Manual Macrozonificación

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“Manual de Apoyo a la Sensibilización y Capacitación de los Actores Privados para su Participación Ciudadana en la Zonificación del Borde Costero de la Región de O’Higgins”

2009


Fotografía de la Portada: …de regreso a la Lancha © CEDESUS Recolectores de Algas. Asentamiento La Lancha; Comuna de Pichilemu

Oficina Técnica Regional Comisión Regional de Uso del Borde Costero División de Planificación y Ordenamiento Territorial Gobierno Regional del Libertador Bernardo O´Higgins GOBIERNO REGIONAL DE O´HIGGINS (2009) “Manual de Apoyo a la Sensibilización y Capacitación de los Actores Privados para su Participación Ciudadana en la Zonificación del Borde Costero de la Región de O’Higgins”. Comisión Regional de Uso del Borde Costero. Rancagua, Chile. 48 pp.


Presentación

E

n este Manual se presentan y describen de manera resumida los principales conceptos e ideas fuerza que son fundamentales e importantes de comprender y tener en cuenta al momento de abordar una conversación entre diferentes actores, públicos y privados, para la planificación y zonificación del borde costero regional. Su contenido está dirigido a los representantes del sector privado, identificados como actores claves para la construcción de una propuesta regional. Para tal efecto, se incluye el trabajo realizado por la Oficina Técnica de Borde Costero del Gobierno Regional de O’Higgins, en conjunto con un equipo multidisciplinario de profesionales pertenecientes a los Servicios Públicos de la Región y que en sus respectivas gestiones, se relacionan directa o indirectamente con este territorio. Se presenta una propuesta de cómo podrían hacerse compatibles las necesidades de desarrollo de la Región y del bienestar de los habitantes relacionados con el Borde Costero regional, así como la conservación de este particular patrimonio natural, que ha venido expresándose en una singular cultura costera de la Región de O’Higgins. Se espera con ello contribuir a la conformación de una ciudadanía observadora y propositiva, a la hora de pensar los destinos de su Región.

Oficina Técnica de Borde Costero 3


à rea de Propuesta para Santuario Marino, Sector las Brisas – Comuna de Navidad


Indice de Contenidos PRESENTACIÓN

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

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1. INTRODUCCIÓN

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2. ¿QUÉ ES EL BORDE COSTERO? 2.1. ¿Cuál es el interés del Estado en el Borde Costero? 2.2. ¿Quiénes usan el Borde Costero? 2.3. ¿Como hacemos compatibles estos usos? ¿Quien Tiene la Preferencia?

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3. IMAGEN OBJETIVO BORDE COSTERO REGIONAL

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4. EL ORDENAMIENTO DEL BORDE COSTERO 4.1. Principales Funciones de la Comisión Regional de Uso de Borde Costero (CRUBC) 4.2. Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) 4.3. Los Objetivos de la CRUBC 4.4. Oficina Técnica Regional del Borde Costero

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5. ZONIFICACIÓN REGIONAL DEL BORDE COSTERO 5.1. ¿Qué se entiende por zonificación? 5.2. ¿En qué consiste el proceso de zonificación del Borde Costero? 5.3. ¿Cuál es su objetivo? 5.4. ¿Cuál es su producto? 5.5. ¿Cuáles son los aspectos claves para tener éxito en el proceso? 5.6. ¿Cuáles son sus efectos más directos? 5.7. ¿Porqué es importante la participación de los diferentes usuarios en este proceso? 5.8. ¿Quienes son los actores públicos y como participan de este proceso? 5.9. ¿Quienes son los actores privados y como participan de este proceso?

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6. Propuesta Pública de Macrozonificación del Borde Costero 6.1. Usos Preferentes propuestos para la Región 6.2. Mapa de Macrozonificación

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7. GLOSARIO

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8. SIGLAS

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9. REFERENCIAS

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10. ANEXOS

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1. Introducción

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ste Manual de sensibilización está diseñado para facilitar el proceso de participación ciudadana con el fin de elaborar una propuesta público privada de zonificación del Borde Costero regional, que busca orientar el desarrollo costero a través de un uso equilibrado, racional e inteligente de dicho espacio, en donde se promueva el desarrollo económico, social y ambiental para sus habitantes, posibilitando con ello la realización de inversiones, así como el desarrollo de proyectos públicos y privados, bajo orientaciones predeterminadas que permitan su realización. El documento presenta información general y aspectos claves para apoyar el proceso de sensibilización de los dirigentes y representantes de las diversas organizaciones sociales y empresariales que han sido convocados por la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC), siendo por tanto partícipes de este proceso y consultados para la toma de decisiones. El Manual servirá como una herramienta de apoyo de este proceso haciendo un breve y nutrido repaso por los conceptos que van explicando las características del Borde Costero, tanto en términos de sus aspectos naturales, así como de las manifestaciones sociales y culturales, económicas y productivas, que de la relación con este ambiente han surgido y que constituyen las particularidades de la Región. Cabe señalar que el principal objetivo de este Manual es facilitar e incentivar a los actores claves de este territorio para que fortalezcan sus capacidades de diálogo en este proceso de planificación que ha impulsado la CRUBC.

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2. ¿Qué es el Borde Costero?

E

l Borde Costero, es el área de nuestra geografía regional donde se produce la interacción entre la tierra y el mar, comprendiendo a su vez los recursos terrestres y marinos allí presentes. Es en esta área donde interactúan tres ambientes: el terrestre, el acuático y el aéreo; situación que genera una condición particular del territorio y que lo convierte en un espacio escaso y de un alto interés social y económico, escenario que se manifiesta en nuestra Región fundamentalmente en la última década. En este lugar se realizan un conjunto de actividades que se ejercen obligatoriamente en el mar o en la interfase tierra – mar. Por ello su conocimiento, gestión y normativas son imprescindibles para establecer su mejor uso y así lograr un desarrollo armónico del mismo, que implique incrementar la calidad de vida de sus habitantes. Su definición oficial1, corresponde a:

“Franja territorial que comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral, las playas, las bahías, golfos, estrechos, canales interiores, y todo el mar territorial de la República, que se encuentran sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina” Respecto al ancho de esta franja, existen dos posibilidades a saber, frente a predios públicos, o frente a predios privados, tal como se presenta en la Figura 1 (a) y (b), respectivamente.

En: art. 2°, inc. 2, Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República, Decreto Supremo N°475, 1994; art. 1°, Nº 37, Reglamento sobre Concesiones Marítimas.

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Su importancia reside en que es el “Espacio en donde se asientan y desde donde se proyectan los intereses marítimos del país, dando lugar a su transformación en beneficios reales para la comunidad nacional” Su influencia terrestre “Se extiende hacia el interior del territorio, tanto como sea el lugar en donde se encuentren los proyectos que, determinen para su ejecución, espacios y usos específicos en el Borde Costero”, condición que aunque no es necesariamente mencionada en la definición oficial (ver recuadro), si debe ser considerada a la hora de analizar las actividades presentes y futuras asociadas al Borde Costero.

Figura 1 (a)

8M

8


Figura 1 (b)

8M

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2.1. ¿Cuál es el interés del Estado en el Borde Costero?

Lograr un desarrollo armónico del territorio, procurando el mejor uso de sus potencialidades y recursos, para elevar las condiciones de vida de la población.

E

l interés manifiesto del Estado en el Borde Costero, es asegurar la permanencia en el tiempo de sus capacidades productivas y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes, posibilitando con ello la realización de inversiones, el desarrollo de proyectos públicos y privados, bajo orientaciones predeterminadas que permitan llevarlo a la práctica. Para ello ha establecido un procedimiento que le permite planificar y ordenar los usos en este espacio, a través de la construcción de acuerdos entre los habitantes e instituciones vinculadas al Borde Costero, mediante un esfuerzo que garantiza su participación. Para enfrentar los desafíos que esto plantea y la generación de los beneficios que se esperan, requiere de una administración eficiente. Tal administración supone la existencia de: • Una visión de Estado: que considera un país conectado al mar a través de su Borde Costero, acercando a sus ciudadanos a los recursos y oportunidades que éste ofrece, con el fin superior de alcanzar una mejor calidad de vida. • Una Política Nacional: que reconociendo a los espacios costeros el carácter de “vinculo integrador entre la tierra y el mar”, busca generar las condiciones más favorables para el uso constructivo de sus mutuas influencias, en la dirección del desarrollo nacional.

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• Una organización idónea: La Política Nacional de Uso del Borde Costero faculta a la Comisión Nacional para establecer afectaciones de uso en los espacios del Borde Costero; articular las políticas públicas orientadas a la optimización del potencial de desarrollo que tales espacios representan y validar las Zonificaciones Regionales de Uso del Borde Costero como instrumentos de gestión territorial.


Vista Panorámica de Puertecillo, Comuna de Navidad

• Un sistema de administración: El D.L. Nº 1.9392 otorga al Ministerio de Defensa, a través de la Subsecretaria de Marina, la facultad de administrar en forma exclusiva el espacio territorial denominado Borde Costero. Crea, también, una organización representativa que posibilita la coordinación e integración de los diferentes organismos del Estado en su accionar en el Borde Costero y provee un instrumento de gestión territorial costera, descentralizado y de base participativa. 2 Del año 1977, y su modificación por la Ley 18.255 del 2005.

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2.2. ¿Quiénes usan el Borde Costero?

E

xiste una creciente demanda por las personas y diversos sectores económicos, sociales e institucionales por trasladarse y establecerse en el Borde Costero.

En la actualidad, los usuarios en la Región son diversos y comprenden tanto a los pescadores artesanales, sean estos recolectores de algas, mariscadores o pescadores de bote; a los turistas y los empresarios turísticos; a los salineros; a los deportistas náuticos; a los comerciantes y proveedores de servicios locales; a los empresarios forestales y sus proveedores de servicios asociados; así como las empresas sanitarias. El desarrollo de sus actividades económico – productivas basan su condición actual y futura en un denominador común relacionado con la calidad del patrimonio natural, ambiental y paisajístico. Se podría decir entonces que este Borde Costero es poseedor de un territorio con determinadas condiciones al cual deberían vincularse sustentablemente dichas actividades. En el mediano y largo plazo, se espera un incremento de estas actividades así como el surgimiento de nuevos usuarios, vinculados al turismo y a los servicios asociados, ya sean estos de alojamiento, alimentación o esparcimiento. E incluso la instalación eventual de actividades industriales, las que deberían desarrollarse en concordancia a los acuerdos de resguardo del medio ambiente.

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2.3. ¿Cómo hacemos compatibles estos usos? ¿Quién tiene preferencia?

H

acer compatibles los distintos intereses, tanto sociales y económicos que confluyen en el Borde Costero, implica equilibrar las distintas actividades que se presentan en éste. También significa hacerlas compatibles entre ellas mismas y en relación con la capacidad de uso de los recursos existentes y la capacidad de acogida de los sistemas naturales3. Como tarea entonces se debe armonizar los usos del territorio con las características ambientales del espacio que ocupan, propendiendo al desarrollo sustentable. Para ello se deben definir criterios de compatibilidad que aseguren un uso del territorio de manera racional que mejoren finalmente las condiciones humanas y disminuyan los niveles de conflictos que obstaculizan el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Buscar el equilibrio entre las exigencias del desarrollo y los imperativos de la protección a través de la ordenación, implica considerar objetivos que permitan desarrollar una economía litoral competitiva y selectiva; proteger y desarrollar las peculiaridades de cada zona litoral; organizar y administrar dicho espacio; prevenir riesgos naturales; ordenar el turismo; informar ampliamente a los usuarios y desarrollar la investigación científica4.

3 Castro, C y Morales, E. 2006. La Zona Costera. Medio Natural y Ordenación Integrada

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Con los elementos antes descritos se comienzan a identificar los usos de una zona, luego se comparan entre sí mediante una matriz de compatibilidad, para conocer su afinidad en un mismo espacio. Con ello los resultados posibles son: • Compatibilidad: es decir, que ambos usos se potencian o no se interfieren, por ejemplo medio ambiente y surf (conservación de la naturaleza y turismo de deportes náuticos). • Incompatibles: es decir que ambos usos no se pueden desarrollar en un mismo lugar y por ello existen restricciones que los hacen excluyentes entre sí, por ejemplo un relleno sanitario y cabañas de veraneo (infraestructura sanitaria y turismo de playa). • Competitividad: ambos usos son posibles bajo ciertos criterios, por ejemplo una caleta de pescadores provee de pescado fresco a restoranes de una zona turística, para que esta relación sea compatible, en la caleta los pescadores deben implementar buenas prácticas en su actividad, es decir un buen manejo de sus residuos (basura). Por el contrario, de no existir un cuidado de higiene en su caleta, se deteriora su medio ambiente, el restaurante pierde clientela y los pescadores un comprador seguro. Para hacer compatible estos usos se deben generar condiciones en que ambos intereses sean beneficiados y en el tiempo se potencien.

Para hacer compatibles los usos en un territorio, se deben considerar los siguientes elementos como punto de partida: • • • • • 14

La conservación de ciertos espacios naturales El fomento del desarrollo económico sostenido de la población La localización adecuada de los distintos usos y actividades La delimitación y protección del espacio público litoral La coordinación del correcto desarrollo funcional y de administración de los diferentes usos y actividades.


Finalmente, la preferencia de uso será determinada a través de instancias de consenso entre los diferentes actores, en un proceso dinámico y flexible, que permita la definición de un uso preferente, el que garantice la mejor condición para el desarrollo de todas las actividades presentes en el territorio y su zonificación. Los resultados de este proceso, debieran contribuir a una planificación del desarrollo territorial, que incluya las particularidades y potencialidades del Borde Costero, la que a su vez oriente la inversión pública en la Región. Se presenta a continuación un esquema general del proceso de macrozonificación regional:

Figura 2. Esquema de Macrozonificación Regional Luego de un análisis sectorial con antecedentes recogidos mediante la aplicación de un diagnostico económico, social y ambiental, se construye una matriz de compatibilidad. Luego de jornadas de análisis se priorizan usos para el Borde Costero regional y los criterios de compatibilidad de las otras actividades que se desarrollan en un mismo espacio, lo que se representa gráficamente en una propuesta pública de zonificación. Esta es presentada a los representantes del mundo privado, que luego de un proceso de mediación, construyen en conjunto con los servicios públicos una propuesta de zonificación regional que se acoge a trámites para que se promulgue el decreto que hace efectiva su aplicación.

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Bucalemu,

Comuna

de

Paredones.

Š


3. Imagen Objetivo Borde Costero Regional

E

l modelo de desarrollo territorial del Borde Costero, que se presenta en la imagen objetivo, contiene una visión integral del Borde Costero, que propone una forma de manejo de la zona de transición entre el territorio y el maritorio, a partir de sus usos actuales y posibles para las áreas que presentan una incidencia directa en este sistema. El borde costero regional se caracteriza por estar administrativamente vinculado a la Provincia de Cardenal Caro y específicamente a cuatro comunas del secano; Paredones, Pichilemu, Litueche y Navidad. Su línea costera mide 112 kilómetros aproximadamente, desde el norte de la desembocadura del Rapel en la comuna de Navidad hasta la Boca del Estero de Boyeruca por el sur en la Comuna de Paredones. Las características del crecimiento poblacional existentes y proyectadas y la existencia de actividades productivas de carácter primario conforman un escenario que facilita la concreción de un desarrollo relacionado a la imagen objetivo planteada.

“Lograr el desarrollo creciente y sostenido del Borde Costero de la Región de O´Higgins, por medio del fortalecimiento de las actividades productivas relacionadas con las vocaciones del territorio, estimulando la capacidad de las personas para incorporarse y participar en este proceso, relevando los aspectos culturales y poniendo en valor los atributos ambientales de manera de lograr un equilibrio que se traspase a las generaciones venideras”. Esta imagen objetivo da cuenta de las potencialidades del territorio en estudio, identificadas mediante el trabajo con los representantes de la institucionalidad pública que forman parte de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC), y del diagnóstico base que forma parte de este proceso.

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4. El Ordenamiento del Borde Costero

La zonificación del Borde Costero forma parte de una Política de Estado que busca contribuir a la planificación de este espacio y a su vez guiar y ordenar las actividades que se desarrollan en él, en un contexto de desarrollo sustentable y participativo. Esto significa habilitar en la Región una instancia público privada de largo plazo para la toma de decisiones, la que corresponde a la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC), la cual elabora una propuesta de zonificación que constituya un plan estratégico para el ordenamiento territorial, en función del desarrollo regional, y que forma parte de la Estrategia de Desarrollo Regional. Esta propuesta tiene dos niveles de planificación, uno de escala regional o Macrozonificación y que corresponde a la actual etapa en desarrollo y otro posterior y de escala comunal, denominado Microzonificación. En tal sentido, la propuesta pública que surge del proceso de Macrozonificación contiene una visión integral del Borde Costero regional, promoviendo, para ello su desarrollo armónico, integral y equilibrado, maximizando su racional utilización, precaviendo posibles requerimientos futuros y tomando en cuenta la realidad actual del uso del mismo.

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4.1. Principales Funciones de la Comisión Regional de Uso de Borde Costero (CRUBC)

Materializar en la región la Política Nacional de Uso del Borde Costero diseñada por el Gobierno. Formular proposiciones, sugerencias y opiniones a las autoridades regionales encargadas de estudiar y aprobar los diversos Planes Comunales e Intercomunales de la Región, destinadas al logro de una mayor coherencia entre el Uso del Borde Costero del Litoral y la Planificación Territorial. Recibir y resolver las solicitudes que presenten los ciudadanos para la actualización del uso preferente o alternativo del Borde Costero de la Región, conforme al procedimiento que se hubiere fijado para elaborar la propuesta de zonificación. Emitir opinión sobre las solicitudes de concesiones marítimas, sean estas de carácter temporal o permanente, que la autoridad competente someta a su consideración.

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4.2. Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC)

Entidad multisectorial de nivel regional que debe proponer al Intendente Regional acciones para concretar, difundir e implementar en el ámbito de la Región la Política Nacional de Uso del Borde Costero definida en el Decreto Supremo (M) N° 475/94. En su conformación, da cuenta de la diversidad de actores presentes en el territorio, a los que se convoca para el cumplimiento de sus funciones. Esta membresía se revisa periódicamente con el fin de mantenerla actualizada en función de las particularidades que va presentando la Región con respecto al territorio costero. La CRUBC estará conformada5 por: • Intendente y Presidente del Gobierno Regional, quien la preside. • El Secretario Regional Ministerial de Planificación y Coordinación, quien cumple funciones de Secretaría Ejecutiva. • La Jefa de División de Planificación y Ordenamiento Territorial de Gobierno Regional, quien cumple las funciones de Secretaria Técnica. • Gobernador(a) Provincia Cardenal Caro. • El Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales. • El Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. • El Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas. • El Secretario Regional Ministerial de Agricultura. • El Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. • El Secretario Regional Ministerial de Minería. • Un representante de la Armada Nacional. • El Gobernador Marítimo de San Antonio. • El Director Regional del Servicio Nacional de Turismo. • El Director Regional del Servicio Nacional de Pesca. • El Director Regional de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. • El Director Regional de Obras Portuarias. • El Jefe de División de Análisis y Control de Gestión de Gobierno Regional. • Dos Consejeros Regionales de la Provincia de Cardenal Caro. • Alcalde de la comuna de Paredones • Alcalde de la comuna de Pichilemu • Alcalde de la comuna de Litueche • Alcalde de la comuna de Navidad • Cuatro personeros del sector privado y/o académico, quienes serán designados por el Sr. Intendente entre las siguientes actividades productivas del litoral de la región: Empresas inmobiliarias, empresas forestales, comercio establecido, empresas turísticas u otras que la Primera Autoridad estime pertinente. • Cuatro representantes de organizaciones sociales con

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5. El listado se basa en la resolución exenta Nº 1427 del 2008. Aprueba Modificación a Resolución que crea la Comisión Regional de Uso del Borde Costero de la Región de O’Higgins.


4.3. Los Objetivos de la CRUBC

Hacer realidad la planificación preliminar de sus zonas, recopilando la información, la opinión y los intereses de sus habitantes. Desarrollar la zonificación integrada del Borde Costero, de manera que se logre un ordenamiento que permita el desarrollo sustentable y armónico de éste. Difundir a toda la comunidad el tema del Borde Costero, en la búsqueda de formar una conciencia general sobre su real importancia y trascendencia. Hacer un seguimiento al desarrollo de la zonificación, e implementar acciones complementarias de acuerdo al avance económico y social de la región.

Todo esto contribuirá a contar con un instrumento de planificación para el manejo del Borde Costero regional de carácter público privado.

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4.4. Oficina Técnica Regional del Borde Costero

Equipo multidisciplinario de profesionales, que dan apoyo técnico en el ejercicio de las funciones de la CRUBC y que depende funcional y operativamente del Gobierno Regional. Esta oficina está a cargo de un Secretario Técnico, quien actúa como Ministro de Fe de la CRUBC. La Oficina Técnica Regional tiene las siguientes funciones:

A) Informar a la Secretaría Técnica de la CNUBC, las decisiones y acuerdos de la CRUBC y todas las modificaciones, estudios, propuestas y / o alteraciones que se hubieren producido en el Borde Costero regional. B) Someter al conocimiento de la CRUBC las solicitudes que cualquier interesado presente respecto al cambio de un uso preferente, o de adecuación de la zonificación vigente, debiendo acompañar un informe fundado al respecto. C) Preparar la convocatoria a las sesiones de la CRUBC y proporcionar a ésta todos los antecedentes disponibles que requiera. D) Mantener un sistema de información actualizada con antecedentes regionales relevantes para la toma de decisiones. 22


5. Zonificación Regional del Borde Costero

A

continuación se presenta de manera general el estado del proceso de construcción y diseño de la propuesta regional de zonificación (Paso 3), que incluye la opinión de los privados y la sociedad civil (Paso 2), que complementa la propuesta de los servicios públicos (Paso 1), construyendo con ello la propuesta de zonificación regional, que será presentada ante la Comisión Nacional de Usos del Borde Costero. Esta secuencia da cuenta de la amplia representatividad y diversidad de actores presentes en el territorio del Borde Costero Regional.

Figura 3. Esquema general del proceso de participación ciudadana para la elaboración de la propuesta de Macrozonificación del Borde Costero de la Región de O’Higgins

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5.1. ¿Qué se Entiende por Zonificación? Por Zonificación se entiende la acción de asignar usos, funciones potenciales, valores u objetivos a diferentes partes o porciones de un territorio, claramente delimitables, en el marco de un proceso de ordenamiento territorial. En la actualidad se esta desarrollando la zonificación y por tanto se establecen los usos preferentes a escala regional. Con posterioridad a esta propuesta se analizarán los usos preferentes y los usos exclusivos a escala comunal.

5.2. ¿En Qué Zonificación?

Consiste

Consiste en la asignación de los usos, mayoritariamente preferentes, sobre el territorio, los que son graficados en planos que identifiquen, entre otros aspectos, los límites de extensión, zonificación general y las condiciones y restricciones para su administración. Permite generar condiciones favorables a la conservación, al equilibrio medioambiental y social, y a la inversión pública y privada, proporcionando estabilidad y certeza respecto del uso sustentable de los espacios contenidos en el Borde Costero Regional.6 Las zonas de uso preferente se entienden como “zonas orientadas a cumplir preferentemente una o varias funciones territoriales, las cuales deben ser conservadas y desarrolladas en el tiempo”. Esto implica que no se excluyen otras funciones, sino que se condiciona a la función acordada como preferencial.

5.3. ¿Cuál es su Objetivo? Generar condiciones favorables a la inversión pública y privada, en un escenario amplio de potenciales de desarrollo, con el propósito de dar cabida a la diversidad de usos que esta realidad reclama.

5.4. ¿Cuál es su Producto? Un Plan de Ordenamiento Territorial Costero que permita una intervención sustentable, eficiente y racional del Borde Costero Regional, compatibilizando: • La forma que toman o pudieran tomar en él, los intereses existentes o potenciales. • La situación actual de ocupación del mismo.

6 www.bordecostero.cl/index.php/zonificacion/conceptos/

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el

Proceso

de


5.5. ¿Cuáles Son los Aspectos Claves para tener Exito en el Proceso? Para la instalación y desarrollo del proceso: • Participación ciudadana • Voluntad política • Capacidad técnica • Cooperación y coordinación intersectorial Para la construcción de acuerdos: • Respeto de los derechos otorgados • Equidad en el uso de los espacios • Sustentabilidad en el uso de los recursos

5.6. ¿Cuáles Son sus Efectos más Directos? • • • • • •

Incrementa la racionalidad en el empleo de los espacios. Facilita la dinámica del otorgamiento de derechos de uso. Aumenta la certeza y seguridad en el ejercicio de los derechos de uso. Fortalece la capacidad regional para abordar desde una perspectiva local y participativa los desafíos y oportunidades de la región. Generar las condiciones básicas de confianza entre los representantes de los diferentes sectores, que cimientan el enfoque constructivo para la solución de los conflictos de interés. Incorpora una señal de orden y estabilidad altamente apreciada para las decisiones de inversión.

5.7. ¿Por Qué es Importante la Participación de los Diferentes Usuarios en este Proceso? La propuesta de Zonificación para Borde Costero, requiere necesariamente incluir en la elaboración de este instrumento a sus protagonistas tanto públicos como privados. Esta decisión de incorporación de actores públicos y privados en el proceso lo hace más eficaz y se valida a su vez, con la participación de los diferentes actores presentes en el territorio, reconociendo cada uno la presencia de sus intereses sociales, culturales, productivos y económicos.

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5.8. ¿Quiénes Son los Actores Públicos y Cómo Participan de este Proceso? Los actores públicos que participan de este proceso son los representantes técnicos de los servicios que integran la CRUBC. Este conjunto de profesionales ha realizado un trabajo en equipo de análisis, discusión y consenso que les ha permitido elaborar una Propuesta de zonificación para el Borde Costero de la Región, la que será a su vez presentada y concordada con los actores privados identificados en el territorio.

5.9. ¿Quiénes Son los Actores Privados y Cómo Participan de este Proceso? La participación ciudadana apunta a la interlocución entre los diferentes niveles del Estado y los ciudadanos, de modo tal que estos últimos progresivamente puedan influir en las distintas fases implicadas en los procesos de toma de decisiones, en el diseño, ejecución y seguimiento y así, ejercer un control social sobre las políticas públicas. En la medida que se generan procesos de participación efectivos y reales, se fortalece la sociedad, se vitaliza la ciudadanía y se asientan las bases para una distribución más equitativa del poder de decisión sobre los asuntos públicos7. De esta manera en este proceso de Macrozonificación se integran a participar aquellos actores privados que han sido definidos como relevantes y claves. Estos actores privados se han identificado de acuerdo a los siguientes usos presentes actualmente en el territorio: - Pesca Artesanal (Federaciones de Pescadores) - Deportes Recreativos y de Aventura (Caza y Pesca, Windsurf, Surf, Kitesurf) - Organizaciones Sociales (Juntas de Vecinos, Adultos Mayores) - Empresas Forestales - Empresas Turísticas y Comerciales (Cámaras de Turismo y Cámaras de Comercio) - Empresas Sanitarias - Agrupaciones Ambientalistas - Cooperativas (Salineros, Canalistas) - Corporaciones de adelanto - Universidades Este conjunto de actores representativos de las cuatro comunas que integran el Borde Costero, se incorporan a participar una vez que los actores públicos han llegado a acuerdo en su propuesta de zonificación. Este insumo es presentado a los privados a fin de avanzar en la propuesta definitiva concordada entre públicos y privados (proceso de mediación a través de mesas público-privadas). A fin de preparar y homologar lenguajes, es que previo a la mediación se considera la realización de Talleres de Sensibilización y Capacitación dirigidos al conjunto de actores privados identificados.

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7 Manual Participación Ciudadana para Iniciativas del Ministerio de Obras Públicas


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Pesca Artesanal en Bucalemu

Kitesurf, deporte aventura en Matanzas


6. Propuesta Pública de Macrozonificación del Borde Costero

C

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Cahuil, Comuna de Pichilemu

omo se ha señalado previamente la CRUBC ha elaborado participativa y consensuadamente la Propuesta Pública de Zonificación del Borde Costero, la cual tiene su base en la definición de zonas de usos preferentes para el territorio y su compatibilidad.


6.1. Usos Preferentes propuestos para la Región Los espacios marítimos y terrestres que conforman el Borde Costero son poseedores de múltiples usos que como comunidades vamos desarrollando y a su vez relacionando entre unos y otros, los que a veces son compatibles entre sí y en otras ocasiones se hacen incompatibles. En este caso la institucionalidad pública propone para esta Región las siguientes Zonas de Usos Preferentes:

ZT

:

Zona de Turismo

ZMA :

Zona de Interés Ambiental

ZPQ :

Zona Pesquero Artesanal

ZPH :

Zona Patrimonial Asentamiento Pesquero

ZC

:

Zona de Caleta Pesquera

ZE

:

Zona Reservada para el Estado

ZF

:

Zona Forestal

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ZONA DE TURISMO (ZT) Corresponde a una zona que contempla las diversas actividades turísticas que se desarrollan actualmente y que presentan un potencial a futuro, tales como el turismo de sol y playa, deportes náuticos, pesca deportiva, descanso, recreativa, patrimonial y otras actividades asociadas. Este uso se hace presente en diferentes grados y de distintas maneras en las cuatro comunas que integran el Borde Costero.

ZONA DE INTERÉS AMBIENTAL (ZMA) Considera sectores de interés en su protección terrestre y marino, desde un punto de vista de la conservación y/o preservación del patrimonio ambiental y la biodiversidad. Incluyen el sistema de humedales y sus desembocaduras con presencia en Navidad, Litueche, Pichilemu y Paredones, así como la Cuenca del Nilahue y la Cuenca del Rapel. También involucra los fondos de quebradas donde se ubican extensiones de bosque nativo. Así como una zona que corresponde al ambiente marino costero, entre Navidad y Litueche, la cual posee un importante patrimonio natural y que considera una franja marino terrestre entre el submareal hasta los terrenos de playa inclusive. A su vez considera el Santuario Marino del sector de Las Brisas comuna de Navidad.

ZONA DE PESCA ARTESANAL (ZPQ) Sector que abarca toda la costa de la región, correspondiente al Área de Reserva para la Pesca Artesanal (ARPA) definida a partir de la línea de costa en la cartografía base, extendiéndose puntualmente hacia las 12 millas en aquellos sectores que corresponden a caladeros de pesca definidos para la Región8. Una particularidad de esta Región es que no existe presencia de embarcaciones industriales de pesca ni infraestructura asociada.

ZONA PATRIMONIAL DE ASENTAMIENTO PESQUERO (ZPH) La Región de O’Higgins, es caracterizada por su actividad pesquera principal que corresponde a la extracción de algas, la que incluye una importante presencia estacional de recolectores de algas en las zonas rurales del borde costero, los que constituyen asentamientos temporales y permanentes en la costa, también denominados Rucos. Esta presencia de asentamientos pesqueros es considerada una 8 Estudio Bio-ecológico y Propuesta de Desarrollo Pesquero” FNDR – BIP 2018178401, 2006

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manifestación de interés cultural y parte del patrimonio de la región.

ZONA DE CALETA PESQUERA (ZC) Corresponde a un sector de preferencia para la operación de faenas pesqueras ligadas a la caleta, en un radio de condicionamiento de otros usos alrededor de la infraestructura de apoyo a la pesca artesanal, que incluye la concesión marítima de la caleta y el terreno de playa adyacente, con importancia regional. Esta busca proteger estos espacios de otros usos que puedan interferir con el normal funcionamiento de la actividad propia de la caleta. Para efectos de la Región, corresponde a la Caleta de Bucalemu la cual concentra más del 90% del desembarque de peces de la región (Estudio Bioecológico y Propuesta de Desarrollo Pesquero. FNDR - BIP 20181784-01, 2006).

ZONA RESERVADA PARA EL ESTADO (ZE) Se distribuye a lo largo de todo el Borde Costero de la Región entre las cinco y las 12 millas, mar adentro medido a partir de la línea de costa definida en la cartografía base, coincidente con el ámbito de acción estipulado en la Política Nacional de Uso de Borde Costero (PNUBC). Sus límites se definen en el Mar Territorial, de dominio nacional, hasta la distancia de 12 millas marinas medidas desde el ARPA, excluyendo aquellas zonas de caladeros de pesca definidos para la región, que se sitúan entre las cinco y las 12 millas.

ZONA FORESTAL (ZF)

La Boca, Comuna de Navidad

Corresponde a todas aquellas zonas que poseen un potencial para el desarrollo de actividades forestales productivas, relacionadas a las plantaciones forestales existentes, zonas que presentan alto grado de desertificación y suelos con aptitud forestal, presentando estos últimos una extensión importante en el borde costero regional. Se excluyen de esta zona aquellas áreas protegidas por ley.

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6.2. Mapa de Macrozonificaci贸n A continuaci贸n se presenta a trav茅s de un mapa del Borde Costero de la Regi贸n, los usos que se proponen como preferentes y que se han descrito previamente.

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7. Glosario Acuicultura:

Actividad que tiene por objeto la producción de recursos hidrobiológicos organizada por el hombre. (Art. 2°, Nº 3, Ley General de Pesca y Acuicultura; Art. 1°, Nº 1, Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura).

Área: Parte de la superficie de la tierra delimitada sobre la base de la identificación de alguna característica que hace necesaria su tratamiento como un conjunto: p. Ej. Área urbana, área degradada, área de estudio, etc.

Áreas

apropiadas para el ejercicio de la

acuicultura

(AAA)

: Son las áreas geográficas que por estudios técnicos elaborados por la Subsecretaría de Pesca y por decretos supremos expedidos por el Ministerio de Defensa, se han fijado como autorizadas para el ejercicio de la acuicultura. Sólo en estas áreas podrán desarrollarse las actividades de acuicultura. (Referida en el Articulo 67 de la Ley general de pesca y acuicultura)

Áreas

de manejo y explotación de recursos

bentónicos

(AMERB)

: Constituyen una medida de administración pesquera (Régimen de Acceso), mediante la cual, se asignan derechos exclusivos de uso y explotación de los recursos bentónicos de sectores geográficos ubicados en la franja costera de las 5 millas reservadas a la pesca artesanal o en aguas terrestres e interiores, a organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas. (Art. 4°, Reglamento sobre Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos)

Área

A

(ARPA)

Salinero de Barranca, Comuna de Pichilemu

reserva pesca rtesanal : La Ley General de Pesca y Acuicultura, en su artículo 47, reserva en forma exclusiva el ejercicio de actividades pesqueras extractivas artesanales en una franja de mar territorial de cinco millas.

Área Turística: Es una superficie de extensión menor que de la zona, dotada de atractivos turísticos contiguos, provista de una estructura de transporte que relacione entre sí, a todos los elementos turísticos que la integran. Comprende, generalmente, uno o varios centros urbanos de cualquier magnitud.

Atractivos Turísticos: Es todo lugar, objeto o acontecimiento de interés turístico y que motivan al viajero a abandonar su domicilio habitual y permanecer cierto tiempo fuera de él.

33


Borde Costero: Franja de territorio nacional que comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral, la playa, las bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la República, que se encuentran sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina. (art. 2°, inc. 2, Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la república; art. 1°, Nº 37, Reglamento sobre Concesiones Marítimas). Respecto a su anchura existen 2 posibilidades: a) Frente a predios privados el borde costero abarca el mar territorial hasta la línea de la más alta marea (lo que incluye la superficie denominada “playa de mar” entre las líneas de la más alta y la más baja marea). b) Frente a predios públicos el Borde Costero abarca el mar territorial hasta la línea de más alta marea (lo que incluye la superficie denominada “playa de mar” entre las líneas de la más alta y la más baja marea), más las áreas de protección para menesteres de la pesca, incorporadas en los terrenos de playa (Código Civil Art. 612 y 613) y 80 metros de playa (sobre la línea de más alta marea).

Caleta: Unidad productiva, económica y social para la actividad de la pesca artesanal. (Política de desarrollo de la Pesca Artesanal. SUBPESCA, 1996)

Comisión Nacional de Uso del Borde Costero: Comisión intersectorial de alto nivel que debe proponer al Presidente de la República acciones para concretar, difundir e implementar la Política Nacional de Uso del Borde Costero definida en el Decreto Supremo (M) N° 475/94. La Comisión está integrada por el Ministro de Defensa (en calidad de presidente), el Subsecretario de Marina y representantes de las siguientes instituciones: SUBDERE, Subsecretaría de Pesca, MIDEPLAN, MINVU, Ministerio de Bienes Nacionales, Armada de Chile, SERNATUR y CONAMA.

Comisión Regional de Uso del Borde Costero: Comisión intersectorial de nivel regional que debe proponer al Intendente Regional acciones para concretar, difundir e implementar a nivel regional la Política Nacional de Uso del Borde Costero definida en el Decreto Supremo (M) N° 475/94.

significativa y exteriorizada entre a lo menos dos individuos o grupos interrelacionados, los cuales perciben metas incompatibles, la necesidad de competir por recursos limitados y/o impedimentos para alcanzar sus metas por parte de su respectivo entorno. Un proceso de participación ciudadana adecuado, contribuye en gran manera a evitar o minimizar que un conflicto se produzca. Si no es posible lograr esto es necesario contar con las herramientas necesarias que permitan afrontar y encauzar situaciones de conflictos a un acuerdo entre las partes. (Manual Participación Ciudadana. Para Iniciativas del Ministerio de Obras Públicas)

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Mundial Kitesurf – 2008, Comuna de Navidad

Conflicto: Es la dinámica y/o tensión resultante de una diferencia


Conservación: Categoría de uso orientada al aprovechamiento eficaz y eficiente de los recursos naturales y su ambiente con el objeto de asegurar su permanencia en el tiempo y su capacidad de regeneración.

Conservación

del patrimonio ambiental: el uso y aprovechamiento racional o reparación, en su caso, de los componentes del medio ambiente, especialmente aquellos propios del país que sean únicos, escasos o representativos, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración (Ley 19.300, Titulo I, art. II Literal b)

Conflictos

ambientales: Disputas de intereses sobre el

territorio están basados en percepciones de incompatibilidad y/o impedimentos entre sistemas de uso antrópico y los requerimientos ecológicos o ambientales de cierta área (identificados y resguardados por miembros de la sociedad) o diferentes sistemas de uso antrópico por sobreposición de usos o relacionados a las externalidades ambientales de ciertos usos sobre otros. En este sentido conflictos ambientales son sinónimos de conflictos de uso.

Conflictos

de uso: Disputas sobre el territorio basado

en percepciones de incompatibilidad, competencia por recursos naturales escasos y/o impedimentos en la persecución de ciertos objetivos. Existen dos tipos de conflictos de uso de la tierra: conflictos entre diferentes sistemas de uso antrópico por sobreposición de usos o relacionados a los efectos o externalidades de ciertos usos sobre otros y conflictos entre sistemas de uso antrópico y los requerimientos ecológicos o ambientales de cierta área (identificados y resguardados por miembros de la sociedad). En este sentido conflicto de uso es sinónimo de conflicto ambiental.

Criterios

de compatibilidad: Condiciones en que actividades o usos diferentes al establecido como preferente en la presente Zonificación, pueden desarrollarse en el área afectada.

Ecosistema: Relaciones dinámicas entre seres vivos y su entorno. Es un sistema natural abierto y capaz de autorregularse.

Educación Ambiental:

Proceso permanente de carácter interdisciplinario destinado a la formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos y desarrolle las habilidades y las actitudes necesarias para una convivencia armónica entre seres humanos, su cultura y su medio físico.

Especie hidrobiológica: Especie de organismo en cualquier fase de su desarrollo, que tenga en el agua su medio normal o más frecuente de vida. También se las denomina con el nombre de especie o especies. (Ley 18.892, Art. 2º letra k). Ley 19.079, Art. 1º Nº 4).

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Estrategia Regional

de

Desarrollo: Instrumento

de planificación regional introducido al inicio del proceso de democratización en 1990 y formalizado a través de la Ley Orgánica Constitucional sobre Administración y Gobierno Regional en 1993. Las estrategias regionales de desarrollo son elaboradas por las respectivas SERPLAC y su sanción corresponde al Gobierno Regional, después de un proceso, predominantemente informal, de discusión interinstitucional y participación ciudadana.

Equidad territorial: Principio e imagen objetivo de la política de ordenamiento territorial orientado a disminuir o compensar las disparidades existentes entre diferentes comunas o regiones del país, estableciendo a lo largo del territorio (nacional o regional) condiciones comparables de vida y trabajo que permitan a todos los ciudadanos ciertos niveles de igualdad de oportunidades.

Extracción

de

Recursos Bentónicos:

actividad pesquera que tiene por objeto extraer recursos hidrobiológicos de tipo bentónicos. Se entenderá por recursos bentónicos aquellos organismos moradores del fondo marino que se fijan a un punto, excavan en la arena o simplemente ambulan en el fondo.

Fondo de mar, río o lago: Extensión de suelo comprendido desde la línea de más baja marea, aguas adentro, en el mar, y desde la línea de aguas mínimas en sus bajas normales, aguas adentro, en ríos o lagos. (Reglamento sobre concesiones marítimas. SEGUNDA EDICIÓN - 13 de Julio de 2009.)

Franjas Territoriales: Descritas en “Diagnóstico Territorial del Borde Costero Región del Libertador Bernardo O’Higgins. Oficina Técnica Regional. GORE, 2009”. Al describir el sistema territorial, y su incidencia más directa en el sistema borde costero. Donde se definen cuatro franjas de análisis: una marítima y tres terrestres. Franja Terrestre 1 Esta franja representa un ancho promedio de cinco kilómetros medidos a partir de la línea de costa definida en la cartografía base. En esta porción se entiende que las variables críticas tienen una mayor incidencia y por ende los resultados de su comportamiento servirán de base para establecer los lineamientos indicativos para la planificación del borde costero que debiesen considerar otros instrumentos de planificación que actúen en el territorio adyacente y que está fuera de la jurisdicción de la Subsecretaría de Marina. Franja Terrestre 2 Esta franja representa un ancho promedio de diez kilómetros medidos a partir de la línea que define el límite oriente de la franja anterior. En ella se recoge la incidencia de las variables críticas, que en este caso, poseen una intensidad e incidencia que se torna más débil y menos significativa para el sistema borde costero, pero que sin duda aportan a dar una visión de conjunto del territorio, e incluso hay algunas cuya presencia simplemente no es detectada. Franja Terrestre 3 Esta franja está referida al límite político administrativo de las comunas del borde costero. Se considera este límite pues es un referente oficial

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al cual está circunscrita la intervención político institucional de escala local como son, por ejemplo, los PLADECO, la Inversión Pública, la planificación urbana, etc., todos los cuales nos entregan información y lineamientos posibles de ser utilizados en la planificación del borde costero. Franja Marítima Se considera una franja de 12 millas mar adentro medida a partir de la línea de costa definida en la cartografía base, coincidente con el ámbito de acción estipulado en la Política Nacional de Uso de Borde Costero (PNUBC).

Humedales:

Según el texto de la Convención de Ramsar los humedales se definen como: “extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”. La Convención, en su artículo 2.1, estipula que los humedales: “podrán comprender sus zonas ribereñas o costeras adyacentes, así como las islas o extensiones de agua marina de una profundidad superior a los seis metros en marea baja, cuando se encuentren dentro del humedal”

Impacto Ambiental:

La alteración del medioambiente provocada directa o indirectamente por un proyecto o una actividad en un área determinada. (Ley 19300 de bases del medio ambiente)

Línea de las más altas mareas: Aquella que de acuerdo con el artículo 594 del Código Civil, señala el deslinde superior de la playa hasta donde llegan las olas en las más altas mareas y que, por lo tanto, sobrepasa tierra adentro a la línea de la pleamar máxima. Para la determinación de la línea de más alta marea la Subsecretaría de Marina, si lo estima necesario, podrá solicitar un informe técnico al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile.

Cordero del Secano, Sector Centinela, Comuna de Navidad

Mapa Semáforo: es la expresión cartográfica de la matriz de compatibilidad, el cual permite visualizar la distribución y comprender de mejor manera los distintos grados de compatibilidad de usos dentro de este territorio, dando así una clara indicación de dónde se deberían centrar los procesos de discusión y qué sectores involucrar.

Mar Territorial: es el mar adyacente, de dominio nacional, hasta la distancia de doce millas marinas medidas, desde las respectivas líneas de base, es mar territorial y de dominio nacional. (Art. 593, Código Civil)

Marero: los Mareros de Cardenal Caro, son la agrupación social y cultural que ha desarrollado su trabajo y existencia en el Borde Costero de la Región de O’Higgins, recolectores de orilla, algueros y mariscadores, los que por generaciones sucesivas han ido ocupando el espacio litoral del valle central de Chile, constituyéndose en una de las identidades culturales que enriquecen el patrimonio y la diversidad

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regional. (Marero. Un recorrido por el Bordemar de Cardenal Caro. Araos, F; Rojas, O. 2007. Centro de Desarrollo Sustentable (CEDESUS). 40 p.)

Matriz de Compatibilidad: es una matriz de doble entrada, que contiene los distintos usos territoriales (intereses) como filas y como columnas, en el mismo orden, presentando una diagonal nula. Permite analizar la relación armónica o conflictiva entre dos o más usos diferentes del territorio en un mismo espacio o espacios contiguos, a lo cual se le denomina compatibilidad espacial.

Participación Ciudadana:

Proceso donde los actores sociales organizados y no organizados, afectados e interesados por una iniciativa o temática, que se desenvuelven en el ámbito público o privado, se involucran con sus opiniones, propuestas y observaciones en torno a los temas de su interés, con el fin de que el proceso de toma de decisiones, se lleve a cado de manera objetiva, transparente y justa. Dicho de otra manera es el derecho de los ciudadanos a la información y a su capacidad de influir con su opinión en la toma de decisiones, facilitando con su involucramiento la viabilidad de los objetivos de desarrollo de las diferentes iniciativas por ejemplo de planificación territorial que se desarrollen. Esta participación se hace visible en diferentes modalidades y niveles dependiendo de la posibilidad otorgada para la toma de decisiones. La Participación ciudadana otorga validez y transparencia a las decisiones y aporta conocimientos específicos de acuerdo a las características ambientales y sociales existentes en el territorio donde ellas ocurren. (Manual Participación Ciudadana. Para Iniciativas del Ministerio de Obras Públicas)

Playa

de mar: Extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas. (Reglamento sobre concesiones marítimas. SEGUNDA EDICIÓN - 13 de Julio de 2009.)

Plan

D

C

(PLADECO)

de esarrollo omunal : Instrumento de planificación establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para la conducción del desarrollo comunal por las Municipalidades. La elaboración y aprobación del PLADECO es una competencia exclusiva de los Municipios.

de planificación urbana establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones con el fin de regular el desarrollo urbano de áreas intercomunales continuas, caracterizadas por una alta presión de construcción. El PRI puede ser elaborado por iniciativa de la respectiva SEREMI del MINVU con consulta a municipios y otras instituciones sectoriales o por iniciativa propia de una asociación de municipios, aunque es una potestad exclusiva de la respectiva SEREMI del MINVU calificar a las áreas sujetas a una planificación urbana intercomunal. El PRI debe ser aprobado por el MINVU previa autorización del Intendente Regional y sus disposiciones son vinculantes para los niveles inferiores de la planificación urbana (PRC y Plan Seccional).

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Pichilemu_Summer en www.wikipedia.org

Plan Regulador Intercomunal (PRI): Instrumento


En comunas que no disponen de un PRC el PRI pasa a suplir al PRC.

Plan Regulador Comunal (PRC): Instrumento de planificación urbana establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones con el fin de promover el desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con los objetivos socioeconómicos regionales. Aunque la elaboración y aprobación del Plan Regulador Comunal (PRC) es una competencia exclusiva de los Municipios, requiere de la aprobación por parte de la respectiva SEREMI del MINVU y la toma de razón por parte del Consejo Regional para entrar en vigencia. En el PRC se deben incorporar todas las especificaciones de los PRDU y PRI/PRM, pudiéndose concretar el uso del suelo urbano.

Porción

de agua: espacio de mar, río o lago, destinado a

mantener cualquier elemento flotante estable. (Reglamento sobre concesiones marítimas. SEGUNDA EDICIÓN - 13 de Julio de 2009.).

Preservación:

Categoría de uso orientada al resguardo de especies y ecosistemas naturales.

Preservación de la naturaleza: El conjunto de políticas, planes, programas, normas, y acciones, destinadas a asegurar la manutención de las condiciones que hacen posible la evolución y el desarrollo de las especies y de los ecosistemas del país (Ley 19.300. Titulo I, Art. II Literal p)

Recurso

bentónico: Organismos hidrobiológicos que

durante su fase adulta viven en el fondo marino y dependen de él para realizar sus funciones vitales (“Glosario de Términos de uso frecuente en el sector pesquero” Sernapesca, Tercera edición). Ejemplos son los locos, lapas, erizos, piures, cochayuyo, chasca y luga.

Rucos:

Corresponde a los asentamientos costeros dispersos en toda la costa, donde habitan los recolectores de orilla, fundamentalmente de algas, que comprende al 61% de los pescadores inscritos en el R.P.A. y se realiza en forma dispersa, lo que constituye una condición particular respecto de otras regiones del país, dado que generalmente la actividad pesquera se concentra en torno a las “caletas”. Por el contrario, en la Región se desarrolla en torno a la presencia de estos asentamientos, que se remontan a más de 150 años de historia, lo cual ha permitido conformar un grupo humano de trabajadores, hombres y mujeres de mar, reconocidos entre sus pares como mareros, quienes desarrollan su actividad integrando a toda su unidad familiar y permanecen en estos asentamientos, habitualmente, cerca de seis meses, desde Septiembre hasta Marzo. (Mejoramiento de la Habitabilidad de Mareros en Rucos de Cardenal Caro. FNDR - BIP 30059922-0, 2005).

Servidumbre

de pesca: Es un área que de acuerdo con el articulo 612 del código Civil de Chile establece que: “Los pescadores podrán hacer de las playas del mar el uso necesario para la pesca,

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construyendo cabañas, sacando a tierra sus barcas y utensilios y el producto de la pesca, secando sus redes, etc.; guardándose empero de hacer uso alguno de los edificios o construcciones que allí hubiere, sin permiso de sus dueños, o de embarazar el uso legítimo de los demás pescadores. Además se agrega en el articulo 613 del mismo Código: “Podrán también para los expresados menesteres hacer uso de las tierras contiguas hasta la distancia de ocho metros de la playa; pero no tocarán a los edificios o construcciones que dentro de esa distancia hubiere, ni atravesarán las cercas, ni se introducirán en las arboledas, plantíos o siembras”. Finalmente en el artículo 614 de señala que: “Los dueños de las tierras contiguas a la playa no podrán poner cercas, ni hacer edificios, construcciones o cultivos dentro de los dichos ocho metros, sino dejando de trecho en trecho suficientes y cómodos espacios para los menesteres de la pesca En caso contrario ocurrirán los pescadores a las autoridades locales para que pongan el conveniente remedio.”

Terrenos de playa: La faja de terreno de propiedad del Fisco de hasta 80 metros de ancho, medida desde la línea de más alta marea de la costa del litoral y desde la ribera en los ríos o lagos. Para los efectos de determinar la medida señalada, no se considerarán los rellenos artificiales hechos sobre la playa o fondos de mar, río o lago. No perderá su condición de terreno de playa el sector que queda separado por la construcción de caminos, calles, plazas, etc. Los terrenos de propiedad particular que, según sus títulos, deslinden con la línea de más alta marea de la costa del litoral o de la ribera en los ríos o lagos, no son terrenos de playa. En aquellos títulos de dominio particular que señalan como deslinde el mar, el Océano Pacífico, la marina, la playa, el puerto, la bahía, el río, el lago, la ribera, la costa, etc., debe entenderse que este deslinde se refiere a la línea de más alta marea.

Turismo: Conjunto de actividades generadas por los atractivos y recursos turísticos de un determinado territorio, con una capacidad de atracción suficiente para motivar desplazamientos voluntarios de personas nacionales y extranjeras, con el fin de desarrollar diversas actividades asociadas a estos atractivos y servicios. Los servicios sólo determinan el nivel de desarrollo turístico, ya que su potencial está dado por la disponibilidad y unicidad de los recursos y atractivos turísticos. Cabe considerar que la mayoría de los tipos de turismo asociados a la naturaleza e intereses especiales, no se desarrollan en función de la localización de los servicios turísticos.

Turismo

Turismo

de naturaleza: Puede ser entendido como turístico con una demanda espacial, que se caracteriza en promover actividades relacionadas con la naturaleza, en atractivos paisajes

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Fiesta de San Pedro

de sol y playa: Actividad turística que consiste en el descanso acompañado de un buen clima en zonas turísticas marítimas, donde los elementos esenciales son el sol, la playa y los baños


naturales poco intervenidos, preferiblemente en áreas protegidas. Las actividades que se pueden realizar van desde la observación de la flora y fauna hasta el turismo aventura pasando por la pesca y caza, fotografía, deportes, etc. (Ecotourism Working Group, 1995)

Zona:

Unidad de representación del territorio resultante de una zonificación.

Zona

costera: área comprendida por el Mar Territorial de la República (12 millas) y el territorio comunal de las comunas costeras de la región.

Zona de Preferencia Reservada para el Estado (ZE): Se distribuye a lo largo de todo el Borde Costero de la Región entre las cinco millas y las doce millas, mar adentro medida a partir de la línea de costa definida en la cartografía base, coincidente con el ámbito de acción estipulado en la Política Nacional de Uso de Borde Costero (PNUBC). Sus límites se definen en el Mar Territorial, de dominio nacional, hasta la distancia de doce millas marinas medidas desde el Área de Reserva para la Pesca Artesanal, excepto aquellas zonas de caladeros de pesca definidos para la región 9, que se sitúan entre las cinco millas y las doce millas.

Zona

de

Pesca Artesanal (ZPQ): Sector de gran

magnitud que abarca toda la costa de la región, correspondiente al Área de Reserva para la Pesca Artesanal (ARPA), a partir de la línea de costa definida en la cartografía base extendiéndose hacia las doce millas, en aquellas zonas que corresponden a caladeros de pesca definidos para la Región.

Zona

C

P

(ZC)

de aleta esquera : Corresponde a un sector de preferencia para la operación de faenas pesqueras ligadas a la caleta, en un radio de exclusión de otros usos, correspondientes a 200 m. alrededor de la infraestructura de apoyo a la pesca artesanal, que incluye la concesión marítima de la caleta y el terreno de playa adyacente, decretada por el D.S. (M) N° 240 de 1998 y el D.S.(M) N° 337 de 2004, con importancia regional.

Zona

T

(ZT)

de urismo : Corresponde una zona preferentemente turística que comprende el turismo de sol y playa, de intereses especiales, los deportes náuticos, la pesca deportiva y otras actividades asociadas al ocio. Para establecer su representación se ha considerado las franjas territoriales. A su vez incluye, desde la línea de costa, definida en la cartografía base, una milla mar adentro, en sectores donde se realizan de manera preferente deportes náuticos los que en algunos casos son parte de circuitos especializados de alcance internacional.

9 Según lo definido “Estudio Bio-ecológico y Propuesta de Desarrollo Pesquero” FNDR – BIP 20181784-01, 2006).

41


Zona

de

Interés Ambiental (ZMA):

Considera sectores de interés en su protección terrestre y marino, desde un punto de vista de la conservación y/o preservación del patrimonio ambiental y la biodiversidad. Otros sectores que se proponen, son debido a su fragilidad y condición de vulnerabilidad, así como a su importancia en la generación de servicios ecosistémicos y a su potencial turístico de estas áreas. Incluyen el sistema de humedales y sus desembocaduras. También involucra los fondos de quebradas donde se ubican extensiones de bosque nativo. En el ambiente marino considera el Área Marina Costera Protegida que se proyecta desde Navidad hasta Litueche. Incluye a su vez en Navidad al Santuario Marino del sector de Las Brisas.

Zona Patrimonial de Asentamiento Pesquero (ZPH): Corresponde a la presencia de asentamientos pesqueros temporales y permanentes en la costa, ya referidos como Rucos, los que históricamente han desarrollado la actividad alguera o de recolección de orilla. Lo cual constituye una manifestación de interés cultural y parte del patrimonio de la región. (Recasens, A. 2003. “Pueblos de Mar: relatos etnográficos”)

Zona Forestal (ZF): Desarrollo de actividades forestales productivas. Desarrollar la función forestal en los sectores con aptitud y el desarrollo de otras funciones a la mantención del potencial forestal.

Zona Agropecuaria (ZAP): Es aquella que corresponde a actividades productivas propias de la agricultura y ganadería. Desarrollar las funciones agropecuarias en los sectores con aptitud y el desarrollo de otras funciones a la mantención del potencial para las funciones agropecuarias.

Zonificación: Proceso de ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el borde costero del litoral, que tiene por objeto definir el territorio y establecer sus múltiples usos, expresados en usos preferentes, y graficados en planos que identifiquen, entre otros aspectos, los límites de extensión, zonificación general y las condiciones y restricciones para su administración, en conformidad con lo dispuesto en el D.S. (M) Nº 475, de 14 de Diciembre de 1994.

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8. Siglas AAA AMERB

BC CNUBC CONAMA CRUBC DIRECTEMAR DIRINMAR D.S. MIDEPLAN MINVU MOP PLADECO PRC PRDU PRI

Áreas Apropiadas para el ejercicio de la Acuicultura Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos Borde Costero Comisión Nacional de Uso del Borde Costero Comisión Nacional de Medio Ambiente Comisión Regional de Uso del Borde Costero Dirección de Territorio Marítimo y Marina Mercante Dirección de Intereses Marítimo y Medio Ambiente Acuático Decreto Supremo Ministerio de Planificación Ministerio de Vivienda y Urbanismo Ministerio de Obras Públicas Plan de Desarrollo Comunal Plan Regulador Comunal Plan Regional de Desarrollo Urbano Plan Regulador Intercomunal

PRM

Plan Regulador Metropolitano

SEREMI

Secretaría Regional Ministerial

SERNAPESCA SERNATUR SUBDERE ZT

Servicio Nacional de Pesca Servicio Nacional de Turismo Subsecretaría de Desarrollo Regional Zona de Turismo

ZMA

Zona de interés ambiental

ZPQ

Zona pesquera artesanal

ZPH

Zona Patrimonial Asentamiento Pesquero

ZC

Zona de caleta pesquera

ZE

Zona reservada para el Estado

ZF

Zona Forestal

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9. Referencias BARRAGAN, J.M.; C. CASTRO et al. 2003. La zona costera chilena: caracterización geográfica y estado de la gestión. Rev. Geografía PUC. Valparaíso, Nº 35 BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, 2008. Normas Sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado. D.L. Nº 1.939, de 1977 (Última Modificación: Art. 15 de Ley 20.128). BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, 2008. Ley de bases del medio ambiente. Ley 19.300. BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, 2008. Código civil república de Chile. BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, 2008. Ley General de Pesca y Acuicultura. Ley 18.892. y su modificación establecida en la ley 19079. CASTRO, C. y MORALES, E., 2006. La zona costera. Medio natural y ordenación integrada. Santiago de Chile: Instituto de Geografía, Pontificia Universidad Católica de Chile, Serie GEOlibros N° 5, 2006. CONVENCIÓN RAMSAR, 1971. Relativa a los Humedales de Importancia internacional. Ramsar, Iran. Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas Modificada según el Protocolo de París, 3.12.1982 y las Enmiendas de Regina, 28.5.1987 (www.ramsar.org) FNDR – BIP 20181784-01, 2006. Estudio Bio-ecológico y Propuesta de Desarrollo Pesquero. FNDR – BIP 20181784-01, 2006. GOBIERNO REGIONAL DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS, 2009. Diagnóstico Territorial del Borde Costero Región del Libertador Bernardo O´Higgins. Oficina Técnica Regional. Gobierno Regional del Libertador Bernardo O´Higgins. Rancagua, Chile. 98 pp. GOBIERNO REGIONAL REGIÓN METROPOLITANA (2003) Glosario de términos para la Planificación Territorial. Proyecto OTAS y Universidad de Chile e Instituto de Asuntos Públicos. 16 pp. GUIJÓN R (2007) Diagnóstico y aplicabilidad de las normas jurídicas de ordenamiento territorial en la zona costera de la Región del Maule. Seminario de grado (Licenciatura en Geografía). Santiago de Chile: Pontificia Universidad Católica de Chile, Instituto de Geografía

44


KÖLN, 1995. Ecotourism Working Group: Ecotourism as a Conservation Instrument? - Making Conservation Projects More Attractive. (www. burrenconnect.ie/tourism/hello) LEIVA, F. & O. ROJAS, 2007. Marero. Un recorrido por el Bordemar de Cardenal Caro. Collofe – DIBAM –Centro de desarrollo sustentable de Pichilemu – Caletas Sustentables. MANUAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA INICIATIVAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. (www.mop.cl/) Mejoramiento de la Habitabilidad de Mareros en Rucos de Cardenal Caro. FNDR - BIP 30059922-0, 2005 POLÍTICA NACIONAL DE USO DEL BORDE COSTERO DEL LITORAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE. DS N°475 de 1994. (www.bordecostero. cl/).

POLÍTICA DE DESARROLLO Subsecretaría de Pesca. 1996.

DE

LA

PESCA

ARTESANAL.

REGLAMENTO SOBRE ÁREAS DE MANEJO Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS BENTÓNICOS. D.S. N° 355-95 (www.subpesca.cl/) REGLAMENTO SOBRE CONCESIONES MARÍTIMAS. DS N° 2 del 2005. (www.bordecostero.cl). RECASENS, A. 2003. Pueblos de Mar: Relatos Etnográficos. Departamento de Antropología, Universidad de Chile, Bravo y Allende Editores, Santiago, Chile. SALZWEDEL, H., N. ZAPARA, R., M. EIBRECHT Y A.M. ARZOLA T. (2002): Zonificación del Borde Costero - Guía metodológica para el nivel comunal : La experiencia de la Región del Bío Bío. Proyecto de Cooperación Técnica Chileno-Alemana Ordenamiento Territorial de la Zona Costera de la Región del Bío Bío, 61 pp. SERCOTEC; EMPRENDE O’HIGGINS; CONSULTORA ALTAMAR S.A., 2006. Desarrollo de Estrategia Comercial y de Agregación de Valor Sector Alguero. SERNAPESCA, 2008 Glosario de Términos de uso frecuente en el sector pesquero . Tercera edición 576 páginas. SUBSECRETARÍA DE MARINA (SSM) (s/a) Política y evolución del Borde Costero Nacional. 47 pp. Referencias web: www.bordecostero.cl ¿Qué es la Zonificación del Borde Costero?

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10. Anexos

Fuente: Castro, C y Morales, E. 2006. La Zona Costera. Medio Natural y Ordenaci贸n Integrada

46


47


albornozlagos@gmail.com


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