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Real Decreto Ley 8/2021
El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional. En concreto, este Real Decreto regula la celebración de juntas de propietarios, cuyo desbloqueo había sido solicitado a la Administración tanto por parte de nuestro Consejo General -CGCAFE – como de los Colegios Territoriales. El Real Decreto-ley suspende la obligación de convocar y celebrar juntas de propietarios hasta el 31 de diciembre de 2021, prorroga los últimos presupuestos aprobados y los cargos de la comunidad de propietarios, y suspende la obligación de aprobar el plan de ingresos y gastos previsibles, las cuentas correspondientes y el presupuesto anual. Por otro lado, esta norma posibilita el poder convocar y celebrar juntas para tratar aquellas cuestiones urgentes que no puedan demorarse y sobre las que la comunidad deba alcanzar un acuerdo, entre ellos, la realización de obras de accesibilidad universal, o por ejemplo para la solicitud de subvenciones para acceder a los Fondos de Recuperación Europeos, que próximamente van a aportar unos 27.000 millones de euros para la rehabilitación de edificios. Para asistir a estas reuniones permitidas, el Gobierno ha aprobado que se puedan celebrar por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, teniendo el Secretario-Administrador que comprobar con antelación a la junta que todos los propietarios/as cuentan con los medios necesarios, además de precisar la identidad de todos los propietarios/as asistentes a la Junta. También se ha recogido en el Real Decreto-ley, la petición realizada por los Administradores de Fincas, para aquellas comunidades en las que no pueda garantizarse la participación por vía telemática, para que se puedan adoptar acuerdos mediante la emisión del voto por correo postal o comunicación telemática.
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