Reforma a la ley del Seguro Social

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REFORMA A LEY DEL SEGURO SOCIAL La reforma a la Ley del Seguro Social (modifica el artículo 27 y deroga el 32) a fin de homologar los criterios que determinan el salario base de cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social para efectos del pago de las cuotas obrero-patronales, y ante la Secretaría de Hacienda para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta.

DEFINICIÓN DE SALARIO: EL INGRESO TOTAL que obtiene un trabajador por sus servicios.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE LA REFORMA? Debido a que el salario es el elemento clave para el cálculo de las aportaciones que se efectúan tanto a las cuentas individuales que administran los Fondos para el Retiro (AFORES), como para el INFONAVIT, la homologación de los criterios en el establecimiento del salario base de cotización de los trabajadores para efectos de pago de cuotas ante el IMSS y pago del ISR, esta Reforma:

Beneficia a los trabajadores porque terminará con la subdeclaración del salario base de cotización que, con la regulación actual, afecta su ahorro para el retiro y la posibilidad de obtener más recursos para casa habitación. Favorece la simplificación del pago de contribuciones por parte de las empresas al eliminar el doble cálculo (cuotas del IMSS e ISR). Se fomenta la rendición de cuentas a través de mecanismos de auditoría. Impide que los recursos recaudados se destinen a nomina.

Fomenta que el 20% de las empresas que actualmente usan esquema de recomposición salarial en el pago de cuotas al IMSS, reporten salarios reales, conforme al pago del ISR.

Recibirán los trabajadores más recursos en sus cuentas de INFONAVIT y AFORE.

Fortalece al Instituto Mexicano del Seguro Social porque mejora la posibilidad de fiscalizar el pago de cuotas obrero patronales al Instituto, al contar con una legislación más sencilla y transparente, que le permitirá mejorar sus ingresos para brindar mejores servicios a la población.

Favorece a las Finanzas Públicas al fomentar que los patrones sean consistentes en sus cálculos, las autoridades contarán con más elementos para una fiscalización que implique menores costos y mayor eficiencia.


Impacta el reparto de utilidades. Únicamente se gravan los ingresos por este concepto a partir de 15 días de salario mínimo (91% de las empresas no declara importes gravables del reparto de utilidades por arriba de los 15 días de salario mínimo; por lo que este conjunto de empresas no recibe impacto alguno).

se gravan despensas en especie ni apoyos al transporte. se gravan la alimentación ni la habitación cuando sea por necesidades propias del trabajo.

Impacta al 80% de las empresas del país, pues éstas no usan ninguno de los conceptos que se están ajustando en la reforma.

Se gravan las aportaciones a los Fondos de Ahorro para el retiro.

Se gravan los servicios de comedor y habitación cuando sea por necesidades propias del trabajo.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA REFORMA? Establecer y armonizar con claridad en la Ley del Seguro Social, conforme a los criterios establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los conceptos que se deben integrar al salario base de cotización de los trabajadores, a fin de que el pago de cuotas obrero patronales que realizan las empresas, no refleje diferencias ni distorsiones que afectan al trabajador y al IMSS; evitando con ello la subestimación del salario de los trabajadores, la discrecionalidad y los dobles reportes. #EsTiempodeMéxico


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