La voz november 2017 espanol

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BOLETIN INFORMACION DE TRABA JO AGRICOLA

La VozCalifornia del Campo

noviembre de 2017

GRATIS

Volumen 27, Numero 11

Camino hacia la recuperación

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OS INCENDIOS FORESTALES del año 2017 en California fueron desastrosos en extensas áreas del estado; los incendios dañaron y afectaron paisajes, infraestructuras, negocios, la agricultura, el medio ambiente, recursos naturales y a los habitantes. Se necesitarán meses o incluso años para recuperarse completamente de estos incendios devastadores, que destruyeron más de 8,900 estructuras y dejaron un saldo de 42 personas muertas. Es importante que los californianos sigan todos los pasos necesarios para obtener ayuda de emergencia, para comenzar el proceso de recuperación. Si usted o su familia fueron afectados por los incendios forestales de California en los condados de Butte, Lake, Mendocino, Napa, Nevada, Orange, Sonoma y Yuba, aquí se enumeran algunos pasos a seguir para iniciar el proceso de reclamación.

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Comience el proceso de reclamación lo antes posible

Esté preparado para entregar a su agente de seguros o representante de la compañía de seguros una descripción del daño que sufrió su propiedad. También, entregue a su agente una copia con el inventario de su vivienda, si lo tiene. Su agente informará de inmediato la pérdida a su compañía de seguros o a un perito calificado que se comunicará con usted lo antes posible para acordar y hacer una inspección del daño. No olvide dar a su agente un número de teléfono, preferentemente un número de teléfono celular, para que lo pueda localizar.

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Comuníquese de inmediato con su agente de seguros o compañía de seguros Cuando inicie el proceso de liquidación, averigüe lo siguiente: n Si el daño está cubierto por los términos de su póliza n El límite de tiempo que usted tiene para presentar una reclamación n El tiempo que llevará procesar la reclamación n Si necesitará obtener presupuestos para las reparaciones

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Este informado de qué incluye la cobertura

La “página de declaraciones” de la póliza muestra cómo la póliza está dividida en categorías de cobertura: Vivienda (“Cobertura A”), Otras Estructuras (“Cobertura B”), Bienes Personales (“Cobertura C”), Pérdida de Uso/Gastos de Subsistencia Adicionales (“Cobertura D”) y otras categorías como pagos de obligaciones y gastos médicos. También es posible que se enumeren “endosos” adicionales o cobertura extra en la página de declaraciones. Las pólizas no son todas iguales, y su asegurador puede responder preguntas específicas sobre su tipo de póliza e importe de la cobertura. Continúa en la página 6


Recursos para incendios forestales para inmigrantes de California

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UEGO DE LOS INCENDIOS DEVASTADORES que sufrió California, es bueno saber que los inmigrantes no están solos y que tienen acceso a recursos. Los condados afectados que pueden recibir beneficios para sus residentes son Butte, Lake, Mendocino, Napa, Nevada, Orange, Sonoma y Yuba. Existen muchos recursos para la recuperación de incendios forestales a los que pueden acceder los inmigrantes y sus familias en estas áreas. Los inmigrantes elegibles para recibir estos beneficios de recuperación pueden incluirse en alguna de las siguientes categorías: Individuos que tienen tarjeta verde; asilados y refugiados; individuos a los que se les ha otorgado permiso humanitario por un año; individuos a quienes se les ha detenido la deportación debido a su condición de refugiado político; personas provenientes de Cuba o Haití; o víctimas de violencia doméstica, que actualmente tienen una demanda de amparo pendiente. Independientemente de su estado de inmigración, no debe temer que los organismos que brindan los recursos informen el estado de inmigración a los Servicios de Inmigración. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (Customs and Border Protection, CBP) de EE. UU. han declarado que no aplican la ley de inmigración en los lugares de ayuda para catástrofes como los refugios y los bancos de alimentos. El Gobierno Federal recomienda encarecidamente a todas las personas que sigan las instrucciones de los funcionarios locales, y que busquen ayuda y refugio independientemente de su estado de inmigración. Para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación- Garantizar un servicio equitativo para trabajadores agrícolas migrantes y estacionales, comuníquese con la Oficina del Defensor del EDD llamando al número gratuito 1-866-289-8356 o con el Centro de Empleo Estadounidense de California más cercano. Para encontrar el centro más cercano, visite el localizador de centros de empleo o llame

al número gratuito del Localizador de Servicios de EE. UU. al 1-877-872-5627 (TTY 1-877-889-5627).

REFUGIOS Y ASISTENCIA PARA VIVIENDA Refugios de Emergencia

Para obtener información sobre los refugios de emergencia, puede visitar el sitio web de los Servicios de Emergencia de la Oficina de California wildfirerecovery.org/evacuationcentershelter-information/.

Asistencia En Refugios Transitorios

El Programa de Asistencia de Refugio Transitorio (Transitional Shelter Assistance, TSA) brinda alojamiento en el corto plazo para los evacuados que no pueden regresar a sus hogares por un período de tiempo extenso o indeterminado luego de una catástrofe. Para obtener más información sobre el Programa de Asistencia de Refugio Transitorio (TSA), visite el sitio web de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (Federal Emergency Management Agency, FEMA) en www.fema.gov/transitional-shelterassistance.

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Programas Individuales y Familiares

El Programa para Individuos y Familias (Individuals and Households Program, IHP) es un programa estatal y federal conjunto. Toda aquella persona que sufra un daño se puede registrar para recibir asistencia. Para ello, debe llamar a la línea de registro de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), 1-800-621- 3362. Las personas sordas o con dificultades auditivas deben llamar al número 1-800-462-7585. Para obtener información en general o para hacer cambios en una solicitud existente, el número de la línea de ayuda para información en caso de catástrofe de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) es 1-800-621-3362 o TTY 1-800-462-7585.

Programa Estatal De Subsidios Suplementarios

El Programa Estatal de Subsidios Suplementarios (State Supplemental Grant Program, SSGP) de California, administrado por la Oficina de Asistencia por Desastres del Departamento de Servicios Sociales de California, puede proporcionar fondos para asistir a personas que han sufrido daños en áreas declaradas de desastre. Si desea hacer consultas sobre el Programa Estatal de Subsidios Suplementarios (SSGP), puede comunicarse al 1-800-759-6807. Para las personas sordas o con dificultades auditivas, el número de TTY es 1-800-952-8349.

ALIMENTOS Y OTROS PRODUCTOS BÁSICOS

CalFresh en Caso de Desastre (Disaster CalFresh) {PUEDEN SOLICITARLO TODAS LAS PERSONAS Y FAMILIAS]

Disaster CalFresh puede ayudar a satisfacer


las necesidades nutricionales temporales de las víctimas de desastres que tengan ingresos modestos, independientemente del estado de inmigración, luego de un desastre natural como una inundación, un incendio o un terremoto. Para obtener más información de Disaster CalFresh, visite el sitio web en www. cdss.ca.gov/inforesources/CalFresh/Disaster-CalFresh o llame al 1-877-847-3663.

Bancos de alimentos locales

Los bancos de alimentos de California ofrecen ayuda a las familias afectadas por los incendios forestales proporcionándoles asistencia alimentaria de emergencia sin costo, independientemente del estado de inmigración. Localice un banco de alimentos en su área en www.cdss.ca.gov/Food-Banks o llame al 1-877-847-3663.

SALUD, SALUD PÚBLICA Y ASESORAMIENTO

Asesoramiento en Casos de Crisis

La línea de ayuda de emergencia para desastres brinda asesoramiento en casos de crisis, y apoyo a las personas con angustia emocional relacionada con desastres naturales o causados por el hombre, las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 días del año. Llame al 1-800-985-5990 o envíe un mensaje de texto a TalkWithU al 66746 para comunicarse con un asesor capacitado para casos de crisis.

Servicios para Personas de la Tercera Edad

El Departamento de Asuntos de la Tercera Edad (Department of Aging) de California brinda coordinación a través de una amplia variedad de servicios de diferentes organismos para personas de la tercera edad y adultos con incapacidades. Para localizar una Agencia de Asuntos de la Tercera Edad en su Área (Area Agency on Aging, AAA), llame al 1-800-510-2020 o visite el sitio web en www.aging.ca.gov/ProgramsProviders/ AAA/AAA_listing.asp

REEMPLAZO DE DOCUMENTOS Y SEGURO

Departamento de Vehículos Motorizados

El Departamento de Vehículos Motorizados de California (Department of Motor Vehicles, DMV) puede responder preguntas o brindar los formularios necesarios para ayudar a las personas con el reemplazo de documentos del DMV, como licencias de conducir, tarjetas de identificación, certificados de registro de vehículos y certificados de título, que se puedan haber perdido como consecuencia de la catástrofe. Puede visitar el sitio web del DMV en: www.dmv.ca.gov/. Si necesita un intérprete, informe al personal del DMV y se programará una cita para cuando un intérprete de la lengua extranjera esté disponible. Las citas también se pueden programar durante el horario de atención al público. Para ello, llame al 1-800-777-0133 e indique la necesidad de asistencia en una lengua extranjera. Para el Servicio de Teléfono de Retransmisión de California desde teléfonos TTY, llame al 1-800-735-2929.

Registros de Nacimiento, Muerte, Matrimonio y Otros Documentos Importantes

El Departamento de Salud Pública de California (California Department of Public Health, CDPH) está trabajando con quienes han perdido documentos importantes a causa del desastre. Los registros de nacimiento, muerte y matrimonio se deben solicitar a la oficina de registros del condado donde ocurrió el incidente; visite www.cdph.ca.gov/ Programs/CHSI/Pages/Obtaining-VitalRecords-From-County-Offices.aspx para obtener una lista de los registros del condado. También puede llamar al 1-800-735-2929 o visitar: www.cdph.ca.gov/Programs/CHSI/ Pages/Vital-Records.aspx

Seguro e Información Sobre Reconstrucción

El Departamento de Seguros de California brinda asistencia sobre temas relacionados con seguros, como demoras en la gestión de reclamaciones, gastos de subsistencia adicionales,

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controversias por cobertura insuficiente, etc. Si tiene dificultades con el procesamiento de su reclamación, comuníquese con los funcionarios a la línea de ayuda del Departamento del Consumidor al 1-800-927-HELP (4357); TTY 1-800-482-4833 para obtener asistencia. Para obtener información adicional, también puede visitar el sitio web del Departamento en: www.insurance.ca.gov.

Junta Estatal de Licencias de Contratistas

La Junta Estatal de Licencias de Contratistas (Contractors State License Board, CSLB) verifica las licencias de los contratistas, investiga las reclamaciones y brinda información útil sobre la contratación de un contratista con licencia. Para obtener información sobre la contratación o la presentación de una reclamación en contra de un contratista, las víctimas de desastres pueden llamar a la línea de ayuda de Desastres de CSLB de lunes a viernes, de 8 a. m. a 5 p. m. al 1-800-962-1125, o al sistema telefónico de respuesta automática que funciona las 24 horas, al1-800-321-CSLB (2752). Las licencias también se pueden verificar por Internet en: www2.cslb.ca.gov/OnlineServices/CheckLicenseII/CheckLicense. aspx. También puede ver un video, “Rebuilding After a Natural Disaster” (Reconstrucción después de un desastre natural) en el sitio web de la CSLB: www.cslb.ca.gov/Media_Room/ Disaster_Help_Center/

Vivienda y Desarrollo Comunitario

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario (Housing and Community Development, HCD) de California brinda ayuda con preguntas sobre viviendas prefabricadas, que incluyen reparaciones, instalaciones y/o registro y titulación. Para obtener información sobre Registro y Titulación, llame al 1-800-952-8356; TTY 1-800-7352929 o visite el sitio web en: www.hcd. ca.gov/manufactured-mobile-home/registration-titling/ index.shtml. Continúa en la página 6


¿Piensa viajar a México próximamente?

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I PIENSA VIAJAR PRÓXIMAMENTE A MÉXICO, debe conocer la siguiente información. Ciudadanos estadounidenses han sido víctimas de delitos violentos, que incluyen homicidios, secuestros, robo de vehículos y robos en general en varios estados mexicanos. Como consecuencia, el 22 de agosto de 2017, el Departamento de Estado de EE. UU. actualizó una advertencia para quienes viajen a México. En esta advertencia, se aconseja tener precaución en varios destinos populares de playa, que incluyen Cancún, la Riviera Maya y Los Cabos debido a la presencia de organizaciones delictivas en esos lugares. Si desea obtener más información sobre su destino, visite el sitio web de la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de EE. UU. en www.travel.state. gov o comuníquese con su Oficina local del Consulado General de México. El sitio web brinda asesoramiento estado por estado para regiones específicas de México.

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Para obtener más información: Visite el sitio web de viajes del Departamento de Estado en www. travel.state.gov para consultar las precauciones que hay que tener a nivel mundial, advertencias de viaje, alertas de viaje e información específica del país para México.

Seguro de Cuidado de Salud a Bajo Precio de California Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA)

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a inscripción para el seguro de cuidado de salud a bajo precio de California de acuerdo con la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA) está abierta para personas o familias que deseen inscribirse por primera vez o deseen renovar la inscripción. La inscripción finaliza el 31 de diciembre de 2018. Sin embargo, si usted necesita cobertura al comenzar el nuevo año, tiene tiempo para inscribirse hasta el 15 de diciembre de 2017 para que pueda tener cobertura desde el 1 de enero de 2018. La mayoría de las personas que son ciudadanos de los EE. UU., nacionales de los EE. UU. o inmigrantes que residen legalmente en el país deben tener cobertura médica. Se cobra una multa impositiva — conocida como “pago de responsabilidad compartida” — para las personas que no tienen cobertura médica y que no califican para una exención. Obtenga una cobertura médica cuanto antes; todo el proceso puede llevar más tiempo de lo previsto. Para ahorrar dinero, busque y compare distintos planes de salud en el sitio web www.coveredca.com. Por lo general, las personas que residen legalmente en Estados Unidos incluyen: n Ciudadanos y nacionales de los EE. UU. n Residentes legales permanentes (o “portadores de una tarjeta verde -Green Card-”). n Residentes legales temporales. n Personas que son víctimas de persecución, incluidos refugiados y asilados. n Otros inmigrantes por motivos humanitarios, incluidos aquellos que han recibido estatus de protección temporal. n Personas que tienen el estatus de no inmigrantes (incluidas aquellas personas que tienen visa de trabajo y de estudio). Entre las personas que tienen el estatus de no inmigrantes, se incluyen las que tienen las visas de trabajo H-2A y H-2B. Para obtener más información sobre el seguro de cuidado de salud a bajo precio del gobierno de California según la Ley ACA, visite: www.coveredca.com o comuníquese con el Centro de Servicios al (800) 300-1506, de lunes a viernes: de 8 a.m. a 8 p.m.; sábados: de 8 a.m. a 6 p.m.

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Inscríbase en el Programa de Inscripción para Viajeros Inteligentes (Smart Traveler Enrollment Program, STEP) para recibir mensajes de seguridad y facilitar su localización en caso de emergencia. Comuníquese con la Embajada de EE. UU. en México, ubicada en Paseo de la Reforma 305, Colonia Cuauhtemoc, al +52-55-5080- 2000 x4440, (5080-2000 para llamadas en la ciudad de México, 01-55-50802000 para llamadas de larga distancia en México) de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 3:00 p. m. Fuera de este horario, el número de emergencias para los ciudadanos de EE. UU. es +52-55-5080-2000. Llame de manera gratuita al 1-888407-4747 en EE. UU. y Canadá o al 1-202-501-4444 desde otros países, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 8:00 p. m., Hora Estándar del Este.

Documentos de viaje para México Los documentos de viaje necesarios para entrar y salir de México son una parte importante de la planificación de su viaje. Para verificar que tiene todos los documentos importantes para viajar a México, controle que su pasaporte tenga una validez de 1 año como mínimo antes de su vencimiento. También puede llevar una licencia de conducir como segunda forma de identificación. Debe presentar estos documentos ya sea que ingrese en avión, barco o por vía terrestre a través de un puesto de control fronterizo.

VISA para México

Antes de comenzar a empacar sus valijas para su viaje a México, debe verificar si necesita una VISA y otros documentos de


viaje para ingresar al país. La VISA y los documentos de viaje son uno de los primeros elementos de la lista que debe verificar cuando planifica el viaje y deben estar listos antes de reservar los vuelos a México.

VISA de turista para México

Si va a viajar en avión a México, deberá completar un formulario para su tarjeta de turista durante el vuelo o cuando llegue al aeropuerto de México. Al llegar, un funcionario de inmigración le entregará una tarjeta de turista con la fecha de su ingreso y el número de días permitidos para permanecer en México. No olvide conservar su tarjeta de turista, ya que le pueden cobrar una multa si no la tiene al salir del país. Si piensa trabajar como voluntario en México, lo puede hacer con una VISA de turista, siempre que no permanezca en el país más de 180 días.

VISA de negocios para México Quienes visitan México por motivos de negocios también pueden ingresar con el mismo permiso que los turistas que se explicó anteriormente, pero si los planes de negocios se extienden por más de 180 días, se debe obtener una VISA de negocios. Si

necesita traer equipo profesional al país, las cosas se pueden complicar, por lo tanto, debe verificar con la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de EE. UU. caso por caso. Siempre debe hacer una doble verificación de los requisitos de la VISA en el sitio web del gobierno del Departamento de Estado de EE. UU. en www.state.gov antes de reservar su viaje a México. Fuentes: travel.state.gov/content/passports/ en/country/mexico.html

Recursos de EDD EDD Resources www.edd.ca.gov Preguntas Generales de los Servicios Ofrecidos a la Fuerza Laboral/ Localizador de Centros de Empleos: AJCC ................................(916) 654-7799 Sistema de Servicios de la Fuerza Laboral de California CalJOBSSM ......................................... 1-800-758-0398 Trabajadores Agricolas de Temporada Reclamos ....................... 1-866-289-8356 EDD Seguro de Desempleo Ingles .............................. 1-800-300-5616 Español .........................1-800-326-8937

La Voz del Campo

Circulación California: 45,000 ejemplares

www.LaCooperativa.org Una publicación mensual de: La Cooperativa Campesina de California 1107 9th Street, Suite 420, Sacramento, CA 95814 teléfono 916.388.2220 fax 916.388.2425

Este producto se realiza con fondos que provienen de una beca de la Administración de Empleo y Entrenamiento bajo el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos. Las opiniones compartidas en este producto son exclusivas de sus autores y no necesariamente reflejan la posición oficial del Departamento del Trabajo de Estados Unidos. Este producto es propiedad de la institución que lo creó. El uso interno de una organización y / o el uso personal por un particular para fines no comerciales está permitida. Todos los demás usos requieren la autorización previa del titular de los derechos de autor. Este contenido ha sido producido por ALZA Strategies, una empresa que ofrece estrategias íntegras para lograr relaciones de alta calidad con los medios informativos y gestionar comunicaciones en situaciones de crisis, además de servicios sobre asuntos públicos y pericia sobre el creciente mercado latino.

Trabajos disponibles para trabajadores de Estados Unidos bajo contrato de H-2A Puede solicitar estos trabajos por telefono o en persona en la Oficina Del Desarrollo de Empleo (EDD) mas cercana a usted. Número del Anuncio

Puesto

Salario

Fecha de Empleo

Número de Puestos

Ciudad del Trabajo

Condado del Trabajo

Centros de Empleo de América en California (AJCC, por sus siglas en inglés)

15490247

Trabajador de Campo- Apio

$12.57/hr (+ incentivo de grupo)

1 Octubre 201730 Junio 2018

60

Oxnard, Santa Paula, Ventura, Fillmore, Camarillo, Piru

Ventura

Oxnard AJCC (805) 288-8400

15519854

Trabajador de Campo - Naranja y Mandarina

$12.57/hr.

15 Octubre 201725 Mayo 2018

120

McFarland, McKittrick, Tulare, Bakersfield, Visalia, Selma, Porterville, Dinuba, Kingsburg, Exeter, Ducor, Delano

Fresno, Tulare, Kern

Delano AJCC (661) 721-5823

15530682

Trabajador de Campo- Limon y Uva

$12.57/hr.

20 Octubre 201717 Marzo 2018

55

Various sites

Riverside, San Diego, Imperial

Indio Workforce Dev. Center (760) 863-2500

15530884

Trabajador de Campo - Citricos

$12.57/hr.

20 Octubre 201717 Marzo 2018

120

McFarland, McKittrick, Tulare, Bakersfield, Visalia, Selma, Porterville, Dinuba, Kingsburg, Exeter, Ducor, Delano

Fresno, Tulare, Kern

Delano AJCC (661) 721-5823

15580207

Trabajador de Campo - Verduras

$12.57/hr.

17 Noviembre 201714 Abril 2018

75

Calpatria, Hwy 33, El Centro, Heber, Brawley, Holtville, Calexico, Imperial

Imperial

El Centro (760) 863-2600

El programa federal H-2A permite a los empleadores agrícolas, que anticipan una escasez de trabajadores, que soliciten permiso para contratar en forma temporal trabajadores extranjeros. Los empleadores tienen que comprobar que no hay suficientes trabajadores en el país y que los sueldos y las condiciones de trabajo de los trabajadores de los Estados Unidos no se perjudicaran si importan trabajadores extranjeros. Estos empleadores deben primero reclutar a trabajadores de este país antes de contratar a trabajadores extranjeros.

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Recuperación Viene de la página 1 PROPIETARIOS Y ARRENDATARIOS Los daños a viviendas y propiedades arrendadas causados por incendios, humo y hollín están cubiertos por las pólizas de seguros estándar para propietarios y arrendatarios. Además, los daños a la propiedad ocasionados por los bomberos al extinguir los incendios forestales también están cubiertos por estas mismas pólizas. Las pólizas de seguro estándar para propietarios y arrendatarios también cubren la Pérdida de Uso (Lost of Use, LOU)/los Gastos de Subsistencia Adicionales (Additional Living Expenses, ALE) del asegurado cuando se produce una catástrofe para la cual se está asegurado. Según el tipo de su póliza, esto incluye el gasto de subsistencia fuera del hogar si se produce una evacuación obligatoria o si la propiedad asegurada está dañada y es inhabitable. Por lo general, la Pérdida de Uso (LOU) cubre gastos de hotel, comidas en restaurantes y otros gastos adicionales que se generan cuando una propiedad asegurada ha sufrido daños tan graves que usted debe vivir en otro lugar mientras esta se reconstruye. La mayoría de las pólizas brinda esta cobertura hasta por un 20 por ciento del monto del seguro sobre la vivienda. Por ejemplo, si la vivienda está asegurada por $400,000, el importe de la Pérdida de Uso (LOU) puede ser de hasta $80,000 (menos el deducible). Según el tipo de póliza que usted tenga, esta cobertura puede estar disponible hasta 12 a 24 meses, o por un tiempo más prolongado.

Jardinería/Remoción de escombros

Una póliza común de propietario cubre el daño a árboles, arbustos y plantas hasta el 5% del límite de la vivienda de la póliza. En general, el límite del seguro disponible por árbol, arbusto o planta es de aproximadamente $500. También hay cobertura para la remoción de escombros. Según la póliza que usted tenga, quizás deba usar parte de los beneficios por vivienda para cubrir este gasto, o es posible que se ofrezca como una cobertura adicional por encima de esta. Esta cobertura adicional varía según cada asegurador y puede ser un porcentaje de sus beneficios de cobertura, relacionado con el monto de la pérdida, o un importe fijo en dólares.

PROPIETARIOS DE NEGOCIOS El daño a la propiedad ocasionado por los incendios forestales a los negocios normalmente está cubierto por una póliza de Propietarios de Negocios (Business Owners Policy, BOP) o a través de un Seguro contra Riesgos Comerciales Múltiples (Commercial Multi-Peril, CMP). El seguro por ingresos comerciales (también conocido como interrupción comercial), por lo general, está incluido en una Póliza de Propietarios de Negocios (BOP) o Seguro contra Riesgos Comerciales Múltiples (CMP) y brinda cobertura para lo siguiente: n Pérdida de ingresos por cierre n Gastos fijos, como arrendamiento y costos de servicios n Gastos de operación desde un lugar temporal

PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS

Los vehículos dañados por incendios, humo y hollín también están cubiertos por la parte integral opcional de una póliza de seguros para automóviles. Casi cuatro de cada cinco conductores (78 por ciento) en EE. UU. decide adquirir la cobertura, según lo revelan los datos más recientes de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (National Association of Insurance Commissioners, NAIC). La recuperación de un incendio forestal lleva tiempo y, por ese motivo, es muy importante iniciar el proceso de reclamación. La reconstrucción de viviendas y comunidades después de pérdidas generalizadas puede llevar de 18 a 24 meses como mínimo. Comuníquese con su compañía de seguros lo antes posible. Los profesionales de seguros están preparados para explicarle cuáles son los daños que tienen cobertura, ayudarle a iniciar su reclamación e incluso pueden emitir un cheque inicial para que usted comience la recuperación. Si necesita más información sobre cómo presentar una reclamación de seguros, visite Insurance Information Institute (Instituto de Información de Seguro) www.iii.org. Para obtener más información específica de California, puede llamar a la línea de ayuda al consumidor del Departamento de Seguros al 1-800-927-4357 o visitar su sitio web en www.insurance.ca.gov Fuentes: www.insurance.ca.gov www.iii.org/article/settling-insurance-claims-after-a-disaster

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Recursos Viene de la página 3 EMPLEO Y SERVICIOS DE BÚSQUEDA DE EMPLEO

Subsidio de Desempleo en Caso de Desastre

El Departamento de Desarrollo de Empleo (Employment Development Department, EDD) de California ofrece una variedad de servicios a personas afectadas por desastres en California. Estos incluyen asistencia para aquellos que pueden haber perdido un empleo debido al desastre. Por lo general, el Subsidio Federal de Desempleo en caso de Desastre (Disaster Unemployment Assistance, DUA) se encuentra disponible para todo trabajador desempleado o individuo independiente que vivía, trabajaba o tenía programado trabajo en el área del desastre, en el momento del desastre y como consecuencia del desastre: o

sufrido en el lugar de trabajo; o ocasionada por el desastre. Las reclamaciones UI también se pueden hacer por teléfono al 1-800-300- 5616. Para hacerlo en español, llame al 1-800-3268937 o por TTY, llame al 1-800-815-9387. Para obtener más información sobre el Subsidio de Desempleo en caso de Desastre (DUA) y cómo solicitar el seguro de desempleo y el Subsidio de Desempleo en caso de Desastre (DUA), visite el sitio web del EDD en: www.edd.ca.gov/About_EDD/ Disaster_Related_Services.htm Fuentes: www.cdss.ca.gov/Portals/13/DisasterAssistanceGuideforImmigrantCaliforniansFinal. pdf?ver=2017-10-24-121156-427 wildfirerecovery.org immigrantguide.ca.gov/en/DisasterRelief


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