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OPINIÓN

“DEBO, NO NIEGO; PAGO, LO JUSTO”

TErESA CArBAJAL

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El derecho de cobro a una persona en edad adulta mayor debe ejercerse acorde al debido proceso, la seguridad social y las buenas prácticas mercantiles en general, pero siempre respetuosa de las posibilidades de pago.

Durante años hemos visto como las personas en edad adulta mayor son las principales víctimas de engaños, atropellos y abusos en contra de su economía, por haber caído en publicidad engañosa o por no haber leído y entendido un contrato, comprometiendo con ello su solvencia o su ingreso único para sobrevivir. Así, a pesar de las leyes y de la Constitución que dan cuenta de la máxima protección que debe darse al salario o en su caso a la pensión asimilada a salario en la etapa de retiro, vemos diariamente casos de embargos de pensiones y jubilaciones en impunidad.

Ante la indolencia de autoridades administrativas, incluso judiciales quienes no se toman siquiera el tiempo de revisar de qué tratan los asuntos que juzgan. Regalan órdenes de embargos, retenciones y descuentos a quienes en etapa de vejez ven vulnerada su economía, pero también su dignidad, y el derecho a vivir en paz y con tranquilidad.

Casos en los que, incluso llegando al amparo, pareciera que el oficio principal de los tribunales es buscar excusas para no atender los casos que se le someten a estudio desechándolos por causales que nunca faltan y para revertirle la culpa al propio quejoso en busca de amparo. Con explicaciones como, ¿por qué apenas?, ¿por qué no se quejó y exdelegado de Benito Juárez. La Dirección General de Supervisión y Seguimiento de Ordenamientos Judiciales de la FGJCDMX solicitó el apoyo de ambas instituciones con el fin de dar cumplimiento a la orden de aprehensión librada por la probable comisión de los delitos de uso ilegal de atribuciones y facultades cometido por servidor público, así como el diverso de asociación delictuosa, por el Cártel Inmobiliario de Benito Juárez.

Las opiniones expresadas por los columnistas son independientes y no reflejan necesariamente el punto de vista de El Dictamen

Adultos mayores, y su acceso a la justicia

antes?, sin importar si la defensa que tuvieron fue eficaz y honesta o si quedaron en total estado de indefensión agravada por la falta de ética y pericia de los defensores.

En fin, una luz parece observarse al final del túnel, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado al respecto en el amparo directo en revisión número 1875/2022 a través de su primera sala. En un caso en donde una persona adulta mayor fue despojada de su fondo de ahorro para el retiro, por haber firmado un contrato bancario en donde aceptó que, para el caso de no pagar, el banco se cobraría de ahí mismo sin previo aviso.

Así el banco ante el impago procedió a obtener el retiro de los fondos de la cuenta de retiro de la acreditada para saldar la deuda, con lo que la afectada se inconformó, fue vencida en una primera instancia pues el juzgador consideró que el banco había procedido conforme a derecho, pues el derecho de cobro partió de la autorización que ella dio de cargar los saldos a cualquier cuenta abierta en el mismo banco.

AcUdió Al AMpAro Y tAMbiéN pErdió.

Entonces fue al Amparo en Revisión, y debido a ello su caso fue revisado constitucionalmente por la Primera Sala de la Corte, así determinó que sin soslayar el derecho de cobro de un acreedor.

En el caso de un adulto mayor que viera afectada su pensión se cometía una violación a sus derechos humanos, su derecho a la vida, al mínimo vital, a la dignidad, al patri-

Familiares y amigos de Debanhi Susana Escobar Bazaldúa, así como integrantes de grupos feministas se congregan en la Explanada de los Héroes realizaron una caravana en su memoria y exigir justicia, a un año de su deceso.

Realizan caravana en memoria de Debanhi Escobar

Redacción / el dictamen

A un año de que el cuerpo de Debanhi Susana Escobar Bazaldúa fue hallado sin vida tras permanecer 12 días desaparecidas, familiares y amigos de la joven, así como integrantes de grupos feministas se congregan en la Explanada de los Héroes para iniciar una caravana en su memoria y exigir justicia. La joven desapareció el 9 de abril de 2022 tras acudir a una fiesta en una quinta de Escobedo y su cuerpo fue hallado 12 días después en una cisterna en desuso del Motel Nueva Castilla, a escasos metros de donde fue vista por última ocasión con vida. Te recomendamos: Caso Debanhi. Mario Escobar afirma que FGR cierra eslabones sobre muerte de su hija En entrevista, Mario Escobar, padre de la joven estudiante de Derecho, lanzó un llamado al presidente Andrés Manuel López Obrador y otras autoridades federales para que se avance en la resolución del caso. monio, a la propiedad y desde luego en contra de la seguridad social.

“Nuestro llamado a toda esa gente que está involucrada, para hacer su trabajo. No les estamos pidiendo nada gratis, es un grito de justicia que nosotros como víctimas directas tenemos derecho a exigirles y que ellos hagan su trabajo como servidores públicos, ahorita están, al rato van a estar de paso”, dijo. Indicó que en el transcurso de un año se ha robustecido la investigación y esperan resultados porque la justicia ya se demoró mucho.

La sentencia se asemeja a una poesía en mi opinión, es de esas buenas noticias quisiéramos leer todos los días: se hizo justicia.

Pues se determinó ilegal el retiro del dinero que hizo el banco de la cuenta de ahorro para el retiro a pesar, muy a pesar de que la afectada firmó el contrato. Se valoró la naturaleza un contrato de adhesión y su carácter legal unilateral, que deja en indefensión a cualquiera, también se analizó la asimetría con la que se ha venido tratando a los adultos mayores en relación a las instituciones de crédito.

Se estableció que la cláusula pactada era abusiva pues al acreedor le ahorraba los procesos de cobranza, y a la deudora le cerraba la posibilidad de negociar en términos justos y acordes a su capacidad de pago.

Se dijo que en adelante debía en temas financieros atenderse a la mayor protección a las personas en edad adulta mayor de conformidad (anoten) a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos de las Personas Mayores.

Instrumento jurídico adoptado por nuestro país en donde se establece el compromiso de proteger el goce efectivo del derecho a la vida y el derecho de vivir con dignidad en la vejez y hasta el fin de los días.

¡Una buena noticia!

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