GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN LAMBAYEQUE
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INSTITUCIÓN:
ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICA PÚBLICA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”
CREACIÓN DEL INSTITUTO : Ley 12875 del 31 de diciembre de 1957// D.S.009-94-ED CÓDIGO MODULAR: 0453761
CÓDIGO DE LOCAL: 278757
TIPO :
Estatal
REGIÓN :
Lambayeque
PROVINCIA : Chiclayo
DIRECCIÓN : Calle Cahuide 427 . Distrito José Leonardo Ortiz.
TELÉFONO :
251246- 251247
CORREO INSTITUCIONAL: sagradocorazonjesus60@gmail.com
PÁGINA WEB:
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El Manual de Procesos Académicos del IESPP “Sagrado Corazón de Jesús, se ha elaborado en concordancia con lo normado por el Sector Educación.
Ley N° 28044, Ley General de Educación y su Reglamento.
Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingüe Intercultural.
Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.
Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30512.
Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.
Decreto Supremo N° 010-2012-ED, aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.
Resolución Suprema N° 001-2007-ED, que aprueba el Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú”.
Resolución Ministerial N° 570-2018-MINEDU, crea el Modelo de Servicio Educativo para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica.
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El presente documento expone el Manual de Procesos Administrativos (MPA) del IESPP “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”, es un instrumento de gestión que detalla de forma secuencial y gráfica las rutas de los aspectos generales vinculados a los procesos académicos-misionales través de los diagramas de flujo, con el fin de direccionar las acciones del usuario y estudiante hacia la gestión de sus requerimientos académicos mediante servicios de calidad, asimismo será una base fundamental para la mejora continua. Con la finalidad de lograr resultados en el marco de las condiciones básicas de calidad, y para lograr todo ello se hace necesario contar con una organización que responda a tales exigencias. Para su elaboración se ha tomado en cuenta los lineamientos académicos generales, los cuales regulan y orientan la gestión pedagógica, que comprende: la gestión curricular y la gestión académica de la Formación Inicial Docente de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica; la RVM N° 082-2019 MINEDU, Norma Técnica “Disposiciones para la elaboración de los instrumentos de Gestión de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”, la R.M. N° 570-2018-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica; así como la vinculación que tiene este documento con el PEI, PCI y el Reglamento Institucional. Así mismo es el resultado del consenso entre los integrantes de la comunidad educativa en las distintas reuniones previstas para su elaboración.
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PA. 001: PROCESO DE ADMISIÓN .........................................................................................9 PA. 002: PROCESO DE MATRÍCULA ..................................................................................... 12 PA. 003: PROCESO DE TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS................................................. 16 PA. 004: PROCESO DE CONVALIDACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE ...................................................................................................................................................18 PA. 005: PROCESO DE REINCORPORACIÒN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. .......................................................................................................................... 21 PA. 006: PROCESO DE LICENCIAS EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE ...... 23 PA. 007: PROCESO DE EVALUACIÓN FORMATIVA DE LOS APRENDIZAJES EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. ..................................................................................... 25 PA.008: PROCESO ACADÉMICO DE TITULACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. .......................................................................................................................... 27 PA. 009: PROCESO DE CERTIFICACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. ...................................................................................................................................................29 PA. 010: PROCESO DE RETIRO EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. ........... 31 PA. 011: PROCESO DE SUBSANACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. ...................................................................................................................................................33 PA. 012: PROCESO DE DUPLICADO DE TÌTULO EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. .......................................................................................................................... 35 PA. 013: PROCESO DE RESERVA DE METRÍCULA EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. .......................................................................................................................... 37
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N°
PROCESOS
UNIDAD/OFICINA RESPONSABLE
CÓDIGO
Admisión 1
Admisión al Programa de Estudio de Formación Inicial Docente
Dirección General
PA. 001
Secretaría Académica
PA. 002
Secretaría Académica
PA. 003
Jefatura de Unidad Académica.
PA. 004
Secretaría Académica
PA. 005
Secretaría Académica
PA. 006
Jefatura de Unidad Académica / coordinaciones
PA. 007
Secretaría Académica
PA. 008
Matrícula 2
Matrícula en el Programa de Formación Inicial Docente
Traslados 3
Traslado en el Programa de Formación Inicial Docente - interno – externo
Convalidaciones 4
Convalidaciones en el Programa de Formación Inicial Docente
Reincorporación 5
Reincorporación en el Programa de Formación Inicial Docente
Licencia de Estudios 6
Licencia de estudios en el Programa de Formación Inicial Docente
Evaluación Académica 7
Proceso de Evaluación de los aprendizajes en la formación inicial docente.
Título Profesional 8
Título profesional en el programa de formación Inicial Docente.
Certificación
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Certificados de estudios, programa de Formación inicial docente.
Secretaría Académica
PA. 009
Secretaría Académica
PA. 010
Jefatura de Unidad Académica.
PA. 011
Secretaría Académica
PA. 012
Secretaría Académica
PA.013
Retiro 10 Retiro en el Programa de Formación Inicial Docente. Subsanación 11 Subsanaciones en el Programa de Formación Inicial Docente. . Duplicado de título: pérdida o robo 12 Duplicado del título en el Programa de Formación Inicial Docente Reserva de Matrícula 13 Reserva de matrícula en el Programa de Formación Inicial Docente
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PROCESOS ACADÉMICOS
PA. 001: PROCESO DE ADMISIÓN
DEFINICION: Es el proceso mediante el cual los postulantes al IESPP “Sagrado Corazón de Jesús” acceden a una vacante para cursar estudios en una Carrera Profesional o Programa de Estudios. El MINEDU establece anualmente los lineamientos para el desarrollo de los procesos de admisión, garantizando el cumplimiento de los principios de legalidad, mérito, transparencia y equidad. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCESO: En base a los lineamientos para el proceso de admisión dados por el MINEDU, la institución solicita metas de admisión ante la Dirección Regional de Educación de Lambayeque de los programas de estudio a ofertar. La DREL dentro del plazo legal emite la Resolución Directoral Regional de aprobación de metas de acuerdo al presupuesto institucional vigente. Autorizada las mestas se realiza la convocatoria al concurso público de admisión para la cobertura de las vacantes ofertadas. El IESPP “SCJ” en el proceso de admisión considera las siguientes etapas: Planificación y organización del proceso de admisión: Organiza, convoca e inscribe a los postulantes en el Sistema de Información Académica-SIA y prepara la evaluación de las competencias de Comunicación, Matemática y Cultura General, así como la evaluación de las competencias para la carrera. Ejecución del proceso de admisión: Asegura la ejecución transparente del proceso de admisión, con las reservas y confidencialidad de las pruebas, mediante la administración de recursos, humanos, materiales y económicos; así como la infraestructura y los servicios básicos. Evaluación final y resultados del proceso de admisión: Mediante informe da a conocer el análisis del proceso de admisión a la GREL MODALIDADES DE INGRESO A LA FORMACIÓN INICIAL DOCENTE Las modalidades de ingreso como estudiante al IESPP “SCJ” son dos: Ingreso ordinario y por exoneración.
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ORDINARIO: esta modalidad se realiza periódicamente, y como máximo una vez por semestre, a través de una evaluación que consta de tres pruebas, las mismas que son elaboradas por la Escuela teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes emanadas por el MINEDU. EXONERACIÓN: contempla la admisión a deportistas calificados, a estudiantes talentosos y a aquellos que están cumpliendo servicio militar voluntario, de conformidad con la normativa vigente.
CONSIDERACIONES GENERALES. La admisión a programas de segunda especialidad y al programa de profesionalización docente, se rigen por lo establecido en los LAG, la Institución, convocará y planificará el proceso, en cuento la institución cumpla con los requisitos para convocarlo.
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PROCESO ADMISIÓN FLPR-001 Diagrama de Flujo: Proceso de Admisión – Programa de Formación Inicial Docente
INICIO
A
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL
EQUIPO TÉCNICO
SOPORTE INFORMÁTICO
SOPORTE INFORMÁTICO
Convocar a través de la página web
Conformar equipo técnico y sub comisiones
Recibir expediente de postulantes
Tomar fotografía
Regist ra al post ulante en el SIA
EQUIPO DE APLICACIÓN Y EVALUACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL
Evaluar postulante según lo normado por el MED
Elevar Puntajes obtenidos en el SIA
Sí
EQUIPO DE ELABORACIÓN DE PRUEBA Elaborar la prueba
SECRETARÍA ACADÉMICA
ESTUDIANTE
Generar y entregar constancia de ingreso
Est udiante Ingresante
¿Ingresó? SIA Emite resultados de admisión No
Constancia de Ingresan te
MESA DE PARTES Devolución de Expedient es
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FIN
A
PA. 002: PROCESO DE MATRÍCULA Este proceso, está regulado en el Reglamento de la Ley N° 30512.
LA MATRÍCULA EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE
DEFINICIÓN: Es el proceso formal y voluntario mediante el cual el estudiante se registra en un Programa Educativo que se va a desarrollar en el IESPP “Sagrado Corazón de Jesús”. La matrícula acredita la condición de estudiante, estableciéndose en el RI los deberes y derechos que le corresponden. DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: El proceso de matrícula inicia con el pago por este derecho que el estudiante o ingresante debe realizar de acuerdo a las normas administrativas específicas y el TUPA del IESPP “SCJ”. La Unidad de Administración verifica el pago y luego la Secretaría Académica procede al registro de la matrícula en el SIA/SIGES, sistema del MINEDU que registra la matrícula y genera la nómina de matrícula, la misma que después de ser verificada y debidamente firmada por la Dirección General se remite a la DREL para su visado y posterior archivo. CONSIDERACIONES GENERALES. En el caso de los ingresantes al primer (I) ciclo académico, los requisitos de matrícula son: a). Ficha de matrícula establecida por la EESP. b). Certificado de estudios que acredite haber concluido la Educación Básica, si dicho certificado no fue presentado durante el proceso de admisión. Para los estudiantes del segundo (II) al sétimo (VII) ciclo académico, es requisito de matrícula haber aprobado como mínimo el setenta y cinco por ciento (75 %) de los créditos del ciclo inmediato anterior.
Para los estudiantes del octavo (VIII) al décimo (X) ciclo académico, es requisito de matrícula haber aprobado el cien por ciento (100 %) de créditos del ciclo inmediato anterior.
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La matrícula es responsabilidad del estudiante y constituye su registro oficial en el IESPP “SCJ” Asimismo, se realiza previo al inicio de cada ciclo académico. El estudiante se matricula en al menos diez (10) créditos por ciclo; en caso requiera matricularse en un número inferior de créditos, debe ser autorizado por el IESPP “SCJ” La vacante del ingresante que no se matricule dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes desde iniciado el proceso de matrícula y no realice la reserva de esta, queda liberada para ser cubierta por otro postulante que haya obtenido nota aprobatoria, en estricto orden de mérito y que no haya alcanzado vacante. El estudiante deL IESPP que no se matricule dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes de iniciado el proceso de matrícula y no realice la reserva de esta, pierde su condición de estudiante.
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PROCESO MATRÍCULA INGRESANTES
FLPR-002-A
Diagrama de Flujo: Proceso de Matrícula de Ingresantes Modalidad Virtual
INICIO
DIRECCIÓN GENERAL
SECRETARÍA ACADÉMICA
SECRETARÍA ACADÉMICA
SECRETARÍA ACADÉMICA
Difundir y Publicar el Cronograma de Matrícula
Recepcionar el Voucher de Pago
Enviar la Ficha de Matr ícula al corr eo del estudiante para registr ar información
Registrar la matrícula en el SIA. Emitir conformidad de matrícula
Ficha de Matrícula
A SIA Genera nóminas de matrículas
DIRECCIÓN GENERAL
ESTUDIANTE
Remitir nóminas a la GREL para su visación
Est udiante Matriculado
FIN
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A
PROCESO MATRÍCULA II – X
FLPR-002-B
Diagrama de Flujo: Proceso de Matrícula de II a X Ciclo
INICIO
DIRECCIÓN GENERAL Difundir y Publicar el Cronograma de Matrícula
ESTUDIANTE
SECRETARÍA ACADÉMICA
No ¿Aprobado?
Pagar Matrícula
SECREATRÍA ACADÉMICA
FIN
Matricular en Cursos de Subsanación que est én aperturados para el ciclo
Verificar si logró 75% de áreas aprobadas Sí SECRETARÍA ACADÉMICA
SECRETARÍA ACADÉMICA
Enviar la Ficha de Matrícula al correo del estudiante para registrar información
Registrar la matrícula en el SIA. Emitir conformidad de matrícula
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SIA Genera nóminas de matrículas
DIRECCIÓN GENERAL
ESTUDIANTE
Remitir nóminas a la GREL para su visación
Est udiante Matriculado
PA. 003: PROCESO DE TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS DEFINICION: Es el proceso mediante el cual el estudiante solicita el cambio a otro Programa de Estudios en la misma EESP (traslado interno) o cuando solicita ir a otra EESP o institución de educación superior (traslado externo). DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: El proceso de traslado interno/externo inicia con la solicitud de información que debe hacer el estudiante sobre disponibilidad de vacante en el programa de estudio de destino. De existir vacante, el estudiante paga el derecho de traslado y presenta solicitud de traslado, comisión evalúa si es procedente, se cantúa el proceso. Dirección General, emite la resolución de traslado y convalidación. El expediente es derivado a Secretaría Académica para registrar y matricular en el SIA y finalmente Secretaría Académica entrega la resolución al interesado. CONSIDERACIONES GENERALES: Para solicitar el traslado, el estudiante debe haber concluido y aprobado por lo menos el primer ciclo académico en la EESP o institución de educación superior de procedencia y debe existir vacante disponible en el programa de estudios de destino. la Comisión de Traslados, responsable de realizar los procedimientos necesarios en concordancia con lo dispuesto por el artículo 30º, 42º y 43º del D.S. No 010-2017MINEDU y el reglamento respectivo que para el efecto se apruebe. En caso de existir mayor número de postulantes a las vacantes ofertadas la comisión evaluara los expedientes en función del promedio ponderado. No se aceptarán traslados de alumnos que tienen áreas desaprobadas.
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PROCESO TRASLADO FLPR-003
Diagrama de Flujo: Proceso de Traslado Interno y Externo
INICIO
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
Informar Vacantes para Traslado
Publicar Vacantes
ESTUDIANTE
Solicitud de Traslado
MESA DE PARTES Recepción de Expedient es
UNIDAD ACADÉMICA
COMISIÓN DE TRASLADO ¿Procede?
Convoca a Comisión
Informe
Evaluar, Informar Result ados
In forme Re sultad o de Trasla dos
DIRECCIÓN GENERAL
SECRETARÍA ACADÉMICA
Emite Resolución de Traslado
Regist ra y Matricula en el SIA
Sí
Resolución No
MESA DE PARTES
Traslado registrado en SIA
Expedient e Devuelto
ESTUDIANTE
Est udiante Trasladado
FIN
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PA. 004: PROCESO DE CONVALIDACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE DEFINICIÓN: Es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones adquiridas en un Proceso Educativo para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su peso crediticio. La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permite la incorporación o continuación en el proceso formativo. Dicho proceso implica un análisis técnico académico que evalúe los contenidos de los sílabos correspondientes para establecer las equivalencias debidas que justifiquen tal reconocimiento. DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: El proceso se inicia con una Solicitud del estudiante, dirigida al director, solicitando convalidación de áreas, antes de iniciado el proceso de matrícula. La Unidad Académica, conforma una Comisión encargada de evaluar el expediente presentado. La comisión después de realizado el proceso de convalidación, emite un informe considerando las áreas convalidadas y créditos asignados según ciclo académico. Dirección General emite Resolución Directoral de convalidación de Áreas, previo a la conformidad de Unidad Académica Y Secretaría Académica. La Resolución es archivada en Secretaría Académica y entregada al interesado. CONSIDERACIONES GENERALES La convalidación podrá otorgarse cuando el curso a convalidar tenga una similitud en contenido, en por lo menos el 70 %, al curso de destino. La convalidación es aplicable a los procesos de traslado, reincorporación y otros procesos previstos en el RI, y procede siempre que el tiempo de interrupción de los estudios no exceda de los cinco (5) años. En caso de reingreso al IESPP “SCJ” a través del proceso de admisión, el ingresante puede solicitar la convalidación de estudios previo a la finalización del proceso de matrícula y siempre que cumpla con lo establecido en el párrafo precedente.
No procede la convalidación en los siguientes casos: Cursos desaprobados Cursos del componente curricular de formación específica, excepto si proviene de la misma carrera profesional o PE.
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Cursos del área de práctica o de investigación correspondientes a los ciclos VII al X, en caso de cambio de carrera o especialidad. Para que proceda la convalidación, el curso a convalidar debe tener igual o mayor número de créditos que el curso de destino. Solo se admite la convalidación de un (01) curso por otro.
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PROCESO DE CONVALIDACIÓN
FLPR-004
Diagrama de Flujo: Proceso de Convalidación
INICIO
USUARIO
MESA DE PARTES
Solicitar Convalidación
Recepcionar expediente de convalidación
JEFATURA UNIDAD ACADÉMICA Convocar a Comisión de Convalidación Convocatoria
COMISIÓN DE CONVALIDACIÓN Evaluar expediente e informar resultados Informe
Sí
JEFATURA UNIDAD ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
SECRETARIA ACADÉMICA
Proyectar resolución
Emitir resolución direct oral de convalidación
Regist rar en SIA y Entregar Resolución de Convalidación
¿Procede?
No
Resoluciones
Res oluciones Firmadas
MESA DE PARTES Devolver expediente de convalidación
Convalidación registrada en SIA
USUARIO
Cursos Convalidados
FIN
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PA. 005: PROCESO DE REINCORPORACIÒN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE.
DEFINICIÓN. - La reincorporación es el proceso mediante el cual el ingresante o estudiante retorna al IESPP “SCJ” luego de haber utilizado un plazo de licencia de estudios.
DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: En base a los lineamientos dados por el MINEDU, la institución tiene la obligatoriedad de reincorporar a la labor estudiantil, a aquellos estudiantes del programa de FID, que soliciten su reingreso, por supuesto después de haber pedido la licencia correspondiente con anterioridad. Los estudiantes mediante documento solicitan su reingreso y es la Secretaría Académica la que verifica y autoriza para que el estudiante pueda continuar sus estudios. El Secretario Académico verifica lo siguiente: Que la reincorporación se solicite en el plazo permitido. Que exista vacantes en una sección de su misma especialidad y ciclo. Que haya realizado los pagos correspondientes. Secretaría académica proyecta la resolución de incorporación. Dirección General firma Resolución Directoral de incorporación. La reincorporación se registra en SIA. Estudiante reincorporado.
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PROCESO DE REINCORPORACIÓN FLPR-005
Diagrama de Flujo: Proceso de Reincorporación en Programa de Formación Docente
INICIO
ESTUDIANTE
MESA DE PARTES
SECRETARÍA ACADÉMICA
Solicitud de Reincorporación
Recepción Solicitud Expedient e Incorporación
Verifica Reincorporación
TESORERÍA
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
Emite Recibo de Pago de Matrícula
Procesa Solicitud de Reincorporación
Firma Resolución
Sí
A Emite Resolución
No
SECRETARÍA ACADÉMICA
MESA DE PARTES
A Devuelve Expediente
Matricula al Alumno. Procesa Incorporación
ESTUDIANTE
Reincorporación registrada en SIA
Est udiante Reincorporado
FIN
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PA. 006: PROCESO DE LICENCIAS EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE DEFINICIÓN.- La licencia de estudios es el permiso otorgado a los estudiantes matriculados para ausentarse de la Escuela de Educación Superior Pedagógica Público “Sagrado Corazón de Jesús”, por motivo de índole personal o de salud.
DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: Los interesados solicitan la licencia de estudios. Secretaría Académica evalúa el requerimiento. Dirección General emite Resolución de Licencia. Secretaría Académica, registra en SIA. La Secretaría Académica archiva y entrega al interesado una copia de la resolución.
CONSIDERACIONES GENERALES: La licencia de estudios, no puede exceder de los cuatro (4) ciclos académicos consecutivos o no consecutivos, el cual también está considerada en el reglamento interno de acuerdo a la normatividad vigente. Si el periodo de licencia finaliza sin que el estudiante se haya reincorporado o solicitado una ampliación, siempre que esta no exceda de los cuatro (4) ciclos académicos, el estudiante es retirado de la institución.
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PROCESO DE LICENCIAS
FLPR-006
Diagrama de Flujo: Proceso de Licencia
INICIO
ESTUDIANTE
SECRETARÍA ACADÉMICA ¿Procede?
Solicita Licencia
Analizar Solicitud
Sí
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
Emitir Informe
Emitir R. D con otorgamiento de licencia Resolución
Informe
SECRETARÍA ACADÉMICA Regist rar Licencia SIA
ESTUDIANTE
Licencia registrada en SIA
Est udiante con Licencia
Directoral
No
SECRETARÍA ACADÉMICA Denegar Licencia FIN
ESTUDIANTE Continúa Estudios
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PA. 007: SISTEMA DE EVALUACIÓN DEFINICIÓN. La evaluación formativa tiene por finalidad la mejora continua tanto de los estudiantes como de los formadores; bajo este enfoque, la evaluación promueve la retroalimentación basada en las necesidades formativas de los estudiantes. La evaluación tiene como punto de partida, la interiorización de las competencias, capacidades y estándares que conforman el perfil de egreso del estudiante de Formación Inicial Docente, permitiendo una adecuada toma de decisiones en los diferentes niveles. Las capacidades y los estándares, se convierten en referentes de valoración y son los que orientan el proceso de evaluación de las competencias profesionales docentes. Los criterios de evaluación permitirán construir instrumentos de evaluación y analizar evidencias; en tanto los resultados servirán para brindar una retroalimentación oportuna a los estudiantes con fines del logro de las competencias y a los docentes para mejorar la práctica pedagógica. Las calificaciones finales de los cursos o módulos, son registrados en el Sistema de Información Académica; siendo las actas de evaluación del rendimiento académico el único documento oficial del estudiante. Son los docentes formadores, los que deben registrar las calificaciones en el SIA, considerándose según reglamento institucional los tiempos para el registro, rectificación e información de las boletas de notas DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: El proceso inicia con los lineamientos generales dados por el Ministerio de Educación para la evaluación de los aprendizajes. La Unidad Académica establece orientaciones específicas para la evaluación de los aprendizajes y los docentes planifican dicha evaluación en los sílabos y aplican instrumentos de evaluación, que exigen a los estudiantes la demostración de sus aprendizajes. Los docentes realizan análisis crítico de los resultados de la evaluación y toman decisiones. Retroalimentan los aprendizajes para asegurar el logro de los aprendizajes. Terminadas las evaluaciones los docentes ingresan notas al SIA Se generan los registros y actas de evaluación, así como las boletas de notas. En caso de que el estudiante desapruebe el curso o módulo tendrá que subsanarlo.
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PROCESO EVALUACIÓN ACADÉMICA
FLPR-OO7
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PA.008: PROCESO ACADÉMICO DE TITULACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE. DEFINICIÓN: EL Título Profesional de Profesor es el resultado de la aprobación de un trabajo de Investigación Educativa (Tesis), sustentado por los ex alumnos ante un Jurado Ad Hoc, designado por sorteo en acto público a propuesta del Coordinador de Área de práctica preprofesional e Investigación. Para obtener el título Profesional, los egresados deberán haber aprobado el total de créditos del Plan de Estudios de la carrera; así mismo haber sustentado y aprobado el informe de tesis de investigación con nota mínima de catorce (14). DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: El proceso de titulación se inicia con la solicitud de la parte interesada. Mesa de partes registra y deriva la solicitud Dirección General. Dirección General emite oficio para compra de formato de título. Gerencia Regional de Educación de Lambayeque visa expediente. Dirección General eleva al MED expediente para la adquisición del formato. Secretaría Académica caligrafía y registra formato. Dirección general firma el título. Egresado firma el título y adjunta requisitos para la inscripción del título. Secretaría académica organiza carpeta de titulación de cada egresado. Dirección general emite R.D dando conformidad de la carpeta de titulación y solicita el registro del título profesional. Gerencia Regional emite resolución de inscripción de título profesional y firma el título. Secretaría académica, registra el número del título y número de resolución y archiva copia del título. Egresado firma el libro de registro de títulos, recibe copia de la resolución y recibe su título profesional.
CONSIDERACIONES GENERALES El proceso de titulación está establecido en el Reglamento de la Ley 29394 (Art 34-3536) y R.D. N° 0592-2010-ED y su complementaria aprobada con R.D. N° 0910-2010ED y por las Normas Complementarias que emita la DIFOID sobre titulación, registro y otorgamiento de duplicado de diploma de títulos. Normas legales que mantienen su vigencia en lo que respecta a los IESPP hasta que nuestro Instituto Superior sea licenciado como Escuela de Educación Superior Pedagógica.
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PROCESO TÍTULO PROFESIONAL
FLPR- 008
Diagrama de Flujo: Proceso de Título Profesional
INICIO
ESTUDIANTE Solicita Título Profesional
A
B
MESA DE PARTES
DIRECCIÓN GENERAL
GREL
DIRECCIÓN GENERAL
MED
Recepciona expediente, regist ra y eleva
Verificar expediente autorizar con oficio. Compra de formato de título. Eleva expediente para visación
Visa expediente para la compra de formato
Eleva expediente al MED para compra formato
Emite formato
A
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
EGRESADO
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
Caligrafía y registra el formato de t ítulo
Firma de título
Firma título y adjunta requisitos para inscripción título
Organiza la carpeta de Titulación del egresado para inscripción de t ítulo
Emitir R.D de conformidad de la carpeta de Titulación y solicitar a GREL la inscripción del título
GREL
SECRETARÍA ACADÉMICA
EGRESADO
Registra el N° de Título y N° de Resolución
Firma libro de registro de Títulos. Recibe copia de resolución de inscripción. Recibe Título
Emitir resolución de inscripción de tí tulo profesional y firma el título
Títul o firmado
Resolución
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FIN
B
PA. 009: PROCESO DE CERTIFICACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE.
DEFINICIÓN.- El certificado de estudios de los Programas Formativos (PF) es el documento emitido por el IESP “Sagrado Corazón de Jesús” a solicitud del interesado. Contiene los resultados del proceso de evaluación realizado durante el periodo formativo.
DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: Los interesados solicitan certificados. Secretaría Académica evalúa el requerimiento, elabora y emite los certificados de estudios con base en la información contenida en las actas de evaluación respectivas. Dirección general firma los certificados. Mesa de partes entrega al interesado a los interesados.
CONSIDERACIONES GENERALES: La rectificación del certificado de estudios se rige por lo establecido en el artículo 45 del Reglamento de la Ley N° 30512. El certificado de estudios es generado por el SIA.
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PROCESO DE CERTIFICACIÓN FLPR-009
Diagrama de Flujo: Proceso de Certificación
USUARIO
MESA DE PARTES
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
MESA DE PARTES
Solicitar Certificado
Recepcionar expediente completo de solicitud de certificación
Elaborar, registra y firmar certificado de estudios
Firmar Certificado de Est udios
Entregar certificado a usuario
INICIO
Certificado Firmado
30
Certificado Firmado
Certificado Firm ado y Registrado
FIN
PA. 010: PROCESO DE RETIRO EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE.
DEFINICIÓN. – El retiro en el programa de Formación Inicial Docente, es la pérdida del vínculo académico del estudiante con el IESPP “Sagrado Corazón de Jesús”. Este acto está normado en la R.M. 441-2019.
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROCESO: El proceso de retiro inicia cuando el estudiante solicita voluntariamente o cumple con algunas de las siguientes condiciones: No se matricula dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes de iniciado el proceso de matrícula o no realiza la reserva de esta. Cuando finaliza el periodo de reserva o licencia de estudios sin que el estudiante se haya reincorporado o solicitado una ampliación. Cuando el estudiante lo solicita voluntariamente. Por incurrir en falta muy grave normado en el reglamento institucional del IESP “SCJ” El retiro se concreta formalmente mediante Resolución Directoral, emitida por la EESP “Sagrado Corazón de Jesús”. Secretaría Académica, registra lo actuado en el SIA.
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PROCESO DE RETIRO FLPR-010
Diagrama de Flujo: Proceso de Retiro en el Programa de Formación Docente
ESTUDIANTE
MESA DE PARTES
SECRETARÍA ACADÉMICA
Solicita Retiro
Recepción, registro y derivación
Verifica Situación del Est udiante y Registra el Retiro en el Sistema
INICIO
DIRECCIÓN GENERAL
SECRETARÍA ACADÉMICA
Firma Resolución
Regist ra en SIA retiro de alumno
A
SECRETARÍA ACADÉMICA Proyecta Resolución Directoral y Deriva a Dirección General
SIA Registra Procesa Información
ESTUDIANTE
Retiro del alumno registrado en SIA
Resol ución
32
Recibe Resolución de retiro
FIN
A
PA. 011: PROCESO DE SUBSANACIÓN EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE.
DEFINICIÓN: La subsanación es el proceso mediante el cual el estudiante es evaluado nuevamente en un curso o modulo; o es evaluado por primera vez cuando este no formo parte del plan de estudios original. DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: En base a los lineamientos dados por el MINEDU, la institución brinda los cursos de subsanación con el fin que los estudiantes regularicen sus notas debido a desaprobaciones o por diferencia curricular. La Jefatura de Unidad Académica es la responsable del proceso, previo informe de secretaría académica sobre la procedencia o no de la solicitud. Se formaliza el proceso con la emisión de la Resolución Directoral. Secretaría Académica, registra en el SIA. CONSIDERACIONES GENERALES: La subsanación puede darse por las siguientes causas: Diferencia curricular; se da cuando durante el proceso de convalidación no es posible convalidar el curso por no guardar similitud de por lo menos el 70% con el contenido del curso correspondiente al plan de estudios de incorporación. Procede en los casos de traslado y reincorporación Por causal académica, en caso de curso desaprobado la subsanación pude realizarse durante: Ciclo académico ordinario con un máximo de seis créditos Ciclo académico extraordinario con un máximo de doce créditos, Preferentemente durante los meses de enero a febrero; la subsanación se formaliza mediante Resolución Directoral.
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PROCESO DE SUBSANACIÓN
FLPR-011
Diagrama de Flujo: Proceso de Subsanación
INICIO
MESA DE PARTES
ESTUDIANTE Enviar Solicitud de Subsanación
Recepcionar Solicitud
SECRETARÍA ACADÉMICA
¿Expediente Validado?
Verificar condición del est udiante
TESORERÍA
SECRETARÍA ACADÉMICA
Emitir Recibo de Pago
Llenar f ichas de matrícula e informa a la unidad académica
Sí
A Informe
No
MESA DE PARTES Devolver solicitud
UNIDAD ACADÉMICA
A
Validar Informe Secretaría Académica. Programar Subsanación Informe
DIRECCIÓN GENERAL Emitir Resolución de Autorización Resolución Directoral
SECRETARÍA ACADÉMICA
ESTUDIANTE
Regist rar Subsanación en SIA
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SIA Registra Subsanación
Est udiante Matriculado en Cursos de Subsanación
FIN
PA. 012: PROCESO DE DUPLICADO DE TÌTULO EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE.
DEFINICIÓN. – Es la obtención del título profesional por segunda vez, siendo las causales, pérdida, robo o deterioro. El duplicado del título profesional anula automáticamente el original; la emisión de duplicado se rige por la R.D. 592-2010MINEDU y el oficio 931-2013- MINEDU; según sea el caso, los requisitos son los siguientes: DESCRIPCION GENERAL DEL PROCESO: Se inicia el proceso con la presentación de expediente y solicitud. Mesa de partes envía expediente a Dirección General Dirección General convoca a Consejo Directivo, para revisar y recibir opiniones. Dirección General emite resolución de autorización de duplicado de título. Secretaría académica caligrafía y registra el código del formato adquirido en el MED. Dirección general firma el título. Usuario firma título y adjunta los requisitos para armar la carpeta de inscripción del título. Dirección General eleva la carpeta a DREL solicitando inscripción. DREL, emite Resolución de Inscripción de duplicado de diploma de título Secretaría Académica registra número de duplicado de título y número de resolución. Usuario firma libro de registro especial de diploma de título, recibe su título y copia de la resolución de inscripción.
CONSIDERACIONES GENERALES El interesado publicará en el diario oficial El Peruano un aviso de emisión de duplicado de Diploma de Título y presentará la página original a la Institución, como requisito previo a la inscripción del mismo.
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PROCESO DUPLICADO DE TÍTULO
FLPR-012 Diagrama de Flujo: Proceso de Duplicado de Título por Pérdida o Deterioro
A INICIO
No USUARIO
MESA DE PARTES
DIRECCIÓN GENERAL
Recepciona y registra solicitud
Convoca a consejo direct ivo para evaluar expedient e
CONSEJO DIRECTIVO
DIRECCIÓN GENERAL
USUARIO
DIRECCIÓN GENERAL
Emitir resolución de autorización de duplicado de título
Publica en Diario Peruano la emisión de duplicado de Título
Eleva expediente a GREL para visación
Sí Solicita emisión duplicado de título
¿Procede?
Revisa expediente y opinan
B
Resolución Dir ectoral
B
GREL
DIRECCIÓN GENERAL
MED
SECRETARÍA ACADÉMICA
Visa expediente para ser elevado a MED
Eleva expediente visado a MED para compra de formato de duplicado de título
Emite formato de duplicado de título
Caligrafía y registra el duplicado de formato de título
DIRECCIÓN GENERAL
USUARIO
DIRECCIÓN GENERAL
Firma de Título
Firma el tí tulo y adjunta documentos para inscripción
Elevar a GREL expedient e para inscripción del duplicado de tí tulo
Títul o
Firmado
SECRETARÍA ACADÉMICA
GREL
C
Emite resolución de inscripción deduplicado de Título
USUARIO Firma en el libro de registro
Registro N° de duplicado
especial de diploma de título.
título. Registra N° de
Recibe copia de resolución
resolución de inscripción de
de inscripción. Recibe
duplicado de título
duplicado de título
A
FIN
Resolución
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C
PA. 013: PROCESO DE RESERVA DE MATRÍCULA EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL DOCENTE.
RESERVA DE MATRICULA. El IESPP “Sagrado Corazón de Jesús”, a solicitud del estudiante, puede reservar la matrícula antes de iniciar el ciclo o período académico; ésta no puede exceder a cuatro (4) ciclos. La reserva de matrícula se registra en el sistema que administra el MINEDU; este acto se formaliza, mediante Resolución Directoral, emitida por el IESP “SCJ”.
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PROCESO DE RESERVA DE MATRÍCULA
FLPR- 013
Diagrama de Flujo: Proceso de Reserva de Matrícula – Programa de Formación Inicial Docente
INICIO
ESTUDIANTE
MESA DE PARTES
SECRETARÍA ACADÉMICA
DIRECCIÓN GENERAL
Solicita Reserva de Matrícula
Recepción, registro y derivación
Verificar sit uación del est udiante y proyect a resolución de reserva
Firma Resolución
SECRETARÍA ACADÉMICA
Resol ución de Reserva de Matrícula
ESTUDIANTE
A Regist ra reserva en SIA
A
Reserva de matrícula regist rada en SIA
Estudiante con Reserva de Matrícula
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FIN
P.A 001 . Requisitos para el proceso de Admisión - Solicitud dirigida al Director del Instituto. - Partida de nacimiento. - Copia del DNI. - Certificados originales de educación secundaria, visados por la UGEL. - 02 fotos tamaño carnet a color, fondo blanco. - Recibo de pago por inscripción, según lo establecido en el TUPA Institucional. - Declaración jurada de no contar con antecedentes penales o judiciales. - Ficha de inscripción
P.A 002. Requisitos para el proceso de Matrícula. - Ser estudiante o haber ingresado a alguna de las carreras profesionales que oferta el Instituto. - Certificados de estudios que acredite haber concluido la educación básica si dicho certificado no fue presentado durante el proceso de admisión - Voucher de pago por derecho de matrícula (original y dos copias), según lo establecido en el TUPA institucional.
P.A 003. Requisitos para el proceso de traslado interno / externo. - Solicitud de traslado dirigida al Director General. - Ser estudiante de los programas de estudio que oferta el IESPP/EESP - Haber aprobado el primer ciclo académico en el programa de estudio. - Constancia de vacante. - Voucher de pago por derecho de traslado interno, según lo establecido en el TUPA Institucional.
P.A 004. Requisitos para el proceso de convalidación - Solicitud dirigida al Director del Instituto. - Conformación de una Comisión encargada de evaluar el expediente presentado
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- Es aplicable a los procesos de traslado y reincorporación y otros procesos previstos en el RI, y procede siempre que el tiempo de interrupción de los estudios no exceda de los cinco (5) años. - Si el reingreso al IESPP. es a través de admisión, el ingresante puede solicitar la convalidación de estudios previo a la finalización del proceso de matrícula y que cumpla con lo establecido en el párrafo anterior. - Para que proceda la convalidación el curso/área a convalidar debe tener igual o mayor número de créditos que el curso/área de destino. Solo se admite la convalidación de un (01) curso por otro.
P.A 005. Requisitos para el proceso de Reincorporación. - Solicitud dirigida al Director del Instituto. - Voucher de pago por derecho de traslado externo, según lo establecido en el TUPA Institucional.
P.A 006. Requisitos para el proceso de Licencia de Estudios. - Solicitud dirigida al Director del IESPP. - Por salud, Certificado médico u otro documento similar que acredite el estado de salud del solicitante. - Voucher de pago, según lo establecido en el TUPA Institucional.
P.A 007. Requisitos para el proceso de Evaluación de los Aprendizajes. - Lineamientos generales de evaluación del MINEDU. - Orientaciones específicas para la evaluación de los aprendizajes por la Unidad Académica. - Planificación de la evaluación en los sílabos. - Instrumentos de evaluación. - Ingreso de notas en el SIA
P.A 008. Requisitos para el proceso de Título Profesional - Solicitud dirigida al Director del IESPP.
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- Documento que acredite la aprobación de la sustentación de tesis o del trabajo de suficiencia profesional. - Recibo de pago por trámite de título profesional de Licenciado, según lo establecido en el TUPA Institucional. - Declaración jurada de no contar con antecedentes penales o judiciales.
P.A 009. Requisitos para el proceso de Constancia de egresado - Solicitud dirigida al Director General. - voucher de pago por derecho de Constancia, según lo establecido en el TUPA Institucional.
P.A 010. Requisitos para el proceso de Retiro. - Ser estudiante de algún programa de estudio del IESPP. - No haberse matriculado dentro de los 20 días hábiles iniciado el proceso de matrícula. - Cuando finaliza el periodo de reserva o licencia de estudios y el estudiante no se ha reincorporado o solicitado ampliación. - A solicitud del estudiante. - Por sanción administrativa por falta grave establecida en el RI.
P.A 011. Requisitos para el proceso de Subsanación. -
Solicitud dirigida al Director del Instituto, según cronograma establecido por la
Secretaría Académica. - Váucher de pago por derecho de traslado externo, según lo establecido en el TUPA Institucional.
P.A 012. Requisitos para el proceso de Duplicado de Título. - Solicitud dirigida al Director de la EESP – IESPP - Declaración jurada de pérdida, robo y/o deterioro. - Recibo de pago por trámite de duplicado de título Profesional, según lo establecido en el TUPA Institucional. - Generación de registros, actas y boleta de notas
P.A 013. Requisitos para el proceso de Reserva de Matrícula. 41
- Solicitud dirigida al Director General de la Institución. - Pago por derecho de matrícula según TUPA Institucional.
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