El Mercurio -12-07-2022

Page 1

DIARIO INDEPENDIENTE DEL AUSTRO $ 0,50

MARTES, 12 de julio de 2022

Cuenca - Ecuador

Servicios

De a poco se normaliza la venta de gas

M En la distribuidora de gas ubicada en la avenida Loja y Don Bosco se comercializaba el producto con normalidad ayer. XCA

Economía

Se amplía plazo para el pago de impuestos Los usuarios de Azuay, Cotopaxi, Chimborazo, Imbabura, Orellana, Pastaza, Pichincha, Sucumbíos y Tungurahua podrán acogerse a la prórroga que ha otorgado el SRI para las declaraciones y anexos de impuestos que vencen en este mes. Los contribuyentes especiales que debían declarar y pagar el IVA, el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) y retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta (IR), correspondientes a junio, podrán hacerlo hasta el 28 de julio. Los demás contribuyentes podrán pagar el IVA, el ICE y las retenciones, correspondientes a junio y al primer semestre de este año, según el cronograma previsto por el SRI.

6A

ientras Andrés Vicuña, intendente de Policía del Azuay, aseguró ayer que la entrega de gas se está normalizando en Cuenca, Sandra Gómez, presidenta de la Asociación de Distribuidores de Gas en Azuay, sostiene que el cupo de cilindros que cada comerciante recibía se ha visto disminuido después del paro nacional.

Indica que el desabastecimiento del Gas Licuado de Petróleo (GLP) o gas de uso doméstico se superaría en no menos de dos semanas. En cambio, Vicuña destaca que continuarán con los operativos de control en los diferentes depósitos de la ciudad, con el fin de garantizar que los cilindros lleguen a la ciudadanía.

2A

Alentador triunfo rojo 1-O

0

El Expreso Austral comenzó la segunda etapa de la LigraPro con una victoria conseguida anoche ante el Guayaquil City por 1-0, en el estadio “Alejandro Serrano Aguilar”. El único gol lo anotó Vilinton Branda a los 43’. En la segunda fecha los “rojos” visitarán a Liga de Quito. API

Cultura

Un guiño a los juguetes de antaño Mesitas de madera, cocinitas de latón, canastitas tejidas con duda y animalitos de hilo son algunos de los objetos que forman parte de “Así jugamos”, una exposición del Centro Interamericano de Artes Populares (CIDAP). Para la muestra se colocaron 270 piezas que pertenecen a la reserva que custodia el centro, así como de 11 expositores de Ecuador, Argentina, Venezuela y Uruguay, quienes fueron invitados para compartir su arte de hacer los juguetes de antaño y los juguetes contemporáneos.

3A

La muestra denominada “Así jugamos” está compuesta de 270 piezas, se exhibe en el CIDAP. XCA

Sucesos

Atropellos segan dos vidas en vías urbanas

Una mujer de la tercera edad murió ayer tras ser arrollada por un bus de transporte urbano. KOQ

Entre el último viernes y lunes, dos personas murieron atropelladas en distintos sectores de Cuenca. El último percance sucedió ayer, una mujer de la tercera edad murió tras ser atropellada por un bus de transporte urbano en las calles Larga y Miguel Ullauri, en el sector del mercado 10 de Agosto. Cuando sucedió el percance, la mujer fue asistida

1B

“Reactivar economía tendrá un eje social” El ministro de Economía y Finanzas, Pablo Arosemena, anunció ayer que en su gestión impulsará el Plan Económico de la Reactivación “para alcanzar orden con enfoque social”. Arosemena, que asumió el cargo la semana pasada, dijo que sustentará ese plan en tres elementos: asegurar el gasto social, bajar el costo de la vida y construir obra pública. Se debe hacer “que el gasto público llegue a los bolsillos de los ecuatorianos, a través de servicios, créditos, bonos y más”, señaló.

12A

Cuenca

La leche orgánica producen en Austro Francisco Larriva es el primer productor con certificación orgánica en producción de leche del Austro y el segundo en el país. La Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario le otorgó esta acreditación tras cuatro años de constantes evaluaciones. Larriva, quien también es docente universitario, no utiliza agroquímicos, ni tampoco maquinaria para generar el pasto que consumen las vacas para la producción de leche.

5A

Deportes

Arranca la edición 2022 de las Colonias Vacacionales de Federación Deportiva del Azuay.

Argentina

2B

Argentina soporta manifestaciones contra el gobierno debido a la crisis económica.

6B

Mundo

En Cuba se recuerda con calma las mayores protestas dadas el 11 de julio de 2021.

8B

Contáctenos

@elmercurioec elmercurioec El Mercurio Cuenca elmercurioec elmercurioec

por paramédicos y trasladada de urgencia a una casa de salud, pero poco después perdió la vida a causa de la gravedad de las heridas. El pasado viernes, la comerciante Diana Lorena Andrade Paredes, 41 años, murió tras ser atropellada, en la avenida De Las Américas, sector Feria Libre.

7A

Gobierno

Año 97 / 20 páginas / 2 cuerpos Ejemplares en circulación: 8.107 Edición No. 36.963

Francisco Larriva. BPR


2A

C UENCA

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Para cualquier denuncia puede dirigirse a la Intendencia de Policía del Azuay o al número personal del Intendente 0998621685. Las denuncias también puede hacerlas por medio del WhatsApp: 0995620206. Se solicitan datos, fotografías del lugar, pero ninguna información personal.

Las distribuidoras de Cuenca, como la ubicada en la avenida Loja y Don Bosco, fueron abastecidas ayer. XCA

El envasado del producto está al 100% en las proveedoras

Venta de gas empieza a normalizarse Desabastecimiento

La comercialización a domicilio todavía es irregular en Cuenca.

J

ulia Zuña salió ayer muy temprano en busca de un tanque de gas doméstico. El fin de semana apenas pudo cocinar: sus dos cilindros, incluido el que tiene de reserva, se vaciaron. Cuenta que no acudió antes a una comercializadora de este producto porque quería evitar las largas filas de personas. Después de esperar 10 minutos consiguió un cilindro color blanco, que estima le durará cerca de un mes porque vive sola. Espera que hasta eso la distribución del gas se normalice. El gobernador del Azuay, Matías Abad, es optimista. Ayer, en una rueda de prensa, aseguró que esta semana se normalizará la venta del Gas Licuado de Petróleo (GLP) o gas doméstico. “A pesar de la dificultad y la alta demanda que hemos tenido debido a que no hubo despacho de gas por varios días, hemos ido paliando esta situación con el apoyo de las distribuidoras. Esperemos que durante esta semana se tenga mayor orden y control”, explicó. La autoridad añadió que las comercializadoras de gas también han generado una producción adicional del producto a fin de abastecer a la ciudadanía. El intendente de Policía d e l A z u ay, A n d r é s

Vicuña, informó que Austrogas envasa actualmente 12.500 cilindros color blanco, por día, en Cuenca. Antes del paro, producían 10.000 aproximadamente; los 2.500 restantes son para igualarse en el desabastecimiento de junio. Además, envasan otros 2.500 para Agip Gas - Eni Ecuador (azul) y Congas (naranja). Es decir, solamente en Cuenca se envasan 15.000 tanques diarios, pero también se debe considerar los 10.000 que Duragas (cilindro amarillo) trae envasados a la capital azuaya. “Hablamos aproximadamente de 25.000 unidades, lo que abastece el mercado de la provincia y parte de Cañar (Azogues)”. En el paro nacional, apenas se envasaba el 30% del total, hoy la producción ya es al 100 %. Sin aglomeraciones Para constatar que la entrega de gas doméstico se cumple con normalidad, Vicuña recorrió ayer los diferentes depósitos para conocer cómo se distribuye el gas en las diferentes comercializadoras. Vicuña destacó que desde ayer ya no hay aglomeraciones en las distintas distribuidoras de gas que prestan su servicio en Cuenca. “La demanda que se presentó la semana anterior, después del paro nacional, se va normalizand o p a u l a t i n a m e n t e. Esperamos que en estos días ya podamos observar los vehículos de las distribuidoras ofreciendo gas libremente por las calles de la ciudad”. “Seguimos en crisis” Sandra Gómez, presidenta de la Asociación de

Continúan los controles La Intendencia de Policía anunció que continuará los controles a la venta de este producto con el apoyo de los comisarios y tenientes para hacer respetar el precio oficial y garantizar el orden en la comercialización. Los operativos también se extienden a los vehículos repartidores de gas, ya que han recibido varias denuncias de que están vendiendo un cilindro hasta en 8 dólares. Los ciudadanos que se sientan afectados pueden comunicarse Andrés Vicuña, intendente general de Policía, realizó ayer operativos de control. XCA

1

intendente de Policía, 1 comisario nacional de Policía y 21 tenientes políticos tiene Cuenca para diferentes controles como la venta de gas.

115

operativos de control realizó la semana pasada la Intendencia del Azuay, con mayor incidencia en GLP y mercados.

287

distribuidores de gas se registran en Cuenca, según detalló su representante. Distribuidores de Gas en Azuay, discrepa con Vicuña y sostiene que aún no se ha normalizado la venta de gas porque el cupo de cilindros que cada comerciante recibía se ha disminuido después del paro nacional. “Por citarle un ejemplo: antes, una distribuidora

“x” adquiría 50 tanques, pero ahora apenas le llegan 20. La Ley nos permite vender el 20% en los depósitos y el 80% entregar en domicilio, cosa que casi no lo estamos logrando por el desfase que hay en las diferentes bodegas”. La comerciante, además, asegura que hay una

sobredemanda del producto por temor a una nueva paralización. Por esos antecedentes, ella cree que la venta se puede regular en no menos de dos semanas. Venta a domicilio La Ley establece una fórmula de comercialización del gas doméstico: el 20% del total que las comercializadoras reciben a diario debe venderse en el depósito y el otro 80%, a domicilio. Pero las autoridades han solicitado a los comerciantes que, debido a este retraso, generado por las movilizaciones que duraron 18 días, se atienda prioritariamente a los ciudadanos que se acercan personalmente a las distribuidoras. Este pedido finalmente tuvo una respuesta favorable, aunque hay inconformidad. Gómez afirma que no pueden sostenerse de la venta que realizan en los depósitos, en donde “apenas se gana cinco centavos

mediante los canales habilitados por las autoridades para denunciar los abusos. Gustavo Toledo, comisario de Policía del cantón Cuenca, aseguró que las distribuidoras han vendido hasta el 100% del producto en el depósito para descongestionar las largas filas que ha incomodado a la ciudadanía. “Los controles continúan. La idea es despachar de la manera más equitativa, rápida y ordenada los cilindros de gas”. (I) por cada cilindro”, por lo que prefieren vender en los domicilios. La comerciante añade que tienen que pagar impuestos, arriendos de bodega y otros rubros, como los servicios de una persona que les ayuda a facturar y otra que despacha los tanques de gas. “La gente cree que la ganancia es 1,40 dólares vendiendo a domicilio, pero no es así, ya que nosotros pagamos al chofer, con licencia tipo E, que gana cerca de 750 dólares y también al estibador, que gana el básico. Además, el vehículo se acaba, consume combustible, cada vez se cambia de aceite y llantas…”, detalla. Por eso, el valor varía cuando se oferta este producto a domicilio, pues el distribuidor cobra por el servicio de transporte, entre 1 y 1,40 dólares adicionales. “Aquí se trata de oferta y demanda”, acotó el intendente de Policía. Vicuña detalló que el precio del gas se mantiene oficialmente en 1,60 dólares. (JMB) (I)

Alta tecnología Salud

HVCM brinda terapia ocupacional a pacientes

La terapia ocupacional tiene como objetivo que el paciente logre la máxima independencia posible en todas las actividades que realiza. Cortesía

El Hospital Vicente Corral Moscoso (HVCM) atiende a los pacientes que han sufrido traumas en su área de terapia ocupacional Esta es parte del área de Medicina Física y Rehabilitación de la casa de salud, que se encarga de la evaluación, tratamiento y seguimiento a los pacientes que requieren mejorar la funcionalidad de sus miembros superiores por alguna patología presentada. La mayoría de pacientes que asisten a esta área de rehabilitación

son quienes han sufrido traumas a nivel de sus miembros superiores. Eso les impide tener autonomía y buena calidad de vida; sin embargo, también asisten personas con accidentes cerebrovasculares. Verónica Pacheco, terapeuta ocupacional, señaló: “El ser vicio cuenta con el equipamiento básico, este año nos ha entregado una mesa de kanavel (sirve para lesiones de muñecas y dedos), rueda de hombro magnética y la escalera sueca. Se atien-

de un promedio mensual de 180 pacientes en consulta externa y 50 en el área de hospitalización”. El tiempo para recup e r a r l a m ov i l i d a d depende de la patología. Bryan Encalada, paciente, lleva seis semanas en rehabilitación con un diagnóstico de reparación de arteria radial más una lesión en arteria cubital y medial en su mano derecha. “En mi tratamiento se ha realizado magnetoterapia, parafina, hidroterapia y terapia ocupacional. Ya puedo mover gran parte

de mi dedo índice y mi mano también, falta un poco de recuperar la movilidad, pero siento una gran mejoría en comparación a como recién empecé”, expresó. El trabajo se realiza en equipo con las diferentes áreas de rehabilitación. Dependiendo de la gravedad de la patología, el paciente, además de la terapia ocupacional, también puede requerir de terapia física y de lenguaje, el propósito es rehabilitar los miembros afectados. (REM) (I)


C UENCA

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

3A

270 piezas conforman la muestra «Así jugamos»

Los juguetes de antaño se exponen en el CIDAP Cultura

11 artesanos exhiben y comercializan sus trabajos hechos a mano.

M

esitas de madera, cocinitas de latón, canastitas tejidas, animalitos de hilo y personajes que parecen sacados de aquellos cuentos infantiles en los que usaban globos y aviones para moverse de un lado al otro: con esos objetos está compuesta «Así jugamos», una exposición del Centro Interamericano de Artes Populares (CIDAP). Las 270 piezas que se ubicaron en las salas expositivas del centro artesanal son de la autoría de 11 artesanos invitados de Ecuador, Argentina, Venezuela y Uruguay, y la reserva que custodia el CIDAP. La exposición se divide en dos tiempos: en los juguetes de antaño y en los contemporáneos, y en dos secciones: las piezas que solo son de muestra y las que están a la venta. A través de las salas, los visitantes, los más adultos, se encontrarán con el pasado, con su niñez, en la que los juguetes de plástico y los industrializados todavía no copaban las perchas de las jugueterías. Mientras que los niños, los que no llegaron a palpar las figuras con las que jugaban sus padres y sus abuelos, descubrirán piezas que, mediante su imaginación, les llevará a los mundos que solo ellos pueden crear. “Para muchos va a ser una expe-

Parte de las piezas que se exponen pertenecen a la reserva de artesanías que custodia el CIDAP. XCA

Las mesitas de madera son algunos de los objetos que se exhiben y comercializan en la exposición. XCA

riencia nostálgica, sin embargo, para otros va a ser un hecho emocionante que les va a abrir nuevas perspectivas y alternativas al plástico, alternativas a lo globalizado”, explicó a diario El Mercurio Jonathan Koupermann, subdirector de promoción artesanal del CIDAP. Además de generar esa amalgama de sentimientos entre quienes crecieron con ese tipo de juguetes, para los organizadores de la exposición también es importante que el trabajo hecho a mano y la pulcritud con la que dieron forma los artesanos a sus obras se visibilicen y no se pierdan entre lo que estamos acostumbrados a ver: el plástico. “El trabajo artesanal tiene un toque artístico. Nuestros juguetes tienen una sensibilidad, tienen una función didáctica, lúdica, hay una relación de por medio”, dijo Jonathan Rojas, un artesano de Venezuela que está radicado en Cuenca desde hace un lustro. Jonathan forma parte de los artesanos que están exponiendo en el CIDAP. En su caso él compartió sus carros, sus carruseles, sus diablos humas y sus trompos que los ha elaborado en su estancia en Cuenca. “Lo que he visto es que al cuencano le gusta de todo. Cualquier tipo de juguete que le parezca bonito se lleva. Tengo clientes que llegan a mi taller porque coleccionan mis juguetes”, agregó el artista venezolano. Dentro las personas que están exponiendo también está Elsa Sacaquirín, una artesana dedicada a la cestería desde hace 35 años. Ella, para la muestra, compartió sus canastitas tejidas con duda, esas que usaban los niños en el siglo pasado para jugar a la cocinita. A pesar de que la venta de sus juguetes ha disminuido, ella todavía mantiene su arte porque todavía hay clientes que le piden que haga los cestitos. “Estos espacios nos permi-

ten mostrar nuestro trabajo, los juguetes que se usaban antes y que se están perdiendo. Esperamos que las personas puedan visitar la exposición para conocer nuestro trabajo”, dijo doña Elsa. (AWM)-(I)

Las piezas de los artesanos estarán expuestas hasta el 15 de octubre en las salas del CIDAP, ubicadas en el Paseo Tres de Noviembre, junto a la escalinata Francisco Sojos. El horario de atención es: de lunes a viernes, de 08:00 a 17:00. La entrada es libre. Expositores - Matilde Lema - Amigurumis - Elsa Sacaquirín - Eva León - Lauro López - Liara Barco - Amalgama Toys - Maricel Buitrago - Jonathan Rojas - Juan Pablo Ordóñez

Alta tecnología Conciertos

Tres días de la Fiesta de la Música Mañana se inaugurará el evento realizado por la Alianza Francesa de Cuenca.

Los conciertos volverán a realizarse en los espacios públicos de la ciudad. Archivo

Luego de aplazarse por las movilizaciones en Ecuador, la edición 31 de la Fiesta de la Música ya tiene fecha de realización: el 13, 15 y 16 de julio. El evento musical volverá a realizarse como hasta antes de marzo de 2020: en los espacios públicos de Cuenca.

Para esta nueva edición, tras la curaduría de un jurado de la ciudad, habrá 140 músicos que interpretarán sus trabajos vinculados con los géneros electrónica, indie fusión, rock y metal, y rap y hip hop. Para las presentaciones, la Alianza Francesa de Cuenca estableció distintos espacios. En primera instancia, la inauguración de la fiesta será mañana, a las 19:00, en el Teatro Sucre (calles Sucre y Luis Cordero). En la apertura del evento se contará con la participación de Sei Corde

UTPL, cuyos integrantes presentarán un concierto de guitar ra clásica, y Camerata Arkos UTPL, grupo que presentará un concierto de rock sinfónico. Luego de ello, en la noche del 15 de julio, l o s c o n c i e r t o s c o n t inuarán en ocho espacios privados de la ciud a d : Bumba fruits and Beer, Wunderbar, el Pedregal Azteca, La Belga, Hotel Selina, 11 Pizza y Cerveza, 3Marias, Vevos G a s t r o A r t e y Vi e j a Diablos. Mientras que, el 16 de

julio, las presentaciones se llevarán a cabo en cuatro espacios públicos: en el estadio Alejandro Serrano Aguilar estarán los grupos de indie fusión, en la Plaza del Otorongo se presentarán las bandas de rock metal, en la Plazoleta Cruz del Vado estarán los cantantes de rap y hip hop, y en el Puente Roto se presentarán los shows de electro experimental. La Alianza Francesa prevé que más de 20.000 personas sean parte de todos los conciertos programados que son gratuitos. (AWM)-(I)


4A OPINION Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Tito Astudillo y A.

Graduación de bachiller

L

a graduación de bachiller, nieto mío, es como el punto de partida e inicial de un destino en la medida que se deja atrás una formación de participación colectiva; padres, abuelos, hermanos, profesores y la comunidad sumando para una educación integral que ayude descubrir su vocación e iniciar la etapa de perfeccionamiento individual (universidad) que les permita su realización académica, profesional y humana y un rol constructivo en la sociedad. En el camino recorrido hasta aquí, querido Tomás, siempre te propusiste y plasmaste metas con sinceridad y decisión como en las caminatas por las lomas de Jadán, por los páramos del Cajas, en el Bosque Protector Aguarongo, en la geografía regional y más allá; en los deportes: fútbol, baloncesto, natación, artes marciales y esas eternas partidas de ajedrez; las batallas de rap en La Escalinata que vivías con pasión y tus maratones de lectura desde el Homo Sapiens al Homo Deus, pasando por el mitológico de Homero y Virgilio, el caballeresco de Cervantes, el de Dante, el del existencialismo de Camus y Hesse, Stephen Hawking, el de la Historia del tiempo y los agujeros negros; las sagas de Harry Potter, El Señor de los Anillos, Maze Runner: correr o morir y Ciclo de la Luna Roja; la literatura del boom y pos boom, Rayuela y Los detectives salvajes; El hombre que calculaba, nuestros autores, y te dio por leer física y matemáticas y comienza otro capítulo de tu vida porque encontraste en los números tu vocación que vas a seguir en la Universidad Tecnológica de Múnich. Pienso, Tomás nieto amado, que la etapa hasta aquí cumplida fue como hacer armas para la vida, a la que vas a enfrentar con una excelente formación académica, espiritual y humana; pero sobretodo vas armado del amor de tu familia y amigos que celebramos tu graduación, porque celebrar siempre será un acto de ratificación del amor ofertado. Creo que Nadie puede desearte, a más de tu familia íntima, un largo camino de éxitos en tu vida, como tu abuelo que compartió los pasos de tu infancia. (O)

Dr. Nicanor Merchán Bermeo 1935 - 1956

Dr. Nicanor Merchán Luco DIRECTOR

Ing. Miguel Merchán Ochoa 1956 - 1974

Lcda. Marina Merchán Luco GERENTE GENERAL

Jorge L. Durán F.

EDITORIAL

Encarar problemas nacionales

E

n Ecuador, temas trascendentales se debaten muy poco. Nada mismo. Se los deja a merced de las coyunturas políticas. La propuesta federalista, hecha por el exalcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, da lugar a varias reacciones, si bien de oposición la mayoría. Empero, y allí radica la importancia, empuja al país a debatir, no aspectos baladíes sino de enorme importancia. Sin dar la razón del todo al proponente, el centralismo, tan antiguo como la República, es el dogal de la inequidad, de grandes desajustes socio-económicos, y más injusticias. Ha dado lugar a la existencia de provincias de primera, de segunda y de tercera. Este es un problema, por el momento difícil de resolver, si bien en teoría hay algunas disposiciones legales y constitucionales. El centralismo, fuente de una frondosa burocracia, está arraigado hasta en la mente de quienes viven de él. Se considera dueño absoluto de los millones de tributos pagados por los ecuatorianos, decide y resuelve todo; y esto es. Una especie de caciques ven al resto de la República solamente como “provincias”. Creen aún en el colonialismo. Hasta se inventa fraseologías, como eso de decir “nos vamos a territorio”; o, para cualquier cosa “diríjase a la matriz”. En la Constitución se estableció la creación de regiones autónomas; es decir, la unión de dos o más provincias, previa consulta popular. Se creó la ley correspondiente; igual el Cootad. Todo estaba listo para regular la descentralización territorial de los diversos niveles de gobierno. Los prefectos debían liderar ese proceso. Ninguno lo hizo. Pero, a cambio, el Gobierno Nacional debió asumir ese reto. Ni siquiera se inmuta. Es hora de debatir en serio para quitarse de encima el centralismo. Hasta a los Gobiernos les iría bien. El tan pregonado país unitario ya no da más si persiste ese yugo político, económico, administrativo. ¿Lo entenderán los políticos?

CARICATURA DEL DÍA

Promete que promete

Edgar Pesántez Torres

Muere un líder

E

n mente estaba hablar del líder, luego de pasar 18 aciagos días de huelga nacional -más que paro- convocado por la Conaie, en la que midieron fuerzas dirigentes del gobierno, de los indígenas, políticos y ciudadanos civiles, ninguno de los cuales se encasillaron en el fallo de Confucio sobre que los líderes son “distribuidores de confianza”. En eso sorprende la muerte de un ciudadano, quién sí tuvo las cualidades de líder: Francisco Huerta Montalvo. Las competencias del liderazgo a través de la historia no han variado, pero sí han cambiado la comprensión de qué es, cómo opera y de qué manera aplica, que se puede inferir de practicantes reflexivos como Jesucristo, Moisés, Buda, Pericles, Julio César, Alejandro Magno, Maquiavelo, Gandi, Lenin, Tubman, Churchill, Lincoln, Bonaparte, Roosevelt, Mandela, de Gaulle, Mao, Luther King… quienes apenas tuvieron algo en común. Estos y otros líderes que da cuenta la historia, se los puede encasillar bajo tres contextos principales: compromiso, complejidad y credibilidad, atributos que merecen delinearse en otra oportunidad. Ellos crearon nuevas ideas, políticas y metodologías en lo educativo, religioso, laboral, social, empresarial, administrativo, comunitario, artístico, deportivo, etc. Fueron quienes cambiaron el metabolismo de sus respectivas organizaciones, y para utilizar la frase de Camus fueron “peligrosamente creativos”, no simples personas de las rutinas básicas de populistas de barricada que hoy “cretinizan” a las masas. Este país también ha tenido líderes de envergadura en diferentes ámbitos, quizá uno de ellos es el ciudadano que acaba de morir, don Francisco Huerta Montalvo. Lo conocí como Ministro de Salud, a inicios de la década de ochenta, cuando hacía mi conscripción médica en una aldea oculta en las faldas del Matanga, Chigüinda. Su eslogan por entonces era “Menos ladrillos, más vacunas”. El Dr. Huerta no solo captaba atención sino prestaba atención. Tuvo la capacidad de aceptar a la gente como es, no necesariamente como él quería que sea y enfocó las relaciones y los problemas en términos del presente y no del pasado. Trató a los que estaban cerca de él con la misma atención amable que se daría a conocidos más lejanos y casuales; tuvo la cualidad de confiar en otros, aun cuando su riesgo fue grande; actuó sin la constante aprobación y el permanente reconocimiento de los demás. Así, una de sus últimas sentencias fue: “Prefiero resultar grosero por el camino de la franqueza, que hipócrita por el de la cortesía. Organicémonos… nos estamos quedando sin república”. (O)

M

ama Suca se salvó de ir a maullar quien sabe dónde. La puso en venta Cristian Alexander Sapatanga, un niño de nueve años que vive en Quimzhi, cantón Gualaceo. Salió a la vía para ofrecer a su gatita. No hubo clientes; ni su tío, porque no tiene dinero. Y eso que solo pedía 3 dólares para comprar tres libras de salchichas, y almorzar ese día con su madre, sus hermanos y tres sobrinas. Mama Suca finalmente se quedó con Cristian. Un buen samaritano le brindó el almuerzo, cuyo pedazo de carne lo guardó para su madre María Floresmila, vendedora de mangos verdes con sal en Gualaceo. Las redes sociales “explotaron” con esta historia. La gatita se hizo famosa en manos de su dueño, en tanto él y su familia han sido objeto de muestras de solidaridad. ¿Se necesitan esos extremos, de desesperación hasta cierto punto, para conocer calamitosas realidades sociales? ¿Cuántos Cristian Alexander viven en similares o peores situaciones? Como él, ¿en qué condiciones nutricionales, de habitabilidad, educativas, de salud, sin los servicios básicos, sobreviven cientos de miles de menores ecuatorianos? Él es parte de ese 48 % de pobreza rural. No todos esos niños tendrán una gata para vender. Desprenderse de su mascota debió ser una decisión dura para el menor. ¿Cuántos perros y gatos, aún tiernos, quedan abandonados en las plazas de Cuenca luego que sus dueños, venidos desde los sectores rurales, no pueden venderlos; pues “los otros” ni siquiera preguntan? Ese es el otro Ecuador. El que se visibiliza solo en momentos de tragedia o de tener que vender una gata para comer siquiera por un día. Miles de niños ayudan a sus padres a buscar el pan del día. También los obligan. En las intersecciones de las calles se los ve ofreciendo caramelos, juntando las manos con una mirada perdida en el vacío. Mientras “los otros” desperdician toneladas de comida; de hacer paros, a lo mejor justos, para que unos violentos se den el lujo de causar pérdidas por más de $ 900 millones. Mientras para ese “otro”, el Estado, esos niños apenas son estadísticas de la inequidad social, del asistencialismo, que lo que hace es mantener la pobreza. Lo peor para un país es que los niños nazcan pobres, sobrevivan pobres y mueran pobres. No importa cuán capaces sean. En tanto “los otros” piensan, como dijo Jaime Sabines: “Aquí no pasa nada; mejor dicho, pasan tantas cosas juntas que es mejor decir que no pasa nada”. Mama Suca y Cristian siguen juntos. Si la vendía, ¿dónde estaría? Con seguridad extrañando las caricias de su amo; intentando volver. Lo que es la vida, ¡ah! (O)

Mónica Banegas Cedillo

L

¿Ecuador, República Federal?

a propuesta tiene que ver con la distribución del poder. En un estado unitario como lo es Ecuador, el poder lo ostenta el gobierno central y lo distribuye a los demás territorios, provincia, cantones y parroquias. Un estado federal el poder lo tienen los territorios, y cada uno cuenta con un poder ejecutivo, legislativo, judicial y electoral. ¿Cuál sería el procedimiento? Ni la enmienda constitucional porque una

propuesta de federalismo si implica una alteración a la estructura fundamental, al carácter y a los elementos constitutivos del Estado; tampoco la reforma parcial. La vía idónea previo dictamen de la Corte Constitucional sería la consulta popular que convoque a una Asamblea Constituyente. La nueva Constitución, para su entrada en vigor, requerirá ser aprobada mediante referéndum con la mitad más uno de los votos válidos.

El centralismo es el culpable de que salgan a la luz esta y otro tipo de propuestas de nueva organización del estado. Ante la mala gestión política y administrativa, se echa la culpa a los modelos. En la misma línea se cree que los modelos son la panacea del cambio. La pregunta es, ¿cuántas provincias tienen condiciones reales para ser autónomas? Nos falta sentido de unidad y de solidaridad. (O) Twitter: @monicabanegasc

Andrés Martínez Moscoso

E

Estado Federal

l Ecuador se define como un Estado Unitario, que se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. Se encuentra organizado territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales. No obstante, hasta la fecha, las regiones (unión de 2 o más provincias con continuidad territorial, más de 5% de población nacional, etc.), aún no han sido conformadas. En el país, casi como sí se tratase de un mantra, distintos líderes políticos repiten cada cierto tiempo que, la solución a los problemas del país, se resuelven sencillamente cambiando el modelo de Estado, por uno de corte Federal, y ponen como ejemplo lo que ocurre con Estados Unidos, Argentina, México o Alemania. Sin embargo, ¿Qué es realmente un Estado Federal?. Es un tipo de Estado que no solo cuenta con descentralización administrativa, sino que además descentralización política. Y tiene el mérito de conciliar la pluralidad en la unidad, es decir que integra a cada una de las

Administración y Talleres: DIARIO INDEPENDIENTE DEL AUSTRO

Vendo a Mama Suca

Av. de Las Américas y Francisco de Ascázubi (sur) Casilla Nº 60 - Conmutador: 4111786 www.elmercurio.com.ec

unidades territoriales en una unidad superior, por ello, maneja diversas fuentes de poder político, con lo cual, unas quedan asignadas a los gobiernos federales, y unas pocas al gobierno central. Como lo señala Verdugo Marinkovic y García Barzelatto, existen ciertos factores exógenes que influyen para la constitución de un Estado Federal, entre ellos: geográficos (contigüidad espacial, y en consecuencia necesidad de defensa común frente a extraños); económicos (acoplamiento recíproco de la estructura económica de cada uno de Estados particulares); y, sociales (homogeneidad de la estructura social y formas de vida). En este sentido, se presentan características fundamentales del orden federal: poder central y poderes locales (llamadas provincias, cantones o Estados); Constitución federal (una ley suprema que los une); distribución de competencias (la norma fundamental debe fijar las competencias de la Federación y de los Estados

Directivos y administradores:

Director: Dr. Nicanor Merchán Luco Gerente General: Lcda. Marina Merchán Luco

miembros); soberanía e indivisibilidad; y, sistema bicameral (aunque no obligatorio, suele dividirse entre la representación por número de habitantes en la cámara baja, y la superior, elegida de forma igualitaria por cada Estado). Frente a lo narrado, en mi opinión no se puede dejar de señalar que el Ecuador es un país con grandes inequidades, y que precisamente para combatirlas, el COOTAD se basó en el principio de solidaridad, entendido como la obligación que tienen los distintos niveles de gobierno para que de manera compartida se genere un desarrollo justo, equilibrado y equitativo de las distintas circunscripciones territoriales. No obstante si las intenciones de cambiar de modelo continuan, sería apropiado una discusión nacional seria, en la que se analicen los pros y contras, y sobre todo que se respeten los mecanismos de reforma constitucional previstos. (O) @andresmartmos

Editor General: Mgtr. Diego Montalván Sarmiento dmontalvan@elmercurio.com.ec Coeditora: Jackeline Beltrán A. redaccion1@elmercurio.com.ec

Facebook: elmercurioec Twitter: @elmercurioec Email: redaccion1@elmercurio.com.ec


C UENCA

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

5A

Francisco Larriva recibió la certificación de Agrocalidad

Austro, pionero en leche orgánica Personaje

Mercado extranjero

En su hacienda ubicada en Victoria del Portete no se usan químicos, ni tampoco maquinaria.

Nuestros grandes aliados son los escarabajos, lombrices, entre otros insectos que mejoran la materia orgánica del suelo para forjar el pasto que consume el ganado”. A esto atribuye el cuencano Francisco Larriva, su reconocimiento como el primer ganadero del Austro y el segundo en el país, con la certificación orgánica en producción de leche. En el sector Chuquira, de la parroquia Victoria del Por tete, sur de Cuenca, está su hacienda que lleva el nombre de “Brujas Huayco”. En este lugar, ubicado a 3.100 metros de altura sobre el nivel del mar (m.s.n.m), está prohibido el uso de fertilizantes químicos, así como el ingreso de tractores agrícolas para labrar la tierra. Las herramientas son los escarabajos que se encargan de enterrar el estiércol de las vacas y remover la tierra para que las lombrices transformen el excremento en “Humus”. Este abono orgánico registra altos niveles de nutrientes idóneos para la producción del pasto.

El nombre de la hacienda rinde homenaje a su esposa Karen Salazar. A ella cariñosamente la conocen como “Brujita” y laboró por más de 12 años en las plantaciones de Monjas Huayco, en el cantón Paute.

Francisco Larriva accedió a la primera certificación orgánica en producción de leche en el Austro del país. Larriva es docente universitario, además de productor. BPR

Andrea Morante trabaja en la hacienda “Brujas Huayco” para la producción lechera. BPR

También se usan bioles o abono que se elabora con restos de vegetales y compuestos orgánicos fermentados por microrganismos. Asimismo, se utiliza un abono conocido como “Bocachi” que proviene de una técnica japonesa en la que también se fermentan diferentes componentes orgánicos. De esta manera, las reses se alimentan de un pasto natural que mejora su salud y optimiza su producción lechera. La

hacienda posee alrededor de 20 vacas que generan al momento una producción diaria de entre 200 a 300 litros. Trámite Francisco Larriva, quien también se desempeña como docente universitario, inició desde hace cuatro años el trámite mediante el asesoramiento de una certificadora internacional. El propósito fue cum-

En la generación del pasto que consumen las vacas, se utiliza material orgánico. BPR

plir con los requisitos para q u e l a A ge n c i a d e Regulación y Control Fito y Zoosanitaria (Agrocalidad) considere sus buenas prácticas en su hacienda -que la adquirió hace más de 15 años- para que se le otorgue este importante documento. El proceso fue complejo, pues se tenía que demostrar que sus potreros están libres de agroquímicos. Además que las vacas produzcan leche totalmente pura que se

caracteriza por una gran cantidad de sólidos, aminoácidos, entre otros nutrientes. “Fueron cuatro años de evaluaciones, de visitas, de documentación, de verificar que todos los procesos sean netamente orgánicos”, citó el propietario, quien recibió la certificación a inicios de junio del presente año de manos de Pablo Weber, viceministro de Desarrollo Rural. Su anhelo es que más

La cer tificación orgánica en producción de leche significa que se la produce sin agroquímicos, lo que resulta completamente inocuo para la salud. Así lo explicó Vanesa Abad, coordinadora zonal de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitaria (Agrocalidad). El pasto como las vacas tuvieron que pasar por una certificación orgánica, por lo tanto, la leche no tendrá ningún tipo de residuos químicos, ni de plaguicidas y medicamentos veterinarios. Abad recordó que la primera certificación bajo estas características se entregó desde hace tres años a un productor de la provincia de Cotopaxi. Sin embargo, no está vigente ya que cada tres años se cumplen evaluaciones a las que no accedió aún el ganadero. “Francisco Larriva sería la única persona, considerando este antecedente, que tiene el certificado vigente en el país”, comentó la funcionaria, quien aseguró que este hecho promueve que el producto pueda llegar a mercados internacionales. (I) ganaderos azuayos y del país opten por una producción totalmente orgánica que incluso abarate los costos. “En el Ecuador el potencial de la producción pecuaria y de leche está en la calidad más que en la cantidad. Nuestro país es relativamente pequeño, no tenemos las condiciones que tienen otros países para producir leche en gran volumen”, concluyó Larriva. (BPR)-(I)

Alta tecnología Cultura

Todo listo para gala de ópera y ballet La Gala Intercontinental de Ópera y Ballet Clásico se presentará por primera vez en Ecuador. Se trata de 40 artistas de tres continentes que pondrán en escena los más aclamados fragmentos de las obras de ópera “Aida” y “Carmen”. Se contará además con la presencia de la mundialmente reconocida Ópera Nacional de Egipto, en compañía de grandes solistas como: Paolo Spagnuolo, tenor de la Real Orquesta Filarmónica de Roma; Carlo Cantoni, barítono figura en la Ópera de Roma; Haydee Dabusti,

soprano del Teatro Colón; y, María Ratkova, mezzosoprano italiana. Así también en una segunda puesta en escena los solistas principales del Teatro Colón de Buenos Aires, el Ballet de Ucrania, acompañados de solistas de Alemania, Francia, Bulgaria, Argentina y Colombia pondrán en escena fragmentos de las obras clásicas “Don Quijote” y el “Lago de los Cisnes”. Las presentaciones tendrán lugar en Cuenca, el viernes 15 de julio, a las 20:30, en el Teatro Carlos C u eva Ta m a r i z ; e n

En gráficas

Homenaje a fundador de colegio Con una celebración eucarística y una sesión solemne, el colegio particular Padre Carlos Crespi Croci, rindió un homenaje a su fundador Vicente León Bermeo, el acto se cumplió en el Coliseo de la Unidad Educativa con la presencia de las autoridades, docentes, estudiantes, padres de familia e invitados especiales. El rector, Alejandro Arias indicó que el homenaje, que se realiza al fundador del establecimiento educativo se da en el marco de la celebración de sus 50 años de creación o fundación. El colegio se fundó un 19 de junio de 1972. (REM)-(I)

Guayaquil, el 16 de julio, en el Teatro Centro de Arte; y, en Quito, el 18 de julio, en el Teatro San Gabriel. Los interesados en asistir a las presentaciones pueden comprar los boletos a través de la página web www.nochesdearte. com/opera. Asimismo, en las boleterías de los teatros. Fragmentos La Ópera Nacional de Egipto pondrá en escena fragmentos de la obra “Aída”, compuesta por

Verdi. La Marcha Triunfal de la ópera “Aida” es una de las más conocidas melodías. La historia transcurre en el antiguo Egipto, y cuenta el desgraciado amor entre el general egipcio Radamés y una bella esclava, en realidad hija del rey de los etíopes. Mientras la ópera “Carmen” es indiscutiblemente la obra maestra de Georges Bizet. Basada en la novela del mismo nombre de Prosper Mérimée, se produce una representación escandalosamente realista de amor y poder. (REM)-(I)

La presentación en Cuenca, será el viernes 15 de julio, en el Teatro Carlos Cueva, a las 20:30. Cortesía


6A

E

MPRESARIAL

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

La medida aplica para usuarios de nueve provincias

SRI amplía plazo para el pago de impuestos Economía

Los contribuyentes que deben declarar IVA, ICE y retenciones tendrán hasta septiembre de 2022 para pagar sin intereses ni multas.

E

l Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo hasta septiembre de 2022 para la presentación de las declaraciones y anexos de impuestos que vencen en julio. Los usuarios de las provincias de Azuay, Cotopaxi, Chimborazo, Imbabura, Orellana, Pastaza, Pichincha, Sucumbíos y Tungurahua se beneficiarán de esta medida. “Hemos decidido dar un respiro a nuestros contribuyentes, 60 días más para las declaraciones y sus correspondientes pagos para quienes vieron interrumpidas sus actividades durante este periodo”, indicó Francisco Briones, director general del SRI, en alusión a las localidades mayormente afectadas por el paro nacional que se desató entre el 13 y el 30 de junio. La resolución del SRI señala que esas provincias fueron declaradas en estado de excepción por grave conmoción interna, por lo que es necesario otorgar a

El pago de los impuestos se puede hacer en las oficinas del Servicio de Rentas Internas o de forma virtual. XCA

los contribuyentes las herramientas necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones. De esta manera, los contribuyentes especiales que debían declarar y pagar I m p u e s t o a l Va l o r Agregado (IVA), Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) y retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta (IR), correspondientes a junio de 2022, podrán hacerlo hasta el 28 de julio de 2022, sin intereses ni multas. Los demás contribuyentes podrán pagar el IVA, el ICE y las retenciones en la fuente del IR, correspondientes a junio de 2022 y al primer semestre de este año, según corresponda, en los plazos previstos en el cronograma del SRI de acuerdo con el noveno dígito del RUC. Así, para los números 1 y 2 la fecha de vencimiento es 15 de septiembre de

Informe de Cumplimiento De acuerdo con los plazos prorrogados por el SRI para efectuar las declaraciones, los contribuyentes que estén obligados a presentar el Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) correspondiente al ejercicio fiscal 2021 y sus anexos, podrán hacerlo según el calendario dispuesto de 2022; para 3 y 4 es el 21 de septiembre; para 5 y 6 es el 23 de septiembre; para 7 y 8 es el 27 de septiembre, y para 9 y 0 es el 29 de septiembre. Cuando una de estas fechas de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil. Una vez ampliados los plazos en las nueve provin-

acuerdo al noveno dígito del RUC. El dígito 1 hasta el 10 de septiembre, el dígito 2 hasta el 14, el dígito 4 hasta el 14, el dígito 5 hasta el 18, el dígito 6 hasta el 19, el dígito 7 hasta el 22, el dígito 8 hasta el 24, el dígito 9 hasta el 26 y el dígito 10 hasta el 28. cias mencionadas, la falta de presentación o el cumplimiento tardío generarán las sanciones que correspondan en aplicación a la normativa tributaria, advirtió el SRI. En el resto de provincias a nivel nacional, las obligaciones, así como el pago y declaración de impuestos, deberá cumplirse en los plazos establecidos. (PNH) (I)

Ruta de la Belleza

Cuenca recibe a las candidatas a Miss Ecuador 2022 Cuenca. - Las 18 aspirantes a la corona de Miss Ecuador 2022 arribaron la mañana de ayer a Cuenca, donde permanecerán tres días en el marco de la agenda de la “Ruta de la Belleza Cuenca 2022”. Como parte de sus actividades, las candidatas posaron para una sesión de fotos y fueron presentadas en una rueda de prensa a las autoridades y medios de comunicación. Además, cumplieron un paseo por las calles aledañas al Parque Calderón. En representación de Cuenca destacan dos aspirantes: Emily Alvarado Morales, de 19 años, y Sofía Isabella Peña, de 20. “Estoy muy feliz de mostrarles a las candidatas nuestra cultura, nuestros paisajes y nuestra arquitectura (…) justamente la Ruta de la Belleza es para conocer el Ecuador e incentivar el turismo y la economía y, sobre todo, para que quien resulte ganadora a Miss Ecuador conozca

el país, su tierra y su gente”, expresó Peña. Ella es ciclista y es bicampeona panamericana, seis veces campeona sudamericana y vicecampeona latinoamericana de BMX. Agregó que se ha preparado para cumplir un buen papel en representación de la ciudad y dejar en alto el nombre de Cuenca. La corona que lucirá la nueva Miss Ecuador ha sido elaborada por artesanos de Cuenca y Chordeleg, destacó Marcia Mejía Salinas, representante de la “Organización Miss Ecuador”, encargada de cumplir la “Ruta de la Belleza”, que llevará a las 18 candidatas a recorrer varias ciudades del país. El pasado viernes, las candidatas estuvieron en Ambato, donde realizaron un recorrido turístico por el centro de la ciudad. El certamen correspondiente a la 72 edición de Miss Ecuador se cumplirá el tres de septiembre en la ciudad de Quevedo, provincia de Los Ríos. (PNH)-(I)

La candidata Sofía Isabella Peña (C) junto a sus compañeras aspirantes a Miss Ecuador, durante un recorrido por el Parque Calderón. XCA


S

UCESOS 7A

Dos personas fallecen atropelladas

A juicio por el abuso sexual a una niña

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Trágicos accidentes en los últimos tres días

Tránsito

El procesado permanece con orden de prisión preventiva y afrontará el juicio por delito sexual.

Entre el último viernes y lunes, dos personas murieron atropelladas en distintos sectores de Cuenca.

C

uenca.- Una mujer de la tercera edad murió tras ser atropellada por un bus de transporte urbano. La víctima fue identificada como Rosario de los Ángeles Flores Mendoza, de 77 años. El accidente sucedió ayer, a las 11:15, en las calles Larga y Miguel Ullauri, en el sector del mercado 10 de Agosto. Cuando sucedió el percance, la mujer fue asistida por paramédicos del Cuerpo de Bomberos y trasladada de urgencia a una casa de salud, pero poco después perdió la vida a causa de la gravedad de las heridas. De acuerdo con las primeras averiguaciones del personal de la Empresa de Movilidad (EMOV EP), la ciudadana presuntamente se habría tropezado con un bolardo metálico colocado en la acera y luego cayó a la calzada, siendo arrollada por el bus. Estas circunstancias entraron a proceso de investigación. Mientras tanto, el conductor del bus fue requerido

Una mujer de la tercera edad fue atropellada por un bus, en las calles Larga y Miguel Ullauri, en el sector del mercado 10 de Agosto. La víctima murió poco después en un hospital. KOQ por el personal de Tránsito para el respectivo procedimiento. Triple atropello

Otro accidente de tránsito sucedió ayer, a las 15:27, en las calles Rodrigo de Triana y La Pinta, en el barrio Elia Liut. Tres personas resultaron heridas al ser atropelladas por una camioneta. Socorristas del Ministerio de Salud Pública y del Cuerpo de Bomberos auxiliaron a La semana anterior, un joven de una mujer adulta, a un 20 años murió tras un accidente menor de 12 años y un bebé de motocicleta que sucedió en de ocho meses de nacido. Como parte de las averiel sector Cruz Verde de la guaciones, el conductor de parroquia Santa Ana. la camioneta fue requerido

Irrespeto a las normas de circulación Según personal de Tránsito, un análisis ha determinado que, en Cuenca, la frecuente causa de percances en las vías es la desatención a la conducción, una de las conductas es el uso del teléfono celular al manepor los agentes de Tránsito. Atropello La comerciante Diana Lorena Andrade Paredes, 41 años, murió tras ser atropellada por una motocicleta

Audiencia

jar, lo que reduce la posibilidad de ejecutar maniobras evasivas. Otra causa es el irrespeto a las normas y señales de tránsito: consumo de licor, exceso de velocidad, zigzagueo entre hileras de vehículos; falta de la noche del pasado viernes 8 de julio de 2022. Tras el impacto la víctima quedó sobre la calzada inconsciente, mientras que el motorizado salió proyectado y cayó sobre los rieles del Tranvía. Esa noche, soco-

observación al disco Pare e irrespeto a los semáforos. Mientras que, de parte de los peatones lo que incrementa el riesgo de un accidente es la falta de uso de los pasos cebras y puentes peatonales. (I) rristas confirmaron que la mujer no tenía signos vitales; mientras que, brindaron atención al conductor de la motocicleta para luego trasladarlo hasta el hospital Vicente Corral Mocoso. (KOQ)-(I)

Chillanes.- Un Juez Multicompetente de Bolívar dictó auto de llamamiento a juicio contra Henry David A. G. por su presunta participación en el delito de abuso sexual a una niña de 11 años. Además, el juez ratificó las medidas de prisión preventiva y prohibición de enajenar bienes de propiedad hasta por diez salarios básicos unificados del trabajador en general. Según un informe de la Fiscalía, en la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el fiscal del cantón, Cristian Lucio Quintana, relató que los hechos ocurrieron en agosto de 2021. La víctima habría estado viendo un partido de fútbol con el procesado – hermano de la pareja de su madre–, cuando este tocó sus partes íntimas y obligó a la niña a tocarlo también. Esta no era la primera vez que ocurría. En cinco ocasiones anteriores, Henry David A. G. había rozado sus partes íntimas con el cuerpo de la niña. La madre de la niña presentó la denuncia luego de la que su hija le contara que quería tomar una “decisión fatal” por los abusos sexuales en su contra. (KOQ)-(I)

En gráfica

Procesado por triple asesinato al interior de un centro de tolerancia Riobamba.- Por la muerte de tres personas al interior de un centro de tolerancia, un Juez de Garantías Penales dictó prisión preventiva para Francisco Alejandro C. Ch., como presunto autor del delito de asesinato. La instrucción fiscal durará 30 días. De acuerdo con un informe de la Fiscalía, en la audiencia de flagrancia y formulación de cargos, el fiscal de turno, Diego Andrade,

relató que los hechos ocurrieron la madrugada del pasado 9 de julio en el centro de tolerancia “Mangos”, ubicado en la avenida Monseñor Leónidas Proaño y Guaraníes, en Riobamba. En el lugar, dos de las tres víctimas habrían estado libando, cuando dos personas arribaron en una motocicleta. De ellos, Francisco Alejandro C. Ch. habría ingresado al lugar y después de unos minu-

tos habría disparado contra un hombre de 35 años y otro de 28. Enseguida, emprendió la huida disparando y acabando con la vida de una tercera persona. Se subió a la moto que lo esperaba en la esquina y se dio a la fuga. Posteriormente, la Policía y Fiscalía ejecutaron dos allanamientos, que dejaron como resultado la aprehensión del ahora procesado. (KOQ)-(I)

Choque en cruce señalizado con disco Pare Cuenca.- Dos personas resultaron lesionadas a causa del choque de un automóvil y una camioneta en las calles Imbabura y Del Batán. El percance se produjo al mediodía de ayer, en un cruce donde la calle secundaria está señalizada con el disco Pare. Socorristas atendieron a las personas afectadas, mientras que, personal de la EMOV EP verificó las circunstancias del accidente. (KOQ)-(I)


8A

A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Juicio No. 01132-2022-00028 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, viernes 8 de julio del 2022, a las 09h52. REPÚBLICA DEL ECUADOR SALA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO

REPUBLICA DEL ECUADOR

CITACIÓN JUDICIAL

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

A los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ; SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORONA, A CARGO DE LA DRA. IVANA JÁCOME NOGUERA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA POR: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO EN SU CONTRA CUYO EXTRACTO Y PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: (JUICIO Nro. 14307-2021-01419)

Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca

JUICIO N°. 01132-2022-000028

ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO.

ACTOR: OTAVALO AREVALO MANUEL ARIOSTO

NATURALEZA: ORDINARIO

DEMANDADO: CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH

ACTOR: ZHUMI GOMEZ LAURA ISABEL

MATERIA: HOMOLOGACION DE SENTENCIA

DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTE SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ.

CUANTIA: INDETERMINADA CITACIÓN A: CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH, CUYA RESIDENCIA BAJO JURAMENTO SE AFIRMA ES IMPOSIBLE DETERMINAR. Se le hace saber que dentro del Juicio por HOMOLOGACION DE SENTENCIA Nro. 011322022-00028, propuesto por OTAVALO AREVALO MANUEL ARIOSTO en contra de CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH, proceso a través del el demandante acude a la Sala de Familia, Niñez , Adolescencia y Adolescentes Infractores del Azuay y solicita se proceda a la homologación de la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Superior del Estado de Connecticut Distrito Judicial de New Haven en la ciudad de Meriden, número de expediente FA-16-6009405 ante el juez MCNAMARA con fecha del juicio 09/12/2016 , conforme lo establece el Art. 105 COGEP para lo cual este Tribunal ha dictado la siguiente providencia: "Juicio No. 01132-2022-00028 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, martes 28 de junio del 2022, a las 14h28. VISTOS: El Primer Tribunal fijo de la Sala de la Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, ha recibido el sorteo de la presente demanda de homologación de sentencia extranjera. El Tribunal se encuentra conformado por los señores Jueces: Alexandra Vallejo Bazante, Mateo Ríos Cordero, y María Augusta Merchán Calle, actuando en calidad de jueza ponente y de sustanciación y en razón de aquello avocamos conocimiento de la presente causa. Por consiguiente, luego que acorde a lo dispuesto en providencias inmediatas anteriores se ha cumplido con los requisitos de admisibilidad de la acción se califica de clara y completa la misma y se dispone: 1.- Se dispone la citación en la forma pedida, para lo cual se librará el extracto de citación que se hará cargo la parte interesada para los fines que en derecho corresponde. 2.- Se dispone se le haga conocer al Registro Civil con la presente acción para los fines que importen en derecho. 3.- Cumplida con la citación en los términos dispuestos en la ley vuelvan los autos para disponer lo que corresponda.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- F.-MERCHAN CALLE MARIA AUGUSTA JUEZA PROVINCIAL(PONENTE)VALLEJO BAZANTE BLANCA ALEXANDRA JUEZA PROVINCIAL ,RIOS CORDERO ESTEBAN MATEO JUEZ PROVINCIAL" A : CARRERA CARANQUI MARITZA ELIZABETH, se le advierte la obligación de señalar casilla judicial, casillero electrónico y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 8 de julio del 2022 / AB. VIVIANA PADRON CORREA SECREATARIA RELATORA DE LA SALA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY. PADRON CORREA VIVIANA PATRICIA SECRETARIA

# 22646

CITACION JUDICIAL JUICIO N° 01204-2022-02992

Of N° 69-2022-UJCC Juicio N°01333-2021-09372 Cuenca 18 de Marzo de 2022 Juez Ponente: Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Señores. REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN CUENCA. Ciudad.Su Despacho: La Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Juez de la Unidad de lo Civil del cantón Cuenca, dentro del Proceso N° 01333-2021-09372 propuesto por ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA.; en contra de PESANTEZ AMAY KATHERINE MAGALY con C.I N° 0106856263, ha dispuesto oficiar a Usted, con la finalidad de hacerle conocer el contenido del auto que a continuación me permito transcribir: Juicio No. 01333-2021-09372 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 25 de noviembre del 2021, a las 07h36. 01333-2021-09372 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS.- Conozco de la presente causa. En lo principal y por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 422 del COGEP se acepta a trámite en “Procedimiento Concursal”, la Demanda presentada por el Señor Abogado Rafael Eduardo García Astudillo, en su calidad de Procurador Judicial del Señor Ing. Juan Carlos Alarcón Chiriboga Gerente General y Representante Legal de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda Pichincha, en contra de la Señora Katherine Magaly Pesántez Amay con C. I. No. 0106856263, y por cuanto con la documentación que adjunta la parte acreedora, justifica los presupuestos del Art. 416 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, “Presumiéndose la Insolvencia de la Demandada” y como consecuencia de ella haber lugar al “Concurso de Acreedores”. Se dispone citar a la Demandada, en la forma determinada en el Código último citado corriéndole traslado con la demanda propuesta en su contra para que dentro del término previsto en el Art. 426 del COGEP pueda oponerse pagando lo adeudado. En el caso de no presentarse oposición en la forma indicada se dispone que: 1.- La demandada deberá comparecer a la junta de acreedores que tendrá lugar en audiencia que oportunamente y una vez organizado el proceso se convocará. 2.- Se requiere que la parte deudora, presente a esta judicatura los documentos detallados en el Art. 421 del COGEP. 3.- Inscríbase en el Registro de la Propiedad el presente auto que ordena la formación de concurso de acreedores. 4.- Del sistema informático, procédase a designar Síndico de Quiebras de los registrados en el Consejo de la Judicatura quién será depositario de los bienes del accionado. 5.- Procédase al embargo de los bienes muebles o inmuebles, de propiedad del fallido, para el caso de los bienes muebles se emitirá la boleta a uno de los Agentes de la Policía Nacional, bienes que quedarán a cargo del Síndico designado, sentándose el acta de lo que se hace cargo; para el embargo de los bienes inmuebles se presentará el certificado del Registro de la Propiedad actualizado. 6.- Remítase Oficio a la Dirección del Consejo de la Judicatura de Cuenca a efectos de que disponga al departamento respectivo para que se haga la anotación de la insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura, de igual forma la publicación en la página web del Consejo del auto que declara la insolvencia del fallido. 7.- Ofíciese a los señores Jueces y Juezas de las Unidades Judiciales Civiles a efectos de que se remitan a esta Unidad para su acumulación aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forma parte el fallido, de lo cual la Actuaria dejará constancia en el expediente, así como de las respuestas que reciba 8.- Se notificará a la Fiscalía del Azuay a efectos de que realice las respectivas Investigaciones 9.- Se prohíbe que la parte demandada se ausente del territorio nacional, al efecto ofíciese a las autoridades de Migración para los fines legales pertinentes. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, los lugares señalados para citación y notificaciones, así como la autorización que la peticionaria concede a su defensor. Agréguese a los autos la documentación acompañada. La Diligencia de Citación a la Accionada, Señora Katherine Magaly Pesántez Amay , se practicará mediante publicaciones por la prensa conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se deberá entregar el Extracto de Ley correspondiente. La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Hágase saber.-f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez.; Esto conforme a lo dispuesto. Sin otro particular suscribo de usted, Atentamente.Dra. Tamara Ruiz SECRETARIA 22620-11 (P)

PROCEDIMIENTO: ORDINARIO ACCION: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO ACTOR CORREA HERAS YOLANDA MERCEDES DEMANDADO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES RODRIGO BARBA PRADO Y EVELYN GENOVEVA BARBA CORREA

A los demandados se les previene la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones en esta Judicatura. General Proaño, 11 de Marzo del 2022 Ab. José Omar Rivadeneira SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORON

A: MICHAEL BREUSS SE LE HACE SABER QUE EN LA SALA DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY SE HA PRESENTADO LA DEMANDA DE HOMOLOGACION DE SENTENCIA. EXTRANJERA (DIVORCIO) NO. 01132-2022- 00025, SEGUIDA POR LA DRA. SUSANA LARRIVA GOMEZCOELLO, PROCURADORA JUDICIAL DE LA SEÑORA RUTH GUADALUPE LARRIVA CARRERA. PROCESO JUDICIAL EN EL QUE SE HAN DICTADO LAS PROVIDENCIAS QUE A SU TENOR LITERAL, DICEN: "Juicio No. 01132-2022-00025 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, viernes 24 de junio del 2022, a las 11h02. VISTOS. Doctora Sandra Cordero Gárate, Jueza provincial ponente avoco conocimiento conjuntamente con los doctores Luigi Hugo Coronel y Aida Palacios Coronel, Jueces del II Tribunal de la Sala de la Familia, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia del Azuay; en virtud del sorteo electrónico de causas efectuado de la demanda de HOMOLOGACION DE SENTENCIA EXTRANJERA presentada por la doctora María Susana Larriva Gomezcoello procuradora judicial de RUTH GUADALUPE LARRIVA CARRERA. En lo principal, habiéndose cumplido con lo dispuesto en auto que antecede el Tribunal considera que la demanda presentada es clara y completa aceptándola al trámite previsto en el Código Orgánico General de Procesos relativo a la homologación de sentencia extranjera; en relación con la citación al demandado MICHAEL BREUSS, de nacionalidad suiza de quien no se puede obtener el REGISTRO CONSULAR conforme lo certifica la DIRECTORA ZONA 6- AZOGUES del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, mediante Oficio NO. MREMH-DZ6-AZOGUES-2022-0575-O de Azogues, 06 de junio de 2022 y ante el juramento rendido de desconocer su domicilio o residencia por la procuradora judicial conforme lo determina el Art. 56 del COGEP; se dispone, la citación del demandado mediante carteles que deberán ser exhibidos en el CONSULADO GENERAL DEL ECUADOR EN BERNA del Estado de SUIZA ubicado en Kramgasse 54, 3011 Berne con e-mailenbecusuiza@bluewin.ch Telefono 031-3511755 y fax 031-3512771 para lo cual se librará el correspondiente EXHORTO; cumplido la señora secretaria relatora de la causa realizará los carteles que serán remitidos a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia para su consecuente tramitación; acompañando copias íntegras del Juicio de Homologación debidamente traducidas al idioma francés correspondiente a la nacionalidad del demandado, a costas de la accionante. Cítese al DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACION y CEDULACION, contra quien se quiere hacer valer la resolución expedida en el extranjero (Art. 104.5 del COGEP) quien en el término de cinco días comparecerá "...para presentar y probar su oposición a la homologación..."; la que deberá practicarse a través de la OFICINA DE CITACIONES de la CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL AZUAY, a cargo de la accionante. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones así como la autorización de defensa técnica que otorga. Cúmplase y notifíquese. fras) DRA. SANDRA CORDERO GARATE. JUEZA PROVINCIAL. DRA. LUIGI HUGO CORONEL. JUEZ PROVINCIAL. DRA. AIDA PALACIOS CORONEL. OTRA PROVIDENCIA Juicio No. 01132-2022-00025 SALA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE AZUAY. Cuenca, martes 5 de julio del 2022, a las 14h56. VISTOS. Agréguese a los autos el escrito presentado por la doctora Susana Larriva Gomezcoello, al que acompaña seis impresiones correspondientes al Control de habitantes de Bureau des etrangers asi como de Facebook. En relación a su pedido de que se proceda a la citación del demandado MICHAEL BREUSS mediante publicaciones por la prensa conforme el Art 56 del COGEP en virtud de que la citación por carteles en el Consulado de Ecuador en Berna conforme la Resolución NO. 07/2018 de la Corte Nacional de Justicia procede en el caso de los ciudadanos ecuatorianos y no de extranjeros; y, al haber rendido juramento de que ha realizado las gestiones necesarias para determinar la residencia o domicilio del demandado en Suiza siendo imposible obtenerlo conforme la documentación que acredita su investigación; concierte de la responsabilidad penal que conlleva el juramento rendido; este Tribunal considera pertinente el pedido; por lo que se dispone que la citación al demandado MICHAEL BREUSS se la realice de conformidad con el inciso segundo del Art. 56 del COGEP; esto es, mediante publicaciones en uno de los diarios de esta ciudad de Cuenca, por secretaría confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese. y cúmplase. fras) DRA. SANDRA CORDERO GARATE. JUEZA PROVINCIAL DRA. LUIGI HUGO CORONEL JUEZ PROVINCIAL. DRA. AIDA PALACIOS CORONEL. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, se previene al demandado su obligación de comparecer a juicio y nombrar un defensor técnico para que a su nombre actúe en ejercicio de su derecho a la defensa consagrado en normas constitucionales. • Cuenca,8 de julio de 2022

Dra. Lorena Ortíz Ortega SECRETARIA RELATORA (e) I TRIBUNAL SALA DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES.

CUANTIA INDETERMINADA Juicio No. 01204-2022-01772 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 11h53. JUICIO; No.. 01772-2022 VISTOS: Agréguese el escrito presentado, cumplido con lo dispuesto, la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO presentada por la señora YOLANDA MERCEDES CORREA HERAS, por :cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 del COGEP se la califica de clara y completa y se acepta a PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Al efecto se dispone PRIMERO.- Cítese a los herederos desconocidos del señor RODRIGO BARBA PRADO y de EVELYN GENOVEVA BARBA 179942002-DFE. CORREA por publicaciones que se realizara en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la provincia conforme lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del COGEP quienes tiene la obligación de comparecer a juicio señalando y domicilio legal para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de treinta días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el Art. 291 inciso segundo del ibídem, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. SEGUNDO.- 2.1.- Téngase en cuenta la prueba anunciada y requerida por la actora. Agréguese a los autos la documentación adjunta como medios de prueba. 2.2.Comparezcan los testigos anunciaddos a la audiencia con el fin ,de que rindan su testimonio a quienes se les notificara en el domicilio señalado por 1a accionante. TERCERO.- Se le RECUERDA a la accionante que de no comparecer a /a audiencia se aplicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa. NOTIFÍQUESE. - F) DOCTOR LUIS FELIPE TORRES, JUEZ A LA PARTE INTERESADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. CUENCA, 30 DE JUNIO DEL 2022. AB. PAÚL MOROCHO GUERRERO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

# 22640

# 22624

CARTEL DE CITACION

REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

Se le hace saber que en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca a cargo del Dr. Felipe Torres Borja ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dice:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO: Morona, lunes 10 de enero del 2022, las 12h49, VISTOS: - Cumplido con la diligencia de juramento de domicilio; En lo principal, la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO presentada por: LAURA ISABEL ZHUMI GOMEZ, en contra de ANGEL RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA, legitimario conocido del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ y en contra de los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ, que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada: de ANGEL RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA, legitimario conocido del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ en la dirección que indica en el libelo de la demanda la misma que se realizará por la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, y la documentación pertinente, se deja a disposición de la parte accionada la demás documentación adjuntada a la demanda en virtud del principio de contradicción. A los herederos presuntos y desconocidos del causante SEGUNDO RAFAEL MONTENEGRO NOGUERA Y MARIA JOSEFINA NOGUERA AUZ por serle imposible a la parte actora determinar su individualidad o residencia, a pesar de las gestiones hechas y por tanto desconocer su domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se los cite mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en un diario de circulación diaria en esta Provincia y cantón.- Por expreso mandato de la disposición general DECIMA del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que dispone: “En todo juicio en que se demanda la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble situado en el área urbana o rural se citará al respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano. El incumplimiento de esta disposición será causal de nulidad del juicio”, con estricta observancia a la norma citada, se dispone, cítese con la demanda, la calificación de la demanda, a los Representantes legales del Gobierno Municipal del cantón Morona, en la persona de Ing. Franklin Galarza Guzmán y Ab. Verónica Idrovo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico, respectivamente, en la dirección indicada en el libelo de la demanda por medio de la oficina de citaciones. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad al Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial, el correo electrónico señalados, y la autorización que realiza a su abogado defensor Actúe el Ab. José Omar Rivadeneira Jaramillo, Secretario de la Unidad. - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F). Dra. Ivana Jácome, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Morona.

REPUBLICA DEL ECUADOR

P-11,12,13

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES RODRIGO BARBA PRADO Y EVELYN GENOVEVA BARBA CORREA

JUEZ DE LA CAUSA: DRA. IVANA JACOME NOGUERA

SALA DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL AZUAY

A: DAVID SANTIAGO LUNA DIAZ, que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: ACTORA: PATRICIA ELIZABETH CASTRO PALADINES DEMANDADA: DAVID SANTIAGO LUNA DIAZ NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO POR CAUSAL CUANTIA: INDETERMINADA JuicioNo.01204-2022-02992 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 14 de junio del 2022, a las 12h02. 01204202202992 VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, cumplido el requerimiento legal califico la demanda diciendo: Por reunir los requisitos generales y especiales del Art 142 del COGEP se acepta a procedimiento sumario la demanda de divorcio presentada por PATRICIA ELIZABETH CASTRO PALADINES y se dispone: CITACION 1.- Se proceda a citar a la parte demandada, conforme el juramento rendido mediante publicaciones de prensa conforme el Art 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Secretaria confiera extracto de ley .- TERMINO PARA CONTESTACION 2.- La parte demandada tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem CURADOR Y PENSION PROVISIONAL.- Dótese de curador ad-litem al hijo común en audiencia de parientes. 4.- Se fija pensión provisional en favor de SOPHIE VICTORIA LUNA CASTRO en la suma de $126 dólares desde la fecha de presentación de la demanda, para lo cual se notificará Pagaduría a efectos de que registre la cuenta consignada.- MEDIOS PROBATORIOS En consideración el anuncio probatorio y los medios de prueba, se dispondrá en audiencia sobre su pertenencia.- Notifíquese a los testigos nominados mediante boleta con tres días de anticipación, conforme el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, en el domicilio judicial o correo señalado por la parte actora advirtiéndose de su obligación de comparecer a la audiencia única que se señalará con oportunidad.Ofíciese como se solicita.- AUTORIZACION En cuenta la autorización conferida, casilla y correo electrónico señalado.- Notifíquese.-YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE).-Se advierte al citado la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones. Cuenca, 22 de junio del 2022 Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

CITACIÓN JUDICAL Juicio No 01204-2022-01772

# 22639

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A BERNAL ZAMBRANO FRANKLIN ARCESIO: cuyo domicilio y residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se les hace conocer que en esta unidad a cargo de la Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con autos en ella recaídos, dice: Actor: DISTRIBUIDORA DE MOTOCICLETAS MOTDIS S.A. Demandado: BERNAL ZAMBRANO FRANKLIN ARCESIO. Juicio N.-01333-2022-00845 Acción: EJECUTIVO Materia: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN Autos: Juicio No. 01333-2022-00845 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 27 de enero del 2022, a las 09h01. 01333-2022-00845 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil de Cuenca y por el sorteo de ley practicado. En lo principal, la demanda que antecede presentada por la Señorita Abogada Tania Elizabeth Ortega Márquez, en su calidad de Procurador Judicial del Señor Ing. Diego Patricio Bueno Lozano Gerente y Representante Legal de la Empresa Distribuidora de Motocicletas MOTDIS S.A., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante “Procedimiento Ejecutivo”. Se ordena la citación de la parte demandada: Señor Bernal Zambrano Franklin Arcesio con C. I. No. 030116939-7, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará Copia de la Demanda, y de este Auto Inicial. Por cuanto, la Entidad Accionante, ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la Actuaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. En aplicación de los Artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el Demandado, proponga alguna de las excepciones taxativas del Artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados, así como la calidad con la que comparece la Entidad Accionante. La citación a la parte demandada deberá practicarse mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Previo a ordenar sobre la Medida Preventiva presente el Certificado del Registro de la Propiedad sobre el bien cuya medida solicita. Intervenga la Secretaria de la Unidad Dra. Tamara Ruiz Martínez. Notifíquese.-f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez OTRO AUTO Juicio No. 01333-2022-00845 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 3 de junio del 2022, a las 08h26. 01333-2022-00845 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS.- Habiéndose cumplido con el Juramento de Ley se dispone lo siguiente: Cítese al Señor Bernal Zambrano Franklin Arcesio con C. I. No. 0301169397, mediante publicaciones por la prensa, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Entréguese el Extracto de Ley correspondiente. Hágase saber.- f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que le correspondan. Cuenca, 03 de Junio de 2022 Dra. Tamara Ruiz SECRETARIA # 40985

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE CITACIÓN JUDICIAL A: JORGE MANUEL JARA GUAMAN, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Paute, judicatura a cargo de la Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaída en ella es al tenor siguiente: ACTOR: MARIA SUSI GOMEZ TIGRE. DEMANDADO: JORGE MANUEL JARA GUAMAN ACCIÓN: DIVORCIO NATURALEZA: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 01202-2022-00149 “Paute, jueves 16 de junio del 2022, las 09h55. VISTOS: Se ha dado cumplimiento al requerimiento realizado en providencia inmediata anterior. Del acta que precede la compareciente ha rendido juramento con respecto del domicilio del demandado, en lo principal: Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de la Unidad Judicial con sede en el cantón Paute, acepto para su trámite en la vía sumaria por reunir con los requisitos legales contemplados en el artículo 142 del COGEP, la pretensión de divorcio causal planteada por MARIA SUSI GOMEZ TIGRE en contra de JORGE MANUEL JARA GUAMAN, disponiéndose en consecuencia citarse con la demanda y el presente auto interlocutorio, conforme lo dispone el Art. 56 del Código General de Procesos, citación que se ejecutará por la prensa, a través de “Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de LA CAPITAL DE PROVINCIA, DE AMPLIA CIRCULACIÓN. La publicación contendrá un extracto de la demanda”, entréguese por secretaría el extracto pertinente. Con la citación se advierte al demandado que debe comparecer al proceso, señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones, a fin de garantizar su derecho a la defensa y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de QUINCE días, contados, conforme lo dice el Art. 56 COGEP: “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.” De no comparecer a juicio el proceso continúa en rebeldía. MEDIOS PROBATORIOS: 1) En cuenta la prueba documental que ha sido presentada, la misma que se pone a disposición de la parte demandada para que la revise. 2) Solicita que el día de la audiencia el demandado rinda declaración de parte. 3 ) Peticiona rendir su declaración. 4) En cuenta los testigos que nomina: TANIA MARIBEL GOMEZ ZHICAY, BRANDON CARLOS CARDENAS ARICHABALA, PABLO MAURICIO ARCENTALES TOGRA, comparecerán el día de Audiencia portando sus credenciales de identidad, téngase en cuenta el correo electrónico que señalan para recibir notificaciones, secretaría de este despacho cumpla con lo determinado en el Art. 191 del COGEP, para efectos de su notificación para audiencia. 4) Se desprende del libelo de la demanda que del matrimonio existe dos hijos menores de edad: JHORDY ALEXANDER DE 13 AÑOS Y ANTHONY TOMAS JARA GOMEZ de SEIS AÑOS, notifíquese al adolescente JHORDY ALEXANDER en el lugar indicado en el libelo de la demanda a través de la oficina de citaciones de la Unidad Judicial, para que insinúe la persona que como curador le representará en el trámite de divorcio de sus progenitores. Al niño ANTHONY TOMAS JARA GOMEZ se le dotará de curador en audiencia de parientes, la que se efectuará el 11 de julio del 2022 a las 15H00, en la Sala 1 de esta Unidad Judicial se tiene en cuenta las personas nominadas para comparecer a esta audiencia. 5) Se fijan pensiones alimenticias provisionales en el valor de doscientos dólares para los dos hijos prenombrados. La actora presentará copia de su cartola de su cuenta bancaria para la apertura del Còdigo SUPA y enlace correspondiente. Las visitas se determinarán de manera oportuna. La actora tenga presente lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP, con respecto de los efectos de la falta de comparecencia. En consideración, trámite, cuantía, autorización conferida a la profesional del derecho, casilla judicial, correo electrónico que se han señalado. Hágase saber. “F) Dra. Maria Elena Astudillo Durán, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia De Paute. Para los fines legales correspondientes, se libra el presente despacho en Paute, 16 de junio de 2022. Atentamente, AB.: GUSTAVO BAUTISTA REA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE. # 22645

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: PAGUAY MORETA TABATA CRISTINA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2021-05790 ACCION: EJECUTIVO MATERIA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISITA. DEMANDADOS: PAGUAY MORETA TABATA CRISTINA CUANTIA: $ 5.201,60 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-05790 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 29 de julio del 2021, a las 11h51. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de la demandada TABATA CRISTINA PAGUAY MORETA en el domicilio señalado, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 7 de julio del 2022, a las 10h18. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade La diligencia que solicita, se encuentra cumplido en autos, en consecuencia, habiéndose cumplido con lo ordenado en auto anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, de conformidad con el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que la parte demandada TABATA CRISTINA PAGUAY MORETA, no consta en registrado en el Registro Consular, y además, habiéndose rendido el juramento respectivo, se dispone citar al demandado TABATA CRISTINA PAGUAY MORETA, a través de tres publicaciones por la prensa local, para lo cual, la actuaría del Despacho conferirá el respectivo extracto,. NOTIFÍQUESE. - F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, julio 07 de 2022.

Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

22641-11 (P)


A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO K DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ ADOLESCENCIA DE CUENCA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA JUICIO NÚMERO 01621-2012-0752

JUICIO N°01333-2021-05465

CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

Se le hace saber que en el Juzgado K de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Tatiana Ochoa Maldonado, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:

A: MICHELLE STEPHANIA CRUZ GUERRA: Se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. XIMENA TAPIA MALDONADO Jueza; se ha propuesto una demanda en su contra, cuyo extracto y la providencia recaídas en ella son como sigue:

A: JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ

NATURALEZA: SUMARIO. JUICIO No: 01204-2022-02914

CITACIÓN JUDICIAL

Naturaleza: Ejecutivo

ACCIÓN: DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACION PENSION ALIMENTICIA. DEMANDADOS: JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ, en calidad de demandado principal, y de la señora MARIA ZOILA NARVAEZ, en calidad de demandada subsidiaria.

Actores: BANCO PICHINCHA CA

CUANTÍA: 3.000 DÓLARES.

Demandados: CRUZ GUERRA MICHELLE STEPHANIA

PROVIDENCIA:

CUANTÍA 3,782.51

JUZGADO “K” DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 11h28.- VISTOS: Cumplido lo dispuesto.-La DEMANDA DE DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACION PENSION ALIMENTICIA, presentada por la señora PULLA JARAMA FANNY YOLANDA, en contra del señor JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ, en calidad de demandado principal, y de la señora MARIA ZOILA NARVAEZ, en calidad de demandada subsidiaria, misma que por clara y completa y reunir con los requisitos establecidos en el Artículo 142 del Código Orgánico General de Proceso, se acepta a trámite SUMARIO conforme el numeral 3 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP por consiguiente se dispone : UNO: CÍTESE al demandado señor JOSE TOMAS CALLE NARVAEZ, conforme lo solicitado y en atencion al juramento rendido de desconocimiento de domicilio realizado por la parte actora, la CITACIÓN se efectuará por publicaciones de prensa conforme determina el COGEP, Confiérase el extracto de publicacion correspondiente.-En tanto que a la demandada subsidiaria señora MARIA ZOILA NARVAEZ, Citese en la dirección consignada, CITACION que se realizará por intermedio de la Oficina de citaciones, debiendo la parte interesada facilitar las copias necesarias para el cumplimiento de la diligencia dispuesta, debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico si se ha señalado por la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP, con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema, sin que esto sustituya a la citación oficial. DOS: Los demandados tienen el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establece los Artículos 151 y 152 ibídem. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. TRES: Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: Téngase en cuenta la prueba documental que anuncia, así Ofíciese conforme el requerimiento constante en el formulario y documento anexo a fin de que remitan la información requerida en el término de cinco días, bajo prevenciones del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, por cuanto se ha justificado ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa.- Por solicitarlo la parte accionante como prueba a la que es imposible tener acceso, se designa por sorteo de ley efectuado en calidad de perito a ORDOÑEZ UGALDE ANDRES ESTEBAN , quien deberá ser notificado a fin de que presente su informe en el término de diez días; Comparezcan actora, demandado y niño/niña a fin de que se tomen las muestras necesarias al laboratorio del señor perito designado en la presente causa, en el día y hora que se señalará oportunamente cuando de autos conste que se ha realizado la citación correspondiente.-De conformidad con la Resolución Nro. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura que establece la Tabla de Honorarios por especialidad y actividad se fija en CUATROCIENTOS CINCUENTA DOLARES el exámen pericial de ADNla citación al demandado.- Se designa al Médico asignado a esta Judicatura, como delegado de la suscrita Jueza, para la custodia de dicho examen quien será debidamente notificado por cualquiera de los mecanismos que la ley establece.-Conforme el contenido del Art. 146 Inciso tercero, se fija en la suma de CIENTO VEINTE Y SEIS DOLARES AMERICANOS mensuales 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado para su hijo JUAN JOSE PULLA JARAMAN, más las pensiones adicionales, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir de la fecha de presentación de la demanda.- NOTIFÍQUESE a la Señora pagadora para que proceda a la apertura de la tarjeta y, a asignar el código que corresponda para que se proceda al depósito de la pensión alimenticia; así también tenga en cuenta la copia de la cartola presentada por la actora a fin de que se enlace con el código asignado conforme el Sistema Unico de Pensiones Alimenticias SUPA.Notifiquese

“01333-2021-05465 29/07/2021 11:45 VISTOS: Cumplido lo dispuesto, la demanda que antecede por clara, completa y por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 347 del mismo cuerpo de leyes, se la acepta a trámite en procedimiento EJECUTIVO. Cítese a la parte accionada MICHELLE STEPHANIA CRUZ GUERRA, en el lugar señalado mediante la Oficina de Citaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la parte accionada cumpla con la obligación o proponga excepciones conforme lo señalado en el 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 352 del COGEP. A la parte demandada se le citará además en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme establece la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017. En cuenta la casilla y correos electrónicos señalados para notificaciones, así como la autorización que confiere la parte accionante a sus abogados defensores. Notifíquese.-” OTRO AUTO “17/06/2022 08:53 Cumplido lo dispuesto, conforme solicita la parte actora, una vez que ha rendido su juramento, se dispone citar a la parte demandada MICHELLE STEPHANIA CRUZ GUERRA, mediante publicaciones por la prensa, conforme establece el art. 56 del COGEP. Por secretaría entréguese el extracto correspondiente. Notifíquese.-” F) Dra. Ximena Tapia Maldonado Jueza de la Unidad Judicial Civil Cuenca.

A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILL A JUDICIAL DE UN ABOGADO O CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.

Al demando se le previene la obligación que tiene de señala casilla judicial para notificaciones posteriores. Cuenca, 21 de junio del 2022. Abg. Verónica Sarango Erique SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA

Cuenca, 24 de junio de 2022. Dra. ANGÉLICA CÓRDOVA CARDENAS SECRETARIA

# 22618

# 22637

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2021-07695 ACCION: EJECUTIVO MATERIA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA CUANTIA: $ 4.884,09 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-07695 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 24 de septiembre del 2021, a las 08h32. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA en el domicilio señalado, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 26 de mayo del 2022, a las 12h54. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade En lo principal, habiéndose cumplido con lo ordenado en auto anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, de conformidad con el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que la parte demandada ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA, no consta en registrado en el Registro Consular, y además, habiéndose rendido el juramento respectivo, se dispone citar a los demandados ELVA VICTORIA JARAMA GUARTAMBEL y ROSENDO GEOVANNY GUAMAN PUMA, a través de tres publicaciones por la prensa local, para lo cual, la actuaría del Despacho conferirá el respectivo extracto,. NOTIFÍQUESE. F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, mayo 27 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE CITACIÓN JUDICIAL A: LENIN JACINTO VALDIVIEZO GUTAMA, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Paute, judicatura a cargo de la Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaída en ella es al tenor siguiente: ACTOR: NORMA MARLENE IDROVO MALDONADO. DEMANDADO: LENIN JACINTO VALDIVIEZO GUTAMA ACCIÓN: DIVORCIO NATURALEZA: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 01202-2022-00140 “Paute, viernes 17 de junio del 2022, las 08h33.VISTOS: Se ha cumplido con los requerimientos realizados por esta Judicatura. En lo principal se acepta para su trámite en la vía sumaria contemplada en el art. 332.4 del Código General de Procesos, y, por reunir con los requisitos legales, la pretensión de divorcio causal planteada por IDROVO MALDONADO NORMA MARLENE a través de su procurador judicial el Abg. Wilmer Narváez, acción que se entabla en contra de VALDIVIESO GUTAMA LENIN JACINTO disponiéndose citar al demandado quien responde a los nombres de VALDIVIESO GUTAMA LENIN JACINTO conforme consta del documento de partida de matrimonio adjunta de la que se desprende se ha realizado actualización y se observa rectificación de datos registrales con respecto del segundo apellido del demandado. Cítese con la demanda y el presente auto interlocutorio, conforme lo dispone el Art. 56 del Código General de Procesos, a través de Publicaciones por la prensa la que será de amplia circulación en la provincia del Azuay, se lo hará en tres fechas distintas, entréguese el extracto pertinente. Con la citación se advierte a la parte demandada que debe comparecer al proceso, señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones, a fin de garantizar su derecho a la defensa y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de QUINCE días (Art. 151, 152 y 153 COGEP). contados conforme lo dice el Art. 56 COGEP: “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.” El demandado tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 151 del COGEP, adjuntarà todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicite la práctica de aquellos que requieran únicamente la intervención de esta judicatura, lo que será debidamente justificado. (…). OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01202-2022-00140. Paute, martes 21 de junio del 2022, a las 08h19 VISTOS.- Rectifíquese el nombre del demandado que consta de providencia inmediata anterior, téngase por correcto la forma de escribir los nombres y apellidos como VALDIVIEZO GUTAMA LENIN JACINTO, en lo demás se estará a lo dispuesto. Hágase saber.- “F) Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia De Paute. Para los fines legales correspondientes, se libra el presente despacho en Paute, 21 de junio de 2022 Atentamente, AB.: GUSTAVO BAUTISTA REA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE.

22636-8 (P)

UNIDAD JUDICAL CIVIL DE CUENCA

CITACION JUDICIAL

NOTIFICACION JUDICIAL JUICIO N°01333-2022-07282

Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2021-08453

Naturaleza: Civil/ ORDINARIO

ACCION: EJECUTIVO

Materia: prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio Actor: SANDRA MARLENE SEGARRA CASTRO,

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA. CUANTIA: $ 1.595,46 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-08453 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 18 de octubre del 2021, a las 08h12. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en una certificación expedida por contador público por línea de crédito de tarjeta de crédito, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado JULIA ESPERANZA SALAINAS CHACON, en el domicilio señalado, a través de la oficna de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 30 de marzo del 2022, a las 08h10. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade En lo principal, habiéndose cumplido con lo ordenado en auto anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, de conformidad con el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que la parte demandada JULIA ESPERANZA SALINAS CHACON , no consta en registrado en el Registro Consular, y además, habiéndose rendido el juramento respectivo, se dispone citar a la demandada JULIA ESPERANZA SALINAS CHACON , a través de tres publicaciones por la prensa local, para lo cual, la actuaría del Despacho conferirá el respectivo extracto,. NOTIFÍQUESE.-F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, marzo 31 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

DEMANDADOS: herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI CUANTIA: 35,884, 29

DEMANDADOS: SALINAS CHACON JULIA ESPERANZA.

Cuenca, 24/05/2022 08:04 VISTOS: Cumplida que ha sido la providencia anterior con el juramento rendido, en lo principal, la demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio presentada por SANDRA MARLENE SEGARRA CASTRO, cumple con los requisitos generales del artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y completa y se la acepta al trámite ordinario contemplado en el Libro IV, Título I, Capítulo I, Sección I, reglas generales del Código Orgánico General de Procesos. Se dispone se cite a los demandados ELVIRA DOLORES, ANGEL MEDARDO, FELIX BENJAMÍN, ELVIRA MARIBEL, ROMEL DARIO, ISAIAS MAURICIO, ESTHELA ALICIA, ROMAN BOLIVAR, LIGIA LEONOR, MARCELO LEONARDO, ELSA YOLANDA HURTADO FIGUEROA, a BENJAMIN HURTADO IÑIGUEZ y a los herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI, de la siguiente forma: a BENJAMIN HURTADO IÑIGUEZ; y, ELVIRA DOLORES, ANGEL MEDARDO, FELIX BENJAMÍN, ELVIRA MARIBEL, ROMEL DARIO, ISAIAS MAURICIO, ESTHELA ALICIA, ROMAN BOLIVAR HURTADO FIGUEROA, MARCELO LEONARDO y ELSA YOLANDA HURTADO FIGUEROA, mediante COMISIÓN al señor Teniente Político de la parroquia El Valle, en las direcciones indicadas; y, por la prensa, conforme el juramento rendido a los herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI, el señor Actuario del despacho suba la información al sistema y conceda la comisión correspondiente, así como el extracto para la citación pro al prensa, según corresponda, la parte brindará las facilidades. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor Ing. PEDRO PALACIOS ULLAURI y al Dr. RAFAEL LIZANDRO MARTINEZ ANDRADE, en sus calidades de Alcalde de Cuenca y Procurador Síndico del GAD Municipal de Cuenca, o quien haga sus veces, en sus respectivos despachos institucionales, parroquia San Blas, diligencia de citación que la cumplirá uno de los funcionarios competentes de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, a donde se enviará la correspondiente documentación y asimismo se activará la información en el sistema. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Se le advierte a la parte demandada que de conformidad a lo que establece el artículo 290 del Código Orgánico General de Procesos, cuenta con el término de treinta días para dar contestación a la demanda, y anunciar y acompañar a su contestación todos los medios probatorios con los cuales cuente, de no hacerlo su falta de contestación se tendrá como negativa de los hechos. En cuenta la prueba documental, testimonial y pericial, anunciada por la parte actora, misma que deberá ser admitida y producida en el momento procesal oportuno, de ser el caso, conforme dispone el artículo 146 inciso quinto se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca, para lo cual se concederá la documentación necesaria, dirigida al Señor Registrador de la Propiedad del Catón Cuenca, diligencia que se cumplirá antes de la citación a los demandados, debiendo el Actor, presentar el certificado respectivo; adjúntese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda, en cuenta la cuantía que fija el actor. Notifíquese en el casillero judicial y correo electrónico señalados para el efecto, téngase presente la autorización conferida a los profesionales del derecho para que asuman la defensa técnica de la parte actora. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- C. Palacios V .C. Palacios V. A los demandados, se le previene la obligación que tiene de señalar casilla judicial para notificaciones posteriores. Cuenca, 25 de mayo del 2022 F) Dr. Pablo Torres Borja Secretario Unidad Judicial Civil Cuenca.

#22643

22619-11 (P)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA CITACIONJUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE VIRGILIO LEONARDO NAVAS ORTEGA, SE LES HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN CANTON MORONA, A CARGO DE LA AB. JANETH SERRANO CARDENAS SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: ACCION: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO NATURALEZA: ORDINARIO ACTOR: ORELLANA BRAVO WALTER ROGERIO DEMANDADOS: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE VIRGILIO LEONARDO NAVAS ORTEGA Y OTROS No. 14307-2021-00329 PROVIDENCIA. Morona, lunes 8 de marzo del 2021, las 14h38. VISTOS: Ab. Janeth Serrano Cárdenas, en mi calidad de JUEZA TITULAR DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona [Art. 146, inciso quinto COGEP], en consecuencia, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad, una vez verificada la inscripción se procederá a la citación de la demandada señora BRAVO RIVERA TERESA DE JESUS, esta diligencia se la comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Sevilla Don Bosco a quien se enviará suficiente despacho. Se citará también al Gobierno Municipal del cantón Morona, representado legalmente por el Ing. Franklin Alejandro Galarza Guzmán y por la Ab. Silvia Verónica Idrovo Arias, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica respectivamente, estas diligencias se cumplirán a través de la oficina de citaciones, debiendo la parte actora brindar las facilidades del caso conforme la Resolución 061-2020 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Art. 4, entregando las copias necesarias dentro del término previsto. Para el cumplimiento de la citación a la parte demandada se adjuntará la demanda y copias certificadas de este auto. Se deja la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. De acuerdo al artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte accionada el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIDENCIA.- Morona, jueves 23 de septiembre del 2021, las 08h38. VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, inscríbase nuevamente la demanda subsanada en el Registro de la Propiedad del cantón Morona y para ello se oficiará al señor Registrador con copia certificada del escrito de fojas 86-88, de la ficha registral y de este auto, solo una vez verificada la inscripción, cítese con la demanda propuesta a los señores MARÍA ANASTASIA NAVAS ORTEGA, NAVAS PORTILLA CESARIO SILVA, ENRIQUE DILBERTO NAVAS PORTILLA y al GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA representado por el Ing. Franklin Alejandro Galarza Guzmán y la Ab. Silvia Verónica Idrovo Arias, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica respectivamente, estas diligencias se realizarán a través de la oficina de citaciones, para ello la parte actora brindará las facilidades del caso conforme la Resolución 061-2020 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Art. 4, entregando las copias necesarias dentro del término previsto. A los herederos presuntos y desconocidos del causante VIRGILIO LEONARDO NAVAS ORTEGA se los citará en conformidad con lo prescrito en el Art. 56.1 del COGEP, esto es mediante publicaciones de prensa, por cuanto la parte accionante bajo juramento manifiesta desconocer su individualidad y domicilio y serle por tanto imposible determinarlos a pesar de las gestiones hechas para dar con el mismo, las publicaciones se efectuarán en el diario EL MERCURIO por ser uno de los diarios de mayor circulación nacional, para ello por secretaría confiérase el respectivo extracto de citación. Para la citación se adjuntará la demanda y copias certificadas de este auto, dejando la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. De acuerdo al artículo 291 del ibídem, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) Ab. Janeth Serrano Cardenas, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA. A los demandados se les previene de la obligación de señalar casilla judicial en esta ciudad. General Proaño, 24 de mayo del 2022. Ab. Veronica Montalvo Moscoso SECRETARIA

A: herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELVIRA FIGUEROA SINCHIRI. Se les hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Cesar Palacios Vintimilla, se ha presentado una una demandada en su contra con la providencia se trascribe en su integridad y es como sigue:

MATERIA: PAGO DE DINERO

Juicio No. 01621-2012-0752 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 07h45. 752-12 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante con la documentación que acompaña, habiéndose cumplido con el juramento de ley en la presente causa, cítese a JULY JOHANNA VALDIVIESO INTRIAGO con el requerimiento de copias certificadas por la prensa de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP y 211 ibídem, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente. Cumplido se emitirán las copias pertinentes.- Notifíquese. f) DR. DIEGO PIEDRA, JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01621-2012-0752 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 10h38. VISTOS: Se enmienda el lapsus incurrido en providencia inmediata anterior, por lo que se tendrá en cuenta que el nombre correcto de la demandada corresponde a YULY JOHANNA VALDIVIEZO INTRIAGO y no como se ha hecho constar, en lo demás se estará a lo dispuesto en dicho auto, emítase extracto en forma.-Notifíquese. Cuenca, 29 de junio del 2022 Al citado se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones. DRA. MARÍA ALEJANDRA AVELLÁN SÁNCHEZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

22621-11 (P)

22630-11 (P)

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA A: JULIA ESPERANZA SALINAS CHACON.

A: YULY JOHANNA VALDIVIEZO INTRIAGO. De conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Sánchez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ MATERIA: CIVIL PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ACTOR: MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA. DEMANDADO: VALDIVIEZO INTRIAGO YULYJOHANNA

Materia: Dinero

ACTOR: PULLA JARAMA FANNY YOLANDA.

9A

#22638

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: REINALDO VALERIANO MUÑOZ IBARRA: Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Sandra Córdova Iñiguez, Jueza de esta judicatura, correspondió la demanda y providencia recaída, que, en extracto, dicen: JUICIO: 01204-2021-02481 Materia: DELARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA. Naturaleza: SUMARIO Actor: MAYRA GISELLA GUTAMA CHUÑIR Demandado: REINALDO VALERIANO MUÑOZ IBARRA Cuantía: $1.440,00 DOLARES Juicio No. 01204-2021-02481 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 12 de julio del 2021, a las 12h50.VISTOS: Cumplido con lo dispuesto, a la demanda de DELARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por MAYRA GISELLA GUTAMA CHUÑIR en contra de REINALDO VALERIANO MUÑOZ IBARRA por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 del COGEP se la califica de clara y completa y se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO. Al efecto se dispone UNO) CÍTESE al demandado, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de DIEZ días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 291 inciso segundo del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo, diligencia que se cumplirá de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEPpor cuatno la actora ha protestado bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio y residencia y del certificado del Ministerio de Relaciones Expteriores que obra de fojas 6 no consta que cuente con registro consular, por lo qeu se citara a traves de publicaciones en un diario de amplia circulacion de la localidad. Confiérase el extracto. DOS) Conforme el contenido del Art. 146 inc. Tercero, se fija en la suma de CIENTO DIECIOCHO DÓLARES 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado en forma mensual para a favor de la niña que motiva la presente causa, más los beneficios de ley, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado desde la fecha de presentación de la demanda. TRES) La actora en el término de tres días adjunte la copia de la cartola de la cuenta que consigna el formulario de demanda para que se proceda a enlazar al código correspondiente. Cumplido se remitira el proceso a pagaduría. CUATRO) Téngase en cuenta la prueba anunciada en relación a los mismos : 1.Agréguese a los autos la documentación adjunta ; 2.- Con fundamento en el Art. 159 inciso tercero del COGEP, OFICIESE conforme lo solicitado, por cuanto ha declarado que los documentos solicitados no se encuentran en su poder y requiere el auxilio del órgano jurisdiccional ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa concediendo a las instituciones el término de diez días para remitir la información requerida, en aplicación al principio dispositivo la actora deberá preocuparse de recabar la documentación solicitada hasta antes de que se convoque audiencia única; 3.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 225 del COGEP previo sorteo de ley, para la práctica del examen de ADN se nombra como perito la Dra. UGALDE NORITZ NORA LUISA con copido de perito web 51005(correo electronico n.ugalde@ lab-biomolecular.com), a quien se le concede el término de diez días para presentar su informe a parir de la fecha de toma de muestras que se fija para el día 2 de agosto del 2021, a las 09h00. Diligencia a la que concurrirán la actora, la niña y el demandado portando sus documentos de identidad al laboratorio clínico ubicado en la calle José Alvear 3-13 y Tadeo Torres esquina (diagonal al parque de la Madre); como delegado de la suscrita a la toma de muestras, se nombra a la Dra. Cristina Cabrera; a quien se deberá notificar en el Complejo Judicial. La parte interesada, deberá cuidar que lo ordenado se cumpla. CINCO) Previo a convocar audiencia las partes procesales informarán a esta judicatura si requieren de un traductor o interprete. Se recuerda a las partes procesales su obligación de comparecer en forma personal a la audiencia acompañados de un profesional del derecho bajo prevenciones de ley. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa. NOTIFÍQUESE. (F.- Dra. Sandra Córdova Iñiguez, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. A la parte citada se le advierte señalar casilla judicial de un abogado para notificaciones futuras en esta ciudad. Cuenca, 15 de julio de 2021. DRA. SONIA NAREA REINO. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA 22629-11 (P)


10A

A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON GIRON CITACION JUDICIAL A: MANUEL OSWALDO SUSCAL ROCHE . Se le hace saber que en esta UNIDAD JUDICIAL, se ha presentado una demanda de AUMENTO DE PESNION ALIMENTICIA , la misma que en extracto junto con la providencia es como sigue : JUICIO: 01203-2016-00222 MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACTOR: ANA CESIBEL MONGE SIGUENZA Y ANTHONY OSWALDO SUSCAL MONGE DEMANDADO: MANUEL OSWALDO SUSCAL ROCHE CUANTIA: INDETERMINADA 01203201600222 Vistos.- Por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de ALZA DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada. Cítese con el contenido de la demanda a la parte demandada, conforme lo dispone el Art. 56 y disposición final Segunda del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones por la prensa sin perjuicio de que se le haga saber de la demanda mediante el correo electrónico señalado, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien al contestar la demanda deberá cumplir con lo que establece el Art. 152 del COGEP. Se pone en conocimiento que la parte accionada los medios de prueba que ha señalado la parte actora. INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si la compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.-NOTIFÍQUESE. Girón, 28 de JUNIO 2022 Abg. Esteban Andrade G Secretario

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

JUICIO NÚMERO 01333-2019-08277

CITACION JUDICIAL A cuyo domicilio se ha protestado bajo juramento desconocer le hago saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del DR. WILSON SOLIS SOLIS, correspondió la demanda y providencia recaída, que, en extracto, dicen: JUICIO N°: 01204202202395 ACCIONANTE: CARDENAS TORRES ANABEL ALEJANDRA

MATERIA: CIVIL

NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO POR CAUSAL

PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO

CUANTIA: INDETERMINADA

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALFONSO JARAMILLO LEON DE LA CAMARA DE COMERCIO DE CUENCA

“Juicio No. 01204-2022-02395 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 11 de mayo del 2022, a las 12h27. VISTOS: En lo principal, la demanda de DIVORCIO CAUSAL, presentada por la señora ANABEL ALEJANDRA CARDENAS TORRES, en contra del señor ALEJO AMILCAR FLORES MEJIA, cumple con los requisitos de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, por lo que se califica de clara y completa admitiéndola a trámite SUMARIO, conforme lo dispone el Art. 332 numeral 4 del Código en cita. Téngase presente lo narrando en la demanda. Como la actora ha protestado bajo juramento la imposibilidad de determinar la residencia y el domicilio actual del demandado, se dispone se proceda con la citación por la prensa conforme lo dispone el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es mediante tres publicaciones diferentes en cualquier diario de amplia circulación en esta Ciudad, advirtiendo al demandado de su obligación de comparecer a juicio en el término de QUINCE DÍAS, conforme lo establecido en los artículos 333.3 151, 152 y 169 del COGEP. Esto luego de haber transcurridos veinte días desde la última publicación citatoria que se incorpore al proceso, bajo prevenciones legales.Téngase presente el anuncio de prueba que viene haciendo la parte actora, la misma que se analizara en la Audiencia única respectiva. En consideración la cuantía, los lugares señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida.- Notifíquese..”.- F) DR. ESTEBAN VELEZ VELEZ JUEZ (E) UJFMNAC A LA PARTE CITADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION DE SEÑALAR CORREO JUDICIAL Y CASILLA ELECTRONICA PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. ABG. GABRIELA VERÓNICA LEGUIZAMON RODAS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE PONCE ENRÍQUEZ. Camilo ponce enriquez, viernes 17 de junio del 2020, a las 13h10. Abogado Juan Carlos Romero Blacio en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Ponce Enríquez, dentro del presente juicio y una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior se dispone: 1.- CALIFICACIÓN: En lo principal, la demanda que antecede reúne los requisitos de ley establecidos en el Art. 142 y 143 del CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, por lo que se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el capítulo IV, artículos 334 del COGEP. 2.- CITACIÓN, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante Don LEON BARZALLO ARTURO ANTONIO, por medio de la prensa, mediante tres publicaciones en días distintos, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Cuenca. Concédase el extracto para la publicación bajo lo dispuesto en el Art. 56 del mismo cuerpo legal; hecho esto, la parte demandada anuncie la prueba al contestar la demanda, a quien se le concede el TÉRMINO DE DIEZ DÍAS contados a partir de la fecha en que sea legalmente citada, conforme lo determina el Art. 334 de la ley invocada, a fin de cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 ibídem. Una vez cumplida la solemnidad de citación, se señalará día y hora para la audiencia correspondiente, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa sin su comparecencia. 3.- ANUNCIO DE PRUEBA: Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realiza la parte solicitante; las mismas que se atenderán en su momento procesal oportuno conforme las reglas del Art. 160 del COGEP. Cítese y notifíquese. –

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO DEMANDADOS: DARWIN RONALD AGUILAR TORRES, CARMEN PINDO NICOLASA QUEZADA SICHA, VITAL VALDOMERO ZEAS CONTRERAS, ELSA

Cuenca, 28 de junio de 2022 JUAN PABLO SERRANO ESPINOZA. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. # 38625

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 6 de julio del 2022, a las 07h48. 8277-19 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, cítese a la parte demandada con el requerimiento de copias certificadas por la prensa de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP y 211 ibídem, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente. Cumplido se emitirán las copias pertinentes.Notifíquese. F) DR. DIEGO PIEDRA SÁNCHEZ, JUEZ Cuenca, 6 de julio del 2022 Al citado se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones. DRA. MARÍA ALEJANDRA AVELLÁN SÁNCHEZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

#22657

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: ZHAPAN MOLLETURO JUAN CARLOS y CORONEL YUNGA JAIME ROLANDO, cuya residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se le hace conocer que en esta Unidad a cargo de la Dra. Lineth Boada H., Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: ACCION: EJECUTIVO MATERIA: DINERO Demandado: CORONEL YUNGA JAIME ROLANDO y otro

ACCION: VERBAL SUMARIO

Juicio N.- 01333-2021-07580

MATERIA: DINERO CUANTIA: $10.000,00 “JUICIO NO. 01333-2015-07769. Cuenca, de julio de 2015, las 10H01 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en razón de encontrarme legalmente encargado el despacho según oficio No. FJA-DPA-2015-2397 de fecha 19 de agosto de 2015. La demanda propuesta por el Dr. Nixon Geovani Noguera Chacha, Procurador Judicial del Eco. Juan Carlos Urgiles Martínez, GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA, por reunir con los requisitos establecidos en el artículo67 del Código de Procedimiento Civil, se acepta a trámite Verbal Sumario. Cítese a los demandados en las direcciones señaladas mediante comisión al Teniente Político de la Parroquia Quingeo. Envíese el despacho en forma. En cuenta la cuantía fijada; la casilla judicial señalada y la autorización concedida. NOTIFIQUESE.-F) Dra. Rosa Beatriz Morocho, Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, lunes 7 de septiembre del 2015, las 12h26, 07769-15Cuenca, septiembre 7 de 2015, las 08h00VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa por encontrarme legalmente encargada del despacho del Juzgado mediante Oficio No. FJADPA.2015-2397. En lo principal, se corrige el lapsus incurrido en providencia inmediata anterior por cuanto se hace constar en la misma como fecha en la cual se ha dictado la providencia: el mes julio de 2015, cuando lo correcto es que dicha providencia se dictó en fecha: septiembre 4 de 2015, las 09h00. Téngase en cuenta lo manifestado para los fines de ley. Hágase saber. F) Dra. Rosa Beatriz Morocho, Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA: OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, martes 11 de mayo del 2021, a las 17h53.JUEZ PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez. VISTOS: Avoco Conocimiento de la presente causa luego de reintegrarme por mi licencia por enfermedad. Puesto en mí despacho el día de hoy. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora, proveyendo lo solicitado por secretaria confiérase en debida forma el extracto a fin de citar al demandado por la prensa. Confiérase el desglose de la documentación que solicita y entréguese a la persona que autoriza para el efecto. Hágase saber.- F) DRA. GINA BRAVO ORDOÑEZ, JUEZA. Al citado se les advierte la obligación de señalar domicilio judicial y correo electrónico para notificaciones que le correspondan. OTRA PROVIDENCIA JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01332-2015-07769 Agréguese a los autos los escritos que anteceden, proveyendo lo solicitado; confiérase en forma correcta el extracto de ley para la publicación por la prensa con el nombre correcto del demandado VITAL VALDOMERO ZEAS CONTRERAS. Forma inmediata- cúmplase y hágase saber.-

38610-8 (P)

PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 29 de octubre del 2021, a las 11h25. Vistos: Se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior: Por clara, completa y por reunir con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos- COGEP, la demanda de inventario y tasación de los bienes del CAUSANTE Diego Eugenio Cordero Andrade que presenta la Dra. Samantha del Rocio Merchán Castillo en calidad de Procuradora Judicial de la señora MONICA ELIZABETH IÑIGUEZ ANDRADE en calidad de cónyuge sobreviviente, se lo acepta a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO conforme el Art. 335 ibídem, por lo tanto se dispone: Cítese a la parte demandada María Eugenia Cordero Andrade y Nube Cecilia Cordero Andrade en el lugar que se indica por medio de la OFICINA DE CITACIONES para lo cual confiéranse las copias respectivas. El menor púber Juan Diego Cordero Iñiguez en forma directa designen a su curador ad-litem que le represente en el proceso toda vez que la madre y representante legal tiene interés directo en la causa, para el efecto se les notificará en sus domicilios que se señala. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante Diego Eugenio Cordero Andrade, mediante publicaciones por la prensa en la forma determinada en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos. Cuéntese con el SRI. Se publicará además por una sola vez en un periódico de mayor circulación la apertura de la sucesión intestada del causante a partir de la fecha de su fallecimiento esto es el 09 de mayo de 2019. Agréguese la documentación presentada, en cuenta la cuantía, casilla y la autorización que se concede a su defensora. Se entregarán los extractos respectivos. Cumplidas con las diligencias que se han ordenado se procederá con la designación de perito conforme a ley.

Juicio No. 01333-2019-08277

Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA.

SOFIA PINTO LOJANO.

Atentamente, Dr. Jorge Villavicencio T. SECRETARIO

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA “R” A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE DIEGO EUGENIO CORDERO ANDRADE Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo del MSC. JUAN CARLOS PAZ MENA Juez “R” de la Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01204-2021-05282 ACCIÓN: INVENTARIO ACTOR: MONICA ELIZABETH IÑIGUEZ ANDRADE

BACUY

REPUBLICA DEL ECUADOR

A: VITAL VALDOMERO ZEAS CONTRERAS, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca cuya titular es la Dra. Gina Bravo Ordoñez, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaía en ella es al tenor siguiente:

Cuenca, 27 junio del 2022.

ABG. RICARDO MALLA AYORA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CAMILO PONCE ENRÍQUEZ

NEPTALI,

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 7 de junio del 2022, a las 16h50.

CITACION JUDICIAL

ACTOR: BELDUMA MENDIETA KATHERINE ESTEFANIA DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LEON BARZALLO ARTURO ANTONIO NATURALEZA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CUANTÍA: INDETERMINADA TRÁMITE: VOLUNTARIO

HOLGER

Juicio No. 01333-2021-07580

JUICIO NO. 01333-2015-07769

Se hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Camilo Ponce Enríquez a cargo del señor Juez Dr. Juan Carlos Romero Blacio, ha correspondido el proceso VOLUNTARIO No. 01658-2022-00245 que en extracto dice:

DEMANDADO: BACUY VEINTIMILLA VEINTIMILLA WILLIAM RAFAEL

# 22659

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA.

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CAMILO PONCE ENRÍQUEZ - AZUAY Y

A: BACUY VEINTIMILLA HOLGER NEPTALI, BACUY VEINTIMILLA WILLIAM RAFAEL De conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Sánchez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ

DEMANDADO: ALEJO AMILCAR FLORES MEJIA

22644-111 (P)

CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS DESCONOCIDOS DE LEON BARZALLO ARTURO ANTONIO

CITACIÓN JUDICIAL

A: ALEJO AMILCAR FLORES MEJIA

PROVIDENCIA(S): Juez Ponente: Lineth Alexandra Boada Herrera. VISTOS: Incorpórese al expediente físico el escrito y documentación presentada por la parte actora, en lo fundamental: COMPETENCIA: Conozco del presente proceso en virtud del sorteo efectuado, así como la competencia asignada a ésta Judicatura conforme lo dispuesto en el Art. 239 y 240 del Código Orgánico de la Función Judicial, y mediante resolución Nro. 208-2015 de fecha 24 de julio de 2015 del Consejo de la Judicatura. ADMISIÓN A TRÁMITE: La demandada presentada por ser clara, completa y reunir los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes se lo acepta a trámite ejecutivo por el cobro de la obligación contenida en la documentación anexa, en vista de que el título acompañado y la obligación en el contenida prestan mérito ejecutivo, de conformidad con los Arts. 348 y 349 del Código General de Procesos; en relación con los Arts. 619 del Código de Comercio. CITACIÓN: Cítese a los demandados Zhapan Molleturo Juan Carlos y Coronel Yunga Jaime Rolando en la dirección que se señala en la demanda, diligencia que se ejecutará mediante deprecatorio virtual dirigido a la Unidad Judicial Civil de Gualaceo, facultando a la autoridad jurisdiccional deprecada a comisionar a la autoridad que corresponda. Por secretaría procédase a remitir copias de las piezas procesales (pagaré, demanda y auto de admisión) que serán digitalizadas. ANUNCIO DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Conforme el principio de oportunidad y contradicción establecido en los arts. 159 y 165 del Código Orgánico General de Procesos: 1.- Se tiene en cuenta los medios de prueba que anuncia y que serán materia de pronunciamiento en la audiencia única. DISPOSICIONES GENERALES.- 1.- Una vez citados, de conformidad a lo establecido en los arts. 351; 355; y, 33 numeral 3 del Código General de Procesos; los demandados: 1) cumplan con la obligación; 2) en el término de quince días conteste la demanda presentada en su contra conforme lo establecido en el art. 151 y 153 del Código General de Procesos; formulando oposición debidamente fundamentada de acuerdo a lo establecido en el art. 353 del Código General de Procesos, y, acompañando la prueba conforme las reglas del Código General de Procesos; o de ser el caso 3) rinda caución de ser el caso, con el objeto de suspender la providencia preventiva; o 4) reconvenga al actor con otro título ejecutivo; Disposición que la deberá cumplir, bajo prevención de dictar sentencia conforme lo dispuesto en el art. 352 del Código General de Procesos; AUTORIZACIÓN Y CASILLA DESIGNADA. En cuenta la cuantía que se ha fijado, autorización conferida, así como la casilla y correo electrónico que señala para notificaciones futuras. Notifíquese. – OTRA PROVIDENCIA.- Cuenca, jueves 2 de junio del 2022, a las 17h21. VISTOS: Una vez que la parte actora ha cumplido con rendir su declaración jurada; se dispone la citación a los ciudadanos ZHAPAN MOLLETURO JUAN CARLOS y CORONEL YUNGA JAIME ROLANDO al tenor del art. 56, numeral 1) del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; publicación que se efectuará por un periódico de amplia circulación a nivel de la provincia del Azuay, garantizando de esta forma el derecho de los accionados a conocer de la existencia de un proceso judicial en su contra y pueda ejercitar su defensa dentro del término legal concedido en el auto de admisión.-Hágase saber.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y QUE EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERA EN REBELDIA. CORONEL SIGUENZA MARIA GABRIELA SECRETARIA ENCARGADA

# 22617

#22616

Juicio No. 01333-2022-00629

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A los Herederos Presuntos y Desconocidos de CAMPOVERDE CAMPOVERDE SEGUNDO FÉLIX.: cuya individualidad, domicilio y residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se les hace conocer que en esta unidad a cargo de la Dra. Lucía del Carmen Carrasco Veintemilla Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con auto en ella recaída, dice: Actor: NAVARRO BERMEO VÍCTOR MANUEL Demandados : BLANCA ROSA CEDILLO AUCAPIÑA , CARMEN LUCÍA, SARITA BEATRIZ, WILSON SEGUNDO, LUISA MARINA, MARGARITA LUCRECIA, LEONARDO ARTURO CAMPOVERDE CEDILLO. NELSON RUPERTO CAMPOVERDE CEDILLO. CARLOS ERIBERTO y MARTHA IRENE CAMPOVERDE CEDILLO así como los Herederos Presuntos y Desconocidos de: CAMPOVERDE CAMPOVERDE SEGUNDO FÉLIX.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 11h48. CITACION JUDICIAL A: QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO Y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil De Cuenca, a cargo Del Dr. Juan Carlos Álvarez Pacheco, se Tramita el Juicio Ejecutivo por Cobro De Pagaré A La Orden formulado por COOP DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA.. en contra de QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO Y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA . la misma que en extracto es del siguiente tenor: Naturaleza: Ejecutivo Tramite: Cobro De Pagaré A La Orden

Juicio N.- 01333-2022-00020

Actor: COOP DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA Demandados: QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO Y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA

Acción: ORDINARIO

Cuantía: $2.601,25

Materia : PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

Juicio No. 01333-2022-00629

Autos:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 2 de febrero del 2022, a las 07h50.

Juicio No. 01333-2022-00020 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 4 de febrero del 2022, a las 07h50 01333-2022-00020 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS: Conozco de la presente causa. En lo principal, y por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 del COGEP, en vista de lo dispuesto en el Art. 289 del Código citado, se admite a trámite en “¨Procedimiento Ordinario” la Demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio”, presentada por el Señor Víctor Manuel Navarro Bermeo en contra de: Blanca Rosa Cedillo Aucapiña. Herederos Conocidos Presuntos y Desconocidos del Señor Causante Segundo Félix Campoverde Campoverde. Herederos Conocidos del Causante: Carmen Lucía Campoverde Cedillo. Sarita Beatriz Campoverde Cedillo. Wilson Segundo Campoverde Cedillo. Luisa Marina Campoverde Cedillo. Margarita Lucrecia Campoverde Cedillo. Leonardo Arturo Campoverde Cedillo. Nelson Ruperto Campoverde Cedillo. Carlos Eriberto Campoverde Cedillo. Y Martha Irene Campoverde Cedillo. Conforme lo previsto en los incisos séptimo y octavo, del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, previo a la citación Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de éste Cantón, notificando para el efecto a la funcionaria correspondiente. En el trámite de la causa cuéntese con el señor Alcalde de la Ciudad y con el señor Procurador Síndico de la I. Municipalidad de Cuenca, funcionarios que serán citados en sus despachos. Cítese a la Parte Demandada: Señor Víctor Manuel Navarro Bermeo en contra de: Blanca Rosa Cedillo Aucapiña. Herederos Conocidos Presuntos y Desconocidos del Señor Causante Segundo Félix Campoverde Campoverde. Herederos Conocidos del Causante: Carmen Lucía Campoverde Cedillo. Sarita Beatriz Campoverde Cedillo. Wilson Segundo Campoverde Cedillo. Luisa Marina Campoverde Cedillo. Margarita Lucrecia Campoverde Cedillo. Leonardo Arturo Campoverde Cedillo. Nelson Ruperto Campoverde Cedillo. Carlos Eriberto Campoverde Cedillo. Y Martha Irene Campoverde Cedillo, en la forma determinada en el Código Orgánico General de Procesos, corriéndoles traslado con la demanda propuesta en su contra para que la conteste en el término de treinta días establecido en el Art. 291 del COGEP cumpliendo con los requisitos previstos en los Arts. 151 y siguientes del Código último citado. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, los lugares señalados para citación y notificaciones así como la autorización que la peticionaria concede a su defensor. Agréguese a los autos la documentación presentada. La Diligencia de Citación a la Parte Accionada se practicará de la siguiente manera: A la Señora Blanca Rosa Cedillo Aucapiña, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. A los Herederos Conocidos Presuntos y Desconocidos del Señor Causante Segundo Félix Campoverde Campoverde, mediante publicaciones por la prensa conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. A los Herederos Conocidos del Causante: Carmen Lucía Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Sarita Beatriz Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Wilson Segundo Campoverde Cedillo, mediante Comisión dirigida al Señor Teniente Político de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca, Provincia del Azuay a quien se enviará el respectivo despacho en forma. Luisa Marina Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Margarita Lucrecia Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Leonardo Arturo Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Nelson Ruperto Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia.Carlos Eriberto Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Martha Irene Campoverde Cedillo, mediante la Oficina de Citaciones de este Cantón y Provincia. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Hágase saber.- f)”ilegible” Carrasco Veintemilla Lucia del Carmen Juez Se le previene de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que le correspondan. Cuenca, 30 de Marzo de 2022

Dra. Tamara Ruiz SECRETARIA

JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del Cantón Cuenca, así como por el sorteo legal correspondiente. Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por el Dr. JORGE ALBERTO DELGADO ALTAMIRANO quien comparece en calidad de Procurador Judicial del ECON. JUAN CARLOS URGILES MARTINEZ, Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA., en cuenta su contenido.- En lo principal viene a mi conocimiento la Demanda Ejecutiva propuesta por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA., en contra de en contra QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO como Deudor Principal; y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA como Deudor Solidario, una vez examinada y por considerar que la misma, cumple con los requisitos legales generales y especiales establecidos en los artículos 142, 143, 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y precisa, en consecuencia se la admite al trámite mediante el procedimiento EJECUTIVO que es el que corresponde.- Con el contenido de la Demanda y del presente auto calificación cítese a los Accionados QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA contándose para el efecto con la colaboración de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial a quien se le remitirá los despachos respectivos; se le prevendrá a la Parte Demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de lo establecido en el Artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la Parte Accionada el término de QUINCE (15) DÍAS para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Atendiendo la prueba solicitada por el actor se dispone la práctica de las siguientes diligencias: PRIMERO: Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula el Actor en su demanda, los mismo que se formalizarán en el momento procesal oportuno. Téngase en cuenta la cuantía señalada y la autorización conferida a su Defensa Técnica, así como el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- NOTIFIQUESE.- OTRA PROVIDENCIA .- Juicio No. 01333-202200629 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 14 de junio del 2022, a las 14h10. JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por la Entidad Accionante. Atento al estado de la causa y para proceder a la citación de los Codemandados QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA se DISPONE: Citar con el contenido de la demanda y el respectivo auto calificación a los Accionados QUINDE VALDEZ ERICK ROBERTO y ZUMBA ZUÑA MONICA ALEXANDRA en la forma establecida en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, confiriéndose para este efecto los extractos respectivos, se les prevendrá a la Parte Accionada de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, de presentar la oposición a la acción interpuesta en su contra, para tal efecto en base a lo señalado en el artículo 351 ibídem se le concede el termino de QUINCE (15) DÍAS observándose además lo establecido en el Art. 56 (penúltimo inciso) del mismo Código Orgánico General de Procesos establecen. NOTIFIQUESE.- PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, A LOS DEMANDADOS SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE CUENCA. Cuenca,21 de JUNIO del 2022

# 22614

SARMIENTO MENDIA FANNY EULALIA

#22615


A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

CITACION JUDICIAL JUICIO N° 01204-2021-06185

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO K DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL. A : HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI Se le hace saber que en el Juzgado K de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Tatiana Ochoa Maldonado, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No: 01204-2022-03188 ACCIÓN: SUMARIO NATURALEZA: DIVORCIO CAUSAL ACTOR: DRA. MARIBEL BRAVO CALDERÓN EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DE LA SEÑORA OLGA MARIA TENE GUAMAN DEMANDADO: HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI, CUANTÍA: INDETERMINADA Cuenca, martes 14 de junio del 2022, a las 14h46. VISTOS: Cumplido lo dispuesto.-Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de DIVORCIO CAUSAL presentada por la Dra. Maribel Bravo Calderón en calidad de Procuradora Judicial de la señora OLGA MARIA TENE GUAMAN,en contra del señor HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI, por consiguiente se dispone : UNO: Procédase a la designación de curador ad-litem a los niños/as habidos en matrimonio que responden a los nombres de JESSICA FERNANDABARBECHOTENEYALEX MATEO BARBECHO TENE , en audiencia de parientes y /o personas honorables del lugar, diligencia que se cumplirá en cualquier día y hora hábil del despacho hasta antes de la convocatoria a audiencia correspondiente, la persona designada comparezca a tomar posesión del cargo conferido en la misma diligencia; en tanto que a los adolescentes que responden a los nombres de BRYAM XAVIER BARBECHO TENE Y MARIA NAYELI BARBECHO TENE, deberán comparecer por sus propios derechos a designar curadorad-litem que les representen en la causa, la persona designada deberá comparecer a tomar posesión del cargo conferido en cualquier día y hora hasta antes de la convocatoria a audiencia unica.- DOS: De acuerdo con el Art. 146 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos COGEP-, se fija la pensión alimenticia provisional en favor de los hijos habidos en matrimonio, en la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y UN DOLARES AMERICANOS MENSUALES, que cancelará el progenitor desde la fecha de presentación de la demanda, en forma mensual y con los adicionales de ley, por consiguiente procedase por parte de PAGADURIA a la creación del código de la tarjeta en el Sistema Supa.- TERCERO:CÍTESE al demandado señor HECTOR XAVIER BARBECHO SINCHI, en atención al juramento rendido por la parte actora, CITESE por publicaciones de prensa, conforme determina el Articulo 56 del Código Orgánico General de Procesos, Confiérase los extractos de publicación respectiva; debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico de haber señalado la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP,con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema,sin que esto sustituya a la citación oficial.-CUARTO: El demandado tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333delCOGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152ibídem.QUINTO:Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora. Los testigos anuncia dos deberán ser debidamente notificados en las direcciones señaladas por la actora conforme determina el Articulo 191 del Código Orgánico General de Procesos. – Notifíquese A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO O CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca 04 de Julio del 2022

Cuenca, 20 de diciembre del 2021 Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY.

EJECUTIVO

Materia:

PAGARÉ A LA ORDEN

Numero:

01332-2019-00308

Actor:

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA” LTDA.

Demandado:

GUAMAN BARRERA MANUEL ANTONIO

Cuantía:

$. 13.216,92

“Juicio No. 01332-2019-00308. Paute, martes 08 de diciembre del 2020, las 11h55. VISTOS: En lo principal dentro del proceso, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Agréguese a los autos el escrito presentado por parte actora, proveyendo la solicitud de copias certificadas, concédase las mismas a costas del peticionario, previo a cumplirse con lo determinado en el art. 211 del Código Orgánico General de Procesos, se le notificará al demandado GUAMAN BARRERA MANUEL ANTONIO, se dispone que la notificación mediante el funcionario de la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial, en la dirección consignada en la peticion, haciéndoles conocer que dichas copias serán utilizadas para proponer un proceso de Insolvencia. NOTIFIQUESE y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01332-2019-00308. Paute, viernes 13 de mayo del 2022, las 14h08. VISTOS. -Atendiendo el estado del proceso, dispongo lo siguiente: 1.-Incorporese a los autos el escrito presentado por la parte actora, proveyendo el mismo y conforme consta en la diligencia de fecha 08 de abril de 2022, la parte actora, ha dado cumplimiento al juramento ordenado, por lo cual por Secretaria confiérase el extracto correspondiente para que se practique la notificación al demandado Manuel Antonio Guamán Barrera, conforme lo dispuesto en auto de fecha 08 de diciembre de 2020.-Notifíquese, y Cúmplase.-” f) DR. BORIS MOLINA ZHINDÓN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE. PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES LÍBRESE EL PRESENTE DESPACHO. Paute, 13 de mayo de 2022. Atentamente, Dra. Andrea Vidal Solorzano Secretaria Unidad Judicial Civil-Paute

“Juicio No. 01332-2021-00203. Paute, miércoles 29 de septiembre del 2021, a las 11h58. VISTOS.- En lo principal continuando con la sustanciación de la presente causa, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Habiéndose dado cumplimiento en término debido a lo dispuesto mediante auto de fecha 20 de septiembre de 2021, la demanda ordinaria de CANCELACIÓN DE HIPOTECA, presentada por: MARIA DEL CARMEN VERA ARIZAGA y MARIA ALEXANDRA CAJAS VERA, en contra de JOSE VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA, es completa clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO.- Sobre la forma de citación del demandado JOSE VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA, se dispondrá lo que corresponda, una vez que se haya remitido el contenido de la información que fuere solicitada mediante despachos girados a las entidades públicas, por lo cual la parte actora apersónese de la entrega oportuna de las contestaciones. De conformidad al artículo 142.7 y 165 Ibídem, téngase en cuenta el anuncio de prueba que realiza la parte Actora y con notificación a la parte contraria, póngase en su conocimiento. Conforme lo dispone el artículo 53 del COGEP, se dispone la publicación de la presente demanda en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la función judicial. TERCERO.- Con sustento a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), una vez citado el accionado, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Por considerada la cuantía que se indica. Agréguese al proceso la documentación que ha sido presentada.- NOTIFÍQUESE, y CÚMPLAS.- OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01332-2021-00203. Paute, lunes 20 de junio del 2022, a las 14h48. VISTOS: En lo principal dentro del proceso, se dispone lo siguiente: 1.-Incorpórese a los autos el escrito que antecede y la certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Jose Vicente Saquinaula Chicaiza, indicando que no consta registro consular en el exterior. Cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior por Secretaria confiérase el extracto correspondiente para que se practique la citación conforme lo dispuesto en auto de calificación.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-” f) DR. BORIS MOLINA ZHINDÓN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE.-” PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES LÍBRESE EL PRESENTE DESPACHO. Paute, 24 de junio de 2022. Atentamente, Dra. Andrea Vidal Solorzano Secretaria Unidad Judicial Civil – Paute 22622-11 (P)

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca Juicio No. 01333-2021-08491 CITACION JUDICIAL

NOTIFICACIÓN JUDICIAL

Naturaleza:

CITACIÓN JUDICIAL A: JOSÉ VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA, les hago saber que en La Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Paute, provincia del Azuay a cargo del Doctor Boris Molina Zhindón, Juez de la Unidad Judicial Civil, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dice: Naturaleza: ORDINARIO Materia: CANCELACIÓN DE HIPOTECA Numero: 01332-2021-00203 Actor:MARIA DEL CARMEN VERA ARIZAGA y MARIA ALEXANDRA CAJAS VERA Demandado: JOSÉ VICENTE SAQUINAULA CHICAIZA Cuantía: Indeterminada

22626-11 (P)

22625-11 (P)

A: GUAMAN BARRERA MANUEL ANTONIO, le hago saber que en La Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Paute, provincia del Azuay a cargo del Doctor Boris Molina Zhindón, Juez de la Unidad Judicial Civil, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dice:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY.

A: los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA: Se le hace saber: que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: ACTORA: MALDONADO GUERRERO ROSARIO. DEMANDADO: herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA. NATURALEZA: VOLUNTARIO MATERIA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS CUANTIA: INDETERMINADA JuicioNo.01204-2021-06185 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 17 de diciembre del 2021, a las 08h17. 01204202106185 VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca dice: Se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior. Por clara, completa y por reunir con los requisitos generales y especiales del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos- COGEP se califica la demanda de inventario y tasación de los bienes de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA y se lo acepta a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO conforme el Art. 335 ibídem, por lo tanto se dispone:. UNO ) De acuerdo al juramento rendido por los accionantes, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante CELIA AMABLE GUERRERO GUTAMA mediante publicaciones de prensa en la forma determinada en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.Secretaria confiera extracto de ley.- DOS ) Cítese al heredero conocido JOSE BOLIVAR MALDONADO GUERRERO Cítese a la parte demandada mediante comisión remitida al Teniente Político de la parroquia Sayausi .- Líbrese despacho en forma .- Secretaria remita las piezas procesales de rigor .- Cuéntese con el SRI en la persona de su director Zonal 6 , a quien se le notificara también en el domicilio señalado .- TRES ) En consideración el anuncio probatorio , sobre los medios de prueba se dispondrá en la audiencia respectiva.- Agréguese la documentación presentada.- CUATRO ) Cumplidas con las diligencias que se han ordenado se procederá con la designación de perito conforme a ley. CINCO En cuenta la autorización conferida, casilla y correo electrónico señalado.- Notifíquese.-YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE) Se advierte a los citados la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones .

DRA ANGELICA CORDOVA CARDENAS SECRETARIA

11A

CITACIÓN JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2022-04469

A: MAYRA ALEXANDRA CHIMBO RODRIGUEZ, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO. 01333-2021-08491 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIA DE DOMINIO ACTOR: MARCA LLIVICURA BLANCA PIEDAD DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS DEL CAUSANTE NÉSTOR RUBÉN MARCA LLIVICURA, SIENDO LOS SEÑORES TANIA MARILU MARCA AUQUILLA, EDDY ANDRES MARCA AUQUILLA; EN CONTRA DE LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL REFERIDO CAUSANTE Y EN CONTRA DE MAYRA ALEJANDRA CHIMBO RODRIGUEZ CUANTIA: $85.000 Juicio NO. 01333-2021-08491 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 7 de marzo del 2022, a las 12h00. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha rendido por la parte actora. En lo principal, se tiene que la demanda formulada por la ciudadana BLACA PIEDAD MARCA LLIVICURA en contra de los HEREDEROS CONOCIDOS del causante Néstor Rubén Marca Llivicura, siendo los señores TANIA MARILU MARCA AUQUILLA, EDDY ANDRES MARCA AUQUILLA; en contra de los herederos desconocidos del referido causante y en contra de MAYRA ALEJANDRA CHIMBO RIDRIGUEZ en calidad de acreedora; cumple con los requisitos legales de forma previstos en los artículos: 142, 143, y 144 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que se la califica de clara, precisa y se la acepta a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese a los demandados, mediante la oficina de citaciones, debiendo para ello previamente entregar las copias necesarias en secretaría y finalmente a los herederos desconocidos al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP, esto es, por un periódico de amplia circulación en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, debiendo por secretaría entregarse el extracto de ley; para que de conformidad con el inc. 2° del Art. 291 Código Orgánico General de Procesos en el término de TREINTA DÍAS contesten la demanda, a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte accionante, la misma que se tramitará en el momento procesal oportuno. Al tenor del inc. 7° del Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda, debiendo el accionante presentar el certificado respectivo. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, en sus respectivos despachos institucionales, por intermedio de la Oficina de Citaciones, para cuyo fin entregará en secretaría las copias necesarias. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el correo electrónico, casilla judicial, así como la autorización que confiere a los profesionales del derecho. -Hágase saber. - F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). OTRO AUTO: Juicio No. 01333-2021-08491. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 5 de julio del 2022, a las 12h29. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA.VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora y el cual contiene la declaración juramentada; motivo por el cual al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP se dispone la citación de la codemandada ciudadana MAYRA ALEXANDRA CHIMBO RODRIGUEZ, esto es, por un periódico de “amplia circulación” en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; y de esta forma se garantiza el derecho de la parte requerida a conocer de la existencia de este proceso judicial y concurrir en el término legal que permite la ley procesal.-Hágase saber.- F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE).

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, DOLORES ISAURA CENTENO FAICÁN, JULIA MARGARITA CENTENO FAICÁN, MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN y LAURA MARÍA CENTENO FAICÁN, cuya individualidad, domicilio y residencia se ha afirmado desconocer, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la señora Jueza Dra. María Esperanza Neira Orellana, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2022-04469 PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIA: DOMINIO

PRESCRIPCION

ADQUISITIVA

EXTRAORDINARIA

DE

ACTOR: FANNY LUCIA VILLA FAICAN DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, DOLORES ISAURA CENTENO FAICÁN, JULIA MARGARITA CENTENO FAICÁN, MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN y LAURA MARÍA CENTENO FAICÁN "Cuenca, Martes 26 de Abril del 2022, a las 08h18. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, de acuerdo a la Acción de Personal número 854-22-UTHA-AFF, de fecha 20 de abril del 2022 y en virtud del sorteo practicado. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, a la demanda presentada por FANNY LUCÍA VILLA FAICÁN por cumplir con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándola a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese a los HEREDEROS CONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, los señores: ZOILA CELINA ZENTENO FAICÁN y su cónyuge MANUEL IGNACIO PONCE CRIOLLO, ROSA LEOVINA CENTENO FAICÁN y CARLOS ENRIQUE ZENTENO FAICÁN en las direcciones señaladas, diligencia que se comisiona al Señor Teniente Político de la Parroquia Paccha, debiendo enviarse despacho suficiente; a la cónyuge sobreviviente y HEREDEROS CONOCIDOS DE MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN, los señores: ZOILA MERCEDES PONCE CRIOLLO, MÓNICA RAQUEL CENTENO PONCE, LUIS ALBERTO CENTENO PONCE, CARLOS RODRIGO CENTENO PONCE, MIGUEL ANTONIO CENTENO PONCE y WALTER ISIDRO CENTENO PONCE, de la siguiente manera: Zoila Mercedes Ponce Criollo, Mónica Raquel, Luis Alberto, Carlos Rodrigo y Miguel Antonio Centeno Ponce, en el domicilio señalado, diligencia que se depreca a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, Provincia del Guayas, debiendo enviarse el despacho respectivo por vía electrónica; en el caso de Walter Isidro Centeno Ponce, la diligencia de citación se comisiona al Señor Teniente Político de la Parroquia Paccha, debiendo enviarse suficiente despacho; a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MIGUEL ANTONIO ZENTENO, DOLORES ISAURA CENTENO FAICÁN, JULIA MARGARITA CENTENO FAICÁN, MIGUEL ALBERTO CENTENO FAICÁN y LAURA MARÍA CENTENO FAICÁN, a través de uno de los medios de comunicación, en la forma determinada por el artículo 58, en relación con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que confiérase el extracto respectivo. Citados todos los accionados, de conformidad con el inciso segundo del artículo 291 del mencionado cuerpo de leyes, en el término de TREINTA DÍAS contestarán la demanda, contestación a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Inscríbase la 'demanda en el Registro de la Propiedad. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, por intermedio de la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada. Téngase en cuenta la prueba anunciada, casilla judicial, el correo electrónico, así como la autorización concedida. NOTIFÍQUESE.F) Dra. María Esperanza Neira Orellana / Jueza"

A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones.

A la citada se le previene señalar domicilio judicial y correo electrónico para futuras notificaciones.

Cuenca, 05 de julio del 2022

Cuenca, 5 de julio de 2022.

Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL #38608

22634-8 (P)

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA JUEZ PONENTE: DR. JUAN SANTIAGO VINTIMILLA SUAREZ CITACIÓN A: MARCO FABIÁN AVILÉS AVILÉS con C.C.0104361746 Se le hace saber que en la Unidad Judicial De Lo Civil De Cuenca, a cargo del: Dr. Juan Santiago Vintimilla Suarez, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No.

01333-2022-07564

ACCIÓN:

EJECUTIVO

ACTOR:

ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY

PROVIDENCIA 26 DE MAYO DEL 2022 Vistos. En atención al acto de proposición se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Competencia. Avoco conocimiento de esta causa en legal y debida forma, por el sorteo de ley, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca. 2.- Objeto de la causa, admisión a trámite y procedimiento. La demanda que antecede por COBRO DE DINERO presentada por el Dr. Teodoro Patricio Vásquez Zambrano, Procurador Judicial del Doctor Fernando Silvino González Corral, Gerente General y Representante Legal de la “ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY”, DESIGNADA TAMBIÉN ESTATUTARIAMENTE COMO MUTUALISTA AZUAY, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 619 del Código de Comercio, 347 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 3.- Citación y término para contestar la demanda. Se ordena la citación del demandado MARCO FABIÁN AVILÉS AVILÉS en el lugar consignado, mediante la Oficina de Citaciones, para lo cual, se acompañará la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los Arts. 355 y el inciso quinto del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP. 4.- Prueba. Las pruebas legalmente anunciadas serán tramitadas de conformidad a lo dispuesto en el Art. 160 del COGEP el día y hora de la audiencia que se señalará oportunamente. 5.- Notificaciones y desglose. Notifíquese en las casillas judiciales, así como en los correos electrónicos señalados y téngase en cuenta la autorización conferida. Se ordena el desglose de la documentación referida debiendo entregarse a la/las persona autorizada. Hágase saber y cúmplase. PROVIDENCIA 05 DE JULIO DEL 2022 Se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- La Actuaria del despacho extraiga del sistema SATJE y adjunte al proceso el acta de citación al demandado. 2.- En atención al escrito presentado por la parte actora y por cuanto el compareciente manifiesta bajo juramento desconocer el lugar de citación al demandado MARCO FABIÁN AVILÉS AVILÉS y que este es imposible determinarlo, se dispone citarle de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, es decir, mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar, es decir, de este Cantón Cuenca, debiendo conferirse el extracto respectivo. Notifíquese. Cuenca, 07 de julio del 2022 ABG. MALENE POLO HERNÁNDEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

DRA. LORENA LOPEZ BARRETO, SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CUENCA

#22647

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA JUEZ PONENTE: DR. JUAN SANTIAGO VINTIMILLA SUAREZ CITACIÓN A: DIEGO ALEXANDER SUQUI con C.C.0150119238 y GABRIEL MARCELO SUQUI SUQUI con C.C.0107231235 Se le hace saber que en la Unidad Judicial De Lo Civil De Cuenca, a cargo del: Dr. Juan Santiago Vintimilla Suarez, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2022-00030 ACCIÓN: EJECUTIVO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALFONSO JARAMILLO LEON C.C.C PROVIDENCIA 12 DE ENERO DEL 2022 Vistos. En atención al acto de proposición se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Competencia. Avoco conocimiento de esta causa en legal y debida forma, por el sorteo de ley, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca. 2.- Objeto de la causa, admisión a trámite y procedimiento. La demanda que antecede por COBRO DE DINERO presentada por la Dra. Lourdes Patricia Siguencia Siguenza Procuradora Judicial del Ing. Com. Iván Fernando Astudillo Córdova, Gerente y Representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALFONSO JARAMILLO LEÓN CAJA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos fundamentándose en un pagaré a la orden con vencimientos sucesivos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 del mismo código y Arts. 186, 187 y 188 del Código de Comercio, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 3.- Citación y término para contestar la demanda. Se ordena la citación de los demandados DIEGO ALEXANDER SUQUI SUQUI y GABRIEL MARCELO SUQUI SUQUI en el lugar consignado mediante la Oficina de Citaciones, para lo cual se acompañará la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los Arts. 355 y el inciso quinto del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP 4.- Anuncio de los medios probatorios. Las pruebas legalmente anunciadas serán tramitadas de conformidad a lo dispuesto en el Art. 160 del COGEP el día y hora de la audiencia que se señalará oportunamente. 5.- Notificaciones, autorización y desglose. Notifíquese en los lugares señalados y téngase en cuenta la autorización conferida. Confiérase el desglose de la documentación solicitada y entréguese a la persona autorizada. Hágase saber y cúmplase. PROVIDENCIA 05 DE JULIO DEL 2022 Se realiza el siguiente pronuncimiento: 1.- Adjúntese al expediente el escrito presentado por la parte actora dando cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior. 2.- En lo principal, por cuanto la compareciente manifiesta bajo juramento desconocer el lugar de citación a los demandados DIEGO ALEXANDER SUQUI y GABRIEL MARCELO SUQUI SUQUI y que este es imposible determinarlo, se dispone citarles de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, es decir, mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar, es decir, de este Cantón Cuenca, debiendo conferirse el extracto respectivo. Notifíquese. Cuenca, 07 de julio del 2022 ABG. MALENE POLO HERNÁNDEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA # 22658

# 22656


12A

ECUADOR Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Gestión

Gobierno ofrece 0 % de hacinamiento en cárceles en este año De acuerdo con datos oficiales, hasta el momento se registra una disminución de casi el 18 %. Los tres decretos mediante los cuales el presidente Guillermo Lasso ha indultado a quienes han cometido ciertos delitos y a personas con enfermedades catastróficas, han rendido frutos en el hacinamiento, que ha disminuido en casi el 18 %; la meta es llegar al 0 % a finales de este año. Pa b l o R a m í r e z , director del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI), puntualizó que el hacinamiento ha disminuido con los indultos otorgad o s, “ 2 6 , 7 5 % a diciembre del 2021 a 8 % del presente mes en 2022”. Paola Flores, secretaria de Derechos Humanos, puntualizó que para alcanzar esta meta serán fundamentales el censo y registro penitenciario que están en marcha y que permitirán avanzar y mejorar el sistema, revisando las necesidades y contando con datos certeros para tener un diagnóstico claro. “Este proceso está en marcha y daremos

pasos firmes para una medición real de nuestra población carcelaria y así avanzar en políticas públicas nacionales”, afirmó Flores. Los anuncios se realizaron en el marco de la inauguración del curso para incorporar a 1.400 guías penitenciarios, evento en el que participó el presidente Guillermo Lasso, quien anticipó que el próximo año habrá una segunda convocatoria, para incrementar 1.000 agentes y completar los 4.000 que el Sistema Penitenciario del país requiere para cumplir las normas internacionales. “Por primera vez en la historia del país, hasta finales de año, empezará a funcionar la Escuela de Formación de Agentes Penitenciarios”, sostuvo Lasso, quien resaltó que se contará con un plan de carrera, entrenamiento e instructores especializados. Además de evaluaciones poligráficas, toxicológicas, psicológicas y un programa anticorrupción. (ASM)-(I)

El Gobierno trabaja en el censo y registro penitenciario que permitirán avanzar y mejorar el sistema con datos certeros para tener un diagnóstico claro.

El presidente Guillermo Lasso participó en la inauguración del curso para incorporar a 1.400 guías penitenciarios. Presidencia

Críticas contra el paro El ministro del Interior, Patricio Carrillo, insistió en vincular las recientes protestas lideradas por el movimiento indígena con “mercados ilegales”. (I)

www.elmercurio.com.ec redaccion1@elmercurio.com.ec

Arosemena propone un ABC a la economía Gobierno

Gastos tras acuerdo con la CONAIE no alteran meta del déficit económico de 2,2 puntos del PIB.

P

a blo Arosemena, flamante ministro de Economía y Finanzas, aplicará tres factores claves para reactivar la economía y, al mismo tiempo, cumplir con los compromisos adquiridos con las organizaciones indígenas durante el último paro nacional. La propuesta se resume en la aplicación de un “ABC”. Asegurar el gasto social, este es el primer objetivo o la arista A, para este año está previsto que, en las carteras de Salud, Educación y para las prestaciones sociales se destine 1.400 millones de dólar e s . S i n e m b a r g o, Arosemena aclaró que estos presupuestos no se incrementarán con los compromisos adquiridos tras el paro, sino que se buscará que utilicen lo que al momento se les ha otorgado. “No se trata de dar más recursos, sino de que ejecuten, tenemos un promedio de ejecución del 30 %, hay un 70 % de recursos que ya los tienen y deben ejecutarlos, para ayudarlos se va a crear una especie de Fuerza de Tarea, que es una unidad ejecutora interinstitucional, liderada desde el Ministerio, para asegurarnos que los recursos sean ejecutados a tiempo”, afirmó Arosemena. La B tiene que ver con bajar la carestía de los productos y el costo de la vida; y bajar los atrasos o pagos pendientes, en esta última categoría están los pagos a los Gobierno Autónomos Descentralizados (GAD) y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), que actualmente ascienden a 2.700

Negociación

El ministro Pablo Arosemena (C) dio a conocer cómo implementará su gestión en el manejo de las finanzas públicas. API

Los multilaterales son claves Para cumplir sus metas fiscales, para el país serán claves los créditos de los organismos multilaterales, hasta finales de año están garantizados 1.700 millones de dólares del Fondo Monetario Internacional (FMI) y se negocia con el Banco Mundial (BM), Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Corporación Andina de Fomento (CAF). Según Pablo Arosemena, en los primeros días de su gestión se ha comunicado con estos organismos, sobre todo con el FMI, que han comprendido que el país, debido al paro nacional, no podrá cumplir algunas metas, como la relaciomillones de dólares, la meta no es eliminarlos, pero sí deducirlos sustancialmente. Por último, la C tiene relación con crecer económicamente y construir obra pública. “En los cinco meses que nos quedan del año que se acelere la ejecución de los presupuestos de inversión de obra pública”, señaló Arosemena. Meta Aunque el paro nacional ocasionó pérdidas, sobre todo en el sector petrolero, que ascendieron

Están garantizados 1.700 millones de dólares del Fondo Monetario Internacional (FMI). Archivo

nada con el subsidio a los combustibles. “Las conversaciones han partido de que comprendan los esfuerzos que tenemos que hacer para que la paz sea duradera”, señaló Arosemena, quien afirmó a 230 millones de dólares, más los 300 millones producto de la rotura de los oleoductos a inicios de año; a lo cual se suma los 1.000 millones de dólares anuales que se necesitarán para cumplir con lo ofrecido a las organizaciones indígenas, Arosemena señaló que el Gobierno mantendrá su meta de alcanzar los 2,2 millones de déficit fiscal. “Estamos comprometidos con el orden y la prudencia fiscal, también con la eficiencia del gasto público, mantenemos los mismos objetivos fiscales que nos van a permitir

que, aunque el acuerdo con el FMI concluye este año y no se confirma una renegociación, espera mantener la relación con el organismo, porque “los recursos que da son los más baratos del mundo”. (I) generar espacios para fortalecer el gasto social, reducir los espacios, contratar menos deuda y fortalecer las finanzas públicas”, puntualizó Arosemena, quien señaló que espera que, en lo que resta del 2022, se pueda aprovechar de los altos precios del petróleo. “El gasto público es como las uñas, hay que cortarlo todos los días el gasto público improductivo, hay que buscar la mayor eficiencia, ejecutar el gasto, pero siempre buscar la eficiencia”, señaló A r o s e m e n a . Q u i t o. (ASM)-(I)

Migración

Declaración presidencial pone Emigrantes que retornan de en riesgo las mesas de diálogo España con una nueva vida Hay historias de emprendedores que han recibido financiación de organismos europeos.

La versión de que el paro fue financiado por el narcotráfico han causado malestar. Las declaraciones del presidente Guillermo Lasso a medios internacionales, en las que aseguró que las últimas manifestaciones fueron financiadas por el narcotráfico, puso en incertidumbre la continuidad de las mesas de diálogo entre el Gobierno y las organizaciones indígenas, cuyos dirigentes deben definir si seguirán negociando o no. Gary Espinosa, presidente de la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (Fenocin), calificó a lo declarado por el mandatario como declaraciones “desafortunadas, aceleradas y carentes de pruebas”, las cuales serían analizadas

Las mesas de diálogo deben comenzar formalmente mañana, según lo acordado. Archivo

anoche por esta organización, antes de confirmar su permanencia en las negociaciones. La Confederación de Nacionalidades Indígenas (CONAIE) todavía no se ha pronunciado de forma específica sobre su asistencia a las mesas de diálogo, sin embargo, través de un comunicado afirmó que “las absurdas acusaciones de

Lasso” pusieron en duda el acta firmada y el proceso, pues se busca “criminalizar la protesta”. Solo Samuel Lema, del Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicos del Ecuador (FEINE), confirmó la asistencia para la primera reunión, planificada para mañana a las 08:30. (ASM)-(I)

Quito.- De emigrar a emprender, ese es el radical cambio de vida de migrantes ecuatorianos que han retornado de España a su país natal para abrir criaderos de animales, tiendas e incluso una ortopedia con aparatos fabricados en una impresora 3D, gracias al programa de retorno productivo voluntario. Con la financiación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno español y también de la Unión Europea (UE), estos ecuatorianos han podido restablecerse en sus lugares de origen con un negocio

propio. Entre ellos está Jenny Gallo, quien junto a sus dos hijas de 12 y 9 años volvió en mayo a Ambato, capital de la provincia de Tungurahua, para abrir una innovadora tienda de instrumentos ortopédicos confeccionados con impresoras 3D, como andadores, prótesis y férulas, tanto para personas como para mascotas. En Cayambe, una población rural al norte de Quito, Ana Gabriela Guaján, de 29

años, alimenta a sus cuyes (conejillos de Indias) en el criadero que ha construido con la ayuda recibida para regresar a Ecuador en marzo desde Pamplona. Más al norte, en Otavalo, capital de la provincia de Imbabura, Jessica Rivera, de 27 años, atiende a los clientes que llegan a su tienda de alimentos para animales, abierta en mayo tras llegar desde Madrid junto a su hija recién nacida. (EFE)-(I)

Jessica Rivera trabaja en la tienda de alimentos para animales que ha abierto. EFE


Sección

B

DEPORTES

Murta: la yegua que Uruguay regala a Catar y puede ser un “talismán”

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Elegida como regalo especial para el emir de Catar, Tamim Bin Hamad Al Thani, una yegua criolla partió de Uruguay rumbo a la nación árabe, donde sus criadores esperan que sea también un “talismán” para la selección celeste.

www.elmercurio.com.ec deportes@elmercurio.com.ec

Branda abre de titular y anota su segundo gol El Deportivo Cuenca creó algunas oportunidades, pero solo marcó una a través de uno de sus jugadores de proyección. LigaPro

D

e p o r t ivo Cuenca tendrá cuatro días para planificar el partido con Liga de Quito tras la victoria de anoche por 1-0 ante Guayaquil City en el Estadio Alejandro Serrano Aguilar. Los morlacos visitarán a los albos el próximo sábado 16 de julio a las 17:30 por la segunda fecha de la segunda etapa de la LigaPro Serie A. Gabriel Schürrer al fin pudo contar con todos sus estelares, salvo Lucas Mancinelli a quien prefirió no convocarle para no arriesgar su proceso de recuperación de una tendinitis en la rodilla. Pero su potencial reemplazo no defraudó la confianza del

cuerpo técnico. Vilinton Branda se puso el overol. Cuando los equipos parecían irse al descanso con la pizarra limpia, el extremo de 20 años tomó de primera un centro de Agustín García Basso y fusiló con la zurda a Gonzalo Valle al minuto 44. Fue su segundo gol con el Expreso Austral. El primero anotó hace casi dos meses en el empate (1-1) contra Barcelona SC en el Monumental. Anoche fue la primera vez que partía de titular en la LigaPro Serie A, no obstante, su aporte no pasó de los 59 minutos. Por lesión tuvo que ceder su puesto a Jalmar Almeida. Branda llegó al Cuenca como parte de los jugadores de proyección. Sus condiciones también fueron reconocidas en su

momento por Jorge Célico, quien cuando estuvo al frente de la Selección Nacional U20 le tomó en cuenta para un microciclo. Otro de proyección es Jefferson Vernaza que entró al minuto 72 por Efrén Mera. “Cachorro” salió entre aplausos de los hinchas por el gran desgaste que realizó en media cancha. No jugaba tanto tiempo en LigaPro desde su debut ante Liga de Quito (90’), el 25 de febrero. Raúl Becerra estuvo con el santo de espalda. El Negro tuvo oportunidades, pero hasta el parante no quiso que se reconciliara con las redes. Sin embargo, a pesar que no marcar desde hace cuatro meses, su presencia arrastra marcas y genera espacios para sus compañeros. Schürrer advirtió un día

antes del partido su intención de hacer daño por las bandas para contrarrestar el cerrojo defensivo del rival. Tampoco le dio tiempo al equipo de Pool Gavilánez para que desarrolle sus fortalezas: contragolpe, pelota parada y remates desde fuera del área. C o n s u t r i u n f o, Deportivo Cuenca sumó 24 unidades en la tabla acumulada. Es octavo, pero se aproximó a Delfín SC (25) y a Emelec (26) en su camino ascendente hacia la zona de torneos internacionales. Liga de Quito recibirá a los australes con la motivación de haber ganado de visita a Gualaceo SC (0-1). El arquero Brian Heras enfrentará a su exquipo ante la lesión de Gonzalo Falcón. (BST)-(D)

Lice Chamorro (i) de Paraguay disputa un balón con Javiera Paz de Chile. EFE

Paraguay derrota angustiosamente a Chile Cali (Colombia), (EFE).- La selección de Paraguay, con una notable actuación de Jessica Martínez, derrotó este lunes de manera apretada por 3-2 a Chile en la Copa América Femenina, con lo cual revive en el torneo tras su caída en el debut ante Colombia. Los goles de la tarde fueron obra de Rebeca Fe r n á n d e z , Je s s i c a Martínez y Fabiola Sandoval, mientras que por Chile descontó Daniela Pardo y en el tiempo de adición Yenny Acuña dejó el 3-2 definitivo. Las paraguayas salieron decididas a buscar la victoria y pronto, a los tres minutos, se fueron en ventaja por intermedio de Rebeca Fernández, quien de golpe de cabeza metió la pelota en el arco defendido por Cristiane Endler.

Partidos de hoy: Las selecciones de Perú, que apuesta por una renovación, y Argentina que quiere pasar la pagina del mal arranque en el que cayó por 0-4 anten Brasil, se enfrentarán este martes en la segunda jornada de la Copa América femenina en el estadio Centenario de Armenia, en el Eje Cafetero colombiano. A primera hora en este mismo escenario saldrán las de Uruguay y Brasil, la primera necesitada de una victoria porque en su primera salida perdió por 1-0 ante Venezuela, que tiene descanso en esta jornada. Contra Ecuador El entrenador de la selección femenina de Chile, José Letelier, aseguró que la Roja “no tiene margen al error” en la Copa América de fútbol femenino y que debe ganar “sí o sí” el próximo jueves a Ecuador, tras la derrota por 3-2 ante Paraguay. (D)

Pogba ya es jugador del Juventus Roma, (EFE).- El internacional francés Paul Pogba ya es oficialmente y hasta 2026 de nuevo jugador del equipo italiano Juventus, en el que militó anteriormente durante cuatro temporadas (2012-2016) y con el que disputará la

Liga de Campeones la próxima temporada. Pogba ha firmado hasta el 30 de junio de 2026 y “a cambio de la inscripción del jugador el Juventus incurrirá en gastos adicionales por 2,5 millones de euros, pagaderos antes del 31 de agosto de 2022”. (D)

Efrén Mera (c) de buena actuación en el partido festeja junto a Vilinton Branda (I) el autor del gol del triunfo del Deportivo Cuenca sobre el Guayaquil City. API

Djokovic, 7º; Nadal 3º, y Alcaraz, 6º Madrid, (EFE).Aunque se sabía desde hace semanas que Wimbledon no puntuaría de cara a la clasificación de la ATP y que habría un vuelco total en la lista mundial, la constatación del séptimo puesto del serbio Novak Djokovic no deja de ser llamativo.

Los españoles Rafael Nadal y Carlos Alcaraz, sin embargo, salen beneficiados porque el primero regresa al podio y el murciano vuelve al sexto puesto, su mejor clasificación histórica. Daniil Medvedev se mantiene en lo más alto seguido del alemán Alexander Zverev. (D)


2B

D EPORTES

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Bicicross

Las inscripciones se extenderán hasta el domingo 17 de julio

Se aperturan Colonias Vacacionales de FDA con ritmo y mucha energía

La gimnasta cuencana Isabela Bravo fue una de las más aplaudidas en el Coliseo Mayor. MOU

Las exhibiciones deportivas marcaron el acto de apertura ante más de dos mil padres de familia y menores

L

a confesión en el acto inaugural en el Coliseo Mayor del doble medallista de oro bolivariano Esteban Enderica de que tardó dos años en aprender a nadar repercutió en los cerca de dos mil menores que hasta el 12 de agosto darán vida a la edición 2022 de las Colonias Vacacionales de Federación Deportiva del Azuay. Para la pequeña Emily Bonilla de 9 años, la declaración de unos de sus ídolos le motiva para dar lo mejor en las clases de natación en la

Piscina Olímpica, donde compartirá con una de sus hermanas, ya que dos más estarán en el judo, de acuerdo a su madre Ana Guapisaca. Criterios parecidos al de la pequeña María Caridad Ordóñez de 6 años, quien espera no solo nadar las cinco semanas, sino hacer de esta disciplina un seguro de vida y un complemento en su formación; para ello cuenta con el apoyo de su hermana María Paz, quien en cambio dará sus primeros “raquetazos” en el tenis de campo. Aspiraciones como estás se multiplican en las 29 disciplinas abiert a s, s e g ú n M a r c o s Patiño, presidente (E) de FDA, quien al hacer memoria subrayó que de las Colonias Vacacionales han surgido medallistas internacionales de la talla de: María José Bor ja en tenis de mesa; Josseline Yuqui en triatlón; Marco

Exhibiciones se roban los aplausos en el Coliseo Mayor Las mortales con giro de las gimnastas Isabela Bravo, Madeline Quirola y Micaela Vélez figuraron entre lo más aplaudido de las exhibiciones deportivas dentro del acto de inauguración de las Colonias Vacacionales de Federación Deportiva del Azuay. Otros que recibieron parabienes fueron los taekwondosistas, quie-

Quiroz en boxeo, entre otros. “Tenemos toda la logística, infraestructura y material humano calificado para que los niños vivan una experiencia positiva, sabiendo que las Colonias son de carácter recreativo, lo que no quita que los

Heredia confirma favoritismo con el título del Nacional de Ajedrez

que mejor se proyecten tengan la oportunidad de sumarse a las Escuelas de Formación”, ponderó. De su lado, el coordinador técnico-metodológico Eriel Grenier, señaló que según criterios técnicos y en base a las experiencias de

La pequeña Fátima Sojos marcó un hecho inédito dentro de la segunda parada del Campeonato Provincial de Bicicross, en la pista de La Concordia. Y es que la pedalista fue la primera “rider” con síndrome de Down en actuar en evento local oficial de BMX, con podio incluido, ya que obtuvo la medalla de bronce en los 4 años strider damas, siendo solo superada por Cristina Loaiza e Isabella Guillén. Fátima, entrena en la Academia Kids Azuay con el profesor Xavier León. Para el BMX azuayo se viene el Gran Nacional de Bicicross, en la primera semana de agosto en Riobamba y los décimos primeros Juegos Nacionales Prejuveniles Manabí 2022, donde el BMX se dará del 20 al 22 de agosto, en la pista del Complejo de Miraflores de Guayaquil. (MOU) (D)

También, hubo espacio para la presentación lúdica de “Paquito y sus amigos” de la Policía Nacional y de la “Ana y Alfonso” de la Guardia Ciudadana, quienes dieron mensajes de seguridad y respeto a la vida, al igual que la hormiga Chúa de la EMAC EP, quien posó para deleite de padres y menores. (MOU) (D)

los años anteriores y las particularidades de cada deporte se estipularon las edades y horarios, con el objetivo de que todos los inscritos tengan las mismas oportunidades de aprender y divertirse en su tiempo libre. (MOU) (D)

La pequeña bicicrosista Fátima Sojos (348), brilló en La Pista de La Concordia. Cortesía

Ugalde se impone a Cueva en duelo de tricolores en los World Games Racquetball

Los clasificados a la Olimpiada de Chennai esperan que el Ministerio del Deporte y la FEDA agiliten los trámites por la cercanía del evento Confirmando su favoritismo e inclusive con campaña perfecta, la ajedrecista quiteña Carla Heredia fue la mejor en damas del Campeonato Nacional de Ajedrez Estándar Fase 1, que se desarrolló en el C o m p l e j o D e p o r t ivo Bolivariano con 58 deportistas de doce provincias. Y es que la Gran Maestra se impuso con nueve puntos de nueve posibles, superando a Kerly Herrera de Los Ríos, segunda con 6 ½ y a Katherine Jaramillo de Morona Santiago, que hizo 6 unidades entre 19 participantes. Con estos resultados, se espera que este trío de compatriotas representen al país en la cuadragésima cuarta edición de la Olimpiada Mundial, a celebrarse en la ciudad de Chennai, India del 28 de

nes incluso rompieron trozos madera con sus técnicas de fuerza de piernas. También, se disfrutó de la disciplina del karate y de los “sparring” de boxeo y de la energía de los luchadores. El ritmo en cambio lo pusieron las representantes de la gimnasia rítmica y del grupo de baile deportivo de Ve r ó n i c a P a d r ó n .

Fátima Sojos destaca en II Provincial de BMX

La ajedrecista capitalina Carla Heredia. Cortesía MOU

julio al 10 de agosto. Igual aspiración es de los ganadores en la rama masculina; a saber de B r ya n C a r r a s c o d e Pichincha, quien se adjudicó el primer lugar con 7 ½ unidades, segui-

do de Adrián Saltos de Manabí con 7 puntos y del capitalino César Vizcaíno, que completó el podio con 6 ½. Actuaron 39 deportistas en total, en la Casa del Ajedrez. (MOU) (D)

El sorteo jugó en contra de los racquetbolistas azuayos José Daniel Ugalde y Juan Francisco Cueva, quienes tuvieron que batirse a “matar o morir” en duelo de octavos de final dentro de los World Games (Juegos Mundiales), que se cumplen en Birmingham, Estados Unidos hasta el 17 de julio. Esta vez el triunfo le sonrió a Ugalde, que superó 3x0 a su compañero Cueva, con parciales de 15-11; 15-13; y 15-9, en alrededor de 47 minutos de intenso duelo, que contó con el entrenador cuencano José Luis Cueva, dividido en funciones. Con este panorama, José Daniel se medirá ante el colombiano Mario Mercado por los cuartos de final, a disputarse este martes, desde las 09:00; en caso de un triunfo aseguraría su presencia en el podio mundial. Otros que estamparon su nombre entre los ochos mejores de la rama masculina son Andrés Acuña de Costa Rica, que despachó 3x0 a Gunhee Lee de C o r e a y Ju a n Jo s é Salvatierra de Guatemala, que hizo lo propio con el c o s t a r r i c e n s e Fe l i p e Camacho.

El azuayo José Daniel Ugalde (I) derrotó al también coterráneo Juan Francisco Cueva, en Birmingham. Cortesía.

Los Juegos Mundiales 2022 se disputan con 3.600 atletas en 30 deportes, cuya mayoría no forman parte del ciclo olímpico rumbo a París 2024. Están organiza-

dos por la Asociación Internacional de los Juegos Mundiales (IWGA), bajo patrocinio del Comité Olímpico Internacional. (MOU) (D)


D EPORTES

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Bolivarianos

Los Juegos Sudamericanos de Asunción están entre los objetivos trazados dentro del ciclo olímpico.

Medallistas del Azuay definen sus próximas competencias

L

a experiencia acumulada en los últimos Juegos Bolivarianos de Valledupar inyectó una motivación extra para futuras competiciones a gran parte de la delegación azuaya que asistió al reconocimiento preparado por la Federación Deportiva del Azuay en el Coliseo Jefferson Pérez. Esteban Enderica, doble medallista de oro individual en aguas abiertas, indica que su próximo reto serán los Juegos Sudamericanos de Asunción, en octubre. El objetivo es buscar podio, “aunque será mucho más difícil por los brasileños y argentinos que son muy duros, pero nosotros vamos a dar pelea para estar en esas posiciones estelares”. El campeón bolivariano tiene como primer evento cumbre el Campeonato Mundial de Fukuoka 2023, clasificatorio para los Juegos Olímpicos París 2024. Si bien está enfocado un poco más en aguas abiertas, no descarta por completo las pruebas de piscina. Enderica es un convencido que el trabajo y esfuerzo diarios muchas veces se imponen al talento en la consecución de objetivos. De allí que invitó a los padres de familia a que no dejen de apoyar a sus hijos; y a las empresas, a que no den la espalda al deportista que llega al alto rendimiento. En su caso agradeció el apoyo que recibe del Ministerio del Deporte, Banco Pichincha, NeoLab, Fundación Crisfe y Gold Nutrition. Juan Andrade, celebró ayer su cumpleaños 29. El triple medallista (dos de oro y una de plata) en triatlón, tam-

Andrés Espinoza, Magaly Bonilla, Cecilia Fárez, Geovanny Mayancela, Javiera Miranda, Paula Vega, Josseline Yuqui, Juan Andrade, Esteban Enderica y Ángel Matute asistieron al reconocimiento que organizó la Federación Deportiva del Azuay. Cortesía

bién está motivado para afrontar los próximos eventos puntuables rumbo a París 2024. El próximo desafío es la Copa Mundo de Pontevedra, España, el 24 de julio. Elizabeth Bravo, medallista de plata en relevos mixto, no estuvo presente porque viajó hacia Tiszaujvaros, Hungría, para la Copa Mundo que se realizará el domingo 17 de julio a las 07:45, hora ecuatoriana. L o s J u e g o s Sudamericanos también son una aspiración para las triatletas Josseline Yuqui, doble medallista de plata, y Paula Vega, medallista de plata en parejas damas. Sus futuras participaciones están en dependencia de si hay o no recursos, sin embargo, está en el cronograma la Copa Panamericana de Santa Marta, el 11 de septiembre.

Triple E recibe a Fuerza Manaba en Liga Nacional En las tres primeras fechas de la Liga Nacional de Baloncesto Masculino Engels Tenorio, Eric Worthey ha justificado su condición de refuerzo de Triple E, del Azuay. Es el mayor encestador del club (70), el más efectivo en rebotes defensivos (10) y ofensivos (8), en recuperaciones (13) y está entre los tres mejores asistidores (5). El estadounidense es una de las piezas claves del coach Andrés Espinoza para los tres compromisos al hilo que disputará esta semana en el Coliseo Jefferson

Pérez. Este martes 12 de julio a las 20:00 tendrá la visita de Fuerza Manaba; el miércoles 13 de julio le visitará Valle Unido, de Quito, y el viernes 15 de julio recibirá a Guerreros, de Quito. “Necesito ir rotando mucho a los jugadores para llegar frescos a los tres partidos y poder alzarnos con la victoria”, indica Espinoza tras retornar a Cuenca de los Juegos Bolivarianos. En este certamen alcanzó de forma inédita la presea de plata como DT de la Selección Nacional Masculina de 3x3. (BST)-(D)

Panamericano de Mayores

L o s Ju e g o s Sudamericanos también es el objetivo de Javiera Miranda,

Iván Escudero, doble medallista de plata en hasta 89 kg, confiesa que un problema en la espalda le impidió pelear las medallas de oro. “Tuve una pequeña molestia por falta de masaje y terapia en la base de entrenamiento que tuvimos”. La próxima semana viajará a Bogotá para el Campeonato Panamericano de Mayores, clasificatorio para los Juegos Panamericanos de Santiago de Chile 2023. Escudero espera sanar pronto la lesión en la espalda, con apoyo de Recovery Center, para intentar ubicarse entre los cuatro mejores. El halterista ya logró la clasificación a Santiago tras proclamarse campeón en los Juegos Panamericanos Junior 2021, en Cali. Esto le da tranquilidad para hacer una buena rehabilitación y llegar en óptimas condiciones a los Juegos Sudamericanos de Asunción y al Mundial de Colombia, clasificatorio para los Juegos Olímpicos París 2024. Con la experiencia en Valledupar, “sé lo que tengo que hacer para estar en lo más alto. Soy el más liviano de la categoría (87 kg), nos falta subir de peso sin perder la agilidad. El plan de entrenamiento con Marco (Culcay) nos ha permitido adaptarnos bastante rápido al nuevo peso”. medallista de plata en kumite -55 kg. Antes podría ir al C a m p e o n a t o Pa n a m e -

ricano de Karate U21 de M o n t e r r e y, M é x i c o . (BST)-(D)

3B

Bonilla: “Es una prueba que disfruto bastante” La marchista azuaya Magaly Bonilla cuenta las horas para ir a Oregón y sumarse al equipo de 35 km marcha que estará compitiendo en el Mundial de Atletismo, el próximo 22 de julio a las 04:15 del Ecuador. Sus compañeras Paola Pérez y Glenda Morejón ya entrenaron ayer con el profesor Julio Chuqui en territorio estadounidense. El viaje de ellos fue más temprano porque Morejón junto con Karla Jaramillo competirán este viernes 15 de julio desde las 11:10 en 20 km. El mismo día y en la misma distancia, pero desde las 13:10, largará el azuayo Daniel Pintado junto con el pichinchano David Hurtado y el lojano Jordy Jiménez. Pintado también irá a 35 km junto con su compañero y coach Andrés Chocho y el pichinchano Jhonatan Amores, el 24 de julio a las 04:15. Magaly viene de conseguir la medalla de oro en 35 km en los Juegos Bolivarianos. Aunque lidió con un fuerte calor y alta humedad, supo manejar bien los ritmos para no desgastarse demasiado de cara al Mundial. “Es una prueba que disfruto bastante, aún hay mucho por mejorar porque es una distancia nueva, pero me he preparado para ello”. A inicios de año realizó una base de entrenamiento en España donde pudo intercambiar experiencias con el grupo de María Pérez, actual líder del ranking mundial de 35 km. (BST)-(D)


4B

A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL CARTEL Juicio No. 01613-2021-00231 A: ROQUE MERIZALDE BEATRIZ MARIA; y VEGA RAMIREZ EDGAR DUMANY y ROQUE MERIZALDE KATHERINE SOFIA, cuya residencia, dirección o domicilio actual, se afirma haber sido imposible determinar, el Ab. Néstor Iván Valdiviezo Sigüenza, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, hace saber, que se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “SANTA ISABEL LTDA. MATERIA: CIVIL NATURALEZA: ORDINARIO ACCIÓN: COBRO DE DINERO Juicio No. 01613-2021-00231 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL. Santa isabel, jueves 2 de septiembre del 2021, a las 11h29. CASO: 231-2021 Juez Ponente: Ab. Iván Valdiviezo Sigüenza Cumplido lo dispuesto, se procede a calificar la presente demanda: 1.- CALIFICACIÓN.- Al reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), de acuerdo a lo que estipulan los Arts. 289 y 290 del cuerpo legal antes invocado, se acepta a PROCEDIMIENTO ORDINARIO, la demanda por DINERO, la demanda propuesta por el ING. IVAN EFREN SARMIENTO AREVALO, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “SANTA ISABEL LTDA.”,en contra de ROQUE MERIZALDE BEATRIZ MARIA y VEGA RAMIREZ EDGAR DUMANY, como deudores principales, y, ROQUE MERIZALDE KATHERINE SOFIA, ROQUE CAJAMARCA DELFÍN; Y, MERIZALDE RIOFRIO SOFÍA ESPERANZA, en calidad de avalista. 1.1.- CITACIÓN. - Cítese a los demandados ROQUE MERIZALDE BEATRIZ MARIA; y VEGA RAMIREZ EDGAR DUMANY y ROQUE MERIZALDE KATHERINE SOFIA, por la prensa, de conformidad a lo previsto en el Art. 56 numeral 1 del Código General de Procesos, para lo cual por secretaría se emitirá el extracto correspondiente. A ROQUE CAJAMARCA DELFÍN; Y, MERIZALDE RIOFRIO SOFÍA ESPERANZA, cítese, mediante carteles a ser publicados en el consulado de Málaga-España, conforme lo previsto en el art. 56 numeral 1 del Código de Procesos. Emítase por secretaría los respectivos extractos Se advertirá a la demandada que tiene el término de treinta días, para dar contestación a la demanda, contado a partir de la citación, conforme lo señala el Código General de Procesos en el Art. 291 inciso segundo, y que deberá comparecer a la diligencia oral de audiencia preliminar, que será fijada oportunamente conforme lo dispone el Art. 299 del COGEP.1.2.- La prueba anunciada será resuelta en la audiencia preliminar conforme lo establece el Art. 294 numeral 7 literal a) del COGEP. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Hágase saber y cúmplase. – AB. VALDIVIEZO SIGÜENZA NÉSTOR IVÁN, JUEZ (PONENTE). Al citado se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla Judicial, casilla electrónica y/o correo electrónico de un Abogado. Santa Isabel, 03 de septiembre de 2021. ABG. LUIS ILLARES LUPERCIO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL CITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS ENRIQUE SECAIRAVELOZ, ALEX LENIN ZAMBRANO VERDUGA Y JOHN ALEX PIZARRO VILLON, cuyos domicilios y residencias son imposibles determinar; se le hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, a cargo de Abg. CASTILLO BANDA MARCO ANDREY, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Isabel, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: Juicio: 01613-2021-00230 Naturaleza: ORDINARIO Materia: CIVIL-COBRO DE DINERO. Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA ISABEL Demandado: CARLOS ENRIQUE SECAIRAVELOZ, ALEX LENIN ZAMBRANO VERDUGA Y JOHN ALEX PIZARRO VILLON Juicio No. 01613-2021-00230 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL. Santa isabel, jueves 13 de enero del 2022, a las 09h27. Juicio No. 00230-2021 Juez: Marco Castillo Banda Vistos: Incorpórese al proceso escrito y documentación que se presenta. Una vez que, se ha rendido juramento conforme ley, se procede a calificar la demanda. 1. CALIFICACIÓN. Al reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (en lo posterior COGEP), Art. 19 de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Proceso, que sustituye el texto del Art. 146 del COGEP; y de acuerdo a lo establecido en los Ar ts. 289 y 290 del c uer p o legal antes invo cado, s e acept a a PROCEDIMIENTO ORDINARIO, la demanda por CONCEPTO DE COBRO DE DINERO, PROPUESTA POR IVÁN SARMIENTO ARÉVALO EN SU CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA ISABEL, en contra de CARLOS ENRIQUE SECAIRAVELOZ, ALEX LENIN ZAMBRANO VERDUGA Y JOHN ALEX PIZARRO VILLON. 1.1. CITACIÓN. Cítese a los demandados, diligencia que se realizará conforme lo establece el Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones en un diario de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, en tres fechas distintas. Por Secretaría, se librará el extracto respectivo. Se advertirá a los demandados, que tiene el término de treinta días para dar contestación a la demanda, contado a partir de la última citación, conforme lo señala el Código General de Procesos en el Art.291 inciso segundo, y que deberá comparecer a la diligencia oral de Audiencia Preliminar, que será fijada oportunamente de acuerdo al Art. 292 del COGEP. La parte actora dará las facilidades del caso, para que se cumpla con la citación. 1.3. PRUEBA. La prueba será considerada en audiencia preliminar, según lo establece el Art. 294 numeral 7 del COGEP. 1.4. CUANTIA, AUTORIZACION, CASILLA O CORREO PARA NOTIFICACION. En cuenta la cuantía, la autorización que confiere a su defensor, el casillero y correo electrónico que señalan para recibir notificaciones. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Hágase saber y cúmplase.-.--f) F).- DR. CASTILLO BANDA MARCO ANDREY, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE SANTA ISABEL. A los demandados se les previene señalar casilla Judicial y/o correo electrónico de un Abogado, para futuras notificaciones. Santa Isabel, 13 de enero de 2022 ABG. GABRIEL BACULIMA LL. SECRETARIO

#40975

# 40976

Juicio No. 01333-2022-04899

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: HILDA ARACELI LOOR GILER cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo de la Dra. Lucia Carrasco Veintimilla, Jueza Encargada de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: Actor: ORDOÑEZ SOLANO JOSE PATRICIO Demandado: LOOR GILER HILDA ARACELI Juicio N.- 01333-2022-08885 Acción: EJECUTIVO Materia: COBRO DE LETRA DE CAMBIO Cuantía: $16.500 Providencia: Juicio No. 01333-2022-08885 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 12h06. 01333-2022-08885 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. ( E ) VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, y en virtud de encontrarme legalmente encargada del Despacho de la Unidad Judicial Civil a cargo del Dr. Bayardo Albán Ortega. En lo principal: La Demanda que antecede presentada por el Señor José Patricio Ordóñez Solano, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la Letra de Cambio, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Artículos 347.4 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante “Procedimiento Ejecutivo”. Se ordena la citación de la parte demandada: Señora Hilda Araceli Loor Giler con C. I. No. 1205063090, de la manera solicitada, para lo cual se adjuntará Copia de la Demanda, y de este Auto Inicial. En aplicación de los Artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la Demandada, proponga alguna de las excepciones taxativas del Artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados, así como la autorización concedida a los profesionales del derecho cuyos nombres constan en el Libelo de Demanda. La citación a la parte demandada deberá practicarse mediante publicaciones por la prensa conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto se entregará el Extracto de Ley correspondiente.. La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Intervenga la Secretaria Titular, Dra. María Augusta Robles Bernal. Notifíquese.. -f) Dra. Lucia Carrasco Veintimilla, Jueza Encargada de la Unidad Judicial de Cuenca. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que les corresponda, en caso de no hacerlo, se procederá en rebeldía. Cuenca, 30 junio del 2022 Abg. María Augusta Robles SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA P-11,12,13

Juicio No. 01204-2022-02990

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 5 de julio del 2022, a las 14h50.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

EN EL CANTON CUENCA. Cuenca,jueves 9 de junio del 2022, a las 16h32.

CITACION JUDICIAL

CITACION JUDICIAL

A: JORGE FABIÁN LLIVISACA ORTEGA y GERMÁN ARIOSTO HEREDIA TORRES, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Héctor Ramón Pesantez, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con el auto recaído en ella, es al tenor siguiente:

JUICIO No. 01204-2022-02990

ACCION:

EJECUTIVO

MATERIA:

COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

ACTOR:

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO JARDÍN AZUAYO LTDA

CUANTIA:

$ 922.86

“VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca y en virtud del sorteo de ley, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial y del Art. 160 numeral 1 ibídem, en relación con el Art. 1 del Reglamento de Sorteos. La demanda que antecede presentada por el DR. JORGE ALBERTO DELGADO ALTAMIRANO, en calidad de Procurador Judicial del Eco. Juan Carlos Urgiles Martínez, Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jardín Azuayo Ltda., conforme justifica con la copia de la escritura pública que adjunta y legitima su personería, en contra del señor JORGE FABIÁN LLIVISACA ORTEGA, en calidad de deudor principal y del señor GERMÁN ARIOSTO HEREDIA TORRES en calidad de deudor solidario, por clara, completa y reunir los requisitos legales previstos en el artículo 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo de conformidad con los Art. 186, 187 del Código de Comercio, en tanto la obligación contenida en el mismo al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mencionado cuerpo legal, al ser clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO. En consecuencia: CÍTESE a los demandados en los domicilios señalados mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, para el efecto por secretaría concédase las copias necesarias y en debida forma, incorporando la dirección al sistema para la debida diligencia. De conformidad con lo prescrito en el Art. 353 en relación con el Art. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, córrase traslado a los demandados con el contenido de la demanda, del Pagaré a la Orden y del presente auto a fin de que dentro del término de QUINCE DÍAS, procedan a solucionar la obligación o a su vez den contestación a la demanda y propongan las excepciones de las que se crean asistidos en derecho a su defensa a la que acompañarán los medios de prueba que dispongan, bajo prevenciones de ley, ya que en caso de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y dicha resolución no será susceptible de recurso alguno, en mandato del artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. ADJÚNTESE la documentación acompañada y téngase en cuenta los MEDIOS DE PRUEBA anunciados, los cuales serán considerados oportunamente de conformidad con la ley. Téngase por fijada la cuantía, los domicilios judiciales señalados para las notificaciones y el patrocinio conferido para su defensa. Previas las formalidades de ley, dejando copias certificadas en los autos, concédase el desglose de la procuración judicial y entréguese al profesional autorizado para el patrocinio. Notifíquese” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. OTRA PROVIDENCIA: “Agrégese a los autos el escrito que antecede. Atendiendo lo solicitado por el Procurador Judicial, verificando el cumplimiento de los estándares de citación por la prensa dispuesto por la Corte Constitucional en la Resolución 609-13-EP20, en concordancia con lo prescrito en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados JORGE FABIÁN LLIVISACA ORTEGA y GERMÁN ARIOSTO HEREDIA TORRES, mediante tres publicaciones de prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia del Azuay, por cuanto el accionante, ha declarado bajo juramento manifestando que le imposible determinar el actual domicilio o residencia pese a todas las gestiones realizadas. Por secretaría concédase el extracto de ley. Notifíquese” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. Se le previene a la parte citada de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. MANTILLA SARMIENTO VERONICA SECRETARIA

#22648

REPÚBLICA DEL ECUADOR

DEL CANTÓN CUENCA CITACION JUDICIAL A: FRANKLIN GUSTAVO MATUTE ENCALADA SE LES HACE SABER QUE EN LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE CUENCA, A CARGO DEL DOCTOR, MANUEL BARRERA LOZANO, HA CORRESPONDIDO LA DEMANDA Y PROVIDENCIA EN ELLA RECAÍDAS QUE EN EXTRACTO DICEN: PENSION ALIMENTICIA ROSA FABIOLA AUQUILLA LANDI

DEMANDADO:

FRANKLIN GUSTAVO MATUTE ENCALADA

CUANTIA:

INDETERMINADA

JUICIO NO: 01204-2016-06045 Cuenca, martes 31 de mayo del 2022, a las 08h03. Vistos. Una vez que se ha cumplido con el juramento de ley, el mismo que se lo estima de suficiente ya que se lo ha realizado de conformidad con el Art. 56 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, y conforme documentación anexa, por lo que se prescinde de los oficios dispuestos en auto inmediato anterior. Por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE LA PENSION ALIMENTICIA EN CONTRA DE SUBSIDIARIOS presentada por la señora ROSA FABIANA AUQUILLA LANDI, en contra de los señores: FRANKLIN GUSTAVO MATUTE ENCALADA, quien se le citara a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, conforme el contenido del Art 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, confiérase el extracto correspondiente y señora: BEATRIZ LUZMILA LOJA CARDENAS, en la dirección señalada, mediante comisión al Señor Teniente Político de la parroquia Nulti, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone. Documentación anexa a la demanda; Ofíciese conforme lo solicitado en el formulario y anexo. Notifíquese- OTRA PROVIDENCIA. Agréguese a los autos el escrito presentado a nombre de la señora Rosa Fabiola Auquilla Landi. Proveyendo el mismo: De la revisión del Auto de calificación del 21 de abril del 2022 a las 08H27 efectivamente por un error de tipeo se ha hecho constar el segundo nombre de la accionante como Fabiana, cuando lo correcto es FABIOLA en tal virtud se corrige este particular. En el sentido de que la demanda es presentada por ROSA FABIOLA AUQUILLA LANDI, convalidando todo lo actuado de conformidad con el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial. Confiérase nuevo extracto y Comisión haciendo constar esta providencia. Agréguese a los autos el oficio y documento remitido por la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación. En cuenta su contenido para fines de Ley. Notifíquese.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 06 de junio de 2022 Dr. Polo Hernández Jhon Fabian SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA DE CUENCA “JUZGADO L”

SUMARIO SUSPENSION DE LAPATRIA POTESTAD

ACTOR:

VERONICA SOLEDAD ORDEN MOROCHO

DEMANDADO:

HERNAN PATRICIO PARRA BERMEO

PROVIDENCIA: Cuenca, miércoles 8 de junio del 2022, a las 09h45. VISTOS.-En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial “Q” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Cuenca. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de las competencias señaladas en el Artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por el sorteo de Ley.- 1.- CALIFICACION.- En lo principal.- La demanda de SUPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la señora VERONICA SOLEDAD ORDEN MOROCHO, en documentación adjunta a la demanda 5.2.- A la audiencia única que se señalará op contra del señor HERNÁN PATRICIO PARRA BERMEO, es clara y completa; y, por reunir los requisitos de ley se acepta a trámite, mediante procedimiento sumario. 2..- CITACION.- En virtud del juramento rendido por la parte accionante, cítese al demandado, con la demanda y auto de calificación, en forma extractada, mediante publicaciones por la prensa, las mismas que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la Provincia del Azuay, conforme lo establecido en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con los Arts. 1 y 5 de la resolución 07-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del COGEP. Se concede a la parte demandada el término de diez (10) días para que presente su contestación de conformidad con los artículos 151 y 333 numeral 3 del COGEP, en relación con el Art. 56 numeral 2 inciso 5 ibídem. Confiérase el extracto correspondiente. 3.- PRUEBA.- Por anunciados los medios probatorios de la accionante en su demanda, misma que merecerá pronunciamiento en el momento procesal oportuno, dentro de la audiencia única, en atención al sistema oral, de acuerdo con el principio de contradicción; 5.- OTRAS DISPOSICIONES: 5.1.Incorpórese al proceso la documentación adjunta a la demanda 5.2- A la audiencia única que se señalará oportunamente la peticionaria a su cargo deberá hacer comparecer: A las personas señaladas en el ítem prueba testimonial de su libelo inicial, quienes portarán sus documentos de identidad y estarán asistidos por un/a defensor/a de su preferencia, para ello se los notificará en los domicilios judiciales señalados por la accionante. 5.3.- Notifíquese a la Oficina Técnica de esta Unidad Judicial para que designe un/a Trabajador/a Social a fin de que, una vez citado el demandado, realice el informe correspondiente. Advirtiéndole al/ la respetivo/a funcionario/a su obligación de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 222 del Código Orgánico General de Procesos. 5.3.- En virtud del anuncio de prueba realizado, a la Audiencia Única que se señalará oportunamente comparezca el DEMANDADO y ACTORA de forma personal, portando sus documentos originales como son cédula de ciudadanía y certificado de votación y acompañado de su abogado/a defensor/a 5.4.- Se recuerda que el impulso del proceso corresponde a las partes procesales, conforme con el sistema dispositivo, según lo previsto en el artículo 5 del COGEP. 5.- NOTIFICACIONES: En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado para el efecto de notificaciones y la autorización concedida a la profesional del derecho. Actúe en calidad de secretario Titular del despacho el Dr. Gerardo Sánchez. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE..F)CAPON PLACENCIA TERESA DE JESUS JUEZA DE SUSTANCIACIÓN. A la parte demandada se le previene de su obligación de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para recibir futuras notificaciones SANCHEZ MONTERO GERARDO ALFONSO SECRETARIA

# 38620

Juicio No. 01333-2021-08452 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 09h36. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL L DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

ACCIÓN:

ACCION: MATERIA:

Cuenca, 09 de Junio del 2022

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

ACTOR:

A: HERNAN PATRICIO PARRA BERMEO, se les hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra. Teresa Capón Placencia, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:

#38616

A: BACULIMA PILLCO CHRISTIAN JAVIER, se le(s) hace saber que en el Juzgado de la Unidad Judicial Civil de Cuenca a cargo del Dr. Juan Carlos Alvarez Pacheco, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCIÓN: EJECUTIVO MATERIA: PAGO DE DINERO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA “JEP”. DEMANDADO(S): BACULIMA PILLCO CHRISTIAN JAVIER. CUANTIA: $1.161,89 JUICIO: 01333-2021-08452 PROVIDENCIA(S) EXTRACTADA (S): JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA.- Cuenca, jueves 11 de noviembre del 2021, a las 14h23 VISTOS: Una vez que se ha solventado el inconveniente tecnológico suscitado en esta causa, avoco conocimiento en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del Cantón Cuenca, así como por el sorteo legal correspondiente. Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por la Dra. MARIELA VERONICA RODRIGUEZ SIGUENZA quien comparece en calidad de Procuradora Judicial del Econ. FLORESMILO ALVEAR ESPEJO, Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA., en cuenta su contenido.- En lo principal viene a mi conocimiento la Demanda Ejecutiva propuesta por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA., en contra de CHRISTIAN JAVIER BACULIMA PILLCO una vez examinada y por considerar que la misma, cumple con los requisitos legales generales y especiales establecidos en los artículos 142, 143, 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y precisa, en consecuencia se la admite al trámite mediante el procedimiento EJECUTIVO que es el que corresponde.- Con el contenido de la Demanda y del presente auto calificación cítese a la Parte Accionada CHRISTIAN JAVIER BACULIMA PILLCO en el lugar y la forma solicitada en el acto de proposición, contándose para el efecto con la colaboración de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, se le prevendrá a la Parte Demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de lo establecido en el Artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la Parte Accionada el término de QUINCE (15) DÍAS para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Atendiendo la prueba solicitada por el actor se dispone la práctica de las siguientes diligencias: PRIMERO: Tómese en consideración los anuncios de prueba documental y testimonial que formula el Actor en su demanda. Téngase en cuenta, la cuantía señalada, la autorización conferida a su Defensa Técnica y el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- NOTIFIQUESE.- OTRA PROVIDENCIA.- JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por la Parte Accionante. Atento al estado de la causa se DISPONE: Citar con el contenido de la demanda y el respectivo auto calificación al Accionado BACUILIMA PILLCO CHRISTIAN JAVIER en la forma establecida en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, confiriéndose para este efecto los extractos respectivos, se le prevendrá a la Parte Accionada de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, de presentar la oposición a la acción interpuesta en su contra, para tal efecto en base a lo señalado en el artículo 351 ibídem se le concede el termino de QUINCE (15) DÍAS observándose además lo establecido en el Art. 56 (penúltimo inciso) del mismo Código Orgánico General de Procesos establecen, por Secretaría se conferirá le extracto correspondiente. NOTIFIQUESE.- F) DR. JUAN CARLOS ALVAREZ P JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y DE QUE EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERÁ EN REBELDÍA Cuenca, 21 DE JUNIO DEL 2022 SARMIENTO MENDIA FANNY EULALIA SECRETARIA 22642-11 (P)


A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

CITACIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

EXTRACTO CITACION JUDICIAL

JUICIO Nro. 01333-2020-05787 A: LUIS FELIPE CALDERÓN LÓPEZ y LOURDES MERCEDES GARCÍA CABRERA, cuyo domicilio y residencia se ha afirmado desconocer, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la señora Jueza Dra. María Esperanza Neira Orellana, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2020-05787

A: SICHA SUCONOTA JUAN PABLO A cuyo domicilio se ha protestado bajo juramento desconocer le hago saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del DR. WILSON SOLIS SOLIS, correspondió la demanda y providencia recaída, que, en extracto, dicen: ACCIONANTE: LARGO LARGO DINO ANDRES

MATERIA: COBRO DE TARJETA DE CREDITO

DEMANDADO: SRES.DANIELA NICOLE LARGO CALI Y JUAN PABLO SICHA SUCONOTA

ACTOR: ASOCIACIÓN MUTUALISTA AZUAY DEMANDADO: LUIS FELIPE CALDERÓN LÓPEZ y LOURDES MERCEDES GARCÍA CABRERA CUANTÍA: $ 1883.31 Juez: Oswaldo Paul Serrano Arizaga. Cuenca, 7 de diciembre de 2020, las 08h47. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por el Dr. Teodoro Patricio Vasquez Zambrano en calidad de Procurador Judicial del Gerente General y como tal Representante Legal de la Asociacion Mutualista de Ahorro y Credito para la Vivienda “Azuay” desisganda estatutariamente como Mutualista Azuay , es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado LUIS FELIPE CALDERON LOPEZy LOURDES MERCEDES GARCIA CABRERA al que se le citará en el domicilio señalado, mediante la oficina de citaciones , para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DR. PAÚL SERRANO ARÍZAGA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CUENCA OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, 29 de junio de 2022, las 10h40. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior y visto el contenido del acta del juramento rendido por la parte accionante que obra de los autos, cítese a los demandados LUIS FELIPE CALDERÓN LÓPEZ y LOURDES MERCEDES GARCÍA CABRERA, conforme al contenido del artículo 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones por la prensa, en días distintos, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, para el efecto a través de Secretaría concédase el extracto respectivo, sin perjuicio de que se les hará conocer el extracto de la demanda y del auto inicial, en los correos electrónicos que se han remitido en las respuestas de las entidades públicas. NOTIFÍQUESE.-f) DRA. MARÍA ESPERANZA NEIRA ORELLANA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA. A los citados se les previene señalar domicilio judicial y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 6 de julio de 2022. DRA. LORENA LÓPEZ BARRETO, SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CUENCA

JUICIO Nro. 01333-2021-10335

CITACION JUDICIAL

JUICIO N°: 01204202200255G

PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO

# 22654

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA EXTRACTO CITACION JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2021-05670 A: WILKYN FERNANDO HERNANDEZ FRONTADO: cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordoñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2021-05670 NATURALEZA: EJECUTIVO MATERIA: PAGO DE DINERO ACTOR: ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY DE M A N DA D O : W I L K Y N F E R NA N D O H E R NA N DE Z FRONTADO JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01333-2021-05670 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma y por sorteo de ley. Comparece a la administración de justicia el Dr. Doctor Teodoro Patricio Vásquez Zambrano en calidad de Procuradora Judicial del Dr. Fernando Silvino González Corral Gerente y Representante Legal de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda Azuay designada también estatutariamente como Mutualista Azuay, La demanda presentada es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un Contrato de emisión y uso de tarjeta de crédito, y la liquidación de valores adeudados; documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado WILKYN FERNANDO HERANDEZ FRONTADO en calidad de Deudor principal que será citada a través de la oficina citaciones del complejo judicial en lugar que indica para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial, En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo 01333-2021-05670 Cumplido el Juramento. Se ordena la citación del demandado WILKYN FERNANDO HERNANDEZ FRONTADO, cítese al demandado con esta providencia y el auto de calificación de la demanda; a través de tres publicaciones por la prensa como lo disponen los artículos 56 del Código Orgánico General de Procesos, confiérase extracto de ley. Hágase saber A la parte demandada se le previene señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. Cuenca, 05 de Julio de 2022 DR. JORGE VILLAVICENCIO T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA # 22655

5B

NATURALEZA: SUMARIO

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LUIS BENJAMIN FERNANDEZ PEÑA Y LUIS ELOY GUIRACOCHA SOTAMBA: cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordoñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2021-10335 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

MATERIA: MEDIDAS DE PROTECCION CUANTIA: INDETERMINADA “Expediente No. 01204-2022-00255G UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 20 de mayo del 2022, a las 09h56. VISTOS: Al haberse cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, conforme juramento a fs. 27. En lo principal, se tiene que la acción presentada por el SR. LARGO LARGO DINO ANDRES, quien es abuelo de la niña SICHA LARGO JEIMI PATRICIA, para quien solicita medidas de Protección, ACOGIMIENTO FAMILIAR ya que informa que su hija DANIELA NICOLE LARGO CALI madre de la titular de derechos la ha dejado bajo su cuidado y protección, en consecuencia la demanda reúne los requisitos legales aplicables al caso, previstos en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) en armonía con lo establecido en el Art. 79 del Código de la Niñez y Adolescencia, por lo que se la admite al trámite SUMARIO contemplado en los artículos 334 y 335 Ibídem. Consecuentemente se dispone: 1.- Cítese a los progenitores de la titular de derechos SRES. DANIELA NICOLE LARGO CALI Y JUAN PABLO SICHA SUCONOTA por intermedio de la prensa y en conformidad con el Art. 56.1 COGEP. Confiérase EXTRACTO suficiente, previniendo a los accionados para que contesten la denuncia dentro del término máximo de DIEZ DÍAS acorde con lo señalado en los artículos 151, 152 y 169 del COGEP, bajo las prevenciones de rebeldía. 2.- Notifíquese al Equipo Técnico de esta Unidad Judicial para que realicen la investigación correspondiente, esto es intervención Médico, Psicológica y de Trabajo Social a los padres, abuelos y del prenombrado titular del derecho, concediéndoles el término de OCHO DÍAS para la presentación de sus informes. 3.- De conformidad con los artículos 79, 217.2 y 269 del Código de la Niñez y la Adolescencia, para efectos de protección al referido niño, se dispone provisionalmente el cuidado en la casa de su Abuelo, ordenando a sus progenitores que se abstengan de amenazar y realizar actos atentatorios a la integridad física o psicológica de su hija. Téngase en cuenta la prueba referida por la parte actora, que será objeto del debate en la Audiencia a convocarse oportunamente; en cuenta los lugares señalados para recibir notificaciones y la autorización que la compareciente confiere a su defensa técnica. - Notifíquese y cúmplase. -”. F) SOLIS SOLIS WILSON SEGUNDO JUEZ (PONENTE)

ACTOR: SONIA PATRICIA FERNANDEZ GUAMANCELA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LUIS BENJAMIN FERNANDEZ PEÑA Y LUIS ELOY GUIRACOCHA SOTAMBA JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01333-2021-10335 VISTOS: Cumplido con el juramento. La demanda presentada por la señora FERNANDEZ GUAMANCELA SONIA PATRICIA es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los herederos presuntos y desconocidos de LUIS BENJAMIN FERNANDEZ PEÑA y LUIS ELOY GUIRACOCHA SOTAMBA por la prensa de conformidad al Art. 56 y 58 del COGEP, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial por lo que se entregará suficiente extracto. A JOSE MANUEL FERNANDEZ HUIRACOCHA, ANA MARIA FERNANDEZ GUIRACOCHA; MARIA ROSARIO FERNANDEZ GUIRACOCHA y HORTENCIA MARIA GUIRACOCHA PIÑA, se les citara mediante comisión dirigida al señor Teniente político de la parroquia Sinincay para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial, líbrese despacho suficiente y en forma. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad. En esta causa cuéntese con el Señor Alcalde de la ciudad de Cuenca, y procurador Síndico Municipal que serán citados en sus despachos a través de la oficina de citaciones de este distrito. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Hágase saber.

A LA PARTE CITADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION DE SEÑALAR CORREO JUDICIAL Y CASILLA ELECTRONICA PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.

A la parte demandada se le previene señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.

ABG. GABRIELA VERÓNICA LEGUIZAMON RODAS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.

DR. JORGE VILLAVICENCIO T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

# 22653

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION A: FAVIAN ORLANDO CRESPO HEREDIA, cuyo domicilio o residencia sea imposible determinar: Se le hace saber que en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Cristina Álvarez Toral, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: NUMERO DE JUICIO: 01204-2022-02652 NATURALEZA: PRIVACION DE PATRIA POTESTAD ACTOR: MARTHA BEATRIZ HURTADO ZUÑIGA DEMANDADO: FAVIAN ORLANDO CRESPO HEREDIA Cuenca, jueves 30 de junio del 2022, a las 12h55. Juicio N.-01204202202652 Agréguese a los autos el oficio remitido por el IESS, el que se pone en conocimiento. En lo principal por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de PRIVACION DE PATRIA POTESTAD presentada por la señora MARTHA BEATRIZ HURTADO ZUÑIGA en contra del señor FAVIAN ORLANDO CRESPO HEREDIA. A) En atención al juramento rendido, al contenido del certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores, de las contestación a los oficios remitidos y de las gestiones que justifica haber realizado, se dispone que se CITE a la parte demandada conforme lo permite el Art. 56.1 del COGEP, esto es mediante tres publicaciones por uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, el señor actuario emita el EXTRACTO correspondiente, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 en relación con el Art. 333.3 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura debiendo justificarse la imposibilidad de no poder obtener las misma, en forma documentada. B) INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si la compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. C) Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: 1.- En conocimiento el contenido de la documentación adjunta. 2.- la DECLARACIÓN de TESTIGOS que constan nominados quienes deberán ser notificados, mediante boleta, con tres días de anticipación a la diligencia; EL SEÑOR ACTUARIO tenga en cuenta el contenido del Art. 190 del GOGEP; la parte interesada está OBLIGADA dar todas las facilidades al señor actuario y COORDINAR con el señor actuario a fin de que se cumpla con la notificación, los testigos están obligados a comparecer el día de la audiencia portando sus documentos de identidad. 3.- la DECLARACIÓN DE PARTE se receptará en la diligencia de AUDIENCIA UNICA QUE SE CONVOCARÁ en forma oportuna a la que deberá comparecer la parte actora en forma personal portanto la cédula de identidad. 4.- NOTIFIQUESE a la oficina técnica a efecto de que se asigne un equipo técnico para que realicen un informe biopsicosocial, de o los sujetos de derechos y su entorno familiar, para lo que se les concede un término de 10 días; las partes procesales están obligadas a dar todas las facilidades e información a efecto de que las peritos técnicas cumplan con su cometido, quienes deberán comparecer a sustentar en audiencia el informe. D) La suscrita se ENTREVISTARÁ con el adolescente momentos antes de la diligencia. E) Por fijada la cuantía. F) En cuenta la casilla y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización al profesionales del derecho. NOTIFÍQUESE.” F)- ALVAREZ TORAL RUTH CRISTINA, JUEZA DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 30 de junio de 2022 ABG. ANDRES ABAD FLORES

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA JUICIO N° 01204-2019-04710 CITACIÓN A: CRISTIAN ALEXANDER GUAMAN ASTUDILLO Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Señor Juez Doctor Esteban Vélez Pesantez, correspondió la demanda y providencia recaída que en extracto dice: NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: ALIMENTOS ACTOR: SIAVICHAY QUINTUÑA DIANA ESTEFANIA DEMANDADO: CRISTIAN ALEXANDER GUAMAN ASTUDILLO PROVIDENCIA: Cuenca, viernes 30 de agosto del 2019, las 12h30. Juicio N° 201904710 “VISTOS: Dr. Wilson Solis Solis, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada de la Unidad Judicial “D” de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca conforme acción de personal 2565 2019UTHAAFF remitida por el Concejo de la Judicatura. En lo principal la demanda de fijación de alimentos presentada por DIANA ESTEFANIA SIAVICHAY QUINTUÑA, por reunir los requisitos de ley, por clara y completa, se acepta a procedimiento SUMARIO, conforme lo determina el Art. 332 número 3 del Código Orgánico General de Procesos. Cítese al demandado CRISTIAN ALEXANDER GUAMAN ASTUDILLO, en la dirección que se indica en el formulario único para la demanda de pensión alimenticia, citación que se la realizara mediante la Oficina de citaciones, se liberen copias de estilo; indicándole bajo prevenciones legales que de no comparecer a juicio se sustanciará la causa en rebeldía y advirtiéndole su obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. Se fija como pensión mensual alimenticia para el niño Nicolás Guamán S, la suma total de CIENTO CATORCE DOLARES con 00/100 más los beneficios de ley y dentro de los cinco primeros días de cada mes a partir del mes de Agosto del 2019, presentación de la demanda, dineros que serán depositados en la cuenta que señala la actora cuya cartola se adjunta, se hará saber a Pagaduría de la Unidad Judicial para creación del código de cuenta conforme lo dispone el Reglamento del Sistema Único de Pensiones Alimenticias. En cuenta la prueba anunciada por la actora. Ofíciese conforme se solicita en el formulario de la demanda y en el anexo adjuntado a la demanda. Las medidas cautelares serán viabilizadas conforme obre documentación que justifique dominio y/o propiedad. .En cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico y autorización conferida a su abogada defensora. Notifíquese.- “ F) DOCTOR WILSON SEGUNDO SOLIS SOLIS. JUEZ DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, jueves 12 de mayo del 2022, a las 08h16. “Agréguese a los autos el escrito presentado por SIAVICHAY QUINTUÑA DIANA ESTEFANIA En atención a lo solicitado de acuerdo con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con el objeto de garantizar el debido proceso, comparezca a esta judicatura y rinda juramento acompañada de su abogado patrocinador el día 20 de mayo a las 14h00, debiendo detallar previamente qué gestiones ha realizado para determinar la imposibilidad de establecer el domicilio y residencia del demandado y de esta forma garantizar que pueda ejercer su derecho a la defensa, por lo que los presupuestos para su procedencia deben estimarse con precisión y rigurosidad requisitos imprescindibles para que su solicitud se ajuste a lo que la ley ordena para que sea válida la citación por medio de publicaciones por la prensa. En cuenta la casilla y correo electrónico que señala para futuras notificaciones, así como a su defensor que autoriza. Notifíquese.-” “ F) DOCTOR ESTEBAN VELEZ PESANTEZ. JUEZ DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, miércoles 1 de junio del 2022, a las 08h58. “Citese al demandado mediante tres publicaciones .por la prensa de amplia circulación de conformidad con el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifiquese.- “ F) DOCTOR ESTEBAN VELEZ PESANTEZ. JUEZ DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA. A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico de un Abogado para futuras notificaciones. Atentamente; Dra. Jenny Juca Guzhñay. SECRETARIA . # 38633

#22652

Cuenca, 07 de Julio de 2022

#22660

Juicio No. 01333-2022-07563 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 2 de junio del 2022. a las 13h42 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACIÓN JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL FALLECIDO JOSÉ MANUEL CLAVIJO GUARTATANGA, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Héctor Ramón Pesantez, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con el auto recaído en ella, es al tenor siguiente: MATERIA: CIVIL ACCION ORDINARIO ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: MANUEL RODRIGO LANDI PAÑEGA CUANTIA: $ 31.386,16 “VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, la demanda que antecede presentada por el señor MANUEL RODRIGO LANDI PAÑEGA, en contra de los señores MARÍA MERCEDES CLAVIJO LATA y MANUEL ÁNGEL CLAVIJO LATA y de los herederos presuntos y desconocidos de JOSÉ MANUEL CLAVIJO GUARTATANGA, por clara, completa y reunir los requisitos legales establecidos en los Arts. 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la INSCRIPCIÓN de la demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual por secretaría se entregará la documentación necesaria, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demandada, debiendo presentar la constancia de tal inscripción. CÍTESE a los demandados conocidos en los domicilios señalados en la demanda, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia Paccha, para el efecto por secretaría concédase el despacho en debida forma; mientras que a los herederos presuntos y desconocidos del fallecido antes referido, cítese mediante tres publicaciones de prensa en uno de los Diarios de amplia circulación de la provincia de Azuay, por cuanto la actora ha acudido a esta Unidad Judicial a declarar bajo juramento manifestando que le es imposible de determinar la individualidad, el domicilio o residencia, pese a las gestiones realizadas, por secretaría concédase el extracto de ley. CUÉNTESE en la presente causa con el señor ING. PEDRO RENÁN PALACIOS ULLAURI Y DR. LIZANDRO MARTÍNEZ ANDRADE, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico Municipal, representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca, debiendo citarse en sus respectivos despachos institucionales mediante la Oficina de Citaciones, para el efecto por secretaría concédase las copias en debida forma. CONTESTACIÓN.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 291 inciso segundo, en relación con el Art. 151 y 152 del mencionado cuerpo legal córrase traslado a los demandados con el contenido de la demanda y del auto inicial a fin de que dentro del término de TREINTA DÍAS, procedan a dar contestación a la demanda y propongan las excepciones de las que se crean asistidos en derecho a la defensa a la que incorporarán los medios probatorios que dispongan, bajo prevenciones de ley. Adjúntese la documentación presentada y téngase en cuenta los MEDIOS DE PRUEBA anunciados, los cuales serán considerados en el momento procesal oportuno de conformidad con la ley. Téngase por fijada la cuantía, los domicilios judiciales señalados para recibir las notificaciones, así como el patrocinio conferido para su defensa. NOTIFÍQUESE” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. Se le previene a la parte citada de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. MANTILLA SARMIENTO VERONICA SECRETARIA

# 22651

JUZGADO DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL 2554-2022 A: FABIAN ANDRES TIGRE TITO, se le hace saber que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez, y adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Gabriela Navas Amoroso; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es corno sigue: ACTOR:

LISSETH ROCIO QUINDE ILLESCAS

DEMANDADO:

FABIAN ANDRES TIGRE TITO

NATURALEZA:

SUMARIO

ACCION:

ALIMENTOS CON PRESUNCION DE PATERNIDAD

CUANTIA:

2.800 $

VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito presentado. Por cumplir con los requisitos generales y especiales, por clara y completa se acepta a procedimiento SUMARIO la demanda de DECLARACIÓN DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA que propone la señora LISSETH ROCIO QUINDE ILLESCAS en contra del demandado FABIAN ANDRES TIGRE TITO. Una vez que se ha rendido juramento, cumplido con lo ordenado, en sujeción a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Citese al demandado FABIAN ANDRES TIGRE TITO, por la prensa y por tres ocasiones. Por secretaría entréguese el extracto respectivo para su cumplimiento; deberá dar contestación por escrito en el término de 10 DÍAS contados desde la fecha de citación, de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran únicamente la intervención de esta judicatura, se le prevendrá su obligación de señalar casilla judicial o correo electrónico de un profesional en derecho. se observará lo dispuesto en los artículos 62 y 63 del COGEP, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía. Con sustento en el artículo 146 inciso tercero ibídem, se fija en la suma de CIENTO VEINTE Y CINCO DOLARES CON 33/100 (S125,33) mensuales la pensión provisional que deberá cancelar el obligado a favor de del niño Dylan Sebastián Quinde Illescas, más los adicionales de ley con cargo al demandado, depositará dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir de la presentación de la demanda. Pagaduría registre la cuenta consignada y asigne el código que correspondiente. En cuenta los medios probatorios que presenta y anuncia, al respecto se dispone: se pone en conocimiento la documentación presentada. Cúmplase con el examen de ADN solicitado, se designa perito mediante sorteo a la Lcda. Lopez Dominguez Maria Belén, a quién se le notificará en el correo electrónico belen.lopezdominguez31@ gmail y sustentará su informe el día de la audiencia, se nombra delegado a: Dr. Jonatan Avila y Dra. Cristina Cabrera, luego de citado el accionado se fijará día y hora para la entrega de las muestras. Remítase el oficio al JEFE DE LA UNIDAD DE APOYO Y CONTROL MIGRATORIO DE AZUAY Y CAÑAR DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, disponiendo la prohibición de salida del país de FABIAN ANDRES TIGRE TITO con cédula de ciudadanía No 010549009-8. En cuenta la autorización, casilla y correo electrónico. NOTIFÍQUESE.-f-) Dra. Gabriela Navas Amoroso Jueza legalmente encargada de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. Se advierte al citado la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones posteriores Cuera a 30 de mayo del 2022, AB. PAÚL MÁRQUEZ CAMPOVERDE SECRETARIO DEL JUZGADO DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

#38631


6B

M UNDO

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Argentina anuncia medidas de ajuste fiscal Buenos Aires, (EFE).- La nueva ministra de Economía de Argentina, Silvina Batakis, presentó este lunes varias medidas, las primeras tras asumir el cargo hace justo una semana, tendientes a “dar cierto orden y equilibrio a las finanzas públicas del Estado”, y se comprometió a cumplir con el acuerdo firmado en marzo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), que ha sido el principal foco de tensiones en los últimos meses en el seno del oficialismo. “Es un acuerdo que firmamos como Estado y tenemos que cumplir”, aseveró la ministra en una conferencia

de prensa en Buenos Aires destinada a anunciar medidas para “garantizar el equilibrio fiscal”, en consonancia con los objetivos pautados con el FMI para lograr un déficit primario del 2,5 % del PIB en 2022, del 1,9 % en 2023 y del 0,9 % en 2024. El Gobierno del peronista Alberto Fernández cerró en marzo un nuevo acuerdo con el FMI para refinanciar el crédito de 44.000 millones de dólares otorgado por el organismo cuando aún gobernaba el liberal Mauricio Macri (2015-2019) y que el actual Ejecutivo no podía afrontar en las condiciones originales. Ese nuevo programa inclu-

ye sumar 5.800 millones de dólares a las reservas del Banco Central -en el escenario de escasez de divisas que arrastra el organismo por el que se mantienen fuertes restricciones a la compraventa de dólares- y reducir la asistencia monetaria al Tesoro al 1 % del PIB, desde el 3,7 % en 2021. Si bien en 2021 Argentina salió de tres años de recesión, numerosos problemas siguen sin resolverse, como la altísima inflación, la devaluación y la falta de dólares para, entre otros asuntos, poder importar energía cada vez más escasa. Batakis concretó que el país debe transitar un sendero de tasas de interés “en un

Inician pruebas para detección de viruela del mono Washington, (EFE).- Los laboratorios de la Clínica Mayo ofrecen a partir de este lunes el examen para la detección de la viruela del mono de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC). Los médicos en todo el país pueden pedir a partir de hoy la llamada prueba de orthopoxivi-

rus a los Laboratorios de la Clínica Mayo tal como lo hacen para ordenar otros exámenes. El Departamento de Salud de EE.UU. había designado a los laboratorios de la Clínica Mayo como un recurso crucial para atender el acceso a las pruebas de la viruela del mono

en comunidades de todo el país. Los casos de viruela del mono confirmados en Estados Unidos totalizan 700, de los cuales 136 corresponden a California y 131 a Nueva York, los estados en donde el brote está teniendo mayor incidencia, según informó el viernes pasado pasado los CDC. (I)

camino positivo”, consideró que “el tipo de cambio multilateral está en una situación de equilibrio”, anunció la nueva segmentación de tarifas de servicios públicos para distintos tipos de población y abogó por reglamentar la autoridad nacional de defensa de la competencia para evitar los “abusos de precios” que se dieron en los últimos días. Uno de los principales objetivos del programa con el FMI es bajar la inflación -que fue del 50,9 % en 2021-, a un rango del 38-48 % en 2022, 34-42 % en 2023 y 29-37 % en 2024, mediante la reducción de la emisión monetaria o acuerdos de precios y salarios. (I)

Protestas en Argentina contra el gobierno por la crisis económica ya llevan algunos días. Archivo


A VISOS

Cuenca, martes 12 de julio de 2022

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY NOTIFICACION JUDICIAL

REPUBLICA DEL ECUADOR

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

CITACION JUDICIAL

A: JENNIFER MICHELLE NARANJO NARANJO, se le hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra. Iliana Vallejo Cabrera, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:

A: JUAN HUMBERTO BERMEO ULLOA, se le hace saber que en el Juzgado "F" de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra.C Iiana Vallejo Cabrera, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:

ACCION: ESPECIAL

ACCION: SUMARIO

MATERIA: ALIMENTOS (EXTINCION DEL DERECHO DE ALIMENTOS) ACTOR: MILTON MACARIO NARANJO MALDONADO

Se le hace saber que en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca a cargo del Dr. Luis Felipe Torres Borja, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dice: ACTORA: MARTHA CECILIA VERA YUNGA

ACTOR: BLANCA BEATRIZ AGUIRRE SALTOS

DEMANDADO: ANGEL RODRIGO PINDO REMACHE CUANTIA: SEIS MIL DOLARES

CUANTIA: INDETERMINADA

Juicio No. 01204-2014-4152

CITACION JUDICIAL A: ANGEL RODRIGO PINDO REMACHE

ACCIÓN: ALIMENTOS

MATERIA: DIVORCIO CAUSAL DEMANDADO: JUAN HUMBERTO BERMEO ULLOA

DEMANDADO: JENNIFER MICHELLE NARANJO NARANJO

Juicio No. 01204-2022-02457 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 1 de julio del 2022, a las 11h49. VISTOS: En cuenta el juramento rendido atendiendo lo que viene solicitando el señor Milton Macario Naranjo Maldonado esto es la extinción del derecho de alimentos de la beneficiaria JENNIFER MICHELLE NARANJO NARANJO atendiendo lo solicitado notifíquese a la beneficiaria antes nombrada a fin de que en el término de TRES días luego de su notificación justifique lo que dispone el Art. innumerado 4.2.3 de las Reformas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; esto informe si se le dificulta dedicarse a una actividad productiva y carezca de recursos propios y suficientes o si padece de una discapacidad o sus circunstancias físicas y mentales le impide o dificulta procurarse los medios para subsistir por sí mismo, conforme conste del respectivo certificado emitido por el CONADIS o la institución de salud que hubiese conocido el caso, la notificación se realizará por medio de una sola publicación en un periódico de amplia circulación de esta ciudad conforme dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. Notifíquese. - DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. Se advierte al citado la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones posteriores.

Juicio No. 01204-2022-03354

EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 8 de junio del 2022, a las 11h34.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, jueves 30 de junio del 2022, a las 10h12. VISTOS: En cuenta el juramento rendido. Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de DIVORCIO CAUSAL presentada por la señora BLANCA BEATRIZ AGUIRRE SALTOS en contra de JUAN HUMBERTO BERMEO ULLOA y se dispone: UNO) CÍTESE al demandado mediante publicaciones por la prensa como dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos toda vez que el actor bajo su responsabilidad asegura juramentando que es imposible determinar su domicilio o residencia y por cuanto no tiene registro consular, se entregará el extracto respectivo, previniéndole al accionado de que en caso de no comparecer se seguirá en su rebeldía el proceso. DOS) Se tiene en cuenta que los hijos procreados dentro del matrimonio a la fecha son mayores de edad. TRES) La parte demandada tiene el término de QUINCE días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Arts. 151 y 152 ibídem, anunciará y detallará las pruebas que PRODUCIRÁ en la audiencia respectiva. CUATRO) Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora para su pronunciamiento en el momento procesal oportuno, esto es la prueba documental y la prueba testimonial como la declaración de las personas nominadas a quienes se les notificará conforme dispone el artículo 191 del Código Orgánico General de Procesos. CUATRO) Se tiene en cuenta la casilla judicial correo electrónico y autorización que confiere a su abogado defensor. NOTIFÍQUESE. - DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.

JUICIO: Nro. 02457-2022

Se advierte al citado la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones posteriores.

Cuenca, 14 de junio de 2022.

DRA. LILIANA GONZALEZ MEDINA

DRA. LILIANA GONZALEZ MEDINA SECRETARIA “F” DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

Ab. Paúl Morocho Guerrero

SECRETARIA "F" DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,

SECRETARIO

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

# 14905

Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca 22665-12 (P)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

CITACION JUDICIAL

Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca Juicio No. 01333-2022-09197

JUICIO: 01333-2022-09195 NATURALEZA: MONITORIO ACTOR: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAGRADOS CORAZONES

CITACION JUDICIAL

PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, AL DEMANDADO SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE CUENCA. Cuenca, 04 de julio de 2022 Dr. Manolo Romero Q. SECRETARIO

A: PAOLO JAVIER CORONEL GONZALEZ, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO. 01333-2022-09197 NATURALEZA: EJECUCION MATERIA: EJECUCION ART. 363 NUMERAL 11 COGEP ACTOR: UNIDAD EDUCATIVA PARTICULAR SAGRADOS CORAZONES DEMANDADOS: CORONEL GONZALEZ PAOLO JAVIER CUANTIA: $1.344,91 Juicio No. 01333-2022-09197 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 1 de julio del 2022, a las 15h59 UEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que contiene la declaración juramentada que ha sido rendida por la parte ejecutante. En lo principal y al tenor del art. 372 de la normativa procesal corresponde al tenor del art. 372 emitir mandamiento de ejecución en contra del señor PAOLO JAVIER CORONEL GONZALEZ y disponer que en el término legal de cinco días: 1) Pague a la parte ejecutante la cantidad de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS CON NOVENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR (1.344,91 dólares americanos). Para efectos de notificación con el mandamiento de ejecución de procederá al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP, esto es, mediante publicaciones por la prensa y en un periódico de amplica circulación en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, debieno pro secretaría elaborarse y entregarse el extracto de ley y de esta manera se garantiza el derecho del ejecutado a conocer del proceso judicial y concurrir pagando o deduciendo excepciones.-Bajo prevenciones que en caso de incumplir en el término señalado, corresponderá dar inicio a su ejecución forzosa.-Hágase saber.-F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 01 de julio del 2022 Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

22661-12 (P)

22667-12 (P)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL A CARGO DE LA DRA. LUCIA CARRASCO VEINTEMILLA JUICIO NÚMERO 01333202200258

FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY

A: JOHN LEONARDO QUINTUÑA GUACHICHULLCA, SE LES HACE SABER QUE, EN ESTA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA, A CARGO DE LA DRA. SONIA RODAL ARBITO JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA, LA MISMA QUE EN EXTRACTO ES DEL SIGUIENTE TENOR:

01/07/2022 11:11.-JUEZA PONENTE DRA. SONIA PATRICIA RODAL ARBITO.-VISTOS: Avoco conocimiento de la causa por sorteo. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en unas facturas. El Artículo 168 y 169 de la Constitución manda que los procesos en todas las materias, instancias, fases y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral. El Artículo 356 del COGEP manda que: “La persona que pretenda cobrar una deuda determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido, cuyo monto no exceda de cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general, que no conste en título ejecutivo, podrá iniciar un procedimiento monitorio, cuando se pruebe la deuda de alguna de las siguientes formas: [..]” N° 1: “Mediante documento, cualquiera que sea su forma y que aparezca firmado por la deudora o el deudor o con su sello, impronta o marca o con cualquier otra señal, física o electrónica, proveniente de dicha deudora o dicho deudor..[..]”. La parte demandante ha puesto de manifiesto los dos presupuestos que exige la norma del Artículo 357 del COGEP: a) La especificación del origen; y, b) La cantidad de la deuda. A más de ellos en relación con la primera norma citada contiene una obligación determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido. Es líquida cuando su monto se advierte su cantidad con precisión. Es exigible cuando no está sujeto a plazo y éste ha vencido. El Artículo 2 del COGEP establece los principios rectores sobre los que se edifica la norma y que se lo hace en base a los pilares de los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, el Código Orgánico de la Función Judicial, para ello todo se relaciona con el Principio de Supremacía Constitucional en relación con el Principio de la Verdad Procesal, en cuanto que se atiende en base a los elementos aportados por las partes y que en el caso que se conoce se trata de un documento que describe una obligación de pagar una suma de dinero, y que ante los requerimientos que indica ha realizado a laparte actora, quién ha emitido el documento en referencia; y, no paga, lo que obliga acceder a la justicia ordinaria y en procedimiento mencionado para que se le cancele el valor constante en su petición. Por manera que: Con fundamento en los Artículos 142, 143, 146 y 358 del Código Orgánico General de Procesos se declara admisible la demanda presentada y en juicio monitorio demanda a JOHN LEONARDO QUINTUÑA GUACHICHULLCA, a quién se le concede el término de quince días para que pague el capital adeudado, más los intereses máximos convencionales de acuerdo a la norma del Artículo 360 del COGEP, los honorarios profesionales, disponiéndose que se le cite a JOHN LEONARDO QUINTUÑA GUACHICHULLCA por la prensa de acuerdo al contenido del Art. 56 y 58 del COGEP, por lo que se entregarà suficiente extracto, con el libelo de la demanda, la documentación presentada y este auto, con la advertencia de que si no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, este auto interlocutorio quedará en firme, tendrá los efectos de cosa juzgada y se procederá a la ejecución. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-

VISTOS: Cumplido con lo dispuesto, la demanda de PAGO DE ALIMENTOS que presenta la señora MARTHA CECILIA VERA YUNGA en calidad de madre y representante legal del niño RENATO ISMAEL PINDO VERA, conforme justifica con la documentación adjunta en contra del señor ANGEL RODRIGO PINDO REMACHE, por reunir con los requisitos de ley, por clara y completa, se acepta a trámite Sumario, cítese al demandado por publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la provincia, por secretaria confiérase el extracto; quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el Art. 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. Conforme el contenido del Art. 146 ibídem Tercero, se fija como pensión mensual alimenticia provisional que debe pagar el señor ANGEL RODRIGO PINDO REMACHE, para su hijo antes nombrado, en la suma total de $120.00 más los beneficios de ley y dentro de los cinco primeros días de cada mes a partir de la fecha de presentación de la demanda, dinero que serán depositados en la cuenta de ahorros abierta a nombre de la accionante en la Cooperativa de Ahorro y Crédito JEP, la misma que servirá únicamente para estos depósitos con el fin de evitar confusiones posteriores. Se hará saber a pagaduría de la Unidad Judicial. En cuenta la prueba anunciada, la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: Ofíciese a las instituciones descritas en el formulario de la demanda así como las descritas en el documento adjunto. En cuenta la prueba documental que acompaña. Comparezcan el demandado a la audiencia con el fin de que rindan la declaración de parte. Se le RECUERDA a la accionante que de no comparecer a la audiencia se implicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la cuantía, casilla judicial, el correo electrónico señalado y la autorización que confiere a su defensora. NOTIFÍQUESE. F). - DR. LUIS FELIPE TORRES BORJA, JUEZ A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.

Cuenca, 01 de julio de 2022.

Cuenca, 04 de julio de 2022.

22664-12 (P)

A: CALDERON SALAZAR CRISTHIAN DANIEL Se les hace saber que en este juzgado de la unidad civil se ha presentado una demanda cuyo extracto con la providencia recaída es al tenor siguiente: NATURALEZA: EJECUTIVO MATERIA: Cobro de letra de cambio ACTOR: ORDOÑEZ IDROVO NAPOLEON DEMANDADOS: CALDERON SALAZAR CRISHTIAN HEREDE CUANTIA: $ 4.153,89 PROVIDENCIA: 01333202200258 Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco Veintemilla. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa al encontrarme legalmente encargada del despacho.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Cuenca y por el sorteo de ley practicado. En lo principal, la demanda que antecede presentada por el Señor Ordóñez Idrovo Napoleón, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en las “Letras de Cambio”, documentos que constituyen título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante“Procedimiento Ejecutivo”. Se ordena la citación de la parte demandada: Señor Calderón Salazar Cristhian Daniel, con C. I. No. 092843578-3, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará Copia de la Demanda, y de este Auto Inicial.En aplicación de los Artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el Demandado, proponga alguna de las excepciones taxativas del Artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados, así como la calidad con la que comparece la parte actora. La citación a la parte demandada deberá practicarse mediante Deprecatorio dirigido al Señor Juez de la Unidad Judicial Civil del Cantón Durán Provincia del Guayas, a quien se enviará el respectivo despacho en forma ofreciendo reciprocidad en casos análogos.La Actuaria del Despacho registre en el sistema SATJE los datos que se requieran. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Intervenga la Secretaria Titular, Dra. Tamara Ruiz Martínez. Notifíquese.OTRA PROVIDENCIA: Cítese al Señor Calderón Salazar Cristhian Daniel con C. I. No. 0928435783, mediante publicaciones por la prensa, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Entréguese el Extracto de Ley correspondiente. Hágase saber. Cuenca, 14 de junio de 2022 TAMARA RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD CIVIL DE CUENCA 22662-12 (P)

& / $ 6 , ) , & $ ' 2 6 30 ARRIENDOS

DEPARTAMENTO Para familia corta en sector Tres Puentes informes: 2885963 / 0989926058 AM-38599 --------------------MINIDEPARTAMENTO AMOBLADO $180. General Artigas 5-58 detrás de la Empresa Eléctrica. 0984987885 LM-14900 ---------------------

ARRIENDO LOCAL COMERCIAL DE 50MTS Con parqueo, sector: Supermaxi El Vergel, $330, informes: 0991559007 TP-22649 ---------------------

40 BIENES RAICES

VENDO LOCAL DE COMIDA Sector Clínica Humanitaria solo interesados. Info: 0987504697 MI-40982 ---------------------

300M2 Ó 2.000M2 EN AV PRINCIPAL $149.000; De 20 x 34 ó 90m2 $49.900; de 14 x 25 en U. Privada x El Estadio $249.000 / 0994393692 TP-22610 ---------------------

7B

SE VENDE TERRENO En Sinincay, 600 metros cuadrados, Whatsapp 0997647809 PA-41005 ---------------------

60 EMPLEOS

TU TIENDA NECESITAMOS Personal para: despachos/ perche, personal para atención al cliente en caja indispensable experiencia y/o conocimiento en productos de primera necesidad. Carpetas en PDF al correo: recursoshumanos@plazaes.com MEMT-38564 --------------------RESTAURANTE EL BRUJO Necesita contratar personal con experiencia y buena presencia para meser@s y ayudantes de cocina. Dirección Manuel Vega 9-52 entre Bolívar y Gran Colombia. MEMT-38613 --------------------SE NECESITA Costureras Ricaurte barrio Los Ángeles 0980539688 AM-38614 --------------------NECESITO SEÑORITAS Para meseras y también para ayudantes de cocina, no es necesario experiencia, entrevistas a partir 9:45 am; Sangurima 6-49 y Borrero MEMT-38618 --------------------HOSTAL LOS ÁNGELES Necesita camareras para el turno de la noche Octavio Díaz y García Moreno NP-38621 ---------------------

SE NECESITA UN ASISTENTE De suelda 7018 - 6011 Dirección 25 de Marzo vía a Ricaurte. Informes. 0962944587 LM-14901 --------------------SE NECESITA Una chica para panadería Llamar 0993992682 NP-38622 --------------------NECESITO SEÑORITAS Ayudantes de cocina en turno de 2:00pm a 11:00om. Informes en Florencia Astudillo y Av. 12 de Abril esquina sector Milenium Plaza. Informes: 4103864 0985810614 MI-40978 --------------------CAFETERÍA Necesita personal que sepa de comida rápida hacer quimbolitos, empanadas, tamales etc. y 2 meseras por la tarde Sucre 10-13 P. Aguirre NP-38623 --------------------NECESITO OFICIALES Para construcción y albañiles. 0990247890 LM-14902 --------------------SE SOLICITA AYUDANTE DE COCINA, PIZZERO tiempo completo, 0979981179 TP-22650 --------------------POLLOS DE LA REMIGIO Necesita contratar parrillero con experiencia. Américas y Abelardo J. Andrade LM-14903 --------------------PANADERÍA MODERNA Necesita oficial de panadería con experiencia Bolívar y Juan Montalvo NP-38626 ---------------------

SE NECESITA SEÑORITA Con experiencia en ventas de vestidos Lamar 4-80 segundo piso teléfono 0995008450 NP-38627 --------------------NECESITO Señora para marketing ventas a empresas en taller automotriz 0959102271 NP-38628 --------------------SE NECESITA CONTRATAR CORREDORES De bienes raíces pagamos el 8%. Whatsapp 0999000023 MI-40979 --------------------SE NECESITA VENDEDORES De terrenos pago excelente. Whatsapp 0999000023 MI-40980 --------------------NECESITO CHICAS Y CHICOS Para hacer propaganda. Whatsapp 0999000023 MI-40981 --------------------DULCERÍA Necesita persona experta en ventas comprometida en su trabajo. Bolívar 9-44 NP-38629 --------------------BAZAR Necesita Srta. para atención al cliente en la Sucre 11-51 y Tarqui NP-38630 --------------------COMPRO CELULARES TV COMPUTADORAS Muebles, electrodomésticos, ropa juguetes y de todo 0984849962 0979202599 MI-40986 ---------------------

NECESITO PERSONAL Limpieza y fumigación con experiencia manejo maquinaria. Informes: 4205212 MI-40987 --------------------FERRETERÍA NECESITA Chofer profesional. Información: 0994015968 MI-40988 --------------------NECESITO UN JOVEN AYUDANTE Para panadería y un pastelero con experiencia. 0988060052 MI-40989 --------------------COMERCIAL EL TRIANGULO Ofrece: Trabajo en ventas y cobranza. Vega Muñoz 16-22 y Miguel Vélez MI-40990 --------------------SE NECESITA PERSONAL Para lavandería de jeans 0989968236 0981553071 MI-40991 --------------------NECESITO PERSONAL Con experiencia en confección de jeans Sector Narancay Bajo Información a 0982905703 4024589 MI-40992 --------------------SE NECESITA PANIFICADOR Con experiencia en pastelería. Inf: 0985292068 2340852 MI-40993 --------------------NECESITO SEÑORITA Bachiller Padre Aguirre 12-16 y Sangurima NP-38632 --------------------SE NECESITA SEÑORITA Niñera puertas adentro Info: 0991044760 MI-40994 ---------------------

SE NECESITA DESPACHADOR Para Estación de Servicio. Dirección: Panamericana Sur Km 8 1/2 Sector Tarqui, Teléfono: 4123802 0991534858 MI-40996 --------------------TRANSPORTE SINAI Necesita contratar secretaria. Telf: 0967893445 transportesinai01@hotmail.com MI-40997 --------------------SE NECESITA UNA PERSONA Para limpieza de Hostal, comunicarse al 0998913839 PA-41001 --------------------NECESITO Ayudante de Panadería, con experiencia, horario 5am a 2pm, Dirección Batán y El Oro esquina PA-41002 --------------------NECESITO PERSONA Con experiencia en venta de productos agrícolas en algunas ciudades del país. Contacto 0985973364 LM-14907 --------------------SE NECESITA Contratar panadero y pastelero con experiencia más información 0995485359 MEMT-38636 --------------------SE NECESITA PASTELERO Con experiencia, urgente, en la Parroquia Baños, 0967657301 PA-41003 --------------------SOY ENFERMERA Cuido pacientes a domicilio, años experiencia, telf: 0999957020 PA-41004 ---------------------

IMPORTANTE EMPRESA Requiere contratar Bodegueros, con experiencia en ferretería, más información 0986971508 PA-41006 --------------------IMPORTANTE EMPRESA Desea contratar Choferes Profesionales, con experiencia en ferretería, más información: 0986971508 PA-41006 --------------------SUPERVISORA Y SEÑORITAS PARA ALMACÉN De telas, ropa y calzado preferible con experiencia. Honradas, sepan computación pago básico, seguro y más beneficios de ley, traer carpeta y certificados actualizados Bolívar 7-45, Cel:0999607847 MEMT-38639 --------------------SE NECESITA PERSONAL Con experiencia en la Confección y en el Terminado de Jeans, 0997363308, Sector Control Sur PA-41008 ---------------------

AGENCIA DE EMPLEOS Necesita personal adentro y afuera Tarqui 6-51 2845716 AM-38617 --------------------EMPLEADA DOMESTICA Puertas adentro, Sector Huayna Cápac 0999508513 MEMT-38635 ---------------------

3 LAS CAMPANAS RESTAURANT Requiere ayudantes de cocina, G. Sangurima 6-24 y H. Miguel. MEMT-38611 ---------------------

90

POR SAN JUDITA Tadeo por un milagro concedido su devoto J.O.B. NP-38634 ---------------------

VENDO FABRICA DE QUESOS Capacidad de producción 600 kilos diarios. Interesados comunicarse al whatsapp 0993283421 LM-14904 ---------------------

100 VEHÍCULOS

VENDO FURGONETA KIA PREGIO De carga. Motor recién reparado, excelentes condiciones. Interesados comunicarse al whatsapp 0993283421 LM-14904 ---------------------


8B

MUNDO Cuenca, martes 12 de julio de 2022

Píldora anticonceptiva sin receta La farmacéutica Perrigo solicitó a las autoridades estadounidenses la comercialización de la primera píldora anticonceptiva sin receta médica.

www.elmercurio.com.ec deportes@elmercurio.com.ec

Cuba celebró sin desmanes el recuerdo de las mayores protestas en la Isla

Calma en primer aniversario del 11J Celebración

E

l primer aniversario de las protestas del 11J, las mayores en décadas en Cuba, se vivió ayer con aparente normalidad y mayor presencia policial en las calles, el rechazo del Gobierno y actos de represión selectivos contra disidentes, activistas y periodistas independientes. Aquellas protestas -con miles de manifestantes, una muerte violenta, cientos de detenidos y cerca de 400 condenas de cárcel hasta la fecha- se produjeron en un contexto de grave crisis económica que, en gran medida, no ha conseguido atajarse en estos últimos doce meses. Los principales escenarios del estallido de 2021 en La Habana -epicentro de las protestas- y San Antonio de los Baños (35 kilómetros al suroeste de la capital), lugar de la primera manifestación, en nada se asemejaban en esta sensible fecha a los que acogieron las escenas de un año atrás. Según pudo comprobar Efe, tanto en la capital como en San Antonio de los Baños reinó un ambiente de aparente normalidad y calma en sus calles, que contrastaban con las escenas de 2021. En la localidad de provincias, sus vecinos evitaron tocar el tema al ser preguntados al respecto. La escena se repitió en el centro de La Habana, punto de mayor algidez en las protestas que tuvieron lugar en la capital. La diferencia en este caso fue la presencia policial, mayor que lo normal y desplegada en puntos estratégicos del centro histórico. “Yo viví el Maleconazo (protestas en 1994) y el Mariel (hasta 2022, el mayor éxodo migratorio en la isla) y siempre es igual: vuelta de página. Claro que me ha afectado la crisis, como a todos, pero la vida sigue”, dijo a Efe Leandro Martínez, un cuentapropista (autónomo) de 56 años en el céntrico Parque Central habanero. Denuncias de represión De forma paralela, activistas, opositores y periodis-

Cubanos de Miami recuerdan el 11-J Organizaciones, congresistas y alcaldes de la comunidad cubana de Miami reafirmaron este lunes su apoyo a sus “hermanos” de la isla, pidieron al Gobierno de EE.UU. que ayude a un cambio en Cuba y reprocharon a Canadá y la Unión Europea que “financien la represión” Esos mensajes fueron repetidos durante los actos celebrados hoy en Miami con motivo del primer aniversario de las protestas pacíficas antigubernamentales que sacudieron Cuba el 11 de julio de 2021. “Vergonzosamente, la lucha del pueblo cubano no ha sido una prioridad para la Administración de (Joseph) Biden. Peor aún, en este momento crítico para el pueblo cubano ha optado por apoyar al régimen con sanciones debilitadas, mayores ingresos y recortes en la Oficina de Transmisiones a Cuba”, sostuvo el congresista republicano de origen cubano Mario Díaz-Balart en una rueda de prensa. Carlos Giménez, también congresista, republicano y cubano de origen, demandó al presidente estadounidense “la condena del régimen comunista por sus décadas de opresión” y que respalde la liberación de los presos políticos y la celebración de elecciones libres. tas independientes denunciaron haber sido detenidos, amenazados o sitiados en sus domicilios por agentes de la seguridad del Estado durante estos días. La ONG Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), con sede en Madrid, aseguró haber registrado en los días previos y hasta mediodía del 11 de julio “más de un cen-

tenar de acciones represivas (105) en el marco del primer aniversario del 11J”. El opositor Manuel Cuesta Morúa aseguró a Efe que fue detenido “un par de horas” este sábado junto al rapero David D’omni, “bajo el argumento” de que estaban “organizando algo” para la conmemoración del 11 de julio, y que se le conminó a no salir de casa este

Derecha acusa a Gobierno de estar a favor de nueva carta Según sondeos la derecha que apoya la Constitución actual lleva un 10% de ventaja sobre los izquierdistas que apoyan la nueva. Santiago de Chile, (EFE).- Representantes de los partidos Renovación Nacional y Evópoli (derecha) solicitaron abrir un sumario administrativo contra el Gobierno chileno, al que acusan de posicionarse a favor de la nueva propuesta constituyente en diferentes actividades públicas. Según medios locales, el escrito enfatiza en la prohibición que rige sobre el personal de la administración del Estado para hacer campaña en favor de cualquiera de las dos opciones, de cara al plebiscito

lunes. “El Gobierno sabe que no puede arriesgarse a desmilitarizar los espacios públicos. De ahí la paranoia que lo lleva a militarizar la misma puerta de los activistas”, señaló. Otros activistas, opositores y disidentes que afirmaron a Efe estar sitiados en sus domicilios fueron M a r t h a d e l a Ta m ayo,

del próximo 4 de septiembre: aprobar la nueva Constitución o rechazarla. “El Gobierno gobierna a los que votan por A, a los que votan por B y a todos. To d o s p a g a n s u s impuestos y, por lo tanto, no merecen un Gobierno partisano”, dijo en un punto de prensa el diputado Diego Schalper

(Renovación Nacional). El pasado miércoles arrancó la campaña electoral por el referéndum, en el que los chilenos están obligados a votar si quieren una nueva ley fundamental o si prefieren mantener la actual, redactada durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) y que ha sido parcialmente reformada en democracia. (I)

El canciller cubano, Bruno Rodríguez, rechazó este lunes “enérgicamente” una declaración del alto representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores, Josep Borrell, en la que pidió la liberación de las personas detenidas en la isla tras las protestas antigubernamentales del pasado 11J.

Cambio

Duque pide señales de confianza tras subida del dólar a 4.500 pesos La cotización del dólar en Colombia está desde hace más de una semana en niveles máximos.

Partidarios de la aprobación de la nueva constitución realizan mitines desde el miércoles anterior. EFE

Osvaldo Navarro, María Matienzo y Kirenia Núñez. Retenido por la seguridad del Estado se encontraba por su parte Guillermo Fariñas, según indicó su madre. El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denunció por su parte acciones de represión contra 19 periodistas independientes en toda

la isla, entre ellos Luz Escobar, Camila Acosta, Boris González, Juan Manuel Moreno, Frank Abel García, Melba González y Martha Liset Sánchez. La ONG Justicia 11J también aseguró a Efe que se estaban produciendo sitios y arrestos de familiares de personas detenidas por manifestarse hace justo un año. (EFE)(I)

Bogotá, (EFE).- El presidente colombiano, Iván Duque, que dejará el cargo en menos de un mes, dijo que el país y los inversores necesitan con carácter “urgente” señales de confianza en la economía, luego de que la cotización del dólar superara por primera vez la barrera de los 4.500 pesos en las primeras negociaciones del día. “Yo creo que es muy importante que haya señales que le quiten la incertidumbre al país. Yo creo que cuando hay mensajes que generan incertidumbre frente a la inversión de

largo plazo, frente a lo que se puede avecinar en los regímenes que tienen que ver con la inversión en el campo y demás, esas cosas empiezan a generar esta situación”, manifestó Duque a periodistas. El comentario de Duque fue una referencia a algunos programas o ajustes económicos que su sucesor

el izquierdista, Gustavo Petro, que asumirá el 7 de agosto próximo, pretende implantar, aunque matizó que Colombia “no es el único país donde está sucediendo” el alza del dólar, y citó como ejemplo a Chile, que “también en este momento está enfrentando una situación bastante similar”. (I)


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.