7 minute read
“Efecto Mandela” nuevo sencillo de Sobrepeso
El grupo de rock ecuatoriano Sobrepeso presenta su nuevo material, este sencillo es el debut de Santiago Muñoz como nuevo vocalista y marca una nueva etapa musical en la carrera artística de la banda que cuenta ya con más de 25 años de trayectoria artística.
Este es un tema creado y compuesto en colectivo que aborda la temática del “Efecto Mandela” un fenómeno de masas descrito como la confabulación compartida sobre la creencia colectiva de un hecho que nunca pasó.
Advertisement
Este tema llama a la reflexión sobre el manejo actual de la comunicación en un tiempo saturado de fuentes informativa erróneas donde la post verdad y la manipulación del pensamiento colectivo, buscan posicionar una verdad a conveniencia de intereses personales, políticos o económicos.
Además la banda anuncia apertura de fechas para shows en vivo, Booking en la siguiente descripción.
Ficha Técnica:
Letra: Santiago Muñoz / Renato
Zamora
Música: Renato Zamora / Eduardo
Heredia / Hugo Castillo
Grabación de Basic Tracks y Guitarras:
Jero Cilveti estudios “la Casa Nosstra”, Quito-Ecuador. Grabación de Voces: Santiago Salazar estudios “Santiago Salazar Sound”, Cuenca-Ecuador.
Mezcla y Mastering: Santiago Salazar estudios “Santiago Salazar Sound”, Cuenca-Ecuador.
Concepto Artístico: Sobrepeso
Diseño gráfico: Bernardo, Cuenca
Ecuador.
Management & Booking: Reina Torres
- The Music Color Company @themusiccolorcompany
Contacto: +593 983379982 themusiccolorcompany@gmail.com
Producido por Renato Zamora Arízaga
Redes:
• Facebook https://www.facebook. com/sobrepesoec/
• Instagram https://www.instagram. com/sobrepesoec/
• Youtube https://www.youtube. com/@sobrepesoec
• Twitter https://twitter.com/sobrepesoec
• Web. https://www.sobrepesoec.com/
ENLACE DE DESCARGA TEMA
MUSICAL & INFO: https://n9.cl/ r1vnb
Rihanna actuará en la ceremonia de los Óscar Oruro, generó 37 millones de dólares
Los Ángeles (EE. UU.), (EFE).- Rihanna actuará en la próxima ceremonia de los Óscar, donde interpretará “Lift Me Up”, de la película “Black Panther: Wakanda Forever”, nominada a mejor canción en esta edición, informó la Academia de Hollywood en un comunicado.
Se trata de una composición en cuyo diseño sonoro participaron, además de Rihanna, la cantante nigeriana Tems y el compositor sueco Ludwig Göransson. La letra es obra del director estadounidense Ryan Coogler y de la propia Tems.
Esta canción compite por el Óscar con “Hold
My Hand” (“Top Gun: Maverick”), “Naatu Naatu” (“RRR”), “This Is Life” (“Everything Everywhere All at Once”) y “Applause” (“Tell It Like a Woman”). En los próximos días, la Academia de Hollywood dará a conocer otras actuaciones previstas en esta nueva entrega de los premios más reputados de la industria del cine. Ganadora de nueve premios Grammy y con ocho álbumes multiplatino en su haber, Rihanna volvió a los escenarios hace pocos días con su aparición estelar en el espectáculo del descanso del Super Bowl. (E)
La Paz, (EFE).- El Carnaval de Oruro, el principal de Bolivia y uno de los más llamativos de Suramérica, generó este año un movimiento económico de más de 37 millones de dólares y superó las expectativas de los organizadores por el significativo aumento de asistentes extranjeros y nacionales. (E)
Juicio No. 01610-2016-00479
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SIGSIG.
Sigsig, miércoles 26 de octubre del 2022, a las 08h12
NOTIFICACION JUDICIAL
A: ANGEL VINICIO ORTEGA MINGO, AIDA YOLANDA
FERNANDEZ CARCHI Y MARIA DELIA ORTEGA MINGOL, se le hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente de Sigsig a cargo del Dr. Jorge Garate Andrade, por sorteo de ley realizado correspondio conocer una demanda cuyo extracto es el siguiente:
MATERIA : CIVIL
PROCEDIMIENTO EJECUTIVO - COBRO DE PAGARE
ACTOR : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO JARDIN AZUAYO LTDA.
DEMANDADOS: ORTEGA MINGO MARIA DELIA , FERNANDEZ CARCHI HENRY ISIDRO , FERNANDEZ CARCHI AIDA
YOLANDA , ORTEGA MINGO ANGEL VINICIO
CUANTIA: $ 22550.20 USD
Juicio No. 01610-2016-00479 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SIGSIG. Sigsig, martes 25 de octubre del 2022, a las 14h46. VISTOS: Adjúntese a los autos el escrito presentado por la parte actora y atendiendo el mismo se parte indicando que la finalidad única de las copias certificadas es utilizarlas como prueba de acuerdo con el Art. 211 del COGEP, y para cumplir con aquel requisito la norma no ha previsto que se haga una investigación propia que se las realiza para buscar el domicilio, no exige la norma como consecuencia se dispone por secretaria se conceda el extracto para la notificación a los demandados
ANGEL VINICIO ORTEGA MINGO, AIDA YOLANDA FERNANDEZ CARCHI Y MARIA DELIA ORTEGA MINGO de conformidad con el Art. 56 ibídem; y, cumplido con aquello confiérase las copias solicitadas.- CÚMPLASE Y HÁGASE SABER.- f)
GARATE ANDRADE JORGE LEONIDAS JUEZ(PONENTE)
PACHECO FERNANDEZ MAYRA LUCIA SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL
A: FAUSTO GUILLERMO MOLINA PIÑA: Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. Luis Alberto Guerrero, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dicen:
Materia DIVORCIO CAUSAL
Naturaleza: SUMARIO
Actor: MARIA ANTONIA HUERTA QUITO
Demandado: FAUSTO GUILLERMO MOLINA PIÑA
Cuantía: indeterminada
Juicio No.- 01204-2022-07059
Cuenca, mièrcoles 11 de enero del 2023, A LAS 12H10 Vistos: Se ha cumplido con lo ordenado, por consiguiente, se dice: La demanda de DIVORCIO presentada por MARIA
ANTONIA HUERTA QUITO, en contra de FAUSTO GUILLERMO MOLINA PIÑA, por reunir con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de ProcesosCOGEP, se lo acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme el Art. 332 y siguientes ibídem, por lo tanto se dispone: UNO) Se procederá a citar a la demandado señor FAUSTO GUILLERMO MOLINA PIÑA, mediante publicaciones de prensa en la forma determinada en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, considerándose que de autos consta la declaración de la parte accionante que indica la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de l dichos demandados y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esa forma; para el caso existe también la certificación de la Coordinación Zonal 6 Cuenca, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que se anota que no existe con un registro consultar sobre los mencionados ciudadanos, se le prevendrá de la obligación de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones y que de no hacerlo se procederá en rebeldía. DOS)La parte demandada tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem. TRES) Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación de medios de prueba, en relación a los mismos se dispondra lo que corresponda sobre su admision en audiencia unica. Los testigos serán notificados mediante boleta con tres días de anticipación, conforme el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, y advirtiéndose de su obligación de comparecer a la audiencia única que se señalará con oportunidad, previéndoles que en caso de no comparecer y no justificar su ausencia, serán conminados a comparecer con el apoyo de la Policía Nacional. Agréguese la partida de matrimonio y de nacimiento presentada. CUATRO) En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para recibir notificaciones, así como la autorización a los abogados defensores. CINCO) Se deja constancia que no existen hijos menores de edad procreados dentro de matrimonio. Notifíquese.-.f) Dr.. Luis Alberto Guerrero, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca. A la parte citada se le advierte señalar casilla judicial y correo electrónico de un abogado para notificaciones futuras. Cuenca, 13 de enero del 2023 Ab. Ana Lucia Vásquez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL
A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JOSE MIGUEL MERCHAN LLIVISACA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2023-00110
ACCION: ORDINARIO
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO
ACTOR: MARIA ZOILA DAMIAN PLAZA.
DEMANDADOS: JOSE MIGUEL MERCHAN LLIVISACA Y OTROS.
CUANTIA: $ 21.604,91
PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2023-00110 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 18 de enero del 2023, a las 08h23. JUEZA PONENTE: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Por cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 142 del COGEP, en vista de lo dispuesto en el del Art. 289 del Código citado, se admite a trámite en procedimiento ordinario la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio presentada por MARIA ZOILA DAMIAN PLAZA.- Conforme lo previsto en los incisos quinto y sexto del Art. 146 COGEP, antes de la citación inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de éste Cantón, notificando para el efecto a la funcionaria correspondiente. En el trámite de la causa cuéntese con el señor Alcalde de la Ciudad y con el señor Procurador Síndico de la I. Municipalidad de Cuenca, funcionarios que serán citados en sus despachos. Cítese a los demandados, MARIA ISABEL, CARMEN LEOPOLDINA, LIGIA IJNES, LUIS EFRAIN, PABLO ENRIQUE, Y ZOILA YOLANDA MERCHAN RUMIPULLA, en la dirección señalada mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Turi, envíese despacho en forma, a los herederos presuntos y desconocidos de JOSE MIGUEL MERCHAN LLIVISACA, cíteseles por medio de publicaciones que se realización en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en la forma determinada en el Art. 56 del COGEP. A los demandados se les corre traslado con la demanda propuesta en su contra para que la contesten en el término de treinta días establecidos en el Art. 291 del COGEP. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, los lugares señalados para citación y notificaciones, así como la autorización que el peticionario concede a sus defensores. Agréguese a los autos la documentación presentada. Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD
JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 23 de enero del 2023, a las 11h05. Jueza
Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade De conformidad con el Art. 100 del Código Orgánico General de Procesos, con el fin de evitar nulidades a posterior, se colige que el nombre y apellido correcto de uno de los accionados es LIGIA INES MERCHAN RUMIPULLA, y no como erróneamente se ha hecho constar en el auto inicial, en lo demás estese a lo ordenado y cúmplase. Notifíquese. F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, 24 de enero de 2023.
Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA # 24670
NECESITO PERSONAL Con conocimientos en metalmecánica y cerrajería Informes 0992690709 LM-15387 NECESITO MECÁNICO AUTOMOTRIZ Informes