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Formación E Inserción Laboral
La inserción laboral es uno de los pilares básicos en la lucha por la integración y constituye una de las necesidades más urgentes de los colectivos especialmente vulnerables. Por ello desde la Asociación Síndrome de DOWN Badajoz y a través de Programas de colaboración de Mapfre, Fundación Caja Badajoz e Ibercaja obra social, formamos y preparamos a nuestros usuarios para que se incorporen al mercado ordinario de trabajo. Este dossier pretende dar una primera visión al empresariado de las posibilidades reales de trabajo que existen para este colectivo, informando de todo el proceso
En colaboración con:
de formación e inserción laboral, que a través de la metodología del Empleo con Apoyo venimos desarrollando, con el propósito de que conozcan los beneficios, tanto sociales como económicos de la contratación de personas con Síndrome de Down por parte de su Empresa. En la actualidad ya son muchas las personas con Síndrome de Down que están trabajando en las empresas ordinarias, alcanzando en la actualidad un alto porcentaje de contrataciones indefinidas.
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Es una organización no gubernamental (ONG), que nació como iniciativa de un grupo de padres.
La Asociación tiene como objetivo la promoción y realización de actividades que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, la plena integración familiar, sociolaboral, y el desarrollo de una vida normal, de las personas con Síndrome de Down.
La consecución de este fin implica que se desarrollen toda una serie de acciones concernientes a la, formación profesional, desarrollo de las habilidades sociales, asesoramiento familiar, así como sensibilizar e informar a la sociedad de la realidad de las personas con SD
El objetivo principal del Programa de Inserción Sociolaboral es Proporcionar a jóvenes con SD la formación necesaria para su desarrollo integral, que les permita alcanzar la madurez necesaria para su incorporación social y laboral, garantizando así su plena ciudadanía. Va dirigido a personas con Síndrome de Down que estén dispuestas a alcanzar un desarrollo de sus capacidades que les permita el acceso al mercado laboral.
El empleo con Apoyo constituye un proceso de inserción laboral que pasa por diferentes fases.
Metodología de Empelo con Apoyo
EMPRESAS
En cada una de ellas se desarrollan un conjunto de acciones y estrategias mutuamente complementarias, todas ellas encaminadas a la consecución de la integración laboral normalizada de los usuarios incluidos en el Proyecto.
CANDIDATOS
BUSQUEDA DE EMPLEO
- Prospección Empresarial - Sensibilización del Tejido Empresarial
VALORACIÓN DEL CANDIDATO
- Entrevista con el candidato - Entrevista con la familia - Entrevista con los profesionales cercanos
ANALISIS DEL PUESTO DE TRABAJO
- Análisis de las Funciones y Tareas - Análisis de las Habilidades
ELABORACIÓN DEL PERFIL PROFESIONAL
- Análisis de habilidades Socio-Laborales - Estudio de las necesidades de Apoyo
Adaptación al puesto de trabajo Apoyos - Acompañamiento al puesto - Formación y entrenamiento - Búsqueda de apoyos natural
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ADAPTACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN EL PUESTO DE TRABAJO
ESTUDIO Y VALORACIÓN DE CANDIDATOS
En esta fase es muy importante conocer cuál es su actitud y motivación hacia el empleo, su perfil profesional y orientación vocacional. CONTACTO CON EL MERCADO LABORAL Y CAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
En base a los perfiles profesionales de los usuarios del Proyecto, se realiza la prospección del mercado laboral local y regional. Paralelamente, se lleva a cabo la difusión del programa en el tejido empresarial y asociativo.
ANÁLISIS DEL PUESTO DE TRABAJO
Una vez que el empresario oferta un puesto vacante, el preparador laboral realiza un análisis exhaustivo de las tareas y habilidades que implica ese puesto concreto, del ritmo de producción que exige, de la ubicación del mismo dentro de la empresa y de las condiciones laborales.
Una vez contratado el trabajador, el preparador laboral lleva a cabo, en el propio puesto de trabajo, el proceso de formación y entrenamiento práctico que asegure la adquisición y ejecución, por parte del candidato de las tareas concretas que debe desempeñar en el mismo. También apoya en el desarrollo de las capacidades, hábitos sociolaborales y destrezas específicas que faciliten el mayor rendimiento y adaptación al puesto.
APOYO Y SEGUIMIENTO INDIVIDUALIZADO
El Proyecto ofrece, una vez contratado el trabajador, el apoyo y seguimiento individualizado que permita que éste se desenvuelva adecuadamente en el puesto de trabajo y se mantenga en el mismo, del modo más integrado posible y con niveles óptimos de productividad. Con dicho fin, llevará a cabo las siguientes actuaciones: < Evaluación del rendimiento y calidad del trabajo.
SELECCIÓN E INSERCIÓN DEL TRABAJADOR
Se desarrolla un proceso específico de selección para cada puesto de trabajo buscando la mayor adecuación e idoneidad entre las características y requerimientos del mismo y el perfil de capacidades laborales, habilidades, destrezas y actitudes de los candidatos.
< Reducción progresiva de la cantidad e intensidad del apoyo, siendo sustituida por los apoyos naturales. < Asesoramiento al empresario, y a los trabajadores para favorecer la adaptación y así lograr un equilibrio entre el trabajador y la empresa. <
Realización de un seguimiento a largo plazo.
mpleo BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN En la contratación indefinida inicial y transformaciones de contratos formativos y temporal de fomento de empleo en indefinidos. Art 2.3 de la Ley 11/2013. MUJERES Con discapacidad severa < 45 años > 45 años 5.950 / €/año 6.300 / €/año
HOMBRES Con discapacidad severa < 45 años > 45 años 5.100 / €/año 6.300€ / €/año
Durante la vigencia del contrato
-
Cuando el contrato indefinido sea a tiempo parcial, las bonificaciones previstas se reconocerán en las siguientes proporciones: El 75 %, cuando la jornada laboral sea superior a la mitad de la jornada habitual. El 50 % cuando la jornada laboral sea superior a la cuarta parte de la jornada habitual. El 25 % cuando la jornada laboral sea inferior al 25 por 100 de la jornada habitual. La bonificación de la seguridad social es del 100% de la cuota empresarial En la contratación temporal (contrato temporal de fomento del empleo. Mínimo un año) MUJERES HOMBRES Con discapacidad severa Con discapacidad severa < 45 años > 45 años < 45 años > 45 años 4.700 / €/año 5.300 / €/año 4.100 / €/año 4.700 / €/año Durante la vigencia del contrato Cálculo de la bonificación = % de la jornada + 30%
AYUDAS A LA CONTRATACIÓN EN LA COMUNIDAD DE EXTREMADURA ORDEN de 5 de octubre de 2015 que convoca las ayudas del Decreto 149/2012, de 27 de julio, modificado por el Decreto 133/2013, de 30 de julio (DOE núm. 148, de 1 de agosto) Actuación Programa I Programa III Programa VI
Ayuda 7.000€ 4.500€ 1.000€
Observaciones Subvenciones por realización de contrataciones indefinidas iniciales Transformaciones de contratos temporales en indefinidos Contrataciones temporales de un año de duración
Se destina a financiar esta convocatoria un total de 450.000,00 € y su vigencia es hasta el 30 de mayo de 2016. BENEFICIARIOS: Todas las empresas independientemente de su dimensión.
jornada,mínimo 20 horas.
mpleo LEGISLACIÓN Artículo 6. Exclusiones Seguridad Social Extracto LEY 43/2006 - Las bonificaciones previstas en este Programa no se aplicarán en los siguientes supuestos: - Contrataciones realizadas con trabajadores que en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación hu- viesen prestado servicios en la misma empresa, grupo de em- presas o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido, o en los últimos seis meses mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por jubilación. - Trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en otra em- presa en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato. Esta exclusión no se aplicará cuando la finalización del contrato sea por des- pido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo. - Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un periodo de doce meses de las bonificaciones establecidas en este Programa. La citada exclusión afectará a un número de contratos igual al de las extinciones producidas.
El periodo de exclusión se contará a partir del reconocimiento o de la declaración de improceden-cia del despido o de la extinción derivada del despido colectivo. - Cuando se trate de contrataciones con trabajadores con discapacidad, solo les será de aplicación las exclusiones de la letra c), si el contrato previo hubiera sido por tiempo indefinido, y de la letra - del apartado 1, así como la establecida en el apartado 2. Decreto 149/2010 DOE núm. 148, de 1 de agosto Artículo ayudas.
7.
Cuantía
de
las
1. La cuantía de las subvenciones será la siguiente, según el programa: A) Programa I. Subvenciones a la contratación indefinida de las personas con discapacidad en empresas ordinarias o la incorporación de trabajadores con discapacidad como socios trabajadores en caso de Sociedades Cooperativa de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales. Cada contratación indefinida de trabajadores con discapacidad a tiempo completo dará lugar a una subvención de 7.000 euros. En el supuesto que la jornada sea a tación hubiesen prestado servicios en la misma entidad empleadora mediante un contrato por tiempo indefinido.
C) Programa III. Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales de fomento del empleo, contratos en prácticas, o para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación en indefinidos celebrados con trabajadores con discapacidad. El importe de la subvención será de 4.500 euros por cada transformación en indefinido realizada a jornada completa. En el supuesto de que las contrataciones sean a jornada parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de jornada. D) Programa IV. Subvenciones a la contratación temporal de fomento del empleo trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias. La subvención consistirá en una subvención por cada contratación temporal de fomento del empleo por importe de 1.000 euros. En el supuesto de que las contrataciones sean a jornada parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de jornada.
mpleo Empresas Colaboradoras
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Todos los Españoles tienen derecho de trabajar, a la elección de la profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a la remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y de sus familiares. (Art 35.1 Constitución)
Down Badajoz
@DonwBadajoz
Formación E Inserción
Diseño y elaboración por Ana Martínez y Guadalupe Sierra 2015
Laboral
ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN DE BADAJOZ Avda. Mª Auxiliadora, nº 2. 06011-Badajoz Tlf: 924.25.91.35 empleodownbadajoz@gmail.com somosdownbadajoz@gmail.com
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