SUPLEMENTO - AGRUPADOS - EDICIÓN 10.663

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AGRUPADOS&JUDICIAL.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abogado Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “SILVINA DOS SANTOS DE ESPINOLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES – EXP. N° 34 – AÑO 2024 – SRIA N° 1” ha dictado el A.I. N° 169, de fecha 10 de abril de 2024, en lo cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria 01 de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 16 de setiembre de 2024. 75847/30/09-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abog Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “RODRIGO IVAN CABAÑAS MARECOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” ha dictado el A.I. N° 389, de fecha 21 de junio de 2024, en la cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 28 de junio de 2024. 75794/30/09-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abogado Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “SUSANA INES HELLMAN RODAS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES – EXP. N° 35 – AÑO 2024 – SRIA N° 1” ha dictado el A.I. N° 177, de fecha 10 de abril de 2024, en lo cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria 01 de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 17 de setiembre de 2024. 75817/30/09-

CONVOCATORIA DE

ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abog Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “WIDILFO RAMOS

MIRANDA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” ha dictado el A.I. N° 397, de fecha 21 de junio de 2024, en la cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 28 de junio de 2024. 75807/30/09-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abog Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “YENNI ELIZABETH VILLAGRA RODRIGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” ha dictado el A.I. N° 397, de fecha 21 de junio de 2024, en la cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 28 de junio de 2024. 75815/30/09-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abogado Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: “TERESA BEATRIZ ORTIZ RAMIREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES – EXP. N° 21 – AÑO 2024 – SRIA N° 1” ha dictado el A.I. N° 163, de fecha 10 de abril de 2024, en lo cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria 01 de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 16 de setiembre de 2024. 75841/30/09-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty, Abogado Miguel Ángel Riquelme Irala, en los

autos: “ZULMA ESTHER SAMUDIO GAUTO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES – EXP. N° 17 – AÑO 2024 – SRIA N° 1” ha dictado el A.I. N° 166, de fecha 10 de abril de 2024, en lo cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria 01 de la Actuaria, Abog. Carolina González. Yuty, 17 de setiembre de 2024. 75822/30/09-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CHRISTIAN RAMON GALEANO FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 488 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. CHRISTIAN RAMON GALEANO FERREIRA y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario. 2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. CHRISTIAN RAMON GALEANO FERREIRA con Cédula de Identidad N° 2.480.967.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. - 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

donde sean tramitados los juicios. 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Síndico del 2do. Turno Abog. Julio Cesar Agüero Colarte, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia...”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75894/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “BLAS NESTOR MARTINEZ MONTANIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 498 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. BLAS NESTOR MARTINEZ MONTANIA y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.- 2.-ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. BLAS NESTOR MARTINEZ MONTANIA con Cédula de Identidad N° 1.722.351.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.- 5.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecu-

SÁBADO 28 SETIEMBRE DE 2024

tivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. -8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75895/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CARLOS ALCIDES ORTIZ DELGADILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 486 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor CARLOS ALCIDES ORTIZ DELGADILLO con Cédula de Identidad N° 1.001.467. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA

NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y a la institución que corresponda, en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará por en formato electrónico. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75896/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CARLOS ALBERTO BENEGAS PRIETO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 502 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. CARLOS ALBERTO BENEGAS PRIETO y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.2.- ADMITIR la convocación

2 JUDICIAL .

de acreedores del Sr. CARLOS ALBERTO BENEGAS PRIETO con Cédula de Identidad N° 4.822.528.- 3.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.- 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia…”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 25 de Setiembre de 2024. 75897/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “CRISTIAN DAVID GONZALEZ ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 495 del 24 de setiembre del 2024, que

copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor CRISTIAN DAVID GONZALEZ ORTIZ, con Cédula de Identidad N° 3.753.190. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público.

8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento, al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación y al Ministerio de Educación y Ciencias en la forma y a los efectos solicitados.

10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75899/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “DEMETRIO SANCHEZ RODRIGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 490 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor DEMETRIO SANCHEZ RODRIGUEZ con Cédula de Identidad N° 4.364.965. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley.

7.-DAR intervención al Ministerio Público.

8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un

código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75900/01/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “GRACIELA GONZALEZ VALDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 506 del 24 de setiembre 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora GRACIELA GONZALEZ VALDEZ con Cédula de Identidad N° 2.973.277. 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIAS en la forma y a los efectos solicitados. 10.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2° turno Abg. Julio Cesar Agüero C., a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará por cedula en formato electrónico. 11.-ANOTAR,

registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75902/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “EDGAR DIOSNEL AGÜERO PAREDES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 494 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor EDGAR DIOSNEL AGÜERO PAREDES, con Cédula de Identidad N° 5.269.539. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley.

7.-DAR intervención al Ministerio Público.

8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al

Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75903/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “IGNACIO RAMON PORTILLO GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 500 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. IGNACIO RAMON PORTILLO GALEANO y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. IGNACIO RAMON PORTILLO GALEANO con Cédula de Identidad N° 4.446.955.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Ins-

tancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. -8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica. 12.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75906/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “ISMAEL GONZALEZ RIOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 497 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor ISMAEL GONZALEZ RIOS con Cédula de Identidad N° 5.370.159. 2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador,

como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley.

7.-DAR intervención al Ministerio Público.

8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y al COMANDO DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El cual se notificará por cedula en formato electrónica. 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75908/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “MARIAN ROCIO BURGOS DE SALDIVAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 489 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MARIAN ROCIO BURGOS DE SALDIVAR con Cédula de Identidad N° 3.229.014.- 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA

NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL en la forma y a los efectos solicitados. 10.DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El cual se notificará por cedula en formato electrónico. 11.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75910/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “JOSIAS ENRIQUE MARTIN FLORENCIAÑEZ ESCOBAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 499 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada al Sr. JOSIAS ENRIQUE MARTIN FLORENCIAÑEZ ESCOBAR y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema

de gestión de casos previa autenticación digital por el actuario.- 2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Sr. JOSIAS ENRIQUE MARTIN FLORENCIAÑEZ ESCOBAR con Cédula de Identidad N° 5.024.406.- 3.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.- 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.- 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. - 8.- DAR intervención al Ministerio Público. -9.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula electrónica 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75911/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el

SÁBADO 28 SETIEMBRE DE 2024

juicio caratulado: “MARIANA GALEANO ESCOBAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 503 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MARIANA GALEANO ESCOBAR con Cédula de Identidad N° 5.672.068. 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público. 8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y COMANDANCIA DE LA POLICIA NACIONAL en la forma y a los efectos solicitados. 10. DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente, el cual se notificará por cedula en formato electrónico. - 11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 25 de Setiembre de

2024. 75913/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “RICARDO VARGAS ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 487 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentada a RICARDO VARGAS ORTIZ y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por la Actuario. - 2.- ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora RICARDO VARGAS ORTIZ con Cédula de Identidad N° 1.302.377.- 3.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 4.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.- 7.- ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. - 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.- DESIGNAR al Síndico del 2do. Turno Abog. Julio Cesar Agüero Colarte, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cedula electrónica. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor

4 JUDICIAL .

documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. “LA NACION”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 75914/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “VANESSA MARIA ANTONELA RIVAROLA GUERRERO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 485 del 23 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.- ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora VANESSA MARIA ANTONELA RIVAROLA GUERRERO con Cédula de Identidad N° 3.439.966. 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.

6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los

correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Síndico del Segundo Turno Abg. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará por cedula en formato electrónico.11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima wCorte Suprema de Justicia. -. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 25 de Setiembre de 2024. 75915/01/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “LUCAS ALVAREZ GODOY S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 501 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice:

“…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor LUCAS ALVAREZ GODOY con Cédula de Identidad N° 1.900.156.

2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.

4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días.

5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.

6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los

plazos previstos en la Ley.

7.-DAR intervención al Ministerio Público.8. COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.

9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS en la forma y a los efectos solicitados.

10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica.

11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.-….”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 02/10-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “DOLLY LUCELIA GALEANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES ”, ha dictado el A.I. N° 493 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora DOLLY LUCELIA PAEZ GALEANO con Cédula de Identidad N° 3.947.691. 2.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convo -

cataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al BANCO NACIONAL DE FOMENTO y al MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIAS en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica.

11.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 02/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “EDGAR LORENZO ECHAGUE PAREDES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 492 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores del Señor EDGAR LORENZO ECHAGUE PAREDES con Cédula de Identidad N° 6.729.654.2.-DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo

de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos.

4.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días.

5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios.

6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.-LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento y al Comando de las Fuerzas Armadas de la Nación en la forma y a los efectos solicitados. 10.DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato cedula electrónica. 12.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 02/10CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “MARTA STELLA SCHININI ESTIGARRIBIA S/ CONVOCATORIA DE

ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 491 del 24 de setiembre del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MARTA STELLA SCHININI ESTIGARRIBIA con Cédula de Identidad N° 1.007.576. 2.DEJAR establecido que la convocatoria no es comerciante. 3.-CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 5.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 6.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.-DAR intervención al Ministerio Público. 8.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 9.LIBRAR los oficios al Banco Nacional de Fomento, Ministerio de Educación y Ciencias y el Colegio Técnico San Miguel en la forma y a los efectos solicitados. 10.-DESIGNAR al Agente Síndico del 2do. Turno Abog. JULIO CESAR AGÜERO COLARTE, a los efectos de la intervención correspondiente. El mismo se notificará en formato de cedula electrónica. - 12.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 26 de Setiembre de 2024. 02/10-

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AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACION PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES QUE SE FORMALIZA. Por Esc. Pub. Nº 111 de fecha 21/05/2024, autorizada por la Esc. Pub. Zully M. Schmidke G., se procedió al Aumento de Capital y Modificación Parcial de Estatutos Sociales de la firma MOVEL MAX SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de la que se tomó razón en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica Nº 4339, Serie: Comercial, inscripto bajo el Nº 04, folio 37 y sigs., en fecha 14/08/2024. Dictamen D.R.F.S.: 106415 de fecha 06/08/2024. Representante Legal: Jonas Nicolau Meinerz Frohlich. Domicilio Legal: Ciudad de Santa Rita, Departamento de Alto Paraná, República del Paraguay. -75923/29/09.-

Por Escritura Pública Nº 45 de fecha 05/09/2024, pasada ante el Esc. Luisa Portillo Duarte, se realizó el aumento de capital y emisión de acciones de la sociedad GRUPO ONHAND que tiene como. Objeto: Comercio al por mayor de otros productos N.C.P. con  Domicilio Adrián Jara c/ Piribebuy edificio Lai Lai center. Administración a cargo del Sr. Ruben Chilavert Rojas. Inscripto en la Dirección General de Los Registros Públicos en el Registro Personas Jurídicas y Asociaciones bajo el N.º.1 folio 1 y siguientes de fecha 05/09/2024.-75956/30/09.-

AUMENTO DE CAPITAL.

Por Esc. Nº 02 Comercial “A” del 26/01/2024, ante la NP Inés Rodríguez Alcalá de Bauzá. Se aumentó el capital social de CREDI MERCO SOCIEDAD ANÓNIMA con RUC N° 80080346-9, a la suma de G. 14.850.000.000 y la emisión de acciones por G. 200.000.000, modificándose el Art. 5º de los Estatutos Sociales. Inscripto en la D.G.R.P. Sección Personas  Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 7393. Serie Comercial, bajo el Nº 07, folio 59, en fecha 02/09/24. DRFS Nº 103959 del 06/08/2024.-75957/30/09.-

AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Por Esc. Nº139 civil “B”, de fecha 29/07/2024, ante la N.P. Sara Maria Antonia Díaz Verón, parcialmente los Estatutos Sociales de la firma LAS AMERICAS S.R.L., las cuales quedan redactadas de la siguiente manera: "Quinta: El Capital Social se fija en la suma de Gs.5.100.000.000 (Guaraníes Cinco Mil Cien Millones), suscriptas e integradas totalmente en este acto, mediante capitalización de iguales importes que le correspondan como créditos contra la sociedad y han sido transferidas a cuenta de capital, divididos en 5.100 (Cinco Mil Cien) cuotas de Gs.1.000.000 (Guaraníes Un Millón).- “Decima: De las utilidades realizadas en cada ejercicio se destinaria el 5% del capital social para la formación del fondo de reserva legal, dicha obligación cesará cuando dicho fondo alcance el 20% del capital social y las utilidades serán distribuidas entre los socios en la misma proporción de sus aportes y las pérdidas serán soportadas por los socios de la misma proporción establecida para las ganancias. Quedando las demás cláusulas

vigentes, válidas, subsistentes y sin variación ni modificación alguna. Socios Gerentes Guillermo Méreles Casco. Socio Gerente: Isidra Amarilla de Méreles.Inscripto en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y comercio, Matricula Juridica Nº27.527, serie Comercial, inscripto bajo el Nº3 y al folio 17, de fecha 13/09/2024. -75961/30/09.-

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Esc. Pob. N° 1.127 de fecha 18/06/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. de los Registros Publicos en fecha 09/09/2024. Reg. De Personas Juridicas y de Comercio, Matricula N 2.140, bajo el N 01,  Folio 01 y sgtes. SERIE "SUACE", se constituyó la firma "TRINOVA S.A.Duración: 99 años. - Socios:  Enarique Valenzuela, Marcel Burgos y Numa Sanchez.- Presidente Enrique Valenzuela, Vice Presidente Marcel Burgos. Director Titular: Numa Sanchez - Capital Gs.5.000.000.000 -Objeto: Inversiones inmobiliarias, fincieras y de capital, contrato, gestión de negocios, marcas, patentes, etc. Y demás actividades de licito comercio. -76856/28/09.-

CONSTITUCIÓN DE SOCIE-

DAD. Por Esc. Púb. N° 1.642 de fecha 28/08/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos en fecha 18/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula Nº 44.479, bajo el N° 01, folio 01-14. Serie “COMERCIAL”, se constituyó la firma “HR DESA-

RROLLOS S.A”. -Duración: 99 años. -Socios: Julio Hernandez y Andrea Ramirez. –Presidente: Julio Hernandez. Vicepresidente: Andrea Ramirez. Síndico titular: Carlos De Leon Cooseman. -Capital: Gs.20.000.000. -Objeto: Realización de todo tipo de proyectos arquitectónicos, ingeniería, construcciones urbanas, rurales, construcciones en general, etc. -75856 3/29/09.-

CONSTITUCIÓN DE “EMPRENDIMIENTOS 3 HERMANOS” SOCIEDAD ANONIMA. Por escritura pública Nº 66, de fecha 25/06/2021, autorizada ante la Escribana Pública GLADYS LOURDES VILLALBA DE CORONEL, se constituyó la firma “EMPRENDIMIENTOS 3 HERMANOS” SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Villa Elisa, duración: 99 años. Objeto principal: La Sociedad tendrá por objeto principal la venta e importación de materiales eléctricos, ferretería, productos de iluminación, telefonía, sanitarios, electrónica, telecomunicaciones, construcciones civiles, metalúrgicas, hidráulicas, montaje en obras. PRESIDENTE: OSMAR MARTIN BARQUINERO LOMBARDI. DIRECTOR TITULAR: LEIDY CHRISTIAN DAVID BARQUINERO LOMBARDI. - Inscripta en el Registro Público de Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Nº 35658, Serie: Comercial, bajo el Nº 1, Folio 1-15, entrada Nº: 11279924 en fecha 10/08/2021; e inscripta en el Registro Público, Matrícula de Comerciante, bajo el Nº 653, folio 653, providencia de fecha 25/06/2021 y fecha de expedición el 02/09/2021.75881/29/09.-

SÁBADO 28 SETIEMBRE DE 2024

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LN SERVICE

S.A. Por escritura pública Nº 180 de fecha 16/05/2024, autorizada por la N.P. Fátima Diana Acosta Almada., se constituyó la firma “LN SERVICE” SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: VILLA ELISA Ciudad de VILLA ELISA República del Paraguay. Duración: 99 años. Objeto: dedicarse por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros dentro y fuera del país a la elaboración, fabricación, venta y transporte de todo tipo de materiales de construcción y sus derivados. Capital suscripto e integrado: Gs. 50.000.000; Socio – Gerente: Norma Adriana Notari Bogado; Socio Gerente: Luis Leandro Leguizamón Meza; Socio –Gerente Aníbal Orrego Alcaraz. Inscripción: a) Secciones Personas Jurídicas y Asociaciones, bajo el Nº 1 y al folio Nº 1/14 serie: Comercial en fecha 07/06/2024 y b) Registro Público de Comercio, Registro de Contratos, bajo el Nº 8504 serie Comercial folio 8504, en fecha 07/06/2024.75924/29/09.-

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. de la firma  SKY COMPANY S.A. Por Esc. Pub. Nº 119 fecha de constitución 08 de julio del año 2024, ante el  N.P Abraao Júbilo Silva Monteiro. Capital Social. Se fija en la suma de Guaraníes Quinientos Millones (Gs. 500.000.000) representado por cien (100) acciones Ordinarias, Nominativas y Endosables por un valor nominal de Cinco Millón (Gs 5.000.000) cada una. Las acciones estarán correlativamente enumeradas con números arábigos del 1 al 100. Dirección: Calle Boquerón

N°291 C/ Pa’i Pérez, Edificio Penta. Firma: Presidente: Ammar ATtheh. Inscripto en la D.G.R.P. Secc. Personas Jurídicas y Comercio Inscripto Bajo el Nº 1.- Folio 1. Ambos de fecha 09/08/2024. -75949/30/09.-

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública N° 194 de fecha 29/07/2024. Pasada ante el Notario y Esc. Público Juan Gilberto Orella Registro Notarial Nº 362, cédula identidad 547.878. Fue constituida la firma SAINT MARY SOCIEDAD ANÓNIMA, presidente: Francisco Franco Mancuello, vice-presidente: Alejandra Raquel Álvarez González, Sindico Titular: Andrés Marecos Benítez. Domicilio: Ciudad del Este, Paraguay, Duración: 99 años. Objeto: Dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, los siguientes: Prestación de servicios médicos, hospitalarios, sanatoriales, consultas médicas, internaciones, odontológicas o de cualquier otra actividad médica y relacionada con la salud humana. Capital: GS. 500.000.000.- Inscripto en la D.G.R.P., Secc. Personas Jurídicas y Asociaciones, Mat Jurid. 44277 Serie Comercial Entrada 14061302 en el nro 1 folio 1, en fecha 20/08/2024 .-75980/30/09.-

CONSTITUCIÓN DE SOCIE-

DAD. Por Escritura Pública N° 61, del 14/08/2024, autorizada por el Esc. Milciades González Schuhbaum, se constituyó la firma FAFA S.A., Domicilio: Avda. Santo Domingo e/ Nanawa, de la calle 1 y 2, Bo. Laurelty de la ciudad de Luque, Capital emitido, suscripto e integrado: Gs. 400.000.000,

Duración 99 años; Objeto: Importación, exportación y distribución de mercaderías ilícitas en general, entre otras. Directorio: Presidente: Adam Faleaih Hasan Segovia, vicepresidente: Gabriela Belén Candia Honzi, sindico titular: Carmen Diana Maidana Mendoza, Sindico Suplente: Edgar Daniel Rolón Barrera. Inscripto en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica N° 44.478, Serie Comercial, bajo el N° 01, folio 01, el 17/09/2024; y con Matrícula de Comerciante N° 9.322, folio 9.322, el 20/09/2024.-75988/30/09.-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty Abog. Mario Cesar Miranda Gutiérrez, en los autos; "CARMEN ROSA MERELES NUÑEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES", ha dictado el A.I. N.º 412 de fecha 21 de junio de 2024, en lo cual ordena la publicación por 5 (cinco) veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta Convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo

de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la Secretaría 01 de la Actuaria, Abogada Carolina González. YUTY, 26 de Agosto de 2024.- Abg. Carolina González, Actuaria Judicial. Circunscripción Judicial de Caazapá. -75663/28/09.-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Yuty Abog Miguel Ángel Riquelme Irala, en los autos: "MIGUEL ANGEL AMARILLA PAIVA S/ CONVOCA-

TORIA DE ACREEDORES" ha dictado el A.I. N° 408 de fecha 21 de junio de 2024, en la cual ordena la publicación por cinco (5) veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta Convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores del convocatorio para que en el plazo de 30 dias presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la Secretaría 01 de la Actuaria. Abg. Carolina González. YUTY, 25 de Setiembre de 2024. Abg. Carolina González Actuaria Judicial Circunscripción Judicial de Caazapá.-75877/01/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELADIO GOMEZ Y REINERIA ARAUJO VERA para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 16 de Setiembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. -75421/01/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La Jueza de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Paraguarí, Dra. Sady Carolina Barreto Torres, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar a derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ROSANNA NOEMI ARGÜELLO Y SERGIO LEONEL

DIAZ para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuestos en el Art.55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. PARAGUARI, 13 de Setiembre de 2024. Abg. Denise Raquel Galeano. Actuaria Judicial. -75431/01/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Paraguarí, Sria. Nº 3, Dra. LIDUVINA OTAZU DE MERELES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “MARTIN ROBERTO MARECOS

MARTINEZ Y DELIA JAZMIN QUINTANA GONZALEZ” para que en términos de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibi-

miento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 reforma parcial del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Abg. HADY GIMENEZ PEREZ. (ACTUARIA JUDICIAL). -75431/01/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: MONICA BEATRIZ MARIN DE AQUINO E HIGINIO AQUINO VERA, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria N° 02 mi cargo Abg. Hugo Servin, Actuario Judicial. Conste.- Curuguaty, 20 de Agosto de 2024. -75390/01/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Noveno Turno, Abg. Mafalda María Cameron Luque, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ALDO NADHIN COLMAN CANER Y RUTH YANINE ARIAS MARTINEZ, para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del Edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en Secretaria a mi cargo.- Ante mí: Marcelo Rocholl. Actuario Judicial Secretaria N° 17. Asuncion, 13 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-75472/02/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Katueté, Circunscripcion Judicial de Canindeyu, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario, por quince veces convocando

a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el JUICIO: LIZ MARLENE

NUÑEZ DE BALESTRO C/ CLODOALDO BALESTRO YUBERT S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, EXPEDIENTE Nº 131/2024, que radica en la secretaria Nº 02, a cargo del Actuario Judicial interino Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.-  Katuete, 9 de setiembre de 2024.75483/02/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, sede Maria Auxiliadora; Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DEMETRIO MENDOZA AGUIRRE y SARA EMILIA ACOSTA

MEZA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 17 de Setiembre de 2024 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75502/02/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, Abg. Gloria Liz González, cita y emplaza por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad

conyugal formada por los esposos "JHONY JAVIER DOMÍNGUEZ AGUILERA Y LUZ CRISTINA LEÓN

DIARTE S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL" Exp. N° 152Año: 2024" para que, en el término de treinta días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio de referencia radica en la secretaría N°1, a cargo del Actuario Judicial Abg. Orlando David Trinidad. Se hace saber al destinatario del presente edicto, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020, de la Corte Suprema de Justicia. Doctor Juan León Mallorquín, 12 de Setiembre de 2024. -75504 /03/09.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. Curuguaty, 17 de setiembre de 2024.- La Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Curuguaty, Abg. Sonia Medina, cita y emplaza por el término de Ley a los que tengan interés legítimo en reclamar derechos en contra la Sociedad conyugal conformada por los esposos MARIA CRISTINA BOGADO GONZALEZ

CON C.I. 6.739.019 Y NELSON VELAZQUEZ FLEITAS

CON C.I. 5.522.992, para que en el perentorio termino de treinta días, contado desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 02, a cargo del Actuario Judicial Abg. Hugo Servin. -75528/03/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. CURUGUATY, 29 de Agosto de 2024 EL JUEZ PENAL ADOLESCENTE E INTERINO DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CURUGUATY, ABG.VICTOR DARIO GODOY CHAMORRO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: LUIS CESAR RODRIGUEZ ACOSTA Y ADA LIZ MENDOZA BAEL Para que en el perentorio ter-

mino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. SCHIRLEY PAOLA IRALA,Actuaria Judicial. Firmado Digitalmente c/ Código QR.75552/04/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez De Primera Instancia En Lo Civil Y Comercial Del Tercer Turno De La Ciudad De San Lorenzo, Secretaria 6, MGS. FELIPE MERCADO NAVARRO, CITA Y EMPLAZA por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIA ALEJANDRA SANTANDER PAIVA Y MAURO ANTONIO SILVA CAÑETE SAN LORENZO, 18 de Setiembre de 2024. ABG. HELEN SOLEDAD GALARZA MANN (ACTUARIA JUDICIAL). -75584/04/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA (Villarrica), Abg. Liza Alfonso, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad formada por los esposos CLAUDIA PATRICIA STOCKEL MARTINEZ Y MARCO ANTONIO MIRANDA MORA, para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo.-VILLARRICA, 29 de Agosto de 2024.-75575/04/10.-

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DANA CAMILA YERUTY CASTILLO ARRUA Y FERNANDO FLORENTÍN GIMÉNEZ, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en

el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. Gonzalez G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 20 de Septiembre de 2024.-75626/05/10.-

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Cynthia Rossanna Pineda Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LUCAS DE PONTE RODRIGUES Y DEYSI CAROLINA NOTARIO LESME, para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el

Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. (Actuaría Norma Bodencer). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 17 de Septiembre de 2024.-75622/05/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil del Vigésimo Cuarto Turno, Doctora Magali Zavala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos XIMENA MARIA CRISTINA REBULL DE GOMEZ Y ALEJANDRO MARCELO GÓMEZ MOREYRA. Para que en termino de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Asunción, 16 de septiembre de 2024.-75643/05/10.-

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial Alto Paraná, Abg. Sara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANUNCIO RAMÓN CACERES Y NANCY ZORAIDA GAMARRA IRALA, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a cargo. (Actuario Abog. Rodney E. González G.). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 20 de Setiembre de 2024.75668/08/09.-

8 JUDICIAL .

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: EVARISTA

GALLARDO DE ALFONSO Y VICTOR ALFONSO Para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Judicial. Abg. Schirley Paola Irala, Actuaria Judicial . Curuguaty, 19 de setiembre de 2024.-75681/08/09.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. Coronel Oviedo, 20 de Setiembre de 2024. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. Laura Beatriz Rojas Cañete, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LETICIA NATIVIDAD BAEZ GOMEZ Y ISMAEL VARELA ENCINA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Wilson Silva, Actuario Judicial.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75697/08/09.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. El Juez Interino de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Cordillera, Dr. Justo Ramos Arrúa, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal formada por los esposos

CLAUDECIR BENITEZ

AVALOS Y MARISA ELENA

ESCOBAR, para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a

cargo de la Actuaria Abg. Sandra Elizabeth Busam Román. CAACUPE, 12 de Abril de 2024

Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1.335/2019 de la Corte Suprema de Justicia.-75691/08/09.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital Abg. Rocio González Morel, Sria. 19, cita y emplaza por 15 (quince) veces a los que tengan Interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos

DIANA ISABEL LOPEZ

FRUTOS Y DIEGO

ORLANDO PEÑA TORRES

Para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de ley. El juicio radica en la secretaria a mi cargo Abg. Rebeca Espinola Rezano. Asuncion, 16 de setiembre de 2024. Firmado digitalmente c/ Código QR. -75741/10/10.-

DISOLUCIÓN Y LIQUIDA-

CIÓN DE LA COMUNIDAD

CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias de la Circunscripción judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza, cita y emplaza por 15(quince) días, a quienes tengan intereses a reclamar contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANDERSON ESPINOLA

MARTINEZ Y DAHIANA

MONSERRAT DELGADO IRALA, para que comparezcan en el término perentorio de 30 (treinta) días contados desde la última publicación del presente Edicto, a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Artículo 55 de la Ley 1/92 y en el Art. 614 del C.P.C. del Código Procesal Civil. El Juicio radica en la secretaría a cargo de la secretaría N° 02. Se hace saber al destinatario, para tener certeza que este documento es válido, el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá recurrir a la utilización del lector del mencionado Código, a fin de constatar su autenticidad.Hernandarias, 19 de Marzo de 2024. -75737/09/09.

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia Civil y Comercial y Labo-

ral de San Juan Nepomuceno, Dr Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por quince veces a los que tenga interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ANTONIA GARICOCHE GONZALEZ C/ JUAN DARIO ORTIZ RIVAS S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, para que en el termino de 30 dias contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. 12 de septiembre del 2024, Abg Liliana Mereles Brizuela, Actuaria Judicial. -75773/10/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, a cargo de Alfredo Barrios Jara, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interes en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los señores “AMALIA ESCOBAR DE MONGES Y GREGORIO MONGES” para que en el termino de treinta dias contados desde la publicacion del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la ley Nº 1/92. El juicio radica en la Secretaria Nº 9 a cargo del Actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Asuncion, 25 de setiembre de 2024.75825/10/10.-

DISOLUCIÓN CONYU -

GAL. Wilma Soledad Martinez Vargas y Bernardo Ferreira Diaz la Actuaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno, Secretaria N° 3 de Caacupé, Abg. Adriana Fernandez Echeverria, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos WILMA SOLEDAD MARTINEZ VARGAS Y BERNARDO FERREIRA DIAZ, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. Caacupe, 16 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación

manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. Firmado digitalmente c/ Código QR. -75819/10/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia de Naranjal, Abg. Aurora Lorena Berlt Kickbusch, de la sexta circunscripción Judicial, Alto Paraná, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: ARNALDO CHAVEZ BRIZUELA CON CÉDULA DE IDENTIDAD N° 819.444 Y SANDRA SILVINA ALBANO SCHERNETZKY para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría del Juzgado Civil y Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de Naranjal, a cargo del Actuario Gustavo Aguirre Duarte e interino en este momento por el Actuario Hugo Balmaceda, Naranjal, 25 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme la Acordada N° 1366/2019 y N° 1370/2020 de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. -75842/10/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, Sede Maria Auxiliadora; Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NOELIA RAQUEL ROLON OJEDA Y OSVALDO PASCUAL DOMINGUEZ RIVEROS, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 02 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 24 de Setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo

cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75883/11/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE MARTIN ALMADA Y NILDA ELISA MEZA ALCARAZ para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 23 de Setiembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. -75872/11/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Estanislao, Abog. Lilio Bobadilla Rodriguez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos

KARIM LETIZIA SAMANIEGO SANCHEZ Y CLAUDIR INACIO GÖRLACH , para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Artículo 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. San Estanislao, 25 de setiembre de 2024. -75974/12/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez Morínigo, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIA DIANA FERNAN-

DEZ CAMPUZANO Y ELVIO EDUARDO NOGUERA GALEANO, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 26 de Setiembre de 2024,Abg. Sara Ojeda Ramos, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. -75966/12/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de la Niñez y la Adolescencia e Interina del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Itakyry, Abogada Emylse Ana Celia Giménez González, cita y emplaza por 15 (Quince) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los Señores SUSAN LILIANA ORTIZ RIOS Y STEVEN GOLNIK HETTERLE, para que en el término de 30 (treinta) días contados desde el día siguiente de la última publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento a lo dispuesto por el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio: "SUSAN LILIANA ORTIZ RIOS Y OTROS S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL" Expediente Nro. 143, Año 2024, que radica en la secretaría a cargo del Actuario Abogado Luis Osmar Meza Arevalos. Itakyry, 12 de Setiembre de 2024.-75981/13/10.-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina Paredes cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ABENEGO BALBUENA GAVILAN Y MARIA ELENA VERA BARRETO S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría N° 1 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. Schirley Paola Irala. Curuguaty, 26 de setiembre de 2024. -75987/12/10.-

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SIERRA ALTA SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Escritura Pública N° 109 de fecha 6 de noviembre del año 2023, pasada por ante la Escribana Pública Rita Beatriz González Prantte, fue disuelta y liquidada la sociedad denominada SIERRA ALTA SOCIEDAD ANÓNIMA. La Escritura de Disolución se halla Inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, bajo el N° 3, folios 18 al 31, serie Comercial, de fecha 15 de noviembre de 2023, con matrícula jurídica N° 13380607.75858/28/09.-

USUCAPIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Paraguarí, Abog. Liduvina Otazu de Mereles, cita y emplaza por (15) quince veces, al señor Jacobo Cabañas Casco, para que comparezca por sí o por apoderado en el plazo de 30 días contados a partir de la primera publicación, a estar en el juicio que por USUCAPIÓN tiene promovida el señor NELSON EVER CÁCERES URDAPILLETA, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se le designará como representante a la Defensora de Pobres y Ausentes de Turno de la Ciudad de Paraguarí. El juicio radica en la Secretaría N° 3 a mi cargo. Paraguarí, 1 de Agosto de 2024. Hady Lorena Giménez Pérez, actuaria judicial.-75490/02/10.-

PRIVACIÓN DE EFICACIA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Lilian Rosmary González de Duarte, Secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Adela Benítez Ramos, en los autos caratulados: "FREDDY MANCUELLO CALONGE

C/ BANCO DE FOMENTO

S/ PRIVACION DE EFICACIA JURIDICA" ha dictado la S.D.N° 185 de fecha 2 de mayo de 2024, copiada en su parte resolutiva dice: "1) DECLARAR la privación de eficacia del Certificado de Depósito individualizado en el considerando del presente fallo y consignados en el A.I. N° 77 de fecha 27 de febrero de 2024. 2) DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario "LA NACION" de la capital por el término de cinco (5) días. 3) EJECUTORIADA que fuese la presente resolución, oficiar al Banco Nacional de Fomento de la ciudad de Coronel Oviedo, para la correspon-

diente toma de razón. 4) AUTORIZAR el pago transcurrido treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. Si en la fecha de la publicación no estuviere vencido el título, el plazo para el pago corre desde la fecha del vencimiento. 5) ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia." Certificado de Depósito es en guaranies con SERIE FA Nº 0849 emitido por el BANCO NACIONAL DE FOMENTO sucursal Coronel Oviedo; correspondiente a la Cuenta N° 050098/7 con fecha de vencimiento, 25 de febrero de 2025, emitido a la orden de GREGORIA CALONGE CACERES y FREDDY MANCUELLO CALONGE.-Ante mí: ADELA BENITEZ RAMOS. Actuaria Judicial - Secretaría N° 1 CORONEL OVIEDO, 18 de Setiembre de 2024.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -75721/28/09.-

EDICTO DE DIVORCIO. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Liza Maria Alfonso Vera., cita y emplaza por quince veces, a fin de que el demandado HERNAN GONZALEZ, comparezca por sí o por apoderado ante el Juzgado a tomar intervención en estos autos que le sigue, expediente: ESTELA AYALA ORUE C/ HERNAN GONZALEZ S/ DIVORCIO A PETICIÓN DE UNA SÓLA DE LAS PARTES, bajo apercibimiento de que así no lo hiciere se le designara como representante legal al Defensor de Ausentes e Incapaces Mayores de Edad de Turno de esta Circunscripción Judicial. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Villarrica, 5 de setiembre de 2024. -75706/08/10.-

USUCAPIÓN. La Jueza en lo Civil, Comercial y Laboral, de Salto del Guaira, de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, Abg. Silvia Cuevas Ovelar, secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaría Judicial Ilda Ines Caceres, en los autos caratulados:

“CLARA BEATRIZ MEDINA ORTIZ C/ JULIO GOMEZ FERREIRA S/ USUCAPIÓN. EXPEDIENTE NRO. 120/2024", el Juzgado por providencia de fecha 26 de Agosto de 2024, dispuso la

publicación por 15 veces, a los efecto de que el Señor Julio Gomez Ferreira comparezca por sí o por apoderado a estar en el presente juicio, bajo apercibimiento de que así no lo hiciere dentro del término establecido por ley, se le nombrara como representante al Defensor de Ausentes de turno de conformidad a lo dispuesto en el Art. 140 y 141 del C.P.C.- Salto del Guaira, 23 de setiembre de 2024. Firmado digitalmente por: Ilda Inés Cáceres Duarte(Actuaria). -75831/10/10.-

ACCIONES CAMBIO A ACCIONES NOMINATIVAS DE COVER S.A. Por Escritura N°: 54, del 14/6/2.022, ante el Esc. Púb. Edgar L. Caballero R., a folios 169 y sgtes., Civil, Sección "A", se modificó el estatuto social de la firma COVER S.A., por cambio de acciones a nominativas Art. 8° y 31°. Inscripto en la Dirección Gral. de los Registros Públicos. Sección Personas Jurídicas y Comercio. Matrícula Jurídica No: 39.354, Serie Comercial, Modificación de COVER S.A., inscripto bajo el N°: 1, folio 1, el 5/9/2.022- Inscripto de conformidad a la Acordada C.S.J. N°: 1.539/21 DTR N°: 4/21- Con Dictámen N°: 89.363 del 31 de Agosto del 2.022 de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales. -75868/28/09.-

PRIVACIÓN DE EFICACIA

JURÍDICA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia de Naranjal, Abog. Aurora Lorena Berlt Kickbusch, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, en los autos caratulados; “SELSON ALOISIO

SCHORR BEUREN S/PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA. EXP. N° 110/2024”., a fin de comunicar, para su correspondiente toma de razón que por S.D. N° 109 de fecha 25 de setiembre de 2024, el Juzgado ha resuelto cuanto sigue:  1-Hacer Lugar al presente juicio de privación de eficacia promovido el señor Selson Aloisio Schorr Beuren, bajo patrocinio del abogado Walter Acosta, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución; y, en consecuencia. 2-Privar de eficacia el cheque Bancario de Pago Diferido Nº 77809, girado contra la Cuenta Corriente Nro. 70317953/7 del BANCO ITAÚ, por valor de G. 51.000.000 (Cincuenta y un millones de guaraníes), con fecha de emisión 11/11/2023 y fecha de pago 13/12/2023, girado por la persona jurídica IMEXPA S.R.L. con R.U.C. Nro. 80029799-7. 3-Disponer la

publicación de los edictos pertinentes en el diario “La Nación y Última Hora” de la Capital por el plazo de 5 (cinco) días.4. Autorizar el pago transcurrido treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. 5-Notificar por cédula formato papel. 6-Anotar, registrar, y remitir copia digital a la Sección de Estadísticas de la Sexta Circunscripción Judicial. Naranjal, 26 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75922/01/10.-

EDICTO. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Noemí Ramírez Morínigo de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, CARLOS GASPAR BARUA, por quince veces, que se publicarán en los diarios "LA NACION" y "ABC COLOR" de la capital, para que comparezcan por sí o por apoderado a estar en el presente juicio, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, se continuará los trámites en rebeldía y se tendrá por constituido su domicilio en los estrados de la secretaría del Juzgado en atención a lo dispuesto en el Art. 48 del C.P.C. El juicio radica en la secretaría N° 9, a mi cargo de la Actuaria Deisy Evalice Chamorro Irala Ciudad del Este, 10 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -75942/12/10.-

CESIÓN DE CUOTAS

SOCIALES. Por Esc. Nº 22 del 25/06/2024, pasada ante la NP Inés Rodríguez Alcalá de Bauzá, se realizó la Cesión de Cuotas Sociales Ingreso de Nuevo Socio. Mod. Parcial de Estatutos Sociales de ECAQ COMPANY SRL,  Domicilio: Av. Camilo Recalde N° 6 de CDE, con Duración: 50 años, Objeto: de compra venta, comerc. y distrib. de artículos de cocina, mercería, electróni-

cos y merc. en gral., imp. exp., ha procedido a la mod. de los Art. 1º, 5º por cambio de socio cuotista y 6º (de la Dirección y Administración). Inscripto en la D.G.R.P. Sección Per. Juríd. y Comercio, Matrícula Jurídica 44464, Serie Comercial, bajo el Nº 01, folio 01 y sgts., en fecha 04/09/2024. -75958/30/09.-

MENSURA JUDICIAL. Comunico a quienes pudieran tener interés, y en especial a las partes linderas, que el día viernes 11/10/2024, a las 13:00 hs., daré inicio a las operaciones técnicas de mensura judicial a una fracción de Lote identificado como Lote Nº 38, Padrón 6352, Matricula  B08/4915, Propiedad de los Señores: LUZ GRACIELA GARAY LÓPEZ, HUGO RENE GÓMEZ LÓPEZ, AGRIPINA LÓPEZ DE BIZZO, MARCOS ANTONIO LÓPEZ ORTIGOZA, FELIPE LÓPEZ ORTIGOZA, FRANCISCA LÓPEZ ORTIGOZA, JUAN RAMÓN LÓPEZ ORTIGOZA, MIGUELA LÓPEZ DE CABALLERO, MODESTO LÓPEZ ORTIGOZA, RAFAEL LÓPEZ ORTIGOZA Y SALVADORA LÓPEZ ORTIGOZA, ubicada en el lugar denominado Cerro Memby del Distrito de Yby Ya’u y Departamento de Concepción;  LOS LINDEROS DEL INMUEBLE, según título de propiedad, son: LADO NORTE EN DOS LINEAS, PRIMERA LINEAS 01-02: Con rumbo S 63º 03' 01" E (Sur sesenta y tres grados tres minutos un segundo Este), Mide 200,00 m (Doscientos metros) y linda con Calle. -SEGUNDA LINEAS

02-03: Con rumbo S 37º 40' E (Sur treinta y siete grados cuarenta minutos Este), Mide 760,30 m (setecientos sesenta metros treinta centímetros) y linda con Calle. - AL SUR EN TRES LINEAS, PRIMERA LINEAS 06-07: Con rumbo N 37º 44' W (Norte treinta y siete grados cuarenta y cuatro minutos Oeste), Mide 641,00 (seiscientos cuarenta y un metros) y linda con el Lote N° 32.SEGUNDA LINEAS 05-06: Con rumbo N 63º 31' E (Norte sesenta y tres grados, treinta y un minutos Este), Mide 200 m (Doscientos metros) y linda con el lote nro. 32. TERCERA

LÍNEA 04-05: Con rumbo N 39º 55' W (Norte treinta y nueve grados, cincuenta y cinco minutos Oeste), Mide (335,70 m) trescientos treinta y cinco metros con setenta centímetros) y linda con los lotes nros. 36 y 37.  AL ESTE, LINEA 03-04: Con rumbo S 51º 11' W (Sur cincuenta y un gra-

dos once minutos Oeste) mide 1.000 metros (mil metros) y linda con los lotes nro 74 y 78.  AL OESTE, LINEA 07-01: Con rumbo N 51º 6' E (Norte cincuenta y un grados seis minutos Este) mide 744,50 m (setecientos cuarenta y cuatro metros con cincuenta centímetros) y linda con calle. SUPERFICIE: 73 HÁS 6001 m2 5.068 cm2 (SETENTA Y TRES HECTÁREAS SEIS MIL UN METRO CUADRADOS, CINCO MIL SESENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS)  La comisión será conferida por el Juez en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de Yby Ya’u y Azote’y de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abog. MANUEL BENÍTEZ MONGELOS, siendo designado para la ejecución de los trabajos el Ing. En Ciencias Geográficas Diego Cuevas Haedo con Reg. MOPC Nº 1.775. -75711/28/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL POR CAPITALIZACIÓN AUGUSTA LOGISTICA S.A., Por escritura pública N° 14 de fecha 06/06/2024, ante la escribana María Luisa González  Registro Notarial N.º 687, se protocolizó la modificación de su Art. 5°, aumentando el Capital social a Gs. 10.000.000.000. La firma se sitúa en el Parque Industrial La Esperanza. Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, con dictamen de la DRFS N° 107544, en fecha 27/08/2024 y en el Registro Público de Personas Jurídicas y Comercio, bajo Matrícula Jurídica N° 33.121, serie Comercial , entrada N°14097287, inscripto bajo el N° 2, folio 12, en fecha 29/08/2024.75816/28/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTO. Por Esc. Pub. Nº 440 de fecha 08/08/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 04/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 19.820, bajo el N° 02, folio 15 y sgts., Serie “COMERCIAL”; se modifica el Artículo N°1 de los Estatutos Sociales, donde la firma TENOR PY. S.A. pasó a denominarse “GRUPO WIT S.A”. -75856/28/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Nº 74 de fecha 18/07/2024, pasado ante el Esc. Nicodemus Ortigoza Gómez, Reg. Nº 843, fue aumentado el capital a Gs. 540.000.000 y modificado la Cláusula Quinta del estatuto social de la firma TECNO

IMPORT PARAGUAY

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con R.U.C. N° 80068041-3, e Inscripta en el Reg. de Personas Jurídicas y Comercio en la Mat. Jurídica N°  31496, Serie Comercial, bajo N° 3, folio 28, de fecha 05/09/2024.75891/29/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 481 de fecha 20/08/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 10/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 27.474, bajo el N° 03, folio 25, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 5 de los Estatutos Sociales de la firma COMPAÑÍA INDUSTRIAL DEL PARAGUAY S.A. que se refiere al capital social fijado en la suma de Gs.28.000.000.000 y quedan emitidas (20.000) acciones ordinarias nominativas de Gs.1.000.000 c/u.

-75856.4/29/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 1.065 de fecha 11/06/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 06/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 13.135, bajo el N° 03, folio 20-33, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 27 de los Estatutos Sociales de la firma NIÑA PORA S.A., que se refiere a la distribución de utilidades. -75856.5/29/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 411 de fecha 19/07/2024, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 16/09/2024. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 38.437, bajo el N° 03, folio 37 y sgts., Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 5 de los Estatutos Sociales de la firma PARACEL FORESTAL S.A. que se refiere al aumento del capital social fijado en la suma de Gs.271.964.000.000 y a la emisión de (2.719.440) acciones de Gs.100.000 c/u.75856.6/29/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL DE MEDOPHARM S.A.- AÑO 2.024. LA TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N.º 23 DE FECHA 14 DE ABRIL 2023 Y ACTA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA N.º 24

DE FECHA 14 DE ABRIL DE 2023, SE MODIFICA EL ARTÍCULO 6°.Por Escritura Pública N.º 14 (Catorce), en la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los 23 días del Mes de marzo del 2.024, ante la N.P. Sra. Rocío Cáceres Carrillo, Registro N.º 1071; realizó la: MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL – ARTÍCULO SEXTO (MODIFICADO), EL CAPITAL SOCIAL SE FIJA EN LA SUMA DE GUARANÍES OCHO MIL MILLONES (GS. 8.000.000.000).REPRESENTADAS EN 800 (OCHOCIENTAS) ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE GUARANÍES DIEZ MILLONES, (GS. 10.000.000). CADA ACCIÓN, NUMERADAS DEL 01 AL 800 AGRUPADAS EN 80 (OCHENTA) SERIES DE DIEZ (10) ACCIONES CADA UNA, INDIVIDUALIZADA POR LA NUMERACIÓN DEL 1 AL 80 DE GUARANÍES DIEZ MILLONES, (GS. 10.000.000) CADA ACCIÓN. Inscripta en la Dirección de los Registros Públicos: 01 - Sección Persona Jurídica y Comercio. Con Matrícula Jurídica Nro. 38.816, Serie: Comercial, Entrada N.º 14112025, Modificación de: MEDOPHARM S.A., Inscripto Bajo el N.º 3, Folio N.º 22, de Fecha: 06/09/2.024, Abogacía del Tesoro - Dictamen Modificación/Emisión - DRFS N.º 105423 de Fecha: 05-09-2.024. INSCRIPTO DE CONFORMIDAD A LA ACORDADA C.S.J. N.º 1539/21 – DTR N.º 4/21 FIRMADA POR ESC. WILLIAMS GIOVANNI COLMAN – JEFE INTERINO D.G.R.P. FIRMADO POR: LADYS LARROZA  REGISTRADOR D.G.R.P.Con fecha de Entrega a la Razón Social de la Dirección General de los Registros Públicos el día, 06-09-2.024. -75940/30/09.-

MODIFICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE SUCURSAL DE JETSMART AIRLINES SPA SUCURSAL PARAGUAY POR AUMENTO DE CAPITAL. Por Escritura pública N° 48, del 31/05/2024, autorizada por la N.P. NATALIA ENCISO BENÍTEZ. REPRESENTANTE LEGAL: DR. ALEJANDRO JOSÉ PIERA VALDÉS. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Ricardo Brugada N° 196, ASUNCIÓN. OBJETO PRINCIPAL: La prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios de transporte en cualquiera de sus formas, de pasajeros, carga y correo dentro y fuera del país; la compra, venta, mantenimiento, arrendamiento o cualquier otra forma de uso o goce de aeronaves, repuestos y equipos aeronáuticos y la explotación de ellos a cualquier título, la prestación

de servicios y asesorías relacionadas con el transporte, servicios de apoyo terrestre, mantenimiento; y la venta y/o prestación de toda clase de bienes, productos y servicios relacionados con el transporte, turismo y hotelería. CAPITAL: Aumentar el capital de (USD. 20.000,000) a (USD. 37.000,00) totalmente suscriptas e integradas. INSCRIPCIÓN: Dictamen D.R.F.S. N° 106488 del 12/07/2024, Inscripto en el Registro de Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 44.389, Serie Comercial, bajo el N° 1, folio 1, el 17/07/2024.75967/30/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL. Por Escritura N°.31 del 20/08/2024, pasada ante el Esc. Pub. Herminio Sosa Gavilán, fue formalizado la Modificación del Estatuto Social por Aumento del Capital Social de la firma AGRICAMPO S.R.L., a la suma de Gs.3.040.000.000. Se modifica la cláusula "Cuarta". Las demás cláusulas permanecen vigentes e invariables.- Dictamen D.R.F.S.N° 108856 de fecha 18/09/2024. Inscripto en el Reg. Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula N°.2827, Serie Comercial, bajo el N° 3, folio 16, de fecha 19/09/2024.75986/30/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTO SOCIAL. Por Escritura N°.32, de fecha 20/08/2024, pasada ante el Esc. Pub. Herminio Sosa Gavilán, fue formalizada la Modificación de Estatuto Social de la firma GEACEM S.A. Modificación del Art. 5º, Por disminución del Capital Social de Gs. 1.500.000.000. Los demás artículos permanecen vigentes e invariables.- Dictamen D.R.F.S. N°108923 de fecha 18/09/2024. Inscripto en el Registro de Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 24987, Serie "Comercial" bajo el Nº.2, Folio 15, el 19/09/2024.75985/30/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Por Esc. Pública Nº 35, folio 94 y sgtes. del 08/08/2024 pasada por el Escribano Público Francisco Javier Álvarez Ramírez con Registro N° 698, se modificaron los estatutos de la firma AGRO IRIS S.A. en su Artículo Cuarto: “El capital social se fija en la suma de Guaraníes Nueve Mil Millones, dividido en nueve series de mil millones cada serie, dividida cada una de las series en 20 acciones, de Guaraníes Cincuenta Millones. La emisión de nuevas acciones será dispuesta por Asamblea General Ordinaria de Accionistas, la cual podrá delegar en el Directorio la fijación de las normas para la suscripción e integración de las acciones emitidas y la implementación de las nuevas emisiones, siempre de conformidad a las resoluciones adoptadas por la Asamblea y aten-

diendo las necesidades e intereses societarios”. Artículo Sexto: “Las acciones con las menciones señaladas en el artículo precedente, indicaran las series a que corresponden, que se identificarán con las siguientes letras del alfabeto A-B-C-D-EF-G-H-I y que además cada acción se individualizará con un número arábigo. El Título en el que conste las acciones podrán acreditar la propiedad de una o más acciones guardando la numeración correspondiente y correlativa a las acciones que representa. Dicha modificación fue inscripta en los Registros Públicos Sección Persona Jurídica y Comercio Matrícula Jurídica Nº 20406, Serie Comercial Entrada Nº 14084449. Inscripto bajo el N° 4, Serie Comercial, folio 30, fecha 28/08/2024.-75983/30/09.-

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES BALOC SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Escritura Pública Nro. 50 de fecha 31 de julio de 2024 pasada ante el Notario Público Ramón Zubizarreta, se formalizó la Modificación de Estatutos Sociales por aumento de capital en el artículo quinto de la firma Baloc Sociedad Anónima, INSCRIPCIÓN: Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nro. 1908, bajo el Nro. 3, Folio 30, fecha 16 de agosto de 2024. -79999/30/09.-

CONCESIÓN DE PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY1895730 (43) Asunción, 6 de Septiembre de 2024. Orden de Publicación de CONCESIÓN de Patente de Invención (12) DATOS DE LA PATENTE (21)N° de Solicitud: 1895730 (22) Fecha de Solicitud: 30/10/2018 (71) Solicitante: LORENZETTI S. A. INDÚSTRIAS BRASILEIRAS ELETROMETALÚRGICAS Domicilio Solicitante: Avenida Presidente Wilson, 1230, 03107901 São Paulo SP, Brasil, BR (72) Inventor: CLAUDIO LOURENÇO LORENZETTI Domicilio Inventor: Av. Presidente Wilson, 1230, Mooca, 03107-901 São Paulo SP, Brasil, BR (54) Titulo: PLACA DE CONTACTOS DE UN CONJUNTO DE CONEXIÓN DE UN CALEFACTOR ELÉCTRICO DE AGUA Y PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PLACA DE CONTACTO (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer- 6 (30) Prioridad/es: BR 102018007402-412/04/2018 (51) Int. Cl 8: F 24H 1/10 (2006.01), F 24H 9/00 (2006.01) Registro Nº: 4537 En

Fecha: 05/09/2024 Vencimiento: 30/10/2038 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de la Ley Patentes de Invenciones Nº 1630/2000, el Decreto Reglamentario, y conforme al dictamen favorable de la Asesoría Técnica, publíquese por el término de la Ley, la concesión de la presente patente de Invención y su resumen. (57) Resumen: (292/18). La presente invención se refiere a una placa de contacto (10) un conjunto de conexión (1) de un calentador eléctrico de agua para su uso en duchas, cabezales de ducha, grifos u otros puntos de uso, donde se requiere agua caliente, la placa (11) y un soporte (17), en donde el sistema de accionamiento (11) comprende una pluralidad de contactos eléctricos (14, 15, 16) que se suministran a partir de una primera (12) y una segunda pieza (13) estampadas. La invención también comprende el proceso de fabricación de la placa de contactos (10). De acuerdo con la invención, la placa de contactos (10) comprende una cantidad reducida de componentes asociados y es obtenida por un proceso que comprende una cantidad reducida de operaciones de fabricación y montaje, garantizando mayor facilidad y agilidad en su producción, con consecuente disminución de ocurrencia de fallas y reducción de costos. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75762/29/09.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20222297502A (43) Asunción, 11 de Julio de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2022-2297502 (22)Fecha de Solicitud: 10/11/2022 13:32:28 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC Domicilio Solicitante: 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, MO (63167), U.S.A. (72) Inventor: 1. Brower- Toland, Brent 2. Kim, Jeongwoon 3. Merrill, Keith 4. Rymarquis, Linda 5. Slewinski, Thomas L. 6. Wooten, Jr., David R. Domicilio Inventor: 1. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 2. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 3. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 4. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 5. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 6. 800 North Lin-

dbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. (54) Título: COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA MODIFICAR LA DETERMINACIÓN VEGETAL (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: 63/278,903 - 12/11/2021 - US (51) Int. Cl 8: C 12N 15/82(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (319/2022). Se proporcionan composiciones y métodos para modificar los niveles de TFL1 en plantas de soja. También se proporcionan composiciones y métodos para modificar la expresión de los genes relacionados con el momento de la diferenciación terminal de las puntas del tallo a través de supresión, mutagénesis y/o edición del gen TFL1. Asimismo, se proporcionan células vegetales y plantas modificadas que tienen un elemento de supresión o mutación que reduce la expresión o la actividad de un gen TFL1 que comprenden niveles reducidos de TFL1 y características mejoradas, tales como altura reducida de la planta y aumento de la resistencia al encamado. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75764/29/09.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20222295072A (43) Asunción, 10 de Agosto de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2022-2295072 (22)Fecha de Solicitud: 01/11/2022 13:31:19 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC Domicilio Solicitante: 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, MO (63167), U.S.A. (72) Inventor: 1. Brzostowski, Lillian 2. Carlson, Carrin 3. Gillespie, Kelly 4. Paciorek, Tomasz 5. Ralston, Lyle 6. Renaud, Alexandar 7.

SÁBADO 28 SETIEMBRE DE 2024

Yang, Heping Domicilio Inventor: 1. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 2. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 3. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 4. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 5. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 6. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. 7. 800 North Lindbergh Boulevard, St. Louis, Missouri 63167, U.S.A. (54)Título: EVENTO DE MAÍZ TRANSGÉNICO ZM_BCS216090 Y MÉTODOS PARA SU DETECCIÓN Y SUS USOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/ es: 63/274,865 - 02/11/2021- US 63/279,508-15/11/2021 - US (51) Int. Cl 8: C 12N 15/82(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (314/22). La invención proporciona un evento de maíz transgénico ZM_BCS216090, plantas, células vegetales, semillas, partes de plantas, plantas de progenie y productos básicos que comprenden el evento ZM_BCS216090. La invención además proporciona polinucleótidos y secuencias específicos para el evento ZM_ BCS216090 y métodos para usar plantas, células vegetales, semillas, partes de plantas, plantas de progenie y productos básicos que comprenden el evento ZM_BCS216090 y para detectar el evento ZM_ BCS216090, o una secuencia de polinucleótido o ADN específica para el evento ZM_ BCS216090, en una muestra o molécula de ADN. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75764/29/09.-

CONCESIÓN DE PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual REPUBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY1875022 (43) Asunción, 20 de Septiembre de 2024.- Orden de Publicación de CONCESION de

Patente de Modelo de Utilidad (12) DATOS DE LA PATENTE (21) N° de Solicitud: 1875022 (22) Fecha de Solicitud: 03/09/2018 (71) Solicitante: TYTO MARTINS BIANECK

Domicilio Solicitante: Emilio Romero No. 648 y E. A. Garay, San Lorenzo, Paraguay.- (72)

Inventor: TYTO MARTINS BIANECK Domicilio Inventor: Emilio Romero No. 648 y E. A. Garay, San Lorenzo, Paraguay.(54) Título: PERNO TIPO “L” PARA AISLADORES TRIPLECAMPANA,COLUMNA Y OTROS, QUE SE UTILIZAN EN MEDIA TENSION (74) Agente: Sergio Silvio Fernandez Ibañez – 1615 (30) Prioridad/es: - - (51) Int. Cl 8: H 02G 7/20 (2006.01) Registro N° 4538 En fecha 12/09/2024 Vencimiento 23/09/2028 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo N° 23 de la Ley de Patentes de Invenciones N° 1630/2000, el Decreto Reglamentario, y conforme al dictamen favorable de la Asesoría Técnica, publíquese por el término de la Ley, la concesión de la presente patente de Modelo de Utilidad y su resumen. (57) Resumen: (237/18) MU. La invención se relaciona con un perno tipo “L” (1) para aisladores (9), en media tensión, que puede ser utilizado en redes monofásicas o trifásicas, el mismo será fijado a postes de hormigón armado o columnas de acero (2), a través de su primer extremo que comprende de una planchuela (3), con dos agujeros (4), para bulones (5), luego de una varilla (6), cuya unión a la planchuela esta reforzada por un soporte (7), en la parte inferior de la unión, en el segundo extremo comprende una unión, roscada de plomo (8) para el aislador (9), o una unión con rosca para aislador tipo columna. La invención se relaciona también con un método para la fabricación de tal perno tipo “L”. Farm. Berta Segovia Directora Interina Dirección de Patentes. -75771/30/09.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2052230A (43) Asunción, 5 de Octubre de 2021.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2052230 (22)Fecha de Solicitud: 07/09/2020 11:06:39 (71)Solicitante: Rigel Pharmaceuticals, lnc. Domicilio Solicitante: 1180 Veterans Boulevard, South

San Francisco, California 94080, EEUU (72) Inventor: 1. lhab Darwish 2. Simon Shaw 3. Vanessa Taylor 4. Somasekhar Bhamidipati 5. Yan Chen 6. Jiaxin Yu Domicilio Inventor: 1. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 2. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 3. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 4. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 5. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 6. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU (54)Título: COMPUESTOS INHIBIDORES DE RIP1 Y MÉTODOS PARA FABRICAR Y UTILIZAR LOS MISMOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: 62/897,22306/09/2019 - US 62/932,40407/11/2019- US 63/001,01627/03/2020 - US 63/004,290 - 02/04/2020 - US 63/004,319 - 02/04/2020 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 31/55(2006.01), A 61P 29/00 (2006.01), C 07D 403/12 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (226/20). En el presente documento se describen compuestos inhibidores de quinasas, tales como compuestos inhibidores de quinasa de proteína 1 que interactúa con el receptor (RIP1), así como composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos inhibidores. Los compuestos, composiciones farmacéuticas y/o combinaciones descritos pueden usarse para tratar o prevenir una enfermedad o afección asociada a quinasas, particularmente una enfermedad o afección asociada a RIP1. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2052250A (43) Asunción, 5 de Octubre de 2021.Orden de Publicación de SOLI-

CITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2052250 (22)Fecha de Solicitud: 07/09/2020 11:16:41 (71) Solicitante: Rigel Pharmaceuticals, lnc. Domicilio Solicitante: 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU (72) Inventor: 1. Vanessa Taylor 2. Somasekhar Bhamidipati Domicilio Inventor: 1. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU 2. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, EEUU (54)Título: COMPUESTOS INHIBIDORES DE RIP1 Y MÉTODOS PARA FABRICAR Y USAR LOS MISMOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: 62/897,22306/09/2019 - US 62/932,40407/11/2019 - US 63/001,01627/03/2020 - US 63/004,290 - 02/04/2020 - US 63/004,301 - 02/04/2020 - US 63/004,319 - 02/04/2020 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 31/55(2006.01), A 61P 29/00 (2006.01), C 07D 403/12 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (228/20). Se divulgan en el presente documento compuestos inhibidores de quinasas, tales como compuestos inhibidores de cinasas de la proteína-1 (RIP1) que interactúa con el receptor, así como composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos inhibidores. Los compuestos, composiciones farmacéuticas, y/o combinaciones divulgados se pueden usar para tratar o prevenir una enfermedad o dolencia asociada a cinasa, particularmente una enfermedad o dolencia asociada a RIP1. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-

tante: RIGEL PHARMACEUTICALS, INC. Domicilio Solicitante: 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A. (72) Inventor: 1. lhab Darwish 2. Simon Shaw 3. Vanessa Taylor 4. Somasekhar Bhamidipati 5. Yan Chen 6. Luo Zhushou 7. Jiaxin Jun 8. Rao Kolluri Domicilio Inventor: 1. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A. 2. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 3. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 4. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 5. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 6. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 7. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A 8. c/o Rigel Pharmaceuticals, lnc., 1180 Veterans Boulevard, South San Francisco, California 94080, U.S.A (54)Título: COMPUESTOS INHIBIDORES DE RIP1 Y MÉTODOS PARA FABRICAR Y UTILIZAR EL MISMO (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: 62/897,223

- 06/09/2019 - US 62/932,404

- 07/11/2019 - US 63/001,01627/03/2020 - US 63/004,290

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20202052258A (43) Asunción, 10 de Mayo de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2020-2052258 (22)Fecha de Solicitud: 07/09/2020 11:21:20 (71)Solici-

- 02/04/2020 - US 63/004,319 - 02/04/2020 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 31/55 (2006.01), A 61P 29/00 (2006.01), C 07D 401/14 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (229/20). En el presente documento se describen compuestos inhibidores de quinasa, tales como compuestos inhibidores de quinasas de proteína 1 que interactúa con el receptor (RIP1), así como composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos inhibidores. Los compuestos, composiciones farmacéuticas y / o combinaciones descritos pueden usarse como tratar o prevenir una enfermedad o afección asociada a quinasas, particularmente una enfermedad o afección asociada a RIP1. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20202055454A (43) Asunción, 31 de Marzo de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2020-2055454 (22)Fecha de Solicitud: 16/09/2020 11:11:05 (71)Solicitante: NOVOZYMES A/S Domicilio Solicitante: Krogshoejvej 36 Bagsvaerd (DK2880), Dinamarca (72) Inventor: 1. Huang, Hong Zhi 2. Liu, Ye 3. Liu, Jiyin 4. Xu, Hui 5. Vlasenko, Elena 6. McBrayer, Brett 7. Tang, Lan 8. Huffman, James Ron 9. Spodsberg, Nikolaj Domicilio Inventor: 1. No. 14, Xinxi Road, Shangdi Zone Beijing 100085, China, 2. No. 14, Xinxi Road, Shangdi Zone Beijing 100085, China 3. 77 Perry Chapel Church Rd., P.O. Box 576, Franklinton, North Carolina 27525, EEUU 4. 77 Perry Chapel Church Rd., P.O. Box 576, Franklinton, North Carolina 27525, EEUU 5. 1445 Drew Avenue Davis, California 95616, EEUU 6. 1445 Drew Avenue Davis, California 95616, EEUU 7. No. 14, Xinxi Road, Shangdi Zone Beijing 100085, China 8. 77 Perry Chapel Church Rd., P.O. Box 576, Franklinton, North Carolina 27525, EEUU 9. Soelleroedgaardsvej 31, 2840 Holte, Dinamarca (54) Título: POLIPÉPTIDOS QUE POSEEN ACTIVIDAD DE BETA-GLUCANA SA Y POLINUCLEÓTIDOS QUE LOS CODIFICAN (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: PCT/CN2019/10590516/09/2019 PCT PCT/ CN2019/124568 - 11/12/2019 –PCT PCT/CN2019/12457111/12/2019 – PCT PCT/ CN2020/071436 - 10/01/2020 - PCT PCT/CN2020/107055 - 05/08/2020 - PCT (51) Int. Cl 8: C 12N 9/24 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (232/20). La presente invención se relaciona con polipéptidos aislados que tienen actividad de beta-glucanasa, dominios catalíticos, módulos de unión a carbohidratos y polinucleótidos que codifican los polipéptidos, dominios catalíticos o módulos de unión a carbohidratos. La invención también se relaciona con las construcciones de ácido nucleico, vectores y células huésped que compren-

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den los polinucleótidos, así como los métodos de producción y utilización de los polipéptidos, dominios catalíticos o módulos de unión a carbohidratos. La presente invención además se relaciona a procesos para producir productos de fermentación de material que contiene almidón o celulosa, así como una mezcla o composición de enzimas, o una célula de huésped recombinante u organismo fermentador adecuado para su uso en los procesos de la invención. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20222265694A (43) Asunción, 8 de Marzo de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2022-2265694 (22)Fecha de Solicitud: 29/07/2022 13:14:45 (71)Solicitante: 1. Esteban Celis 2. Andrés Salazar Domicilio Solicitante: 1. 2719 Dean Parkway, Minneapolis MN 55416, MN, U.S.A. 2. 529 Jefferson St. Winchester, VA, 22601, U.S.A. (72) Inventor: 1. Esteban Celis 2. Andrés Salazar Domicilio Inventor: 1. 2719 Dean Parkway, Minneapolis MN 55416, MN, U.S.A. 2. 529 Jefferson St. Winchester, VA, 22601, U.S.A. (54) Título: ACTIVIDAD BIOLOGICA MULTIDIMENSIONAL OPTIMIZADA DE POLI-ICLC CON TAMAÑO Y FORMULACION DE COMPONENTES CONTROLADOS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)

Prioridad/es: 63/259,66030/07/2021 - US (51) Int. Cl 8: A 61K 39/39 (2006.01), A 61P 35/00 (2006.01), G 01N 33/574 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (199/22). Moléculas de Poli-lCLC y métodos para producirlas, incluidas ciertas moléculas de peso molecular específico que tienen actividad

mejorada en ciertas aplicaciones. Estas moléculas pueden incorporarse en excipientes y transportadores aceptables desde el punto de vista farmacéutico o veterinario para una serie de usos en seres humanos, en animales domésticos y en animales salvajes. Dichos usos incluyen (pero no se limitan a) profilaxis, profilaxis previa a la exposición, tratamiento y/o atenuación de síntomas inflamatorios de infecciones virales o microbianas; efectos inmunomoduladores, adyuvantes de vacunas, antivirales y/o antiinflamatorios mediados por la activación de MDA5, TLR3 y otros sistemas enzimáticos dependientes de dsRNA; efectos antineoplásicos solos o combinados con vacunas terapéuticas u otros agentes inmunológicos contra el cáncer; Efectos adyuvantes de vacunas preventivas contra el cáncer en pacientes con riesgo de cáncer. Las moléculas pueden tener un uso particular contra la infección por SARSCoV-2 o una tormenta de citoquinas causada por una infección por SARS-CoV-2. Si bien la dosis puede ajustarse según el objetivo específico y el paciente específico, la dosis debe ser suficiente para activar los sistemas enzimáticos MDA5 y TLR3 en el paciente. Para humanos, la dosis es de aproximadamente 0,5 a 50 microgramos por kilogramo de peso corporal. La naturaleza de la molécula no exige ninguna vía de administración específica. Por lo tanto, la ruta se puede seleccionar en función del objetivo específico y del paciente específico, y podría incluir (pero no limitarse a) IM, SC , IT, IV o IN. Preferiblemente, la administración comprendería dos o tres ciclos de dosis repetidas separados entre 24 y 96 horas. Según el objetivo y la respuesta del paciente, los ciclos de dosis pueden repetirse de 2 a 4 veces por mes. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-

PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2021-2188137A (43)

Asunción, 14 de Septiembre de 2022.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Modelo de Utilidad (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2021-2188137 (22)Fecha de Solicitud: 07/10/2021 12:05:44 (71)Solicitante: PMI South America Consumer Goods, Ltda. Domicilio Solicitante: Av. Pastor Martin Luther King Jr., 989, lnhaúma, 20760-005 Río de Janeiro, RJ, Brasil (72) Inventor: ALEX MONTEIRO BOTELHO Domicilio Inventor: Praia de Botagofo, 370 11º Andar- Botagofo, 22250-040 Río de Janeiro, RJ, Brasil (54)Título: DISPOSITIVO TUBULAR PARA EL CONSUMO DE UNA INFUSIÓN (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es:

BR202021004529-7 -10/03/2021 - BR (51) Int. Cl 8: A 47G 21/18 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (307/21). El presente modelo de utilidad se refiere a un dispositivo tubular (1) para el consumo de una infusión, el cual está compuesto por: un primer extremo (2) configurado para expulsar la infusión a partir del dispositivo tubular (1) hacia un consumidor; una sección intermedia (3); y una sección final (5) dotada de al menos un agujero (6), la cual está configurada para, mediante una acción de succión del consumidor, extraer la infusión de un recipiente hacia el interior del dispositivo tubular (1) a través de al menos un agujero (6). La sección final (5) está configurada para recibir un resorte (7), que se asienta sobre una virola o borde en el extremo de la sección final (5). El dispositivo tubular (1) comprende además: un elemento deslizante (4), que comprende una parte roscada (4.1) y una parte de agarre (4.2), y que está configurado para ser colocado externamente con respecto a la sección intermedia (3) del dispositivo tubular (1), de modo de apoyarse sobre el resorte (7); y un dispositivo de fijación (8), que comprende un elemento de rosca (8.1) y un elemento de soporte (8.2). El elemento de soporte (8.2) está configurado para ser posicionado contra una abertura inferior del extremo libre de la sección final (5) y fijado de modo pivotante al elemento de rosca (8.1), donde el elemento de rosca (8.1) está configurado para ser

roscado en la parte roscada (4.1) del elemento deslizante (4). La parte de agarre (4.2) del elemento deslizante (4) está configurada para ser girada, comprimiendo y descomprimiendo el resorte (7). Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY202222104929A (43) Asunción, 17 de Julio de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2022-22104929 (22)Fecha de Solicitud: 01/12/2022 18:25:45 (71)Solicitante: JOÃO LUIZ FAVERO

JUNIOR Domicilio Solicitante: Rua Júlio Horst 255, Bairro Zona Norte, Panambi - RSBrasil (72) Inventor: JOÃO LUIZ FAVERO JUNIOR Domicilio Inventor: Rua Júlio Horst 255, Bairro Zona Norte, Panambi - RS - Brasil (54)Título: "SISTEMA DE FILTRADO Y RECOJO DE PARTÍCULAS Y POLVO" (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30) Prioridad/es: 102021024252-3 - 01/12/2021- BR (51) Int. Cl 8: B 078 4/04(2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (346/22). La presente patente de invención se refiere a un sistema de filtrado y recojo de partículas y polvo, particularmente utilizado para la retención del polvo y las partículas provenientes del aire de escape de secadores, tolvas, sistemas de prelimpieza o de otro equipo que se destine al transporte y/o limpieza de productos agrícolas, principalmente granos vegetales. Así, dicho sistema (S) de filtrado y recojo de partículas y polvo está provisto de un dispositivo de filtrado (1) configurado en forma de un cilindro rotativo, de al menos un sistema de recojo de partículas (3) de aspi-

ración, y de al menos un medio de accionamiento (2) que comprende ruedillas (20) que hacen girar un elemento filtrante (10) del dispositivo de filtrado (1), ya el sistema de recojo de partículas (3) comprende un ventilador (33) de aspiración de las partículas y el polvo dispuestos en el interior del elemento filtrante (10), y también comprende un sistema separador (320) el cual está provisto de un dispositivo de regulación (321) de un cono divisor (322), los cuales están colocados en el interior de un cono externo (323) conectado a una voluta de recojo (324). Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20202042368A (43) Asunción, 21 de Abril de 2021.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 2020-2042368 (22)Fecha de Solicitud: 05/08/2020 (71)Solicitante: NOVOZYMES A/S Domicilio Solicitante: Krogshoejvej 36 Bagsvaerd (DK-2880), Dinamarca (72) Inventor: 1. Creamer, Kurt 2. Parekh, Kalpesh 3. Lavigne, James Domicilio Inventor: 1. 77 Perry Chapel Church Road, P.O. Box 576, Franklinton, NC 27525, EEUU 2. 77 Perry Chapel Church Road, P.O. Box 576, Franklinton, NC 27525, EEUU 3. 77 Perry Chapel Church Road, P.O. Box 576, Franklinton, NC 27525, EEUU (54) Título: MEZCLAS DE ENZIMAS Y PROCESOS PARA PRODUCIR UN INGREDIENTE ALIMENTICIO DE ALTO CONTENIDO PROTEICO A PARTIR DE UN SUBPRODUCTO DE LA VINAZA ENTERA (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: 62/88269805/08/2019 - US (51) Int. Cl 8: A 23K 10/14, A 23K 10/38 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (199/20). La presente invención se refiere a un proceso para producir un ingrediente alimenticio de alto contenido proteico a par-

tir de un subproducto de la vinaza entera producido en un proceso de molienda en seco de granos que contienen almidón para obtener un producto de fermentación, así como a mezclas de enzimas utilizadas en los procesos para distribuir una mayor cantidad de la proteína del subproducto de la vinaza entera en la fracción de alto contenido proteico, en lugar de permanecer retenida en la torta húmeda, con el fin de producir un ingrediente alimenticio de alto contenido proteico. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2072948A (43) Asunción, 14 de Septiembre de 2021.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2072948 (22)Fecha de Solicitud: 06/11/2020 10:27:52 (71)Solicitante: 1. Empresa Brasileira De Pesquisa Agropecuária - Embrapa 2. Helix Sementes e Mudas Ltda. Domicilio Solicitante: 1. Parque Estação Biológica - PqEB s/n, Edifício Sede, Plano Piloto, 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 2. Rua 1 JN, nº 1411, Piso Superior - sala 10, Jardim Novo, 13502-741 Rio Claro - SP, Brasil (72) Inventor: 1. Roberto Willians Noda 2. Meire De Cássia Alves 3. Beatriz De Almeida Barros 4. Claudia Teixeira Guimaraes 5. Marcos De Oliveira Pinto 6. Myriam Maia Nobre 7. Simone Martins Mendes 8. Sidney Netto Parentoni 9. Newton Portilho Carneiro 10. Fernando Hercos Valicente 11. Andréa Almeida Carneiro Domicilio Inventor: 1. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 2. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 3. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 4. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 5. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 6. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 7. Parque Estação BiológLca - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 8. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 9. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF,

Brasil 10. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil 11. Parque Estação Biológica - PqEB - Av. W3 Norte (final), 70770-901 Brasilia - DF, Brasil (54)Título: MOLÉCULA DE ÁCIDO NUCLEICO DEL EVENTO TRANSGÉNICO DE MAIZ ME240913 QUE EXPRESA LA PROTEÍNA CRY1DA, CÉLULA, PLANTA Y SEMILLA TRANSGÉNICA, USOS DE LAS MISMAS, PRODUCTO DE PLANTA, MÉTODO, KIT Y AMPLICÓN PARA LA DETECCIÓN DEL EVENTO, Y MÉTODOS PARA PRODUCIR UNA PLANTA TRANSGÉNICA Y DE CONTROL DE INSECTOS PLAGAS LEPIDÓPTEROS (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es:

BR102019023319-2 - 06/11/2019 - BR (51) Int. Cl 8: A 01H 1/00, C 12N 15/32 (2006.01), A 23L 7/00 (2016.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (295/20). La presente invención se refiere a un nuevo evento de maíz transgénico que expresa la proteína insecticida Cry1Da truncada o modificada designado evento ME240913. La invención informa los ácidos nucleicos que son únicos para el evento ME240913. También se definen, iniciadores, amplicón, métodos y kits para detectar la presencia del evento ME240913. La invención también se refiere a plantas de maíz que contienen el evento mencionado, usos de las mismas, métodos y composiciones de control de insectos plagas lepidópteros. La invención describe un evento de maíz que demostró un alto nivel de protección de plantas contra daños de alimentación producidos por Lepidoptera, incluyendo S. frugiperda, así como insectos resistentes a Cry1F. El evento de la invención se mostró altamente tóxico para S. frugiperda. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19)Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2022-2288219A (43) Asunción, 2 de Junio de 2023.Orden de Publicación de SOLI-

CITUD de Patente de Invención (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 20222288219 (22)Fecha de Solicitud: 10/10/2022 12:42:41 (71)Solicitante: MARCHESAN IMPLEMENTOS E MÁQUINAS AGRICOLAS TATU S.A. Domicilio Solicitante: Av. Marchesan, 1979, 15994-900 Matão - SP, BR-Brasil (72) Inventor: 1. José Luiz Alberto Marchesan 2. Luiz Gonzaga de Santi Loureiro 3. Alexandre Barbosa Pinto Domicilio Inventor: 1. Av. Marchesan, 1979, 15994900 Matão - SP, BR-Brasil 2. Rua Nhonhô Magalhães, 829 - Vila Santa Cruz, 15990-370 MatãoSP, BR-Brasil 3. Av. Laurindo Pinotti, 78- Vila Cardim, 15997-320 Matão - SP, BR-Brasil (54)Título: DISPOSITIVO DE PIVOTADO Y RETRACCIÓN PARA EQUIPAMIENTOS AGRÍCOLAS, COLLARÍN DE ALOJAMIENTO PARA EQUIPAMIENTOS AGRÍCOLAS, MÉTODO PARA REDUCCIÓN DEL ANCHO DE TRANSPORTE DE UN EQUIPAMIENTO AGRÍCOLA, Y EQUIPAMIENTO AGRÍCOLA (74) Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer - 6 (30)Prioridad/es: BR102021020440-0 - 11/10/2021US (51) Int. Cl 8: A 01B 73/04 (2006.01) En cumplimiento al Articulo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (281/22). La presente invención se refiere a un dispositivo de pivotado y retracción para equipamientos agrícolas que abarca por lo menos una caja de soporte (30) configurada para asociar por lo menos una viga delantera (10) y por lo menos una viga trasera (20) del equipamiento agrícola entre ellas, y al menos una caja de soporte esclava (31) ubicada en la viga trasera (20), siendo que la caja de soporte principal (30) abarca un mecanismo de retracción (40) configurado para retraer la viga trasera (20) en relación a la viga delantera ( 10), y la caja de soporte esclava (31) abarca un mecanismo de pivotado (SO) configurado para pivotar la viga trasera (20) alrededor de su propio eje. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia. -75925/01/10.-

PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL GOBIERNO DEL PARAGUAY / PARAGUÁI REKUÁI (11)Nro. Publicación: PY2023-2376294A (43) Asunción, 25 de Marzo de 2024.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA

SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 2023-2376294 (22) Fecha de Solicitud: 21/09/2023 09:02:19 (71)

Solicitante: BIOCONSORTIA, INC. Domicilio Solicitante: 279 Cousteau Place Suite 100 Davis, CA 95618, U.S.A. (72) Inventor: 1. Williams, Thomas 2. Curtis, Damian 3. Alford, Betsy 4. Malin, John 5. Gibson, Donald Domicilio Inventor: 1. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 2. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 3. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 4. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. 5. 100 Cousteau Place Suite 100 Davis, California 95618, U.S.A. (54) Título: MICROORGANISMOS DIAZÓTROFOS MEJORADOS PARA USO EN AGRICULTURA (74) Agente: Ana C. García Palacios - 1880 (30) Prioridad/ es: 63/376,601 - 21/09/2022 – US (51) lnt. CI 8: A 01H 3/00 (2006.01), A 01N 63/00(2006.01), C 07K 14/32 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (237 /23). La descripción se refiere a microorganismos genéticamente modificados del género Paenibacillus, para la mejora de fenotipos de plantas, por ejemplo, disponibilidad de nitrógeno para plantas no leguminosas. Se incluyen nuevas cepas de los microorganismos, consorcios microbianos y composiciones agrícolas que los comprenden. Además, la descripción enseña métodos para utilizar los microorganismos descritos, consorcios microbianos y composiciones agrícolas que los comprenden, en métodos para impartir propiedades beneficiosas a especies de plantas diana. En aspectos particulares, la descripción proporciona métodos para aumentar las características convenientes de las plantas en especies importantes desde el punto de vista agronómico, por ejemplo, fijación de nitrógeno, utilización, regulación, captación, adquisición, tolerancia, y/o procesamiento de plantas. Farm. Berta Segovia, Directora Interina –Dirección de Patentes..-75933/01/10.-

las calles Dr. Profesor Victorio Curiel y Pacielo Barrio Capilla del Monte (San Lorenzo). Y por orden de S.S. Dr. María de la Cruz Rodríguez Ortiz, en el expediente N°108, del Año 2018, caratulado: “AURORA MERELES C/ ANTONIA ORREGO DE ORTIZ Y GENARO ORTIZ ARICAYE S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANIES”, conforme al proveído de fecha 6 de Julio de 2023, obrante en autos; Procederé a la venta en Pública subasta del bien inmueble perteneciente a la demandada Antonia Orrego de Ortiz con C.I. Nº2.804.250 embargado en autos con todo lo en el edificado, clavado y plantado e individualizado en los Registros Públicos como: Finca N.º L13 64.092 del Distrito de San Lorenzo inscripto bajo el Nº 1 y al folio 14 y sgts de fecha 03 de Enero del 2013, lugar denominado NANAWA, con cta. Cte. Ctral N°27-2517-03 designado como el Lote 10 de la manzana D, cuyas dimensiones y linderos son: Su frente al ESTE mide trece metros y linda con calle 5; por igual dimensión en su contra frente al OESTE donde linda con parte del Lote 7, ambos costados miden TREINTA metros lindando al NORTE con el lote 11 y al SUR con el lote 9.-SUPERFICIE: TRESCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS (390mts²), -LA BASE DE VENTA SERA LA AVALUACION FISCAL: GUARANÍES SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA (GS 6.850.740). Nota: La mencionada finca reconoce como gravamen una Hipoteca a favor Blanca Stela Vera Cantero de fecha 30/11/2021 y como medida Cautelar reconoce los siguientes embargos Ejecutivos: a petición de Ñande Rymba S.A. de fecha 24/06/2016; Aurora Méreles. de fecha: 06/11/2020.-Se abonará en el acto y en efectivo los gastos de publicaciones, acordada N° 516, 521/08, seña del 10% de su compra, y la comisión del rematador 2% más I.V.A., sobre su adjudicación.- Informes y datos sobre el título de propiedad, en la Secretaria donde radica el expediente de Lunes a Viernes de 7:00 a 13:00 hs., o con el Rematador designado al Celular N° 0985-992093 y al Teléf. 021-423-710.-El citado inmueble se encuentra aparentemente ocupado lo cual no consta en autos.-V°B°Alicia Mabel Pana, (Actuaria Judicial),Daniel Ortega Paredes, (Rematador Público), con Matrícula N°24 CE de la Excma. C. S. J.-75962/02/10.-

SÁBADO 28 SETIEMBRE DE 2024

Caazapá, sito en la calle Capitán Brizuela Aldana casi 14 de Mayo (Ciudad de Yuty). Y por orden de S.S. Dr. Miguel Ángel Riquelme Irala, en el expte N° 99, folio N° 83, del año 2023, caratulado: “TSC IMPORT. EXPORT. S.A. C/ ANTONIO SERGIO PRANDINI S/ EJECUCION DE SENTENCIA”, conforme al proveído de fecha 29 de Mayo de 2024, obrante en autos; Procederé a la venta en Pública subasta sin base de venta y al contado, las cuotas sociales que posee el Sr. ANTONIO SERGIO PRANDINI con C.I. N° 2.496.041, en la Firma AGROGANADERA GONZAGA S.R.L., inscripta en la Sección Personas Jurídicas y Comercio hoy bajo la Matricula N° 39796 al folio N° 1 Serie Comercial del año 2022. Se abonará en el acto y en efectivo los gastos de publicaciones, acordada N° 516, 521/08, importe íntegro de su compra, y la comisión del rematador 4% más I.V.A., sobre su adjudicación.Informes y datos sobre el título de propiedad, en la Secretaria donde radica el expediente de Lunes a Viernes de 7:00 a 13:00 hs., o con el Rematador designado al Celular N° 0984-363-745 y al Telef. 021-423-710.- V°B° Orlando Arturo Miranda Pereira, Actuario Judicial. Willian Insaurralde, (Rematador Público), con Matrícula N° 3-CA de la Excma. C. S. J. -75960/30/09.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua. Abog. María Marcela Diaz Medina , cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de VENERANDA CANTERO DAVALOS. Carapegua, 16 de setiembre de 2024.-Abog. Lucio Ramón Rodriguez L. Actuario Judicial, Circunscripción Judicial Paraguari. -75521/28/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil de Yuty Circunscripción Judicial de Caazapá, Dr. Miguel Angel Riquelme Irala, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DIGNA VICTORIA VERA DE ALCARAZ . Yuty, 17 de Setiembre de 2024. Abog. Orlando Miranda P. - Actuario Judicial – Circunscripción Judicial Caazapá. -75534/28/09.-

REMATE JUDICIAL. El día 17 de Octubre de 2024, a las 15:00 hs., en la Secretaria N°3 del Juzgado en lo Laboral del 2º Turno, a cargo de la Actuaria Alicia Mabel Pana Alfonso, sito en el 1er Piso del Palacio de Justicia en

REMATE JUDICIAL. El día 09 de Octubre de 2024, a las 14:30 hs., en la Sria. N° 2 del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer, Turno de la Circunscripción de

SUCESIÓN. El Actuario Judicial por precisas instrucciones el Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Paraguarí, de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, Abg. Oscar Antonio Villalba Acosta, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "OBDULIA CONCEPCION DELGADO ZORRILLA S/ SUCESION", expediente N° 156, Año 2.024, por diez días en el Diario La Nación, cuyo expediente radica en la secretaría del Actuario Abg. Victor Hugo Duarte Britez.-75509/28/09.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz, del Distrito de Repatriación, Circunscripción Judicial de Caaguazu, Abg. Estela Domínguez Genes, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la Sucesion: "FIDELINA GOMEZ DE ENCISO Y FERNANDO ENCISO SUAREZ S/ SUCESION AB-INTESTATO, LEY N° 6059/18. AÑO: 2024. EXP. N° 126. FOLIO 11". Repatriacion, 16 de setiembre de 2024. Abg. Jorge Ramón Velázquez Díaz, Actuario Judicial.-75511/28/09.-

SUCESIÓN. El Jueza de Paz de la Ciudad de Nueva Colombia, Abg. Mirta Susana Granado, y la Actuaria Autorizante Abg. Karin Marlene Leite Zaracho, ordena la publicación del presente edicto por el plazo de 10 (diez) días, citando y emplazando a los que tengan o pudieran tener interés en reclamar derechos contra la sucesión de SEVERIANO PEREIRA CON C.I. N° 2.388.619, y a deducir sus acciones dentro del término de 60 (sesenta) días contados desde la publicación del presente Edicto, de conformidad a lo establecido en el Art. 741 del C.P.C. y demás concordantes. Nueva Colombia, 16 de setiembre de 202 4. -75536/28/09.-

SUCESIÓN. El juez de Paz de San Roque González de Santa Cruz, Dr. Ángel R. Clerch, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANA VALDEZ DE MALDONADO Y LORENZO MALDONADO. San Roque González de Santa Cruz, 16 de setiembre de 2024. Reinaldo Martínez B. Actuario Judicial. -75539/28/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, con asiento en Ciudad del Este Turno, Abg. Juan Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANTONIO LUIS DE OLIVEIRA. Ciudad del Este, 18 de Setiembre de 2024 (Actuario Judicial, Fredy A. Colman, Secretaría N° 07). Se hace saber al des-

tinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo en consecuencia, innecesaria la autenticación manual. -75538/28/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abg. Fernando Javier Quevedo Suarez, cita y emplaza por término de sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de TERESA MONSERRAT PEREZ

ARRIOLA. El Expediente radica en la Secretaria Nº 5. Fdo. Abg. Fátima Barreto.-Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia.- Firmado digitalmente por: Fatima Isabel Barreto Pereira (Actuario/a). Concepción, 19 de agosto de 2024. -75540/28/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Lambare, Abog. José Segundo Velázquez Alfonso, cita y emplaza por sesenta (60) días, a Herederos y Acreedores de la sucesión de RUBEN ANTONIO OCHOA GUZMAN S/ SUCESION AB. INTESTADO. Lambaré, 18 de setiembre de 2024. Abog. Hugo Molinas Dure. Actuario Judicial. Secretaria Nº 2. -75548/28/09.-

SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA

AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GERMAN POLL URNAU, LYDIA OTILIA DALISDA LUCKMANN. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 19 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el

Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75593/29/09.-

SUCESIÓN INTESTADA.

La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magalí Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de URSULINA

ALMADA GONZALEZ . El juicio radica en Secretaria a mi cargo. Edgar Adrián Jara Mendoza, Actuario Judicial. Asunción, 09 de septiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Excma. Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Edgar Adrian Jara Mendoza. -75558/29/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ORCAR ERNESTO

ALBORNO GIARDINA . El expediente sucesorio se tramita ante la Secretaria Nº 9 de este mismo Juzgado a cargo del Actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Asuncion, 6 de Setiembre de 2024.-75583/29/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de MUSA

MIGUEL ANGEL ELIAS

JORGE Y BERTA CATALINA ROLON DE ELIAS. La sucesión se tramita ante la Secretaria No. 9 a cargo del actuario Judicial Heriberto Lezcano M. Secretario. ASUNCION, 16 de Setiembre de 2024. -75571/29/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión

LEOPOLDINA AYALA TORRES S/ SUCESIÓN. LEY N° 6059/18. Ñemby, 29 de mayo de 2024. Celicia C. Martínez, Actuaria Judicial.-75594/29/09.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua. Abog. Maria Marcela Diaz Medina, cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de: OLEGARIA PENAYO DE BARRIOS Y PAUBLO BARRIOS PENAYO. Carapegua, 19 de setiembre de 2024.- Actuario Judicial Abog. Lucio Ramón Rodriguez L. Circunscripción Judicial Paraguari. -75612/29/09.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia, Abog María Graciela Trauth, de la localidad de Itapúa Poty de la Tercera Circunscripción de la República. Cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión ELEUTERIA TORREBLANCA DE GONZALEZ Itapúa Poty 05/09/24 Ab. Nicolás Ibáñez ( Actuaria Judicial). -75621/30/09.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, del Comercial y Laboral segundo tumo, Dr. Abog Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de: RAFAEL FIRMINO S/ SUCESIÓN. Caaz apá 20 de setiembre de 2024. Abog. Liliana Méreles Brizuela (Actuaria Judicial). -75625/30/09.-

SUCESIÓN. CORONEL OVIEDO, 10 de Setiembre de 2024. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de AMELIA ZARATE DE SILVERO.  Ante mí: WILSON F. SILVA. Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75475/30/09.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCA LINA TORRES DE LOPEZ. El juicio radica en la Secretaría Nº 6 a cargo del Actuario Marcelo Ivan Benítez Colman CIUDAD DEL ESTE, 18 de Setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75657/30/09.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Itauguá, Abg. Cinthya Usher Granado cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días a partir de la primera publicación, conforme al Art. 741 del C.P.C., a las personas que se crean con derechos hereditarios en la sucesión de ALEJO ESCURRA SALINAS. Los derechos hereditarios deberán ser presentados ante este Juzgado en el Exp. N° 682, al folio 79, año 2024. Itauguá, 16 de setiembre de 2024. Lic. Genaro Rojas Páez, Actuario Judicial. -75594/30/09.-

SUCESIÓN. El Juez de primera instancia en lo Civil, Comercial y laboral del Tercer turno de la cordillera, Dr. JUSTO RAMOS ARRUA, cita y emplaza por sesena días a herederos y acreedores de la sucesión de: GERARDO ROBERTO LARATRO GUNTHER en el Expediente caratulado: “GERARDO ROBERTO LARATRO GUNTHER S/ SUCESIÓN” Nº 384 AÑO: 2024. Ante mí: Abg. NEELI INVERNIZZI, Actuario Judicial.Se hace saber al destinatario e este edicto que el mimo cuenta con el Código QR, por lo cual, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. Firmado digitalmente por: MARIA NELLY INVERNIZZI PALMEROLA (ACTUARIO/A). Caacupé, 20 de setiembre de 2024.75649/30/09.-

SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ, EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE

VILLA YGATIMI, MAG. ABG. MARIA GLORIA GIMENEZ DE SILVERO, cita y emplaza por 60 días por medio del Diario "LA NACION" a los herederos y acreedores de la sucesión de BIENVENIDO

SAMANIEGO VENIALGO

S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO, AÑO 2024, N.º 42. Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. Villa Ygatimi, 20 de setiembre de 2024. -75648/30/09.-

SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ, EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE VILLA YGATIMI, MAG. ABG. MARIA GLORIA GIMENEZ DE SILVERO, cita y emplaza por 60 días por medio del Diario "LA NACION" a los herederos y acreedores de la sucesión de DOMICIANO SAMANIEGO VENIALGO

S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO, AÑO 2024, N.º 41.Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. Villa Ygatimi, 20 de setiembre de 2024.- Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. -75644/30/09.-

SUCESIÓN. Curuguaty, 19 de setiembre de 2024. La Jueza del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty, Abg. Sonia Mariela Medina Paredes, el Juzgado por proveído de fecha de fecha 11 de junio de 2024, ha resuelto en los autos caratulados: " JULIO JARA GOMEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA, AÑO: 2.023, Nº457 ordenase la publicación de los edictos en el Diario La Nacion de la Capital, por el termino de 10 días, conforme al Art. 741 del C.P.C., citando a todos los interesados para que dentro del plazo de ley, contados desde la primera publicación se presenten a reclamar derechos., para el efecto ordena la publicación de los edictos correspondientes. El juicio radica en la secretaria Nº 1 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. Schirley Paola Irala, Actuaria Judicial. -75679/03/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, con sede en María Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de EGON ALLEBRANDT DIEKEL. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria

Judicial. María Auxiliadora, 19 de setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75678/03/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abog. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión de MIGUEL ANGEL VILLALBA PAVON. El juicio radica en la Secretaría Nº 2, a mi cargo Abg. Luisa Haudenschild. San Pedro de Ycuamandyyu, 17 de Setiembre de 2024.-75683/03/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz del Cuarto Turno de Ciudad del Este, Abg. Elvira Rossana Borja Zacarías, Secretaría N° 4 a cargo de la Abg. Sonia Raquel Fariña Carvallo, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores contados desde la publicación del presente edicto, a que comparezcan a deducir sus acciones contra el juicio caratulados “LUIS MERCE PAREDES SALINAS S/ SUCESIÓN INTESTADA” Exp. N° 541. AÑO: 2024, por sí o por apoderado a reclamarlo, cuyos trámites radican ante este juzgado. Ciudad del Este Juzgado de Paz, 23 de Setiembre de 2024 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75704/03/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza., cita y emplaza por 60 (sesenta) días, a herederos y acreedores de DEMETRIO MERLO CON C.I. Nº 1.668.737 Y MARGARITA GONZÁLEZ VDA. DE MERLO CON C.I. Nº 3.746.499, estos autos radican en la Secretaría N° 01. Se hace saber al destinatario

de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR. Hernandarias, 19 de Setiembre de 2024.-75703/03/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abogado Héctor Pastor Ibarra González, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60 días a herederos y acreedores de la sucesión de BERNARDINO LUJAN

AGÜERO Y MATILDE

PALACIOS DE AGÜERO

Dr. Juan León Mallorquín, 23 de setiembre de 2024. Abog. Roberto Trinidad Escobar (Actuario Judicial). -75699/02/10.-

SUCESIÓN. El Actuario del Juzgado en lo Civil y Comercial del Vigesimo Segundo Turno de la Capital, Sec. Nº 43, Abg. Marco Ocampos, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de la Sra. MIRIAN FELICITA BAEZ

IRIARTE. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 03 de junio de 2024.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Marco Antonio Ocampos Ortíz, Actuario. -75705/03/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de San Pedro de Ycuamandyyu, Circunscripción Judicial de San Pedro Abog. Diego Gauto Ramirez, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, a herederos y acreedores de la sucesión de ELENO MARECO MOLINA , a fin de que los mismos se presenten dentro del plazo de 60 días a ser contado desde la fecha de la primera publicación de edicto por si o por apoderados a reclamarlos. Los trámites se encuentran a cargo de este Juzgado. San Pedro de Ycuamandyyu, 12 de setiembre de 2024. Abg. Paola R. Godoy, Actuaria Especializada. -75725/03/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la Niñez y la Adolescencia de San Estanislao, Abog. Wilson Velazquez, cita y emplaza por sesenta días contados desde la primera publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de la causante

JUANA SILVERIA CASTILLO VDA DE COLLEVILLE S/ SUCESION" AÑO: 2024 N° 350 FOLIO: 21, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 741, primera parte del Código Procesal Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 1 a mi cargo. Abog. OSCAR CANTERO Actuario Judicial  San Estanislao, 19 de agosto de 2.024. -75724/03/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz de San Rafael del Parana, de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, Abog. Monica Beatriz  Baez de Acuña, cita y emplaza,por sesenta (60) días, a los herederos Y acreedores de la sucesión del Sr. EZEQUIEL FARIÑA ROMERO, en el Expte N°144, Año 2024, Folio N°64 vlto, obrante en la secretaria a cargo del Actuario Judicial Abg. Guido Isauro Amarilla  Ayala. San Rafael del Paraná, 19 de septiembre de 2024. -75722/03/09.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. Laura Beatriz Rojas Cañete, cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de LEONARDO GARAY AMARILLA. Coronel Oviedo, 8 de agosto de 2024. Ante mí: Wilson F. Silva. Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75746/04/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abog. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión de LAUREANA LOPEZ VDA DE AVALOS. El juicio

radica en la Secretaría Nº 2, a mi cargo Abg. Luisa Haudenschild. San Pedro de Ycuamandyyu, 13 de Setiembre de 2024.-75744/04/10.-

SUCESION. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de San Ignacio Guazu Misiones Circunscripcion Judicial de Misiones, Abg. Alberto Rene Melgarejo Guirland, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ARNALDO DUARTE GIMENEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Antonio Lourenzo Pedrozo, Actuario Judicial. San Ignacio Guazu, 18 de Setiembre de 2024 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75736/04/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira Mercado, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de ELVIO ESTIGARRIBIA MARTÍNEZ Ñemby, 04 de abril de 2024. Abog. Cecilia C. Martínez L., Actuaria Judicial. -75729/04/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz de Villa Elisa, Dra. Martha Benítez Alderete cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de Sucesión JUAN ALARCON VILLAREAL. Villa Elisa, 20 de setiembre de 2024. Abg. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial.-75758/04/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz de Villa Elisa, Dra. Martha Benítez Alderete cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de Sucesión PEDRO ANTONIO BRITEZ CACERES. Villa Elisa, 18 de setiembre de 2024. Abg. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial. -75758/04/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. Laura Mercedes Gonzalez Cristaldo, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANA MARGARITA ROA

ESTECHE para que se presenten al juzgado a reclamar sus derechos. El juicio caratulado “ANA MARGARITA ROA ESTECHE S/ SUCESION INTESTADA– AÑO 2024 - Nº 165”, radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Leonardo Soto Mendoza. Actuario Judicial, Secretaría N° 4. Caaguazu, 20 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75750/04/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera instancia de lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Dr. Abg Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión ROSALVA CABALLERO VILLALBA S/ SUCESION. San Juan Nepomuceno, 11 de septiembre de 2024, Secretaria 1. Abg Leonida E. Pereira, Actuaria Judicial. -75776/05/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, 2 turno Dr Carlos Alberto Cañete, cita y emplaza por sesenta dias a herederos a acreedores de la sucesión de VALMIR JOSE SCHMITT S/ SUCESIÓN AB INTESTATO. 13 de setiembre de 2024. Abg. Liliana Mereles Brizuela, Actuaria Judicial. -75774/05/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez de Ciudad del Este, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CLETO GIMENEZ LOPEZ Y GERMINA ARANDA DE GIMENEZ. Ciudad del Este, 5 de junio de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos (Actuaria Judicial, Secretaría N° 10). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. -75787/05/10.-

SÁBADO 28 SETIEMBRE DE 2024

SUCESION. El Juez de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Pedro de Ycuamandyyu, Circunscripción Judicial de San Pedro Abog. Diego Gauto Ramírez, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, a herederos y acreedores de la sucesión de FRANCISCO NOGUERA, a fin de que los mismos se presenten dentro del plazo de 60 días a ser contado desde la fecha de la primera publicación de edicto por sí o por apoderados a reclamarlos. Los trámites se encuentran a cargo de este Juzgado. San Pedro de Ycuamandyyú, 17 de setiembre de 2024. Abg. Paola R. Godoy (Actuaria Especializada). -75824/05/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, con asiento en el Distrito de Yguazú, Abg. María José Florentín Florentín, secretaría a cargo del Actuario Abg. Dionisio Ramón Alvarenga, cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, contados desde la primera publicación del presente edicto, a los interesados en la sucesión del juicio caratulado "JUAN DE LA CRUZ MARTÍNEZ GONZÁLEZ Y MARGARITA PERALTA DE MARTÍNEZ S/ SUCESIÓN. EXP. N° 197, FOLIO 13 VLTO, AÑO 2024", a fin de que se presenten a reclamar sus derechos por si por apoderado, si los tuvieren. Yguazú, 24 de setiembre de 2024. -75828/05/09.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Pedro del Paraná, de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, Abg. Francisca Solana Aquino, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de LAURA

LILIANA MERELES SOTELO Y/O LAURA LILIANA MERELES DE CHAVEZ CON C.I.N° 3.688.715. El juicio radica en la secretaría a mi cargo, Abg. Anibal Amarilla Navarro, Actuario Judicial.- San Pedro del Parana, 24 de setiembre de 2024. De igual manera se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual por parte del Actuario del Juzgado, conforme a la Acordada N° 1366/2019.-75860/05/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, sede María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de REMIGIO MADRUGA . El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz. Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 24 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -75861/05/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz Interino de San Estanislao Abog, Wilson David Velazquez Urunaga, cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de sesenta dias, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar derechos en la sucesión de CELSO ISMAEL PEREIRA MONGES. El juicio radica en la Secretaria N° 1 a mi cargo. Abog. Oscar Ariel Cantero Villalba. San Estanislao, 23 de Setiembre de 2024. -75855/05/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz interina en lo Civil, Comercial y Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Itaugua, Abog. Cinthya Usher Granado, cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días a partir de la primera publicación, conforme al art. 741 del C.P.C., a las personas que se crean con derechos en la sucesión de DIEGO ROA . Los derechos hereditarios deberán ser presentados ante este Juzgado en el Exp. N° 766, al folio 81, año 2024. Itaugua, 13 de setiembre de 2024. Lic. Genaro Rojas Páez – Actuario Judicial. -75854/05/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo civil y comercial del primer turno de la circunscripción del guaira (Villarrica), Abg. Liza Alfonso, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a los herederos y acreedores de la sucesión de MARIA ALBERTA RAMOS DE GONZALEZ . El juicio sucesorio se tramita ante la Secretaría N° 2, a cargo de la Actuaria Teresita Orte -

llado Zorrilla. Villarrica, 26 de agosto de 2024.Firmado digitalmente por: Teresita Noemí Ortellado Zorrilla(Actuaria). -75852/05/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Yuty, Dr. Miguel Ángel Riquelme Irala, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de GRACIELA BENITEZ CORONEL . Abog. Orlando Miranda Pereira, Actuario Judicial, Circunscripción Judicial Caazapá). Yuty, 24 de setiembre de 2024.-75848/05/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Villa Elisa Abg. Martha Benítez Alderete, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FELIX ISRAEL PRIETO E HILARIA VAZQUEZ DE PRIETO. Villa Elisa, 19 de setiembre de 2024 Abg. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial. -75869/05/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz de la Ciudad de Yataity del Norte Abg. Natalia Elizabeth Miranda Dacak, en los autos caratulados eligio recalde romero s/ sucesión. cita y emplaza, por el término de diez (10) días a los herederos y acreedores de la sucesión causante ELIGIO RECALDE ROMERO, para que en el plazo de sesenta días contados desde la primera publicación concurran a ejercer sus Derechos. Actuaría, Abg. Emilia Alfonzo. Yataity del Norte, 10 de setiembre de 2024. Ante mí: Abg. Emilia Alfonzo Actuaria - Juzgado de Paz.-75866/05/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, con sede en maría auxiliadora abg. r. evelin cabrera paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FIDENCIO FRANCO SALAS. El juicio radica en la secretaría N°2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 12 de setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75865/05/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, con sede en María Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CATALINO MORENO PAREDES. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. María Auxiliadora, 20 de Setiembre de 2024.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75862/05/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral, Niñez y Adolescencia de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, de la Localidad de Itapua Poty, Abg. Maria Graciela Trauth, cita y emplaza por sesenta días a Herederos y Acreedores de la SUCESIÓN DE MARIO LEGUIZAMON BAEZ . Itapúa Poty, 19 de Setiembre de 2024. Abog. Nicolas Ibañez, Actuario Judicial. -75885/06/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la República, con sede en Maria Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAMON ALVARENGA BOGADO. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 20 de setiembre de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.75884/06/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la República, con sede en Maria Auxiliadora Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por sesenta días

a herederos y acreedores de la sucesión de PASCUALA LUGO S/ SUCESIÓN INTESTADA. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 28 de octubre de 2022.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-75882/06/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua.  Abog. María Marcela Diaz Medina, cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de YOLANDA PAEZ GONZALEZ. Carapeguá, 19 de setiembre de 2024. Abog. Lucio Ramón Rodriguez, Actuario Judicial Circunscripción Judicial de Paraguari. -75878/06/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de EULOGIO PENAYO ESPINOLA. Ciudad del Este, 26 de Setiembre de 2024. Abg. Sara Ojeda Ramos (Actuaria Judicial, Secretaría N° 10). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-75887/06/10.-

SUCESIÓN. POR DISPOSICIÓN DE S.S. EL JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL TERCER TURNO DE LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN ABG. JAVIER A. FERREIRA GARCETE, cita y emplaza, por sesenta días, a herederos, legatarios, acreedores e interesados en reclamar derechos contra la sucesión del Señor GUSTAVO RAMON GALEANO ROY S/ SUCESION INTESTADA, el Juicio radica en la Secretaría a mi cargo Abg. Claudio Raúl Molas Mereles. Firmado digitalmente por: CLAUDIO

RAL MOLAS MERELES (ACTUARIO/A). Concepción, 24 de Septiembre de 2024.-75920/06/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz de la Colonia Tupa Renda Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Porfirio Guzman Bernal Ramírez, cita y emplaza, por el término de 60 (sesenta) días contados a partir de la primera publicación a todos los que tengan interés en la sucesión de ALICIA  GONZALEZ Y/O ALICIA GONZALEZ CHAMORRO DE VARGAS Y TOMAS VARGAS

CABRAL . Secretaría a cargo de la Abg. Débora Pedro Maurich. Tupa Renda, 17 de setiembre de 2024.75918/06/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz de la Colonia Tupa Renda Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Porfirio Guzman Bernal Ramírez, cita y emplaza, por el término de 60 (sesenta) días contados a partir de la primera publicación a todos los que tengan interés en la sucesión de CATALINO ACOSTA Y/O CATALINO ACOSTA

ZELAYA Y ODOCIA

ENCISO. Secretaría a cargo de la Abg. Débora Pedro Maurich. Tupa Renda, 17 de setiembre de 2024. -75912/06/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz de la Colonia Tupa Renda Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Porfirio Guzman Bernal Ramírez, cita y emplaza, por el término de 60 (sesenta) días contados a partir de la primera publicación a todos los que tengan interés en la sucesión de ASCENSION IRIARTE Y JOSEFA CANTERO. Secretaría a cargo de la Abg. Débora Pedro Maurich. Tupa Renda, 17 de setiembre de 2024.-75905/06/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Dr. Walter Raúl Mendoza Orue, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de NIDIA ALBERTA AGUILERA DE NUÑEZ, que tengan algún derecho o interés que reclamar contra la misma. ASUNCION, 25 de Setiembre de 2024.-75898/06/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Amambay, Dr. Juan Marcelino Gonzalez G., cita y emplaza por el termino de 60 (sesenta) días, contados

desde la publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de PEDRO PABLO VALENZUELA MARTINEZ , de conformidad con lo dispuesto en el Art. 741 del Código Procesal Civil. El juicio radica en la Secretaria a cargo de la Actuaria Judicial Abg. Anny Gregoria Acosta. Pedro Juan Caballero, 18 de octubre de 2023. -07/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, del Primer Turno e Interino de Tercer Turno de la Circunscripción Judicial de Amambay, Dr. Juan Marcelino Gonzalez Garcete, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de NARCISA CHAMORRO DE ALCARAZ , que radica en la secretaría N° 06 a cargo del Actuario Judicial Abg. Fredy Fernando Molinas Desvars.Pedro Juan Caballero, 17 de setiembre de 2024.-07/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz en lo civil y comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias, Abg. Ignacia Mabel Escobar, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de LUCIO PERALTA ACOSTA , para que se presenten ante la Secretaria del Juzgado a cargo de la Abg. Dulce María Zorrilla Salinas, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias Juzgado de Paz, 26 de Setiembre de 2024. -75948/07/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Dr. Juan León Mallorquín, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abog. Hector Pastor Ibarra González, conforme a la Ley 6059/2018, Cita y Emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de CLIMACO ESTIGARRIBA NUÑEZ . Dr. Juan León Mallorquín, 11 de setiembre de 2024. Abog. Roberto Trinidad Escobar (Actuario Judicial).-75977/07/10.-

SUCESIÓN. La Juez de Paz de San Rafael del Paraná , de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, Abog. Monica Beatriz Baez de Acuña, cita y emplaza, por sesenta (60) días, a los herederos y acreedores de la sucesión de los Sres. JUAN VALLEJOS CESPEDES Y NONA ESTER GONZÁLEZ DE VALLEJOS, en el Expte N° 147, Año 2024, Folio N° 64vito, obrante en la secre-

taría a cargo del Actuario Judicial Abg. Guido Isauro Amarilla Ayala, San Rafael del Paraná, 27 de septiembre de 2024.-75975/07/10.-

SUCESIÓN. La Jueza de Paz de la Pastora Abg. María Romina Sanabria de Mendoza cita y emplaza por sesenta (60) dias por medio del diario La Nacion a los herederos y acreedores de la sucesión de JUAN LEON FRANCO GOMEZ Y ELENA DIARTE VDA. DE FRANCO, con Cédula de Identidad Número 417.061 y 1.046 378 respectivamente. La Pastora, 20 de setiembre de 2024.-75972/07/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno, Dr. Martín Diego Acosta Conde cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de ENRIQUE FRANCO RIVAROLA. Asunción, 26 de setiembre de 2024. Armando Juan José Figari, Actuario Judicial. -75973/07/10.-

SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Dr. Walter Raúl Mendoza Orue, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de MARIA ESTER MARTINEZ DE RUIZ DIAZ , que tengan algún derecho o interés que reclamar contra la misma. ASUNCION, 17 de Setiembre de 2024.Firmado digitalmente por: Alexis Nicolas Arturo Brambilla(Actuario). -75979/07/10.-

TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. - Dando cumplimiento a los que establece el Artículo 1189 del Código Civil, comunicamos a quien pueda interesar que los SOCIOS de la firma RENACER BELLEZA S.R.L. por acuerdo unánime, han decidido la transformación de la misma en SOCIEDAD ANONIMA, sucesora legal, responsable y continuadora de la Sociedad Transformada. El Balance especial confeccionado y aprobado por los socios se encuentra a disposición de los acreedores en la sede social, sito en la Av. Acosta Ñu c/ Curupayty de la Ciudad de Hernandarias, Alto Paraná, Paraguay, por el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de la última publicación. -75958/02/10.SÁBADO

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