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Recordando a Neelbi Martinép

y estudios psicológicos, psiquiátricos, socioeconómicos y clínicos más a profundidad a las Parejas del mismo Sexo que deseen adoptar, lo cual resulta inconstitucional puesto que tenemos Derecho a una Familia como lo establece nuestra Constitución, este tipo de adopción dio luz verde en agosto del 2010 en la CDMX quien fue el primer estado de la república en aprobarla, y posteriormente en el 2017 bajo jurisprudencia emitido por la SCJN, fue aprobada a nivel nacional, pero aun así sufre cierta discriminación por las autoridades de los diversos estados que no estuvieron de acuerdo, hablando de los requisitos que se necesitan para poder adoptar varía dependiendo del Estado donde se realice el trámite y la institución encargada de este es el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), quien evalúa la postulación siempre procurando salvaguardar el Interés Superior Del Niño, el tramite es gratuito, un requisito fundamental es que la pareja debe tomar un curso de mínimo dos meses para postular a la adopción. Muchas parejas optan por otras vías como son la Reproducción asistida y Maternidad subrogada para formar una familia.

En materia penal, la comunidad LGBTIQ+, ha tenido gran avance en cuestión de que se respetan sus Derechos Humanos, se han creado áreas jurídicas especializadas para el trato y canalización en salvaguardar los Derechos Humanos de las personas de la comunidad. ¿Cuál es el Procedimiento cuando un Miembro de la Población LGBTIQ+ es detenido?, ¿Cuáles son sus Derechos?; en esa cuestión se entiende que todos los ciudadanos mexicanos gozamos de derechos y principios constitucionales los cuales deben ser respetados por las autoridades, se entiende que para poder ser detenido esta detención debe estar fundada y motivada por la autoridad esa debe ser en Flagrancia (Es el momento en el que se comete un hecho ilícito),

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