El Mercurio -11-07-2022

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DIARIO INDEPENDIENTE DEL AUSTRO $ 0,50

LUNES, 11 de julio de 2022

Cuenca - Ecuador

Construcciones en altura predominan en cinco zonas Inmobiliaria

En la avenida Ordóñez Lasso se localizan edificios en altura, donde conviven cuencanos y extranjeros. XCA

Los edificios pueden tener entre cuatro y 15 pisos. Algunos están destinados a un nicho de estrato medio y alto.

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uenca. - La construcción de edificios en altura para vivienda empezó en Cuenca en la avenida Ordóñez Lasso hace unos 20 años, debido a las condiciones del terreno con lotes de entre 1.000 y 1.200 metros cuadrados, sin embargo, este tipo de edificaciones se ha expandido por sectores como las avenidas 12 de Octubre, 1 de Mayo, 12 Abril y Misicata. Esto responde a dos motivos: minimizar los costos y como una solución a la densidad poblacional. Estos edificios en altura pueden tener entre cuatro y 15 pisos y por su accesibilidad, algunos de ellos, están destinados para personas de estrato económico medio y alto. Su costo dependerá de varios factores, pero hay zonas donde el precio promedio del metro cuadrado supera fácilmente los 1.000 dólares. Las zonas para levantar estos edificios deben cumplir ciertos estándares para un crecimiento ordenando, como dotación de servicios básicos e infraestructura.

Quedan pocos días para nominar nuevo Procurador

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Mundo

10 disidentes de las FARC mueren en un operativo En una operación conjunta de las Fuerzas Militares y la Policía de Colombia en San Vicente del Caguán, murieron 10 guerrilleros de una disidencia de las FARC, informó el Ejército. En el lugar fue incautado material que los guerrilleros “utilizaban para intimidar a la población civil de la zona y planear las acciones terroristas que ejecutarían contra los colombianos, la Fuerza Pública y la infraestructura del Estado”, agregó la información.

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Participación

Seguridad

La Tuna de la UDA se impone con sus ritmos La Tuna de la Universidad del Azuay (UDA) se quedó con el primer premio de un certamen internacional que se llevó a cabo en Murcia, España, este fin de semana. En su vigésima sexta edición participaron tunas de diferentes

Motocross

Cordovez, segundo en el Latino El piloto ecuatoriano Miguel Cordovez alcanzó el segundo lugar dentro del C a m p e o n a t o Latinoamericano de Motocross MX1, que se cumplió el pasado fin de semana en el Circuito Ramón Narro, en Cajamarca, Perú. Los cuencanos Andrés Benenaula y Nicolás Merchán se ubicaron cuarto y séptimo respectivamente. El motocrosista tricolor Justiniano Romero terminó en el puesto 16. El latacungueño Miguel Cordovez levanta el trofeo alcanzado en la competencia. IAA

Proceso

En 21 días, Íñigo Salvador concluirá sus funciones como Procurador General del Estado después de cuatro años de gestión, pero en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) los procedimientos para designar a su sucesor están demorados. El nuevo funcionario deberá ser nombrado de una terna que proponga Guillermo Lasso, presidente de la República.

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Los integrantes de la Tuna de la Universidad del Azuay son estudiantes, docentes y administrativos. Cortesía

Íñigo Salvador está en funciones desde el 2018. API

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países iberoamericanos. El proyecto cultural, que es dirigido por José Chalco Quezada y Jorge Aguirre Vicuña, destacó por el uso de instrumentos andinos y la interpretación de ritmos distintivos.

Alarmas y cámaras para frenar delitos en cantones

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La Asamblea conoce el veto parcial a la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza.

Mundo En Gualaceo instalarán cámaras de seguridad. Cortesía

El encuentro será a las 19:00 en el estadio Alejandro Serrano Aguilar. API 2B

Los comerciantes del pasaje peatonal de El Arenal implementan un sistema de seguridad.

Nacional

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Dep. Cuenca cierra la fecha frente al G. City

Cuenca

Los cantones Gualaceo, Paute y Girón buscan frenar los actos delictivos. Se instalarán y repotenciarán hasta mediados de agosto alarmas comunitarias y cámaras de videovigilancia. En Gualaceo se colocarán 12 sistemas de alarma en los barrios del centro. Así se favorecerán unas 1.200 familias. En Paute se implementará una sala de monitoreo con nueve cámaras de video vigilancia, ubicadas en puntos conflictivos de la urbe.

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La batalla para sustituir a Boris Johnson cobra fuerza con al menos nueve candidaturas.

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@elmercurioec elmercurioec El Mercurio Cuenca elmercurioec elmercurioec Año 97 / 20 páginas / 2 cuerpos Ejemplares en circulación: 8.361 Edición No. 36.962


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C UENCA

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

En la avenida 1 de Mayo se registra un auge en la construcción de edificios. XCA

La avenida Ordóñez Lasso fue el primer sector que albergó construcciones de altura en Cuenca. XCA

En Misicata se observan construcciones departamentales y de condominios. XCA

Para desarrollar este tipo de obra el terreno debe cumplir ciertos estándares

Construcciones de altura crecen en 5 zonas Inmobiliaria

Estas edificaciones se han expandido por dos motivos: minimizar costos y como una solución a la densidad poblacional.

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n las avenidas Ordóñez Lasso, 1 de Mayo, 12 Abril, 12 de Octubre, así como en el sector de Misicata se ubican edificaciones denominadas de altura, que pueden ir desde los cuatro hasta los 15 pisos y que por su accesibilidad, algunas de ellas, están destinadas para personas de estrato económico medio y alto, debido a los costos por metro cuadrado de construcción que rondan los 1.000 y 1.500 dólares. Romel Zhindón, vicepresidente del Colegio de Arquitectos del Azuay, explica que en las reformas a la ordenanza del Plan de Ordenamiento Territorial (PDOT) y Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS), que está en debate en el Concejo Cantonal, se establecen las zonas donde es posible construir este tipo de edificaciones, pues se necesita reunir condiciones como dotación de servicios básicos e infraestructura, que permita soportar la nueva densidad poblacional y prever un crecimiento ordenado a futuro. “Algunos departamentos, generalmente, mantienen acabados de primera, lo que eleva el costo del metro cuadrado, además está la exclusividad donde se emplazan, las ventajas como buena vialidad, servicios básicos de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y ahora el Internet”, subrayó. Cuenca es una ciudad heterogénea donde en un mismo sector se pueden encontrar zonas de distintos estatus. Una de ellas es la avenida Ordoñez Lasso, que combina edificios lujosos con construcción popular. Otra de ellas es la avenida 12 de Octubre, donde actualmente se construye el “Edificio Tor res del Bosque”, un proyecto en una zona exclusiva que consta de 48 departamentos

En la avenida 12 de Octubre se construyen edificios departamentales. XCA

Avalúo para evitar la especulación Jorge Aguirre, presidente de la Asociación de Corredores de Bienes Raíces (ACBIR) del Azuay, indica que, previo a la comercialización, es importante realizar en avalúo con un perito para tener el valor real de los bienes inmuebles y evitar la especulación. Según datos de la Asociación de Corredores de Bienes Raíces, en la avenida Ordoñez Lasso hay terrenos con precios desde 500 a 750 dólares el metro cuadrado aproximadamente; en Puertas del Sol los precios van desde 460 a 680 dólares. En el sector de 1 de Mayo, antes de la Avenida de Las Américas, el precio del terreno está entre 400 y 500 dólares, y pasando Las Américas en 300 dólares. En la zona de la Remigio Tamariz los precios bordean los 500 y 700 dólares. (PNH)(I)

Los primeros registros de construcciones en altura se dieron en la avenida Ordóñez Lasso desde hace unos 20 años por los lotes de entre 1.000 y 1.200 metros cuadrados.

El valor del suelo está basado en dos pautas: entorno, por cercanía a parques lineales o riberas de los ríos, y por acceso a servicios como bancos, restaurantes y farmacias.

y dos locales comerciales apostados en nueve pisos, más dos subsuelos. Se trata de una edificación que busca alcanzar estándares internacionales de calidad, con acabados de primera y equipada con sistema de Domótica, es decir, tecnología que permite la

automatización inteligente de la vivienda para controlar equipos de climatización y ventilación, iluminación y las comunicaciones, entre otras funciones. “Nuestro proyecto incluye cielo raso, paredes y ventanas con aislamiento acústico, automatización dentro

del edificio, áreas verdes comunales y sistema de ahorro y reutilización de agua subterránea (…) eso marca la diferencia porque si bien se hace una inversión inicial a largo plazo tiene beneficios para los usuarios; pese a ser un edificio de lujo se busca que los servicios sean lo más económicos posibles”, resaltó Pedro Espinossa, director general de “Pedro Espinossa Arquitectos” a cargo de la obra. En este sector el precio promedio del metro cuadrado de construcción bordea los 1.400 dólares, el precio final depende de la ubicación de cada departamento, así, en los pisos bajos es más económico. Los primeros registros de construcciones en altura se dieron en la avenida Ordóñez Lasso desde hace unos 20 años debido a las condiciones del terreno con lotes de entre 1.000 y 1.200 metros cuadrados, sin embargo, este tipo de edificaciones se ha expandido en la ciudad por dos motivos: minimizar los costos de construcción y por el crecimiento urbano de Cuenca, que encuentra en este tipo de viviendas una solución a la densidad de la población. E n e s t e c o n t ex t o, Espinossa expresó que es necesario que Cuenca tenga más edificabilidad y que se

pueda construir más pisos en ciertas zonas. Asimismo, especificó que la exclusividad no está basada en el número de pisos de un inmueble porque se puede encontrar un diseño exclusivo de tres pisos y un proyecto popular de 12. Auge En las zonas donde se evidencia un auge del levantamiento de edificios es en las avenidas 12 de Abril y 1 de Mayo. “En la pandemia se comenzaron a construir obras que tienen buenos acabados y se ven nuevos edificios que responden a las comodidades y las condiciones de los lotes. Otra zona de edificaciones en altura es Misicata, donde el costo de viviendas o condominios está enfocado en el interés público”, explicó el arquitecto cuencano Javier Bernal. En Misicata se encuentran viviendas desde 89.900 dólares con un área promedio de 100 metros cuadrados. En la avenida la Ordóñez Lasso los costos varían desde 80.000 hasta 190.000 dólares o más, esto depende del metraje y del área del terreno. El valor del suelo está basado en dos pautas: entorno y acceso a servicios. Así, se cotizan más alto los lotes que tienen cer-

canía a parques lineales o a las riberas de los ríos y acceso a servicios básicos, así como proximidad a bancos, restaurantes y farmacias, entre otros. “Los promotores buscamos terrenos que tengan cierta cercanía a los ríos pero que al mismo tiempo tengan buena calidad de servicios, si se cumplen estrictamente esas dos condiciones se vuelve muy atractivo para el desarrollo inmobiliario”, subrayó Espinossa. Otras zonas del cantón Cuenca que registran una cotización alta son Paseo 3 de Noviembre, Puertas del S o l , S a n Jo a q u í n y Challuabamba. En los departamentos que se han levantado en el Paseo 3 de Noviembre conviven cuencanos y extranjeros que se han radicado en la ciudad. Asimismo, un reporte del portal de servicios inmobiliarios Properati ubicó a San Joaquín entre los 15 barrios más costosos de Latinoamérica. De acuerdo con datos recolectados entre 2019 y 2020, el precio por metro cuadrado en esta zona bordeaba los 1.114 dólares, ubicándose en el puesto decimotercero del ranking. El barrio más costoso es Ñuñoa de Santiago de Chile que cotiza el metro cuadrado en 2.885 dólares. (PNH) (I)

Alta tecnología Seguridad

Nuevo sistema de vigilancia en paso peatonal de El Arenal

Cámaras, pantallas y control desde los dispositivos electrónicos forman parte del sistema de seguridad incorporado por los comerciantes. Cortesía

Cuenca. - Ocho cámaras de video vigilancia, dos pantallas y el monitoreo permanente desde los dispositivos electrónicos han implementado los comerciantes que tienen sus locales en el pasaje peatonal del mercado El Arenal. Patricia Cuesta, presidenta del paso peatonal de la Feria Libre, comentó que las mejoras permiten optimizar la seguridad para los dueños de los locales, así como para los clientes e incluso, los miles de transeúntes que a diario cruzan la avenida de Las Américas. Marco Méndez, propie-

tario de uno de los puestos de venta, sostuvo que la incorporación del sistema interno de vigilancia otorga tranquilidad y seguridad a los clientes que acuden a hacer sus compras. “Es un riesgo cruzar por la avenida, el paso a desnivel es una opción segura”, puntualizó. Estas ocho cámaras se suman a las ubicadas en los tres accesos del paso peatonal y que son del Consejo de Seguridad Ciudadana, (CSC), ademas del servicio de guardianía que está a cargo de una empresa privada contratada por el

Municipio de Cuenca. Drenaje Además del sistema de seguridad, desde hoy entran en funcionamiento las dos bombas para la evacuación directa al sistema de alcantarillado de las aguas servidas. Hasta la semana pasada, la limpieza de las aguas residuales se efectuaba una vez por semana con vehículos de ETAPA, mediante bombas de succión. Esta labor que tomaba alrededor de dos horas causaba incomodidad a comerciantes y transeún-

tes por el ruido y olor que despedía. La entrega de las bombas a los comerciantes se hizo el pasado viernes por parte de los funcionarios de la Direc ción de Mercados y Comercio. “Se ha mejorado en seguridad y en salud, esto nos permite brindar mejores servicios a la ciudadanía”, apuntó Patricia Cuesta. (PNH) (I)

Uno de los accesos en el pasaje peatonal de la Feria Libre da salida a la estación del Tranvía.


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Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

CTUALIDAD 3A

Pescadoras artesanales dependen de una adecuada gestión de los mares

Los océanos empoderan a las mujeres Reportaje

Medidas concretas

Los países se comprometieron a impulsar su trabajo de conservación de los océanos y su biodiversidad.

Estaremos observando los compromisos asumidos” sobre la protección de los océanos, advierten las mujeres de la pesca artesanal, que, subrepresentadas y ausentes de las estadísticas, dependen de una adecuada gestión de los mares para mejorar sus condiciones de vida. Lanzan este aviso pocos días después de la II Conferencia de los Océanos de la ONU, que concluyó el pasado día 1 de julio en Lisboa, Portugal, con una declaración no vinculante en la que los países se comprometieron a impulsar su trabajo de conservación de los océanos y su biodiversidad. “Queremos responsabilizar a todos los gobiernos, queremos responsabilizar a todos los actores y partes interesadas. Nuestra petición es que esta gran declaración no sea vaga sino que haya acciones concretas y tangibles”, defiende en declaraciones a EFE Suzanne Njeri, de la Red de Mujeres Africanas Procesadoras de Pescado y Comerciantes. Más presencia Su segunda petición no es nueva y ya la transmitió durante la cumbre: las mujeres del sector pesquero artesanal (que genera cerca del 50 % de las capturas mundiales) deben formar parte desde el comienzo hasta el final en las conversaciones sobre la preservación de los mares.

Notas cortas Muerte de cóndor El Ministerio de Ambiente confirmó la muerte de un cóndor hembra adulta en la provincia de Imbabura, y cuyos restos fueron trasladados al zoológico de Guayllabamba, a 30 minutos de Quito para determinar las causas del deceso. En un comunicado oficial, la entidad indicó que se trata de un cóndor “Vultur gryphus” que murió en la parroquia Cahuasquí. (SCC)-(I)

Exoneran multas Por problemas informáticos para la obtención de los turnos en el sistema de R ev isi ó n Té c ni c a Vehicular, el Municipio de Quito exonerará multas de 25 dólares para los autos con placas terminadas en 1 y 2. Las autoridades revelaron problemas por un presunto hackeo, por lo que emitirán una resolución con la que exonerarán de la multa de calendarización. (SCC)-(I)

Las pescadoras cumplen un rol en la protección de la vida marina. Presidencia

“No nos representéis, dejadnos estar en la mesa”, insiste Njeri, quien recuerda que las mujeres no son “números”, sino que acumulan conocimiento tradicional, historias de éxito y son conservadoras y protectoras de la vida marina y de sus propias comunidades. Njeri pide también más transparencia y rendición de cuentas en la gestión pesquera, que se impulse la cogestión en las zonas costeras, así como su presencia, junto a la de los jóvenes, en la toma de decisiones de forma igualitaria, y que se respeten los derechos políticos, geográficos y culturales de las regiones. “No olvidemos la voz de los jóvenes y recordad que, donde tienes a la mujer, hay una garantía de que la juventud estará al lado”, añade. En este foro de la ONU, la presencia de comunidades locales y representantes de la pesca artesanal fue muy reducida, en comparación a las ponencias de gobiernos, ONG, empresas y científicos; y, sobre igualdad de género, la Declaración firmada que se emitió hacía una única mención

a la importancia de empoderar a mujeres y niñas. Sostenibilidad La cumbre estaba destinada al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU número 14, que engloba la protección de los océanos, pero del que también depende el obtener más derechos para las mujeres, afirma Nicole Franz, analista d e l a FAO, q u i e n recuerda que todos los ODS están “interconec-

tados”. “Las diferentes dimensiones de la sostenibilidad deben ser vistas juntas. No podemos solo mirar la sostenibilidad del medioambiente, también debemos mirar la sostenibilidad económica y social de los océanos”, avisa Franz. Pe r o, p a r a p o d e r tomar medidas adecuadas para luchar por la igualdad de género, hay que tener datos sobre la situación, y, de momento, no hay datos suficientes.

Para la fundadora de Leading Women for the Ocean, Maria Damanaki, la forma de empoderarlas es marcar una línea de tiempo sobre acciones concretas para proteger los océanos sin dilaciones y dar más recursos a esa lucha. Por eso, pide que se aprueben tratados como el que se debatirá en agosto en Nueva York, que se espera que incluya la exigencia de proteger el 30 % de los mares de la actividad humana para 2030 y garantizar la preservación de la biodiversidad.

Según la FAO, alrededor de 45 millones de mujeres se dedican a la pesca en pequeña escala, que representan un 40 % del total de pescadores y trabajadores de la pesca. (EFE)- (I)

Falta de datos Sin embargo, no hay datos específicos sobre su presencia en las comunidades costeras ni su impacto en el mundo laboral, reconoce Franz, quien define esta situación como un “gran problema”. “Están subrepresentadas por ejemplo en organizaciones, en los procesos de toma de decisiones que afectan al mane-

jo de los recursos, pero también en relación a otras decisiones que afectan a cómo acceden al mercado o cómo pueden tener acceso a otros servicios como la financiación, la protección social, educación y muchos otros”, avisa. A su juicio, obtener esos datos es responsabilidad los gobiernos “porque la

pesca está manejada por ellos”, pero también han de movilizarse los investigadores, que deben “desarrollar mejores métodos” para obtener los datos, y las propias comunidades de pesca artesanal deben participar de forma activa en esa recolección, para que sea entregada y analizada de forma participativa

Guillermo Lasso remitió la normativa. Presidencia

Legislativo

Asamblea votará el informe de Ley de Libre Expresión Hasta este viernes, en la Asamblea se planifica la votación del proyecto de Ley de Libre Expresión y Comunicación. La última semana, el Legislativo trató en segundo debate la normativa que fue remitida por Guillermo Lasso, presidente de la República (foto), en mayo de 2021, y reemplazará a la Ley de Comunicación vigente durante el correísmo. Para aprobar la ley se requieren al menos 70 votos. El texto propone una autorregulación de los medios manteniendo derechos como la réplica. En el informe de mayoría que está en la Mesa de Asuntos Internacionales se recogen las recomendaciones de la Relatoría de la Libertad de Expresión, incorpora la autorregulación, capacitaciones respecto a ética, y fortalece las condiciones laborales para periodistas, garantiza la independencia de medios públicos y fortalecimiento de medios comunitarios. En el informe de minoría -auspiciado por UNES- se elimina a la opinión pública como parte del derecho a la libertad de expresión. (SCC)-(I)

Participación

Tuna de la UDA gana certamen internacional La tuna de la Universidad del Azuay ganó el primer lugar en un certamen internacional “Barrio del Carmen” desarrollado en Murcia, España, que cumplió su 26 edición. La final tuvo lugar el sábado 9 de julio de 2022. El conjunto musical interpretó ritmos nacionales, que llamaron la atención de los asistentes y el jurado. La tradicional «Chola Cuencana» sonó como parte de su repertorio. Su presentación generó u n a m b i e n t e d e entusiasmo en Murcia por el uso de instrumentos andinos y ritmos distintivos. Historia La Tuna de la Universidad del Azuay se integra en octubre de 2017. Su presencia ya es reconocida por la calidad de su ejecución y repertorio; enriquecida con instrumentos como el acordeón, el cuatro venezolano, el bajo, la quena y coreografías. La tuna de la UDA está conformada por maestros, estudiantes y administrativos de diferentes unidades académicas de la institución de educación superior. Son hábiles intérpretes de ins-

Los integrantes de la tuna de la UDA interpretaron ritmos andinos. Cortesía

trumentos como el acordeón, zampoña, laúd, guitarra, bajo, percusión, canto y bandurria. Sus integrantes son José Chalco Quezada (padre), Jorge y David Aguirre, Roberto Zamora, Belén Campoverde, David G u aya s, S e b a s t i á n Guzmán, Sebastián Chica, Sebastián Ávila, Nadia Luzuriaga, Mateo Sarmiento, Erik Jiménez, Francisco Garrido, Daniel Abad, Pedro Vergara, Andrés Quizhpi y Renato Molina. José Chalco, doctor en

Jurisprudencia, es el director del proyecto Cultural “La Tuna de la Universidad del Azuay”, formada por su iniciativa con el apoyo de las máximas autoridades universitarias “por ser una expresión artística que integra a estudiantes, exalumnos, profesores y administrativos que se identifican con este género y tradición musical de la universidad iberoamericana”, según detalla la página web de la institución. El director musical es Jorge Aguirre Vicuña es

licenciado en Instrucción Musical y tiene experiencia como gestor cultural. Certámen En este concurso internacional participaron tunas de distintas partes del mundo y su finalidad es hermandar las universidades de Iberoamérica, comunidades y tradiciones. La tuna es una agrupación musical que tiene su origen en España que se integraba de jóvenes de recursos económicos que

La Universidad del Azuay también se llevó el premio especial del público “Don Perdi”. En segundo lugar quedó la tuna de Baja California. estudiaban la universidad haciendo de la música su fuente de ingresos para poder pagar los estudios. La ciudad de Salamanca fue el centro de su primera conformación, hace unos 800 años. (REM)-(I)


4A OPINION Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Cecilia Ugalde

99.9% Iguales

Dr. Nicanor Merchán Bermeo 1935 - 1956

Dr. Nicanor Merchán Luco DIRECTOR

Ing. Miguel Merchán Ochoa 1956 - 1974

Lcda. Marina Merchán Luco GERENTE GENERAL

Juan F. Castanier Muñoz

EDITORIAL

Otra posible destitución

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esulta irónico que tengamos no solamente una sociedad, sino un planeta tan fragmentado por las diferencias entre unos y otros, cuando tenemos tanto en común. Y es que el ADN de todos los humanos tiene el 99.9% de similitud, apenas tenemos un 0,1% de diferencia genética con cualquier otro ser humano del planeta, sí, ¡apenas un 0,1% de diferencia! En la Declaración de la Independencia de Estados Unidos, se planteó que todos los hombres somos creados iguales; igualdad sobre la que ya predicó Jesucristo hace muchos siglos, y más allá de la religión, la igualdad entre los seres humanos es uno de los pilares del liberalismo, que reconoce la existencia de una igualdad radical entre las personas. El primer artículo de la Declaración Universal de Derechos Humanos planteas que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, evidentemente esta declaración realizada en 1948 aún está muy lejos de ser puesta en práctica. Pero cada cultura y la posición que ocupamos en ella nos hace distintos y desmiente esa igualdad al colocar etiquetas y ubicar a las personas en categorías arbitrarias e injustas. Los seres humanos son fruto de su entorno, y esa realidad deja sin piso a mucho de lo que se dice sobre la igualdad, ya que partimos de realidades y oportunidades diferentes que consecuentemente, marcan las diferencias y hacen que ya no seamos tan iguales. En las desigualdades surgen las disputas, las luchas, los choques sin aparente solución, la búsqueda de que la igualdad en dignidad y derechos se respete; y mientras no tengamos sociedades que propicien esa igualdad, seguiremos enfrentados y viviremos en conflicto, fijándonos en aquello que nos hace diferentes. (O)

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l proyecto de tomarse el control de la Asamblea Nacional sigue en firme. Comenzó con la destitución de su presidenta Guadalupe Llori. La comisión pluripartidista ad-hoc, formada para el caso, y solo con mujeres, recomienda destituir a la segunda vicepresidenta, Yeseña Guamaní. La decisión la tomará el Pleno de la Asamblea. Aquí, por el momento, están seguros los votos del correísmo, del socialcristianismo y de los autollamados “rebeldes”. Guamaní fue acusada de “incumplimiento de funciones”, una figura jurídica muy de moda para enjuiciar políticamente a ministros de Estado y a los asambleístas. Ella, en uso de sus derechos como legisladora, mocionó la necesidad de presentar ante la Corte Constitucional una acción de interpretación sobre los alcances de los proyectos de derogatoria de las reformas tributarias. Estas reformas están vigentes, apoyadas por el “silencio” del correísmo. Ahora busca la derogatoria, si bien nunca le explicó al país la razón de tan curioso comportamiento. Para la denunciante Jhahaira Urresta, con su moción Guamaní quería dilatar el tratamiento de los proyectos encaminados a lograr esa derogatoria. La para nada -como se ha dicho- imparcial ni pluripartidista comisión aprobó su informe, cuya votación favorable implicará la destitución de Guamaní. Sus argumentos no tuvieron eco. Peor los esgrimidos por los delegados de la Defensoría del Pueblo. Estos, más bien, habrían sido amenazados si presentan un informe favorable con las violaciones al debido proceso, comenzado por la falta de imparcialidad. Para Yeseña Guamaní, “la primera y segunda vicepresidencia de la Asamblea son parte del acuerdo de la nueva mayoría”. Esta nueva mayoría ya puso en la presidencia a Virgilio Saquicela. Le falta nombrar a su reemplazo; igual al de Guamaní si la destituye. Según quienes sean los reemplazantes, se sabrá si se cumple o no el vaticino de Guamaní; es decir, el “reparto de la troncha”.

CARICATURA DEL DÍA

Aplausos

Aníbal Fernando Bonilla

La revuelta de los quince centavos

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ieciocho días de paro nacional. La realidad que no se puede tapar con una mano al igual que el sol con un dedo. Vivir en la urbe no es lo mismo que sobrevivir en el campo. Las necesidades básicas difieren según las capas sociales. Algo tan obvio, que no ha sido atendido debidamente por el régimen en “territorio”, de acuerdo al lenguaje técnico burocrático. Hay miseria. Hay exclusión. Hay falta de oportunidades para todas y todos. La sociedad ecuatoriana transita entre el cinismo de una clase política distante de asumir su rol elemental, y una actitud ciudadana cuya materialización de sus logros se encarrila por el individualismo, antes que por la corresponsabilidad solidaria. Cada persona natural o jurídica forma parte del grave entramado en que atravesamos. Unos en mayor medida que otros. Así tenemos a los medios televisivos, que cumplieron un papel nefasto en la revuelta popular, siendo eco parlante del discurso oficial, sin balanza, contrastación, discernimiento o peor sentido crítico. Limitándose a los quince centavos de dólar de reducción del precio de la gasolina, cuando la problemática tiene carácter sistémico. ¿Nos olvidamos del pasado o desconocemos de sus lecciones? Jorge Núñez en El patriotismo criollo detalló que en la Colonia se dieron -en lo que hoy es Ecuador- levantamientos indígenas en contra del sistema implantado por la Real Audiencia de Quito. Por citar, en Riobamba (1764), en Otavalo, Atuntaqui y Cayambe (1776), en Guano (1778), en Guamote (1803). ¿Cuáles fueron las causas? El sometimiento y abuso Ibérico en detrimento de las comunidades originarias. Luego hubo otras tantas insurrecciones en la etapa de plasmación Republicana. En el retorno democrático en los 70. A inicios del 90, bajo el churo tutelar de la CONAIE. Asimismo, el indigenado intervino activamente en los derrocamientos presidenciales en 1997, 2000 y 2005. El legado ancestral del movimiento indígena no debe ser mancillado de manera alguna. Atañe entender su dinámica compositiva y dimensionar la deuda histórica del Estado. Así como la dialéctica de la lucha social, que no sólo involucra a indígenas, sino también a afros, montubios, mujeres, jóvenes, tercera edad, trabajadores, docentes, en el marco de la aceptación de nuestra condición multiétnica y plurinacional. (O)

M

ediante esta frase, ya famosa y casi mágica, las pantallas de nuestros ordenadores nos disponen, diariamente y a miles de millones de usuarios, que tenemos que colocar el cursor en el sitio indicado y… “hacer click”. De esta manera, pasamos a una nueva página en donde aparece un recuadro con la palabra “siguiente” o “next”, o con la palabra “continuar”, o abrimos un sitio web, o, en definitiva, abrimos un abanico interminable de posibilidades de información, que los kikuyos en la materia lo sintetizan, magistralmente, con el término “navegar”. Y como lo que descubre o inventa diariamente el mundo técnico-científico, no siempre es correctamente utilizado, pues he ahí que un habilidoso de las comunicaciones, seguramente asociado a otros trúhanes de su misma ralea, han intervenido fraudulentamente a cuatro ordenadores de igual número de asambleístas, para hacerlos votar, a la fuerza, en el “modo” “SI” frente a la decisión de que la Asamblea destituya o no al presidente Guillermo Lasso. La destitución presidencial era perseguida, obsesivamente, por la bancada correista, y por algunos “sueltos”, que de forma manifiesta unos, y solapada otros, ya estaban anotándose para el “reparto”. Solamente faltaba el “haga click aquí”. Pero como se dice, no hay crimen perfecto, y de lo que hasta aquí se sabe, según la cronología de los hechos y del informe del funcionario responsable, no es que se trató de ninguna falla técnica o accidental, como se quizo hacer aparecer inicialmente, sino que se trató realmente de un acto delictivo cuyo objetivo era alterar los resultados de la decisión legislativa y consumar un golpe de estado, destituyendo a un Presidente de la República legítima y constitucionalmente elegido. No se necesita ser un notable agente de la CIA o la KGB para darse cuenta que tan grave delito no es obra de un autor solitario. Se trata de un complot urdido por gente inescrupulosa y peligrosa, que “no para en gastos” cuando de lograr sus nefastos propósitos se trata. La opinión pública clama porque las autoridades responsables de la investigación “hagan click” en la página que dice “honestidad”. (O)

Catalina Sojos

L

Medios

os medios de comunicación ecuatorianos se encuentran atravesando una grave crisis de confianza, además de un paulatino ataque estatal y de algunos sectores de la población; los periodistas y cronistas son agredidos al cubrir las noticias y la obstrucción de la información se vuelve cotidiana, además de peligrosa; así lo demuestran las últimas experiencias en las manifestaciones de junio y el paro nacional. La falta de investigación sumada a ciertas tergiversaciones en determinadas

situaciones políticas, los alineamientos con uno u otro partido y las adjetivaciones explícitas en criterios de opinión, contribuyen para el deterioro de la credibilidad en el público en general; de allí la urgencia de la firma de responsabilidad ética y estética en cada uno de los periodistas y de los medios que guían la opinión pública. Un paso atrás y la mirada equilibrada para aglutinar una cosmovisión, sin intentar un juicio unilateral y equívoco son los únicos caminos para informar y opinar en estos tiempos de babelia

en los que las noticias falsas, los “comentaristas” de las redes sociales y las corrupciones del poder estatal, obliguen a terminar con las carreras de comunicación y periodismo en las universidades. Palabras mayores, puesto que el oficio del comunicador es indispensable para una sociedad ordenada y en paz. La desconfianza en la labor de los medios, puede llevarnos a un túnel que no tiene fin, de allí el llamado para el autoanálisis, la pluralidad y la inclusión en cada uno de sus contenidos. (O)

Eduardo Sánchez Sánchez

E

La huella de carbono

l Carbono es uno de los elementos químicos de la tabla elaborada por el científico ruso Dmitri Mendeléiev en 1869. Este singular elemento, se combina con Oxígeno, Hidrógeno, Nitrógeno, con otros átomos de carbono y así genera la estructura de toda molécula orgánica. A manera de ejemplo, citaríamos que toda sustancia o compuesto vinculado con la vida, posee carbono, así los ácidos nucléicos, las proteínas, las enzimas, los azúcares, las hormonas, las grasas, las vitaminas, etc. La Química adquirió el nombre de Orgánica por el reconocimiento al infinito número de compuestos que forma este mágico elemento tetravalente, gestor de cadenas y

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compuestos de conducta prolífica o ubérrima. En la industria farmacéutica, el desarrollo de la Química Orgánica es la esencia y columna vertebral, también en la industria de plásticos y fibras sintéticas, los fertilizantes y explosivos, los aceites, pinturas, papel, tintas, neumáticos, insecticidas, etc. La Huella de Carbono, hace referencia a la medición del impacto ambiental que ejercen los gases de efecto invernadero generados por nuestras actividades y medidos en toneladas de CO2.. El mayúsculo problema surge de los combustibles fósiles y quemas muchas veces innecesarias de origen antrópico como los incen-

Directivos y administradores:

Director: Dr. Nicanor Merchán Luco Gerente General: Lcda. Marina Merchán Luco

dios forestales, en una sociedad ajena a la conciencia ambiental y saturada por explosión demográfica, cubierta de inequidades con ausencia de educación. Son agentes antrópicos y causales del fenómeno, todos los vinculados a producir contaminación, uso de automóviles, ganadería, industrias, consumo de energía, la basura, deforestación, incendios forestales, el negocio de la guerra, etc. Lo importante e impostergable es contrarrestar este fenómeno, mediante la reforestación, son los nobles árboles los seres que comen carbono y lo transforman en madera, frutos, diferentes resinas y producen el oxígeno para la respiración. (O)

Editor General: Mgtr. Diego Montalván Sarmiento dmontalvan@elmercurio.com.ec Coeditora: Jackeline Beltrán A. redaccion1@elmercurio.com.ec

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C ULTURA

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Una innovadora investigación comienza a dar frutos en el país

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EL ABUELO NOS COMENTA

Grafeno sintetizado, un proyecto Todo es posible recuperar, menos pionero en favor del ambiente

el tiempo perdido

Ciencia

Este estudio es prometedor por la eliminación de sustancias tóxicas del agua a través del uso del grafeno.

U

n proyecto pionero para sintetizar grafeno en el país ha comenzado a dar resultados prometedores en materia ambiental para la eliminación de sustancias contaminantes del agua, entre otras aplicaciones que están siendo investigadas. “Hemos realizado algunas pruebas y hemos tenido resultados y compartido el material con otras instituciones”, explicó a Ximena Jaramillo, docente y responsable del laboratorio de nuevos materiales de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), donde se sintetiza el que se considera “material del futuro”. El proyecto empezó a rodar en el Parque Tecnológico y Científico de esta universidad, gracias a un convenio con la empresa neerlandesa Graphentech, que dotó a los laboratorios de la materia prima para procesar el grafeno de manera sostenible. “La idea es, justamente, aportar a la conservación del medioambiente con metodologías que sean ecológicas”, añadió la científica, al advertir que las técnicas empleadas en otras partes del mundo, permiten obtener un producto de alta calidad, pero mediante procesos que resultan contaminantes. De características bidimensionales, compuesto por una microscópica malla hexagonal de átomos de carbono, este material es de gran

Una investigadora trabaja en el laboratorio de Ciencia y Tecnología de la UTPL. Foto EFE

resistencia y a la vez muy flexible, con una formación similar a la del grafito, el componente de las minas de los lápices. Un grafeno sostenible Los experimentos iniciales sobre el grafeno les valieron a Andre Geim y Konstantin Novoselov el premio Nobel de Física en 2010, y una década después la comunidad científica se afana por lograr grafeno de alta calidad, pero sintetizado con solventes no reactivos. Este proyecto está probando con agua, ácidos como el ascórbico (vitamina C) e incluso extractos de papa andina para conseguir separar las láminas monodimensionales del grafeno, de los grupos funcionales que lleva este adosado. Talía Tene, docente del departamento de Química y miembro del grupo de investigadores de Ciencia y Tecnología de Materiales de la UTPL, instruye a varios universitarios entre probetas, tubos de ensayos y pipetas, cómo mezclar componentes para obtener óxido de grafeno y óxido de grafeno reducido. “Los estudiantes están muy interesados no solamente en hacer cambios y mejoras a la síntesis, sino también

Talía Tene, docente del departamento de Química de la UTPL. Foto EFE

en aplicaciones y presentar prototipos para diferentes ámbitos”, indicó la investigadora. Descontamimante de ríos Del laboratorio ya han salido dos casos de éxito: uno que emplea grafeno para absorber azul de metileno del agua, conocido tinte de las prendas vaqueras o tejanas; y otro para la remoción de mercurio, metal pesado usado en la minería ilegal para la extracción del oro y altamente contaminante para los ríos donde se vierte como relave. “Podría ser una excelente solución para descontaminar los ríos que van del Ecuador y llegan a Perú”, avanzó Tene sobre las aplicaciones de un experimento con el que se obtuvo en 20 minutos un aumento del pH del agua de 2 a 6, con una solución de un gramo de grafeno reducido por cada 125 miligramos de contaminante. El mercurio, explica, se une al óxido de grafeno reducido y se forma una molécula de un compuesto mucho más grande que puede ser retirado del agua con un filtro de aproximadamente un micrómetro. Futuras aplicaciones médicas La investigadora avanza también en futuras aplicaciones de este material como biosensor para detectar, por ejemplo, el cáncer de mama de manera precoz. “Los cambios de temperatura en el seno pueden dar un pronóstico de que puede existir un problema. Siendo el óxido de grafeno un buen conductor del calor, con ayuda de electrónica podría convertirse en un sensor al detectar cualquier tipo de modificación”, expresó.

Para desarrollar esa idea es necesario que las láminas de grafeno sean lo más “limpias” posibles y desprender esos grupos funcionales de oxígeno, hidrógeno, inclusive azufre que “no permiten el paso de la corriente o el calor”. Mediante extractos naturales, la universidad está tratando de obtener un producto final con características muy similares a un material muy competitivo que se fabrica en China pero que emplea componentes químicos para separar las láminas. Otro de los retos es elevar la escalabilidad del material producido en el laboratorio para lograr producir en cantidad. “Parece un material muy simple, pero recordemos que los nanomateriales actúan en pocas cantidades”, concluyó la docente de la UTPL, que aspira a convertirse en un centro de producción local de grafeno y abastecer a diversas áreas productivas del país andino. (I)

Quizá en algún momento, podríamos preguntarnos: Qué es el tiempo ¿una variante, una ilusión, una unidad de medida? Y sin discriminar, la preocupación que cada persona podría tener al respecto, el tiempo pasa para todos, sin embargo, no todos suelen pensar en el “valor del tiempo” o le dan por sentado, como algo que “tenemos” o “poseemos”. Muchos lo subestiman, otros pasan quejándose siempre de la “falta de tiempo”, otras personas temen que llegue el momento final de sus vidas y que no hayan sabido aprovecharlo. El paso del tiempo es algo que incide en todos los aspectos de la vida de una persona, trasciende lo momentáneo, lo circunstancial, porque a diferencia del dinero, el tiempo gastado o perdido no vuelve, que no podemos comprar más tiempo, que no lo podemos recuperar, que es lo más preciado y a la vez la mayor muestra de que todo es efímero, fugaz, que se va como agua entre los dedos. Supongamos y pensemos que de pronto estamos en situaciones de riesgo, sobrevivientes de una catástrofe, de una enfermedad grave, pues, luego de sentirse tan cerca del final de la existencia, aquello contribuirá a lograr una nueva visión, completamente distinta del tiempo, desearemos aprovechar cada segundo de manera intensa, dar un

mejor uso del tiempo nuestro. De un momento a otro se dará cuenta que la vida en realidad es maravillosa, bella y muy simple. Pero, ¿Por qué debe ser así? ¿Por qué esperar que ocurra lo trágico para valorar genuinamente esta oportunidad maravillosa que se nos ha dado? El tiempo es vida y nuestra vida es más valiosa que cualquier metal, por eso hay que tener siempre presente, que las decisiones o actitudes que tomemos serán el resultado de cómo utilicemos el tiempo, reitero, que el tiempo que se va, no regresa. Si queremos profundizar, reflexionemos sobre el valor de un segundo, pregúntele al sobreviviente de un accidente; el valor de un minuto, pregúntele a quien haya perdido un vuelo, un tren, un autobús; el valor de una hora, a quien espera que termine una cirugía; el valor de una semana, a quien espera el regreso de un ser amado; el valor de un mes, a la madre de un bebé prematuro; de un año, pregúntele a quien ha perdido la libertad. El tiempo pasa y todo podemos recuperar menos el tiempo perdido…(O)

Saúl Chalco Quezada Consejo Consultivo Nacional de Adultos Mayores


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UCESOS

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Investigan deceso de ciudadano

Cuenca

Hombre encontrado muerto en Checa Víctima

Se espera resultados de la autopsia para determinar causas del deceso de un ciudadano hallado con golpes.

A

l costado de una vía de tercer orden fue hallado muerto Juan Pedro Paredes Llapa, de 45 años, la mañana de ayer, en el sector conocido como Las Rosas, perteneciente a la parroquia Checa, del cantón Cuenca, provincia del Azuay. El hombre tenía golpes en el rostro y rodillas. Moradores de la zona avisaron al Sistema Integrado de Seguridad (SIS) ECU 911. Esta central de emergencia movilizó a personal de la U n i d a d d e Po l i c í a Comunitaria (UPC) del circuito Checa. Los uniformados una vez en el sitio verificaron que el ciu-

dadano no presentaba signos vitales. Asimismo, los uniformados alertaron a sus compañeros por radio-frecuencia que Paredes fue encontrado en posición decúbito dorsal, con un golpe a la altura del ojo derecho y con máculas de sangre. Debido a estos indicios, los elementos policiales solicitaron la presencia de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, M u e r t e s V i o l e n t a s, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased), también de la Unidad de Criminaística (UCM) y Fiscalía del Azuay. Investigación Jorge Haro, jefe de la Dinased del Azuay, informó que por versiones de los familiares del hoy occiso, se confirmó que Juan Paredes padecía de alcoholismo y sufría de epilepsia por lo que se presume que habría tenido una severa caída contra el piso. Agregó que luego de la autopsia se confirmarán las causas del deceso. Los agentes de la Policía documentaron con fotografías la escena donde fue encontrado sin vida Paredes. Tras la autorización del fiscal de turno cumplieron con el levanta-

Agentes policiales intensifican búsqueda de ciudadano reportado como desaparecido en Cuenca.

En este sitio fue encontrado sin vida y con golpes en el rostro Juan Paredes. IVM miento del cadáver. El cuerpo fue trasladado en una ambulancia de medicina legal de la Fiscalía General del Estado (FGE), hasta el Centro de Investigación de Ciencias Forenses (CICF) Zonal 6 de Cuenca, donde será practicada la necropsia. De su parte, los allegados de Juan Paredes contaron que su pariente salió la mañana del último sábado de su vivienda ubicada en Parcoloma, de la p a r r o q u i a O c t av i o Cordero Palacios hacia

Investigación

Motociclista tiene prisión preventiva El fin de semana una comerciante del mercado El Arenal murió atropellada. Tras una audiencia de formulación de cargos, que se cumplió la tarde del último sábado en la Función Judicial de Cuenca, contra un motociclista involucrado en la muerte de Diana Lorena Andrade Paredes, 41 años, el juez ordenó prisión preventiva e instrucción fiscal de 30 días. El implicado fue trasladado en un patrullero de la Empresa de Movilidad EMOV EP hasta el Centro de Privación de Libertad (CPL) Azuay N°1. Allí pasará privado de su libertad mientras se cumplen las respectivas investigaciones.

En este sitio dos personas han fallecido tras ser atropelladas por motocicletas. IVM

Accidente La noche del viernes en la avenida De Las Américas, a la altura de la calle Amazonas, sector de la Feria Libre, Diana Andrade, quien era comerciante de papas en el mercado de El Arenal, intentó cruzar la vía por un paso peatonal. Fue atropella-

Buscan a ciudadano desaparecido

da por el hoy procesado. La víctima debido a un severo golpe que sufrió en el cráneo falleció instantáneamente. Los organismos de socorro confirmaron el deceso. Mientras que algunos comerciantes de la zona detallaron que el paso peatonal habilitado en el sitio es un peligro para los transeúntes. (IVM)-(I)

La madrugada del último viernes fue encontrado muerto un ciudadano, de 40 años, en el parque Juan Stiehle, sector de la Feria Libre, al sur de Cuenca. El cadáver permanece en el Centro Forense. Santa Rosa para cobrar el bono de desarrollo humano. No regresó.

Confirmaron que Paredes era alcohólico crónico y que tenía epilepsia; sin embargo, van a esperar los resultados de la autopsia para tomar cualquier acción legal en caso de que se demuestre de una muerte violenta. Mientras que los moradores del sitio explicaron que frecuentemente veían al ciudadano deambulando con un gr upo de personas sumergidas en el licor por los sectores de Checa y Santa Rosa. (IVM)-(I)

La Policía Nacional, a través de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased), busca a Claudio Esteban Guzmán Saa, de 24 años, reportado como desparecido en Cuenca, desde el 2 de julio de 2022. Según el reporte policial, el hombre fue visto por última vez en las avenidas M a n u e l J. C a l l e y Paucarbamba. Desde ese entonces los familiares desconocen su paradero. El ciudadano hasta la fecha no se ha comunicado con ningún allegado. Es por eso que los agentes policiales de la Dinased y Fiscalía del Azuay iniciaron con las investigaciones para localizar a Claudio Guzmán. La Policía hizo un llamado a la ciudadanía en caso de tener información del desaparecido puede comunicarse al 1800-335486 (DELITO). (IVM)-(I)


Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Alarmas y cámaras se implementarán en barrios

3 cantones frenan la inseguridad Acciones

La mayor parte de equipos tecnológicos estarán el próximo mes en funcionamiento.

L

os Consejos de Seguridad Municipales de Gualaceo, Paute y Girón tratan de disminuir los actos delictivos en sus respectivos cantones. La instalación y repotenciación de sistemas de alarmas comunitarias, así como de cámaras de video vigilancia son las principales estrategias. En Gualaceo iniciará la próxima semana una capacitación de tres días con los dirigentes de 12 barrios, previo a la colocación de un mismo número de alarmas comunitarias. El contratista tiene un plazo de 45 días para ejecutar los trabajos, es decir a mediados de agosto entrarán en funcionamiento. Las alarmas se enlazarán a los móviles de los ciudadanos mediante una aplicación web. Así se podrán comunicar con la U n i d a d d e Po l i c í a Comunitaria (UPC) más cercana para que se atiendan las emergencias. Fer nando Recalde, director ejecutivo del Consejo de Seguridad Ciudadana (CSC) de Gualaceo, explicó que cada sistema abarcará unas 100 viviendas, donde dos miembros por hogar tendrán acceso directo. En una primera etapa se cubrirán 1.200 viviendas, con la intención de alcanzar el próximo año los 10.000 hogares de la cabecera cantonal. También se repotencializarán las cámaras de video vigilancia ubicadas en diferentes puntos estratégicos del cantón a través de un convenio con el Sistema Integrado de

R EGIÓN 7A Defensa de río

Los asaltos en locales comerciales y el abigeato (robo de ganado) son los principales actos delictivos en estos cantones azuayos. La Gobernación del Azuay también coordina acciones con los diferentes municipios y juntas parroquiales para combatir la delincuencia. Seguridad ECU-911. El CSC de Gualaceo posee 20 cámaras, mientras que el ECU-911 alrededor de 9. Recalde manifestó que se instalarán hasta mediados de agosto 3 cámaras más ubicadas en los accesos al cantón. “El propósito es contar con un total de 32 cámaras que podamos controlar desde nuestra sala de monitoreo”, citó el funcionario. El CSC de Paute pondrá su sala de monitoreo con sus primeras cámaras En las calles del centro de Gualaceo se instalaron hace algún tiempo de video vigilancia, luego cámaras de video vigilancia. El CSC prevé implementar unas tres cámade su creación a mediados ras más con el propósito de frenar la inseguridad. BPR de 2021 mediante una tivas. El organismo se ordenanza municipal. La reactivó este año, tras dos sala funcionará en las años de suspender actividependencias de la antidades por la pandemia de gua Terminal Terrestre, la COVID-19. situada en la margen del Andrés Guzmán, secrerío Cutilcay. tario del CSC de Girón, Se tratan de 9 cámaras informó que reuniones se que se ubicarán en sectohan mantenido en estos res como: Zhumir, colegio días con representantes de C i u d a d d e Pa u t e, los barrios y comunidades, Pancalle, Parque Lineal, con el fin de identificar gasolinera de Llumacay, espacios para la instalamirador de Plazapamba, ción de las cámaras de Colegio 26 de Febrero, video vigilancia. entre otros espacios que “Nosotros tenemos un registran una alta concuFredy Toral, jefe de Bomberos; y Hernán Jara, inconveniente para esta rrencia de personas. labor, pues en algunos D e a c u e r d o c o n director del CSC de Paute, muestran las oficinas puntos conflictivos identiHernán Jara, director eje- donde funcionará la sala de monitoreo. Cortesía ficados en las comunidacutivo del CSC de Paute, Planificación des debido al abigeato, no el objetivo es que las operarán un total de 15 llega con facilidad el sercámaras de alta resolu- cámaras de video vigilanEl CSC de Girón plani- vicio de internet, además ción que incluyen un siste- cia. “Vamos a trabajar en fica acciones para iniciar de que no existen puntos ma de perifoneo, estén un enlace con el ECU- este año con la implemen- de energía eléctrica cercainstaladas hasta fines de 911, para que desde nues- tación de sistemas de alar- nos”, indicó Guzmán, mes. Estas cámaras se suma- tra sala de monitoreo mas comunitarias, cáma- quien aspira solucionar rán a las 6 existentes del también se puedan revi- ras de video vigilancia e este problema con apoyo ECU-911 en el cantón. sar sus cámaras”, aseveró iluminación de los par- de otras instituciones. ques y otras áreas recrea- (BPR)-(I) De esta manera, en Paute Jara.

El Viceministerio de Energía y Minas y la Dirección Nacional de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos No Renovables mantendrán el miércoles una reunión con representantes de la comunidad de defensa del río Gala. El encuentro se llevará a cabo en la ciudad de Quito. Así se dio a conocer ayer por la Gobernación del Azuay, tras no asistir en conjunto con otras instituciones del Estado a una inspección en el cantón Camilo Ponce Enríquez por denuncias de contaminación minera en la cuenca del río Gala. Las autoridades y población del cantón esperaron la llegada de los delegados del Estado. La prefecta Cecilia Méndez fue la única que llegó a la comunidad Bella Aurora, donde se tenía que dar el encuentro, para escuchar a la población. (BPR)-(I)

San Juan de aniversario La parroquia San Juan, del cantón Gualaceo, celebró el pasado viernes 448 años de emancipación política. Los actos conmemorativos que, debían realizarse en junio y se aplazaron por el paro indígena, se caracterizaron por un desfile cívico y la sesión solemne. El desfile recorrió las principales calles de la parroquia con la participación de autoridades locales, cantonales y provinciales. Asimismo, intervinieron delegaciones de establecim i e n t o s e d u c a t ivo s, barrios, comunidades, organizaciones campesinas y sociales. Luego, en las instalaciones de la junta parroquial se llevó a cabo la sesión solemne. En el evento se destacó el trabajo mancomunado para la ejecución de obras y proyectos. Se resaltó, por ejemplo, la intervención en el circuito vial Gualaceo-San JuanSan Bartolomé-Sígsig que además se convierte en una alternativa para el cantón Cuenca. (BPR)-(I)


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A VISOS

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA.

Juicio No. 01333-2022-00629

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A los Herederos Presuntos y Desconocidos de CAMPOVERDE CAMPOVERDE SEGUNDO FÉLIX.: cuya individualidad, domicilio y residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se les hace conocer que en esta unidad a cargo de la Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con auto en ella recaída, dice: Actor: NAVARRO BERMEO VÍCTOR MANUEL Demandados : BLANCA ROSA CEDILLO AUCAPIÑA , CARMEN LUCÍA, SARITA BEATRIZ, WILSON SEGUNDO, LUISA MARINA, MARGARITA LUCRECIA, LEONARDO ARTURO CAMPOVERDE CEDILLO. NELSON RUPERTO CAMPOVERDE CEDILLO. CARLOS ERIBERTO y MARTHA IRENE CAMPOVERDE CEDILLO así como los Herederos Presuntos y Desconocidos de: CAMPOVERDE CAMPOVERDE SEGUNDO FÉLIX.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 11h48.

JUICIO NO. 01333-2015-07769 CITACION JUDICIAL

CITACION JUDICIAL A: QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO Y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil De Cuenca, a cargo Del Dr. Juan Carlos Álvarez Pacheco, se Tramita el Juicio Ejecutivo por Cobro De Pagaré A La Orden formulado por COOP DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA.. en contra de QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO Y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA . la misma que en extracto es del siguiente tenor:

A: VITAL VALDOMERO ZEAS CONTRERAS, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca cuya titular es la Dra. Gina Bravo Ordoñez, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaía en ella es al tenor siguiente:

Naturaleza: Ejecutivo

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO

Tramite: Cobro De Pagaré A La Orden

Juicio N.- 01333-2022-00020

Actor: COOP DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA Demandados: QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO Y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA

DEMANDADOS: DARWIN RONALD AGUILAR TORRES, CARMEN PINDO NICOLASA QUEZADA SICHA, VITAL VALDOMERO ZEAS CONTRERAS, ELSA

Acción: ORDINARIO

Cuantía: $2.601,25

SOFIA PINTO LOJANO.

Materia : PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

Juicio No. 01333-2022-00629

Autos:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 2 de febrero del 2022, a las 07h50.

ACCION: VERBAL SUMARIO

Juicio No. 01333-2022-00020 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 4 de febrero del 2022, a las 07h50 01333-2022-00020 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS: Conozco de la presente causa. En lo principal, y por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 del COGEP, en vista de lo dispuesto en el Art. 289 del Código citado, se admite a trámite en “¨Procedimiento Ordinario” la Demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio”, presentada por el Señor Víctor Manuel Navarro Bermeo en contra de: Blanca Rosa Cedillo Aucapiña. Herederos Conocidos Presuntos y Desconocidos del Señor Causante Segundo Félix Campoverde Campoverde. Herederos Conocidos del Causante: Carmen Lucía Campoverde Cedillo. Sarita Beatriz Campoverde Cedillo. Wilson Segundo Campoverde Cedillo. Luisa Marina Campoverde Cedillo. Margarita Lucrecia Campoverde Cedillo. Leonardo Arturo Campoverde Cedillo. Nelson Ruperto Campoverde Cedillo. Carlos Eriberto Campoverde Cedillo. Y Martha Irene Campoverde Cedillo. Conforme lo previsto en los incisos séptimo y octavo, del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, previo a la citación Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de éste Cantón, notificando para el efecto a la funcionaria correspondiente. En el trámite de la causa cuéntese con el señor Alcalde de la Ciudad y con el señor Procurador Síndico de la I. Municipalidad de Cuenca, funcionarios que serán citados en sus despachos. Cítese a la Parte Demandada: Señor Víctor Manuel Navarro Bermeo en contra de: Blanca Rosa Cedillo Aucapiña. Herederos Conocidos Presuntos y Desconocidos del Señor Causante Segundo Félix Campoverde Campoverde. Herederos Conocidos del Causante: Carmen Lucía Campoverde Cedillo. Sarita Beatriz Campoverde Cedillo. Wilson Segundo Campoverde Cedillo. Luisa Marina Campoverde Cedillo. Margarita Lucrecia Campoverde Cedillo. Leonardo Arturo Campoverde Cedillo. Nelson Ruperto Campoverde Cedillo. Carlos Eriberto Campoverde Cedillo. Y Martha Irene Campoverde Cedillo, en la forma determinada en el Código Orgánico General de Procesos, corriéndoles traslado con la demanda propuesta en su contra para que la conteste en el término de treinta días establecido en el Art. 291 del COGEP cumpliendo con los requisitos previstos en los Arts. 151 y siguientes del Código último citado. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, los lugares señalados para citación y notificaciones así como la autorización que la peticionaria concede a su defensor. Agréguese a los autos la documentación presentada. La Diligencia de Citación a la Parte Accionada se practicará de la siguiente manera: A la Señora Blanca Rosa Cedillo Aucapiña, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. A los Herederos Conocidos Presuntos y Desconocidos del Señor Causante Segundo Félix Campoverde Campoverde, mediante publicaciones por la prensa conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. A los Herederos Conocidos del Causante: Carmen Lucía Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Sarita Beatriz Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Wilson Segundo Campoverde Cedillo, mediante Comisión dirigida al Señor Teniente Político de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca, Provincia del Azuay a quien se enviará el respectivo despacho en forma. Luisa Marina Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Margarita Lucrecia Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Leonardo Arturo Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Nelson Ruperto Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia.Carlos Eriberto Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Martha Irene Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Hágase saber.- f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que le correspondan. Cuenca, 30 de Marzo de 2022

JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del Cantón Cuenca, así como por el sorteo legal correspondiente. Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por el Dr. JORGE ALBERTO DELGADO ALTAMIRANO quien comparece en calidad de Procurador Judicial del ECON. JUAN CARLOS URGILES MARTINEZ, Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA., en cuenta su contenido.- En lo principal viene a mi conocimiento la Demanda Ejecutiva propuesta por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA., en contra de en contra QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO como Deudor Principal; y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA como Deudor Solidario, una vez examinada y por considerar que la misma, cumple con los requisitos legales generales y especiales establecidos en los artículos 142, 143, 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y precisa, en consecuencia se la admite al trámite mediante el procedimiento EJECUTIVO que es el que corresponde.- Con el contenido de la Demanda y del presente auto calificación cítese a los Accionados QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA contándose para el efecto con la colaboración de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial a quien se le remitirá los despachos respectivos; se le prevendrá a la Parte Demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de lo establecido en el Artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la Parte Accionada el término de QUINCE (15) DÍAS para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Atendiendo la prueba solicitada por el actor se dispone la práctica de las siguientes diligencias: PRIMERO: Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula el Actor en su demanda, los mismo que se formalizarán en el momento procesal oportuno. Téngase en cuenta la cuantía señalada y la autorización conferida a su Defensa Técnica, así como el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- NOTIFIQUESE.- OTRA PROVIDENCIA .- Juicio No. 01333-202200629 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 14 de junio del 2022, a las 14h10. JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por la Entidad Accionante. Atento al estado de la causa y para proceder a la citación de los Codemandados QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA se DISPONE: Citar con el contenido de la demanda y el respectivo auto calificación a los Accionados QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA en la forma establecida en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, confiriéndose para este efecto los extractos respectivos, se les prevendrá a la Parte Accionada de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, de presentar la oposición a la acción interpuesta en su contra, para tal efecto en base a lo señalado en el artículo 351 ibídem se le concede el termino de QUINCE (15) DÍAS observándose además lo establecido en el Art. 56 (penúltimo inciso) del mismo Código Orgánico General de Procesos establecen. NOTIFIQUESE.- PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, A LOS DEMANDADOS SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE CUENCA.

MATERIA: DINERO CUANTIA: $10.000,00 “JUICIO NO. 01333-2015-07769. Cuenca, de julio de 2015, las 10H01 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en razón de encontrarme legalmente encargado el despacho según oficio No. FJA-DPA-2015-2397 de fecha 19 de agosto de 2015. La demanda propuesta por el Dr. Nixon Geovani Noguera Chacha, Procurador Judicial del Eco. Juan Carlos Urgiles Martínez, GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA, por reunir con los requisitos establecidos en el artículo67 del Código de Procedimiento Civil, se acepta a trámite Verbal Sumario. Cítese a los demandados en las direcciones señaladas mediante comisión al Teniente Político de la Parroquia Quingeo. Envíese el despacho en forma. En cuenta la cuantía fijada; la casilla judicial señalada y la autorización concedida. NOTIFIQUESE.-F) Dra. Rosa Beatriz Morocho, Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, lunes 7 de septiembre del 2015, las 12h26, 07769-15Cuenca, septiembre 7 de 2015, las 08h00VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa por encontrarme legalmente encargada del despacho del Juzgado mediante Oficio No. FJADPA.2015-2397. En lo principal, se corrige el lapsus incurrido en providencia inmediata anterior por cuanto se hace constar en la misma como fecha en la cual se ha dictado la providencia: el mes julio de 2015, cuando lo correcto es que dicha providencia se dictó en fecha: septiembre 4 de 2015, las 09h00. Téngase en cuenta lo manifestado para los fines de ley. Hágase saber. F) Dra. Rosa Beatriz Morocho, Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA: OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, martes 11 de mayo del 2021, a las 17h53.JUEZ PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez. VISTOS: Avoco Conocimiento de la presente causa luego de reintegrarme por mi licencia por enfermedad. Puesto en mí despacho el día de hoy. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora, proveyendo lo solicitado por secretaria confiérase en debida forma el extracto a fin de citar al demandado por la prensa. Confiérase el desglose de la documentación que solicita y entréguese a la persona que autoriza para el efecto. Hágase saber.- F) DRA. GINA BRAVO ORDOÑEZ, JUEZA. Al citado se les advierte la obligación de señalar domicilio judicial y correo electrónico para notificaciones que le correspondan. OTRA PROVIDENCIA JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01332-2015-07769 Agréguese a los autos los escritos que anteceden, proveyendo lo solicitado; confiérase en forma correcta el extracto de ley para la publicación por la prensa con el nombre correcto del demandado VITAL VALDOMERO ZEAS CONTRERAS. Forma inmediata- cúmplase y hágase saber.Cuenca, 27 junio del 2022. Atentamente, Dr. Jorge Villavicencio T. SECRETARIO

Cuenca,21 de JUNIO del 2022

Dra. Tamara Ruiz SECRETARIA

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SARMIENTO MENDIA FANNY EULALIA

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL JUICIO N°01333-2020-03665 A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JULIO JACINTO PEÑA UGALDE, se les hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Ximena Tapia Maldonado como Jueza; se ha presentado una DEMANDA, cuyo extracto y la providencia recaída en ella es como sigue: Naturaleza: ORDINARIO Materia: SUSCRIPCION DE CONTRATO Actores: ROLANTO JACINTO PEÑA ORTEGA Demandados: CONSTRUCTORA IÑIGUEZ MATUTE CIA. LTDA, EN LA PERSONA DE SU GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL LEOPOLDO BENJAMÍN IÑIGUEZ MARÍN, MARIA GRACIELA ZUÑIGA MOLINA, ANA VERONICA PEÑA ZUÑIGA Y HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JULIO JACINTO PEÑA UGALDE Cuantía: $220.000,00 “Juicio No. 01333-2020-03665 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 23 de septiembre del 2020, a las 13h00. 03665-20 VISTOS: Cumplido lo dispuesto, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se califica y admite en procedimiento ORDINARIO la demanda que antecede. Cítese a la parte accionada CONSTRUCTORA IÑIGUEZ MATUTE CIA. LTDA. , en la persona de su Gerente General y Representante Legal Leopoldo Benjamín Iñiguez Marín; y, a MARIA GRACIELA ZUÑIGA MOLINA Y ANA VERONICA PEÑA ZUÑIGA, en los lugares señalados, mediante la Oficina de Citaciones y en la forma prevista en el COGEP, concediéndoles el término de TREINTA DIAS para que contesten la demanda, conforme los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. La señora actuaria proceda conforme corresponde. A la parte demandada se le citará además en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme establece la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017. Previo a la citación, inscríbase la demanda en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD. En cuenta la cuantía, las casillas y correos electrónicos señalados para recibir notificaciones. Hágase saber.- TAPIA MALDONADO DORILA XIMENA JUEZ(PONENTE) .-.-.-.-..Juicio No. 013332020-03665 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 2 de junio del 2022, a las 15h50. Cumplido lo dispuesto, conforme el auto dictado en fecha 24 de enero del 2022, a las 09h20 y el contenido de la petición presentada por la parte actora a fojas 130 de los autos, una vez que ha rendido su juramento, se dispone citar a los herederos desconocidos del señor JULIO JACINTO PEÑA UGALDE, mediante publicaciones por la prensa, conforme establecen los arts. 56 y 58 del COGEP. Por secretaría entréguese el extracto correspondiente. Notifíquese.- f).- DRA. XIMENA TAPIA MALDONADO, JUEZA Se previene a los citados de la obligación legal que tienes de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para que puedas recibir notificaciones posteriores. Cuenca, a 16 de junio de 2022

Ab. Verónica Sarango Erique. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

38605-7 (P)

UNIDAD JUDICIAL DE CUENCA

REPÚBLICA DEL ECUADOR

CITACION JUDICIAL

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

A: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE BLANCA DE JESUS PAZMIÑO PAREDES, cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo de la Abg. Patricia Ávila Campoverde, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que, en extracto, con la providencia en ella recaída, dice:

UNIDAD JUDICIAL L DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

MATERIA: CIVIL-ORDINARIO

SE LES HACE SABER QUE EN LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE CUENCA, A CARGO DEL DOCTOR, MANUEL BARRERA LOZANO, HA CORRESPONDIDO LA DEMANDA Y PROVIDENCIA EN ELLA RECAÍDAS QUE EN EXTRACTO DICEN:

JUICIO: N° 01333-2021-05912 ACTOR: ANGEL BERNARDINO DELEG SUMBA DEMANDADO: LUIS ALFREDO LAZO TARQUI, JOHANA VERONICA LAZO

ACCIÓN:

PAZMIÑO Y OTROS CUANTIA: $ 8.410,25 Juicio No. 01333-2021-05912 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 5 de noviembre del 2021, a las 09h43. Toda vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior. La demanda que antecede, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). A los demandados LUIS ALFREDO LAZO TARQUI, JOHANA VERONICA LAZO PAZMIÑO, ROMAN PATRICIO LAZO PAZMIÑO y LUIS OSCAR LAZO PAZMIÑO, se los citará en la dirección constante en el libelo de la demanda, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Nulti, el señor secretario del juzgado emitirá el despacho correspondiente. Al demandado EDUARDO FRANCISCO PATIÑO PAZMIÑO, se lo citará a través de la oficina de citaciones, en la dirección constante a fojas 48 de autos. Por cuanto, en el oficio emitido por el IESS, consta una dirección de correo electrónico de del demando EDUARDO FRANCISCO PATIÑO PAZMIÑO, se dispone que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Alos herederos desconocidos de la causante BLANCA DE JESUS PAZMIÑO PAREDES, se los citará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 y 58del Código Orgánico General de Procesos, esto es en uno de los periódicos, de amplia circulación del cantón Cuenca, Provincia del Azuay, para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, librará el extracto correspondiente. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, Cítese al ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cuenca, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, el señor secretario del juzgado realizará las gestiones pertinentes, para que se cumpla dicha citación. La parte actora, debe entregar al señor secretario las copias necesarias para la citación a través de la oficina de citaciones. Los demandados, deberán dar contestación a la demanda en el término de TREINTA días conforme lo establece el Art. 291, inciso segundo ibídem. Conforme lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, para lo cual se entregará por secretaría la documentación necesaria, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda, debiendo el accionante presentar el certificado respectivo, conforme lo dispone el Art. 146 inciso sexto de cuerpo legal antes mentado. En cuenta la cuantía y la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciamiento en la audiencia respectiva. En cuenta la autorización que realiza la parte actora a sus abogados defensores; así como la casilla judicial y correos electrónicos que señala para recibir notificaciones.NOTIFÍQUESE. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, jueves 20 de enero del 2022, a las 14h49. Una vez, reiterada a mis funciones luego de la licencia por enfermedad, se despacha el escrito presentado. Agréguese a los autos, el oficio emitido por la señora Registradora de la Propiedad del Cantón Cuenca, con el cual hace conocer que ha procedido con lo dispuesto dentro de la presente causa. La parte actora de manera inmediata entregue al señor secretario del juzgado el juego de copias correspondientes, para la citación dispuesta en al auto de calificación de la demanda. El señor secretario del juzgado, emita el extracto y despacho dispuesto en el auto de calificación de la demanda.-Hágase saber. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para notificaciones posteriores. Dr. Agustín Pesántez Ochoa SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

CITACION JUDICIAL A: FRANKLIN GUSTAVO MATUTE ENCALADA

ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO

Cuenca, 31 de enero de 2022

DEL CANTÓN CUENCA

PENSION ALIMENTICIA

ACTOR:

ROSA FABIOLA AUQUILLA LANDI

DEMANDADO:

FRANKLIN GUSTAVO MATUTE ENCALADA

CUANTIA:

INDETERMINADA

JUICIO NO: 01204-2016-06045 Cuenca, martes 31 de mayo del 2022, a las 08h03. Vistos. Una vez que se ha cumplido con el juramento de ley, el mismo que se lo estima de suficiente ya que se lo ha realizado de conformidad con el Art. 56 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, y conforme documentación anexa, por lo que se prescinde de los oficios dispuestos en auto inmediato anterior. Por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE LA PENSION ALIMENTICIA EN CONTRA DE SUBSIDIARIOS presentada por la señora ROSA FABIANA AUQUILLA LANDI, en contra de los señores: FRANKLIN GUSTAVO MATUTE ENCALADA, quien se le citara a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, conforme el contenido del Art 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, confiérase el extracto correspondiente y señora: BEATRIZ LUZMILA LOJA CARDENAS, en la dirección señalada, mediante comisión al Señor Teniente Político de la parroquia Nulti, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone. Documentación anexa a la demanda; Ofíciese conforme lo solicitado en el formulario y anexo. Notifíquese- OTRA PROVIDENCIA. Agréguese a los autos el escrito presentado a nombre de la señora Rosa Fabiola Auquilla Landi. Proveyendo el mismo: De la revisión del Auto de calificación del 21 de abril del 2022 a las 08H27 efectivamente por un error de tipeo se ha hecho constar el segundo nombre de la accionante como Fabiana, cuando lo correcto es FABIOLA en tal virtud se corrige este particular. En el sentido de que la demanda es presentada por ROSA FABIOLA AUQUILLA LANDI, convalidando todo lo actuado de conformidad con el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial. Confiérase nuevo extracto y Comisión haciendo constar esta providencia. Agréguese a los autos el oficio y documento remitido por la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación. En cuenta su contenido para fines de Ley. Notifíquese.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 06 de junio de 2022

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Dr. Polo Hernández Jhon Fabian SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA DE CUENCA “JUZGADO L”

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A VISOS

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

CITACION JUDICIAL JUICIO N° 01204-2021-06185 A: los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA: Se le hace saber: que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: ACTORA: MALDONADO GUERRERO ROSARIO. DEMANDADO: herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA. NATURALEZA: VOLUNTARIO MATERIA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS CUANTIA: INDETERMINADA JuicioNo.01204-2021-06185 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 17 de diciembre del 2021, a las 08h17. 01204202106185 VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca dice: Se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior. Por clara, completa y por reunir con los requisitos generales y especiales del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos- COGEP se califica la demanda de inventario y tasación de los bienes de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA y se lo acepta a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO conforme el Art. 335 ibídem, por lo tanto se dispone:. UNO ) De acuerdo al juramento rendido por los accionantes, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA mediante publicaciones de prensa en la forma determinada en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.Secretaria confiera extracto de ley.- DOS ) Cítese al heredero conocido JOSE BOLIVAR MALDONADO GUERRERO Cítese a la parte demandada mediante comisión remitida al Teniente Político de la parroquia Sayausi .- Líbrese despacho en forma .- Secretaria remita las piezas procesales de rigor .- Cuéntese con el SRI en la persona de su director Zonal 6 , a quien se le notificara también en el domicilio señalado .- TRES ) En consideración el anuncio probatorio , sobre los medios de prueba se dispondrá en la audiencia respectiva.- Agréguese la documentación presentada.- CUATRO ) Cumplidas con las diligencias que se han ordenado se procederá con la designación de perito conforme a ley. CINCO En cuenta la autorización conferida, casilla y correo electrónico señalado.- Notifíquese.-YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE) Se advierte a los citados la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones . Cuenca, 20 de diciembre del 2021

REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE

UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL Juicio No 01204-2022-01466

CITACIÓN JUDICIAL A: LENIN JACINTO VALDIVIEZO GUTAMA, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Paute, judicatura a cargo de la Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaída en ella es al tenor siguiente: ACTOR: NORMA MARLENE IDROVO MALDONADO. DEMANDADO: LENIN JACINTO VALDIVIEZO GUTAMA ACCIÓN: DIVORCIO NATURALEZA: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 01202-2022-00140

22630-11 (P)

CITACIÓN JUDICIAL

A : HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI Se le hace saber que en el Juzgado K de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Tatiana Ochoa Maldonado, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No: 01204-2022-03188 ACCIÓN: SUMARIO NATURALEZA: DIVORCIO CAUSAL ACTOR: DRA. MARIBEL BRAVO CALDERÓN EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DE LA SEÑORA OLGA MARIA TENE GUAMAN DEMANDADO: HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI, CUANTÍA: INDETERMINADA

A: JOSÉ VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA, les hago saber que en La Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Paute, provincia del Azuay a cargo del Doctor Boris Molina Zhindón, Juez de la Unidad Judicial Civil, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dice: Naturaleza: ORDINARIO Materia: CANCELACIÓN DE HIPOTECA Numero: 01332-2021-00203 Actor:MARIA DEL CARMEN VERA ARIZAGA y MARIA ALEXANDRA CAJAS VERA Demandado: JOSÉ VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA Cuantía: Indeterminada

Cuenca, martes 14 de junio del 2022, a las 14h46. VISTOS: Cumplido lo dispuesto.-Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de DIVORCIO CAUSAL presentada por la Dra. Maribel Bravo Calderón en calidad de Procuradora Judicial de la señora OLGA MARIA TENE GUAMAN,en contra del señor HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI, por consiguiente se dispone : UNO: Procédase a la designación de curador ad-litem a los niños/as habidos en matrimonio que responden a los nombres de JESSICA FERNANDABARBECHOTENEYALEX MATEO BARBECHO TENE , en audiencia de parientes y /o personas honorables del lugar, diligencia que se cumplirá en cualquier día y hora hábil del despacho hasta antes de la convocatoria a audiencia correspondiente, la persona designada comparezca a tomar posesión del cargo conferido en la misma diligencia; en tanto que a los adolescentes que responden a los nombres de BRYAM XAVIER BARBECHO TENE Y MARIA NAYELI BARBECHO TENE, deberán comparecer por sus propios derechos a designar curadorad-litem que les representen en la causa, la persona designada deberá comparecer a tomar posesión del cargo conferido en cualquier día y hora hasta antes de la convocatoria a audiencia unica.- DOS: De acuerdo con el Art. 146 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos COGEP-, se fija la pensión alimenticia provisional en favor de los hijos habidos en matrimonio, en la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y UN DOLARES AMERICANOS MENSUALES, que cancelará el progenitor desde la fecha de presentación de la demanda, en forma mensual y con los adicionales de ley, por consiguiente procedase por parte de PAGADURIA a la creación del código de la tarjeta en el Sistema Supa.- TERCERO:CÍTESE al demandado señor HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI, en atención al juramento rendido por la parte actora, CITESE por publicaciones de prensa, conforme determina el Articulo 56 del Código Orgánico General de Procesos, Confiérase los extractos de publicación respectiva; debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico de haber señalado la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP,con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema,sin que esto sustituya a la citación oficial.-CUARTO: El demandado tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333delCOGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152ibídem.QUINTO:Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora. Los testigos anuncia dos deberán ser debidamente notificados en las direcciones señaladas por la actora conforme determina el Articulo 191 del Código Orgánico General de Procesos. – Notifíquese A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO O CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca 04 de Julio del 2022

“Juicio No. 01332-2021-00203. Paute, miércoles 29 de septiembre del 2021, a las 11h58. VISTOS.- En lo principal continuando con la sustanciación de la presente causa, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Habiéndose dado cumplimiento en término debido a lo dispuesto mediante auto de fecha 20 de septiembre de 2021, la demanda ordinaria de CANCELACIÓN DE HIPOTECA, presentada por: MARIA DEL CARMEN VERA ARIZAGA y MARIA ALEXANDRA CAJAS VERA, en contra de JOSE VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA, es completa clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO.- Sobre la forma de citación del demandado JOSE VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA, se dispondrá lo que corresponda, una vez que se haya remitido el contenido de la información que fuere solicitada mediante despachos girados a las entidades públicas, por lo cual la parte actora apersónese de la entrega oportuna de las contestaciones. De conformidad al artículo 142.7 y 165 Ibídem, téngase en cuenta el anuncio de prueba que realiza la parte Actora y con notificación a la parte contraria, póngase en su conocimiento. Conforme lo dispone el artículo 53 del COGEP, se dispone la publicación de la presente demanda en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la función judicial. TERCERO.- Con sustento a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), una vez citado el accionado, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Por considerada la cuantía que se indica. Agréguese al proceso la documentación que ha sido presentada.- NOTIFÍQUESE, y CÚMPLAS.- OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01332-2021-00203. Paute, lunes 20 de junio del 2022, a las 14h48. VISTOS: En lo principal dentro del proceso, se dispone lo siguiente: 1.-Incorpórese a los autos el escrito que antecede y la certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Jose Vicente Saquinaula Chicaiza, indicando que no consta registro consular en el exterior. Cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior por Secretaria confiérase el extracto correspondiente para que se practique la citación conforme lo dispuesto en auto de calificación.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-” f) DR. BORIS MOLINA ZHINDÓN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE.-” PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES LÍBRESE EL PRESENTE DESPACHO. Paute, 24 de junio de 2022. Atentamente,

DRA ANGELICA CORDOVA CARDENAS SECRETARIA

Dra. Andrea Vidal Solorzano Secretaria Unidad Judicial Civil – Paute 22622-11 (P)

22625-11 (P)

Juicio No. 01333-2021-07580 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 7 de junio del 2022, a las 16h50. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: ZHAPAN MOLLETURO JUAN CARLOS y CORONEL YUNGA JAIME ROLANDO, cuya residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se le hace conocer que en esta Unidad a cargo de la Dra. Lineth Boada H., Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: ACCION: EJECUTIVO MATERIA: DINERO Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA. Demandado: CORONEL YUNGA JAIME ROLANDO y otro Juicio N.- 01333-2021-07580 PROVIDENCIA(S): Juez Ponente: Lineth Alexandra Boada Herrera. VISTOS: Incorpórese al expediente físico el escrito y documentación presentada por la parte actora, en lo fundamental: COMPETENCIA: Conozco del presente proceso en virtud del sorteo efectuado, así como la competencia asignada a ésta Judicatura conforme lo dispuesto en el Art. 239 y 240 del Código Orgánico de la Función Judicial, y mediante resolución Nro. 208-2015 de fecha 24 de julio de 2015 del Consejo de la Judicatura. ADMISIÓN A TRÁMITE: La demandada presentada por ser clara, completa y reunir los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes se lo acepta a trámite ejecutivo por el cobro de la obligación contenida en la documentación anexa, en vista de que el título acompañado y la obligación en el contenida prestan mérito ejecutivo, de conformidad con los Arts. 348 y 349 del Código General de Procesos; en relación con los Arts. 619 del Código de Comercio. CITACIÓN: Cítese a los demandados Zhapan Molleturo Juan Carlos y Coronel Yunga Jaime Rolando en la dirección que se señala en la demanda, diligencia que se ejecutará mediante deprecatorio virtual dirigido a la Unidad Judicial Civil de Gualaceo, facultando a la autoridad jurisdiccional deprecada a comisionar a la autoridad que corresponda. Por secretaría procédase a remitir copias de las piezas procesales (pagaré, demanda y auto de admisión) que serán digitalizadas. ANUNCIO DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Conforme el principio de oportunidad y contradicción establecido en los arts. 159 y 165 del Código Orgánico General de Procesos: 1.- Se tiene en cuenta los medios de prueba que anuncia y que serán materia de pronunciamiento en la audiencia única. DISPOSICIONES GENERALES.- 1.- Una vez citados, de conformidad a lo establecido en los arts. 351; 355; y, 33 numeral 3 del Código General de Procesos; los demandados: 1) cumplan con la obligación; 2) en el término de quince días conteste la demanda presentada en su contra conforme lo establecido en el art. 151 y 153 del Código General de Procesos; formulando oposición debidamente fundamentada de acuerdo a lo establecido en el art. 353 del Código General de Procesos, y, acompañando la prueba conforme las reglas del Código General de Procesos; o de ser el caso 3) rinda caución de ser el caso, con el objeto de suspender la providencia preventiva; o 4) reconvenga al actor con otro título ejecutivo; Disposición que la deberá cumplir, bajo prevención de dictar sentencia conforme lo dispuesto en el art. 352 del Código General de Procesos; AUTORIZACIÓN Y CASILLA DESIGNADA. En cuenta la cuantía que se ha fijado, autorización conferida, así como la casilla y correo electrónico que señala para notificaciones futuras. Notifíquese. – OTRA PROVIDENCIA.- Cuenca, jueves 2 de junio del 2022, a las 17h21. VISTOS: Una vez que la parte actora ha cumplido con rendir su declaración jurada; se dispone la citación a los ciudadanos ZHAPAN MOLLETURO JUAN CARLOS y CORONEL YUNGA JAIME ROLANDO al tenor del art. 56, numeral 1) del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; publicación que se efectuará por un periódico de amplia circulación a nivel de la provincia del Azuay, garantizando de esta forma el derecho de los accionados a conocer de la existencia de un proceso judicial en su contra y pueda ejercitar su defensa dentro del término legal concedido en el auto de admisión.-Hágase saber.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y QUE EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERA EN REBELDIA. CORONEL SIGUENZA MARIA GABRIELA SECRETARIA ENCARGADA

#22616

MATERIA: PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD

Juicio No. 01204-2022-01466

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY.

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO K DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL.

NATURALEZA: SUMARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

“Paute, viernes 17 de junio del 2022, las 08h33.VISTOS: Se ha cumplido con los requerimientos realizados por esta Judicatura. En lo principal se acepta para su trámite en la vía sumaria contemplada en el art. 332.4 del Código General de Procesos, y, por reunir con los requisitos legales, la pretensión de divorcio causal planteada por IDROVO MALDONADO NORMA MARLENE a través de su procurador judicial el Abg. Wilmer Narváez, acción que se entabla en contra de VALDIVIESO GUTAMA LENIN JACINTO disponiéndose citar al demandado quien responde a los nombres de VALDIVIESO GUTAMA LENIN JACINTO conforme consta del documento de partida de matrimonio adjunta de la que se desprende se ha realizado actualización y se observa rectificación de datos registrales con respecto del segundo apellido del demandado. Cítese con la demanda y el presente auto interlocutorio, conforme lo dispone el Art. 56 del Código General de Procesos, a través de Publicaciones por la prensa la que será de amplia circulación en la provincia del Azuay, se lo hará en tres fechas distintas, entréguese el extracto pertinente. Con la citación se advierte a la parte demandada que debe comparecer al proceso, señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones, a fin de garantizar su derecho a la defensa y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de QUINCE días (Art. 151, 152 y 153 COGEP). contados conforme lo dice el Art. 56 COGEP: “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.” El demandado tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 151 del COGEP, adjuntarà todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicite la práctica de aquellos que requieran únicamente la intervención de esta judicatura, lo que será debidamente justificado. (…). OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01202-2022-00140. Paute, martes 21 de junio del 2022, a las 08h19 VISTOS.- Rectifíquese el nombre del demandado que consta de providencia inmediata anterior, téngase por correcto la forma de escribir los nombres y apellidos como VALDIVIEZO GUTAMA LENIN JACINTO, en lo demás se estará a lo dispuesto. Hágase saber.- “F) Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia De Paute. Para los fines legales correspondientes, se libra el presente despacho en Paute, 21 de junio de 2022 Atentamente,

22626-11 (P)

A: GUILLERMO PATRICIO CUENCA BURI Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia De Cuenca, a cargo de la Dra. María del Carmen Vega Jueza de la Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia De Cuenca, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída en ellas al tenor siguiente:

ACTOR: ROSA CELMIRA LIMA MOROCHO

AB.: GUSTAVO BAUTISTA REA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE.

Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.-

9A

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CAMILO PONCE ENRÍQUEZ - AZUAY CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS DESCONOCIDOS DE LEON BARZALLO ARTURO ANTONIO

Y

Se hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Camilo Ponce Enríquez a cargo del señor Juez Dr. Juan Carlos Romero Blacio, ha correspondido el proceso VOLUNTARIO No. 01658-2022-00245 que en extracto dice: ACTOR: BELDUMA MENDIETA KATHERINE ESTEFANIA DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LEON BARZALLO ARTURO ANTONIO NATURALEZA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CUANTÍA: INDETERMINADA TRÁMITE: VOLUNTARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE PONCE ENRÍQUEZ. Camilo ponce enriquez, viernes 17 de junio del 2020, a las 13h10. Abogado Juan Carlos Romero Blacio en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Ponce Enríquez, dentro del presente juicio y una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior se dispone: 1.- CALIFICACIÓN: En lo principal, la demanda que antecede reúne los requisitos de ley establecidos en el Art. 142 y 143 del CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, por lo que se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el capítulo IV, artículos 334 del COGEP. 2.- CITACIÓN, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante Don LEON BARZALLO ARTURO ANTONIO, por medio de la prensa, mediante tres publicaciones en días distintos, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Cuenca. Concédase el extracto para la publicación bajo lo dispuesto en el Art. 56 del mismo cuerpo legal; hecho esto, la parte demandada anuncie la prueba al contestar la demanda, a quien se le concede el TÉRMINO DE DIEZ DÍAS contados a partir de la fecha en que sea legalmente citada, conforme lo determina el Art. 334 de la ley invocada, a fin de cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 ibídem. Una vez cumplida la solemnidad de citación, se señalará día y hora para la audiencia correspondiente, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa sin su comparecencia. 3.- ANUNCIO DE PRUEBA: Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realiza la parte solicitante; las mismas que se atenderán en su momento procesal oportuno conforme las reglas del Art. 160 del COGEP. Cítese y notifíquese. – ABG. RICARDO MALLA AYORA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CAMILO PONCE ENRÍQUEZ 38610-8 (P)

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 23 de marzo del 2022, a las 15h01. VISTOS: Dra. María del Carmen Vega Aguilar, JUEZ DE LA UNIDAD DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CUENCA, en ejercicio de la jurisdicción en mi radicada en virtud de la RESOLUCIÓN No. 110-2013 publicada en el REGISTRO OFICIAL No. 0088 y previo el sorteo de ley, CONOZCO EL CONTENIDO de la demanda DE PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD PRESENTADA POR LA CIUDADANA ROSA CELMIRA LIMA MOROCHO , misma que al considerarse CLARA Y COMPLETA, al reunir los requisitos de procedimiento establecidos en el artículo 142 del CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS SE ACEPTA A TRÁMITE SUMARIO, disponiendo la inmediata CITACIÓN A LA PARTE DEMANDADA EN LA PERSONA DEL CIUDADANO GUILLERMO PATRICIO CUENCA BURI en la dirección indicada, CON LA INTERVENCIÓN DE LA OFICINA DE CITACIONES CORRESPONDIENTE A ESTA JURISDICCIÓN . La diligencia de citación se realizará bajo apercibimiento a la parte demandada de su obligación de comparecer a juicio, designar defensor, señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo INFÓRMESE a ésta judicatura ÚNICAMENTE si el compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para que la asista en la audiencia. Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: PRIMERO.En conocimiento el contenido de la documentación adjunta SEGUNDO.NOTIFIQUESE a los testigos solicitados por la parte actora en la dirección electrónica y casilla judicial indicados, debiendo la parte solicitante coordinar con la actuaria del despacho a fin de que se cumpla con la notificación en forma oportuna. TERCERO.- OFICIESE conforme el requerimiento constante en el formulario a la OFICINA TÉCNICA CORRESPONDIENTE A ESTA UNIDAD JUDICIAL, con el fin de que se efectúe un estudio del núcleo de convivencia DEL NIÑO SUJETO DE DERECHOS J J C L, con énfasis en determinar asuntos relacionados con el contacto respecto del progenitor, su medio de vida y otros relevantes prueba que se dispone por cuanto SE TIENE EN CUENTA LA DECLARACIÓN INSERTA EN EL FORMULARIO EN RELACIÓN A LA IMPOSIBILIDAD DE TENER ACCESO A LA MISMA EN FORMA DIRECTA CONFORME LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 159 DEL COGEP. Se RECUERDA a la parte accionante, que de no comparecer a la audiencia se implicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. EN EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO SE ESCUCHARÁ AL SUJETO DE DERECHOS DE FORMA RESERVADA.- En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.-NOTIFÍQUESE. F) DRA. MARIA DEL CARMEN VEGA Jueza de la Unidad de Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca OTRA PROVIDENCIA Juicio No. 01204-2022-01466 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 28 de junio del 2022, a las 14h34. VISTOS.- SE TIENE EN CUENTA EL CONTENIDO de la declaración juramentada rendida por la parte actora y la documentación incorporada en relación con la que se justifican los presupuestos del Art. 56.2 inciso segundo, del Código Orgánico General de Procesos en relación a las sentencias de la Corte Constitucional que determino los estándares para que proceda la citación por la prensa, en consecuencia se dispone LA CITACIÓN A LA PARTE DEMANDADA DE LA FORMA ESTABLECIDA EN EL NUMERAL PRIMERO DE LA PRECITADA norma a través de tres publicaciones a efectuarse en uno de los diarios de mayor circulación de este cantón a cuyo efecto se entregará el correspondiente EXTRACTO teniendo en cuenta los términos del AUTO DE CALIFICACIÓN de la demanda y de la presente providencia.-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F) DRA. MARIA DEL CARMEN VEGA Jueza de la Unidad de Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. Al citado se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial de un abogado para futuras notificaciones. Cuenca, 29 de junio del 2022 ABG. DIANA ROJAS VERDUGO SECRETARIA DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

# 38601

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA CITACIÓN JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2021-05817 A: ERIKA MARIANA ESPINOZA RAMON, CRISTIAN HERNAN ESPINOZA RAMON, DONAL ERNÁN ESPINOZA GUAMÁN, LUISA FAVIOLA ESPINOZA RAMÓN, cuyos domicilios y residencias se desconoce; así como a los herederos presuntos y desconocidos de MARIANA DE JESÚS BENENAULA JÁCOME y LUISA MERCEDES RAMON BENENAULA, cuya individualidad, domicilio y residencia se afirma desconocer, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la señora Jueza Dra. María Esperanza Neira Orellana, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2021-05817 PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO ACTOR: MARCO BINICIO ARIAS BERMEO DEMANDADO: ERIKA MARIANA ESPINOZA RAMON, CRISTIAN HERNAN ESPINOZA RAMON, DONAL ERNÁN ESPINOZA GUAMÁN, cuyos domicilios y residencias se desconoce; así como a los herederos presuntos y desconocidos de MARIANA DE JESÚS BENENAULA JÁCOME y LUISA MERCEDES RAMON BENENAULA, Y OTROS Juicio No. 01333-2021-05817. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 26 de octubre del 2021, a las 07h18. Juez: Oswaldo Paul Serrano Arizaga. VISTOS: Cumplido lo dispuesto. Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentad por MARCO BINICIO ARIAS BERMEO es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados LUIS ALBERTO RAMON, ROSA ETELVINA RAMON BENENAULA, LUIS MARCELO SANCHEZ RAMON, LUISA FAVIOLA ESPINOZA RAMON, a que se les citará en los domicilios señalados a través de comisión a los señores tenientes políticos de las parroquias Baños, San Joaquin respectivamente, para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial. A ERIKA MARIANA ESPINOZA RAMON, CRISTIAN HERNAN ESPINOZA RAMON, DONALD ERNAN ESPINOZA RAMON y CHRISTIAN HERNAN ESPINOZA RAMON asi como a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MARIA DE JESUS BENENAULA JACOME, LUISA MERCEDES RAMON BENENAULA mediante publicaciones por la prensa, por secretaria entréguese el extracto. Citese al ALCALDE DE CUENCA Ing. Pedro Renan Palacios y al PROCURADOR SINDICO MUNICIPAL, E) Dra. Cristina Leon Carvajal a través de los citadores. PREVIAMENTE INSCRÍBASE la demanda en el Registro de la Propiedad de Cuenca. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Paúl Serrano Arízaga/ Juez" OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, 14 de junio de 2022; las 08h15. En razón de que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 56 del Código Orgánico General de Procesos, después de haber agotado todas las diligencias conducentes a determinar el domicilio de la accionada, cítese a la señora LUISA FAVIOLA ESPINOZA RAMÓN, a través de uno de los diarios que se editan en esta ciudad, debiendo concederse el extracto respectivo a través de Secretaría. Actúe la Abg. Lorena Arévalo Polo, en calidad de Secretaria Encargada, por licencia de la titular. NOTIFÍQUESE.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-05817. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, 22 de junio de 2022, las 07h59. VISTOS: Atendiendo lo requerido por la parte accionante, téngase en cuenta que en el auto de calificación de la demanda, de fecha 26 de octubre del 2021, las 07h18, que obra de fojas 60 de los autos, el juez actuante, Doctor Paúl Serrano Arizaga, por error ha dispuesto la citación a "Donald Ernan Espinoza Ramón" y

a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes "María de Jesús Benenaula Jácome..., cuando lo correcto es DONAL ERNÁN ESPINOZA GUAMÁN, así como los herederos presuntos y desconocidos de MARIANA DE JESÚS BENENAULA JÁCOME. La Actuario del Juzgado conceda los extractos para las citaciones dispuestas, teniendo en consideración las enmiendas realizadas. NOTIFÍQUESE.- F) Dra. María Esperanza Neira/Jueza"

A los citados se les previene señalar domicilio judicial y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 24 de junio de 2022

DRA.. LORENO LÓPEZ BARRETO, SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CUENCA

38602-7 (P)


10A

A VISOS

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

CITACION JUDICIAL JUICIO N° 01204-2022-03166

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA EXTRACTO CITACION JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2022-06037

A: WILMER DE JESUS FAREZ ESPINOZA, que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue:

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES SEGUNDO VICTOR VARGAS TAMARIZ, VICTOR AMABLE VARGAS QUINTERO Y VICTORIA MARGARITA VARGAS OCHOA: cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordoñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2022-06037 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDIANARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: CARLOS ARIOLFO LEON VARGAS DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES SEGUNDO VICTOR VARGAS TAMARIZ, VICTOR AMABLE VARGAS QUINTERO Y VICTORIA MARGARITA VARGAS OCHOA

ACTORA: GLADYS MARLENE MATUTE TENESACA DEMANDADO: WILMER DE JESUS FAREZ ESPINOZA NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO POR CAUSAL CUANTIA: INDETERMINADA JuicioNo.01204-2022-03166 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 20 de junio del 2022, a las 08h21. VISTOS.- Cumplido el requerimiento legal , califico la demanda diciendo: Por reunir los requisitos generales y especiales del Art 142 del COGEP se acepta a procedimiento sumario la demanda de divorcio presentada por y se dispone : CITACION 1.- Se proceda a citar a la parte demandada, conforme el juramento rendido mediante publicaciones de prensa conforme el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos .- Secretaria confiera extracto de ley.- TERMINO PARA CONTESTACION 2.- La parte demandada tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem CURADOR Y PENSION PROVISIONAL . 3.- Dótese de curador ad- litem a los hijos comunes .-Por ser adolescente lo harán por sus propio derechos 4.- Se fija pensión provisional en favor de LIZBETH DAYANNA Y MICHAEL JOSUE FAREZ MATUTE en la suma de $ 185 dólares desde la fecha de presentación de la demanda, para lo cual se notificará Pagaduría a efectos de que registre la cuenta consignada .- MEDIOS PROBATORIOS En consideración el anuncio probatorio y los medios de prueba, se dispondrá en audiencia sobre su pertenencia .- Notifíquese a los testigos nominados mediante boleta con tres días de anticipación, conforme el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, en el domicilio judicial o correo señalado por la parte actora advirtiéndose de su obligación de comparecer a la audiencia única que se señalará con oportunidad .- AUTORIZACION En cuenta la autorización conferida, casilla y correo electrónico señalado.- Notifíquese.YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE).-Se advierte al citado la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones. Cuenca, 22 de junio del 2022 Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA 22578-6 (P)

JUICIO N°01333-2021-05465 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01333-2022-06037 VISTOS.- Cumplido el juramento. La demanda presentada por CARLOS ARIOLFO LEON VARGAS, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada: MANUELA AMALIA VARGAS OCHOA y JESUS BOLIVAR LLERENA VARGAS y CESAR GUILLERMO VARGAS OCHOA, para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial, diligencia de citación que cumplirá a través de la oficina de citaciones. Se ordena la citación de la parte demandada CECILIA ELIZABETH VARGAS RODRIGUEZ, FANNY ANNABEL VARGAS RODRIGUEZ, PATRICIO JAIME VARGAS RODRIGUEZ, ANGEL BOLIVAR VARGAS OCHOA y ROSA MARIA CRESPO OCHOA, mediante comisión al teniente político de la parroquia Ricaurte de este Cantón Cuenca; líbrese despacho suficiente y en forma. Se ordena la citación de los herederos presuntos y desconocidos de los señores: SEGUNDO VICTOR VARGAS TAMARIZ,VICTOR AMABLE VARGAS QUINTERO, Y VICTORIA MARGARITA VARGAS OCHOA: por la prensa de conformidad al Art. 56 y 58 del COGEP, por lo que se entregará suficiente extracto. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad. En esta causa cuéntese con el Señor Alcalde de la ciudad de Cuenca, y procurador Síndico Municipal que serán citados en sus despachos a través de la oficina de citaciones de este distrito. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Hágase saber. A la parte demandada se le previene señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. Cuenca, 13 de Mayo de 2022 DR. JOSE SOLANO CASTRO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIALDE LO CIVIL DE CUENCA

CITACION JUDICIAL

A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, mayo 27 de 2022.

A la Accionada LUNA ARIAS ROSA ELENA Se Le Hace Saber Que En Esta Unidad Judicial Civil De Cuenca, A Cargo de la Dra. Sara Piedad Pesantez Piedra, Se Tramita un Juicio Ejecutivo por Cobro de Pagare a la Orden Por Cooperativa De Ahorro Y Crédito Crea Ltda. en Contra de Luna Arias Rosa Elena la Misma Que En Extracto Es Del Siguiente Tenor: Juicio: Nº. 01333-2021-06064 Naturaleza: Ejecutivo Tramite: Cobro De Pagaré A La Orden Actor: Cooperativa De Ahorro Y Credito Crea Ltda. Demandado Luna Arias Rosa Elena VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del Cantón Cuenca legalmente encargado del Despacho de la Dra. Sara Pesantez Piedra. Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por el Dr. Edisson Miguel Quito Chumbi quien comparece en calidad de Procurador Judicial del Ing. MARIO PATRICIO BARZALLO MEDIENTA quien comparece en calidad de Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “CREA” LTDA, en cuenta su contenido.- En lo principal viene a mi conocimiento la Demanda Ejecutiva propuesta por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “CREA” LTDA, en contra de en contra de LUNA ARIAS ROSA ELENA una vez examinada y por considerar que la misma, cumple con los requisitos legales generales y especiales establecidos en los artículos 142, 143, 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y precisa, en consecuencia se la admite al trámite mediante el procedimiento EJECUTIVO que es el que corresponde.- Con el contenido de la Demanda y del presente auto calificación cítese a la Accionada LUNA ARIAS ROSA ELENA en el lugar y la forma solicitada contándose para el efecto con la colaboración de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial; se le prevendrá a la Parte Demandada de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de lo establecido en el Artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la Parte Accionada el término de QUINCE (15) DÍAS para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Atendiendo la prueba solicitada por el actor se dispone la práctica de las siguientes diligencias: PRIMERO: Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula el Actor en su demanda, los mismo que se formalizarán en el momento procesal oportuno. Téngase en cuenta, la cuantía señalada la autorización conferida a su Defensa Técnica y el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- NOTIFIQUESE.- OTRA PROVIDENCIA.- Proceso N.- 01333-2021-06064 VISTOS: Cumplidas que han sido las diligencias dispuestas en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a LUNA ARIAS ROSA ELENA, por la prensa a través de uno de los periódicos de amplia circulación local, en la forma dispuesta en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Por secretaría, confiérase los extractos de Ley necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto. Hágase saber. PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, A LA DEMANDADA SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE CUENCA. Cuenca 04 de junio del 2022

Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

PEDRO VAZQUEZ ABAD Secretario

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: HILDA ARACELI LOOR GILER cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo de la Dra. Lucia Carrasco Veintimilla, Jueza Encargada de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: Actor: ORDOÑEZ SOLANO JOSE PATRICIO Demandado: LOOR GILER HILDA ARACELI Juicio N.- 01333-2022-08885 Acción: EJECUTIVO Materia: COBRO DE LETRA DE CAMBIO Cuantía: $16.500 Providencia: Juicio No. 01333-2022-08885 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 12h06. 01333-2022-08885 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. ( E ) VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, y en virtud de encontrarme legalmente encargada del Despacho de la Unidad Judicial Civil a cargo del Dr. Bayardo Albán Ortega. En lo principal: La Demanda que antecede presentada por el Señor José Patricio Ordóñez Solano, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la Letra de Cambio, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Artículos 347.4 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante “Procedimiento Ejecutivo”. Se ordena la citación de la parte demandada: Señora Hilda Araceli Loor Giler con C. I. No. 1205063090, de la manera solicitada, para lo cual se adjuntará Copia de la Demanda, y de este Auto Inicial. En aplicación de los Artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la Demandada, proponga alguna de las excepciones taxativas del Artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados, así como la autorización concedida a los profesionales del derecho cuyos nombres constan en el Libelo de Demanda. La citación a la parte demandada deberá practicarse mediante publicaciones por la prensa conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto se entregará el Extracto de Ley correspondiente.. La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Intervenga la Secretaria Titular, Dra. María Augusta Robles Bernal. Notifíquese.. -f) Dra. Lucia Carrasco Veintimilla, Jueza Encargada de la Unidad Judicial de Cuenca. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que les corresponda, en caso de no hacerlo, se procederá en rebeldía. Cuenca, 30 junio del 2022 Abg. María Augusta Robles SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA P-11,12,13

Naturaleza: Ejecutivo Materia: Dinero Actores: BANCO PICHINCHA CA Demandados: CRUZ GUERRA MICHELLE STEPHANIA CUANTÍA 3,782.51 “01333-2021-05465 29/07/2021 11:45 VISTOS: Cumplido lo dispuesto, la demanda que antecede por clara, completa y por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 347 del mismo cuerpo de leyes, se la acepta a trámite en procedimiento EJECUTIVO. Cítese a la parte accionada MICHELLE STEPHANIA CRUZ GUERRA, en el lugar señalado mediante la Oficina de Citaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la parte accionada cumpla con la obligación o proponga excepciones conforme lo señalado en el 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 352 del COGEP. A la parte demandada se le citará además en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme establece la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017. En cuenta la casilla y correos electrónicos señalados para notificaciones, así como la autorización que confiere la parte accionante a sus abogados defensores. Notifíquese.-” OTRO AUTO “17/06/2022 08:53 Cumplido lo dispuesto, conforme solicita la parte actora, una vez que ha rendido su juramento, se dispone citar a la parte demandada MICHELLE STEPHANIA CRUZ GUERRA, mediante publicaciones por la prensa, conforme establece el art. 56 del COGEP. Por secretaría entréguese el extracto correspondiente. Notifíquese.-” F) Dra. Ximena Tapia Maldonado Jueza de la Unidad Judicial Civil Cuenca. Al demando se le previene la obligación que tiene de señala casilla judicial para notificaciones posteriores. Cuenca, 21 de junio del 2022. Abg. Verónica Sarango Erique SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA

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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2021-07695 ACCION: EJECUTIVO MATERIA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA CUANTIA: $ 4.884,09 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-07695 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 24 de septiembre del 2021, a las 08h32. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA en el domicilio señalado, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 26 de mayo del 2022, a las 12h54. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade En lo principal, habiéndose cumplido con lo ordenado en auto anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, de conformidad con el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que la parte demandada ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA, no consta en registrado en el Registro Consular, y además, habiéndose rendido el juramento respectivo, se dispone citar a los demandados ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA, a través de tres publicaciones por la prensa local, para lo cual, la actuaría del Despacho conferirá el respectivo extracto,. NOTIFÍQUESE. F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza

A: MICHELLE STEPHANIA CRUZ GUERRA: Se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. XIMENA TAPIA MALDONADO Jueza; se ha propuesto una demanda en su contra, cuyo extracto y la providencia recaídas en ella son como sigue:

CITACIÓN JUDICIAL A: JORGE RICARDO NARVÁEZ PERALTA. De conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Sánchez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ MATERIA: CIVIL PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. DEMANDADO: NARVAEZ PERALTA JORGE RICARDO Juicio No. 01333-2022-05680 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 20 de abril del 2022, a las 07h29. VISTOS: Conozco de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Cítese a la parte demandada mediante la oficina de citaciones, para lo cual se remitirán las copias pertinentes. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.NOTIFÍQUESE. f) DR. DIEGO PIEDRA, JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2022-05680 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 24 de junio del 2022, a las 07h50. 5680-22 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, enmendando el lapsus incurrido en providencia inmediata anterior, cumplido que ha sido con el juramento realizado por el peticionario y justificadas las gestiones realzadas para dar con el domicilio de la parte demandada, se ordena que se CITE, a JORGE RICARDO NARVÁEZ PERALTA, por la prensa respecto de la presente acción deducida, de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente.- Notifíquese.f) DR. DIEGO PIEDRA, JUEZ Cuenca, 24 de junio del 2022 Al citado se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones. DRA. MARÍA ALEJANDRA AVELLÁN SÁNCHEZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

22613-7 (P)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. NOTIFICACIÓN JUDICIAL A: GUAMAN BARRERA MANUEL ANTONIO, le hago saber que en La Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Paute, provincia del Azuay a cargo del Doctor Boris Molina Zhindón, Juez de la Unidad Judicial Civil, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dice: Naturaleza:

EJECUTIVO

Materia:

PAGARÉ A LA ORDEN

Numero:

01332-2019-00308

Actor:

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA” LTDA.

Demandado:

GUAMAN BARRERA MANUEL ANTONIO

Cuantía:

$. 13.216,92

“Juicio No. 01332-2019-00308. Paute, martes 08 de diciembre del 2020, las 11h55. VISTOS: En lo principal dentro del proceso, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Agréguese a los autos el escrito presentado por parte actora, proveyendo la solicitud de copias certificadas, concédase las mismas a costas del peticionario, previo a cumplirse con lo determinado en el art. 211 del Código Orgánico General de Procesos, se le notificará al demandado GUAMAN BARRERA MANUEL ANTONIO, se dispone que la notificación mediante el funcionario de la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial, en la dirección consignada en la peticion, haciéndoles conocer que dichas copias serán utilizadas para proponer un proceso de Insolvencia. NOTIFIQUESE y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01332-2019-00308. Paute, viernes 13 de mayo del 2022, las 14h08. VISTOS. -Atendiendo el estado del proceso, dispongo lo siguiente: 1.-Incorporese a los autos el escrito presentado por la parte actora, proveyendo el mismo y conforme consta en la diligencia de fecha 08 de abril de 2022, la parte actora, ha dado cumplimiento al juramento ordenado, por lo cual por Secretaria confiérase el extracto correspondiente para que se practique la notificación al demandado Manuel Antonio Guamán Barrera, conforme lo dispuesto en auto de fecha 08 de diciembre de 2020.-Notifíquese, y Cúmplase.-” f) DR. BORIS MOLINA ZHINDÓN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE. PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES LÍBRESE EL PRESENTE DESPACHO. Paute, 13 de mayo de 2022. Atentamente, Dra. Andrea Vidal Solorzano Secretaria Unidad Judicial Civil-Paute

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA JUICIO NÚMERO 01333-2022-05680

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REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca Juicio No. 01333-2021-08491 CITACION JUDICIAL A: MAYRA ALEXANDRA CHIMBO RODRIGUEZ, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO. 01333-2021-08491 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIA DE DOMINIO ACTOR: MARCA LLIVICURA BLANCA PIEDAD DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS DEL CAUSANTE NÉSTOR RUBÉN MARCA LLIVICURA, SIENDO LOS SEÑORES TANIA MARILU MARCA AUQUILLA, EDDY ANDRES MARCA AUQUILLA; EN CONTRA DE LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL REFERIDO CAUSANTE Y EN CONTRA DE MAYRA ALEJANDRA CHIMBO RODRIGUEZ CUANTIA: $85.000 Juicio NO. 01333-2021-08491 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 7 de marzo del 2022, a las 12h00. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha rendido por la parte actora. En lo principal, se tiene que la demanda formulada por la ciudadana BLACA PIEDAD MARCA LLIVICURA en contra de los HEREDEROS CONOCIDOS del causante Néstor Rubén Marca Llivicura, siendo los señores TANIA MARILU MARCA AUQUILLA, EDDY ANDRES MARCA AUQUILLA; en contra de los herederos desconocidos del referido causante y en contra de MAYRA ALEJANDRA CHIMBO RIDRIGUEZ en calidad de acreedora; cumple con los requisitos legales de forma previstos en los artículos: 142, 143, y 144 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que se la califica de clara, precisa y se la acepta a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese a los demandados, mediante la oficina de citaciones, debiendo para ello previamente entregar las copias necesarias en secretaría y finalmente a los herederos desconocidos al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP, esto es, por un periódico de amplia circulación en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, debiendo por secretaría entregarse el extracto de ley; para que de conformidad con el inc. 2° del Art. 291 Código Orgánico General de Procesos en el término de TREINTA DÍAS contesten la demanda, a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte accionante, la misma que se tramitará en el momento procesal oportuno. Al tenor del inc. 7° del Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda, debiendo el accionante presentar el certificado respectivo. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, en sus respectivos despachos institucionales, por intermedio de la Oficina de Citaciones, para cuyo fin entregará en secretaría las copias necesarias. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el correo electrónico, casilla judicial, así como la autorización que confiere a los profesionales del derecho. -Hágase saber. - F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). OTRO AUTO: Juicio No. 01333-2021-08491. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 5 de julio del 2022, a las 12h29. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA.VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora y el cual contiene la declaración juramentada; motivo por el cual al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP se dispone la citación de la codemandada ciudadana MAYRA ALEXANDRA CHIMBO RODRIGUEZ, esto es, por un periódico de “amplia circulación” en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; y de esta forma se garantiza el derecho de la parte requerida a conocer de la existencia de este proceso judicial y concurrir en el término legal que permite la ley procesal.-Hágase saber.- F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 05 de julio del 2022 Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

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A VISOS

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO

Juicio No. 01204-2021-03409

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A NARANJO ORDOÑEZ CRISTIAN XAVIER: cuyo domicilio y residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se les hace conocer que en esta unidad a cargo de la Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con autos en ella recaídos, dice: Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ETAPA. Demandado: NARANJO ORDOÑEZ CRISTIAN XAVIER, LENNSTROM NARANJO GABRIEL BIRGER y GARCIA FIGUEROA RENE ALFREDO. Juicio N.- 01333-2021-08979

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, jueves 9 de junio del 2022, a las 15h36. CITACION JUDICIAL JUICIO No. 01204-2021-03409 A: JORGE OSWALDO SUCONOTA GIA, se les hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra. Teresa Capón Placencia, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCION: SUMARIO

Autos: Juicio No. 01333-2021-08979 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 4 de noviembre del 2021, a las 10h54. 01333-2021-08979 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca y por el sorteo de ley practicado. En lo principal, la demanda que antecede presentada por la Señora Deicy Patricia Pesántez Siguenza, en su claidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito ETAPA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante “Procedimiento Ejecutivo”. Se ordena la citación de la parte demandada: Señores Gabriel Birger Lennstrom Naranjo como deudor principal y Cristian Xavier Naranjo Ordóñez y René Alfredo García Figueroa, como garantes solidarios, el domicilio señalado, para cada uno de elos, para lo cual se adjuntará Copia de la Demanda, y de este Auto Inicial. En aplicación de los Artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los Demandados, propongan alguna de las excepciones taxativas del Artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados, así como la autorización concedida a su defensor. La citación a la parte demandada deberá practicarse de la siguiente manera: A los Señores Gabriel Birger Lennstrom Narnajo y Cristian Xavier Naranjo Ordóñez mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Al Señor René Alfredo García Figueroa, mediante Comisión dirigida al Señor Teniente Político de la Parroquia Sayausí de este Cantón y Provincia, a quien se enviará el respectivo despacho en forma. La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Intervenga la Secretaria Titular, Dra. Tamara Ruiz Martínez. Notifíquese.-f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez OTRO AUTO Juicio No. 01333-2021-08979 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 26 de mayo del 2022, a las 07h11. 01333-2021-08979 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS.- Habiéndose cumplido con el Juramento de Ley se dispone lo siguiente:Cítese al Señor Cristian Xavier Naranjo Ordóñez con C. I. No. 0104019997, mediante publicaciones por la prensa, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Entréguese el Extracto de Ley correspondiente. Hágase saber.- f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que le correspondan. Cuenca, 26 de Mayo de 2022

PROVIDENCIA: Juicio No. 01204-2021-03409

JUEZ DE LA CAUSA: DRA. IVANA JACOME NOGUERA

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 16 de julio del 2021, a las 09h07. VISTOS: En cuenta la diligencia cumplida. Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos, la demanda de DIVORCIO CAUSAL presentada por HILDA JANNETH MEJIA VASQUEZ en contra de JORGE OSWALDO SUCONOTA GIA: UNO)CÍTESE a la parte demandada por medio de tres publicaciones por la prensa en uno de los medios de mayor circulación de la localidad, se girará extracto respectivo, previniéndole al accionado de que en caso de no comparecer se seguirá en su rebeldía el proceso. DOS) La parte demandada tiene el término de QUINCE días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Arts. 151 y 152 ibídem, anunciará y detallará las pruebas que PRODUCIRÁ en la audiencia respectiva. TRES) Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora en el momento procesal oportuno de orden documental y testimonial, como la declaración de las personas nominadas en su demanda a las mimas que se les notificará conforme dispone el artículo 191 del Código Orgánico General de Procesos. CUATRO) Se dispone que comparezcan por escrito o en forma personal a esta judicatura el adolescentes KEVIN ANDRES SUCUNOTA MEJIA a fin de que insinúe en nombre de la persona que será su curador ad-litem quien velará por sus interese en la presenta causa, diligencia que se realizará en el término de ocho días a partir de la citación a la parte demandada, esta juzgadora garantizará también el ejercicio pleno de todos sus derechos conforme a la Constitución, Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y Código de la Niñez y Adolescencia. CINCO) se fija pensión alimenticia para el hijo menor de edad el valor de CIENTO DIECISOCHO DOLARES mensual mas los beneficios de ley mismos que serán depositados los primeros cinco días de cada mes a partir del día 07 de julio de 2021 fecha de la presentación de la demanda. Remítase el proceso a PAGADURIA para la generación de la cuenta SUPA. La accionante en el término de tres días presente la copia de la cartola de una cuenta bancaria a su nombre. SEIS) la parte actora comunicará a sus testigos nominado con la fecha de la audiencia que se fijará en su momento. Se tiene en cuenta la casilla judicial correo electrónicos y autorización que confiere a sus defensores. NOTIFÍQUESE.F) DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA JUEZA DE SUSTANCIACIÓN. Cuenca, miércoles 8 de junio del 2022, a las 14h03. Adjúntese al proceso el escrito presentado por la parte actora, diligénciese conforme solicita en el escrito que se atiende. Notifíquese-F) DRA. TERESA CAPON PLACENCIA, JUEZA DE SUSTANCIACIÓN.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO: Morona, lunes 10 de enero del 2022, las 12h49, VISTOS: - Cumplido con la diligencia de juramento de domicilio; En lo principal, la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO presentada por: LAURA ISABEL ZHUMI GOMEZ, en contra de ANGEL RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA, legitimario conocido del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ y en contra de los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ, que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada: de ANGEL RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA, legitimario conocido del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ en la dirección que indica en el libelo de la demanda la misma que se realizará por la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, y la documentación pertinente, se deja a disposición de la parte accionada la demás documentación adjuntada a la demanda en virtud del principio de contradicción. A los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ por serle imposible a la parte actora determinar su individualidad o residencia, a pesar de las gestiones hechas y por tanto desconocer su domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se los cite mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en un diario de circulación diaria en esta Provincia y cantón.- Por expreso mandato de la disposición general DECIMA del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que dispone: “En todo juicio en que se demanda la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble situado en el área urbana o rural se citará al respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano. El incumplimiento de esta disposición será causal de nulidad del juicio”, con estricta observancia a la norma citada, se dispone, cítese con la demanda, la calificación de la demanda, a los Representantes legales del Gobierno Municipal del cantón Morona, en la persona de Ing. Franklin Galarza Guzmán y Ab. Verónica Idrovo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico, respectivamente, en la dirección indicada en el libelo de la demanda por medio de la oficina de citaciones. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad al Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial, el correo electrónico señalados, y la autorización que realiza a su abogado defensor Actúe el Ab. José Omar Rivadeneira Jaramillo, Secretario de la Unidad. - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F). Dra. Ivana Jácome, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Morona.

A la parte demandada se le previene de su obligación de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para recibir futuras notificaciones Cuenca, 09 de Junio del 2022

A los demandados se les previene la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones en esta Judicatura.

# 22609

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO K DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACIÓN JUDICIAL A: JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ Se le hace saber que en el Juzgado K de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Tatiana Ochoa Maldonado, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: NATURALEZA: SUMARIO. JUICIO No: 01204-2022-02914 ACCIÓN: DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACION PENSION ALIMENTICIA. ACTOR: PULLA JARAMA FANNY YOLANDA. DEMANDADOS: JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ, en calidad de demandado principal, y de la señora MARIA ZOILA NARVAEZ, en calidad de demandada subsidiaria. CUANTÍA: 3.000 DÓLARES. PROVIDENCIA: JUZGADO “K” DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 11h28.- VISTOS: Cumplido lo dispuesto.-La DEMANDA DE DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACION PENSION ALIMENTICIA, presentada por la señora PULLA JARAMA FANNY YOLANDA, en contra del señor JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ, en calidad de demandado principal, y de la señora MARIA ZOILA NARVAEZ, en calidad de demandada subsidiaria, misma que por clara y completa y reunir con los requisitos establecidos en el Artículo 142 del Código Orgánico General de Proceso, se acepta a trámite SUMARIO conforme el numeral 3 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP por consiguiente se dispone : UNO: CÍTESE al demandado señor JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ, conforme lo solicitado y en atencion al juramento rendido de desconocimiento de domicilio realizado por la parte actora, la CITACIÓN se efectuará por publicaciones de prensa conforme determina el COGEP, Confiérase el extracto de publicacion correspondiente.-En tanto que a la demandada subsidiaria señora MARIA ZOILA NARVAEZ, Citese en la dirección consignada, CITACION que se realizará por intermedio de la Oficina de citaciones, debiendo la parte interesada facilitar las copias necesarias para el cumplimiento de la diligencia dispuesta, debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico si se ha señalado por la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP, con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema, sin que esto sustituya a la citación oficial. DOS: Los demandados tienen el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establece los Artículos 151 y 152 ibídem. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. TRES: Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: Téngase en cuenta la prueba documental que anuncia, así Ofíciese conforme el requerimiento constante en el formulario y documento anexo a fin de que remitan la información requerida en el término de cinco días, bajo prevenciones del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, por cuanto se ha justificado ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa.- Por solicitarlo la parte accionante como prueba a la que es imposible tener acceso, se designa por sorteo de ley efectuado en calidad de perito a ORDOÑEZ UGALDE ANDRES ESTEBAN , quien deberá ser notificado a fin de que presente su informe en el término de diez días; Comparezcan actora, demandado y niño/niña a fin de que se tomen las muestras necesarias al laboratorio del señor perito designado en la presente causa, en el día y hora que se señalará oportunamente cuando de autos conste que se ha realizado la citación correspondiente.-De conformidad con la Resolución Nro. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura que establece la Tabla de Honorarios por especialidad y actividad se fija en CUATROCIENTOS CINCUENTA DOLARES el exámen pericial de ADNla citación al demandado.- Se designa al Médico asignado a esta Judicatura, como delegado de la suscrita Jueza, para la custodia de dicho examen quien será debidamente notificado por cualquiera de los mecanismos que la ley establece.-Conforme el contenido del Art. 146 Inciso tercero, se fija en la suma de CIENTO VEINTE Y SEIS DOLARES AMERICANOS mensuales 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado para su hijo JUAN JOSE PULLA JARAMAN, más las pensiones adicionales, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir de la fecha de presentación de la demanda.- NOTIFÍQUESE a la Señora pagadora para que proceda a la apertura de la tarjeta y, a asignar el código que corresponda para que se proceda al depósito de la pensión alimenticia; así también tenga en cuenta la copia de la cartola presentada por la actora a fin de que se enlace con el código asignado conforme el Sistema Unico de Pensiones Alimenticias SUPA.Notifiquese A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILL A JUDICIAL DE UN ABOGADO O CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 24 de junio de 2022. Dra. ANGÉLICA CÓRDOVA CARDENAS SECRETARIA

NATURALEZA: ORDINARIO

DEMANDADO: JORGE OSWALDO SUCONOTA GIA

SANCHEZ MONTERO GERARDO ALFONSO SECRETARIA

Dra. Tamara Ruiz SECRETARIA

ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO.

DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTE SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ.

ACTOR: HILDA JANNETH MEJIA VASQUEZ

Materia: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN

CITACIÓN JUDICIAL A los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ; SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORONA, A CARGO DE LA DRA. IVANA JÁCOME NOGUERA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA POR: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO EN SU CONTRA CUYO EXTRACTO Y PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: (JUICIO Nro. 14307-2021-01419)

ACTOR: ZHUMI GOMEZ LAURA ISABEL

MATERIA: DIVORCIO CAUSAL

Acción: EJECUTIVO

11A

General Proaño, 11 de Marzo del 2022 #22608

REPUBLICA DEL ECUADOR Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca CITACIÓN JUDICAL Juicio No 01204-2022-01772 A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES RODRIGO BARBA PRADO Y EVELYN GENOVEVA BARBA CORREA Se le hace saber que en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca a cargo del Dr. Felipe Torres Borja ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dice: PROCEDIMIENTO: ORDINARIO ACCION: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO ACTOR CORREA HERAS YOLANDA MERCEDES DEMANDADO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES RODRIGO BARBA PRADO Y EVELYN GENOVEVA BARBA CORREA CUANTIA INDETERMINADA Juicio No. 01204-2022-01772 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 11h53. JUICIO; No.. 01772-2022 VISTOS: Agréguese el escrito presentado, cumplido con lo dispuesto, la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO presentada por la señora YOLANDA MERCEDES CORREA HERAS, por :cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 del COGEP se la califica de clara y completa y se acepta a PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Al efecto se dispone PRIMERO.- Cítese a los herederos desconocidos del señor RODRIGO BARBA PRADO y de EVELYN GENOVEVA BARBA 179942002-DFE. CORREA por publicaciones que se realizara en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la provincia conforme lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del COGEP quienes tiene la obligación de comparecer a juicio señalando y domicilio legal para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de treinta días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el Art. 291 inciso segundo del ibídem, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. SEGUNDO.- 2.1.- Téngase en cuenta la prueba anunciada y requerida por la actora. Agréguese a los autos la documentación adjunta como medios de prueba. 2.2.Comparezcan los testigos anunciaddos a la audiencia con el fin ,de que rindan su testimonio a quienes se les notificara en el domicilio señalado por 1a accionante. TERCERO.- Se le RECUERDA a la accionante que de no comparecer a /a audiencia se aplicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa. NOTIFÍQUESE. - F) DOCTOR LUIS FELIPE TORRES, JUEZ A LA PARTE INTERESADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. CUENCA, 30 DE JUNIO DEL 2022.

# 22637

# 22624

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

AB. PAÚL MOROCHO GUERRERO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

Ab. José Omar Rivadeneira SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORON

# 22640

A: JORGE FABRICIO PEÑA SARMIENTO y DANIA VERONICA PANTOSIN PIEDRA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2022-05547 ACCION: EJECUTIVO MATERIA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDTO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. DEMANDADOS: PEÑA SARMIENTO JORGE FABRICIO Y OTROS. CUANTIA: $ 8.226,68 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2022-05547 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 21 de abril del 2022, a las 11h16. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito que antecede, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados JORGE FABRICIO PEÑA SARMIENTO, Y DIANA VERÓNICA PANTOSIN PIEDRA, en el domicilio señalado, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 17 de junio del 2022, a las 08h41. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade En lo principal, habiéndose cumplido con lo ordenado en auto anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, de conformidad con el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que la parte demandada FRABRICIO PEÑA SARMIENTO y DIANA VERONICA POTOSIN PIEDRA, no consta en registrado en el Registro Consular, y además, habiéndose rendido el juramento respectivo, se dispone citar a los demandados FRABRICIO PEÑA SARMIENTO y DIANA VERONICA POTOSIN PIEDRA, a través de tres publicaciones por la prensa local, para lo cual, la actuaría del Despacho conferirá el respectivo extracto. NOTIFÍQUESE. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 20 de junio del 2022, a las 11h13. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade De conformidad con el Art. 100 del Código Orgánico General de Procesos, con el fin de evitar nulidades a posterior, se colige que el nombre correcto de los accionados son JORGE FABRICIO PEÑA SARMIENTO y DANIA VERONICA PANTOSIN PIEDRA y no como erróneamente se ha hecho constar en el auto anterior, en lo demás estese a lo ordenado. Notifíquese. F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, junio 20 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA 22605-7 (P)

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, DOLORES ISAURA CENTENO FAICÁN, JULIA MARGARITA CENTENO FAICÁN, MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN y LAURA MARÍA CENTENO FAICÁN, cuya individualidad, domicilio y residencia se ha afirmado desconocer, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la señora Jueza Dra. María Esperanza Neira Orellana, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2022-04469 PROCEDIMIENTO: ORDINARIO PRESCRIPCION

ADQUISITIVA

EXTRAORDINARIA

DE

Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2021-08453

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD

DEMANDADOS: herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI

ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA.

CUANTIA: 35,884, 29

DEMANDADOS: SALINAS CHACON JULIA ESPERANZA.

Cuenca, 24/05/2022 08:04 VISTOS: Cumplida que ha sido la providencia anterior con el juramento rendido, en lo principal, la demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio presentada por SANDRA MARLENE SEGARRA CASTRO, cumple con los requisitos generales del artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y completa y se la acepta al trámite ordinario contemplado en el Libro IV, Título I, Capítulo I, Sección I, reglas generales del Código Orgánico General de Procesos. Se dispone se cite a los demandados ELVIRA DOLORES, ANGEL MEDARDO, FELIX BENJAMÍN, ELVIRA MARIBEL, ROMEL DARIO, ISAIAS MAURICIO, ESTHELA ALICIA, ROMAN BOLIVAR, LIGIA LEONOR, MARCELO LEONARDO, ELSA YOLANDA HURTADO FIGUEROA, a BENJAMIN HURTADO IÑIGUEZ y a los herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI, de la siguiente forma: a BENJAMIN HURTADO IÑIGUEZ; y, ELVIRA DOLORES, ANGEL MEDARDO, FELIX BENJAMÍN, ELVIRA MARIBEL, ROMEL DARIO, ISAIAS MAURICIO, ESTHELA ALICIA, ROMAN BOLIVAR HURTADO FIGUEROA, MARCELO LEONARDO y ELSA YOLANDA HURTADO FIGUEROA, mediante COMISIÓN al señor Teniente Político de la parroquia El Valle, en las direcciones indicadas; y, por la prensa, conforme el juramento rendido a los herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI, el señor Actuario del despacho suba la información al sistema y conceda la comisión correspondiente, así como el extracto para la citación pro al prensa, según corresponda, la parte brindará las facilidades. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor Ing. PEDRO PALACIOS ULLAURI y al Dr. RAFAEL LIZANDRO MARTINEZ ANDRADE, en sus calidades de Alcalde de Cuenca y Procurador Síndico del GAD Municipal de Cuenca, o quien haga sus veces, en sus respectivos despachos institucionales, parroquia San Blas, diligencia de citación que la cumplirá uno de los funcionarios competentes de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, a donde se enviará la correspondiente documentación y asimismo se activará la información en el sistema. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Se le advierte a la parte demandada que de conformidad a lo que establece el artículo 290 del Código Orgánico General de Procesos, cuenta con el término de treinta días para dar contestación a la demanda, y anunciar y acompañar a su contestación todos los medios probatorios con los cuales cuente, de no hacerlo su falta de contestación se tendrá como negativa de los hechos. En cuenta la prueba documental, testimonial y pericial, anunciada por la parte actora, misma que deberá ser admitida y producida en el momento procesal oportuno, de ser el caso, conforme dispone el artículo 146 inciso quinto se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca, para lo cual se concederá la documentación necesaria, dirigida al Señor Registrador de la Propiedad del Catón Cuenca, diligencia que se cumplirá antes de la citación a los demandados, debiendo el Actor, presentar el certificado respectivo; adjúntese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda, en cuenta la cuantía que fija el actor. Notifíquese en el casillero judicial y correo electrónico señalados para el efecto, téngase presente la autorización conferida a los profesionales del derecho para que asuman la defensa técnica de la parte actora. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- C. Palacios V .C. Palacios V. A los demandados, se le previene la obligación que tiene de señalar casilla judicial para notificaciones posteriores. Cuenca, 25 de mayo del 2022

PROVIDENCIA:

Cuenca, 5 de julio de 2022.

#22647

Naturaleza: Civil/ ORDINARIO Actor: SANDRA MARLENE SEGARRA CASTRO,

MATERIA: PAGO DE DINERO

CUANTIA: $ 1.595,46

A la citada se le previene señalar domicilio judicial y correo electrónico para futuras notificaciones.

A: herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI. Se les hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Cesar Palacios Vintimilla, se ha presentado una una demandada en su contra con la providencia se trascribe en su integridad y es como sigue: Materia: prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio

ACCION: EJECUTIVO

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, DOLORES ISAURA CENTENO FAICÁN, JULIA MARGARITA CENTENO FAICÁN, MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN y LAURA MARÍA CENTENO FAICÁN "Cuenca, Martes 26 de Abril del 2022, a las 08h18. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, de acuerdo a la Acción de Personal número 854-22-UTHA-AFF, de fecha 20 de abril del 2022 y en virtud del sorteo practicado. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, a la demanda presentada por FANNY LUCÍA VILLA FAICÁN por cumplir con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándola a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese a los HEREDEROS CONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, los señores: ZOILA CELINA ZENTENO FAICÁN y su cónyuge MANUEL IGNACIO PONCE CRIOLLO, ROSA LEOVINA CENTENO FAICÁN y CARLOS ENRIQUE ZENTENO FAICÁN en las direcciones señaladas, diligencia que se comisiona al Señor Teniente Político de la Parroquia Paccha, debiendo enviarse despacho suficiente; a la cónyuge sobreviviente y HEREDEROS CONOCIDOS DE MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN, los señores: ZOILA MERCEDES PONCE CRIOLLO, MÓNICA RAQUEL CENTENO PONCE, LUIS ALBERTO CENTENO PONCE, CARLOS RODRIGO CENTENO PONCE, MIGUEL ANTONIO CENTENO PONCE y WALTER ISIDRO CENTENO PONCE, de la siguiente manera: Zoila Mercedes Ponce Criollo, Mónica Raquel, Luis Alberto, Carlos Rodrigo y Miguel Antonio Centeno Ponce, en el domicilio señalado, diligencia que se depreca a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, Provincia del Guayas, debiendo enviarse el despacho respectivo por vía electrónica; en el caso de Walter Isidro Centeno Ponce, la diligencia de citación se comisiona al Señor Teniente Político de la Parroquia Paccha, debiendo enviarse suficiente despacho; a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, DOLORES ISAURA CENTENO FAICÁN, JULIA MARGARITA CENTENO FAICÁN, MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN y LAURA MARÍA CENTENO FAICÁN, a través de uno de los medios de comunicación, en la forma determinada por el artículo 58, en relación con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que confiérase el extracto respectivo. Citados todos los accionados, de conformidad con el inciso segundo del artículo 291 del mencionado cuerpo de leyes, en el término de TREINTA DÍAS contestarán la demanda, contestación a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Inscríbase la 'demanda en el Registro de la Propiedad. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, por intermedio de la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada. Téngase en cuenta la prueba anunciada, casilla judicial, el correo electrónico, así como la autorización concedida. NOTIFÍQUESE.F) Dra. María Esperanza Neira Orellana / Jueza"

JUICIO N°01333-2022-07282

A: JULIA ESPERANZA SALINAS CHACON.

ACTOR: FANNY LUCIA VILLA FAICAN

DRA. LORENA LOPEZ BARRETO, SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CUENCA

NOTIFICACION JUDICIAL

CITACION JUDICIAL

JUICIO Nro. 01333-2022-04469

MATERIA: DOMINIO

UNIDAD JUDICAL CIVIL DE CUENCA

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

Juicio No. 01333-2021-08453 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 18 de octubre del 2021, a las 08h12. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en una certificación expedida por contador público por línea de crédito de tarjeta de crédito, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado JULIA ESPERANZA SALAINAS CHACON, en el domicilio señalado, a través de la oficna de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 30 de marzo del 2022, a las 08h10. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade En lo principal, habiéndose cumplido con lo ordenado en auto anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, de conformidad con el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que la parte demandada JULIA ESPERANZA SALINAS CHACON , no consta en registrado en el Registro Consular, y además, habiéndose rendido el juramento respectivo, se dispone citar a la demandada JULIA ESPERANZA SALINAS CHACON , a través de tres publicaciones por la prensa local, para lo cual, la actuaría del Despacho conferirá el respectivo extracto,. NOTIFÍQUESE.-F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, marzo 31 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

F) Dr. Pablo Torres Borja Secretario Unidad Judicial Civil Cuenca. #22643

#22638


12A

ECUADOR

Ministro informa plan José Ruales, ministro de Salud, presentó a la Sociedad Ecuatoriana de Salud Pública el Plan de Transformación del Sistema Integral de Salud.

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

La designación debe realizarse de una terna del Ejecutivo

El tiempo está en contra para designar al nuevo Procurador

Íñigo Salvador, actual procurador del Estado, está en funciones desde el 2018. API

Política

Íñigo Salvador es el titular de la dependencia desde julio de 2018. Sus funciones terminan este 31 de julio.

Í

ñigo Salvador le queda 21 días al frente de la Procuraduría General del Estado (PGE), pero el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) tiene el tiempo en contra para designar a su sucesor por lo que, eventualmente, puede ser prorrogado en sus funciones hasta que concluya el proceso. En julio de 2018, el CPCCS Transitorio designó a Salvador para el cargo para un periodo de cuatro años de una terna propuesta por Lenin Moreno, entonces presidente de la República. El 2 de abril del 2022, el Cpccs, presidido por Hernán Ulloa, aprobó el reglamento para la designación de la nueva autoridad que presidirá esta entidad del Estado. Una comisión integrada por cinco delegados de los consejeros del pleno del Cpccs deberán verificar los requisitos, prohibiciones e inhabilidades de la terna que

Otros requisitos La terna propuesta por el presidente de la República deberá estar conformada respetando la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad, señala el reglamento para la designación. Los postulantes deberán cumplir requisitos como ser ciudadano ecuatoriano y encontrarse en el ejercicio de sus derechos políticos, tener título profesional de tercer nivel en Derecho reconocido en el país, haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas por un lapso mínimo de diez años, demostrar probidad y ética y no pertenecer ni haber pertenecido en los últimos diez años a la directiva de ningún partido o movimiento político. será propuesta por el Ejecutivo con el acompañamiento de una veeduría ciudadana. Según la normativa vigente, el Ejecutivo debe enviar la terna en un plazo máximo de cinco días, desde la solicitud efectuada por el presidente del Consejo. La terna deberá estar integrada por candidatos idóneos considerando los criterios de especialidad, experiencia méritos y la inexistencia de prohibiciones e inhabilidades. El procedimiento M a r í a Fe r n a n d a Rivadeneira, vicepresidenta del Consejo Ciudadano, no descartó que, en una sesión del pleno hay la posibilidad de oficializar el pedido al jefe de Estado para que

remita la terna. La funcionaria reconoció demoras en el procedimiento de designación por los últimos acontecimientos ocurridos en el país por las movilizaciones de la Conaie. “Una vez que envíe la terna, empezaremos con el proceso y en un mes y medio estaría elegido el nu evo t i t u l a r d e l a Procuraduría General”, afirmó Rivadeneira, quien espera que los tiempos para el nombramiento puedan acortarse. Frente a la posibilidad de que el actual Procurador pueda ser prorrogado en funciones, como ya ocurre con los vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE), Rivadeneira señaló que las autoridades están prorrogadas en sus cargos por las malas administraciones de

Trámite

Asamblea conoce veto a Ley de Uso Legítimo de la Fuerza El artículo 64 de la Ley de la Función Legislativa dice que Asamblea examinará la objeción parcial en máximo de 30 días. La Comisión de Soberanía de la Asamblea avocó conocimiento de la objeción parcial de Guillermo Lasso, presidente de la República, al proyecto de Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza que fue aprobada por el Legislativo el 7 de junio pasado. Entre las principales objeciones realizadas por el primer mandatario se encuentran temas relacionados con el uso de la fuerza por niveles; participa-

El Pleno de la Asamblea debe tratar la objeción en el plazo de un mes. Asamblea

ción de militares en un estado de emergencia, además del de excepción; fiscalización de las acciones de Fuerzas Armadas, investigaciones luego de haber usado la fuerza; y, que los servidores (policías y militares) regulados por esta ley no cometan infracción penal alguna en cumplimiento de su deber legal. Ramiro Narváez, presidente de la Comisión

Legislativa, señaló que las obser vaciones del Ejecutivo representan el 16% del total del proyecto. Sin embargo, subrayó que se debe hacer una análisis profundo de la propuesta presidencial, ya que se han encontrado observaciones que contravendrían la Constitución y permitiría la subjetividad en la aplicación de la fuerza. (SCC)-(I)

www.elmercurio.com.ec redaccion1@elmercurio.com.ec

Protestas

Las causas que debe resolver la Fiscalía tras el paro La Fiscalía General del Estado informó de 261 causas que están en fase reservada de investigación previa y 29 instrucciones fiscales por los presuntos delitos de paralización de un servicio público, daño a bien ajeno, resistencia y robo. Esto tras la movilización convocada por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) que inició el 13 de junio y concluyó el 30 de ese mes tras la firma del “acta de paz” entre el gobierno y los líderes de la Conaie, de la Federación Ecuatoriana de Indígenas Evangélicos (Feine), y la Federación Nacional de Organizaciones Indígenas y Negras (Fenocín).

El ministerio público espera superar el déficit de agentes fiscales para despachar estos procedimientos. Por lo pronto, el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) designó la última semana a 25 fiscales para las provincias de Cañar, Esmeraldas, Guayas, Loja, Manabí, Morona S a n t i a g o, O r e l l a n a y Pichincha. La entidad anunció que, en coordinación con la Fiscalía, dirigieron a Pablo Arosemena, ministro de Economía y Finanzas, recientemente posesionado en el cargo, un oficio donde se le solicita un incremento presupuestario para fortalecer a la Función Judicial. La Judicatura no precisó el monto requerido a esta la cartera de Estado. (SCC)-(I)

las anteriores autoridades. “Por eso nosotros tomamos la decisión de remover en el cargo a la entonces presidenta Sofía Almeida porque estuvimos más de tres meses sin sesionar, ella convocaba a sesiones, y luego suspendía”, recordó. Correlación de fuerzas Fernando Cedeño, expresidente del Cpccs, atribuyó la demora en los procesos de designación porque este es un organismo “extremadamente politizado y siempre están jugando con lo que ocurre en la coyuntura política”. Cedeño se refirió así por la reciente conformación de una nueva mayoría que destituyó del cargo a Sofia Almeida el 9 de febrero de 2022. (SCC)-(I)

Si el Cpccs resuelve aceptar las impugnaciones de los 3 candidatos que proponga el gobierno, el Ejecutivo deberá enviar una nueva propuesta.

El edificio de la Fiscalía, ubicado en Quito, fue atacado por los manifestantes. API

Informe recomienda la destitución del cargo de Yeseña Guamaní Con cuatro votos a favor y uno en contra, la comisión legislativa mu l t i p a r t i d i s t a d e mayoría opositora recomendó la destitución del cargo de Yeseña Guamaní (ID), como segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional. El informe deberá pasar al pleno de esta función del Estado para su debate y resolución. El 18 de mayo, Jhajaira Urresta, de la

bancada de la Unión por la Esperanza (UNES) -alineada al correismoacusó a Guamaní de incumplimiento de funciones tras haber dado paso a una moción previa, que dio como resultado la suspensión del punto del orden del día para la calificación del Proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal Tras la Pandemia Covid- 19. (REM) (I)


Sección

B

DEPORTES

El volante ecuatoriano ya está en pretemporada

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Moisés Caicedo ya se unió a su equipo el Brigthon para los trabajos de pretemporada en Portugal. El volante de la tricolor se sacó una selfie con Enciso flamante fichaje del club inglés.

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Miguel Cordovez

entrega subtítulo para Ecuador en la MX1

Nos faltó poco para tener el primer lugar, pero lo dimos todo y de seguro tendremos una revancha en la próxima carrera”, así se refirió el piloto ecuatoriano Miguel Cordovez, quien entregó al país el subtítulo en el Campeonato Latinoamericano de Motocross, que se cumplió ayer en el Circuito Ramón Narro, ubicado en Cajamarca, Perú. El oriundo de Latacunga cerró su participación en la cita internacional con 45 puntos, tras conseguir un tercer puesto en la primera manga y un primer lugar, en la salida final. El ganador del evento tuerca fue el venezolano Raimundo Trasolini, que sumó 47 unidades; mientras la tercera ubicación fue para su coterráneo Carlos Badiali con 42 puntos. A pesar de estar entre los mejores del latinoamericano, el “Coyote” comenta que siente ´bronca´, pues su performance mostrado en las carreras previas evidenciaba su favoritismo para llevarse el título; no obstante, dos caídas en la primera salida lo alejaron de lo más alto del podio. “Tenía una gran ventaja, pero así es el deporte. Aquí en Cajamarca se presentaron colegas muy rápidos y todo podía pasar”, argumentó el motocrosista de Cotopaxi a Diario EL MERCURIO. Sin embargo, su talento y ritmo fue puesto en escena y al final fue el principal protagonista para que el Team Ecuador esté entre las delegaciones más destacadas de la cita, cumplida en Cajamarca, que gracias a sus habitantes tuvo una verdadera “fiesta” deportiva. “Lamentablemente unos errores en la

primera manga fueron decisivos para no llevarme el trofeo de campeón. En la segunda, ya nos recuperamos y salimos hacer lo nuestro, pero mis rivales fueron fuertes y estaban conscientes que de ellos dependía para obtener el título. Estamos contentos con el resultado, pero no satisfechos, vamos a seguir dando pelea para estar entre los mejores del continente”, aseguró el piloto ecuatoriano, de 33 años, quien fue uno de los más solicitados por el público peruano para la firma de autógrafos y para la captura de fotografías. Cordovez, luego de su participación en Cajamarca, dedicará un tiempo para descansar, y de inmediato alistará todo para buscar el primer lugar en el Campeonato Nacional de Motocross, que se cumplirá el próximo 23 y 24 de julio, en Santo Domingo de los Tsáchilas. De igual manera será protagonista en una fecha más del Provincial en Azuay, a disputarse el domingo 17 de julio, en la Pista MX Track, de Capulispamba. (IAA) (D)

El tricolor fue uno de los más laureados en la pista peruana, que fue copada por más de 2.000 aficionados.

El piloto cuencano Andrés Benenaula (Kawasaki) no se quedó atrás y gracias a su experiencia fue otro de los ecuatorianos que estuvo dentro del top cinco del Latinoamericano de Motocross. El “Beneno”, con 33 puntos, alcanzó la cuarta posición en la tabla acumulada. Su coterráneo Justiniano Romero, de Suzuki, tuvo mala jornada, pero a pesar de esa situación cerró el evento internacional en el puesto 16 con 10 unidades. Romero se retiró en la segunda manga por problemas en la llanta delantera.

Miguel Cordovez, de KTM, sostiene sus medallas y trofeo que lo acreditan como subcampeón del latinoamericano de MX1, celebrado en Cajamarca, Perú. IAA

Nicolás Merchán: “Daré más guerra en mis próximos latinos” El cuencano Nicolás Merchán (Honda) fue uno de los debutantes en el Campeonato Latinoamericano de MX1, que se disputó en Cajamarca, Perú. De acuerdo al representante tricolor, esta experiencia la califica como positiva, pues cerró el certamen con un séptimo lugar en el puntaje acumulado. A pesar de la caída en la primera manga, el “Niki”, mejoró en sus ubicaciones, y de la posición 18 pasó a la octava plaza, dando muestras de su potencial en la categoría “reina” del motocross. Ya en la segunda salida, el azuayo realizó una presentación sin errores y de esta manera entró en la meta en la sexta plaza. “Estoy contento por estos resultados, es mi primera experiencia dentro de este campeonato, me sentí muy feliz y disfruté mi participación. A pesar de mi caída en la primera manga, me pude recuperar y salí con todo para rebasar a mis rivales y estar entre los mejores 10 del latino; no obstante, mi idea era estar en el top cinco, pero nos vamos satisfechos”, comentó el cuencano, de 23 años. Merchán tiene el objetivo de revalidar su título latinoamericano en la categoría MX2 y también buscar los primeros lugares en los Campeonatos Nacionales y Provinciales. (D)

Premiación a los tres mejores pilotos del Latinoamericano cumplido en Cajamarca-Perú. IAA

Posiciones finales 1-Raimundo Trasolini-47 puntos (KTM) Venezuela 2-Miguel Cordovez-45 puntos (KTM) Ecuador 3-Carlos Badiali-42 puntos (Yamaha) Venezuela 4-Andrés Benenaula-33 puntos (Kawasaki) Ecuador 5-Daniel Bortolini-32 puntos (Husqvarna) Venezuela 6-Yarod Vargas-32 puntos (Husqvarna) Costa Rica 7-Nicolás Merchán-28 puntos (Honda) Ecuador 16- Justiniano Romero Jr.- 10 puntos (Susuki) Ecuador

Nicolás Merchán fue uno de los ecuatorianos presentes en el Latinoamericano de Motocross MX1. IAA


2B

D EPORTES

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

La Cronoescalada aceitó a tropa azuaya Gran Nacional

Un centenar de ciclistas se dieron cita en Narancay para imprimir la mayor velocidad posible en un ascenso en montaña.

Infantil A Damas: María Paz Villalta, María José Caguana. Varones: Joaquín Arias, Mateo Cárdenas. Infantil B Damas: Alison Morocho, Jordana Muñoz, María Paz Pugo. Varones: Julián Machuca. Infantil C Damas: Sofía Paute. Varones: Nicolás Caivinagua, Ismael Olmedo, Esteban Orellana. Infantil D Damas: María Orellana Varones: Andy Loja, Martín Arias, Isaac Banegas. Abierta Damas: Michela Molina, Daniela Machuca, Jessy Cabrera. Varones: William Tobay, Juan Banegas, Cristian Tapia. E-Bike Juan José Donoso. Ejecutivos: Jorge Palomeque, Henry Ledesma, Juan Bravo. Juvenil Damas: Dayanna Mendoza Varones: Juan Manuel Córdova, José Pilco, David Monge.

E

l clima conspiró contra el desarrollo normal del calendario de los ciclomontañistas azuayos, sin embargo, sus dirigentes buscaron la manera de activar a su tropa de cara al Gran Nacional de Cross Country que se desarrollará el 16 y 17 de julio en Loja. “Es el campeonato absoluto que corona a los campeones nacionales por categoría. Vamos con una delegación de 25 deportistas. Hemos tenido buenos resultados en las Copas Nacionales y esperamos ratificar estos resultados”, dice Santiago Padilla. Este domingo 10 de julio, en la Hacienda de la Familia Merchán, en Narancay, 106 ciclistas asistieron a la segunda válida de la Copa Provincial, modalidad Cronoescalada. “No se pudo hacer Cross Country. Debido a las lluvias no se pudo hacer un circuito. Tratamos de improvisar un poco con el tema de una cronoescalada, tuvimos acogida, eso es bueno”.

Ganadores

Máster A Damas: Evelyn Delgado, Andrea Mata, Ana Cevallos. Varones: Jaime Tapia, Felipe Egues, Felipe Orellana, William Tobay registró el mejor tiempo en varones con 14m28s mientras Michela Molina impuso el mejor tiempo en damas con 19m29s. XCA

Hubo dos largadas. Una para los infantiles de aproximadamente dos kilómetros; otra de 3,5 km con un desnivel de 330 metros para los más adultos. Padilla indica que en un Cross Country los entrenadores evalúan la técnica del deportista, no así en una cronoescalada donde se impone un poco más el físico, no obstante, estuvo satisfecho con los tiempos que alcanzaron los seleccionados. Una de las cartas bravas del Azuay es Michela Molina. Tras su participació n en lo s Ju eg os Bolivarianos de Valledupar, con un cuarto puesto en ruta y una medalla de bronce en montaña, resaltó el certamen provincial porque

“ayuda a mantenernos con el ritmo de carrera”. Su preparación apunta al Campeonato Panamericano de Brasil 2023, clasificatorio para los Juegos Olímpicos París 2024. Antes irá a los Juegos Sudamericanos de Asunción, en octubre de 2022. En Colombia, una falla mecánica frenó su esperanza de pelear la medalla de oro. “Corté la llanta en la segunda vuelta, perdí mucho tiempo porque estaba muy lejos del abasto y tuve que correr mucho. Después que cambié la llanta no daba muy bien el aro en mi bicicleta y me saltaban los cambios. Entonces, en adelante mi carrera fue cuidar la medalla de bronce porque no podía rendir de

Daniela Machuca

nuevo al 100 %”. William Tobay es otro de los referentes del ciclomontañismo azuayo. Pese a su buen momento deportivo no fue considerado para el C a m p e o n a t o Panamericano ni para los Juegos Bolivarianos, sin embargo, espera ir a los Juegos Sudamericanos. Respetuoso siempre con las decisiones de quienes están al frente de las diferentes selecciones, Tobay tienen clara su ruta. De no estar considerado para Asunción, después del Gran Nacional se enfocará a entrenar en ruta para ir con marcas privadas al C a m p e o n a t o Panamericano de Maratón a celebrarse del 9 al 11 de septiembre en Brasil. (BST)-(D)

Máster B Damas: Aurora Alvarado, Jessi Quintanilla. Varones: Fabián Luzuriaga, Xavier Coellar, Paúl Vélez. Máster C Juan Carlos Córdova, Marcelino machuca, Augusto Arias, Novatas 2 Damas: Noelia Cárdenas, Eduarda Segarra, Paula Gárate. Varones: James García, Xavier Santos, Boris Coello. Novatos 1 Tomás Coellar, Samuel Quizhpe, Samuel Álvarez. Novatos 3 Xavier Naula, Santiago Salamea, Marlon Ledesma. Prejuvenil Damas: Analía Lloglla Varones: Samuel Loja, Alejandro Morocho, Ismael Ordóñez. Senior Damas: Fritzi Fernández Varones: Andrés López, Daniel Jara, Israel Gurnizo Sub 23 David Lema, Jhon Machuca

Joaquín Arias

Su meta es llegar a los Juegos Sudamericanos de Asunción. “Voy campeona nacional, pero tengo que mejorar mis tiempos con respecto a las élites. Hace un mes salí a Argentina (Juegos Panamericanos Juveniles), me fue bien, quedé séptima. Fue una gran experiencia”. Sus referentes son Myriam Núñez y Michela Molina. “Quiero ser como ellas y tratar de superarlas”, remarca la ciclista de 17 años.

Tiene ocho años, hace dos incursionó en el ciclismo motivado por su familia. “La cronoescalada estuvo duro, pero fue muy motivador, llegué fresco”. Uno de sus primos es el seleccionado Juan Francisco Banegas. “Mi objetivo es siempre llegar al primer lugar. Mis entrenadores son mis papis María Fernanda Rosales y Gonzalo Arias. Con ellos salgo a veces a las ciclovías o rutas como esta”.

Schürrer: buscaremos clasificar a la Sudamericana RESULTADOS

La lucha empieza esta noche cuando recibe a Guayaquil City en el cierre de la primera fecha de la segunda etapa

E

sta noche desde las 19:00 Deportivo Cuenca empezará a consolidar el objetivo que se trazó a principios de año. Son 15 fechas en las que sumar puntos de local y visitante serán claves para ubicarse entre los ocho que serán agasajados a fin de año con un torneo internacional. Aunque vienen los partidos de revancha, con Guayaquil City habrá un tinte especial, considerando que el Expreso Austral en la ida no pudo presentar a su plantel estelar ni completar un onceno. Al no cumplir con el mínimo de jugadores en cancha (7) el árbitro suspendió el compromiso y decretó el triunfo ciudadano por 3-0. El profesor Gabriel Schürrer prefiere dar vuelta a la página y concentrarse en iniciar un buen segundo semestre. Para el

Universidad Católica Aucas 9 de Octubre Gualaceo SC Independiente Macará

2-1 Mushuc Runa 2-0 Orense SC 2-0 Técnico Universitario 0-1 Liga de Quito 2-0 Cumbayá 1-3 Emelec

Desafíos morlacos

Lucas Mancinelli (C) esta en duda para el partido de esta noche. Cortesía

estratega argentino, las segundas etapas siempre son más competitivas porque los clubes apuestan todo por clasificar a un torneo de la Conmebol o a evitar un descenso. En esta oportunidad, asegura, su equipo trabajó para aprovechar las debilidades del rival a partir de neutralizar sus fortalezas: pelota parada, contrataque y remates desde fuera del área. Va a ser un partido largo, de mucha paciencia, advierte. No obstante, está tranquilo con lo que planificaron durante la semana para evitar caer en la ansiedad o desesperación cuando el rival cierre sus líneas cerca del área para

defenderse. El juego por las bandas es uno de los caminos que intentarán explotar para generar espacios, aunque no es el único. Los refuerzos Schürrer se muestra muy empático con la situa-

ción económica del club y si bien no pudieron reforzar el plantel, anticipa que serán competitivos y “vamos a dar pelea para clasificar a la Sudamericana”. Aunque reconoce que le gusta que haya competitividad en todas las posi-

Clasificar a un torneo internacional. Su última participación en un torneo Conmebol fue en la Sudamericana 2018. Mejorar el rendimiento de local. En la primera etapa de 2022 alcanzó un rendimiento del 57,14 %, inferior al de 2021 que fue del 61,9 %. Mantener o superar el rendimiento de visitante. En 2022 alcanzó el mayor rendimiento de visita (37,5 %) desde la creación de la LigaPro. En 2019 fue de 19,05 %; en 2020, 23,81 %; y en 2021, 12,50 %. ciones, a fin de potenciar rendimientos, confía que el trabajo desarrollado con el mismo plantel (sin bajas ni altas) de sus frutos y se refleje en la cancha. Sus refuerzos serán los futbolistas que por distintas lesiones no pudieron presentarse en gran parte

de la primera etapa: Raúl Becerra, Efrén Mera, Manu Balda… Lucas Mancinelli es la principal duda para esta noche por una tendinitis en la rodilla. Schürrer espera tenerlo al menos como alternativa en el banco de suplentes. (BST)-(D)

Guayaquil City ganó dos veces en Cuenca cuando se llamaba River Plate Ecuador. El primer triunfo fue en marzo de 2015 (1-2); el segundo, en julio de 2016 (2-3). En 11 partidos disputados ante Guayaquil City en el estadio Alejandro Serrano Aguilar, el Cuenca tiene a su favor cinco triunfos y cuatro empates contra dos derrotas. La última vez que se enfrentaron en Cuenca fue el 27 de febrero de 2021 con resultado a favor de los locales con tantos de Diego Dorregaray, Federico Jourdan y Luis Chicaiza (3-0).


D EPORTES

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Djokovic se despega de Federer y estrecha el cerco con R. Nadal Wimbledon

Novak Djokovic confía en poder estar en el US Open, porque ahora mismo, con la legislación actual de salud el serbio no podrá entrar en los Estados Unidos

E

l serbio Novak Djokovic, que ya suma 21 Grand Slams, estrechó este domingo el cerco con Rafael Nadal, líder de la clasificación histórica con 22, y se despega de Roger Federer, que acumula 20. El de Belgrado conquistó este domingo su séptimo Wimbledon en la final ante Nick Kyrgios, al que super ó e n c u a t r o s e t s. Con este título en Londres, Djokovic suma 21 Grandes, nueve de ellos en Australia, dos en Roland Garros, siete Wimbledon y tres US Open. Solo le aventaja en la clasificación histórica Nadal, que acumula dos Abiertos de Australia, catorce Ro l a n d G a r r o s, d o s Wimbledon y cuatro US Open, y por detrás queda Federer con 20 y Pete Sampras, con catorce. El 2022 comenzó con un triple empate entre los tres miembros del ‘Big Three’. Lo rompió Nadal con las

3B

Charles Leclerc: Necesitaba este triunfo El monegasco Charles Leclerc (Ferrari), que este domingo ganó el Gran Premio de Austria, el undécimo del Mundial de F1 declaró en el Red Bull Ring de Spielberg, que “necesitaba esta victoria, porque las últimas cinco carreras fueron difíciles”, para él “y para el equipo”. “Necesitaba esta victoria, porque las últimas cinco carreras han sido muy difíciles, para mí y para el equipo. Ha sido una muy buena carrera; y el ritmo estaba ahí”, comentó Leclerc, de 24 años, después de lograr su tercer triunfo del año, el quinto desde que corre en la categoría reina y el primero de Ferrari en Austria desde que gana-

se allí por última vez en 2003 el alemán Michael Schumacher, séptuple campeón del mundo de F1. “Al principio hemos tenido una buena lucha con (el neerlandés) Max (Verstappen, líder del Mundial, que acabó segundo), pero al final fue increíblemente difícil, porque tuve un problema con el acelerador , que se atascaba el 20 o el 30 por ciento: era muy complicado, pero hemos conseguido aguantar hasta el final y estoy muy contento”, dijo Leclerc, que avanzó un puesto y ahora ocupa la segunda plaza del Mundial, con 170 puntos, 38 menos que el nuevo ídolo deportivo de los Países Bajos. (EFE) (D)

Djokovic pese a su campeonato sufrirá una baja en el Ranking de la ATP. EFE

victorias en Australia y Roland Garros, poniendo un histórico 22 en el marcador. Djokovic, que no pudo participar en Australia al ser deportado, cayó en los cuartos de final de París, y se alzó con el triunfo en Wimbledon. Está en duda si podrá participar en agosto en el US Open, ya que Estados Unidos no deja entrar al país a no vacunados. Federer, por su parte, no juega desde Wimbledon 2021 y tiene planeada su

vuelta al circuito para finales de año, con la disputa de la Laver Cup y el torneo de Basilea. El último Grand Slam que logró el suizo fue en Melbourne en 2018. Bajón en el Ranking La victoria de Novak Djokovic en Wimbledon no evitará el descalabro en el ranking del serbio, que caerá hasta la séptima posición al no poder defender los puntos del

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

DRA MIRIAM VAZQUEZ CORONEL Juicio nro. 01333-2018-05056

JUICIO No. 01333-2022-07188

A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ANDRES ANTONIO BORJA PONCE, le hago saber que en la Unidad Judicial Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Gabriela Álvarez Cornejo, jueza, se ha propuesto una demanda, NATURALEZA: Prescripción Adquisitiva de dominio Cuantía: $ 1250 USD JUICIO NO. 01333-2022-07188 SEGUIDO POR: GUZMAN BERMEO JORGE FERNANDO EN CONTRA DE BORJA PONCE ANDRES ANTONIO JOSEPHINE MARGARET VITERI BORJA

A ARIAS ORELLANA PABLO ANDRES, se le citará por la prensa, conforme manda el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se les hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Miriam Vázquez Coronel, se ha presentado una petición solicitando copias certificadas conforme lo dispuesto en el artículo 118 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 211 ibídem , cuyo extracto con la providencia recaída en ella , es al tenor siguiente: NATURALEZA: EJECUTIVO MATERIA DINERO ACTOR: ACARO LLANES MARIO EFREN DEMANDADO: ARIAS ORELLANA PABLO ANDRES, CUANTIA: INDETERMINADA

JUEZA PONENTE: MARIA GABRIELA ALVAREZ CORNEJO VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa por sorteo de ley. Por clara, completa y reunir con los requisitos de ley, se acepta a trámite la demanda ordinaria sobre prescripción adquisitiva ORDINARIA de dominio propuesta por JORGE FERNANDO GUZMAN BERMEO contra LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ANDRES ANTONIO BORJA PONCE y la su conyuge sobreviviente la señora JOSEPHINE MARGARET VITERI BORJA a quienes se les corre traslado para que la contesten y proponga excepciones en el término de ley bajo prevenciones de rebeldía. Inscríbase la demanda en la Emov ep, Ant y Registro Mercantil de Cuenca. En cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial señalada para recibir notificaciones posteriores y la autorización dada a su defensor. Cítese a la parte demandada en el lugar que se indica mediante deprecatorio electrònico a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de lo Civil de Quito LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ANDRES ANTONIO BORJA PONCE se los citarà mediante publicaciones por la prensa. Notifíquese. f).- Gabriela Álvarez Cornejo, JUEZA. A LA PERSONA CITADA LE PREVENGO QUE TIENE la obligación de señalar casilla judicial o correo electrónico para recibir notificaciones. Cuenca, 05 de julio de 2022. Dra. Cecilia Figueroa Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD CIVIL DE CUENCA 22606-7 (P)

Juicio No. 01132-2022-00028 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, viernes 8 de julio del 2022, a las 09h52. REPÚBLICA DEL ECUADOR SALA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY JUICIO N°. 01132-2022-000028 ACTOR: OTAVALO AREVALO MANUEL ARIOSTO DEMANDADO: CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH MATERIA: HOMOLOGACION DE SENTENCIA CUANTIA: INDETERMINADA CITACIÓN A: CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH, CUYA RESIDENCIA BAJO JURAMENTO SE AFIRMA ES IMPOSIBLE DETERMINAR. Se le hace saber que dentro del Juicio por HOMOLOGACION DE SENTENCIA Nro. 011322022-00028, propuesto por OTAVALO AREVALO MANUEL ARIOSTO en contra de CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH, proceso a través del el demandante acude a la Sala de Familia, Niñez , Adolescencia y Adolescentes Infractores del Azuay y solicita se proceda a la homologación de la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Superior del Estado de Connecticut Distrito Judicial de New Haven en la ciudad de Meriden, número de expediente FA-16-6009405 ante el juez MCNAMARA con fecha del juicio 09/12/2016 , conforme lo establece el Art. 105 COGEP para lo cual este Tribunal ha dictado la siguiente providencia: "Juicio No. 01132-2022-00028 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, martes 28 de junio del 2022, a las 14h28. VISTOS: El Primer Tribunal fijo de la Sala de la Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, ha recibido el sorteo de la presente demanda de homologación de sentencia extranjera. El Tribunal se encuentra conformado por los señores Jueces: Alexandra Vallejo Bazante, Mateo Ríos Cordero, y María Augusta Merchán Calle, actuando en calidad de jueza ponente y de sustanciación y en razón de aquello avocamos conocimiento de la presente causa. Por consiguiente, luego que acorde a lo dispuesto en providencias inmediatas anteriores se ha cumplido con los requisitos de admisibilidad de la acción se califica de clara y completa la misma y se dispone: 1.- Se dispone la citación en la forma pedida, para lo cual se librará el extracto de citación que se hará cargo la parte interesada para los fines que en derecho corresponde. 2.- Se dispone se le haga conocer al Registro Civil con la presente acción para los fines que importen en derecho. 3.- Cumplida con la citación en los términos dispuestos en la ley vuelvan los autos para disponer lo que corresponda.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- F.-MERCHAN CALLE MARIA AUGUSTA JUEZA PROVINCIAL(PONENTE)VALLEJO BAZANTE BLANCA ALEXANDRA JUEZA PROVINCIAL ,RIOS CORDERO ESTEBAN MATEO JUEZ PROVINCIAL" A : CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH, se le advierte la obligación de señalar casilla judicial, casillero electrónico y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 8 de julio del 2022 / AB. VIVIANA PADRON CORREA SECREATARIA RELATORA DE LA SALA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY. PADRON CORREA VIVIANA PATRICIA SECRETARIA

año pasado. Djokovic perderá 2.000 puntos, por el triunfo de 2021, que no ha podido defender ya que la ATP decidió no entregar puntos en este torneo por el veto a rusos y bielorrusos. El hombre que tiene el récord de semanas como número uno, con un total de 373, aparecerá hoy en su posición más baja desde agosto de 2018, cuando fue número diez del mundo. (EFE) (D)

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PROVIDENCIA Juicio No. 01333-2018-05056 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 15h08. Juez/a: Miriam Cristina Vázquez Coronel VISTOS: Agréguese el escrito presentado por el accionante, en cuenta su contenido. El accionante ha rendido juramento (fs. 66), se ha actualizado el Registro Consular, por lo que cumplido lo dispuesto y proveyendo lo solicitado, en lo principal: 1.- NOTIFICACIÓN/CITACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 211 ibídem, cúmplase con la diligencia de citación/notificación por la prensa al señor ARIAS ORELLANA PABLO ANDRES, conforme lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, mediante publicaciones que se realizarán en TRES fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca y en la Provincia del Azuay. EXTRACTO: Dejando constancia en el proceso, entréguese el extracto correspondiente. Conforme lo dispuesto en el Art. 211 se les hará conocer que para que la copia de una actuación judicial tenga valor deberán haber sido ordenadas judicialmente y con citación o notificación a aquella contra quien se quiere hacer valer la compulsa. a. 2.- COPIAS: Cumplido lo dispuesto, sin que medie solicitud alguna, dejando constancia en el proceso confiérase las copias certificadas que se solicitan. 3.- FIRMA: Acorde a lo dispuesto en los Arts. 13 y 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos; imprimase con la constancia de firma electrónica. NOTIFIQUESE y CÚMPLASE. - VAZQUEZ CORONEL MIRIAM CRISTINA JUEZA(PONENTE A la persona citada se le previene la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Cuenca, 24 de junio del 2022 Abg. Sofía Arias García SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

CITACION JUDICIAL JUICIO N° 01204-2022-02992

A: DAVID SANTIAGO LUNA DIAZ, que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: ACTORA: PATRICIA ELIZABETH CASTRO PALADINES DEMANDADA: DAVID SANTIAGO LUNA DIAZ NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO POR CAUSAL CUANTIA: INDETERMINADA JuicioNo.01204-2022-02992 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 14 de junio del 2022, a las 12h02. 01204202202992 VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, cumplido el requerimiento legal califico la demanda diciendo: Por reunir los requisitos generales y especiales del Art 142 del COGEP se acepta a procedimiento sumario la demanda de divorcio presentada por PATRICIA ELIZABETH CASTRO PALADINES y se dispone: CITACION 1.- Se proceda a citar a la parte demandada, conforme el juramento rendido mediante publicaciones de prensa conforme el Art 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Secretaria confiera extracto de ley .- TERMINO PARA CONTESTACION 2.- La parte demandada tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem CURADOR Y PENSION PROVISIONAL.- Dótese de curador ad-litem al hijo común en audiencia de parientes. 4.- Se fija pensión provisional en favor de SOPHIE VICTORIA LUNA CASTRO en la suma de $126 dólares desde la fecha de presentación de la demanda, para lo cual se notificará Pagaduría a efectos de que registre la cuenta consignada.- MEDIOS PROBATORIOS En consideración el anuncio probatorio y los medios de prueba, se dispondrá en audiencia sobre su pertenencia.- Notifíquese a los testigos nominados mediante boleta con tres días de anticipación, conforme el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, en el domicilio judicial o correo señalado por la parte actora advirtiéndose de su obligación de comparecer a la audiencia única que se señalará con oportunidad.Ofíciese como se solicita.- AUTORIZACION En cuenta la autorización conferida, casilla y correo electrónico señalado.- Notifíquese.-YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE).-Se advierte al citado la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones. Cuenca, 22 de junio del 2022 Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA P-11,12,13

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REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE CITACIÓN JUDICIAL A: JORGE MANUEL JARA GUAMAN, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Paute, judicatura a cargo de la Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaída en ella es al tenor siguiente: ACTOR: MARIA SUSI GOMEZ TIGRE. DEMANDADO: JORGE MANUEL JARA GUAMAN ACCIÓN: DIVORCIO NATURALEZA: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 01202-2022-00149 “Paute, jueves 16 de junio del 2022, las 09h55. VISTOS: Se ha dado cumplimiento al requerimiento realizado en providencia inmediata anterior. Del acta que precede la compareciente ha rendido juramento con respecto del domicilio del demandado, en lo principal: Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de la Unidad Judicial con sede en el cantón Paute, acepto para su trámite en la vía sumaria por reunir con los requisitos legales contemplados en el artículo 142 del COGEP, la pretensión de divorcio causal planteada por MARIA SUSI GOMEZ TIGRE en contra de JORGE MANUEL JARA GUAMAN, disponiéndose en consecuencia citarse con la demanda y el presente auto interlocutorio, conforme lo dispone el Art. 56 del Código General de Procesos, citación que se ejecutará por la prensa, a través de “Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de LA CAPITAL DE PROVINCIA, DE AMPLIA CIRCULACIÓN. La publicación contendrá un extracto de la demanda”, entréguese por secretaría el extracto pertinente. Con la citación se advierte al demandado que debe comparecer al proceso, señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones, a fin de garantizar su derecho a la defensa y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de QUINCE días, contados, conforme lo dice el Art. 56 COGEP: “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.” De no comparecer a juicio el proceso continúa en rebeldía. MEDIOS PROBATORIOS: 1) En cuenta la prueba documental que ha sido presentada, la misma que se pone a disposición de la parte demandada para que la revise. 2) Solicita que el día de la audiencia el demandado rinda declaración de parte. 3 ) Peticiona rendir su declaración. 4) En cuenta los testigos que nomina: TANIA MARIBEL GOMEZ ZHICAY, BRANDON CARLOS CARDENAS ARICHABALA, PABLO MAURICIO ARCENTALES TOGRA, comparecerán el día de Audiencia portando sus credenciales de identidad, téngase en cuenta el correo electrónico que señalan para recibir notificaciones, secretaría de este despacho cumpla con lo determinado en el Art. 191 del COGEP, para efectos de su notificación para audiencia. 4) Se desprende del libelo de la demanda que del matrimonio existe dos hijos menores de edad: JHORDY ALEXANDER DE 13 AÑOS Y ANTHONY TOMAS JARA GOMEZ de SEIS AÑOS, notifíquese al adolescente JHORDY ALEXANDER en el lugar indicado en el libelo de la demanda a través de la oficina de citaciones de la Unidad Judicial, para que insinúe la persona que como curador le representará en el trámite de divorcio de sus progenitores. Al niño ANTHONY TOMAS JARA GOMEZ se le dotará de curador en audiencia de parientes, la que se efectuará el 11 de julio del 2022 a las 15H00, en la Sala 1 de esta Unidad Judicial se tiene en cuenta las personas nominadas para comparecer a esta audiencia. 5) Se fijan pensiones alimenticias provisionales en el valor de doscientos dólares para los dos hijos prenombrados. La actora presentará copia de su cartola de su cuenta bancaria para la apertura del Còdigo SUPA y enlace correspondiente. Las visitas se determinarán de manera oportuna. La actora tenga presente lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP, con respecto de los efectos de la falta de comparecencia. En consideración, trámite, cuantía, autorización conferida a la profesional del derecho, casilla judicial, correo electrónico que se han señalado. Hágase saber. “F) Dra. Maria Elena Astudillo Durán, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia De Paute. Para los fines legales correspondientes, se libra el presente despacho en Paute, 16 de junio de 2022. Atentamente, AB.: GUSTAVO BAUTISTA REA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE. # 22645

REPUBLICA DEL ECUADOR SALA DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY CARTEL DE CITACION A: MICHAEL BREUSS SE LE HACE SABER QUE EN LA SALA DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY SE HA PRESENTADO LA DEMANDA DE HOMOLOGACION DE SENTENCIA. EXTRANJERA (DIVORCIO) NO. 01132-2022- 00025, SEGUIDA POR LA DRA. SUSANA LARRIVA GOMEZCOELLO, PROCURADORA JUDICIAL DE LA SEÑORA RUTH GUADALUPE LARRIVA CARRERA. PROCESO JUDICIAL EN EL QUE SE HAN DICTADO LAS PROVIDENCIAS QUE A SU TENOR LITERAL, DICEN: "Juicio No. 01132-2022-00025 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, viernes 24 de junio del 2022, a las 11h02. VISTOS. Doctora Sandra Cordero Gárate, Jueza provincial ponente avoco conocimiento conjuntamente con los doctores Luigi Hugo Coronel y Aida Palacios Coronel, Jueces del II Tribunal de la Sala de la Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Azuay; en virtud del sorteo electrónico de causas efectuado de la demanda de HOMOLOGACION DE SENTENCIA EXTRANJERA presentada por la doctora María Susana Larriva Gomezcoello procuradora judicial de RUTH GUADALUPE LARRIVA CARRERA. En lo principal, habiéndose cumplido con lo dispuesto en auto que antecede el Tribunal considera que la demanda presentada es clara y completa aceptándola al trámite previsto en el Código Orgánico General de Procesos relativo a la homologación de sentencia extranjera; en relación con la citación al demandado MICHAEL BREUSS, de nacionalidad suiza de quien no se puede obtener el REGISTRO CONSULAR conforme lo certifica la DIRECTORA ZONA 6- AZOGUES del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, mediante Oficio NO. MREMH-DZ6-AZOGUES-2022-0575-O de Azogues, 06 de junio de 2022 y ante el juramento rendido de desconocer su domicilio o residencia por la procuradora judicial conforme lo determina el Art. 56 del COGEP; se dispone, la citación del demandado mediante carteles que deberán ser exhibidos en el CONSULADO GENERAL DEL ECUADOR EN BERNA del Estado de SUIZA ubicado en Kramgasse 54, 3011 Berne con e-mailenbecusuiza@bluewin.ch Telefono 031-3511755 y fax 031-3512771 para lo cual se librará el correspondiente EXHORTO; cumplido la señora secretaria relatora de la causa realizará los carteles que serán remitidos a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia para su consecuente tramitación; acompañando copias íntegras del Juicio de Homologación debidamente traducidas al idioma francés correspondiente a la nacionalidad del demandado, a costas de la accionante. Cítese al DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACION y CEDULACION, contra quien se quiere hacer valer la resolución expedida en el extranjero (Art. 104.5 del COGEP) quien en el término de cinco días comparecerá "...para presentar y probar su oposición a la homologación..."; la que deberá practicarse a través de la OFICINA DE CITACIONES de la CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL AZUAY, a cargo de la accionante. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones así como la autorización de defensa técnica que otorga. Cúmplase y notifíquese. fras) DRA. SANDRA CORDERO GARATE. JUEZA PROVINCIAL. DRA. LUIGI HUGO CORONEL. JUEZ PROVINCIAL. DRA. AIDA PALACIOS CORONEL. OTRA PROVIDENCIA Juicio No. 01132-2022-00025 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, martes 5 de julio del 2022, a las 14h56. VISTOS. Agréguese a los autos el escrito presentado por la doctora Susana Larriva Gomezcoello, al que acompaña seis impresiones correspondientes al Control de habitantes de Bureau des etrangers asi como de Facebook. En relación a su pedido de que se proceda a la citación del demandado MICHAEL BREUSS mediante publicaciones por la prensa conforme el Art 56 del COGEP en virtud de que la citación por carteles en el Consulado de Ecuador en Berna conforme la Resolución NO. 07/2018 de la Corte Nacional de Justicia procede en el caso de los ciudadanos ecuatorianos y no de extranjeros; y, al haber rendido juramento de que ha realizado las gestiones necesarias para determinar la residencia o domicilio del demandado en Suiza siendo imposible obtenerlo conforme la documentación que acredita su investigación; concierte de la responsabilidad penal que conlleva el juramento rendido; este Tribunal considera pertinente el pedido; por lo que se dispone que la citación al demandado MICHAEL BREUSS se la realice de conformidad con el inciso segundo del Art. 56 del COGEP; esto es, mediante publicaciones en uno de los diarios de esta ciudad de Cuenca, por secretaría confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese. y cúmplase. fras) DRA. SANDRA CORDERO GARATE. JUEZA PROVINCIAL DRA. LUIGI HUGO CORONEL JUEZ PROVINCIAL. DRA. AIDA PALACIOS CORONEL. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, se previene al demandado su obligación de comparecer a juicio y nombrar un defensor técnico para que a su nombre actúe en ejercicio de su derecho a la defensa consagrado en normas constitucionales. • Cuenca,8 de julio de 2022

Dra. Lorena Ortíz Ortega SECRETARIA RELATORA (e) I TRIBUNAL SALA DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES.

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A VISOS

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA

A: REINALDO VALERIANO MUÑOZ IBARRA: Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Sandra Córdova Iñiguez, Jueza de esta judicatura, correspondió la demanda y providencia recaída, que, en extracto, dicen: JUICIO: 01204-2021-02481 Materia: DELARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA. Naturaleza: SUMARIO Actor: MAYRA GISELLA GUTAMA CHUÑIR Demandado: REINALDO VALERIANO MUÑOZ IBARRA Cuantía: $1.440,00 DOLARES Juicio No. 01204-2021-02481 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 12 de julio del 2021, a las 12h50.VISTOS: Cumplido con lo dispuesto, a la demanda de DELARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por MAYRA GISELLA GUTAMA CHUÑIR en contra de REINALDO VALERIANO MUÑOZ IBARRA por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 del COGEP se la califica de clara y completa y se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO. Al efecto se dispone UNO) CÍTESE al demandado, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de DIEZ días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 291 inciso segundo del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo, diligencia que se cumplirá de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEPpor cuatno la actora ha protestado bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio y residencia y del certificado del Ministerio de Relaciones Expteriores que obra de fojas 6 no consta que cuente con registro consular, por lo qeu se citara a traves de publicaciones en un diario de amplia circulacion de la localidad. Confiérase el extracto. DOS) Conforme el contenido del Art. 146 inc. Tercero, se fija en la suma de CIENTO DIECIOCHO DÓLARES 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado en forma mensual para a favor de la niña que motiva la presente causa, más los beneficios de ley, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado desde la fecha de presentación de la demanda. TRES) La actora en el término de tres días adjunte la copia de la cartola de la cuenta que consigna el formulario de demanda para que se proceda a enlazar al código correspondiente. Cumplido se remitira el proceso a pagaduría. CUATRO) Téngase en cuenta la prueba anunciada en relación a los mismos : 1.Agréguese a los autos la documentación adjunta ; 2.- Con fundamento en el Art. 159 inciso tercero del COGEP, OFICIESE conforme lo solicitado, por cuanto ha declarado que los documentos solicitados no se encuentran en su poder y requiere el auxilio del órgano jurisdiccional ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa concediendo a las instituciones el término de diez días para remitir la información requerida, en aplicación al principio dispositivo la actora deberá preocuparse de recabar la documentación solicitada hasta antes de que se convoque audiencia única; 3.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 225 del COGEP previo sorteo de ley, para la práctica del examen de ADN se nombra como perito la Dra. UGALDE NORITZ NORA LUISA con copido de perito web 51005(correo electronico n.ugalde@ lab-biomolecular.com), a quien se le concede el término de diez días para presentar su informe a parir de la fecha de toma de muestras que se fija para el día 2 de agosto del 2021, a las 09h00. Diligencia a la que concurrirán la actora, la niña y el demandado portando sus documentos de identidad al laboratorio clínico ubicado en la calle José Alvear 3-13 y Tadeo Torres esquina (diagonal al parque de la Madre); como delegado de la suscrita a la toma de muestras, se nombra a la Dra. Cristina Cabrera; a quien se deberá notificar en el Complejo Judicial. La parte interesada, deberá cuidar que lo ordenado se cumpla. CINCO) Previo a convocar audiencia las partes procesales informarán a esta judicatura si requieren de un traductor o interprete. Se recuerda a las partes procesales su obligación de comparecer en forma personal a la audiencia acompañados de un profesional del derecho bajo prevenciones de ley. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa. NOTIFÍQUESE. (F.- Dra. Sandra Córdova Iñiguez, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. A la parte citada se le advierte señalar casilla judicial de un abogado para notificaciones futuras en esta ciudad. Cuenca, 15 de julio de 2021.

REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

CITACIONJUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE VIRGILIO LEONARDO NAVAS ORTEGA, SE LES HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN CANTON MORONA, A CARGO DE LA AB. JANETH SERRANO CARDENAS SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: ACCION: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO NATURALEZA: ORDINARIO ACTOR: ORELLANA BRAVO WALTER ROGERIO DEMANDADOS: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE VIRGILIO LEONARDO NAVAS ORTEGA Y OTROS No. 14307-2021-00329 PROVIDENCIA. Morona, lunes 8 de marzo del 2021, las 14h38. VISTOS: Ab. Janeth Serrano Cárdenas, en mi calidad de JUEZA TITULAR DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona [Art. 146, inciso quinto COGEP], en consecuencia, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad, una vez verificada la inscripción se procederá a la citación de la demandada señora BRAVO RIVERA TERESA DE JESUS, esta diligencia se la comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Sevilla Don Bosco a quien se enviará suficiente despacho. Se citará también al Gobierno Municipal del cantón Morona, representado legalmente por el Ing. Franklin Alejandro Galarza Guzmán y por la Ab. Silvia Verónica Idrovo Arias, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica respectivamente, estas diligencias se cumplirán a través de la oficina de citaciones, debiendo la parte actora brindar las facilidades del caso conforme la Resolución 061-2020 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Art. 4, entregando las copias necesarias dentro del término previsto. Para el cumplimiento de la citación a la parte demandada se adjuntará la demanda y copias certificadas de este auto. Se deja la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. De acuerdo al artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte accionada el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIDENCIA.- Morona, jueves 23 de septiembre del 2021, las 08h38. VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, inscríbase nuevamente la demanda subsanada en el Registro de la Propiedad del cantón Morona y para ello se oficiará al señor Registrador con copia certificada del escrito de fojas 86-88, de la ficha registral y de este auto, solo una vez verificada la inscripción, cítese con la demanda propuesta a los señores MARÍA ANASTASIA NAVAS ORTEGA, NAVAS PORTILLA CESARIO SILVA, ENRIQUE DILBERTO NAVAS PORTILLA y al GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA representado por el Ing. Franklin Alejandro Galarza Guzmán y la Ab. Silvia Verónica Idrovo Arias, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica respectivamente, estas diligencias se realizarán a través de la oficina de citaciones, para ello la parte actora brindará las facilidades del caso conforme la Resolución 061-2020 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Art. 4, entregando las copias necesarias dentro del término previsto. A los herederos presuntos y desconocidos del causante VIRGILIO LEONARDO NAVAS ORTEGA se los citará en conformidad con lo prescrito en el Art. 56.1 del COGEP, esto es mediante publicaciones de prensa, por cuanto la parte accionante bajo juramento manifiesta desconocer su individualidad y domicilio y serle por tanto imposible determinarlos a pesar de las gestiones hechas para dar con el mismo, las publicaciones se efectuarán en el diario EL MERCURIO por ser uno de los diarios de mayor circulación nacional, para ello por secretaría confiérase el respectivo extracto de citación. Para la citación se adjuntará la demanda y copias certificadas de este auto, dejando la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. De acuerdo al artículo 291 del ibídem, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) Ab. Janeth Serrano Cardenas, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA. A los demandados se les previene de la obligación de señalar casilla judicial en esta ciudad. General Proaño, 24 de mayo del 2022.

DRA. SONIA NAREA REINO. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

Of N° 69-2022-UJCC Juicio N°01333-2021-09372 Cuenca 18 de Marzo de 2022 Juez Ponente: Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Señores. REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN CUENCA. Ciudad.Su Despacho: La Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Juez de la Unidad de lo Civil del cantón Cuenca, dentro del Proceso N° 01333-2021-09372 propuesto por ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA.; en contra de PESANTEZ AMAY KATHERINE MAGALY con C.I N° 0106856263, ha dispuesto oficiar a Usted, con la finalidad de hacerle conocer el contenido del auto que a continuación me permito transcribir: Juicio No. 01333-2021-09372 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 25 de noviembre del 2021, a las 07h36. 01333-2021-09372 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS.- Conozco de la presente causa. En lo principal y por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 422 del COGEP se acepta a trámite en “Procedimiento Concursal”, la Demanda presentada por el Señor Abogado Rafael Eduardo García Astudillo, en su calidad de Procurador Judicial del Señor Ing. Juan Carlos Alarcón Chiriboga Gerente General y Representante Legal de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda Pichincha, en contra de la Señora Katherine Magaly Pesántez Amay con C. I. No. 0106856263, y por cuanto con la documentación que adjunta la parte acreedora, justifica los presupuestos del Art. 416 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, “Presumiéndose la Insolvencia de la Demandada” y como consecuencia de ella haber lugar al “Concurso de Acreedores”. Se dispone citar a la Demandada, en la forma determinada en el Código último citado corriéndole traslado con la demanda propuesta en su contra para que dentro del término previsto en el Art. 426 del COGEP pueda oponerse pagando lo adeudado. En el caso de no presentarse oposición en la forma indicada se dispone que: 1.- La demandada deberá comparecer a la junta de acreedores que tendrá lugar en audiencia que oportunamente y una vez organizado el proceso se convocará. 2.- Se requiere que la parte deudora, presente a esta judicatura los documentos detallados en el Art. 421 del COGEP. 3.- Inscríbase en el Registro de la Propiedad el presente auto que ordena la formación de concurso de acreedores. 4.- Del sistema informático, procédase a designar Síndico de Quiebras de los registrados en el Consejo de la Judicatura quién será depositario de los bienes del accionado. 5.- Procédase al embargo de los bienes muebles o inmuebles, de propiedad del fallido, para el caso de los bienes muebles se emitirá la boleta a uno de los Agentes de la Policía Nacional, bienes que quedarán a cargo del Síndico designado, sentándose el acta de lo que se hace cargo; para el embargo de los bienes inmuebles se presentará el certificado del Registro de la Propiedad actualizado. 6.- Remítase Oficio a la Dirección del Consejo de la Judicatura de Cuenca a efectos de que disponga al departamento respectivo para que se haga la anotación de la insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura, de igual forma la publicación en la página web del Consejo del auto que declara la insolvencia del fallido. 7.- Ofíciese a los señores Jueces y Juezas de las Unidades Judiciales Civiles a efectos de que se remitan a esta Unidad para su acumulación aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forma parte el fallido, de lo cual la Actuaria dejará constancia en el expediente, así como de las respuestas que reciba 8.- Se notificará a la Fiscalía del Azuay a efectos de que realice las respectivas Investigaciones 9.- Se prohíbe que la parte demandada se ausente del territorio nacional, al efecto ofíciese a las autoridades de Migración para los fines legales pertinentes. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, los lugares señalados para citación y notificaciones, así como la autorización que la peticionaria concede a su defensor. Agréguese a los autos la documentación acompañada. La Diligencia de Citación a la Accionada, Señora Katherine Magaly Pesántez Amay , se practicará mediante publicaciones por la prensa conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se deberá entregar el Extracto de Ley correspondiente. La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Hágase saber.-f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez.; Esto conforme a lo dispuesto. Sin otro particular suscribo de usted, Atentamente.Dra. Tamara Ruiz SECRETARIA

Ab. Veronica Montalvo Moscoso SECRETARIA 22621-11 (P)

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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

A: AGUIRRE RIVERA VICENTE MARTIN. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2021-09020 ACCION: EJECUTIVO MATERIA: PAGO DE DINERO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. DEMANDADOS: AGUIRRE RIVERA VICENTE MARTIN. CUANTIA: $ 2.956,84 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-09020 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 9 de noviembre del 2021, a las 08h22. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado AGUIRRE RIVERA VICENTE MARTIN, conforme lo dispone el Art. 56.4 del COGEP, que establece: “Para el caso anterior se adjuntará además el certificado de Relaciones exteriores que indique si la persona salió del país o consta en el registro consular. Si se verifica que es así, se citará mediante carteles fijados en el consulado en el que se encuentre registrado”. Por tanto se dispone se cite al demandado AGUIRRE RIVERA VICENTE MARTIN mediante exhibición de carteles en el Consulado de Ecuador en NUEVA-YORK, para lo cual se dispone se remita oficio al Cónsul de Ecuador en Nueva York para que fije los carteles para lo que se remitirá el extracto correspondiente e la demanda y la providencia de calificación a la Coordinadora Zonal 6 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humanas, para que en cumplimiento de las atribuciones atribuidas mediante acuerdo Ministerial No. 00085 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humanas. Remítase oficio a Chancillería del Ecuador; para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 23 de marzo del 2022, a las 10h53. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade Incorpórese a los autos el escrito que antecede, para efectos de ley se corrige el auto de calificación en sentido que no corresponde a un pagaré a la orden sino al uso de tarjeta de crédito. Hágase saber OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 6 de junio del 2022, a las 11h24. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade Agréguese a los autos el escrito presentado por el accionante, en atención al contenido del mismo, cítese al demandado VICENTE MARTIN AGUIRRE RIBVERA Por la prensa mediante publicaciones en uno de los diarios de amplia circulación del cantón, para el efecto entréguese el extracto de ley.- Hágase saber OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 8 de junio del 2022, a las 10h41. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade De conformidad con el Art. 100 del Código Orgánico General de Procesos, con el fin de evitar nulidades a posterior, se colige que el nombre correcto del accionado es VICENTE MARTIN AGUIRRE RIVERA y no como erróneamente se ha hecho constar en el auto que antecede, en lo demás estese a lo ordenado. Notifíquese. F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, junio 08 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

A: PERALTA PULGARIN GLORIA GIMANESA y JUCA CAGAUNA MANUEL ANTONIO cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo del Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA Demandado: PERALTA PULGARIN GLORIA GIMANESA Y JUCA CAGAUNA MANUEL ANTONIO Juicio N.01333-2021-04637 Acción: EJECUTIVO Materia: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN Cuantía: $18.063.39 Providencia: Juicio No. 01333-2021-04637 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 25 de junio del 2021, a las 12h29.JUEZ: AB. BAYARDO ALEXANDER ALBÁN ORTEGA. VISTOS: Conozco de la presente. Intervenga la Ab. Ma. Robles, secretaria. En lo principal, la demanda presentada reúne los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y fundamentándose en pagaré a la orden, el mismo constituye título ejecutivo de conformidad con los Arts. 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se la califica de clara y precisa, y se la acepta al trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- Cítese a la parte demandada en las direcciones señaladas, por intermedio de la Oficina de Citaciones para lo cual se consignarán las copias en Coordinación Civil. Se le concede a la parte demandada, el TÉRMINO DE 15 DÍAS, para que pague la obligación o proponga alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP. De conformidad con el Art. 351 del COGEP, se dispone la prohibición de enajenar sobre el inmueble de propiedad de los demandados Peralta Pulgarín Gloria Gimanesa y Juca Caguana Manuel Antonio, descrito en el certificado Nro. 28369 de fecha 07 de junio del 2021, emitido por el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, para lo cual se notificará a dicho registro con este auto debiéndose obtener las copias respectivas. En cuenta las direcciones señaladas, así como la autorización conferida. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. En aplicación a la Resolución Nro. 07-2015, de fecha 10 de junio de 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador.- NOTIFÍQUESE -f) Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-04637 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 24 de marzo del 2022, a las 08h07.JUEZ: AB. BAYARDO ALEXANDER ALBÁN ORTEGAVISTOS: En lo principal, agréguese a los autos el escrito presentado por la parte accionante, quien indica bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada PERALTA PULGARIN GLORIA GIMANESA y JUCA CAGAUNA MANUEL ANTONIO, para lo cual explica las gestiones que ha realizado para dar con el paradero, presentando en el expediente la documentación que justifica las gestiones para dar con el domicilio o residencia y además los certificados del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que no constan en registro consular, solicitando que se cite por la prensa conforme al Art. 56 del COGEP. Por lo tanto, conforme al contenido de las sentencias 609-13-EP/20; 341-14-EP/20; 1688-14-EP/20, emitidas por la Corte Constitucional, estándares que son aplicables al Art. 56 del COGEP, indicándose en dichas sentencias que "la declaración juramentada no requiere de solemnidad alguna para entenderla como válida, pues basta que lo señale el actor en la demanda para que genere su responsabilidad", habiéndose rendido el juramento en la petición referida, se dispone citar a la parte demandada PERALTA PULGARIN GLORIA GIMANESA y JUCA CAGAUNA MANUEL ANTONIO, mediante tres publicaciones por la prensa local, para lo cual por secretaría conferirá el extracto respectivo en el que constará el auto de calificación y esta providencia. En este aspecto el término para contestar la demanda empezará transcurrir veinte días desde la última publicación. NOTIFÍQUESE. .-f) Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial de Cuenca. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que les corresponda, en caso de no hacerlo, se procederá en rebeldía. Cuenca, 30 de marzo de 2022 Abg. María Augusta Robles SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA #38607

38612-11 (P)

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca Juicio No. 01333-2018-02059 CITACION JUDICIAL

FUNCION JUDICIAL Juicio No. 01333-2022-05167 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA, Cuenca, jueves 23 de junio del 2022, a las 16h50 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

A: FANNY YOLANDA ALVARADO QUEZADA, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO. 01333-2018-02059 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: NULIDAD DE CONTRATO ACTOR: RODAS FLORES SONIA YUBANA DEMANDADOS: ALVARADO CARTAGENA FERNANDDA DEL CISNE, ALVARADO QUEZADA FANNY YOLANDA, ALVARADO QUEZADA FLORENCIA DE LOURDES, ALVARADO QUEZADA GLORIA LUCRECIA, ALVARADO QUEZADA GUSTAVO OLMEDOL, ALVARADO QUEZADA JHON HENRY, ALVARADO QUEZADA WAZHINGTON BOLIVAR, ALVARADO QUEZADA WILSON GALO, SANDRA MARIBEL ALVARADO IÑIGUEZ Y FANNY YOLANDA ALVARADO QUEZADA CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. CAUSA NO. 2018-02059 JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA. Cuenca, lunes 16 de abril del 2018, las 08h19, CAUSA N.-2018-02059 JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA Cuenca, a 16 de abril del año 2018. Las 08h19 VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que se presenta y una vez que se ha cumplido con todo lo dispuesto, se tiene que la demanda que presenta SONIA YUBANA RODAS FLORES es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados señores: JHON HENRY ALVARADO QUEZADA, WAZHINGTON BOLIVAR ALVARADO QUEZADA, WILSON GALO ALVARADO QUEZADA, NANCY MARLENE ALVARADO QUEZADA, GLORIA LUCRECIA ALVARADO QUEZADA en las direcciones que indica, mediante la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de este auto inicial; y a los ciudadanos: GUSTAVO OLMEDO ALVARADO QUEZADA, FANNY YOLANDA ALVARADO QUEZADA, FERNANDA DEL CISNE ALVARADO CARTAGENA y VERONICA SUSANA ALVARADO CARTAGENA al tenor del art. 56, numeral 1) del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; a la ciudadana SANDRA MARIBEL ALVARADO IÑIGUEZ mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de lo Civil en la ciudad de Guayaquil, para cuyo efecto por secretaría se librará el despacho necesario; finalmente se citará a FLORENCIA DE LOURDES ALVARADO QUEZADA al tenor del art. 56 del COGEP; esto es, mediante la fijación de carteles en el Consulado del Ecuador en el Estado de New York, para tal efecto por secretaría se entregarán los documentos y oficios necesarios dirigidos al Ministerio de Relaciones Exteriores. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. En cuenta la cuantía y la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciamiento en la audiencia que corresponda. Tómese en cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos señalados y la autorización que confiere. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. -F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). OTRO AUTO: Juicio NO. 01333-2018-02059. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 15h27. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA. VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito y documentos mediante los cuales concurren los señores JOHN HENRY ALVARADO QUEZADA, BOLIVAR ALVARADO QUEZADA, WILSON ALVARADO QUEZADA, NANCY ALVARADO QUEZADA, GUSTAVO ALAVRADO QUEZADA por intermedio de Procurador Judicial, FERNANDA DEL CISNE ALVARADO CARTAGENA Y VERONICA ALVARADO CARTAGENA a través de su apoderado; debiendo por secretaría considerarse la casilla judicial, todos los correos electrónicos y la autorización que confieren al profesional del derecho; mas previo a calificar la contestación, cuanto a considerar la designación de procurador común, se debe cumplir con la citación a la ciudadana FANNY YOLANDA ALVARADO QUEZADA conforme lo ordenado en el auto de admisión o a la fecha se deben consignar direcciones si se conoce el domicilio, pero por secretaría entréguese el extracto o presente la parte actora porque ello fue ya ordenado en su momento, pero la referida demandada es quien aún no ha sido citada de la revisión del proceso.-Hágase saber.- F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 22 de junio del 2022

Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 22635-11 (P)

CITACION JUDICIAL A: LOS DEMANDADOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS FALLECIDOS LUIS ANTONIO LOJANO LOJANO Y MARIA AURORA SARI PLAZA, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Héctor Ramón Pesantez, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con el auto recaído en ella, es al tenor siguiente: ACCION: ORDINARIO MATERIA: PRESRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: ABG. KARINA ELIZABETH GALARZA PRADO EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DE LA SEÑORA BLANCA LUZMILA PANZA PANZA, CUANTIA: $ 31.220,38 “VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, la demanda que antecede presentada por la ABG. KARINA ELIZABETH GALARZA PRADO en calidad de procuradora judicial de la señora BLANCA LUZMILA PANZA PANZA, en contra de los demandados herederos conocidos, presuntos y desconocidos de los fallecidos LUÍS ANTONIO LOJANO LOJANO y MARÍA AURORA SARI PLAZA, siendo conocidos los señores ROSA DORINDA LOJANO SARI, ROSA LUCRECIA LOJANO SARI, ROSA ELVIRA LOJANO SARI, MARIA ROSARIO LOJANO SARI, AVELINA LOJANO SARI (un solo nombre), LUÍS ARCENIO LOJANO SARI, MANUEL EDUARDO LOJANO SARI y MANUEL VICENTE LOJANO SARI, por clara, completa y reunir los requisitos legales establecidos en los Arts. 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la INSCRIPCIÓN de la demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual por secretaría se entregará la documentación necesaria, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demandada, debiendo presentar la constancia de tal inscripción. CÍTESE a los demandados herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos mediante tres publicaciones de prensa en uno de los Diarios de amplia circulación de la provincia de Azuay, por cuanto la procuradora judicial ha acudido a esta Unidad Judicial a declarar bajo juramento manifestando que le es imposible de determinar la individualidad, el domicilio o residencia, pese a las gestiones realizadas, por secretaría concédase el extracto de ley. CÍTESE a los demandados herederos conocidos en los domicilios señalados en la demanda, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia Tarqui, para el efecto concédase el despacho en debida forma; CUÉNTESE en la presente causa con el señor ING. PEDRO RENÁN PALACIOS ULLAURI Y DR. LIZANDRO MARTÍNEZ ANDRADE, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico Municipal, representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca, debiendo citarse en sus respectivos despachos institucionales mediante la Oficina de Citaciones, para el efecto por secretaría concédase las copias en debida forma. CONTESTACIÓN.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 291 inciso segundo, en relación con el Art. 151 y 152 del mencionado cuerpo legal córrase traslado a los demandados con el contenido de la demanda y del auto inicial a fin de que dentro del término de TREINTA DÍAS, procedan a dar contestación a la demanda y propongan las excepciones de las que se crean asistidos en derecho a la defensa a la que incorporarán los medios probatorios que dispongan, bajo prevenciones de ley. Adjúntese la documentación presentada y téngase en cuenta los MEDIOS DE PRUEBA anunciados, los cuales serán considerados en el momento procesal oportuno de conformidad con la ley. Téngase por fijada la cuantía, los domicilios judiciales señalados para recibir las notificaciones, así como el patrocinio conferido para su defensa. NOTIFÍQUESE” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. OTRA PROVIDENICA: “Agréguese a los autos el extracto y escrito presentado por la parte accionante. Atendiendo lo solicitado, por secretaría confiérase el despacho para el señor Teniente Político de la parroquia Tarqui, con la finalidad de citar a los demandados; y además concédase un nuevo extracto para la citación por la prensa rectificando los datos correctos conforme se ha observado. Notifíquese” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. Se le previene a la parte citada de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. MANTILLA SARMIENTO VERONICA SECRETARIA 38603-11 (P)


A MENIDADES

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Jubileo el_mercurioec

www.elmercurio.com.ec sociales@elmercurio.com.ec

Fotos: Manuel Figueroa y Anita Lucía Ríos. 0979283356

Sesión Solemne Bodas de Oro y plata de Graduación Colegio Rosa de Jesús Cordero

Exalumnas 50 años.

Exalumnas 25 Años.

Lucila Jáuregui, Cecilia Arízaga, Mónica Moreno, Eulalia Malo, Sarita Molina, Cecilita Peña.

Marcia Landivar, Teresita Cobos, Ruth Navas, María Luisa Torres, Fabiola Martínez.

Catalina Dávila, Madre Asteria Vásquez, Karla Andrade y Alegría Vela.

Capilla de “La Virgen de Tránsito” (MM. Dominicas de Lazareto)

Del 9 al 12 de Julio de 2022

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M UNDO

Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Se canalizarán hasta 2.800 millones de dólares

Conflicto

BID financiará a empresas del Istmo de Tehuantepec Economía

Entre las áreas que comprenderá el desarrollo están inversión de infraestructura, financiamiento a empresas privadas e incentivos fiscales

E

l BID Invest, brazo de atención a empresas privadas d e l B a n c o Interamericano de Desarrollo (BID), otorgará entre 1.800 y 2.800 millones de dólares de financiamiento privado para empresas que quieran localizarse en el Istmo de Tehuantepec, informó la Secretaría de Haciendo y Crédito Público (SHCP). “La Secretaría de Hacienda y el BID colaborarán para diseñar el mecanismo financiero que permita potenciar el valor de los activos en el Corredor Interoceánico y acelerar las inversiones en los primeros polos industriales”, señaló la dependencia en un comunicado. Precisó que estos recursos son adicionales a los 200 millones de dólares que se canalizarán a las micro, pequeñas y medianas empresas a través de Nacional Financiera y la Secretaría de Economía. Asimismo, la dependencia informó que el subsecretario de

Obras permitirán el cruce interoceánico de mercancías y brindarán mayor conectividad al sureste mexicano y al país. Internet.

Hacienda, Gabriel Yorio, y el director general del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), Rafael Marín, acompañados por el vicepresidente de P a í s e s d e l B I D, Richard Martínez, y el gerente general de BID Invest, James Scriven, visitaron los proyectos en el Istmo de Tehuantepec. Esto con el fin de identificar las áreas de promoción y desarrollo. Entre las áreas que comprenderá el desarrollo están la inversión de infraestr uctura, financiamiento a empresas privadas, incentivos fiscales para las empresas que operen dentro de los 10 polos industriales y aprovechamiento del talento de la región. La SHCP detalló también que Rafael Marín presentó durante el recorrido los avances de los proyectos que componen el

Corredor. Cruce interoceánico de mercancías “Durante dos días de trabajo visitaron tres de los diez polos industriales que se desarrollarán, así como el avance de la modernización de la vía férrea para el transporte de mercancías por tren entre los dos océanos, y la modernización y expansión del puerto de Salina Cruz en Oaxaca”, explicó. Dijo que las obras permitirán el cruce interoceánico de mercancías y brindarán mayor conectividad al sureste mexicano y al país; además de que las mercancías generadas y transformadas en la región lleguen en condiciones más competitivas a los mercados mundiales. Señaló que el desarrollo económico de la zona será impulsado por la integración de una plataforma industrial que contempla la

creación y el encadenamiento de los 10 polos de desarrollo que serán integrados por parques industriales a lo largo de la región y darán paso a un ecosistema de producción industrial con base en sectores de mayor generación de valor agregado. “El proyecto contempla más de 3.200 hectáreas de reserva territorial para su instalación, lo que dinamizará la economía local y será fuente para la generación de empleos mejor remunerados, lo que a su vez detonará el crecimiento del sureste mexicano”, abundó. Y puntualizó que en Veracruz se instalarán los parques industriales de Coatzacoalcos l, Coatzacoalcos ll, Texistepec, San Juan Evangelista y Jáltipan; y en Oaxaca: Ixtaltepec, Ciudad Ixtepec, Santa María Mixtequilla, San Blas Atempa, y Salina Cruz. Ciudad de México (EFE) (I)

Expira el plazo para renovar ayuda al noroeste sirio

El fin de este mecanismo de ayuda puede desencadenar una catástrofe humanitaria en el noroeste de Siria. Internet.

El plazo para renovar el mecanismo de la ONU para la entrega de ayuda humanitaria desde Turquía al último bastión rebelde del noroeste de Siria expiró ayer, sin que los miembros del Consejo de Seguridad lograran un acuerdo para renovarlo. Rusia vetó el viernes una resolución que habría extendido este sistema durante un año y, pese a que durante el fin de semana los quince países continuaron las conversaciones, la medianoche en Siria pasó sin que haya habido una nueva votación. Moscú ya había dejado claro ese día que única-

mente aceptaría los términos que ella misma había propuesto en un texto alternativo que planteó y que habría prorrogado el mecanismo durante seis meses, un periodo considerado excesivamente corto por las organizaciones humanitarias y que fue rechazado por una mayoría del Consejo de Seguridad. El texto ruso, además, incluía lenguaje que no gustaba a las potencias occidentales y Washington, por ejemplo, había dado a entender que si Rusia no estaba dispuesta a negociar, no habría resolución. Naciones Unidas (EFE) (I)

Guaidó insiste en acuerdo para elecciones “libres” El líder de la oposición venezolana Juan Guaidó insistió en la necesidad de lograr un “acuerdo integral” con el Gobierno de Nicolás Maduro, que permita unas elecciones presidenciales “libres y justas”, previstas para 2024. “Ratificamos la necesidad de la presión internacional, de lograr un acuerdo integral y de consolidar la unidad con primarias y presencia en las calles para obtener la elección presidencial libre y justa que nos deben”, escribió en su cuenta de Twitter. El pasado 28 de junio, la oposición reunida en la

Plataforma Unitaria, de la cual forma parte Guaidó, sostuvo un encuentro con una delegación del Gobierno de Estados Unidos que estuvo en Venezuela con el fin de coordinar esfuerzos para retomar el proceso de negociación con el Gobierno venezolano. “En ocasión de la visita de la delegación norteamericana, nos hemos reunido hoy para coordinar esfuerzos en aras al restablecimiento del proceso de negociación”, indicó la plataforma antichavista en un comunicado difundido por Gerardo Blyde, uno de sus voceros. (EFE) (I)

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Mueren 10 disidentes de las FARC en operación militar en Colombia La operación se llevó a cabo en la vereda Santa Rita contra 2 campamentos de la Estructura “Armando Ríos”. Diez guerrilleros de una disidencia de las FARC murieron en una operación conjunta de las Fuerzas Militares y la Policía de Colombia en San Vicente del Caguán, en el sureño departamento del Caquetá, donde también se incautó “abundante material de guer ra”, infor mó el Ejército. La operación se llevó a cabo en la vereda Santa Rita contra dos campamentos de la Estructura Primera “Armando Ríos” de las disidencias de las FARC, cuyo principal cabecilla es Néstor Gregorio Vera Fernández, conocido con el alias de “Iván Mordisco”, uno de los guerrilleros más buscados del país. “Tras la operación, las autoridades competentes se encuentran realizando los actos urgentes y el posterior traslado a medicina legal de los fallecidos, con el fin de determinar las identidades, sexo y edades de quienes se encontraban en el lugar”, indicó un comunicado de las Fuerzas Militares. En el lugar fue incautado material que los guerrilleros “utilizaban para intimidar a la población civil

de la zona y planear las acciones terroristas que ejecutarían contra los colombianos, la Fuerza Pública y la infraestructura del Estado”, agregó la información. Las autoridades atribuyen a este grupo los delitos de financiamiento ilícito a través del narcotráfico, extorsión, secuestro, reclutamiento ilícito de menores de edad e indígenas, así como el asesinato de líderes sociales y de excombatientes y constreñimiento contra la población que reside en los departamentos del Caquetá, Guaviare y Meta. También se le atribuye responsabilidad por el secuestro de 17 miembros de una misión médica en diciembre de 2019 en el departamento del Guaviare y el ataque con explosivos en febrero pasado contra el Batallón de Infantería No. 21 Pantano de Vargas, situado en Granada (Meta), que costó la vida a integrante del Ejército y a un civil. A este grupo armado ilegal también se le responsabiliza del asesinato de nueve militares en zona rural de San José del Guaviare en julio de 2021. Las Fuerzas Militares también indicaron que esta disidencia no se acogió al acuerdo de paz firmado en noviembre de 2016 por el Gobierno colombiano y las FARC, y que desde 2017 mantiene enfrentamientos con otros grupos similares, principalmente con la “Segunda Marquetalia” liderada por alias “Iván Márquez”, para expandir su control territorial. Bogotá (EFE) (l)

Tras la operación, las autoridades están realizando actos urgentes y el traslado a medicina legal de los fallecidos. Internet.


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MUNDO Cuenca, lunes 11 de julio de 2022

Asesinato a tiros de un militante de Lula sobrecoge a política brasileña El crimen sucedió a manos de un policía bolsonarista, y se atribuyó el crimen al clima de “intolerancia” y “odio” .

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Se han presentado nueve candidatos

La batalla para sustituir a Johnson cobra fuerza Política

Mientras esta carrera por el liderazgo sigue su marcha, Johnson permanece al frente del Gobierno del Reino Unido.

L

a batalla para sustituir a Boris Jo h n s o n c o m o líder del Partido Conservador y primer ministro británico, cobró fuerza ayer, después de que nueve diputados “tories”, entre ellos dos ministros, hayan presentado ya sus candidaturas. La secretaria de Estado de Comercio, Penny Mordaunt fue la última en unirse hoy a la lista de aspirantes: el ministro de Economía, Nadhim Zahawi; el responsable de Transporte, Grant Shapps; los antiguos titulares de Sanidad Sajid Javid y Jeremy Hunt, el ex titular de Economía Rishi Sunak; el presidente del comité de Exteriores del Parlamento, Tom Tugendhat; la fiscal general, Suella Braverman, y la ex secretaria de Estado d e I g u a l d a d e s Ke m i Badenoch. Johnson se vio forzado a dimitir el pasado jueves después de que más de 50 miembros de su Gobierno

Johnson se vio forzado a dimitir el pasado jueves, después de que más de 50 miembros de su Gobierno renunciasen en protesta por su gestión. EFE

renunciasen en protesta por su gestión y los escándalos que han salpicado su liderazgo, como las fiestas en la residencia de Downing Street durante la pandemia. El comité 1922 establecerá el calendario para la elección La carrera formal para la elección arrancará una vez que el llamado Comité 1922, que agrupa a los diputados conservadores sin cartera, designe este lunes su ejecutiva y establezca el calendario de este proceso, con el objetivo de que el Reino Unido tenga para principios de septiembre a un nuevo jefe del

Gobierno. Mientras esta carrera por el liderazgo sigue su marcha, Johnson permanece al frente del Gobierno del Reino Unido. Además de los nueve aspirantes, se espera que este lunes la ministra de Exteriores, Liz Truss, presente su candidatura. Aunque el proceso aún no ha empezado de manera formal, los políticos han iniciado ya sus respectivas campañas, con el recorte de impuestos como una de las principales promesas. Promesa de recorte de impuestos Tanto Hunt como Sajid

defendieron en declaraciones a la BBC, este recorte fiscal, una de las tradicionales medidas de los conservadores, y destacaron sus respectivas experiencias en los ministerios en los que han trabajado -Sanidad y Exteriores el primero y Economía y Sanidad el segundo-. En tanto, Mordaunt comunicó su decisión en su cuenta de Twitter, en la que colgó un vídeo para indicar que el liderazgo conservador tiene que cambiar, para que esté menos centrado en la personalidad del líder y más en los problemas que tiene el país. Se espera que los otros candidatos también den a

conocer en los próximos días algunos detalles de sus propuestas. Los políticos se someterán a una serie de votaciones, en las que se irán eliminando candidatos hasta que solo queden dos. La decisión final la tendrán los miembros del partido del país, que deberán elegir entre uno de los últimos dos aspirantes. El tesorero del Comité 1922, Geoffrey CliftonBrown, dijo a la radio LBC que confía en que para este 20 de julio -antes del receso parlamentario del veranoqueden los últimos dos candidatos, algo que permitirá acelerar el proceso. Londres (EFE) (I)

Ahora hay 9 personas que entran en la carrera, pero se espera que habrá más aspirantes, antes de que la presentación de las candidaturas se cierre el lunes.

Primer aniversario Nicaragüenses piden El R.U entrena a soldados ucranianos de protesta en Cuba alivio migratorio

El descontento y hartazgo de muchos durante meses, convirtió aquel día una protesta espontánea en San Antonio de los Baños. Internet.

El 11 de julio del año pasado, se realizaron las mayores protestas antigubernamentales, que aún no tienen solución. Cuba cumple un año desde el estallido del 11J, las mayores protestas antigubernamentales en décadas, sin soluciones para el grueso de las causas que lo provocaron, del desabastecimiento a la inflación y los apagones, apuntan a Efe expertos y activistas. El descontento y hartazgo de muchos durante meses convirtió aquel día una protesta espontánea en San Antonio de los Baños (35 kilómetros al suroeste de La Habana), en el catalizador de unas movilizaciones sin precedentes que se extendieron rápidamente en todo el país. Aupadas por las transmisiones en vivo en Facebook, las marchas lograron articularse en

cerca de 50 puntos de la isla, con epicentro en la capital. La mayoría protestaba por la escasez de alimentos y medicinas, la inflación desbocada, la dolarización parcial de la economía y los constantes cortes en la luz, síntomas de una dura crisis económica fruto de los errores en la política nacional, las sanciones de EE.UU. y la pandemia. Pero también había quien exigía libertades y la instauración en Cuba de una democracia liberal, frente al sistema socialista que impera en la isla. La canción “Patria y vida”, crítica con el Gobierno, se convirtió en himno de las protestas. Aunque la mayoría de las marchas fueron pacíficas, algunos choques con la policía y escenas similares –como lanzamiento de piedras o el vuelco de unos autos patrulla– sirvieron para que el Gobierno, que las consideró orquestadas desde el exterior, las tildara además como violentas y contrar r evo l u c i o n a r i a s. L a Habana (EFE) (I)

Un grupo de nicaragüenses pidió al congresista por Florida Charlie Crist, que interceda para “redesignar” un alivio migratorio que protege a los inmigrantes oriundos de ese país, y así amparar a los que “huyen de Nicaragua por el régimen de OrtegaMurillo”. En un encuentro celebrado en Miami , el legislador escuchó testimonios de inmigrantes, que relataron las dificultades en las agencias

migratorias para regularizar su situación a través del asilo político. Miami (EFE) (I)

El Reino Unido ha empezado a entrenar en distintas zonas del país a los primeros soldados ucranianos, como parte de un programa destinado a ayudar a Ucrania a luchar contra la invasión rusa, indicó el ministerio de Defensa. Se espera que hasta 10.000 militares ucranianos sean entrenados en el Reino Unido en los próximos meses, mientras que unos 1.050 soldados británicos estarán encargados de ayudar en estas tareas. El ministro de Defensa, Ben Wallace, señaló que esta es la “próxima fase” del apoyo británico a las fuerzas

ucranianas. “Utilizando la experiencia a nivel mundial del Ejército británico, vamos a ayudar a Ucrania a reconstruir sus fuerzas y aumentar su resistencia mientras defienden la soberanía de su país y su derecho a elegir su futuro”, agregó Wallace a los medios. El curso de entrenamiento está a cargo de la Brigada de Asistencia de Seguridad número 11 del Ejército británico y a los ucranianos se les entrenará sobre tácticas de vigilancia y manejo de armas, según Defensa.Londres. (EFE) (I)


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