SUPLEMENTO - AGRUPADOS - EDICIÓN 10.437

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AGRUPADOS&JUDICIAL. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE LA FIRMA OPTIMA SOCIEDAD ANÓNIMA. Por escritura Nº 442 del 20/12/2023, autoriZada por la N.P. Analía Clara Doldan de Mateu, con un Capital Suscrito e integrado Gs 50.000.000, Socios Luis Recalde y Ursula Sofia Lorenz de Recalde, Objeto principal Reparación y mantenimiento de vehículos, compra-venta de repuestos y accesorios, Diagnostico de problemas mecánicos, servicios en general, Comerciales, Representaciones, Consignaciones, Importación y Exportación, Inmobiliarias, Servicios, Participaciones, Asesoramiento, Financiera, Duración 99 años, inscripta en el Registro Público y Comercio con matrícula Jurídica N° 43066, Serie Comercial , bajo el N° 01, folio 01 de fecha 19/01/2024, Registro Público de Comercio matricula de comercial Nº 4306, bajo 4306, folio 4306 y sgts. De fecha 20/12/2023, con Domicilio en Ciudad de San Lorenzo. 63349/16/02CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LA FIRMA “BAUTEC LOMA PLATA S.A.”:“Por Esc. Pública Nº 166 del 19/12/2023, autorizada por la Esc. CLARA SUSANA DUARTE DE PIÑEIRO, se constituyó la firma BAUTEC LOMA PLATA Sociedad Anónima. Duración: 99 años. Domicilio: Cuidad de Loma Plata, Chaco Capital Social: Gs. 2.000.000.000.- (guaraníes dos mil millones) Objeto: Tiene por objeto principal la fabricación de muebles y articulo de ebanistería en sus más variados tipo, formas y estilo; y toda otra explotación relacionada con la industrialización de la madera, inclusive la carpintería mecánica y metálica. - Socios: MUEBLERIA PARAISO S.A., ELMER FUNK TOEWS, ALBERT FUNK TOEWS, SEBASTIAN SAWATZKY SAWATZKY, HANS JURGEN FRIESEN HIEBERT, WALTER PENNER FUNK, MARCO PENNER FUNK, GUIDO PENNER FUNK. La Sociedad fue inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio con Matricula Jurídica Nº 43096 bajo el Nº 01, folio 01-19, Serie Comercial, en fecha 01-02-2024”. 63345/16/02CONSTITUCION DE SOCIEDAD. Por Escr. Púb. N° 181 del 10/11/2023, autorizada por la N.P. Raquel Silvero De Gomez, e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos. En fecha 29/12/2023 A) Reg. De Personas Jurídicas y Comercio, Matricula N° 42906, bajo el N° 1, folio 1, Serie: Comercial, se constituyó la firma AGROGANADERA FJ S.A. Duración.: 99 años. Socios: Jimmy Hildebrand Kehler y Freddy Hildebrand Kehler Capital.: ₲1.000.000.000. –Objeto: Actividades Agrícolas, Ganaderas y Comerciales en Gr al . 63381/16/02-

CONSTITUCIÓN DE “GRUAS VMS” S.R.L., por Esc. Nº 882 del 29/12/2023, autorizada por la N.P. Gladis González Velázquez. DOMICILIO: Barrio Caaguazú, Ciudad de Ñemby. República del Paraguay. DURACIÓN: 99 años. OBJETO: SERVICIO DE GRUA Y TRASLADO, ASISTENCIA ANTE ACCIDENTES, SINIESTROS O FALLAS MECÁNICAS, RESCATE, SERVICIO DE GRUA DE PEQUEÑO Y GRAN PORTE, SERVICIO DE GRUA CON BRAZO HIDRAULICO, COLOCACIÓN DE CARTELES DE PUBLICIDAD O PROPAGANDA, TRABAJOS DE LOGISTICA. - CAPITAL: Gs. 450.000.000.- INSCRIPTO en la SECCION PERSONAS JURIDICAS Y COMERCIO, MATRICULA Nº 43.126, bajo el Nº 01, folio 01-12, Serie COMERCIAL, el 06/02/2024.63385/16/02-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MIGUEL DE LOS SANTOS TRAVERSSI AREVALOS y NILZA ISIDORA OJEDA CARVALLO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 4 de agosto de 2023. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -62777/14/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos LAUREANA PEREIRA GONZALEZ C/ ALBINO LOMBARDO SANABRIA para que en el perentorio término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Secretaría N° 1. San Juan Nepomuceno, 22 de

agosto de 2023. Abg. Leonida E. Pereira, Actuaria Judicial. -62765/14/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS A., cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal formada por los esposos: MARCOS ADAN DE LA CRUZ MALDONADO Y VIVIANA RAMIREZ FERREIRA, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 1, a cargo del Actuario Abg. Francisco Recalde Denis.SAN PEDRO DE YCUAMANDYYÚ, 21 de diciembre de 2023. -62805/15/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL, DEL CUARTO TURNO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, Abg. NILDA CONCEPCIÓN BENITEZ CABALLERO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LILIANA BEATRIZ OZUNA ARMOA Y RICHARD SAMUEL ARANDA OVIEDO para que en el termino de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N° 08 a mi cargo Abg. Héctor Daniel Granada González - Actuario Judicial. ENCARNACIÓN, 5 de diciembre 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es valido, deberá utilizar el lector de Código QR, siendo ya en consecuencia,innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-62884/16/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “FRANCISCO DANIEL MAYER BURLINI Y NELLY RODAS DE MAYER, NELLY RODAS DE SUDO o NELLY RODAS SALINAS S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”, para que en el término de 30 días,

contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 1 de Febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.62943/17/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y de la Adolescencia del Segundo Turno de la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos TOMASA GIMENEZ DE RECALDE, CON C.I. Nº 2.346.007; Y RUBEN SALUSTIANO RECALDE ESPINOLA, CON C.I. Nº 2.049.810, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. (CORONEL OVIEDO, 22 de diciembre de 2023). Abg. WILSON F. SILVA Actuario Judicial interino, Sec. Nº 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-62938/17/02.DISOLUCION CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo turno de la Capital, Abg. Juan Martín Palacios Fantilli, por A.I. N° 06 de fecha 01 de febrero de 2024, dictado en los autos caratulados: ILSE NOEMI TORRES E IGNACIO FABIAN MIRANDA TORRES S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL". Nº 423; AÑO: 2023; SECRETARÍA Nº 39, cita y emplaza por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos Sres. ILSE NOEMI TORRES E IGNACIO FABIAN MIRANDA TORRES para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino solo contra bienes propios del deudor. V° B° Abg. Vidalia Pereira Toledo, Actuaria

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Judicial. Asunción, 02 de febrero de 2024. 63001/20/01DISOLUCION CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Primer Turno e Interino del Vigésimo Segundo Turno de la Capital, Secretaría N° 43, Abg. José Miguel Villalba Báez cita y emplaza por 15 días a fin de que aquellos que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conformada por los esposos ZUNILDA MARIA ASUNCION BENAVENTE FERREIRA y GUSTAVO ADOLFO PEREZ FRETES para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente Edicto comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Abg. Fabriczio Leonel Domingo Sarubbi Ramos, Actuario Judicial. Asunción, 15 de enero de 2021. 62996/20/01DISOLUCION CONYUGAL. El Juez Penal de la adolescencia e interino del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Curuguaty, ABG. VICTOR DARIO GODOY, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: CLAUDIA SAAVEDRA DE CRISTALDO Y JUAN CARLOS CRISTALDO AYALA, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo El juicio radica en la secretaria Nº 1 mi cargo Abg SCHIRLEY PAOLA IRALA LEITE, Actuaria Judicial Conste. CURUGUATY, 20 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 63021/20/01DISOLUCION CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia del Segundo Turno de la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RODRIGO EMMANUEL PAIVA CHAMORRO con C.I. N° 4.571.593 y DELIA DAHIANA MARTINEZ CANTERO con C.I. N° 5.579.912, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dis-

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puesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 5 de febrero de 2024). Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial.- Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63020/15/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LORENZO DARIO CORONEL PORTILLO y ANGELA LILIANA VILLAVERDE LOPEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 1 de febrero de 2024.- Abg. Adela Benítez Ramos - Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63043/21/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ADOLFINA PETRONA FLORES DE SOSA Y LUIS FRANCISCO SOSA CENTURION para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 7 de febrero de 2024, Abg. Sara Ojeda, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación 63102/22/02DISOLUCION CONYUGAL. EL


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JUDICIAL.

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO, Dr. MARTIN DIEGO ACOSTA CONDE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés de reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos, los Sres. ANGELICA TROCHE DUARTE y FRANCISCO JAVIER ROMERO PERDOMO, para que en el termino de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N°1/92 modificado del código civil Paraguayo vigente. Asunción, 07 de febrero de 2024, Abg. ARMANDO JUAN JOSÉ FIGARI ROMERO, ACTUARIO JUDICIAL. 63097/22/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar Derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SUSANA DENIS BENITEZ Y JOSE LUIS GONZALEZ para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El Juicio radica en la Secretaría a mi cargo. CAAGUAZU, 5 de febrero de 2024. Firmado digitalmente por CECILIA PAOLA SOSA IBARRA (ACTUARIA). 63144/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos KARINA MABEL MIERES DE YANHO y CARLOS MANUEL YANHO MALDONADO para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente Edicto comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 16 de noviembre de 2023. Carlos Galeano Aranda, Actuario Judicial. 63150/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA (Villarrica), Abg. Liza Alfonso, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad formada por los esposos CHRISTIAN FELIPE ROJAS BAEZ Y NANCY ELIZABETH AGUILAR BRUNO para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, com-

parezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. - VILLARRICA, 30 de diciembre de 2021. 63153/23/02DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA, ABG. HECTOR OSVALDO MARECOS, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos “CRISTHIAN MANUEL SERVIN YUBERO Y BLANCA LIZ OLMEDO LOBOS”, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Cod. Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nro. 5 a mi cargo. VILLARRICA, 7 de febrero de 2024. 63158/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “WILMER ARIEL ULLON MORALES Y ALBA ADELA BENITEZ BRITEZ”, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente.El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 5 de febrero de 2024.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63173/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIA ELIZABETH BAEZ GONZALEZ Y ARNALDO ANDRES NUÑEZ OJEDA, para que en el término de

30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo percibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 2 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63175/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos IRMA LOPEZ VILLALBA y PEDRO GAVILAN FERNANDEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/ 91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. CORONEL OVIEDO CORONEL OVIEDO, 8 de febrero de 2024.Abg. ADELA BENITEZ RAMOS Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.63215/24/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este de la VI Circunscripción judicial Alto Paraná, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos OSCAR CASTILLO DOMINGUEZ Y YOHANA ELIZABETH GUZMAN ENCINA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 6 a cargo del Actuario Abg. Marcelo Iván Benítez Colman. Ciudad del Este, 9 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de

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que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 63212/24/02-

El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ. Pedro Juan Caballero, 09 de noviembre de 2023. 63282/27/02-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA (Villarrica), Abg. LIZA ALFONSO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad formada por los esposos SANDRA LORENA ALDERETE y JAVIER ARMOA ROMAN para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. - VILLARRICA, 6 de octubre de 2023. Firmado digitalmente por: TERESITA NOEMI ORTELLADO ZORRILLA (ACTUARIO/A). 63296/27/02-

DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE SANTA ROSA DEL AGUARAY, ABG. NELSON ANTOLIN MERCADO P., cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Comunidad Ganancial conformada por los esposos: "MIRIAN GRACIELA VAZQUEZ CABALLERO y PABLO RUIZ DIAZ RUIZ DIAZ" para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. FDO. Actuaria Interina. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 9 de febrero de 2024.-Firmado digitalmente por: MARIA FATIMA SAUCEDO LOPEZ (ACTUARIO/A). 63268/27/02-

DISOLUCION CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría Nº 20, Abg. Rocío González Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos WILFRIDO CACERES QUINTANA y BARBARA LILIANA AGUILAR ACOSTA, para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 98 de la Ley N° 1/92. El juicio radica en la Secretaría N° 20 a mi cargo. Fdo. Abg. Tobias Redekop Harder. - Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. Asunción, 5 de febrero de 2024. 63288/27/02DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RODOLFO GERARDO ROJAS GONZALEZ y SHYRLEY LORENA DUARTE TALAVERA, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.-

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA ABG. MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, comunica al destinatario del presente edicto de publicación que en el marco del JUICIO: “JUAN DE DIOS INSAURRALDE CABRERA Y CELIA CAROLINA MONTIEL BENITEZ S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL” SE ORDENÓ la publicación de los edictos de citación y emplazamiento en el diario “LA NACIÓN” de gran circulación, porquince (15) días conforme al 614 del C.P.C, convocando a quienes tengan derechos o créditos que reclamar contra la comunidad para que en el perentorio término de treinta (30) días comparezcan a ejercer las acciones que les asisten bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra bienes propios del deudor, de referencia radica en la secretaria N° 3 a cargo del Abg. ALVARO BUENO MARTINEZ (ACTUARIO JUDICIAL). Se hace saber al destinatario del presente edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. FERNANDO DE LA MORA, 9 de febrero de 2024. Firmado digitalmente por: MIRIAN BEATRIZ FERREIRA RUIZ DIAZ (JUEZ/A). 63317/27/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg.

Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SONIA RAQUEL PORTILLO MERELES Y SERGIO DE JESUS LEON LUGO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CIUDAD DEL ESTE, 9 de febrero de 2024. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 63360/25/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CIUDAD DE ITAKYRY, de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abogada y Notaria Eresmilda Román Paiva, cita y emplaza por 15 (Quince) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos OSCAR ALBERTO COLMAN GARCETE Y CARMEN OLINDA CARDOZO DE COLMAN s/ Disolución de la Comunidad Conyugal”, para que en término de 30 (treinta) días contados desde el día siguientes de la última publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento a lo dispuesto por el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El presente juicio Oscar Alberto Colman Garcete c/ Carmen Olinda Cardozo de Colman s/ disolución de la Comunidad Conyugal”. Expediente Nro. 184. Año 2023, radica en la Secretaría a cargo del Actuario Luis Osmar Meza A. Itakyry, 8 de febrero de 2024. 63346/28/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LIZ MARIANA FIGUEREDO KARAJALLO C/ SABINO AGUILERA FLORENTIN, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 27 de diciembre de 2023. Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial. - Se hace


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saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.63340/28/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE GUAIRA (Villarrica), Abg. LIZA MARÍA ALFONSO VERA, cita y emplaza por 15 veces a los que tengan que reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos GLADYS ROSA TORRES CANO y CRISTOBAL CANDIA BENITEZ para que en el término de 30 (treinta) días de la publicación del presente edicto comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley N° 1/92 modificado del código civil paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. VILLARRICA, 18 de diciembre de 2023.Firmado digitalmente por: CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA (ACTUARIO). 63368/28/02-

EDICTO. La Jueza de Primera Instancia de la Niñez y de la Adolescencia del Primer Turno de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abog. Delsy Cardozo Ramos ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, Señora Lucilaine Pinheiro De Castro Dos Santos, por quince veces, que se publicará en el diario “La Nación”, a fin de que comparezca en el plazo de 5 días a partir de la última publicación, por si o apoderados, a tomar intervención en el juicio “TALITA PINHEIRO DE CASTRO DOS SANTOS S/ Pérdida de la Patria Potestad y Declaración de Estado de Adopción”, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, se designará como representante al Defensor de Ausentes. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 15 de Setiembre de 2023 Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Abog. Alba Liz Gimenez Blanco (Actuaria). 63015/20/02PRIVACIÓN DE EFICACIA. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Yuty, Abog. Miguel A. Riquelme , ORDENA la publicación por 5 ( cinco ) veces la parte

resolutiva del A.I. N° 15 de fecha 09 de febrero de 2024, que establece : LA PRIVAR DE EFICACIA JURÍDICA respeto a todos el cheque bancario cargo BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL YUTY, cheque N° F02304254, por un monto de GUARANÍES TRESCIENTOS MILLONES ( 300.000.000 ), del titular BENJAMÍN ADARO MONZÓN, con C.I.N° 1.073.676, por los fundamentos expuestos en exordio de la citada resolución.- Yuty, 09 de Febrero de 2024. Ang. Carolina González Actuaría Judicial Circunscripción Judicial Caazapá. 63219/14-02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUEZ PENAL DE LA ADOLESCENCIA E INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. VICTOR DARIO GODOY, comunica que ha admitido la convocatoria de acreedores de la señora DIGNA ADELAIDA CUELLAR SANTACRUZ con C.I.N° 1.179.293, en consecuencia, cita y emplaza por el término de 30 dias hábiles a fin de que los acreedores presenten en Secretaria los titulos justificativos de sus créditos, contados a partir del día siguiente de la última publicación. El juicio radica ante la Secretaria N° 2 a cargo de la Actuaria Judicial ABG SCHIRLEY PAOLA IRALA LEITE. Conste. CURUGUATY, 8 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 63210/14/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: LAURA CELESTE CENTURION DELGADO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 726, de fecha 29 de diciembre del 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de LAURA CELESTE CENTURION DELGADO. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convo-

cataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). -63304/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: OSCAR RAMON BOGARIN MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 25, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de OSCAR RAMON BOGARIN MARTINEZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para

notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63295/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: ISIDORO DUARTE ESCOBAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 13, de fecha 07 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ISIDORO DUARTE ESCOBAR. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA). 63291/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expe-

diente caratulado: CARLOS ANDRES BRITEZ MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 14, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CARLOS ANDRES BRITEZ MARTINEZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63269/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: ROBERTO VELAZQUEZ VELAZQUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 24, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ROBERTO VELAZQUEZ VELAZQUEZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión

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todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63297/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: CORNELIO VALIENTE CAÑETE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 10, de fecha 07 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CORNELIO VALIENTE CAÑETE. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes ofi-


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JUDICIAL.

cios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA). 63276/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: OLIVER IGNACIO VILLAMAYOR ESTIGARRIBIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 21, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de OLIVER IGNACIO VILLAMAYOR ESTIGARRIBIA. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63294/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,

COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: NORBERTO ARTEMIO MARTINEZ ROMAN Y OTROS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 20, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de NORBERTO ARTEMIO MARTINEZ ROMAN Y CARMEN JIMENEZ MARTINEZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63293/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: CRISTINO ALEGRE GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 22, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CRISTINO ALEGRE GONZALEZ. 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos,

haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63277/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: SILVIO DAVID GARCIA PEREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 23, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.ADMITIR la convocación de acreedores de SILVIO DAVID GARCIA PEREZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta

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Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63298/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: FRANCISCA MEDINA AQUINO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 19, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de FRANCISCA MEDINA AQUINO. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63289/17/02CONVOCATORIA DE ACREE-

DORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: EVELYN JANET DUARTE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 26, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de EVELYN JANET DUARTE. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63285/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: DAISY PATRICIA ARMOA CHAPARRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 16, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de DAISY PATRICIA ARMOA CHAPARRO. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la

presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63280/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: ELADIO GONZALEZ BORDON S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 18, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ELADIO GONZALEZ BORDON. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de


MIÉRCOLES 14 FEBRERO DE 2024

Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63284/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: CESAR ALCIDES ACOSTA RIVEROS S/ CONVOCATORIADEACREEDORES” resolvió por A.I. N° 15, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CESAR ALCIDES ACOSTA RIVEROS. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63270/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRI-

MERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: DERLIS JAVIER FLORENCIANO CENTURION S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 17, de fecha 08 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de DERLIS JAVIER FLORENCIANO CENTURION. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA ( JUEZ). 63281/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: ELADIA RAMONA GIMENEZ GARCETE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 11, de fecha 07 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ELADIA RAMONA GIMENEZ GARCETE. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos,

haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA). 63283/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3 de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: FELIX ANTONIO DAVALOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 12, de fecha 07 de febrero de 2024, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de FELIX ANTONIO DAVALOS. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio

Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA). 63287/17/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SAN PEDRO, quien suscribe, en los autos caratulados: NORMA BEATRIZ MARTINEZ BRITEZ S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” ha dictado el A.I. N° 03 de fecha 06 de febrero de 2024 y su correspondiente aclatoria el A.I. N° 06 de fecha 08 febrero de 2024, cuya parte Resolutiva entre otras dispone: ADMITIR la convocación de acreedores de NORMA BEATRIZ MARTINEZ BRITEZ. - 2. DESIGNAR Síndico al Abg. Marcial Otilio Paredes Basualdo.3. DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4. CITAR a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten en secretaria de este Juzgado los títulos justificativos de sus créditos. -5. COMUNICAR al Registro General de Quiebras la admisión de esta convocatoria y para el efecto librar Oficio al Registro Público, de conformidad al art. 183 inc. 1 de la Ley de quiebras. -6- DAR intervención al Ministerio Público. - 7. ORDENAR la publicación de los edictos para hacer saber la admisión de esta convocatoria en el diario “LA NACION” de la Capital, por el plazo de 5 días. - 8. ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra NORMA BEATRIZ MARTINEZ BRITEZ con C.I. N° 5.063.084, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo. -9. FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 179 de la Ley de Quiebras. - 10. ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. - SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 9 de febrero de 2024.63357/18/02CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SAN PEDRO, quien suscribe, en los autos caratulados: “RYAN FRANCISCO RAFAEL ZALAZAR GALEANO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” ha dictado el A.I. Nº 04 de fecha 06 de Febrero del año 2024 y su correspondiente Aclaratoria el A.I. Nº 07 de fecha 08 de Febrero de 2024, cuya parte Resolutiva entre otras dispone : ADMITIR la convocación de acreedores de RYAN FRANCISCO RAFAEL ZALAZAR GALEANO.- 2. DESIGNAR Síndico al Abg. Marcial Otilio Paredes Basualdo. 3. DETERMINAR que la convocatoria no es comerciante. - 4. CITAR a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten en secretaria de este Juzgado los títulos justificativos de sus créditos. - 5. COMUNICAR al Registro General de Quiebras la admisión de esta convocatoria y para el efecto librar Oficio al Registro Público, de conformidad al art. 183 inc., 1 de la Ley de quiebras. - 6.DAR intervención al Ministerio Público. -7. ORDENAR la publicación de los edictos para hacer saber la admisión de esta convocatoria en el diario “LA NACION” de la Capital, por el plazo de 5 días. -8. ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra RYAN FRANCISCO RAFAEL ZALAZAR GALEANO con C.I. N° 2.334.093, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo. - 9. FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en secretaria, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 179 de la Ley de Quiebras. 10. ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. - SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 9 de febrero de 2024.- 63355/18/02EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE J. AUGUSTO SALDIVAR, en auto caratulados: "JUAN ALBERTO DOMINGUEZ RIQUELME C/ DEL ROSARIO ROJAS DE BRITEZ Y OTRO S/ USUCAPION", ha dictado la providencia de fecha 05 de febrero de 2024, que copiada en la parte correspondiente dice: "Citase por edictos a los Sres. DEL ROSARIO ROJAS DE BRITEZ y MARCOS BRITEZ, a ser publicados en los diarios "ABC COLOR" y "LA NACION", por quince días, fin de que en el plazo de diez días, comparezcan ante este Juzgado, a objeto de tomar intervención en el presente juicio, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se le designará como representante al Defensor Público de Ausentes. Fdos. ABOG. ROBERTO SALDIVAR M. (Juez) y

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ABOG. GRACIELA DAVALOS LEZCANO (Actuaria). 63344/28/02-

TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Los socios de la firma S.A. IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con RUC N° 80052308-3, de conformidad al Art. 1189, inc. d) del Cód. Civil Paraguayo, comunica a acreedores y al público en general el Acuerdo de Transformación de la S.R.L. a S.A. bajo la denominación de S.A. IMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA, a ser formalizada ante el Esc. Púb. Nicodemus Ortigoza Gómez, Reg. Not. Nº 843. Los acreedores y/o personas disconformes podrán notificar su oposición al escribano designado en su oficia notarial sito en la casa de la calle Mcal. López Nº 909 de la ciudad de Pedro Juan Caballero. 63217/14/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIALES. Por Escritura Pública N° 29, del 22/11/2023, autorizada por la Esc. Elisa Gladys Frutos Cabral, se modificaron los estatutos sociales de la G-DENTAL S.R.L., por aumento de capital, quedando establecido el capital social emitido, suscripto e integrado en la suma de Gs. 490.000.000. Inscripto en la D.G.R.P., Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica N°43118, Serie Comercial, bajo el N° 01, folio 01, el 26/01/2024. 63303/15/02MODIFICACION DE ESTATUTO SOCIALES. Por Escritura Pública N° 28, del 27/11/2023, autorizada por la Esc. Elisa Gladys Frutos Cabral, se modificaron los estatutos sociales de la EMBALAJES PARANA S.R.L., por aumento de capital, quedando establecido el capital social emitido, suscripto e integrado en la suma de Gs. 2.990.000.000. Inscripto en la D.G.R.P., Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica N°27289, Serie Comercial, bajo el N° 3, folio 15, el 23/01/2024. 63301/15/02AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACION DE ESTATUTOS SOCIALES. Por Esc. Nº 13 de fecha 20 dias del mes de noviembre del 2023, pasada ante la Notaria Lucia Velazquez Valenzuela, Registro N.º 94, se modificaron los Estatutos Sociales de la firma ZETA RALLY S.A. Inscripta en la Dirección General de Registros Públicos, Autorizada por orden de la Abogacía del Tesoro, Inscripta en la Sección Personas Jurídicas y Comercio matrícula Jurídica N.º 37153 serie Comercial bajo el Nº 03 Folio 25 , el 11/01/2024. Domicilio: Av. 1er. Presidente C/ Yrendague Duración: 99 años, Objeto: mantenimiento y reparación mecánica de vehículos. Accionistas:


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JUDICIAL.

Agustin Alonso Zapag, Blas Abraham Zapag Peralta y Enrique Zabad Zapag Peralta. 63278/15/02-

en la Matricula Jurídica Nº 19.619, Serie Comercial, Nº 03, Folio 21, el 17-01-2024. 63263/15/02-

DISOLUCIÓN SOCIAL DE LA FIRMA. Por Escr. N° 45 del 28/12/2023, pasada ante la N.P. Gloria E. Caballero Soto, se disolvió la firma WONDERFUL S.A. Inscripta en la Dirección Gral. de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº20.084, Serie: Comercial, bajo el N° 3, folio 23, el 15/01/2024. 63267/27/02-

MODIFICACION PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES. Articulo 5° “Capital Social” Esc. N° 123 de GROUP MAX S.A. del 06/09/2023, pasada ante N.P. Ligia Leticia Lima De Flecha, Inscripción en R.P. y Asoc. N° 02 con la M.J. No. 25349, Serie Comercial, Entrada N° 13264593, con fecha 03/10/2023 y reingreso 22/12/2023. RUC N° 80063373-3. 63259/15/02-

CESIÓN DE CUOTAS. Por Esc. Pub. N° 607 de fecha 26/09/2023, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Direc. Gral. De los Reg. Púb., el 10/01/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 41.205, bajo el N° 02, folio 18, Serie “COMERCIAL”, la firma FIFOL S.A y JA-DIALOG HOLDING GmbH, han resuelto formalizar un contrato de Cesión de Cuotas de capital, la Srita. Ángela Janzen vende y transfiere a favor de JA-DIALOG HOLDING GmbH (2) cuotas de capital que tiene y posee en la firma JA-DIALOG PARAGUAY S.R.L. Como consecuencia de la presente cesión de cuotas deja de ser socia la señorita Ángela Janzen e ingresa como nueva socia la firma JA-DIALOG HOLDING GmbH; se mantiene como socia la firma FIFOL S.A. Quedan modificados los Artículos 1° y 5° de los Estatutos Sociales que se refieren al capital social fijado en la suma de Gs.10.000.000 y la denominación de la sociedad girara con el nombre de JA-DIALOG PARAGUAY S.R.L. 63322/15/02-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES INSTITUTO CRISTIANO INTERACTIVO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Modificó sus estatutos sociales por Aumento de Capital, alcanzando el Capital SociallasumadeGs.7.685.000.000. Individualización de la Escritura de Modificación: E.P. Nº 449 de fecha 13/11/2023, autorizada por la N.P. Melisa Rebeca Soto Medina, inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Secc. Personas Jurídicas y Comercio, como Mat. Jurídica Nº 18.981, Serie Comercial, bajo el Nº 03, folio 12; en fecha 18/01/2024. 63258/15/02-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. N° 2.080 de fecha 09/11/2023, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos en fecha 10/01/2024. Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matricula N° 2.248, bajo el N° 04, folio 53 y sgts., Serie “COMERCIAL”, se designa al Sr. Caima Rodrigues De Franca como nuevo representante legal y gerente general de la firma DVA AGRO PARAGUAY S.R.L en reemplazo del Sr. Hugo Hermosa y en consecuencia queda modificado el Art. 6° de los Estatutos Sociales que se refiere a la dirección y administracion de la sociedad. 63322/15/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA FIRMA EMPRESA DE SERVICIOS S.A. (ESTESA). Escritura Nª 54 Comercial B, de fecha 27/12/2023 autorizada por la N.P. ESTELA MARIS SANCHEZ DE ORTELLADO con Registro Nº 860, fue modificado el Estatuto Social por Aumento del Capital de la firma ¨EMPRESA DE SERVICIOS TECNICOS S.A. (ESTESA)¨ a la suma de Gs. 7.500.000.000 y Emisión de Acciones. Inscripto en la Sección Personas Jurídicas y Comercio

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Nº 96 de fecha 23/10/2023, pasado ante el Esc. Nicodemus Ortigoza Gómez, Reg. Nº 843, fue formalizado el Aumento de Capital a la suma de Gs. 2.290.000.000 y modificación de la cláusula cuarta del contrato social de la firma COMERCIAL PANTANAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con R.U.C. N° 80052403-9, e Inscripta en el Registro de Personas Jurídicas y Comercio en la Matrícula Jurídica N° 27165, Serie Comercial, bajo N° 3, folio 19 de Fecha 18/01/2.024. 63257/15/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. VITALCAN PARAGUAY S.A. RUC: 80127392-7 Por escritura pública N° 92, de fecha 09 de diciembre del 2023, ante el escribano Jorge Doldán Pérez, se realizó la Modificación de Estatutos de la firma “VITALCAN PARAGUAY S.A.” con respecto a la emisión de 240 acciones de la empresa, Inscripta en la Dirección de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Serie Comercial, bajo el N° 3, Folio 30, de fecha 19/01/2024. 63310/15/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Por Escritura Pública Nro. 10 del 27/06/2023, pasada ante la Notaria Pública Ana María Niella Campos, se formalizó la Modificación de Estatutos Sociales en el artículo Nro. 5 de la firma AGROCERES PIC GENÉTICA S.R.L. INSCRIPCIÓN: Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 38.611, Serie Comercial, bajo el Nº 2, folio Nº 19, el 22/01/2024. 63367/16/02-

TRANSCRIPCIÓN DE ACTAS, AUMENTO DE CAPITAL, MODIFICACIÓN PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES Y EMISIÓN DE ACCIONES. Por Esc. Pblca. Nº 277 de fecha 19/12/2023, autorizada por la Esc. Pblca. Zully M. Schmidke G., se procedió a la Transcripción de Actas, Aumento de Capital, Modificación Parcial de Estatutos Sociales y Emisión de acciones de la firma AGROMEC SOCIEDAD ANÓNIMA, de la que se tomó razón en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica Nº 30585, Serie: Comercial, inscripto bajo el Nº 02, folio 10 y sigs., en fecha 19/01/2024. Dictamen D.R.F.S.: 103280 de fecha 08/01/2024. Domicilio: Santa Rita, Alto Paraná, República del Paraguay, Representante Legal: Ismael Coronel Fornerón (Presidente). 63352/16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES DE LA FIRMA NOVALABS S.A. Por Escritura Pública. Nº43 de fecha 29/11/2023, autorizada por la Esc. María del Rosario Romero, se transcribió y protocolizó de la firma NOVALABS S.A., el Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 7 en el cual hubo modificación de los estatutos sociales, aumento de capital autorizado a Gs.240.500.000, inscripta en la DGRP sección Personas Jurídicas y Comercio bajo el Nº 3 en fecha 28/12/2023, folio 24, serie Comercial. 63350/16/02MODIFICACIÓN ESTATUTOS DE TODO CHACO S.A. Por Escritura Pública N.º 154 de fecha 03/11/2023 ante la Escribana Clara Susana Duarte de Piñeiro con Registro N.º 417, fueron modificados los Estatutos Sociales de la firma TODO CHACO S.A., por EMISION DE ACCIONES de DOSCIENTOS CUATRENTA Y CUATRO (244) acciones nominativas de un valor nominal de Gs. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones) cada una; totalizando el monto de GUARANIES DOCE MIL DOSCIENTOS MILLONES (Gs. 12.200.000.000) quedando el capital social autorizado de la empresa GUARANIES VEINTE MIL MILLONES (Gs. 20.000.000.000) dividido en 400 acciones de Gs. 50.000.000 (guaraníes un millón) cada una. La referida escritura se encuentra inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matricula jurídica N.º 37525 Serie Comercial, Bajo el N.º 02, folio 21 y sgts en fecha 21/12/2023. 63342/16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Reducción de capital, rescate y anulación de acciones: Por Esc. Pub. N° 19, de fecha 29/11/23, autorizada por la N.P. Ma. Graciela Armoa G., se modificó el estatuto Social de la firma AGROPECUARIA LA AURORA S.A., con Ruc

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Nº 80015843-1. Se tomó razón ante la D.G.R.P. en la secc. Pers. Jurid. y Comercio. Matrícula Jurídica N° 33258, serie Com, bajo el N° 2, folio 22, en fecha 03/ 01/24. 63331/16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. N° 489 de fecha 28-12-2023, a cargo del N.P. José María Livieres Guggiari, Reg. N° 940, se procedió a la modificación del artículo 5 del Estatuto Social de la firma GRUPO AVANTI S.A., y su testimonio fue inscripto en la Dirección Gral. de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, matrícula Nro. 9.706, bajo el N° 04 y al folio 28, en fecha 24-01-2024. 63292/16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. de la firma TUPA TRANSPORTE SRL, RUC N 80037880-6. Escritura Pública Nº 22 de fecha 17/11/2023, ante N. P. María Isabel Fernández Dietze - Reg. Nº 76. En el Reg. P. J., inscripto en D.G.R.P, Serie Comercial, Matrícula Nº 8365, Entrada: 13542353, Inscripto Bajo el Nº 4, Folio 30-38, de fecha 24/01/2024. 63383/16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Escritura Pública N° 98 de fecha 23 de diciembre de 2021, Protocolo de la División Comercial, Secci{on "A", Folio 266, autorizada por la escribana pública Rosa Elena Di Martino, con registro notarial N° 4, se inscribió la modificación parcial de los estatutos sociales de AGROGANADERA VY'A RENDA SOCIEDAD ANÓNIMA, en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula N° 19.055, Serie COMERCIAL, con N° de entrada 11827820, bajo el N° 02, Folio 8, de fecha 19 de marzo de 2022.” 63386/16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 1.320 de fecha 12/05/2023, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 16/01/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 43.115, bajo el N° 01, folio 01, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 5 de los Estatutos Sociales de la firma COMPAÑÍA INDUSTRIAL DE PARTES ELECTRICAS S.A, que se refiere al aumento del capital social fijado en la suma de Gs.15.000.000.000 y se emiten (50) acciones. 16/02MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Modificación de los artículos Arts. 1° DE LA DENOMINACIÓN, 5° DEL CAPITAL y 6° DE LA ADMINISTRACIÓN del Estatuto Social de PORTILLO & ASTIGARRAGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA hoy THE BEAUTY HUB S.R.L. Por Escritura Pública Nº 39 de fecha 24 de julio de 2023, autorizada por el N.P. Luís Alfredo Robles Barrios. Inscripción: Secciones Personas Jurídicas y Comercio, Mat. Jurídica N°

42.509, Serie COMERCIAL, bajo el Nº 01 y al folio Nº 1-13, en fecha 24/08/2023 y reingreso el 19/10/2023.- 63388/16/02-

MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes pudieran tener interés y en especial a las partes linderas que el día lunes 04 de marzo del año 2024, a las 11:15 hs., daré inicio a las operaciones técnicas de mensura de la fracción presumiblemente fiscal, ubicada en La Colonia Lomas Valentinas, Distrito de Villeta, departamento de Central, solicitado INDERT por el señor ANTONINO ROMERO ALFONZO, según expediente administrativo Nº 9151/1992. Según Informe adjunto al expediente los linderos son los siguientes; Al Norte con Derechos de Lorena Barrios, Al Este con la familia Samaniego, Al Sur Arsenio Vallejo y al Oeste con Calle Publica. La comisión fue conferida por el Juez de primera instancia en lo civil y comercial del 2do turno, Secretaria Nº 2, Circunscripción Judicial de Central Abg. Roberto Saldivar, al suscripto, conjuntamente con el juzgado a fin de dar apertura a la realización de los trabajos técnicos de mensura, tramitándose al expediente ante la secretaria a cargo de la Abg. Graciela Davalo Lezcano. Las operaciones técnicas se darán inicio en el vértice Noroeste y en el terreno se determinarán las coordenadas correspondientes. As/14/02/24. Lic. Odilon A. Valdez G. Reg. Prof. N° 118 – Cel. 0982 483314. 63341/16/02MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes pudieran tener interés y en especial a las partes linderas que el día lunes 04 de marzo del año 2024, a las 11:00 hs., daré inicio a las operaciones técnicas de mensura de la fracción presumiblemente fiscal, ubicada en el lugar denominado Aveiro, Distrito de Ita, departamento de Central, solicitado al INDERT por el señor RICARDO CORONEL, según expediente administrativo Nº 14744/2017. Según Informe adjunto al expediente los linderos son los siguientes; Al Norte con Derechos de Juana Coronel, parte de calle y Particulares, Al Este con Calle, Al Sur Derechos Particulares y al Oeste con Derechos de Rodolfo Ramón Molas. La comisión fue conferida por el Juez de primera instancia en lo civil y comercial del 2do turno, Secretaria Nº 2, Circunscripción Judicial de Central Abg. Roberto Saldivar, al suscripto, conjuntamente con el juzgado a fin de dar apertura a la realización de los trabajos técnicos de mensura, tramitándose al expediente ante la secretaria a cargo de la Abg. Graciela Davalo Lezcano. Las operaciones técnicas se darán inicio en el vértice Nor-Este cuya cordenada del Punto es: E: 0461273.00,

7181198.00. As/14/02/24. Lic. Odilon A. Valdez G. Reg. Prof. N° 118 – Cel. 0982 483-314. 63341/16/02-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUA GOBIERNO DEL PARAGUAY PARAGUÁI REKUÁI (11) Nro. Publicación: PY2023-2334052A (43) Asunción, 21 de Noviembre de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2023-2334052 (22) Fecha de Solicitud: 09/05/2023 10:03:31 (71) Solicitante: PI INDUSTRIES LTD. Domicilio Solicitante: Udaisagar Road, Udaipur - 313001, Rajasthan, India (72) Inventor: 1. Ashim Kumar Dutta 2. Vishwanath Gade 3. Hagalavadi M Venkatesha Domicilio Inventor: 1. Flat C-12, Hollyhock, Cosmos Lounge, Ghodbunder Road, Thane (W)- 400610, Maharastra, India 2. Flat No. 2504, J Wing, Rustimjee Azziano, Majiwada, Nasik Road, Thane West - 400601, Maharashtra, India 3. PI Industries Ltd. 5th Floor, Vipul Square, B Block, Sushant Lok, Phase - 1, Gurugram-122009, Haryana India (54) Título: COMPOSICIÓN DE TOLFENPIRAD Y ETIÓN (74) Agente: Elba Rosa Britez De Ortiz – 109 (30) Prioridad/es: 202211026723 09/05/2022- IN (51) Int. Cl 8: A 61K 9/00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (120/23). La presente invención desvela una composición de tolfenpirad y etión y un método para controlar plagas no deseadas, tales como insectos, ácaros y/o nematos, y hongos fitopatógenos no deseados, para una planta, que incluye el tratamiento de plantas/ partes de la planta y una región alrededor de la planta. Farm. Berta Segovia Directora Interina Dirección de patentes. 63140/14/02PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL REPUBLICA DEL PARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY20222273205A (43) Asunción, 28 de Abril de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE la SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 20222273205 (22) Fecha de Solicitud: 24/08/2022 11:12:08 (71) Solicitante: ADAMA AUSTRALIA PTY LIMITED Domicilio Solicitante: Level 1, Building B, 207 Pacific Highway, St Leonards, New South Wales 2065, Australia (72) Inventor: l. Andrew Horsfield 2. Peter


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Vaughan Domicilio Inventor: 1. Level 1, Building B, 207 Pacific Highway, St Leonards, New South Wales 2065, Australia 2. Unit 2, 36 Cessna Drive Caboolture, Queensland, Australia (54) Título: Formulaciones de alta carga de Metalaxil-M (74) Agente: Wilfrido Fernández De Brix - 25 (30) Prioridad/es: AU 2021221736 -25/08/2021AU (51) lnt. CI 8: A 01N 25/02(2006.01), A 01N 37 /46(2006.01), A 01P 13/00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (229/22). La invención proporciona una formulación líquida estable, soluble y de alta carga de metalaxil-m, con una carga de metalaxil-m de más de 480 g ia/L, un solvente y un tensioactivo. La formulación permite combinaciones con asociados de mezcla de tanque que aumentan las opciones en comparación con el arte previo. Farm. Berta Segovia Directora Interina Direcciòn de Patentes. 63232/14/02-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL REPUBLICA DEL PARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY20222292062A (43) Asunción, 20 de Junio de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 20222292062 (22) Fecha de Solicitud: 21/10/2022 12:23:28 (71) Solicitante: ESSENTRA FILTER PRODUCTS DEVELOPMENT CO. PTE. LTD Domicilio Solicitante: 36 Robinson Road, 17-01/06, City House, Singapore, 068877, Singapur (72) Inventor: 1. Rosi Ana Qolbi 2. Ian Anindya 3. Giyanto 4. Sulistyo Widodo 5. Sudirman Widiarto Domicilio Inventor: 1. C/o Essentra, JI. Berbek lndustri l 16-20, Sidoarjo 61256, Indonesia 2. C/o Essentra, Jl. Berbek lndustri I 16-20, Sidoarjo 61256, Indonesia 3. C/o Essentra, Jl. Berbek lndustri 1 16-20, Sidoarjo 61256, Indonesia 4. C/o Essentra, Jl. Berbek lndustri 1 16-20, Sidoarjo 61256, Indonesia 5. C/o Essentra, Jl. Berbek lndustri l.16-20, Sidoarjo 61256, Indonesia (54) Título: TUBO DE PAPEL (74) Agente: Wilfrido Fernández De Brix - 25 (30) Prioridad/ es: GB 2115251.7 – 22/10/2021-GB (51) lnt. CI 8: A 24D 1/04(2006.01), A 24D 3/04(2006.01) En cumpli-

miento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (300/22). La presente invención proporciona una boquilla o elemento filtrante (por ejemplo, para un artículo para fumar como un cigarrillo, un producto para calentar tabaco, un producto HNB) que comprende un tubo hueco de papel que se extiende longitudinalmente (por ejemplo, sustancialmente cilíndrico); una capa de relleno que comprende material filtrante de papel y/u otro material filtrante biodegradable acoplado alrededor de toda la longitud del tubo hueco (por ejemplo, longitudinal) y una envoltura (por ejemplo, una envoltura del filtro) colocada alrededor de la capa de relleno a lo largo de toda la longitud (por ejemplo, longitudinal) de la capa de relleno, en la que el tubo hueco, la capa de relleno y la envoltura tienen la misma longitud. Farm. Berta Segovia Directora Interina Direccion de Patentes. 63236/14/02-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY2016-1642695 (43) Asunción, 30 de Noviembre de 2023.- Orden de Publicación de CONCESIÓN de Patente de Invención (12) DATOS DE LA PATENTE (21)N° de Solicitud: 2016-1642695 (22) Fecha de Solicitud: 07/07/2016 (71) Solicitante: IBIRCOM SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio Solicitante: De Herrera Avda. Dr. Luis Alberto 1248 Apto. 240 Montevideo, Uruguay (72) Inventor: 1. Iñaki José Garín Rotondaro 2. Oscar Miguel Gnädinger Domicilio Inventor: 1. Alberto Escocer 48, piso 11 “D”, 28016 Madrid, España 2. Zufriategui 2699, Vicente López, Argentina (54) Titulo: MÉTODO Y APARATO PARA TRANSFORMAR RESIDUOS URBANOS SÓLIDOS ORGÁNICOS E INORGÁNICOS EN ÁRIDOS. (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer- 6 (30) Prio-

ridad/es: PCT/ ES2015/07055217/07/2015-ES (51) Int. Cl 8: B 03B 9/0 6(200 6.01), B 09B 3/00(2006.01), C 04B 18/30(2006.01) Registro Nº: 4508 En Fecha: 28/11/2023 Vencimiento: 07/07/2036 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de la Ley Patentes de Invenciones Nº 1630/2000, el Decreto Reglamentario, y conforme al dictamen favorable de la Asesoría Técnica, publíquese por el término de la Ley, la concesión de la presente patente de INVENCIÓN y su resumen. (57) Resumen: (148/16). Método y aparato (100) para transformar residuos urbanos sólidos orgánicos e inorgánicos en áridos, que comprende una máquina extrusora conectada a un reactor. La máquina extrusora está conformada por un cilindro de extrusión (103) por el cual circula un pistón (104) dentro de la cavidad de extrusión (106), que comprende tres secciones (107, 110, 111) y es alimentada con una argamasa obtenida tras un pre-procesado de los residuos. El extremo (115) de la tercera sección (111) está conectado al reactor (112) mediante de una abertura (114). El eje longitudinal del reactor está conformado por un eje giratorio de acero (116) en el que están dispuestas unas aspas de acero (108) cuyos extremos al girar cumplen funciones de corte, martillado, sacabocados y de hélice hidráulica. Entre el extremo de las aspas y la pared del reactor hay una luz mayor de 0,1 mm de espesor. El reactor posee una válvula de descarga (300) para descargar la argamasa presente en la zona límite a través de unas aberturas (304), una vez que ha sido procesada mediante una serie de ciclos de presión, energía de vibración y descompresión. (Fig. 1). Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 63327/18/02PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY2015-1563495 (43) Asunción, 27 de diciembre de 2023.- Orden de Publicación de CONCESIÓN de Patente de Invención (12) DATOS DE LA PATENTE (21)N° de Solicitud: 2015-1563495 (22) Fecha de Solicitud: 16/10/2015 (71) Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC Domicilio Solicitante: 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. (72) Inventor: 1. James A. Baum 2. Crystal L Dart 3. Jay P. Morgenstern 4. Sara A. Salvador 5. Victor M. Guzov 6. Arlene R. Howe 7. James K. Roberts 8. Jinling Wang 9. Leigh H. English 10. Thomas A. Cerruti 11. Xiaoran Fu Domicilio Inventor: 1. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 2. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 3. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 4. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 5. 800 N.

Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 6. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 7. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 8. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 9. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 10. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. 11. 800 N. Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO 63167, U.S.A. (54) Titulo: Proteínas quiméricas insecticidas novedades tóxicas o inhibidoras de plagas de lepidópteros (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer- 6 (30) Prioridad/es: 62/064,989-16/10/214-US (51) Int. Cl 8: C07K14/325; C12N15/82 Registro Nº: 4510 En Fecha: 26/12/2023 Vencimiento: 16/10/2035 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de la Ley Patentes de Invenciones Nº 1630/2000, el Decreto Reglamentario, y conforme al dictamen favorable de la Asesoría Técnica, publíquese por el término de la Ley, la concesión de la presente patente de INVENCIÓN y su resumen. (57) Resumen: (271/15). La invención se refiere a proteínas quiméricas insecticidas, denominadas TIC867 y TIC1100, que presenta actividad inhibidora de lepidópteros. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 63327/18/02PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2021-2152051A (43)Asunción, 17 de Marzo de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2021-2152051 (22)Fecha de Solicitud: 25/06/2021 13:18:53 (71)Solicitante: BAYER AKTIENGESELLSCHAFT Domicilio Solicitante: Kaiser-Wilhelm-Alle 1, Leverkusen (51373), Alemania (72)INVENTOR: 1. Krause, Jens 2. Egger, Holger Domicilio Inventor: 1. Max-ErnstStr. 7, 51375 Leverkusen, Alemania 2. Takustraße 41a, 50825 Köln, Alemania (54)Título: Concentrados de suspensiones de cápsulas acuosas que comprenden grupos éster biodegradables (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer-6 (30)Prioridad/es: 20182559.3-26/06/2020-EP (51) Int. Cl 8: A 01N 25/28(2006.01), B 01J 13/14(2006.01), C 08G 18/10(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (203/21). La presente invención se refiere a concentrados de suspensiones de cápsulas acuosas a base de un material de cubierta de poliurea que contiene el producto de reacción de un prepolímero de poliisocianato poliés-

ter-poliol terminado en NCO con una poliamina con menos de 3 grupos amino reactivos frente a grupos NCO y un núcleo hidrófobo encapsulado que contiene un ingrediente, por ejemplo, un ingrediente activo, en particular un ingrediente agroquímico, la producción de los mismos y al uso de los mismos como una formulación, en particular una formulación agroquímica, para obtener una mejor biodegradabilidad. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. 63329/18/02-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de "HILARIO ESPINOLA Y ALEJANDRA LOPEZ VDA. DE ESPINOLA. CORONEL OVIEDO, 26 de diciembre de 2023. Ante mí: CRISTELL A. PORTILLO ARIAS. Secretaría Nª 2. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 62997/15/02SUCESIÓN. La Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de HUGO MARTINEZ CARDENAS Y/O HUGO MARTINEZ s/ Sucesión Intestada”. Exp. N° 10, año 2024, tramitado por ante la secretaria N° 6, a cargo del Actuario Judicial, Abg. Marcelo Iván Benítez Colman. Ciudad del Este, 5 de Febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. 62977/15/02SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, a cargo del Abogado Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de RENE GREGORIO MUSSI PEREIRA. El expediente sucesorio se tramita ante la Secretaria N° 9 de este mismo Juzgado a cargo del Actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Secretario. Asunción, 2 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido,

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deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 63007/15/02SUCESION. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría Nº 20, Abg. Rocío González Morel, cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la sucesión de la señora MARIA DE LAS NIEVES FILOMENA SITJAR DE RAMIREZ. Fdo. Abg. Tobias Redekop Harder. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. Asunción, 27 de octubre de 2023. 63018/15/02SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL DÉCIMO TURNO DE LA CAPITAL ABG. ROCIO GONZALEZ MOREL SRIA. 19, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a herederos y Acreedores de la sucesión de FIDENCIO ALMADA NOGUERA Y PETRONA MIRANDA VDA DE ALMADA. ASUNCION, 1 de febrero de 2024. 63033/16/02SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. SANDRO ISMAEL VERA ORTIZ, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de ARSENIO PAREDES REYES, que radica en la Secretaría N.º 06 a cargo del Actuario Judicial Abg. FREDY FERNANDO MOLINAS DESVARS. Pedro Juan Caballero, 29 de abril de 2022. 63047/16/02SUCESION. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Abog Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RICARDO JULIAN VAZQUEZ PAREDES. La sucesión se tramita ante la Secretaría No. 9 a cargo del Actuario Judicial Heriberto Lezcano M. ASUNCION, 5 de febrero de 2024. 63051/16/02SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, cita y emplaza por sesenta días a Herederos y Acreedores de la SUCESIÓN de la señora DORIS AZU-


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JUDICIAL.

CENA ANTONIA LEZCANO GAVILAN Y/O DORIS AZUCENA ANTONIA LEZCANO DE VERA, de referencia radica en la secretaria N° 3 a cargo del Abg. ALVARO BUENO MARTINEZ. (ACTUARIO JUDICIAL). Se hace saber al destinatario del presente edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. FERNANDO DE LA MORA, 29 de diciembre de 2023. 63052/16/02-

SUSANA CASTILLO DE NUÑEZ Villa Elisa, 6 de febrero de 2024, Abog Veronica Benitez Cortaza, Actuaria Judicial. 63088/17/02-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapeguá. Abog. MARÍA MARCELA DÍAZ MEDINA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FELICIANO ALCARAZ VELAZTIQUI. - Carapeguá, 15 de diciembre de 2023.- Actuario Judicial Abog. Lucio Ramón Rodríguez L. Circunscripción Judicial de Paraguarí. 63058/16/02-

SUCESION. La Actuaria del Juzgado de Paz, de la Ciudad de Los Cedrales, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, quien suscribe y haciendo uso de las facultades conferidas por la Acordada No. 4992/13, cita y emplaza, por el término de sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de Manuel Lopes De Oliveira, para que se presenten ante la secretaría del Juzgado a cargo Mary Esterla Morinigo, si así creyeren a sus derechos. Los Cedrales, 02 de febrero de 2024. Abog. Zully Chávez de Cano, Jueza, Mary Estela Morinigo de Carballo (Actuaria.) 63073/17/02-

SUCESION. La Jueza de Paz de la ciudad de San José Obrero, Dpto. de Cordillera, Abg. María Laura Bogado Escobar, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a herederos y acreedores de la sucesión del extinto JORGE EDUARDO CASAL. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. San José Obrero, 25 de enero de 2024. Abg. Otilia Loisana Fernández Franco. Actuaria Judicial. 63096/17/02SUCESION. LA JUEZA DEL JUZGADO DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL Y DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA DEL MBUTUY, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE CAAGUAZÚ, ABOGADA LIZZA DANELIA SUBELDIA PIRAGGINI, en los autos caratulados: "EPIFANIO MARTINEZ GODOY S/ SUCESIÓN, AÑO: 2.023.- N° 11.- FOLIO 02." Cita y Emplaza, por el término de 10 (Diez) dias a herederos y acreedores de la Sucesión de: "EPIFANIO MARTINEZ GODOY", para que en el plazo de 60 (Sesenta) dias, contados desde la primera publicación, concurran a ejercer sus derechos. El Juicio radica en la Secretaria Nº 1 a cargo del Abogado RAMON CAÑETE CONTRERAS. Santa Rosa del Mbutny, 14 de agosto de 2.023. 63094/17/02SUCESION. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Juzgado de Villa Elisa Del Único Turno de la Circunscripción Judicial de Central Abog. Martha Benitez Alderete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MAXIMO NUÑEZ Y

SUCESION. LA JUEZ DE PAZ MULTIFUERO DE JOSE TROCHE, DE LA CIRCUNSRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA ABOG. DORA BENITEZ DE CUEVAS CITA Y EMPLAZA POR EL TERMINO DE LEY A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS AL PRESENTE SUCESION CARATULADO "SANTIAGO BOGADO FECHA S/ SUCESION "EN EL DIARIO LA NACION, MAURICIO JOSE TROCHE, O5 DE FEBRERO DEL 2024 ABOG. Mirna A. Torres Actuaria. 63085/17/02-

SUCESION. La Juez de Paz en lo civil y comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias, Abg. Ignacia Mabel Escobar, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de WALDEMAR EBERTZ s/ Sucesión Intestada”. Exp. N°543, Año 2023”, para que se presenten ante la secretaria del Juzgado a cargo de la Abg. Dulce María Zorrilla Salinas, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias Juzgado de Paz, 2 de febrero de 2024. 63125/18/02SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Caazapá, Abg. Selma Isabel Bogado de Goiriz, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de JULIA IGNACIA RUIZ VDA. DE RAMÍREZ Y CARLOS ALBERTO RAMIREZ FERNANDEZ. El juicio radica en la secretaria Nº 02, a mi cargo, Abog. Hugo Adan Alberto Davalos Aponte (Actuario). Exp. N° 03, Año: 2024. Caazapá, 7 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de esta orden de publicación que él mismo cuenta con el Código QR, por el cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR. Motivo que hace innecesaria la autenticación manual del Actuario Judicial conforme las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la C.S.J. 63121/18/02SUCESION. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y

Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abg. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCO BENITEZ. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. LUISA HAUDENSCHILD, Actuaria Judicial. San Pedro de Ycuamandyyu, 5 de febrero de 2024. 63142/18/02SUCESION. El Juez de Paz en lo Civil del Distrito de José Domingo Ocampos Dr. Gustavo A. Estigarribia cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de: GLENDA IRMA GIMENEZ ZACARIAS s/ sucesión. 8 de febrero de 2024 Abog. Pedro Genes actuario judicial. 63147/18/02SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magali Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GUILLERMINA MORA DE SANABRIA. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Edgar Adrián Jara Mendoza, Actuario Judicial. Asunción, 17 de febrero de 2024. 63149/18/02SUCESION. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL DISTRITO DE NUEVA GERMANIA, ABG, GRACIELA STERN PERALTA, cita y emplaza por el término de 60 dias a Herederos y Acreedores de la Sucesión de "CIPRIANO CARDENA" El juicio radica en la secretaria a mi cargo Nueva Germania, 27 de septiembre del año 2023. Maria Concepción Arce de Pereira secretaria. 63161/18/02SUCESION. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL DISTRITO DE NUEVA GERMANIA, ABG. GRACIELA STERN PERALTA, cita y emplaza por el término de 60 dias a Herederos y Acreedores de la Sucesión de "JUAN JOSE CARDENAS CANDIA" El juicio radica en la secretaria a mi cargo- Nueva Germania, 18 de diciembre del año 2023. Marcia Concepción Arce de Pereira secretaria. 63163/18/02SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de EULOGIA GARCIA GONZALEZ. Ciudad del Este, 7 de febrero de 2024, Abg. Sara Ojeda (Actuaria Judicial, Secretaría N° 10). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado

MIÉRCOLES 14 FEBRERO DE 2024

conforme Acordada 1366/201. 63167/18/02SUCESION. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría Nº 20, Abg. Rocío González Morel, cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la sucesión de la señora MARIA ANTONIETA BEATRIZ RIVAS TARDIVO. Fdo. Abg. Tobías Redekop Harder. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. Asunción, 2 de noviembre de 2023. 63170/18/02SUCESION. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de "MARIA RAMONA GALEANO RANONI y SILVIO CABAÑAS MARTINEZ, CORONEL OVIEDO, 6 de febrero de 2024. Ante mí: CRISTELL A. PORTILLO ARIAS. Secretaría Nº 2. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 63171/18/02SUCESION. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de SALOMON ACOSTA FRETEZ Y ESTEFANA ENCINA VDA. DE ACOSTA El juicio radica en la secretaria N° 2 a mi cargo Abg MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 8 de Febrero de 2024- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 63179/18/02SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, cita y emplaza

por sesenta días, contados desde la primera publicación, a herederos y acreedores de la Sucesión de: GERONIMO CARDOZO SOSA. El juicio radica en la Secretaría Nº 2, a mi cargo. Abg. Luisa Haudenschild. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 11 de agosto de 2023. 63302/22/02SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de URSULINA PASTORA VARGAS DE MOLINAS. CORONEL OVIEDO, 8 de febrero de 2024. Ante mí: WILSON F. SILVA. Actuario Judicial - Secretaría 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.63299/22/02SUCESION. La Juez de Paz del Tercer Turno de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná; con asiento en Ciudad del Este Abog. Vicenta Fariña, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAFAELA BRITEZ MONTIEL Secretaria: Abog. Hugo D. Martínez. Ciudad del Este Juzgado de Paz, 12 de febrero de 2024. Abog. Hugo David Martínez Bedoya (Actuario). 63273/22/02SUCESION. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL DISTRITO DE NUEVA GERMANIA, ABG. GRACIELA STERN PERALTA, cita y emplaza por el término de 60 dias a Herederos y Acreedores de la Sucesión de "GUILLERMO CARDENAS CANDIA" El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. Nueva Germania, 27 de septiembre del año 2023. Marcia Concepción Arce de Pereira Secretaria. 63312/22/02SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Lambaré, Dr. José Segundo Velázquez Alfonso, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de PEDRO SALINA FLORES s/Juicio Sucesorio. Lambaré, 12 de febrero de 2024. Abg. Hugo Molinas Duré, Actuario Judicial. 63323/22/02SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del 2do. Turno, Abog. Laura Centurión Ayala, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ABRAHAN ARCE Y CARMEN MEDINA VDA DE ARCE. Coronel Oviedo, 12 de febrero de 2024. Abog. Lizzie Caballero Venialvos, Actuaria Judicial. 63372/23/02-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno sec. 1 Sede de la Ciudad de Juan León Mallorquín de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Gloria Liz González Valdez, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de CIPRIANA ROMERO DE FARIAS. El juicio de referencia, radica en la secretaria N°1, a cargo del Actuario Judicial Abg. Adolfo Patiño. Se hace saber al destinatario del presente edicto, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020, de la Corte Suprema de Justicia. Doctor Juan León Mallorquín, 22 de noviembre de 2023. 63365/23/02SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCO SOLANO VA LL E J O S COLINA. Ciudad del Este, 8 de febrero de 2024, Abg. Sara Ojeda (Actuaria Judicial, Secretaría N° 10). hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Cwwódigo QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme acordada 1366/201. 63348/23/02SUCESIÓN. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL, DEL DISTRITO DE LA CATEDRAL, SEGUNDO TURNO, ABG. NATHALIA GUADALUPE GARCETE AQUINO, por providencia de fecha de 06 de noviembre 2023, dictada en los autos caratulados: OSCAR WILLIAN MARECO SAMUDIO S/SUCESIÓN INTESTADA , Secretaría Nº 3, Año 2023; Expte. Nº 2856; Folio 064; cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, contados desde la primera publicación, a los herederos y acreedores del señor OSCAR WILLIAN MARECO SAMUDIO a presentar los derechos que pudieran tener en esta sucesión. Firmado: NATHALIA GUADALUPE GARCETE AQUINO, JUEZA. ANTE MÍ: OLIVIA MOSQUEDA, ACTUARIA JUDICIAL. As. 06 de noviembre de 2023. 63376/23/02-


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