino Benítez; AL ESTE linda con derechos Fiscales y AL OESTE linda con Antonio Alfonso. Se aclara que con el trabajo de mensura in situ, estos linderos podrán ser confirmados, modificados, rectificados o ampliados según realidad en el terreno. La comisión fue conferida al suscripto por el Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial de Villarrica; Abog. VANESSA MIÑO FERNANDEZ. El expediente se tramita por ante la Secretaría de la Abog. MARIA ISABEL FERNANDEZ. Las Operaciones técnicas arrancarán del esquinero Noreste. GERARDO FLORENTINO ALARCON ROJAS, INGENIERO EN CIENCIAS GEOGRAFICAS Reg. M.O.P.C Nº 812. MAT. Nº 826 C.S.J. Y GERARDO JOSE ALARCON VILLALBA TECNICO EN CIENCIAS GEOGRAFICAS. GERARDO F. ALARCON ROJAS ING. CIENCIAS GEOGRAFICAS Reg. M.O.P.C Nº 812. MAT. N.º 826 C.S.J.-59947/16/11.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Escritura pública N° 45, de fecha 12/09/2023 ante el escribano Adela Labiosa Escobar. la firma ODONTO EXCELLENCE SRL realizó la modificación de sus Estatutos, en los Artículos PRIMEROS, CUARTO Y SEXTO: Autorizado Capital: Gs 102.000.000 dividido en 102 acciones de Gs 1.000.000 quedando de la siguiente manera: Larisa Pierini Costa suscribe 51 cuotas y Ana Carolina Ferraz de Campos Cardo Bovo también suscribe 51 cuotas social. Inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el 37386 serie Comercial, Folio 22-32 y siguiente Sección Comercio, en fecha 19/10/2023.-59950/16/11.-
MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA FIRMA “INTEGRAMEDICA S.A.” Por E.P. Nº 71, Comercial “A” del 01/06/2023, pasada ante la E.P. Celia María Bogado de Zárate, Titular del Reg. Nº 798, fueron Modificados los Artículos 11° y 12° de los Estatutos Sociales de la firma “INTEGRAMEDICA S.A.” Inscripta en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matricula Jurídica Nº 9450, Serie Comercial, bajo el Nº 4, Folio 51 y Sgts. en fecha 13/09/2023 y con Reingreso en fecha 02/10/2023.59952/16/11.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL GOBIERNO DEL PARAGUAY / PARAGUÁI REKUÁI (11) Nro. Publicación: PY2023-2318212A (43) Asunción, 26 de Septiembre de 2023.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2023-2318212 (22) Fecha de Solicitud: 14/03/2023 11:21:34 (71) Solicitante: SUMITOMO CHEMICAL COMPANY, LIMITED Domicilio Solicitante: 2-7-1, Nihonbashi, Chuo-ku, Tokyo 103-6020, Japón (72) Inventor: 1. Nanako Mizoguchi 2. Nozomi Miyoshi 3. Takatoshi Terada Domicilio Inventor: 1. C/o SUMITOMO CHEMICAL COMPANY, LIMITED, 2-1 Takatsukasa 4-chome, Takarazuka-shi, Hyogo 665-8555, Japón 2. C/o SUMITOMO CHEMICAL COMPANY, LIMITED, 2-7-1, Nihonbashi, Chuo-ku, Tokyo 103-6020, Japón 3. C/o SUMITOMO CHEMICAL COMPANY, LIMITED, 2-1 Takatsukasa 4- chome, Takarazuka-shi, Hyogo 665-8555, Japón (54) Título: COMPOSICIÓN AGROQUÍMICA EN SUSPENSIÓN ACUOSA (74) Agente: Wilfrido Fernández De Brix - 25 (30) Prioridad/es: JP 2022-040499 -15/03/2022 -JP (51) lnt. CI 8: A 01N 43/56(2006.01), A 01N 61/00(2006.01), A 01P 7 /00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (62/23). La presente invención proporciona una composición agroquímica en suspensión acuosa que exhibe supresión del crecimiento de cristales durante el almacenamiento y supresión de la generación de burbujas durante la dilución. La presente invención también proporciona una composición agroquímica en suspensión acuosa que comprende (a) impirfluxam, (b) uno o más principios activos agroquímicos con un punto de fusión de 50 ºC o más (con la exclusión del impirfluxam), (c) un ligninsulfonato y (d) una sal de un éster de ácido fosfórico de un éter polioxialquilenoxiarilfenilo. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes.-59815/14/11.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL GOBIERNO DEL PARAGUAY PARAGUÁI REKUÁI (11) Nro. Publicación: PY2020-2018606A (43) Asunción, 15 de Septiembre de 2023 Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2020-2018606 (22) Fecha de Solicitud:
06/05/2020 11:43:26 (71) Solicitante: JOINT STOCK COMPANY "BIOCAD" Domicilio Solicitante: Lit. A, d. 34, ul. Svyazi, p. Strelna, Petrodvortsovyj rajon, g. Saint-Petersburg, 198515, Rusia (72) Inventor: 1. Ulitin Andrei Borisovich 2. Kozlova Olesya Nikolaevna 3. Gordeev Aleksandr Andreevich 4.Burnysheva Ksenia Mihailovna 5. lshutinova Anastasia Nikolaevna 6. Sozonova Aleksandra Aleksandrovna 7. Ageev Sergei Andreevich 8. Doronin Aleksandr Nikolaevich 9. Tsympilov Vladimir Sergeevich 10. Mitroshin lvan Vladimirovich 11. Solovyev Valery Vladimirovich 12.Ustiugov lakov lurevich 13. Morozov Dmitry Valentinovich 14. lvanov Roman Elekseevich Domicilio Inventor: 1. Russian Federation, 142290, Moskovskaya obl., g. Pushchino, Mikrorajon "AB", d. 28, kv. 11, Rusia 2. Russian Federation, 196643, Leningradskaya obl., Saint-Petersburg, pos. Pontonnyj, ul. Yuzhnaya, d. 13, kv. 75, Rusia 3. Russian Federation, 426011, g. lzhevsk, ul. Pushkinskaya, d.286 kv.49, Rusia 4. Russian Federation, 115304, Moscow, ul. Kantemirovskaya, d. 5, korp. 3, kv.625, Rusia 5. Russian Federation, 142300, Moskovskaya obl., g. Chekhov, ul. Vesennyaya, d. 31, kv. 54, Rusia 6. Russian Federation, 164500, Arkhangelskaya obl., g. Severodvinsk, pr-kt Morskoj, d. 2, kv. 51, Rusia 7. Russian Federation, 142301, Moskovskaya obl., g. Chekhov, ul. Zemskaya, d. 8, kv. 75, Rusia 8. Russian Federation, 105425, Moscow, ul. 7-aya Parkovaya, d. 31, korp.4, kv.20, Rusia 9. Russian Federation, 673222, Zabajkalskij Kr., Khilokskij r-n, s. Zakulta, ul. Solnechnaya, d.12, Rusia 10. Russian Federation, 426050, res. Udmurtskaya, g. lzhevsk, ul. Dzerzhinskogo, d.4, kv. 26, Rusia 11. Russian Federation, 142290, Moskovskaya obl., g. Pushchino, Mikrorajon " D ", d. 24, Kv. 91, Rusia 12. Russian Federation, 618426, Permskaya obl., g. Berezniki, ul. Yubilejnaya, d 118, kv. 14, Rusia 13. Russian Federation, 190000, Saint Petersburg, Admiraltejskij rajon, ul. Pochtamtskaja, d. 20, kv. 3, Rusia 14. Russian Federation, 125167, Moscow, ul. Planetnaya, d. 29, korp. 2, kv. 176, Rusia (54) Título: ANTICUERPO MONOCLONAL QUE SE UNE ESPECÍFICAMENTE A GITR (74) Agente: Wilfrido Fernández De Brix – 25 (30) Prioridad/ es: RU2019112296 - 23/04/2019 - RU (51) lnt. CI 8: A61K39/395; A61P35/00; C07K16/24 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (74/20). La presente invención se refiere a la biotecnología en particular a los anticuerpos o fragmentos de unión al antígeno de este, y a su uso. Más particularmente, la presente invención se refiere a anticuerpos monoclonales que se unen específicamente a GITR. La invención también se refiere a un ácido nucleico que codifica dicho anticuerpo o fragmento de unión al antígeno de este, un vector de expresión, un método para preparar dicho anticuerpo y el uso de dicho anticuerpo en el tratamiento de enfermedades o trastornos asociados con GITR. Farm. Berta Segovia, Directora Interina - Dirección de Patentes.-59860/15/11.-
MARTES 14 NOVIEMBRE DE 2023
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2018675A (43)Asunción, 11 de Marzo de 2021.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2018675 (22)Fecha de Solicitud: 06/05/2020 (71)Solicitante: PASCHAL-WERK G. MAIER GMBH Domicilio Solicitante: Kreuzbühlstrasse 5, D-77790 Steinach, Alemania (72) INVENTOR: Arnold Kaiser Domicilio Inventor: Am Bühlhof 52, 77756 Hausach, Alemania (54)Titulo: DISPOSITIVO DE ANCLAJE (74)Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer -6 (30)Prioridad/ es: 10 2019 109 066.0-05/04/2019-DE (51) Int. CI 8: E 04G 17/065 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (84/20). El invento se ocupa de los mejoramientos en el campo técnico de los encofrados constructivos, especialmente el de los encofrados para hormigón. A este efecto se propone el dispositivo de anclaje (1). Este presenta un dispositivo de cierre (8), mediante el cual pueden ser fijadas las unidades funcionales (5,6) en los orificios de recepción (7) de los elementos de encofrado (2,3) para la estabilización de los elementos de encofrado (2,3). Cada dispositivo de cierre (8) rodea a un perno de bloqueo (9) con una sección transversal no redonda en un extremo libre (10). El perno de bloqueo (9) puede ser introducido con su extremo libre (10) en una hendidura longitudinal de la unidad funcional (5,6) a ser fijada, que tiene un extremo abierto y en el otro presenta una expansión en el ancho de la muesca (12). El extremo libre (10) del perno de bloqueo (9) tiene una dimensión tal que cuando el perno de bloqueo (9) está en posición de bloqueo no pueda ser pasado a través de la hendidura longitudinal (11). Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-59903/18/11.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2037351A (43)Asunción, 13 de Septiembre de 2021.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2037351 (22)Fecha de Solicitud: 20/07/2020 08:17:12 (71)Solicitante: BAYER AKTIENGESELLSCHAFT Domicilio Solicitante: Kai-
ser-Wilhelm-Alle 1, 51373, Leverkusen (72)INVENTOR: 1. Dr. Martin Füßlein 2. Dr. Hans-Georg Schwarz 3. Dr. Yolanda Cancho Grande 4. Dr. Alexander Arlt 5. Prof. Dr. Peter Jeschke 6. Dr. Ulrich Ebbinghaus-Kintscher 7. Dr. Marc Linka 8. Dr. Peter Lösel 9. Dr. Arunas Jonas Damijonaitis 10. Dr. Andreas Turberg 11. Dr. Iring Heisler 12. Oleksandr Mandzhulo Domicilio Inventor: 1. 40225 Düsseldorf/ Witzelstr. 9, 40225 Düsseldorf 2. 46282 Dorsten/Auf dem Beerenkamp 82b, 46282 Dorsten 3. 51373 Leverkusen/ Christian-Hess-Str. 79, 51373 Leverkusen 4. 50859 Köln/ Am Heidstamm 47, 50859 Köln 5. 51467 Bergisch Gladbach/ Kalmüntener Straße 44a, 51467 Bergisch Gladbach 6. 44287 Dortmund/ Wittbräucker Str,122, 44287 Dortmund 7. 40223 Düsseldorf/ Merkurstraße 52, 40223 Düsseldorf 8. 51371 Leverkusen/ Am Schokker 5, 51371 Leverkusen 9. 51371 Leverkusen/ An Den Irlen 31, 51371 Leverkusen 10. 42781 Haan/Sinterstr. 86, 42781 Haan 11. 40593 Düsseldorf/ Franz Hitze Str 5, 40593 Düsseldorf 12. 02660 Kiev/ c/o I.F. Lab Ltd. 5. Murmanska str., 02660 Kiev (54)Titulo: NOVEDOSOS COMPUESTOS DE HETEROARIL-TRIAZOL COMO PLAGUICIDAS. (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer-6 (30) Prioridad/es: 19187891.7-23/07/2019-EP 19202312.5-09/10/2019-EP (51) Int. CI 8: A 01N 43/653(2006.01), A 01P 7/04(2006.01), C 07D 401/14(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (177/20). La presente invención se refiere a novedosos compuestos de heteroaril-triazol y heteroaril-tetrazol de la fórmula general (I), donde los elementos estructurales R1, R2, R3, R4 y R5 poseen el significado que se les asigna en la descripción detallada, a formulaciones y composiciones que comprenden tales compuestos y a su uso para el control de plagas animales incluidos los artrópodos y los insectos en la protección de las plantas y a su uso para el control de ectoparásitos en los animales. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -59903/18/11.PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY1796662A (43) Asunción, 27 de Setiembre de 2018.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 1796662 (22) Fecha de Solicitud: 20/12/2017 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC Domicilio Solicitante: 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA., St Louis, MO 63167 (72)INVENTOR: BOWEN, DAVID J./ CHAY, CATHERINE A./ CHICHE TODD A./ FLASINSKI, STANISLAW/ HOWE, ARLENE R./ MILLIGAN, JASON S./ ROBERTS, JAMES K./ YIN, YONG Domicilio Inventor: 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/ 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/ 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/ 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/ 800 N. Lindbergh Blvd. Mail
Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/ 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/ 800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167/800 N. Lindbergh Blvd. Mail Zone E1NA, St. Louis, MO 63167 (54)Titulo: PROTEÍNAS INHIBITORIAS DE INSECTOS NOVELES (74)Agente: BERKEMEYER, HUGO T.-6 (30)Prioridad/es: 62/436, 736-20/12/2016US (51) Int.CI 8: C07K 14/ C12N 15/ En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (304/17) Se presentan las proteínas pesticidas que exhiban actividad tóxica contra las especies plaga de Coleoptera, Lepidoptera, Hemiptera y Thysanopteran, incluidas, entre otras, TIC6280, TIC6281, TIC6282, TIC6283, TIC8808, TIC9480, TIC9257, TIC7106, TIC7017, TIC7107, TIC7108, TIC7109, TIC7110, TIC7111, TIC7589, TIC9258 Y TIC9259. Se brindan las creaciones de ADN que contienen una secuencia de ácido nucleico recombinante que codifica las proteínas pesticidas provistas. Se brindan plantas transgénicas, células de plantas, semillas y partes de plantas resistentes a invasiones de Lepidoptera, Coleoptera, Hemiptera y Thysanopteran que contienen secuencias de ácido nucleico recombinante que codifican las proteínas pesticidas presentadas. Los métodos para detectar la presencia de secuencias de ácido nucleico recombinante o la proteína de la presente invención en una muestra biológica, y asimismo se brindan los métodos para controlar las plagas de las especies Coleoptera, Lepidoptera, Hemiptera y Thysanopteran por medio de las proteínas pesticidas presentadas. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-59903/18/11.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY19102461A (43)Asunción, 06 de Julio de 2021.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 19102461 (22)Fecha de Solicitud: 05/12/2019 (71)Solicitante: BAYER AKTIENGESELLSCHAFT Domicilio Solicitante: Kaiser-Wilhelm-Alle 1, 51373, Leverkusen (72)INVENTOR: 1.Klaus Trabold 2.Dr. Lothar Lorentz 3.Dr. Hubert Menne 4.Dr. Elmar Gatzweiler 5.Dr. Christopher Hugh Rosinger 6.Dr. Klaus Bernhard Haaf Domicilio Inventor: 1. 69123 Heidelberg/ Maaßstr. 23, 69123 Heidelberg 2. 51545 Waldbröl/ Benroth 6, 51545 Waldbröl 3. 55252 Mainz-Kastel/ Biebricher Straße 7i, 55252 Mainz- Kastel 4. 61231 Bad Nauheim/ Am Nauheimer Bach 22, 61231 Bad Nauheim 5. 65719 Hofheim/ Am Hochfeld 33, 65719 Hofheim 6. 65779 Kelkheim/ RobertKoch-Str. 9, 65779 Kelkheim (54)Titulo: COMPOSICIONES HERBICIDAS (74) Agente: Hugo T. Berkemeyer-6 (30)Prioridad/es: 18211041.1-07/12/2018-EP (51) Int. CI 8: A 01N 33/22, A 01P 13/00 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05
que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (324/19). Composiciones que comprenden los compuestos activos herbicidas (A) y (B), donde (A) representa uno o más compuestos de la fórmula general (I) o sus sales aceptables para uso agroquímico [componente (A)], (I) y (B) representa uno o más herbicidas [componente (B)]. La invención además se refiere a un método así como también el uso de las composiciones herbicidas de la invención para el control de malezas o para la regulación del crecimiento de plantas. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-59903/18/11.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del señor ALBERTO ESPINOLA VARGAS, Ciudad del Este, 23 de Octubre de 2023. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar (Actuaria Judicial, Secretaria Nº 02). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-59587/16/11.SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial de Fernando de la Mora, Secretaría 01, Abg. Natalia Del Carmen Molas Avalos ordena la publicación por el plazo de 10 (diez) días de la providencia dictada en los autos caratulados; “FEDERICO FIGUEREDO BRITEZ S/ SUCESIÓN”, proveído de fecha 25 de setiembre de 2023: la cual dispone: “Agréguese los informes diligenciados. Atento a los informes agregados en autos, téngase por iniciado el presente juicio sucesorio FEDERICO FIGUEREDO BRITEZ y en consecuencia ordénese la publicación de los edictos de citación y emplazamiento en el diario La Nación por todo el término de ley. Désele intervención al Ministerio Publico, Unidad fiscal de Tumo, de la ciudad de Fernando de la Mora. Ordenase la constitución del Juzgado a fin de realizar la facción de inventario y avalúo de bienes hereditarios y para el efecto pertinente. Son días de notificaciones en secretaría los martes y jueves de cada semana bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 131 del C.P.C.” Fernando de la Mora, 25 de setiembre de 2023. Ante mí: Deisy Encina Arce, Actuaria Judicial.-59571/16/11.SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABG. NORMA MABEL FLEITAS A., cita y emplaza por sesenta días a todos los herederos y acreedores en la Sucesión de MARIA DE LA CRUZ VILLALBA DE BENITEZ. El juicio radica en la Secretaría N° 1 a cargo del Abg. Francisco Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 1 de Noviembre de 2023 - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo
cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-59563/16/11.-
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mento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 59683/17/11-
SUCESIÓN. La Juez Interina del Juzgado de Primera Instancia Multifuero de Neuland, Filadelfia y Loma Plata, Abog. Fany Aurelia Cáceres Barrios cinta y emplaza por el plazo de 60 días a todos los interesados en la sucesión de AGUSTIN PERALTA CON C.I. Nº 2.351.007, en los autos caratulados “AGUSTIN PERALTA S/ SUCESIÓN” N.º 68/2023. Colonia Neuland, 01 de noviembre de 2023. Carolina Noguera, Actuaria Judicial.-59595/16/11.-
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PAZ DEL DISTRITO DE NUEVA LONDRES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAGUAZÚ, ABG. GLORIA ELIZABETH SANABRIA SERAFINI; Cita y emplaza por sesenta días por medio del diario "LA NACION", a los herederos y acreedores de la sucesión de MAXIMINO PENAYO DIAZ Y/O MAXIMINO PENAYO Y/O MAXIMO PENAYO, con C.I. N° 1.246.392. Nueva Londres, 02 de noviembre de 2023.- Gloria Sanabria Serafni, Juez de Paz. Lic. Elvira Ortiz Benitez, Actuaría. 59682/17/11-
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DE TAVAI E INTERINO DEL JUZGADO DE PAZ DEL PRIMER TURNO DE LA CIUDAD DE SAN JUAN NEPOMUCENO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPÁ, ABOG. RUBEN DARIO BENITEZ MARTIN, CITA y EMPLAZA por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de MODESTO ESCURRA S/ SUCESIÓN". San Juan Nepomuceno, 30 de Octubre de 2023. Abg. Rossana Heddy Luz Mendoza. Actuaria Judicial. -59602/16/11.-
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ, ABG. ANTONIO RUIZ OTAZU, DEL DISTRITO DE YHU, DEPARTAMENTO DE CAAGUAZÚ, CITA Y EMPLAZA EN EL DIARIO LA NACIÓN POR EL TÉRMINO DE SESENTA (60) DÍAS A HEREDEROS Y ACREEDORES DE LA SUCESIÓN DE MARCOS MARTINEZ DOLDAN, QUE SE TRAMITA ANTE ESTE JUZGADO A CARGO DEL ACTUARIO JUDICIAL, ABG. RODRIGO SEBASTIÁN ALFONSO RAMOS. - YHU, 04 de Setiembre de 2023. 59668/17/11-
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abog. LILIO FRANCO BOBADILLA RODRIGUEZ, cita y emplaza por sesenta días contados desde la primera publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de ILDA CONCEPCION SALINAS CACERES, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 741, primera parte del Código Procesal Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. Abog HUGO EMILIO FARIÑA SILVERO Actuario Judicial--San Estanislao, 02 de Noviembre de 2023.-59618/16/11.-
SUCESION. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE GUAIRA, Abg. Oscar Alfredo Ortega Varela, en los autos caratulados: “INOCENCIA TOLEDO DE SOTO S/ SUCESIÓN INTESTADA”, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la presente sucesión. ANTE MÍ: Abg.
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS A., cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de PETRONA SALINAS VDA DE LOPEZ, el juicio radica en la Secretaría N° 1, a cargo del Actuario Abg. Francisco Recalde Denis. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 24 de Octubre de 2023.59619/16/11.SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABG. NORMA MABEL FLEITAS A., cita y emplaza por sesenta días a todos los herederos y acreedores en la Sucesión de PEDRO RAMON ARGUELLO REYES S/ SUCESIÓN INTESTADA. El juicio radica en la Secretaria N° 1 a cargo del Abg. Francisco Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 3 de noviembre de 2023- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este docu-
Myriam Chaparro. ACTUARIA. VILLARRICA, 31 de octubre de 2023. 59753/18/11 SUCESION. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CONCEPCIÓN, ABOG. MATEO D. AMARILLA NOCEDA, CITA Y EMPLAZA POR SESENTA (60) DÍAS A HEREDEROS Y ACREEDORES DE LA SUCESIÓN DE LOS SEÑORES AGUSTÍN VELAZQUEZ Y OLEGARIA PERALTA DE VELAZQUEZ. - EL JUICIO RADICA EN LA SECRETARÍA A MI CARGO. - CONCEPCIÓN 08 DE NOVIEMBRE DE 2023, JUAN CARLOS AQUINO GIMENEZ.- (ACTUARIO).- 59771/18/11 SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de EVA ASUNCION GIMENEZ RODRIGUEZ y EVARISTO ALCIDES BERTOLO VAZQUEZ. (CORONEL OVIEDO, 8 de noviembre de 2023). Ante mí: WILSON F. SILVA. Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener cer-
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JUDICIAL.
teza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 59748/18/11SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANTONIO RIOS LACENTRE. El juicio radica en la Secretaría 48 a cargo del Actuario Judicial Carlos Galeano Aranda. Asunción, 07 de noviembre de 2023 Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia. 59721/18/11SUCESION. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO E INTERINA DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SAN PEDRO, Abg. NORMA MABEL FLEITAS, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de SERGIA OZUNA VDA. DE DUARTE Y CELESTINO DUARTE. El juicio radica en la Secretaría N° 03 a cargo de la Abg. MERCEDES RAMIREZ, Actuaria Judicial. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 25 de octubre de 2023 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 59725/18/11SUCESIÓN. EL ACTUARIO DEL JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SECRETARÍA 44, Abg. ARMANDO JUAN JOSE FIGARI ROMERO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARGARITA FARIÑA ORTIZ. Asunción, 31 de octubre de 2023. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Firmado digitalmente por: Armando Juan José Figari Romero (Actuario). 59710/18/11SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL QUINTO TURNO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, Abog. CELIA JACOBS GALLAS, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GERTRUDIS RAMON DIAZ LOPEZ CON C.I. N° 1954645. El juicio radica en la secretaria N° 9 a mi cargo del Actuario Abg. MARIELA IRENE GOMEZ KOKES, Actuaria Judicial. ENCARNACIÓN, 26 de Julio de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual,
para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector de Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 59746/18/11SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DE SAN PEDRO DEL PARANA Abg. OSVALDO RUBEN CHAVEZ GONZALEZ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MELQUIADES RAMOS ARAUJO SAN PEDRO DEL PARANA 14 de setiembre de 2023. Héctor R. Alarcon secretario Judicial. 59747/18/11SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE VILLARRICA, ABG. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA, en los autos caratulados: “CARMEN GUTIERREZ VDA. DE FRIEDMANN S/ SUCESIÓN INTESTADA”, por providencia de fecha 14 de setiembre de 2.023 ha ordenado la citación y emplazamiento por este medio por el término de 10 (diez) días conforme lo dispone el Art. 741, inc) b) del C. P. C. , a fin que aquellos que tengan algo que reclamar a la sucesión se presenten en el plazo de 60 (sesenta) días contados desde la primera publicación se presenten a esta sucesión si así conviniere a sus derechos. FIRMADO: ABG. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). ANTE MÍ: ABG. MYRIAM STELLA CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA). VILLARRICA, 21 de Setiembre de 2023. -59763/18/11SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza., cita y emplaza por 60 (sesenta) dias, a herederos y acreedores de GUILLERMO LARREA, estos autos radican en la Secretaria N° 02. Abog. Rodrigo Benítez Delvalle (Actuario). Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR. Hernandarias. 26 de Octubre de 2023. -59802/19/11.SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Fernando de la Mora, Secretaría 01, Abg. Natalia Del Carmen Molas Avalos, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de SENOVIA RIVAS DE MUÑOZ S/ SUCESIÓN. Fernando de la Mora, 31 de octubre de 2023. Abg. Daisy Caballero, Actuaria Judicial. -59804/19/11.SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARÍA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acree-
dores de la sucesión de OSCAR GONZALEZ MACHUCA. El juicio radica en la secretaría N° 1 a mi cargo, Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARÍA AUXILIADORA, 8 de noviembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.59836/20/11.SUCESIÓN. La Actuaria del Juzgado de Paz, de la Ciudad de los Cedrales, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, quien suscribe y haciendo uso de las facultades conferidas por la Acordada Nº 4992/13, cita y emplaza por el término de sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JOSÉ RIBEIRO DA CRUZ Y CORINA ROSA DE OLIVEIRA, para que se presenten ante la secretaría del Juzgado a cargo Mary Esterla Morínigo de Carballo, si así creyeren a sus derechos. Firmado: Abog. Zully Chávez de Cano (Jueza), Mary Estela Morínigo de Carballo (Actuaria). Los Cedrales, 10 noviembre de 2023.-59840/20/11.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCA ZARACHO DE ORTIZ. Ingrid Sahari Melgarejo Garcete (Actuaria Judicial – Secretaría N° 6). Ciudad del Este, 21 de febrero de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-59845/20/11.SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARÍA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del Sr. JUAN BENITO BENITEZ BAEZ. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo, Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial - Interina. MARÍA AUXILIADORA, 19 de setiembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-59847/20/11.SUCESIÓN. EL JUEZ PENAL ADOLESCENTE E INTERINO DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CURUGUATY, ABG.VICTOR DARIO GODOY CHAMORRO, el Juzgado por proveído
MARTES 14 NOVIEMBRE DE 2023
de fecha de fecha 12 de setiembre de 2023, ha resuelto en los autos caratulados: “ISABEL RUIZ DIAZ RIVEROS S/ JUICIO SUCESORIO”, AÑO: 2023, Nº 444, ordénase la publicación de los edictos en el Diario LA NACIÓN de la capital, por el término de 10 días, conforme al Art. 741 del C.P.C., citando a todos los interesados para que dentro del plazo de ley, contados desde la primera publicación se presenten a reclamar derechos, para el efecto ordena la publicación de los edictos correspondientes. El juicio radica en la secretaría Nº 2 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. SCHIRLEY PAOLA IRALA, Actuaria Judicial. -59855/20/11.SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de BRAULIO GIMENEZ VERA. El juicio radica en Secretaría a mi cargo. Edgar Adrián Jara Mendoza - Actuario Judicial. Asunción, 19 de setiembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector de Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1380/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia.-59858/20/11.SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, DR. JUAN MARCELINO GONZÁLEZ G., cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días, contados desde la publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de RAMON FERNANDEZ, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 741 del Código Procesal Civil. El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA. Pedro Juan Caballero, 9 de noviembre de 2023.59842/20/11.SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, ABG. MARTIN DIEGO ACOSTA CONDE, cita y emplaza por 60 días a fin de que aquellos que tengan algo que reclamar a la sucesión de AUGUSTO BERNARDINO OCAMPOS CABALLERO. El juicio radica en la Secretaría Nº 43 a mi cargo, Abg. FABRICZIO LEONEL DOMINGO SARUBBI RAMOS. Asunción, 10 de noviembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada N° 1366/19 y N° 1370/20 de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Fabriczio Leonel Domingo Sarubbi Ramos.-59871/20/11.SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro
de Ycuamandyyú, Abg. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la suce-
sión de ELEUTERIA MENDOZA DE DUARTE. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. San Pedro de Ycuamandyyú, 10 de noviembre de 2023. Luisa Haudenschild, actuaria judicial.-59884/20/11.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Dr. Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JUAN ANTONIO BARRIOS CARDOZO S/ SUCESIÓN. San Juan Nepomuceno, 7 de noviembre 2023. Secretaría N° 1. Abg. Leonida E. Pereira – Actuaria Judicial – Circunscripción Judicial de Caazapá. -59885/20/11.SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Distrito de la Catedral, Segundo Turno, Abg. Nathalia Guadalupe Garcete Aquino, por providencia de fecha 23 de octubre de 2023, dictada en los autos caratulados: DELIA ISABEL VARGAS VDA. DE ALMADA S/ SUCESIÓN INTESTADA, Secretaría 4, Año: 2023, Expte. N° 2430, Folio: 31, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, contados desde la primera publicación, a los herederos y acreedores de la Señora DELIA ISABEL VARGAS VDA. DE ALMADA, y a presentar los derechos que pudieran tener en ésta sucesión. Firmado: Nathalia Guadalupe Garcete Aquino (Juez), Ante Mí: Olivia Mosqueda (Actuaria Judicial). As. 24 octubre de 2023. Abg. Pablo Cabrera Irigoitia, Actuario Judicial.-59886/20/11.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo civil y comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias. Abg. Ignacia Mabel Escobar, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de CARMELO ARMANDO Y ARMINDA VERA S/ SUCESIÓN INTESTADA", para que se presenten ante la Secretaria del Juzgado a cargo de la Abg. Dulce María Zorrilla Salinas, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias Juzgado de Paz, 10 de noviembre de 2023.59918/23/11.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno e interino del Primer Turno de Cordillera, Dr. JUSTO CRISTINO RAMOS ARRÚA, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de los señores HERMINIA GONZALEZ VDA. DE DUARTE Y JUAN BAUTISTA DUARTE. El juicio radica en la Secretaría Nº 02 a cargo de la Actuaria Abg. Sandra Elizabeth Busam Román. CAACUPE, 13 de noviembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1.335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. -59925/23/11.-
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., cita y emplaza por el termino de 60 (sesenta) días, contados desde la publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de JULIO ADALBERTO DIAZ, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 741 del Código Procesal Civil El juicio radica en la Secretaria a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA. PEDRO JUAN CABALLERO, 19 de junio de 2023.-59933/23/11.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná, con sede en Ciudad del Este, abogada Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de los señores ENGRACIO FAUSTINO FLORES CARDENAS Y VICTORIA ALMADA DE FLORES. El juicio sucesorio radica en la secretaría a mi cargo, Abogado Oscar Gaona (Actuario Judicial, Secretaría N° 1). Ciudad del Este, 28 de marzo de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-59908/23/11.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Dr. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de NICOLAS OLMEDO FRANCO e IDA DE JESÚS MONTANIA RODRIGUEZ. San Juan Nepomuceno, 10 de noviembre de 2023. Abg. Leonida E. Pereira - Actuaria Judicial Secretaría N° 1 – Circunscripción Judicial de Caazapá.-59924/23/11.SUCESIÓN. EL JUEZ PENAL DE LA ADOLESCENCIA E INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. VICTOR DARIO GODOY, cita y emplaza por el termino de Ley a los herederos y acreedores o quienes tengan interés legítimo en la sucesión del señor ENRIQUE GUAHIRE ALONZO, el juicio radica en la secretaria N° 1 del Juzgado mencionado a cargo de la Actuaria interina Abg. Schirley Paola Irala Leite. CURUGUATY, 20 de Octubre de 2023.-59957/23/11.SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ DEL DISTRITO DE REPATRIACIÓN, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAGUAZÚ, ABG. ESTELA DOMINGUEZ GENES, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la Sucesión: “RAFAEL ORTIGOZA ÁLVAREZ Y SATURNINA GONZÁLEZ S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO Ley N° 6059/18. AÑO 2023 - N° 202 - FOLIO N° 09”. Repatriación, 02 de noviembre de 2023. ABG. JORGE RAMON VELAZQUEZ DIAZ, ACTUARIO JUDICIAL. -59956/23/11.-