CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abog Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “YENNI ELIZABETH VILLAGRA RODRIGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” ha dictado el A.I. N° 397, de fecha 21 de junio de 2024, en la cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 28 de junio de 2024. 75815/30/09-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abogado Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “TERESA BEATRIZ ORTIZ RAMIREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES – EXP. N° 21 – AÑO 2024 – SRIA N° 1” ha dictado el A.I. N° 163, de fecha 10 de abril de 2024, en lo cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria 01 de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 16 de setiembre de 2024. 75841/30/09CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abogado Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “ZULMA ESTHER SAMUDIO GAUTO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES – EXP. N° 17 – AÑO 2024 – SRIA N° 1” ha dictado el A.I. N° 166, de fecha 10 de abril de 2024, en lo cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria 01 de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 17 de setiembre de 2024. 75822/30/09-
CONVOCATORIA DE
ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CHRISTIAN RAMON GALEANO FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 488 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. CHRISTIAN RAMON GALEANO FERREIRA y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario. 2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. CHRISTIAN RAMON GALEANO FERREIRA con Cédula de Identidad N° 2.480.967.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. - 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Síndico del 2do. Turno Abog. Julio Cesar Agüero Colarte, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art.
66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia...”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75894/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “BLAS NESTOR MARTINEZ MONTANIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 498 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. BLAS NESTOR MARTINEZ MONTANIA y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.- 2.-ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. BLAS NESTOR MARTINEZ MONTANIA con Cédula de Identidad N° 1.722.351.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. -8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los
correspondientes oficios.10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75895/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CARLOS ALCIDES ORTIZ DELGADILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 486 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor CARLOS ALCIDES ORTIZ DELGADILLO con Cédula de Identidad N° 1.001.467. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público.
8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y a la institución que corresponda, en la forma y a los efectos solicitados.
10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará por en formato electrónico. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75896/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CARLOS ALBERTO BENEGAS PRIETO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 502 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. CARLOS ALBERTO BENEGAS PRIETO y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.- 2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. CARLOS ALBERTO BENEGAS PRIETO con Cédula de Identidad N° 4.822.528.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.- 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio
del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia…”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 25 de Setiembre de 2024. 75897/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CRISTIAN DAVID GONZALEZ ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 495 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor CRISTIAN DAVID GONZALEZ ORTIZ, con Cédula de Identidad N° 3.753.190. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de des-
2 JUDICIAL .
cuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público.
8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.
9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento, al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación y al Ministerio de Educación y Ciencias en la forma y a los efectos solicitados.
10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75899/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “DEMETRIO SANCHEZ RODRIGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 490 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor DEMETRIO SANCHEZ RODRIGUEZ con Cédula de Identidad N° 4.364.965. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convoca-
tario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75900/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “GRACIELA GONZALEZ VALDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 506 del 24 de setiembre 2024, que copiada en su parte resolu-
tiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora GRACIELA GONZALEZ VALDEZ con Cédula de Identidad N° 2.973.277. 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIAS en la forma y a los efectos solicitados. 10.DESIGNAR al Agente Síndico del 2° turno Abg. Julio Cesar Agüero C., a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará por cedula en formato electrónico. 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75902/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA),
Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “EDGAR DIOSNEL AGÜERO PAREDES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 494 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor EDGAR DIOSNEL AGÜERO PAREDES, con Cédula de Identidad N° 5.269.539. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado.
VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75903/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “IGNACIO RAMON PORTILLO GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 500 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. IGNACIO RAMON PORTILLO
GALEANO y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. IGNACIO RAMON PORTILLO
GALEANO con Cédula de Identidad N° 4.446.955.- 3.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.- 5.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. -8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los
efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75906/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “ISMAEL GONZALEZ RIOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 497 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor ISMAEL GONZALEZ RIOS con Cédula de Identidad N° 5.370.159. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al
BANCO NACIONAL DE FOMENTO y al COMANDO DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El cual se notificará por cedula en formato electrónica. 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75908/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “MARIAN ROCIO BURGOS DE SALDIVAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 489 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MARIAN ROCIO BURGOS DE SALDIVAR con Cédula de Identidad N° 3.229.014.- 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR
toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.- LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL en la forma y a los efectos solicitados. 10.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El cual se notificará por cedula en formato electrónico. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75910/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “JOSIAS ENRIQUE MARTIN FLORENCIAÑEZ ESCOBAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 499 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. JOSIAS ENRIQUE MARTIN FLORENCIAÑEZ ESCOBAR y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.- 2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. JOSIAS ENRIQUE MARTIN FLORENCIAÑEZ ESCOBAR con Cédula de Identidad N° 5.024.406.- 3.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.- 5.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos,
haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. - 8.- DAR intervención al Ministerio Público. -9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75911/01/10-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “MARIANA GALEANO ESCOBAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 503 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MARIANA GALEANO ESCOBAR con Cédula de Identidad N° 5.672.068. 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la con-
vocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público. 8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y COMANDANCIA DE LA POLICIA NACIONAL en la forma y a los efectos solicitados. 10. DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente, el cual se notificará por cedula en formato electrónico. - 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 25 de Setiembre de 2024. 75913/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “RICARDO VARGAS ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 487 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolu-
tiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada a RICARDO VARGAS ORTIZ y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por la Actuario. - 2.- ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora RICARDO VARGAS ORTIZ con Cédula de Identidad N° 1.302.377.3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 5.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. - 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Síndico del 2do. Turno Abog. Julio Cesar Agüero Colarte, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cedula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. “LA NACION”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75914/01/10-
CONVOCATORIA DE
ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “VANESSA
MARIA ANTONELA RIVAROLA GUERRERO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 485 del 23 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.- ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora VANESSA MARIA ANTONELA RIVAROLA GUERRERO con Cédula de Identidad N° 3.439.966. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Síndico del Segundo Turno Abg. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará por cedula en formato electrónico. - 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. -. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 25 de Setiembre de 2024. 75915/01/10-
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AUMENTO DE CAPITAL. Por Esc. N°127 del 27/08/24, ante el N.P. Abraao J. Silva M., se modificó el Contrato Social de DESTRO MACRO S.R.L., donde se aumentó el Capital Social hasta la suma de Gs. 52.500.000.000, se halla inscripta en la D.G.R.P., Sec. Per.Jur. y Comer., Matricula Jur. N° 35625, Serie Comercial, www bajo N° 04, folio 26 y sgts, en fecha 05/09/24. -75734/27/07.-
AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACION PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES QUE SE FORMALIZA. Por Esc. Pub. Nº 111 de fecha 21/05/2024, autorizada por la Esc. Pub. Zully M. Schmidke G., se procedió al Aumento de Capital y Modificación Parcial de Estatutos Sociales de la firma MOVEL MAX SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de la que se tomó razón en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica Nº 4339, Serie: Comercial, inscripto bajo el Nº 04, folio 37 y sigs., en fecha 14/08/2024. Dictamen D.R.F.S.: 106415 de fecha 06/08/2024. Representante Legal: Jonas Nicolau Meinerz Frohlich. Domicilio Legal: Ciudad de Santa Rita, Departamento de Alto Paraná, República del Paraguay. -75923/29/09.-
CONSTITUCIÓN DE SOCIE-
DAD. Por Esc. Pob. N° 1.127 de fecha 18/06/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. de los Registros Publicos en fecha 09/09/2024. Reg. De Personas Juridicas y de Comercio, Matricula N 2.140, bajo el N 01, Folio 01 y sgtes. SERIE "SUACE", se constituyó la firma "TRINOVA S.A. - Duración: 99 años. - Socios: Enarique Valenzuela, Marcel Burgos y Numa Sanchez.Presidente Enrique Valenzuela, Vice Presidente Marcel Burgos. Director Titular: Numa Sanchez - Capital Gs.5.000.000.000 -Objeto: Inversiones inmobiliarias, fincieras y de capital, contrato, gestión de negocios, marcas, patentes, etc. Y demás actividades de licito comercio. -76856/28/09.-
CONSTITUCIÓN DE SOCIE-
DAD. Por Esc. Púb. N° 1.642 de fecha 28/08/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos en fecha 18/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula Nº 44.479, bajo el N° 01, folio 01-14. Serie “COMERCIAL”, se constituyó la firma “HR DESARROLLOS
S.A”. -Duración: 99 años. -Socios: Julio Hernandez y Andrea Ramirez.
–Presidente: Julio Hernandez. Vicepresidente: Andrea Ramirez. Síndico titular: Carlos De Leon Cooseman. -Capital: Gs.20.000.000. -Objeto: Realización de todo tipo de proyectos arquitectónicos, ingeniería, construcciones urbanas, rurales, construcciones en general, etc. -75856 3/29/09.-
CONSTITUCIÓN DE “EMPRENDIMIENTOS 3 HERMANOS” SOCIEDAD ANONIMA. Por escritura pública Nº 66, de fecha 25/06/2021, autorizada ante la Escribana Pública GLADYS LOURDES VILLALBA DE CORONEL, se constituyó la firma “EMPRENDIMIENTOS 3 HERMANOS” SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Villa Elisa, duración: 99 años. Objeto principal: La Sociedad tendrá por objeto principal la venta e importación de materiales eléctricos, ferretería, productos de iluminación, telefonía, sanitarios, electrónica, telecomunicaciones, construcciones civiles, metalúrgicas, hidráulicas, montaje en obras. PRESIDENTE: OSMAR MARTIN BARQUINERO LOMBARDI. DIRECTOR TITULAR: LEIDY CHRISTIAN DAVID BARQUINERO LOMBARDI. - Inscripta en el Registro Público de Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Nº 35658, Serie: Comercial, bajo el Nº 1, Folio 1-15, entrada
Nº: 11279924 en fecha 10/08/2021; e inscripta en el Registro Público, Matrícula de Comerciante, bajo el Nº 653, folio 653, providencia de fecha 25/06/2021 y fecha de expedición el 02/09/2021.75881/29/09.-
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LN SERVICE S.A. Por escritura pública Nº 180 de fecha 16/05/2024, autorizada por la N.P. Fátima Diana Acosta Almada., se constituyó la firma “LN SERVICE” SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: VILLA ELISA Ciudad de VILLA ELISA República del Paraguay. Duración: 99 años. Objeto: dedicarse por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros dentro y fuera del país a la elaboración, fabricación, venta y transporte de todo tipo de materiales de construcción y sus derivados. Capital suscripto e integrado: Gs. 50.000.000; Socio – Gerente: Norma Adriana Notari Bogado; Socio Gerente: Luis Leandro Leguizamón Meza; Socio – Gerente Aníbal Orrego Alcaraz. Inscripción: a) Secciones Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 1 y al folio Nº 1/14 serie: Comercial en fecha 07/06/2024 y b) Registro Público de Comercio, Registro de Contratos, bajo el Nº 8504 serie Comercial folio 8504, en fecha 07/06/2024.-75924/29/09.-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty Abog. Mario Cesar Miranda Gutiérrez, en los autos; "CARMEN ROSA MERELES NUÑEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES", ha dictado el A.I. N.º 412 de fecha 21 de junio de 2024, en lo cual ordena la publicación por 5 (cinco) veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta Convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la Secretaría 01 de la Actuaria, Abogada Carolina González. YUTY, 26 de Agosto de 2024.- Abg. Carolina González, Actuaria Judicial. Circunscripción Judicial de Caazapá. -75663/28/09.-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty Abog Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: "MIGUEL ANGEL AMARILLA PAIVA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES", ha dictado el A.I. N° 408 de fecha 21 de junio de 2024, en la cual ordena la publicación por cinco (5) veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta Con-
vocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 dias presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la Secretaría 01 de la Actuaria. Abg. Carolina González. YUTY, 25 de Setiembre de 2024. Abg. Carolina González Actuaria Judicial Circunscripción Judicial de Caazapá.-75877/01/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Abogado Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JUAN CARLOS SOSA FRANCO Y RUTH CLOTILDE ZARZA DE SOSA para que en el termino de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del C.Civil. El juicio radica en la Secretaria a cargo del actuario Heriberto Lezcano M. ASUNCION, 11 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este docu-
mento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.Firmado digitalmente por: Heriberto Regino Lezcano Martínez (Actuario). -75303/27/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, Departamento del Amambay, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ISABELINO CRISTALDO E ISABEL ALARCON ECHEVERRIA, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA
G.PEDRO JUAN CABALLERO, 20 de febrero de 2024.75308/27/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos PEDRO GODOY MACIEL Y NOELIA SOLEDAD GUERREÑO VERA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 15 de Noviembre de 2023.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75308/27/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNS-
CRIPCIÓN JUDICIAL DE PEDRO
JUAN CABALLERO, Departamento del Amambay, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos la MARIO OCTAVIO ESQUIVEL ESCOBAR Y ELVA MEZA ROA, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA G. PEDRO JUAN CABALLERO, 4 de setiembre de 2024. -75305/27/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral interina del Cuarto Turno de la ciudad de Caaguazú, Abog. LAURA GONZALEZ, cita y emplaza por 15 veces a los que tengan interés en reclamar Derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ALICE BEATRIZ PEÑA COLMAN Y CESAR LUIS VILLAR FERREIRA para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en
el Art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica ante la Secretaría N° 07 a mi cargo. Abog. EVER MARTINEZ, Actuario Judicial de Caaguazu. Caaguazu, 10 de Setiembre de 2024. -75305/27/09.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ISIDRO IGNACIO BENITEZ Y SAMY ISABEL ARANDA DÍAZ, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. González G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 20 de Abril de 2022.-75312/27/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELADIO GOMEZ Y REINERIA ARAUJO VERA para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 16 de Setiembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. -75421/01/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Paraguarí, Dra. Sady Carolina Barreto Torres, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar a derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROSANNA NOEMI ARGÜELLO Y SERGIO LEONEL DIAZ para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de
los dispuestos en el Art.55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. PARAGUARI, 13 de Setiembre de 2024. Abg. Denise Raquel Galeano. Actuaria Judicial. -75431/01/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Paraguarí, Sria. Nº 3, Dra. LIDUVINA OTAZU DE MERELES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “MARTIN ROBERTO MARECOS MARTINEZ Y DELIA JAZMIN QUINTANA GONZALEZ” para que en términos de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 reforma parcial del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Abg. HADY GIMENEZ PEREZ. (ACTUARIA JUDICIAL). -75431/01/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: MONICA BEATRIZ MARIN DE AQUINO E HIGINIO AQUINO VERA, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria N° 02 mi cargo Abg. Hugo Servin, Actuario Judicial. Conste.Curuguaty, 20 de Agosto de 2024. -75390/01/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Noveno Turno, Abg. Mafalda María Cameron Luque, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ALDO NADHIN COLMAN CANER Y RUTH YANINE ARIAS MARTINEZ, para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del Edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en Secretaria a mi cargo.Ante mí: Marcelo Rocholl. Actuario Judicial Secretaria N° 17. Asuncion, 13 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código
QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-75472/02/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Katueté, Circunscripcion Judicial de Canindeyu, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO:LIZ MARLENE NUÑEZ DE BALESTRO C/ CLODOALDO BALESTRO YUBERT S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, EXPEDIENTE Nº 131/2024, que radica en la secretaria Nº 02, a cargo del Actuario Judicial interino Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- Katuete, 9 de setiembre de 2024.-75483/02/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, sede Maria Auxiliadora; Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DEMETRIO MENDOZA AGUIRRE y SARA EMILIA ACOSTA MEZA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 17 de Setiembre de 2024 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75502/02/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, Abg. Gloria Liz González, cita y emplaza por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos "JHONY JAVIER DOMÍNGUEZ AGUILERA Y LUZ CRISTINA LEÓN DIARTE S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL"
152-Año: 2024" para que, en el término de treinta días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio de referencia radica en la secretaría N°1, a cargo del Actuario Judicial Abg. Orlando David Trinidad. Se hace saber al destinatario del presente edicto, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020, de la Corte Suprema de Justicia. Doctor Juan León Mallorquín, 12 de Setiembre de 2024. -75504 /03/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL.
Curuguaty, 17 de setiembre de 2024.- La Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Curuguaty, Abg. Sonia Medina, cita y emplaza por el término de Ley a los que tengan interés legítimo en reclamar derechos en contra la Sociedad conyugal conformada por los esposos MARIA CRISTINA
BOGADO GONZALEZ CON
C.I. 6.739.019 Y NELSON
VELAZQUEZ FLEITAS CON C.I. 5.522.992, para que en el perentorio termino de treinta días, contado desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 02, a cargo del Actuario Judicial Abg. Hugo Servin. -75528/03/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL.
CURUGUATY, 29 de Agosto de 2024 EL JUEZ PENAL ADOLESCENTE E INTERINO DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA DE CURUGUATY, ABG.VICTOR DARIO GODOY CHAMORRO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: LUIS CESAR RODRIGUEZ ACOSTA Y ADA LIZ MENDOZA BAEL Para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. SCHIRLEY PAOLA IRALA,Actuaria Judicial. Firmado Digitalmente c/ Código QR.-75552/04/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez De Primera Instancia En Lo Civil Y Comercial Del Tercer Turno De La Ciudad De San Lorenzo, Secretaria 6, MGS. FELIPE MERCADO NAVARRO, CITA Y EMPLAZA por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIA ALEJANDRA SANTANDER PAIVA Y MAURO ANTONIO SILVA CAÑETE. SAN LORENZO, 18 de Setiembre de 2024. ABG. HELEN SOLEDAD GALARZA MANN (ACTUARIA JUDICIAL). -75584/04/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA (Villarrica), Abg. Liza Alfonso, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad formada por los esposos CLAUDIA PATRICIA STOCKEL MARTINEZ Y MARCO ANTONIO MIRANDA MORA, para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo
apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo.-VILLARRICA, 29 de Agosto de 2024.-75575/04/10.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DANA CAMILA YERUTY CASTILLO ARRUA Y FERNANDO FLORENTÍN GIMÉNEZ, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. Gonzalez G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 20 de Septiembre de 2024.75626/05/10.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Cynthia Rossanna Pineda Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LUCAS DE PONTE RODRIGUES Y DEYSI CAROLINA NOTARIO LESME, para que, en término de 30 días contados desde la publica-
ción del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. (Actuaría Norma Bodencer). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 17 de Septiembre de 2024.75622/05/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil del Vigésimo Cuarto Turno, Doctora Magali Zavala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos XIMENA MARIA CRISTINA REBULL DE GOMEZ Y ALEJANDRO MARCELO GÓMEZ MOREYRA. Para que en termino de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Asunción, 16 de septiembre de 2024.75643/05/10.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANUNCIO RAMÓN CACERES Y NANCY ZORAIDA GAMARRA IRALA, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a dedu-
cir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a cargo. (Actuario Abog. Rodney E. González G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 20 de Setiembre de 2024.75668/08/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: EVARISTA GALLARDO DE ALFONSO Y VICTOR ALFONSO Para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Judicial. Abg. Schirley Paola Irala, Actuaria Judicial . Curuguaty, 19 de setiembre de 2024.-75681/08/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL.
Coronel Oviedo, 20 de Setiembre de 2024. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. Laura Beatriz Rojas Cañete, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos
LETICIA NATIVIDAD BAEZ
GOMEZ Y ISMAEL VARELA ENCINA, para que en el término
de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Wilson Silva, Actuario Judicial.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75697/08/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez Interino de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Cordillera, Dr. Justo Ramos Arrúa, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal formada por los esposos CLAUDECIR BENITEZ AVALOS Y MARISA ELENA ESCOBAR, para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a cargo de la Actuaria Abg. Sandra Elizabeth Busam Román. CAACUPE, 12 de Abril de 2024 Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1.335/2019 de la Corte Suprema de Justicia.-75691/08/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital Abg. Rocio González Morel, Sria. 19, cita y emplaza por
15 (quince) veces a los que tengan Interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DIANA ISABEL LOPEZ FRUTOS Y DIEGO
ORLANDO PEÑA TORRES. Para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento
de ley. El juicio radica en la secretaria a mi cargo Abg. Rebeca Espinola Rezano. Asuncion, 16 de setiembre de 2024. Firmado digitalmente c/ Código QR. -75741/09/10.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias de la Circunscripción judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza, cita y emplaza por 15(quince) días, a quienes tengan intereses a reclamar contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANDERSON ESPINOLA MARTINEZ Y DAHIANA MONSERRAT DELGADO IRALA, para que comparezcan en el término perentorio de 30 (treinta) días contados desde la última publicación del presente Edicto, a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Artículo 55 de la Ley 1/92 y en el Art. 614 del C.P.C. del Código Procesal Civil. El Juicio radica en la secretaría a cargo de la secretaría N° 02. Se hace saber al destinatario, para tener certeza que este documento es válido, el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá recurrir a la utilización del lector del mencionado Código, a fin de constatar su autenticidad.- Hernandarias, 19 de Marzo de 2024. -75737/09/09.
DISOLUCIÓN CONYU -
GAL. El Juez de Primera Instancia Civil y Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Dr Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por quince veces a los que tenga interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANTONIA GARICOCHE GONZALEZ C/ JUAN DARIO ORTIZ RIVAS S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, para que en el termino de 30 dias contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. 12 de septiembre del 2024, Abg Liliana Mereles Brizuela, Actuaria Judicial. -75773/10/10.-
la ley Nº 1/92. El juicio radica en la Secretaria Nº 9 a cargo del Actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Asuncion, 25 de setiembre de 2024.75825/10/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. Wilma Soledad Martinez Vargas y Bernardo Ferreira Diaz la Actuaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno, Secretaria N° 3 de Caacupé, Abg. Adriana Fernandez Echeverria, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos WILMA SOLEDAD MARTINEZ VARGAS Y BERNARDO FERREIRA DIAZ, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. Caacupe, 16 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. Firmado digitalmente c/ Código QR. -75819/10/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia de Naranjal, Abg. Aurora Lorena Berlt Kickbusch, de la sexta circunscripción Judicial, Alto Paraná, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: ARNALDO CHAVEZ BRIZUELA CON CÉDULA DE IDENTIDAD N° 819.444 Y SANDRA SILVINA ALBANO SCHERNETZKY para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría del Juzgado Civil y Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de Naranjal, a cargo del Actuario Gustavo Aguirre Duarte e interino en este momento por el Actuario Hugo Balmaceda, Naranjal, 25 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener cer75611/27/09.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, a cargo de Alfredo Barrios Jara, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interes en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los señores “AMALIA ESCOBAR DE MONGES Y GREGORIO MONGES” para que en el termino de treinta dias contados desde la publicacion del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de
teza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme la Acordada N° 1366/2019 y N° 1370/2020 de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. -75842/10/10.-
DISOLUCIÓN CONYU -
GAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, Sede Maria Auxiliadora; Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NOELIA
RAQUEL ROLON OJEDA Y OSVALDO PASCUAL
DOMINGUEZ RIVEROS, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 02 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 24 de Setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75883/11/10.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE MARTIN ALMADA Y NILDA ELISA MEZA ALCARAZ para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 23 de Setiembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. -75872/11/10.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SIERRA ALTA SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Escritura Pública N° 109 de fecha 6 de noviembre del año 2023, pasada por ante la Escribana Pública Rita Beatriz González Prantte, fue disuelta y liquidada la sociedad denominada SIERRA ALTA SOCIEDAD ANÓNIMA. La Escritura de Disolución se halla Inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, bajo el N° 3, folios 18 al 31, serie Comercial, de fecha 15 de noviembre de 2023, con matrícula jurídica N° 13380607.75858/28/09.-
USUCAPIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Paraguarí, Abog. Liduvina Otazu de Mereles, cita y emplaza por (15) quince veces, al señor Jacobo Cabañas Casco, para que comparezca por sí o por apoderado en el plazo de 30 días contados a partir de la primera publicación, a estar en el juicio que por USUCAPIÓN tiene promovida el señor NELSON EVER CÁCERES URDAPILLETA, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se le designará como representante a la Defensora de Pobres y Ausentes de Turno de la Ciudad de Paraguarí. El juicio radica en la Secretaría N° 3 a mi cargo. Paraguarí, 1 de Agosto de 2024. Hady Lorena Giménez Pérez, actuaria judicial.-75490/02/10.-
PRIVACIÓN DE EFICACIA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Lilian Rosmary González de Duarte, Secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Adela Benítez Ramos, en los autos caratulados: "FREDDY MANCUELLO CALONGE C/ BANCO DE FOMENTO S/ PRIVACION DE EFICACIA JURIDICA" ha dictado la S.D.N° 185 de fecha 2 de mayo de 2024, copiada en su parte resolutiva dice: "1) DECLARAR la privación de eficacia del Certificado de Depósito individualizado en el considerando del presente fallo y consignados en el A.I. N° 77 de fecha 27 de febrero de 2024. 2) DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario "LA NACION" de la capital por el término de cinco (5) días. 3) EJECUTORIADA que fuese la presente resolución, oficiar al Banco Nacional de Fomento de la ciudad de Coronel Oviedo, para la correspondiente toma de razón. 4)
AUTORIZAR el pago transcurrido treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. Si en la fecha de la publicación no estuviere vencido el título, el plazo para el pago corre desde la fecha del vencimiento. 5) ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia." Certificado de Depósito es en guaranies con SERIE FA Nº 0849 emitido por el BANCO NACIONAL DE FOMENTO sucursal Coronel Oviedo; correspondiente a la Cuenta N° 050098/7 con fecha de vencimiento, 25 de febrero de 2025, emitido a la orden de GREGORIA CALONGE CACERES y FREDDY MANCUELLO CALONGE.-Ante mí: ADELA BENITEZ RAMOS. Actuaria Judicial - Secretaría N° 1 CORONEL OVIEDO, 18 de Setiembre de 2024.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -75721/28/09.-
EDICTO DE DIVORCIO. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Liza Maria Alfonso Vera., cita y emplaza por quince veces, a fin de que el demandado HERNAN GONZALEZ, comparezca por sí o por apoderado ante el Juzgado a tomar intervención en estos autos que le sigue, expediente: ESTELA AYALA ORUE C/ HERNAN GONZALEZ S/ DIVORCIO A PETICIÓN DE UNA SÓLA DE LAS PARTES, bajo apercibimiento de que así no lo hiciere se le designara como representante legal al Defensor de Ausentes e Incapaces Mayores de Edad de Turno de esta Circunscripción Judicial. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Villarrica, 5 de setiembre de 2024. -75706/08/10.-
ANUNCIO DE ESCISIÓN. En cumplimiento de las disposiciones legales aplicables, FARMEDIS S.A. (“FARMEDIS”), anuncia que sus socios han decidido la escisión de parte del activo y patrimonio de esta a AQUITANIA S.A. (“AQUITANIA”), cuyos accionistas a su vez han aceptado la escisión, aclarándose que Farmedis persistirá en su existencia y continuidad, dado que no se liquidará ni disolverá. La escisión de Farmedis se realizará tomando como base el
balance especial de escisión al 30/06/2024 y los ajustes posteriores correspondientes. Detalles y aclaraciones sobre las bases de la escisión mencionada precedentemente y del balance especial de escisión, se encuentran a disposición de los acreedores en los domicilios sociales de Farmedis y Aquitania, sito en Itapúa 1119 esq. Av. Primer Presidente, para que puedan ejercer sus derechos y oposiciones conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. El escribano autorizante será Luis Enrique Peroni Giralt. FARMEDIS S.A. Y AQUITANIA S.A. -75712/03/10.-
USUCAPIÓN. La Jueza en lo Civil, Comercial y Laboral, de Salto del Guaira, de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, Abg. Silvia Cuevas Ovelar, secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaría Judicial Ilda Ines Caceres, en los autos caratulados: “CLARA BEATRIZ MEDINA ORTIZ C/ JULIO GOMEZ
FERREIRA S/ USUCAPIÓN. EXPEDIENTE NRO. 120/2024", el Juzgado por providencia de fecha 26 de Agosto de 2024, dispuso la publicación por 15 veces, a los efecto de que el Señor Julio Gomez Ferreira comparezca por sí o por apoderado a estar en el presente juicio, bajo apercibimiento de que así no lo hiciere dentro del término establecido por ley, se le nombrara como representante al Defensor de Ausentes de turno de conformidad a lo dispuesto en el Art. 140 y 141 del C.P.C.- Salto del Guaira, 23 de setiembre de 2024. Firmado digitalmente por: Ilda Inés Cáceres Duarte(Actuaria). -75831/10/10.-
ACCIONES CAMBIO A
ACCIONES NOMINATIVAS DE COVER S.A. Por Escritura N°: 54, del 14/6/2.022, ante el Esc. Púb. Edgar L. Caballero R., a folios 169 y sgtes., Civil, Sección "A", se modificó el estatuto social de la firma COVER S.A., por cambio de acciones a nominativas Art. 8° y 31°. Inscripto en la Dirección Gral. de los Registros Públicos. Sección Personas Jurídicas y Comercio. Matrícula Jurídica No: 39.354, Serie Comercial, Modificación de COVER S.A., inscripto bajo el N°: 1, folio 1, el 5/9/2.022- Inscripto de conformidad a la Acordada C.S.J. N°: 1.539/21 DTR N°: 4/21- Con Dictámen N°: 89.363 del 31 de Agosto del 2.022 de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales. -75868/28/09.PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la
Niñez y la Adolescencia de Naranjal, Abog. Aurora Lorena Berlt Kickbusch, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, en los autos caratulados; “SELSON ALOISIO SCHORR BEUREN S/PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA. EXP. N° 110/2024”., a fin de comunicar, para su correspondiente toma de razón que por S.D. N° 109 de fecha 25 de setiembre de 2024, el Juzgado ha resuelto cuanto sigue: 1-Hacer Lugar al presente juicio de privación de eficacia promovido el señor Selson Aloisio Schorr Beuren, bajo patrocinio del abogado Walter Acosta, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución; y, en consecuencia. 2-Privar de eficacia el cheque Bancario de Pago Diferido Nº 77809, girado contra la Cuenta Corriente Nro. 70317953/7 del BANCO ITAÚ, por valor de G. 51.000.000 (Cincuenta y un millones de guaraníes), con fecha de emisión 11/11/2023 y fecha de pago 13/12/2023, girado por la persona jurídica IMEXPA S.R.L. con R.U.C. Nro. 80029799-7. 3-Disponer la publicación de los edictos pertinentes en el diario “La Nación y Última Hora” de la Capital por el plazo de 5 (cinco) días.- 4. Autorizar el pago transcurrido treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. 5-Notificar por cédula formato papel. 6-Anotar, registrar, y remitir copia digital a la Sección de Estadísticas de la Sexta Circunscripción Judicial. Naranjal, 26 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75922/01/10.-
MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes pudieran tener interés, y en especial a las partes linderas, que el día viernes 11/10/2024, a las 13:00 hs., daré inicio a las operaciones técnicas de mensura judicial a una fracción de Lote identificado como Lote Nº 38, Padrón 6352, Matricula B08/4915, Propiedad de los Señores: LUZ GRACIELA GARAY LÓPEZ, HUGO RENE GÓMEZ LÓPEZ, AGRIPINA LÓPEZ DE BIZZO, MARCOS ANTONIO LÓPEZ ORTIGOZA, FELIPE LÓPEZ ORTIGOZA, FRANCISCA LÓPEZ ORTIGOZA, JUAN RAMÓN LÓPEZ ORTIGOZA,
MIGUELA LÓPEZ DE CABALLERO, MODESTO LÓPEZ ORTIGOZA, RAFAEL LÓPEZ ORTIGOZA Y SALVADORA LÓPEZ ORTIGOZA, ubicada en el lugar denominado Cerro Memby del Distrito de Yby Ya’u y Departamento de Concepción; LOS LINDEROS DEL INMUEBLE, según título de propiedad, son: LADO NORTE EN DOS LINEAS, PRIMERA LINEAS 01-02: Con rumbo S 63º 03' 01" E (Sur sesenta y tres grados tres minutos un segundo Este), Mide 200,00 m (Doscientos metros) y linda con Calle. -SEGUNDA LINEAS 02-03: Con rumbo S 37º 40' E (Sur treinta y siete grados cuarenta minutos Este), Mide 760,30 m (setecientos sesenta metros treinta centímetros) y linda con Calle. - AL SUR EN TRES LINEAS, PRIMERA LINEAS 06-07: Con rumbo N 37º 44' W (Norte treinta y siete grados cuarenta y cuatro minutos Oeste), Mide 641,00 (seiscientos cuarenta y un metros) y linda con el Lote N° 32. - SEGUNDA LINEAS 05-06: Con rumbo N 63º 31' E (Norte sesenta y tres grados, treinta y un minutos Este), Mide 200 m (Doscientos metros) y linda con el lote nro. 32. TERCERA LÍNEA 04-05: Con rumbo N 39º 55' W (Norte treinta y nueve grados, cincuenta y cinco minutos Oeste), Mide (335,70 m) trescientos treinta y cinco metros con setenta centímetros) y linda con los lotes nros. 36 y 37. AL ESTE, LINEA 03-04: Con rumbo S 51º 11' W (Sur cincuenta y un grados once minutos Oeste) mide 1.000 metros (mil metros) y linda con los lotes nro 74 y 78. AL OESTE, LINEA 07-01: Con rumbo N 51º 6' E (Norte cincuenta y un grados seis minutos Este) mide 744,50 m (setecientos cuarenta y cuatro metros con cincuenta centímetros) y linda con calle. SUPERFICIE: 73 HÁS 6001 m2 5.068 cm2 (SETENTA Y TRES HECTÁREAS SEIS MIL UN METRO CUADRADOS, CINCO MIL SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS) La comisión será conferida por el Juez en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de Yby Ya’u y Azote’y de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abog. MANUEL BENÍTEZ MONGELOS, siendo designado para la ejecución de los trabajos el Ing. En Ciencias Geográficas Diego Cuevas Haedo con Reg. MOPC Nº 1.775. -75711/28/09.-
Capital y Modificación de Estatutos Social de la firma C.E. PLAST SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Capital: De Gs. 284.000.000 a la suma de Gs. 308.000.000. Inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos. Secc. Personas Jurídicas y Comercio bajo el Nº 3, Folio 18, Serie: Comercial, Matrícula Jurídica Nº 32097 en fecha 29/08/2024.-75731/27/09.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL POR CAPITALIZACIÓN AUGUSTA LOGISTICA S.A., Por escritura pública N° 14 de fecha 06/06/2024, ante la escribana María Luisa González Registro Notarial N.º 687, se protocolizó la modificación de su Art. 5°, aumentando el Capital social a Gs. 10.000.000.000. La firma se sitúa en el Parque Industrial La Esperanza. Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, con dictamen de la DRFS N° 107544, en fecha 27/08/2024 y en el Registro Público de Personas Jurídicas y Comercio, bajo Matrícula Jurídica N° 33.121, serie Comercial , entrada N°14097287, inscripto bajo el N° 2, folio 12, en fecha 29/08/2024.75816/28/09.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO. Por Esc. Pub. Nº 440 de fecha 08/08/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 04/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 19.820, bajo el N° 02, folio 15 y sgts., Serie “COMERCIAL”; se modifica el Artículo N°1 de los Estatutos Sociales, donde la firma TENOR PY. S.A. pasó a denominarse “GRUPO WIT S.A”. -75856/28/09.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Nº 74 de fecha 18/07/2024, pasado ante el Esc. Nicodemus Ortigoza Gómez, Reg. Nº 843, fue aumentado el capital a Gs. 540.000.000 y modificado la Cláusula Quinta del estatuto social de la firma TECNO IMPORT PARAGUAY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con R.U.C. N° 80068041-3, e Inscripta en el Reg. de Personas Jurídicas y Comercio en la Mat. Jurídica N° 31496, Serie Comercial, bajo N° 3, folio 28, de fecha 05/09/2024.75891/29/09.-
03, folio 25, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 5 de los Estatutos Sociales de la firma COMPAÑÍA INDUSTRIAL DEL PARAGUAY S.A. que se refiere al capital social fijado en la suma de Gs.28.000.000.000 y quedan emitidas (20.000) acciones ordinarias nominativas de Gs.1.000.000 c/u. -75856.4/29/09.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 1.065 de fecha 11/06/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 06/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 13.135, bajo el N° 03, folio 20-33, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 27 de los Estatutos Sociales de la firma NIÑA PORA S.A., que se refiere a la distribución de utilidades. -75856.5/29/09.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 411 de fecha 19/07/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 16/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 38.437, bajo el N° 03, folio 37 y sgts., Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 5 de los Estatutos Sociales de la firma PARACEL FORESTAL S.A. que se refiere al aumento del capital social fijado en la suma de Gs.271.964.000.000 y a la emisión de (2.719.440) acciones de Gs.100.000 c/u.75856.6/29/09.-
MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Por Escritura Pública Nº 27 de fecha 08/08/2024. Pasada ante la Notaria Nelly Paredes de de Isasa fue hecha el Aumento de
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 481 de fecha 20/08/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 10/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 27.474, bajo el N°
CONCESIÓN DE PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY1895730 (43) Asunción, 6 de Septiembre de 2024. Orden de Publicación de CONCESIÓN de Patente de Invención (12) DATOS DE LA PATENTE (21)N° de Solicitud: 1895730 (22) Fecha de Solicitud: 30/10/2018 (71) Solicitante: LORENZETTI S. A. INDÚSTRIAS BRASILEIRAS ELETROMETALÚRGICAS Domicilio Solicitante: Avenida Presidente Wilson, 1230, 03107-901 São Paulo SP, Brasil, BR (72) Inventor: CLAUDIO LOURENÇO LORENZETTI Domicilio Inven-
tor: Av. Presidente Wilson, 1230, Mooca, 03107-901 São Paulo SP, Brasil, BR (54) Titulo: PLACA DE CONTACTOS DE UN CONJUNTO DE CONEXIÓN DE UN CALEFACTOR ELÉCTRICO DE AGUA Y PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PLACA DE CONTACTO (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer- 6 (30) Prioridad/es: BR 102018007402-4 - 12/04/2018 (51) Int. Cl 8: F 24H 1/10 (2006.01), F 24H 9/00 (2006.01) Registro Nº: 4537 En Fecha: 05/09/2024 Vencimiento: 30/10/2038 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de la Ley Patentes de Invenciones Nº 1630/2000, el Decreto Reglamentario, y conforme al dictamen favorable de la Asesoría Técnica, publíquese por el término de la Ley, la concesión de la presente patente de Invención y su resumen. (57) Resumen: (292/18). La presente invención se refiere a una placa de contacto (10) un conjunto de conexión (1) de un calentador eléctrico de agua para su uso en duchas, cabezales de ducha, grifos u otros puntos de uso, donde se requiere agua caliente, la placa (11) y un soporte (17), en donde el sistema de accionamiento (11) comprende una pluralidad de contactos eléctricos (14, 15, 16) que se suministran a partir de una primera (12) y una segunda pieza (13) estampadas. La invención también comprende el proceso de fabricación de la placa de contactos (10). De acuerdo con la invención, la placa de contactos (10) comprende una cantidad reducida de componentes asociados y es obtenida por un proceso que comprende una cantidad reducida de operaciones de fabricación y montaje, garantizando mayor facilidad y agilidad en su producción, con consecuente disminución de ocurrencia de fallas y reducción de costos. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75762/29/09.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2022-2297502A (43) Asunción, 11 de Julio de 2023.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 20222297502 (22)Fecha de Solicitud: 10/11/2022 13:32:28 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC Domicilio Solicitante: 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO (63167), U.S.A. (72) Inventor: 1. BrowerToland, Brent 2. Kim, Jeongwoon 3. Merrill, Keith 4. Rymarquis, Linda 5. Slewinski, Thomas L. 6. Wooten, Jr., David R. Domicilio Inventor: 1. 800 North Lind-
bergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 2. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 3. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 4. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 5. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 6. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. (54) Título: COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA MODIFICAR LA DETERMINACIÓN VEGETAL (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: 63/278,903 - 12/11/2021 - US (51) Int. Cl 8: C 12N 15/82(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (319/2022). Se proporcionan composiciones y métodos para modificar los niveles de TFL1 en plantas de soja. También se proporcionan composiciones y métodos para modificar la expresión de los genes relacionados con el momento de la diferenciación terminal de las puntas del tallo a través de supresión, mutagénesis y/o edición del gen TFL1. Asimismo, se proporcionan células vegetales y plantas modificadas que tienen un elemento de supresión o mutación que reduce la expresión o la actividad de un gen TFL1 que comprenden niveles reducidos de TFL1 y características mejoradas, tales como altura reducida de la planta y aumento de la resistencia al encamado. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75764/29/09.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY2022-2295072A (43) Asunción, 10 de Agosto de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2022-2295072 (22)Fecha de Solicitud: 01/11/2022 13:31:19 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC Domicilio Solicitante: 800 North Lind-
bergh Boulevard St. Louis, MO (63167), U.S.A. (72) Inventor: 1. Brzostowski, Lillian 2. Carlson, Carrin 3. Gillespie, Kelly 4. Paciorek, Tomasz 5. Ralston, Lyle 6. Renaud, Alexandar 7. Yang, Heping Domicilio Inventor: 1. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 2. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 3. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 4. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 5. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 6. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 7. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. (54)Título: EVENTO DE MAÍZ TRANSGÉNICO ZM_BCS216090 Y MÉTODOS PARA SU DETECCIÓN Y SUS USOS (74)
Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: 63/274,865 - 02/11/2021- US 63/279,508-15/11/2021 - US (51) Int. Cl 8: C 12N 15/82(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (314/22). La invención proporciona un evento de maíz transgénico ZM_BCS216090, plantas, células vegetales, semillas, partes de plantas, plantas de progenie y productos básicos que comprenden el evento ZM_ BCS216090. La invención además proporciona polinucleótidos y secuencias específicos para el evento ZM_BCS216090 y métodos para usar plantas, células vegetales, semillas, partes de plantas, plantas de progenie y productos básicos que comprenden el evento ZM_ BCS216090 y para detectar el evento ZM_BCS216090, o una secuencia de polinucleótido o ADN específica para el evento ZM_BCS216090, en una muestra o molécula de ADN. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75764/29/09.-
CONCESIÓN DE PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual REPUBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY1875022 (43) Asunción, 20 de Septiembre de
2024.- Orden de Publicación de CONCESION de Patente de Modelo de Utilidad (12) DATOS DE LA PATENTE (21) N° de Solicitud: 1875022 (22) Fecha de Solicitud: 03/09/2018 (71) Solicitante: TYTO MARTINS BIANECK Domicilio Solicitante: Emilio Romero No. 648 y E. A. Garay, San Lorenzo, Paraguay.(72) Inventor: TYTO MARTINS BIANECK Domicilio Inventor: Emilio Romero No. 648 y E. A. Garay, San Lorenzo, Paraguay.(54) Título: PERNO TIPO “L” PARA AISLADORES TRIPLECAMPANA, COLUMNA Y OTROS, QUE SE UTILIZAN EN MEDIA TENSION (74) Agente: Sergio Silvio Fernandez Ibañez – 1615 (30) Prioridad/es: - - (51) Int. Cl 8: H 02G 7/20 (2006.01) Registro N° 4538 En fecha 12/09/2024 Vencimiento 23/09/2028 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo N° 23 de la Ley de Patentes de Invenciones N° 1630/2000, el Decreto Reglamentario, y conforme al dictamen favorable de la Asesoría Técnica, publíquese por el término de la Ley, la concesión de la presente patente de Modelo de Utilidad y su resumen. (57) Resumen: (237/18) MU. La invención se relaciona con un perno tipo “L” (1) para aisladores (9), en media tensión, que puede ser utilizado en redes monofásicas o trifásicas, el mismo será fijado a postes de hormigón armado o columnas de acero (2), a través de su primer extremo que comprende de una planchuela (3), con dos agujeros (4), para bulones (5), luego de una varilla (6), cuya unión a la planchuela esta reforzada por un soporte (7), en la parte inferior de la unión, en el segundo extremo comprende una unión, roscada de plomo (8) para el aislador (9), o una unión con rosca para aislador tipo columna. La invención se relaciona también con un método para la fabricación de tal perno tipo “L”. Farm. Berta Segovia Directora Interina Dirección de Patentes. -75771/30/09.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2052230A (43) Asunción, 5 de Octubre de 2021.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2052230 (22)Fecha de Solicitud: 07/09/2020 11:06:39 (71)Solicitante: Rigel Pharmaceuticals, lnc. Domicilio Solicitante: 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California
VIERNES
27 SETIEMBRE DE 2024
94080, EEUU (72) Inventor: 1. lhab Darwish 2. Simon Shaw 3. Vanessa Taylor 4. Somasekhar Bhamidipati 5. Yan Chen 6. Jiaxin Yu Domicilio Inventor: 1. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 2. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 3. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 4. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 5. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 6. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU (54)Título: COMPUESTOS INHIBIDORES DE RIP1 Y MÉTODOS PARA FABRICAR Y UTILIZAR LOS MISMOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)
Prioridad/es: 62/897,22306/09/2019 - US 62/932,40407/11/2019- US 63/001,01627/03/2020 - US 63/004,290
- 02/04/2020 - US 63/004,319
- 02/04/2020 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 31/55(2006.01), A 61P 29/00 (2006.01), C 07D 403/12 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (226/20). En el presente documento se describen compuestos inhibidores de quinasas, tales como compuestos inhibidores de quinasa de proteína 1 que interactúa con el receptor (RIP1), así como composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos inhibidores. Los compuestos, composiciones farmacéuticas y/o combinaciones descritos pueden usarse para tratar o prevenir una enfermedad o afección asociada a quinasas, particularmente una enfermedad o afección asociada a RIP1. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2052250A (43) Asunción, 5 de Octubre de 2021.Orden de Publicación de SOLI-
CITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2052250 (22)Fecha de Solicitud: 07/09/2020 11:16:41 (71)Solicitante: Rigel Pharmaceuticals, lnc. Domicilio Solicitante: 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU (72) Inventor: 1. Vanessa Taylor 2. Somasekhar Bhamidipati Domicilio Inventor: 1. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 2. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU (54)Título: COMPUESTOS INHIBIDORES DE RIP1 Y MÉTODOS PARA FABRICAR Y USAR LOS MISMOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: 62/897,22306/09/2019 - US 62/932,40407/11/2019 - US 63/001,01627/03/2020 - US 63/004,290 - 02/04/2020 - US 63/004,301 - 02/04/2020 - US 63/004,319 - 02/04/2020 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 31/55(2006.01), A 61P 29/00 (2006.01), C 07D 403/12 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (228/20). Se divulgan en el presente documento compuestos inhibidores de quinasas, tales como compuestos inhibidores de cinasas de la proteína-1 (RIP1) que interactúa con el receptor, así como composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos inhibidores. Los compuestos, composiciones farmacéuticas, y/o combinaciones divulgados se pueden usar para tratar o prevenir una enfermedad o dolencia asociada a cinasa, particularmente una enfermedad o dolencia asociada a RIP1. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2052258A (43) Asunción, 10 de Mayo de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2052258 (22)Fecha de Solicitud: 07/09/2020 11:21:20 (71)Solicitante: RIGEL PHAR-
12 JUDICIAL .
MACEUTICALS, INC. Domicilio Solicitante: 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A. (72) Inventor: 1. lhab Darwish 2. Simon Shaw 3. Vanessa Taylor 4. Somasekhar Bhamidipati 5. Yan Chen 6. Luo Zhushou 7. Jiaxin Jun 8. Rao Kolluri Domicilio Inventor: 1. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A. 2. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 3. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 4. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A
5. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 6. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A
7. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 8. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A (54)Título: COMPUESTOS INHIBIDORES DE RIP1 Y MÉTODOS PARA FABRICAR Y UTILIZAR EL MISMO (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/ es: 62/897,223 - 06/09/2019US 62/932,404 - 07/11/2019US 63/001,016 - 27/03/2020US 63/004,290 - 02/04/2020 - US 63/004,319 - 02/04/2020 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 31/55 (2006.01), A 61P 29/00 (2006.01), C 07D 401/14 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (229/20). En el presente documento se describen compuestos inhibidores de quinasa, tales como compuestos inhibidores de quinasas de proteína 1 que interactúa con el receptor (RIP1), así como composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos inhibidores. Los compuestos, composiciones farmacéuticas y / o combinaciones descritos pueden usarse como tratar o prevenir una enfermedad o afección asociada a quinasas, particularmente una enfermedad o afección asociada a RIP1. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN
. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2055454A (43) Asunción, 31 de Marzo de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2055454 (22)Fecha de Solicitud: 16/09/2020 11:11:05 (71)Solicitante: NOVOZYMES A/S Domicilio Solicitante: Krogshoejvej 36 Bagsvaerd (DK- 2880), Dinamarca (72) Inventor: 1. Huang, Hong Zhi 2. Liu, Ye 3. Liu, Jiyin 4. Xu, Hui 5. Vlasenko, Elena 6. McBrayer, Brett 7. Tang, Lan 8. Huffman, James Ron 9. Spodsberg, Nikolaj Domicilio Inventor: 1. No. 14, Xinxi Road, Shangdi Zone Beijing 100085, China, 2. No. 14, Xinxi Road, Shangdi Zone Beijing 100085, China 3. 77 Perry Chapel Church Rd., P.O. Box 576, Franklinton, North Carolina 27525, EEUU 4. 77 Perry Chapel Church Rd., P.O. Box 576, Franklinton, North Carolina 27525, EEUU 5. 1445 Drew Avenue Davis, California 95616, EEUU 6. 1445 Drew Avenue Davis, California 95616, EEUU 7. No. 14, Xinxi Road, Shangdi Zone Beijing 100085, China 8. 77 Perry Chapel Church Rd., P.O. Box 576, Franklinton, North Carolina 27525, EEUU 9. Soelleroedgaardsvej 31, 2840 Holte, Dinamarca (54)Título: POLIPÉPTIDOS QUE POSEEN ACTIVIDAD DE BETA-GLUCANA SA Y POLINUCLEÓTIDOS QUE LOS CODIFICAN (74)
Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: PCT/CN2019/10590516/09/2019 PCT PCT/ CN2019/124568 - 11/12/2019 –PCT PCT/CN2019/12457111/12/2019 – PCT PCT/ CN2020/071436 - 10/01/2020 - PCT PCT/CN2020/107055 - 05/08/2020 - PCT (51) Int. Cl 8: C 12N 9/24 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (232/20). La presente invención se relaciona con polipéptidos aislados que tienen actividad de beta-glucanasa, dominios catalíticos, módulos de unión a carbohidratos y polinucleótidos que codifican los polipéptidos, dominios catalíticos o módulos de unión a carbohidratos. La invención también se relaciona con las construcciones de ácido nucleico, vectores y células huésped que comprenden los polinucleótidos, así como
los métodos de producción y utilización de los polipéptidos, dominios catalíticos o módulos de unión a carbohidratos. La presente invención además se relaciona a procesos para producir productos de fermentación de material que contiene almidón o celulosa, así como una mezcla o composición de enzimas, o una célula de huésped recombinante u organismo fermentador adecuado para su uso en los procesos de la invención. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA
DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2022-2265694A (43) Asunción, 8 de Marzo de 2023.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2022-2265694 (22)Fecha de Solicitud: 29/07/2022 13:14:45 (71)Solicitante: 1. Esteban Celis
2. Andrés Salazar Domicilio
Solicitante: 1. 2719 Dean Parkway, Minneapolis MN 55416, MN, U.S.A. 2. 529 Jefferson St. Winchester, VA, 22601, U.S.A. (72) Inventor: 1. Esteban Celis
2. Andrés Salazar Domicilio
Inventor: 1. 2719 Dean Parkway, Minneapolis MN 55416, MN, U.S.A. 2. 529 Jefferson St. Winchester, VA, 22601, U.S.A. (54) Título: ACTIVIDAD BIOLOGICA MULTIDIMENSIONAL OPTIMIZADA DE POLI-ICLC CON TAMAÑO Y FORMULACION DE COMPONENTES CONTROLADOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)
Prioridad/es: 63/259,66030/07/2021 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 39/39 (2006.01), A 61P 35/00 (2006.01), G 01N 33/574 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (199/22). Moléculas de Poli-lCLC y métodos para producirlas, incluidas ciertas moléculas de peso molecular específico que tienen actividad mejorada en ciertas aplicaciones. Estas moléculas pueden
incorporarse en excipientes y transportadores aceptables desde el punto de vista farmacéutico o veterinario para una serie de usos en seres humanos, en animales domésticos y en animales salvajes. Dichos usos incluyen (pero no se limitan a) profilaxis, profilaxis previa a la exposición, tratamiento y/o atenuación de síntomas inflamatorios de infecciones virales o microbianas; efectos inmunomoduladores, adyuvantes de vacunas, antivirales y/o antiinflamatorios mediados por la activación de MDA5, TLR3 y otros sistemas enzimáticos dependientes de dsRNA; efectos antineoplásicos solos o combinados con vacunas terapéuticas u otros agentes inmunológicos contra el cáncer; Efectos adyuvantes de vacunas preventivas contra el cáncer en pacientes con riesgo de cáncer. Las moléculas pueden tener un uso particular contra la infección por SARSCoV-2 o una tormenta de citoquinas causada por una infección por SARS-CoV-2. Si bien la dosis puede ajustarse según el objetivo específico y el paciente específico, la dosis debe ser suficiente para activar los sistemas enzimáticos MDA5 y TLR3 en el paciente. Para humanos, la dosis es de aproximadamente 0,5 a 50 microgramos por kilogramo de peso corporal. La naturaleza de la molécula no exige ninguna vía de administración específica. Por lo tanto, la ruta se puede seleccionar en función del objetivo específico y del paciente específico, y podría incluir (pero no limitarse a) IM, SC , IT, IV o IN. Preferiblemente, la administración comprendería dos o tres ciclos de dosis repetidas separados entre 24 y 96 horas. Según el objetivo y la respuesta del paciente, los ciclos de dosis pueden repetirse de 2 a 4 veces por mes. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-
PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2021-2188137A (43) Asunción, 14 de Septiembre de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de
Modelo de Utilidad (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2021-2188137 (22) Fecha de Solicitud: 07/10/2021
12:05:44 (71)Solicitante: PMI South America Consumer Goods, Ltda. Domicilio Solicitante: Av. Pastor Martin Luther King Jr., 989, lnhaúma, 20760005 Río de Janeiro, RJ, Brasil (72) Inventor: ALEX MONTEIRO BOTELHO Domicilio Inventor: Praia de Botagofo, 370 11º Andar- Botagofo, 22250-040 Río de Janeiro, RJ, Brasil (54)Título: DISPOSITIVO TUBULAR PARA EL CONSUMO DE UNA INFUSIÓN (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: BR202021004529-7 -10/03/2021 - BR (51) Int. Cl 8: A 47G 21/18 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (307/21). El presente modelo de utilidad se refiere a un dispositivo tubular (1) para el consumo de una infusión, el cual está compuesto por: un primer extremo (2) configurado para expulsar la infusión a partir del dispositivo tubular (1) hacia un consumidor; una sección intermedia (3); y una sección final (5) dotada de al menos un agujero (6), la cual está configurada para, mediante una acción de succión del consumidor, extraer la infusión de un recipiente hacia el interior del dispositivo tubular (1) a través de al menos un agujero (6). La sección final (5) está configurada para recibir un resorte (7), que se asienta sobre una virola o borde en el extremo de la sección final (5). El dispositivo tubular (1) comprende además: un elemento deslizante (4), que comprende una parte roscada (4.1) y una parte de agarre (4.2), y que está configurado para ser colocado externamente con respecto a la sección intermedia (3) del dispositivo tubular (1), de modo de apoyarse sobre el resorte (7); y un dispositivo de fijación (8), que comprende un elemento de rosca (8.1) y un elemento de soporte (8.2). El elemento de soporte (8.2) está configurado para ser posicionado contra una abertura inferior del extremo libre de la sección final (5) y fijado de modo pivotante al elemento de rosca (8.1), donde el elemento de rosca (8.1) está configurado para ser roscado en la parte roscada (4.1) del elemento deslizante (4). La parte de agarre (4.2) del elemento deslizante (4) está configurada para ser
girada, comprimiendo y descomprimiendo el resorte (7). Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2022-22104929A (43) Asunción, 17 de Julio de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2022-22104929 (22)Fecha de Solicitud: 01/12/2022 18:25:45 (71)Solicitante: JOÃO LUIZ FAVERO JUNIOR Domicilio Solicitante: Rua Júlio Horst 255, Bairro Zona Norte, PanambiRS - Brasil (72) Inventor: JOÃO LUIZ FAVERO JUNIOR Domicilio Inventor: Rua Júlio Horst 255, Bairro Zona Norte, Panambi - RS - Brasil (54)Título: "SISTEMA DE FILTRADO Y RECOJO DE PARTÍCULAS Y POLVO" (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: 102021024252-3 - 01/12/2021- BR (51) Int. Cl 8: B 078 4/04(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (346/22). La presente patente de invención se refiere a un sistema de filtrado y recojo de partículas y polvo, particularmente utilizado para la retención del polvo y las partículas provenientes del aire de escape de secadores, tolvas, sistemas de prelimpieza o de otro equipo que se destine al transporte y/o limpieza de productos agrícolas, principalmente granos vegetales. Así, dicho sistema (S) de filtrado y recojo de partículas y polvo está provisto de un dispositivo de filtrado (1) configurado en forma de un cilindro rotativo, de al menos un sistema de recojo de partículas (3) de aspiración, y de al menos un medio de accionamiento (2) que comprende ruedillas (20) que hacen girar un elemento filtrante (10) del dispositivo de filtrado (1), ya el sistema de recojo de par-
tículas (3) comprende un ventilador (33) de aspiración de las partículas y el polvo dispuestos en el interior del elemento filtrante (10), y también comprende un sistema separador (320) el cual está provisto de un dispositivo de regulación (321) de un cono divisor (322), los cuales están colocados en el interior de un cono externo (323) conectado a una voluta de recojo (324). Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN.
(19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2042368A (43) Asunción, 21 de Abril de 2021.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2042368 (22)Fecha de Solicitud: 05/08/2020 (71)Solicitante: NOVOZYMES A/S
Domicilio Solicitante: Krogshoejvej 36 Bagsvaerd (DK2880), Dinamarca (72) Inventor: 1. Creamer, Kurt 2. Parekh, Kalpesh 3. Lavigne, James Domicilio Inventor: 1. 77 Perry Chapel Church Road, P.O. Box 576, Franklinton, NC 27525, EEUU 2. 77 Perry Chapel Church Road, P.O. Box 576, Franklinton, NC 27525, EEUU 3. 77 Perry Chapel Church Road, P.O. Box 576, Franklinton, NC 27525, EEUU (54) Título: MEZCLAS DE ENZIMAS Y PROCESOS PARA PRODUCIR UN INGREDIENTE ALIMENTICIO DE ALTO CONTENIDO PROTEICO A PARTIR DE UN SUBPRODUCTO DE LA VINAZA ENTERA (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: 62/88269805/08/2019 - US (51) Int. Cl 8: A 23K 10/14, A 23K 10/38 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (199/20). La presente invención se refiere a un proceso para producir un ingrediente alimenticio de alto contenido proteico a partir de un subproducto de la vinaza entera producido en un proceso de molienda en seco de granos que contienen almidón
para obtener un producto de fermentación, así como a mezclas de enzimas utilizadas en los procesos para distribuir una mayor cantidad de la proteína del subproducto de la vinaza entera en la fracción de alto contenido proteico, en lugar de permanecer retenida en la torta húmeda, con el fin de producir un ingrediente alimenticio de alto contenido proteico. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2072948A (43) Asunción, 14 de Septiembre de 2021.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2072948 (22)Fecha de Solicitud: 06/11/2020 10:27:52 (71)Solicitante: 1. Empresa Brasileira De Pesquisa Agropecuária - Embrapa 2. Helix Sementes e Mudas Ltda. Domicilio Solicitante: 1. Parque Estação Biológica - PqEB s/n, Edifício Sede, Plano Piloto, 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 2. Rua 1 JN, nº 1411, Piso Superior - sala 10, Jardim Novo, 13502-741 Rio Claro - SP, Brasil (72) Inventor: 1. Roberto Willians Noda 2. Meire De Cássia Alves 3. Beatriz De Almeida Barros 4. Claudia Teixeira Guimaraes 5. Marcos De Oliveira Pinto 6. Myriam Maia Nobre 7. Simone Martins Mendes 8. Sidney Netto Parentoni 9. Newton Portilho Carneiro 10. Fernando Hercos Valicente 11. Andréa Almeida Carneiro
Domicilio Inventor: 1. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 2. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 3. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 4. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 5. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 6. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 7. Parque
Estação BiológLca - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 8. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 9. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 10. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av.
W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil 11. Parque
Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901
Brasilia - DF, Brasil (54)Título: MOLÉCULA DE ÁCIDO NUCLEICO DEL EVENTO TRANSGÉNICO DE MAIZ ME240913 QUE EXPRESA LA PROTEÍNA CRY1DA, CÉLULA, PLANTA Y SEMILLA TRANSGÉNICA, USOS DE LAS MISMAS, PRODUCTO DE PLANTA, MÉTODO, KIT Y AMPLICÓN PARA LA DETECCIÓN DEL EVENTO, Y MÉTODOS PARA PRODUCIR UNA PLANTA TRANSGÉNICA Y DE CONTROL DE INSECTOS PLAGAS LEPIDÓPTEROS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: BR102019023319-2 - 06/11/2019 - BR (51) Int. Cl 8: A 01H 1/00, C 12N 15/32(2006.01), A 23L 7/00 (2016.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (295/20). La presente invención se refiere a un nuevo evento de maíz transgénico que expresa la proteína insecticida Cry1Da truncada o modificada designado evento ME240913. La invención informa los ácidos nucleicos que son únicos para el evento ME240913. También se definen, iniciadores, amplicón, métodos y kits para detectar la presencia del evento ME240913. La invención también se refiere a plantas de maíz que contienen el evento mencionado, usos de las mismas, métodos y composiciones de control de insectos plagas lepidópteros. La invención describe un evento de maíz que demostró un alto nivel de protección de plantas contra daños de alimentación producidos por Lepidoptera, incluyendo S. frugiperda, así como insectos resistentes a Cry1F. El evento de la invención se mostró altamente tóxico para S. frugiperda. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2022-2288219A (43) Asunción, 2 de Junio de 2023.-
Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2022-2288219 (22)Fecha de Solicitud: 10/10/2022 12:42:41 (71)Solicitante: MARCHESAN IMPLEMENTOS E MÁQUINAS AGRICOLAS TATU S.A. Domicilio Solicitante: Av. Marchesan, 1979, 15994-900 Matão - SP, BR-Brasil (72) Inventor: 1. José Luiz Alberto Marchesan 2. Luiz Gonzaga de Santi Loureiro 3. Alexandre Barbosa Pinto Domicilio Inventor: 1. Av. Marchesan, 1979, 15994900 Matão - SP, BR-Brasil 2. Rua Nhonhô Magalhães, 829 - Vila Santa Cruz, 15990-370 Matão- SP, BR-Brasil 3. Av. Laurindo Pinotti, 78- Vila Cardim, 15997-320 Matão - SP, BR-Brasil (54)Título: DISPOSITIVO DE PIVOTADO Y RETRACCIÓN PARA EQUIPAMIENTOS AGRÍCOLAS, COLLARÍN DE ALOJAMIENTO PARA EQUIPAMIENTOS AGRÍCOLAS, MÉTODO PARA REDUCCIÓN DEL ANCHO DE TRANSPORTE DE UN EQUIPAMIENTO AGRÍCOLA, Y EQUIPAMIENTO AGRÍCOLA (74)
Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: BR102021020440-011/10/2021- US (51) Int. Cl 8: A 01B 73/04(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (281/22). La presente invención se refiere a un dispositivo de pivotado y retracción para equipamientos agrícolas que abarca por lo menos una caja de soporte (30) configurada para asociar por lo menos una viga delantera (10) y por lo menos una viga trasera (20) del equipamiento agrícola entre ellas, y al menos una caja de soporte esclava (31) ubicada en la viga trasera (20), siendo que la caja de soporte principal (30) abarca un mecanismo de retracción (40) configurado para retraer la viga trasera (20) en relación a la viga delantera ( 10), y la caja de soporte esclava (31) abarca un mecanismo de pivotado (SO) configurado para pivotar la viga trasera (20) alrededor de su propio eje. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL GOBIERNO DEL PARAGUAY / PARAGUÁI REKUÁI (11)Nro. Publicación: PY2023-
2376294A (43) Asunción, 25 de Marzo de 2024.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2023-2376294 (22) Fecha de Solicitud: 21/09/2023 09:02:19 (71) Solicitante: BIOCONSORTIA, INC. Domicilio Solicitante: 279 Cousteau Place Suite 100 Davis, CA 95618, U.S.A. (72) Inventor: 1. Williams, Thomas 2. Curtis, Damian 3. Alford, Betsy 4. Malin, John 5. Gibson, Donald Domicilio Inventor: 1. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 2. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 3. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 4. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 5. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. (54) Título: MICROORGANISMOS DIAZÓTROFOS
MEJORADOS PARA USO EN AGRICULTURA (74)
Agente: Ana C. García Palacios - 1880 (30) Prioridad/es: 63/376,601 - 21/09/2022 – US (51) lnt. CI 8: A 01H 3/00 (2006.01), A 01N 63/00(2006.01), C 07K 14/32 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (237 /23). La descripción se refiere a microorganismos genéticamente modificados del género Paenibacillus, para la mejora de fenotipos de plantas, por ejemplo, disponibilidad de nitrógeno para plantas no leguminosas. Se incluyen nuevas cepas de los microorganismos, consorcios microbianos y composiciones agrícolas que los comprenden. Además, la descripción enseña métodos para utilizar los microorganismos descritos, consorcios microbianos y composiciones agrícolas que los comprenden, en métodos para impartir propiedades beneficiosas a especies de plantas diana. En aspectos particulares, la descripción proporciona métodos para aumentar las características convenientes de las plantas en especies importantes desde el punto de vista agronómico, por ejemplo, fijación de nitrógeno, utilización, regulación, captación, adquisición, tolerancia, y/o procesamiento de plantas. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes..-75933/01/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno Dr. Victor Sanchez Cano, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GREGORIA CABRAL. Villa Hayes, 16 de setiembre del 2024. Abog Gilberto Ramirez Cespedes, Actuario Judicial. -75447/27/09.-
SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JULIO ALVARES GARCETE Y RUFINA BENITEZ DE ALVARES. El juicio radica en la Secretaría Nº 6 a cargo del Actuario Marcelo Iván Benítez Colman. Ciudad del Este, 17 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75474/27/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abog. Mateo D. Amarilla Noceda, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del Señor MARCELINO RUIZ ALVERICO.El juicio radica en la Secretaria a mí cargo.- Firmador digitalmente por: Juan Carlos Aquino Gimenez (Actuario/a). Concepción, 17 de septiembre e 2024.75481/27/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz del 2º Turno de Concepción de la Circunscripción Judicial de Concepción, a cargo del Abog. Miguel A. Gonzalez Silva, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de: “MARIA PERALTA DE RECALDE”.-Concepcion, 6 de setiembre de 2024.75482/27/09.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz de la ciudad de Nueva Colombia, Abg. Mirta Susana Granado y la Actuaria autorizante Abg. Karin Marlene Leite Zaracho, ordena la publicación del presente edicto por el plazo de 10 (diez) días, citando y emplazando a los que tengan o
pudieran tener interés en reclamar derechos contra la sucesión de VICTORINO RAMO ROMERO ORTIZ con CI N° 828.945 y a deducir sus acciones dentro del término de 60 (sesenta) días contados desde la publicación del presente edicto, de conformidad a lo establecido en el Art. 741 del C.P.C. y demás concordantes. Nueva Colombia, 23 de agosto de 2024.-75492/27/09.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, con sede en Maria Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CARLOS ANTONIO LOPEZ VIGO
El juicio radica en la secretaría N°2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 19 de Julio de 2024.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75496/27/09.-
SUCESIÓN. El Actuario
Judicial por precisas instrucciones el Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Paraguarí, de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, Abg. Oscar Antonio Villalba Acosta, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "OBDULIA CONCEPCION DELGADO
ZORRILLA S/ SUCESION", expediente N° 156, Año 2.024, por diez días en el Diario La Nación, cuyo expediente radica en la secretaría del Actuario Abg. Victor Hugo Duarte Britez.-75509/28/09.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz, del Distrito de Repatriación, Circunscripción Judicial de Caaguazu, Abg. Estela Domínguez Genes, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la Sucesion: "FIDELINA GOMEZ DE ENCISO Y FERNANDO ENCISO
SUAREZ S/ SUCESION AB-INTESTATO, LEY N° 6059/18. AÑO: 2024. EXP. N° 126. FOLIO 11". Repatriacion, 16 de setiembre de 2024. Abg. Jorge Ramón Velázquez Díaz, Actuario Judicial.-75511/28/09.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua. Abog. María Marcela Diaz Medina , cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de VENERANDA CANTERO DAVALOS. Carapegua, 16 de setiembre de 2024.-Abog. Lucio Ramón Rodriguez L. Actuario Judicial, Circunscripción Judicial Paraguari. -75521/28/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil de Yuty Circunscripción Judicial de Caazapá, Dr. Miguel Angel Riquelme Irala, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DIGNA VICTORIA VERA DE ALCARAZ . Yuty, 17 de Setiembre de 2024. Abog. Orlando Miranda P.Actuario Judicial – Circunscripción Judicial Caazapá. -75534/28/09.-
SUCESIÓN. El Jueza de Paz de la Ciudad de Nueva Colombia, Abg. Mirta Susana Granado, y la Actuaria Autorizante Abg. Karin Marlene Leite Zaracho, ordena la publicación del presente edicto por el plazo de 10 (diez) días, citando y emplazando a los que tengan o pudieran tener interés en reclamar derechos contra la sucesión de SEVERIANO PEREIRA CON C.I. N° 2.388.619, y a deducir sus acciones dentro del término de 60 (sesenta) días contados desde la publicación del presente Edicto, de conformidad a lo establecido en el Art. 741 del C.P.C. y demás concordantes. Nueva Colombia, 16 de setiembre de 2024. -75536/28/09.-
SUCESIÓN. El juez de Paz de San Roque González de Santa Cruz, Dr. Ángel R. Clerch, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANA VALDEZ DE MALDONADO Y LORENZO MALDONADO. San Roque González de Santa Cruz, 16 de setiembre de 2024. Reinaldo Martínez B. Actuario Judicial. -75539/28/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, con asiento en Ciudad del Este Turno, Abg. Juan Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANTONIO LUIS DE OLIVEIRA. Ciudad del Este, 18 de Setiembre de
2024 (Actuario Judicial, Fredy A. Colman, Secretaría N° 07). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo en consecuencia, innecesaria la autenticación manual. -75538/28/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abg. Fernando Javier Quevedo Suarez, cita y emplaza por término de sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de TERESA MONSERRAT PEREZ ARRIOLA. El Expediente radica en la Secretaria Nº 5. Fdo. Abg. Fátima Barreto.-Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia.- Firmado digitalmente por: Fatima Isabel Barreto Pereira (Actuario/a). Concepción, 19 de agosto de 2024. -75540/28/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Lambare, Abog. José Segundo Velázquez Alfonso, cita y emplaza por sesenta (60) días, a Herederos y Acreedores de la sucesión de RUBEN ANTONIO OCHOA GUZMAN S/ SUCESION AB. INTESTADO. Lambaré, 18 de setiembre de 2024. Abog. Hugo Molinas Dure. Actuario Judicial. Secretaria Nº 2. -75548/28/09.-
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GERMAN POLL URNAU, LYDIA OTILIA DALISDA LUCKMANN. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 19 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de
este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75593/29/09.-
SUCESIÓN INTESTADA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de URSULINA ALMADA GONZALEZ . El juicio radica en Secretaria a mi cargo. Edgar Adrián Jara Mendoza, Actuario Judicial. Asunción, 09 de septiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Edgar Adrian Jara Mendoza. -75558/29/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ORCAR ERNESTO
ALBORNO GIARDINA . El expediente sucesorio se tramita ante la Secretaria Nº 9 de este mismo Juzgado a cargo del Actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Asuncion, 6 de Setiembre de 2024.-75583/29/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de MUSA
MIGUEL ANGEL ELIAS
JORGE Y BERTA CATALINA ROLON DE ELIAS. La sucesión se tramita ante la Secretaria No. 9 a cargo del actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Secretario. ASUNCION, 16 de Setiembre de 2024. -75571/29/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión LEOPOLDINA AYALA
TORRES S/ SUCESIÓN. LEY N° 6059/18. Ñemby, 29 de mayo de 2024. Celicia C. Martínez, Actuaria Judicial.-75594/29/09.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua. Abog. Maria Marcela Diaz Medina, cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de: OLEGARIA PENAYO DE BARRIOS Y PAUBLO BARRIOS PENAYO. Carapegua, 19 de setiembre de 2024.- Actuario Judicial Abog. Lucio Ramón Rodriguez L. Circunscripción Judicial Paraguari. -75612/29/09.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia, Abog María Graciela Trauth, de la localidad de Itapúa Poty de la Tercera Circunscripción de la República. Cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión ELEUTERIA TORREBLANCA DE GONZALEZ . Itapúa Poty 05/09/24 Ab. Nicolás Ibáñez ( Actuaria Judicial). -75621/30/09.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, del Comercial y Laboral segundo tumo, Dr. Abog Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de: RAFAEL FIRMINO S/ SUCESIÓN. Caazapá 20 de setiembre de 2024. Abog. Liliana Méreles Brizuela (Actuaria Judicial). -75625/30/09.-
SUCESIÓN. CORONEL OVIEDO, 10 de Setiembre de 2024. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de AMELIA ZARATE DE SILVERO. Ante mí: WILSON F. SILVA. Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75475/30/09.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCA LINA TORRES DE LOPEZ. El juicio radica en la Secretaría Nº 6 a cargo del Actuario Marcelo Ivan Benítez Colman CIUDAD DEL ESTE, 18 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75657/30/09.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Itauguá, Abg. Cinthya Usher Granado cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días a partir de la primera publicación, conforme al Art. 741 del C.P.C., a las personas que se crean con derechos hereditarios en la sucesión de ALEJO ESCURRA SALINAS. Los derechos hereditarios deberán ser presentados ante este Juzgado en el Exp. N° 682, al folio 79, año 2024. Itauguá, 16 de setiembre de 2024. Lic. Genaro Rojas Páez, Actuario Judicial. -75594/30/09.-
SUCESIÓN. El Juez de primera instancia en lo Civil, Comercial y laboral del Tercer turno de la cordillera, Dr. JUSTO RAMOS ARRUA, cita y emplaza por sesena días a herederos y acreedores de la sucesión de: GERARDO ROBERTO LARATRO GUNTHER en el Expediente caratulado: “GERARDO ROBERTO LARATRO GUNTHER S/ SUCESIÓN” Nº 384 AÑO: 2024. Ante mí: Abg. NEELI INVERNIZZI, Actuario Judicial.Se hace saber al destinatario e este edicto que el mimo cuenta con el Código QR, por lo cual, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. Firmado digitalmente por: MARIA NELLY INVERNIZZI PALMEROLA (ACTUARIO/A). Caacupé, 20 de setiembre de 2024.75649/30/09.-
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ, EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE
VILLA YGATIMI, MAG. ABG.
MARIA GLORIA GIMENEZ DE SILVERO, cita y emplaza por 60 días por medio del Diario "LA NACION" a los herederos y acreedores de la sucesión de BIENVENIDO SAMANIEGO
VENIALGO S/ SUCESIÓN
AB-INTESTATO, AÑO 2024, N.º 42. Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. Villa Ygatimi, 20 de setiembre de 2024. -75648/30/09.-
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ, EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE VILLA YGATIMI, MAG. ABG.
MARIA GLORIA GIMENEZ DE SILVERO, cita y emplaza por 60 días por medio del Diario "LA NACION" a los herederos y acreedores de la sucesión de DOMICIANO
SAMANIEGO VENIALGO
S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO, AÑO 2024, N.º 41.Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. Villa Ygatimi, 20 de setiembre de 2024.- Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. -75644/30/09.-
SUCESIÓN. Curuguaty, 19 de setiembre de 2024. La Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina Paredes, el Juzgado por proveído de fecha de fecha 11 de junio de 2024, ha resuelto en los autos caratulados:" JULIO
JARA GOMEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA, AÑO: 2.023, Nº457 ordenase la publicación de los edictos en el Diario La Nacion de la Capital, por el termino de 10 días, conforme al Art. 741 del C.P.C., citando a todos los interesados para que dentro del plazo de ley, contados desde la primera publicación se presenten a reclamar derechos., para el efecto ordena la publicación de los edictos correspondientes. El juicio radica en la secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. Schirley Paola Irala, Actuaria Judicial. -75679/03/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, con sede en María Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de EGON ALLEBRANDT DIEKEL. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé
González Ojeda, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 19 de setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75678/03/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abog. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión de MIGUEL ANGEL VILLALBA PAVON. El juicio radica en la Secretaría Nº 2, a mi cargo Abg. Luisa Haudenschild. San Pedro de Ycuamandyyu, 17 de Setiembre de 2024.-75683/03/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz del Cuarto Turno de Ciudad del Este, Abg. Elvira Rossana Borja Zacarías, Secretaría N° 4 a cargo de la Abg. Sonia Raquel Fariña Carvallo, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores contados desde la publicación del presente edicto, a que comparezcan a deducir sus acciones contra el juicio caratulados “LUIS MERCE PAREDES SALINAS S/ SUCESIÓN INTESTADA” Exp. N° 541. AÑO: 2024, por sí o por apoderado a reclamarlo, cuyos trámites radican ante este juzgado. Ciudad del Este Juzgado de Paz, 23 de Setiembre de 2024 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75704/03/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza., cita y emplaza por 60 (sesenta) días, a herederos y acreedores de DEMETRIO MERLO CON C.I. Nº 1.668.737 Y MARGARITA GONZÁLEZ
VDA. DE MERLO CON C.I. Nº 3.746.499, estos autos radican en la Secretaría N° 01. Se hace saber al destina-
tario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR. Hernandarias, 19 de Setiembre de 2024.-75703/03/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abogado Héctor Pastor Ibarra González, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60 días a herederos y acreedores de la sucesión de BERNARDINO LUJAN AGÜERO Y MATILDE PALACIOS DE AGÜERO
Dr. Juan León Mallorquín, 23 de setiembre de 2024. Abog. Roberto Trinidad Escobar (Actuario Judicial). -75699/02/10.-
SUCESIÓN. El Actuario del Juzgado en lo Civil y Comercial del Vigesimo Segundo Turno de la Capital, Sec. Nº 43, Abg. Marco Ocampos, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de la Sra. MIRIAN FELICITA BAEZ
IRIARTE. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 03 de junio de 2024.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Marco Antonio Ocampos Ortíz, Actuario. -75705/03/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de San Pedro de Ycuamandyyu, Circunscripción Judicial de San Pedro Abog. Diego Gauto Ramirez, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, a herederos y acreedores de la sucesión de ELENO MARECO MOLINA , a fin de que los mismos se presenten dentro del plazo de 60 días a ser contado desde la fecha de la primera publicación de edicto por si o por apoderados a reclamarlos. Los trámites se encuentran a cargo de este Juzgado. San Pedro de Ycuamandyyu, 12 de setiembre de 2024. Abg. Paola R. Godoy, Actuaria Especializada. -75725/03/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la Niñez y la Adolescencia de San Estanislao, Abog. Wilson Velazquez, cita y emplaza por sesenta días contados desde la primera publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de la causante JUANA SILVERIA CASTILLO VDA DE COLLEVILLE S/ SUCESION" AÑO: 2024 N° 350 FOLIO: 21, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 741, primera parte del Código Procesal Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 1 a mi cargo. Abog. OSCAR CANTERO Actuario Judicial San Estanislao, 19 de agosto de 2.024. -75724/03/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz de San Rafael del Parana, de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, Abog. Monica Beatriz Baez de Acuña, cita y emplaza,por sesenta (60) días, a los herederos Y acreedores de la sucesión del Sr. EZEQUIEL FARIÑA ROMERO, en el Expte N°144, Año 2024, Folio N°64 vlto, obrante en la secretaria a cargo del Actuario Judicial Abg. Guido Isauro Amarilla Ayala. San Rafael del Paraná, 19 de septiembre de 2024. -75722/03/09.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. Laura Beatriz Rojas Cañete, cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de LEONARDO GARAY AMARILLA. Coronel Oviedo, 8 de agosto de 2024. Ante mí: Wilson F. Silva. Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75746/04/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abog. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión de LAUREANA LOPEZ VDA DE AVALOS. El juicio
VIERNES 27
radica en la Secretaría Nº 2, a mi cargo Abg. Luisa Haudenschild. San Pedro de Ycuamandyyu, 13 de Setiembre de 2024.-75744/04/10.-
SUCESION. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de San Ignacio Guazu Misiones Circunscripcion Judicial de Misiones, Abg. Alberto Rene Melgarejo Guirland, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ARNALDO DUARTE GIMENEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Antonio Lourenzo Pedrozo, Actuario Judicial. San Ignacio Guazu, 18 de Setiembre de 2024 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75736/04/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira Mercado, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de ELVIO ESTIGARRIBIA MARTÍNEZ Ñemby, 04 de abril de 2024. Abog. Cecilia C. Martínez L., Actuaria Judicial. -75729/04/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz de Villa Elisa, Dra. Martha Benítez Alderete cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de Sucesión JUAN ALARCON VILLAREAL. Villa Elisa, 20 de setiembre de 2024. Abg. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial.-75758/04/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz de Villa Elisa, Dra. Martha Benítez Alderete cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de Sucesión PEDRO ANTONIO BRITEZ CACERES. Villa Elisa, 18 de setiembre de 2024. Abg. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial. -75758/04/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. Laura Mercedes Gonzalez Cristaldo, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANA MARGARITA ROA
ESTECHE para que se presenten al juzgado a reclamar sus derechos. El juicio caratulado “ANA MARGARITA ROA ESTECHE S/ SUCESION INTESTADA– AÑO 2024 - Nº 165”, radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Leonardo Soto Mendoza. Actuario Judicial, Secretaría N° 4. Caaguazu, 20 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75750/04/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera instancia de lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Dr. Abg Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión ROSALVA CABALLERO VILLALBA S/ SUCESION. San Juan Nepomuceno, 11 de septiembre de 2024, Secretaria 1. Abg Leonida E. Pereira, Actuaria Judicial. -75776/05/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, 2 turno Dr Carlos Alberto Cañete, cita y emplaza por sesenta dias a herederos a acreedores de la sucesión de VALMIR JOSE SCHMITT S/ SUCESIÓN AB INTESTATO. 13 de setiembre de 2024. Abg. Liliana Mereles Brizuela, Actuaria Judicial. -75774/05/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez de Ciudad del Este, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CLETO GIMENEZ LOPEZ Y GERMINA ARANDA DE GIMENEZ. Ciudad del Este, 5 de junio de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos (Actuaria Judicial, Secretaría N° 10). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75787/05/10.-
SUCESION. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Pedro de Ycuamandyyu, Circunscripción Judicial de San Pedro Abog. Diego Gauto Ramírez, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCO NOGUERA, a fin de que los mismos se presenten dentro del plazo de 60 días a ser contado desde la fecha de la primera publicación de edicto por sí o por apoderados a reclamarlos. Los trámites se encuentran a cargo de este Juzgado. San Pedro de Ycuamandyyú, 17 de setiembre de 2024. Abg. Paola R. Godoy (Actuaria Especializada).
-75824/05/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, con asiento en el Distrito de Yguazú, Abg. María José Florentín Florentín, secretaría a cargo del Actuario Abg. Dionisio Ramón Alvarenga, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, contados desde la primera publicación del presente edicto, a los interesados en la sucesión del juicio caratulado "JUAN DE LA CRUZ MARTÍNEZ
GONZÁLEZ Y MARGARITA PERALTA DE MARTÍNEZ S/ SUCESIÓN. EXP. N° 197, FOLIO 13 VLTO, AÑO 2024", a fin de que se presenten a reclamar sus derechos por si por apoderado, si los tuvieren. Yguazú, 24 de setiembre de 2024. -75828/05/09.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Pedro del Paraná, de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, Abg. Francisca Solana Aquino, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de LAURA
LILIANA MERELES
SOTELO Y/O LAURA
LILIANA MERELES DE CHAVEZ CON C.I.N° 3.688.715. El juicio radica en la secretaría a mi cargo, Abg. Anibal Amarilla Navarro, Actuario Judicial.- San Pedro del Parana, 24 de setiembre de 2024. De igual manera se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual por parte del Actuario del Juzgado, conforme a la Acordada N° 1366/2019.75860/05/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, sede María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de REMIGIO MADRUGA . El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz. Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 24 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75861/05/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz Interino de San Estanislao Abog, Wilson David Velazquez Urunaga, cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de sesenta dias, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar derechos en la sucesión de CELSO ISMAEL PEREIRA MONGES. El juicio radica en la Secretaria N° 1 a mi cargo. Abog. Oscar Ariel Cantero Villalba. San Estanislao, 23 de Setiembre de 2024. -75855/05/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz interina en lo Civil, Comercial y Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Itaugua, Abog. Cinthya Usher Granado, cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días a partir de la primera publicación, conforme al art. 741 del C.P.C., a las personas que se crean con derechos en la sucesión de DIEGO ROA . Los derechos hereditarios deberán ser presentados ante este Juzgado en el Exp. N° 766, al folio 81, año 2024. Itaugua, 13 de setiembre de 2024. Lic. Genaro Rojas Páez – Actuario Judicial. -75854/05/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo civil y comercial del primer turno de la circunscripción del guaira (Villarrica), Abg. Liza Alfonso, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a los herederos y acreedores de la sucesión de MARIA ALBERTA RAMOS DE GONZALEZ . El juicio sucesorio se tramita ante la Secretaría N° 2, a cargo de
la Actuaria Teresita Ortellado Zorrilla. Villarrica, 26 de agosto de 2024.Firmado digitalmente por: Teresita Noemí Ortellado Zorrilla(Actuaria). -75852/05/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Yuty, Dr. Miguel Ángel Riquelme Irala, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GRACIELA BENITEZ CORONEL . Abog. Orlando Miranda Pereira, Actuario Judicial, Circunscripción Judicial Caazapá). Yuty, 24 de setiembre de 2024.75848/05/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Villa Elisa Abg. Martha Benítez Alderete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FELIX ISRAEL PRIETO E HILARIA VAZQUEZ DE PRIETO. Villa Elisa, 19 de setiembre de 2024 Abg. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial. -75869/05/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz de la Ciudad de Yataity del Norte Abg. Natalia Elizabeth Miranda Dacak, en los autos caratulados eligio recalde romero s/ sucesión. cita y emplaza, por el término de diez (10) días a los herederos y acreedores de la sucesión causante ELIGIO RECALDE ROMERO, para que en el plazo de sesenta días contados desde la primera publicación concurran a ejercer sus Derechos. Actuaría, Abg. Emilia Alfonzo. Yataity del Norte, 10 de setiembre de 2024. Ante mí: Abg. Emilia Alfonzo Actuaria - Juzgado de Paz.75866/05/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, con sede en maría auxiliadora abg. r. evelin cabrera paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FIDENCIO FRANCO SALAS. El juicio radica en la secretaría N°2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 12 de setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria
la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75865/05/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, con sede en María Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CATALINO MORENO PAREDES. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 20 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75862/05/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, de la Localidad de Itapua Poty, Abg. Maria Graciela Trauth, cita y emplaza por sesenta días a Herederos y Acreedores de la SUCESIÓN DE MARIO LEGUIZAMON BAEZ . Itapúa Poty, 19 de Setiembre de 2024. Abog. Nicolas Ibañez, Actuario Judicial. -75885/06/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la República, con sede en Maria Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAMON ALVARENGA BOGADO. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 20 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75884/06/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la República, con sede en Maria Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de PASCUALA LUGO S/ SUCESIÓN INTESTADA. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 28 de octubre de 2022.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75882/06/10.-
SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua. Abog. María Marcela Diaz Medina, cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de YOLANDA PAEZ GONZALEZ. Carapeguá, 19 de setiembre de 2024. Abog. Lucio Ramón Rodriguez, Actuario Judicial Circunscripción Judicial de Paraguari. -75878/06/10.-
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de EULOGIO PENAYO ESPINOLA. Ciudad del Este, 26 de Setiembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos (Actuaria Judicial, Secretaría N° 10). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-75887/06/10.-
SUCESIÓN. POR DISPOSICIÓN DE S.S. EL JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL TERCER TURNO DE LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN ABG. JAVIER A. FERREIRA GARCETE, cita y emplaza, por sesenta días, a herederos, legatarios, acreedores
e interesados en reclamar derechos contra la sucesión del Señor GUSTAVO RAMON GALEANO ROY S/ SUCESION INTESTADA, el Juicio radica en la Secretaría a mi cargo Abg. Claudio Raúl Molas Mereles. Firmado digitalmente por: CLAUDIO RAL MOLAS MERELES (ACTUARIO/A). Concepción, 24 de Septiembre de 2024.-75920/06/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz de la Colonia Tupa Renda Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Porfirio Guzman Bernal Ramírez, cita y emplaza, por el término de 60 (sesenta) días contados a partir de la primera publicación a todos los que tengan interés en la sucesión de ALICIA GONZALEZ Y/O ALICIA GONZALEZ CHAMORRO DE VARGAS Y TOMAS VARGAS CABRAL . Secretaría a cargo de la Abg. Débora Pedro Maurich. Tupa Renda, 17 de setiembre de 2024.75918/06/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz de la Colonia Tupa Renda Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Porfirio Guzman Bernal Ramírez, cita y emplaza, por el término de 60 (sesenta) días contados a partir de la primera publicación a todos los que tengan interés en la sucesión de CATALINO ACOSTA Y/O CATALINO ACOSTA ZELAYA Y ODOCIA ENCISO. Secretaría a cargo de la Abg. Débora Pedro Maurich. Tupa Renda, 17 de setiembre de 2024. -75912/06/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz de la Colonia Tupa Renda Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Porfirio Guzman Bernal Ramírez, cita y emplaza, por el término de 60 (sesenta) días contados a partir de la primera publicación a todos los que tengan interés en la sucesión de ASCENSION IRIARTE Y JOSEFA CANTERO. Secretaría a cargo de la Abg. Débora Pedro Maurich. Tupa Renda, 17 de setiembre de 2024.-75905/06/10.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Dr. Walter Raúl Mendoza Orue, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de NIDIA ALBERTA AGUILERA DE NUÑEZ, que tengan algún derecho o interés que reclamar contra la misma. ASUNCION, 25 de Setiembre de 2024.-75898/06/10.-