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VIERNES, 15 de julio de 2022
Cuenca - Ecuador
Iniciativa surge de la Asociación de Ceramistas del Ecuador
Cuenca abre ruta de la cerámica Cultura
El proyecto con alcance nacional busca promocionar a los artesanos para impulsar y exhibir su arte.
Yeseña Guamaní era la segunda vicepresidenta del Legislativo. Asamblea
Legislativo
Asamblea destituye a Guamaní
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on el afán de exhibir los productos de los alfareros de Cuenca y darlos a conocer entre los turistas nacionales y extranjeros, la Asociación de Ceramistas del Ecuador creó la primera ruta de la cerámica. Para ello tres talleres y un espacio industrial abrieron sus puertas. Las personas que participen de los recorridos tendrán la oportunidad de adentrarse al arte de darle forma a la arcilla, de conocer la labor que cumplen a diario los artesanos y de las técnicas usadas por más de medio siglo en Cuenca. Hasta el momento, en
Una nueva cabeza rueda en la Asamblea Nacional (Legislativo), se trata de Yeseña Guamaní (ID), quien ayer fue removida de su cargo de segunda vicepresidenta. Los correístas, quienes impulsaron el proceso en contra de ella, no negaron que la medida buscaba castigarla por su cercanía con el presidente Guillermo Lasso, para lo cual contaron con los votos de los socialcristianos y los disidentes de Pachakutik y la Izquierda Democrática. Guamaní se fue del cargo, no sin antes advertir sobre el inicio de procesos legales por una destitución que ella calificó como “ilegal”.
Los interesados en visitar los talleres de ceramistas como el del maestro José Encalada deben comunicarse al 0995393687 o al Facebook de la Asociación de Ceramistas del Ecuador. XCA
la asociación nacional hay 15 artesanos que están dedicados todavía a la alfarería. La Asociación de Ceramistas del Ecuador
planea organizar nuevas rutas en Quito y Guayaquil.
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talleres y un espacio industrial abrieron sus puertas para que turistas nacionales y extranjeros puedan conocer la actividad de ceramistas.
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Cuenca
Hace falta una normativa para casas abandonadas
Una de las casas abandonadas en la ciudad se encuentra en la calle Abraham Sarmiento, entre avenida De Las Américas y Vega Muñoz. XCA
Elecciones
Una casa abandonada en el sector del coliseo “Jefferson Pérez” fue invadida por desconocidos, quienes fueron desalojados la semana anterior por parte de la Policía Nacional. No es la única infraestructura que se
encuentra en estas condiciones en la ciudad, lo que es aprovechado por terceras personas. Actualmente, en la ciudad, no hay normativa para sancionar a dueños de inmuebles que se encuentran en abandono, pues se trata de edificaciones privadas, a dife-
rencia de los terrenos baldíos, cuyos propietarios son sancionados por la Empresa Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC EP) cuando incumplen la Ordenanza que se encuentra en vigencia.
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Azuay
15 nombres ya se promocionan para la Alcaldía En Cuenca hay al menos 15 precandidatos a la Alcaldía de Cuenca y 12 para la Prefectura de Azuay. Las organizaciones políticas que los patrocinen, antes de declararlos oficialmente como candidatos, deben hacer una elección interna. Estos comicios internos deben ser entre el 22 de julio y el 5 de agosto próximos, de acuerdo con el calendario establecido por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Las alianzas pueden registrarse máximo hasta el 7 de agosto.
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Cristian sensibiliza las redes
Cristian, de 10 años de edad, junto a su gatita “Mama Suca Pequeña” reside en el cantón Gualaceo. BPR
La historia de Cristian, un niño de 10 años de edad, conmueve en las redes sociales. El menor, oriundo de la comunidad Quimzhi-La Gallera, del cantón Gualaceo (nororiente del Azuay), trató de vender a su mascota a un transportista para recibir a cambio unos tres dólares para alimentarse. Cristian, junto con su madre, hermanos y sobrinos vive en una casa que está deteriorada, carece del servicio de agua potable e incluso el acceso a la vivienda es un camino de herradura. A pesar de su difícil situación económica, el niño sueña con ser bombero para ayudar a los demás. Él no pierde su sonrisa inocente pese a las carencias.
Mundo
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Tres niños murieron debido a un deslizamiento de tierra que sepultó una escuela en Colombia.
Argentina
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Miles de argentinos salen a las calles para protestar contra el gobierno de Alberto Fernández.
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Contáctenos
@elmercurioec elmercurioec El Mercurio Cuenca elmercurioec elmercurioec Año 97 / 20 páginas / 2 cuerpos Ejemplares en circulación: 8.051 Edición No. 36.966
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Deportes
“Guala” va por revancha contra el Cumbayá, hoy
A las 19:00 el cuadro del Jardín Azuayo se mide ante el Cumbayá, en el Olímpico Atahualpa.
Deportes
Gustavo Alfaro, entrenador de la Tri, brinda confianza a los seleccionados lesionados.
Tras la derrota de local ante Liga de Quito, Gualaceo SC tomó correctivos e intentará recuperar los puntos esta noche en su visita a Cumbayá FC en el estadio Olímpico Atahualpa. Sin Gustavo Alles, Felipe Ávila y Walter Hinostroza, tres piezas claves en el rol titular, el profesor Leonardo Vanegas planteará su estrategia para vencer desde las 19:00 a un rival con el que ha perdido en cuatro de cinco enfrentamiento previos.
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Alarma por sismo de 6 grados
12A El fuerte temblor de 6 grados se sintió ayer a las 17:30 en varias provincias, entre ellas Azuay, pero alarmó en Guayaquil, capital del Guayas donde fue el epicentro. No hubo reportes de víctimas. Cortesía
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NFORME
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Al menos 15 nombres suenan como precandidatos a la Alcaldía
Ya se mueve tablero electoral ✓ Las organizacio-
Política
Experto avizora una nueva avalancha de candidatos para las elecciones seccionales en Azuay.
nes políticas deben tener al menos el 30 % de sus listas encabezadas por mujeres.
✓ El 25 % de todos
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ay al menos 15 precandidatos a la Alcaldía de Cuenca y 12 para la Prefectura de Azuay. Los partidos y movimientos políticos que los patrocinen, antes de declararlos oficialmente como candidatos, deben hacer una elección interna. Esta debe ser entre el 22 de julio y el 5 de agosto de este año de acuerdo con el calendario establecido por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Las alianzas pueden registrarse máximo hasta el 7 de agosto. Entre los nombres de los aspirantes a la Alcaldía cuencana está el de Pedro Palacios, actual alcalde, quien busca la reelección con su movimiento Nueva Generación, que recientemente se inscribió en el CNE. También está Adrián Castro, que actualmente es el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT). Fue gerente de la Empresa de Movilidad (EMOV EP), del Municipio de Cuenca. Igualmente está Marcelo Cabrera, quien lidera el movimiento Igualdad. Cabrera ya fue alcalde en dos ocasiones anteriores: entre 2005 y 2009; y desde 2014 a 2019. Hace poco renunció al Ministerio de Transpor te y Obras Públicas (MTOP). Asimismo están: Juan Pablo Riquetti, ingeniero civil y exdocente de la Universidad del Azuay (UDA); Mario Castro, experto en seguridad y coronel de la Policía Nacional, en servicio pasivo; y Cristian Zamora, concejal. De igual forma están Fernando Cordero, exalcalde de Cuenca y expresidente de la Asamblea N a c i o n a l ; y Ya k u P é r e z Guartambel, excandidato a la Presidencia del Ecuador y el fundador del movimiento Somos Agua, que aún no está registrado en el CNE. Paúl Carrasco, exprefecto de Azuay, es otro de los nombres que suena como precandidato. También están Jefferson Pérez, exmedallista olímpico y líder del movimiento Renace; y Sebastián Cevallos, del movimiento Unidad Popular. De igual manera están: Carlos Orellana, exconcejal de Cuenca; Ruth Cáldas, exvicealcaldesa de Cuenca; Humberto Chacón, catedrático de la Universidad de Cuenca; y Xavier Enderica, nadador profesional y exgobernador de Azuay. Yaku Pérez, quien se desafilió del Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, confirmó que han tenido conversaciones con el movimiento Renace, de Jefferson Pérez, para una posible alianza. Por su parte, Mario Castro, exjefe de la Subzona de Policía de Azuay, confirmó su precandidatura; sin embargo, se reservó el nombre de la organización política que los auspiciará. Ricardo Carpio, sociólogo y analista político, recordó que en las elecciones anteriores a la Alcaldía de Cuenca hubo 13 candidatos y cree que esta vez el número será incluso mayor. “Ocurrirá lo que pasó en aquellas elecciones donde los votos se dispersaron demasiado y termina ganando las elecciones un candidato con poca votación y por ende con poco respaldo de la población...”, señaló. Y eso es precisamente lo que pasó con Pedro Palacios cuando ganó las elecciones. Triunfó con 29,77 % de la votación (69.240 votos) en el sector urbano y 15,59 % (19.642) en la zona rural. Tuvo un
3 de enero de 2023 arrancará la campaña electoral para las elecciones seccionales en el Ecuador.
los candidatos de las organizaciones políticas tienen que ser jóvenes (18 a 29 años).
✓ Para las elecciones generales de 2025, el 50 % de las listas deben estar encabezadas por mujeres.
✓ En Cuenca se
debe escoger un total de diez concejales por el sector urbano y cinco por la zona rural.
✓ En la provincia
del Azuay hay tres organizaciones políticas que son de ámbito provincial.
Hay manual para los planes de trabajo El Instituto de Investigación, Capacitación y Promoción Político Electoral, conocido como Instituto de la Democracia (IDD), ayer dictó en Cuenca un taller para la elaboración de planes de trabajo para las organizaciones políticas. Yadira Allán, directora ejecutiva del IDD, explicó que han hecho una guía metodológica donde constan los pasos que se deben seguir para el plan de trabajo que deben presentar los candidatos al Consejo Nacional Electoral (CNE). Indicó que este manual fue diseñado con la asistencia de 12 instituciones entre estas el Consejo Nacional de Competencias (CNC) y la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME). También con el Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador (Conagopare), el Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador (Congope), entre otros. El artículo 199 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas o conocida como Código de la Democracia en su artículos 199 estatotal de votos del 28,06 %. Prefectura Entre los nombres de los precandidatos a la Prefectura de Azuay nuevamente aparece el de Marcelo Cabrera. Él ya estuvo en este cargo por dos periodos consecutivos: desde 1996 hasta 2004. También está el de Dora Ordóñez, exconcejala de Cuenca y extitular de la Secretaría Anticorrupción durante el gobierno de Lenín Moreno. Estuvo hasta hace poco en la gerencia de la Empresa de Aseo de Cuenca (EMAC EP). Igualmente, entre los aspirantes está Diego Morales, actual concejal de Cuenca y profesor de la Universidad Católica de Cuenca (UCACUE). De igual forma está Bruno Segovia, asambleísta del Azuay. También aparece Hugo Palacios, empresario y hermano de Pedro Palacios, alcalde de Cuenca; y Yaku
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de febrero de 2023 se elegirá alcaldes, prefectos y viceprefectos, concejales y vocales de Juntas.
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alcaldes se deberán escoger en la provincia del Azuay, y adicionalmente se elegirá a 85 concejales.
Yadira Allán, directora del Instituto de la Democracia,
blece la revocatoria del mandato de las autoridades. Y precisamente esto se puede aplicar contra quienes no cumplen con las propuestas que constan en sus planes de trabajo. Se lo puede hacer luego del primer año de ges-
tión del dignatario. Allán indicó que la institución que preside también capacita a la población para que pueda exigir legalmente a sus autoridades el cumplimiento de las ofertas de campaña. (I)
Pérez, quien renunció a la Prefectura de Azuay en octubre de 2020 para postularse como candidato a la Presidencia del Ecuador. Igualmente aparecen los nombres de dos alcaldes actuales: el de Patricio Maldonado, de Nabón; y el de Raúl Delgado, de Paute. Maldonado es el presidente regional 6 de la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME). También suena como candidato a este cargo Esteban Bernal, quien actualmente es ministro de Inclusión Económica y Social (MIES). Ya ha sido candidato a esta dignidad. Juan Cristóbal Lloret es otro de los precandidatos. Es actualmente asambleísta. Fue gobernador del Azuay y ocupó algunos espacios públicos durante el gobierno de Rafael Correa. Finalmente está Magaly Quezada, exalcaldesa de Nabón y actual viceprefecta de Azuay; y Teodoro Montesinos, quien trabajó con Paúl Carrasco y
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de agosto de 2022 inicia la inscripción de candidatos en las oficinas del CNE, para las elecciones de 2023
Marcelo Cabrera en el área de infraestructura vial. Mario Fárez, dirigente del Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, en Azuay, denunció ayer el uso indebido de la imagen de esta agrupación política para la promoción de candidaturas. “En ningún momento nosotros hemos autorizado nada porque no ha llegado el tiempo, estamos abiertos para conversar, hemos conversado incluso con todos los que nos han visitado...”. Aclaró que todavía no hay acuerdos. Acotó que, “hemos venido insistiendo que debe haber propuestas serias, porque si no hacemos una propuesta seria desde abajo, a la gente, a nuestro pueblo, estaríamos repitiendo los procesos que ya se han dado...”. (I)
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Por. Christian Sánchez M. csanchez@elmercurio.com.ec El Mercurio-Cuenca
organizaciones políticas están habilitadas para presentar candidatos en Azuay, según registros del CNE.
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miembros de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) Parroquiales se deben escoger en Azuay.
C UENCA
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
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No existe una normativa que sancione a los propietarios de estos bienes
Casas en abandono son un foco de inseguridad Seguridad
Terrenos baldíos
Sospechosos fueron desalojados la semana anterior de una vivienda en la Doce de Abril.
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as paredes manc ha da s y lo s vidrios rotos son la primera imagen que se ve al interior de una vivienda abandonada, ubicada en la avenida 12 de Abril, a la altura del Complejo Bolivariano. Por fuera no luce tan descuidada. Los muros son altos y tienen protección, pero ni eso ni el candado en la puerta son impedimento para que desconocidos ingresen a esta casa, como ha ocurrido en los últimos meses. Después de varias denuncias ciudadanas, agentes de la Policía Nacional la registraron y encontraron a varias personas, además de armas blancas y drogas. Como esta casa, hay otras en Cuenca que e s t á n a b a n d o n a d a s, pero, según el concejal Cristian Zamora, poco o nada se puede hacer para evitar que antisociales o terceras personas las invadan y se apropien. En Cuenca no existe una normativa que sancione a los propietarios de los bienes inmuebles abandonados. Zamora explica que no existe una ley para controlar de alguna manera estos espacios, pues se trata de propiedad privada: “Si un dueño de casa no la habita o arrienda, pues es su decisión, nada se puede hacer al respecto”. La situación cambia cuando se trata de casas patrimoniales abandona-
Una de las casas abandonadas, de donde fueron desalojados algunos sospechosos, se encuentra en la avenida Doce de Abril. XCA
das que se deterioran con el paso del tiempo, ya que “existe una Ordenanza de Áreas Históricas, mediante la cual se obliga, en teoría, porque eso normalmente no ocurre, que el dueño invierta en el mantenimiento de su vivienda”. El edil Fabián Ledesma expresa que, aunque no hay una norma en la ciudad que sancione a los propietarios de las casas que se encuentren abandonadas en la ciudad, en estos casos es primordial la organización y unión entre vecinos. “Los barrios como tal, donde existan estas viviendas que sirven de guarida de delincuentes, tienen que agruparse y protestar ante estas situaciones porque no se les puede dar cabida junto a nuestros hogares”, afirma. En este sentido, hizo un llamado a coordinar acciones conjuntas entre l o s b a r r i o s, Po l i c í a Nacional y entes municipales. Juan Carlos Rodríguez, director de
pués pudiera generarse un problema para ellos con una prescripción adquisitiva sobre el bien”, informa. Vecinos preocupados
La EMAC realiza llamados a los propietarios de sitios sin edificación, a fin que realicen limpieza y coloquen cerramientos en cumplimiento a la Ordenanza. Cortesía
Control Urbano, menciona que como GAD Municipal no tienen competencia para exigir o intervenir en una casa abandonada.
“El llamado sería más bien para los propietarios de estas viviendas, quienes tendrían que al menos asegurar los accesos, ya que inclusive des-
Marcos Patiño, vicepresidente de la Federación Deportiva del Azuay, que está cerca a la vivienda abandonada en la avenida Doce de Abril, considera que este espacio desolado, representa un “foco de delincuencia”, que pone en riesgo la seguridad de la personas que habitan en el barrio o frecuentan el lugar, entre ellos los deportistas del organismo deportivo. Por tal motivo, pidieron apoyo a la Gobernación del Azuay, institución que prestó su contingente, a través de efectivos policiales. “Estamos muy preocupados, hemos acudido a las autoridades competentes para que se preocupen un poco más de estas casas abandonadas. Creo que, a través del Municipio de Cuenca, se puede saber quiénes son
En la ciudad también existen algunos terrenos baldíos que son aprovechados por personas desconocidas. Cristian Zamora, concejal de Cuenca, recordó que ante estos casos se puede realizar una denuncia a la Empresa Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC). Zamora detalla que existe una normativa mediante la cual los propietarios de estos espacios deben pagar un impuesto al solar no edificado, que se encuentra en la Ley Nacional y se lo articula por medio del Municipio de Cuenca. Además, la EMAC, por ordenanza, tiene la obligación de notificar al dueño para que lo mantenga en condiciones adecuadas, precisamente para no generar insalubridad o inseguridad. Si no lo hace, la empresa municipal interviene encargándose de los trabajos correspondientes, costos que luego deben ser cubiertos por el propietario. (I) los propietarios de estos bienes inmuebles para notificarles a sus dueños y se encarguen de los arreglos correspondientes”, añadió Patiño. El dirigente aseguró que la situación es más preocupante en horas de la noche cuando los deportistas salen de sus entrenamientos, pues el alumbrado es deficiente en este sector. “No tenemos solamente problemas con esta casa abandonada sino también en el puente de la Zona Rosa, donde algunos deportistas fueron amedrentados”. (JMB) (I)
Distribuidor se entregará en noviembre El plazo para la construcción del distribuidor de tráfico de la avenida De Las Américas se mantiene para el 27 de noviembre próximo, aseguró a El Mercurio Felipe Luzuriaga, coordinador el Consorcio Atenas, encargado de la obra. Luzuriaga asegura que las obras van a buen ritmo, pese los contratiempos que han ocurrido desde el inicio de la obra, como el mal clima, la caída de un muro y la paralización nacional que duró 18 días. “Estamos haciendo todo lo posible, no escatimamos esfuerzos, ni recursos. Estamos comprometidos con el cumplimiento de los plazos
y la calidad de la obra”, dijo. En este contexto, indicó que el avance físico del distribuidor de tráfico llega al 30%; mientras el avance económico es del 26%. La diferencia se encuentra en que los muros de contención están prácticamente listos. El responsable de la obra explica que este mes inició la “parte medular del proyecto”, que consiste en la construcción de estribos del puente y el puente en sí, las vigas pretensadas, que son básicamente elementos estructurales que son subcontratados con profesionales de Cuenca. También detalla que la tubería de hierro dúctil de 700 milímetros, importada
desde China, ya se encuentra en la ciudad. “Estamos solamente a la espera de que la fiscalización de administración haga sus pruebas de verificación para instalarla. De parte nuestra hemos entregado todas las especificaciones técnicas”, añade. De su lado, Pablo Álvarez, gerente general de Intal, empresa que forma parte del Consorcio Atenas, se refiere a los cuestionamientos que han existido a la adjudicación de la obra. Explica que estaba presupuestada en 7,5 millones de dólares. “Fue una licitación a la cual nos presentamos y nosotros ofertamos por 6,2
millones, un 16% por debajo del valor referencial. Como oferentes dimos un ahorro al GAD de Cuenca de 1,3 millones de dólares, sin dejar de priorizar la calidad”, afirma. Ávarez sostiene que el distribuidor de tráfico cumple todos los estándares nacionales e inter nacionales: “Hemos sido sujetos a críticas poniendo en tela de duda la eficiencia de Intal, como la empresa líder que lleva adelante este proyecto, pero nosotros hemos sido austeros en los comentarios, dejando que la obra hable por nosotros”. El distribuidor de tráfico tendrá ocho carriles: cuatro
Los ingenieros Pablo Álvarez y Felipe Luzuriaga supervisan la obra. XCA
deprimidos y cuatro a nivel, así como veredas. Tendrá un ancho de 28 metros y una longitud de 400 metros. Con la ejecución de esta
obra se piensa aliviar el tráfico, tomando en cuenta que por este sector pasan alrededor de 120.000 automotores a diario. (JMB) (I)
Alta tecnología Municipalidad de Cuenca recibe reconocimiento
El alcalde Pedro Palacios (I) recibió este reconocimiento en Quito. Cortesía
La Municipalidad de Cuenca recibió en Quito el reconocimiento a la “Calidad y Excelencia en el Servicio Público” del Ministerio de Trabajo. El director municipal de Desarrollo Estratégico Institucional, Oscar Vele, informó que el Ministerio de Trabajo lidera y evalúa la aplicación del Programa Nacional de Excelencia (PROEXCE) en distintas instituciones públicas del Ecuador. El objetivo de la aplicación del programa en el sector público es que las entidades se manejen bajo los lineamientos de
calidad en la prestación de los servicios a los ciudadanos. Uno de los principales componentes es que permite garantizar de manera efectiva los derechos de los ciudadanos es el contar con servicios de calidad, eficientes y efectivos. Es por esto que en el Plan de Gobierno, el eje de “Cuenca Efectiva”, contempla la reingeniería y la mejora continua de procesos. PROEXCE permite a la Municipalidad de Cuenca generar acciones de mejora de forma transversal en todas sus
Direcciones, dando cumplimiento a normas técnicas emitidas por entes rectores, cambio cultural, y sobre todo mejora continua basados en metodologías de éxito pensadas en solventar las necesidades y expectativas de la ciudadanía de acuerdo a resultados cuantificables. El alcalde de Cuenca, Pedro Palacios, aseguró que su administración ha puesto en línea más de 120 trámites y servicios, se ha conseguido la reducción de tiempos de resolución de trámites críticos en un 50 %; incremento de la satis-
facción ciudadana de 59% a 82% y mejora de procesos que agregan valor. El alcalde indicó también que se fortalece la institucionalidad en el Municipio y entidades de la Corporación Municipal, como por ejemplo: mayor transparencia en la gestión, tres años consecutivos se ha obtenido la mejor puntuación en el Índice de Transparencia Activa que evalúa la Fundación Ciudadanía y Desarrollo de entre 221 GAD Municipales y se consiguió la certificación ISO 37001 Antisoborno. (REM) (I)
4A OPINION Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Andrés F. Ugalde Vázquez
La alternativa a la exclusión
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o es la primera vez que nos pasa. El hastío del centralismo agobiante, sordo y ciego a las necesidades de los territorios. La impotencia ante un gobierno central elegido por élites económicas y a ellas entregado en cuerpo y alma. No, no es nuevo, ya antes nos había pasado… Promediaban los años 50 del siglo XIX. El Ecuador se asfixiaba bajo el peso de un gobierno oligárquico y la siniestra sombra de García Moreno, un despotismo clerical y centralista que pronto sería relevado por otros despotismos, esta vez militares, bajo las figuras de Robles y Urbina. El fanatismo como modelo de gobierno, la iglesia convirtiendo los dogmas en dones y eliminando la racionalidad del hombre; la esclavizante figura del pecado, tomada del atávico judaísmo, y con ella el castigo que paraliza al pueblo, cuatro siglos de manipulación de la conciencia al servicio de un programa político despótico y centralista. Y sería en Cuenca, una vez más la ilustrada y altiva Cuenca, donde se levantarían las voces en defensa del civilismo y el federalismo como alternativa al descalabro y la exclusión. La defensa, desde la Atenas, del conocimiento y la razón en la política. Los adeptos, las grandes voces del periodismo vertical y panfletario en las figuras de Pío Bravo, Mariano Cueva y Benigno Malo. Las grades plumas de Cuenca, en diarios como “La República”, “La Prensa” o “El Centinela”, defendiendo la tesis primordial de la libertad y la descentralización cómo fórmula del progreso y el federalismo como el modelo político para ponerlo en práctica. Si, Cuenca fue la cuna del pensamiento federalista. Cuenca y no otro lugar. Hoy, el centralismo se ve nuevamente desafiado y el federalismo vuele a la palestra, Pero cuidado, porque la propuesta del feroz abogado guayaquileño, insinúa también una noción de separatismo y eso… ¡eso nunca! No deberá desmembrarse la república por apetitos políticos. Deberá, eso sí, aprovecharse la oportunidad, para volver a discutir, lejos de las trincheras políticas y a la luz de la serena reflexión académica, la figura de gobierno que mejor convenga al desarrollo de los pueblos. ¿Unitarismo? ¿Federalismo? Pues bien ¡Que inicie el debate! Ya era tiempo… (O) @andresugaldev
Dr. Nicanor Merchán Bermeo 1935 - 1956
Dr. Nicanor Merchán Luco DIRECTOR
Ing. Miguel Merchán Ochoa 1956 - 1974
Lcda. Marina Merchán Luco GERENTE GENERAL
CON SABOR A MORALEJA Bridget Gibbs Andrade
EDITORIAL
Consulta Previa
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a falta de una consulta previa fue el argumento que el Juez consideró para resolver la suspensión de la concesión minera del proyecto Loma Larga, también conocido como Quimsacocha. Este es el segundo dictamen que se recibe sobre proyectos mineros en la provincia. Resultado de un importante esfuerzo del activismo ecológico que ha encontrado eco en la ciudadanía. Tanto con la consulta popular de Girón, como con la consulta similar en Cuenca, la población decidió por amplia mayoría que no se realicen actividades mineras en lugares de recarga hídrica. Esta voluntad expresa de la ciudadanía coincide con la disposición que las poblaciones involucradas en estos proyectos deban ser consultadas previamente sobre su ejecución. A criterio del juez, esto no sucedió en la zona de impacto del proyecto Loma Larga, razón por cual está suspendido. Si bien esta decisión ha recibido acogida, porque significa una segunda victoria para este importante sector activista y ecológico, también genera preocupación por la imagen de inseguridad jurídica que deja, así como por las pérdidas y desincentivos para la inversión extranjera. Por otro lado, los estudios han sido claros en identificar la presencia de oro, plata y cobre. Esta suspensión y posible retiro de la empresa concesionaria podría dejar el territorio a expensas de la minería ilegal con las terribles consecuencias ecológicas y humanas que se pueden presentar. Es muy difícil conciliar a todas las partes interesadas en el desarrollo y en la protección ambiental. Está claro que para los habitantes de Cuenca y las regiones directamente involucradas con las zonas de concesión hay una preocupación por el riesgo ambiental que cualquier intervención, sea esta agrícola, humana o minera, pueda causar a un ecosistema tan sensible. Pero también es evidente que ante tanta necesidad en salud, educación, empleo, vivienda, conectividad, entre otros aspectos, las poblaciones podrían haberse beneficiado si estas intervenciones se ejecutaba con los cuidados y el empleo tecnológico apropiado para reducir al máximo el impacto ambiental. Precisamente por eso es que la consulta previa reviste de tanta importancia. Porque es la población, como primera afectada o principal beneficiada, la que debió ser tomada en cuenta.
Un baño de cultura general
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CARICATURA DEL DÍA
Secreto
Tito Astudillo Sarmiento
Ventana sobre la campaña
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, el tiempo sacude el avispero, presurosos corren y recorren el “territorio”, buscan y encuentran a los amigos perdidos, los panas y compadres que guardaron en la memoria los últimos cuatro años, abrazo post pandemia, abrazo precampaña… 6, alianzas se cantan y decantan, por aquí sí, por allá no, con ellos jamás, jamás por ahora, jamás esta vez, o jamás en público… Reconciliaciones y perdones que terminan en fotos de abrazos de costado con pulgar en lato y la sonrisa de dentífrico para inundar las redes y corren encuestas… 4, encuestas y apuestas, voy primero, tengo chance, puedo crecer, tu me sumas, tu la traes, tu la llevas, tu no juegas… encuestas a medida, encuestas a la carta, encuestas sin más sentido ni contenido, encuestas que no representan, ni pretenden hacerlo, el pulso del espacio en el que se levantan; sino que se acomodan a la “estrategia” de construir la idea del “carro ganador”, fútil e inocente maniobra que se produce y reproduce entre sujetos que miden, o pretenden medir, desde sus propios límites, la inteligencia de un colectivo al que, lejos de representar, pretenden manipular. 3, risas y sonrisas, teatralidad y prestidigitación: la puesta en escena demanda de un complejo montaje que viste, maquilla y transforma la figura del candidato en el líder ungido por el destino a transformar la realidad, nuestra realidad; esta realidad que desconoce e ignora. 2, prometo y me comprometo y está vez si cumplo, esta vez no me voy, está vez no renuncio, esta vez no robo, esta vez lo hago, esta vez… 1, en cuenta regresiva, caminamos sobre la cornisa de la campaña que se prende y enciende, vemos el circo mediático que invade los medios y las redes, cada uno construye sus significantes y pretende invitarnos a desarrollar sus significados, la campaña es la tribuna que precede la decisión, la decisión es la plataforma en que caminaremos un nuevo período que, para que sea nuevo, próspero y diferente; nos convoca a hacer una selección también diferente. (O)
María Eugenia Moscoso C.
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Centros Penitenciarios
n tema gravitante en el Ecuador es el que tiene relación con el Sistema Pe n i t e n c i a r i o. N a c i o n a l . Sabemos que desde la Presidencia de la República se ha iniciado un proyecto para mejorar el hacinamiento reinante en los centros carcelarios, a través de un mecanismo consistente en un plan de indultos a las personas detenidas. Paralelamente, se incorporará
un plan para incrementar el personal que atiende a los reclusos y para ello se están implementando cursos de entrenamiento y formación de guías penitenciarios. Es deplorable entrar en los mal llamados Centros de Rehabilitación –eufemismo que sirve para encubrir la calidad de vida que llevan las personas ahí detenidas- pues el exceso de reclusos demanda una mejora de las condiciones, a fin de que esos
centros puedan exhibir el membrete de Centros de Rehabilitación. Apelamos desde Cuenca, a que el Presidente de la República no desmaye en este proyecto de aplicación de indultos, para aminorar el número de personas ahí hacinadas. La dignidad de esos seres humanos demanda por una atención emergente y unas condiciones que protejan la dignidad de esos seres humanos. (O)
Hernán Abad Rodas
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Los rostros del hambre
ay que caminar por las calles para mirar los rostros del hambre, las manos desesperadas vendiendo tanto cachivache, los gritos monótonos del competitivo mercado de la angustia. Fantasmas, anatomías esqueléticas, creadas por el saqueo de bienes nacionales, la corrupción y el cinismo de catorce años de infamia, deambulan por la ruta del dolor. Los pobres de nuestra patria padecen hambre, desempleo y soledad, sufren mucho, pero ignoran las causas de sus desdichas, y éstas los convierten en desventuradas criaturas que se debaten entre dos fuerzas; la primera, los impulsa hacia arriba, y les muestra lo hermoso de la existencia, a través de una nube de sueños; la segunda, los arrastra hacia la tierra, haciéndoles recorrer el bajo mundo, donde el polvo llena sus ojos y los anonada de temores y de hostilidad.
Administración y Talleres: DIARIO INDEPENDIENTE DEL AUSTRO
scribo estas líneas con un profundo malestar. Es muy pronto para restablecernos de la desazón que el levantamiento indígena causó a lo largo y ancho del Ecuador. Fue algo brutal. Casi cruel. Compatriotas contra compatriotas. ¡Inverosímil! Ni en mis peores pesadillas he vislumbrado un escenario como el de octubre del 2019, y recientemente, en junio, en un país al que antes llamábamos Isla de Paz. Vicente Albornoz, articulista de diario El Comercio, publicó en el 2011: “Así nos llamaban. Y es porque en realidad éramos una Isla de Paz. En las últimas décadas del siglo XX y en los primeros años de este siglo, el Ecuador, comparado con sus vecinos, era un oasis de tranquilidad. Ya no lo somos”. Y ya no lo somos después de 14 años de desgobierno que nos legó el narcosocialismo del siglo XXI, el que además de asaltar con grosería las arcas fiscales, propició el mayor lavado cerebral de la historia ecuatoriana, causando brechas lacerantes que, lamentablemente, aún siguen latentes. Unos días antes de que termine el paro indígena, dos “colegas” cuencanos, de pocas luces, maliciosamente publicaron un tuit mío con video incluido en el que utilicé la palabra “indios”, siendo ésta sinónimo de “indígenas” de acuerdo a la RAE y otras fuentes, causando indignación en los que no están enterados de esta acepción. Rubén Montoya, articulista de Diario Expreso, la usó en uno de sus últimos artículos: “Porque los indios han sometido a las instituciones de remedo que tenemos…”. Osvaldo Hurtado en su libro “Las costumbres de los ecuatorianos”, escribe: “En virtud de que no tuvieron acceso a la educación… particularmente los indios…”. Guayasamín, recalcaba orgulloso: “¡Carajo, yo soy un indio!”. Navegando por la red encontraremos varias definiciones del vocablo “indio”, como ésta: “Indio es un individuo que pertenece a los pueblos originarios de América, como también una forma de denominar a los que pertenecen a la República de la India”. Ángel Guaraca, canta: “Me dicen el indio, eso no es insulto”; y, Jesús Fichamba, interpretó: “Soné que en el alma del indio había cadenas…”. Asimismo, entre las organizaciones indígenas existe la Federación Ecuatoriana de Indios (FEI). Según los médicos, es recomendable bañarse a diario; y, según los historiadores y literatos, darse un baño de cultura general, de tanto en tanto, no hace mal a nadie. (O)
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Rumbo a mi trabajo, veo como el rostro de los niños de la calle refleja el peso de su tristeza, pues sienten en su inocencia como la delincuencia organizada saqueó al Ecuador. Sus almas tiemblan con la brisa del río, abren sus corazones en la aurora, y como lirios vuelven a cerrar sus pétalos al llegar las sombras de la noche y con callada tristeza ven frustrados sus sueños de un futuro mejor. Bajo la tenebrosa sombra de Rafael Correa, el escultor de los rostros del hambre, la corrupción, la mentira y la manipulación de la justicia, como oscuros nubarrones continúan su incontenible avance cubriendo todo el territorio nacional. Aquellos valles y montañas de nuestra geografía que pusieron fuego en la imaginación, y en el corazón, de nuestros libertadores; ven como una red de oscura desesperanza, cobija a nuestro país. Con la grave situación política,
Directivos y administradores:
Director: Dr. Nicanor Merchán Luco Gerente General: Lcda. Marina Merchán Luco
social y económica, agravada por el paro de la CONAIE, los pobres lo serán más, los indígenas más resentidos, los terroristas más numerosos, los ricos más millonarios y los políticos, con honradas excepciones; seguirán viviendo parasitariamente de lo poco o mucho que ellos produzcan, y manteniendo el retraso nacional que les permite existir cómodamente, sin trabajar, y dispuestos a pactar con Dios y con el diablo a la vez, para mantener sus privilegios, y, continuar con su indigencia ética y moral. Devoramos el pan de la caridad que nos ofrecen los gobiernos populistas, porque estamos hambrientos; nos revivifica temporalmente, luego nos mata. Las formas caudillistas, populistas, corruptas, terroristas, delincuenciales. así como el socialismo retrogrado, no son democracia, sino tumultuaria esclavitud de los pueblos. (O)
Editor General: Mgtr. Diego Montalván Sarmiento dmontalvan@elmercurio.com.ec Coeditora: Jackeline Beltrán Aguilar. redaccion1@elmercurio.com.ec
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C ULTURA
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
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Talleres abren sus puertas para mostrar su trabajo
Ruta para conocer la labor de alfareros Nuevos recorridos
Proyecto
La Asociación de Ceramistas del Ecuador promociona a los artesanos para impulsar y exhibir su arte.
Una vez que los recorridos por los talleres de los artesanos cuencanos, la Asociación de Ceramistas del Ecuador planea organizar nuevas rutas en Quito y Guayaquil. El objetivo es que los artesanos del país se visibilicen entre el público de las provincias y entre los extranjeros que han empezado a regresar a Ecuador tras la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19.
P
alpar la arcilla, mirar los moldes, adentrarse a la intimidad de los alfareros y ser parte del proceso que conlleva la creación de una pieza de cerámica: esta es la propuesta de la Asociación de Ceramistas del Ecuador, cuyo objetivo es abrir los talleres de Cuenca para que propios y extraños conozcan el arte de darle forma a la tierra fina. Para ello, la asociación creó una ruta compuesta por tres espacios que se mantienen bajo el trabajo artesanal y un espacio industrial. La idea es que las personas interesadas en vivir una experiencia distinta recorran los talleres y la industria y observen de cerca la labor que todavía mantienen de pie un grupo de artesanos de la ciudad. Una primera experiencia ya la vivieron un poco más de una treintena de cuencanos y extranjeros en abril pasado, cuando la asociación realizó una primera convocatoria. La aceptación fue positiva, por lo que los organiza-
El maestro José Encalada es uno de los alfareros que abrió su taller a los turistas. XCA
dores optaron por armar un segundo recorrido para el próximo 23 de julio. “Lo que tratamos de hacer es generar espacios para exposición. Los ceramistas fueron golpeados por la pandemia, entonces queremos buscar reactivarlos. También se trata de rescatar el arte, que se comparta para que se mantenga”, dijo Javiera Vargas, coordinadora ejecutiva de la Asociación de Ceramistas del Ecuador. Entre los espacios que abrieron sus puertas, y que volverán a recibir visitantes la próxima semana, están: el taller del icónico José Encalada, un alfarero que lleva más de medio siglo trabajando su arte en la Convención del
Hasta el momento, en la asociación nacional hay 15 artesanos que están dedicados todavía a la alfarería en Cuenca. 45; el taller del artista Pablo Cordero; y el estudio de la ceramista Cristina Quinde, quien estrenará un nuevo espacio en el centro de Cuenca. A los talleres de los artesanos se sumará Artesa, una industria cuencana con una larga trayectoria en la elaboración de piezas de cerámica. Quienes participen tendrán la oportunidad de mirar y usar las máquinas, los moldes y
Pablo Cordero cree que la gente valora más el trabajo artesanal cuando sabe cómo se hace. XCA
sus manos para saber qué es lo que está detrás de aquellos objetos únicos que crean los artesanos de Cuenca. “La gente cuando ve estos procesos se da cuen-
ta del valor real de una figura, lo valora más. Y eso es lo que nos agrada mostrar porque de alguna manera la gente valora mejor el trabajo que uno hace”, opinó el alfarero
Pablo Cordero. Para el maestro José Encalada, en cambio, la visita de turistas a través de la ruta, principalmente de extranjeros, ayuda a que los productos se conozcan en otros países. “Ya de alguna manera se hace promoción. Cuando las piezas se compran y salen ya se pregunta y se conoce que un artesano de Cuenca lo hizo”, dijo Encalada a diario El Mercurio. Los interesados en participar deberán contactarse al número: 0995393687 o al Facebook de la Asociación de Ceramistas del Ecuador. El costo es de 15 dólares para estudiantes y adultos mayores, y 18 dólares para el público en general. Ese valor incluye transporte y refrigerio. (AWM)-(I)
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MPRESARIAL
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Karina Crespo, Joselyn Paredes Quintero, Doménica Cobo Flándoli, Liliana Llanes y Estefanía Álvarez presentadoras de UnisonTv.
Innovación
El canal anuncia sorpresas para llegar a las pantallas y redes con nuevos talentos que se incorporan a noticieros, deportes y vive Unsiontv.
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on 19 años al aire, el canal cuencano UnsionTv mantiene una imagen fresca para la audiencia y anuncia la incorporación de jóvenes talentos y profesionales en la emisión de noticieros, revista matinal y programas de deportes y de farándula. Luego de estudios de mercado y análisis de preferencias del público, el objetivo es “darle personalidad” a cada programa que se emite. “Los informativos de UnsionTV son un referente en la ciudad (…) al inicio teníamos únicamente el noticiero estelar, después sumamos el noticiero Primera Hora, Comunidad y Cuenca en Directo que tomaron impulso y ahora la meta es reforzar la programación”, enfatizó Karina Crespo, Gerente de Marca de UnsionTv y presentadora de noticias.
Nuevos rostros en la pantalla de Unsiontv
Liliana Llanes.
Joselyn Paredes Quintero.
Doménica Cobo Flándoli.
Estefanía Álvarez.
Personalidades Entre las figuras del nuevo elenco constan Joselyn Paredes Quintero, Doménica Cobo Flándoli y Hans Ochoa. Asimismo, se han efectuado cambios entre las caras ya conocidas en el canal. Así, al informativo “Primera Hora” conducido desde las 06:30 por Wilmer Prado, se suma Liliana Llanes, quien lleva 11 años en UnsionTv, cinco de ellos como reportera. “Empecé como asistente de producción, he ido creciendo y aprendiendo y hoy me integro como anchord de noticias junto a Wilo Prado (…). Me identifico con lo popular, soy de esas personas que toma el transporte urbano y mucha gente se ha identificado con mi historia y quie-
XCA
ro compartirla para inspirar a más personas”, expresa Liliana. A s i m i s m o, e n e l e s p a c i o “Comunidad”, que se transmite a las 07:30 se mantiene la dupla Fernando Alvarado con Gabby Cadme. La revista matinal “Vive Unsion” incorpora entre sus presentadores a Joselyn Paredes, quien compartirá escena con Carina Coronel, Sebastián Crespo y Paola Vintimilla, durante la hora que dura el programa que inicia a las 08:30. La revista familiar incluye segmentos con personalidades como Ana María Polo, con “Más Mamá”; Marianela Medina con “Vive Fit” y Gabriela Prefumo con “Cuenca vive en grande”. Joselyn es profesional del periodismo, tiene trayectoria en televisión y experiencia en radio, es creadora de contenido en Tik Tok y hoy asume el desafío de saltar a la pantalla de UnsionTv. “Es una experiencia enriquecedora, ha sido un reto quitar ese chip de las redes sociales porque el trabajo en el ámbito profesional es distinto, va desde modular la voz, hasta lograr ese enganche y retroalimentación con la audiencia”, menciona. El noticiero de las 13:00 se mantiene con la presentadora Karina Crespo junto al periodista Adrián Freire Jimbo en directo. A la emisión estelar de noticias se suma Hans Ochoa y Doménica Cobo Flándoli, ella fue Reina de Cuenca 2016 y es abogada de profesión. Siempre vinculada a causas sociales e involucrada en temas de oratoria y de debate, ha forjado más allá de la personalidad, una experiencia que hoy le permite asumir este reto. También en el programa de Deportes que se emite de 20:00 a 21.00 con Gufor Trujillo se incorpora como coanchord Estefanía Álvarez, Licenciada en Comunicación Social y Publicidad y reportera deportiva en UnsionTv. Los informativos de UnsionTV son transmitidos en Youtube y las entrevistas por Facebook Live, así como el programa Comunidad. El medio tiene cerca de 200.000 seguidores en Facebook, Twitter r Instagram. En Tik Tok ofrece cortos informativos y una de sus metas a corto plazo es lanzar una serie de Podcast con diario El Mercurio. (PNH)-(I)
R EGIÓN
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Niño de 10 años quiso vender a su gatita para conseguir dinero
La inocencia conmueve en redes Sociedad
Las personas que deseen contribuir económicamente pueden hacerlo a la cuenta número 406157347900, en la Cooperativa de Ahorro y Crédito “JEP”
Detrás de la historia de Cristian se esconde una realidad que va contra derechos de niños.
“
Quiero ser bombero para ayudar a las personas”. Este es el sueño de Cristian, un niño de apenas 10 años de edad, del cantón Gualaceo, quien por su inocencia al tratar de vender su mascota se convirtió en tendencia en las redes sociales. La noticia se difundió los primeros días de julio en diferentes plataformas. La imagen del menor, de la comunidad Quimzhi-La Gallera, con su gatita de cuatro meses, a la que llama “Mama Suca Pequeña”, ofreciéndola a un transportista a cambio de unos tres dólares para alimentarse, conmovió a miles de cibernautas. La historia de Cristian; sin embargo, va más allá de una imagen, de los likes (Me gusta) y el número de compartidos que puede generar un hecho de estas características en las redes. El menor, con su madre de nombre María, hermanos y sobrinos viven en condiciones precarias, pero sin perder su sonrisa en el rostro cuando habla de su sueño. Realidad Se levanta temprano para acudir a su escuela, hoy incluso termina las clases de nivelación para acceder el próximo año lectivo
Jenny tiene en sus manos a la gatita “Mama Suca Pequeña”, mientras Cristian prepara el almuerzo para los integrantes de su familia. Él vive en el cantón Gualaceo. BPR
al séptimo de básica. Tendrá que presentar a su maestra un proyecto que lo elaboró ayer con apoyo de su hermana mayor, Jenny. Ella es su representante porque, uno de sus hijos, también estudia en el mismo plantel. Cristian camina unos 30 minutos para salir de su casa hacia su escuela, así como para regresar a su hogar. Lo realiza con mucho cuidado a través de un camino de herradura entre la montaña que, cuando llueve, resulta un peligro debido a la cantidad de lodo. Su vivienda de madera está bastante deteriorada, carecen del servicio de agua potable, ni tampoco tienen un baño. La opción es el agua lluvia que recogen en tanques y otros recipientes
El acceso a su hogar es por medio de un camino de herradura entre la montaña. BPR
Su familia vive en una casa de madera deteriorada y carecen del servicio de agua potable. BPR
para cocinar y lavar los platos. La familia acostumbra a ir los sábados a las orillas del río San Francisco para lavar la ropa y bañarse. Esto porque la madre y la hermana mayor descansan ese día de su trabajo como vendedoras ambulantes de
Aniversario
Desfile estudiantil fue pregón por cantonización de Biblián Hoy, a las 19:00, en coliseo “Macario Zea Zamora”, será la proclamación de reina y cholita.
Biblián.- El cantón Biblián inició ayer sus festividades con un pregón cultural por las principales calles del centro. Esta localidad de la provincia del Cañar celebra 78 años de emancipación política. El pregón tuvo lugar a las 10:00, encabezado por el alcalde Guillermo Espinoza, los concejales, entre otras autoridades e invitados. Luego, se dio paso a más de 20 delegaciones de los establecimientos educativos y organizaciones comunitarias que rescataron las costumbres y tradiciones del cantón. El alcalde Espinoza resaltó la participación masi-
Delegaciones estudiantiles desfilaron ayer por las calles céntricas de Biblián. Cortesía
va de los habitantes en el evento que abre la agenda festiva que se caracterizará por actos sociales, deportivos y culturales. La programación continuará hoy, a las 19:00, en el coliseo “Macario Zea Zamora”, con la proclamación de la reina y cholita de Biblián. El próximo 22, 23 y 24 de julio, desde las 14:00, en el Centro Agrícola Cantonal, se efectuará la tra-
dicional Feria Agropecuaria. El 31 de julio, a las 11:00, en la Iglesia Matriz, se celebrará una eucaristía; y a las 19:00, en el Estadio Municipal, será la “Noche Biblianense”. El 1 de agosto, a las 09:00, por las principales calles, será el desfile cívico, estudiantil y militar; y, a las 1 1 : 0 0 , e n e l Te a t r o Municipal, la sesión solemne. (BPR)-(I)
Azuay
Entregan insumos para mejorar la producción agrícola en Sígsig Sígsig.- Un total de 1.348 campesinos de la parroquia Güel, perteneciente al cantón Sígsig (nororiente del Azuay), recibieron insumos agropecuarios, además de materiales de construcción para mejorar una planta procesadora de abono. El Gobierno Provincial, en coordinac i ó n c o n l a Ju n t a Parroquial de Güel, entregó estos insumos para reactivar la economía de
la población. La inversión supera los 21 mil dólares, de los cuales, el GAD Provincial aportó 14 mil, y la Junta Parroquial alrededor de tres mil dólares. Mientras los beneficiarios unos cuatro mil dólares. De acuerdo con Miguel L a z o, d i r e c t o r d e Participación Ciudadana del Gobierno Provincial, la articulación de las instituciones fue importante para adquirir estos insumos que necesitaban los
habitantes de la parroquia para su producción agrícola. Asimismo, comentó que este tipo de aportes buscan fortalecer procesos para “una verdadera transición agroecológica en Azuay”. Javier Cabrera, presid e n t e d e l a Ju n t a Parroquial de Güel, señaló que su administración trata de beneficiar a los agroproductores, para lo cual, es necesario adecuar el espacio donde desempeñan su labor. (BPR)-(I)
mangos en las calles de Gualaceo. Unos 1.500 dólares necesitan para acceder al derecho del agua potable. Una vez intentaron contar con el servicio, pero la falta de dinero truncó su anhelo. A pesar de esto, el niño se encarga de elaborar el almuerzo con el agua lluvia
en una cocineta despintada por los años para el resto de los integrantes del hogar cuando no está su madre y hermana. Sabe preparar desde una sopa de papa y fideo hasta un seco de pollo o de carne dependiendo de lo que exista para comer. Aprendió a cocinar a los seis años de edad para apoyar a su progenitora. Así es un fragmento de la vida de Cristian, quien jamás se imaginó que su historia la compartirían miles de personas que quizás afrontan o pasaron las mismas condiciones. Cristian es un niño que aprende a ser adulto. (BPR)-(I)
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La ayuda solidaria se hace presente Las instituciones públicas, así como personas solidarias se han acercado a la familia luego de conocer la noticia del niño en redes sociales. Cristian y sus seres querido han recibido ayudas técnicas y ofrecimientos para tratar de mejorar sus condiciones de vida. La municipalidad de Gualaceo, a través de la Unidad de Desarrollo Social, por ejemplo, ha dialogado con el Distrito de Educación para que, el próximo año, Cristian y el resto de sus her manos y sobrinos estudien todos en horario matutino. Yolanda Arias, jefa de la Unidad de Desarrollo Social del Municipio, comentó que de esta manera podrán acceder a un programa de la actual administración que les ofrece atención médica, psicológica y social, además de dos comidas diarias. “La ayuda no es momentánea, tiene que ser permanente para garantizar una estabilidad emocional de la familia, y ver las posibilidades para que sus miembros salgan adelante”, aseveró Arias. (I)
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A VISOS
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA. CITACIÓN JUDICIAL JuicioNo. 01333-2022-02406 A:, LISSETH ROCIO JOYASACA ZHININ se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca a cargo del señor Juez Ponente Doctor César Ugalde Arellano, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCION:
CONCURSAL
MATERIA:
CONCURSO DE ACREEDORES
ACTOR:
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPAC AUSTRO
DEMANDADO:
LISSETH ROCIO JOYASACA ZHININ
Cuenca, martes 24 de junio del 2022, a las 11h23 Vistos. Conozco de la demanda en razón del sorteo que se ha realizado. La demanda concursal presentada por: la Ing. Con. MIRIAM YOCONDA DURAN YUNGA en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPAC AUSTRO Ltda. de concurso de acreedores en contra de: LISSETH ROCIO JOYASACA ZHININ por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de procesos se acepta a trámite. En consecuencia se resuelve que: 1.- La falta de cumplimiento al mandamiento de pago, de las copias certificadas aparejadas a la demanda se desprende y pone en conocimiento de este juzgador que la accionada Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el Dr. César Patricio Palacios Vintimilla Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca dentro del juicio N° 01333-2020-02169 , esto es, pagar la suma de $1.722,71 dólares ordenado mediante mandamiento de ejecución emitido el 9 de Junio de 2021 2.- Por lo expuesto y de conformidad con el Artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos, se presume la insolvencia de Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin y en consecuencia se declara haber lugar al concurso de acreedores en su contra, por lo que 3.- En aplicación de los Artículos 423 y 424 del Código Orgánico General de Proceso se dispone la citación a Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin mediante publicaciones por la prensa escrita en un diario de ámplia ciculación de esta ciudad de Cuenca a quién además se le hace conocer que oportunamente se señalará día y hora para la junta de acreedores. 4.- Se dispone que el deudor Li presente ante este juzgador los siguientes documentos: a) una relación detallada de todos los bienes y derechos. b) un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas, si los tiene. c) los títulos de crédito emitidos. d). una memoria de las causas de su presentación. 5.- Se designará como Síndico de Quiebras el mismo que es designado a través del sistema SATJE que le representará al fallido en todo lo que concierne a sus bienes de acuerdo con el artículo 35 del Código Orgánico General de Procesos, quién de aceptar el cargo deberá hacerlo dentro de las veinte y cuatro horas de notificado. Sus honorarios se fijarán de acuerdo al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función judicial artículo 30 literal a) que determina; entre otras, que por la administración de empresas, finanzas, síndico de quiebra u otras actividades afines se percibirá un honorario que va desde el 50% de una remuneración básica unificada hasta diez remuneraciones básicas, dependiendo siempre de la materia y complejidad de la labor del Síndico de Quiebras. Se fijará ulteriormente día y hora para la posesión del funcionario llamado a intervenir. Además presentará un informe acerca del estado de los bienes del fallido en el término de quince días posteriores a su posesión. 6.- Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles del fallido Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin 7.- Se ordena que esta declaratoria de insolvencia y o quiebra sea anotada en los Registros virtuales del Consejo de la Judicatura. 8.- Se dispone la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declara la insolvencia. 9.- Se dispone la acumulación de pleitos seguidos en contra de Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin por obligaciones pendientes, debiendo oficiarse a los jueces y juezas de las Unidades Judiciales del cantón y remitan los procesos por obligaciones en contra del fallido 10.- Notifíquese al Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, para que tome nota del estado de insolvencia del fallido en los libros respectivos. 11.- Notifíquese a la Fiscalía del Azuay con el objeto de que proceda a las investigaciones en relación al estado del insolvente Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin 12.- Se ordena la prohibición de salir del país del fallido Lisseth Rocío Joyasaca Zhinin para lo cual ofíciese a Migración y Extranjería, así como a la Cancillería a la Dirección de Documentos de Viaje y Legalizaciones con el correo electrónico ddvlancillería.gob.ec y al Ministerio de Gobierno a fin de que registren en los sistemas informáticos de conformidad con el primer inciso del numeral 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de procesos. 13.- Se declara al fallido Lisseth Rocío oyasaca Zhinin en interdicción de administrar sus bienes, para lo cual se notificará: al Registro de la Propiedad del cantón Cuenca. Al Registro Mercantil del cantón Cuenca con fundamento en el artículo 22 literal h) del Código de Comercio y Notarios del cantón Cuenca 14.- Se dispone que se remita oficio al Director del Registro Civil del Azuay para que se haga conocer de este auto en contra del fallido 15.- Con el objeto que previo al cumplimiento de lo ordenado en este auto y de acuerdo al Artículo 426 del COGEP, el fallido dentro del término de diez días comparezca dentro de la presente causa con lo cual se podrá oponer al concurso pagando la deuda. En cuenta la autorización concedida al profesional que suscribe, el casillero judicial, correo electrónico. Adjúntese la documentación aparejada a la demanda. Notifíquese f). Dr. César Ugalde Arellano, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca.-
CITACIÓN JUDICIAL A: JAIME ROMAN CANDO JADAN., de quien se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia., Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con las providencias recaída en ella, es al tenor siguiente: ACTOR: ORELLANA YANZA LUVINA MARGARITA. DEMANDADO: JAIME ROMÁN CANDO JADÁN ACCION: ORDINARIO TRÁMITE: PRESCRPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. CUANTÍA: $ 97.109,15 JUICIO N°. 01333-2021-09534 FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA: Que desde diciembre del año 2002 se encuentra en posesión por más de 19 años realizando actos de dominio como dueña y señora de manera pública, pacifica e ininterrumpida hasta el día de hoy., ubicado en la Parroquia Yanuncay del Cantón Cuenca, Provincia del Azuay. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art. 715, 2392, 2412, regla segunda 2411, y siguientes del Código Civil. 9534-21 VISTOS: En conocimiento de las partes los oficios remitidos por LA DINARDAP, REGISTRO CIVIL, SRI, Y CNE, en cuenta su contenido; Agréguese a los autos el escrito que ha sido presentado por la parte accionante. En lo principal visto que la demanda presentada por Orellana Yanza Luvina Margarita cumple con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándola en PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese al demandado Jaime Román Cando Jadán, en la dirección señalada en la petición de fojas 76, remítanse las copias pertinentes a la Oficina de Citaciones y háganse las gestiones para la ejecución de ésta disposición. Así también en cumplimiento de la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017, cítese a la parte accionada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Citados todos los accionados de conformidad con el inc. 2° del Art. 291 Código Orgánico General de Procesos en el término de TREINTA DÍAS contestarán a la demanda, contestación a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte accionante. Inscríbase la demanda previo a la citación conforme a lo establecido en el inciso 5° del Art. 146 del COGEP, por secretaría se entregará la documentación. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, en sus despachos por intermedio de la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial, los correos electrónicos, así como la autorización que confiere.- Hágase saber.- F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA. - Juicio No. 01333-2021-09534 Vistos: Una vez cumplido con lo ordenado, aceptando el juramento que ha sido rendida por la parte accionante, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General del Procesos, cítese al señor JAIME ROMAN CANDO JADAN, mediante tres publicaciones por la prensa. La señora actuaria del despacho proceda a entregar el extracto respectivo para su cumplimiento. Hágase saber. F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. A la parte accionada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 12 de julio del 2022.
A la parte demanda se le previene de la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Cuenca, 01 de julio del 2022 Dra.. Carolina Orellana Albarracín SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL “P” DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
Ab. Esperanza Campoverde Andrade. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL JUICIO No. 01333-2021-08295 A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE BLANCA DE JESUS PAZMIÑO PAREDES, le hago saber que en la Unidad Judicial Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Gabriela Álvarez Cornejo, jueza, se ha propuesto una demanda, NATURALEZA: Ordinario Prescripción Adquisitiva de Dominio Cuantía: $ 69947.70 USD JUICIO NO. 01333-2021-08295 SEGUIDO POR: MARCATOMA MARCATOMA SEGUNDO TOMAS EN CONTRA DE: LUIS OSCAR LAZO PAZMIÑO ROMAN PATRICIO LAZO PAZMIÑO JOHANA VERONICA LAZO PAZMIÑO HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE BLANCA DE JESUS PAZMIÑO PAREDES SE HA DICTADO LA SIGUIENTE PROVIDENCIA: JUEZA PONENTE. MARIA GABRIELA ALVAREZ CORNEJO VISTOS: La demanda que presenta SEGUNDO TOMAS MARCATOMA MARCATOMA es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de LOS DEMANDADOS: Al señor LUIS ALFREDO LAZO TARQUI y a los herederos conocidos de BLANCA DE JESUS PAZMIÑO PAREDES, los señores JOHANA VERONICA LAZO PAZMIÑO, ROMAN PATRICIO LAZO PAZMIÑO Y LUIS OSCAR LAZO PAZMIÑO medianta comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Nulti. A JUAN JOSE LAZO PAZMIÑO, se lo citará mediante carteles en el consulado en New Jersey. A los herederos desconocidos de Blana de Jesús Pazmiño Paredes mediante publicaciones por la prensa. Para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Cuéntese con el señor Alcalde Pedro Palacios y el señor Síndico Municipal Doctor José Antonio Saud Sacoto o a la doctora Cristina León Carvajal procurador subrogante en su lugar de trabajo mediante la oficina de citaciones Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad previo a realizar la citación a los accionados, conforme el artículo 146 del COGEP. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. Y providencia: JUEZA PONENTE: Dra. Rosa Morocho Proceso: 01333-2021-08295 Avoco conocimiento de la presente causa al encontrarme legalmente encargada de este Juzgado Civil. Agréguese a los autos el escrito presentado, confiérase el extracto para la publicación por carteles a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, dejando copia certificada en autos desglósese el comprobante de pago y entregase a la Ab. Sandra Lucero. Hágase saber, y providencia: JUEZA PONENTE: Dra. Gabriela Álvarez Cornejo Proceso: 01333-2021-08295 VISTOS: Téngase en cuenta que el nombre correcto del demandado es los herederos desconocidos de Blanca de Jesús Pazmiño Paredes y no como por un lapsus se hizo constar en el auto de calificación, agréguese esta providencia a la principal a que surte los efectos legales correspondientes, en lo demás estese a lo dispuesto. Hágase saber. f). Dra. Gabriela Álvarez Cornejo, jueza. A LA PERSONA CITADA LE PREVENGO QUE TIENE la obligación de señalar casilla judicial o correo electrónico para recibir notificaciones.º Cuenca, 31 de marzo de 2022 Dra. Cecilia Figueroa Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD CIVIL DE CUENCA
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CITACION JUDICIAL A: HUGO ELIECER ARMIJOS SIGCHO. Se le hace saber que en la Unidad Judicial De Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Doctor Wilson Solis Solis, ha correspondido la demanda y providencias en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO N°: 01204-2022-03148 ACCIONANTE: MÓNICA YADIRA YUPANGUI ORELLANA DEMANDADO: HUGO ELIECER ARMIJOS SIGCHO NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO POR CAUSAL CUANTÍA: INDETERMINADA Juicio No. 01204-2022-03148 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 17 de junio del 2022, a las 11h13. Juez Ponente.- Dr. Wilson Solís Solís. Vistos: Incorpórese a los autos el escrito presentado y cumplido con lo dispuesto en providencia anterior, se tiene que la demanda de DIVORCIO CAUSAL, que presenta la señora Mónica Yadira Yupangui Orellana en contra del señor Hugo Eliecer Armijos Sigcho, cumple con los requisitos de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se admite a trámite SUMARIO. Téngase presente lo narrando en la demanda y en especial la existencia de sus dos hijos uno mayor de edad, por lo que conforme a lo establecido en el artículo 146.3 del COGEP y atendiendo al principio del interés superior del niño, contenido en el Artículo 44 de la Constitución de la República, se fija provisionalmente la pensión alimenticia mensual de CIENTO VEINTE Y CINCO CON CINCUENTA ($125.50) DÓLARES de los E.E.U.U. de Norteamérica, para su hijo Luis Alberto Armijos Montaño, más los beneficios adicionales, que sufragará el demandado por mesadas anticipadas, durante los primeros cinco días, a partir de la presentación de la demanda, esto mediante depósitos en la tarjeta de pagos que se abrirá en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias de la Función Judicial (SUPA), en la cuenta de Ahorros que acompaña; se notificará a la señora Pagadora de esta Unidad, para que tome nota de lo dispuesto. Cítese a la parte demandada se dispone la citación al accionado, por la prensa conforme lo dispone el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es mediante tres publicaciones diferentes en cualquier diario de amplia circulación en esta Ciudad de Cuenca. previniendo a la accionada para que conteste la demanda dentro del término máximo de QUINCE DÍAS que establece el 333.3 del COGEP y acorde con lo señalado en los artículos 151, 152 y 169 Ibídem, bajo las prevenciones de rebeldía. Téngase presente el anuncio de prueba que viene haciendo la parte actora, la misma que se analizara en la Audiencia única respectiva. Se proveerá al adolescente de Curador Ad-litem, para lo cual concurrían en cualquier día y hora laborable a este despacho en horas de la mañana, a cumplir las formalidades de ley. En consideración la cuantía, los lugares señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida; incorpórese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- Notifíquese y cúmplase. F) DR. WILSON SOLIS SOLIS, JUEZ DE LA UNIDAD DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION DE SEÑALAR CORREO JUDICIAL Y CASILLA ELECTRONICA PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 17 de Junio del 2022. Abg. Lucia Medina Pacheco. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL “P” DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. P-13 (P)
A VISOS
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SERGIO LEOPOLDO ABAD GARNICA, se les hace saber que en la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Paute, a cargo del Sr. Juez Doctor Leonardo Fabián Verdugo Mendoza, correspondió la demanda y providencias recaídas, que en extracto, dice: Naturaleza: ORDINARIO Materia: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO Número: 01332-2022-00035 Actor: DIGNA PIEDAD PEREZ ASPIAZU Demandado: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SERGIO LEOPOLDO ABAD GARNICA Y OTROS Cuantía:$ 20.084,22 USD. “Juicio No. 01332-2022-00035 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. Paute, jueves 24 de febrero del 2022, a las 09h45. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de la parte accionante que ha sido presentado dentro del término de ley que tenía para hacerlo. En tal virtud.- La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio propuesta por Dr. Klever Guido Fereño Rocano en calidad de Procurador Judicial de la Sra. Digna Piedad Pérez Aspiazu, por cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y se la acepta a trámite en Procedimiento Ordinario.- Cítese a los demandados Washington Agustín Suarez Abad y Zoila Rebeca Suquinagua Barrera; a José Julio Abad Suarez y Zoila Margarita Rojas Rojas, en el domicilio señalado, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia Bulan, para cuyos efectos se remitirá despacho en legal y debida forma. Previo a citar por la prensa al señor Sergio Leopoldo Abad Suarez, la parte accionante de forma personal comparezca a la sala de audiencia No. 4 de esta Unidad Judicial, y rinda juramento sobre la imposibilidad de determinar EL DOMICILIO O RESIDENCIA del demandado, y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quién se pide citar por la prensa, como acudir a los registros de público acceso, conforme al Art. 56 del COGEP. 3.- De igual forma en base a la norma antes indicada, deberá adjuntar además la certificación de la autoridad rectora de Movilidad Humana que identifique si la persona que salió del país consta en el registro consular. Conforme lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Cuéntese con los representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Paute, Alcalde y Procurador Sindico Respectivamente, a quienes se les citará en sus lugares de trabajo mediante el señor citador de esta Unidad Judicial. De acuerdo a lo determinado en el inciso séptimo del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Paute. Antes de que se cite con la demanda se realizará la inscripción, que se comprobará con el certificado respectivo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta las direcciones electrónicas señaladas para notificaciones. Cítese y Notifíquese.-” F) DR. LEONARDO FABIAN VERDUGO MENDOZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PAUTE. OTRA PROVIDENCIA: “Juicio No. 01332-2022-00035 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY. Paute, jueves 30 de junio del 2022, a las 11h38. VISTOS.- Conforme el juramento rendido por la parte accionante, y con fundamento en el Art. 68.1 del COGEP, se dispone que de cite por la prensa a los herederos desconocidos del causante Sergio Leopoldo abad Garnica, que se realizará mediante publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 del COGEP, en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel provincial a fin de que comparezcan al proceso y contesten la demanda en el término de treinta días, secretaría libre el extracto que corresponda. Notifíquese y Cúmplase.-” F) DR. LEONARDO FABIAN VERDUGO MENDOZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PAUTE. PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES, LÍBRASE EL PRESENTE DESPACHO. PAUTE, 01 de julio de 2022. AB. RAUL ALBERTO SAETEROS MOLINA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PAUTE
Juicio No. 01333-2021-01756
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 22 de abril del 2022, a las 14h13.
DRA MIRIAM VAZQUEZ CORONEL
CITACION JUDICIAL
A PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA; se le citará por la prensa, conforme manda el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se les hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Miriam Vázquez Coronel, se ha presentado una demanda , cuyo extracto con la providencia recaída en ella , es al tenor siguiente:
Al Accionado CAGUA ANDRADE EDWIN DANIEL, Se Le Hace Saber Que En Esta Unidad Judicial Civil De Cuenca, A Cargo Del Dr. Juan Carlos Álvarez, Se Tramita El Juicio Ejecutivo por Cobro De Pagaré A La Orden, Seguido por Distribuidora De Motocicletas Motdis S.A. en Contra De Cagua Andrade Edwin Daniel, la Misma Que En Extracto Es Del Siguiente Tenor:
DEMANDADO: SANANGO GOMEZ DANIEL BOLIVAR Y GARCIA CUZCO ANA LUCIA CUANTIA: $ 6056.43
Tramite: Cobro De Pagaré A La Orden Actor: Distribuidora De Motocicletas Motdis S.A. Demandado Cagua Andrade Edwin Daniel Cuantía $6.467.67 Juicio No. 01333-2021-01756 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 16 de marzo del 2021, a las 08h20. JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del Cantón Cuenca, así como por el sorteo legal correspondiente.- Incorpórese al expediente el escrito y la documentación presentada por los Doctores Tania Elizabeth Ortega Marquez y Bolívar Javier González Coloma en su calidad de Procuradores Judiciales del ING. DIEGO PATRICIO BUENO LOZANO, Representante Legal de la DISTRIBUIDORA DE MOTOCICLETAS MOTDIS S.A., en cuenta su contenido.- En lo principal viene a mi conocimiento la Demanda Ejecutiva propuesta por la DISTRIBUIDORA DE MOTOCICLETAS MOTDIS S.A. en contra de en contra de CAGUANA ANDRADE EDWIN DANIEL como Deudor Principal una vez examinada y por considerar que la misma, cumple con los requisitos legales generales y especiales establecidos en los artículos 142, 143, 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y precisa, en consecuencia se la admite al trámite mediante el procedimiento EJECUTIVO que es el que corresponde.- Con el contenido de la Demanda y del presente auto calificación cítese al Accionado en el lugar y la forma solicitada en el acto de proposición, comisionándose la práctica de esta diligencia al Sr. Teniente Político de la parroquia Ricaurte; se le prevendrá a la Parte Demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. En aplicación de lo establecido en el Artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la Parte Accionada el término de QUINCE (15) DÍAS para que propongan alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.Atendiendo la prueba solicitada por el actor se dispone la práctica de las siguientes diligencias: PRIMERO: Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula el actor en su demanda.. Téngase en cuenta, la cuantía señalada y el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- NOTIFIQUESE.- OTRA PROVIDENCIA .-Juicio No. 01333-2021-01756 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 13 de abril del 2022, a las 11h04.JUEZ PONENTE: Juan Carlos Alvarez Pacheco-Incorpórese al expediente el escrito presentado por la Parte Accionante. Atento al estado de la causa se DISPONE: Citar con el contenido de la demanda y el respectivo auto calificación al Accionado CAGUA ANDRADE EDWIN DANIEL en la forma establecida en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, confiriéndose para este efecto los extractos respectivos, se le prevendrá a la Parte Accionada de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, de presentar la oposición a la acción interpuesta en su contra, para tal efecto en base a lo señalado en el artículo 351 ibídem se le concede el termino de QUINCE (15) DÍAS observándose además lo establecido en el Art. 56 (penúltimo inciso) del mismo Código Orgánico General de Procesos establecen. NOTIFIQUESE. PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, A LA DEMANDADA SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE CUENCA. SARMIENTO MENDIA FANNY EULALIA Secretaria
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MEJÍA ZHISHPON NÉSTOR FERNANDO. $34005,43
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REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA JUICIO N° 01204-2022-03249
Se le hace saber que en la Unidad Judicial De Lo Civil De Cuenca, a cargo del: Dr. Juan Santiago Vintimilla Suarez, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
CUANTIA:
Abg. Sofía Arias García SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
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FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY
CITACIÓN
ACTOR:
PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-10015 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 30 de junio del 2022, a las 13h07. Juez/a: Miriam Cristina Vázquez Coronel VISTOS: Conozco de la presente causa por el sorteo de ley y en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Cuenca. En lo principal: 1.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: La demanda presentada por la Ing. MIRIAMYOCONDA DURAN YUNGA, en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPAC AUSTRO Ltda.; en contra del señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara y precisa, se admite a trámite en procedimiento CONCURSAL NECESARIO, con fundamento en lo previsto en los artículos 422 y 424 del Código Orgánico General de Procesos. FALTA DE CUMPLIMIENTO AL MANDAMIENTO DE PAGO: De las copias certificadas aparejadas a la demanda, se desprende y pone en conocimiento de este juzgador que el accionado señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, no ha cumplido con lo dispuesto en el mandamiento de ejecución dictado dentro del Proceso seguido en su contra. a. 2.- FORMACIÓN DE CONCURSO DE ACREEDORES: Por lo expuesto y de conformidad al Art. 416 del Código Orgánico General de Proceso, se presume la insolvencia del señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA; consecuentemente se declara haber lugar al concurso de acreedores en su contra. Por lo que se dispone: CITACIÓN. - Acorde con lo previsto en los Arts. 423 y 424 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la señor/aa PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA; se le citará por la prensa conforme lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca. Conforme lo dispuesto en el Código Orgánico Administrativo en vigencia, la citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. a. 2.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: Se dispone que el deudor PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, presente ante esta Autoridad los siguientes documentos: 2.1.1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos. 2.1.2. Un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuenta, si los tiene. 2.1.3. Los títulos de créditos activos. 2.1.4. Una memoria sobre las causas de su presentación. 179965519-DFE 2.2.- Se declara la interdicción del señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, para lo cual se inscribirá en el Registro de Propiedad y Mercantil del Cantón Cuenca así como en la Superintendencia de Compañías; y finalmente se oficiará al departamento de Migración con la finalidad de que se haga conocer que el accionado queda prohibido de ausentarse del país. 2.3.- Previo a disponer el embargo de los bienes muebles e inmuebles el actor justifique conforme a las reglas de este Código sobre la propiedad de los bienes del señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA. 2.4.- Se Ordena que ésta declaratoria de insolvencia y/o quiebra sea anotada en los Registros Virtuales del Consejo de la Judicatura; y, la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declarará la insolvencia o quiebra de la o del deudor. 2.5.- Se dispone la acumulación de los pleitos que se sigan en contra del señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, por obligación pendientes; para tal efecto ofíciese a la Coordinación de la Unidad Judicial de lo Civil, Mercantil e Inquilinato con sede en el cantón Cuenca, a fin que se ponga a conocimiento de los jueces de esta declaratoria y remitan los procesos por obligaciones seguidos en contra del fallido. 2.6.- Notifíquese con el contenido de esta Declaratoria a la Fiscalía General del Estado con sede en el cantón Cuenca, con el objeto que realice las respectiva investigaciones con relación al estado de insolvencia del señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA; y, de encontrarse que esta ha sido fraudulenta se dé inicio al enjuiciamiento penal respectivo. 3.- DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN.- De conformidad al primer inciso del numeral 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, se declara al señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, en INTERDICCIÓN de Administrar sus Bienes. 4.- OPOSICIÓN AL CONCURSO NECESARIO: Previo al cumplimiento de lo ordenado anteriormente y de acuerdo al Art. 426 del COGEP, el señor/a PEREZ VINTIMILLA JANETH MARITZA, dentro del término de DIEZ DÍAS comparezca dentro de la presente causa en la cual se podrá OPONER al Concurso Necesario, pagando la deuda, término que comenzara a transcurrir a partir de la última citación que se le haga al fallido, en aplicación de las garantías básicas del debido proceso previstas en el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, así como las garantías previstas en el Art. 8 del “Pacto de San José” de Costa Rica.- 5.- AUTORIZACIÓN Y DOMICILIO LEGAL.- Agréguese a los autos los documentos aparejados al presente proceso, los domicilios legales señalados, así como la autorización conferida. 6.- FIRMA: Acorde a lo dispuesto en los Arts. 13 y 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos; imprimase con la constancia de firma electrónica. NOTIFÍQUESE. - VAZQUEZ CORONEL MIRIAM CRISTINA JUEZA(PONENTE A la persona citada se le previene la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones Cuenca, 4 de julio del 2022
Cuenca 22 de abril del 2022
A: JULIA ROSALVA RIVAS ASTUDILLO con C.C. 0101657187.
ORDINARIO
MATERIA CONCURSO DE ACREEDORES ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPAC AUSTRO LTDA
JUEZ PONENTE: DR. JUAN SANTIAGO VINTIMILLA SUAREZ
01333-2021-00221
NATURALEZA: CONCURSAL
Naturaleza: Ejecutivo
REPUBLICA DEL ECUADOR
ACCIÓN:
Juicio nro. 01333-2021-10015
Juicio: Nº . 01333-2021-01756
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
JUICIO No.
9A
CITACIÓN A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE EDDY BERNARDO CASTRO MATUTE Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Señor Juez Doctor Esteban Vélez Pesantez, correspondió la demanda y providencia recaída que en extracto dice: NATURALEZA: ORDINARIO
PROVIDENCIA 20 DE ENERO DEL 2021
MATERIA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO
Vistos. Se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Avoco conocimiento de esta causa en legal y debida forma, por el sorteo de ley, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca. 2.- La demanda que antecede presentada por NÉSTOR FERNANDO MEJÍA ZHISPÓN, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 3.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca, de conformidad con el inciso séptimo del Art. 146 del COGEP, debiendo para el efecto por secretaría entregarse los documentos necesarios y la parte actora cumplir con aquello antes de la citación, para lo que se emitirá las fotocopias respectivas. 4.- Se ordena la citación de los demandados de la siguiente manera: - A VÍCTOR MANUEL PICÓN VIZHÑAY y JULIA ROSALVA RIVAS ASTUDILLO, en el lugar señalado, mediante comisión al Señor Teniente Político de la Parroquia San Joaquín del Cantón Cuenca, Provincia del Azuay, para lo cual, se adjuntará la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial. - A GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, en las personas de sus representantes legales, el Ing. Pedro Renán Palacios Ullauri, Alcalde del Cantón Cuenca y al Dr. José Antonio Saud Sacoto, Procurador Síndico Municipal, cíteseles en sus despachos a través de la Oficina de Citaciones; para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. 5.- Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el Art. 151 del mismo cuerpo normativo. 6.-. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. 7.- Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados, así como la autorización conferida. Notifíquese. PROVIDENCIA 24 DE ENERO DEL 2022 Se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Cumplido con lo dispuesto en providencia inmediata anterior y por cuanto la parte accionante, ha manifestado bajo juramento desconocer el lugar de citación de la demandada JULIA ROSALVA RIVAS ASTUDILLO, C.C. 0101657187 y que esta es imposible determinarla, se dispone citarle, de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, de la siguiente manera: Mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar, es decir, de este Cantón Cuenca. Mediante la “Fijación de Carteles”, en sede del Consulado Ecuatoriano en New York de los Estados Unidos de América, para lo que se remitirá el extracto correspondiente de la demanda y la providencia de calificación a la Coordinadora Zonal 6 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para que en cumplimiento de las atribuciones del acuerdo Ministerial No. 00085, se cumplan las diligencias pertinentes para que se proceda a la citación al demandado, bajo prevenciones que de no comparecer se procederá en rebeldía.
ACTOR: LITUMA IZQUIERDO LUPE MIREYA DE LOURDES DEMANDADO: HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDDY BERNARDO CASTRO MATUTE Y OTROS VISTOS: COMPETENCIA: Dr. Esteban Velez Pesantez, en mi calidad de Juez D de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, por el sorteo de ley, conforme a la Acción de Personal N° 1998-UTHA-AFF-2021, suscrita por el Señor Director Provincial del Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa. En cuenta la comparecencia de la parte actora a realizar el juramento correspondiente en razón del desconocimiento de herederos de quien se pretende la declaratoria de Unión de Hecho. La Actora Lupe Mireya de Lourdes Lituma Izquierdo, en ejercicio de su derecho al acceso a la Justicia y establecido en el Art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Art. 75 Constitucional y propone demanda de la declaración de Unión de Hecho Post morten en contra de Eddy Bernardo Castro Matute, cuyos herederos conocidos sus hijos Marlon Bernardo Castro Lituma y Juan Carlos Castro Lituma. FUNDAMENTO DE DERECHO: en lo establecido en los Arts. 142.7, 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 222 del Código Civil. ANUNCIO DE LA PRUEBA: documental: certificado de identidad y estado civil parte actora, certificado de defunción y certificado de nacimiento; partidas de nacimiento y copias de cedulas de los hijos, fotos y Testimonial: dos testigos nominados, a quienes se les notificará antes de la diligencia de audiencia para su comparecencia. ADMISIÓN A TRÁMITE: Se admite al trámite correspondiente establecido en el Art. 289 del Cogep esto es procedimiento ORDINARIO. El mismo que se realizará a través de los principios de inmediación, concentración y dispositivo establecido en el Art. 168 Constitucional. CITACION: En conformidad a lo establecido en el Art. 53 del Cogep y siguientes cítese a la parte demandada Marlon Bernardo Castro Lituma y Juan Carlos Castro Lituma, a través de la oficina de citaciones, envíese copia de la demanda y este auto interlocutorio para que en el término correspondiente contesten la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep; En conformidad al Art. 58 Cogep, cítese A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS: se los citará por la prensa para lo cual la actuaria entregará un extracto para la publicación en un medio de comunicación de esta ciudad. AL PUBLICO EN GENERAL: a través de una sola publicación por un medio de comunicación para que en el término correspondiente contesten la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep, luego de aquello se convocará a la diligencia de Audiencia Preliminar. DISPOSICIONES GENERALES: En cuenta la cuantía, el trámite Ordinario que se dará al presente, la documentación presentada, la autorización que otorga a su defensa técnica, así como la casilla judicial y correo electrónico de su defensa. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda.- NOTIFIQUESE, CITESE.- CUMPLASE.A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico de un Abogado para futuras notificaciones.
2.- Confiérase el extracto y el oficio respectivo. Notifíquese.
Dra. Jenny Juca Guzhñay SECRETARIA
Cuenca, 26 de enero del 2022 ABG. MALENE POLO HERNÁNDEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
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REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA JUICIO N° 01204-2022-03158 CITACIÓN
REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA JUICIO N° 01204-2022-03173 CITACIÓN
A: MACAS MORENO JOSE LUIS
A: NANCY YOLANDA MENDIA SANMARTIN Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Señor Juez Doctor Esteban Vélez Pesantez, correspondió la demanda y providencia recaída que en extracto dice:
NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO ACTOR: SINCHI CHAPA MAYRA INES DEMANDADO: MACAS MORENO JOSE LUIS
NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO ACTOR: DIEGO FERNANDO VILLA LEÓN DEMANDADO: NANCY YOLANDA MENDIA SANMARTIN VISTOS: Dr. Esteban Vélez Pesantez, Juez D de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, conforme acción de personal Nº 1998-2021-UTHA-AFF, suscrita por el Señor Director Provincial del Consejo de la Judicatura del Azuay, avoco conocimiento de la presente causa. Una vez que se ha cumplido con lo dispuesto en providencia anterior. Por clara y completa se acepta en PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de Divorcio Causal presentada por el Abg. Christian Marcelo Arias Chumbi, procurador judicial del actor Diego Fernando Villa León en contra de Nancy Yolanda Mendía Sanmartín. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda, en cuenta los fundamentos de hecho y de derecho, lo manifestado respecto que dentro del matrimonio no han procreado hijos, no han adquirido bienes de ninguna clase, el anuncio de medios de prueba que consiste en prueba testimonial, y prueba documental; la cuantía téngase por indeterminada, y, la procuración judicial concedida al profesional del derecho, la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones. CÍTESE a la demandada bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de Quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran Únicamente la intervención de esta judicatura, diligencia que se cumplirá a través de uno de los periódicos de amplia circulación de la localidad por cuanto el procurador judicial del actor ha protestado bajo juramento que le es imposible determinar el domicilio, residencia de la demandada, del certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana que obra de fojas 6 no consta con registro consular. Confiérase el extracto. Se recuerda a las partes procesales como a los profesionales del derecho su obligación de comparecer audiencia bajo prevenciones de ley; y, los sujetos procesales deberán informar a este juzgador si necesitan de un traductor o intérprete previo a la convocatoria de audiencia conforme lo dispuesto en el Art. 79 del COGEP.- Notifíquese.-
Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Señor Juez Doctor Esteban Vélez Pesantez, correspondió la demanda y providencia recaída que en extracto dice:
VISTOS: Dr. Esteban Vélez Pesantez, Juez D de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, conforme acción de personal Nº 1998-2021-UTHA-AFF, avoco conocimiento de la presente causa. Por clara y completa se acepta en PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de Divorcio Causal presentada por el Dr. Orlando Bolívar Alvarracin Sinchi, Procurador Judicial de Mayra Inés Sinchi Chapa, conforme poder especial Nº 00077700319 que testimonia, en contra de José Luis Macas Moreno, por consiguiente se dispone: UNO.- A la niña Alisson Dennis Macas Sinchi, provéasele de curador ad-litem oyendo en audiencia a dos familiares o en su defecto a dos personas honorables del lugar, del lugar el día 22 de Junio del 2022 desde las 14H15 a 15H00. DOS.- CÍTESE al demandado conforme el Art. 56 del COGEP mediante tres publicación en la prensa; bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de Quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran Únicamente la intervención de esta judicatura, diligencia que se cumplirá a través de uno de los periódicos de amplia circulación de la localidad por cuanto la parte actora ha protestado bajo juramento que le es imposible determinar el domicilio, residencia del demandado, del certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana que obra de autos no consta con registro consular. Confiérase el extracto. TRES.- De acuerdo con el Art. 146 inciso tercero del COGEP se fija la pensión alimenticia que debe pasar el padre de la beneficiaria en la cantidad de Ciento Veinte y Seis Dólares Mensuales para la prenombrada hija de matrimonio que cancelará el progenitor desde la fecha de presentación de la demanda, en forma mensual y con los adicionales de ley, lo hará en la cuenta de ahorros que debe abrir la madre y presentarla en el término de cinco días a partir de su citación, por consiguiente procédase por parte de PAGADURIA a la creación del código de la tarjeta en el sistema SUPA. CUATRO.- Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora, siendo una de ellas la declaración de los testigos que anuncia a quienes se les notificara en el domicilio señalado y rendirán testimonio sobre lo expuesto por la accionante. Comparezca el demandado a la audiencia con el fin de que rinda la declaración de parte; en cuenta la prueba documental que describe. CINCO.- En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por el procurador judicial para recibir notificaciones. NOTIFÍQUESE. A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico de un Abogado para futuras notificaciones. Ab. Francia Ortega López SECRETARIA ENCARGADA 38647-13 (P)
A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico de un Abogado para futuras notificaciones. Ab. Francia Ortega López SECRETARIA ENCARGADA
38646-13 (P)
10A
A VISOS
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JURISDICCIONAL UNIDAD JUICIAL MULTICOMPETENTE DE MORONA SANTIAGO, CON SEDE EN EL CANTÓN SANTIAGO CITACIÓN
JUDICIAL
A: Quituisaca Torres Fabián Orlando, Uyaguari Pesantez Jose Alejandro y Cali Bravo Juliana Madelen, se le hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente de Morona Santiago, con sede en el cantón Santiago, se ha presentado una demanda en su contra, la misma que en extracto junto con el auto inicial, es del tenor siguiente: Defensor: Abg. Sergio Cando Shevchukova Juicio No. 14254-2020-00204 Actor: Cooperativa de Ahorro Y crédito Juventud Ecuatoriana Progresista Ltda. Demandado: Quituisaca Torres Fabián Orlando, Uyaguari Pesantez Jose Alejandro y Cali Bravo Juliana Madelen Trámite: ejecutivo Asunto: cobro de pagaré a la orden Cuantía: 27,898.47$ (veintisiete mil ochocientos noventa y ocho dólares de los Estados Unidos de Norte América con 47/100) Juez: Dr. Fausto Oliverio Cárdenas Díaz Judicatura: Unidad Judicial Multicompetente de Morona Santiago, con sede en el cantón Santiago. UNIDAD JUDICIAL MULTICOPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SANTIAGO DE MENDEZ Santiago, viernes 3 de junio del 2022, las 12h23, VISTOS: Cumplido que ha sido lo dispuesto en decreto que antecede, digo: la demanda por Cobro de PAGARÉ A LA ORDEN presentada por el abogado EDDY DAMIAN RON LEDESMA en calidad de Procurador General del Economista Juan Floresmilo Alvear Espejo, Gerente y Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA” LTDA (parte actora) en contra de QUITUISACA TORRES FABIAN ORLANDO, UYAGUARI PESANTEZ JOSE ALEJANDRO y CALI BRAVO JULIANA MADELEN (parte demandada) que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un Pagaré a la Orden número 066200441641, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Artículos 347 y 348 del mismo Código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Se ordena la CITACIÓN a QUITUISACA TORRES FABIAN ORLANDO, UYAGUARI PESANTEZ JOSE ALEJANDRO y CALI BRAVO JULIANA MADELEN, conforme le artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; esto es, mediante publicaciones en tres fechas distintas en uno delos diarios escritos de la ciudad de Cuenca; para lo cual, confiérase el extracto necesario. Se pone a disposición los documentos y pruebas adjuntos. Cúmplase.- En aplicación de los Artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del Artículo 353 Ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- En cuenta la cuantía, la casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones y la autorización que confiere al señor Abogado (a) Defensor (a) que suscribe conjuntamente la demanda. Actúe el señor Secretario de esta Judicatura. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.Particular que pongo en conocimiento del demandado y del público en general, a efectos de que señale domicilio judicial o electrónico en esta judicatura, para futuras notificaciones. Méndez, 06 de junio del 2022 Dr. LUIS ENRIQUE SANTIN CAMPOVEDE SECRETARIO
#22672
Juicio No. 01204-2022-03501 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 8 de julio del 2022, a las 16h57.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA AVISO JUDICIAL A: PUBLICO EN GENERAL
Cuenca, miércoles 13 de abril del 2022, a las 13h23
Le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la DR. WILSON SOLIS SOLIS, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dicen: JUICIO N°: 01204202202741 NATURALEZA: VOLUNTARIO MATERIA: INVENTARIO DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CUANTIA: INDETERMINADA “Juicio No. 01204-2022-02741 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 20 de mayo del 2022, a las 10h00. VISTOS: En atención al sorteo practicado, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en Cuenca. En lo principal, la demanda presentada por el señor LIMA LOJANO MANUEL EFRAIN , para Formación de Inventario de bienes Sociales, es clara y completa conforme a los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se acepta a TRÁMITE VOLUNTARIO conforme los artículos 334.4 y 341Ibídem; en consecuencia, cítese a la demandada SRA. ORTEGA CHIMBO MARIA CARMELINA en el lugar señalado en el libelo de demanda mediante Comisión al Sr. Teniente Político de Turi. Publíquese la presente declaratoria por medio de la prensa; se concederá el Extracto correspondiente. Citada la parte demandada conforme a ley y trascurridos los términos legales, se designará mediante sorteo legal al perito, para que realice la formación del Inventario y avalúo de los bienes, quien cumplirá lo dispuesto en el Art. 342 y Art. 345 del COGEP y se procederá a convocar a las partes a la AUDIENCIA. Se hará conocer a los demandados que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 ibídem podrán oponerse al inventario, hasta antes de la audiencia dentro del término judicial que se otorgará, misma que cumplirá los requisitos de la contestación que deberá ser fundamentada, anunciarán y acompañarán las pruebas que pretendan hacer valer a su favor y se procederá conforme a ley. Por fijada la cuantía, adjúntese al proceso la documentación y téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorio, que serán analizados en el momento procesal oportuno. En cuenta la autorización concedida y los lugares señalados para recibir notificaciones. - Notifíquese y cúmplase.”.- F) SOLIS SOLIS WILSON SEGUNDO. ABG. GABRIELA VERÓNICA LEGUIZAMON RODAS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.
#22691
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR AGUSTIN VERA CARMONA.
A: MARIA CRISTINA ORELLANA IDROVO, se les hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra. Iliana Vallejo Cabrera, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2022-05009
MATERIA: DIVORCIO CAUSAL ACTOR: ROMEL HERMEL TOLEDO OCHOA DEMANDADO: MARIA CRISTINA ORELLANA IDROVO VISTOS: En cuenta el juramento rendido. Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 4 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos, la demanda de DIVORCIO CAUSAL presentada por ROMEL HERMEL TOLEDO OCHOA en contra de MARIA CRISTINA ORELLANA IDROVO: UNO) CÍTESE a la parte demandada mediante tres publicaciones por la prensa, en uno de los medios de mayor circulación de la localidad, previniéndole al accionado de que en caso de no comparecer se seguirá en su rebeldía el proceso, esto ante el juramento rendido por el actor y por cuanto no tiene registro consular alguno. DOS) La parte demandada tiene el término de QUINCE días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Arts. 151 y 152 ibídem, anunciará y detallará las pruebas que PRODUCIRÁ en la audiencia respectiva. TRES) Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora para su admisibilidad en el momento procesal oportuno, de orden documental y testimonial como la declaración de parte, la declaración de las personas nominadas en su demanda a las mimas que se les notificará conforme dispone el artículo 191 del Código Orgánico General de Procesos. CUATRO) Será necesario la designación de curador/a ad-litem para la niña BRITHANY SAMANTHA TOLEDO IDROVO, lo que se cumplirá OCHO DIAS luego de la citación a la parte demandada, en el horario de 14h00 a 16h00 debiendo comparecer dos personas conocidas o a falta de ellas honorables del lugar para que insinúen al curador ad-litem y la persona insinuada para que tome posesión de su cargo en el mismo acto, esta juzgadora garantizará también el ejercicio pleno de todos sus derechos conforme a la Constitución, Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y Código de la Niñez y Adolescencia. CINCO) La parte actora comunicará a sus testigos nominado con la fecha de la audiencia que se fijará en su momento. SEIS) El derecho de pensiones alimenticias se encuentra vigilado en el proceso 01204201900319 lo que se considerará oportunamente. Se tiene en cuenta la casilla judicial correo electrónicos y autorización que confiere a sus defensores. NOTIFÍQUESE..-.F) DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA JUEZA DE SUSTANCIACIÓN. A la parte demandada se le previene de su obligación de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para recibir futuras notificaciones. Cuenca, 08 de julio de 2022. GONZALEZ MEDINA LILIANA SECRETARIA
ACCION: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO ACTOR: PEDRO GERZON DURAN ASTUDILLO. DEMANDADOS: BERTHA BEATRIZ, SILVIO VICENTE, OLGA GUILLERMINA, GALO AGUSTIN, LOURDES MERCEDES, HILDA LUCIA, IRENE DE JESUS, MARTHA ROSARIO VERA CARMONA, y MARIA ROSARIO CARMONA PESANTES y OTROS. CUANTIA: $ 70.351,33 PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2022-05009 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 13 de abril del 2022, a las 08h55. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Cumplido que ha sido la diligencia dispuesta, y por cuanto, la demanda presentada por PEDRO GERZON DURAN ASTUDILLO, es clara, completa y reúne los requisitos generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se le admite al Procedimiento Ordinario. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el inciso quinto del artículo 146 Ibídem, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca, para cuyo efecto notifíquese en legal y debida forma; Cumplido cítese a los accionados de la siguiente Forma: BERTHA BEATRIZ, SILVIO VICENTE, OLGA GUILLERMINA, GALO AGUSTIN, LOURDES MERCEDES, HILDA LUCIA, IRENE DE JESUS, MARTHA ROSARIO VERA CARMONA, y MARIA ROSARIO CARMONA PESANTES, mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Baños, envíese despacho en forma para el efecto; a los herederos presuntos y desconocidos del señor AGUSTIN VERA CARMONA, por la prensa en la forma determinada por el Art. 58 en relación con el Art. 56 del COGEP, confiérase el extracto respectivo. Al señor Alcalde del Cantón Ing. Pedro Palacios Ullauri, al Procurador Síndico del GAD cantonal, Dr. Lizandro Martínez Andrade en sus despachos a través de la oficina de citaciones una que vez que loa demandados hayan sido citados, en el término Ley, contestarán la demanda y acompañarán las pruebas de las que se crean asistidos, según lo dispuesto por el COGEP, para lo cual se les concede el término de treinta días. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan y téngase presente el anuncio de los medios probatorios realizados por la accionante. En cuenta la autorización que confiere la parte actora a su abogado patrocinador, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Notifíquese y Cúmplase. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 10 de mayo del 2022, a las 14h53. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade Confiérase el extracto que se solicita por parte del accionante. – En cuenta los lugares señalados para notificaciones. Hágase saber F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, mayo 10 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
# 22690
UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,
CITACION JUDICIAL
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: DIVORCIO POR CAUSAL ACTORA: JENNY SOLEDAD CAMPOVERDE PESANTEZ CUANTIA: INDETERMINADA Juicio No. 01204-2020-03727 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 11 de noviembre del 2020, a las 14h02. 01204202003727 VISTOS: María del Carmen Vega Aguilar, Juez de la Unidad de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca , en ejercicio de la jurisdicción en mi radicada conforme la ley de la materia y previo sorteo, CONOZCO EL CONTENIDO DE LA DEMANDA DE DIVORCIO CAUSAL PRESENTADA A TRÁMITE POR LA CIUDADANA JENNY SOLEDAD CAMPOVERDE PESANTEZ, misma que al reunir los requisitos contenidos en el artículo 142 del CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, se acepta a trámite DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO SUMARIO QUE CORRESPONDE, disponiendo se proceda a CITAR AL DEMANDADO CIUDADANO JUAN DIEGO PINTADO LOJA EN LA DIRECCIÓN ESTABLECIDA AL EFECTO MEDIANTE EXHORTO A DILIGENCIARSE A TRAVÉS DE UNO DE LOS SEÑORES AGENTES CONSULARES CON JURISDICCIÓN EN LA CIUDAD DE NUEVA YORK DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a través del formulario a DISPOSICIÓN EN LA PÁGINA WEB DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA.- La diligencia de CITACIÓN, se efectuará poniendo en conocimiento DEL DEMANDADO que deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de QUINCE DÍAS contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. Conforme el contenido del Art. 146 inc. Tercero, del COGEP, se fija en la suma de CIENTO SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA , la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar EL DEMANDADO para SUS HIJOS RAFAEL FRANCISCO Y EMILIA MELISSA PINTADO CAMPOVERDE VALOR QUE SE CANCELARÁ por mesualidades anticipadas más las pensiones adicionales de ley dentro de los cinco primeros días de cada mes a PARTIR DEL MIÉRCOLES 14 DE OCTUBRE DE 2020 fecha de presentación de la demanda EN LA CUENTA DE AHORROS que HA CONSIGNADO LA ACCIONANTE .Póngase en conocimiento del DEPARTAMENTO DE PAGADURÍA de esta UNIDAD JUDICIAL el contenido del presente auto con fines legales consiguientes.- DESIGNACIÓN DE CURADOR AD- LITEM.- la designación de curador para LOS PRENOMBRADOS NIÑOS ESTARÁ a cargo de al menos dos parientes o personas honorables de la localidad quienes constituídos en AUDIENCIA A DESARROLLARSE EL DÍA VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020 A LAS 14H40 designarán a la persona idónea para el cargo quien será nombrada y de igual modo se posesionará en el mismo acto.- INFÓRMESE a ésta judicatura si la compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: 1.- En conocimiento el contenido de la documentación adjunta 2.- la DECLARACIÓN DE PARTE se receptará en la diligencia de AUDIENCIA DE JUICIO A LA QUE SE CONVOCARÁ en forma oportuna DEBIENDO comparecer la parte demandada en forma personal portando la cédula de identidad. 3.- NOTIFIQUESE a los testigos solicitados por la parte actora en la dirección indicada, debiendo la parte solicitante coordinar con la ACTUARIA DEL DESPACHO a fin de que se cumpla con la notificación en forma oportuna. Se le RECUERDA al accionante que de no comparecer a la audiencia se implicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. OTRA PROVIDENCIA Juicio No. 01204-202003727 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 5 de julio del 2022, a las 12h02. VISTOS.- SE TIENE EN CUENTA el contenido de la DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO rendida en el despacho correspondiente a esta judicatura y documentación incorporada en relación con lo que se consideran cumplidos los presupuestos del artículo Art. 56.2 inciso segundo, del Código Orgánico General de Procesos en relación a las sentencias de la Corte Constitucional 609-16 EP/20, 341-14 EL/20 y 1688-14-EP/20 que determino los estándares para que proceda la citación por la prensa, por ende se dispone LA CITACIÓN AL DEMANDADO JUAN DIEGO PINTADO LOJA a través de TRES PUBLICACIONES a efectuarse en uno de los diarios de mayor circulación de este cantón a cuyo efecto se entregará el correspondiente extracto considerando el contenido del auto de CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Y EL DE LA PRESENTE PROVIDENCIA, debiendo tenerse en cuenta que el accionado no tiene registro migratorio determinado.-NOTIFÍQUESE Cuenca, 6 de julio del 2022.
Atentamente Abg. Johanna Chavez Motoche Secretaria Encargada De La Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia De Cuenca
22681-14 (P)
CITACION JUDICIAL
Juicio No 01204-2020-03727 A: JUAN DIEGO PINTADO LOJA Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia De Cuenca, a cargo de la Dra. María del Carmen Vega Jueza de la Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia De Cuenca, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída en ellas al tenor siguiente:
A: ANA DEL ROCIO SALDAÑA URUCHIMA: Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. Luis Alberto Guerrero, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dicen: Materia:
DIVORCIO CAUSAL
Naturaleza:
SUMARIO
Actor:
FELIX HERNAN ORTEGA QUIZHPI
Demandado:
ANA DEL ROCIO SALDAÑA URUCHIMA
Cuantía:
indeterminada
Juicio No.-
01204-2022-03073
Cuenca, viernes 10 de Junio del 2022, a las 11h16 Vistos: Se ha cumplido con lo ordenado, por consiguiente, se dice: La demanda de DIVORCIO presentada por FELIX HERNAN ORTEGA QUIZHPI, en ontra de ANA DEL ROSIO SALDAÑA URUCHIMA, por reunir con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos- COGEP, se lo acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme el Art. 332 y siguientes ibídem, por lo tanto se dispone: UNO) Se procederá a citar a la demandada señora A DEL ROSIO SALDAÑA URUCHIMA mediante publicaciones de prensa en la forma determinada en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, considerándose que de autos consta la declaración de la parte accionante que indica la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de l dichos demandados y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esa forma; para el caso existe también la certificación de la Coordinación Zonal 6 Cuenca, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que se anota que no existe con un registro consultar sobre los mencionados ciudadanos, se le prevendrá de la obligación de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones y que de no hacerlo se procederá en rebeldía. DOS)La parte demandada tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem. TRES) Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación de medios de prueba, en relación a los mismos se dispondra lo que corresponda sobre su admision en audiencia unica. Los testigos serán notificados mediante boleta con tres días de anticipación, conforme el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, y advirtiéndose de su obligación de comparecer a la audiencia única que se señalará con oportunidad, previéndoles que en caso de no comparecer y no justificar su ausencia, serán conminados a comparecer con el apoyo de la Policía Nacional. Agréguese la partida de matrimonio. CUATRO) En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para recibir notificaciones, así como la autorización a los abogados defensores. CINCO) Se deja constancia que no existen hijos menores de edad procreados dentro de matrimonio, por lo tatno, nada que resolver. Notifíquese.f) Dr.. Luis Alberto Guerrero, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. A la parte citada se le advierte señalar casilla judicial y correo electrónico de un abogado para notificaciones futuras. Cuenca, 27 de Junio del 2022
#22669
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA
CITACION JUDICIAL
ACCIONANTE: LIMA LOJANO MANUEL EFRAIN
CITACION JUDICIAL
ACCION: SUMARIO
Juicio N01204-2022-01889 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON CUENCA
Ab. Ana Lucia Vásquez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
# 38644
A: FLORINDA LUCRECIA MERCHAN CEDILLO se le hace saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Teresa de Jesús Capón Placencia, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCIÓN: DIVORCIO CONTENCIOSO MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. PROCEDIMIENTO: SUMARIO. ACTOR: MIGUEL ANGEL QUITO PIZARRO, DEMANDADA: FLORINDA LUCRECIA MERCHAN CEDILLO. CUANTÍA: INDETERMINADA Juicio No. 01204-2022-01889 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 13 de abril del 2022, a las 11h25. VISTOS.-En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial “Q” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Cuenca. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de las competencias señaladas en el Artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por el sorteo de ley, se dispone: 1.- CALIFICACIÓN.- La demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO presentada por el Sr. MIGUEL ANGEL QUITO PIZARRO, es clara y reúne los requisitos generales y específicos determinados en la Ley, se la admite a trámite SUMARIO determinado en el numeral 4 del art 332 y siguientes del Código General de Procesos (en adelante COGEP). 2.- CITACIÓN.- De conformidad con los artículos 53 y 57 del COGEP; con la copia de la demanda y esta providencia, en virtud del juramento rendido por la parte accionante, cítese a FLORINDA LUCRECIA MERCHAN CEDILLO, en la dirección señalada en el libelo de demanda, mediante Exhorto, librado directamente al señor Cónsul del Ecuador en Chicago de los Estados Unidos de Norteamérica, a quien se le concede suficiente despacho, al tenor de lo que dispone el Art. 57 del Código Orgánico General de Procesos; en concordancia con el Art. 65 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior; y, Arts. 388 y 427 del Código de Derecho Internacional Privado Sánchez de Bustamante; y demás acordes con la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias y Protocolo Adicional, cuyo Art. 2 y 13 faculta a los Cónsules de los Estados Parte a la práctica de esta clase de diligencias.- previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el Art. 66 del COGEP. Se concede a la parte demandada el término de quince (15) días para que presente su contestación de conformidad con los Arts. 151 y 333. 3 del COGEP. La diligencia de audiencia única se señalará oportunamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 333.4 del COGEP. 3.- ANUNCIO DE PRUEBA.- En cuenta el anuncio de medios probatorios realizados en el libelo de demanda, misma que merecerá pronunciamiento en el momento procesal oportuno, dentro de la audiencia única, en atención al sistema oral, de acuerdo con el principio de contradicción; 4.- OTRAS DISPOSICIONES: 4.1.- Incorpórese al proceso la documentación adjunta a la demanda 4.2.- A la audiencia única que se señalará oportunamente el peticionario a su cargo deberá hacer comparecer: 1.- A los señores MARIA ELOISA MARQUINA SARMIENTO y LUIS WILFRIDO SIBRI GUAMAN, quienes portarán sus documentos de identidad y estarán asistidos por un/a defensor/a de su preferencia, para ello se los notificará en los domicilios judiciales señalados por el accionante; 4.3.- Se recuerda que el impulso del proceso corresponde a las partes procesales, según lo previsto en el artículo 5 del COGEP. 5.- NOTIFICACIÓN.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala la actora para recibir sus notificaciones. Actúe en calidad de secretaria Titular del despacho la Abg. María Augusta Orellana. Notifíquese y Cúmplase. – A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERÁ EN REBELDÍA. Dado y firmado en Cuenca, 13 de Abril de 2022. ORELLANA DURAN MARIA AUGUSTA SECRETARIA 38470-17 (P)
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE, PROVINCIA DEL AZUAY.
CITACIÓN JUDICIAL
A: herederos presuntos y desconocidos de MIGUEL ANGEL LUZ ALVEAR ORELLANA+, les hago saber que en La Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Paute, provincia del Azuay a cargo del Doctor Boris Molina Zhindón, Juez de la Unidad Judicial Civil, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dice: Naturaleza: ORDINARIO Materia: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO Numero: 01332-2021-00117 Actor: ILDA MARINA TAPIA ALVEAR Demandado: herederos presuntos y desconocidos de MIGUEL ANGEL LUZ ALVEAR ORELLANA+, y OTROS Cuantía: $. 10.425,72 “Juicio No. 01332-2021-00117. Paute, miércoles 16 de febrero del 2022, a las 09h22. VISTOS.- Dando cumplimiento a lo resuelto por la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, en resolución de fecha 24 de noviembre de 2021, se dispone lo siguiente: PRIMERO.La demanda ordinaria de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio presentada por ILDA MARINA TAPIA ALVEAR en contra de MIGUEL ANGEL LUZ ALVEAR ORELLANA+, heredero conocido: Mario Gilberto Alvear Garnica; herederos presuntos y desconocidos, es completa, clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Paute, conforme lo dispone el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por Secretaria emítase despacho al titular de la entidad registra. TERCERO.- Se ordena la citación de: Mario Gilberto Alvear Garnica, heredero conocido de MIGUEL ANGEL LUZ ALVEAR ORELLANA+, en la dirección proporcionada, su cumplimiento se comisiona al Teniente Político de la parroquia Bulan, del cantón Paute, provincia del Azuay, para el efecto por Secretaria de inmediato emítase despacho debido. Se dispone igualemnte la citación del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PAUTE, en la persona del Ing. ING RAUL DELGADO ORELLANA, Alcalde y del ABG. JORGE ADRIAN MENDEZ CONDO, Procurador Sindico, para lo cual remítase copia de esta demanda y este auto, al funcionario responsable de citaciones del Complejo Judicial del cantón Paute.- De conformidad a lo establecido en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial, se le recuerda a la parte accionante que “… Todo proceso judicial se promueve por iniciativa de parte legitimada…”, en razón de aquello dispongo que la parte Actora se apersone en la diligencia de citación para lo cual coordine con la Actuaria del despacho la obtención de las copias respectivas para que se practique inmediatamente lo dispuesto. Previo a disponer la citación a los herederos presuntos y desconocidos de MIGUEL ANGEL LUZ ALVEAR ORELLANA+, con sustento en lo que dispone el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, se dispone la comparecencia de la actora el día viernes, 18 de febrero de 2022, a las 09H30 en la Sala No. 04, del Complejo Judicial del cantón Paute, a rendir el juramento de ley respecto del desconocimiento del domicilio, residencia e individualidad, y que se han agotado las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar por la prensa: Herederos, presuntos y desconocidos del ciudadano MIGUEL ANGEL LUZ ALVEAR ORELLANA+. De conformidad al artículo 142.7 y 165 Ibídem, téngase en cuenta el anuncio de prueba que realiza la parte Actora y con notificación a la parte contraria, póngase en su conocimiento. Conforme lo dispone el artículo 53 del COGEP, se dispone la publicación de la presente demanda en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la función judicial. CUARTO.- Con sustento a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), una vez que se haya efectuado la citación, se concede el término de treinta días, para que la parte demandada conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Por considerada la cuantía que se indica. Agréguese al proceso la documentación que ha sido presentada.-NOTIFIQUESE y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01332-2021-00117. Paute, martes 17 de mayo del 2022, a las 14h55. VISTOS: En lo principal dentro del proceso, se dispone lo siguiente: 1.-Incorpórese a los autos el escrito que antecede y el despacho devuelto con la razón de inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Paute. 2.-Conforme consta en la diligencia de fecha 18 de febrero de 2022, la parte actora, ha dado cumplimiento al juramento ordenado, por lo cual por Secretaria confiérase el extracto correspondiente para que se practique la citación conforme lo dispuesto en auto de calificación de fecha 16 de febrero de 2022. La parte actora cumpla con la citación conforme se encuentra dispuesto en Auto de Calificación. Por secretaria entréguese los despachos correspondientes. -NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- ” f) DR. BORIS MOLINA ZHINDÓN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PAUTE.-” PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES LÍBRESE EL PRESENTE DESPACHO. Paute, 16 de junio de 2022. Atentamente, Dra. Andrea Vidal Solorzano Secretaria Unidad Judicial Civil – Paute P-13 (P
A VISOS
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIALJUICIO N°01333-2021-09554
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
A¸ SEGUNDO WILFRIDO MUÑOZ ZAMORA, Se les hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Cesar Palacios Vintimilla, se ha presentado una petición de copias certificadas con la providencia se trascribe en su integridad y es como sigue: Naturaleza: Civil/ Ejecutivo Materia: Dinero Actor: Cooperativa de Ahorro y Crédito JUVENTUD PROGRESISTA LTDA DEMANDADOS: SEGUNDO WILFRIDO MUÑOZ ZAMORA, Cuantía: 1.450.oo
ECUATORIANA
Cuenca, 27/06/2022 08:37 VISTOS: Cumplida que ha sido la providencia anterior con el juramento rendido, la demanda presentada por el Ab. CESAR CLODOMIRO VANEGAS FAJARDO, en su calidad de Procurador Judicial del Eco. FLORESMILO ALVEAR ESPEJO, Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito JUVENTUD ECUATORIANA PROGRESISTA LTDA., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en una línea de crédito para el uso de tarjeta de crédito, expedida por un contador público autorizado, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado SEGUNDO WILFRIDO MUÑOZ ZAMORA, con cédula No. 1712116266, en calidad de deudor principal, mediante la prensa, conforme el juramento rendido, por Secretaría conceda el extracto correspondiente, la parte brindará las facilidades. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos señalados y la autorización profesional. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Dr. C. Palacios V. A los demandados, se le previene la obligación que tiene de señalar casilla judicial para notificaciones posteriores. Cuenca, 29 de junio del 2022 F) Dr. Pablo Torres Borja Secretario Unidad Judicial Civil Cuenca.
22679-14 (P)
Juicio No. 01204-2020-03237 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 23 de abril del 2021, a las 15h55. AL PÚBLICO EN GENERAL Hago saber que en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Cuenca, a cargo del Dr. Boris Ortega Ormaza, correspondió conocer la demanda y dictar la sentencia respectiva, cuyos textos en extracto y en la parte pertinente dispone: Naturaleza: SUMARIO - Materia: INTERDICCIÓN - Actor: TANIA ELIZABETH ESPINOZA AVILA - Demandado: JULIO ELVIS ESPINOZA AVILA - Cuantía: INDETERMINADA. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE
UNIDAD CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A ROMEO OSWALDO SUBIA MOSQUERA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial Civil de Cuenca, a cargo de la Sra. Jueza Dra. María Esperanza Neira Orellana, ha correspondido la providencia que en extracto dicen: Juicio No. 01333-2019-08042 ACCIÓN: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN MATERIA: CIVIL ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPAC AUSTRO LTDA DEMANDADO: MARIA ESTHER MOROCHO ZUARES, WILSON LEONARDO QUIZHPI BACULIMA, ROMEO OSWALDO SUBIA MOSQUERA Cuenca, martes 10 de diciembre del 2019 a las 10h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por la Ing.Com. Miriam Yoconda Duran Yunga en calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopac Austro Ltda., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados MARIA ESTHER MOROCHO ZUARES, WILSON LEONARDO QUIZHPI BACULIMA, ROMEO OSWALDO SUBIA MOSQUERA a los que se les citará en los domicilios señalados, mediante la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Dr. Paul Serrano Arízaga/ Juez” OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, jueves 16 de junio del 2022, a las 11h37. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior y visto el contenido del acta del juramento rendido por la parte accionante que obra de fojas 61 de los autos, cítese al demandado ROMEO OSWALDO SUBIA MOSQUERA conforme al contenido del artículo 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones por la prensa, en días distintos, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, para el efecto a través de Secretaría concédase el extracto respectivo. Actúe la Abg. Lorena Arévalo Polo, en calidad de Secretaria Encargada, por licencia de la titular. NOTIFÍQUESE.- f) Dra. María Esperanza Neira Orellana/ Jueza” Se advierte a la parte citada la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones posteriores Cuenca, 21 de Junio del 2022. DRA. LORENA LOPEZ BARRETO. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
# 22696
EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 7 de abril del 2021, a las 07h03. VISTOS.- Una vez llevada a cabo la audiencia de juicio oral y pública dentro de la presente causa, resuelta en forma oral y notificadas las partes con la misma, esta jueza cumple con la obligación que establece el Artículo 76 numeral 7 literal L de la Constitución de la República del Ecuador, de conformidad con el artículo 90 del Código Orgánico General de Procesos y se emite por escrito la resolución en la forma siguiente……….RESUELVE: Aceptar la demanda y declarar al señor Julio Elvis Espinoza Ávila, portador de la cédula No. 0102652666, en interdicción provisional para administrar sus bienes. Conforme lo dispone el Art. 484.2 del Código Civil, se procede al nombramiento de su CURADORA INTERINA, en la persona de Tania Elizabeth Espinoza Ávila quien tomará posesión de su cargo luego de ejecutoriada esta resolución………- f) Dr. Boris Ortega Ormaza, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. Cuenca, 23 de abril de 2021 AB. JUAN PABLO ROBLES CASTRO SECRETARIO
#22688
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: BLANCA ESTHELA BARBECHO NAREA, ANA MARIA BARBECHO NAREA y EVA OLIMPIA BARBECHO NAREA cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo de la Abg. Patricia Ávila Campoverde, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que, en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: ACCIÓN: CIVIL - ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUICIO: Nº 01333-2020-03040 ACTOR: FELIX ANDRES ALVAREZ MORENO DEMANDADOS: ANGEL EUGENIO BARBECHO NAREA Y OTROS CUANTÍA: $ 19.764,17 Juicio No. 01333-2020-03040 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 1 de octubre del 2021, a las 09h16. De autos consta, que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto dentro de la presente causa. La demanda que antecede, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). A los demandados ANA MARIA BARBECHO NAREA, BLANCA ESTHELA BARBECHO NAREA, EVA OLIMPIA BARBECHO NAREA, se lo citara en la dirección constante en el escrito constante a fojas 98 de autos, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Ricaurte, el señor secretario del juzgado emitirá el despacho correspondiente. A los demandados señores ANGEL EUGENIO BARBECHO NAREA, AIDA MARIA BARBECHO NAREA, ADRIANA VERONICA BELTRAN BARBECHO, MARIA OLIMPIA BARBECHO NAREA, y a los herederos desconocidos de los causantes JUAN ISIDRO BARBECHO NAREA, LUIS MANUEL BARBECHO PINEDA, MARIA CECILIA NAREA SACTA, GLORIA CECILIA BARBECHO Y LUIS MANUEL BARBECHO NAREA, Y RESPECTO DE LOS HEREDEROS CONOCIDOS y se los citará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 y 58del Código Orgánico General de Procesos ( respectivamente), esto es en uno de los periódicos, de amplia circulación del cantón Cuenca, Provincia del Azuay, para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, librará el extracto correspondiente. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, Cítese al ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cuenca, a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, el señor secretario del juzgado realizará las gestiones pertinentes, para que se cumpla dicha citación. La parte actora, debe entregar al señor secretario las copias necesarias para la citación a través de la oficina de citaciones. Los demandados, deberán dar contestación a la demanda en el término de TREINTA días conforme lo establece el Art. 291, inciso segundo ibídem. Conforme lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, para lo cual se entregará por secretaría la documentación necesaria, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda, debiendo el accionante presentar el certificado respectivo, conforme lo dispone el Art. 146 inciso sexto de cuerpo legal antes mentado. En cuenta la cuantía y la prueba anunciada, la misma que será materia de pronunciamiento en la audiencia respectiva. En cuenta la autorización que realiza la parte actora a sus abogados defensores; así como la casilla judicial y correos electrónicos que señala para recibir notificaciones.-NOTIFÍQUESE. OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2020-03040 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 29 de junio del 2022, a las 16h15. En providencia inmediata anterior por un error de digitación, se ha indicado de manera errónea en primer a apellido de una de las demandadas; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 130 Numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida la misma siendo lo correcto: De autos, se desprende que la parte actora, ha dado cumplimiento a lo dispuesto dentro de la presente causa; por tanto, cítese a los demandados BLANCA ESTHELA BARBECHO NAREA, ANA MARIA BARBECHO NAREA y EVA OLIMPIA BARBECHO NAREA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, a través de uno de los periódicos, de amplia circulación del cantón Cuenca ( último domicilio), para cuyo efecto el señor secretario del Juzgado, librará el extracto correspondiente y entregado a la parte actora .-Notifíquese. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para notificaciones posteriores. Cuenca, 30 de junio de 2022 Dr. Agustín Pesántez Ochoa SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
#22674
JUZGADO DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL 2427-2022 A: LOS HEREDEROS PRSUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ARCESIO ALCIDES LITUMA URGILES, y a DIANA GUADALUPE LITUMA URGILES, se le hace saber que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Gabriela Navas Amoroso, se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: ACTOR: ROSA MARÍA SUIN PILLACELA, QUIEN COMPARECE POR SUS PROPIOS DERECHOS Y POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA AL SER REPRESENTANTE LEGAL DE SU HIJA MENOR DE EDAD IVETTH MERCEDES LITUMA SUIN DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ARCESIO ALCIDES LITUMA URGILES, y a DIANA GUADALUPE LITUMA URGILES, NANCI MARITZA LITUMA URGILES, ZHON FREDI LITUMA URGILES NATURALEZA: VOLUNTARIO ACCION: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS CUANTIA: INDETERMINADA Vistos. Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca y por el sorteo de ley. En lo principal: Por clara y completa se acepta a trámite voluntario previsto en los artículos 334, 335, 336 en relación con los artículos 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, la demanda de inventario de bienes propuesto por la señora Rosa María Suin Pillacela, quien comparece por sus propios derechos y por los derechos que representa al ser representante legal de su hija menor de edad Ivetth Mercedes Lituma Suin; declarándose en consecuencia abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el causante Arcesio Alcides Lituma Urgiles, misma que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, a fin de garantizar los derechos de las personas que tengan interés en ello o se presuma que puedan tenerlo conforme prevé el artículo 1245 del Código Civil. Procédase al inventario solemne y avaluó de los bienes del causante, en presencia de los interesados, conforme los artículos 341 y 342 y 343 del COGEP, luego de citados los demandados y herederos presuntos y desconocidos, se nombrará perito quien ejecutará su trabajo y se concederá termino para la presentación del informe. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante Arcesio Alcides Lituma Urgiles, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, conforme los artículos 56 y 58 del COGEP; por secretaría confiérase los extractos necesarios. Cítese además a los señores: Diana Guadalupe Lituma Urgiles, por publicaciones que se realizarán por la prensa conforme el Art. 56 del COGEP, visto el juramento de desconocimiento de domicilio rendido por la accionante. A la señora Nanci Maritza Lituma Urgilez en el domicilio indicado en la demanda, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces Multicompetentes del cantón Sìgsig, a donde se enviará el deprecatorio virtual, facultando comisionar a la autoridad correspondiente. Al señor Jhon Fredy Lituma Urgiles, se le citará por carteles que se fijaran en el consulado de Ecuador en Chicago, en la forma prevista en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y la resolución Nª 7-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia. A los demandados se les previene su obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones; contestar la demanda por escrito conforme el procedimiento establecido en el artículo 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. En cuenta la autorización, casilla judicial y correo electrónico. Se tiene en cuenta el nombramiento de procurador común, y los lugares señalados para recibir notificaciones. Se nombrará cudaror ad-litem, a que represente a la adolescente menor de edad, lo que podrá hacerlo de manera directa, debiendo el curador comparecer a tomar posesión de su cargo. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA Agréguese a los autos el escrito que anteceden, en cuenta su contenido, se corrige el nombre de unos de los demandados que por un lapsus se hacen constar como ZHON FREDI LITUMA URGIELES, siendo lo correcto ZHON FREDI LITUMA URGILES, de esta manera se corrige error, en lo demás estece dispuesto a lo que indica en providencia inmediata anterior. Notifiquese.- Dra. Gabriela Navas Amoroso Jueza legalmente encargada de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. Se advierte al citado la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones posteriores Cuenca, 04 de julio del 2022 AB. PAÚL MÁRQUEZ CAMPOVERDE SECRETARIO DEL JUZGADO DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
UNIDAD MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SUCÚA CITACIÓN JUDICIAL A los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ROSA MATILDE TORRES CALLE, SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SUCÚA, SE HA PRESENTADO EN SU CONTRA UNA DEMANDA, CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: ACCIÓN: NATURALEZA: ACTOR: DEMANDADO: CAUSA: Nro.
PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ORDINARIO GONZALEZ LUNA ROSA GUILLERMINA TORRES TORRES NANCY GRACIELA Y TORRES TORRES RUTH ADELINA 14304-2021-01360
Sucua, miércoles 19 de enero del 2022, las 15h01, Abg. Maria De Jesus Jerves Donoso en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Sucúa, -VISTOS: Cumplido lo dispuesto. En lo principal se tiene que la demanda de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO presentada por la señora GONZALEZ LUNA ROSA GUILLERMINA (parte actora) en contra de HEREDEROS CONOCIDOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ROSA MATILDE TORRES CALLE herederas conocidas señoras TORRES TORRES NANCY GRACIELA Y TORRES TORRES RUTH ADELINA (parte demandada), que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO (artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos). INSCRÍBASE la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Sucúa, conforme lo dispuesto en el Artículo 146, inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), institución que informará de su cumplimiento, conforme a la Ficha Registral que consta de autos, por secretaría procédase a Oficiarse al Registrador de la Propiedad antes mencionado. Cumplido la inscripción de la demanda, cúmplase con la citación a la parte accionada en esta causa, esto es a TORRES TORRES NANCY GRACIELA en el domicilio señalado a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. a TORRES TORRES RUTH ADELINA la citación se lo realice en conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, y Art. 3 del instructivo para la certificación y citación conforme lo determina el artículo 56 del COGEP, publicado en el registro oficial No. 636, de fecha 26 de noviembre del 2015, es decir mediante carteles fijados en el consulado, en los portales electrónicos consulares oficiales en el que se encuentra inscrito y a través del correo físico o electrónico, esto es en Los Estados Unidos de Norteamérica, en NEW JERSEY; mediante fijación de carteles dirigido al Consulado del Ecuador en NEW JERSEY -EEUU, en consecuencia por Secretaría envíese copias certificadas y por triplicado correspondiente al Ministerio de Relaciones Exteriores y previo los tramites de ley, se remitirá la Documentación al Consulado respectivo hasta el lugar de citación a la demandada. A los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ROSA MATILDE TORRES CALLE se citará por medio de uno de los diarios de Mayor circulación dentro de la provincia de Morona Santiago, Art. 58 del COGEP . Cítese también a los representantes legales del GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SUCUA, esto de conformidad a lo que manda la Disposición Décima del Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD) de conformidad al Art.53.1.se les citará de forma telemática a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE) administrado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos. De no estar vigente este sistema se lo citará a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. A la parte demandada se le citará además en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme establece en el art. 53 inc 4 del COGEP. A la Procuraduría General del Estado se notificara en la casilla judicial número 37 en esta Judicatura, o en los correos electrónicos pertinentes conforme establece el Art 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado. Se deja la disponibilidad respectiva del expediente a las partes procesales para efectos de contradicción y defensa. Conforme a lo dispuesto en el Artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), Se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el Artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir futuras notificaciones, Actúe la señora secretaria del despacho.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- - F. JUEZA MARIA DE JESUS JERVES DONOSO Al demandado se le previene la obligación de comparecer y señalar casillero judicial para futuras notificaciones en esta Judicatura de Sucúa, Provincia de Morona Santiago. SUCÚA, 05 DE JULIO DEL 2022
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DRA MIRIAM CRESPO CALDERON SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SUCÚA
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REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA AL PUBLICO EN GENERAL se le hace conocer que dentro del Juicio nro.01204-2022-01339, PROCEDIMIENTO SUMARIO, POR INTERDICCION, que se tramita en esta Unidad Judicial, a cargo de la Dra. Cristina Álvarez Toral se ha dictado la siguiente providencia, la misma que se en extracto es como sigue: NUMERO DE JUICIO:
01204-2022-01339
NATURALEZA:
INTERDICCION
ACTOR:
DIEGO FRANCISCO CEDILLO GUERRERO
DEMANDADO:
DOLORES TERESA GUERRERO ORELLANA
“Cuenca, martes 10 de mayo del 2022, a las 08h08. Juicio N.- 01204202201339. Vistos.- Conforme consta de autos comparece el señor DIEGO FRANCISCO CEDILLO GUERRERO quien indica que es primo hermano de Dolores Teresa Guerrero Orellana con quien se encuentra en cuarto grado de consanguinidad; que su prima hermana de estado civil soltera padece de una discapacidad intelectual del 43% moderada conforma carnet de discapacidad otorgado por el MSP. Conforme la Historia Clínica otorgada por el MSP su prima hermana padece de un retraso mental leve, sin embargo, dicho problema en su desarrollo intelectual lo viene padeciendo desde temprana edad. Su primea hermana por el mes de junio del 2021 se había escapado de su domicilio que lo tenía conjuntamente con su hermana adoptiva sus sobrinos y empelada de servicio doméstico, por presunto maltrato psicológico, motivo por el cual habían colocado una denuncia en la Fiscalía del Azuay, quien había estado en casa de una amiga , quien le llamo para que se haga cargo de su prima Dolores Guerrero, por lo que conjuntamente con su esposa y dos agentes del DINASED, siendo la voluntad de ella irse a vivir en su domicilio y de su familia. A partir de que empieza a vivir en su casa, le comenta que empieza a oír voces que le insulta y que no puede dormir incrementado la ansiedad, haciéndole atender en el CRA quien fuere diagnosticada con “Trastorno afectivo orgánico a enfermedad médica, rasgos de personalidad esquizoide, problemas familiares, labores y sociales; que también debía tomar medicación para hipotiroidismo y que su hermana con quien vivía que administraba su dinero y sus bienes dejo de suminístrale la mediación. Que es la hermana quien se ha hecho nombrar administradora de los bienes heredados de su padre, y que su prima no está en capacidad de administrar los mismos. Los que provocan el juicio de interdicción se encuentran entre las señaladas en los Art. 481 y 464 del Código Civil, en su calidad de tio de la supuesta incapaz, circunstancia que no ha sido objetada por falta de derecho, lo cual según la doctrina jurídica y la Ley es una facultad concedida a un círculo familiar por considerar que a ellos afecta y obviamente en sus intereses, que no solamente puede llegar a ser los económicos, la situación del pariente en estado demencial, que obligan a cuidar de la persona para administrar bienes, en términos generales. Conforme el Art. 483 del C. Civil establece que las disposiciones de los artículos 467 y 468 se extienden al caso de demencia. Así el Art. 467 del C. Civil establece que “Mientras se decide la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisional”. Es así que en audiencia se recibió los informes a través de la declaración de la señora Gladys Cumanda Cedillo Guerrero, quien ha declarado que conoce a Dolores Teresa Guerrero Orellana porque vive en casa de su cuñado el Dr. Diego Francisco Cedillo Guerrero y su hermana; que ella vive en Loja y viaja frecuentemente a Cuenca por la salud de su padre; Teresa si se puede alimentar, bañarse, pero su hermana es quien le tiene que decir cuando tiene que bañarse porque por sí sola no lo hace; Teresa si necesita de ayuda para los actos de memoria y entender, ella no entiende el valor del dinero, sabe para qué es pero no como se obtiene; ella necesita ayuda en su salud por la tiroides y para administrar sus bienes porque no puede sola; ella vive con su cuñado desde junio del 2021, que su cuñado la trata como una hija más, él está pendiente de que tome sus medicamentos, que vaya a una escuela que él le puso; él le cuida junto con su hermana como un miembro más de la familia; desde que le entrego el DINADED a Teresa, es él quien se preocupa de todo de ella; mi cuñado si esta en condiciones de administrar los bienes de ella, él es una persona honorable, honrada y responsable; y, de la señora Nubia Susana Villamagua Jiménez quien ha declarado que es prima hermana de Dolores Teresa GuerreroOrellana, ella vive con su hermano el Dr. Diego Francisco Cedillo Guerrero y su familia; Teresa vive con él desde junio del 2021, antes vivía con la media hermana y un sobrino, después de la muerte del padre; la discapacidad que tiene es desde la infancia; ella no esta en capacidad para administrar sus bienes, no tiene noción de las cosas; ella es tímida, callada, no es muy comunicativa; ella si necesita de una tercera persona para que le ayuden a administrar los bienes porque no tiene noción de las cosas; después de la muerte de padre ya no se le volvió a verle porque ella desapareció, cuando le visitaba se veía que la relación con la hermana era muy mala. La persona idónea para ser curador de Teresita podría ser cualquiera de mis hermanos, especialmente Diego porque es muy meticuloso para administrar bienes; Diego le tiene mucha paciencia, le atiende muy bien. Teresita ha demostrado tener mayor afinidad y afecto a Diego. De los informes verbales de la pariente y persona que conoce de los hechos y de la examinación personal realizada a la demandada, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón, se coincide en las apreciaciones de los testigos, en cuanto a que la demandada estaría limitada en su capacidad de administrar sus bienes, por lo que se presumiría que esta incapacitada para tal efecto, por lo que hasta que se lleve a cabo la audiencia única y se decida definitivamente sobre lo demandado y con el fin de proteger los bienes de la demandada. Por lo expuesto resuelve declarar la INTERDICCION PROVISIONAL de administrar sus bienes a la señorita DOLORES TERESA GUERRERO ORELLANA de cédula de identidad número 0103796066. Con fundamento en el Art. 468 del C. Civil, ejecutoriado este auto interlocutorio inscríbase en el Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca, notifíquese al público en un periódico que se edite en esta ciudad y fíjense tres carteles en los lugares más frecuentados del Cantón. Se designa como curador provisional al señor DIEGO FRANCISCO CEDILLO GUERRERO, quién tomará posesión del cargo en los términos de ley, previa la inscripción de la resolución en el Registro de la Propiedad y demás diligencias antes dispuestas. Ejecutoriado este auto VUELVAN LOS AUTOS. Notifíquese..” F)- ALVAREZ TORAL RUTH CRISTINA, JUEZA DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA OTRA PROVIDENCIA “Cuenca, lunes 6 de junio del 2022, a las 08h13. Juicio N.-01204202201339. Conforme consta de autos comparece el señor DIEGO CEDILLO, quien solicita se reforme el auto de fecha 10 de mayo, el contenido de las declaraciones con la testigo que declaro, pues el contenido de la declaración no corresponde a la testigo que declaro. Revisado el mismo se observa que por un lapsus se hace constar como primera declarante a la señora Gladys Cumanda Cedillo Guerrero en el contenido de la declaración que corresponde a la señora Nubia Susana Villamagua Jiménez y viceversa. Por tanto con fundamento en el Art. 255 del COGEP, se reforma el auto de fecha 10 de mayo del 2022 en el sentido de que el contenido de la primera declaración corresponde a la señora Nubia Susana Villamagua Jiménez y la segunda declaración a la señora Gladys Cumanda Cedillo Guerrero. El señor actuario tenga en cuenta el contenido de este auto a efecto de que se cumpla con las diligencias dispuesta en el auto de fecha 10 de mayo del 2022. CUMPLUIDO VUELVAN LOS AUTOS a efecto de proveer lo que corresponda. Notifíquese.” F)- ALVAREZ TORAL RUTH CRISTINA, JUEZA DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA Cuenca, 08 de julio de 2022 ABG. ANDRES ABAD FLORES SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
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UNIDAD JUDICAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL JUICIO N°01333-2022-07678 A : a los herederos presuntos y desconocidos de WASHINGTON EMILIO ALVAREZ VALENZUELA, , se les hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Cesar Palacios Vintimilla, se ha presentado una demanda en su contra con la providencia se trascribe en su integridad y es como sigue: Naturaleza: Civil/ Ordinario Materia: Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de dominio Actor: JOHANNA ANDREA GARCIA MORALES, DEMANDADOS: a los herederos presuntos y desconocidos de WASHINGTON EMILIO ALVAREZ VALENZUELA y otros Cuantía:23.469.19 CUENCA, 15/06/2022 09:55 VISTOS: Cumplida que ha sido la providencia anterior con el juramento rendido, la demanda presentada por el Ab. JOHANNA ANDREA GARCIA MORALES, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en una letra de cambio, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados los herederos presuntos y desconocidos de WASHINGTON EMILIO ALVAREZ VALENZUELA, con cédula 1706362637, siendo sus herederos conocidos SHARON STEFANNY ALVAREZ CORDOVA, con cédula 171831913-8; SHIRLEY SARAHI ALVAREZ CORDOVA, con cédula 171831912-0; CLAUDIA ELIBETH ALVAREZ GARZÓN, con cédula 160040979-9; EMILY SALOME ALVAREZ DURAN, con cédula 171841925-0 y su cónyuge la Sra. MARCELA DEL ROCIO CALLE VINTIMILLA, en representación de su hija menor MARIA EMILIA ALVAREZ CALLE, las citaciones se realizarán de la siguiente manera: a SHARON STEFANNY ALVAREZ CORDOVA, SHIRLEY SARAHI ALVAREZ CORDOVA, CLAUDIA ELIBETH ALVAREZ GARZÓN, EMILY SALOME ALVAREZ DURAN, mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Quito, provincia de Pichincha, en las direcciones indicadas; a MARCELA DEL ROCIO CALLE VINTIMILLA, en representación de su hija menor MARIA EMILIA ALVAREZ CALLE, se le citará mediante COMISIÓN al señor Teniente Político de la parroquia Ricaurte; y, a los herederos presuntos y desconocidos de WASHINGTON EMILIO ALVAREZ VALENZUELA, mediante la prensa, conforme el juramento rendido. El Actuario del despacho suba la información al sistema y remita el deprecatorio electrónico, la comisión y el extracto, según corresponda. La parte brindará las facilidades. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos y autorización profesional. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- F) Dr. C. Palacios V,, Dado y firmado en Cuenca 16 de junio del 2022 Dr. César Palacios Vintimilla Juez Unidad Judicial Civil Cuenca F) Dr. Pablo Fernando. Torres Borja Secretario Unidad Judicial Civil Cuenca.
Dr. Pablo Torres Borja Secretario
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ECUADOR Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Renuncia asambleísta El correísta Fausto Jarrín renunció a su curul en la Asamblea Nacional, y, según dijo, va a “defender a sus compañeros perseguidos”. (I)
La Asamblea consuma destitución anunciada Legislación
Con 83 votos a favor se destituyó a Yeseña Guamaní del cargo de segunda vicepresidenta.
E
l discurso que Y e s e ñ a Guamaní pronunció el 25 de octubre del 2021, durante su posesión como segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional, en el que aseguró ser una aliada del presidente Guillermo Lasso, le llevó ayer, ocho meses después, a perder su cargo de autoridad en el Legislativo. Legalmente, Guamaní fue acusada por Jhajaira Urresta (correísta de UNES) de incumplimiento de funciones, por haber mocionado que se consulte a la Corte Constitucional sobre si la Asamblea podía o no tratar la derogatoria a la Reforma Tributaria, sin e m b a r g o, s e g ú n s u denunciante, esto no fue lo que pesó al momento de votar por su destitución, sino su cercanía al Gobierno. “La Asamblea entró a un proceso de remediación de la elección de las malas autoridades, que son elegidas por un período, sí, pero eso no les da carta abierta a hacer lo que deseen. Su deber era velar por el beneficio colectivo de todos, cumpliendo imparcialmente sus atribuciones, más no por el presidente en turno”, afirmó Urresta. La interpelante directamente increpó a Guamaní por sus declaraciones en apoyo a Lasso y lo hizo después de pedir la reproducción del video de la posesión de Guamaní; además, la acusó de no defender durante el paro nacional al pueblo cayambi, que viven en el sector que la asambleísta representa; y de no votar a favor de la destitución del presidente
Antes de que inicie la sesión del pleno la asambleísta Yeseña Guamaní se despidió del cargo, dijo que su destitución es “ilegal”. Asamblea
Pugna por las vicepresidencias Desde hace 45 días la primera vicepresidencia de la Asamblea está en acefalía, pues Virgilio Saquicela, al subir al cargo de presidente, la dejó vacante; sin que se hayan preocupado por llenarla, es que, para el experto en política parlamentaria, Mauricio Alarcón, el objetivo era primero destituir a Yeseña Guamaní, para poder dividirse las dos vicepresidencias, “en combo”. ¿Quién ocupará esos cargos? Si se habla de lo legal, Roger Celi, coordinador del Observatorio Legislativo, puntualizó que el Consejo de Administración Legislativo (CAL) primero debería reestructurarse, pues la ley señala que debe conGuillermo Lasso. Por su parte, Yeseña Guamaní calificó a su destitución como ilegal, pues señaló que no se la puede destituir por cumplir con una de las funciones de los legisladores: mocionar un tema para debate. A Guamaní le llamó la atención dos temas: que Virgilio Saquicela, actual presidente de la Asamblea, la apoyó cuando presentó la moción por la que ayer fue destituida, pero también estuvo a
Más plazo para liquidar las empresas públicas Quito.- Liquidar las empresas públicas que, en la mayoría de los casos dejaban pérdidas millonarias al Estado, se sigue complicando, por lo que el presidente Guillermo Lasso se vio obligado a ampliar el plazo para que concluyan el proceso en la FABREC, TAME y la Unidad Nacional de Almacenamiento (UNA EP). Un decreto anterior, emitido hace un año, estableció como plazo máximo para la liquidación de estas empresas el pasado miércoles 13 de julio, pero los liquidadores argumentaron
varios problemas, como las dificultades para vender los activos y las complicaciones en los trámites, por lo que se les otorgó tres meses más, es decir, hasta el 13 de octubre del año en curso. Pero no todo el proceso se aplaza, pues en el último año que Lasso otorgó como plazo sí lograron cerrarse definitivamente las empresas Ferrocarriles del Ecuador, Centros de Alto Rendimiento (CEAR), Medios Públicos y Correos del Ecuador; mientras que sobre Siembra (ex Yachay) no se ha informado nada. (ASM)-(I)
Entre las empresas públicas pendientes de liquidar está TAME EP. Archivo
La próxima semana se prevé llenar los cargos que están pendientes en la Función Legislativa.
formarse con representantes de las bancadas legislativas y Johana Moreira y Darwin Pereira ya no representan a la Izquierda Democrática y Pachakutik. Quien suena para ocupar uno de los carfavor de que se la investigue; y que los correístas, que ayer la increparon por demorar la propuesta para derogar la Reforma Tributaria, fueron quienes, con su abstención, permitieron en la norma entre en vigencia por el ministerio de la ley. Aunque los argumentos jurídicos de la destitución fueron observados por varios de los legisladores que intervinieron en el debate, como Bruno Segovia, Ricardo Vanegas y Marlon Cadena, al
gos, Mireya Pazmiño (Pachakutik), tampoco sería designada por su organización política; mientras que la otra vacante quedaría en manos del correísmo, que pasaría a tener mayoría. (I) final, fueron los votos los que mandan y Yeseña Guamaní fue destituida con 83 votos a favor, 38 en contra, 1 en blanco y 6 abstenciones. Sin embargo, la existencia de los votos necesarios para destituirla era un tema anticipado, pues la nueva mayoría, integrada por correístas, socialcristianos y las disidencias de Pachakutik y de la Izquierda Democrática sumaban más de los 70 votos requeridos. Quito.(ASM)-(I)
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Sismo
Temblor de 6 grados tuvo como epicentro la provincia del Guayas Quito.- Un sismo de 6 grados de magnitud se produjo ayer a las 17:30 y tuvo como epicentro el cantón Simón Bolívar, en la provincia del Guayas, según reportó el Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional. Según reportes ciudadanos en redes sociales, el sismo fue sentido fuertemente en Cuenca, Quito, Manta, Guayaquil y Durán. Mientras que el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias señaló que el temblor fue reportado en 147 ciudades del país, incluidas seis de la provincia de Chimborazo y todas las que pertenecen a Guayas, donde el nivel de percepción fue alto. En Guayaquil se publicaron varios videos
de daños menores a la infraestructura y de personas que, asustadas, abandonaban los edificios de la ciudad. Aunque inicialmente el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada (INOCAR) había anunciado que se evaluaba la emisión de una alerta de tsunami para las costas ecuatorianas, posteriormente la institución informó que el sismo no reunía las condiciones necesarias para generar este fenómeno. Hasta el cierre de esta edición, no se reportaron víctimas mortales, ni daños de consideración, el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias punt ualizó que sus unidades municipales se encontraban evaluando las posibles novedades que hubiera generado el sismo. (ASM)-(I)
Según reportes ciudadanos en redes sociales, el sismo fue sentido fuertemente en Cuenca, Quito, Manta, Guayaquil y Durán. Cortesía
Miles de aspirantes para 220 plazas en Municipio Quito.- La Empresa Pública Metropolitana de Aseo de Quito abrió 220 vacantes para ocupar el cargo de Ayudante de recolección y Servicios de Aseo, pero la convocatoria se volvió masiva y solo hasta ayer se habían receptado más de 6.000 carpetas. Largas filas se formaron en los exteriores de la mencionada empresa, que pertenece al Municipio de la ciudad y que están ubicadas en el centro norte de la capital, las personas incluso pernocta-
ron en el sitio la noche del pasado mar tes, enfrentándose al frío de la noche. “Llevo dos años sin trabajo”, “Tengo años sin trabajo”, “Tengo hijos y no tengo nada qué darles”, eran las frases recurrentes entre quienes acudieron para aplicar a la vacante para la que el Municipio ofrece un salario de 540 dólares y un nombramiento definitivo, y para la que solo se requería haber completado la primaria, pero se recibieron carpetas hasta de personas con estudios universitarios. (ASM)-(I)
Sección
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DEPORTES
Emelec ficha al uruguayo Diego García
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Emelec anunció la incorporación a su equipo del extremo uruguayo Diego ‘el Demonio’ García quien, según medios argentinos, debe afrontar un juicio oral donde está acusado de un presunto abuso sexual.
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Gualaceo visitará a Cumbayá sin antecedentes alentadores LigaPro
Este viernes empieza la segunda fecha de la Serie A. Los azuayos buscarán recuperar los puntos que se escaparon de casa en el debut.
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os dos clubes que ascendieron este año a la Serie A volverán a enfrentarse este viernes 15 de julio en el inicio de la segunda fecha. Ambos tienen la necesidad de ganar. Sin embargo, Cumbayá tiene la presión encima por ser local y porque apenas saca un punto al 9 de Octubre y tres al Técnico Universitario, equipos que están desesperados por salir de la zona del descenso. Gualaceo SC quiere mantener y acrecentar el colchón de puntos (20) que logró en la primera etapa. Las lesiones, suspensiones y la falta de adaptación de los nuevos refuerzos a la idea de juego que consolidó el cuerpo técnico en el primer semestre, ya le pasaron factura en el debut con Liga de Quito. El profesor Leonardo Vanegas dice que corrigieron errores puntuales para regresar a casa con la victoria. Ante los albos les faltó definición. “Todas las veces se trabaja definición por eso se crean ocasiones de gol, por ahí falta esa tranquilidad para definir”, sostiene “Maya” a la espera de
Gustavo Alles (D) será una de las bajas del equipo azuayo. Su reemplazante sería Diego Ávila (centro espalda). Foto Gualaceo SC
tener un mejor desenvolvimiento esta noche desde las 19:00 en el Estadio Olímpico Atahualpa. Vanegas se trasladó a Quito con 19 jugadores. Cumbayá tiene 13 De los que venían regupuntos por tres triunfos, larmente actuando en el cuatro empates, nueve rol titular no serán de la derrotas, 12 goles a partida: Gustavo Alles, favor y 25 en contra. quien cumplirá su último partido de suspensión; Gualaceo sacó cinco de Walter Hinostroza y 21 puntos de visitante: Felipe Ávila, por lesión. triunfo ante Barcelona En la nómina está José SC; empates contra Hurtado quien podría Técnico Universitario y 9 armar la dupla de centrade Octubre. les con Jhon Ontaneda, permitiendo que Andrés Cumbayá sacó ocho Campas y Richard Farías de 21 puntos de local: retomen sus posiciones triunfos ante Técnico habituales y aporten Universitario, 9 de mejor al equipo con sus Octubre; y empates ante despliegues por las banOrense SC y Emelec. das derecha e izquierda, respectivamente. Gualaceo SC tiene 20 puntos por seis triunfos, dos empates, ocho derrotas, 18 goles a favor y 24 en contra.
Antecedentes Los dos clubes registran cinco enfrentamientos en la LigaPro. Cuatro se dieron en la Serie B 2021 con saldo en contra para los gualaceños de una victoria y tres derrotas. El único triunfo fue a mediados de septiembre en el estadio Gerardo León Pozo por 3-1. Las anotacion e s f u e r o n d e Je s ú s Preciado, Luis Palma y Federico Flores. Descontó Juan “Hormiga” Paredes. El quinto enfrentamiento tuvo lugar en la Serie A el pasado 27 de febrero en Azogues. Cumbayá se llevó los tres puntos al vencer 0-1 con gol de Leandro Yépez. Fue el peor partido de los gualaceños tanto en funcionamiento como en actitud. (BST)-(D)
Pintado y Morejón tienen grandes rivales en 20 km Daniel Pintado competirá esta tarde en 20 km marcha del Campeonato Mundial de Atletismo, en Oregón. El cuencano será parte de 45 competidores de 24 países que largarán desde las 17:10 (hora ecuatoriana) con la mira en el podio. Entre sus rivales estará el defensor del título, Toshikazu Yamanishi. El japonés ostenta la segunda mejor marca personal entre todos los competidores (1h17m15), sin embargo, este año solo asistió al Mundial por Equipos, en Omán, donde registró 2h22m52s. E n e s e s e n t i d o, Pintado está en un grupo privilegiado de marchistas que en el primer semestre de 2022 marchó bajo 1h20m lo que les hace favoritos para luchar por un podio en Estados Unidos. Allí están los japoneses Koki Ikeda, Eiki Takahashi, el brasileño Caio Bonfim, e l s u e c o Pe r s e u s Karlstrom, el irlandés David Kenny y los españoles Alberto Amezcua
y Álvaro Martín. En damas, Glenda Morejón aparece entre las siete mejores del mundo en 20 km. Además, tiene la tercera mejor marca personal entre las 41 marchistas de 26 países que se pondrán en la línea de largada desde las 15:10 (hora ecuatoriana). No obstante, este año su mejor marca en la distancia fue de 1h31m. Su preparación está encaminada para dar dura batalla a rivales que llegan de cronometrar bajo 1h28m como la australiana Jemima Montag, la española María Pérez, las chinas Shijie Qieyang (plata mundial 2019) y Zhenxia MA y la peruana Kimberly García que entrena con la guía del cuencano Andrés Chocho. Ahora, si bien los tiempos pueden ser buenos referentes, la preparación y adaptación a temperaturas altas incidirán bastante en el resultado final. Glenda y Pintado tienen buena resistencia al calor. (BST)-(D)
En el equipo ecuatoriano también competirán Karla Jaramillo, David Hurtado y Jordy Jiménez.
Daniel Pintado compite hoy en el Mundial de Oregón.
El Chunucari será la mascota del Panamericano de Tenis de Mesa
Matías Baldeón (I), Ricardo Bernal, María Alejandra Abril, Santiago Bermeo y Dayana Velecela. BST
Un ícono de la identidad ecuatoriana e insignia del Banco Central del Ecuador será la mascota oficial del Campeonato Panamericano de Tenis de Mesa U15 que se celebrará en Cuenca del 23 al 28 de agosto, clasificatorio para el Mundial de Túnez. El Chunucari o Sol de Oro representa la luz, energía y sabiduría que llevan consigo los deportistas para alcanzar sus metas y brillar con luz propia, indica Nicole Smith, representante del Departamento de Comunicación de la Federación Ecuatoriana de Tenis de Mesa (FETM). Su presentación oficial se dio en el Patio de Comidas del Mall
del Río con la presencia de los tenimesistas azuayos María Alejandra Abril, campeona sudamericana U11, Dayana Velecela, Matías Baldeón y Ricardo Bernal. Paúl Calle, presidente del ente rector del tenis de mesa en el Ecuador, señala que como anfitriones quieren ser protagonistas. El equipo femenino A estará conformado por Angélica Arellano (Pichincha), Camila Rubio (Morona Santiago), Maybelline Menéndez (Manabí) y Keymi Anchundia (Guayas). En equipo masculino A está integrado por Santiago Ibarra, Jhosua Robayo (Pichincha) Juan Martín González y Boris
Villavicencio (Guayas). Ambos equipos vienen de una preparación intensa en Europa y fueron parte del subtítulo general que obtuvo el país en el Sudamericano Infantil de Argentina. Después del evento continental, Cuenca acogerá el Youth Contender (Circuito Mundial Infantil y Juvenil) con deportistas desde la U11 hasta la U19 que buscarán sumar puntos en el ranking mundial. La Federación Deportiva del A z u ay a p oya r á c o n e l Polideportivo de Totoracocha para el desarrollo de los dos certámenes internacionales. (BST)-(D)
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D EPORTES
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Aviced FC irá por su sexta victoria consecutiva Esta provincia tendrá cinco equipos en el Ascenso Nacional que iniciará en septiembre.
C
on 15 puntos (+24 GD) ocupa el primer lugar Aviced FC, que será el elenco que empiece la octava fecha del Tor neo Provincial de Segunda Categoría en Azuay, enfrentando a Santa Isabel FC, en el Complejo Deportivo de Patamarca, por el Grupo C, desde las 11:00. Los comandados por José Granda, llegan a este cotejo como uno de los elencos invictos en el certamen local. Su poderío ofensivo y defensivo se evidencia en la tabla de posiciones, pues han anotado un total de 26 goles y recibieron solo dos tantos. Ante estas estadísticas, Granda tratará de que la clasificación a los cuartos de final se decrete de manera anticipada. Un triunfo ante el último grupo, Santa Isabel, -no ha sumado puntos y acumula seis derrotas- pondría al elenco cuencano en la próxima fase. “De a poco nuestros jugadores se han acoplado a la idea futbolística que hemos planteado para el equipo, se han dado los resultados y comandados el grupo. No obstante, siempre hay cosas por mejorar y ese trabajo continúa en los entrenamientos. El plantel viene completo y sin ausencias para el partido del sábado”, explicó Granda, quien ya dirigirá a su equipo desde el b a n c o d e s u p l e n t e s, luego de cumplir una sanción. Otro de los partidos que se cumplirá el sába-
El defensa central de Aviced FC, Henry Mercado, defiende el balón ante la marca de un elemento de Liga Deportiva de Cuenca. Archivo
do 16 de julio, se dará en el estadio Valeriano Gavinelli de la Universidad Politécnica Salesiana (UPS), con el duelo entre el actual campeón del torneo, Estudiantes, ante Tecni Club, desde las 13:00. Ambos elencos llegan con realidades diferentes. El cuadro estudiantil, hasta el momento suma cuatro puntos, merced a una victoria, un empate y tres derrotas; mientras el equipo tig re es tercero del Grupo A, con nueve unidades, gracias a tres victorias y tres derrotas. Ese mismo día Liga Deportiva de Cuenca se medirá ante Atenas, en el estadio Alejandro Serrano Aguilar, desde las 15:00. La jornada seguirá el domingo 17 de julio,
con el duelo entre Santa Ana y Cruz del Vado, a las 11:00, en el estadio Eduardo Crespo Malo de Paute. A la misma hora, pero en el estadio Alejandro
Serrano Aguilar jugarán Cuenca FC y San Pe d r o d e l Po n g o. Cier ran la jor nada Propraxis ante Paute F C, e n Pa t a m a r c a (15:00). (IAA) (D)
Clubes sin sanción De acuerdo a Rafael Peñaherrera, gerente de la Asociación de Fútbol del Azuay (AFA), algunos clubes fueron sancionados por la Comisión de Disciplina de este ente, por adeudar valores de multas por diferentes razones. “No son deudas cuantiosas, sin embargo, se decidió suspender a los Clubes hasta que cancelen estos pagos. Algunos equipos también son multados por no presentar médico, por esto se paga 40 dólares, por eso hacemos un llamado a los elencos para que esto no suceda. La mayoría de los afiliados ya se han puesto al día y durante este día (jueves) vendrán otros dirigentes a pagar los valores pendientes”, informó Peñaherrera. De igual manera, el dirigente local confirmó que el quinto cupo para el Ascenso Nacional, será entregado para el mejor puntuado, entre los cuatro equipos que se eliminen en los cuartos de final. (D)
Campeonato
Pilotos locales se preparan para el Nacional de Motocross
EDITORIAL DEPORTIVO
Atractiva Copa Ecuador La Federación Ecuatoriana de Fútbol con buen criterio organiza la denominada Copa Ecuador que se paralizó con el surgimiento de la pandemia, por ventaja se ha reiniciado en este año. Positivo desde todo punto de vista dado que, Guifor Trujillo. permite a muchos clubes desconocidos participar junto a equipos de la serie A y B, algo atractivo de manera especial para equipos de distintas regiones del país cuyos moradores nunca han tenido la oportunidad de ver a clubes grandes jugando en estadios pequeños que se han llenado Para muchos se han producido sorpresas cuando han quedado fuera en primera ronda, instituciones como Barcelona, Deportivo Cuenca, Macará, Técnico Universitario, por dar un ejemplo. Inicialmente se pudo ver en acción al Atlético Samborondón, Universitario, América de Quito vs. Insutec de Quevedo, Libertad de Loja, Bonita Banana de El Pasaje, Independiente Jrs. Atlético Santo Domingo, Independiente de Azogues, Olmedo de Riobamba, Quito FC, Deportivo Imbabura y Vargas Torres de Esmeraldas, los dos últimos se verán tal vez cara a cara con entidades con gran trayectoria como Emelec, Liga de Quito, Independiente del Valle, Aucas, por citar nombres. Esta Copa ha permitido a los ecuatorianos tener información de ciudades que no han aparecido en el firmamento deportivo del país, lo que enriquece el conocimiento en torno a sus orígenes, por decir algo, Shushufindi en la provincia de Sucumbíos, etimológicamente en idioma Cofán significa: “Shushu” puerco sahino, “findi” colibrí por la existencia abundante de estas especies en esa región. Los cofanes son indígenas que habitan en la frontera norte en las provincias de Sucumbíos y el departamento de Putumayo en Colombia. Son hablantes de una lengua aborigen única. La Copa Ecuador se ha vuelto atractiva, pues reparte más de 3 millones de dólares en premios. Inicialmente estuvieron en la línea de partida 48 equipos, 16 de primera categoría A, 10 de serie B, 20 campeones provinciales del ascenso y 2 de la Liga Nacional de Fútbol Amateur. El campeón recibirá un millón de dólares, además clasificará como Ecuador 4 a la Copa Libertadores de América. Las posiciones se definirán en un cuadrangular jugando todos contra todos. Los dos mejores puntuados se enfrentarán en la final. En hora buena, el desarrollo del torneo ha permitido a muchas ciudades ecuatorianas vivir las emociones del fútbol, ha habido beneficio económico no solamente para los participantes, sino para aquellas personas que de una u otra forma obtienen ingresos, aunque sean temporales. Vendedores ambulantes, transportistas, sector hotelero, etc. En suma, se ha producido movimiento económico en distintas esferas. Una competencia que permite encontrar de pronto a “estrellas escondidas” que acaso nunca habrían surgido y de esta forma podrán incorporarse a clubes organizados permitiéndoles ingresos en el fútbol profesional y mejorar su vida. Entonces, que la Copa Ecuador siga adelante y los dirigentes no desmayen en su cometido. (O)
Automovilismo
Cuencano David Cabrera participa en el Rally Americano El piloto cuencano David Cabrera, de 30 años, quiere continuar con su protagonismo en el norte del continente, pues desde hoy hasta el sábado 16 de julio será parte del New England Forest Rally (Nacional), que organiza la Asociación de Rally Americana (ARA), de Estados Unidos. Cabrera, quien viene de una familia netamente vinculada al automovilismo estará compitiendo en la categoría NA4WD, en su auto SUBARU Impreza 25i
#345. Su compañera de equipo y copiloto es la representante local Mattea Freeman, de Florida, que tiene una basta experiencia en el Rally Cross, en su país. “David tiene experiencia en este tipo carreras. Hace un año ya fue el ganador en su clase, y esperemos que este año suceda lo mismo. El piloto azuayo tendrá fuertes rivales, pero esperemos que su talento se ponga en escena este fin de semana”, explicó Francisco Hermida, un aficionado tricolor que a c o m p a ñ a a D av i d
Cabrera a su carreras por suelo norteamericano. D e n t r o d e l R a l ly Americano, compiten reconocidos pilotos como Travis Pastrana, Ken Block, Barry Mackenna (Irlanda) y Brandon Semenuk. “Estamos atentos a la participación de nuestro representante. Hoy se realizará la presentación oficial de la tripulaciones y también un especial de velocidad; algo parecido a Ecuador. Esperemos que se pueda celebrar un primer lugar”, añadió Hermida. (IAA) (D)
Las emociones del motocross provincial se cumplirán nuevamente el domingo 17 de julio, en la pista MX Track de Capulispamba. Archivo
Más de un centenar de pilotos serán los protagonistas de la tercera válida del Campeonato Provincial de Motocross, a cumplirse este domingo 17 de julio, desde las 09:00, en la pista MX Track de Capulispamba. La importancia de la cita tuerca radica en que varios de los participantes se alistan para el inicio del Nacional de esta disciplina, el 23 y 24 de julio, en Santo Domingo de los Tsáchilas. A esta cita local también estarán presentes, tres de los cuatro deportistas ecuatorianos que participaron el pasado fin de semana en el
Latinoamericano de Motocross, disputado en Cajamarca, Perú; Nicolás Merchán, Andrés Benenaula y Justiniano Romero, mostrarán su talento en el evento tuerca en la capital azuaya, en la categoría MX1 A. De su lado, Miguel Cordovez, el mejor ubicado en suelo peruano, se ausentará del Provincial, pues la fecha coincide con la Copa que se lleva su nombre y se disputa en la pista “Coyote”, en Latacunga. De acuerdo a la organización del campeonato en Azuay, se espera la presencia de al menos 200 pilotos,
quienes serán divididos en 21 categorías: MX1 (A/ B+30/C); MX2 (A/B/C), 50cc (A/B), 65cc (A/B), 85cc (Motocross/ Minicross/C), Ejecutivos (+40/+50), Damas (A/B), Enduro, Mecánica Nacional, Moto China y Pitbike. Según el Departamento de Comunicación del Provincial, la primera manga se realizará desde las 09:00, mientras que la segunda salida se cumplirá desde las 11:00: el evento está previsto que finalice a las 15:00, con premiación incluida. (IAA) (D)
El piloto cuencano David Cabrera junto a su auto SUBARU Impreza 25i #345, con el que compite en el Rally Nacional, en Estados Unidos. Cortesía
D EPORTES
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Tour de Francia
Jonas Vingegaard aprende a mandar Alpe d’Huez ( Fr a n c i a ) , ( E F E ) . Cuesta ver tras el rostro aniñado del danés Jonas Vingegaard la estatura de un patrón del pelotón, pero en las rampas del Alpe d’Huez, donde defendió por vez primera el maillot amarillo de los zarpazos del esloveno Tadej Pogacar, el líder de la carrera comenzó a comportarse como un capo. En poco menos de un año, el ciclista escandinavo ha pasado de ser casi un desconocido a convertirse en el máximo favorito para ganar el Tour, lo que le obliga a cambiar de dimensión. A sus 25 años, casi sin palmarés a sus espaldas, Vingegaard es ahora el blanco de todos los ataques, el centro de atención mediático y eso genera una presión que le obligará a madurar como un campeón a riesgo de dejar escapar
Copa Davis
Andrés Andrade completa el equipo Quito, (EFE).- El tenista Andrés Andrade, número 817 del ránking de la ATP, es el quinto integrante que completa el equipo de Ecuador para enfrentar a Suiza en el Grupo Mundial I de la Copa Davis los próximos 17 y 18 de septiembre. Andrade, de 23 años y natural de Guayaquil, fue el ganador del torneo selectivo que se desarrolló en el anexo del Guayaquil Tenis Club del 9 al 13 de julio, según informó la Federación Ecuatoriana de Tenis. En la final del selectivo, Andrade se impuso a Ángel Díaz por 7-5 y 6-0, lo que le otorgó el último cupo por definir dentro del equipo ecuatoriano. Andrade se unirá al equipo capitaneado por Raúl Viver e integrado por Emilio Gómez, Roberto Quiroz, Gonzalo Escobar y Diego Hidalgo. Ecuador enfrentará a Suiza en el Salinas Golf & Tenis Club y el ganador obtendrá un cupo a la ronda de clasificación para fase final de la Copa Davis de 2023. (D)
una oportunidad histórica. “Es alguien muy tímido, humilde, pero también muy profesional, está muy bien rodado y el equipo le va a ayudar mucho”, asegura a Efe su compatriota Michael Rasmussen, que sabe bien lo que significa la presión de ir vestido de amarillo. En 2007, cuando lideraba la prueba, fue apartado de la carrera, incapaz de soportar el acoso de la prensa que reveló que había mentido sobre su paradero para evitar controles antidopaje en periodo de entrenamiento. Para el danés, su compatriota tendrá ahora que demostrar una personalidad fuerte, como empezó a dejar ver camino de Alpe d’Huez. Vingegaard no se amilanó ante los ataques de Pogacar, incluso ante sus intentos de intimidación. (D)
3B
Alfaro: “Los voy a esperar hasta el último día” Lesionados
El DT Alfaro, estará quince días en EEUU, luego se dirigirá a Europa y finalizará su periplo en México obsdervando a los jugadores.
E
l seleccionador de Ecuador, el argentino Gustavo Alfaro, aseguró este jueves que va a esperar “hasta el último día” a los futbolistas ecuatorianos que se lesionaron en las últimas semanas y meses, y cuya presencia peligra en el Mundial de Catar 2022. En declaraciones a periodistas tras visitar el entrenamiento de Liga de Quito, Alfaro reconoció que es complicado que se recupere a tiempo Joao Rojas, flamante fichaje del Monterrey mexicano, quien sufrió una rotura del ligamento cruzado anterior de su rodilla izquierda en su segundo partido con los ‘Rayados’. Sin embargo, fue más optimista con el atacante Ayrton Preciado, del Santos Laguna mexicano, que se recupera de fisura en la tibia sufrida en febrero, y con el defensa Robert Arboleda, del Santos
Gustavo Alfaro despejó cualquier duda sobre los lesionados y su recuperación hasta noviembre.
brasileño, que padeció una rotura de ligamentos del tobillo. “Ay r t o n P r e c i a d o estará en quince días, estará trabajando a la par del grupo, y Robert Arboleda empezó a
hacer todos los trabajos de musculación y fortalecimiento producto de la pérdida de masa muscular por el yeso”, explicó Alfaro. “Le dije a los chicos que les voy a esperar
hasta el último día, porque hay chicos que se han ganado su lugar y uno quiere que estén y sabe que son importantes para el grupo”, añadió. El técnico argentino deseó que “se puedan recuperar y tener la posibilidad de estar en cancha, sumar minutos y jugar”. “Es una ilusión que la construimos entre todos los que fueron parte de este proceso y que están en distintas partes del mundo. Tienen todo el derecho del mundo a querer jugar un Mundial”, sostuvo. Así, Alfaro recordó a sus futbolistas la importancia de “tener continuidad, ganar espacios y que lleguen en la mejor forma posible” para poder formar parte de la lista definitiva que disputará la Copa del Mundo. “Ojalá que no haya esa clase de episodios (lesiones) que nos impida poder contar con los jugadores y que de pronto sea la decisión del entrenador si lleva o no a un jugador”, reiteró. El seleccionador de Ecuador anticipó que en los próximas semanas hará una gira por Estados Unidos, Europa y México para ver partidos donde participan jugadores de la selección y reunirse con ellos, con miras a los partidos amistosos de pre paración para el Mundial que la Tricolor jugará en septiembre. Quito, (EFE)
4B
A VISOS
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA EXTRACTO CITACION JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2022-07730
CITACION JUDICIAL
A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES MAURA TARGELIA OCHOA CALLE, IGNACIO OCHOA SEGARRA Y BALVINA ALVEAR NEIRA: cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordoñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2022-07730 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: JUNA JOSE SANGURIMA CHACHO DEMANDADO: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES MAURA TARGELIA OCHOA CALLE, IGNACIO OCHOA SEGARRA Y BALVINA ALVEAR NEIRA CUANTIA: $ 41.533,70 JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01333-2022-07730 VISTOS.- Cumplido el juramento. La demanda presentada por JUAN JOSE SANGURIMA CHACHO, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada: MARIELA VALERY GUZMAN OCHOA, LILIANA MAURA GUZMAN OCHOA y BAYRON BENJAMIN GUZMAN OCHOA y BENJAMIN ALCIBIADES GUZMAN ABAD, para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial, diligencia de citación que cumplirá a través de la oficina de citaciones. Se ordena la citación de los herederos presuntos y desconocidos de los señores: MAURA TARGELIA OCHOA CALLE, IGNACIO OCHOA SEGARRA y BALVINA ALVEAR NEIRA por la prensa de conformidad al Art. 56 y 58 del COGEP, por lo que se entregará suficiente extracto. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad. En esta causa cuéntese con el Señor Alcalde de la ciudad de Cuenca, y procurador Síndico Municipal que serán citados en sus despachos a través de la oficina de citaciones de este distrito. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Hágase saber.Cuenca, 28 de Junio de 2022 DR. JORGE VILLAVICENCIO T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA
A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES JAIME EDELBERTO RODRIGUEZ NORIEGA Y VALVINA MAGDALENA VILLAREAL MERINO, SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN CANTON MORONA, A CARGO DE LA AB. JANETH SERRANO CÁRDENAS SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE:
A: herederos desconocidos del causante: SEGUNDO FELIX CAMPOVERDE CAMPOVERDE, se le(s) hace saber que en el Juzgado de la Unidad Judicial Civil de Cuenca a cargo de la Dra. Rosa Beatriz Morocho, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
ACCION: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO NATURALEZA: ORDINARIO ACTORES: SAQUICELA CHACON LAURO ERMELO Y SARMIENTO QUIROGA MIRIAM JACQUELINE DEMANDADOS: DELFÍN ERNESTO RODRÍGUEZ VILLARREAL, LUZ ELISA RODRÍGUEZ VILLARREAL, GALO EVARISTO RODRÍGUEZ VILLARREAL Y OTROS. No. 14307-2021-00959
ACCIÓN: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION ACTOR: JORGE ALBERTO NARVAEZ BERMEO DEMANDADO(S): BLANCA ROSA CEDILLO AUCAPIÑA Y OTROS CUANTIA: $147.674,93 JUICIO: 01333-2022-00016 PROVIDENCIA(S) EXTRACTADA (S)
PROVIDENCIA: Morona, jueves 2 de septiembre del 2021, las 08h56. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y los documentos adjuntos. Cumplido lo dispuesto, en lo principal la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona [Art. 146, inciso quinto COGEP], una vez verificada la inscripción se procederá a la citación de los demandados DELFIN ERNESTO RODRIGUEZ VILLAREAL, LUZ ELISA RODRIGUEZ VILLAREAL, GALO EVARISTO RODRIGUEZ VILLAREAL y al GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA, en las personas del Ing. Franklin Galarza Guzmán y Dra. Verónica Idrovo Arias, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica respectivamente, en sus domicilios señalados, a través de la oficina de citaciones, para ello la parte actora brindará las facilidades del caso conforme la Resolución 061-2020 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Art. 4, entregando las copias necesarias dentro del término previsto. A los herederos presuntos y desconocidos de los causantes JAIME EDELBERTO RODRIGUEZ NORIEGA y BALVINA MAGDALENA VILLARREAL MERINO, se los citará en conformidad con lo prescrito en el Art. 56.1 del COGEP, esto es mediante publicaciones de prensa, por cuanto la parte accionante bajo juramento manifiesta desconocer su individualidad y domicilio y serle por tanto imposible determinarlos a pesar de las gestiones hechas para dar con el mismo, las publicaciones se efectuarán en uno de los diarios de mayor circulación nacional, para ello por secretaría confiérase el respectivo extracto de citación. Para la citación se adjuntará la demanda y copias certificadas de este auto, dejando la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. De acuerdo al artículo 291 del ibídem, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRA PROVIDENCIA.- Morona, lunes 11 de octubre del 2021, las 14h33. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. Atendiendo el petitorio de la parte actora, téngase por ser lo correcto como nombre de los demandados los siguientes: Delfín Ernesto Rodríguez Villarreal, Luz Elisa Rodríguez Villarreal y Galo Evaristo Rodríguez Villarreal, así también se tendrá como nombre de la causante los siguientes: Valvina Magdalena Villareal Merino, en consecuencia; inscríbase la demanda para ello ofíciese al señor Registrador, y verificada la referida inscripción se citará a la parte demandada además con este auto.- Notifíquese. A los demandados se les previene de la obligación de señalar casilla judicial en esta ciudad. General Proaño, 21 de enero del 2022. Ab. Veronica Montalvo Moscoso SECRETARIA
P-13 (P)
JUEZA PONENTE. ROSA BEATRIZ MOROCHO. VISTOS.-Una vez cumplido con lo ordenado, en lo principal: 1.- La demanda presentada por JORGE ALBERTO NARVAEZ BERMEO, cumple con los requisitos legales exigidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos se la califica de clara y completa, aceptándola en PROCEDIMIENTO ORDINARIO. 2.- Cítese a los demandados en las direcciones señaladas par la parte actora de la siguiente forma: a BLANCA ROSA CEDILLO AUCAPIÑA, CARMEN LUCIA CAMPOVERDE CEDILLO, SARITA BEATRIZ CAMPOVERDE CEDILLO, WILSON SEGUNDO CAMPOVERDE CEDILLO, LUISA MARINA CAMPOVERDE CEDILLO, MARGARITA LUCRECIA CAMPOVERDE CEDILLO, LEONARDO ARTURO CAMPOVERDE CEDILLO, NELSON RUPERTO CAMPOVERDE CEDILLO, CARLOS ERIBERTO CAMPOVERDE CEDILLO, MARTHA IRENE CAMPOVERDE CEDILLO, mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia RICAURTE. Aceptando el juramento que se ha rendido, cítese a los herederos desconocidos del causante: SEGUNDO FELIX CAMPOVERDE CAMPOVERDE, cuya individualidad es imposible determinar, mediante tres publicaciones por la prensa en sujeción a lo establecido en el Art. 56 en relación con el Art. 58 del COGEP. De conformidad con la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al señor ALCALDE y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA, en sus despachos por intermedio de la Oficina de Citaciones. 3.-Citados todos los accionados de conformidad con el inc. 2° del Art. 291 Código Orgánico General de Procesos en el término de TREINTA DÍAS contestarán a la demanda, contestación a la que acompañarán los medios probatorios con los que cuenten. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte accionante. 4.- Inscríbase la demanda previo a la citación conforme a lo establecido en el inciso 5° del Art. 146 del COGEP, por secretaría se entregará la documentación. 5.-Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial, los correos electrónicos, así como la autorización que confiere. FIRMA: Acorde a lo que disponen los Arts. 13 y 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos; imprimase con la constancia de firma electrónica.HAGASE SABER.- F) DRA. ROSA BEATRIZ MOROCHO JUEZA PONENTE DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y DE QUE EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERÁ EN REBELDÍA Cuenca, 11 de julio de 2022 Ab. Mariana Becerra Cando SECRETARIA 22693-14 (P)
22684-14 (P)
FUNCION JUDICIAL
FUNCIÓN JUDICIAL
Juicio No. 01204-2021-01804
Juicio N.º 01333-2020-06383
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 1 de julio del 2022, a las 15h53.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 7 de julio del 2022, a las 12h24.
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL FALLECIDO CORNELIO ROMEO GUACHO CAMPOVERDE, Y POR EL DERECHO DE REPRESENTACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL FALLECIDO HENDRY FERNANDO GUACHO ALEMAN se le hace saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Jenny Elizabeth Duque Álvarez, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCIÓN: INVESTIGACION DE PATERNIDAD MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. PROCEDIMIENTO: ORDINARIO. ACTORA: GABRIELA DEL CARMEN GARATE TORRES DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL FALLECIDO CORNELIO ROMEO GUACHO CAMPOVERDE, Y POR EL DERECHO DE REPRESENTACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL FALLECIDO HENDRY FERNANDO GUACHO ALEMAN CUANTÍA: INDETERMINADA Juicio No. 01204-2021-01804. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 6 de junio del 2022, a las 09h17. 01804-2021 VISTOS: en atención al cumplimiento de lo dispuesto en autos, conforme el acta que antecede, en lo principal: Por reunir los requisitos generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO la demanda presentada por GABRIELA DEL CARMEN GARATE TORRES. Se ordena la citación a los demandados WASHINGTON ROMEO, GINO SANTIAGO y HENRY ROMEO GUACHO ALEMAN en la dirección especificada en el escrito de fojas 93 de los autos, se hará con el contenido de la demanda y esta providencia, se lo hará por medio de la oficina de citaciones, para ello la accionante, ejerciendo el impulso procesal que exige el Art. 5 del COGEP en relación a lo que establece la Resolución N° 0061-2020 emitida por el Consejo de la Judicatura proveerá de copias necesarias.- En atención al juramento rendido por la actora cítese a los Herederos Presuntos y Desconocidos del fallecido CORNELIO ROMEO GUACHO CAMPOVERDE, y por el derecho de representación a los herederos presuntos y desconocidos del fallecido HENDRY FERNANDO GUACHO ALEMAN conforme disposición del Art. 58 del COGEP, para ello se entregará por secretaria el extracto necesario. Los citados serán advertidos sobre las prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los requeridos el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda y, tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Secretaría notifique el auto e imprímalo con la constancia de la firma electrónica generada por quien suscribe electrónicamente acorde a los Arts. 13 y 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Dado y firmado en Cuenca, 01 de Julio de 2022. ORELLANA DURAN MARIA AUGUSTA SECRETARIO
# 41020
REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL
A: LECTONG CUENCA JEFFERSON ENRIQUE, cuya residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se le hace conocer que en esta Unidad a cargo del Dr. Diego Piedra., Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: ACCION:
EJECUTIVO
MATERIA:
DINERO
Actor:
FEGOAUTO S.A.
Demandado:
LECTONG CUENCA JEFFERSON ENRIQUE
CUANTIA:
17300 DOLARES
Juicio N.-
01333-2020-06383
JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01333-2022-02687
PROVIDENCIA(S): Cuenca, martes 22 de diciembre del 2020, las 08h34, Juez Ponente: Lineth Alexandra Boada Herrera. VISTOS: COMPETENCIA: Conozco del presente proceso en virtud del sorteo efectuado, así como la competencia asignada a ésta Judicatura conforme lo dispuesto en el Art. 239 y 240 del Código Orgánico de la Función Judicial, y mediante resolución Nro. 208-2015 de fecha 24 de julio de 2015 del Consejo de la Judicatura. ADMISIÓN A TRÁMITE: La demandada presentada por el señor FERNANDO EUGENIO GONZALEZ CORDERO, en calidad de Gerente General y Representante Legal de la empresa FEGOAUTO S.A.; por ser clara, completa y reunir los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes se lo acepta a trámite ejecutivo por el cobro de la obligación contenida en un pagaré a la orden, en vista de que el título acompañado y la obligación en el contenida prestan mérito ejecutivo, de conformidad con los Arts. 348 y 349 del Código General de Procesos; en relación con los Arts. 186 y 187 del Código de Comercio. CITACIÓN: Cítese al señor JEFFERSON ENRIQUE LECTONG CUENCA, en la dirección que se señala en la demanda, diligencia que se ejecutará por deprecatorio virtual dirigido a la Unidad Judicial Civil del cantón Guayaquil, a quien se faculta delegar el cumplimiento al funcionario correspondiente y se ofrece reciprocidad en casos análogos. La señora secretaria elaborará el correspondiente despacho y remitirá digitalizado previo el sorteo respectivo. ANUNCIO DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Conforme el principio de oportunidad y contradicción establecido en los arts. 159 y 165 del Código Orgánico General de Procesos: 1.- Se tiene en cuenta los medios de prueba documental anexos al proceso, que se ofrecen para acreditar los hechos y la declaración de parte que requiere. Los medios probatorios serán materia de pronunciamiento en la audiencia que corresponda. DISPOSICIONES GENERALES.- 1.- Una vez citado, de conformidad a lo establecido en los arts. 351; 355; y, 33 numeral 3 del Código General de Procesos; los demandados: 1) cumplan con la obligación; 2) en el término de quince días contesten la demanda presentada en su contra conforme lo establecido en el art. 151 y 153 del Código General de Procesos; formulando oposición debidamente fundamentada de acuerdo a lo establecido en el art. 353 del Código General de Procesos, y, acompañando la prueba conforme las reglas del Código General de Procesos; o de ser el caso 3) rindan caución de ser el caso, con el objeto de suspender la providencia preventiva; o 4) reconvengan al actor con otro título ejecutivo; Disposición que la deberán cumplir, bajo prevención de dictar sentencia conforme lo dispuesto en el art. 352 del Código General de Procesos; AUTORIZACIÓN Y CASILLA DESIGNADA. En cuenta la autorización conferida, así como la casilla que señala para notificaciones futuras. Notifíquese.OTRA PROVIDENCIA.- Cuenca, viernes 1 de julio del 2022, las 14h27.- VISTOS: Una vez que la parte actora ha cumplido con rendir su declaración jurada; se dispone la citación al ciudadano LECTONG CUENCA JEFFERSON ENRIQUE al tenor del art. 56, numeral 1) del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; publicación que se efectuará por un periódico de amplia circulación a nivel de la provincia del Azuay, garantizando de esta forma el derecho del accionado a conocer de la existencia de un proceso judicial en su contra y pueda ejercitar su defensa dentro del término legal concedido en el auto de admisión.- Hágase saber.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y QUE EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERA EN REBELDIA. CORONEL SIGUENZA MARIA GABRIELA SECRETARIA ENCARGADA
# 14908
VISTOS.- Cumplido el juramento. La demanda presentada por MARIA ESTHELA FLORES MEJIA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada: MANUEL CONCEPCION GORDILLO LEON, BLANCA FLORINDA GODILLO LEON, LOURDES ALEXANDRA GORDILLO LEON, CARMEN PIEDAD GORDILLO LEON, ANA JUDITH GORDILLO LEON, CRISTIAN JOSE GORDILLO LEON, NARCISA DE JESUS GORDILLO LEON, para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial, diligencia de citación que cumplirá mediante comisión dirigida al teniente político de la parroquia Sinincay líbrese despacho suficiente y forma. Se ordena la citación de RAFAEL ALBERTO GORDILLO LEON para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial, diligencia de citación que cumplirá a través de la oficina de citaciones del distrito Se ordena la citación MANUEL CONCEPCION GORDILLO QUINDE y PEDRO GEOVANNY GORDILLO LEON por la prensa de conformidad al Art. 56 del COGEP, por lo que se entregará suficiente extracto. A los herederos presuntos y desconocidos de la señora: MARGARITA CRUZ LEON MAZA por la prensa de conformidad al Art. 56 y 58 del COGEP, por lo que se entregará suficiente extracto. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad. En esta causa cuéntese con el Señor Alcalde de la ciudad de Cuenca, y procurador Síndico Municipal que serán citados en sus despachos a través de la oficina de citaciones de este distrito. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Hágase saber.DADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DE LA UNIDAD JUDICIAL A 21 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2022 Dra. Gina Bravo Ordoñez JUEZA
Dr. Jorge Villavicencio T. SECRETARIA # 38640
REPUBLICA DEL ECUADOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LIMÓN INDANZA DE MORONA SANTIAGO CITACIÓN JUDICIAL
FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
A: los herederos desconocidos de los extintos señores Manuel Honorio Peláez Marín, María Mercedes Cárdenas Arévalo, y Manuel Honorio Peláez Cárdenas, cuyas individualidades y residencia es imposible determinar, se les cita con el trámite sumario No. 14302-2022-00143 que por partición de bienes sucesorios se ha presentado en la Unidad Judicial Multicompetente con sede en Limón Indanza, cuyos datos son como siguen: ACTOR: Noé Efraín Peláez Cárdenas; DEMANDADOS: Manuel Eloy Peláez Cárdenas, Libia Dolores Peláez Cárdenas, Mercedes Rosario Peláez Cárdenas, Ángel Mesías Peláez Cárdenas, Narcisa de Jesús Peláez Cárdenas, Diocelina Esther Peláez Cárdenas, Rosa Estefanía Peláez Alvarración, y Herederos desconocidos de los extintos señores Manuel Honorio Peláez Marín, María Mercedes Cárdenas Arévalo, y Manuel Honorio Peláez Cárdenas; NATURALEZA: Sumario. CUANTÍA: Indeterminada; PROVIDENCIA: Limón Indanza, viernes 3 de junio del 2022, las 08h22, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda de partición de bienes sucesorios que antecede presentada por Noé Efraín Peláez Cárdenas en contra de Manuel Eloy Peláez Cárdenas, Libia Dolores Peláez Cárdenas, Mercedes Rosario Peláez Cárdenas, Ángel Mesías Peláez Cárdenas, Narcisa de Jesús Peláez Cárdenas, Diocelina Esther Peláez Cárdenas, Rosa Estefanía Peláez Alvarración, y Herederos desconocidos de los extintos señores Manuel Honorio Peláez Marín, María Mercedes Cárdenas Arévalo, y Manuel Honorio Peláez Cárdenas, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento sumario; cítese a los demandados de la siguiente manera: a los señores Manuel Eloy Peláez Cárdenas, Libia Dolores Peláez Cárdenas, Mercedes Rosario Peláez Cárdenas, Ángel Mesías Peláez Cárdenas, Narcisa de Jesús Peláez Cárdenas, Diocelina Esther Peláez Cárdenas, Rosa Estefanía Peláez Alvarración, en el domicilio señalado mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Gualaceo; a los herederos desconocidos de los extintos señores Manuel Honorio Peláez Marín, María Mercedes Cárdenas Arévalo, y Manuel Honorio Peláez Cárdenas, cítese mediante 3 publicaciones en el diario El Mercurio de la ciudad de Cuenca, en virtud de lo prescrito en los artículos 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto el actor bajo juramento ha manifestado desconocer sus individualidades. De conformidad con lo prescrito en la disposición general décima del Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD, cuéntese esta demanda con los representantes del Gobierno Municipal del Cantón Limón Indanza, funcionarios a quienes se los citará en sus despachos. Los demandados una vez citados, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de quince días conteste la demanda y anuncie los medios probatorios en la forma determinada en los Art. 151 y 152 ibídem. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Limón Indanza, viernes 3 de junio del 2022, las 12h43, VISTOS: Por ser el momento procesal oportuno, y conforme lo dispone el Art. 254 del Código Orgánico General de Procesos, se reforma parcialmente el auto de fecha 3 de junio del 2022, las 08h22, en el sentido de que se manda a citar a los demandados Manuel Eloy Peláez Cárdenas, Libia Dolores Peláez Cárdenas, Mercedes Rosario Peláez Cárdenas, Ángel Mesías Peláez Cárdenas, Narcisa de Jesús Peláez Cárdenas, Diocelina Esther Peláez Cárdenas, Rosa Estefanía Peláez Alvarracin, mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Gualaceo, y no como se ha dispuesto mediante deprecatorio dirigido la Unidad Judicial Civil de Gualaceo. En lo demás estese a lo dispuesto en dicho auto. Envíese el despacho en legal y debida forma. Se aclara también que el segundo apellido de la demandada Rosa Estefanía Peláez es Alvarracín , y no como erróneamente se ha hecho constar como Alvarración. Notifíquese.A los demandados se les previene de la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Limón Indanza, a 3 de junio del 2022. Ab. Jorge Guzmán Calle SECRETARIO
DRA. GINA BRAVO ORDOÑEZ EN CALIDAD DE JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA, COMISIONA AL SEÑOR TENIENTE POLITICO DE LA PARROQUIA SININCAY, LA PRACTICA DE LA DILIGENCIA, DENTRO DEL JUICIO 1333-2022-02687 QUE SIGUE MARIA ESTHELA FLORES MEJIA EN CONTRA DE MANUEL CONCEPCION GORDILLO LEON, BLANCA FLORINDA GORDILLO LEON, LOURDES ALEXANDRA GORDILLO LEON, CARMEN PIEDAD GORDILLO LEON, ANA JUDITH GORDILLO LEON, CRISTIAN JOSE GORDILLO LEON Y NARCISA DE JESUS GORDILLO LEON, QUE SEGÚN PROVIDENCIA DICE
JUICIO N° 01204-2022-03249 AL PÚBLICO EN GENERAL Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Señor Juez Doctor Esteban Vélez Pesantez, correspondió la demanda y providencia recaída que en extracto dice: NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO ACTOR: LITUMA IZQUIERDO LUPE MIREYA DE LOURDES DEMANDADO: HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDDY BERNARDO CASTRO MATUTE Y OTROS VISTOS: COMPETENCIA: Dr. Esteban Velez Pesantez, en mi calidad de Juez D de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, por el sorteo de ley, conforme a la Acción de Personal N° 1998-UTHA-AFF-2021, suscrita por el Señor Director Provincial del Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa. En cuenta la comparecencia de la parte actora a realizar el juramento correspondiente en razón del desconocimiento de herederos de quien se pretende la declaratoria de Unión de Hecho. La Actora Lupe Mireya de Lourdes Lituma Izquierdo, en ejercicio de su derecho al acceso a la Justicia y establecido en el Art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Art. 75 Constitucional y propone demanda de la declaración de Unión de Hecho Post morten en contra de Eddy Bernardo Castro Matute, cuyos herederos conocidos sus hijos Marlon Bernardo Castro Lituma y Juan Carlos Castro Lituma. FUNDAMENTO DE DERECHO: en lo establecido en los Arts. 142.7, 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 222 del Código Civil. ANUNCIO DE LA PRUEBA: documental: certificado de identidad y estado civil parte actora, certificado de defunción y certificado de nacimiento; partidas de nacimiento y copias de cedulas de los hijos, fotos y Testimonial: dos testigos nominados, a quienes se les notificará antes de la diligencia de audiencia para su comparecencia. ADMISIÓN A TRÁMITE: Se admite al trámite correspondiente establecido en el Art. 289 del Cogep esto es procedimiento ORDINARIO. El mismo que se realizará a través de los principios de inmediación, concentración y dispositivo establecido en el Art. 168 Constitucional. CITACION: En conformidad a lo establecido en el Art. 53 del Cogep y siguientes cítese a la parte demandada Marlon Bernardo Castro Lituma y Juan Carlos Castro Lituma, a través de la oficina de citaciones, envíese copia de la demanda y este auto interlocutorio para que en el término correspondiente contesten la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep; En conformidad al Art. 58 Cogep, cítese A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS: se los citará por la prensa para lo cual la actuaria entregará un extracto para la publicación en un medio de comunicación de esta ciudad. AL PUBLICO EN GENERAL: a través de una sola publicación por un medio de comunicación para que en el término correspondiente contesten la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep, luego de aquello se convocará a la diligencia de Audiencia Preliminar. DISPOSICIONES GENERALES: En cuenta la cuantía, el trámite Ordinario que se dará al presente, la documentación presentada, la autorización que otorga a su defensa técnica, así como la casilla judicial y correo electrónico de su defensa. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda.- NOTIFIQUESE, CITESE.- CUMPLASE.A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico de un Abogado para futuras notificaciones. Dra. Jenny Juca Guzhnay SECRETARIA # 38649
22683-14 (P)
A MENIDADES
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Jubileo el_mercurioec
www.elmercurio.com.ec sociales@elmercurio.com.ec
Fotos: Xavier Zambrano Teléfono:0987027630
Graduación de la Promoción Santana Class 2022 En Quinta Lucrecia
Yadira Palacios, Pedro jr., Giuliana y Pedro Palacios.
Bruno Vázquez, Camilo Valdivieso, José Andrade, Tomás Proaño.
Macarena Vela, Ma. José Cordero, Tábata Justiniano y Antonia Ávila.
Sebastián Tello, Pedro Suárez, José García, Juan Ricardo Darquea, José Peralta, Joaquín Eljuri, Joaquín Zamora.
Sofía Vélez, Alexandra Roura, Antonia, Manuela y Boris Vélez.
Iglesia “Nuestra Señora de La Presentación” (El Tablón-detrás loma Tu eres Pedro)
Del 13 al 16 de Julio de 2022
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M UNDO
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Tres niños mueren tras alud que sepultó una escuela
Integrantes del Ejército y grupos de socorro mientras trabajan en el rescate de víctimas de un deslizamiento que sepultó una escuela en Tapartó. EFE
Colombia
T
res niños murieron y dos resultaron heridos este jueves después de que un alud sepultó una escuela en el momento en que al menos 22 alumnos estaban en ella, informaron fuentes oficiales que atendieron la emergencia en el departamento colombiano de Antioquia (noroeste). La emergencia ocurrió en el caserío Tapartó, que hace parte del municipio de Andes, en donde el derrumbe sepultó la escuela La Lejía, en donde además de los 22 alumnos también estaba una profesora y una mujer que ayudaba en el comedor escolar.
“Diecisiete de los niños fueron rescatados sin mayor novedad, de los otros cinco, dos fueron llevados al hospital local y están fuera de peligro y estables. Pero damos una noticia muy triste, que tres niños pierden la vida en este hecho”, detalló el alcalde de Andes, Carlos Alberto Osorio. También salieron ilesas la profesora y la otra persona que ayudaba en el restaurante escolar, añadió Osorio. Explicó que de acuerdo con las informaciones que se tienen hasta el momento es que en la parte alta de la escuela hubo un represamiento de aguas, lo que originó la tragedia. “Los niños escucharon un ruido muy fuerte. La mayoría de ellos logró salir
de la escuela”, detalló Osorio, quien añadió que los organismos de rescate siguen evacuando la tierra de la escuela. En el sitio de la tragedia, el gobernador encargado de Antioquia, Juan Pablo López, expresó su solidaridad con las familias golpeadas por esta tragedia. Agradeció al Ejército, Policía, Bomberos, Defensa Civil, Personería, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF, que se encarga de los niños) y a las más de 200 personas que se vincularon para atender la emergencia. Según el gobernador, la escuela estaba en buenas condiciones y la causa de la tragedia fue la “acumulación de aguas” producto de las fuertes y constantes pre-
cipitaciones que azotan a buena parte del país. La tragedia se produce un día después de que dos personas murieron -una niña de 2 años y una mujer de 30- tras el derrumbe de una ladera en un caserío (aldea) cercano a Medellín. En videos que circulan en redes sociales se ve cómo una gran porción de la montaña cede en medio de los gritos de angustia de los lugareños. El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, también ordenó la evacuación urgente de personas asentadas en las márgenes de la quebrada Doña María, a donde fue a parar gran cantidad de tierra y árboles que se desprendieron de la montaña. Bogotá, (EFE).(EFE) (I)
Twitter sufre una caída a nivel mundial Madrid, (EFE).- La red social Twitter está experimentado problemas en todo el mundo desde las 12.00 horas GMT, con informes de los usuarios en países como Estados Unidos, España, Argentina, C a n a d á , Po r t u g a l , Japón, Reino Unido, Francia o México. Así lo indican los usuarios que están reportando fallos en el s e r v i c i o Downdetector, que a través de su web sigue el rastro mundial digital.
Contigo siempre...
Cuando los usuarios intentan entrar en Twitter se despliega el mensaje de error e invita a intentarlo de n u e vo m á s t a r d e, mientras que los que ya lo estaban usando no pueden cargar los nuevos tuits. El fallo parece haberse producido en la mayor parte de países afectados desde las 07:00 y los reportes de problemas son especialmente para el uso de la red social a través de la aplicación, seguidos del sitio web. (I)
Día Nacional
Macron preside el tradicional desfile militar en París París, (EFE).Emmanuel Macron presidió este jueves el tradicional desfile militar de la Fiesta Nacional francesa, marcado esta vez por la guerra de Ucrania, que tuvo su reflejo en la presencia de la bandera de la OTAN y de militares de nueve países miembros del centro y del este de Europa. De los 4.925 militares que desfilaron por los Campos Elíseos, 106 fueron de los nueve países europeos antiguos miembros del Pacto de Varsovia a los que Francia ha querido mostrar su apoyo en este contexto particular de la amenaza rusa tras la invasión de Ucrania. En paralelo a esos militares de Bulgaria, Estonia, Lituania, Hungría, Letonia, Polonia, República Checa, Rumanía y Eslovaquia, la parada militar sirvió también para recordar la implicación directa de
Emmanuel Macron quiso poner en guardia a la población francesa ante el escenario, que considera “probable”, de que Vladímir Putin cierre totalmente los grifos del gas en dirección de Europa como un arma de guerra con importantes efectos económicos y dijo que la primera respuesta tiene que ser la sobriedad energética. Francia en su seguridad. Eso se tradujo en los 125 representantes de las tropas francesas que cumplen misiones en el flanco este de Europa, y que se han reforzado desde que a finales de febrero Rusia invadió Ucrania. El Ministerio de Defensa quiso dejar claro en un dossier de prensa que aunque “el Ejército francés no está directamente implicado, está plenamente concernido por esta guerra que amenaza de forma directa a países miembros de la OTAN”. (I)
El presidente francés Emmanuel Macron recibe el saludo del ejército. EFE
A VISOS
Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA EXTRACTO CITACION JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2022-07359
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA
A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE FAUSTO VICENTE RAMON VERA: cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordóñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente:
A: los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ISIDORA RIVADENEIRA RIVADENEIRA, de CRUZ RIVADENEIRA, de DOMINGO DIONICIO RIVADENEIRA RIVADENEIRA, de FIDEL FELIX RIVADENEIRA RIVADENEIRA, de CRISTOBAL RIVADENEIRA RIVADENEIRA y de JUAN CLIMACO RIVADENEIRA RIVADENEIRA, que en esta Unidad Judicial se ha presentado a trámite una demanda, cuyo extracto es como sigue:
JUICIO NÚMERO 01333-2022-07359 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: SEGUNDO ALBERTO CHICA VERA DEMANDADO: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE FAUSTO VICENTE RAMON VERA JUEZA PONENTE DRA. GINA BRAVO ORDOÑEZ Proceso No. 01333-2022- 07359
MATERIA: CIVIL.
PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO. EXTRACTO DE CITACIÓN.
VISTOS.- Cumplido el juramento. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la demandada: PESANTEZ BALAREZO GUADALUPE MARINA, RAMON PESANTEZ MARCELO, RAMON PESANTEZ GLORIA BEATRIZ y RAMON PESANTEZ FABIOLA ESPERANZA, RAMON PESANTEZ MARLENE JUDITH Y RAMON PESANTEZ GLADYS GRACIELA, mediante comisión al Señor Teniente Político de la parroquia Baños de este Cantón para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial; líbrese despacho suficiente y en forma . A los herederos presuntos y desconocidos de RAMON VERA FAUSTO VICENTE, por la prensa de conformidad al Art. 56 y 58 del COGEP, por lo que se entregará suficiente extracto. Inscríbase la demanda en el registro de la propiedad. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.A la parte demandada se le previene señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones Cuenca, 05 de Julio de 2022
DR. JORGE VILLAVICENCIO T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
22694-14 (P)
REPÚBLICA DEL ECUADOR. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN NABÓN. EXTRACTO DE CITACIÓN A: MOROCHO PAUCAR MIRYAM MARICELA, se les hace saber: Juicio: 01618-2022-00026 Causa: DIVORCIO POR CAUSAL Procedimiento: SUMARIO Actor: MOROCHO MOROCHO CESAR HOMERO AUTO DE CALIFICACIÓN JUEZ PONENTE: PAUL RENATO SERRANO VALLEJO AUTO DE CALIFICACION
CAUSA Nª: 14307-2021-01413. TIPO: ORDINARIO. ACCIÓN/DELITO: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO; DE UN PREDIO UBICADO FRENTE A LA URBANIZACION VALLE ALTO PARROQUIA SEVILLA DON BOSCO DEL CANTON MORONA PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO. ACTOR: TRELLES AREVALO AIDA ANICETA. JUEZA: ABG. JANETH SERRANO CARDENAS. PROVIDENCIA UNO. - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO. - Morona, lunes 24 de enero del 2022, las 09h11, VISTOS: Agréguese a los autos 2el escrito que antecede. Cumplido lo dispuesto en el auto inmediato anterior, en lo principal, la demanda por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por ello se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona [Art. 146, inciso quinto COGEP], en consecuencia, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad, una vez verificada la inscripción se procederá a la citación de los señores MARIA DE JESUS RIVADENEIRA RIVADENEIRA, AIDA AZUCENA SAMANIEGO MONTERO y del Gobierno Municipal del cantón Morona, representado legalmente por el Ing. Franklin Alejandro Galarza Guzmán y por la Ab. Silvia Verónica Idrovo Arias, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica respectivamente, estas diligencias se cumplirán a través de la oficina de citaciones. Mediante comisión que se enviará al señor Teniente Político de la parroquia Sevilla Don Bosco se citará a los señores JOSEFINA RIVADENEIRA RIVADENEIRA, MERCEDES ELENA RIVADENEIRA RIVADENEIRA, FLORIPES GLORIA ESTHELA RIVADENEIRA RIVADENEIRA, ENRIQUE AMABLE CESEN AGUAYO y ZOILO LADISLAO RIVADENEIRA RIVADENEIRA. La citación a RAFAELA CRISPINA RIVADENEIRA RIVADENEIRA se la depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil con sede en el cantón Pastaza, a quien ofreciendo reciprocidad de servicios se enviará suficiente despacho virtual, para las citaciones la parte actora brindará las facilidades del caso conforme la Resolución 061-2020 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Art. 4, entregando las copias necesarias dentro del término previsto. Se citará a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ISIDORA RIVADENEIRA RIVADENEIRA, de CRUZ RIVADENEIRA, de DOMINGO DIONICIO RIVADENEIRA RIVADENEIRA, de FIDEL FELIX RIVADENEIRA RIVADENEIRA, de CRISTOBAL RIVADENEIRA RIVADENEIRA y de JUAN CLIMACO RIVADENEIRA RIVADENEIRA en conformidad con lo prescrito en el Art. 56 del COGEP, mediante publicaciones de prensa, por cuanto la parte accionante bajo juramento manifiesta desconocer su domicilio, su individualidad y residencia y serle por tanto imposible determinarlos a pesar de las gestiones hechas para dar con los mismos, las publicaciones se efectuarán en el diario EL MERCURIO de la ciudad de Cuenca por ser uno de los diarios de mayor circulación nacional, en consecuencia concédase el extracto correspondiente. Para el cumplimiento de la citación a la parte demandada se adjuntará la demanda y copias certificadas de este auto. Se deja la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. De acuerdo al artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte accionada el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Finalmente ofíciese también, al/a Director/a del Registro Civil Identificación y Cedulación de Morona Santiago para que remita a esta Unidad Judicial en el término de cinco días los documentos detallados en el numeral 8 de la demanda (fjs. 33), esto es las partidas de defunción de los señores ISIDORA RIVADENEIRA RIVADENEIRA, CRUZ RIVADENEIRA, DOMINGO DIONICIO RIVADENEIRA RIVADENEIRA, FIDEL FELIX RIVADENEIRA RIVADENEIRA, CRISTOBAL RIVADENEIRA RIVADENEIRA y de JUAN CLIMACO RIVADENEIRA RIVADENEIRA, así como la partida de matrimonio de los señores ISIDORA RIVADENEIRA RIVADENEIRA y CRUZ RIVADENEIRA,. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ABG. JANETH SERRANO CARDENAS, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO, Y F). - ABG. VERONICA MONTALVO MOSCOSO, SECRETARIA. Particular que hago saber para los fines de ley, advirtiéndole a los(as) demandados(as) la obligación que tiene de señalar domicilio judicial dentro de la causa. GENERAL PROAÑO, 6 de junio de 2022.
“VISTOS: Conozco la presente causa en mi calidad de juzgador titular de esta Unidad Judicial Multicompetente del cantón Nabón, mediante acción de personal Nro. 1309-2021-UTHA-PV emitida por el Sr. Director del Consejo de la Judicatura del Azuay, , en atención a lo que mandan los Artículos 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, en virtud de las resoluciones 185-2014; y, 182-2017, aprobadas por el Pleno del Consejo de la Judicatura. Incorpórese al proceso el escrito presentado por la parte accionante dentro del término legal permitido, la razón le asiste, por cumplir los requisitos generales y especiales aplicables a la causa, conforme los Artículos 142, 143, 146 en concordancia con los Artículos 332.4 y 333 del Código Orgánico General de Procesos, se acepta a procedimiento sumario la demanda de divorcio causal planteada por César Homero Morocho Morocho en contra de Miryam Maricela Morocho Paucar, se dispone: 1. CITACIÓN. – Por haber declarado bajo juramento conforme con el Art. 56 del COGEP, bajo los parámetros que han sido identificados por la Corte Constitucional del Ecuador en las Sentencias: 609-13-EP/20; 341-14-EP/20; y, 1688-14-EP/20, cítese a la demandada mediante tres publicaciones de prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta jurisdicción, siendo el único que circula en este cantón: El Mercurio, en la forma que exige el artículo aludido. Secretaría entregue el extracto a la parte accionante dejando constancia en los autos. 1.1. Adviértase a la parte demandada que deberá comparecer a trámite y dar contestación a la acción dentro del término legal de 15 días acorde al Art. 333.3 del COGEP, su contestación deberá cumplir los requerimientos determinados en los Arts. 151 y 152 del COGEP; así como su deber de comparecer a la diligencia oral de audiencia única, la cual será convocada una vez ejecutada la diligencia de citación. 2. PENSIÓN PROVISIONAL Y RÉGIMEN DE VISITAS. – Conforme determinan los Arts. 35, 44 y 45 de la CRE; numerales 1, 2 y 4 del Art. 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño; Art. 146 inciso quinto; y, Artículo 169 Inciso cuarto del COGEP, al no contar al momento con elementos de discernimiento sobre los ingresos del demandado, se toma en consideración los Arts. 4.1, 9 y 15 de la Ley Reformatoria al Título V del Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia (en adelante Ley Reformatoria al CNA), aplicando lo analizado respecto al tema en la Sentencia No. 048-13-SCN-CC de la Corte Constitucional del Ecuador (pág. 13-18, 101, 107); y, Art. 11 del Acuerdo Ministerial Nro. MIES2022-005, publicado en el Registro Oficial del Ecuador No. 626 el 26 de enero del 2022, resolviendo para la fijación de pensión provisional ubicar a la parte demandada en el nivel uno de ingresos de la tabla de pensiones alimenticias mínimas para el año 2022, para el caso en concreto, al existir tres niños 172903237-DFE mayores a tres años sin discapacidad (54.23% sobre el salario básico $425), se fija la pensión provisional de alimentos que el demandado deberá depositar en beneficio de sus hijos la suma mensual de doscientos treinta con 48/100 dólares, más beneficios y subsidios legales, dentro de los cinco primeros días de cada mes, a partir de la fecha de presentación de la acción. 2.1. La demandada deberá proporcionar en forma inmediata la copia de una cuenta corriente o de ahorros en cualquier institución del sistema financiero nacional a fin de proceder a la creación del código SUPA remitiendo el proceso a Pagaduría. Hasta ello el actor tomará en cuenta el inicio del cómputo y valores imputables a pensión de alimentos. 3. RÉGIMEN PROVISIONAL DE VISITAS. – Con fundamento en los Arts. 35, 44, 83.1 de la CRE; Art. 8 de la Convención sobre los Derechos del Niño; Art. 11 y 22 del CNA; Art. 26 del COFJ; Arts. 123, en concordancia con el Quinto Inciso del Art. 146 del COGEP, al no haberse identificado elementos de hecho que refieran impedimentos o requieran análisis previo respecto a factores de riesgo, considerando la edad, la necesidad e imperativo de fijación provisional en el contexto de la pandemia y el grado de apego emocional a tutelar, vista las edades, se fija un régimen provisional de visitas abierto, previa coordinación entre madre y padre. Las visitas se desarrollarán con todas las seguridades y siguiendo los protocolos que emita el COE nacional y el Ministerio de Salud Pública a fin de precautelar la seguridad del niño y sus padres. 4. Conforme con el Art. 60 del Código de la Niñez y Adolescencia, inciso final del Artículo 31 e inciso final del Artículo 32 del COGEP, tomando en consideración al Artículo 1 y 2 de la Resolución No. 10-2016 de la Corte Nacional de Justicia, Artículo 26 del Código Orgánico de la Función Judicial y adhiriéndose este despacho a la absolución de consulta emitida por la Sra. Presidenta de la Corte Nacional de Justicia mediante oficio No. 04-CPJC-SP, de fecha 29 de enero del 2018: “En los juicios de divorcio en los que las partes tengan involucrados derechos de menores de edad o personas incapaces, se deberá nombrar siempre un curador que represente sus derechos, en aplicación del Art. 60 del Código de la Niñez y Adolescencia y de conformidad con la Resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia No. 10-2016 de 21 de diciembre de 2016.”, se dispone se proceda a designar Curador Ad Lítem en beneficio de los niños, en forma posterior a la citación podrán designar directamente su Curador, en caso de no hacerlo se lo realizará en audiencia de parientes o personas honorables. (Posterior a la citación). 5. ANUNCIO DE PRUEBAS. - En cuanto a la prueba anunciada, solicitada y fundamentada: A) Se considera su anuncio probatorio documental, testimonial, y declaración de parte. Incorpórese los documentos al expediente. 6. Se tiene en cuenta los fundamentos de hecho, derecho, la cuantía, pretensiones concretas, trámite, se enviarán notificaciones a todos los lugares idóneos identificados conforme el Art. 66 del COGEP. Cúmplase y hágase saber el auto e imprímase con la constancia con la firma electrónica generada. – Nabón, 05 de mayo de 2022.
ABG. VERONICA MONTALVO MOSCOSO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA
# 22702
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA EXTRACTO CITACION JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2021-07322 A: JUAN GILBERTO LOYOLA CORDERO: cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordoñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2021-07322 NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: ROSA AMADA CORDERO PADILLA DEMANDADO: JUAN GILBERTO LOYOLA CORDERO CUANTIA: $8518,80 JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo Ordoñez Proceso: 01333-2021-07322 VISTOS: Cumplido el Juramento de Ley. Comparece a la administración de justicia la señora Rosa Amada Cordero Padilla. La demanda propuesta es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Conforme lo previsto en los incisos quinto y sexto del art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, previo a la citación Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón Cuenca, notificando para el efecto a la funcionaria correspondiente. En el trámite de la causa cuéntese con el señor Alcalde de la Ciudad de Cuenca el señor Ingeniero Pedro Palacios Ullauri y con la señora Procuradora Sindica la señora Doctora María Cristina León Carvajal del Gad Municipal de Cuenca, funcionarios que serán citados en sus despachos. Se ordena la citación de los demandados: a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ROSENDO ISAIAS LOYOLA VIDAL, MERCEDES VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, JUAN GILBERTO LOYOLA CAMPOVERDE, MARGARITA ANGELICA LOYOLA CAMPOVERDE, RAUL ROSENDO LOYOLA CAMPOVERDE y MERCEDES VICTORIA LOYOLA CAMPOVERDE cítese a través de tres publicaciones por la prensa como lo disponen los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Se ordena la citación de los demandados: CARLOS FELIPE SARMIENTO LOYOLA y de EDWIN RODRIGO SARMIENTO LOYOLA a través de tres publicaciones por la prensa como lo disponen los artículos 56 del Código Orgánico General de Procesos, Se ordena la citación de MERCEDES GUADALUPE SARMIENTO LOYOLA, PABLO ANDRES LOYOLA CORDERO, MARIA ESTHER LOYOLA CAMPOVERDE y NARCISA ELIZABETH LOYOLA CORDERO en el domicilio señalado a través de la Oficina de citaciones de este Complejo Judicial de Cuenca; cítese a: FRANCISCO MAURICIO SARMIENTO LOYOLA, TERESA DE JESUS LOYOLA CORDERO, FAUSTO MARIA LOYOLA CAMPOVERDE y ROSA ALEXANDRA LOYOLA CORDERO en el domicilio señalado mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Chiquintad; cítese a: MIGUEL ANGEL ORELLANA LOYOLA, CELIA HERLINDA ORELLANA LOYOLA y LUIS ALBERTO ORELLANA LOYOLA, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial, a través de deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil; Cítese a: VICTOR ROSENDO ORELLANA LOYOLA en el domicilio señalado mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia Sidcay. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA JUEZA PONENTE: Dra. Gina Bravo. 01333-2021-07322 Cumplido el juramento cítese al demandado Juan Gilberto Loyola Cordero, a través de tres publicaciones por la prensa como lo disponen los artículos 56 del Código Orgánico General de Procesos, con esta providencia y el auto de calificación de la demandada Confíerase el extracto de ley NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.Cuenca, 29 de Junio de 2022
Atentamente.
Ab. María del Carmen Donaula SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN NABÓN
DR. JORGE VILLAVICENCIO T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIALDE LO CIVIL DE CUENCA
P-13 (P)
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MUNDO Cuenca, viernes 15 de julio de 2022
Sánchez defiende nombramiento El académico y abogado Enrique Sánchez Falcón, nombrado por el opositor Juan Guaidó procurador especial de Venezuela, defendió ante un tribunal londinense la legitimidad de su cargo.
www.elmercurio.com.ec deportes@elmercurio.com.ec
Las marchas empezaron en la capital de Argentina Buenos Aires
Movimientos de izquierda protestan Manifestaciones
D
ecenas de miles de personas marcharon este jueves en Buenos Aires para reclamar más programas de ayudas sociales, en medio de la delicada situación socioeconómica que vive Argentina y apenas unos días después del nombramiento de Silvina Batakis como nueva ministra de Economía. La movilización, convocada por un amplio número de organizaciones sociales y de izquierda, algunas afines a la coalición oficialista del Frente de Todos, colapsó gran parte de la avenida 9 de Julio porteña hasta desembocar en la histórica Plaza de Mayo, frente a la sede del Poder Ejecutivo nacional y del Ministerio de Economía. Las principales demandas están relacionadas con el incremento de las ayudas sociales, con algunos sectores reclamando la aprobación de una “renta básica universal” y de un bono especial para jubilados y trabajadores no registrados, así como el rechazo a las políticas de ajuste anunciadas por Batakis a comienzos de esta semana. “Es una protesta que ya estaba programada, por la situación económica y social, por el agravamiento de esa situación social, por la falta de comida en los comedores populares y por un ajuste
Ciudadanos participan en una manifestación convocada por organizaciones sociales y de izquierda en la ciudad de Buenos Aires (Argentina). EFE
general que depende del Ministerio de Economía”, aseguró Eduardo Belliboni, dirigente de Polo Obrero, en declaraciones a CNN Radio. El referente piquetero afirmó que desde las organizaciones sociales desean mantener una reunión con la titular de Economía, vinculando ese posible encuentro con la permanencia de la movilización en la Plaza de Mayo. “Estamos planteando
una ayuda de emergencia y la discusión sobre el salario mínimo (45.540 pesos/355 dólares), un refuerzo en función de una inflación que se ha comido el ingreso de todos los asalariados”, explicó Belliboni. Sobre la discusión en torno a la “renta básica universal”, la portavoz presidencial, Gabriela Cerruti, señaló este jueves que actualmente existen otros programas de asistencia que cubren ese tipo
Piden a EEUU medidas para favorecer la inmigración legal La cumbre que se clausuró ayer, no ligada a un partido político, es la sexta dedicada a las Américas. Miami, (EFE).- El presidente del Instituto de Política Migratoria (MPI, en inglés), Andrew Selee, pidió este jueves en Miami que Estados Unidos ponga en marcha iniciativas que permitan la inmigración legal desde América Latina, durante la jornada de clausura de la Cumbre Concordia de las Américas. Selee, al frente de esta institución con sede en Washington, señaló en el panel “Una crisis en desarrollo: migración y refugiados en América Latina” que se trata de una medida necesaria dada la magnitud de un problema creciente. “La pregunta es cómo crear una fórmula para que esa migración sea legal”, sostuvo Selee en la segunda y última jornada de la Cumbre Concordia de las Américas, que reúne en Miami a políticos, empresarios y académicos para hablar de los desafíos y oportunidades del continente. “La crisis provocada por la pandemia de la covid-19 ha generado que personas de clase media de países como
Uno de los puntos tratados en la Cumbre fue buscar un mecanismo que legalice la migración hacia EE.UU. Cortesía
Brasil y Perú que perdieron sus trabajos se sumen a la corriente migratoria hacia Estados Unidos”, destacó el experto. Miguel Pizarro, nombrado por el opositor venezolano Juan Guaidó comisionado para la ONU, dijo que en su país la migración es resultado de “la corrupción” y de un Gobierno que permite unas condiciones de vida como las que sufre la población. “En Venezuela hay 7 millones de personas que viven dentro del país que necesitan ayuda y otros 6 millones que están fuera”, destacó Pizarro. El embajador de Guatemala en Estados Unidos, Alfonso Quiñónez, el tercer de los participantes en el panel, aseguró que la
falta de oportunidades ha provocado un flujo constante de migrantes de Venezuela que pasan por su país camino hacia Estados Unidos. “Por ello se deben crear oportunidades en los países de origen y tiene que haber un esfuerzo conjunto entre las naciones”, apuntó Quiñónez. El diplomático subrayó que en su país se plantea en estos momentos cómo acoger a la cantidad de inmigrantes que tienen como destino final EE.UU., pero que quedan varados en Guatemala. Concordia es una organización dedicada a fomentar en el continente las asociaciones intersectoriales para el impacto social. (I)
Venezuela registra 362 homicidios Caracas, (EFE).- La O N G d e Ve n e z u e l a Fundaredes informó que durante el primer semestre del año se registraron 362 homicidios en seis estados, luego de que se sumaran 42 asesinatos en junio. En estas zonas limítrofes, se computaron 91 homici-
dios en enero, 67 en febrero, 71 en marzo, 56 en abril y 35 en mayo. La cifra semestral supone una disminución de un 38 % respecto al mismo lapso del año pasado, cuando se contabilizaron 593 homicidios. De enero a junio de este año hubo 159 desapariciones
o secuestros, 8 más que en el primer semestre de 2021, cuando ocurrieron 151. Además, en la primera mitad de 2022 se registraron 112 enfrentamientos, lo que supone un descenso de un 47 % en comparación con el mismo periodo del año pasado, cuando se produjeron 213. (I)
de necesidades, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), el plan de inserción laboral Potenciar Trabajo o las tarjetas alimentarias. “Todas las herramientas se pueden seguir discutiendo, en este momento las que están funcionando están funcionando bien y están fortalecidas por parte del Gobierno y del Ministerio de Desarrollo Social”, afirmó Cerruti en una rueda de prensa.
En ese sentido, el presidente argentino Alberto Fernández mantuvo este miércoles una reunión con un grupo de referentes sociales, en donde les expresó su rechazo a “la persecución judicial de la dirigencia política y social” y su preocupación por los “allanamientos” a comedores y merenderos. Recortes al gasto público Esta movilización se
produce después de que Silvina Batakis anunciara un conjunto de medidas tendientes a “equilibrar las cuentas públicas del Estado”, en consonancia con el acuerdo firmado en marzo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), que ha sido el principal foco de tensiones en los últimos meses en el seno del oficialismo. “No vamos a gastar más de lo que tenemos”, manifestó este lunes la titular de Economía, cuyo compromiso por el control del gasto público no ha conseguido, por el momento, calmar los ánimos de los mercados, con un incremento del 15,8 % de la prima de riesgo desde su asunción como ministra. Las fricciones entre las organizaciones sociales y el Gobierno también aumentaron en las últimas semanas a raíz de las críticas vertidas por la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, quien reprochó públicamente el modo en que los movimientos sociales distribuyen los planes de transferencias de ingresos entre la población más vulnerable. Según los últimos datos oficiales, la pobreza afecta al 37,3 % de los argentinos, una cifra que salta hasta el 43,8 % de acuerdo con el Obser vatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica (ODSA-UCA).
Palabras del papa sobre Cuba y Raúl Castro causan “indignación” Miami, (EFE).Dirigentes del exilio y cubanos de Miami rechazaron unas palabras del papa Francisco sobre Cuba y el expresidente Raúl Castro que calificaron de “lamentables” “injustas”, “indignantes” y “dolorosas”, y lo acusaron de “escandalizar” a los cristianos cubanos e “irrespetar” a la Iglesia. En una entrevista con dos periodistas de Univisión, transmitida el pasado 11 de julio, cuando le preguntaron por las protestas antigubernamen-
tales de ese mismo día de 2021, Francisco dijo que Cuba es un “símbolo” para él y que tiene “una relación humana” con Raúl Castro, hermano de Fidel Castro y expresidente del país. “Cuando su santidad habla el pueblo espera solidaridad, cuando su santidad habla los católicos esperamos caridad, cuando su santidad habla el mundo también escucha”, dijo Rosa María Payá, hija de Oswaldo Payá, el fallecido líder del Movimiento Cristiano Liberación.(I)