Reglamento Régimen Interno ACG

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material Definitivo

Reglamento de Régimen Interno

asamblea de constitución del movimiento

aCCIÓN cATÓLICA gENERAL Cheste (VALENCIA) del 30 de julio al 2 de agosto de 2009


Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

CONSIDERACIONES GENERALES DE LA ORGANIZACIÓN

CARACTERÍSTICAS DE LA ORGANIZACIÓN Protagonismo de todos: La organización impulsará el protagonismo de todos, poniendo los medios y recursos necesarios para la participación de todos en la determinación de sus objetivos, en los medios que se proponen para conseguirlos y en la evaluación y gestión de los resultados.

Este Reglamento de Régimen Interno de Acción Católica General, pretende definir las bases de funcionamiento del Movimiento, para que éste pueda llevar a cabo la misión apostólica que le encomienda la Iglesia, siendo fieles a nuestra identidad como Acción Católica.

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PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS

z Dinámica: La organización ha de ser viva, creativa y flexible para que pueda evolucionar y adaptarse a las necesidades y exigencias que los grupos plantean desde la base. Para impulsar este dinamismo estableceremos cauces de información, comunicación y participación que favorezcan la toma de decisiones y la interrelación entre los diferentes niveles organizativos.

Prioridad absoluta de la Persona (Gaudium et Spes, 12): La persona recibe su dignidad del hecho de ser criatura e imagen de Dios. Cualquier proyecto organizativo no puede, ni debe, poner la organización por delante de la persona. Así la organización de Acción Católica General impulsará la vocación de todo cristiano a la santidad, favoreciendo la unidad real entre la fe y la vida práctica de sus miembros.

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Estable: Una organización que de forma permanente y estable favorezca la formación y vertebración del laicado, en orden a su misión evangelizadora y que asegure la continuidad del Movimiento en la parroquia, la diócesis y la Iglesia Española.

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Al servicio de la Evangelización: La Evangelización es la razón de ser de la Iglesia y por lo tanto de nuestro Movimiento. Organizándonos podemos, real y eficazmente, contribuir “a modo de cuerpo orgánico” en la tarea evangelizadora que se nos pide.

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Representativa: La corresponsabilidad en la vida del movimiento se expresará a través de personas elegidas como representantes para desarrollar las diversas tareas. La Representación no debe restar participación e implicación a todos en la vida de Acción Católica General, más bien propiciará un recurso de eficacia para la obtención del objetivo buscado.

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El movimiento Acción Católica General es una organización de laicos Niños, Jóvenes y Adultos que, según el modo que les es propio, ha de servir para impregnar de espíritu evangélico a las personas y estructuras existentes en el entorno de la parroquia y otros ámbitos donde se desenvuelve la vida del militante.

Los Representantes serán conscientes en todo momento de la opinión y realidad de sus representados y éstos contribuirán colectivamente en la elaboración de las diversas tareas de su representante.

Expresión Eclesial: Como Acción Católica, nuestra organización debe hacer visible, en todos sus niveles, nuestra pertenencia a la Iglesia y nuestro testimonio de comunión firme y convencida con el Ministerio ordenado.

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LOS MIEMBROS DE LA ACCIÓN CATÓLICA GENERAL

Esta configuración del ser Iglesia se concretará en la vida de la Iglesia local: en la parroquia, arciprestazgo, vicaría, diócesis y en el nivel general e internacional.

Artículo 1

En cada uno de estos niveles con la organización deberemos ir viviendo una realidad de comunidad-ministerio que imprima una nueva intensidad evangelizadora, desde la parroquia a toda la comunidad eclesial.

Es miembro del movimiento Acción Católica General el cristiano laico (niño, joven o adulto) que, tras realizar un proceso de formación inicial en el que ha tomado conciencia de su vocación bautismal, se propone vivir su fe formando parte de un equipo de militantes de

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z Requisitos para ser considerados miembros en activo

Acción Católica General en el que lleva a cabo su proceso de formación, comparte su Proyecto de Vida y celebra su fe en la comunidad parroquial.

Artículo 3 Habrá personas que deseen integrarse en el Movimiento y, por circunstancias de su vida, lo tengan que hacer desde unos niveles mínimos. Otras, habiendo militado en él, pueden verse impedidas por circunstancias de salud, edad, trabajo u otras, para seguir haciéndolo según las pautas indicadas. La Comisión Diocesana deberá discernir si estas personas pueden ser consideradas a todos los efectos como miembros activos. Para tomar esta decisión, deberá ajustarse a los mínimos que se señalan a continuación.

Tendrá como campo preferente de evangelización la vida social del ámbito de la parroquia y aquellas tareas evangelizadoras que la parroquia desarrolle. Debe saberse unido a una organización de ámbito parroquial, diocesano y general, y ser corresponsable con su sostenimiento. El miembro del Movimiento se compromete a: a) Vivir, como discípulo de Jesús y en proceso permanente de formación y conversión personal, los valores del Evangelio por la profundización en la fe de la Iglesia a partir de la vida y de la Palabra; la celebración de los Sacramentos, especialmente de la Eucaristía y la Reconciliación, la práctica de la oración personal y comunitaria y el crecimiento constante en la comunión eclesial.

Toda persona, para ser considerada como militante en activo, ha de cumplir al menos los siguientes requisitos de orden externos: a) Participar en un equipo de militantes de Acción Católica General. b) Tener un compromiso de vida y acción, revisado con su grupo.

b) Testimoniar personal y comunitariamente la fe en Jesucristo Resucitado, trabajando en solidaridad con todas las personas de buena voluntad en favor de un “hombre nuevo” y una sociedad nueva según Dios, en la que reinen la Verdad, la Justicia, la Libertad, el Amor y la Paz.

c) Participar activamente en la vida diocesana del Movimiento. d) Tener un compromiso económico con el Movimiento.

c) Anunciar el mensaje evangélico al mundo invitando a todas las personas a adherirse a Jesucristo, a incorporarse a la comunidad de quienes creen en Él y a trabajar por su Reino, a fin de que todas las personas alcancen en Cristo la salvación eterna.

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Miembros pasivos, simpatizantes del movimiento o colaboradores.

Artículo 4 No se consideran miembros en activo:

d) Asociarse con este fin de modo estable.

a) Los que no reúnan los requisitos recogidos en el punto anterior (bien por estar en el periodo de formación inicial, bien por no poder asumir dichos requisitos).

Artículo 2 Dentro del Movimiento existirán los siguientes tipos de miembros:

b) Los que no perteneciendo al Movimiento, colaboran de alguna forma con él (grupos de acción, colaboración económica, asistencia a actos abiertos, apoyo en campañas...).

a) Adultos, que serán los miembros mayores de 30 años de edad. b) Jóvenes, que serán los miembros que tengan entre 15 y 30 años.

Tanto los grupos como las Comisiones Diocesanas llevarán un listado de estas personas.

c) Niños, que serán los miembros de 7 a 14 años.

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z Del cambio de forma de vinculación al Nivel General

DE LOS DIFERENTES MODOS DE PRESENCIA EN EL NIVEL GENERAL Artículo 7 Artículo 5

El cambio de una forma de vinculación del Movimiento en una diócesis a otra se estudiará, bien por sugerencia de la Comisión Permanente, bien de la diócesis que haya acompañado el proceso de Iniciación o bien a petición de la propia diócesis.

Según la vinculación al Nivel General del Movimiento, Acción Católica General se hace presente en las diócesis, siempre con el visto bueno del Obispo diocesano, de dos formas: a) En estado de plena incorporación: en aquellas diócesis en las que los miembros, tras un proceso de conocimiento del movimiento Acción Católica General, aceptan los Estatutos vigentes comprometiéndose a su sostenimiento, a todos los niveles.

Será necesario, que conste como punto del orden del día del Pleno General, adjuntándose los informes de la situación diocesana que se consideren precisos. El cambio en la forma de vinculación puede darse de fase de iniciación a estado de plena incorporación o viceversa.

b) En fase de iniciación: en aquellas diócesis en las que los miembros están en proceso de conocimiento del movimiento Acción Católica General, y aún no son miembros en activo.

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Posteriormente se procederá a su votación, para la que será necesaria una mayoría de dos tercios.

SOBRE LA TOMA DE DECISIONES

Proceso de incorporación de nuevas diócesis

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Artículo 6

Quórum necesario

Artículo 8

Admisión como Movimiento en una Diócesis en fase de iniciación:

Las decisiones en todos los órganos del Movimiento son válidas cuando concurra, en primera convocatoria, la mayoría absoluta de los miembros de pleno derecho convocados y con los que hubiere en segunda, siempre que se haya convocado en tiempo y forma.

Para que un Movimiento en la Diócesis pueda ser considerado en fase de iniciación, ha de haber al menos algún grupo en la misma que haya optado por seguir el proceso de formación inicial, o algún grupo de acompañantes y que éstos sean coordinados de acuerdo con algún órgano competente del Nivel General o del Movimiento en otra diócesis.

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Toma de decisiones

Artículo 9

Sólo se podrá ser Movimiento en una Diócesis en fase de iniciación, si la Comisión Permanente tiene conocimiento previo de la realidad que en tal Diócesis existe y así lo acepta. Será preceptivo establecer una hoja de ruta y dar cuenta de la misma al Pleno General.

Para la toma de decisiones en los órganos de decisión, coordinación y ejecutivos se tenderá en lo posible al consenso. Cuando éste no fuera posible se hará por votación. Cada miembro de pleno derecho en el órgano de que se trate tiene un voto. En caso de empate, agotadas todas las rondas de votación posibles, decidirá el voto de calidad de quien presida el órgano correspondiente.

Admisión como Movimiento en una Diócesis en estado de plena incorporación: Cuando se pueda asegurar una presencia estable en una Diócesis, es decir, que exista algún equipo de militantes, que los equipos de militantes funcionen con autonomía plena y con posibilidades de asumir todas las obligaciones del Movimiento.

Los acuerdos se tomarán por mayoría de los dos tercios de los votos emitidos y, en el caso de que no la hubiese, en segunda votación por mayoría absoluta.

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Las Comisiones Diocesanas, a propuesta de los equipos de militantes y ellas mismas, y la Comisión Permanente presentan al Pleno General candidatos a la Comisión Permanente, aportando las razones de su propuesta.

La elección de Presidente se hará en primera votación por mayoría de los dos tercios, en segunda votación por mayoría absoluta, y, en tercera votación por mayoría simple. Las votaciones para elegir a personas para responsabilidades serán secretas.

La Comisión Permanente lo comunica a los propuestos y, si aceptan, se pone en conocimiento de los militantes como asunto preparatorio de la Asamblea General o en su caso del Pleno General.

En el caso de modificación de Estatutos se requerirá expresamente la mayoría de dos tercios. En los órganos en los que forman parte niños militantes y jóvenes militantes menores de edad, estos podrán tomar decisiones en aquellas cuestiones que los órganos competentes así lo estimen. En el resto de cuestiones los niños podrán efectuar votaciones de sondeo no vinculantes, cuyo resultado habrá de tenerse en cuenta en la toma de decisiones.

Consideraciones: a) Se procurará no renovar simultáneamente a más del 50 % de los miembros. b) La Asamblea General elegirá a los miembros de la Comisión Permanente, excepto al Consiliario. Durante el periodo entre asambleas el Pleno General podrá elegir a la Comisión Permanente, incluido el Presidente General, cuando la elección no coincida con la celebración de la Asamblea General como indica el artículo 39 de los Estatutos.

SOBRE EL PROCESO DE ELECCIÓN DE RESPONSABILIDADES Artículo 10

Para ello se articulará un procedimiento de votación en el que se asignará a cada diócesis tantos votos como representantes le corresponden en Asamblea General. El Presidente Diocesano trasladará al Pleno General el Acta de la Asamblea Diocesana que contendrá la relación de militantes asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las elecciones efectuadas

Todos los miembros del Movimiento mayores de edad podrán ser elegidos para desempeñar los diversos cargos si están al corriente de sus cuotas y obligaciones. El Presidente es elegido por la Asamblea General de Representantes o en su caso (Art. 39 de los Estatutos) por el Pleno General, por un período de tres años, pudiendo desarrollar un máximo de dos mandatos consecutivos. Los Presidentes Diocesanos son elegidos por las Asambleas respectivas, por un período de tres años, pudiendo desarrollar un máximo de dos mandatos consecutivos.

En caso de no alcanzar la mayoría de dos tercios de los votos emitidos, se procederá a una segunda votación, por mayoría absoluta, en la que cada Presidente Diocesano tendrá voto ponderado según los criterios establecidos en el párrafo anterior.

Los miembros del Movimiento menores de edad podrán ser elegidos para desempeñar las funciones que les sean propias.

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Para la elección de Presidente General, si no se lograra por mayoría absoluta, se hará en tercera votación por mayoría simple según los criterios anteriores.

Proceso de elección de miembros para la Comisión Permanente

Los candidatos a Responsable de Adultos y de Jóvenes han de pertenecer al Sector correspondiente. El Responsable de Niños ha de ser acompañante de niños. En el proceso de elección serán oídos los órganos propios del Sector correspondiente.

Artículo 11 Cuando se vayan a producir vacantes en la Comisión Permanente, a principios del curso precedente, se abrirá un proceso de discernimiento y oración para el ofrecimiento y la designación de personas para la correspondiente renovación.

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Proceso de elección de miembros para la Comisión Diocesana

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Revocaciones y dimisiones

Artículo 15

Artículo 12 El movimiento Acción Católica General en cada uno de los niveles puede revocar en cualquier momento a uno o a todos los miembros de la comisión correspondiente, previa revisión del cumplimiento de las tareas encomendadas.

Tras un proceso de discernimiento y oración, los equipos de militantes y la Comisión Diocesana proponen candidatos. Ésta, a su vez, lo comunica a los propuestos y, si aceptan, se pone en conocimiento de los militantes como asunto preparatorio de la Asamblea Diocesana, de un modo análogo en plazos y procedimientos a lo establecido para el Nivel General, excepto que la elección tendrá lugar en la Asamblea Diocesana.

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Esta revocación se realizará por parte del Pleno o Asamblea General en el caso de los miembros de la Comisión Permanente y por parte de la Asamblea diocesana en el caso de los miembros de la Comisión Diocesana. Este punto será incluido en el orden del día a petición de un tercio de los miembros de pleno derecho del órgano correspondiente.

Nombramiento del Presidente

Artículo 13

Será necesaria una mayoría de dos tercios para aprobar la revocación, en caso contrario será rechazada

El nombramiento de Presidente, en los niveles General y Diocesano, es competencia de la Jerarquía: la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal o el Obispo Diocesano, respectivamente. Según el modo siguiente:

Las personas con responsabilidades en la organización del Movimiento tienen la libertad de renunciar a éstas, si no pueden llevarlas a cabo, previa revisión hecha en el órgano correspondiente y una posterior comunicación a todos los militantes.

El Movimiento, según el procedimiento propio que tiene establecido, elabora una terna de candidatos que presenta a la Comisión Episcopal de Apostolado Seglar, en el caso del Presidente General, o al Obispo, en el caso del Presidente Diocesano, en orden a obtener la aprobación correspondiente. De entre aquellos nombres que hayan obtenido el visto bueno, el Movimiento procederá a la elección de quien considere más idóneo y lo presentará a la autoridad eclesiástica correspondiente para su nombramiento.

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Nombramiento de Consiliario

Artículo 14 El nombramiento de Consiliario y Viceconsiliario en los distintos niveles del Movimiento corresponde a la autoridad eclesiástica competente, después de oír a los miembros de la Comisión Permanente o de la Comisión Diocesana, a tenor del Código de Derecho Canónico (c. 317, § 1) y de la Instrucción sobre asociaciones canónicas de ámbito nacional de la Conferencia Episcopal Española (n. 16), según lo establecido en las Bases Generales de la Acción Católica Española.

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DEL NIVEL GENERAL

d) Revisar, y en su caso ratificar, las decisiones que tomen las Asambleas Sectoriales, el Pleno General y la Comisión Permanente.

El Nivel General tiene como objetivo sostener y animar la vida y misión de Acción Católica General en las diócesis. Un espacio donde compartir y ofrecer recursos, y un ámbito de decisiones que competan a todos, señalando grandes líneas programáticas que orienten el trabajo diocesano y parroquial. Los órganos de gobierno han de hacer un seguimiento cercano a las diócesis. Deben también procurar la extensión del Movimiento, velando y garantizando su unidad, su formación y su identidad. La organización fundamental en el nivel general es el siguiente:

e) Establecer y modificar el Reglamento de Régimen Interno. f) Elegir al Presidente General, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de los Estatutos. g) Tomar, como máximo órgano del Movimiento, cualquier tipo de decisión, dentro de la finalidad del Movimiento, incluida la propuesta a la Conferencia Episcopal de la modificación de los Estatutos que la prudencia aconseje.

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Órganos de gobierno

De la periodicidad

Artículo 18

Artículo 16 La Asamblea General de Representantes tendrá lugar con carácter ordinario cada cuatro años, y con carácter extraordinario por acuerdo del Pleno General, o cuando lo soliciten por escrito, al Presidente General, un tercio de los miembros de pleno derecho del Movimiento.

En el Nivel General los órganos del movimiento Acción Católica General son: a) La Asamblea General de Representantes. b) Las Asambleas Sectoriales. c) El Pleno General. d) La Comisión Permanente.

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e) Las Coordinadoras Generales Sectoriales.

Sobre el proceso asambleario

Artículo 19 Tanto en las convocatorias ordinarias como extraordinarias, es necesario que los militantes dispongan de un curso, curso asambleario, para preparar la Asamblea General.

ASAMBLEA GENERAL DE REPRESENTANTES Artículo 17

El Pleno General, a comienzos del año asambleario, estructura los contenidos, señalando cuándo van a llegar los materiales preparatorios de la Asamblea General a las diócesis y cómo hay que trabajarlos.

La Asamblea General de Representantes es el máximo órgano de diálogo y decisión del movimiento Acción Católica General. Tiene las siguientes funciones:

Las diócesis en Asamblea Diocesana aprueban y deciden sus aportaciones a los materiales preparatorios, eligen a sus representantes y estos trasladarán el sentir de todos los militantes de la diócesis a la Asamblea General.

a) Formular las líneas maestras de las actividades del Movimiento para que éste cumpla sus fines. b) Profundizar sobre algún aspecto fundamental para el Movimiento.

El Pleno General, tras conocer las propuestas de las diócesis a los materiales preparatorios de la Asamblea General, aprueba los materiales definitivos que se trabajarán en ella. Los enviará a las diócesis, junto con el orden del

c) Delegar en las Asambleas Sectoriales la facultad de examinar y decidir en las materias que les sean propias.

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Son miembros de pleno derecho, con voz y voto, en la Asamblea General de Representantes:

día de la Asamblea General y el desarrollo de la misma aprobada por el Pleno General. Tras la celebración de la Asamblea General, el Pleno General se reunirá para planificar las prioridades aprobadas para el cuatrienio que se irán concretando en diversas programaciones. Éstas deberán ser acogidas en las programaciones de cada diócesis según su realidad.

a) Todos los miembros del Pleno General. b) De las Diócesis en las que el Movimiento se halle en estado de plena incorporación, además del Presidente Diocesano (que es miembro del Pleno General), un representante por cada una de ellas (sea cual sea el número de miembros), más otro por cada quince miembros mayores de edad; en caso de restos, se añadirá un representante más cuando el resto sea de diez o más (2/3 de 15). En todo caso, de cada diócesis habrá un máximo de veinte Representantes (incluyendo al Presidente Diocesano).

z De la convocatoria, constitución y toma de decisiones

Artículo 20 La convocatoria de la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, corresponde al Presidente General y deberá realizarse por escrito, al menos con un mes de antelación, consignándose el día, hora y lugar de la reunión junto con el orden del día, y habrá de ser dirigida a todos los miembros del Pleno General, que la trasladarán a todos los miembros del Movimiento en las diócesis.

Este número de representantes será efectivo si el Movimiento en la diócesis tiene al día sus responsabilidades económicas con el Nivel General. La designación de los representantes de cada diócesis se acordará en Asamblea Diocesana, de modo que se asegure la participación proporcional entre las distintas representaciones parroquiales, procurando así mismo mantener una proporcionalidad en la representación de los distintos Sectores del Movimiento en la diócesis.

Cuando se produzca una solicitud de Asamblea General extraordinaria por parte del Pleno General o por un tercio de los miembros de pleno derecho del Movimiento, el Presidente la convocará lo antes posible y siempre antes de un año a contar desde el día de la solicitud.

Son miembros de la Asamblea con voz, pero sin voto, con los límites que por motivos de economía y logística hayan sido aprobados en el Pleno General:

Artículo 21 La Presidencia de la Asamblea corresponde al Presidente General del Movimiento. Actúa de Secretario quien ocupa el cargo de Secretario en la Comisión Permanente.

a) Los miembros del Movimiento de las Diócesis en que éste se halle en fase de iniciación. b) Los miembros del Movimiento menores de edad.

Tras la constitución de la Asamblea General, se procederá a ratificar el orden del día, y a la constitución de las mesas de trabajo, de acuerdo con la propuesta del Pleno General, así como a aprobar la lista de asuntos a delegar en las Asambleas Sectoriales.

c) Los Consiliarios Diocesanos. d) Todos los miembros del Movimiento que no sean representantes y deseen asistir.

Artículo 22

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Partiendo del derecho de todos los miembros a ser partícipes de la Asamblea General, es necesario articular la representatividad del voto y la metodología de forma que todos, niños, jóvenes y adultos, puedan hacer llegar sus opiniones.

De la constancia de acuerdos

Artículo 23 Los acuerdos deberán consignarse en la correspondiente Acta, que contendrá la relación de Representantes asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, que irá suscrita por el Se-

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cretario con el visto bueno del Presidente General, y transcrita al Libro de Actas.

hora y lugar de la reunión junto con el orden del día.

Se elaborará un documento-resumen de la misma recogiendo las decisiones y acuerdos para darle difusión entre todos los miembros del Movimiento, en orden a su conocimiento y puesta en práctica.

La Asamblea General Sectorial se puede celebrar de forma aislada o integrada dentro de la Asamblea General a propuesta de las Coordinadoras Generales Sectoriales y con la aprobación del Pleno General. Artículo 26

ASAMBLEAS SECTORIALES Los miembros de las Asambleas Sectoriales son los representantes de los miembros de cada Sector.

Artículo 24 Las Asambleas Sectoriales son el órgano de diálogo y decisión de cada uno de los Sectores, Niños, Jóvenes y Adultos del movimiento Acción Católica General.

Artículo 27 En la Asamblea Sectorial de Niños son representantes de las diócesis en las que el Movimiento se halle en estado de plena incorporación tres niños por cada una de ellas, sin derecho a voto (sea cual sea el número de miembros), el Responsable Diocesano de Niños y otro representante de los acompañantes de Niños, siempre mayores de edad. Estos dos últimos representantes serán de pleno derecho, con voz y voto, y trasladarán el sentir de los Niños a la Asamblea General.

Es competencia de la Asamblea Sectorial examinar y decidir en las materias propias de cada Sector, según marque la Asamblea General y profundizar sobre algún aspecto de interés para el Sector. Funciones de la Asamblea General Sectorial a) Fijar las prioridades y objetivos del Movimiento en el Sector correspondiente en sintonía con la Asamblea General y las pastorales específicas de cada Sector.

Son miembros de la Asamblea Sectorial con voz, pero sin voto, con los límites que por motivos de economía y logística hayan sido aprobados en el Pleno General:

b) Reflexionar, debatir y aprobar las cuestiones que se van a plantear en la Asamblea General Sectorial.

a) Los miembros del Sector de Niños de las diócesis en que éste se halle en fase de iniciación.

c) Conocer, asegurar, revisar y aprobar el trabajo que ha realizado la Coordinadora General Sectorial.

b) Los Consiliarios Diocesanos.

d) Conocer e interpelar la vida y funcionamiento de los Sectores en las diócesis.

c) Todos los miembros del Sector que no sean representantes y deseen asistir.

e) Recabar el debate de todos los asuntos que afecten al Sector y trasladar sus conclusiones al seno de la Asamblea General.

Artículo 28 En la Asamblea Sectorial de Jóvenes son miembros de pleno derecho, con voz y voto, de las Diócesis en las que el Movimiento se halle en estado de plena incorporación, el Responsable Diocesano de Jóvenes, un representante por cada una de ellas (sea cual sea el número de miembros), más otro por cada diez miembros mayores de edad; en caso de restos, se añadirá un representante más cuando el resto sea de siete o más (2/3 de 10). En todo caso, de cada diócesis habrá un máximo de

f) Proponer candidatos para la designación de personas para la Comisión Permanente.

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De la convocatoria y constitución

Artículo 25 La convocatoria de la Asamblea General Sectorial corresponde al Presidente General y deberá realizarse por escrito al menos con un mes de antelación, consignándose, el día,

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PLENO GENERAL

diez Representantes (incluyendo al Responsable Diocesano). Artículo 31

Son miembros de la Asamblea con voz, pero sin voto, con los límites que por motivos de economía y logística hayan sido aprobados en el Pleno General:

Tiene la finalidad de asegurar los objetivos marcados por la Asamblea General, actuando como órgano decisorio entre asambleas. El Pleno General del Movimiento está compuesto por:

a) Los miembros del Sector de Jóvenes de las diócesis en que éste se halle en fase de iniciación.

a) La Comisión Permanente con voz y voto, salvo los Consiliarios, que sólo tendrán voz.

b) Los miembros del Sector menores de edad.

b) Los Presidentes Diocesanos con voz y voto.

c) Los Consiliarios Diocesanos.

c) Aunque no son miembros del Pleno, podrán participar con voz, pero sin voto, previa invitación, los responsables del Movimiento en las diócesis en las que éste se halle en fase de iniciación.

d) Todos los miembros del Sector que no sean representantes y deseen asistir. Artículo 29 En la Asamblea Sectorial de Adultos son miembros de pleno derecho, con voz y voto, de las Diócesis en las que el Movimiento se halle en estado de plena incorporación, el Responsable Diocesano de Adultos, un representante por cada una de ellas (sea cual sea el número de miembros), más otro por cada veinticinco miembros; en caso de restos, se añadirá un representante más cuando el resto sea de diecisiete o más (2/3 de 25). En todo caso, de cada diócesis habrá un máximo de diez Representantes (incluyendo al Responsable Diocesano).

Sus funciones son las siguientes:

Son miembros de la Asamblea con voz, pero sin voto, con los límites que por motivos de economía y logística hayan sido aprobados en el Pleno General:

d) Aprobar la contabilidad, presupuestos anuales y determinación de las aportaciones económicas; así como autorizar los actos de administración que excedan el presupuesto ordinario, salvadas las competencias del Tesorero y del Presidente General.

a) Tomar los acuerdos necesarios para concretar y aplicar las líneas maestras fijadas por la Asamblea General. b) Revisar, y en su caso ratificar, la gestión de la Comisión Permanente. c) Revisar, y en su caso ratificar, las decisiones que tomen las Coordinadoras Generales Sectoriales sobre los asuntos que el Pleno General les haya encomendado.

a) Los miembros del Sector de las diócesis en que éste se halle en fase de iniciación.

e) Elegir a los miembros de la Comisión Permanente, excepto al Consiliario. Durante el periodo entre asambleas podrá elegir al Presidente General cuando la elección no coincida con la celebración de la Asamblea General.

b) Los Consiliarios Diocesanos. c) Todos los miembros del Sector que no sean representantes y deseen asistir.

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f) Aprobar el orden del día de la Asamblea General y hacer la propuesta de personas para que actúen como moderadores de las deliberaciones y debates de las distintas partes de la misma.

De la constancia de acuerdos

Artículo 30 Los acuerdos deberán consignarse en la correspondiente Acta, que contendrá la relación de Representantes asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, para su ratificación en la Asamblea General y su inclusión en el Acta de la misma.

g) Establecer los límites a la participación de miembros sin voto en la Asamblea General, de acuerdo con las posibilidades económicas y logísticas.

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h) Interpretar los Estatutos, de acuerdo con los principios y normas del Derecho Canónico.

rá de un Equipo General de Acompañantes de Niños formado por los responsables diocesanos de Niños.

Artículo 32

Sus funciones son las siguientes:

Las reuniones del Pleno General tienen lugar de forma ordinaria dos veces al año y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Comisión Permanente o lo solicite un tercio de los miembros del Pleno General, y son presididas por el Presidente General. Actúa de Secretario quien ocupa el cargo de Secretario en la Comisión Permanente.

a) Realizar el seguimiento continuo de la marcha del Sector. b) Revisar y promover la renovación de los materiales de trabajo y asegurar su utilización en las diócesis. c) Proponer actividades de acuerdo con los objetivos y prioridades marcadas por la Asamblea General.

Artículo 33

d) Fijar el orden del día de la Asamblea General Sectorial.

La convocatoria del Pleno General, tanto ordinaria como extraordinaria corresponde al Presidente General y deberá realizarse por escrito al menos con un mes de antelación consignándose el día, hora y lugar de la reunión junto con el orden del día.

e) Supervisar y orientar el funcionamiento de los Equipos Diocesanos de Acompañantes. f) Proponer al Pleno General candidatos para asumir las responsabilidades de cada Sector.

Cuando se produzca una solicitud de Pleno General extraordinario por parte de la Comisión Permanente o por un tercio del Pleno General, el Presidente General lo convocará lo antes posible y siempre antes de tres meses a contar desde el día de la solicitud.

Artículo 35 Las reuniones de las Coordinadoras Generales Sectoriales tienen lugar de forma ordinaria dos veces al año y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Comisión Permanente o lo solicite un tercio de los miembros de la Coordinadora General Sectorial, y son presididas por el Responsable del Sector correspondiente. Actúa de Secretario un miembro de la propia Coordinadora.

Los acuerdos deberán consignarse en la correspondiente acta, que contendrá la relación de Presidentes Diocesanos asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, que irá suscrita por el Secretario con el visto bueno del Presidente General, y transcrita al libro de actas.

Artículo 36 La convocatoria de las Coordinadoras Generales Sectoriales, tanto ordinarias como extraordinarias corresponde al Responsable del Sector y deberá realizarse por escrito al menos con un mes de antelación consignándose el día, hora y lugar de la reunión junto con el orden del día.

COORDINADORAS GENERALES SECTORIALES Artículo 34 La Coordinadora General Sectorial es el órgano dinamizador de la tarea de cada Sector. Concretará el trabajo marcado por la Asamblea General según las indicaciones del Pleno General.

Cuando se produzca una solicitud de Coordinadora General Sectorial extraordinaria por parte de la Comisión Permanente o por un tercio de la Coordinadora General Sectorial, el Responsable del Sector lo convocará lo antes posible y siempre antes de tres meses a contar desde el día de la solicitud.

La Coordinadora General de Jóvenes y la de Adultos estarán formadas por los responsables diocesanos de cada Sector. La Coordinadora General de Niños estará formada por un niño representante de cada diócesis y se dota-

Los acuerdos deberán consignarse en la correspondiente acta, que contendrá la relación

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de Responsables Diocesanos del Sector asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, que irá suscrita por el Secretario con el visto bueno del Responsable del Sector y el Presidente General, y transcrita al libro de actas.

d) Convocar, coordinar y dinamizar las comisiones de trabajo del Nivel General. e) Elaborar el orden del día del Pleno General. f) Ser responsable directo de las publicaciones del Movimiento. g) Ser responsable de los trabajadores que el Movimiento pueda contratar para las tareas que lo requieran.

EQUIPO GENERAL DE CONSILIARIOS Artículo 37

h) Realizar las tareas de difusión del Movimiento.

Es un espacio de encuentro, formación y diálogo de los Consiliarios Diocesanos promovido por el Consiliario General.

i) Le corresponde la búsqueda de recursos, así como la dirección económica y patrimonial del Movimiento, salvadas las competencias del Pleno General señaladas en los Estatutos.

Sus funciones son las siguientes:

j) Preparar los procesos de elección de los miembros de la Comisión Permanente

a) Realizar seguimiento a la tarea y responsabilidad de Consiliario Diocesano.

Artículo 39

b) Estudiar los aspectos que tienen que ver con el ser y tarea del Consiliario Diocesano.

La Comisión Permanente está compuesta, al menos, por los siguientes miembros:

c) Dar respuesta a las encomiendas que le hace el Movimiento.

a) Presidente/a.

d) Promover encuentros generales de consiliarios en orden a procurar una ayuda a los mismos en su tarea de animación en la fe en los equipos de militantes.

b) Consiliario General, con voz pero sin voto. c) Viceconsiliario General, con voz pero sin voto. d) Responsable del Sector de Niños.

Las reuniones del Equipo General de Consiliarios tienen lugar al menos una vez al año y son convocadas y presididas por el Consiliario General.

e) Responsable del Sector de Jóvenes. f) Responsable del Sector de Adultos. Si la Asamblea General lo estima oportuno, podrán ser elegidos además hasta un máximo de tres vocales para la realización de aquellas tareas que el Movimiento considere necesarias.

COMISIÓN PERMANENTE Artículo 38

La Vicepresidencia, Responsabilidad de Secretaría y la Responsabilidad de Tesorería serán asumidas por los Responsables de Sector.

La Comisión Permanente es el órgano ejecutivo del Movimiento en todas aquellas materias no reservadas específicamente a la Asamblea General de Representantes o al Pleno General. Sus funciones son las siguientes:

Para esta composición debe cuidarse el equilibrio entre jóvenes y adultos y la representatividad de todos los Sectores

a) Ejecutar y dinamizar los acuerdos tomados en la Asamblea General y el Pleno General.

Artículo 40

b) Coordinar la vida del Movimiento.

La Comisión Permanente se reúne como mínimo una vez al mes y cuando el Presidente General estime necesario convocarla. El Orden del Día lo establece la propia Comisión Permanente. Para la validez de las reuniones se requiere la

c) Hacer un seguimiento de la marcha del Movimiento en las distintas diócesis donde esté implantado.

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Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

a) La redacción de las actas de las Asambleas, Plenos y Coordinadoras Generales.

asistencia de la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se toman por mayoría de los presentes y deberán consignarse en la correspondiente Acta, que contendrá la relación de miembros asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, que irá suscrita por el Secretario con el visto bueno del Presidente General, y transcrita al Libro de Actas, o por quienes actuaron como tales en ausencia de alguno de estos.

b) La custodia de los libros, documentos y sellos del Movimiento. c) La actualización del Registro de miembros. d) Librar las certificaciones con relación a los libros y documentos del Movimiento. Artículo 43 Corresponde al Tesorero:

De los miembros de la Comisión Permanente z

a) Potenciar desde la reflexión evangélica el compartir económico y la solidaridad en el Movimiento, y con el resto de la Sociedad y la Iglesia.

Artículo 41 Corresponde al Presidente General:

b) La gestión económica ordinaria según presupuestos aprobados en el Pleno General, a tenor del Artículo 39 d) de los Estatutos, bajo dependencia y vigilancia de la Comisión Permanente.

a) Presidir la Comisión Permanente. b) Interpelar, dinamizar, animar, impulsar y coordinar la Comisión Permanente. c) Ostentar la representación legal del Movimiento en toda clase de asuntos judiciales o extrajudiciales.

c) La custodia de los fondos del Movimiento y los libros de contabilidad, así como tener al día el inventario de los bienes propiedad del Movimiento.

d) Representar al Movimiento en aquellos organismos de los que este forme parte, pudiendo delegar esta representación en algún miembro de la Comisión Permanente.

d) Llevar al día el registro de las aportaciones económicas de los miembros.

e) Convocar y presidir las reuniones de los órganos de gobierno del Movimiento en su ámbito General.

e) Informar periódicamente a la Comisión Permanente y a los Tesoreros Diocesanos sobre la realidad económica del Movimiento.

f) Llevar la firma social con el Secretario y el Tesorero en los asuntos de competencia de éstos.

Artículo 44 Para los actos que exceden el presupuesto económico ordinario es competente el Presidente. Sin embargo, en aquellos casos en que la cuantía rebase los 3000€ deberá tener el consentimiento del Pleno General.

g) Estar en contacto permanente con las diócesis para tener una visión global del Movimiento. h) Cuidar la relación con otros Movimientos de Acción Católica.

Artículo 45

i) Nombrar a un Vicepresidente de entre los Responsables de Sector que lo suplirá en caso de dimisión, ausencia o incapacidad.

Corresponde a los Responsables de Sector:

j) Impulsar y asegurar los procesos formativos en el Movimiento, con los medios que sean necesarios.

a) Animar el desarrollo de la tarea evangelizadora en el Sector correspondiente. b) Impulsar y asegurar los procesos formativos en el Sector, con los medios que sean necesarios.

Artículo 42

c) Informar a la Comisión Permanente de la situación del Sector correspondiente y de lo acordado en las Coordinadoras Generales Sectoriales.

Corresponde al Secretario:

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Reglamento de Régimen Interno

b) Promover espacios de encuentro, formación y diálogo entre los consiliarios diocesanos de Acción Católica General.

d) Acompañar a los Responsables Diocesanos del Sector garantizando una comunicación fluida.

c) Promover a través de este equipo, encuentros generales de consiliarios en orden a procurar una ayuda a los mismos en su tarea de animación en la fe en los equipos de militantes de Acción Católica General.

e) Convocar y presidir las reuniones de la Asamblea General Sectorial y la Coordinadora General Sectorial. f) Coordinar todas las Comisiones de Trabajo del Nivel General correspondientes al Sector. g) Recopilar, ordenar y archivar todos los materiales y documentos correspondientes a su Sector.

Entre los miembros de la Comisión Permanente se desarrollarán, entre otras las siguientes tareas:

h) Mantener las relaciones institucionales, delegadas por el Presidente, y que correspondan a su Sector.

z

Tarea de difusión

Artículo 47

i) Posibilitar que se planifique y se lleve a cabo la formación en las diócesis, conociendo y dando a conocer los materiales y planes de formación del Movimiento y asegurando su utilización, con especial atención a los equipos en la etapa de formación inicial.

Comprende los siguientes aspectos: a) Impulsar la difusión en el Nivel General, planificar, seguir y revisar la tarea.

j) Animar a la realización de la Revisión de Vida como instrumento fundamental de espiritualidad y formación del militante.

b) Denunciar situaciones que afecten a la realidad social y cultural de nuestro mundo y transmitir la opinión del Movimiento.

k) Asegurar la elaboración y revisión de los Proyectos de Vida como militantes cristianos.

c) Dar a conocer situaciones, acontecimientos, hechos de la vida del Movimiento como asambleas, encuentros, procesos, acciones...

l) Difundir las publicaciones del Movimiento.

d) Dar a conocer los materiales del Movimiento, tanto eclesial como socialmente.

Artículo 46

e) Recoger, ordenar y archivar todo lo que se vaya elaborando en esta tarea.

El Consiliario General y el Viceconsiliario General son sacerdotes que ejercen su ministerio en el seno de la Comisión Permanente del movimiento Acción Católica General, en orden a la representación del ministerio pastoral, la comunión eclesial del Movimiento, la fidelidad a la tarea encomendada al Movimiento por la Iglesia, así como el acompañamiento en la fe de los miembros de la Comisión Permanente. Son designados de acuerdo a lo que establece el artículo 61 de los Estatutos.

f) Encargarse del listado/gestión de suscripciones a las publicaciones periódicas del Movimiento. z Tarea de animación al compromiso militante

Artículo 48 Comprende los siguientes aspectos:

El Consiliario General y el Viceconsiliario han de:

a) Conocer las necesidades, carencias y prioridades del compromiso de los militantes.

a) Animar la conciencia cristiana y eclesial en el Movimiento y acompañar fraternalmente la marcha de la Comisión Permanente animando y revisando la vivencia de la fe, la oración personal y comunitaria y la celebración de los sacramentos.

b) Animar y hacer descubrir a los militantes la necesidad de tener una presencia activa, transformadora y evangelizadora de los ambientes donde estén presentes. c) Impulsar el compromiso de los militantes.

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Reglamento de Régimen Interno

Por su importancia para el desarrollo de la misión del Movimiento y su extensión, durante el cuatrienio se realizará, al menos, un Encuentro General de Militantes cuya finalidad es la profundización en algún aspecto formativo para los militantes de un Sector y un Encuentro General de Acompañantes de Sectores destinado a la revisión y formación sobre algún aspecto referido al acompañamiento y formación de los grupos de Niños, Jóvenes y Adultos.

d) Facilitar medios y materiales para el conocimiento de la realidad socio-cultural (problemática, Asociaciones, iniciativas que se realizan...) e) Coordinar iniciativas y actividades de compromiso social por parte del Movimiento en el Nivel General. f) Motivar la implicación de los militantes en las tareas destinadas hacia una mayor presencia social y cultural de los creyentes en el barrio y en el mundo, a través de las propias asociaciones e iniciativas de éstos.

COORDINACIÓN Artículo 51

COMISIONES DE TRABAJO

Acción Católica General se coordinará a nivel general con los demás movimientos de Acción Católica a través del Consejo General de la Acción Católica Española, con la Conferencia Episcopal Española a través de la Comisión Episcopal de Apostolado Seglar y su Departamento de Juventud y con otras entidades de Apostolado Seglar a través de los espacios correspondientes (Foro de Laicos...).

Artículo 49 Son grupos de personas, pertenecientes al Movimiento o no, que son designados por el Pleno General o la Comisión Permanente para algún trabajo concreto de estudio, investigación y/o profundización sobre algún tema de interés para el movimiento Acción Católica General.

Además, se establecerán los espacios de coordinación que se consideren adecuados para el Movimiento y cada Sector (Instituto de la Juventud “INJUVE”, Consejo de la Juventud de España “CJE”, Plataforma de Organizaciones de Infancia “POI”...)

La composición, enfoque y objetivos del trabajo a realizar serán definidos por los órganos decisorios correspondientes. Quedarán disueltas una vez finalizadas las tareas encomendadas.

Nivel Internacional

ACTIVIDADES

El Movimiento podrá integrarse en las organizaciones internacionales relacionadas con cada uno de sus Sectores: Foro Internacional de la Acción Católica “FIAC”, Unión Mundial de Organizaciones Femeninas Católicas “UMOFC”, Movimiento Internacional de Apostolado de los Niños “MIDADEN”, Red Global de Religiones a favor de la Infancia “GNRC”... correspondiendo a la Asamblea General y al Pleno General, en su caso, el establecerlo.

Artículo 50 Son todas aquellas que, sin formar parte en sentido estricto de la estructura organizativa del Movimiento, requieren la atención por parte del mismo en el desarrollo de su misión: encuentros de militantes (niños, jóvenes o adultos), formación de acompañantes, campañas, ejercicios espirituales, encuentros de consiliarios, etc. Dependerá de la realidad la conveniencia de programar y realizar estas actividades y se aprobarán en los órganos de decisión correspondientes: Asamblea General, Asambleas Generales Sectoriales, Pleno General, Coordinadoras Generales Sectoriales y Comisión Permanente, que asimismo, habrán de designar a las personas encargadas de su desarrollo y dar cuenta del mismo al Pleno General.

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Reglamento de Régimen Interno

DEL NIVEL DIOCESANO

c) Aprobar las directrices diocesanas en sintonía con el Plan Pastoral de la diócesis y con el Nivel General del Movimiento.

La dimensión diocesana de la ACG responde a la estructura fundamental de la Iglesia que se constituye en torno al Obispo. Por ello la unidad básica de la vida del Movimiento es la Iglesia particular: la Diócesis.

d) Conocer, asegurar, revisar y aprobar el trabajo que ha realizado la Comisión Diocesana así como revisar las directrices y la situación global del Movimiento en la diócesis.

De los órganos de gobierno

f) Delegar en las Asambleas Diocesanas Sectoriales el examen sobre las cuestiones propias del Sector correspondiente.

z

e) Elegir a la Comisión Diocesana, salvo al Consiliario.

Artículo 52 1. Los órganos básicos son:

g) Reflexionar, debatir y aprobar las cuestiones que se van a plantear en la Asamblea General y elegir a sus representantes en la misma.

a) Asamblea diocesana b) Comisión diocesana

h) Conocer e interpelar la vida y funcionamiento de los equipos de militantes.

2. Otros órganos son:

i) Conocer y animar el funcionamiento de los equipos de acompañantes.

a) Asamblea Sectorial diocesana

j) Presentar al Obispo al Presidente Diocesano, para ser nombrado por éste.

b) Coordinadora Sectorial diocesana c) Equipos diocesanos de acompañantes

k) Proponer al Obispo una terna de consiliarios para que sea éste quien elija y nombre al Consiliario.

d) Equipo diocesano de consiliarios Dependiendo de las circunstancias particulares, además de los órganos básicos que se indican y a partir de ellos, se podrán establecer otras estructuras u órganos de carácter permanente o temporal que se crean adecuadas para un mejor ejercicio de la tarea del Movimiento en la diócesis y entre diócesis, como los indicados en el apartado 2 u otros distintos (comisiones de trabajo...).

l) Aprobar la propuesta de la Comisión Diocesana sobre cómo hacer presente al Movimiento en la Iglesia y en la sociedad. m) Aprobar el balance y presupuesto diocesano.

z

Composición

Artículo 54 La Asamblea Diocesana está formada por todos los miembros, niños, jóvenes y adultos, del Movimiento. Son miembros de pleno derecho los miembros mayores de edad, según el artículo 52 de los Estatutos.

DE LA ASAMBLEA DIOCESANA Artículo 53 La Asamblea diocesana es el principal órgano de reflexión, encuentro, diálogo y decisión del Movimiento en la diócesis.

Son miembros de la Asamblea con voz, pero sin voto:

Sus funciones son las siguientes:

a) Los miembros del Movimiento menores de edad.

a) Asegurar la identidad de la Acción Católica General en la diócesis.

b) Las personas en la etapa de formación inicial. c) Los Consiliarios.

b) Profundizar sobre algún aspecto de interés para el Movimiento.

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Reglamento de Régimen Interno

z

Periodicidad

d) Hacer seguimiento de la marcha del Movimiento en las distintas parroquias donde esté implantado, haciéndose presente en los equipos de militantes para revisar con ellos la marcha del mismo y los compromisos asumidos en los distintos niveles organizativos.

Artículo 55 La Asamblea Diocesana tendrá lugar con carácter ordinario, al menos, una vez al año, cuando haya Asamblea General y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Comisión Diocesana o lo soliciten un tercio de los miembros de pleno derecho del Movimiento.

e) Atender las necesidades derivadas de extensión del Movimiento en la diócesis. f) Fijar el orden del día de las Asambleas Diocesanas.

La convocatoria de la Asamblea Diocesana, tanto ordinaria como extraordinaria, corresponde al Presidente y deberá realizarse por escrito, con al menos diez días de antelación, consignándose el día, hora y lugar de la reunión junto con el orden del día.

g) Coordinar y dinamizar las comisiones de trabajo del nivel diocesano. h) Asegurar la presencia y el trabajo en el Consejo Diocesano de Acción Católica. i) Animar en los militantes la vivencia de la fe, la oración personal y comunitaria, la celebración de los sacramentos y la presencia y compromiso transformador de la realidad.

Cuando se produzca una solicitud de Asamblea Diocesana extraordinaria por un tercio de los miembros de pleno derecho de la Asamblea, el Presidente la convocará lo antes posible y siempre antes de tres meses a contar desde el día de la solicitud.

j) Impulsar en todo momento la formación de los miembros en la diócesis, con los medios propios de la Acción Católica. k) Animar y potenciar el compartir económico y la solidaridad entre los militantes de la diócesis, con el resto del Movimiento y con la sociedad y la Iglesia.

DE LA COMISIÓN DIOCESANA Artículo 56

l) Preparar los Plenos Generales y las Coordinadoras Generales Sectoriales.

Es el órgano ejecutivo y máximo responsable de todas las tareas del Movimiento en la diócesis. Representa a los militantes de una diócesis y mantiene la comunicación habitual con el Obispo y es elegida por la Asamblea Diocesana, a propuesta de los equipos de militantes.

m) Preparar las Asambleas Diocesanas. n) Proponer a la Asamblea Diocesana cómo hacer presente al Movimiento en las realidades sociales y eclesiales.

Sus funciones son las siguientes:

o) Realizar las tareas de difusión del Movimiento.

a) Planificar, impulsar y dinamizar las directrices diocesanas aprobadas por la Asamblea Diocesana, en sintonía con el Plan Pastoral de la diócesis y el Nivel General del Movimiento.

p) Ser responsable directo de las publicaciones del Movimiento. q) Le corresponde la búsqueda de recursos así como la dirección económica y patrimonial del Movimiento, salvadas las competencias de la Asamblea Diocesana.

b) Representar a la diócesis en el Nivel General del Movimiento y dinamizar la relación con otras realidades organizativas, tanto sociales como eclesiales existentes en la diócesis. De entre las eclesiales fomentar, preferentemente, la relación con los otros Movimientos de Acción Católica.

r) Informar a la Comisión Permanente puntualmente a cerca de la composición de los órganos de gobierno, el censo de miembros y el resultado de la actividad económica. s) Preparar los procesos de elección de los miembros de la Comisión Diocesana.

c) Coordinar y promover la comunicación los equipos de militantes, entre sí y con el Nivel General, siendo cauce de información entre los distintos niveles organizativos.

t) Admitir a los nuevos miembros del Movimiento, dando cuenta posteriormente a

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Reglamento de Régimen Interno

Comisión Permanente para su inclusión en el registro de miembros.

e) Tener visión global de la diócesis y del Movimiento en ella, conocer todos los documentos del Movimiento y representarlo en el Nivel General.

u) Atender las cuestiones relativas con el nivel internacional del Movimiento.

z

f) Nombrar un Vicepresidente de entre los Responsables de Sector que le supla en caso de dimisión, ausencia o incapacidad.

Composición

Artículo 57

g) Delegar en los Responsables de Sector las tareas que les competen.

Estará compuesta como mínimo por: un Presidente Diocesano, un Consiliario y un Responsable de cada Sector.

h) Mantener el contacto con el Obispo e informarle periódicamente de la situación del Movimiento.

Podrán ser elegidos además hasta un máximo de tres vocales para la realización de aquellas tareas que el Movimiento considere necesarias.

i) Estar al tanto de los avances, dificultades y necesidades de los tres sectores. j) Procurar que se consolide un espíritu de unión y comunidad entre los tres sectores del Movimiento.

La Vicepresidencia, la Responsabilidad de Secretaría y la Responsabilidad de Tesorería serán asumidas por miembros de la Comisión Diocesana.

k) Impulsar y asegurar los procesos formativos en el Movimiento. Con los medios que sean necesarios. l) Cuidar la relación con otros Movimientos de Acción Católica.

Para esta composición debe cuidarse el equilibrio entre jóvenes y adultos y la representatividad de todos los Sectores.

z z

Presidente Diocesano

Responsables de Sector

Artículo 60

Artículo 58

Corresponde a los Responsables de Sector:

Es el responsable máximo del Movimiento en la diócesis y su representante ante el Nivel General del mismo. Es elegido por la Asamblea Diocesana de militantes por un periodo de tres años y nombrado por el Obispo.

a) Presidir las reuniones de las Asambleas Diocesanas Sectoriales y de la Coordinadora Diocesana Sectorial, por delegación del Presidente. b) Mantener a la Comisión Diocesana al corriente de la situación del Sector correspondiente e informar de lo acordado en las Coordinadoras Generales Sectoriales.

Artículo 59 Le corresponde al Presidente:

c) Participar en las Coordinadoras Generales Sectoriales y en los espacios organizativos a los que se les convoque.

a) Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Diocesana y de los órganos de gobierno del Movimiento.

d) Animar y coordinar el desarrollo de la tarea evangelizadora y el compromiso militante en el Sector correspondiente.

b) Representar al Movimiento ante cualquier organismo civil o eclesiástico en el ámbito de la diócesis.

e) Impulsar y asegurar los procesos formativos en el Sector, con los medios que sean necesarios (materiales, planes de formación, campañas...), asegurando su utilización en los equipos de militantes del Movimiento en la diócesis. Con especial atención a los grupos en la etapa de formación inicial.

c) Participar en los Plenos Generales del Movimiento y en aquellos ámbitos organizativos a los que se le convoque. d) Vigilar y procurar el cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea Diocesana.

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Reglamento de Régimen Interno

Entre los miembros de la Comisión Diocesana se desarrollarán, entre otras, las siguientes tareas:

f) Coordinar todos los equipos del Nivel Diocesano correspondientes al Sector. g) Recopilar, ordenar y archivar todos los materiales y documentos correspondientes a su Sector.

z

Artículo 62

h) Mantener las relaciones institucionales, delegadas por el Presidente Diocesano, y que correspondan a su Sector, especialmente las relacionadas con otros Movimientos de Acción Católica con los que los militantes del Sector comparten una misma franja de edad.

Corresponde al Secretario: a) Redactar el Acta de las reuniones de Comisión Diocesana, Asamblea Diocesana y otros órganos de gobierno del Movimiento.

i) Hacer seguimiento y asegurar la coordinación de los acompañantes del Sector.

z

Tarea de secretaría

b) Custodiar los libros, documentos y sellos del Movimiento y librar las certificaciones con relación a estos.

Consiliario Diocesano

c) Actualizar el registro de miembros y comunicarlo a la Comisión Permanente.

Artículo 61

d) Enviar convocatorias de las actividades e informaciones que se realizan.

Es el representante del Obispo en el Movimiento. Impulsa y coordina la Tarea de animación en la Fe y acompaña al Movimiento en lo específico de su misión pastoral. Impulsa la relación con los consiliarios parroquiales a través del Equipo Diocesano de Consiliarios. En el Movimiento, desarrolla específicamente su tarea, en orden a:

e) Enviar de materiales sobre actividades realizadas a la Comisión Permanente para el archivo general.

z

Tarea de economía

Artículo 63

a) Conocer las necesidades, carencias y prioridades de la animación en la fe del Movimiento en la diócesis.

Corresponde al Tesorero:

b) Animar en los militantes la vivencia de la fe, la escucha de la Palabra de Dios, la oración personal y comunitaria y la celebración de los Sacramentos.

a) Potenciar desde la reflexión evangélica el compartir económico y la solidaridad en el Movimiento, y con el resto de la sociedad y la Iglesia.

c) Asegurar la elaboración y revisión de los Proyectos Personales de Vida como militantes cristianos.

b) Realizar gestión económica ordinaria según presupuesto aprobados en Asamblea Diocesana, bajo dependencia y vigilancia de la Comisión Diocesana.

d) Recoger, ordenar y archivar todo lo que se vaya elaborando en esta tarea.

c) Custodiar los fondos y los libros de contabilidad, así como tener al día el inventario de los bienes propiedad del Movimiento.

e) Asegurar la realización de la Revisión de Vida en lo equipos de militantes.

d) Llevar al día el registro de las aportaciones económicas de los miembros y enviar puntualmente al Nivel General la aportación diocesana.

f) Acompañar en la fe a los miembros de la Comisión Diocesana. g) Promover espacios de encuentro, formación y diálogo entre los consiliarios de los equipos de militantes.

e) Informar periódicamente a Comisión Diocesana y a la Asamblea Diocesana sobre la situación económica del Movimiento.

h) Participar en el Equipo General de Consiliarios y en aquellos ámbitos organizativos a los que se le convoque.

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Reglamento de Régimen Interno

z

Tarea de difusión

z

Periodicidad

Artículo 64

Artículo 66

Comprende los siguientes aspectos:

Cada Comisión Diocesana, según su realidad, fijará la periodicidad de sus reuniones, si bien se reunirá, al menos, una vez al mes y cuando el Presidente Diocesano estime necesario convocarla. El orden del día lo establece la propia Comisión Diocesana. Para la validez de las reuniones se requiere la asistencia de la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se toman por mayoría de los presentes y deberán consignarse en la correspondiente Acta, que contendrá la relación de miembros asistentes, los asuntos tratados, los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones, que irá suscrita por el Secretario con el visto bueno del Presidente Diocesano, y transcrita al Libro de Actas, o por quienes actuaron como tales en ausencia de alguno de estos.

a) Impulsar la difusión en el ámbito de la diócesis, planificar, seguir y revisar la tarea. b) Denunciar situaciones que afecten a la realidad social y cultural de la diócesis y transmitir la opinión del Movimiento. c) Dar a conocer situaciones, acontecimientos, hechos de la vida del Movimiento como asambleas, encuentros, procesos, acciones... d) Dar a conocer los materiales del Movimiento, tanto eclesial como socialmente. e) Recoger, ordenar y archivar todo lo que se vaya elaborando en esta tarea. f) Encargarse del listado/gestión de suscripciones a las publicaciones periódicas del Movimiento.

DE LA ASAMBLEAS DIOCESANAS SECTORIALES Artículo 67

Tarea de animación al compromiso militante z

Son el órgano diocesano de reflexión, encuentro, diálogo y decisión de cada uno de los Sectores del Movimiento en la diócesis, estando siempre en comunión con la Asamblea Diocesana. Podrá desarrollarse de forma aislada o integrada en la Asamblea Diocesana.

Artículo 65 Comprende los siguientes aspectos: a) Conocer las necesidades, carencias y prioridades del compromiso de los militantes en la diócesis.

Funciones de la Asamblea Diocesana Sectorial

b) Animar y hacer descubrir a los militantes la necesidad de tener una presencia activa, transformadora y evangelizadora de los ambientes donde estén presentes.

a) Fijar las prioridades y objetivos del Movimiento en el Sector correspondiente en sintonía con el Plan Pastoral Diocesano. b) Reflexionar, debatir y aprobar las cuestiones que se van a plantear en la Asamblea General Sectorial.

c) Impulsar el compromiso de los militantes. d) Facilitar medios y materiales para el conocimiento de la realidad socio-cultural de la diócesis (problemática, Asociaciones, iniciativas que se realizan...)

c) Conocer, asegurar, revisar y aprobar el trabajo que ha realizado la Coordinadora Diocesana Sectorial.

e) Motivar la implicación de los militantes en las tareas destinadas hacia una mayor presencia social y cultural de los creyentes en el barrio y en el mundo, a través de las propias asociaciones e iniciativas de éste.

d) Conocer e interpelar la vida y funcionamiento de los equipos de militantes. e) Recabar el debate de todos los asuntos que afecten al Sector y trasladar sus conclusiones al seno de la Asamblea Diocesana.

f) Coordinar iniciativas y actividades de compromiso social por parte del Movimiento en el nivel diocesano.

f) Proponer candidatos para la designación de personas para la Comisión Diocesana.

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Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

z

Composición

dad de cada diócesis. Estarán acompañadas por el Responsable del Sector correspondiente.

Artículo 68

Sus funciones son las siguientes:

Las Asambleas Diocesanas Sectoriales están formadas por todos los miembros niños, jóvenes y adultos de cada uno de los Sectores. La Asamblea Diocesana Sectorial de Niños está formada, además, por los acompañantes de cada uno de los equipos de militantes de Niños.

a) Realizar el seguimiento continuo de la marcha del Sector. b) Conocer los materiales de trabajo del Sector y asegurar su utilización en los equipos correspondientes.

Son miembros de pleno derecho los miembros mayores de edad de cada una de ellas.

c) Proponer actividades para el Sector de acuerdo con los objetivos y prioridades marcadas por la Asamblea Diocesana Sectorial.

Son miembros con voz pero sin voto:

d) Preparar los asuntos a tratar en las Coordinadores Generales Sectoriales.

a) Los miembros del Sector menores de edad, b) Las personas que se encuentren en la etapa de formación inicial,

e) Fijar el orden del día de la Asamblea Diocesana Sectorial.

c) Los Consiliarios.

f) Supervisar el funcionamiento del Equipo Diocesano de Acompañantes del Sector. z

Periodicidad

g) Corresponde a la Coordinadora Sectorial Diocesana de Niños proponer un niño responsable para acudir a las Coordinadoras Generales de Niños.

Artículo 69 La convocatoria de la Asamblea Diocesana Sectorial corresponde al Presidente Diocesano y deberá realizarse por escrito al menos con diez días de antelación, consignándose, el día, hora y lugar de la reunión junto con el orden del día, pudiéndose celebrar de forma aislada o integrada dentro de la Asamblea Diocesana.

z

Periodicidad

Artículo 71 Cada Coordinadora Diocesana Sectorial se reunirá al menos dos veces al año.

La Asamblea Diocesana Sectorial tendrá lugar con carácter ordinario, al menos, una vez al año y cuando haya Asamblea General Sectorial y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Comisión Diocesana o lo soliciten un tercio de los miembros de pleno derecho del Movimiento.

DE LOS ACOMPAÑANTES z

Los Acompañantes

Artículo 72

DE LA COORDINADORA DIOCESANA SECTORIAL

Los acompañantes son militantes cristianos maduros en su fe jóvenes o adultas que:

Artículo 70

a) Se sienten llamados a acompañar en su proceso de fe a otras personas.

La Coordinadora Diocesana Sectorial es el órgano dinamizador de la tarea de cada Sector. Concretará el trabajo marcado por la Asamblea Diocesana y la Asamblea Diocesana Sectorial.

b) Tienen una visión de conjunto del proceso formativo del Movimiento y conocen su planteamiento General.

Las Coordinadoras Diocesanas Sectoriales estarán formadas por una representación de equipos de militantes de cada Sector, según la reali-

d) Comprenden la metodología y saben aplicarla. Es necesario que los acompañantes

c) Dan testimonio con su vida y están implicados en la construcción del Reino de Dios.

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Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

soluciones que se van dando y trasladarlos al Nivel General.

hayan recorrido o estén recorriendo, por propia experiencia, el proceso que van a acompañar.

f) Compartir, revisar e interpelar la experiencia personal y el trabajo que cada acompañante está viviendo.

e) Realizan esta tarea comunitariamente, dispuestos a reunirse con otros acompañantes y a seguir profundizando en su tarea.

g) Evaluar y programar la marcha del Equipo de Acompañantes.

En los grupos de jóvenes y adultos, la figura del acompañante tiende a desaparecer tras el proceso de formación inicial. Sin embargo, en los equipos de niños el acompañante permanece aún después del paso a la militancia.

h) Realizar encuentros de acompañantes a distintos niveles, donde reflexionar compartir y formarse sobre su tarea más ampliamente. i) Colaborar con la Comisión Diocesana en las tareas de extensión.

a) Los grupos de niños serán acompañados por jóvenes mayores de edad y por adultos. b) Los grupos de jóvenes serán acompañados por jóvenes maduros y por adultos.

DEL EQUIPO DIOCESANO DE CONSILIARIOS

c) Los grupos de adultos serán acompañados por adultos o jóvenes maduros.

z

Artículo 74 Los consiliarios de los diversos equipos de militantes deben trabajar juntos aspectos referentes a su tarea y formación en el Movimiento, haciendo especial hincapié en el cuidado del crecimiento, maduración y vivencia de la fe en todas sus dimensiones.

El equipo de Acompañantes

Artículo 73 Son los encargados de realizar el seguimiento de la tarea propia que desarrollan en su Sector y de su propia formación específica para la tarea, la capacitación de nuevos acompañantes así como de procurar los espacios comunes que favorezcan el desarrollo de la tarea. Dependiendo de las circunstancias particulares, puede integrar a todos los acompañantes del Sector en la diócesis o a una representación de los mismos. Serán convocados por el Responsable del Sector correspondiente.

Sus funciones son las siguientes: a) Realizar seguimiento a la tarea y responsabilidad de consiliarios de los equipos. b) Estudiar los aspectos que tienen que ver con el ser y tarea del Consiliario. c) Dar respuesta a las encomiendas que le hace el Movimiento.

Sus funciones son las siguientes:

COMISIONES DE TRABAJO

a) Evaluar y programar la marcha de los grupos de formación.

Artículo 75

b) Garantizar la fidelidad de los procesos de los grupos en relación a lo establecido en el Marco Global de Formación del Movimiento.

Son grupos de personas, pertenecientes al Movimiento o no, que son designados por la Asamblea Diocesana o la Comisión Diocesana para algún trabajo concreto de estudio, investigación, y/o profundización sobre algún tema de interés para el movimiento Acción Católica General.

c) Organizar y motivar los encuentros y actividades de los grupos de formación inicial coordinándose con la Comisión Diocesana. d) Asegurar que el proceso de un grupo no se convierta en una tarea personalista del acompañante.

La composición, enfoque y objetivos del trabajo a realizar serán definidos por los órganos decisorios correspondientes. Quedarán di-

e) Recoger las experiencias concretas que se van teniendo, los problemas que surgen y

21


Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

sueltas una vez finalizadas las tareas encomendadas.

ACTIVIDADES Artículo 76 Es el conjunto de actividades que, sin formar parte en sentido estricto de la estructura organizativa del Movimiento, requieren la atención por parte del mismo en el desarrollo de su misión: encuentros de militantes niños, jóvenes o adultos, formación de acompañantes, campañas, retiros, campamentos, pasos a la militancia, etc. Dependerá de la propia realidad la conveniencia de realizar alguna de estas actividades. Se aprobarán en los órganos de decisión correspondientes: Asamblea Diocesana, Asambleas Diocesanas Sectoriales Coordinadoras Diocesanas Sectoriales y Comisión Diocesana, que asimismo habrán de designar a las personas encargadas de su desarrollo, y dar cuenta del mismo a la Asamblea Diocesana.

z

Coordinación

Artículo 77 El Movimiento se coordinará a nivel diocesano con los demás movimientos de Acción Católica a través del Consejo Diocesano de Acción Católica, y con el resto de realidades a través de la Delegación de Apostolado Seglar, Pastoral con Jóvenes y Pastoral de Infancia en función de cómo lo tenga definido cada diócesis. Además, se establecerán los espacios de coordinación que se consideren adecuados para cada el Movimiento y cada Sector, (Consejo local de Juventud, Plataforma de Organizaciones de Infancia “POI”...)

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Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

h) Estar insertos y participar en la vida de la Parroquia y la diócesis.

DEL NIVEL PARROQUIAL

i) Proponer y elegir a sus representantes en los otros niveles organizativos.

Es el nivel elemental de concreción de la Iglesia particular y, por tanto, el nivel en torno al cual se asienta la organización de Acción Católica General. En él, tanto en lo referido a la comunidad parroquial como a su entorno social, está llamada como asociación a desarrollar su tarea evangelizadora. También en este nivel desarrollan básicamente su vida y apostolado sus miembros. Su organización fundamental en la parroquia es la siguiente:

j) Tomar decisiones a su nivel, que estarán en consonancia con las tomadas en los distintos niveles organizativos del Movimiento. k) Participar activamente en la vida del Movimiento en la diócesis y en el Nivel General.

z

El equipo de militantes debe asegurar las siguientes tareas realizadas corresponsablemente, según la forma que estime cada equipo

ESTRUCTURA BASICA z

Tareas Básicas en el Equipo de Militantes

Equipo de Militantes de ACG. z

Artículo 78

Responsable de Equipo

Artículo 79

Es el órgano básico de funcionamiento del Movimiento en la Parroquia. Está formado por los miembros de la Acción Católica General con una edad y/o momento de su etapa formativa similar. Los equipos parroquiales de niños, de jóvenes y de adultos, son el primer ámbito comunitario y el lugar básico de encuentro, formación, revisión de vida, oración, reflexión, toma de decisiones...

Corresponde al Responsable: a) Interpelar, dinamizar, animar, impulsar y coordinar al equipo. b) Coordinar y mantener en doble dirección la información entre el equipo y el resto del Movimiento, al igual que con el resto de la parroquia y su entorno social.

El número de militantes mínimo, por equipo, para desarrollar, impulsar y realizar las tareas básicas y sus funciones es el de tres.

c) Representar al Movimiento en el entorno donde desarrolla su acción el equipo, procurando la presencia de ésta en espacios eclesiales y sociales de su ámbito.

Sus funciones son las siguientes:

d) Cuidar y potenciar la vida comunitaria.

a) Motivar, revisar y celebrar la vida de los militantes y del equipo.

z

b) Ser cauce permanente para la formación de los militantes del equipo, a través de la Revisión de Vida, el Proyecto Personal de Vida Cristiana, el Plan de Formación, etc.

Consiliaría y tarea de animación en la fe

Artículo 80 Corresponde al Consiliario:

c) Animar el compromiso militante de los miembros del equipo.

a) Ser vínculo entre el equipo de militantes y la jerarquía a través del Consiliario Diocesano.

d) Asegurar el compartir económico de los militantes desde el Evangelio.

b) Ayudar a hacer una lectura creyente de la realidad en el equipo.

e) Desarrollar los compromisos adquiridos por los órganos y niveles del Movimiento.

c) Acompañar fraternalmente la marcha del equipo animando y revisando la vivencia de la fe, la oración personal y comunitaria y la celebración de los Sacramentos.

f) Hacer presente al Movimiento en el ámbito de la Parroquia y su entorno social. g) Difundir y ofrecer el Movimiento a otras personas.

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Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

d) Animar la conciencia cristiana y eclesial de los militantes.

z

b) Potenciar que se comparta y revise la militancia cristiana de los miembros en el equipo.

Tarea de Economía

z

Periodicidad

Artículo 81

Artículo 84

Corresponde al Tesorero:

Las reuniones del equipo de militantes se realizan, en general, semanalmente y, como mínimo, quincenalmente.

a) Potenciar desde la reflexión evangélica el compartir económico y la solidaridad en el equipo, y con el resto del Movimiento, la sociedad y la Iglesia.

z

Artículo 85

b) Elaborar y realizar el seguimiento del presupuesto del equipo.

Compuesta por representantes de los equipos que haya en la parroquia y el párroco por ser el consiliario natural. Juntos programarán desde las necesidades y prioridades de la parroquia.

c) Informar periódicamente al Tesorero sobre la realidad económica del equipo.

z

Coordinadora Parroquial

Tarea de Formación

Dependiendo de las circunstancias particulares, además de los órganos básicos, se podrán establecer otras estructuras de carácter permanente o temporal que se crean adecuadas para un mejor ejercicio de la tarea del Movimiento en la Parroquia.

Artículo 82 Comprende los siguientes aspectos: a) Posibilitar que se planifique y se lleve a cabo la formación en el equipo, tal y como está definido por el Movimiento. b) Cuidar la realización de la Revisión de Vida como instrumento fundamental de espiritualidad y formación del militante.

z

Actividades

Artículo 86

c) Asegurar la elaboración y revisión de los Proyectos Personales de Vida como militantes cristianos.

Es el conjunto de actividades que, sin formar parte en sentido estricto de la estructura organizativa del Movimiento, requieren la atención por parte del mismo en el desarrollo de su misión, en concreto en el nivel parroquial se pueden destacar:

d) Conocer y dar a conocer los materiales y publicaciones del Movimiento, asegurando su utilización en el equipo.

a) La Asamblea Parroquial de Acción Católica General es un órgano de reflexión, encuentro, diálogo y decisión del Movimiento en la parroquia. La Asamblea Parroquial está formada por todos los miembros, niños, jóvenes y adultos, del Movimiento en la parroquia.

e) Animar a los distintos miembros a cuidar la formación personal y de equipo, dotándoles de los recursos necesarios. z Tarea de Animación al Compromiso Militante

b) Encuentros de militantes niños, de jóvenes o de adultos.

Artículo 83

c) Campañas.

Comprende los siguientes aspectos:

d) Retiros.

a) Animar a los miembros del equipo a que desarrollen su compromiso militante en la Iglesia y en la sociedad.

e) Campamentos, etc.

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Asamblea de Constitución de ACG

Reglamento de Régimen Interno

En las citadas actividades y dependiendo de la realidad concreta se atenderán a objetivos marcados por los órganos correspondientes. Dependiendo de la realidad concreta de cada grupo y parroquia se podrán realizar también actividades en coordinación con otros ámbitos.

z

Coordinación

Artículo 87 El Movimiento se coordinará con el resto de la parroquia a través del Consejo de Pastoral Parroquial, del que formará parte. Los acompañantes podrán formar parte de los distintos equipos de acompañantes de la parroquia. Los equipos de militantes de Acción Católica General se coordinarán de forma estable y prioritaria con los demás movimientos de Acción Católica que existan en su parroquia.

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