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El juez propone juzgar a 35 personas por la pieza económica del ‘caso iDental’
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El juez propone juzgar a 35 personas por la pieza económica del ‘caso iDental’
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El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha propuesto juzgar a un total de 35 personas por las presuntas estafas de las clínicas iDental, así como en otra serie de mercantiles por delitos de estafa continuada, apropiación indebida, falsedad documental, administración fraudulenta, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales y organización criminal.
En el auto de pase a procedimiento abreviado, de 383 páginas, el juez pone fin a esta pieza, centrada en los delitos económicos, que se dirige, por un lado, contra una organización dedicada a obtener financiación de Bankia para invertir en empresas y enriquecerse con los préstamos obtenidos en perjuicio del inversor y, en segundo lugar, por las operaciones fraudulentas relacionadas con el Grupo iDental.
Fuera de esta pieza, explica de las Mata, en la parte principal del procedimiento, quedan ahora los hechos y delitos de lesiones contra la salud pública cometidos por los investigados y otras personas en los tratamientos odontológicos de iDental, así como los delitos contra la hacienda pública.
El magistrado afirma que estamos ante dos organizaciones criminales diferentes, que han desarrollado distintas actividades delictivas, y que coincidieron (lo que lleva a la conexión procesal en este procedimiento), en la transmisión del Grupo iDental, que fue vendido por los primeros (Antonio G.P. y Vicente C.), a los segundos (Luis S.S., José María G.L. y Juan G.L.).
La primera organización la integran Antonio G.P., Vicente C., Sandra B., Enrique G.V. y Elena L.C. Este grupo, bajo el liderazgo de los dos primeros y con el apoyo directivo de las otras personas mencionadas, constituyó el Grupo iDental, así como toda la estructura societaria derivada y lo puso en marcha, hasta llegar finalmente a venderlo al entramado de Luis S. y los hermanos G.L.
La segunda organización la lideran Luis S. y los hermanos G.L. y está integrada adicionalmente por otras personas en distintos niveles y responsabilidades. Esta segunda organización ha estado durante años, dice el magistrado, desarrollando una estructura societaria gracias a la cual consiguieron fraudulentamente una importante financiación de la entidad Bankia para su inversión en distintas explotaciones mercantiles, con el objetivo de su enriquecimiento personal a costa de los fondos desembolsados por la entidad bancaria. Y todo ello, en perjuicio de la viabilidad de las explotaciones económicas adquiridas y de la integridad patrimonial de la financiera.
La operativa fraudulenta fue repetida, al menos, en seis sociedades (Quevier'd Grup S.L., Agua Vitaminada S.L., Kinlan Business S.L., Exploagropecuaria S.L., Hotel Abadía S.L. y Health 2015 S.L.), y ha supuesto una disposición de fondos provenientes de Bankia de unos 54.000.000,00 euros en préstamos hipotecarios obtenidos fraudulentamente a favor de la organización investigada. Finalmente, llegaron a adquirir el Grupo IDENTAL a sus iniciales propietarios, Antonio G.P. y Vicente C., señala el juez.
La estrategia fraudulenta de iDental
El auto explica que la estrategia fraudulenta consistía en ofrecer servicios odontológicos sofisticados y de alta calidad a los clientes, a precios irrisorios, con pleno conocimiento de la incapacidad del Grupo para proporcionar los servicios comprometidos y con total desprecio de la salud bucodental y estado de sus usuarios, haciéndoles creer que el coste muy elevado de los servicios estaba cubierto mediante subvenciones o ayudas oficiales.
Una vez captado el cliente se le presionaba de forma muy agresiva para hacerle firmar los presupuestos y los correlativos créditos al consumo, obviando también los requerimientos económico-financieros de solvencia establecidos por las compañías de crédito. Todo ello para obtener así el cobro de una vez del importe íntegro del crédito por parte de la entidad financiera.
La finalidad real era captar como fuera el máximo número de clientes y, por tanto, el mayor número de recursos económicos procedentes de los créditos al consumo, “con plena conciencia de la incapacidad de la empresa de prestar el servicio comprometido”, asegura el juez.
En el contrato que firmaba el cliente con iDental existía una cláusula por la que si realizaba una devolución del tratamiento, tendría que pagarlo a precio de mercado, es decir, con