PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE
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PSC.CL. MG. MIGUEL GUZMÁN DR.MG. JORGE RODRIGO ANDRADE ALBÁN MD.ESP. NOEMÍ ROCÍO ANDRADE ALBÁN MG. FREDDY ALCÍVAR JARRÍN CHÁVEZ
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE PSC.CL. MG. MIGUEL GUZMÁN HALLO DR. MG. JORGE RODRIGO ANDRADEALBÁN MD. ESP. NOEMÍ ROCIO ANDRADE ALBÁN MG. FREDDY ALCÍVAR JARRÍN CHÁVEZ
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Psc.Cl. Mg. Miguel Guzmán Hallo. Dr. Mg Jorge Rodrigo Andrade Albán. Md. Esp. Noemí Rocío Andrade Albán. Mg. Freddy Alcívar Jarrín Chávez.
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TODO PERITO SERÁ CONTROVER- TIDO, TODA PERICIA SERÁ CON- TRAPERITADA, Y TODO JUICIO ES SORPRESA. Dr. Roberto Sicard León
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AGRADECIMIENTO Nuestro agradecimiento cordial al Alma Mater, Universidad Técnica de Ambato, y sobre todo a la Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación, a las Carreras de Psicologia Educatica y Psicología Clínica por su visión de emprendimiento educativo, el apoyo e inspiración constante de cada una de las personas involucradas en la institución, que han sido el aporte para generar personas de calidad en una sociedad que necesita cada vez más de profesionales decididos a representar a nuestra Patria en todos los campos del conocimiento. Los autores
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DEDICATORIA A la Universidad Técnica de Ambato, a nuestros familiares, a los estudiantes de las Carreras de Psicología Educativa y Psicología Clínica, y a todos los estudiosos de las ciencias forenses. Los autores.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE ÍNDICE CAPÍTULO I APROXIMACIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA 1. Psicología Jurídica .....................................................................................14
1.1 Perspectiva histórico- filosófico...........................................................15 1.2 Factores involucrados en la ................................................................28 Psicológia Jurídica Forense 1.3 Factor determiante y el positivismo científico en .............................34 la conducta humana 1.4 Procesos relacionados con la Ley .......................................................39 1.4.1 Normalidad y anormaliad................................................................39 1.5 Contrato y control social.....................................................................41 1.6 Deontología y Código Orgánico Integral Penal..................................44 1.7 El proceso legal enmarcado en la Psicologia.....................................45 1.7.1 Culpabilidad. ...................................................................................48 1.7.2 Responsabilidad...............................................................................50 1.7.3 Acción dolosa – Acción culposa.................................................... 51 1.7.4 Eximentes – Atenuantes- Agravantes en relación a la responsabilidad penal..............................................................................................................52
CAPÍTULO II CONDUCTA Y ACCIÓN DELICTIVA 2.1. Delictología y Conducta delictiva y la acción directiva ................56 2.2 Clasificación del delito........................................................................60 2.2.1 Tipología delictiva ............................................................................60
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 2.2.2 El Concepto Jurídico Penal del delito ...................................................62 2.2.3 Penalización, sanción y COIP. .....................................................................63 2.3 Sociología Criminal ......................................................................................66 2.4. Construcción delictiva desde una visón ontologico ..................................67
CAPÍTULO III PERFILACIÓN DEL INDIVIDUO 3.1. Perfilación de la conducta punible y no punible..................................69 3.1.2 Perfilación de la Personalidad Antisocial.......................................... 69 3.1.3 Perfilación en la Psicopatía .................................................................71 3.1.4 Definición de la Psicologia criminal y su objeto............................... 72 de estudio . 3.1.5 La personalidad como la estructuración psicopática ......................74 3.1.6 Perfilación en el delincuente sexual ................................................. 79
CAPÍTULO IV LA VICTIMOLOGÍA Y SUS FACTORES 4.1 Victimología ..........................................................................................81 4.2 Características psicológicas de la víctima.............................................83 4.3 Tipología de la Victimología..................................................................84 4.4 Conceptos victimológicos básicos ........................................................92 4.5 Delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar: Código Orgaico Integral Penal. .................................................................. 94
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 4.6 Factores Endógenos para la victimicidad ..................................................95 4.7 Victimología y ciencias penales.................................................................97 4.8 Factores victimógenos.............................................................................. .98 4.9 Victimización de menores........................................................................ 102 4.10 Clases de víctima ....................................................................................102 4.11 La Dinámica Victimizadora......................................................................105 4.12 Víctimas sexuales.....................................................................................106 4.13 Factores victimógenos............................................................................ 109 4.14 Factores de riego en la violecia contra los niños................................... 112
CAPÍTULO V ABUSO SEXUAL A MENORES DE EDAD 5.1 Delito contar la integridad sexual ........................................................... 118
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CAPÍTULO VI INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN EN PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 6.1 Ego Function Assessment EFA (Evaluación de la función del Yo) 6.2 Mental State at the Time of the Offense Scree- ning Evaluation MSE (Detección y evaluación del es- tado mental en el momento del delito)
6.3 Escalas para la valoración de la responsabilidad penal de Rogers (RCRAS) 6.4 Inventario de Personalidad 16-PF de Raymont Cattell
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6.5 Inventario Multifacético de la Personalidad (MMPI)
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6.6 El Test de Personalidad de Eysenck
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6.7 Inventario de Personalidad Cornell Index
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6.8 Locus de Control de Rotter
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CAPÍTULO VII ESTUDIO DE CASO Caso 1
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Caso 2
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Caso 3
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INTRODUCCIÓN Psicología Jurídica y Forense forma parte de la matríz catalogada dentro del ámbito Legal en campos de acción en la que se involucra, la psicología clínica y la relación directa entre la conducta y el comportamiento en un entorno social, con el único fin de poder comprender y aclarar interrogantes referentes a l a conducta delictiva, conducta criminal, y el delito en general. Se construye a partir de criterios, enfoques, teorías, y el desarrollo práctico de las ciencias forenses, encaminados a descubrir las interrogantes y la compleja diagramación psíquica de los seres humanos en un entorno biopsicosocial. Todo este conocimiento esta desarrollado en la práctica pericial y el desarrollo de la Psicología en el campo legal y j u r í d i c o ; de una manera interdisciplinaria donde se construye y cimienta según diferentes perspectivas sean estas: filosóficas, sociológicas, antropológicas psicológicas, y un hecho netamente constitucional como lo estipula los artículos, deberes y derechos así como también el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Por tal motivo la Psicología, el Derecho y otras ciencias que lo componen van de la mano, y considerarlos como núcleos particulares o entidades aisladas es un gran error, porque actúan como un todo articulado, como un centro vertebrado y una misma máquina que regula con trola y ejecuta. Como psicólogos clínicos trabajar con la ley y para la ley es la consigna de respaldo ante alguna situación jurídica legal, amparados por una ido- neidad moral y sobre todo por la Constitución política del Estado, con el fin de aclarar los supuestos psicológicos en calidad de autoría, cómplice, abuso, maltrato, testificación y casos particulares donde se evidencie delitos o contravención, y el desarrollo de una litigación oral en el tri- bunal de justicia, en los peritajes, en las audiencias y el desarrollo de la profesión. El estado actual de la psicología jurídica forense, preocupa en especial si estamos frente a una realidad en que los procesos legales suelen estar contaminados por intereses particulares, mala fe y fraudes procesale asi como tambien inoperancia e ignorancia que hace que el cometimiento sea inválido y los casos suelen caer por su propio peso. La evolución y los desafíos en la Psicología Jurídica y Forense en diferentes países nos abren un camino excepcional para acoplarlo de mejor manera a nuestra realidad, en especial si estamos bajo la misma concepción latinoamericana y centro America. Paises como Colombia o Mexico desarollan nuevas politicas para erradicar la violencia En Ecuador existió cátedra de Psicología Jurídica en la Universidad Cen tral, también se ofertaba como carrera de pregrado en la misma Institución en los años ochenta, en la Facultad de ciencias Psicológicas, figuras relevantes como el Dr. Isologo Pérez y el Dr.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Ítalo Rojas adquirieron y adquieren un papel ejemplar; sitiándose e n diferentes lugares del país, por ejemplo en la ciudad de Ambato la Dra. Dolores Salazar quien en la actualidad se encuentra como directora del departamento psicológico en el Centro de Rehabilitación Social de Ambato en el ámbito de la psicología penitenciaria. La realización de este libro tiene dos objetivos fundamentales, el primero es revelar los preceptos relacionados con la psicología y el ámbito netamente legal, estructurándose en principios que se abordan de manera funcional e n t r e la relación unívoca de la Psicología y la Jurisprudencia, es por este motivo que se considera como parte del Derecho, sin embrago la Psicología lo defiende como parte secuencial de la misma. Y segundo objetivo es construir y formar ciencia e investigación que re- sulte de la interacción y el desarrollo de cuestionamientos que sean ne- cesarios aclararlos como preguntas existencialistas que se basan en el cómo, dónde y el porqué de la conducta punible o no punible, o la acción psicológica del actor social. Además, como regla general podemos establecer la creación de este libro, con la participación activa de los agentes sociales y jurídicos, diri- gido sobre todo a la comunidad científica que determina desde una pers- pectiva positivista el estudio del psiquismo, de una manera completa. Va dirigido de igual manera a estudiantes y profesores de la Universidad Técnica de Ambato, que es sin duda un incentivo para realizar la inves- tigación que se evocará en la creación y la ejecución del libro en el aula, en la práctica pre- profesional y profesional El libro se desarrolla en sus primeras páginas como un referente histó rico y u n estudio filosófica, y social, de la Psicología jurídico forense, a posterior se realiza un análisis de las concepciones que parten de la teoría española, sin dejar de lado el enfoque latinoamericano especialmente de los países en los que se denotan las primeras investigaciones tales como Colombia, Argentina y Perú, que son los principales lineamientos de los cuales somos participes. Contrato social, normalidad y anormalidad, además Imputabilidad e Inimputabilidad, eximentes, agravantes, atenuantes, así como la relación directa del delito, la tipología de la misma, la psicología criminal, psicología del testimonio, justicia restaurativa y los resultados obtenidos en investi- gaciones que serán objeto de análisis y profunda reflexión.
Ilustración: Guzman Miguel, 2017
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE CAPÍTULO I APROXIMACIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA 1. Psicología Jurídica. Psicología jurídica para muchos autores es considerada como ciencia, y como un arte. Se construye en varias Universidades no como una simple asignatura, se lo hace desde una carrera que como cualquier otra implica un estudio prolongado. El objetivo común es integrar a esta ciencia en un sitial en la que se pueda aportar al mejoramiento de la misma. La Psicologia jurídica es una rama de la Psicología que se encarga de di- ferentes preceptos en el ámbito legal a favor de la Constitución, justicia y abogacía, estados que implican conocimiento de la conducta humana. En esta línea de abordaje de la temática, trata de describir, explicar los supuestos psicológicos del poder judicial, los procesos cognitivos (representaciones, creencias y actitudes) de la justicia, los procesos y los fenómenos psicológicos de los actors sociales que se cristalizan en el marco metodológico de los sistemas judiciales1. Es un campo situado entre la psicología y la psiquiatría, cuyo objeti- vo es prevenir y tratar a los delincuentes, apuntando no obstante a otras áreas como el testimonio, la evidencia delictiva, la comprensión del delito, la motivación psicológica del mismo, confección de informes periciales y a la reforma moral del delincuente2.
1 Garzón 1990 2 Mira López
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La psicología jurídica consta de una visión triple: Psicología del Derecho, que son los componentes requeridos de la psicología para su funciona- miento y comprensión; Psicología en el Derecho, la psicología es un cam- po al que el jurista puede acudir con fines de asesoramiento para la difu- sión normativa; y, Psicología para el Derecho, la psicología como ciencia auxiliar del derecho cuando éste necesite información sobre sus fines pertinentes, y aclarar hechos relativos o casos específicos3. La psicología jurídica es una ciencia que trata de describir y explicar los supuestos psicológicos del poder judicial, los procesos cognitivos de la justicia (representaciones, creencias y actitudes) y los procesos y fenómenos psicológicos.
1.1 Perspectiva Histórico - Filosófico La Psicología Jurídica y Forense se construyó con lineamientos filosóficos e históricos, los mismos que ayudan a entender su origen en las primeras civilizaciones del ser humano; el enfrentamiento, el uso del poder y sobre todo la transgresión de la justicia fueron los motivos para la instauración de una Ley y la formulación de una norma, de esta manera poder castigar un hecho que no era el “correcto, el adecuado”, y aquellos que se desvincula del camino natural eran condenados a diestra y siniestra, no existía justicia restaurativa para las víctimas y el victimario era condenado a la muerte. Los jueces no consultaban a ningún experto (médicos, psicólogos, o psi- quiatras), no existían. Se desarrollaba el juicio según el amparo de una justicia tembleque, sin la correspondiente normatividad necesaria en un dictamen, así por ejemplo en Roma la señal de “pulgar hacia arriba”, sig- nificaba que vivía, todo lo contrario si el “pulgar estaba hacia abajo”. Las primeras audiencias públicas en el foro romano eran con el fin de desa- rrollar un procesamiento judicial según la moralidad e inmoralidad, que en gran medida dependía de instancias místicas y religiosas. Era moral el sabio sacerdote, y amoral el delincuente que hurtaba. 3 Muñoz, 1975
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En las sagradas escrituras cuando Jesús movía masas y el reproche de los sacerdotes y la envidia, eran razón suficiente para sentenciarlo o con- denarlo, de esta manera hizo que lo condenen por blasfemias, ya que era un delito en ese entonces, llevado a una audiencia pública, y sometido a castigo y a la crucifixión. Determinado por Nerón, quien tenía poder religioso, político y jurídico de sentencia teniendo la acción simbólica de lavarse las manos reflejando no tener asignación directa de las consecuen- cias de dicha sentencia. Los primeros peritajes se desarrollaron en audiencias donde el sacerdote, emperador, o rey designaba una condena, sea esta perpetua, ejecución, tortura o muerte, en un Foro (forensic -foro), se procesaba en lugares públicos dondese presenciaba la primera función de una obra de t e a t r o que en la actualidad perdura: con el juego de roles entre perito, defensa, abogado y juez, siempre dictaminado por aquel que tenía el poder en sus manos para juzgar. La primera noción de justicia se estructuraba en función de la acción de- lictiva, aquel que por instancias legales era sometido a factores de tortura, extradición, e inclusive la muerte, como la tortura en la cárcel de Guantá- namo, la violación de los derechos humanos en la dictadura militar de los años 70 en América Latina, la extradición de políticos por ideales, la pena de muerte por homicidio culposo en atentados terroristas, magnicidio etc. En otros casos de la historia el delincuente no era sometido a una audien- cia ni a un dictamen, era sancionado con todo el rigor de la ley. El hurto, robo, violación, etc., tenían el mismo enfoque y la misma pena, la inves- tigación era escaza o nula, quienes desarrollaban la acción procesal eran los sabios, y el oráculo de aquí parte la noción de los primeros peritos, aquellos sujetos conocedores de la ciencia, los sabios encargados de dar luz a la investigación, los “iluminados”.
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Al parecer, los primeros decretos y principios que se materializaron en constituciones y formulaciones de nuevas reglas que cada país ejercía, desarrolló en una “normatividad”, una reglamentación que dependió en gran medida de la cultura y las normas establecidas en cada nación. El delito en América Latina es diferente al delito en Medio Oriente, depen- dió entonces de las nociones sociales y culturales de cada nación para estructurar las leyes y la constitución. En casos particulares a través de la dictadura, Sadam Husein en Irak condenaba a muerte quienes estaban en contra del régimen, postulados que fomentaban parte de la constitu- ción eran: (Todo aquel que se imponga a los postulados políticos será sentenciado a muerte, en el peor de los casos torturados en público.) En la Edad Media era común y normal El Derecho de Pernada (tener rela- ciones sexuales con una mujer virgen que estaba punto de casarse) dere- cho que tenía los feudales y los nobles. En Líbano los hombres pueden legalmente tener relaciones sexuales con animales, siempre que estos sean hembras. Tener relaciones sexuales con machos está castigado legalmente con la muerte, en Hong Kong China, una mujer engañada puede legalmente matar a su marido adultero, más debe hacerlo solo con sus manos, en contrapartida, la mujer adúltera puede ser asesinada de cualquier manera por su marido”4. El desarrollo jurídico se desarrolló a lo largo de la historia con la normalidad y la Anomia. Se considera Anomia (falta de norma) aquella actitud del ser humano a hacer caso omiso a las normas o leyes establecidas debido a un comportamiento irracional, inhumano o delictivo. La acción delictiva en la actualidad se caracteriza por la falta de tolerancia y la omisión de la norma y las leyes, por eso en la personalidad antisocial el comportamiento de evadir e infringir una ley familiar de convivencia y más tarde social convexo con los vínculos a grupos suburbanos hacen de la personalidad antisocial el motivo de estudio del porque se estructura la Anomia en el sujeto sí es una cuestión determinante o predisponente.
4 Cabrero, 2007.
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Aristóteles consideraba que el ser humano y por ende la sociedad está re- gido por leyes, Platón compartía esta concepción, sin embargo tomaba en cuenta que se regían por leyes naturales de un dualismo entre el bien y el mal, aquellos que hacían el bien eran bendecidos por los dioses, aquellos que hacían el mal era por una posesión demoniaca, o espíritus mal sanos que formaron parte del cuerpo. Un delincuente estaba caracterizado por agentes esotéricos y místicos en los que se relacionaba una instauración de un psiquismo malévolo, pro- ducto de entidades que causaban daño y destruían, al menos esa era la concepción, en especial si el sujeto asesinaba a otro por ira, venganza o alteración psíquica. En las Sagradas Escrituras la muerte al prójimo es cas- tigada de manera divina, considerando al ejecutor del acto como impuro y cuyo arrebato, producto de agentes externos como ideas, voces, sueños, hasta fantasías, muchas de ellas relacionadas con un problema psíquico orgánico disfuncional en la actualidad se puede corroborar5. Hipócrates, el padre de la medicina moderna en cambio afirmaba que el ser está regido por leyes, sin embargo la trasgresión de una ley depende de la personalidad, el temperamento, y el carácter, lo cual se halla resumido en la teoría de los humores y character. El Cerebro era considerado como auxiliar, un área que no se estudiaba porque no se encontraba una relación entre las reacciones conductuales, los estímulos y las afecciones afectivas, una entidad nosológica, Fisiológica o Anatómica. Que más tarde genero interés especialmente para Lombroso. En el siglo XIX Lombroso determinó la objetividad a partir de los linea- mientos científicos, sin embargo sus primeros enfoques se relacionaban con la connotación morfo fisiológica del cuerpo, en especial del cráneo, clasificándolos así en asténicos, atléticos y ciclotímicos, así por ejemplo todo aquel que su fisionomía era delgada con abundante bello facial eran considerados delincuentes; esta teoría se ha desechado en la época con- temporánea, por la infinidad de incongruencias y la poca relación que existe al generalizarlo, es importante considerar la investigación positivis- ta en el campo de la criminología, y medicina forense como los primeros postulados teóricos de la conducta criminal6. 5 (Psicología Jurídica y Forense, 2012) 6 Ovejero Bernal, 2008
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Desde una mirada contemporánea varios autores entre ellos Foucault, de origen francés psicólogo de profesión considera conveniente catalogar a la sociedad desde una mirada poco usual de aquellos que se vinculan a la norma y de aquellos que son desvinculados, Foucault habla sobre “Los monstruos humanos, El individuo a corregir, El onanista”, en donde la so- ciedad es la que construye un vínculo y en ese espacio imaginario surge la anormalidad y aparece el delito, es la sociedad quien lo moldea, quien lo forma, esa formación que resulta de la interacción con el medio, de- pendientes de los procesos afectivos, emocionales y racionales del núcleo familiar. La sociedad está construida por “anomías” particulares, que construyen al sujeto en un verdadero ser impulsivo y agresivo donde a través de la anarquía hace que libere sus deseos7. Una vez considerado algunos preceptos filosóficos es necesario cons- truir el abordaje histórico de la Psicología jurídica y forense. Si hay que partir de un evento histórico dentro de la psicología jurídica hay que remi- tirnos a la figura de Emilio Mira y López (1896 – 1964), considerado como el primer Psicólogo Jurídico en España, nace en Cuba, se traslada desde muy niño junto a sus padres a Barcelona, y es sin duda un referente im- portante para la psicología jurídica forense, en 1932 publica el “Manual de Psicología Jurídica”, en el cual pronostica el futuro de la temprana ciencia, aborda temas sobre prevención de la delincuencia, factores que se relacionan en un delincuente, delincuencia y sociedad, temáticas que para la época fue considerado como una explosión de los conceptos en los que no se ha podido desarrollar hasta el momento8. Tras un largo silencio de 40 años aparece en la década de los 70 un fuerte empuje de los Psicólogos Penitenciarios aplicando a la delincuencia el tra- tamiento que se desprende de la Psicología Conductista y de la Psicología del Aprendizaje, en especial con casos de abuso sexual, el desarrollo de los primeros protocolos y guías forenses fomentaron el auge de la ciencias penales. En esta misma década, aparece la denominada Escuela de Bar- celona de Psicología Jurídica, que auspicia la publicación del Anuario de Sociología y Psicología Jurídica publicado por el Colegio de Abogados
7 Ovejero Bernal 2008 8 Vasquez 2005
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de B a r c e l o n a , su relación muy simbiótica en el ámbito carcelario dio un nuevo enfoque, las investigaciones partían del comportamiento anti social, la conducta delictiva, homicida y asesina9. Es en América Latina el puente de narcotráfico y guerrilla, la violencia in- crementa y los planes de acción contra la delincuencia se estructura con el fin de aplacar y generar políticas de Estado que controlen dichas ma- nifestaciones delictivas. En Brasil las bandas dedicadas al tráfico ilegal de sustancias se incrementó de ser un país exportador de productos naciona- les a un país productor de sustancias psicotropicas. Colombia formo parte de la narcoguerrilla en los años sesenta y setenta y en los años ochenta se fortalecieron los grupos con la aparición de jefes entre ellos Pablo Escobar Gavidia. En Ecuador la aparición del petróleo y las dictaduras convierten en blanco fácil para la acción delictiva, los grupos subversivos la ex- torsión, el cierre de instituciones bancarias y la emigración fueron factores predisponentes de una sociedad convulsionante en donde se desencade- naban en agresiones abuso psicológico físico sexual. Cada país ha anexado exacta e inexactamente algunos enfoques teóricos de la recién nacida Psicología jurídica forense, muchos han estudiado en el extranjero y muchos hemos adaptado a nuestra realidad los postulados teórico prácticos de Europa, en 1976 se organizan en Barcelona las prime- ras Jornadas Internacionales de Psicología Jurídica. La culminación de este trabajo es el libro de Bayés, Muñoz-Sabaté y Munné (1980), “Introducción a la Psicología Jurídica” del cual partiría el desarrollo de nuevas ideas anexadas a la investigación. Y desde un marco institucional, se creó el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid (Diciem- bre de 1979), y en el 80 se da el primer grupo de trabajo sobre te- mas de familia, pareja, separación y divorcio desde una perspectiva psicológica-legal. En 1987 se constituye la Sección de Psicología Jurídica, con una Comisión Gestora integrada por diversos profesionales que juntos abarcan el amplio campo de esta disciplina. En 1990 aparece el anuario de Psicología Jurídica con el objetivo de servir de vehículo de comunicación entre los distintos profesionales del área así como divulgar la imagen del Psicólogo Jurídico, la creación del colegio de psicólogos en España en especial en Madrid fue necesario para con- rolar a los psicólogos en su práctica profesional, era discutible en aquella
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to que el país no existían en los años 70. Al parecer por la demanda que éxito y existe se crea las primeras instancias de abordaje del psicólogo en el plano legal. Recalcando en ese entonces era en vano el psicólogo en te- mas jurídico-legales, sin embargo en audiencias vieron la necesidad de im- plementar Unidades de Apoyo psicológico a víctimas con un enfoque terapéutico, e inserción de aquellas víctimas en el área social laboral, lo que hoy se conoce como Unidad de víctimas y Testigos, en aquellas épocas en que todavía estaba insertado la idea de género y machismo, no quie- ro decir con esto que hoy en día está desaparecido, pero se le daba más importancia al rol masculino en la sociedad, por eso que las audiencias en aquella época solo se lo hacían con presencia masculina, así como parafraseaba en clases el Dr Isologo Pérez . A nivel internacional La Psicología Jurídica se ha desenvuelto en dos hechos de gran relevancia: • Los primeros aportes de la psicología jurídica se realizaron en Leipzig en los laboratorios de Wilhelm Wundt, Albert Von Schrenk-Notzing quien es fue considerado el primer psicólogo forense de la historia. • Se distinguió tres fases y posterior etapas: Desde comienzos de siglo hasta los años 30, trataba sobre fenómenos de testificación donde se destacan Stern, Binet, Munsterberg; las primeras aportaciones en el campo jurídico en la inexactitud y la sugestionabilidad del sujeto en las declaraciones realizados en el laboratorio de psicología experimental so- bre percepción y memoria, además la publicación de las primeras revistas de psicología aplicada, fundada en Alemania por William Stern psicólogo alemán quien publicó Beitrage zur psychologie der Aussage (contribucio- nes a la psicología del testigo) (1903-1906); y Zur Psychologie der Aussage (sobre la psicología del testimonio) donde aportaban elementos para la investigación sobre el testimonio10. Hugo Munsterberg es considerado como el padre de la psicología jurídi- ca por su aporte en el año 1908 con On the witness stand (en el estrado del testigo) el cual se concentraba en la aplicación de la psicología en la sala, exponiendo una serie de temáticas como son memoria del testigo, detección del crimen, las huellas de las emociones, las confesiones falsas,
10 Psicología Jurídica y Forense, 2012
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las sugestiones en el tribunal entre otras, también defiende los métodos preventivos del crimen. El papel que debe desempeñar el psicólogo jurídico se iba delimitando en el ámbito legal, donde Soria Verde Miguel Ángel (2005) afirma que “Nadie es criminal de nacimiento, es la sociedad, el principal responsable del crimen, por ello es importante trabajar en la prevención del crimen que en su tratamiento”. Desde el año 1930 y 1950 fue la época donde la psicología jurídica tuvo menos aceptación, sin embargo seguía en las salas de justicia. Garzón (1990) consideraba que las bajas contri- buciones de los psicólogos se debieron a la gama de nuevos campos de trabajo, lo que Loh (1981) lo definió como “psicologismo jurídico”. Los años 50 se caracteriza por la aparición de trabajos y monografías de la psicología legal, Mc Carty y Robinsón (1929) publicaron dos obras, el primero publico psicología para juristas y el segundo anunció alegatos a favor de la utilidad de la psicología para el derecho, en esta época hay una aplicación de la psicología a todos los ámbitos legales como consecuencia al surgimiento de decisiones en los tribunales apoyadas en informes psi- cológicos. En este mismo periodo siguen apareciendo publicaciones sobre aportes importantes a la psicología jurídica ligada a la psicología clínica y social con campos referidos a los trastornos mentales, los tribunales tienen la necesidad de contratar psicólogos calificados como testigos expertos so- bre asuntos criminales. Muñoz Sabaté (1975) menciona que la psicología jurídica presenta varias ramas de estudio, y variedad de aplicaciones en el ambito juridico, juridiccional, psicologico y sobre todo psicopatologico, desarollando un preambulo positivista en el studio del delito. Teixido (1978) se centra en el análisis y descripción de aquellas conductas que traspasan de la individualidad. Garrido (1982) la psicología jurídica resulta de la unión entre la psicología general y criminología d o n d e s e i n t e n t a u t i l i z a r l o s c o n o c i m i e n tos psicologicos para resolver casos legales
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Garzón (1989) la psicología jurídica es una ciencia que trata de descri- bir procesos psicológicos dentro del poder judicial y procesos cognitivos como creencias. El objeto de la psicología jurídica es por lo tanto un objeto ideológico ya que es empírico según Miguel Martínez (1996) y es producto de una no- ción pre científica según Néstor Braunstein (1994). Clemente (1997) considera la psicología jurídica como una aplicación de la psicología social quien se encarga de estudiar el comportamiento de las personas en un grupo y la sociedad donde se desenvuelve. Bachelard define a la psicología jurídica desde el punto de vista epistemológico, debido a que se basa fundamentalmente en la investigación. La psicología jurídica no posee un objeto formal abstracto desde las posiciones teóricas de Braunstein (1994) y Althusser (1997). Soria (1998) define a la psicología jurídica como una aplicación de la psicología social, ya que se basa fundamentalmente en el estudio del com- portamiento de un solo individuo o de grupos, que se guían y se controlan en base al derecho y se regulan en los procesos jurídicos. Carpintero (2006) menciona que la psicología jurídica se establece a través de estas cuatro corrientes: La conceptualización antropológica del delin- cuente y la pena, diferentes características del hombre dentro de la antropología; Frenología, concepto sobre la mente humana que daba un diagnóstico según las características de la personalidad; Medicina legal, considerada como una filosofía especial que estudia las funciones aními- cas del sujeto y el Krausismo, considerado en el país como libre enseñanza donde al sujeto delincuente se lo ve como alguien que puede reformarse con el simple hecho de darle ayuda suficiente. Durante los comienzos históricos durante el años 1885 aparece la Ley de Sanidad Española del cual surgen los llamados “Facultativos Forenses” a través del Decreto Ley de 1891 donde se crea tres aspectos funda- mentales que son: sección de Medicina y Cirugía, Sección de Toxicología y Psicología, sección de Medicina Mental y Antropología.
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Los autores que tuvieron el reconocimiento a nivel mundial por sus grandes aportaciones son Lombroso, Mandsley y Dr. Esquerdo, que realizaron publicaciones de gran importancia, ya que, estas fueron expues- tas a nivel mundial dando gran mención a los criminales que causaban miedo y terror a la sociedad, los cuales fueron los más nombrados en esa época. En la década de los 70 en España aparece un elemento esencial de tra- tamiento y prevención (derivado del ámbito de la psicología penitencia- ria) de esta manera empieza la aparición de la psicología conductista y la psicología del aprendizaje pioneras en abrir un campo de estudio a la psicología jurídica en la cual los psicólogos empiezan sus trabajos en las cárceles en donde comenzaron a promover su labor dentro del ámbito judicial. Además en este mismo periodo, aparece la denominada Escuela de Bar- celona de Psicología Jurídica, que auspicia la publicación del Anuario de Sociología y Psicología Jurídica publicado por el Colegio de Abogados de Barcelona, 1971 crea la Sección de Psicología y Sociología Jurídica, en 1974 el Anuario de Sociología y Psicología Jurídicas, y en 1975 el Instituto del mismo nombre. En la década de los 80 comenzó a surgir investigaciones en la psicología ju- rídica, la cual permitió que existan psicólogos dentro de la administración de justicia y que además exista un gran interés dentro del ámbito universi- tario en la cual el Código Orgánico Penal tuvo una magnifica intervención. Los esfuerzos realizados por la Delegación de Madrid (1985) ayudaron a la realización del Catálogo de Documentos en Psicología Jurídica en 1986, que promovió el estudio más amplio en la psicología jurídica y de todos sus ámbitos. Además en este mismo periodo en 1987 se organizó la Sec ción de Psicología Jurídica, que contó con la participación de profesionales capacitados quienes se encargarían de la difusión de la Psicología Jurídica y de la gran importancia en su estudio como en su aplicación en los ámbi- tos laborales11.
11 Arch & Jarne, 2009
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Las primeras actividades que tuvieron una gran influencia para el desa- rrollo de la Psicología Jurídica se realizaron en el Centro de Estudios y For- mación Especializada del Departamento de Justicia en Cataluña en 1999 y las Segundas Jornadas de estudio de Psicología Jurídica se las realizó conjuntamente con la Universidad de Barcelona en Cataluña en el 2004, buscando de esta manera forjar el progreso y un estudio más amplio so- bre Psicología Jurídica. A partir de los años ochenta debido a la demanda de Psicólogos Jurídicos en la administración de justicia el desarrollo de la especialidad fue espec- tacular y tuvo una integración tanto científico como profesional. La clasificación de la psicología Jurídica no es igual en todos los países y cobra gran importancia en países europeos y de primer nivel mientras que tiene un déficit de importancia en países latinoamericanos, aunque en los últimos años por la nueva demanda en el ámbito judicial esta situación ha cambiado. Sin embargo debemos tener en claro que no podemos confundir las áreas de trabajo de la Psicología Jurídica con otras áreas psicológicas y para eso se debe tener en cuenta las funciones que un Psicólogo Jurídico puede realizar, así tenemos las siguientes aspectos relacionados con los campos de acción involucrados en el mismo tale como Valoración y evaluación psi- cológico estado mental personalidad, conducta comportamiento, valora- ción, el asesoramiento entrenamiento además de selección psicológico al cuerpo legal, jueces, peritos, abogados secretarios de la función judicial, conjuntamente en el diseño de programas e intervención de manera individual y colectivo, mediante procesos investigativos de gran relevancia en donde se desarrollan nuevos proyectos en el ámbito jurídico forense, la implementación de institutos y centros y problemáticas relacionadas. El estudio de la victimología como referente fundamental en el testimonio, así como también de las secuelas psicológicas de las v í c t i m a s en niños jóvenes adolescentes adultos y adultos mayores en situaciones de contra- vención y delito. Trabajando en ámbitos de peritaje y resolución de conflictos psicológico legal, considerando el campo de acción de la siguiente manera:
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Psicología forense, aplicado a los tribunales, litigación oral
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Perfilación criminal
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Evaluación de custodia de niños
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Psicología penitenciaria
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Autopsia psicológica
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Psicología Jurídica y el Menor.
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Psicología Aplicada al Derecho de Familia.
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Psicología Aplicada al Derecho Civil, Laboral y Penal
Varios autores consideran la importancia de la psicología jurídica y forense con la estipulación de una serie de mandatos teóricos que refuerzan el engranaje de dicha ciencia de manera funcional tal es el caso de Ibáñez y Ávila, mencionan que un profesional capacitado y preparado como el psi- cólogo debe intervenir en procesos judiciales ya que es de gran importan- cia para esclarecer los hechos, y además en tal intervención el psicólogo, actuaría como perito para la aclaración del delito12. Münstrberg, se refirió a una perspectiva diferente, proponiendo que para la aclaración de actos delictivos se debería utilizar un Test de Asociación de Palabras, el cual servirá para establecer la culpabilidad o la inocencia de los acusados. En jurídica el derecho tiene una gran importancia ya que este abarca va- rias connotaciones de índole multidimensional, es decir, investiga todas las evidencias desde distintas perspectivas. J. Urra (1993) menciona que la Psicología jurídica forense tiene una importante aplicación en todo lo re- ferente al derecho, justicia y que mediante la psicología se puede obtener información confiable de los actos punibles, para desarrollar si es una acción dolosa culposa, imputabilidad inimputabilidad13. 12 Ibáñez y Ávila 1990 13 J. Urra (1993)
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Dieño: Equipo de investigación
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 1.2 Factores involucrados en el desarrollo del estudio de la conducta humana. Factor Predisponente (Sociología y la Psicologia social) “El hombre es naturalmente bueno, es la sociedad la que le corrompe” Jean Jacques Rousseau Considerar a la psicología jurídica desde varias perspectivas es ahondar en la repercusión teórica y práctica de otras corrientes y enfoques, misma que se ha nutrido de manera Determinante Predisponente Y Facilitador, en el desarrollo de los procesos psicológicos que ha formado y sigue formando el ámbito legal. Cómo explicar una conducta delictiva, desde que perspectiva?, con que corriente o lineamiento teórico? de qué manera? Los factores involucrados en el estudio del psiquismo humano se relacionan con una base genetica cromosomatica, social y en gran medida psicologica, sin dejar aun lado los casos relacionaddos con la conducta homicida que han tenido una base medica, es decir despues de un accidente de transito, un traumatismo craneo encefalico, alguna enfermedad congenita o neoplasia cerebral. Todos los factores determinantes se refieren a la funcionabilidad o disfuncionabilidad del cerebro, aspectos geneticos heredados, o connotaciones disfuncionales a nivel cerebral como una neoplasia que determine una distorcion en la realidad y por lo tanto la determinacion de actos delictivos o cambios significativos de la personalidad, conducta, afectividad, un studio de caso importante es por ejemplo Phineas Gage, Charrles Whitman entre otros. La Sociologia y por lo tanto la sociologia criminal aportan un amplio espectro en el studio de la conducta anormal en acciones delictivas y conductas psicopaticas, a tal punto que la mayor parte de acciones sociales y psicologicas durante la infancia y adolescencia es la proyeccion directa del adulto, los fenomenos sociales, asi como tambien los factores sociologicos que intervienen en su produccion. Fue Enrico Ferri (1856-1920), como el maximo representante de la sociologia criminal, quien considera la importancia del entorno y el desarollo social del individio para considerarlo como proclive a la accion delictiva. En su gran mayoria concuerda con los casos desarollados en el Ecuador, asi por ejemplo Juan fernnado Hermoza conocido con el alias del “niño del terror” durante su infancia fue victim de maltratos y estado de violencia a diario por parte de progenitores, al igual que el caso “Camargo”, “mosntruo de los Andes”, el asesino de los matorrales.
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Por lo tanto es necesario considerar varios enfoques y puntos de vista que son los pilares del ámbito psicológico jurídico forense, partiendo desde la Sociedad desde el grupo, desde el colectivo, involucrado la familia y el aprendizaje social en el ser humano que forman sus pilares. La sociedad agrupa sistemas estables, auto-reguladoras, e integradoras que en su conjunto constituyen una triada, esta traída en ocasiones some- te, juzga o aprisiona, o todo lo contrario; es según la forma como se quiere criar y educar, si dicha crianza es cálida cariñosa, respetuosa y normativa es estable auto- reguladora e integradora, si es un ambiente hostil y agre- sivo no se duda que el sujeto también lo será. El desequilibrio de una de ellas puede desembocar en una hecatombe. La construcción de parámetros conductuales establecidos de manera con- dicionada y no condicionada puede generar un mejor entendimiento de la etiopatogénesis de la conducta criminal, antisocial, sexual del ser hu- mano. El hombre nace libre de cualquier contrariedad libre de hablar de decir de reír, de llorar; el “cachorro humano” es libre, sin embargo esa libertad se cuarta se desequilibra cuando la sociedad lo impone, desde ya impone el nombre, impone como se va a llamar, en qué país vive, y con quien. Esta sociedad en la que la madre y el padre adquieren un papel importante en el aprendizaje vicario responsable de una inadaptación de la normatividad una falta de control de impulsos y la desviación social que se consideraran en estudios de caos en debates científicos y en peri- tajes psicológicos, donde se describe un estudio causal de la sociedad y su relación con la conducta sea este punible o no, la conducta en casos de agresión, de violación, de ultraje o de acting out, y su influencia social e inclusive cultural. Es la Sociología de la desviación, es la ciencia que estudia tal desequilibrio, en especial cuando se traspasa los límites de lo correcto, es el encargado de estudiar lineamientos referentes a la conducta social en especial la involucrada a las acciones delictivas que tienen y tuvieron un proce- so violento agresivo u hostil dependiendo de los casos, entre sus autores esta Enrico Ferri sociólogo italiano quien consideraba la importancia de un estudio de la sociología criminal, esta predisposición del hombre a ser encausado a un ente criminal, es el reflejo de un libre albedrío el sujeto será libre de encaminar su conducta hacia lo que más le satisfaga, el deseo de satisfacer dicha necesidad para el psicoanálisis es el “deseo" manifestán- dose reiteradamente, se observa en violadores seriales, la saciedad en un víctima es escaza, por lo que la compulsión de conseguir nuevas víctimas llega a ser cada vez más necesario.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Muchos de los asesinos en el Ecuador se han demostrado en investiga- ciones, que el factor social, adquiere un papel importante, si la persona es víctima de abuso sexual, la forma de ajusticiamiento inconsciente o la necesidad de saciar esa frustración es el acto sexual de un pedófilo con niños, las relaciones sexuales de su misma edad le es imposible, y ante esta impotencia de hacerlo con adultos y recordando su infancia lo realiza con niños, que en muchos de los casos concuerdan con la edad que fueron víctimas de abuso sexual. De esta manera la víctima se convierte en victimario el rol de sumisión a depredador, por venganza, por satisfacción, por frustración, o para conseguir poder. El poder que para Foucoultd es la herramienta necesaria para emancipar para privar, para hacer justicia por sus propias manos, el poder engrandecerse ante el débil, con el control, sometimiento y la agresión. Si el sistema es inestable los grupos sociales también lo serán, encontrarán en la anarquía y la rebelión una salida, si no se regula democráticamente el sistema se convertirá en dictatorial, si no es integrador contribuirá a la clandestinidad, será una nación desprotegida y cada uno de sus miem- bros serán patológicamente estudiados. Aparecerá la desvinculación de la norma como algo natural, los asesinatos serán considerados como formas de sobrevivir y la muerte el sustento diario, correlacionado con el abuso sexual, fisco, a las víctimas, Desde el enfoque social vamos a considerar los aportes de varios sociólogos y psicólogos sociales que representan en el grupo la identificación de caracteres idóneos para la constitución de seres aparentemente antisociales que se vincularon en una construcción caracterológica típica arraigada según la patología en el trastorno disocial. En los centros de reclusión a menores infractores mediante la entrevista muchos de los adolescentes se representan como sujetos “duros “ma- nipuladores en gran medida y con aires de rebelión. Casos que han sido violentados desde que han tenido uso de razón por sus propios padres conjuntamente con las adicciones y el abuso de las mismas. La sociología como un factor predisponente contribuye al esclarecimiento de varias incógnitas que se suscitan a lo largo de la vida de una persona que ha cometido un hecho determinado, va desde la simple acción de un condicionamiento social de una forma habitual como saludar o sonreír (socialmente aceptado), o el desarrollo delictivo (desfavorable, incontro- lable o perverso) dependiendo de la perspectiva en la que se sitúa el in- vestigador, que tiene un inicio en las primeras instancias de su vida cons- ciente, hasta la relación vincular, afectiva, hostil o agresiva dependiendo del caso.
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Entre los autores relevantes de la psicología jurídica desde la perspectiva social podemos considerar a las figuras de Henri de Saint-Simón, Augus- te Comte, Karl Marx, Herbert Spencer, Émile Durkheim, George Simmel, Ferdinand Tönnies, Vilfredo Pareto, Max Weber, Talcott Parsons, Alfred Schütz, escritores y filósofos que no nos hablan desde el ámbito jurídico pero abre una puerta a las generalidades sociológicas y de esta manera realizar conexiones para nuestro estudio que facilitan la comprensión del accionar delictivo el abuso del poder la violencia en la colectividad. En la perspectiva social, específicamente desde el enfoque sociológico, el ser humano se centra en el desarrollo de teorías que fomentan y ahon- dan en modelos conductuales, y en un aprendizaje social, involucrados en gran medida dentro de la psicología conductual “La conducta que se presenta ante un individuo es un modelo de acción posterior para el que participa de observador y posteriormente de actor” el modelo de acción ratifica la necesidad de un comportamiento construido desde antaño como un modelo vicario, como agentes sociales, más tarde como actores judiciales, legales, protagonistas de un proceso importante que se ha ido formando14. • Teorías de aprendizaje social Todo proceso conductual en la que se refuercen esquemas mentales con- ductas adaptativas o desadaptativas son una manera de refuerzo, que el ser humano ha adquirido y adquiere desde tiempos inmemorables, mediante la observación de diferentes esquemas así como también a tra- vés de símbolos, imágenes, conceptos y representaciones verbales, como agresiones insultos, groserías, malos tratos, violación, humillación. Aquel aprendizaje es asimilado como parte de la vida del sujeto, ocasionando
14 Ovejero Bernal, 2008
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indirectamente una serie de conflictos que a la luz no se puede dilucidar a simple vista, más bien a través de un estudio de la víctima y del agresor desde sus primeras esferas conductuales desde la infancia como uno de los principales factores de conflictos psíquicos y evolución de un padeci- miento, enfermedad psíquica. La agresividad de una persona contra una mujer puede ser aprendida por un niño de apenas 2 años de vida. Para Bandura, las personas aprenden lo que deben y lo que no deben hacer, aprenden un rol social, normativi- dad, los cuales formarán constructos que forjarán la personalidad15. Esta observación implícita en el ser humano se ejecuta en familias desorga- nizadas defectuosas y disfuncionales, padres alcohólicos, padre agresivo, madre maltratadora, maltrato y violación, la misma conducta realizada de manera reiterada y repetitiva hasta cuando crezca, reproduciéndolo en- mascaradamente o de forma directa con compañeros, amigos, mismos familiares y parejas. El comportamiento agresivo de varios entrevistados PPL, en el Centro de Reclusión Social de Ambato, sentenciados por el deli- to de femicidio, relatan durante la entrevista, que durante la infancia vea como su padre agredía físicamente a su madre, en uno de los personas entrevistadas a Carlos NN de 35 años de edad textualmente consideraba “ mi padre le rompió la boca a mi mamá, yo veía todo, inclusive a mí me gol- peaba después”, al considerar si existió o no agresión con la conviviente Carlos NN, afirmaba que durante la etapa de noviazgo agredía física y sexualmente, su amigo violaba repentinamente a su mujer. Ese tipo de conducta típico en personalidades disóciales antisociales y límite puede surgir por un modelamiento inadecuado: tener modelos equivocados o resistir la influencia de los modelos. El aprendizaje por observación puede promoverse tanto por un modelo desviado como por un modelo pro social, y la ausencia de modelos apropiados puede ocasionar deficiencias en la conducta; la persona puede estar simplemente mal equipada para ser un miembro cooperativo de la sociedad. El aprendizaje por observación requiere la capacidad de des- plegar actividad simbólica (sirven como mediadores entre las situaciones, nuestras reacciones y acciones).
15 Bandura (1969)
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• Agresión por Frustración Es evidente que la frustración puede provocar una gran variedad de reac- ciones; por ejemplo, la agresión, la dependencia, el retraimiento, la somatización, la apatía la conducta constructiva respecto a una tarea. Uno de sus principales teóricos Dollard considero que la agresión es la consecuen- cia de la frustración, la agresión para Dollar es lastimar a la otra persona, causando una sensación de apaciguamiento de la frustración. Un punto de vista ampliamente aceptado es el de que la agresión es la reacción natural a la frustración que no necesita aprenderse y que las diferencias individuales en las respuestas a esta son el producto de la historia en las que las reacciones agresivas se han castigado mientras que se han fortalecido progresivamente otros modos de conducta16. • Efectos de Provocación La provocación se refiere al papel de modelo como estímulo incita- dor de la conducta que se imita y que no suele incurrir en castigo. Si se proporcionan modelos adecuados se pueden provocar con facilidad con- ductas apropiadas por la sociedad. Sin embargo, esta facilitación de los modelos para promover conductas sociales aceptables no siempre llevan a este fin, sino que existen modelos sociales dentro de grupos anómalos que provocan conductas anómalas; como ocurre dentro de grupos de de- lincuencia, donde los novatos adquieren habilidades que les hacen adap- tarse a las condiciones que demanda el grupo17. Se relaciona con el entorno social, la relación que existe con un grupo social, la familia en la crianza. Hay teorías que construyen al asesino, cons- truye al pederasta, al violador, Enrique Ferri, apuesta al factor predispo- nente en la ejecución, análisis, investigación de un caso determinado. Sin duda Las influencias sociales moldean el comportamiento: como criaturas sociales que somos, respondemos a nuestros contextos inmediatos. En ciertas ocasiones el poder de una situación social nos conduce a actuar con formas que difieren de nuestras actitudes adoptadas comúnmente,
16 Machicado, 2009 17 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE como por ejemplo, llegar a ser violentos o crueles, como podría ocurrir a un ciudadano común que forma parte de una fuerza beligerante en un conflicto étnico (Muchos nos hemos irritado mirando como una adoles- cente ecuatoriana fue atacada salvajemente por un español y quizá he- mos pensado que de estar presentes en aquel metro hubiéramos golpea- do sin piedad al agresor). Hay otras situaciones catastróficas que a los más indiferentes los torna aunque sea por momentos, generosos y solidarios. Existen situaciones sociales que están definidas por la cultura (gusto esté- tico por la figura femenina; la justicia social como igualdad o como equi- dad; el individualismo o el colectivismo, etc.) en fin, nuestras actitudes y comportamientos están moldeados por fuerzas sociales externas.
1.3 Factor determinante y el positivismo científico en la conducta humana ¿Qué nos determina o que determina una conducta humana?, se ha ha- blado que existe un factor predisponente en donde la sociedad y el am- biente influye en la conducta, el factor determinante es toda actividad que hace que ejecutemos una acción o seamos el proceso de una reacción conductual, con estímulos y respuestas a nivel cerebral, su ejecución es de gran importancia para todas las reacciones volitivas y conscientes en estado de vigilia y de inconsciencia. Uno de los casos que ha tenido im- pacto en el Ecuador en la ciudad de Quito Nelson Byron Rugel Leon, fue conocido como el desdentado del Pichincha , quien abusaba sexualmente de sus víctimas, en el ámbito criminológico se ha estudiado el caso desde la concepción predisponente social, sin embargo mediante estudios positivistas y científicos se demostró que al trabajar en el ámbito de la albañilería se cayó, provocándole trauma cráneo encefálico de gravedad que cambió radicalmente su conducta. Similar al caso de impacto neuropsicológico denominado Phineas Gage. El factor determinante está relacionado con la función del cerebro, su disfunción puede implicar un daño, alteración, lesión. Lombroso partía de este ámbito para estipular culpabilidad o i n o c e n c i a . Adquiere un papel importante las causas biológicas, hereditario, condiciones genéticas, traumas, lesiones, sufrimiento fetal congénito, daño cerebral, etc. El determinismo considera que las acciones tienen una base sustentable y objetiva, desde la perspectiva psicológica y sobre todo orgánica está fundamentado a nivel del sistema nervioso y las funciones cerebrales en congruencia con factores genéticos y biológicos de cada especie.
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Para determinar un hecho es necesario consolidarse con herramientas e instrumentos que convaliden tales aseveraciones. No confundamos al mo- mento de interpretar, diagnosticar o tratar un padecimiento o un conflicto determinado si no está constituido con baterías de test, el estudio mul- tidisciplinario, instrumentos de medición DSM-VI, CIE-10, y la comunidad científica que lo compete18 • Genético El factor genético se refiere a lo que traemos de nacimiento, es decir a lo que es innato y no se puede cambiar. Ejemplos son: el color de tu cabello, ojos, piel; incluso las enfermedades crónicas que alguien tiene en su vida (diabetes, cáncer, hipertensión, migraña), esto se debe a que están pro- gramado en nuestros genes.19 • Proceso de maduración Cerebral La maduración cerebral se describe como el incremento de las arboriza- ciones dendríticas como el cambio cortical más importante asociado a la adquisición de funciones cognoscitivas complejas (formación de concep- tos). Se asocia a la maduración del hemisferio derecho con la conducta emocional y a la maduración del hemisferio izquierdo con el lenguaje. La maduración d e las áreas prefrontales se correlaciona con las funciones ejecutivas. • Alteraciones en conducta por Hiperactividad Orgánica Rachel Gittelman sostiene que varones hiperactivos muestran una ten- dencia alta de riesgo a entrar en conducta antisocial en la adolescencia. Esta tendencia es cuatro veces mayor a la de jóvenes que no son hiperac- tivos, y parecen tener historiales de más incidentes de arrestos, robos en la escuela, expulsión, felonías, etc., 25% de los participantes en el estudio habían sido institucionalizados por conducta antisocial.
18 Vásquez, 2005 19 Soria, 2005
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• Daño Cerebral Estudios demuestran que daños cerebrales son la regla entre asesi- nos y no la excepción. Pamela Blake estudió 31 asesinos con ayuda de la tecnología médica de los EEG’s, MIR’s y CT SCANS y con pruebas psico neurológicas. Estos habían sido acusados d e s er mi emb ro s d e gangas o violadores, rateros, asesinos seriales, asesinos en masa, y dos ha- bían asesinado hijos. En 20 de estos casos se pudo establecer diagnósticos neurológicos claros, cinco casos demostraron efectos de síndrome fetal alcohólico, nueve casos mostraron retardo mental, un caso tenía perlesía cerebral, un caso tenía hipotiroidismo, un caso tenía psicosis leve, un caso tenía microadenoma en la pituitaria con acromegalia y retardo mental fronterizo, otro tenía hidrocefalia, tres mostraron epilepsia, tres lesio- nes cerebrales y dos demencias inducidas por alcohol. Algunos mostra- ron combinaciones, 64.5% mostraron anormalidades en el lóbulo frontal y 29% parecían tener defectos en lóbulo temporal, 19 sujetos mostraron atrofia o cambios en la materia blanca del cerebro, el 83.8% de los sujetos mostraron abuso en sus infancias, y 32.3% habían sido abusados sexual- mente.20 • Intoxicaciones y Contaminación Ambiental Es de reciente interés el estudio del efecto de diversas fuentes de toxici- dad sobre la humanidad. Un estudio formal sobre el efecto del plomo in- dica que produce alteraciones en la conducta favoreciendo la violencia y la conducta antisocial. En este estudio, Herbert Needleman estudió 212 va- rones de una escuela pública en Pittsburg, entre las edades de 7-11 años, fueron evaluados en cuanto a la concentración de plomo en sus huesos mediante pruebas de rayos X fluorescentes. El plomo es acumulado a tra- vés de los años por diversas fuentes que incluyen la exposición a pinturas, y se observó que con el pasar de los años, según aumentaba la cantidad acumulada de plomo aumentaban los reportes de agresividad, delincuen- cia, quejas somáticas, depresión, ansiedad, problemas sociales, déficit de atención entre otras. Aunque los autores creen que hay factores del ambiente social que contribuyen a estas conductas, enfatizan en la im- portancia de prevenir la toxicidad cerebral por plomo.21
20 Carrasco & Maza, 2005 21 Cicero, 1994
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Diversos estudios confirman que la presencia de trastornos de salud men- tal incrementa la conducta violenta y antisocial. Estudios en Dinamarca identificaron en 324,401 personas que tenían historial de hospitalizacio- nes psiquiátricas poseían más probabilidad de ser convictos por ofensas criminales (tanto en hombres como en mujeres) en una proporción de 3-11 veces más que aquellos que no tenían historial psiquiátrico. La es- quizofrenia, específicamente, aumenta la probabilidad en 8% en hombres y en 6.5 en mujeres. El desorden de personalidad antisocial aumenta la probabilidad en 10% en hombres y 50 en mujeres de conducta homi- cida. Estudios en EU demuestran que el 80% de los convictos cumpliendo cárcel tienen historial psiquiátrico, con historial de abuso de sustancias y conducta antisocial dependiente. La función del cerebro, la funcionabilidad y la disfuncionalidad de la mis- ma, relacionada con conductas delictivas, agresión , agresividad y todos los procesos psíquicos mentados relacionados con la voluntad y conscien- cia de la misma. Es de esta manera en la que podemos considerar las cau- sas y las consecuencias los factores orgánicos implícitos en la conducta y comportamiento Importante: Muchas veces no vemos o no estamos conscientes del sistema que tenemos enfrente en ese momento: más preocupados por las relaciones lineales locales que constituyen la situación particular estudiada, perde- mos de vista las coherencias estructurales del sistema al que pertenece. Generalmente damos importancia a ámbitos pragmáticos, y paradigmá- ticos que ha generado insipientes y pocas referencias científicas y posi- tivistas, en arraigadas en gran medida por un “condicionamiento social y cultural”. Debemos considerar que existe un sistema que determina las nuevas concepciones. Para entender la definición de un sistema y la com- prensión del flujo de su operación como una totalidad requieren de un observador consciente de que los sistemas existen en tres rangos opera- cionales sin intersecciones. Para comprender un sistema deben, por lo tanto: 1. Observarlo como una totalidad en su rango de existencia como totaLidad en el individuo.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 2.Observarlo como una entidad compuesta, distinguiendo los componentes que lo conforman a manera de red de procesos interconec- tados. 3. Observar una relación generativa no causal entre estos dos ran- gos, que da origen al sistema como totalidad en el contexto más amplio donde existe en esa forma. 4. Una red de procesos formada por elementos que interactúan entre sí mismos, bajo cuyas interacciones y relaciones favorecidas se establece un límite operacional que los separa, como un todo, de otros elementos con los que tal vez también interactúen como sistema. 5. Dicho esto, se entiende que un sistema es una totalidad y opera como una. Los elementos que en un instante dado participen en la red de procesos que constituyen el sistema en ese mismo instante son sus componentes. 6. Una célula, una familia, un partido político, un organismo, una fábrica o un país, sólo existirán mientras las relaciones dinámicas externas e internas que los constituyen, y forman en cada uno de ellos sus extensiones particulares para que se conserven a lo largo de su operación. 7. Para el observador, los sistemas siempre parecen surgir del caos o de la nada, aunque después pueda imaginar un mecanismo o proceso generativo a fin de explicar su origen. Sucede de esta manera ya que los procesos que dan origen a un sistema y los procesos en los que participa el sistema como totalidad, en cuanto es constituido, ocurren en rangos operacionales distintos y, forzosamente, sin intersecciones. Los límites de un sistema son operacionales y surgen como queda explicado. De manera similar, como se ha dicho, también los componentes de un sistema son operacionales; un elemento dado se convierte en componente del sis tema tan sólo en cuanto participe de su estructura y dejará de serlo cuando cambie esta circunstancia.
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1.4 Procesos relacionados con la Ley, Norma, Normali- dad Anormalidad) y su representación funcional en el ámbito psicológico y legal. Ley del latín lex- legi corresponde una entidad universal, un proceso glo- bal, se rige de acuerdo a una constitución, la ley natural es una deno- minación que se ejecuta de acuerdo a un orden y armonía, depende de las disposiciones naturales. Una ley es Universal que se fortalece con la creación de códigos, y una norma es particular, una ley se determina en cada nación, y la norma se ejecuta de acuerdo a principios. Ejemplo: Ley Orgánica de Educación Superior, es una ley; no escupir o saludar es una norma. Si se transgrede aparece el delito del latín delinquiere (abandonar el camino correcto, adecuado) y a través de ello surge el castigo, que viene siendo la forma más ideal para rehabilitar, y frenar la conducta “anormal”. Si el niño a temprana edad no diferencia entre norma, principio o regla, es seguro que no podrá asumir y generar responsabilidad al cumplir una ley cuando crezca entonces aparece la personalidad antisocial; cuya denomi- nación importante es trasgredir lo estipulado.22
1.4.1 Normalidad y Anormalidad ¿Quién estipula una norma? ¿Quién tiene la capacidad moral y ética para hacerlo? Son sin duda algunas de las características que los psicólogos consideran a cada momento y son necesarias para desarrollar un diagnós- tico diferencial definitivo. Al generar un criterio arbitrario corremos el riesgo de errar y en el peor de los casos de desarrollar un terrorismo psicológico que atenta contra la integridad del paciente-cliente. Desde una mirada social, la normalidad depende de acuerdo a las instancias normativas que rigen la sociedad, una cultura, un grupo. La “Anorma-
22 Vásquez, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE lidad y Normalidad” se consideran como conceptos subjetivos que dan a conocer en ocasiones conceptos empíricos. Estas dos características no están establecidas por la sociedad o el ambiente que lo circunda. Es por eso que lo normal en nuestro país puede ser considerado anormal en otro, así por ejemplo: una persona vestida en una playa nudista es considerada como anormal, en países nórdicos, en cambio una persona desnuda en una playa del Ecuador es considerada como anormal.23 Por tal motivo debemos considerar que la normalidad y la anormalidad lo establecen la comunidad científica y los instrumentos de medición entre ellos el DSM-V y el CIE-10. Tipos de Normalidad Normalidad Convencional: • • •
Decretada por las leyes, y por las costumbres Preceptos éticos. Es empírico
Normalidad Funcional: • •
Lo que funciona bien es normal, ámbito medico Cuestiones concretas y orgánico funcional.
Normalidad como Salud: • Ausencia de síntomas y signos. Normalidad Subjetiva • Valoración del propio individuo sobre su salud. • Anormalidad: Anomalía, procede del vocablo griego “irregular”. Producido por el funcionamiento patológico de alguna parte del organis- mo sea estructural o funcional del cerebro. Confundida generalmente con los siguientes términos:
23 ( Soria, 2005 )
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• • • • • •
Disfunción.- Sinónimo de inmadurez Trastorno.- Alteración del Sistema Nervioso Anormalidad como presencia de lesión: Asociado con lesión cerebral determinada. Disfunción áreas cerebrales. Anormalidad conductual.
La conducta anormal, se considera de acuerdo a diferentes parámetros amparados en instrumentos entre ellos el conocimiento previo de la in- formación recurrente a la temática, iniciando desde un estudio funcional, neuroanatómico y psicológico del cerebro. La enfermedad mental, actúa en la sociedad de tal manera que se llega a excluir y formar parte externa de la sociedad, tachándolos como una ano- malía, un ejemplo de ello fue el Genocidio Nazi y sobre todo la aparición de la Eugenesia, postulando la idea de purificación racial, y la prevalencia de un grupo social ario, sin complicación física, mental o anomalía exis- tente.24
1.5 Contrato y Control Social: Estructuración de acciones punibles y no punibles Desde tiempos inmemorables los filósofos llamaron a estos acuerdos “contrato social”. No obstante, en todo grupo social y en toda época his- tórica hemos confrontado la realidad de individuos que han mostrado serias dificultades de ajuste, acatamiento o adaptación a las reglas; o sea, que alguna forma de violación o crimen, siempre ha estado presente. Al- gunas formas de no-acatamiento no son necesariamente crímenes, sino el embrión de cambios sociales necesarios ante la insuficiencia del sistema prevaleciente en un momento dado. Por tanto, preferimos enfocarnos en el crimen cuando representa peligro hacia los demás, y no persigue como objetivo favorecer o crear condiciones para cambios sociales al colectivo, sino resolver problemáticas, necesidades o intereses individuales. Algunas teorías sociológicas establecen las causas de la criminalidad en diversos procesos o factores de la estructura social.25
24 Carrasco & Maza, 2005 25 Vásquez, 2005
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La sociedad se rige de acuerdo a varios lineamientos en los cuales se en- cuentran atribuidas diferentes funciones para cada actor social, estas funciones para los sociólogos y psicólogos lo denominan Rol. Un rol es un papel que cumple cada ser humano, por ejemplo el rol de padre, rol de hermano, rol de juez, el rol del psicólogo, etc. Se forma un contrato social, que se determina en función de la educación, de la observación, de la cultura. Sin embrago el contrato social llega a desequilibrarse a manera de crisis. Para entenderlo es necesario tomar un ejemplo que ocurrió ya hace varios años en el Ecuador, conocido como el 30-S. La sublevación de la policía (sin el afán de mal interpretar los hechos, tomo en consideración a modo de ejemplo), primero es necesario conocer la función del Policía, como agente que guarda y cuida el orden público, ante la prevalencia de delitos y algunas trasgresiones, sin embargo aquel día, el contrato social del policía se rompió, su comportamiento de salvaguardar el orden muto en camuflarse, lanzar piedras y ocupar las armas para agredir. La posición de la ciudadanía cambio al verse sin la “protección”, acudían a sabotear, robar almacenes, los electrodomésticos eran robados a la vista de todos. Todo contrato se considera una forma de alianza con la sociedad, una for- ma de posesionar y tener un lineamiento en los procesos involucrados en la ley y el delito. Lo lógico sería que la ley sea acaparada y respetada, pero en el ámbito jurídico no existe lógica sobre todo cuando los actores judiciales están al borde, al límite de no cumplirlo por situaciones adver- sas al psiquismo humano, esto implica la relación entre el actor social y la función que ejerce. Uno de los objetivos de la psicología jurídica es considerar a los actors del delito y su relación en el ámbito del Derecho, la Ley y la Justicia, reconocida por instituciones y organizaciones de nivel nacional e interna- cional de Psicología Jurídica y/o Forense26. El poder Ejecutivo sin duda alguna es quien ejerce jurisdicción, es un “ente que regula” y es el poder Legislativo quien estable las leyes; el delito apa- rece como la trasgresión que implica una falta, una desobediencia al ré- gimen ejecutivo, legislativo, y judicial.
26 Martínez, 2015
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Kardiner (psiquiatra, antropólogo, psicoanalista) considera que el indi- viduo es un instrumento de la sociedad que juega un papel importante, como un actor que construye y destruye los postulados normativos y las leyes establecidas. Sin embargo, según nuevas perspectivas el individuo no es un instrumento, peor aún una herramienta. Es la sociedad quien lo construye quien lo predispone. Es necesario considerar la importancia de cada uno de los “actores”, en el ámbito jurídico para poder entender la Piscología del delito como tal. • Actores sociales Todo aquel que realiza una actividad en pro y en beneficio personal, académico, cultural, ancestral, educativo, etc. • Actores judiciales Todos formamos parte de un sistema judicial, sin embargo existen perso- nas que se especializan en la rama del ámbito judicial como son: jueces, fiscales, secretarios judiciales y abogados. • Actores del delito Quienes no cumplieron la ley, y están bajo la sospecha de ser procesados. El control social se establece según en la forma de controlar a la sociedad mediante la institucionalidad de la patología, malestar y de- terioro mental. La institucionalidad de las personas de la tercera edad, enfermedad mental y enajenación, sin embargo el control social se esta- blece en áreas de la criminalidad en las cárceles, centros de reclusión que controlan los procesos delictivos por causas diferentes, la institucional de forma de pentágono siempre está estructurado arquitectónicamente don- de hay un centro quien lo ve y maneja todo, como una especie de custodio. Por esta razón el control y el contrato social va de la mano de manera intrínseca.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 1.6 Deontología y Código Orgánico Integral Penal en Psicología Jurídica, postulados éticos en la profe- sión Ciencia encargada del estudio del deber, y el cumplimiento de la misma, sobre todo la función reguladora que implica una profesión en el marco de una Constitución Política y del Estado, los lineamientos en cada colegio de Psicólogos y Juristas respectivamente en gran medida depende de situa- ciones normativas que rige a cada sujeto, quien con su propio juicio sabrá discernir el camino correcto. La mejor manera de adentrarnos en la ciencia deontológica es de acuerdo a la psicología jurídica y a todo el marco de la ley, la misma que contribuirá con sus conocimientos al esclarecimiento de los artículos y parámetros que rigen una situación, desde la creación de una historia clínica, informe pericial, el desarrollo de un informe forense, psicológico, así como los principales lineamientos referentes al asesoramiento.27 La trasgresión deontológica se establece de diferente manera, desde la forma y desde el fondo en la ejecución de la práctica pericial considerando como característica de gran relevancia la imparcialidad, sobre todo y fundamentalmente en la custodia de la información, redacción inadecua- da de los informes, el psicólogo y víctima de la patología del psicólogo, y el paciente víctima de la patología del psicólogo, peritajes de parte, du- plicidad, intrusismo protegido. Como es el caso de mala fe procesal en casos de abogados que engañan, mientes, según el COIP en el ART. 3.30 considera los deberes y atribuciones s de abogados, igual ocurre con el fraude procesal en casos civiles y profesionales, cuando se da la evasión de la responsabilidad. Por ejemplo el criminal que después de una acción delictiva limpia todas las evidencias después de un asesinato. Un delito que es común observar es el Delito Flagrante que puede estar en la tentativa un perito o un profesional de justicia y de la salud al considerar los casos de manera lucrativa y económica. Muchas veces desarrolladas de manera impune situaciones de corrupción y moralidad. El perito puede ser procesado legalmente, puede inclusive llegar a instancias legales.
27 Soria, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 1.7 El proceso legal, enmarcado en la Psicologia según el grado de culpabilidad y responsabilidad de una ac- ción delictiva (Imputabilidad- Inimputabilidad-semi- imputabilidad) Imputar: (atribuir un delito), la inimputabilidad constituye en gran medi- da a una base psicológica más que jurídica, su objetividad implica proce- sos psíquicos al momento de cometer un delito, que se relacionan con el estado de consciencia, voluntad, conciencia del acto, conciencia cognitiva. La responsabilidad penal suele ser motivo de diferentes cuestionamientos en el ámbito jurídico. En la audiencia, el perito y el propio juez tienen que construir todo el perfil, acoplándolo a la realidad del hecho delictivo. Para considerar que el sujeto es inimputable se debe determinar de acuer- do a un lineamiento que va desde lo biológico- psicológico y la relación de las dos que está determinada por la relación simbiótica entre ellos, sin descartar lo jurídico. Es atenuante (disminuye la responsabilidad criminal pero no la anulan to- talmente), cuando las circunstancias de un delito son accidentales, la mis- ma que incide en la culpabilidad de un hecho, el accidente implica estar en el lugar y tiempo inadecuado. Se considera eximente, cuando se libera de la responsabilidad, obligación o culpa criminal. Y agravante cuando las acciones realizadas agravan la situación del delito. A lo largo de la historia imputabilidad e inimputabilidad fueron conside- radas desde diferentes perspectivas, la primera relacionada con una en- tidad netamente empírica en donde el sujeto que cometía un delito era sentenciado de manera poco usual dependiendo de la connotación del mismo, construido por factores relacionados con el acto doloso o culpo- so dependiendo del cometimiento del acto. Han sido diferentes escuelas las que se han interesado en la misma, la primera en relación a la escuela clásica, donde se dictaminaba según el libre albedrío de una forma causal entre los actores del delito de una manera subjetiva y en gran medida empírica, sin el previo análisis o el estudio criminológico o psicológico.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE La escuela positivista aborda una perspectiva según Ferri donde construye una entidad más regulada y estandarizada, es a partir de 1878 y median- te su tesis doctoral donde propone una connotación más científica de la realidad. 28 La finalidad de la legislación ha sido la de determinar la imputabilidad des- de las ciencias naturales. En cierta manera se han incluido una directriz valorativa y se define a la imputabilidad como una cuestión a defi- nir normativamente. Sin embargo, se ha pretendido dar una importancia relevante a las ciencias naturales por lo que debemos desarrollar breve- mente concepciones sobre la imputabilidad para lo cual la medicina fo- rense nos va a facilitar estas concepciones, por ejemplo el catedrático Dr. Eduardo Vargas que considera lo señalado por el maestro español Gisbert Calabuig: “La imputabilidad es un concepto jurídico de base psicológica”29 Partiendo de este concepto sobre culpabilidad y responsabilidad, también adoptamos lo enunciado por el maestro argentino Terán Lomas que: “en la imputación jurídica delictiva deben sucederse en orden lógico la imputabilidad, la culpabilidad y la responsabilidad”, para de esta mane- ra llegar a la actual estructuración médico forense que la “imputabilidad es la capacidad de culpabilidad y requiere del sujeto la condición biologica, como la edad y la comprensión de la criminalidad de sus actos o capacidad de dirigir sus acciones”, después se han desarrollado otras defi- niciones referentes a la culpabilidad como el vínculo específico del sujeto con un determinado acto y la responsabilidad correspondiéndola a la punibilidad. “El sujeto no sólo es responsable cuando es culpable de una acción típicamente antijurídica, sino también cuando es punible”. La im- putabilidad es el supuesto que se presenta de manera subjetiva de la culpabilidad, mientras la antijuridicidad es el supuesto de lo objetivo. Al tomar estas referencias sabemos que sobre la génesis de la culpabilidad hay tres concepciones: la psicológica, normativa y finalista. Interesándose la medicina forense en la concepción psicológica de la cul- pabilidad que tiene sus orígenes en el pensamiento de Carrara. Para el maestro italiano la culpabilidad es la fuerza moral subjetiva del delito, esta fuerza resulta del concurso de cuatro requisitos: conocimiento de la ley,
28 Martínez, 2015 29 Carrasco & Maza, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE previsión de los efectos, libertad de elegir y la voluntad de obrar. Tenemos que el conocimiento de la ley y la previsión de los efectos conforman el “concurso de la inteligencia”, la libertad de elegir y la voluntad de obrar constituyen la fórmula “concurso de voluntad”. Cabe recalcar que la intención para realizar una acción tiene su origen en la conciencia y en la voluntad. Carrara define la intención como “un esfuerzo de la voluntad hacia el delito”. Estos dos factores parten de unas bases psico-biológicas de la imputabi- lidad, por lo cual el perito médico debe enfocarse de manera única a las alteraciones de origen mental que afecten dichos factores psicológicos En la actualidad dicha tendencia es puesta a una revisión minuciosa por parte de dos concepciones diferentes. La primera parte desde el contenido de la fórmula utilizada, y la otra tiene su génesis en relación a la fórmula misma. La imputabilidad implica que un sujeto esta en las condiciones de enten- der su manera de actuar y que estas acciones están en contra de los in- tereses de quienes le rodean. Entonces, si el individuo carece de dicha comprensión de sus acciones, resulta ser inimputable, por lo que ante la ley no puede hacerse responsable del daño causado. Una de las bases para decretar que una persona es inimputable es debido a la presencia de trastornos psicológicos o por una falta de madurez como un déficit de inteligencia. Por lo tanto, la inimputabilidad es un término el cual se vincula a una condición de inimputable, una persona inimputable al no ser consciente de sus acciones no solo se exime de su responsabilidad penal, sino que tam- poco ante la ley puede ser declarado culpable por sus acciones ya que el mismo no se encuentra en condiciones de entender su accionar o las repercusiones que acarrea la misma. Por ejemplo: “El juez decretó la inimputabilidad del acusado después de recibir el resultado de las pericias psicológicas”, “El abogado del asesino busca conseguir que se declare la inimputabilidad de su defendido”, la inimputabilidad no se aplicaría en este caso, debido a que el sujeto que realizó la acción es consciente de su proceder. Un claro ejemplo puede ser el caso de un hombre, el cual es diagnosticado de esquizofrenia, y este debido a su condición patológica agrede a otro
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE y en el encuentro este le causa una lesión a nivel cerebral. Entonces al ha- cer el estudio del caso el juez comprueba que es una persona inimputable debido a su condición y estará exento de los cargos. Pero también el juez emitirá una orden que el acusado siga un tratamiento médico debido ya que es considerado una persona peligrosa para la sociedad30
1.7.1 Culpabilidad La Culpa es la “Producción de un resultado típico y antijurídico, previsible y evitable, a consecuencia de haber desatendido un deber de cuidado que le era exigible.” Según el Departamento de Justicia Ecuatoriano, las características de la culpa son la ausencia de dolo y la infracción de una tarea de cuidado. • La escuela clásica (Carrara 1850) menciona que “la culpa es la violación de las leyes del deber de prever”. Actualmente es la teoría que tiene mayor aceptación. • La escuela positiva, refiere que la culpa “radica en la responsabilidad social del individuo”. • La teoría psicoanalítica dice que la culpa es “el querer inconsciente”. Por ejemplo madre que a p l a s t ó a s u b e b é durante el s u e ñ o , inconscientemente quería matarlo. La culpa consciente (o con representación) es aquella en la cual su resul- tado se da de manera prevista pero sin embargo no es deseada por el individuo activo. La culpa inconsciente (o sin representación) es aquella en la cual su re- sultado no ha sido previsto ni tampoco ha sido querido. Un claro ejemplo puede ser el de un sujeto que fuma en una gasolinera y al botar el cigarri- llo provoca un incendio También la culpa se puede distinguir debido a su intensidad, y entre estas tenemos: • La culpa alta es aquella en la cual el resultado de tipo dañoso, 30. Valdivieso, 2010
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE puede haberse dado de una manera prevista por cualquier sujeto, es decir por una persona en general. • La culpa leve es aquella en la cual es resultado de un sujeto diligente.La culpa levísima se presenta cuando el resultado pudo ser previsto por un individuo diligentísimo. Está relacionado con el caso fortuito31 Lombroso lo califica como “Actúa culposamente quien no observa el cui- dado a que está obligado conforme a las circunstancias y sus condiciones personales y, por ello: No toma consciencia de que realiza el tipo penal y Tiene como posible la realización del tipo penal y, no obstante esta previ- sión, lo realiza en la confianza de que evitará el resultado” No Hay Pena Sin Culpa, cuando se realiza un delito de manera preterin- tencional no existe la presencia de un vínculo psicológico. El Código penal Ecuatoriano tiene la finalidad de castigar la culpabilidad del delito mas no su resultado. Como excepción se penaliza, si como resultado del delito acontece uno de mayor gravedad y si también hubiese obrado se forma culposa. Al hablar de culpabilidad la podemos definir como la situación en que se encuentra una persona imputable y responsable, la cual que pudiendo haber evitado dicho hecho ha decidido no hacerlo, y que debido a esto el juez lo decretara como merecedor de una pena. Es decir, que es una relación de tipo causal de manera ética y psicológica entre un individuo y su conducta. Al entender esta definición partimos de que la culpabilidad tiene dos for- mas: el dolo y la culpa. Estas formas tienen como fundamento principal la voluntad del sujeto activo, para diferenciar un poco entre estas formas tenemos que separarlas, ya que el dolo está relacionado con la intencio- nalidad del sujeto, mientras que la culpa está en directa relación con la negligencia, al no estar presente la intención o la negligencia no puede existir la culpabilidad, ya que estas es uno de los elementos del delito.32 Para entender de una mejor manera pondremos estos ejemplos:
31 Martínez, 2015 32 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • Asesinar a un sujeto con un disparo de arma de fuego • Atropellar a un peatón y causarle la muerte • Un knock out mortal en el boxeo En la primera situación se está actuando con conocimiento y voluntad, por lo que está relacionada con la intención, es decir la conducta es dolosa. En la segunda situación se da una acción basada en una imprudencia, por lo que la conducta del sujeto es culposa. Y en el tercer caso el motivo no está bajo el control del autor, entonces las acción está basada en un caso fortuito. Por estos motivos es que la cul- pabilidad es una situación. A pesar de que en las tres circunstancias una persona mato a otra no pueden ser juzgadas de la misma manera ya que existe una gran diferencia en cada uno. Para determinar la existencia de la culpabilidad deben estar presentes los siguientes elementos: • Imputabilidad • Dolo o culpa (formas de culpabilidad) • La exigibilidad de una conducta adecuada a la prohibición o imperatividad de la norma. Al determinar que alguno de estos presupuestos no están presentes, el autor del delito no actúa de manera culpable, y por consecuencia quedara exento de responsabilidad criminal. 33
1.7.2 Responsabilidad Un deber u obligación se presentan como la comprensión que tiene una persona acerca de los estatutos de su sociedad, del rol que cumple en el progreso social, y de su actividad y participación conscientes en dichos asuntos.
33 Pérez, 2007
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Partiendo de esto podemos decir que la responsabilidad se manifiesta como un singular regulador de las conductas morales y políticas que se manifiestan en el presente y en el futuro. En síntesis, la responsabilidad es el cumplimiento de un individuo de las consecuencias que no son favorables de sus actos, estas conductas aca- rrea en cierta manera privaciones que ocasionaran en el sujeto reaccio- nes negativas de su estado. Al enfocarnos en responsabilidad como pena se tiene presente una perspectiva retrospectiva de la responsabilidad, en otras palabras asumir los cargos por las acciones efectuadas en el pasado. La responsabilidad jurídica está basada en el cumplimiento de las sanciones emitidas por el juez. En este caso además se agrega a la conde- na el sufrimiento del individuo por otras privaciones adicionales como la libertad, una multa, reparación por el daño causado, o remisión del per- miso de conducir. Las sanciones emitidas por el juez se efectuaran en el proceso y como resultado de la implementación de los organismos estatales, encargados de la investigación de los factores de un acto injusto, su solución y la aplicación de la resoluciónaprobada. Por su contenido la responsabilidad jurídica es netamente la simbiosis estatal para que lleguen a efectuarse todas las disposiciones de derecho, por su forma puede asumir el aspecto del cumplimiento voluntario de las obligaciones ligadas con la rehabilitación del derecho violado, reparación del daño causado por el infractor.34
1.7.3 Acción Dolosa – Acción Culposa Dolo la expresión que reivindica dolor o daño ante una relación subje- tiva entre el autor y el delito, se abordara el aspecto intelectual, volitivo, necesario para que el daño sea consciente o sea producto de alguna alteración psíquica relevante al momento de cometer un acto delictivo. 34 Carrasco & Maza, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Por ello es necesario considerar las clases de dolo: • Dolo directo de primer grado: El autor persigue la realización del delito, es decir, el resultado típico es el fin que se proponía el autor • Dolo directo de segundo grado: El autor no persigue la realiza- ción del tipo delictivo en cuestión, pero su ejecución es una consecuencia necesaria de la conducta típica que el autor toma la decisión de realizar, la finalidad que guía al autor es distinta a la realización de un determinado tipo delictivo, pero él sabe que la ejecución del mismo es una consecuen- cia absolutamente necesaria de su conducta. • Dolo eventual: Es la modalidad más compleja de dolo, el au- tor no persigue la realización del tipo delictivo, ni percibe su consecución como consecuencia necesaria derivada de la realización de la conduc- ta típica, sino como una consecuencia probable o meramente posible (eventual). Todas las modalidades de dolo reciben exactamente el mismo tipo de sanción penal, sin embargo, si calificamos un hecho como imprudente, la sanción que recibe es siempre inferior a la dolosa.35
1.7.4 Eximentes – Atenuantes- Agravantes en relación a la responsabilidad penal. Eximente es todo aquello que exime de una obligación o de una culpa, es decir que libera de una responsabilidad criminal, por ejemplo; por miedo insuperable o un trastorno mental como esquizofrenia, patología mental que exima las capacidades mentales debido a intoxicación. • El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. El trastorno mental transitorio no eximirá de pena cuando hubiese sido provocado por el sujeto con el propósito de cometer el delito o hubiera previsto o debido prever su comisión.
35 Soria, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • Estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. • Alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la Infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad. • Agresión ilegítima en caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito o falta y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminente. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas. • En estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesión de un bien jurídico de otra persona o cuando infrinja un deber. Atenuante: las leyes penales señalan algunas causas que disminuyen la responsabilidad criminal, pero no la anulan totalmente: la embriaguez no habitual, la de ser el culpable menor de dieciocho años, la de no haber tenido el delincuente intención de causar un mal de tanta gravedad como el que produjo, la de obrar por estímulos o motivos morales altruistas o patrióticos de notoria importancia, etc. Son también circunstancias atenuantes, la reparación en lo posible o impulsos de arrepentimiento espontáneo de los efectos o consecuencias del delito, dar satisfacción al ofendido o bien confesar a las autoridades la infracción.36 Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales de la Asociación Americana de Psiquiatría DSM V. Son circunstancias atenuantes: • La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2 del artículo anterior.
36 Vásquez, 2005
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• La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante. • La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedi- miento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral. • La dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa. Cualquier otra circunstancia de análoga significación que las anteriores37 Agravante: dentro del Derecho Penal, aquel delito que presenta o reve- la una mayor carga de culpabilidad o perversidad. La primera de ellas es la premeditación, porque el acto premeditado, preconcebido y calculado contiene una mayor cantidad de voluntad criminal y una mayor dosis de li- bertad. El que premedita, por la frialdad y calma con que prepara el delito revela gran peligrosidad. Son circunstancias agravantes: • Ejecutar el hecho con alevosía. Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido. • Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente. • Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o promesa. • Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, la enfermedad que padezca o su discapacidad.
37 . American Psychiatric Association,
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • • • •
Obrar con abuso de confianza. Prevalerse del carácter público que tenga el culpable. Empleo de astucia, fraude, abuso de superioridad, nocturnidad Ser reincidente.
Hay reincidencia cuando, al delinquir, el culpable haya sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo Título de este Código, siempre que sea de la misma naturaleza. A los efectos de este número no se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo. En el desarrollo del delito es preciso considerar estos momentos: preparación, tentativa (frustración) y consumación. 38
38 Machicado, 20102014
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CAPÍTULO II CONDUCTA Y ACIÓN DELICTIVA “Un hombre es lo que hace, con lo que hicieron de el”
Sartre
2.1. Delictología (Conducta Delictiva y la Acción delictiva) Para el jurista lojano Dr. Jorge Hugo Rengel “delincuente es la persona que con voluntad y conciencia que ha realizado o determinado la consuma- ción de un acto acción u omisión previsto como delito”. La delincuencia puede darse por cuanto hay una perturbación de la actividad psicológica del sujeto capaz de modificar la conducta social de forma permanente, transitoria o accidental de la conducta criminal que está al margen de ley. La delictología pertenece a la criminología, y su objeto de estudio es el delito, y el delincuente. Para conocer su forma de penalizarlo, es necesario descubrir los factores relacionados con la acción delictiva que van desde factores psicológicos, sociales, culturales e inclusive financieros, que en algunos de los casos pueden desencadenar o ser facilitadores de la conducta humana 39 Una característica delictiva es actuar con alevosía y planificación, motiva- do por un estado impulsivo, paroxístico, o por la presencia de algún tipo de sustancias psicotrópicas que alteren la funcionabilidad del cerebro, o se consideraría también como una manifestación psíquica producto de al- teraciones congénitas, adquiridas o genéticas. Común mente el sujeto que realiza una acción fuera de la ley es un criminal, antisocial y psicópata, que es necesario diferenciarlo, sin embargo en la criminalidad hay escalas secuenciales de peligrosidad, necesarias y fundamentales considerarlo en el estudio de la Perfilación. Un violador en serie es un criminal q ue utiliza sus manos o alguna herramienta para asesinar después de consumar la violación, generalmente personas que en su desarrollo geográfico es de una zona rural, campesina o proviene del campo, sabe dónde esconder que utilizar y como moverse en su territorio.
39 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE No confundir con cada una de las manifestaciones psíquicas establecidas, el delincuencia y la criminalidad pueden ir de la mano, y pueden ser ca- racterísticas de personas con o sin alteración psíquica, así por ejemplo en la esquizofrenia pueden existir criminalidad. El peritaje que se realizó en la ciudad de Ambato a NN diagnosticado con esquizofrenia quien asesino a su madre, los restos fueron enterrados en la parte posterior de la casa, en el jardín, acciones criminales como estas, hacen pensar que existe una relación con el aspecto orgánico, sin embargo el desarrollo no siempre es un factor determinante. En relación con las implicaciones anteriores para que exista delincuencia o una infracción sea considerada como un delito penado, el infractor debe generar una reacción negativa a mediana y gran escala a la sociedad, por ello se dice que el delito y el delincuente son de existencia social, las per- sonas delictivas actúan en una sociedad, que lo construyó y lo construye, crean influenciadas principalmente por á m b i t o s p o l í t i c o s , i d e o l ó g i c o s o morales. Recalcando que no todo acto criminal implica violencia, una persona puede estructurar su acción criminal sin violencia como por ejemplo el escape ocurrido en la cárcel de máxima seguridad en la ciudad de México del “chapo” Guzmán, es una acción criminal en donde no se generó violencia al momento de escapar. Generalmente consideramos sinónimos en la acción delictiva, sin embargo no siempre se manifiesta de esta manera. Además existe un paso secuencial mínimo entre delincuente y criminal, el delincuente podemos ser todos, o por lo menos la idea o la simple idea de delinquir, tenemos la noción de delinquir, robar por nuestro beneficio, o la idea de asaltar un banco, para tener más dinero, esa es la acción delictiva que puede llegar a ejecutarse y ponerlo en práctica y se podría convertir en un futuro criminal, tan solo en segundos o minutos. Quien compra un revolver y quien dispara, se convierte en un claro ejem- plo de pasar por ser un delincuente a un criminal, el primero es el delin- cuente al conseguirlo y el segundo es el criminal quien ejecuta la acción quien tira del gatillo.
40 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE El delito significa: “delinquiere” - desvincularse de la norma, desviarse del camino original. El psicólogo forense Mack Donal, propone un estudio interdisciplinario que aborda el delito según varios factores que desen- cadenan una acción delictiva, desde una entidad biológica, sociológica e inclusive cultural. El delito y la personalidad delictiva asumen una característica cambiante, inclusive descriptiva para diferentes escuelas. En la escuela clásica, consideraba al delincuente como un ser despreciable, amoral y en gran medida eran puestos a la orden de la inquisición por los crímenes o el delito que iban desde hurtos pequeños hasta asesinatos, no importaba la gravedad de la misma; eran sentenciados con la misma intensidad, la escuela positivista clasificaron a los delincuentes e inclusive determinaron características conductuales y personales para cada uno de ellos, en tal virtud el avance y el progreso en este último se consideró y se considera de gran utilidad e importancia. Llegando inclusive a desarrollar investiga- ciones con los casos más relevantes.41 El primer estudio de caso, referente a la conducta criminal, fue realiza- do por Lombroso considerando que la conducta tiene como referente un factor determinante y biológico, más tarde se considera la relación de los neurotransmisores (desbalances químicos) en la conducta criminal en es- pecial por los niveles alterados de serotonina, alteraciones en el lóbulo frontal, o niveles altos de testosterona combinados con niveles bajos de serotonina, el efecto de traumas y accidentes sea por guerras o eventos de estrés en desastres naturales (síndrome post-traumático), el efecto de la contaminación ambiental y las toxinas, predisposición genética, y la relación entre estados emocionales alterados (depresión y ansiedad) que pueden influir en la conducta criminal, es decir, se relaciona en gran medida por las esferas bio psicosociales en la que se involucra el sujeto, partiendo de estas para considerar la tipología del delito, siendo el Delincuente Nato y el Delincuente Pasional como los más relevantes. Algunos autores mencionan que no existe exactamente rasgos o facto- res de personalidad específicos, por otro lado encontramos a Eysenck que mediante diversos estudios factoriales ha aislado inicialmente dos variables en el abordaje de este aspecto del individuo.
41 Psicología Jurídica y Forense, 2012
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE La delictología, ciencia que estudia el delito, mantiene como objeto de estudio aquellas acciones contrarias a lo establecido dentro de la ley y por tanto puede ser castigada con una pena acorde; además del delito, el delincuente y las penalizaciones son también estudiados por esta ciencia de manera global. Si se toma en cuenta desde la escuela clásica el delincuente es un ser nor- mal que está dentro de su capacidad de optar por cuenta propia actitudes tanto buenas como malas, que al cometer acciones malas se hace necesa- rio que sea reprimido mediante una pena. Otro enfoque: la escuela Positiva o Antropológica es la segunda en descri- bir al delincuente como un sujeto (o como un hombre) de características predeterminadas que determinan su propensión a delinquir. Dos au- tores: Lombroso y Ferri, marcaron el inicio de un cambio dentro de la ciencia penal. Lombroso contribuyo al concepto de delincuente con su teoría de tipo criminal y Ferri clasificó a los delincuentes según las causas que produ- cían su conducta delictiva en: habituales, natos y ocasionales, aunque posteriormente se ha ido desarrollando diferentes posturas respecto a esta clasificación. Eysenck, psicólogo conductista especializado en el estudio de la persona- lidad, afirma que tanto el comportamiento humano en general como la inteligencia e incluso la delincuencia poseen una determinación esencial- mente genética y está determinada por la herencia considerándose un factor genético en las últimas investigaciones. La distinción entre criminalidad (conjunto de todas las acciones u omi- siones punibles dentro de un determinado ámbito temporal y espacial) y delito (comportamiento punible de una determinada persona) es razona- ble desde un punto de vista conceptual, pero de limitado valor práctico. Lo que en el fondo, viene a poner de relieve es que la conducta criminal como objeto del Derecho Penal es tanto un fenómeno social (criminalidad) como uno individual (delito), para cuya descripción y explicación son competentes tanto a las ciencias sociales como las humanas. La distin- ción entre criminalidad y delito puede indicar que la criminalidad estadísticamente es la suma de todos los delitos, pero también que en su génesis es algo diferente: en el origen y evolución de la criminalidad inciden más factores e incluso distintos (históricos, culturales, sociológicos, económicos, etc.) y el delito es entendido como conducta individual.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 2.2 Clasificación del Delito Toda acción delictiva se da mediante un proceso, CONDUCTAL: que tiene un aspecto interno (proposición del fin y selección de medios) y un aspec- to externo (puesta en marcha de la causalidad). Conducta es sinónimo de acción y de acto. La omisión no existe como for- ma de acción o de conducta, sino que antes del tipo todas son acciones. Sin el tipo no se distinguen las omisiones del no hacer. • El nexo causal y el resultado son fenómenos físicos que la acompañan. • La conducta con el nexo causal y el resultado forman el programa (elementos objetivos del tipo). • Conducta no es sinónimo de hecho; los hechos pueden ser humanos (voluntarios-conducta) o de la naturaleza (involuntarios). • Conducta es el carácter genérico del delito; Tipicidad y Antijuridicidad son los caracteres específicos del delito. • La conducta típica y antijurídica es un injusto penal. • Otros autores consideran que la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad son los caracteres o elementos del delito. 42
2.2.1 Tipología Delictiva El delito pude constituirse de diferentes maneras, la reacción emocional, el estado afectivo o la frialdad del sujeto que haya cometido un delito es y será motivo de estudio, en especial si se está enmarcado en una catego- rización de acuerdo a los estatutos generales en psicología y criminología. Por lo tanto hay una tipología que es necesario mencionar:
42 Machicado, 2010
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • Delincuente nato El delincuente nato claramente identificado a simple vista y con la con- notación de Lombroso es la representación física y morfológica de un delincuente que se construye en relación a los parámetros morfológicos específicos. Que cumple con las características fisiológicas morfológicas y genéticas, y sobre todo su desarrollo determinante. Así por ejemplo se ha demostrado que el síndrome alcohólico fetal es una causa no solo de alteraciones orgánicas sino de condiciones congénitas que distorsionan el proceso normal del psiquismo humano. Es importante considerar los estudios realizados por Ann Streissguth “en la que en- cuentra que el 6.2% de los adolescentes y adultos que muestran niveles significativos de conducta mal adaptativa nacieron bajo condiciones de Síndrome Fetal Alcohólico. Esta conducta evidenciada incluye impulsivi- dad, falta de consideración con los demás, mentir, engañar, robar, y adic- ción al alcohol o drogas”.43 • Delincuente Pasional Este tipo de delincuentes se relacionan a un nivel paroxístico en la que se involucra connotaciones impulsivas, reacciones emocionales y afectivas durante el hecho mismo del acto delictivo. Cobra sentido el Acting out., sin embrago es una característica emocional y pasional que ha ido desarrollándose con la aparición de maltrato y violencia “Luna de miel” Se caracteriza especialmente por el grado de impulsividad que el sujeto adopta en relación a los procesos evolutivos y en general relacionado con el ambiente dependiendo en gran medida por el grado de resiliencia que adopta cada persona al momento de realizar un hecho determinado. • Delincuente de Ocasión Los delincuentes ocasionales están catalogados como enmendables, de mínima peligrosidad, esto es que con un tratamiento adecuado pueden volver a tener una conducta normal.
43 Chincoya, 2014
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2.2.2 El Concepto Jurídico Penal del Delito El concepto jurídico penal se diferencia del político criminal por las distin- tas funciones que cumplen Derecho Penal y Política Criminal. Al Derecho Penal (y, por tanto, al concepto jurídico penal de delito) le corresponde más una función sistemática y ordenadora que política o decisoria. Los principios políticos criminales en la determinación del delito son la justicia y la utilidad; los del concepto jurídico penal de delito son la uniformidad, la precisión y la plenitud. El concepto jurídico penal del delito realiza su misión de ordenar la aplicación de la ley a un nivel intermedio entre la ley penal y el supuesto de hecho para hacerla más transparente y posibilitar mejor su control. Esta ordenación transparente de la aplicación de la ley eleva, al mismo tiempo, la capacidad de la praxis del Derecho Penal para recoger, aplicar y elaborar complejas reglas de decisión, configurando así un rico derecho judicial. Los derechos fundamentales no son más que un elemento importante del complejo tejido que es la determinación del merecimiento de pena. El bien jurídico no es tampoco como criterio del merecimiento de pena un “factum brutum” que el legislador tome sin más de la realidad social, introduciéndolo luego en los Códigos Penales sin otra exigencia que su lesión o puesta en peligro. A ello deben añadirse los presupuestos procesales de la actividad proba- toria (no el resultado de la prueba misma) del hecho y la posibilidad de ejecución de las consecuencias jurídicas, pues sólo la aplicación de la nor- ma en el proceso, como ya han visto con claridad los planteamientos defi- nitorios, decide sobre la cualidad de una conducta como criminal, aunque distinguiendo claramente en el concepto de delito los presupuestos jurí- dico materiales de los procesales, ya que sistemáticamente éstos suponen la presencia de aquéllos; lo que, en definitiva, tiene que ser probado es la acción calificada como punible por el Derecho penal material. Conforme a lo dicho, el delito en sentido jurídico penal es: una acción, típica, anti- jurídica y culpable, que cumple las condiciones objetivas de punibilidad y para la que no existen causas de exclusión o anulación de la pena. 44
44 Martínez, 2015
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Un delito sólo merece una pena, si además: • No hay ninguna causa específica de extinción de la responsabili- dad criminal. • El proceso no ha sido sobreseído y • El hecho ha sido formalmente probado.
2.2.3 Penalización, Sanción y C.O.I.P La penalización viene de PENA, que el sujeto que ha infringido la ley tenga toda la pena correspondiente, en los primeros procesos jurídicos la pena- lización era considerado sinónimo de castigo, la repercusión del castigo en físico, psicológico o sexual. Generalmente la tortura, el ajusticiamiento en el público ha sido un forma de castigar, estas prácticas se desarrollaron en la Colonia cuando el Huasipunguero, terrateniente el feudal castigaba por un delito acaecido en la finca, hacienda. Estas prácticas castigadoras se mantuvieron en el régimen indígena, siempre con una antesala religiosa, mediante el agua y la ortiga que purificaba el cometimiento o la acción delictiva. Sin embargo el proceso evolutivo de una sanción dependía de una institu- ción pública encargada de generar la sanción, estipuladas por las primeras leyes y códigos penales entre los que se consideraban los más importan- tes el derecho a la vida, no robar, relacionado con las sagradas escrituras y los enunciados de Moisés parte de esta sanción también lo ejecutaba la iglesia como la Institución de poder que ejercía sobre los demás. Foucault en su libro Castigar y Vigilar, establece una relación entre la sociedad y cada uno de los preceptos establecidos en un orden social, como entes Sancionadores e instauradores de justicia, que se vinculó en las pri- meras instancias de la construcción de las misma. Las teorías basadas en Hegel, Sartre, Heidegger, Nietzsche, fueron de gran importancia en el en- caminamiento funcional y el entendimiento de la misma. Nietzsche: “Dios ha muerto”, para Foucoultd “el hombre ha muerto, parte de estas in- terrelación univoca en la que la sociedad como tal está regida por ins- tancias controladoras, en donde la “sociedad racional” aparta los sanos de los enfermos, los racionales de los locos. Un racionalismo social que trata de vigilar cada conducta “extraña” y castigar en el panóptico de una manera “disciplinaria”. En caos en que la justicia se ha equivocado en casos de vejez, senectud, enfermedad mental, mendigos, sin embargo
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE en casos de delitos graves las instancias legales tienen una condena es- pecífica en cada sociedad. En Japón si hay asesinato contra el prójimo, el parricidio es motivo suficiente para llevarlo a la horca, penalizado con la muerte, castigado con el mayor peso de la ley, sancionado de manera directa por el delito realizado, las audiencias son breves. Sin embargo la penalización y la sanción dependen del COIP en nuestro país, donde se han estipulado nuevas penas y sanciones mismas que es- tán bajo la presencia de artículos que evidencian el proceso sancionador y el peso de la ley. El código Orgánico penal del Ecuador en sus diferentes enmiendas, propone una serie de delitos, mismos que son sentenciados y penalizados. Consideraremos los más relevantes, con la finalidad de tener un mejor panorama del objeto de estudio en cuanto al Tipo penal, artícu- los y sanción.
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Fuente: Código Orgánico Integral Penal COIP Diseño: Equipo de investigación
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2.3 Sociología Criminal La criminalidad es un elemento integrante de una sociedad sana
Durkheim
El italiano Enrico Ferri de origen italiano, plantea una análisis sociológico de la conducta criminal en 1920, de acuerdo a la escuela criminal positiva, en su análisis redacta el estudio funcional de la conducta desde la antro- pología, pasando por la sociología y la psicología, enfocándose siempre desde lo orgánico y lo psíquico. Sus primeros trabajos y su desempeño como docente ligan a Ferri, desde un inicio de su carrera al derecho penal y es allí, dentro ese campo, donde se animará a proponer la sociología criminal como ciencia para el estudio y tratamiento de los delincuentes. Ferri enfatiza en la importancia de la sociedad en el desarrollo psíquico trastornado, alterado y la disfunción vincular con el entorno social en donde se involucra la familia; además es capaz de clasificar al delincuente en: “locos” (afectos de imbecilidad mo- ral, epilépticos, etc.), “natos” (factor determinante), “habituales” (gene- ralmente corrompidos sociales), “pasionales” (temperamentos morales, pero hipersensibles) y “ocasionales” (que llegan a la delincuencia por incentivos externos). La sociología criminal, trata específicamente de un modelo de estudio del delito y de la delincuencia. En ese sentido, lo que aquí nos interesa presen- tar surge de esa formulación: la sociología, en su vertiente específica de sociología criminal, pensada por Ferri no sólo como ciencia de estudio sino también como herramienta de intervención en la conflictividad de- lictiva, permitirá sostener o avalar una serie de medidas de intervención sobre el campo social. Acerca de la conformación de la sociología criminal es importante des- tacar el lugar que se le asigna a la estadística criminal. Ferri insiste en la utilidad que ésta trae a la sociología ya que su función consiste en la recolección de los datos que permitirían comprender “las causas sociales de la criminalidad”, para luego dirigir la acción del legislador en relación a las advertidas causas del desorden.45 45 Ferri, 1899
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2.4. Construcción delictiva desde una visión ontológico Las diferentes máscaras, que adopta el delito abre una puerta para el análisis exhaustivo de la misma, para poder considerar que hay delitos en todos los ámbitos es necesario acudir a una tipología, una descripción por así llamarlo nosológica, que va de acuerdo a la función o el rol social que los actores sociales adoptan. Descripción que dependerá de las instancias sociales, u orgánico funcional, ya mencionadas anteriormente, sin em- bargo y desde la filosofía ontológica la construcción del delito es plantear esquemas perceptuales desde el análisis psicológico en casos de delito, prevalencia y ejecución del mismo. Así por ejemplo un delito ordinario, se refiere a robo, asalto a mano ar- mada, agresión, y que ocurre por núcleos sociales reunidos en forma de pandilla, o de forma individual por una reyerta, conflicto, pugna, que involucra el poder, la mansedumbre, o la necesidad. Sin embargo un de- lito puede realizar una persona que no cumpla los factores para la crimi- nalidad, o su hoja de vida o expediente no este relacionados con delitos mayores o menores. Suelen darse en c a s o s abruptos en donde el estado de raciocinio se ve opacado ante las emociones y pasiones de gran intensidad, casos como infidelidad, ira abrupta y repentina, paroxismo, acting out, el sujeto que se convirtió en un criminal paso la pequeña brecha del sujeto promedio que cumple sus obligaciones en la sociedad es padre, es amigo es una persona empleada. Una persona por ejemplo observa escenas de sexo de su esposa con un amante, la reacción de varias personas dependerá del grado de resiliencia y control, sobre todo manejo psíquico, sin embar- go la mayor parte de hombres encuestados en una investigación reali- zada en EEUU en la Universidad de California, respondieron, que el golpe era la mejor opción el 80%, y el 90% consideraron que la mejor op- ción era la muerte. Entonces el delito y la criminalidad van de la mano, no necesariamente se debe tener una secuela histórica y un perfil criminal para realizar acciones que van en contra de la ley, basta con un desbalance emocional, un grado impulsivo, que más tarde se suscita en arrepenti- miento. Casos como el femicidio el poder y el deseo es la construcción de los pi-
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE lares del maltrato en pareja antes de la muerte, una superioridad que demuestra el control físico sexual del cuerpo femenino, representado tam- bién en el Discurso, del asesino en la representación verbal de las acciones y del maltrato “Yo golpeo, yo robo, yo mato”, el desarrollo del mensaje a través de la acción delictiva se refuta con la idiosincrasia de cada gru- po antisocial, la forma de actuar la evidencia de rasgos típicos e inclusive la morfología corporal a través de símbolos como tatuajes, son mensajes representativos de poder y uso de poder. Se establece este poder con sub- grupos que se relacionan de acuerdo a las reglas de acuerdo a estatus, en donde existe jerarquización y la selección de ciertos privilegios como en grupos. La percepción del mal es la forma como el ser humano expresa condi- cionalmente su estado, es tan humano como la bondad, consideraba en unos de los artículos de la revista de criminología de España, bondad ver- sus maldad es el hincapié para considerar el estudio criminológico de la delincuente, cuando una persona roba se expresa una necesidad, que se explica como la necesidad de un deseo y la satisfacción de la misma, el sujeto que descuartiza, o asesina con si saña expresa la necesidad de un deseo de poder de dominio suburbanos. El poder de controlar un territorio a sus mujeres, a la sustancia psicotrópica y las personas dentro de dicho grupo es una responsabilidad que se adquiere con las secuelas y consecuencias realizadas entre más dolor, saña y perversión el estatus social se incrementa. En un Caso de la provincia de Tungurahua cantón Ambato, Luis NN de 24 años de edad formaba parte de grupos sub-urbanos, mismos que utilizaban la, saña y la maldad a sus víctimas, Luis abuso sexualmente a Adriana NN estudiante de secundaria, después de abusarla sexualmente lo asfixio con sus manos, todo grabado en video para poder de esta manera subir de categoría en el grupo, el cuerpo fue enterrado en la parte posterior de su casa en un terreno baldío, los agen- tes descubrieron el cadáver después de cuatro meses de desaparecida.
45 Ferri, 1899
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE CAPÍTULO III PERFILACIÓN DEL INDIVIDUO 3.1 Perfilación de la conducta punible y no punible La perfilación es una de las manifestaciones más comunes al momento de considerar aspectos relacionados con la conducta punible, en especial cuando rasgos conductuales se perfilan de acuerdo a los rasgos de perso- nalidad y existen un proceso simbiótico entre ellos. La Perfilación criminal es una técnica usada con la finalidad de considerar o conocer patrones conductuales para poder establecer tipologías en cada una de las perso- nas perfiladas, se relaciona la personalidad como tal, la conducta, el com- portamiento, reacciones emocionales, manejo de la ira y la frustración. Existen ciertas características y actitudes mentales las cuales ocasionan que aproximadamente el 20% de una población se oponga violentamente a cualquier actividad o grupo de mejoramiento, se sabe que esas personas tienen tendencias antisociales como el hurto, la violación o el abuso, que conllevan acciones delictivas, mismas que ocasionan un estudio de la Perfilación, en caso de que se desconozca el paradero o exista la escena del crimen pero no su autor. En estos casos la Perfilación criminal ayuda para establecer hipótesis de quien es el responsable de la acción delictiva.
3.1.2 Perfilación de la Personalidad Antisocial A la personalidad antisocial, anteriormente denominado psicopatía se los Describe como “humanos sin alma”, esta falta de espíritu los convierte en máquinas muy eficientes, es por ello que a veces van de la mano la psicopatía y el comportamiento antisocial. Debemos recordar que los psicópatas son jóvenes con trastornos emocionales, enojados con el mundo y deprimidos que pueden ser inteligentes y capaces, pero no están satisfechos con sus logros. A pesar de tener ami- gos, pueden sentirse solos y aislados, por lo tanto son personas hostiles, sensibles a la crítica y resentidas, padeciendo de pensamientos obsesivos sobre las injusticias que han recibido. Los criminales tienen un carácter predador, ven a los demás como presas
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Existen varios puntos de investigación para determinar de dónde nace la violencia, tales como factores etiológicos, biológicos y psicológicos. 46 Violencia como característica del perfilador agresor. • La violencia impulsiva: Es un trastorno explosivo internamente en personas no agresivas y se define como una agresión incontrolada debido a una carga emocional; se trata de personas que dependen de diferentes estresores sociales. • La violencia premeditada: Se la caracteriza por realizar actos planeados y sin contenido emocional, son efectuadas para un fin específico. • La violencia a consecuencia de la frustración: conflictos psíquicos que no se elaboraron, factores externos que provocaron la frustración. • Violencia por ira, celos: casos de violencia familiar, en la pareja, hijos etc. • La violencia no siempre está relacionado con la criminalidad: La huida del Chapo Guzmán de la cárcel de máxima seguridad fue un hecho criminal, sin el desarrollo de violencia. Se considera un proceso violento en casos relacionados con personalidades antisociales y en psicopatía no como una regla general, sin embrago el sujeto con personalidad antisocial fluctúa de acuerdo a dos tipos de violencia que puede ser afectiva y predadora, la primera con un contenido emocional afectivo y la segunda con un proceso de destrucción sin medir consecuencia en asesinatos seriales. La violencia puede explicarse de acuerdo a procesos sociales sociológicos y biológicos, Mackal señalo cinco teorías sobre el origen de la agresión hu- mana: teoría clásica del dolor, hipótesis de la frustración agresión, sociolo- gía de la agresión, agresión como catarsis y personas adictas a la violencia. Las bases sociales de la violencia radican en las características de los nú- cleos o bases sociales engendradas en la familia. Raine advertía en de- claraciones públicas que su cerebro es de psicópata, (si se observa por métodos de neuroimagen), pero sus condiciones de crianza y una familia amorosa lo han convertido en un científico. Las bases biológicas se encuentran relacionadas con el sistema nervioso, neuropsicología. 46 Ponce, 2011
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 3.1.3 Perfilación en la Psicopatía La característica principal del psicópata es su amoralidad. La personalidad psicopática es una personalidad anómala que posee una desarmonía intra-psíquica congénita, posee un inestable equilibrio psíquico sin perder el contacto con la realidad, presenta episódicamente reacciones desequili- bradas, afectivas, caracterológicas y temperamentales; esto le lleva inelu- diblemente a un desajuste social. Entre los factores neurobiológicos que determinan una psicopatía tenemos: • Alteraciones en un gen llamado THP que impide el procesa- miento de la serotonina y obstaculiza el control de los impulsos agresivos. • Trastornos fetales, como el síndrome Fetal Alcohólico que puede dañar centros neurológicos donde se procesa el control de impulsos. • Los daños fisiológicos como golpes o traumas, especialmente si dañan el lóbulo frontal del cerebro, parecen favorecer la presencia de conductas violentas y reducción del autocontrol. • Los trastornos hormonales pueden causar sobreproducción de testosterona que suele inducir conductas homicidas. • Los trastornos mentales como la esquizofrenia y la psicosis son puerta abierta al desarrollo de acciones homicidas. • Una amígdala e hipotálamo hiperactivos, órganos donde han acumulado rencor y enojo durante largo tiempo. Corteza orbito frontal sub desarrollada e incapaz de controlar los impulsos agresivos disparados por la amígdala y el hipotálamo. Predisposición hacia el comportamiento violento. Factores sociales y psicológicos que intervienen en su infancia y adolescencia, como maltrato emocional. Las fantasías que comienzan a recrear tienen componentes sexuales con gran carga violenta. El psicópata se refugia en su fantasía para huir de sus frustraciones, pero eventualmente se presenta algún suceso que lo induce a convertirlas en realidad.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Rasgos típicos • Son jóvenes con trastornos emocionales, enojados con el mun- do y deprimidos • Pueden ser inteligentes y capaces pero no están satisfechos con sus logros • A pesar de tener amigos, pueden sentirse solos y aislados • Son personas hostiles, sensibles a la crítica y resentidos. • Padecen de pensamientos obsesivos sobre las injusticias que han recibido • Se refugian en fantasías de venganza y violencia. • Existe un evento desencadenante en sus vidas como rechazo o presión autoritaria. • A medida que la depresión aumenta, su juicio y perspectiva se distorsionan. • Tienen personalidades suicidas.
3.1.4 Definición de la Psicología criminal y su obje- to de estudio La Psicología Criminal o Criminológica es, según su étimo, el estudio del alma del sujeto criminal. Aunque aquí, el étimo psique se usa en sentido científico, es decir, aquellos rasgos de la personalidad total del delincuen- te y no su alma en sentido metafísico. Se ha rebasado el límite de la observación individual del sujeto antisocial extendiéndose hacia estudios de la conducta criminal y de los factores psicológicos que influyen en la criminalidad, ya sean individuales o colec- tivos. Se reconocen cuatro ramas científicas para la observación psicológica de la personalidad: • La Psicología Criminal que estudia al delincuente en cuanto es autor del delito. • La Psicología Judicial que estudia su comportamiento en cuanto es imputado de un delito. • La Psicología Carcelaria que lo estudia mientras está condenado, expiando una pena carcelaria.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • La Psicología Legal que coordina las nociones psicológicas y psi- copatológicas que ocurren por la aplicación de las normas penales vigen- tes sobre las condiciones del menor, del enfermo mental, del sordomudo, del alcohólico así como de las circunstancias agravantes o atenuantes. La Psicología Criminal estudia las aptitudes, los procesos mentales, la per- sonalidad, la motivación (consciente o inconsciente) del criminal y de su crimen, partiendo, de la psicología del individuo hacia la psicología de los grupos sociales o antisociales.47 Es también partícipe de la síntesis criminológica, así que es interdisci- plinaria, apoyándose de la Biología Criminológica, la Antropología Crimi- nológica, la Sociología Criminológica, la Criminalística, la Victimología y la Penología. Podemos resumir, según Marchiori que: “la Psicología Criminal trata de averiguar, de conocer qué es lo que induce a un sujeto a delinquir, qué sig- nificado tiene esa conducta para él, porqué la idea de castigo no le atemo- riza y le hace renunciar a sus conductas criminales; la psicología criminal trata de averiguar su significado de manera histórico-genética”. Algunos tipos de psicópatas pueden entrar en la siguiente clasificación: • El psicópata desalmado: falto de consciencia moral, no siente remordimiento ni arrepentimiento, suele ser frío, gruñón y déspota; como criminal es del tipo más peligroso y brutal, es decidido en el momento de complacer sus deseos por lo que parece carecer de amor y compasión. No procede de una crisis, sino que sus planes tienen un arreglo perfecto y no duda en usar los medios más brutales. • El psicópata necesitado de estimación: se caracteriza por querer aparecer siempre más de los que es o de lo que vale. Generalmente acude a la mentira y el mismo las cree, es teatral, falso y carente de una auténtica afectividad. • El psicópata impulsivo: se caracteriza por el contraste entre sus explosiones súbitas y su restante comportamiento, más bien tranquilo y lento. En una de sus crisis se comporta de un modo totalmente brutal 47 Carrasco & Maza, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE en el cual llega a los crímenes más violentos y carece de capacidad para defenderse a sí mismo, para huir o para ocultar el crimen, dentro de este grupo pueden encontrarse los multi- homicidas.
3.1.5 La personalidad como estructuración psico- pática La psicopatía, depende mucho del tipo de personalidad, que es una estructura formada desde el nacimiento conformada por el temperamento y el carácter. El temperamento se define como la parte prenatal de la per- sonalidad, a en base a la herencia genética; mientras que el carácter es la parte aprendida socialmente a través de los años y puede ser modificable por el aprendizaje.48 Entre las tipologías de personalidad importantes para el presente estudio tenemos: • Paranoide: patrón de desconfianza y suspicacia. • Esquizoide: patrón de desconexión de las relaciones sociales. • Esquizotípico: malestar intenso en las relaciones personales. • Antisocial: patrón de desprecio y violación de los derechos de los demás, forma personas buscadoras de problemas crónicos • Histriónico: emotividad excesiva y demanda de atención. • Narcisista: grandiosidad, necesidad de admiración y falta de empatía. • Limítrofe: está caracterizada por ser drogodependiente, esto puede ser un factor desencadenante que dé principio a los rasgos notorios de esta personalidad49 Trastorno de la Personalidad La psicopatía no es un trastorno mental en sí mismo, sino un trastorno de la personalidad. La personalidad es nuestra manera de ser y el trastorno es una forma de actuar en el mundo. Los trastornos de la personalidad son esquemas comportamentales y de relación con el ambiente, pueden ser personas 48 Arch & Jarne, 2009 49 American Psychiatric Association, 2014
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE aparentemente normales, pero que se convierten en una amenaza psicológica para quienes se relacionan con ellos. Los psicópatas padecen en tres causales: • En su relación con los demás • En su afectividad • En su conducta Tres ideas fijas reinan en la mente de los asesinos seriales: la manipula- ción, el dominio y el control de la situación, cuentan con un coeficiente intelectual superior, y es posible clasificarlos es dos categorías: • El Asesino Organizado: se trata de tipos metódicos que planifican cuidadosamente sus crímenes. En la escena del crimen no deja rastro alguno, no existe la posibilidad de ser encontrado, meticuloso en su acción. • El Asesino Desorganizado: se trata de sujetos dominados por im- pulsos súbitos, pierden el control rápidamente, acude la desesperación. La escena del crimen se relaciona con la actividad psíquica del momento. No cuidan ningún detalle y generalmente descuidan todo. Las estadísticas del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (2001), registran que un 85-90% de los asesinatos seriales son cometi- dos por un individuo del sexo masculino, joven y en buena forma física; señalando a las mujeres como más propensas a cometer asesinatos en masa y a atentar contra su propia familia, sin utilizar armas de fuego, y en raras ocasiones armas blancas, eligiendo métodos más sencillos y siendo cuidadosas. Las mujeres asesinas comparten una infancia con necesidad afectiva que no ha sido satisfecha y por la cual sucumben a un sentimiento de eno- jo, desesperanza e impotencia, en la cual aprenden a aislar sus emocio- nes. Estos nudos emocionales se desatan en la etapa adulta en conductas no adaptativas que le impiden establecer relaciones afectivas.50
50 Machicado, 2010
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE El asesino serial típico sigue un modelo gradual de desarrollo que va de la fantasía a la depresión. El Doctor Joel Norris, en su libro Serial Killers lo describe de la siguiente forma: • Fase áurea. Un potencial asesino comienza a encerrarse en un mundo imaginario. • Fase de pesca: El asesino comienza su búsqueda en aquellos sitios donde considera que podrá hallar a su víctima. • Fase de seducción: Siente placer en el hecho de atraer a la víctima generando un falso sentimiento de seguridad y burlando sus defensas, mediante la seducción y apariencia inofensiva. • Fase de captura: Consiste en cerrar la trampa y se inicia una especie de juego sádico que suelen disfrutar notablemente. • Fase del asesinato: La realización del crimen funciona como un sustituto de la realización del acto sexual. • Fase fetichista: El asesino permite a estos homicidas experimentar un placer intenso pero transitorio. El asesino guarda un fetiche asociado con la víctima: desde una billetera hasta un trozo de cuerpo. • Fase depresiva: El asesino serial experimenta una etapa depresiva que puede llegar al suicidio o a un renovado deseo de cometer un homicidio. José Sanmartín, catedrático de Filosofía de la Universidad de Valencia, España, reconoce tres facetas en la forma en la que operan los asesinos seriales: • Antes del asesinato: Existen asesinos psicóticos que suelen ac- tuar bajo órdenes de entidades superiores como Dios o Satán, y no pla- nean el delito. Por el contrario, el psicópata que asesina en serie, lo hace con claridad de juicio, las presas no sólo pueden tener un rasgo anatómico en común sino coincidir en rasgos psicológicos como su docilidad. • Durante el asesinato: El asesino organizado llevará consigo he- rramientas, planeando con cuidado su escape sin dejar huellas; mientras que el asesino desorganizado suele matar con lo que tenga a la mano. • Después del asesinato: Es frecuente que el asesino se lleve un recuerdo de la víctima como trofeo. La falla grave de la introyección de las normas sociales es provocada por un mal funcionamiento o una ausencia total de superyó. En este caso el superyó actúa con contenidos contrarios al de las exigencias del medio
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE social en el que se desarrolla, así puede tener un superyó que funciona de manera patológica.51 • La parte inconsciente como su nombre lo indica, son elementos que nunca pueden llegar a ser notados por el sujeto, aquí se encuentran los instintos y gran parte de “lo reprimido”. Sólo se puede ser accesible a este contenido a través de manifestaciones indirectas, como son los sue- ños, los lapsus (actos fallidos) y el síntoma. • La parte preconsciente se define como aquella en que los conte- nidos psíquicos pueden llegar a ser en un momento consciente, es decir, se pueden evocar recuerdos o asociaciones que sólo un momento antes permanecían fuera de la consciencia. • La región consciente, es aquel estado de darse cuenta de las cosas, lo que en ese momento puede estar pensando la persona. • Este descubrimiento abrió un mundo de exploración de la criminología: todo delito tiene una motivación inconsciente, profunda, desconocida aún para el mismo criminal. La premisa fundamental en torno al psicoanálisis criminológico, es que todo crimen no puede explicarse simplemente, y en ocasiones la explica- ción es diversa a la que aparentemente se presenta. Los instintos juegan un papel importante en la dinámica del criminal, ya que un instinto de conservación se puede expresar de forma agresiva, deviniendo en una conducta antisocial; la explicación del delincuente como un ser privado de superyó es fundamental en su ubicación antisocial, la culpa juega un papel importante en la dinámica del criminal ya que Freud llegó a la con- clusión de que un acto criminal era cometido ante todo, por su carácter de prohibido y en su ejecución se encontraba un alivio psíquico (principio del placer) y todo partía de las represiones acumuladas desde su infancia, por lo cual era de vital importancia conocer el aparato psíquico de estos indi- viduos ligados a los mecanismos de defensa que cada uno de ellos posee. Además d e Freud l o s p s i c o a n a l i s t a s A l e x a n d e r y Staub propusieron una clasificación de los delincuentes: • El criminal neurótico cuya conducta de enemistad social repre-
51 Vásquez, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE senta el punto de escape del conflicto psíquico entre las partes so- ciales y asociales de su personalidad, conflicto que nace de influencias semejantes a las que producen las psiconeurosis y tienen lugar durante la primera infancia. • El criminal normal de estructura anímica semejante al hombre normal peroidentificado por la educación con modelos criminales. • Sicariato una compensación psicopática? La palabra proviene de sicario plural latino de –sicarium, que significa que usa de daga, asesino por contrato o encargo. Los sicarios son jóvenes entre 19 y 25 años, y el promedio de la vida útil de alguien que ingresa al narcotráfico para desempeñar esta función no va más allá de tres años. También varía la cantidad que reciben por sus servicios, dependiendo de la fama adquirida, de su nivel y de quien será su víctima. Es posible reconocer los siguientes tipos de sicarios: • Público: Elimina a su “objetivo” sin importar la presencia de otras personas. • Limpio: Elimina solamente al “objetivo”, sin testigos en caso de que hubiera son eliminados. • Disfrazante: Elimina a su “objetivo” aparentado una situación que pueda pasar por accidente, suicido o cualquier evento distante a la realidad. Los sicarios han desarrollado todo un código para comunicarse a través de los homicidios cometidos: • Tiro de gracia, es para enviar una advertencia al enemigo sobre lo vulnerable que puede ser. • Un cadáver cubierto con una manta significa que el ejecutor conocía a la víctima. • Mutilar dedos, orejas o lengua significa que el asesinado era un delator, chismoso o un ratero. • Disolver un cadáver en ácido se lo conocía como cocinarlo. Los sicarios son seres fisiológicamente “sub activados” por lo que en su vida lo que busca es la constante novedad y la experimentación de emo- ciones extremas.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Los patrones y conducta de personalidad que presentan los sicarios en la actualidad son de tres tipos: • El fracaso: Es una persona que no consigue prosperar en una actividad convencional porque tiene ciertas carencias tanto edu- cativas como emocionales; por ello ejercer la profesión de sicarios es su escape para convertirse en un delincuente de poca monta. • El sádico: El oficio de sicario es un trabajo como cualquier otro que les permite matar sin compasión, los sádicos disfrutan y se complace causando dolor, daño. • El dependiente: Son delincuentes que necesitan asociarse a gen- te poderosa y desean ser reclutados para que les asignen tareas y los dis- tingan como seres peligrosos.52
3.1.6 Perfilación en el delincuente sexual Los patrones y conducta de personalidad que presentan los sicarios en la actualidad son de tres tipos: • El fracaso: Es una persona que no consigue prosperar en una actividad convencional porque tiene ciertas carencias tanto edu- cativas como emocionales; por ello ejercer la profesión de sicarios es su escape para convertirse en un delincuente de poca monta. • El sádico: El oficio de sicario es un trabajo como cualquier otro que les permite matar sin compasión, los sádicos disfrutan y se complace causando dolor, daño. • El dependiente: Son delincuentes que necesitan asociarse a gen- te poderosa y desean ser reclutados para que les asignen tareas y los dis- tingan como seres peligrosos.52 La historia de los delincuentes sexuales muestra desintegración familiar, falta de supervisión y carecía de afecto y cuidados, rodeados durante la infancia de condiciones muy poco favorables. Dos características funda- mentales generan su proceso asocial: la carencia de seguridad y afecto, que dan lugar a características sádicas y dominantes. Las necesidades y deseos emocionales son en gran medida responsables de la tendencia a cometer delitos. Muestran gran inseguridad que hace que su comporta52 Vásquez, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE miento sea tímido, retraído, inhibido, generando fallas en la comunicación interpersonal, desconfianza y falta de afecto a lo largo de su desarrollo.53 Su pensamiento es de tipo obsesivo con contenidos sexuales y tiende a ser ilógico, ya que tiene una personalidad inmadura y conflictiva. Su comu- nicación suele ser infantil con dificultades en el plano verbal. El contenido del lenguaje es pobre o por el contrario de un gran detallismo sobretodo en adultos mayores. Su afectividad posee un grave trastorno que parte de su conflictiva sexual, es dependiente, de baja autoestima y la angustia que proyecta está manifestada por la necesidad de controlar sus impulsos sexuales y no po- der hacerlo. Presenta alteración de la consciencia y niega sus conflictos y comportamiento asóciales y agresivos. Por lo general disminuye su culpa atribuyendo el ataque sexual a su víctima. Su atención y percepción está fuertemente influida por el contenido sexual de su problemática. La inteligencia es por lo general inferior al CI normal, aunque esto no implica retardo. La adaptación a la realidad, como consecuencia de su pro- blemática es pobre e inestable, evidenciando profundas dificultades para mantener relaciones estables. El deterioro de los valores morales y socia- les es progresivo y se acentúa a mayor edad, lo que señala los aspectos de su peligrosidad. 54 Homicidio con y sin estados afectivos emocionales • Amor Perverso: Personas que matan a miembros de su familia o de su entorno afectivo para vengar amores no correspondidos. • Política: Reivindicaciones de orden ideológico. • Venganza: El abuso que puede llevar años estalla en forma violenta. • Sexual: El dominio que ejerce el asesino sobre una toma de rehenes le causa un placer sexual que puede acompañar de violaciones previas a la ejecución • Ejecución: El asesino masivo como efecto colateral de un asesinato selectivo por ajuste de cuentas. • Psicótico: Un hombre perturbado mentalmente desata una carnicería durante un episodio de locura. 53 (Romanovich, 2014) 54 (Vásquez, 2005)
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE CAPÍTULO IV LA VICTIMOLOGÍA Y SUS FACTORES 4.1 Victimología La víctima tiene una importancia crucial puesto que es la protagonista del hecho criminal, presencia el crimen en primera persona, sobre ella recae el acto criminal y se representan el modus operandi y la firma del asesi- no. Si la víctima sobrevive puede aportar mucha información de primera mano acerca de su agresor y de sus circunstancias, si ésta fallece es ne- cesario realizar una autopsia psicológica. En esta autopsia se tratan de recoger varios aspectos personales y sociales de la víctima. Es necesario reunir una serie de información respecto a su domicilio, educación, estado civil, aficiones, situación económica, temores, hábitos, enfermeda- des, amistades, trabajo. 55 En la violencia existe diferentes causas según Johan Galtung en violencia visible como los golpes y la violencia invisible como daño psíquico. Podemos considerar que existen varios tipos de victimas las mismas que se pueden desarrollar a continuación: • Ofendido • Conyugue • Herederos • Socios • Estado Rodrigo Ramírez56 considera que la victimología es una de las ramas más importantes, es el estudio sociológico y físico de la víctima, que con auxilio de las disciplinas afines, procura la formación de un sistema efectivo para la prevención y control del delito. Gunther Kaiser57 la victimología se propone investigar las relaciones entre el delincuente y la víctima del delito. Elías Neuman58 básicamente sigue el concepto adoptado por el Simposio de 1973, pero enfatizando el estudio de la víctima del delito y concibién55 Carrasco & Maza, 2005 56 Rodrigo Ramírez 1983 57 Gunther Kaiser 1985 58 Elías Neuman 1984
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE dola además ligado a la criminología. Isidoro Silver afirma que una rama de la Victimología destaca la responsabilidad del Estado para compensar a la víctima, puesto que no pudo protegerla. En conclusión la victimología es el estudio de las causas por las que de- terminadas personas son víctimas de un delito y de cómo el estilo de vida conlleva una mayor o menor probabilidad de que sea víctima del mismo. El campo de la victimología incluye o puede incluir, en función de los dis- tintos autores, un gran número de disciplinas o materias, tales como: so- ciología, psicología, penal y criminología. El estudio de las víctimas es multidisciplinar y no se refiere sólo a las víc- timas de un delito, sino también a las que lo son por consecuencia de ac- cidentes de tráfico, desastres naturales, crímenes de guerra y abuso de poder. Los profesionales relacionados con la victimología pueden ser científicos, operadores jurídicos, sociales o políticos. Se puede realizar el estudio de las víctimas desde la perspectiva de una víctima en particular o desde un punto de vista epistemológico analizando las causas por las que grupos de individuos son más o menos susceptibles de resultar afectadas.59 El estudio de la victimología no se limita sólo a la víctima, por lo que deben analizarse tres niveles: • El primero se denomina individual, cuyo objeto de estudio es la víctima, su personalidad y características. • El segundo nivel es el conductual, en el cual, se estudia la conducta aislada de la víctima con relación a la conducta criminal. • Finalmente está el tercer nivel, denominado general, en el que debe estudiarse el fenómeno victimal, como suma de víctimas y victimizaciones. 59 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 4.2 Características psicológicas de la víctima Es imposible afirmar que haya un perfil definido de la víctima o hay rasgos característicos capaces de identificar o etiquetar a la víctima de vio- lencia psicológica y/o física. Las mujeres maltratadas, no difieren en sus características de la población general. Los rasgos que la mujer presenta tras las agresiones son los que efectiva- mente dan lugar a cambios importantes en su personalidad. En la mujer no hay un factor determinante para que se produzca la violen- cia, siendo indiferentes las características de su personalidad; la caracte- rística principal de la víctima es sencillamente ser mujer. No es consistente la afirmación de que hay más o menos probabilidad de ser víctima mujer, por ejemplo, es ama de casa, que tiene o no ingresos económicos y un status social determinado, que es pasiva u hostil, ingiere alcohol o emplea violencia con sus hijos, tiene un nivel de educación alto o bajo, o que tiene alta o baja auto- estima. La victimización de las mujeres puede ser mejor comprendida como la realización de una conducta masculina. Hay que subrayar que la mujer víctima de agresión desarrolla diversos me- canismos de defensa internos que la llevan a una pasividad, a una especie de estado catatónico permanente, dando la sensación de estar con apatía y desinterés por todo lo que está a su alrededor.60 Generalmente las mujeres maltratadas están constantemente aterroriza- das con su experiencia, no son violentas y solo usan la violencia en defen- sa propia. Con lo cual, la personalidad de las mujeres víctimas de violencia se va moldeando y se acaba definiendo con el transcurso del maltrato por algunos rasgos típicos: • • • • • •
Sometimiento al grupo. Un férreo respeto a las normas y a las ideas establecidas. Facilidad para acceder y conformarse. Sentimiento de culpabilidad. Poca fuerza de su yo. Las víctimas pueden ser primaria y secundaria
60 Cicero, 1994
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4.3 Tipología Victimología Las más importantes son las descritas por Mendelsohn y Hentig • Víctima completamente inocente: que puede calificarse como víctima “ideal”; es decir la víctima inconsciente; por ejemplo: el niño • Víctima de culpabilidad menor-víctima por ignorancia; por ejem- plo: la mujer que se provoca un aborto por medios impropios, pagando con su vida su ignorancia. • Víctima tan culpable como el infractor-víctima voluntaria: aque- llas que cometen suicidio tirándolo a la suerte (ruleta rusa), lo que está sancionado por ciertos códigos penales. • Suicidio por adhesión: La víctima que sufre una enfermedad in- curable y que pide que la maten, no pudiendo soportar el dolor (eutana- sia). • La pareja que pacta el suicidio: los amantes desesperados, el esposo que mata a la mujer enferma y se suicida. • La víctima más culpable que el infractor: víctima provocadora que, por su conducta, incita al infracto a comer la infracción. • Víctima por imprudencia, que determina el accidente por falta de control en sí mismo. • Víctima más culpable o únicamente culpable: víctima infractora, cometiendo una infracción, el agresor la víctima (exclusivamente culpable- ideal), se trata del caso de legítima defensa, en que el acusado debe ser absuelto. • Víctima simuladora: el acusador que premeditada e irresponsablemente inculpa al acusado, recurriendo a cualquier maniobra con tal de hacer caer a la justicia en un error. • Víctima imaginaría: es decir, el paranoico, interpretativo, perseguidor perseguido, histérico, mitómano, senil, infantil o adolescente. Mendelsohn que, basándose siempre en las correlaciones de culpabilidad, las víctimas pueden ser clasificadas en tres grandes grupos, para efecto de aplicación de la pena al infractor. Primer grupo: Víctima inocente: no hay provocación ni otra forma de participación en el delito más que la puramente victimal.
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Tercer grupo: Víctima provocadora Víctima imprudencial Víctima voluntaria Víctima por ignorancia En estos casos la víctima colabora en mayor o menor grado, y en o c a s i o nes intencionalmente, por lo tanto debe disminuirse la pena al criminal, en el grado en que la víctima participó en el delito. Tercer grupo: La víctima agresora La víctima simuladora La víctima imaginaria En estos casos la víctima comete el hecho delictuoso, o éste no existe, por lo que el inculpado debe ser absuelto. Tipología de Hentig Hans von Hentig intenta una clasificación en la cual se aparta de criterios legales para proponer cinco categorías de clases generales y seis de tipos psicológicos. Las clases generales son:
1. El joven, que por su debilidad, en el reino animal y en la especie humana, es el más propenso a sufrir un ataque. 2. La mujer, cuya debilidad es reconocida, aun por la ley.
3. El anciano, que está incapacitado en diferentes formas. 4. Los débiles y enfermos mentales, entre los que sitúa al drogadicto y al alcohólico. 5. Los inmigrantes, las minorías.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Los tipos psicológicos son:
1. El deprimido. 2. El ambicioso. 3. El lascivo, aplicado a mujeres víctimas de delitos sexuales 4. El solitario y el acongojado bajan sus defensas, buscan compañía 5. El atormentador, quien ha martirizado a otros. 6. El bloqueado, el excluido y el agresivo, que por su imposibilidad de defensa, su marginación. Hentig intenta una clasificación, divide a las víctimas según cuatro crite- rios: la situación; los impulsos y eliminación de inhibiciones; la capacidad de resistencia; la propensión a ser víctima. 61 Situaciones de la victima a) Víctima aislada. Se aparta de las normales relaciones sociales, se torna solitaria, poniendo en peligro su integridad. Son ejemplos el anciano, el extranjero, la viuda. b) Víctima por proximidad. La proximidad “excesiva, angustiosa” es un factor victimógeno; Hentig distingue la proximidad espacial, familiar y pro- fesional. La proximidad familiar produce parricidios, incestos y violaciones, hay profesiones que llevan a una proximidad peligrosa, como el médico, el párroco, el profesor, la prostituta, que pueden convertirse en víctimas o en victimarios. Impulsos y eliminación de inhibiciones de la víctima a) Víctima con ánimo de lucro. Es aquella que por codicia, por deseo de enriquecimiento fácil.
61 Vásquez, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE b) Víctima con ansias de vivir. Es aquella que se ha privado de las cosas de que la mayoría ha gozado, y trata de recuperar el tiempo perdido, de vivir lo que no ha vivido. c) Victimas sin valor. Parece ser un sentimiento arraigado de que deter- minadas personas inútiles son víctimas de menor valor. Se ponen como ejemplo los viejos, los “pesados”, los malos, lo pecadores. Víctima con resistencia reducida a) Víctima por estados emocionales. Los sentimientos fuertes arraigan consigo a la totalidad de las funciones psíquicas como la esperanza, la compasión, la devoción, el miedo, el odio. Son estados emocionales pro- picios a la victimización. b) Víctima por transiciones normales en el curso de la vida. En este caso cuenta en primer lugar la corta edad, la ingenuidad, la inexperiencia; la pubertad y la vejez están en segundo lugar. En las mujeres el embarazo y la menopausia ocupan un lugar privilegiado. c) Víctima perversa. Hentig incluye aquí a los que se denominan “psico- páticos”. d) Víctima bebedora. La existencia de alcoholismo es fácilmente comprobable en una buena cantidad de víctimas. e) Víctima depresiva. La preocupación y la depresión llevan a buscar la autodestrucción. f) Víctima voluntaria. Es aquella que permite que se cometa un delito, o que no ofrece resistencia alguna. Se da principalmente en materia sexual. Víctima propensa a) Víctima indefensa: Es aquella que se ve privada de la ayuda del Estado, porque tiene que evitar la persecución penal. b) Víctima falsa: Es la que se auto victimiza para obtener un beneficio. c) Víctima inmune: Hay ciertas personas que se considera un error victi- mizarla.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Como ejemplos se dan los sacerdotes, jueces, fiscales, policías, periodis- tas. d) Víctima hereditaria: Es un tema que apenas ha sido objeto de atención. e) Víctima reincidente: A pesar de que la víctima ha sufrido, hay casos en que no toma las precauciones para evitar volver a ser victimizada. Se trata de sujetos con impulsos defensivos demasiado débiles. f) Víctima que se convierte en autor. Parte del postulado de que en la vida no se da únicamente el claro contraste entre autor y ofendido. La transmigración de la violencia del autor a la víctima y de la víctima de nuevo al autor, es un fenómeno que encontramos continuamente.62 Tipología de Jiménez de Asúa Clasifica a las víctimas en: a) Las víctimas indiferentes: a quienes también llama indefinidas, son aquellas en las cuales la víctima pudo haber sido cualquiera, es decir, fue escogida por el criminal al azar. b) Las víctimas determinadas: son aquellas escogidas específicamente por el criminal, al que no da lo mismo victimizar a cualquiera otra. Dentro de las víctimas determinadas hay víctimas resistentes y víctimas coadyu- vantes. • Las víctimas resistentes: lo pueden ser en forma real o en forma presunta, la primera se defiende de manera efectiva, la segunda es vic- timizada en forma tal que nos indica que el criminal sabía que se iba a defender. • Las víctimas coadyuvantes: son aquellas que participan activamente en el delito, y son ejemplificadas como el homicidio, tiranicidio, homicidio justiciero, atormentador-atormentado, pasional, duelo, riña, homicidio consentido, suicidio.
62 Machicado, 2010
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Tipología de Abdel Ezzat Fattah En un primer intento de clasificación, divide a las víctimas en aquellas que no tienen ninguna responsabilidad y las que tienen una parte de la res- ponsabilidad en la infracción, estas últimas pueden ser clasificadas en tres categorías: a) La víctima deseosa o suplicante: Esta es una víctima que desea el acto delictuoso y que hace todo lo posible por incitar a la gente a come- terlo, como son menores que piden alcohol, eutanasia solicitada, aborto pedido. b) La víctima que consiente libremente: La víctima voluntaria, la persona no se decide, no hace objeción, no resiste y no ensaya defenderse o impe- dir que la infracción tenga lugar. c) La víctima sin consentimiento: El hecho de que la infracción tenga lugar sin el consentimiento de la víctima no quiere necesariamente decir que ella no haya favorecido la comisión de la infracción. Posteriormente, va a proponer una compleja clasificación, compuesta de cinco tipos básicos y varias sub clasificaciones:
a) Víctima no participante: Es aquella que rechaza al ofensor y a la ofensa, y no ha contribuido al origen de la agresión. b) Víctima latente o predispuesta: Es en la que se puede encontrar cierta inclinación a ser víctima, por defectos de carácter o por otros factores. Las predisposiciones se clasifican en:
a.
Predisposiciones bio psicológicas • • • •
Edad Sexo Estado físico Alcoholismo
b. Predisposiciones sociales • • •
Profesión u oficio Condición económica Condiciones de vida (aislamiento-sociabilidad)
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • • • •
Desviaciones sexuales Negligencia, imprudencia Confianza o desconfianza Defectos de carácter (avaricia-vanidad)
c) Víctima provocativa: Incita al criminal a cometer la acción. d) Víctima participante: Interviene en el crimen adoptando una actitud pasiva o facilitando la acción, o aun auxiliando al criminal. e) Víctima falsa: Es la presunta víctima de un crimen cometido por otra persona, o que ha sido víctima de sus propias acciones. Tipología según Sellin y Wolfgang La división que Sellin hace de la victimización en primaria, secundaria y terciaria. En un trabajo realizado con Wolfgang plantea una tipología de acuerdo a la victimización, es decir, en cuanto a la relación víctima-victi- mario. 63 Tipos de Víctimas La tipología quedaría en la siguiente forma: a) Victimización primaria: que hace referencia a una víctima indivi- dual o personalizada. Esta víctima pudo haber sido atacada “cara a cara”. b) Victimización secundaria: que indica una víctima impersonal, comer- cial o colectiva, a un grupo en particular. c) Victimización terciaria: que presupone una víctima difusa y generalizada, en delitos contra el orden público, por ejemplo: • Victimización mutua: que plantea los casos en los que ambos participantes pueden ser criminal y víctima a la vez. • No Victimización: en esta categoría se hace referencia más bien al ofensor que a la víctima; se acerca mucho al “crimen sin víctima”. Reparación del daño o alternativas de compensación Una re- victimizacion de una acción ya victimizante, puede ser una situa63 Psicología Jurídica y Forense, 2012
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE ción compleja, generalmente en abuso sexual. En el Art 11 COIP conside- ra la sanción de la revictimizacion por parte de los funcionarios públicos jurídicos y legales. El ser humano está amparado bajo la constitución política del estado, la normatividad y la articulación lo hace el COIP, con cada uno de los artí- culos, de manera internacional estamos amparados bajo varios proto- colos ESTAMBUL, GUINEBRA BELEN DO PARA. Derechos internacionales contemporáneos. La aprobación de estos protocolos como derechos hu- manitarios. Toda violación de los derechos humanos es sancionada por el Estado y amparado por la constitución política de cada país, según los reglamentos teóricos y prácticos internacionales, una forma es la reparación integral de la víctima, reparación de los daños, justicia restaurativa. Art 77, reparación integral de los daños COIP Art 519. Medidas cautelares y de protección Art19 reparación económica Art 619 sentencia. Art 11 derechos de la víc- tima (restitución rehabilitación medidas de satisfacción, garantías de no repetición) La reparación del daño causado a la víctima de un delito, es una preocupación entre los Juristas y Criminólogos según el artículo.
antigua
La reparación • La reparación del daño producido por una conducta ilícita es conocida desde los más remotos tiempos; la encontramos en el Código de Hammurabi (17281686 A.C.), en las Leyes de Manú (s. VI A.C.) y en las Doce Tablas Romanas (s. V A.C.). En el Código de Hammurabi: se obliga al delincuente a compensar a su víctima; en casos de robo o daño debía restituir 30 veces el valor del ob- jeto sustraído; cuando el delincuente era insolvente, el Estado (la ciudad) se hace cargo reparando el daño a la víctima o a su familia. En las Leyes de Manú: la compensación es considerada como penitencia, y se extiende a los familiares en caso de desaparición de la víctima. En las Doce Tablas: el ofensor está obligado, en todos los casos de delito y cuasidelito, al pago de daños y perjuicios. Así, en el robo se paga el doble
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE de lo robado en los casos in fraganti, en los demás será el triple.64 En otros delitos se toma en cuenta la calidad de la víctima y las circunstan- cias del hecho. El resarcimiento: • El Resarcimiento es la reparación del daño a cargo del delin- cuente. El concepto de resarcimiento implica una gama amplia de daños, incluyendo perjuicios, lesiones personales y menoscabo de propiedad. • El delincuente puede pagar directamente, por medio de tra- bajo a través de terceras personas, como es el caso de empleadores, padres, tutores. • La indemnización es la reparación del daño proporcionada por el Estado u otro fondo establecido para tal fin. • Es claro que la indemnización tiende a ser más modesta y limita a cubrir las pérdidas resultantes de daño personal.
4.4 Conceptos Victimológicos Básicos Se han desarrollado una serie de términos, siendo muchos de estos vocablos neologismos no localizables en los diccionarios clásicos (ni aún en los especializados). Crimen sin víctima Se ha discutido si puede haber crímenes sin víctima; una parte de la teoría piensa que esto es imposible, otros consideran que no hay problema en aceptarlo. En casos como el aborto y la drogadicción, no se podía precisar a una vícti- ma propiamente dicha. En ciertos casos de auto victimización la situación es también confusa. 65 La categoría de delitos sin víctima, en los cuales nadie sufre directamente, y pone como ejemplos: el juego, prostitución, vagancia, drogadicción, ac-
64 Soria, 2005 65 Schur, 2003
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE tos sexuales prohibidos por la ley y realizados voluntariamente entre adul- tos. Afirma que estos actos han sido definidos como delitos, básicamente porque los grupos sociales en el poder los contemplan como moralmente repugnantes.66 Otros autores no conciben la posibilidad de crímenes sin víctima. Hay una clara diferencia entre crimen, considerado como conducta anti- social, y delito, definido como acción u omisión que sancionan las leyes penales. Es indudable que hay delitos en los que no existe víctima, nadie es per- judicado ni dañado. Pero en lo referente a las conductas antisociales la situación es diferente, pues el mismo adjetivo de “antisocial” nos está in- dicando que hay por lo menos una víctima: la comunidad.67 Victimización Victimar o Victimizar es hacer objeto a otro u otros de una acción victimante, es, en última instancia, convertir a alguien en víctima. 68 • Victimización directa: es la que va en contra de la víctima en sí. El asesinado. • Victimización indirecta: es aquella que se da como conse- cuencia de la primera, y recae sobre las personas que tienen una relación estrecha con el agredido. Ej. La familia. • Victimización conocida: es la que llega al conocimiento de las autoridades. • Victimización oculta: es la que queda tan sólo en la consciencia de la víctima (y del criminal, si lo hay). Victimidad El término “victimidad” puede contraponerse al de criminalidad, ya que, si éste es el conjunto de conductas (y/o sujetos) antisociales que se pre- sentan en un tiempo y lugar determinados, la victimidad puede ser el
67 Martínez, 2015 68 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE total de victimizaciones dadas también dentro de un límite especial y temporal. Victimario o Victimizador Victimario, del latín victimarius, en su acepción original es el sirviente de los antiguos sacerdotes gentiles, que encendía el fuego, ataba a las vícti- mas al arar y las sujetaba en el acto del sacrificio.69 En el sentido victimoló- gico, victimario es aquel que produce el daño, sufrimiento o padecimiento de la víctima. Otros Conceptos • • • •
Victimizable o victimable: es el sujeto capaz de ser víctima. Victimante es aquello con capacidad de victimar. Victimógeno es lo que puede producir la victimización. Revictimización
4.5 Delitos de violencia contra la mujer o miembros del nucleo familiar: Código orgánico integral penal. Artículo 155.- Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.- Se considera violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológi- co o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar. Se consideran miembros del núcleo familiar a la o al cónyuge, a la pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente, ascendientes, descendien- tes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vínculos familiares, íntimos, afectivos, con- yugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación.
69 Soria, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Artículo 157.- Violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar.- La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause perjuicio en la salud mental por actos de perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones, será sancionada de la siguiente manera: 1. Si se provoca daño leve que afecte cualquiera de las dimensiones del funcionamiento integral de la persona, en los ámbitos cognoscitivos, afec- tivos, somáticos, de comportamiento y de relaciones, sin que causen im- pedimento en el desempeño de sus actividades cotidianas, será sanciona- da con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días. 2. Si se afecta de manera moderada en cualquiera de las áreas de funcionamiento personal, laboral, escolar, familiar o social que cause perjuicio en el cumplimiento de sus actividades cotidianas y que por tanto requiere de tratamiento especializado en salud mental, será sancionada con pena de seis meses a un año. 3. Si causa un daño psicológico severo que aún con la intervención espe- cializada no se ha logrado revertir, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Artículo 158.- Violencia sexual contra la mujer o miembros del núcleo fa- miliar.- La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o un miembro del núcleo familiar, se imponga a otra y la obligue a tener relaciones sexuales u otras prácticas análogas, será sancionada con las pe- nas previstas en los delitos contra la integridad sexual y reproductiva.70
4.6 Los Factores Endógenos para la Victimicidad 1.- Factores Biológicos Para Hentig: “El individuo débil, tanto en el reino animal como entre los hombres, es aquel que probablemente será víctima de un ataque. Algunos como los menores y los ancianos son débiles en lo físico, otros pertenecen al sexo débil y otros son débiles de espíritu.”
70 Asamblea Nacional República del Ecuador
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • La edad Es pacífico entre los autores el aceptar que la edad es un factor victimóge- no y parece tener importancia en cuanto al delito padecido. En cuanto a la edad de inicio victimal, de las personas que recuerdan su primera victimización, el 53.7% lo fue entre los 10 y los 20 años. • El sexo Del total de hombres el 54.76% confesó haber sido víctima, frente al 52.90% de las mujeres. Lo anterior nos demuestra que no existe una diferencia significativa en cuanto al sexo, y que la capacidad victimal es sólo ligeramente superior en los hombres. En lo referente al tipo de victimización sufrido, encontramos diferen- cias muy marcadas en cuanto al sexo de las víctimas. Independientemente de l o s d e l i to s d e v í c t i m a típicamente femenina (violación, estupro, atentado al pudor, abandono y rapto), encontramos un mayor número de mujeres en robo e injurias, mientras que los hom- bres predominan en lesiones. 2.- Factores Psicológicos El pensamiento lógico nos previene contra la victimización. La fantasía y la imaginación son dignas de estudio, cuántas veces la víc- tima ha fantaseado su victimización hasta que se hace cierta (la profecía cumplida). La inteligencia es uno de los factores estudiados; la mayoría de los autores concuerdan en que las deficiencias intelectuales facilitan la victimización. • Las esferas afectiva y volitiva Así como existe una motivación para el crimen, en muchos casos la hay para ser víctima. Los casos más obvios son aquellos en que se obtendrá una ganancia (cobrar el seguro, por ejemplo). Así, el individuo cuya motivación básica es la seguridad, puede ex- tremar sus precauciones para conservar sus propiedades, a tal grado que atraerá la atención de los ladrones. El que desea aprobación o reconoci-
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE miento social puede correr riesgos innecesarios. El que está motivado por la participación puede integrarse a grupos criminógenos (que lo victimi- zarán). •
Emociones
La ira, el odio, el amor, el miedo, son cuatro gigantes del alma que en un momento dado se apoderan de nosotros y nos hacen perder el control y quedar en una posición de desconcierto tal que somos fácilmente victimi- zables. Por ejemplo, el amor, tema favorito del arte, puede llevar a realizar verda- deras tonterías; el individuo idealiza al sujeto amado y queda totalmente indefenso, entregando sus bienes, dándose a sí mismo, y llegando al extre- mo de la autodestrucción (suicidio por amor). •
La personalidad
Una personalidad bien integrada es menos victimizable que una persona- lidad lábil, desintegrada o desequilibrada. El inconsciente de la víctima (en terminología freudiana) tiene un papel preponderante en el proceso de victimización. La teoría indica que hay muchas víctimas que inconscientemente deseaban serlo, y por esto se pu- sieron en situación victimal. 71
4.7 Victimología y Ciencias Penales La Victimología se relaciona con toda la enciclopedia penal, aporta y recibe conocimientos, sugiere soluciones, acepta sugerencias y se va con- virtiendo en parte indispensable del trabajo interdisciplinario. En tanto que, en el mundo científico el interés es tratar de explicar el fenó- meno victimal, a nivel institucional, la preocupación se va centrando en la reparación del daño y en el auxilio- asistencia a las víctimas. 1. - Victimología y Criminología A la Criminología le interesan las víctimas de los crímenes, es decir de conductas antisociales que atenían contra el bien común.
71 Vásquez, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Difícilmente puede explicarse el fenómeno criminal sin su contraparte, el fenómeno victimal. Un sector cada vez mayor de los investigadores en Criminología dirige su atención al papel jugado por la víctima en el fenómeno criminal, y utiliza los estudios de victimización. 2. - Victimología y Ciencias Jurídicas El Derecho Penal, por su parte, ha sido punto de partida para varios estudiosos de la Victimología. El derecho de la reparación del daño al ofendido es un problema desarro- llado por los juristas y que ha repercutido en el conocimiento victimoló- gico. La Victimología ha tenido un impacto notable en la legislación penal, desde cambios importantes en la normatividad substantiva y pro- cesal, la elaboración de leyes especiales de auxilio, protección y justicia a las víctimas del delito, hasta llegar a lo que hoy denominamos Derecho Victimal. Finalmente, es necesario aclarar que las relaciones entre Victimología y Ciencias Jurídicas no se reducen sólo al campo penal, sino que se amplían a otras ramas del derecho; así, en el Derecho Social (la protección social); en el Laboral (accidentes de trabajo, los despidos injustificados y los abu- sos a los Trabajadores); en el Derecho Internacional el campo es también amplio, desde los derechos humanos hasta problemas bélicos, el genocidio, etc. 72
4.8 Factores Victimógenos Por factor victimógeno entendemos todo aquello que favorece la victimización, o sea las condiciones o situaciones de un individuo que lo hacen proclive a convertirse en víctima. No debe confundirse factor con causa, ya que el primero favorece, facilita, conduce hacia el fenómeno victimal, en tanto que la segunda produce la victimización. Solamente podemos hablar de causa victimógena en el caso concreto, ya que causa es aquello que necesariamente produce un efecto, y quitando la causa eliminamos el efecto.
72 Arch & Jarne, 2009
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE El factor victimógeno posibilita la victimización, pero no la produce; pode- mos encontrar dos personas con los mismos factores victimógenos, y una llega a ser víctima y la otra no. En palabras de Stanciu: De la misma manera que todas las personas que sufren los factores criminógenos no se convierten en criminales, igual- mente todos los individuos que se encuentran bajo situaciones victimóge- nas no se convierten en víctimas. “La personalidad de cada quien y ciertas circunstancias pueden realizar compensaciones y neutralizar la nocividad de las situaciones desfavora- bles.” Por lo general, los autores aceptan la existencia de los factores victimógenos y la predisposición de ciertas personas para ser víctimas. Di Tullio, sostiene que existen individuos que poseen una simpatía crimi- nógena, es decir, su personalidad está constituida de tal forma que fácil- mente se convierten en víctimas no sólo pasivas, sino hasta voluntarias, de los más variados delitos. Exner opina que: “Hay algo así como una aptitud personal, de llegar a ser víctima de una acción delictiva de tipo determinado”. Para Fattah, las predisposiciones victimógenas no solamente contribu- yen a la escogencia de esta o de aquella persona como objeto del crimen, sino que desempeñan también el rol de agente provocador que incita a la acción o inspira al criminal la idea del crimen. Se ha llegado a plantear la existencia de una “víctima nata”; así Aldous Huxley llega a afirmar que: “Existen víctimas por nacimiento, nacidas para ser degolladas así como los criminales nacen para ser colgados de la horca, existe un tipo de víctima, así como existe un tipo de criminal.” Este es un error a evitar, más aún si lo enfocamos en el mismo sentido de “criminal nato”, o de “predestinación victimal”.
Sin embargo, es de reconocer que hay personas con una gran proclividad
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE para ser víctimas, pues se reúne en su contra una gran cantidad de factores victimógenos. “Se trata de personas que presentan tres características esen- ciales: un débil instinto de conservación, credulidad e imprudencia. Estas personas tienen un comportamiento tal contra sus intereses y contra su vida que parecen buscar de una manera inconsciente o subconsciente ser robados, defraudados, lesionados y hasta muertos. Nosotros los cali- ficamos como casos de insuficiencia egoísta.” En muchas ocasiones, son sujetos con graves defectos psicológicos (inse- guridad, depresión, obsesión, etc.), o que están conectados con ilícitos como el juego, la prostitución y las drogas. No podemos comprender el fenómeno victimal sin estudiar la personalidad de la víctima, sus cualida- des objetivas y subjetivas, así como las circunstancias de la victimización.73 Toda conducta o situación humana, aun la de ser víctima, llevan la impron- ta de la personalidad del sujeto. Cada hombre tiene su estilo de vida, igual que cada artista tiene su distin- tivo, cada criminal y cada víctima tienen su estilo. Por lo tanto hay un estilo criminal y un estilo victimal. Los factores victimógenos son: • Los factores predisponentes por lo general, de naturaleza endó- gena; crean en el sujeto una serie de debilidades que lo hacen propenso a caer víctima de sí o de otros. Pueden ser biológicos (edad, enfermedad), psicológicos (deficiencia mental, complejos), o aun sociales (marginación, discriminación). • Los factores preparantes, por lo general exógenos, y se van de- sarrollando con el tiempo, así: una relación de enemistad, la ingestión de alcohol o drogas, etcétera. • El factor desencadenante puede ser cualquiera, y su naturaleza puede ser mixta.
73 PJF, 2014
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE La provocación al victimario, el descuido momentáneo, el asistir a un lugar victimógeno, pueden ser ejemplos claros. Relaciones entre víctima y victimario Criminal y víctima, obran uno sobre otro inconscientemente. Podemos de- cir que en la misma medida en que el criminal moldea a su víctima ésta moldea al criminal, y mientras la ley juzga estas relaciones desde un punto de vista objetivo, no emocional, la actitud psicológica de los par- ticipantes es muy diferente. La ley distingue con toda claridad al atacante de la víctima. Pero en realidad esta relación puede ser, y a menudo lo es, de estrecha intimidad, de modo que los papeles se invierten y la víctima pasa a ser el agente determinante, mientras que el victimario se convierte en víctima de sí mismo. Eisenberg intenta clasificar las relaciones entre delincuente y víctima, y llega a cuatro grupos principales: 1. El centro de la relación lo ocupa una vinculación personal nacida de una fijación psíquica o física (simbiosis). 2. En el segundo grupo existe una relación de mero contacto interior al delito. 3. En el tercero, una relación semejante que surge sólo y/o exclusi- vamente durante la comisión del hecho (es importante si la víctima fue elegida de acuerdo a algún criterio o no). 4. El cuarto grupo se caracteriza por el anonimato, por la calidad impersonal de la relación. 5. No siempre el victimario y la víctima se contraponen claramente, hay situaciones en las cuales no se encuentra una diferenciación notable; esto lo podemos notar en ciertos casos de incesto o de pacto suicida. En palabras de Neuman: “Hay situaciones que anudan de tal modo la “pareja penal” que no llega a visualizarse claramente, desde el punto de vista estrictamente victimoló- gico, quién es el verdadero autor del homicidio y quién lo es simbólica- mente y, más precisamente, quién es en realidad la víctima.”
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 4.9 Victimización de Menores Según Thorstein Sellin, existen clases de victimización, referentes al menor victimizado. 1. Victimización Primaria: es la que hace referencia a la víctima indivi- dual. Siendo en este caso víctima todo menor de edad. La victimización primaria toma parte preponderante en el maltrato infligido al menor por sus propios padres. Otra forma preocupante de victimización de menores la tenemos en los abusos sexuales. 2. Victimización secundaria: independientemente de que un menor d e e d a d pueda ser víctima en forma individual de cualquier delito (robo, homicidio, violación, entre otros) lo puede ser en delitos propios (infanticidio, corrupción, estupro) o accidentes de tránsito. 3. Victimización terciaria. Por victimización terciaria se entiende a la dirigida contra la comunidad en general, y dentro de esta, en forma muy marcada hacia los menores de edad. Efectivamente, los menores de edad son más fácilmente victimizables por razones de edad, lo que implica una inferioridad física, intelectual, económica y psicológica. 74
4.10 Clases de víctima Siguiendo un patrón establecido por Mendelsohn, desde el punto de vista de la culpabilidad, y tomando en cuenta las características biopsicosocia- les de la víctima, éstas se pueden clasificar en la forma siguiente: • Víctima inocente. Esta es la llamada víctima ideal, es la que no ha provocado en forma alguna la agresión ni tiene culpa en el hecho. Es muy común encontrar menores con estas características, un ejemplo clá- sico es el del infanticidio. • Víctima de culpabilidad menor. Esta víctima generalmente lo es por ignorancia, y es también fácil encontrarla entre menores de edad, que al no tener una formación adecuada pueden ignorar los alcances de 74 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE su acción, prestándose a ser victimizados. Este es el caso de estupro, en el que la inexperiencia sexual de la víctima la hace fácil presa del engaño del victimario. Otro caso es el del aborto, en el que la menor acepta la inter- vención sin medir el alcance de ella. Víctima tan culpable como el infractor. Es la llamada víctima consensual, la que voluntariamente acepta ser víctima, consciente del hecho. Ejemplos de esta situación son los menores que aceptan un pacto suicida, que jue- gan “ruleta rusa” o que aceptan usar droga. Generalmente, para que pueda hablarse de este tipo de víctimas, es nece- sario que el infractor sea también menor de edad, pues en otra forma, la inexperiencia hace que el menor sea una víctima de culpabilidad menor. • Víctima más culpable que el infractor. En muchos de estos casos la víctima denota gran peligrosidad, por lo menos contra sí misma. Los ejemplos más claros son los de la víctima provocadora, la que incita al in- fractor a cometer la infracción. Otro ejemplo es el de la víctima por impru- dencia, por demás común en menores de edad, sobre todo en problemas de tránsito, el número de menores lesionados y muertos en este renglón es por demás impresionante. • Víctima únicamente culpable. El primer ejemplo de este tipo de víctimas lo construyen las víctimas infractoras, como en el caso de la legí- tima defensa. Este caso denota en la víctima una gran peligrosidad, pues el sujeto agrede y cae víctima de su propia agresión. En sentido amplio pueden incluirse aquí varios casos de suicidio. Victimización femenina Como formas más comunes de victimización primaria en la mujer se encuentran: • Primaria.- homicidio, violación, lesiones, asalto y secuestro. La cantidad y calidad de información sobre estos temas aumentado consi- derablemente en los últimos años, tanto la nacional como la internacional. Las escuelas psiquiátrica, psicológica, criminológica y victima lógica, han realizado investigaciones empíricas fundamentales sobre esta clase de víctimas, en las cuales marcan las secuelas que los hechos dejan en
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE ellas, no sólo psicológicas que modifican sus rutinas diarias sino sociales y económicas. • Secundaria.- Las mujeres también sufren victimización por per- tenecer a grupos específicos, o por formar parte de determinado núcleo de la población. Históricamente, en nuestro país lo fueron las mujeres que pertenecían al grupo de mulatas, mestizas o negras, durante la conquista fue explotado económicamente durante mucho tiempo, y hay lugares en donde es aún victimizado. Las inmigrantes son estigmatizadas por su raza, origen, además del sexo; (estas mujeres sufren ataques xenofóbicos de parte de la comunidad, cuya hostilidad las hace vivir en estado de pánico, aislamiento, ansiedad, con- virtiéndose en presas fáciles para la explotación y el abuso). Mujeres golpeadas Leonore Walker M. opina que los dos tipos de agresiones deben consi- derarse dentro de la definición de mujeres maltratadas. Ella estima un promedio del 20% de las mujeres maltratadas reciben agresiones físicas. Entre las parejas en que la mujer es golpeada, se da un círculo vicioso en torno a la idea de quién está en lo correcto y quién es culpable. El victimario El victimizador se muestra pacífico, debido a que hasta el hombre más violento, en ciertos lugares se muestra tranquilo. Es común que la imagen del golpeador de su mujer, sea contrastante fuera del hogar. La víctima La víctima de malos tratos es por lo general una mujer con baja autoesti- ma, inmadura, insegura de sí misma, que busca en la pareja una autori- dad a veces semi- paterna. Se trata de personas con una actitud infantil y tolerante, que rápidamente perdonan e inician un nuevo juego en su relación. Son torpes para enfrentar sus problemas y fricciones personales, cargando en forma tácita o expresa con las culpas de cualquier discusión conyugal; se comportan como víctimas “natas”, poniéndose en el blanco del agresor para después vivir explotan- do su papel de víctimas.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 4.11 Dinámica Victimizadora Lo primero que debemos analizar es la naturaleza de las provocaciones, qué genera que sea golpeada la mujer. La provocación en ocasiones sólo existe en la mente del que la recibe. Es interesante, por ejemplo, ana- lizar la sufrida por el hombre golpeador. Su precario y vulnerable sentimiento de autoestima lo conduce a reacciones violentas frente a “provocaciones” insignificantes o imaginarias. Etapas de agresión Según estudios realizados por Walker, la dinámica victimizador en el sín- drome de la mujer golpeada pasa por varias etapas, Son tres etapas las que podemos distinguir: la primera, construcción de la tensión; explosión del incidente agresivo la seguridad; y un período amoroso, de calma, la tercera. Clases de victimización • Victimización Primaria. Varias son las formas como se victimiza al anciano en forma individual, contra su persona. Se encuentran como daños graves los robos a senescentes, con violencia física o moral, apro- vechando su estado de decadencia corporal y por lo tanto su escasa resis- tencia. • Victimización secundaria. Hay varios ancianos que se ven victi- mizados por pertenecer a un grupo específico; entre ellos se encuen- tran los ancianos jubilados o desocupados, las mujeres solas y viudas, los enfermos o seniles y los reclusos. • Victimización terciaria. Llámese victimización terciaria a la que comunitariamente se realiza sobre el grupo de los ancianos en general. Ya han pasado los tiempos en que se respetaba a los ancianos por su ex- periencia y sabiduría, por la sociedad utilitarista en la cual vivimos: si un ser humano no produce, no sirve. Es así como desecha y se le convierte en un verdadero paria social.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Es un grupo victimizado fundamentalmente por su alta vulnerabilidad, producto no de una entidad nosológica, sino de la presencia estrecha de múltiples factores que actúan por acumulación. 75
4.12 Víctimas Sexuales Cuando se habla de victimización sexual, inmediatamente viene a nuestra mente la imagen de la violación: la víctima que es salvajemente agredida por una pandilla de malhechores, que la golpean, y abusan sexualmente de ella. Sin embargo, la victimización sexual es mucho más variada que esto, toma múltiples formas, la mayoría de ellas no ejercen violencia física di- recta contra la víctima. Tendríamos de entrada que hacer una triple división: por edad, por sexo y por consentimiento de la víctima. • La edad del ofendido es fundamental; para la mayoría de las legislaciones el tipo del delito es diferente o por lo menos agravado si se trata de menores de edad. • En cuanto al sexo, la agresión sexual al hombre tiene ca- racterísticas radicalmente diferentes a la que se realiza contra una mujer a tal grado que hay delitos que solamente pueden cometerse con víctima femenina (estupro, rapto). • Y el consentimiento es básico, debemos por principio separar los casos en que la víctima acepta la relación. Por esta razón trataremos al estupro, la violación y el incesto por separa- do. Violación La violación es considerada como una de las formas de victimización más graves, que deja mayor número de secuelas en la víctima y que tiene una cifra negra muy elevada. Por v i o l a c i ó n debemos entender el a c c e s o c a r n a l ( por c u a l q u i e r v í a ) contra la voluntad de la víctima.
75 Ponce, 2011
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Incesto El término viene del griego ancestos que significa insanable, inexplicable, y del latín in y castus, lo que no es casto. Incestare quiere decir contaminar y algunos autores interpretan como “falta de cesto”, pues “cesto” impli- ca también lugar o lecho matrimonial, y el incesto es la relación sexual mantenida por parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio. Freud llamó la atención mundial del fenómeno, alrededor del cual gira gran parte de su teoría. En el incesto clásico, el materno-filial, parecería que es el hijo el ofendido pero, ¿lo es ya siendo mayor de edad?, en el ejemplo más conocido, Edipo y Yocasta, parecen ser ambos víctimas inocentes de destino. Estupro En el estupro la víctima toma una parte activa, está de acuerdo con la rela- ción, no se opone a ella, coopera por lo general gustosamente, pues está enamorada, seducida, y/o con esperanza de matrimonio. En nuestro medio, la víctima debe ser mayor de doce años y menor de dieciocho y haber dado su consentimiento para la cópula por medio del engaño. El estupro (al igual que el incesto) es el delito en que víctima y victimario se conocen, en ocasiones han mantenido relaciones durante largo tiempo, y no es raro que continúen la relación después de que han sido descubier- tos. Atención y tratamiento Los delitos sexuales son peculiarmente victimizantes, ya que dejan serias secuelas psicológicas y sociales, producen importantes cambios de perso- nalidad, de conducta y de vida, y provocan una notable sobre victimiza- ción. Por esto la víctima debe ser especialmente atendida y tratada, y debe ponerse gran cuidado en la prevención, sobre todo en lo referente a niños. Una adecuada información es aconsejable para las víctimas potenciales, aunque no sea suficiente, ya que deben ponerse todos los medios a la mano para evitar este tipo de victimizaciones.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Una adecuada información es aconsejable para las víctimas potenciales, aunque no sea suficiente, ya que deben ponerse todos los medios a la mano para evitar este tipo de victimizaciones. Ante todo, la víctima no debe sentirse rechazada, fenómeno peculiar que no se presenta en otros delitos.76 Víctima y victimario: Siempre que se menciona víctima y victimario, es como una relación de dos polos opuestos, es decir el bien y mal, puede ser como Caín y Abel, donde no se encuentran vinculados por el mismo hecho de ser diferentes; pero esta situación no es como la pensamos, la Victimología nos muestra que estos dos puntos siempre son dos puntos diferentes en ocasiones pueden estar muchos más relacionas entre sí y no ser tan di- ferentes como parecen, por ejemplo, “los estudios de violencia entre adolescentes nos hacen ver perfiles muy similares para ambos actores”. La víctima tiene su propia personalidad, sus creencias, deseos e ilusiones, no se la puede considerar como una persona “activa”, más bien se la ve como una persona “pasiva”. La pareja penal es la relación víctima-victimario, para hacer el análisis de la pareja penal, debe tomarse en cuenta tres variables, que son el conoci- miento o desconocimiento entre ambos, las actitudes mutuas y la percep- ción que se tiene de la contraparte. Relación y conocimiento La relación momentánea de víctima y criminal es algo de gran trascenden- cia, hay casos en los que se elige a una víctima por ser conocida y en otros se selecciona exactamente por ser desconocida. En la misma situación, hay delitos que nunca se cometerían con un cono- cido y, por el contrario, hay ilícitos que es imposible cometer si no se co- noce a la persona víctima (estupro, incesto, abuso de confianza, violencia intrafamiliar).
76 Arch & Jarne, 2009
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Víctima y victimario se conocen, por lo tanto hay una vinculación interpersonal que puede ser de mayor o menor grado. El criminal conoce a la víctima, pero esta no a su victimario (por lo que lleva una ventaja sobre ella). La víctima conoce al criminal, pero este no conocía a la víctima. Víctima y victimario no se conocían previamente, eran desconocidos, el encuentro es fortuito.
4.13 Factores Victimógenos Hay diversas formas de identificar los factores victimógenos, si consideramos a la víctima como un ente biopsicosocial, los factores pueden ser biológicos, psicológicos y sociológicos; otra forma es considerarlos como endógenos y exógenos, o de otra manera como predisponentes, preparantes o desencadenantes; puede también hablarse de factores víc- timo-impelentes y víctimo-repelentes. • Circunstancias personales. • Circunstancias de lugar. • Circunstancias de tiempo. Las circunstancias personales son las características físicas, psíquicas y so- ciales que presenta la víctima, que son atendidas por el autor para realizar el delito. Las circunstancias de lugar se refieren al sitio donde se encuentra la víctima o ya sea futura víctima, que propicia la victimización. Las circunstancias de tiempo hacen referencia al momento que más facilite el delito. • La victimización sexual: La victimización que está nominada comúnmente como “sexual”, repre- senta en realidad una gran variedad de innumerables conductas y una notable complejidad psicosocial. La característica más clara de los delitos de agresión sexual es que son delitos de contacto, o por lo menos en sus formas más graves víctima y victimario están en la máxima cercanía física posible.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE •
La víctima:
El estudio de la víctima muestra una serie de complicaciones, pues hay ca- sos en que ella no siempre tiene consciencia clara de victimización ya sea por la edad, por ser consensual, por estar inconsciente, por ignorancia, etc., o en contraste tenemos personas que se consideran como víctimas sin serlo, pues aún hay carencias graves en materia de educación sexual. Los delitos sexuales son los de más alta cifra negra, es decir los que con menor frecuencia llegan al conocimiento de las autoridades, los de más baja denuncia, por múltiples razones comprensibles, lo que representa una doble victimización. • Violación: Por tratarse de la más grave infracción sexual y de uno de los delitos más trascendentes según encuestas de opinión, el segundo después del homi- cidio. Las variantes importantes para aclarar como escoge el criminal a su víctima son las siguientes: Si la víctima es conocida en familiar y no familiar; Si la víctima es descono- cida en individual y grupal, al mencionar grupal hace referencia a grupos juveniles, adultos, etc. Por lo general en dos de cada tres violaciones ofen- dido y víctima se conocían (comprensible por la cercanía necesaria), y en una de cada cuatro había relación de parentesco, y de estas, una de cada cinco era el mismo padre. • Victimología infantil: Es una nueva ciencia cuya independencia respecto a la Criminología, cuan- do se intenta abordar el estudio de la Victimología infantil, el panorama es mucho más desolador. Muchos expertos calculan que solo un 10 o un 20% de los casos de maltrato infantil salen a la luz. El miedo, la sensación de culpabilidad, sus sentimientos ambivalentes hacia s u a g r e s o r, su c o r t a edad y las barreras estructurales con las que tropiezan, les impiden expresar las brutalidades que sufren. Son víctimas de maltrato infantil, las personas comprendidas a partir del no nato, hasta el adolescente que no cumple los dieciocho años de edad. En la mayoría de definiciones y de estudios, el maltrato infantil se inicia a
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE vios al nacimiento que afectan al niño o niña, cuando mujeres que van a tener hijos no deseados, se someten a métodos abortivos y si no logran su propósito final, se maltratan ellas mismas a fin de lastimar al feto, cuyas consecuencias pueden ser físicas, cuando nacen con algún tipo de anor- malidad, o psicológicas, cuando nacen con problemas mentales. Por otro lado, cuando se produce violencia intrafamiliar, aquel que maltrata a la mujer embarazada, está también maltratando al niño que lleva dentro, lo que se denomina abuso fetal.77 El Centro Internacional de la Infancia de París, define al maltrato infan- til como “cualquier acto por acción u omisión realizado por individuos, por instituciones o por la sociedad en s u conjunto y todos los estados derivados de estos actos o de su ausencia que priven a los niños de su libertad o de sus derechos correspondientes y/o que dificulten su óptimo desarrollo”. Al maltrato infantil se lo define también como “el uso intencionado de fuerza física de manera no accidental, con el propósito de lesionar o des- truir a un niño, niña o adolescente, que se ejerce por una persona que se encuentre a cargo de su cuidado, y que pueden producir lesiones físicas, psíquicas, morales o incluso llevar hasta la muerte” El maltrato infantil es resultado de actos impulsivos de violencia que se originan como consecuencia de estructuras sociales deficientes, proble- mas de alimentación y justicia, estrés, individuos violentos, adicciones, desintegración familiar, factores propios del menor tales como el llanto, control de esfínteres, educación, entre otros.78 • Tipologías de la violencia infantil: Las tipologías tienen que ver con acuerdos arbitrarios de los profesio- nales e investigadores que se ocupan de la explicación de este fenómeno, con una clara finalidad sistemática. La d i fe re n c i a c i ó n no i m p l i c a nece- sariamente los distintos tipos de victimización, violencia y maltrato que los niños padecen sean excluyentes; pueden, y es frecuente, darse varios
77 Ovejero, 2008 78 Machicado, 2010
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE vios al nacimiento que afectan al niño o niña, cuando mujeres que van a s tipos simultáneamente: • Victimizaciones extraordinarias: Les suceden a un número muy reducido de niños, pero atraen mucho la atención -y siempre ha sido así-. Estas victimizaciones incluyen los homicidios, secuestros y violaciones a manos de extraños. • Victimizaciones agudas: Son más frecuentes, les pasan a una minoría considerable de niños y cada vez se les presta más atención. En- tre ellas figuran el maltrato físico activo, el abandono o negligencia como maltrato físico pasivo o por omisión, el maltrato emocional, el secuestro familiar y el abuso sexual. • Victimizaciones pandémicas: Les ocurren a la mayoría de los niños en el curso de su desarrollo. Incluyen la agresión a manos de iguales y de hermanos, el castigo físico, el hurto y el vandalismo. Por otro lado, y más concretamente al referirnos a las distintas situacio- nes de maltrato infantil, la estrecha conexión existente entre las asociacio- nes profesionales relacionadas con la prevención del maltrato infantil de nuestro país, así como la interrelación de sus profesionales e investigado- res, ha conducido al consenso en la clasificación.
4.14 Factores de riesgo en la violencia contra Niños La presencia simultánea de varios factores de riesgo (social, familiar, psí- quico) hace que exista un riesgo elevado en la aparición del maltrato, aun- que a veces no se detecte su existencia. En este punto juega un papel muy importante los factores de mediación y los factores precipitantes referidos por Gómez de Terreros. Como factores precipitantes podemos encontrar los sucesos de las dife- rentes etapas de la vida, interpretaciones que se realizan de los hechos, estrés subjetivamente percibido. Ya en sentido más amplio, y abarcando los distintos tipos de violencia que sufren los/as niños/as y jóvenes, nos encontramos con el trabajo referido
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE anteriormente acerca de los principios generales que tienen que ver con el riesgo y de cómo el riesgo cambia en el curso del desarrollo79. Conclusión: la naturaleza de la victimología. En la medida en que ha evolucionado la victimología como punto de enfoque para denunciar, estudiar e intervenir ante el problema de la victimización, han surgido debates sobre la naturaleza de la disciplina. Así, los inicios de la victimología, en el campo penal, representaron acercamientos científicos al fenómeno de la victimización, donde la atención se prestaba mayormente al papel causal de la víctima en su propia victimización. Luego, a partir de la década de 1970, la reacción contra la noción de que la víctima es culpable, la insatisfacción con la definición penal de la víctima y el entusiasmo por intervenir para prevenir o aliviar la victimización surtieron un efecto considerable sobre la naturaleza de esta área de especialización. El abordaje de la victimización requiere no solamente de los aportes de la ciencia y de la praxis (la victimología de van Dijk), sino también de la ética. Estas tres áreas de actividad ofrecen los rubros bajos los cuales se pueden organizar los diferentes escritos, ideas y proyectos que se relacionan con el estudio, prevención o alivio de la victimización. Si a la palabra victimo- logía le quitamos la noción restringida de ciencia, no veo problema en entender la victimología como el abordaje ético, científico, y práctico de la victimización, implementación y evaluación de programas de atención a las víctimas. Pero también creo que mi exposición anterior revela que existen interrela- ciones entre las tres áreas, la cual es importante tomar en cuenta si quere- mos un abordaje óptimo de la victimización. Así, por ejemplo, hemos visto cómo la valoración del daño (dimensión ética) podría ser afectada por los datos que recogemos sobre las causas y consecuencias de la victimización (dimensión científica). De la misma forma, la manera en que definimos y estudiamos la victimización reflejará, inevitablemente, una concepción ética sobre la misma. Y nuestros esfuerzos de intervención son influencia- dos por nuestra ética, y por lo que sabemos sobre la victimización. Si bien queremos ocuparnos, en nuestras vidas profesionales, de una sola de las tres áreas, debemos estar atentos a estas interrelaciones. 79 Finkelhor 1995
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Trauma por maltrato y re-victimización en menores Perspectiva preventiva: El abuso hace referencia a toda conducta hostil, amenazante o destructi- va. Es algo alarmante el aumento de tales casos. Las víctimas frecuentemente presentan entre sí comportamientos comu- nes producto del abuso, en otras palabras, el fenómeno del abuso genera secuelas claramente visibles y detectables en la esfera psíquica y física de la víctima. Ese impacto del abuso, entendido como las secuelas del abuso, es motivo suficiente para que resulte lícita la intervención del Estado en esa esfera privada. Las sociedades deben ir formando mecanismos de educación y deben for- mar a los ciudadanos en el entendimiento de los aspectos negativos que genera la intromisión de unos en la esfera de libertad de otros, sobre todo cuando estos no están preparados ni para entender ni para resistirse a esa intromisión. Se comienza por causarle un maltrato que en la mayoría de los casos es exploratorio o mínimo, el cual puede ir en aumento durante un determinado período, hasta llegar a ocasionarles serios daños a los niños y niñas. El interés superior de los y las menores. El artículo 4 del Código de la Niñez y la Adolescencia va a prevalecer la obligación general del Estado a adoptar las medidas administrativas, legislativas, presupuestarias y de cualquier índole, para garantizar la plena efectividad de los derechos fundamentales de las personas menores de edad.80 En que consiste el abuso Cuando hablamos de abuso, relacionamos el término con el con- cepto de violencia, la cual entendemos como un contacto de toda índole que tiene una percepción negativa. Si nos vamos a las definiciones que sobre el tema nos otorga la Ley contra la violencia doméstica, vemos que se menciona la violencia en cinco formas, la doméstica, la psicológica, la
80 Carrasco & Maza, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE física, la sexual y la patrimonial. La primera se relaciona con un poco con todas las demás, pero con el sitio o los roles de los que intervienen, ya que se ejerce directa o indirectamente contra parientes por consanguinidad o por afinidad o por adopción hasta el tercer grado inclusive. Al abuso FISICO lo definiríamos como castigo severo que puede ser por medio de quemaduras, fracturas y golpes, los cuales dejan marcas en el cuerpo poco comunes o que no se producen por motivos naturales como ampollas, cortadas o lesiones sin explicación. En los casos de violencia física, se debe poner atención especial a las los glúteos, caderas y parte baja de la espal- da, genitales y parte interna de los muslos, mejillas (señal de bofetadas), lóbulo de la oreja (señal de pellizcos), labio superior y cuello. Estos niños son excesivamente arropados paraocultar los rastros, cicatrices o las se- cuelas del abuso físico. Otra forma de abuso es el descuido, llamado también negligencia. La persona adulta falta a su deber o al cumplimiento de atender las necesi- dades básicas del niño o la niña, como lo son la comida, ropa, casa, ho- gar, atención médica la higiene, etc. No debemos confundir esta forma de violencia o abuso con el descuido normal que pueda desprenderse de la situación económica ya que, un detector de esta forma de abuso puede confundirse con la pobreza extrema. No se trata aquí de no poder atender a los niños y niñas, se trata de no quererlo hacer. Lejos de realizar una observación específica de la víctima, se debe hacer un estudio compara- tivo entre aquella y sus hermanitos y hermanitas o entre aquella con los adultos del medio, ya que puede pasar que lo que aparenta ser un caso de negligencia no lo sea. EL abuso sexual es una de las esferas que más secuelas deja. Abarca desde sólo molestar hasta el incesto, violación y encuentros con personas exhibicionistas, las cuales se les muestran sexualmente a los niños, muchas veces sin tocarlos, es decir, atacando la madurez y la mente del sujeto pasivo. Esta forma de abuso puede ser por medio de caricias inadecuadas, exponer a los niños con el objeto de obtener material para películas pornográficas, obligar a pedir a un niño o una niña a tener contacto sexual oral, vaginal o anal, logrando de esta manera su explotación. Es común observar actividad sexual violenta entre miembros de la misma familia. Tenemos también el Abuso emocioanal que p u e d e p a s a r m ate r i a l - mente desapercibido ya que es un ataque directo a la psiquis, incluye cul-
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE parlos, rechazarlos y mostrar falta de interés constante hacia el bienestar del niño o la niña, usar palabras destructivas que los menosprecien y hu- millen. Se suele saber de padres que les replican a sus hijos el error que cometieron al traerlos al mundo, se convierte ésta, en una de las formas más crueles de abuso emocional. Por último tenemos el abuso por eplotacion, ocurre cuando la persona adulta se vale de la fuerza laboral del o de la menor para hacer de ella una forma de subsistencia. Se ven en las esquinas a niños vendiendo objetos como flores, frutas o adornos, pero también ocurre cuando se ofrecen sexualmente a cambio de dinero, que luego será utilizado por el adulto explotador a quien se le podría acusar del delito de rufianería del artículo 171 del Código Penal. Cuidado con los mitos y falsas creencias Una de las fuentes de re victimización son los mitos. Cuando se habla de abuso infantil y de la tutela de los menos protegidos, se suele incurrir en errores de percepción que a su vez están relacionados con mitos o creen- cias no correspondientes alo que en realidad ocurre. Estos mitos o falsas creencias pueden influir en la credibilidad de las declaraciones que se rin- den en juicio.81 Algunos indicadores de abuso y sus secuelas En lugar de reproducir y perpetuar los mitos, se debe aprender a identifi- car los indicadores del abuso. Entre ellos los del abuso sexual con secuelas psicológicas y físicas, algunas de las físicas son la ropa interior rota, man- chada o con sangre. Estos niños presentan en las áreas genitales o anales, picazón, hinchazón dolor, lesiones o sangrados, así como infecciones urinarias frecuentes, do- lor al orinar, secreción en pene o vagina, enuresis, ecopresis, olores extra- ños o anormales en área genital, además de enfermedades venéreas, embarazos y enfermedades psicosomáticas.
81 Cicero, 1994
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Conflicto penal y menores La convivencia humana se ha caracterizado porque sus miembros se aso- cian o agrupan para hacerle frente a la vida ya que una persona por sí sola no puede enfrentarse al mundo sino que necesita de los demás para su desarrollo. En esta convivencia pueden surgir diferencias, controversias o conflictos respecto de sus necesidades, intereses, aspiraciones y expecta- tivas. Especialmente los menores requieren de la asistencia de otros para sobrevivir. 82
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE CAPÍTULO V ABUSO SEXUAL A MENORES DE EDAD El menor de edad esta propenso a una serie de maltratos físicos psicoló- gicos y en gran medida sexuales, la probabilidad del tipo, la naturaleza, la forma de abuso sexual a menores adquiere una característica importante en la investigación relacionadas con la historia personal, historia familiar, historia del desarrollo del niño, familiares, personas que tienen acceso al niño, características básicas de la vida diaria del niño, así como también una serie de protocolos para considerar si el menor ha inventado los suce- sos en la audiencia, la mentira e inclusive el olvido producto del trauma se somete a análisis en la evaluación del supuesto perpetuador de la acción así como de la supuesta víctima. Recordando que todos son supuestos hasta que se considere la verdad o falsedad del testimonio. La declaración de los testigos es la única forma del delito, la testificación suele ser ambigua y sin la credibilidad del caso. En peritajes psicológicos de abuso sexual a menores el supuesto victimario nada tuvo que ver con el delito de violación que supuestamente a cometido, por acciones financieras hasta por venganza el testimonio puede dar un vuelco de total en el caso, es importante la credibilidad de los testigos, la información que ha sido fructífera antes durante y después del delito como tal. La única forma de corroborar la información y considerar como verídica o no, son
82 Ovejero, 2008
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE El menor de edad esta propenso a una serie de maltratos físicos psicoló- gicos y en gran medida sexuales, la probabilidad del tipo, la naturaleza, la forma de abuso sexual a menores adquiere una característica importante en la investigación relacionadas con la historia personal, historia familiar, historia del desarrollo del niño, familiares, personas que tienen acceso al niño, características básicas de la vida diaria del niño, así como también una serie de protocolos para considerar si el menor ha inventado los suce- sos en la audiencia, la mentira e inclusive el olvido producto del trauma se somete a análisis en la evaluación del supuesto perpetuador de la acción así como de la supuesta víctima. Recordando que todos son supuestos hasta que se considere la verdad o falsedad del testimonio. La declaración de los testigos es la única forma del delito, la testificación suele ser ambigua y sin la credibilidad del caso. En peritajes psicológicos de abuso sexual a menores el supuesto victimario nada tuvo que ver con el delito de violación que supuestamente a cometido, por acciones financieras hasta por venganza el testimonio puede dar un vuelco de total en el caso, es importante la credibilidad de los testigos, la información que ha sido fructífera antes durante y después del delito como tal. La única forma de corroborar la información y considerar como verídica o no, son las pruebas físicas médicas y ginecológicas. Uno de los informes del médico dicta de la siguiente manera: “Se han en- contrado que mediante la investigación del médico, la penetración del órgano genital masculino, mismo que ha eyaculado en las zonas genitales, además varios desgarros que de manera violenta el sujeto NN arremetió contra la víctima”, son declaraciones que mediante el informe médico fo- rense realiza.
5.1. Delito contar la integridad sexual Anteriormente se lo consideraba tan solo como abuso sexual, ahora el COIP, considera delito contra la integridad sexual, misma que es sancio- nada y penada. L integridad sexual y reproductiva es el derecho de todo ser humano que tiene la potestad de tener relaciones sexuales con con- sentimiento, el proceso evolutivo del niño y maduración del mismo, se relaciona con el delito de estupor, a adolescentes y menores de edad, considerados como víctimas.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE El abuso sexual infantil es una problemática social, en que las consecuen- cias para la víctima en este caso el niño o la niña son devastadoras, con- lleva problemas físicos y emocionales al ser agredidos a tan corta edad , presentando cambios en la conducta del menor y a futuro presentar problemas en la búsqueda de la identidad sexual y la atracción por el sexo opuesto, mientras algunos prefieren guardar silencio sobre el tema; un niño o niña puede estar siendo amenazado por su abusador y agresor, y este puede estar expresando que tiene que estar en silencio y hacer que este niño se sienta culpable. ¿Por qué volvernos ciegos ante esta situación?, en este momento, a esta hora mientras usted lee este articulo un niño o niña está siendo abusado sexualmente y en la mayoría de los casos este tipo de abuso es come- tido por familiares cercanos al menor (padres, padrastros, tíos, primos, hermanos mayores, entre otros); y muchas veces, por diferentes motivos (económicos, miedo por represalias del agresor, temor a la fragmentación del hogar, rechazo de la sociedad, entre otras.) la familia se convierte en cómplice del agresor, al mantener en secreto el acto más bárbaro realiza- do por un perpetrador hacia un ser tan inocente del caso. Consideramos necesario exponer que el estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador la protección integral de sus derechos con el fin de lograr su de- sarrollo integral en un marco de libertad, dignidad y equidad. De acuerdo al principio del interés superior de la niñez y adolescencia. Las normas son aplicables a todo ser humano desde su concepción hasta que cumpla 18 años de edad. Es necesario definir niño, niña y adolescente; niño o niña es la persona que no ha cumplido 12 años de edad, adolescente es la persona de ambos sexos entre 12 y 18 años. En su artículo 1.- la Constitución de la República del Ecuador expresa: El Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia social, si por tal motivo todo ser humano y hasta la naturaleza tiene derechos con mayor razón la clase vulnerable como son los niños, niñas y adolescentes, derechos que si se los cumple alcanzaría el buen vivir que todos anhelamos. Hasta el momento estos derechos se podrían decir que constan escri- tos en la Constitución, en tratados Internacionales de derechos humanos el cual el Ecuador forma parte y el Estado está aplicando políticas para ha- cer cumplir estos derechos, erradicar la violación de toda índole en contra
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE de los niños, niñas y adolescentes. En su Art. 17.- dice Deber Jurídico de denunciar.- Toda persona incluida las autoridades judiciales y administrativas que por cualquier medio tenga conocimiento de la violación de un derecho de un niño, niña y adolescen- te, está obligada a denunciar ante la autoridad competente en un plazo máximo de 48 horas. El abuso sexual infantil se produce por coerción que no es otra cosa que el uso de la fuerza física, la presión o el engaño y por la asimetría de edad que impide la verdadera libertad de decisión, que hace imposible una actividad sexual consentida y cualquier forma de contacto sexual entre un niño y un adulto resulta inadecuado, un niño dependiente, in- maduro evolutivamente, no debe implicarse en actividades sexuales que no comprende plenamente o para las que no está capacitado para dar su consentimiento. Causas para que se produzcan este abuso sexual infantil Yo diría más bien motivos o porque se produce este abuso, en nuestro país suceden este tipo de abusos por negligencia de los mismos padres, esto es que una vez que el niño muestra un comportamiento contrario al que ve- nía manteniendo, esto si es de pronto muestra poco apetito, decaimiento, se aísla, no quiere realizar alguna actividad que acostumbraba, se muestra agresivo y se resiste a estar en contacto con alguna persona y los padres no le muestran interés de averiguar por qué el cambio de comportamien- to al que solía tener habitualmente. Los perpetradores suelen calcular y planificar su aproximación a los niños, empleando con frecuencia una estrategia elaborada de implicación a las propias víctimas, mantenimiento de su cooperación y adopción de las me- didas oportunas que para que no hable o recurren al empleo de la fuerza o amenaza en el niño con lesionarlo o matarlo. Los niños más vulnerables son los que tienen problemas familiares, están solos, tiene poca confianza en sí mismos, son curiosos, son confiados y de corta edad. Los abusadores frecuentan lugares donde suelen acudir niños y niñas por ejemplo escuelas, centros comerciales, parques, cursos o los que se ganan la confianza de la familia que aprovechan la oportunidad cuando un niño se les acerca, la estrategia más utilizada para quedarse a solas con
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE la víctima es ofrecerse para jugar o se ofrece a enseñarle algún deporte o a tocar algún instrumento musical y esperando el momento oportuno para hablarle de sexo en el momento oportuno a la víctima: ofreciéndose bañarse o desnudarse, repitiendo esta estrategia por varias ocasiones y si el niño o niña se resiste o tiene miedo ya utiliza las amenazas o la vio- lencia. La violencia intrafamiliar, hogares desorganizados bien sean porque la fi- gura materna y paterna han migrado a otro país en busca de mejorar su situación económica, no les prestan la debida atención a sus hijos, la ausencia de los padres hacen que los hijos queden bajo el cuidado de abuelos, primos, tíos, inclusive vecinos. Los niños y niñas son especialmente sugestionables, en donde el agresor emplea la fuerza y/o la amenaza sin que el niño comprenda la naturaleza sexual o la idea que tiene el engañador, por lo tanto no da su consenti- miento porque él no entiende lo que va a suceder, es necesario indicar que la actividad sexual puede incluir penetración, tocamientos o actos se- xuales o que no impliquen contacto sexual sino que se da el Voyerismo (complacencia y sentir satisfacción y excitación sexual al ver a otros teniendo relaciones sexuales ) y la pornografía infantil también se incluye. De acuerdo a los estudios realizados se ha determinado que los abusa- dores sexuales más frecuentes están en el entorno familiar ms cercano, pueden ser los mismos padres, padrastros, hermanos, tíos, madres, abue- los, profesores, amigos cercanos a las familias, abusadores que tiene esta patología porque en su niñez fueron abusados sexualmente y buscan una forma de vengarse y buscando una satisfacción sexual con un niño, niña y adolescentes.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE CAPÍTULO VI INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN EN PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Al momento de evaluar en un proceso pericial, considerando que es el respaldo de nuestro estudio de caso para la litigación oral, es necesario tener en consideración el uso formal de diversos reactivos, protocolos y guías de evaluación que tienen una base psicológica pero que difiere con la interrelación pericial, legal y forense; que sin duda alguna son útiles pero saturadas al momento de la entrevista psicológica, que sirven para determinar toda la esfera psíquica del sujeto investigado así como el nivel de culpabilidad que dicha persona ha manifestado en la acción por la cual debe asumir su responsabilidad, también de la víctima y victimario que acuden a instancias legales, recordando que la evaluación y entrevis- ta en el ámbito clínico es con el fin de considerar un proceso terapéutico en el ámbito jurídico es estipular si existe daño psíquico, si las funciones mentales estaban acorde antes durante o después del delito, si existieron secuelas psicológicas después de un abuso sexual, etc
6.1 Ego Function Assessment EFA (Evaluación de la función del Yo) Instrumento desarrollado por Bellak, el cual evalúa 12 funciones del Yo, técnica cualitativa y cuantitativa la cual asigna a cada función una puntua- ción cuyos valores oscilan entre 1 (máximo deterioro) hasta 13 (óptima función); permitiendo además obtener una gráfica evolutiva del sujeto so- metido o no a tratamiento. Las funciones objetivables son: • • • • • • • • •
Contacto con la realidad Juicio crítico Sentido de realidad Regulación y control de impulsos Relaciones objetables Procesos cognitivos Regresión adaptativa Funciones defensivas Barrera de estímulos
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • • •
Funciones autónomas Funciones sintéticas Liderazgo y competencia
Para Bellak, los resultados que se obtiene en esta prueba, permiten una valoración eficaz y fácil de contrastar; esta prueba permite objetivar y ho- mogenizar las valoraciones sobre imputabilidad, de tal manera que no se puedan producir interpretaciones interesadas por parte de peritos y a ve- ces contradictorias que pueden perjudicar la imagen psiquiátrica y psico- lógica forense para ganar así credibilidad ante los tribunales.
6.2 Mental State at the Time of the Offense Screening Evaluation MSE (Detección y evaluación del estado mental en el momento del delito) Es una pauta de entrevista diseñada para evaluar el funcionamiento psicológico en el momento del delito; consta de 3 partes: 1. Información histórica • • • • •
Historia prolongada de conducta bizarra Trastornos compulsivos Conductas bizarras que sugieren condiciones psicóticas o propias de trastornos neuropsicológicos Episodio de conducta bizarra Trastornos afectivos
2. Información sobre el delito • • • • • • • • •
Información sobre el acusado Respuesta genérica Relato detallado del delito Sucesos que le condujeron al delito Reacción posterior al delito Información de otras fuentes Acusación, querella o información Declaraciones ante la policía o juez Notas de los abogados
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • •
Informes de la autopsia Declaraciones de los testigos
6.3 Escalas para la Valoración de la Responsabilidad Penal de Rogers (RCRAS) Instrumento desarrollado para resolver las necesidades del psicó- logo implicado en una práctica forense, fue diseñado usando graduacio- nes de la severidad para estandarizar la evaluación de la información clínica, de forma que la ambigüedad de la decisión sobre la responsabilidad se pueda reducir al mínimo. Consta de 5 escalas: confiabilidad del sujeto, psicopatología, control cognoscitivo y control del comportamiento. Las escalas RCRAS valoran en los siguientes aspectos: Fase 1: Recogida de datos • Revisión de los informes policiales, declaraciones y sumario • Una o varias entrevistas con el acusado, centradas en: • Antecedentes psicológicos • Antecedentes psiquiátricos • Conducta delictiva anterior • Diagnóstico diferencial • Examen del estado mental del acusado en la época del delito • Cualquier información necesaria para completar la segunda y tercera fases • Cualquier otra fuente de información relevante Fase 2: Escalas de evaluación de variables psicológicas y situacionales (PSV) • Fiabilidad del sujeto • Fiabilidad de los autoinformes • Interferencias involuntarias en el informe del acusado • Organicidad • Niveles de intoxicación al momento del delito • Evidencias sobre alteración o daño cerebral • Relación del daño cerebral con el acto imputado
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Retraso mental Relación del retraso mental con el acto imputado Psicopatía Conducta bizarra observable Nivel general de ansiedad Amnesia sobre el delito imputado Delirios Alucinaciones Afecto depresivo Afecto maniaco Nivel de incoherencia verbal Intensidad y adecuación del afecto Evidencia de trastorno formal de pensamiento Control cognitivo Preparación y planeamiento Concienciación de la criminalidad de la conducta Focalización del delito Nivel de actividad en la comisión del delito imputado Control conductual Conducta social responsable durante la semana anterior Autocontrol informado por el acusado Estimación del autocontrol del acusado por el evaluador Relación de la pérdida de control con la psicosis Alteración del razonamiento Alteración de la conducta Alteración del juicio de realidad Capacidad para auto cuidarse Concienciación de la maldad del acto
Fase 3: Aplicación de los modelos decisionales Se presentan modelos decisionales en los cuales es posible valorar me- diante el uso de respuesta de sí o no, usando las puntuaciones de las sub-escalas e ítems PSV. Así se podrá defender o presentar ante un tribu- nal el trastorno o limitación de la persona analizada.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 6.4 Inventario de Personalidad 16-PF de Raymont Cattell Esta prueba tiene varias formas de presentación; tales como: Forma A, B, C, D, E y F. La prueba puede ser aplicada de forma individual o colectiva desde los 16 años de edad. La Forma A y B re-quiere un nivel de enseñanza media o superior. Las Formas C y D es menos exigente en cuanto al nivel educacional, y las Formas E y F están diseñadas para personas que presen- tan algún déficit en su formación y nivel de comprensión lectora. La prueba se aplica sin límite de tiempo, habitualmente la demora de un sujeto en completar el test es alrededor de 40 minutos. Esta prueba se basa en los datos aportados por el análisis factorial, y sugiere que existe una estructura natural y unitaria de personalidad, donde el rasgo es la tendencia relativamente estable del comportamiento. El objetivo principal del Inventario 16 PF es medir la estructura de perso- nalidad en16 factores, obteniendo además, un conjunto de factores de segundo orden que complementan la estructura de personalidad que pre- tende describir este instrumento; cuenta con 105 ítems; en cada ítem el sujeto examinado debe decidir, entre tres alternativas de respuesta posi- bles, aquella que se ajusta mejor en su caso particular. Es importante que el examinador cree un buen clima y haga ver a la perso- na que el cuestionario puede contribuir a su propio beneficio, si responde cada ítem con franqueza y sinceridad; decirles que para ello se les aconse- ja no entretenerse demasiado en cada cuestión, sino contestar de modo natural, espontáneo, sincero y rápido, con la primera respuesta que se les ocurra83
6.5 Inventario Multifacético de la Personalidad (MMPI) La prueba aparece en 1940 y la publicación oficial de su primer manual se produce en 1943, consta de 550 ítems, esta prueba puede ser aplicada de forma individual o colectiva, a sujetos mayores de 16 años de edad y con no menos de 6to grado de escolaridad. 83 Soria, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE La prueba no tiene tiempo límite de aplicación. La demora habitual de una persona en completar el test oscila alrededor de 1 hora, consta de un folleto y una hoja de respuesta para que la persona pueda trabajar. El examinador posee varias claves para la calificación, una para cada una de las escalas, una de las escalas posee clave de calificación por sexo y un modelo de perfil, también por sexo, donde queda registrado la disposición de las calificaciones obtenidas por escala. El objetivo principal de la prueba es valorar aquellos rasgos que son comúnmente característicos de la anormalidad psicológica. El examinador debe entregar la hoja de respuesta al sujeto orientándolo a que escriba en ella sus datos personales, dando un margen de tiempo para efectuar dicha operación. Después, debe entregar el folleto y aclarar que sobre este folleto no puede realizar marca alguna, y orientar que no lo abra hasta que se le indique que lo haga. A continuación lee la consigna en voz alta, en tanto el sujeto sigue con la vista dichas instrucciones en su respectivo folleto. Posteriormente, se le recuerda que no pueden realizar marca en este folleto. El examinador debe instruir al sujeto para que clasi- fique los ítems, de acuerdo a su realidad personal, en tres grupos: Ciertas, falsas y no sé (para aquellas situaciones en que no puede precisar una respuesta). El examinador no debe mostrar interés en las respuestas que ofrece el sujeto para no despertar recelos u otro tipo de situación que entorpezca la ejecución de la persona, aunque debe efectuar obser- vación sistemática de la conducta del examinado.
6.6 El Test de Personalidad de Eysenck El Inventario de Personalidad de H. J. Eysenck fue creado en 1964, es el test más conocido de este investigador quien cuenta con dos test de per- sonalidad anterior. El Inventario de Personalidad de 1964, es conocido también por EPI y es el resultado de los dos test anteriores. El Inventario de Personalidad de Eysenck consta de 57 ítems de contesta- ción Sí / No. Tiene dos formas A y B. Ambas formas tienen dos factores con dos polos: Extraversión versus Introversión y Neuroticismo versus Control; tiene añadida una escala de sinceridad para contrarrestar las respuestas deseables. El trabajo de Eysenck en el estudio de la personalidad y el inventario para medir los factores que la componen utilizando el análisis
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE factorial, no dejan a un lado otros criterios que se integran en su con- cepción de personalidad como son los elementos constitucionales y de temperamentos. El entrevistador debe entregar el test, permitiendo un fondo de tiempo para completar los datos generales, y continuar con las instrucciones de la prueba. Se aclara manifestando que es una prueba que permite conocer aspectos importantes del modo de proceder habitual en las personas, por tanto, no hay respuestas buenas o malas, y para ello debe dar respuesta a algunas preguntas a las cuales debe responder Si o No, según su modo personal de proceder. Después se debe orientar a seguir con la mirada las instrucciones que apa- recen en la prueba mientras el entrevistador da lectura a las mismas. 84
6.7 Inventario de Personalidad Cornell Index Es un reactivo muy utilizado en nuestro medio, está elaborado con el ob- jetivo de evaluar lo patológico en las tendencias de la personalidad. Su calificación por bloques, no limita la valoración cualitativa de cada uno de sus ítems, lo cual posibilita un análisis mucho más amplio. Independiente a la calificación que alcance el bloque, los síntomas señalados por la persona orientan el proceder en la entrevista clínica y permite recoger información, aparentemente secundaria, que de otro modo se pasaría por alto; por tal motivo, cuando se utiliza este instrumento es aconsejable leer la respuesta que el sujeto marcó en cada ítem. El entrevistador debe entregar la prueba y disponer de un fondo de tiem- po para escribir los datos generales por el sujeto, las orientaciones mencionadas al examinado son sencillas y fáciles de comprender por este; entre las cuales se manifiestan las siguientes: • Trazar un círculo alrededor de la palabra SI, si su respuesta es afirmativa. Si es negativa, encierre en un círculo la palabra NO. • Contestar todas las preguntas que a continuación se le presen- tan, con la respuesta que le parezca más justa.
84 Soria, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE 6.8 Locus de Control de Rotter El cuestionario personal sobre algunas situaciones sociales de Rotter es conocido entre nosotros por el nombre de Locus de Control. Este inven- tario fue creado por Rotter con el objetivo de investigar cómo afecta, en el estilo de actuación de cada persona, sus creencias. Las creencias las trabaja determinando dos polos de comportamiento que integra lo que se conoce como Locus de Control. El Locus de control se expresa de dos maneras: 1. El individuo es consciente, de su posibilidad de influir sobre sus acciones, y es el responsable de las consecuencias, buenas o malas, de lo que le acontece. En este caso el sujeto internaliza su responsabilidad. 2. La persona considera que todo lo que le sucede depende de situa- ciones externas a él, responsabilidad que hace recaer en otros individuos o en fuerzas sobre-naturales. Este tipo de persona externaliza su respon- sabilidad pensando que escapan de su control personal. VVVAl realizar una labor psicoterapéutica o en cualquier trabajo de in- tervención, resulta valiosa la información que arroja este instrumento, ya que posibilita conocer un ámbito importante y es el grado de responsabi- lidad que el sujeto atribuye a su persona o a las causas situacionales. El cuestionario consta de 23 ítems, cada ítem presenta dos alternativas de respuesta: a y b. Estas alternativas responden a la creencia de la per- sona acerca de su locus de control. El sujeto debe escoger, entre ambas alternativas, aquella respuesta que se ajusta mejor a su caso particular. Es importante que el examinado entienda bien las instrucciones de la prueba cuando se le dice que debe responder a cada ítem de modo independien- te al ítem anterior, y en caso de duda, elija aquella alternativa que más se acerca a su opinión. Es necesario que el examinador dé un fondo de tiempo para llenar los datos generales. Después, se procede con las instrucciones: Este es un cuestionario sirve para determinar cómo ciertos acontecimien- tos en nuestra sociedad afectan a distintas personas. Cada ítem consiste de dos oraciones denominadas a y b.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE El examinado debe contestar con cuidado pero sin detenerse particular- mente en ningún ítem. Tal vez descubra que en algunos casos crea en ambas alternativas o que no cree en ninguna de las dos. En esos casos, el sujeto debe escoger la alternativa que más se acerque a lo que crea y en lo que le respecta.85
85 (Soria, 2005)
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE CAPÍTULO VII
ESTUDIO DE CASO Estudio de caso desde la estructura clínica el desarrollo de la historia, informe psicológico previo la entrevista. Investigación realizada por el Psc. Cl. Miguel Guzmán Hallo, Psicólogo Clínico, docente de la Universidad Técnica de Ambato, Postgradista, maestría en Psicologia Jurídica Estudio de caso 1 “Análisis anatómico funcional del lóbulo frontal y su incidencia en los ras- gos de personalidad psicopática de los internos del pabellón 1 del centro de rehabilitación social de Ambato en el periodo Marzo Julio del 2012”. Las primeras investigaciones se centraron en los años 80, siendo el es- tudio del lóbulo frontal una de los aspectos más intrigantes y práctica- mente nuevos en el estudio de las neurociencias. Anteriormente se tenían concepciones generales de las aflicciones que se presentaba a raíz de un traumatismo, de una lesión, o algún factor interno, uno de los casos más estudiados fue el de Phineas P. Gage, que como consecuencia de seve- ros daños en el cerebro, especialmente en el lóbulo frontal debido a un accidente laboral, la misma que ocasionó cambios comportamentales y Pseu-dopatía. Jastrowitz en (1888) estudió varios pacientes con tumores del lóbulo fron- tal. Leonor Welt, de Zürich, en 1888, muestra la aparición de “cambios de carácter”, sobre todo bajo el modo de fallas éticas, como consecuencia de lesiones en la superficie orbitaria del lóbulo frontal. Es la primera investi- gación realizada. La tesis de Welt ha sido desarrollada cuarenta años más tarde por Karl Kleist. Este investigador, en su comunicación sobre “trastornos de los ren- dimientos del yo” (1931) y en su monumental Patología cerebral (1934), señala claramente el vínculo entre lesiones orbitarias y perturbaciones en la conducta ética.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Para Kleist, la corteza orbitaria es el sitio donde se elaboran los sentimien- tos comunitarios. Considera, entonces, que los psicópatas antisociales de- ben ser personas con defectos orbitarios. En 1937 aparece “Sobre la signi- ficación de la corteza basal”. Su autor es Hugo Spatz, quien llama “corteza basal” al conjunto orbito temporal que aquí denominamos “neo córtex ventral”. Siguiendo las ideas de Welt y de Kleist, señala Spatz las pertur- baciones éticas que surgen como consecuencia de las lesiones orbitarias. Este autor afirma, con toda razón, que la corteza basal es el fundamento de los más elevados procesos mentales. De esta manera podemos decir que, hace más de medio siglo, el papel ético de la corteza orbitaria estaba definitivamente demostrado. En América Latina el psiquiatra argentino Dr. Hugo Marietan, (1951) rea- liza varias investigaciones acerca de un caso que conmocionó España, El Arropiero. Manuel Delgado Villegas, ‘El Arropiero’, fue detenido en 1971 en El Puerto tras asesinar a su novia. Después confesó medio centenar de crímenes: fue el mayor ‘serial killer’ de España. Marietan enfatiza en el estudio científico especialmente del componente genético implicado en la psicopatía. Posteriormente el Dr. James Santiago Grisolía, director de la Sección de Neurología del Scripps-Mercy Hospital y Profesor de Neurociencias en la Universidad de California, realiza varias investigaciones en relación a los psicópatas seriales entre ellos centra su atención en algunas investigacio- nes forenses en América Latina. Grisolía introdujo algunas de las investi- gaciones realizadas en EEUU, en torno a las lesiones cerebrales producidas en la infancia, que terminarán desarrollando la psicopatía en el individuo una vez adulto. Dr. Robert Hare, profesor de Psicología Forense, Psicofisiología y Cerebro, y Comportamiento en la Universidad de British Columbia, Vancouver. Y sobre todo, autor del sistema de evaluación de las psicopatías, que ha revolucionado la psiquiatría criminal. En nuestro país, existen muy pocos trabajos de investigación que hayan indagado sobre psicopatía, se ha trabajado sobre casos clínicos tales como: Pedro Alonso López (el monstruo de los andes) Juan Fernando Hermosa
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE (el niño del terror), Daniel Camargo (la bestia de los andes), los cuales han sido objeto de estudio. 86 En la provincia del Tungurahua no existen investigaciones preliminares que determinen la involucración de áreas anatómicas y fisiológicas en cometimientos de diferentes tipos de delitos, siendo la presente, la pri- mera investigación anatómico funcional, conductual la cual favorecerá el engrandecimiento de las ciencias psicológicas en nuestra ciudad. Siendo un problema latente en el centro carcelario por el mismo motivo es necesaria la realización de la investigación. En el centro de rehabilitación se encuentran varias personas las cuales han cometido infracciones de diferentes tipos en las que se ve reflejado los rasgos de personalidad, por este motivo y por la carencia de inves- tigaciones neuropsicológicas he decidido emprender esta investigación, es preciso el estudio de este problema ya que a nivel mundial la población carcelaria es alrededor de 1 persona por cada 1000 ciudadanos. El sistema carcelario en el Ecuador es muy deficiente ya que el presupues- to de los ministerios es muy bajo en relación al contrato de diferentes pro- fesionales especializados para el tratamiento de las diferentes patologías encontradas en las cárceles o sistemas penitenciarios ecuatorianos. Es muy importante trabajar sobre la etiopatogenia de los trastornos como causas del cometimiento del delito, el mismo que deteriora su estilo de vida dando como resultado un deterioro físico y cognitivo. Es necesario que se cree un plan integral dirigido a entender el problema que ha existido décadas atrás y que seguirá existiendo.
86 Davis, M. 1980
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Estudio de caso # 2: “Asesino De Las Bufandas”. I. Nombre: NN
Datos de Identificación
Edad: 37 años Estado civil: Divorciado Dirección: Latacunga, La Victoria Teléfono: No refiere Religión: No refiere Ocupación: Albañil Instrucción: Secundaria completa Lugar y fecha de nacimiento: Latacunga, 15 de noviembre de 1978. Delito: Asesinatos. Detenciones anteriores: No Fecha de detención: 01 de noviembre del 2014. II.
Motivo de Consulta
Paciente llamado a consulta para evaluación psicológica. III. Historia de la Enfermedad Actual PERSONA ADULTA PRIVADA DE LIBERTAD (PAPL) ingresa al centro de rehabilitación social Ambato por varios asesinatos, menciona que le capturan en Latacunga, en su casa, al regresar de Babahoyo, dice “recapacitar demasiado tarde, no puede estar tranquilo por las canalladas que se ha hecho, y todo por iras”, “cuando cometía esos asesinatos me entraba el diablo, y no me controlaba y era la forma de desquitarme”, refiere tener pesadillas, cefaleas, conflictos verbales constantes con algunos de los internos por la discriminación, presenta llanto; menciona, lo que puede hacer es trabajar y aprender cosas nuevas, por tal motivo el interno se encuentra trabajando en el taller de carpintería, afirma que su vida no es como antes, no tiene visitas, pero que tiene emoción al querer ver a su hijo, en varias ocasiones ha viajado a Quito para la reconstrucción de los hechos y también a las distintas ciudades en donde asesinó a sus víctimas, menciona estar resignado a pasar varios años dentro de la cárcel, porque tiene las de perder. IV.
Psicoanamnesis
PAPL presenta una familia de clase baja, cuatro hermanos, el primero de dos hombres y dos mujeres, su padre es albañil y su madre se dedica a
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE los quehaceres domésticos y cuidar animales, refiere que su infancia fue dura, razón por la cual desde pequeño ayudaba a sus padres a sembrar maíz; su padre era alcohólico y cuando llegaba a su casa les maltrataba física y verbalmente a su madre, a él y sus hermanos, “nos pegaba con un alambre”. En su relato cuenta que su infancia fue marcada por el acoso sexual de su tío paterno a los 7 años de edad, “que le tocaba todo el cuer- po, en especial el pene, cuando no estaban sus padres, era feo y le tenía miedo porque me amenazaba”, manifestó que a pesar de eso el man- tuvo una infancia feliz porque jugaba con sus hermanos, a los quince años tuvo su primera novia, tiempo después empezó a trabajar como albañil y luego de terminar de estudiar el colegio, inicia sus estudios en el SECAP para técnico en construcción y al mismo tiempo trabajaba en las pinturas Cóndor, se casa con Olga N., a los 22 años, después de un tiempo se divor- cia, por falta de comprensión y amor además de constantes peleas y celos. Tiempo después conoció a Elsa N., mantiene una relación amorosa varios meses, manifestando que ella quería casarse pero que el aún no estaba divorciado, refiere que “un día, a esta señora le llamaron por teléfono y se escuchaba duro, era la voz de un hombre que le decía dónde estás quiero verte y ella quería zafarse diciendo es mi mamá”, luego de esta situación se veían cambios en ella, un día en trayecto a la casa discutieron, afirma “uno se vuelve bruto de los celos y las iras, entonces ella portaba una bufanda, le estrangule con mis manos, después le trate de animar”; se enteró que encontraron su cuerpo y le dieron cristiana sepultura. Lue- go viajo a la ciudad de Quito y empezó a trabajar como albañil, en donde acude a una fiesta y conoce a María N., con la cual mantuvo una relación afectiva durante 2 años, refiere que ella frecuentaba en varias ocasiones discotecas y bares, y un día le alzo la mano dándole una bofetada, luego se supo disculpar, manifiesta “la vecina de una tienda le decía, ni bien sale usted a trabajar, ella sale tras de usted bien vestida y yo le pregunte que ha donde se iba y ella dijo con mis amigas”, “le gustaba comprar bas- tante ropa y le gustaba tener relaciones sexuales cuando menstruaba”, manifiesta que le descubrió su infidelidad, encontrando una maleta la cual contenía, una chompa y un celular, presumía que era de su ex esposo el padre de su hijo, salió de la casa abandonando la relación, pero dentro de quince días María N. le fue a buscar, manifestándole que le quiere, tiem- po después le llevo a trabajar con él en una construcción, ese mismo día discutieron y fue ahí donde la asesino, refiere “uno como hombre es más fuerte, perdí la razón, y la estrangule con la bufanda y luego le estrangule a su hijo que creo que tenía un año, cabe hueco, desconcertado sin saber qué hacer, les enterré en la obra y perdido regrese a la casa”. Viajó a Santo
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Domingo, y en el centro de salud conoce a Lucia N., comenzó a frecuen- tarle y fue con un beso cuando iniciamos a ser novios mantienen una relación amorosa por 6 meses, ella estudiaba a distancia y vivía con sus hermanos, narra “en ocasiones quería espiar en su correo electrónico pero no podía, porque sospechaba que me era infiel”, después viajaron a Latacunga, “nos quedamos del bus un poco lejos de mi casa y en el trans- curso discutimos, uno se embrutece y se pierde la razón, le estrangule con mis manos y una bufanda que yo llevaba puesto por el frío, después trate de resucitarla, pero no pude, ya estaba muerta, después cabe un hueco de 40 a 50 centímetros en una quebrada y le cubrí con tierra”, ese día no pude dormir. Luego viajo a Quito en busca de trabajo, ahí conoce a Irma N. divorciada, presentía que era una mujer fácil, que llegaba donde su media hermana donde el residía por un tiempo y comenzaron a tener una amis- tad que luego, terminó en relaciones sexuales, después se fue a vivir con ella, porque al cuñado le disgustaba que él esté ahí. Manifiesta que salía a trabajar por la mañana y regresaba por la noche, aludiendo que no pasaba mucho tiempo con ella y un día le encontraba misteriosa con su celular, relata “simplemente era un cachudo, venado, esa señora era muy astuta”, “descansando llamaron a la tienda y salió ella, yo le seguí y encontré a un señor pasándole un papel, el papel decía” “te espero donde siempre y estaba con hora y fecha”, llego ese día y pensó en seguirle, y de repen- te se arrepintió; luego manifiesta que discutieron y “le estrangule con la bufanda, pensé en enterrarla después”, viajó al Oriente-Shushufindi, donde solo trabajo, después de un tiempo viaja a la ciudad de Ambato y conoce a María N., empleada doméstica, estudiaba los fines de semana a distancia, mantuvo una relación afectiva por pocos meses, un día tuvo una discusión primero por el dinero y luego terminó la discusión por los celos manifestando “fue cuando perdí la razón y la estrangule con una bufanda de ella, luego trate de reanimarla pero ya era demasiado tarde”; salió de ahí y regreso a su casa, tiempo después apareció como el más buscado, sus padres lloraban, entonces pensó en enderezar su vida, actualmente se encuentra en unión libre con N.N. de 26 años, menciona tener dos hijos el primero muerto por insuficiencia respiratoria y el segundo vivo, tiene 11 meses el cual cumplirá un año en diciembre. Afirma “le íbamos hacer una fiesta y justo pasa esto, pero algo presentía es por eso que fui a visitarle a mi hermana y me despedí” y con la actual mujer comenta que no se le ha venido a la mente matarle.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE V.
Examen de Funciones
Humor y afecto: Se mostró con afectividad aplanada durante la entrevista dando una percepción negativa acerca de su situación, aludiendo volun- tariamente a sus propios sentimientos de culpa, con su humor lábil y su afecto autímico. Lenguaje: El discurso del paciente durante la entrevista presente fue claro utilizando un lenguaje comprensible y fluido. Percepción: El paciente no presenta alteración en esta área. Pensamiento: Su pensamiento es lógico y coherente. Consciencia: PAPL presenta lucidez en su consciencia. Orientación y memoria: en su orientación el paciente se encuentra orientado alopsíquica y autopsíquica; memoria conservada. Atención y c o n c e n t r a c i ó n : PAPL p r e s e n t a u n a a t e n c i ó n y c o n c e n tración euprosexia, sin alteraciones. Juicio: Identificado. Aspecto: PAPL se presenta desalineado en el momento de la entrevista. Actitud: PAPL se presenta colaboración. VI.
Instrumentos psicológicos aplicados
1. Aplicación de instrumentos psicológicos •
HTP
2. Resultados • Sentimientos de vulnerabilidad extrema • Falta de seguridad • Impulsividad • Inestabilidad • Brote psicótico • Deterioro o criterio de la realidad: indicio de un proceso esquizofrénico. • Dificultad de contacto • Conflictos con el ambiente • Fantasía • Explosividad • Escaso control sobre la expresión de los impulsos
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE • • • •
Dependiente Preocupaciones somáticas Sentimientos de culpa Problemas sexuales
3. Integración de resultados Análisis de resultados de la evaluación del test psicológico: presenta ines- tabilidad, es explosivo e impulsivo con escaso control sobre sus impulsos, que luego de sus actos se convierten en sentimientos de culpa y vulne- rabilidad, mantiene dificultad para relacionarse, dando inicio a un brote psicótico. VII.
Impresión Diagnóstica
PAPL presenta según la Guía de Consulta de los Criterios Diagnósticos del DSM-V y ya que cumple con todos los criterios diagnósticos. • •
Trastorno de personalidad antisocial con rasgos paranoides. Celotipia.
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE Estudio de caso # 3 Carlos NN Paciente de 12 años de edad, sexo masculino, acude a consulta acompañado de sus padres de clase social baja: padre jornalero, madre ama de casa. El padre refiere que su hijo hace aproximadamente cinco años, “se le ve ido, y convulsiona cada momento”, su madre lo ha llevado frecuentemente a diferentes “curanderos y chamanes”. Refiere que su hijo está poseído por los “demonios”. En vista de que el tratamiento chamanico no causa cambios en el niño, acuden al centro de Salud cercano, después de la exploración del médico es derivado al Neu- rólogo, el mismo que solicita exámenes, en el cual se manifiesta una EPI- LEPSIA DE TIPO GRANDMAL. También mostraron dificultad de vivir independientes a los padres, pobre juicio social y dificultades en conducta sexual, soledad y depresión. Además Theodore Cicero encuentran que los hijos de hombres alcohóli- cos tienden a mostrar problemas de conducta y problemas en las destre- zas intelectuales. Cicero sugiere que esto está directamente relacionado con el efecto del alcohol sobre los espermatozoides o las gónadas, dice que los hijos varones de padres alcohólicos tienden a dar pobres ejecucio- nes en los “tests” de aprendizaje y destrezas espaciales, también demues- tran tener niveles más bajos de testosterona y beta-endorfinas. Las hijas (hembras) muestran niveles hormonales alterados relacionados a tensión, reaccionando de forma distinta a situaciones de estrés a las féminas que no tienen el factor de padres alcohólicos. 87 Tome en consideración las condiciones fisiológicas, neurológicas, cromosómicas y anatómicas que puedan determinar algunos de los muchos ca- sos de conducta delictiva y la conducta criminal, también hay que conside- rar la relación con el medio con el entorno y los procesos sociales. El efecto de golpes-traumas y alteraciones del lóbulo frontal, Alan Rosembaum, realizó un estudio en los que descubre que los traumas cerebrales anteceden cambios de conducta predisponiendo hacia un incremento en
87 Cicero, 1994
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE violencia. Muchas de estas lesiones fueron adquiridas en la infancia tanto bajo juegos como en accidentes o producto de maltrato infantil. Su estu- dio fue realizado con 53 hombres que golpeaban a sus esposas, 45 hom- bres no-violentos y felizmente casados, y 32 hombres no-violentos pero infelizmente casados, el 50% de los agresores habían sufrido algún tipo de lesión en la cabeza, previa a sus patrones de violencia doméstica. De otra parte, Antonio Damasio sugiere que daños al lóbulo frontal a nivel de la corteza cerebral puede evitar que la persona pueda formarse evalua- ciones de valor positivo o negativo al crear imágenes y representacio- nes sobre los resultados, repercusiones y consecuencias futuras de ac- ciones al presente creando las bases de ciertas conductas sociopáticas. Estudios d e A n t o i n e B e c h a r a c o n f i r m a n l a correlación entre lesiones de la corteza en el lóbulo frontal y conductas peligrosas tales como “hacer daño solo por divertirse”. Estudios con PET (tomografía de emisiones positrónicas; mide el insumo de glucosa al cerebro) realizados por Adrián Raine demuestran que nive- les bajo de glucosa a la corteza pre-frontal son frecuentes en los asesinos (sus estudios son preliminares; la muestra fue de 22 asesinos confesos con 22 no-asesinos de control) y bajos niveles de glucosa están asociados con pérdida del auto-control, impulsividad, falta de tacto, incapacidad de mo- dificar o inhibir conducta y pobre juicio social. Los autores de este estudio plantean que esta condición orgánica debe interactuar con condiciones negativas del ambiente para que la persona entonces cree un estilo de vida y personalidad delincuente y violenta de forma más o menos permanente88
88 . Carrasco & Maza, 2005
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE GLOSARIO • Custodio: Estado del individuo que, por orden de la policía, se encuentra sometido a vigilancia. • Delito Famélico: hurto famélico o furtum famelicus, se presenta cuando un individuo sin emplear los medios de violencia física o moral, se apodere una sola vez de los objetos estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento, estos pueden ser medicinas, agua, dinero, cobijas y ropas, inclusive alimentos. • Experticia: habilidad o conocimiento especial de un experto. Cualidad de una persona o de una empresa en la que se unen la experiencia y la pericia en un campo • Fraude procesal: toda maniobra de las partes, de los terceros, del juez o de sus auxiliares, que tienda a obtener o dictar una sentencia con o sin valor de cosa juzgada, o la homologación de un acuerdo procesal u otra resolución judicial, con fines ilícitos, o a impedir su pronunciamiento o ejecución. • Instrucción fiscal: formación o educación es el conjunto de enseñanzas y prácticas para el adiestramiento de los representantes del Ministerio Público, Procuraduría, Fiscalía etc. Esta instrucción es impartida para que puedan desempeñar sus funciones de forma correcta. • Litigar: procedimiento Civil que permite participar como demandante, demandado o interviniente, en el ejercicio de una acción judicial, en un proceso. Capacidad para comparecer en juicio. • Mala Fe procesal: utilización arbitraria de los actos procesales en su conjunto o aisladamente cuando el cuerpo legal los conmina con una sanción específica y con el empleo de las facultades, que la ley otorga a las partes, en contraposición con los fines del proceso, obstruyendo su curso y en violación de los deberes de lealtad, probidad y buena fe. • Peritaje: Estudio o acciones que hace el perito. • Perito: Experto a quien el juez pide que exponga su parecer acerca de los hechos que requieren conocimientos técnicos e investigaciones complejas. • Sujetos procesales: Son personas capaces legalmente para poder participar en una relación procesal de un proceso, ya sea como parte esencial o accesoria. Es decir son sujetos procesales: las partes (actor y demandado), el juez, los auxiliares, los peritos, los interventores, los martilleros, los fiscales.
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PSICOLOGíA JURÍDICA V FORENSE PSC.CL. MG. MIGUEL GUZMÁN HALLO DR. MG. JORGE RODRIGO ANDRADEALBÁN MD. ESP. NOEMÍ ROCIO ANDRADE ALBÁN
MG. FREDDY ALCÍVAR JARRÍN CHÁVEZ
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PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE PSC.CL. MG. MIGUEL GUZMÁN DR.MG. JORGE RODRIGO ANDRADE ALBÁN MD.ESP. NOEMÍ ROCÍO ANDRADE ALBÁN MG. FREDDY ALCÍVAR JARRÍN CHÁVEZ ISBN 978-9942-28-859-2
9 789942 288592
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