El Mercurio -26-07-2022

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DIARIO INDEPENDIENTE DEL AUSTRO $ 0,50

MARTES, 26 de julio de 2022

Cuenca - Ecuador

Cultura

Desde hoy y hasta el viernes se suspende tránsito por Km 49

Molleturo: un año de obras y cierres de vía

Hay plan para mejorar Museo de la Medicina Tras varios meses de trabajos, la Sociedad de la Historia de la Medicina del Azuay firmó un convenio con el Municipio de Cuenca y el Ministerio de Salud para que la Dirección de Áreas Históricas realice un estudio de intervención en el Museo de la Medicina. El espacio en donde se albergan más de 10.000 piezas que usaron los médicos de antaño requiere de un trabajo de mantenimiento que no se lo ha podido dar por falta de recursos. Se espera que, una vez se cuenta con la investigación, se pueda intervenir en el inmueble.

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El inmueble en donde funciona el museo requiere de una intervención desde hace varios años. AWM

Para definición de candidaturas quedan 10 días 3A

L

a emergencia en el kilómetro 49, de la vía CuencaMolleturo-El Empalme, cumplirá un año desde que un macrodeslizamiento agravó una falla geológica en el sitio. En los habitantes persiste la preocupación a pesar de las

obras de estabilización que se ejecutan. De acuerdo con Luis Mario Barzallo, subsecretario zonal 6 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), se mantienen los trabajos con un avance del 30 % hasta que termine la construcción de una vía alterna por debajo de la

zona de emergencia. Una vez habilitada la variante -prevista para fines de agosto- se retomará la estabilización del talud, cuyos trabajos durarán seis meses y concluirán a inicios de 2023.

Tasa del 11 % en los créditos quirografarios 6A

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Emergencia

Movilidad

Cuenca es vista como “amigable con bicis”

Carchi: hubo ocho réplicas de sismo Un sismo de magnitud 5,2 en la escala de Richter a 12,62 kilómetros de San Gabriel ocurrió ayer a las 08:38 en la provincia de Carchi. Hubo ocho réplicas y hasta el cierre de edición se reportaron ocho personas heridas y 124 viviendas afectadas. API

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Deportes

Galería de la Fama con nuevos rostros

Diez seleccionados nacionales ya son parte de la Galería de la Fama de la Federación Deportiva del Azuay.

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2 cuencanos van a Mundial de Atletismo Saúl Wamputsrik empezó ayer la última semana de entrenamiento previo al viaje a Cali, Colombia, donde competirá en el Mundial de Atletismo U20. Él es uno de los dos cuencanos y el menor de la delegación tricolor compuesta por 17 deportistas. Saúl competirá en los 10.000 metros marcha, mientras su compañero Freddy Vásquez integrará los equipos de relevos 4x400 varones y mixto.

2B

Cuenca recibió la Certificación Internacional “Bike Friendly” (Ciudad Amigable con la Bicicleta), por incentivar el uso de la bicicleta como medio de movilidad y recreación, convirtiéndola en la primera ciudad en el Continente Americano que recibe este reconocimiento, convirtiéndola en la primera ciudad en América que recibe este reconocimiento.

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Deportes

Sentencian a Gonzalo Plata a dos años de privación del carné de conducir, por accidente.

Mundo

3B

Europa echa el freno en su propuesta de racionar el gas por guerra entre Rusia y Ucrania.

Ecuador

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Más de ocho horas duró audiencia preparatoria de juicio en caso de helicópteros Dhruv.

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Contáctenos

@elmercurioec elmercurioec El Mercurio Cuenca elmercurioec elmercurioec Año 97 /18 páginas / 2 cuerpos Ejemplares en circulación: 8.024 Edición No. 36.977

La ciudad tiene 70 kilómetros de ciclovías. XCA


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NFORME

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Desde hoy y hasta el viernes habrá nuevo cierre en km 49

Vialidad por Molleturo: año para el olvido Vialidad

El MTOP prevé terminar las obras de estabilización en los primeros meses del año 2023.

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a parroquia Molleturo, ubicada al occidente de Cuenca, cumplirá en agosto un año de lidiar con un macrodeslizamiento que agudizó una falla geológica en el kilómetro (km) 49, de la vía Cuenca-Molleturo-El Empalme. La incertidumbre persiste en la población de la localidad a pesar de las obras de estabilización vigentes. Los derrumbes se activaron el 11 de agosto de 2021 para afectar la conexión entre las provincias de Azuay y Guayas. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) oficializó recién en octubre de ese año la emergencia en el sitio que permitió en diciembre la suscripción del contrato con la empresa Sudamericana Integral de Construcciones (Sudinco) para que inicie en marzo de 2022 las obras de estabilización. Este tramo vial ha sufrido por cerca de un año de cierres y restricciones en la circulación vehicular debido a meses complicados de lluvias, así como por las necesidades de la contratista Sudinco para ejecutar las obras. Pérdidas

“En el tramo comprendido entre los kilómetros 39 al 77 quedan alrededor de 10 restaurantes de los 21 negocios que existían hace un año”. Esas fueron las palabras de Ronald Quiroz, representante de la Asociación de Emprendedores Turísticos de la zonas del Cajas y Miguir, quien aseguró que algunos locales tuvieron que cerrar para arrendar las viviendas con el afán de ganar algo de dinero para cancelar las deudas en bancos y cooperativas. Quiroz agregó que los locales que aún mantienen abiertas sus puertas sienten desde este mes un poco de alivio porque las ventas mejoraron debido a las vacaciones. Sin embargo, cree que la situación no se normalizará hasta que no se terminen las obras en el km 49, y se solucionen otros segmentos de la carretera que presentan inconvenientes. Los propietarios de negocios en la cabecera parroquial de Molleturo temen por nuevos cierres prolongados tras el anuncio del MTOP que desde hoy hasta el viernes se suspenderá la circulación vehicular. La medida aplicará para retirar grandes y pesadas rocas del talud. Según José Gutama, presidente de los seis barrios céntricos de Molleturo, los habitantes están inconformes con el avance de los trabajos, y, advierte que no soportarían más cierres prolongados. “No existe una estabilidad económica en Molleturo luego de un año de la emergencia por el kilómetro 49. Los cierres no permiten el traslado de productos a Cuenca, ni tampoco que lleguen a la parroquia”, recordó Gutama. En medio de la preocupación de los habitantes de Molleturo, las obras de estabilización del talud en el km 49 se mantienen con un avance del 30 % hasta que finalice la construcción de una variante en la parte baja del tramo en mención. El proyecto bordea los ocho millones de dólares. Luis Mario Barzallo, subsecretario zonal 6 del MTOP, comentó que se construyeron hasta el momento cuatro de las 11 bermas (terrazas) previstas en lo alto del talud. Además de plataformas y se retiró una gran cantidad de material suelto, cuya labor se retomará desde hoy, por tres días, debido a unas rocas inestables. En lo que respecta a la variante, se habilitó alrededor de 1,5 de los 2,7 kilómetros previstos que significa un avance del 60 %. Los trabajos se prevén que concluyan hasta fines de agosto para que puedan circular momentáneamente los vehículos las 24 horas del día. Barzallo aseguró que, una vez entre en funcionamiento la variante, se retomarán las obras de estabilización que tendrán una duración de seis meses para recuperar definitivamente el tramo vial afectado. Con esto, los trabajos en el kilómetro 49 se dilatarán hasta los primeros meses de 2023. (I) Por. Bolívar Pérez R. bperez@elmercurio.com.ec Fotos: Xavier Caivinagua A. El Mercurio-Cuenca

Marco Vásquez empleado “Los empleados del Ministerio de Salud Pública que residimos en Molleturo y los que vienen de Cuenca hemos tratado de cumplir nuestro trabajo a pesar de los cierres viales. Cuando se suspende la circulación vehicular por el kilómetro 49 nos toca dar la vuelta por La Troncal (provincia del Cañar). Los trabajos están demorados, pero se ve que están avanzando” En el kilómetro 49, de la vía Cuenca-Molleturo-El Empalme, continuarán las labores de estabilización luego de que se habilite una variante.

3 meses más de obras en Marianza Marlene Muevecela estilista “Ha sido un año difícil para los habitantes de Molleturo debido a la emergencia en el kilómetro 49. En mi caso perdí mi emprendimiento de venta de codornices porque no podía llegar a Cuenca. Viví una crisis bárbara. Espero que terminen la variante para que nos garanticen la circulación hasta que concluyan de estabilizar el talud”

La carretera Cuenca-MolleturoEl Empalme presenta otro punto crítico. Se trata del kilómetro (km) 10, ubicado en el sector Marianza, de la parroquia Sayausí, afectado el pasado 27 de marzo por un aluvión. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) contrató en junio una empresa liderada por el profesional Fabián Brito, con el propósito de que se encargue de los trabajos. La inversión asciende a 890 mil dólares y con un plazo de tres meses. Luis Mario Barzallo, subsecretario zonal 6 del MTOP, explicó que las obras iniciaron con la limpieza y

retiro de material para continuar con la construcción de muros de escolleras, además de recuperar cunetas, bordillos y guardavías. Se procederá también con el cambio de los paños de hormigón en los puntos conflictivos desde el kilómetro 6 hasta el 16. La intervención se complementará con la colocación de la señalización horizontal y vertical. El funcionario recalcó que los trabajos presentan un avance de alrededor del 25 %, a pesar de que el paro nacional convocado por la Confederación de Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador (CONAIE), afectó su ejecución. (I)

Cecilia Guayllas trabajadora “Los negocios se activaron desde que inició la construcción de la variante y permiten el paso de vehículos por el kilómetro 49. Sin embargo, nos preocupa que nuevamente se cierre por unos días la carretera. Cuando no había paso sufrimos con los negocios porque no llegaban turistas. Algo similar vivimos en el paro nacional que afectó la economía”

Los trabajos en el kilómetro 10, sector Marianza, estarán listos en tres meses. El pasado 27 de marzo hubo un aluvión.


I

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

3 de enero de 2023 iniciará la campaña electoral en Ecuador para las elecciones del 5 de febrero de 2023.

13

21

candidatos a la Alcadía de Cuenca y 10 a la Prefectura de Azuay hubo en las elecciones seccionales de 2019.

32

de agosto de 2022 el Concejo Nacional Electoral (CNE) hará la convocatoria oficial a las elecciones seccionales.

NFORME 3A

53

concejales rurales se elegirán en la provincia del Azuay en las próximas elecciones seccionales.

concejales urbanos se elegirán en la provincia del Azuay en las elecciones del 5 de febrero de 2023.

305 representantes de juntas parroquiales rurales se deben elegir para el Azuay en las votaciones seccionales.

Hasta el 7 de agosto se podrán inscribir las alianzas políticas

10 días para definir candidaturas ✓ Hasta el 7 de

Política

Hasta el 5 de agosto las organizaciones políticas pueden organizar las elecciones internas.

agosto del presente año, el Consejo Nacional Electoral (CNE) recibirá la inscripción de alianzas.

En la provincia del Azuay, 36 organizaciones políticas están calificadas para las elecciones del 5 de febrero de 2023.

D

iez días le quedan a los partidos y movimientos políticos para escoger de manera interna a sus candidatos, que participarán en las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2023. Hasta ayer, en Azuay, únicamente una, de las 36 organizaciones políticas calificadas para ser parte de los próximos comicios, había cumplido con este proceso, que es obligatorio. Se trata del movimiento Alianza Ponceña Progresista (Lista 113), de Camilo Ponce Enríquez. Funcionarios de la Delegación del Consejo Nacional Electoral (CNE) de Azuay estuvieron como veedores. Primarias Pablo Quezada, abogado e investigador en derecho electoral, señaló que estos procesos de democracia interna deben estar vigilados por delegados del CNE para garantizar que sean transparentes. Explicó, asimismo, que la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas o conocida como Código de la Democracia, en su artículo 348 establece que las elecciones internas pueden ser de tres maneras. Primarias abiertas participativas: con voto universal, libre, igual, voluntario, directo, secreto y escrutado públicamente, con la intervención de los afiliados o adherentes y de los sufragantes no afiliados. Primarias cerradas: con voto libre, igual, voluntario, directo, secreto y escrutado públicamente, de los afiliados o adherentes permanentes, según sea el caso. Y, finalmente, están las elecciones representativas, que se hacen a través de órganos internos, conforme lo disponga el estatuto o el régimen orgánico de cada tienda partidista, que debe estar presentado al CNE. “Las elecciones internas son una primera prueba de fuego para efectivamente demostrar que una organización política es democrática y garantiza una participación igualitaria de sus miembros…”, señaló. De acuerdo con Teodoro Maldonado, director del CNE en Azuay, los candidatos escogidos internamente por los partidos y movimientos aún no pueden ser considerados como definitivos. Esto es porque todavía hay la posibilidad, hasta el 7 de agosto, de inscribir alianzas políticas, y de darse esto en algunos casos los elegidos inicialmente pueden ser descartados. También porque primero deben ser aceptados e inscritos por la Junta Provincial Electoral (JPE), que es la máxima autoridad electoral para la contienda eleccionaria. Maldonado indicó que a partir del 21 agosto el CNE iniciará la vigilancia oficialmente para controlar que estos postulantes no hagan campaña adelantada. Esto se extienda hasta el 2 de febrero de 2023. De acuerdo con el calendario establecido por el CNE, la campaña electoral será desde el 3 de enero hasta el 2 de febrero. Entre el 14 y 15 de enero de 2023 son los días para debates.

Quienes no acudan a votar tienen que pagar una multa correspondiente al 10 % del Salario Básico Unificado (SBU).

Un total de 272 recintos electorales habrá en Azuay para las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2023.

Teodoro Maldonado, director del CNE en Azuay, informó que harán vigilancia para evitar la campaña anticipada.

Todos los candidatos tienen que presentar un plan de trabajo al Consejo Nacional Electoral (CNE).

Por. Christian Sánchez M. csanchez@elmercurio.com.ec El Mercurio-Cuenca

Alianza provincial de Pachakutik e ID Mario Fárez (foto), director del Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik (PK) (Lista 18), en Azuay, confirmó que harán una alianza con la Izquierda Democrática (ID). Esto para las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2023, en las que se elegirá a alcaldes; prefecto y viceprefecto; concejales y representantes de juntas parroquiales. “El domingo haremos primarias para ratificar o rectificar. Es una alianza provincial; sin embargo, los cantones tienen libertad y pueden hacer alianza con quienes consideren que es correcto…”, señaló. Los precandidatos por la Izquierda Democrática son: Cristian Zamora, a la Alcaldía de Cuenca; y, Dora Ordóñez para la Prefectura del Azuay. Esta coalición también tendrá candidatos a concejales y juntas parroquiales. Para concejales Pachakutik tiene nombres como Federico Guzmán y Diego Amoroso, además de otros que Para Pablo Salazar, abogado e investigador en procesos electorales, el CNE tiene una serie de incentivos para promover las alianzas políticas y así reducir el número de candidatos. Uno es la mayor asignación del fondo de promoción electoral, pues quienes hacen estos acuerdos tienen derecho a un 20 % adicional de estos recursos por cada partido o movimiento que participe en la alianza. Otro de los incentivos es que con las alianzas es más fácil cumplir con los mínimos de votación que se les exige para no ser eliminados de los registros electorales del CNE. Por ejemplo, el Código de la Democracia pide que los partidos y movimientos obtengan el 4 % de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a nivel nacional. También es un incentivo que cuando hay una alianza el cálculo del cumplimiento del 30 % de mujeres como cabezas de lista se asigna a cada agrupación que forma parte de esa coalición. (I)

han sido propuestos por algunas comunidades. Los aspirantes para dirigir el Municipio de Cuenca y Prefectura de Azuay en representación de Pachakutik son: Felipe Delgado y Elizabeth Árias. Ellos también estarán en las primarias. (I)

El movimiento Alianza Ponceña Progresista es la primera organización política del Azuay que cumplió con elecciones primarias.


4A OPINION Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Tito Astudillo y A.

Propuestas ambientales

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las puertas de un nuevo proceso electoral, en el que elegiremos a quienes conduzcan los destinos de la ciudad durante un nuevo periodo, comienzan a escucharse nombres de posibles aspirantes, de concretarse sus postulaciones, sería interesante conocer sus propuestas sobre temas de interés general y específicos, por ejemplo, la conservación de los espacios verdes que rodean a la ciudad que, además de recursos hídricos, paisajísticos y biodiversidad, albergan valores ligados a la mitología, historia y cosmovisión andina que sustentan nuestra identidad. Por ejemplo, los candidatos a la alcaldía y concejalías del cantón Cuenca, más allá de sus aspiraciones o buena voluntad, deberían presentar en su plan de actividades, su punto de vista sobre la conservación de las colinas y cerros que circunscriben en valle de Cuenca, espacios de riqueza paisajística, biodiversidad y componentes arqueológicos como el Guagualzhumi, el Curitaqui, el Pachamama, el Cabogana, El Plateado, entre otros, de cuya riqueza cultural nos enteramos cuando son motivo de concesiones mineras; por apropiaciones o incremento del área urbana hacia estas zonas; o porque en sus faldas se instala un centro penitenciario en el caso de Ictocruz. Creemos que solamente autoridades conocedoras y empoderadas de los recursos ambientales y culturales de sus jurisdicciones, están capacitados para defender y ponerlos en valor por encima de las decisiones centralistas que, a sus espaldas, otorgan concesiones mineras en zonas sensibles, como vemos reiteradamente. Igual conocimiento y propuestas se debe exigir a los candidatos a presidir e integrar las juntas parroquiales, quienes deberían tener un inventario ambiental de sus parroquias con sus potencialidades hídricas, recreativas, turísticas y culturales. No puede darse el caso de que recién se pronuncien sobre la importancia de los espacios verdes en sus jurisdicciones, cuando en estas áreas ya se han efectuado concesiones mineras. (O)

Dr. Nicanor Merchán Bermeo 1935 - 1956

Dr. Nicanor Merchán Luco DIRECTOR

Ing. Miguel Merchán Ochoa 1956 - 1974

Lcda. Marina Merchán Luco GERENTE GENERAL

Jorge L. Durán F.

EDITORIAL

Responsabilidad cívica

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as más de 250 organizaciones políticas existentes en Ecuador, entre partidos y movimientos, viven el ajetreo preelectoral con miras a la elección de alcaldes, concejales, prefectos y miembros de juntas parroquiales rurales. Les quedan pocos días para pactar alianzas y convocar a elecciones primarias. De estos procesos saldrán los candidatos definitivos. En ese contexto, una realidad no debe pasarse por alto: escoger s los mejores, si bien no siempre ocurre. Esta responsabilidad cívica es soslayada. Se la supedita a la “popularidad” de los candidatos, a cuánto conoce de ellos el electorado, al grado de simpatía o de rechazo; en fin, a todo lo estipulado en el manual para ganar elecciones. La proliferación de movimientos, lejos de permitir la participación de los independientes, lleva a la multiplicación de candidaturas, a alianzas contra natura, cuya durabilidad suele terminarse ni bien se asume el poder. En tal dispersión a veces triunfan quienes tienen menos opción. Lo consiguen con pocos votos, si bien luego no saben cómo desenvolverse. Muchos alcaldes y prefectos en funciones irán por la reelección. A estos, por ejemplo, les conviene la comentada dispersión. Más todavía si su gestión ha sido débil, por no decir un fracaso total. Más allá de los problemas y necesidades de cada cantón y provincia, ahora hay otros de mayor profundidad. Deben ser parte de las propuestas y de amplios debates. Ya somos 18 millones de ecuatorianos, y eso nos marca nuevas realidades territoriales, de gestión administrativa, de servicios básicos. La población sigue concentrándose en las grandes ciudades y centros cantonales, consecuencia de la migración interna. Guste o no, ha vuelto al debate la urgencia de asumir en serio los procesos de descentralización, de la creación de regiones, de mancomunidades, en fin, de repensar el manejo administrativo, aun el tributario. Por ahí debe pasar la responsabilidad de las organizaciones políticas al momento de escoger a sus respectivos candidatos; pero también de los electores cuanto ejerzan el voto.

CARICATURA DEL DÍA

Enseñanza ancestral

Edgar Pesántez Torres

Formas de violencia

U

na vez calmadas las aguas desestabilizadoras de grupos iracundos, es necesario esbozar los orígenes y las formas menos malsanas de la violencia, con el propósito de conocer y prevenir la destructividad patológica y maligna que azotan y diezman a la humanidad. Esta vez, recojo retazos de las ideas de Erich Fromm, destacado psicólogo social y filósofo humanista, judío alemán que defendió la variante marxista del socialismo democrático, muy influenciado por Segismundo Freud e influyente de Paulo Freire. En “El corazón del hombre” busca dar respuesta a los problemas fundamentales sobre la bondad y maldad humanas. La violencia, dice el psicoanalista, va desde la lúdica, que no es motivada por odio ni impulso destructor, simplemente para ostentar destreza, que se da en las competencias deportivas. Luego habla de la violencia reactiva, aquella que se emplea en defensa de la vida, la libertad, la dignidad, la propiedad y que tiene sus raíces en el miedo. Es la más frecuente y utilizan los políticos y religiosos para provocar hostilidad reactiva. La violencia reactiva es también provocada por la frustración, la que se la encuentra en animales o el hombre cuando se frustra un deseo o una necesidad, lo que conduce a la hostilidad por envidia y celos. Un escalón más arriba está la violencia reactiva vengativa, cuyo impotente o inválido toma venganza de acuerdo con la lex talionis: “ojo por ojo”. La venganza se convierte en el fin predominante de la vida. Este fenómeno se puede encontrar en los grupos más atrasados económico, cultural y emocional, en donde parece más fuerte el sentimiento de venganza (pág. 24). Agrega el autor que, en las clases medias y bajas, que son las más desposeídas en las naciones industrializadas, son el foco de sentimiento de venganza, así como lo son de sentimientos raciales y nacionalistas. Otra forma de reacción de violencia es la persona profundamente desilusionada y desengañada, que empieza a odiar la vida y que puede conducir a su autoeliminación: “vengándose de la vida” porque ésta se la niega. Anota Fromm que el único remedio para la destructividad compensadora es desarrollar su capacidad para hacer uso productivo de las facultades humanas. Un último tipo de violencia es la de “sed de sangre” arcaica, que aún está envuelto en su vínculo con la naturaleza: pasión de matar como un modo de trascender la vida. Está descrita bellamente en el cuento de Flaubert: “La leyenda de San Julián el Hospitalario”. (O)

N

ada más grosera la actitud de un político o aprendiz de político, que pasarse de listo y asomar como tal, fingiendo, aparentando ser oveja, haciendo lo que nunca hizo, vistiendo lo que jamás en su vida osó vestir; organizando teatros para ser actores, auspiciantes y asistentes a la vez; subiéndose a la camioneta cuyo chofer ganó un torneo de cintas, o siendo buen samaritano a cambio de algo. Dirán que eso no es nuevo. De acuerdo. Pero ya es hora de que no nos sigan tomando el pelo, creyéndonos un país, una provincia, una ciudad de pendejos. Que una dama, seguramente para medir cómo va el termómetro de su pretensión electoral, asome por ahí asando cuyes entre señoras que lucen sus polleras y toda su vida se pasan en sus fogones, raya en el colmo de la ridiculez. Que alguien que a “troche y moche” quiere ser reelecto, fanfarronee su vanidad con amplios fondos para dar una rueda de prensa, con acólitos de por medio; disponga colocar letreros con su nombre aun donde se construye un alero para palomas; u organice una reunión para convocar a los necesitados de aplausos, de verdad que es indignante. Que un ciudadano, no importa quién sea, haya hecho una labor humanitaria y se “ha hecho querer”, ahora pretenda, sea por iniciativa propia o por los cantos de sirena de un cuantos “limpia hombros”, pedir votos, resulta ¿risible?, ¿oportunismo?, ¿nos quiere decir que es falso aquello de que lo que hace la mano derecha no debe saberlo la izquierda? Pero también es grosería la de aquellos que habiendo sido depuestos por haber cometido irregularidades pretendan volver a ser candidatos; y es peor la de los movimientos que los auspician. Bueno, entre marranos se entienden. Lo es también la de aquellos que sabiendo de su fracaso, su inutilidad, su estulticia, buscan la reelección; como igual lo es la de los movimientos políticos que, medrando del voto popular, los han convertido en agencias de empleo para agnados y cognados, que hasta son reciclables. Si no es grosería eso de decir si no soy candidato para alcalde o prefecto no cuenten conmigo ni con mi organización política de la que soy su gerente propietario, entonces ¿Qué es? O la de quienes, que habiendo asumido el papel de avestruces frente a los grandes problemas locales o nacionales, ahora sacan la cabeza, atizan las alas y muestran el pecho, queriendo alzarse con algún poder popular. Nunca la política ha sido un juego limpio, si bien en sí misma, como concepto, lo es. Está llena de tales groserías y de groseros, dignos de echarlos a latigazos como Cristo echó del templo de su Padre a los mercaderes. (O)

Mónica Banegas Cedillo

O

Caso Pons

cho personas fueron detenidas en la madrugada del pasado jueves por presunto delito de asociación ilícita en un operativo de la policía y fiscalía en varia, al siguiente día el juez dispuso que se les dicten medidas cautelares como presentaciones periódicas y que se les prohíba la salida del país. Se presume que las personas detenidas son parte de una asociación ilícita y una red de corrupción que ofertaban altos cargos en entidades públicas a cambio de sumas excesivas de dinero.

El nombre de Juan José Pons consejero presidencial comenzó a circular como uno de los ocho detenidos, sin embargo, la dirección de comunicación de la Fiscalía confirmó que Pons no estaba entre los detenidos, pero que su casa sí fue allanada. Aclarando que se trata de una investigación previa que guarda reserva. El miércoles 13 de junio la presidencia de la república lanzó la Estrategia Nacional Anti-Corrupción, uno de los ejes más relevantes fue la implementación de un código de ética en los comporta-

mientos de los altos funcionarios, al parecer no es tan favorable tener consejeros presidenciales ad honorem. El servicio público debería ser muy bien renumerado para evitar este tipo de acontecimientos, se espera que la fiscalía investigue y sancione de tal manera que se impida que esta situación se repita en los siguientes años de gobierno, también debemos recalcar que una de las ofertas de campaña del presidente Lasso fue erradicar la corrupción. (O) Twitter: @monicabanegasc

Andrés Martínez Moscoso

E

Coherencia y competencia

cuador se alista para unas nuevas elecciones, en este caso el proceso que escogerá a las autoridades de los gobiernos seccionales podría ser la oportunidad para que movimientos y partidos políticos se reivindiquen, o en su defecto, que sus candidatos no caigan nuevamente en una competencia de promesas y ofertas imposibles de cumplir. Y es que, en los últimos años, en las distintas ciudades y provincias del país, el debate se ha centrado en ofertas demagógicas que, en muchos casos, no son ni siquiera de la competencia del gobierno provincial o municipal al cual aspiran a representar. Por ello, es importante que desde la ciudadanía y el tercer sector (organizaciones no gubernamentales o la academia), se organicen durante este período, iniciativas tipo observatorios que estén atentos para analizar los planes de trabajo, su per-

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Las groserías de los políticos

Av. de Las Américas y Francisco de Ascázubi (sur) Casilla Nº 60 - Conmutador: 4111786 www.elmercurio.com.ec

tinencia, y por supuesto que sean propios del ámbito de su competencia. A nivel internacional, e incluso nacional, conocidas son las iniciativas de verificación de hechos o“fact checking”, cuyo propósito es comprobar si la información que se publica es verdadera o falsa, así como se encargan de desmentir las declaraciones o los datos que consignan los políticos durante el proceso de campaña. Este tipo de emprendimientos son realmente útiles en tiempos en los cuales las campañas políticas han migrado de lo análogo a lo digital, y dónde los bots (cuentas automatizadas de redes sociales, administrada por un algoritmo y no por una persona natural) y trols (persona o grupo de personas, que se esconde detrás de una identidad falsa en la red, con el propósito de provocar o crear polémica), intentan posicionar información irreal

Directivos y administradores:

Director: Dr. Nicanor Merchán Luco Gerente General: Lcda. Marina Merchán Luco

como verdadera, e incluso calumnias en contra de actores políticos. Elevar el nivel del debate político, no depende solo de los ciudadanos, sino también de los candidatos, quienes deberían comprometerse a presentar planes de gobierno coherentes y realizables, dentro del ámbito de sus competencias, y a trasmitirlos de una manera transparente y respetuosa, con el fin que lo que se confronten sean ideas y propuestas, y que las próximas elecciones no se conviertan en un intercambio de pasquines digitales. En mi opinión, es tarea de todos mejorar la calidad de los procesos electorales, cuyos resultados serán vistos con el fortalecimiento del Estado de Derecho, y por supuesto con mejores autoridades que cumplan con lo ofrecido durante la campaña. (O) @andresmartmos

Editor General: Mgtr. Diego Montalván Sarmiento dmontalvan@elmercurio.com.ec Coeditora: Jackeline Beltrán Aguilar redaccion1@elmercurio.com.ec

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C UENCA

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

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Áreas Históricas realizará una investigación sobre el inmueble centenario

El Museo de la Medicina será estudiado para intervención Proyecto

La Sociedad de la Historia de la Medicina del Azuay gestiona varias propuestas para renovar el espacio histórico.

E

n Cuenca hay varios espacios que han surgido y se han mantenido a través del ímpetu de ciertos personajes. Si no hubiera sido por ellos, la desaparición hubiera sido eminente. Y entre esos sitios está el Museo de la Medicina, que, desde sus cimientos

El convenio tripartito firmado entre Ministerio de Salud, el Municipio de Cuenca y la Sociedad de la Historia de la Medicina del Azuay tendrá una duración de tres años.

hasta su conformación como lugar histórico, a pesar de las limitaciones, sigue vigente en lo que fue alguna vez el hospital San Vicente de Paul. No obstante, a veces la buena voluntad y el frenesí del anhelo no son suficientes para sacar adelante un proyecto; se requieren apoyos y trabajos en conjunto, y eso lo ha tenido claro la Sociedad de la Historia de la Medicina del Azuay, cuyos integrantes, desde hace décadas, impulsan y buscan los recursos para que los recuerdos del pasado se mantengan. Uno de los últimos alcances de la sociedad, tras una serie de solicitudes y trabajos realizados en el último año, es el estudio y la intervención del Museo de la Medicina, un lugar que a veces pasa desapercibido por la propia ciudad, y que, sin embargo, guarda tesoros para aquellos que están involucrados con la salud. El 19 de julio, la coordinación de la zona 6 del Ministerio de Salud, el Municipio de Cuenca y la Sociedad de la Historia de la Medicina del Azuay fir-

El museo custodia alrededor de 10.000 piezas que los médicos usaron en el siglo pasado. AWM

Se espera que el espacio histórico pueda ser intervenido en los próximos meses. AWM

maron un convenio tripartito para elaborar los estudios de conservación e intervención de un museo que funciona en un espacio levantado hace más de un siglo. La idea y el objetivo es que, primero, se conozca

la situación actual del sitio que alberga alrededor de 10.000 piezas relacionadas con la medicina que se desarrolló en Cuenca, para luego hacer una intervención. “Los espacios físicos donde funciona el museo

e s t á n d e t e r i o r a d o s. Necesitan una intervención, una remodelación, un mantenimiento. La sociedad no cuenta con fondos, el Ministerio de Salud tampoco tiene fondos para este tipo de cosas”, explicó Hugo Calle, presidente de Sociedad de la Historia de la Medicina. Ante esa realidad, se gestionó para que el Municipio de Cuenca, a través de su dirección de Áreas Históricas, se comprometa a hacer un estudio de rehabilitación, restauración y conservación del museo que mantiene abierta sus puertas gracias al trabajo de Cecilia Castro, quien cumple múltiples funciones por la limitación económica del museo. Aun así, Castro y la sociedad siguen buscando alternativas para que el espacio continúe recibien-

do a los visitantes. Entre esas alternativas, según Saúl Chalco, integrante de la sociedad, está la creación del primer jardín botánico gerontológico. “Siendo el país muy rico en el asunto herbáceo, en las hierbas medicinales, queremos que allí sea la creación de una muestra con las hierbas medicinales y otras que nuestra ciudadanía conoce. Este espacio será manejado por nuestros adultos mayores de la ruralidad que bien conocen junto a nuestros técnicos”, dijo Chalco a diario El Mercurio. Mientras tanto, el museo continuará trabajando con el aporte de Cecilia Castro, quien, a diario, guía a los visitantes por las piezas que cuentan la historia de la medicina cuencana y azuaya. (AWM)-(I)

Alta tecnología Evento

Recital poético a cargo de escritor chileno Esta noche, el poeta Daniel Lillo de la Cuadra leerá algunos poemas sobre ciertos lugares de Chile.

Arturo Huerta y Daniel Lillo de la Cuadra presentarán esta noche un recital poético. AWM

Luego de recor rer Quito, Otavalo, Manta y Portoviejo, los chilenos Daniel Lillo de la Cuadra y Arturo Huerta Ibañez llegaron a Cuenca para presentar un recital poético en el que, a través de fotografías y poesía, comparti-

Muestra

El ceramista Alexis Ordóñez expone sus obras en Dallas Desde el 9 de julio, el ceramista cuencano Alexis Ordóñez expondrá sus obras en la galería Talley Dunn, en Dallas, Estados Unidos. Para la muestra, entre otros trabajos, Ordóñez seleccionó dos series en las que actualmente se encuentra realizando: epistemología cultural y nawpa. En el caso de epistemología cultural, esta hace referencia a una metáfora de la interacción de las ciencias sociales eurocéntricas y las culturas de los pueblos indígenas. Mientras que, en la serie nawpa, creó interpretaciones contemporáneas de la cerámica inca. Para ello usó el barro, del cual surgieron vasijas. Ordóñez, quien está radicado en Houston, en donde trabaja como docente, fue seleccionado

El trabajo del cuencano, radicado desde hace más de diez años en Estados Unidos, está en la galería Talley Dunn. Cortesía

por la galería Talley Dunn para que sea parte de un programa de distinción dedicado para artistas emergentes. Como parte de la distinción, el artista cuencano estará exponiendo sus trabajos hasta el próximo

20 de agosto. Para conocer los trabajos de Ordóñez se puede ingresar a la página web de la galería, en la que se publicaron las obras que están en la muestra: h t t p s : / / t a l l e yd u n n . com/. (AWM)-(I)

rán ciertos lugares de Chile. Valparaíso, Viña del Mar, los desiertos chilenos, Valdivia, Punta Arena son algunos de los espacios que serán descritos, mediante la poesía de Daniel Lillo de la Cuadra, esta noche, a las 19:00, en la Sala de Conciertos de la Casa de la Cultura Núcleo del Azuay (Presidente Córdova 7-89, tercer piso). El objetivo de los visitantes es compartir algunos de los rincones que tiene Chile a todos quienes asistan al recital que

tuvo una gran aceptación entre los públicos de la Sierra y la Costa que, desde principios de julio, asistieron al evento. Como parte de la visita, el poeta Lillo de la Cuadra aprovechó para impulsar otro proyecto al que ha denominado “corredor literario”. La finalidad de esa propuesta es generar y mantener lazos con escritores ecuatorianos interesados en impulsar su carrera y en dar a conocer a Ecuador en Chile. “Creemos que Ecuador tiene mucha riqueza y que

se puede mostrar en el mundo. Queremos que los escritores que quieran ir a Chile puedan tener una oportunidad a través de un corredor. Ya hemos tenido algunas reuniones y esperamos mantener la correspondencia con ellos”, dijo Daniel a diario El Mercurio. Con esa premisa, se espera que esta noche, además de mirar y escuchar sobre cómo es Chile, lleguen escritores cuencanos interesados en ser parte del corredor literario. (AWM)-(I)


6A

E

MPRESARIAL

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Convenio

Productores de Victoria obtienen legalización

El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS) otorga préstamos hipotecarios, quirografarios y prendarios. Archivo

El desembolso se efectiviza en máximo 72 horas

Quirografarios al 11 % serán hasta diciembre Finanzas

El interés para préstamos quirografarios con plazos entre uno y 12 meses se mantendrá entre el 6,5% y el 8,5%.

L

a tasa de interés reducida del 11 % para los préstamos quirografarios se mantendrá hasta diciembre de 2022 para los afiliados y en operaciones con plazos de entre 13 y 48 meses, mientras que, los jubilados y pensionistas tienen acceso a esta tasa en créditos con plazos de hasta 60 meses. Así lo dio a conocer Iván Tobar, gerente general del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS). “La decisión está respaldada en informes técnicos y forma parte de las solicitudes atendidas por el BIESS a los pedidos realizados por la Confederación Nacional de Jubilados y pensionistas del Ecuador”, indicó Tobar. La aplicación de la tasa de interés reducida estaba prevista hasta el primer semestre de 2022, pero se resolvió pror rogarla.

Además, el BIESS ha incrementado 5% al porcentaje de la capacidad de pago, esta se considera al momento de calificar los créditos. En el caso de préstamos quirografarios con plazos entre uno y 12 meses, el interés se mantendrá entre el 6,5% y el 8,5%. Requisitos Para acceder a un préstamo quirografario, los afiliados deben estar bajo relación de dependencia y deben tener mínimo 24 aportaciones a la Seguridad Social, contar con fondos de reserva y cesantía y no tener valores en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o el BIESS. Si carece de fondos de reserva, podrá optar como garantía con lo acumulado en el Fondo de Cesantía. Asimismo, los jubilados deben estar en goce de una pensión jubilar y no tener valores en mora con el IESS o el BIESS. Los usuarios deben tener una cuenta bancaria registrada para el desembolso del crédito. Eduardo Dávila, Director de la Oficina Especial Cuenca del BIESS, informó que el BIESS tiene la suficiente liquidez para seguir concediendo créditos hipotecarios, quirografarios y prendarios. “En hipotecarios la meta es de 752 millones de dólares para el año, en quiro-

Paso a paso

El afiliado y/o jubilado debe ingresar a la página www.biess.fin.ec, opción quirografarios/crédito inmediato. Ingrese número de cédula y clave. Seleccione el rol de usuario (afiliado o jubilado). Elija la opción crédito nuevo. Seleccione el tipo de crédito entre las opciones: Normal, Vive Ecuador, pago pensiones alimenticias o edúcate con BIESS. Revisa que los datos estén correctos y lee las condiciones. El sistema calificará si el usuario cumple los requisigrafarios es de 3.916 millones y en prendarios es de 104 millones”, indicó el funcionario en declaraciones a la prensa. Agregó que, en operaciones quirografarias se ha colocado a nivel nacional 2.200 millones de dólares en el primer semestre, en la zona del Austro, el monto suma 65 millones. Los créditos quirografarios están usualmente destinados para solventar las necesidades de consumo como pago de deuda, compra de vehículo, gasto para viajes, inversión para educación (propia o familiares), adquisición de enseres

tos e indicará el monto preaprobado de acuerdo a los fondos de reserva y/o cesantía y a la capacidad de pago. En la tabla de simulación, coloque el monto y el plazo del crédito. Verifique y seleccione el sistema de amortización para el pago mensual, cuotas fijas o cuotas decrecientes. Verificar y aceptar la precalificación de requisitos. El sistema enviará un código de verificación al correo electrónico. Si la solicitud es aprobada se efectuará el desembolso en máximo 72 horas. domésticos, gastos de salud o arreglo de vivienda, indica el BIESS. También, los usuarios pueden solicitar la renovación de su préstamo quirografario, es decir, reemplazarlo por un nuevo de acuerdo a su capacidad de pago, pueden hacerlo luego de haber transcurrido el 25 % del plazo original y haber cancelado el 25 % del monto total de su préstamo vigente. En 2021, antes de que se aplicará la tasa reducida, los préstamos quirografarios con plazos mayores a 13 meses tenían un interés de 11,97 % a 14 %. (PNH)-(I)

Cuenca. La Asociación de Productores Agropecuarios San Vicente, de la parroquia Victoria del Portete, recibió el acuerdo ministerial que aprueba los estatutos y reconoce su personalidad jurídica, en el marco de un convenio de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). El colectivo fue legalizado en el MAG con 16 socias fundadoras bajo el acuerdo denominado “Minga Por La Productividad Agropecuaria”, bajo el cual ya se han legalizado cuatro organizaciones. Giordano Torres, director Distrital del MAG en la provincia del Azuay, indicó que la entrega de ese documento beneficia a las productoras que conforman la organización jurídica y permitirá que accedan a los servicios de la Cartera de Estado, como la asistencia técnica y el fortalecimiento organizacional para el adecua-

do crecimiento de la asociación. Además, socializó el Proyecto Nacional de Semillas para Agrocadenas Estratégicas, mediante el cual pueden acceder a paquetes de semilla, fertilizante e insumos fitosanitarios con una subvención del MAG. Rómulo Guzmán, presidente del Gobierno Parroquial Victoria del Portete, se comprometió a trabajar para impulsar la organización y legalización de nuevas asociaciones en la parroquia. “Tener vida jurídica es un requisito para poder crecer (…) Como Gobierno local se facilita la transferencia de recursos mediante proyectos a las organizaciones legalmente constituidas, con esto ya pueden trabajar con cualquier institución y con el MAG”, expresó. Bertha Orellana, presidenta de la Asociación de Productores San Vicente, resaltó el trabajo mancomunado que se ha llevado a cabo entre sus compañeras y que ha permitido este logro. (PNH)-(I)

Giordano Torres, director Distrital del MAG en el Azuay, durante la entrega de estatutos a la Asociación de Productores Agropecuarios San Vicente. Cortesía

Impactos en el sector florícola ecuatoriano La crisis sanitaria por la pandemia, la guerra en Ucrania y el paro nacional que se desató entre el 13 y el 30 de junio, impactaron duramente al sector florícola en el Ecuador. Así lo expone un reporte emitido por el canal público alemán DW, que hizo una visita a las principales empresas de flores. “En marzo se da la invasión de Rusia a Ucrania y el mercado ruso cae, con el pasar de las semanas se ha retomado algo de despachos hacia Rusia a través de diferentes países, pero no a los niveles que se tenía antes”, dijo Eduardo Letort, Director general de Hoja

Verde. Agregó que los clientes en el exterior ven a Ecuador como un país de riesgo, debido a los problemas políticos y sociales. Marcelo Echeverría, de Dümmen Orange en Ecuador, señaló que las protestas generaron pérdidas mayores al periodo de la pandemia. “Eso ha frenado los proyectos planificados para el segundo semestre del año”, dijo. El sector florícola genera unos 350.000 empleos directos. EE.UU. es el principal destino de las exportaciones, abarca el 43 % del mercado, seguido de la Unión Europea con el 22 % y Rusia con el 11 %. (PNH)-(I)


C UENCA

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

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La ciudad recibió una certificación de una organización española

Cuenca, amigable con la bicicleta Movilidad

La capital azuaya es la primera ciudad de Latinoamérica en recibir esta mención de “Bikefriendly”.

C

uenca recibió una certificación que la distingue como ciudad “Bike Friendly” (Amigable con la bicicleta). Es la primera urbe de Latinoamérica en lograr esta calificación que entrega una organización española que trabaja en el fomento de la bicicleta, principalmente en el sector turístico. La calificación se concretó después de una serie de evaluaciones y visitas de representantes de “Bike Friendly”, la organización que entrega este Sello de Calidad a territorios y alojamientos turísticos que desean dar un servicio de calidad al cicloturista, según consta en su página web oficial. Guilherme Chaloub, subgerente técnico de movilidad de la EMOV, informó que Cuenca recibió esa distinción por tres razones: el uso de las ciclovías, el crecimiento de la malla cicloviaria y la educomunicación. Chaloub recordó que desde finales de 2021 la administración local trazó una hoja de ruta para crear una cultura de movilidad sostenible que permita el cambio de modos de transporte, con cuatro ejes: liderazgo y compromiso, infraestructura, educomunicación y

la bicieconomía o economía local. “Esta certificación es un logro extremadamente importante que marca un antes y un después por un proceso que se ha realizado en estos últimos años… Todos ganamos con este tipo de política pública, considerando que un ciclista más es un carro menos”. Opiniones Jaime López Novillo, miembro de Bicicuenca, considera que siempre será positivo un reconocimiento a Cuenca en movilidad activa o no motorizada, pero resalta que el trabajo para fomentar el uso de la bicicleta inició con la ciudadanía desde hace varios años. “Si bien la Municipalidad de Cuenca históricamente algo ha hecho con respecto a esta temática, creo que el mejor de los resultados es gracias a ese activismo y trabajo permanente por parte de la ciudadanía que hemos aportado una cantidad de proyectos y, en la práctica, hemos incrementado el uso de la bicicleta”, resaltó. Novillo recodó que, inclusive, años atrás su organización logró incluir a Cuenca entre las ciudades que más usan la bicicleta a nivel de Latinoamérica. Cree que ahora el trabajo debe continuar “entre las autoridades, instituciones y los actores principales, que somos los ciudadanos, quienes decidimos cambiar los paradigmas de movilidad utilizando medios de transporte limpios y sostenibles”, añadió. Para la activista Ana Isabel Idrovo, del colectivo Mujeres en Bici, las ciclovías que actualmente tiene la

Ciclovía en el tramo de la Primero de Mayo y Américas. XCA

capital azuaya ayudan a masificar el uso de la bicicleta. “Hoy en día ya no hay mucha diferencia con los países como Estados Unidos y Europa, porque Cuenca está a la par en cuanto a infraestructura se refiere. Los lugares que tenemos ahora son maravillosos”, opina Idrovo. Añade que hace falta difusión para que las personas vean los beneficios de este medio de transporte, “tomando en cuenta que actualmente evidenciamos diferentes problemas de tráfico”. La activista cree que en Cuenca poco a poco se está creando una cultura de respeto al ciclista por parte de los conductores: “La socie-

Presentan Guía de práctica clínica de educación en diabetes La Federación Internacional de Diabetes Región Sudamérica, y Centroamérica y el Caribe (SACA), el Consejo de Salud de la Alcaldía y la Fundación Los Fresnos “Casa de La Diabetes” realizaron ayer el lanzamiento de la Guía de Práctica Clínica de Educación en Diabetes. Este documento se enfoca en la generación de un modelo de asistencia a personas con diabetes, con base en múltiples componentes del proceso de atención integral, como es el modelo de ciudadanos crónicos, se detalla en un informe. La Guía no se centra solo en listar una serie de recomendaciones basadas en evidencia sino que más bien se enfoca en proponer un modelo aplicable en el entorno latinoamericano, para reforzar aspectos como apoyo al autocuidado y a la toma de

La presentación de la Guía se cumplió en la Galería de la Alcaldía de Cuenca. Cortesía

decisiones del personal sanitario de unidades de atención primaria. Además, proporciona herramientas que facilitan el proceso de implementación del modelo de atención integral a las personas con diabetes mellitus tipo 2, más allá de un simple enfoque educativo. Esta herramienta está dirigida a personas con diabetes tipo 1 y 2, gestacional y otros tipos de diabetes, pre diabetes y con

puntaje Findrisc que asisten al centro de salud asistencial público o privado. De este modo se tendrá la oportunidad de evaluar de manera objetiva el nivel de implementación de un programa de apoyo al autocuidado en los centros de atención, permitiendo detectar oportunidades de mejora y refuerzo de los aspectos que no se han alcanzado el desarrollo requerido. (JMB) (I)

Servicio

ETAPA amplía redes de agua potable y alcantarillado en Quinta Chica Por un monto de 156 mil dólares aproximadamente, ETAPA constr uirá redes de agua potable y alcantarillado en el barrio Quinta Chica Baja, zona urbana norte del cantón Cuenca. El proyecto iniciará de manera inmediata una vez que se hayan cumplido los procesos de ley para que el contratista asignado, Paúl Macancela Santander, inicie las obras de

ampliación de redes hidrosanitarias. Los moradores esperaron más de 15 años para contar con estos servicios básicos de agua potable y alcantarillado, informó su pres i d e n t e, G u s t avo Llivisaca. Pe d r o Pa l a c i o s, alcalde de Cuenca, indicó que se vienen ejecutando proyectos que amplían servicios hidrosanitarios a la comunidad beneficia-

ria con un entor no ambiental saludable, promoviendo una mejora en la calidad de vida de sus habitantes. Para el gerente de la E m p r e s a d e Telecomunicaciones, Agua Potable y Alcantarillado ( E T A PA ) , R u b é n Benítez, el objetivo es brindar mayor cobertura a la población y atender sus necesidades básicas. (REM) (I)

70 kilómetros tiene actualmente la red de

ciclovías de Cuenca, incluidos los 13,5 km, que fueron inaugurados desde la Primera de Mayo y De Las Américas hasta la parada del Tranvía en el Parque Industrial.

Con motivo de la certificación “Bikefriendly” este sábado 23 de julio se conmemoró un Festival de Movilidad, que incluyó una pedaleada con ciclistas de la ciudad de todas las edades.

dad está cambiando de mentalidad, hemos avanzado un montón, pero hay mucho por hacer para seguir creciendo, principalmente mantener las campañas de concienciación”.

Ciclovías Guilherme Chaloub recordó que se han construido “decenas de kilómetros” de ciclovías en los últimos dos años, con la

idea de seguir expandiéndolas. Entre los últimos proyectos, impulsados por el Municipio de Cuenca se encuentra el denominado “Cuenca Unida en Bici”, que contempló la construcción de 13,5 kilómetros de ciclovías. Además, el mes anterior se inauguró una infraestructura en la calle Rafael María Arízaga. A más de expandir la red, el objetivo también es consolidar la conectividad para garantizar mayor seguridad a los ciclistas. “Sigamos creyendo que la bicicleta es un medio sostenible para tener una mejor ciudad. Sino somos ciclistas, al menos apoyemos estas iniciativas”, mencionó el funcionario. (JMB) (I)


A VISOS

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Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Juicio No. 01371-2021-00533 UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CUENCA. Cuenca, martes 12 de julio del 2022, a las 10h39.

EXTRACTO PARA LA PUBLICACIÓN POR LA PRENSA El GAD Municipal del cantón Cuenca COMUNICA: Que, en la Dirección General de Avalúos y Catastros, se encuentra sustanciándose el proceso administrativo de regularización de excedentes o diferencias de superficie y dimensiones de predios, signado con el Nro. SGT-836-2022, solicitado por la ciudadana ELOISA JARA RODAS, para el bien inmueble catastrado bajo la clave Nro. 0101600040612, ubicado en el cantón Cuenca, provincia del Azuay, parroquia PACCHA sector COCHAS, y que tiene la siguiente linderación: NORTE

CON ANTES NEPTALÍ ZÁRATE, QUEBRADA AL MEDIO AHORA ESTHER MARIA RODAS TORAL ENTRE P1 - P2 EN 12.00m

SUR

CON CESAR GREGORIO LOJA CHACON (ENTRE P3-P4 EN 12.00m; ENTRE P4-P5 EN 8.38m)

ESTE

CON ELOISA JARA RODAS ENTRE P2-P3 59.32m.

OESTE

CON ESTHER MARINA JARA RODAS ENTRE P5-P6 EN 16.36m; CON ANTES ESTHER MARINA JARA RODAS AHORA CALLE PÚBLICA (ENTRE P6-P7 EN 5.45m, ENTRE P7-P1 EN 35.74m RADIO DE CURVATURA=31.21m ) U

Mediante esta publicación, se notifica a los colindantes para que, en caso de considerar que están siendo vulnerados derechos de terceros, de ser el caso, presente su oposición por escrito y fundamentada conforme a derecho, en esta Dirección de Avalúos y Catastros Atentamente Arg. Richard Pillco Orellana Técnico de Catastros

# 38756

REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LO LABORAL DEL CANTON CUENCA CITACIÓN JUDICIAL A: HANS OTTO SCHNEEWIND TOSI, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Laboral del cantón Cuenca cuyo titular es el Dr. Cristian Verdugo Garate Juez, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaída en ella es al tenor siguiente: ACTORA: XIMENA DEL CARMEN ASITIMBAY LOAIZA DEMANDADO: HANS OTTO SCHNEEWIND TOSI POR SUS PROPIOS Y PERSONALES DERECHOS ACCIÓN: LABORAL NATURALEZA: INDEMNIZACION POR DESPIDO INTEMPESTOVO CUANTIA: $ 14.000 “Cuenca, miércoles 8 de diciembre del 2021, a las 12h23. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de este despacho. En lo principal, la demanda presentada por XIMENA DEL CARMEN ASITIMBAY LOAIZA, cumple con los requisitos formales del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP–, por lo que, se la admite a trámite sumario de conformidad con lo establecido en el Art. 575 del Código de Trabajo (reformado por el numeral 6 de la Disposición Reformatoria Sexta del COGEP).- Cítese a los demandados a través de la oficina de citación de la Corte Provincia de Justicia del Azuay. Una vez citados legalmente, presentarán su contestación en el término de QUINCE DIAS, advirtiéndoles de la obligación de señalar domicilio judicial y/o electrónico en la ciudad de Cuenca para recibir notificaciones, bajo prevenciones legales.- La contestación se la realizará por escrito y cumplirá con el Art. 151 del COGEP; se anunciarán además todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispone en Art. 152 ibídem.Agréguese al proceso la documentación adjunta. Téngase por fijada la cuantía. Sin perjuicio de su admisibilidad en la audiencia correspondiente, conforme los artículos 142.8 y 159 inciso tercero del COGEP ofíciese en la forma requerida. Tómese en cuenta el casillero judicial y el/los correo(s) electrónico(s) señalado(s) para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere para su defensa. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.” OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, jueves 7 de julio del 2022, a las 09h55. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito con la documentación adjunta presentado por la parte actora. En lo principal, previo a continuar con el trámite, el accionante cumpla con lo estipulado por el inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), esto es, comparezca a este despacho en el término de tres días a fin de que declare bajo juramento el hecho que imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado HANS OTTO SCHNEEWIND TOSI, a pesar que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar acudiendo a los registros de púbico acceso, cumplido que sea vuelva el proceso para dictar lo que en derecho corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, viernes 8 de julio del 2022, a las 15h44. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, cumpliendo con el juramento de ley, a petición de parte se ordena que se CITE, al señor HANS OTTO SCHNEEWIND TOSI , a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad con lo que dispone el artículo 56 numeral 1 del COGEP, a fin de que, de ser el caso, transcurridos veinte días desde la última publicación comenzado el termino para contestar la demanda y proponga las excepciones de las que se creyera asistido, anunciando la prueba respectiva, bajo prevenciones de ley.- Adjúntese a las citaciones respectivas esta providencia.- En lo demás se estará a lo ordenado en el auto de calificación.- Actué en calidad Secretaria la Dra. Teresa Segovia.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.F) DR. CRISTIAN VERDUGO GARATE JUEZ DE LA UNIDAD LABORAL DE CUENCA.Al citado se les previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones que le correspondan. Cuenca, 12 de julio del 2022.Atentamente, SEGOVIA CRUZ TERESA PILAR SECRETARIO # 22761

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO K DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ ADOLESCENCIA DE CUENCA. CITACIÓN JUDICIAL. A: FRANKLIN GEOVANNY CANTOS FERNANDEZ. Se le hace saber que en el Juzgado K de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Tatiana Ochoa Maldonado, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: NATURALEZA: SUMARIO JUICIO No: 01204-2017-03688. ACCIÓN: INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA. ACTOR: GABRIELA ALEXANDRA LATA BACUILIMA. DEMANDADO: FRANKLIN GEOVANNY CANTOS FERNANDEZ. #41120

CUANTÍA: $5600,00 PROVIDENCIA:

REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY JUZGADO K DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ ADOLESCENCIA DE CUENCA. CITACIÓN JUDICIAL. A: VICTSUS RUBEN SALAZAR MAESTRE. Se le hace saber que en el Juzgado K de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Tatiana Ochoa Maldonado, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: NATURALEZA: SUMARIO JUICIO No: 01204-2022-03026 ACCIÓN: PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. ACTOR: MONICA ANAIS ARIAS VENALES. DEMANDADO: VICTSUS RUBEN SALAZAR MAESTRE. CUANTÍA: INDETERMINADA. PROVIDENCIA: JUZGADO “K” DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.Cuenca, martes 12 de julio del 2022, a las 15h34.-VISTOS: En atencion a escrito presentado por la señora MONICA ANAIS ARIAS VENALES, y conforme la documentacion remitida pro el MInisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que obran de autos, se dice: Por clara y completa y por cumplir con todos los requisitos de ley, se admite a trámite la demanda de Privación de la Patria Potestad, presentada por la señora MONICA ANAIS ARIAS VENALES, misma que, por clara y completa y reunir con los requisitos establecidos en el Artículo 142 del Código Orgánico General de Proceso, se acepta a trámite SUMARIO conforme el numeral 3 del Artículo 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP por consiguiente se dispone : UNO: CÍTESE al demandado señor VICTSUS RUBEN SALAZAR MAESTRE, conforme lo solicitado por la compareciente, esto es, por publicaciones de prensa, citación que se realizará conforme determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, y en base al juramento rendido por la parte actora de desconocimiento de domicilio del demandado y el certificado emitido por el Mnisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana que obra de autos; Confiérase el extracto correspondiente, debiendo además efectuarse la citación mediante el correo electrónico de haber señalado la accionante, conforme el Art. 53 inciso tercero del COGEP, con el extracto de demanda y esta providencia, de lo cual se dejará constancia en el sistema, sin que esto sustituya a la citación oficial. DOS: El demandado tiene el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art. 333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establece los Artículos 151 y 152 ibídem. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía de los mismos. TRES: Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: Ofíciese a las autoridades de MIgración a fin de que remitan a la Judicatura en un término de cinco días información sobre la fecha en la que el demandado salió del país; téngase en cuenta la prueba testimonial anunciada, Notifíquese a la Oficina Técnica de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia a fin de que presenten a la Judicatura un informe completo de las investigaciones realizadas respecto del entorno individual, social y familiar de la niña ISABEL ANAHIS SALAZAR ARIAS, asi como de sus padres y su entorno familiar, por cuanto se ha justificado ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa, informe que será presentado en consideración a la demanda presentada.- Los testigos anunciados deberán ser debidamente notificados en las direcciones señaladas por la actora conforme determina el Articulo 191 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. A LAS PARTES DEMANDADAS SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO O CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 13 de julio de 2022. Dra. Angélica Córdova Cárdenas SECRETARIA DE LA UNIDAD “K” DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CUENCA # 22754

JUZGADO “K” DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. Cuenca, viernes 8 de julio del 2022, a las 09h46.- VISTOS: Cumplido lo dispuesto.-La demanda de INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA, presentada por la señora GABRIELA ALEXANDRA LATA BACUILIMA, en contra del señor FRANKLIN GEOVANNY CANTOS FERNANDEZ, cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso por lo que se admite a trámite del procedimiento Sumario, al amparo de lo consagrado en los artículos 44, 69 numeral 1, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, innumerados 2 y 15 de la Ley Reformatoria al CONA, innumerados 5 y 9 de la Ley Reformatoria al título V Libro II del CONA, y los artículos 53, 54 y 55 del COGEP; se ordena citar a la parte demandada señor FRANKLIN GEOVANNY CANTOS FERNANDEZ, con la copia de la demanda y esta providencia, conforme lo solicitado por la compareciente en atención al juramento rendido de desconcoimiento, CITACION que se realizará mediante Publicaciones de prensa en atencion a lo dispuesto en el Articulo 56 del COGEP, Confiérase el extracto de publicación correspondiente , a fin de que se cumpla con la citación de la parte demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del COGEP, de haber el actor proporcionado la dirección de correo electrónico de la parte demandada, se ordena también que se le haga conocer por este medio el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, el secretario dejará constancia en el sistema, de conformidad con el inciso final del artículo 53 de la norma citada, sin perjuicio de la citación oficial correspondiente. Se concede a la parte demandada el término de diez (10) días para que presente su contestación de conformidad con los artículos 151 y 333 numeral 3 del COGEP. La diligencia de audiencia única se señalará oportunamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del COGEP. -Se tiene en cuenta que la parte actora ha anunciado medios de prueba en atención a los mismos, OFICIESE conforme el requerimiento presentado a fin de que se remita la información a la Judicatura en un término de cinco días de conformidad con lo que dispone el Articulo Innumerado 18 del CONA por cuanto se ha justificado ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa.-Notifiquese A LAS PARTES DEMANDADAS SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO O CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 15 de julio de 2022. Dra. Angélica Córdova Cárdenas. SECRETARIA DE LA UNIDAD “K” DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CUENCA

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CONSEJO DE LA JUDICATURA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DE SANTA ISABEL CITACIÓN JUDICIAL A: VICTOR MODESTO DELGADO VÉLEZ, cuyos domicilios y residencias son imposibles determinar; se le hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, a cargo de Abg. NESTOS IVÁN VALDIVIEZO SIGUENZA, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Isabel, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: Juicio: 01613-2022-00145 Naturaleza: SUMARIO – PRIVACIÓN O PERDIDA JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD.

Actor: MARÍA BEATRIZ SANCHÉZ BENALCAZAR

CITACION JUDICIAL A LOS SEÑORES Herederos conocidos, presuntos y desconocidos del señor JORGE ROLANDO ORTIZ BERNAL SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN CANTON MORONA, A CARGO DE LA DRA. IVANA JACOME NOGUERA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA RECAIDA EN ELLA ES TAL COMO SIGUE:

Demandado: VICTOR MODESTO DELGADO VELEZ Santa Isabel, lunes 30 de agosto de 2021, las 16h08, CASO: 145-2022

JUICIO: 14307-2022-0566

JUEZ SUBROGANTE: IVÁN VALDIVIEZO

ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

Vistos: Avoco conocimiento de éste proceso en vista de la acción de personal N°15922022-UTHA-PV, a través de la cual se me encarga el Juzgado de ésta Unidad Judicial, con vigencia desde el día 18 de julio de 2022.

NATURALEZA: EJECUTIVO ACTOR: AB SERGIO LUIS CANDO SHEVCHUKOVA en su calidad de Procurador Judicial de EDISON EDMUNDO DE LA TORRES GALLEGOS, Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de octubre Ltda DEMANDADO: Herederos conocidos, presuntos y desconocidos del señor JORGE ROLANDO ORTIZ BERNAL UNIDAD JUDICIL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA. Morona, jueves 14 de julio del 2022, las 16h32, VISTOS: Cumplido que se encuentra los dispuesto en auto anterior.- En lo principal la demanda que antecede presentada por el AB SERGIO LUIS CANDO SHEVCHUKOVA en su calidad de Procurador Judicial de EDISON EDMUNDO DE LA TORRES GALLEGOS, Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de octubre Ltda, según lo justifica con la documentación adjuntada, en contra de: los Herederos conocidos, presuntos y desconocidos del señor JORGE ROLANDO ORTIZ BERNAL, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Cítese Herederos conocidos, presuntos y desconocidos del señor JORGE ROLANDO ORTIZ BERNAL por serle imposible a la parte actora determinar su individualidad o residencia, a pesar de las gestiones hechas y por tanto desconocer su domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se los cite mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en el diario EL MERCURIO de la ciudad de Cuenca de mayor circulación diaria en esta Provincia y cantón. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Téngase en cuenta la casilla judicial, los correos electrónicos y la autorización conferida. Ofíciese al Registro Civil Identificación, Cedulación del cantón Morona para que remita copia certificada de acta de defunción de JORGE ROLANDO ORTIZ BERNAL - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MORONA, EN LA PARROQUIA GENERAL PROAÑO, CANTON MORONA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2022 Ab. José Omar Rivadeneira SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA

1.- CALIFICACIÓN.- Al reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), considerando además el contenido del Art. 19 de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Proceso, que sustituye el texto del Art. 146 del COGEP, y de los Arts. 332.3 y 333 del cuerpo legal antes mencionado, se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, la demanda de PRIVACIÓN O PÉRDIDA JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD, propuesta MARÍA BEATRIZ SANCHÉZ BENALCAZAR, mediante Procuración Judicial conferido a los profesionales del derecho Drs. Renso Zenteno Condo y Johvanny Teodoro Abarca Jaramillo en contra de VICTOR MODESTO DELGADO VELEZ. 1.1.- CITACIÓN.- Cítese al demandado VICTOR MODESTO DELGADO VELEZ, al haberse realizado juramento de desconocimiento de domicilio, diligencia que se realizará conforme lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones en un diario de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, en tres fechas distintas; por Secretaría se librará el extracto respectivo. Se advertirá al demandado, que tiene el TÉRMINO DE DIEZ DÍAS para dar contestación a la demanda, término que empezará a correr, una vez que transcurran veinte días desde la última publicación; y que deberá comparecer a AUDIENCIA ÚNICA, diligencia que será convocada una vez que se efectúe la citación. 1.2.- PRUEBA ANUNCIADA.- Considérese la prueba anunciada. 1.3.- CUANTIA, AUTORIZACION, CASILLA O CORREO PARA NOTIFICACION.- En cuenta la cuantía, la autorización que confiere a su defensor, y el correo electrónico que señala para recibir notificaciones. Hágase saber.-f) F).- DR. NESTOS IVÁN VALDIVIEZO SIGUENZA, JUEZ ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE SANTA ISABEL. Al demandado se le previene señalar casilla Judicial y/o correo electrónico de un Abogado, para futuras notificaciones. Santa Isabel, 19 DE JULIO DE 2022 ABG. GABRIEL BACULIMA LL. SECRETARIO

#22777

AVISO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL: Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del MSC. Juan Carlos Paz Mena., se está tramitando por la vía SUMARIO, el juicio No. 01204-2022-03006, el cual impulsa el ciudadano HECTOR MARIANO JIMBO ALBARRACIN en contra de: ANA LUCIA PATIÑO AUCAPIÑA; conforme providencia que dice: “…Juicio No. 01204-2022-03006; UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA; Juez Ponente.- Dr. Wilson Solís Solís. VISTOS: PARTES: La parte actora HECTOR MARIANO JIMBO ALBARRACIN en ejercicio de su derecho al acceso a la Justicia y establecido en el Art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Art. 75 Constitucional, comparece y demanda a ANA LUCIA PATIÑO AUCAPIÑA en su calidad de ex cónyuge, el inventario de la sociedad de bienes de los justiciables. FUNDAMENTO DE DERECHO: Arts. 191 y siguientes del Código de Civil y Arts. 341 y 334 del COGEP. PRETENSIÓN: Aprobación del Inventario. ANUNCIO DE LA PRUEBA: documental: lo presentado en la petición. ADMISIÓN A TRÁMITE: Se admite al trámite correspondiente establecido en el Art. 334.4 del Cogep esto es procedimiento Voluntario y el Art. 341 del Cogep. El mismo que se realizará a través de los principios de inmediación, concentración y dispositivo establecido en el Art. 168 Constitucional. CITACION: En conformidad a lo establecido en el Art. 53 del Cogep y siguientes cítese a la parte demandada a ANA LUCIA PATIÑO AUCAPIÑA a través de la oficina de citaciones en la dirección señalada, envíese copia de la demanda y este auto interlocutorio para que conteste la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep. HAGASE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL que se encuentra conociendo por parte de este despacho judicial la petición realizada por la parte actora, esto a través de una publicación en un diario de mayor circulación de esta ciudad, entréguese desde secretaría un extracto para publicarse en la prensa con lo dispuesto en este auto. NOMBRAMIENTO DE PERITO: Al perito se le nombrará en el momento oportuno esto es luego de cumplida la citación determinada en este auto. DISPOSICIONES GENERALES: En cuenta la cuantía, el trámite Voluntario que se dará al presente, la documentación presentada, la autorización que otorga a su defensa técnica, así como la casilla judicial y correo electrónico de su defensa. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda. Cuenca, 11 de julio de 2022. Lo que se hace saber para fines de Ley. JUAN PABLO SERRANO ESPINOZA. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON CUENCA.

#22763

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO CITACIÓN JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES: DESIDERIO CHACHA AUCACELA Y OTILDE COLOMBIA BOLAÑOS CHACHA; SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORONA, A CARGO DE LA DRA. IVANA JÁCOME NOGUERA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA POR: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO EN SU CONTRA CUYO EXTRACTO Y PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: (JUICIO Nro. 14307-2022-00463) ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. NATURALEZA: ORDINARIO ACTOR: BARROS ZUÑIGA GIOVANNA GABRIELA DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES: DESIDERIO CHACHA AUCACELA Y OTILDE COLOMBIA BOLAÑOS CHACHA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO: Morona, martes 21 de junio del 2022, las 16h31, VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia anterior. En lo principal, la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio presentada por: AB. VERONICA JACQUELINE GOMEZJURADO CALLE en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DE GIOVANNA GABRIELA BARROS ZUÑIGA en contra de HEREDEROS PRESUNTOS, O DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES: DESIDERIO CHACHA AUCACELA Y OTILDE COLOMBIA BOLAÑOS CHACHA y en contra del HEREDERO CONOCIDO JAIME VICENTE CHACHA BOLAÑOS, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación JAIME VICENTE CHACHA BOLAÑOS, se lo citara en el domicilio ubicado en la ciudad de macas conforme indica en la demanda a través de la oficina de citaciones. - Se dispone la citación de los HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES: DESIDERIO CHACHA AUCACELA Y OTILDE COLOMBIA BOLAÑOS CHACHA por serle imposible a la parte actora determinar su individualidad o residencia, a pesar de las gestiones hechas y por tanto desconocer su domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se los cite mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en el diario EL MERCURIO de la ciudad de Cuenca de mayor circulación diaria en esta Provincia y cantón.- Por expreso mandato de la disposición general DECIMA del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que dispone: “En todo juicio en que se demanda la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble situado en el área urbana o rural se citará al respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano. El incumplimiento de esta disposición será causal de nulidad del juicio”, con estricta observancia a la norma citada, se dispone, cítese con la demanda, el escrito que antecede y la calificación de la demanda, a los Representantes legales del Gobierno Municipal del cantón Morona, en la persona del Ing. Franklin Galarza Guzmán y la Ab. Víctor André Rivadeneira Mejía, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndico, respectivamente, en la dirección indicada en la demanda, por medio de la oficina de citaciones.. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad al Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F). Dra. Ivana Jácome, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Morona. A los demandados se les previene la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones en esta Judicatura. General Proaño, 15 de julio del 2022 Ab. José Omar Rivadeneira SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORONA # 22766

CITACION JUDICIAL AL SEÑOR FAJARDO GUZMAN JULIO GERMAN SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN CANTON MORONA, A CARGO DE LA DRA. IVANA JACOME NOGUERA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA RECAIDA EN ELLA ES TAL COMO SIGUE: JUICIO: 14307-2021-00627 ACCION: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO NATURALEZA: ORDINARIO ACTOR: MARTA ESTELA ULLAURI MORA en su calidad de mandataria de Fausto Luciano Chabla Gómez

Materia: FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. ACTA correspondiente al Juicio No. 14307202200566(24059413)

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON CUENCA.

# 14942

DEMANDADO: HELENA ODALIA GALLARDO JARAMILLO, FAJARDO GUZMAN JULIO GERMAN UNIDAD JUDICIL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA. Morona, martes 29 de junio del 2021, las 11h39, Vistos.- En lo principal, la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO presentada por el señor (a): MARTA ESTELA ULLAURI MORA en su calidad de mandataria de Fausto Luciano Chabla Gómez en contra de HELENA ODALIA GALLARDO JARAMILLO que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario.- Por cuanto la parte accionante bajo juramento manifiesta desconocer la individualidad o residencia de la demandada conocida GALLARDO JARAMILLO HELENA ODALIA y serle imposible determinarlo a pesar de las gestiones hechas para dar con dicho domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone, cítese mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en el diario EL MERCURIO de la ciudad de Cuenca de circulación diaria en esta provincia y cantón.-Se deja la disponibilidad respectiva del expediente a la parte demandada para efectos de contradicción y defensa .- Por expreso mandato de la disposición general DECIMA del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que dispone: “En todo juicio en que se demanda la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble situado en el área urbana o rural se citará al respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano. El incumplimiento de esta disposición será causal de nulidad del juicio”, con estricta observancia a la norma citada, se dispone, cítese con la demanda, la calificación de la demanda, a los Representantes legales del Gobierno Municipal del cantón Morona, en la persona del Ingeniero Franklin Alejandro Galarza Guzmán y Ab. Silvia Verónica Idrovo Arias en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico, respectivamente, en la dirección indicada en el libelo de la demanda por medio de la oficina de citaciones. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad al Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial, el correo electrónico señalados, y la autorización que realiza a su abogado defensor. Actúe el Ab. José Omar Rivadeneira Jaramillo, Secretario de la Unidad. - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE….. SIGUE OTRA PROVIDENCIA….. Morona, viernes 1 de octubre del 2021, las 13h21, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. - En atención al escrito presentado por la parte Accionante, el que indica que reforma su demanda de conformidad al Art. 148 del Cogep, al respecto la norma invocada, dispone que: “La demanda podrá reformarse hasta antes de la contestación por parte de la o del demandado. Si después de contestada sobreviene un hecho nuevo, podrá reformarse hasta antes de la audiencia preliminar”; por lo tanto téngase en cuenta la reforma de la demanda en el sentido de que interpone su demanda en contra de : “Julio German Fajardo Guzmán, a quien se le citará en la dirección que refiere el documento de fs. 62, a través de la oficina de citaciones, además téngase en cuenta la reforma sobre la modificación de los linderos: Por el NORTE: con el lote de Fausto Chabla en 12, 74 metros; SUR: con el lote de Fausto Chabla en 12,50 metros, ESTE: con el lote de Fausto Chabla en 6.85 metros. y al OESTE: con el lote de Fausto Chabla en 9,32 metros, de un AREA TOTAL de 101.01 metros cuadrados, en virtud de la reforma ofíciese al Registro Civil para que en el término de 4 días remitan la partida de matrimonio de los accionados. ”, por lo tanto se dispone cítese a todos los demandados con esta reforma a la demanda, y la demanda, en lugar indicado en la demanda, y en las formas que se ha citado dentro del proceso. También se dispone se inscriba esta reforma para lo cual se oficiará al Registro de la Propiedad del Cantón Morona. HAGASE SABER…..SIGUE OTRA PROVIDENCIA…. Morona, viernes 15 de julio del 2022, las 16h53, VISTOS: Agréguese a los autos la delegación de Poder General con fines de Procuración judicial otorgado por Martha Estela Ullauri Mora a favor de Ab. Verónica Jacqueline Gomezjurado Calle, en lo principal por cuanto la parte accionante bajo juramento manifiesta desconocer la individualidad o residencia del demandado conocido FAJARDO GUZMAN JULIO GERMAN y al serle imposible determinarlo a pesar de las gestiones hechas para dar con dicho domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se le cite mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en el diario EL MERCURIO de la ciudad de Cuenca de circulación diaria en esta Provincia y cantón; se le previene al deudor que en el término de ley conteste la demanda, con prevenciones de rebeldía. Entréguese el extracto correspondiente. Actúe el Ab. José Omar Rivadeneira, Secretario del despacho. - HÁGASE SABER. DADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MORONA, EN LA PARROQUIA GENERAL PROAÑO, CANTON MORONA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO, A LOS VEINTE Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2022 Ab. José Omar Rivadeneira SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA # 22781


A VISOS

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL “C” DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA CITACION JUDICIAL CITACION A: SERGIO IVAN LOJANO LOJANO se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. Luis Alberto Guerrero, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dicen: Materia FAMILIA-ALIMENTOS

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: BLANCA NARCISA ERREYES MEJIA y ROBERTO SALVADOR SALAS AVILA. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2022-09365 ACCION: EJECUTIVO

Naturaleza: AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA

MATERIA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

Actor: MARIA ANGELITA ARPI CHASI

ACTOR: BANCO DE DESARROLLO DE LOS PUEBLOS S.A.

Demandado:SERGIO IVAN LOJANO LOJANO Cuantía: INDETERMINADA

DEMANDADOS: ERREYES MEJIA BLANCA NARCISA Y OTRO

Juicio No.- 01204-2017-06554

CUANTIA: $ 10.500,oo PROVIDENCIA:

NATURALEZA: ORDINARIO

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 18 de julio del 2022, a las 10h43.Vistos: Una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior. Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme el numeral 3 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por MARIA ANGELITA ARPI CHASI en contra de SERGIO IVAN LOJANO LOJANO por consiguiente se dispone: UNO) CÍTESE a la parte demandada mediante publicaciones de prensa en la forma determinada en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, considerándose que de autos consta la declaración de la parte accionante que indica la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esa forma; para el caso existe también la certificación de la Coordinación Zonal 6 Cuenca, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que se anota que la misma ha salido del país y no se cuenta con un registro consultar sobre el mencionado ciudadano; se le prevendrá de la obligación de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones y que de no hacerlo se procederá en rebeldía. DOS) La parte demandada tiene el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem. TRES) Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispondrá lo que corresponda sobre su admisión en audiencia única; hasta tanto OFICIESE como se solicita en la demanda y en su anexo, se concede a las autoridades requeridas el termino de tres dias para el envió de la información y será la accionante la encargada de gestionar aquello. CINCO) En cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala para futuras notificaciones. Notifíquese.- DR. LUIS ALBERTO GUERRERO, JUEZ”.- Lo certifico.-A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRÓNICO DE UN ABOGADO DEFENSOR PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.-

MATERIA: PRESCRIPCION ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

Cuenca, 19 de Julio del 2022

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA EXTRACTO CITACION JUDICIAL JUICIO Nro. 01333-2022-08967 A:: EDGAR ROMAN SALAS LEON cuya individualidad residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Gina Bravo Ordoñez Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente: JUICIO NÚMERO: 01333-2022-08967

ACTOR: CRISTIAN ADRIAN RODRIGUEZ PEREIRA

Ab. Ana Lucia Vásquez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA

DEMANDADO: EDGAR ROMAN SALAS LEON CUANTIA: 1.487.52 JUEZA PONENTE DRA. GINA BRAVO ORDOÑEZ

9A

#22785

Juicio No. 01333-2022-09365 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 7 de julio del 2022, a las 10h32. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Una vez que se ha cumplido con las diligencias dispuestas se tiene que la demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados BLANCA NARCISA ERREYES MEJIA, y ROBERTO SALVADOR SALAS AVILA mediante publicaciones de prensa, y en la forma determinada por el art. 56 del COGEP, mediante publicaciones realizadas en un periódico de amplia circulación, para el efecto entréguese el extracto de ley, se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F) Dra. Cecilia Verdugo Andrade. Jueza A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, julio 07 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

# 22755

Proceso: 01333-2022-08967 VISTOS: Cumplido el juramento. Comparece a la administración de justicia RODRIGUEZ PEREIRA CRISTIAN ADRIAN. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la parte demandada: SALAS LEON EDGAR ROMAN mediante publicaciones hechas por la prensa de conformidad al Art. 56 del COGEP, por lo que se entregará suficiente extracto... Conforme lo previsto en los incisos quinto y sexto del art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, previo a la citación Inscríbase la demanda en el registro Mercantil del cantón Cuenca, en la Agencia Nacional de Tránsito y en la EMOP EP. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CUENCA

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

CITACIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

JUICIO Nro. 01333-2020-03027

CITACIÓN JUDICIAL

A: ÁNGEL RUBÉN ASANZA SÁNCHEZ, cuyo domicilio y residencia se ha afirmado desconocer, se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la señora Jueza Dra. María Esperanza Neira Orellana, se ha presentado una demanda cuyo extracto de la misma y de autos recaídos en ella es al tenor siguiente:

A: LEÓN GUEVARA MIGUEL ÁNGEL., de quien se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia., Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Esteban Flores Vintimilla, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con las providencias recaída en ella, es al tenor siguiente:

A la parte demandada se le previene señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.

JUICIO NÚMERO: 01333-2020-03027

ACTOR: CROTEK CIA. LTDA.

Cuenca, 08 de Julio de 2022

PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO

DEMANDADO: LEÓN GUEVARA MIGUEL ÁNGEL

DR. JORGE VILLAVICENCIO T. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

# 22768

MATERIA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN

ACCION: MONITORIO

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPAC AUSTRO LTDA.

TRÁMITE: FACTURAS O DOCUMENTOS. CUANTÍA: $ 5.000,00

DEMANDADO: ÁNGEL RUBÉN ASANZA SÁNCHEZ

JUICIO N°. 01333-2021-08151

Juez: Oswaldo Paul Serrano Arizaga. – Cuenca, 7 de agosto de 2020, las 07h13. - VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede presentada por la Ing. Com. Miriam Yoconda Duran Yunda en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Credito COOPAC AUSTRO LTDA. , es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandado ANGEL RUBEN ASANZA SANCHEZ al que se le citará en los domicilio señalado, mediante Deprecatorio Virtual a uno de los señores jueces de la Unidad judicial civil del Canton Pasaje , provincia del Oro, para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, 26 de octubre de 2021; las 10h08. Agréguese a los autos el escrito presentado, de la revisión de los autos consta a fojas 60 el acta de no citación realizada por la Oficina de Citaciones de la Función Judicial del cantón Santa Rosa, en la dirección LUIS LARREA Y CALLE 5.21; dirección diferente a la que consta a fojas 49; por tanto se estará a lo ordenado, por Secretaría se remitirá el deprecatorio virtual ordenado, en el cual se adjuntará la dirección que consta en la foja 49, en la cual se cumplirá la citación al demandado ASANZA SANCHEZ ANGEL RUBEN.- Notifíquese.. OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, 6 de julio de 20222, las 12h38. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior y visto el contenido del acta del juramento rendido por la parte accionante que obra de fojas 94 de los autos, cítese al demandado ÁNGEL RUBÉN ASANZA SÁNCHEZ, conforme al contenido del artículo 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones por la prensa, en días distintos, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, para el efecto a través de Secretaría concédase el extracto respectivo, sin perjuicio de que la Actuaria del Juzgado cumpla con lo dispuesto en el inciso final del artículo 53 del citado cuerpo legal, en el correo electrónico que consta en el oficio remitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que obra de fojas 41 de los autos. NOTIFÍQUESE.- f) DRA. MARÍA ESPERANZA NEIRA ORELLANA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA.

FUNDAMENTOS DE HECHO: Que, la empresa mantuvo una relación de prestación de servicios y que por estos servicios se emitieron facturas, ha requerido el pago de la deuda constante en las facturas sin tener respuesta.

Al citado se le previene señalar domicilio judicial y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 21 de julio de 2022. DRA. LORENA LÓPEZ BARRETO, SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CUENCA

FUNDAMENTOS DE DERECHO: Fundamenta su demanda en los Arts. 200 y 228 del Código de Comercio, y, el art. 356 del COGEP. Juicio No. 01333-2021-08151 VISTOS: Asumo nuevamente la competencia de la presente causa en virtud de reintegrarme a mis funciones, luego de hacer uso de mis vacaciones concedidas por la Dirección de Azuay del Consejo de la Judicatura. Una vez cumplido con lo ordenado, en virtud que la demanda que antecede, presentada por Andrea Viviana Bustamante Orellana, en su calidad de Gerente General de CROTEK CIA. LTDA., es clara y completa por cumplir con lo que establecen los arts. 142, 143, 356 y 358 del COGEP, se la califica y se admite a trámite mediante procedimiento MONITORIO, disponiendo la citación al señor MIGUEL ANGEL LEON GUEVAR, en la dirección señalada, mediante la oficina de citaciones, la señora actuaria proceda conforme corresponde, a fin de que se cumpla en debida forma con esta diligencia. Así también en cumplimiento de la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017, cítese a la parte accionada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. Citada la parte demandada en el término de quince (15) días pague la obligación reclamada esto es el monto de CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN DOLARES AMERICANOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS, (4.981,33 USD), bajo la prevención que de no comparecer dentro del término concedido cumpliendo con el pago o si lo hace sin presentar oposición, este auto interlocutorio quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución conforme el artículo 358 del COGEP, caso en el que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem, además se deberán cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, que se generen desde la citación con la demanda, valores que serán liquidados pericialmente. Al contestar la demanda la parte accionada deberá cumplir con lo previsto en el Art. 152 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, en cuenta el domicilio judicial que se ha señalado para efecto de notificaciones así como la autorización conferida. Notifíquese. F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA. - 8151-21 Una vez cumplido con lo ordenado, cítese al accionado León Guevara Miguel Ángel, mediante tres publicaciones por la prensa en sujeción a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, entréguese el extracto respectivo para su cumplimiento. Hágase saber. F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. A la parte accionada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 18 de julio del 2022. Ab. Esperanza Campoverde Andrade. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

#22775

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

CITACIÓN JUDICIAL

JUEZ PONENTE: DR. JUAN SANTIAGO VINTIMILLA SUAREZ

Juicio No. 01333202105603

CITACIÓN A: CYNTHIA MAGALY MEREJILDO CAMATON con C.C.0919653568 Se le hace saber que en la Unidad Judicial De Lo Civil De Cuenca, a cargo del: Dr. Juan Santiago Vintimilla Suarez, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2022-00378

A: PAOLA ENOE PAREDES PADILLA y MICHEL ANDRÉS BERREZUETA BANEGAS, se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca a cargo del señor Juez Ponente Doctor César Ugalde Arellano, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCION:

ORDINARIO

ACTOR: ALMACENES JUAN ELJURI CIA. LTDA.

MATERIA:

PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIO DE DOMINIO

PROVIDENCIA 21 DE ENERO DEL 2022

ACTOR:

LOURDES LUCÍA LATA PAÑEGA

DEMANDADOS:

ZEA BANEGAS JUAN CARLOS y OTROS

CUANTÍA:

$22,768.51

ACCIÓN: EJECUTIVO

Vistos. En atención al acto de proposición se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Competencia. Avoco conocimiento de esta causa en legal y debida forma, por el sorteo de ley, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca 2.- Objeto de la causa, admisión a trámite y procedimiento. La demanda que antecede por COBRO DE DINERO presentada por el Abogado Pablo Sebastián Chérrez Jurado, Procurador Judicial del Señor Carlos Joaquín Álvarez Eljuri, Subgerente y Representante Legal de la Compañía ALMACENES JUAN ELJURI CIA. LTDA., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos fundamentándose en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 del mismo código y Arts. 186, 187 y 188 del Código de Comercio, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 3.- Citación y término para contestar la demanda. Se ordena la citación de la demandada CYNTHIA MAGALY MEREJILDO CAMATON en el lugar consignado mediante deprecatorio al Juez de lo Civil del Cantón Santa Elena de la Provincia de Santa Elena, para lo cual se acompañará la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial. A la autoridad deprecada se ofrece reciprocidad en casos análogos. En aplicación de los Arts. 355 y el inciso quinto del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP. 4.- Anuncio de los medios probatorios. Las pruebas legalmente anunciadas serán tramitadas de conformidad a lo dispuesto en el Art. 160 del COGEP el día y hora de la audiencia que se señalará oportunamente 5.- Notificaciones y autorización. Notifíquese en los lugares señalados y téngase en cuenta la autorización conferida. Hágase saber y cúmplase. PROVIDENCIA 11 DE JULIO DEL 2022 Se realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Adjúntese al expediente el escrito presentado por la parte actora dando cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior. 2.- En lo principal, por cuanto el compareciente manifiesta bajo juramento desconocer el lugar de citación a la demandada CYNTHIA MAGALY MEREJILDO CAMATON y que este es imposible determinarlo, se dispone citarle de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, es decir, mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar, es decir, de este Cantón Cuenca, así como del Cantón Santa Elena Provincia de Santa Elena debiendo conferirse los extractos respectivos. Notifíquese.

Juicio No. 01333-2021-05603 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 25 de noviembre del 2021, a las 08h43.- Vistos. Avoco conocimiento de la demanda que presenta LOURDES LUCIA LATA PAÑEGA la misma que por clara, completa y reunir con los requisitos de los artículos 142 y 289 del Código Orgánico General de Procesos se acepta a trámite ordianrio la demanda de prescripción adquisitiva extraodinaria de dominio de un bien inmueble en contra de: JUAN CARLOS ZEA BANEGAS y CLAUDIA PATRICIA CAÑIZARES MEDINA correos electrónicos de los demandados juancarlos76@hotmail.com y claudvcalizares@hotmail.com sin que constituya citación, se les citará a través de la oficina de citaciones en el domicilio de las calles Manuel Quiroga y Juan Pio Montufar “dificio Olimpo”, bloque “Zeus”, Dep. P-7, a través de la oficina de citaciones, se facilitará el croquis para la oficina de citaciones. Citese a los demandados MICHEL ANDRES BERREZUETA BANEGAS y PAOLA ENOE PAREDES PADILLA en la dirección que se indica en la informaciíon que proporciona ETAPA, esto es calle Jaime Roldos N° 4-80 y Av. Huayna-Capac de esta ciudad de Cuenca. Cítese al Ing. Pedro Renán Palacios Alcalde de Cuenca y a la Procuradora Síndica Municipal (e) del GAD Cuenca a través de la oficina de citaciones. Previamente, inscríbase la demanda en el Registro de Propiedad de Cuenca. Contesten la demanda en el término d e treinta días. En cuenta la autorización concedida al profesional que firma, el casillero judicial, casilelro electrónico y correos electrónico señalado. Adjúntese la documentación descrita. Notifíquese.- OTRA PROVIDENCIA. Cuenca, martes 5 de abril del 2022, a las 1453.- HA rendido el juramento la parte actora en consecuencia con fundamento en el Artìculo 56 del Còdigo Orgànico General de Procesos se dispone que se le cite a los demandados Paola Enoe Paredes Padilla y Michel Andrès Berrezueta Banegas mediante publicaciones por la prensa escrita de àmplia circulaciòn que se edita en esta ciduad de Cuenca, para lo cual, secretarìa entregarà el extracto respectivo. Notifìquese.- UGALDE ARELLANO JULIO CESAR AUGUSTO, JUEZ (PONENTE). A la parte demanda se le previene de la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Cuenca, 7 de abril del 2022 Dra. Carolina Orellana Albarracín SECRETARIA DE LA UNIDADJUDICIAL CIVIL DE CUENCA

Cuenca, 13 de julio del 2022 ABG. MALENE POLO HERNÁNDEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

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10A

ECUADOR Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Calidad de educación Ecuador analizará su sistema educativo y la calidad de su educación con expertos de UNESCO, UNICEF y el Programa Mundial de Alimentos (PMA). (I)

www.elmercurio.com.ec redaccion1@elmercurio.com.ec

Preparan juicio para 8 heridos y 124 casas afectadas causa sismo tratar el caso Dhruv de 5,2 grados: Carchi Monitoreo

Investigación

Entre los 18 procesados están los exministros de Defensa, Javier Ponce y Wellington Sandoval.

A

cuatro meses de que se difirió la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el presunto delito de peculado que se habría cometido en la adquisición de siete helicópteros Dhruv, Luis Rivera, juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), instaló ayer la diligencia. Entre los 18 procesados en esta causa están los exministros de Defensa, Javier Ponce y Wellington Sandoval, el excomandante de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE), Rodrigo Bohórquez, entre otros. La Fiscalía General del Estado (FGE) los acusa del delito de supuesto fraude en la compra de las aeronaves adquiridas a la empresa india Hindustan Aeronautics Limited (HAL), durante el gobierno del expresidente Rafael Correa por un monto superior a los 45 millones de dólares. El artículo 257 del Código Orgánico I n t e g r a l Penal (COIP), vigente señala que de haberse perpetrado el supuesto ilíc i t o, s e e s t a b l e c e una pena de ocho a 12 años de cárcel por el delito de peculado. Esa misma norma impone una pena de hasta 16 años de prisión “si la infracción se refiere a fondos destinados a la defensa nacional”. Una vez que Luis Rivera, juez ponente de la CNJ, escuche el dictamen de la Fiscalía, las defensas técnicas de los procesados expondrán sus argumentos. Culminada esta fase, el juez tiene tres alternativas: dar paso a las nulidades que se pue-

En la Corte Nacional de Justicia se instaló ayer la diligencia, la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el presunto delito de peculado. API

Indagación previa inició en 2009 En el 2009, el entonces legislador Fausto Cobo presentó una denuncia por la adquisición de esas aeronaves. En ese mismo año, la Fiscalía abrió una indagación previa. Siete años después, el fiscal general de ese entonces, Galo Chiriboga, desestimó la investigación y el 14 de abril de 2016 solicitó a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) el archivo de la denuncia. En ese momento aseguró que no existían elementos para iniciar una imputación penal y que además era necesario el informe de respondan plantear en el proceso, emitir un auto de sobreseimiento, o llamar a juicio. El caso se remonta al 5 de agosto del 2008 cuand o e l Ministerio de Defensa, la FAE y la entonces Junta de Defensa Nacional adquirieron los helicópteros. Cuatro de las aeronaves se accidentaron. Para Jorge Luis Ortega, parte de la defensa técnica de los procesados, las evidencias de Fiscalía no serían “suficientes, claras ni precisas”.

Los accidentes de los helicópteros fabricados en la India han sido motivo de investigación. API

sabilidad penal (IRP) de Contraloría para iniciar el señalamiento por peculado. El requisito del IRP fue declarado inconstitucional por la Corte Constitucional en julio de Denuncia El 29 de diciembre de 2022 se cumplirán doce años de la muerte del general Jorge Gabela, excomandante de la FAE, quien en 2010 denunció presuntas irregularidades en la adquisición de los helicópteros. Gabela sufrió u atentado el 19 de diciembre de 2010 fuera de su casa, en Guayaquil, y murió el 29 de diciembre de ese año. El 19 de junio de 2018, el perito Roberto

Ejecutivo

2019. Ese fue el argumento que utilizó la actual fiscal general, Diana Salazar, para pedir que se reabra el caso el 23 de diciembre del 2020. (I) Meza desvirtuó en el Ecuador, que la muerte del oficial haya sido producto de delincuencia común. Patricia Gabela, viuda del militar, aseguró que hay avances en las investigaciones para esclarecer las causas de la muerte del oficial. Opinó que las investigaciones han sido lentas, pero a partir de 2018 y 2019 hubo avances cuando el entonces fiscal Paúl Pérez reabrió el caso en el marco de la Comisión de la Verdad. (SCC)-(I)

Quito.- A 8 ascendió el número de heridos y 124 el de viviendas que quedaron afectadas tras el sismo de magnitud 5,2 que tuvo 8 réplicas en la provincia ecuatoriana de Carchi, fronteriza con Colombia, según informó ayer el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE). En un comunicado apuntó que se registraron cinco personas con crisis nerviosas, otras cuatro sufrieron heridas en la zona de Montúfar y tres en Espejo con fracturas, contusiones y trauma de cadera. Además, un estudiante del Instituto Superior Técnico “Vicente Fierro” de Tulcán sufrió una herida leve en la mano. En total se registraron

124 viviendas afectadas, de las cuales 16 están en Tulcán, 50 en Montúfar y 58 en Espejo, 2 de las cuales quedaron destruidas. Otros 14 bienes públicos sufrieron afectaciones, así como 32 unidades educativas, 2 bienes privados y 5 unidades de salud. De acuerdo al Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, el sismo de magnitud 5,2 registrado a las 8:33 hora local (13:33 GMT) a 17,8 kilómetros de San Gabriel (Carchi) se sintió en 26 cantones. De forma fuerte se sintió en 5 cantones de la provincia de Carchi, de manera moderada en 6 cantones de Imbabura y Carchi, y de forma leve en 16 cantones de Sucumbíos, Pichincha (cuya capital es Quito), Pastaza, Orellana, y Napo. (EFE)-(I)

Tras el sismo de 5,2 se registraron 8 réplicas, la de mayor magnitud de 4,1 a las 08:38. EFE

Remiten reformas a la Ley de Comunicación Virgilio Saquicela, presidente de la A s a m b l e a Nacional, remitió ayer a Guillermo Lasso, presidente de la República, el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) aprobado por el bloque de la Unión por la Esperanza (UNES) y sus aliados del movimiento Pachakutik, la Izquierda Democrática y varios independientes el 21 de julio. El documento fue recibido por la secretaría jurídica de la presidencia de la República

a las 11:17 de ayer. Eliminar la opinión como parte del derecho a la libertad de expresión, derogar todo el contenido incluido en la ley vigente respecto a autorregulación de medios, atribuir responsabilidades civiles por expresarse y opinar libremente, y ampliar la censura previa para privados. Esos son algunos de los temas que constan en el paquete de reformas. Además, se reitera el papel de un Estado que controla e interviene en los medios de comunicación y en el trabajo periodistico. (SCC)-(I)

Emergencia

Gobierno renueva el apoyo 9 fallecidos y 20 heridos tras a la Armada en Día Clásico vuelco de bus interprovincial El viernes, el primer mandatario tiene programada una cirugía de baja complejidad.

El accidente se dio en la vía Pifo-Papallacta, considerada una de las más peligrosas.

Quito.- Guiller mo Lasso, presidente de la República, participó ayer en la ceremonia de Aniversario por los 81 años del Combate Naval de Jambelí y Día de la Armada, donde ratificó el compromiso del Gobierno para el fortalecimiento de la institución y coadyuvar en la tarea de velar por la seguridad en la frontera marítima. Resaltó la labor que ejercen los integrantes de esta rama militar en las aguas ecuatoriales, entre ellas, el combate a la pesca ilegal y piratería; la protección a pescadores artesanales, camaroneros y cangrejero,

Un mortal accidente de tránsito ocurrió cerca de las 05:00 de ayer en la vía Pifo -Papallacta, sector Paluguillo, provincia de Pichincha. Al momento del siniestro, el vehículo cubría la ruta Lago Ag rio-Santo Domingo de los Tsáchilas. El Cuerpo de Bomberos de Quito informó a través de su cuenta social de Twitter que el vehículo siniestrado fue un bus de transporte de pasajeros de la cooperativa Putumayo que perdió pista y se volcó en la

Guillermo Lasso interviene en la ceremonia por el Combate Naval de Jambelí y Día de la Armada. Presidencia

vigilancia a la reserva en Galápagos, y lucha contra el narcotráfico. “Gracias a ello, sus unidades operativas han decomisado grandes cantidades de sustancias prohibidas”, señaló el jefe de Estado, al destacar la colaboración de Estados Unidos, Colombia y México. Mientras tanto, la

Secretaría de Comunicación informó que el viernes, Lasso tiene programada una cirugía de baja complejidad con anestesia local “a fin de resecar una lesión en el borde libre del párpado inferior derecho”. Durante este proceso el presidente continuará en el ejercicio de sus funciones, se informó. (SCC)-(I)

orilla de la vía. Una vez que se emitió la alerta de este accidente, unidades de socorro acudieron al lugar y confirmaron la muer te de nueve personas (cinco son mujeres, tres hombres y un bebé). Además, se reportaron 20 heridos. En un video posteado en Facebook, un testigo del accidente relató que

supuestamente el conductor del bus intentó rebasar a otro vehículo, y que cuando iba a tomar la curva no logró el control del automotor por lo que terminó volcado. La emergencia fue atendida por personal del Ministerio de Salud, la Policía Nacional y la Cruz Roja Ecuatoriana. (SCC)-(I)

El vehículo siniestrado fue un bus de transporte de pasajeros de la cooperativa Putumayo. API


Sección

B

DEPORTES Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Suárez pide plazo hasta el martes para responder a la propuesta de Nacional

www.elmercurio.com.ec deportes@elmercurio.com.ec

El delantero de la selección uruguaya Luis Suárez pidió plazo hasta hoy para responder a la propuesta del Nacional, que busca fichar al futbolista hasta diciembre.

10 nuevos rostros

Galería de la fama de FedeAzuay 1

Nicolás García: campeón en el Mundial Juvenil de Patinaje de Carreras en Ibagué, Colombia

2

Iván Escudero: campeón de levantamiento de pesas en los Juegos Panamericanos Júnior de Cali, Colombia

3

Janina Cuero: medallista de bronce en los Juegos Panamericanos Júnior de Cali, Colombia (boxeo).

4

Xavier Criollo: medalla de bronce en los Juegos Panamericanos Júnior de Cali, Colombia (triatlón)

5

Anahí Astudillo: medallista de plata en los Juegos Sudamericanos Juveniles de Rosario, Argentina (baloncesto)

6

Karen Litardo: medallista de plata en los Juegos Sudamericanos Juveniles de Rosario, Argentina (marcha)

Panorámica de lo deportistas, dirigentes, en el programa develamiento en la galería de la fama. MQ

D

iez seleccionados nacionales ingresaron a la Galería de la Fama de Federación Deportiva del Azuay. Ellos, durante el periodo 2021-2022, sobresalieron en competencias internacionales, aportando al país con medallas mundiales, panamericanas y sudamericanas. Se trata de Nicolás García (patinaje), Iván Escudero (pesas), Janina Cuero (boxeo), Juan Sebastián Domínguez, Xavier Criollo y Renata Soria (triatlón), Anahí Astudillo (baloncesto), Karen Litardo (marcha), Juan Peralta y Daniel Abad (tiro con arco). Ocho de ellos, acompañados de sus padres y familiares, llegaron luciendo sus mejores galas a la explanada del coliseo Mayor Jefferson Pérez. En representación de García y Escudero acudieron sus padres, quienes recibieron los reconocimientos. García está en Guayaquil, desde la

7 8 El piloto Enrique Mora fue homenajeado en este evento en la Federación Deportiva del Azuay. Cortesía

semana pasada, participando en un campamento con miras a futuros certámenes mundiales. Escudero, por su parte, compite en el C a m p e o n a t o Panamericano Absoluto de Levantamiento de Pesas que se realiza en Bogotá, Colombia. La basquetbolista Anahí Astudillo intervino a nombre de homenajeados: “Sentimos un

enorme privilegio por haber sido llamados a formar parte de la Galería de la Fama, en donde se honra al deportista que ha dejado en alto el nombre de la provincia y del país”. Ella agradeció a familiares, entrenadores y amigos que son parte del éxito. Durante la ceremonia, en donde los seleccionados azuayos y nacionales no oculta-

Anahí Astudillo a nombre de los deportistas agradeció por la distinción.Cortesía

ron su felicidad por ser parte de la Galería de la Fama, también se develizó la fotografía de Enrique Mora Toral, campeón nacional de automovilismo en 1989. Todos recibieron sonoros aplausos de los presentes. En el acto intervinieron Edwin Loyola, Ángel Bustamante y Gustavo Gavilanes. El primero, como presidente de la Federación

Deportiva del Azuay, dio la bienvenida a los presentes. El segundo exaltó a la memoria del Libertador Simón Bolívar y el tercero hizo una apología deportiva de Enrique Mora. También hubo un minuto de silencio por la muerte Marcelo Calderón Ortega, exseleccionado provincial de baloncesto y exárbitro. (MQ)

9

Juan Domínguez: medallista de plata en los Juegos Sudamericanos Juveniles de Rosario, Argentina (duatlón) Renata Soria Bravo: medallista de plata en los Juegos Sudamericanos Juveniles de Rosario, Argentina (duatlón) Juan Peralta: medallista de oro en el Sudamericano de Tiro con Arco en Guayaquil (tiro con arco).

10

Juan Abad: medallista de oro en el Sudamericano de Tiro con Arco en Guayaquil (tiro con arco).

La fecha 18 de la Serie B se abre en Guayaquil Con el partido entre Búhos ULVR Fútbol y Chacarita de Pelileo, programado para las 19:00 de hoy en Guayaquil, se abre la fecha 18 de la LigaPro, Serie B. Ambos conjuntos son protagonistas del torneo puesto que ocupan posiciones estelares en la tabla de posiciones. Chacarita es segundo con 28 unidades; mientras Búhos, antes llamado Guayaquil Sport Club, tiene 27. Los dos equipos presionan al líder del campeonato, América de Quito, que suma 29 unidades en 17 fechas jugadas. La fecha continúa mañana en Santo Domingo de los Tsáchilas con el juego entre Atlético Santo Domingo y América de Quito, previsto para las 15:00. Más tarde (19:00), en Quito, se miden los conjuntos pichinchanos de El Nacional e Independiente del Valle. La jornada 18 de las 36 programadas termina en

Loja con el partido fijado para las 19:30 entre Club Atlético Libertad y Olmedo de Riobamba. El compromiso que debían jugar Manta FC e Imbabura está pospuesto por la participación del club imbabureño en la Copa Ecuador. Este miércoles 27 de julio medirá al Independiente del Valle, desde las 19:00, por cuartos de final. (MQ)


D EPORTES

2B

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Notas cortas

Mundial de Cali

Wamputsrik el atleta más joven Marcha

El cuencano competirá en 10.000 metros con la motivación de ver a sus compañeros rozarse entre los mejores del mundo.

S

aúl Wamputsrik y Freddy Vásquez son los únicos deportistas azuayos que competirán en el Campeonato Mundial de Atletismo U20 que se realizará en Cali, Colombia, del primero al seis de agosto. El viaje está programado para el sábado 30 de julio. Wamputsrik es el más joven de la delegación tricolor compuesta por 17 deportistas: siete damas y 10 varones. El próximo 12 de octubre recién cumplirá 18 años. Hace cinco meses se unió al grupo de trabajo dirigido por Andrés Chocho. “Ha sido un cambio positivo. Me he adaptado bien al grupo. He encontrado un espacio bastante profesional con marchistas que admiro. Poder compartir con ellos, ver como se preparan, como es su día a día, es algo que inspira y motiva a ser alguien mejor”. Él comparte entrenamientos con Daniel Pintado, el mejor marchista del Ecuador y el más completo porque aparte de estar entre los 10 mejores en el ranking mundial de 20 km en la actualidad es el marchista más rápido de Sudamérica en 35 km. También está la peruana

Octavos de Copa Ecuador Aucas no registra triunfos en el estadio George Capwell. Hoy a las 19:00 volverán a encontrarse en la Caldera por un pasaporte a los cuartos de final de la Copa Ecuador. El ganador enfrentará a 9 de Octubre por un pase a semif inales. En Emelec el profesor Ismael Rescalvo no goza del respaldo de la hinchada. Lo contrario pasa en Aucas con César Farías. El estratega venezolano le tiene puntero al equipo oriental y con la posibilidad de clasificarle por primera vez en su historia a la Copa Libertadores. (BST)-(D)

Top 15 en Copa Mundo Claudio Villanueva (I) apoya a Saúl Wamputsrik en su entrenamiento matutino en la pista del estadio Alejandro Serrano Aguilar. BST

Kimberly García, doble medallista de oro en el Mundial de Oregón; la brasileña Erica Rocha, una de las tres mejores marchistas de Sudamérica en la historia de 20 km -actualmente en receso por maternidad-; el mismo Andrés Chocho y Claudio Villanueva, quien ayer le ayudó a cumplir la planificación matutina en la pista del estadio Alejandro Serrano Aguilar. Clasificación La marca mínima para competir en 10.000 metros marcha es 43m50s. Saúl obtuvo su pasaje al poner 43m35s en el estadio atlético de la VIDENA, en Lima, Perú, el pasado ocho de julio. En la misma ciudad, el nueve de julio de 2021 implantó su mejor marca personal con 42m53s. Competir en Lima le

vino bien para “recuperar” la confianza luego de algunos meses muy complicados en su salud por la Covid-19. “Fue bastante devastador a nivel físico y más a nivel competitivo, entonces volver a competir en buen nivel es lo que más me gustó”. Aunque las últimas semanas tampoco han sido positivas en su salud, la oportuna medicación le ayudó a continuar su preparación y a enviar con normalidad los reportes diarios a su entrenador. En el Mundial conoce a casi todos los rivales, advierte que son buenos

competidores, con buenas marcas, pero “siempre vamos a pelear adelante y a darle todo”. Lo único que dice necesitar es un poco de adaptación al clima cálido. Se estima que Cali reciba el evento con temperaturas entre 27 a 30° C. Apoyo económico Los padres de Wamputsrik saben de sus condiciones y le apoyan económicamente en la medida de sus posibilidades, pero no todos están en esa línea. La mayoría está en la gran disyuntiva si

dedicarse de lleno al deporte o enfocarse en los estudios. La falta de apoyo de la empresa pública y privada facilita, en muchos casos, que la balanza se incline hacia la deserción. “He tenido la oportunidad de hablar con más chicos, la mayoría tiene la misma preocupación, pensando en el futuro. Se tienen muchas metas en el deporte, pero creo que uno a veces tiene que ser objetivo. Hay veces que en la misma casa los gastos que se requiere en el deporte son muy excesivos y no entran dentro del presupuesto”. (BST)-(D)

La triatleta azuaya Elizabeth Bravo se ubicó entre las 15 mejores en la Copa Mundo de Pontevedra, España, que se disputó el domingo 24 de julio. “Aún no logro hacer una T2 (segunda transición) decente en todo el año. Esta vez el zapato de bici ha tocado el piso, elevando mi bici, perdí el equilibrio y puff al suelo. Pero ahí vamos sumando importantes puntos para París 2024”. Bravo llegó a España después de competir en Hungría donde obtuvo un décimo lugar en la Copa Europea de Tiszaujvaros. (BST)-(D)

Cronograma Fecha 01/08 05/08 05/08

Hora 16:20 09:35 11:15

Deportista Freddy Vásquez Saúl Wamputsrik Freddy Vásquez

Prueba Relevos 4x400 Mixto 10.000 metros marcha Relevos 4x400 varones

Carrera

¡Todos ganamos! en El Paraíso al correr con María

Byron Piedra (I), Rodrigo Salgado, Felipe Moreno, Miriam Calle, David y Tatiana Aucapiña visitaron las instalaciones de Diario El Mercurio. BST

Con el apoyo técnico y logístico del atleta olímpico Byron Piedra, el próximo 31 de julio a las 08:00 se llevará a cabo la primera edición del circuito atlético recreativo e inclusivo Corro y Camino con María en las distancias de 2 km, 4 km y 8 km. Las inscripciones estarán abiertas hasta el próximo 29 de julio. El costo por persona es de 12 dólares que incluye un rosario, camiseta, estampa y medalla con la imagen de la Virgen María y un refrigerio. Las perso-

nas con discapacidad tienen cupo gratuito. Rodrigo Salgado indica que el evento tiene como slogan “todos ganamos” porque todo lo recaudado ayudará a continuar la construcción del Centro de Formación Social y Comunitaria San Juan Pablo II, que ayuda y acompaña a niños, jóvenes matrimonios y adultos mayores. Piedra resalta el fin social del evento e invita a la ciudadanía a hacer deporte en familia en un circuito muy bien señali-

Motocross

Ubic.

Azuay mantiene su protagonismo en la apertura del Nacional Azuay volvió a ser la provincia con mayor número de pilotos participantes en la primera válida del Campeonato Nacional de Motocross 2022. Y no solo eso, con sus 50 pilotos se lució los días de competencia (sábado y domingo) en la pista Benjamín “Ñato” Ja r a m i l l o d e S a n t o Domingo de los Tsáchilas. En la categoría de máximo nivel, la MX1 A, los cuencanos Andrés Benenaula y Nicolás Merchán lucharon de principio a fin con el cotopaxense Miguel Cordovez, quien terminó primero. En esa división también corrieron pilotos de reconocida trayectoria como Pablo Vivanco, Ricardo García, Mateo Restrepo e Ian Salazar, quien está radicado en Perú y llegó como invitado.

Según Édgar Benenaula, coordinador del motociclismo azuayo, “son entre seis u ocho años que no se han reunido tantos pilotos de altísima calidad en una misma largada”. Por ese motivo, la expectativa fue enorme antes de la carrera. “No se sabía quién iba a ganar, cualquiera podía hacerlo”, agregó el dirigente. En otras categorías, Azuay hizo el 1-2-3. En MX2 A, por ejemplo, con Andrés Feicán, Bruno Carrera y Pedro Suárez; en WMX A con Daniela Alemán, Nataly Zúñiga y Triana Alvarado. También Ismael Cueva alcanzó un segundo lugar en más de 30 años, entre otros medallistas. Con este estreno auspicioso de la temporada 2022, los corredores azuayos ya piensan en la segunda válida

zado que circunvala el p a rq u e E l Pa r a í s o. Michelle Pinos anticipa que el tráfico se interrumpirá por alrededor de dos horas. Al tener un carácter benéfico no habrá podios, pero entre todos los inscritos se sorteará seis bicicletas y más de 40 premios sorpresa. Los atletas y sus familias podrán degustar diversa gastronomía y apoyar a jóvenes que participarán en la Jornada Mundial de la Juventud 2023. (BST)-(D)

1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 Los ganadores en el podio de la MX1 A: Andrés Benenaula, Miguel Cordovez y Nicolás Merchán. Cortesía

del Campeonato Nacional de Motocross que se correrá el próximo 21 de agosto en Guayaquil. Lo hecho en Santo Domingo de los Tsáchilas dejó felices a la mayoría de pilotos. Vale anotar que, la primera válida del Campeonato Nacional se

corrió después de tres postergaciones, debido a diferentes motivos como las restricciones por el rebrote del Covid-19. Para el torneo de Santo Domingo se inscribieron 170 motociclistas y hubo una presencia masiva de público. (MQ) (D)

1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3

Piloto

Circuito de 4 km: Parqueadero El Paraíso, Pasaje del Paraíso, Puente Av. Paseo de los Cañaris, Av. Pumapungo, Av. Max Uhle, Av. 24 de Mayo y Parqueadero El Paraíso. Inscripciones: I Center (Milenium Plaza), Parroquia San Juan Pablo II (Calle Obispo Alberto Ordóñez y Calle Padre Moreno), Jasetrón (Av. 12 de Abril y Unidad Nacional), Centro Neocatecumenal Cuenca (Calle Manuel Plazo y Calle AQ).

Resultados Provincia

MX1 A Miguel Cordovez Cotopaxi Andrés Benenaula Azuay Nicolás Merchán Azuay MX2 A Andrés Feicán Azuay Bruno Carrera Azuay Pedro Suárez Azuay WMX A Daniela Alemán Azuay Nataly Zúñiga Azuay Triana Alvarado Azuay MX2 B Jason Roca Tsáchilas Zamir Morales Pichincha Martín Vinueza Pichincha WMX B Alisson Orna Chimborazo Fernanda Carrillo Azuay Isabel Fontana Pichincha + 30 años Andrés Cevallos Tunguragua Ismael Cueva Azuay David Espinoza Cotopaxi 85 MX Agustín López Pichincha David Cedeño Tsáchilas David Amoroso Cañar Chinas Ricki Quinde El Oro Mateo Farías Tsáchila Josué Macías Manabí 50 A Milán Valdez Tsáchila Sebastián Chérrez Pichincha Carmichael Guzmán Cañar

Puntos 50 42 40 50 42 35 50 44 40 45 41 40 50 44 36 50 44 40 45 43 42 50 44 38 47 47 40


D EPORTES

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Gonzalo Plata, condenado a dos años sin carné por conducir ebrio

V

alladolid, (EFE).- El jugador ecuatoriano del Real Valladolid, Gonzalo Plata, ha sido condenado a dos años de privación del carné de conducir por un delito contra la seguridad vial por el accidente de tráfico en el que se vio involucrado el pasado 8 de diciembre en el que duplicó la tasa de alcohol permitida. Plata, que se ha declarado culpable en el juicio que tuvo lugar este lunes en el juzgado de lo penal 3 de Valladolid, había llegado a un acuerdo con las partes previamente, según informa “El Norte de Castilla”. Además, el extremo ecuatoriano ha sido condenado a pagar la correspondiente multa, afrontar la responsabilidad social subsidiaria y hacerse cargado de las costas procesales. Plata había hecho frente a la reposición de daños a las víctimas y había mostrado su arrepentimiento horas después de provocar el accidente de tráfico. La privación del carné de conducir ya se había hecho efectiva tras el accidente, que se produjo el 8 de diciembre, y en el que Plata -al que acompañaba su compatriota y también

jugador de fútbol Vicente Andrés Jaime Moránduplicó la tasa de alcoholemia permitida. En el accidente se vio involucrado un taxi, cuyo conductor tuvo que ser excarcelado, y cuya pasajera salió despedida del vehículo tras producirse el choque, si bien ninguno de ellos tuvo lesiones de gravedad, como tampoco las tuvieron Plata ni Jaime. Aunque el fiscal pedía seis meses de cárcel para el

extremo, así como la retirada de cuatro años del carné por conducir de forma temeraria y superar la tasa de alcohol permitida en sangre, gracias al acuerdo entre las partes, la condena se ha reducido a los dos años sin carné de conducir. Recientemente el Real Valladolid ha adquirido los derechos federativos del jugador, una vez llegó a un acuerdo económico con el Sporting de Lisboa. (D)

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A VISOS

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

Juicio No. 01613-2021-00118

Juicio No. 01333-2022-08823

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL. Santa Isabel, miércoles 4 de mayo del 2022, a las 13h23.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 23 de junio del 2022, a las 15h36.

FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL

JUICIO NUMERO 01333-2022-04270 CITACION JUDICIAL

CITACION JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL Juicio No. 01613-2021-00118 A: NATIVIDAD MARÍA JORDAN MONTALVAN MARITZA JOMARA MORA BALLADARES y JENNY MARICELA ESTACIO SALAZAR, cuya residencia o domicilio, se afirma haber sido imposible determinar se les hace saber que en esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Santa Isabel, a cargo del Ab. Néstor Iván Valdiviezo Sigüenza, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CREA LTDA MATERIA: CIVIL NATURALEZA: EJECUTIVO ACCIÓN: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza a cargo de este despacho de la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, por Subrogación al señor Juez Titular Ab. Santiago Moreno Yanes, mediante Acción de Personal Nro. 1121-2020-UTHA-AFF, emitida por el Consejo de la Judicatura del Azuay, en fecha 16 de octubre de 2020, con vigencia a partir del 19 de octubre del 2020. 1.- CALIFICACIÓN.- Al reunir los requisitos legales, contemplados en los Artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP) y al haberse acompañado a la demanda el pagaré a la orden, considerado título ejecutivo conforme lo establecen los artículos 347.5 y 348 del COGEP, debido a que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigibles, se acepta a PROCEDIMIENTO EJECUTIVO, la demanda propuesta por el Ab. CARLOS ALBERTO DELGADO RUIZ, Procurador Judicial del Ing. Com. MARIO PATRICIO BARZALLO MENDIETA, en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CREA Ltda., en contra de NATIVIDAD MARÍA JORDAN MONTALVAN como deudora principal; y, MARITZA JOMARA MORA BALLADARES y JENNY MARICELA ESTACIO SALAZAR, en calidad deudoras solidarias. 1.1.- CITACIÓN.- A las demandadas se las citará en sus domicilios, diligencia que de acuerdo a lo que establece el Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Machala, provincia de El Oro; ofreciendo reciprocidad en casos similares. Por Secretaría, líbrese el deprecatorio virtual. Conforme lo establecen los Arts. 355 y 333.3 del COGEP, se le concede a los demandados el término de quince días, para que cumplan la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones permitidas en el Art. 353 del cuerpo legal antes invocado, bajo prevención de que, en caso de no dar cumplimiento al pago o no presentar excepciones se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será objeto de recurso alguno, conforme lo manda el Art. 352 ibídem. 1.2.- PRUEBA.- En cuenta el anuncio de medios probatorios. 1.3.-CUANTIA, AUTORIZACION, CASILLA O CORREO PARA NOTIFICACION.- En cuenta la cuantía, casillero y correos electrónicos que señala para recibir notificaciones. Hágase saber y cúmplase.SIGUE OTRA PROVIDENCIA Juicio: 118-2021 Juez Ponente: Néstor Iván Valdiviezo Sigüenza Vistos: Agréguese el escrito presentado. En vista del juramento rendido, y la certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Cítese a: JORDAN MONTALVAN NATIVIDAD MARIA, ESTACIO SALAZAR JENNY MARICELA y BALLADARES MARTIZA JAMARA, por la prensa, de conformidad a lo previsto en el art. 56 numeral 1 del Código General de Procesos, para lo cual por secretaría se emitirá el extracto correspondiente.Emítase por secretaría el extracto, a fin de que se cite a los demandados mediante uno de los diarios de amplia circulación de la provincia del Azuay, conforme lo previsto en el art. 56 numeral 1 del Código de Procesos. Notifíquese. Santa Isabel, 04 de mayo de 2022. ILLARES LUPERCIO LUIS ALBERTO secretario

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA DRA. MARIA DE LOURDES GARCIA GARCIA

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MANUEL JESUS GUACHICHULLCA GUACHICHULLCA: se les hace saber que en Unidad Civil a cargo de la Dra. MARIA DE LOURDES GARCIA GARCIA, se ha presentado la siguiente demanda, la misma que en extracto, con el auto en ella recaída son del siguiente tenor:

A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS FALLECIDOS JOSÉ LUÍS GUAMÁN ENCALADA Y MARÍA ALEGRÍA DE JESÚS GUANOQUIZA DOMÍNGUEZ, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Héctor Ramón Pesantez, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con el auto recaído en ella, es al tenor siguiente:

NATURALEZA: ORDINARIO

ACCION: ORDINARIO MATERIA: PRESRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

MATERIA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

ACTOR: AÍDA LEONOR AYALA QUITO

ACTOR: GUACHICHULLCA NIOLA GLORIA GRACIELA

CUANTIA: $ 11.910,35

DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MANUEL JESUS GUACHICHULLCA GUACHICHULLCA

“VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, la demanda que antecede presentada por la señora AÍDA LEONOR AYALA QUITO, en contra de los señores MARÍA ELENA, MARÍA ADELA, MARÍA DOLORES, ZOILA MARÍA, ROSA ALEGRÍA y JOSÉ LUÍS, GUAMÁN GUANOQUIZA y de los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos JOSÉ LUÍS GUAMÁN ENCALADA y MARÍA ALEGRÍA DE JESÚS GUANOQUIZA DOMÍNGUEZ, por clara, completa y reunir los requisitos legales establecidos en los Arts. 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos, se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la INSCRIPCIÓN de la demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual por secretaría se entregará la documentación necesaria, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demandada, debiendo presentar la constancia de tal inscripción. CÍTESE a los demandados referidos en los domicilios señalados en la demanda, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia Santa Ana y de Turi respectivamente, para el efecto por secretaría concédase los despachos en debida forma; mientras que a los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos José Luís Guamán Encalada y María Alegría de Jesús Guanoquiza Domínguez, cítese mediante tres publicaciones de prensa en uno de los Diarios de amplia circulación de la provincia de Azuay, por cuanto la actora ha protestado bajo juramento que le es imposible de determinar la individualidad, el domicilio o residencia, pese a las gestiones realizadas, por secretaría concédase el extracto de ley. CUÉNTESE en la presente causa con el señor ING. PEDRO RENÁN PALACIOS ULLAURI Y DR. RAFAEL LIZANDRO MARTÍNEZ ANDRADE, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico Municipal, representantes legales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca, debiendo citarse en sus respectivos despachos institucionales mediante la Oficina de Citaciones, para el efecto por secretaría concédase las copias en debida forma. CONTESTACIÓN.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 291 inciso segundo, en relación con el Art. 151 y 152 del mencionado cuerpo legal córrase traslado a los demandados con el contenido de la demanda y del auto inicial a fin de que dentro del término de TREINTA DÍAS, procedan a dar contestación a la demanda y propongan las excepciones de las que se crean asistidos en derecho a la defensa a la que incorporarán los medios probatorios que dispongan, bajo prevenciones de ley. Adjúntese la documentación presentada y téngase en cuenta los MEDIOS DE PRUEBA anunciados, los cuales serán considerados en el momento procesal oportuno de conformidad con la ley. Téngase por fijada la cuantía, los domicilios judiciales señalados para recibir las notificaciones, así como el patrocinio conferido para su defensa. NOTIFÍQUESE” f) DR. HECTOR RAMON PESANTEZ, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA.

CUANTÍA: $ 17.587.31

VISTOS: Se ordena incorporar el acta que antecede . EN LO PRINCIPAL: 1. La demanda de GLORIA GRACIELA GUACHICHULLCA NIOLA es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la admite a trámite MEDIANTE PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem. 2.- CITACION. 2.1. Cítese a Delfina Adelaida Niola Puma, Clara Cecilia, Celso Alfredo , Agustín Remigio , Rosa Colinda , Blanca Leonila y a Armando Homero GUACHICHULLCA NIOLA, mediante la Oficina de Citaciones en su domicilio que consta señalado por el actor en la demanda y de la misma manera al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cuenca en la persona de su alcalde y al procurador Síndico Municipal, para lo cual remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y regístrese en el sistema las direcciones señaladas pertinentes. PRENSA. A los herederos desconocidos del causante: MANUEL JESUS GUACHICHULLCA GUACHICHULLCA cíteseles mediante la prensa en tres días diferentes, en uno de los periódicos de mayor circulación de la localidad, la actuaria registre el extracto por la prensa en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano y procédase a entregar a la persona interesada. 3.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 4.- Se tiene en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora, la que estará al tenor de lo dispuesto por los Arts. 160, 161 y 292 del COGEP. 5.-INSCRIPCION DE LA DEMANDA ANTES DE LA CITACION. Inscríbase la demanda en el Registro de la propiedad del cantón antes de realizar la citación, para lo cual la actuaria confiera el despacho suficiente y en forma. Lo que se ordena al tenor del art 146 ibídem. 6. Agréguese la documentación aparejada a la demanda.Se tiene en cuenta la autorización a sus defensores , la casilla judicial, así como las direcciones del correo electrónico señalado por la parte accionante para recibir notificaciones. NOTIFIQUESE Y CITESE. -f) DRA. MARIA DE LOURDES GARCIA GARCIA A quiénes se les previene de la obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones.

Se le previene a la parte citada de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. MANTILLA SARMIENTO VERONICA SECRETARIA

Cuenca, 26 de abril del 2022. Ab. Karina Sánchez Sacoto SECRETARIA

P-25

#22770

REPUBLICA DEL ECUADOR

REPUBLICA DEL ECUADOR

FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY

FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca

Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca

Juicio No. 01333-2021-01864

Juicio No. 01333-2021-01448

CITACION JUDICIAL A: CONSARCRE CIA. LTDA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO. 01333-2021-01864

AM-38739

CITACION JUDICIAL A: CONSARCRE CIA. LTDA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO, de quienes se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO. 01333-2021-01448

NATURALEZA: MONITORIO

NATURALEZA: MONITORIO

MATERIA: FACTURAS O DOCUMENTOS ART. 356

MATERIA: FACTURAS O DOCUMENTOS ART. 356

ACTOR: VASQUEZ BRITO SERGIO FRANCISCO DEMANDADOS: CONSARCRE CIA. LTDA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO CUANTIA: $15.000,00

ACTOR: DIEGO VASQUEZ GUZMAN DEMANDADOS: CONSARCRE CIA. LTDA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO CUANTIA: $10.000,00

Juicio No. 01333-2021-01864

Juicio No. 01333-2021-01448

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 10 de marzo del 2021, a las 18h55

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 26 de febrero del 2021, a las 10h52

JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA VISTOS: Conozco de la presente causa por el sorteo de ley y en calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Cuenca. En lo principal, revisada la demanda que presenta el ciudadano SERGIO FRANCISCO VASQUEZ BRITO en calidad de popietario de la Ferreteria Vásquez Brito, se tiene que es clara, precisa y reúne los requisitos previstos en los artículos 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos y una vez analizados los documentos adjuntos, se establece que son de los previstos en el artículo 356 del mencionado cuerpo legal. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante Procedimiento Monitorio. Se ordena la citación de la parte demandada COMPAÑIA CONSARCRE CIA. LTDA a través de su Representante Legal señor JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO en la dirección que se consigna mediante la oficina de citaciones, para lo cual se entregará previamente en secretaría las copias necesarias, se subirán los datos al sistema y se dejarán por la señora actuaria éstas en la oficina respectiva y además al haberse consignado un correo electrónico se dispone que al tenor del art. 53, inciso segundo del COGEP también por secretaría se notifique en aquella dirección. Se dispone que la parte demandada que en el término legal de de quince (15) días de citado, pague el valor de la obligación demandada, esto es, TRECE MIL OCHOCIENTOS SIETE DOLARES AMERICANOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR (13.807,85 dólares americanos) o proponga las excepciones de las que se crea asistido, bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 358 en relación con el art. 360 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial, todos los correos electrónicos, casillero electrónico, casilla judicial y la autorización que confiere a los profesionales del derecho. -CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. -Hágase saber. - F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). OTRO AUTO: Juicio No. 01333-2021-01864. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA. Cuenca, jueves 7 de julio del 2022, a las 15h54. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA. VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora y el cual contiene la declaración juramentada; motivo por el cual y al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP se dispone la citación a la parte demandada CONSARCRE CIA. LTDA, a través de su Represente Legal JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO, esto es, por un periódico de “amplia circulación” en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; y de esta forma se garantiza el derecho de la parte accionada a conocer de la existencia de este proceso judicial y concurrir en el término legal que permite la ley procesal pagando la deuda. -Hágase saber. - F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE) A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 08 de julio del 2022 Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte atcora dentro del término legal concedido. En lo principal, revisada la demanda que presenta el ciudadano DIEGO VASQUEZ GUZMAN en calidad de popietario de la Ferreteria Vásquez Brito, se tiene que es clara, precisa y reúne los requisitos previstos en los artículos 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos y una vez analizados los documentos adjuntos, se establece que son de los previstos en el artículo 356 del mencionado cuerpo legal. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante Procedimiento Monitorio. Se ordena la citación de la parte demandada COMPAÑIA CONSARCRE CIA. LTDA a través de su Representante Legal señor JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO en la dirección que se consigna mediante la oficina de citaciones, para lo cual se entregará previamente en secretaría las copias necesarias, se subirán los datos al sistema y se dejarán por la señora actuaria éstas en la oficina respectiva. Se dispone que la parte demandada que en el término legal de de quince (15) días de citado, pague el valor de la obligación demandada, esto es, OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES DOLARES AMERICANOS, CON CUARENTA CENTAVOS DE DOLAR, (8.743,40 dólares) o proponga las excepciones de las que se crea asistido, bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 358 en relación con el art. 360 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos, casillero electrónico, casilla judicial y la autorización que también confiere a los profesionales del derecho. -CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). OTRO AUTO: Juicio No. 01333-2021-01448. UNIDAD JUDICIAL CIVL CUENCA. Cuenca, jueves 7 de julio del 2022, a las 15h52. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA. VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora y el cual contiene la declaración juramentada; motivo por el cual y al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP se dispone la citación a la parte demandada CONSARCRE CIA. LTDA, a través de su Represente Legal JUAN SEBASTIAN MARIN SERRANO, esto es, por un periódico de “amplia circulación” en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; y de esta forma se garantiza el derecho de la parte accionada a conocer de la existencia de este proceso judicial y concurrir en el término legal que permite la ley procesal pagando la deuda. -Hágase saber. F). DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. JUEZA (PONENTE). A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 08 de julio del 2022 Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

#38743

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL CITACIÓN JUDICIAL A: ANGEL IGNACIO CARBO ORDOÑEZ, BEATRIZ DELICIA ESPINOZA HERAS Y SEGUNDO ALEJANDRO CONDOR VELASCO, cuyos domicilios y residencias son imposibles determinar; se le hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, a cargo de Abg. CASTILLO BANDA MARCO ANDREY, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Isabel, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: Juicio: 01613-2020-00392 Naturaleza: PROCEDIMIENTO EJECUTIVO-COBRO DE PAGARE A LA ORDEN Materia: CIVIL. Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CREA LTDA.” Demandado: GENESSIS PAULETTE ARIAS GALLARDO, ANGEL IGNACIO CARBO ORDOÑEZ, BEATRIZ DELICIA ESPINOZA HERAS y SEGUNDO ALEJANDRO CONDOR VELASCO. Juicio No. 01613-2020-00392 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL. Santa isabel, jueves 26 de noviembre del 2020, a las 16h00. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Isabel y por sorteo de ley. 1.- CALIFICACIÓN.- Al reunir los requisitos legales, contemplados en los Artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y por haberse acompañado a la demanda un pagaré a la orden, considerado título ejecutivo, al cumplir con lo que estipulan los Artículos 347.5 y 348 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), al contener una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, se acepta a PROCEDIMIENTO EJECUTIVO, la demanda propuesta por el Abg. CARLOS ALBERTO DELGADO RUIZ, Procurador Judicial del INGENIERO COMERCIAL MARIO PATRICIO BARZALLO MENDIETA, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CREA LTDA.”, en contra de GENESSIS PAULETTE ARIAS GALLARDO, ANGEL IGNACIO CARBO ORDOÑEZ, BEATRIZ DELICIA ESPINOZA HERAS y SEGUNDO ALEJANDRO CONDOR VELASCO. 1.1.- CITACIÓN.- A los demandados se los citará con el contenido de la demanda, auto de calificación y la documentación respectiva: A Génessis Paulette Arias Gallardo y Segundo Alejandro Cóndor Velasco, en sus domicilios diligencia que de conformidad a lo que establece el Art. 72 del COGEP, se DEPRECA a uno de los señores Jueces la Unidad Judicial Civil del cantón Machala, provincia de El Oro, ofreciendo reciprocidad en casos similares. A Ángel Ignacio Carbo Ordóñez y Beatriz Delicia Espinoza Heras, en sus domicilios diligencia que de conformidad a lo que establece el Art. 72 del COGEP, se DEPRECA a uno de los señores Jueces la Unidad Judicial Civil del cantón Pasaje, provincia de El Oro, ofreciendo reciprocidad en casos similares. Por Secretaría, líbrese los despachos en forma, y realice el trámite virtual correspondiente. Conforme lo establecen los Arts. 351, 355, en relación con el Art. 333.3 del COGEP, se concede a los demandados el término de quince días, para que cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones permitidas en el Art. 353 del cuerpo legal antes invocado, bajo prevención de que, en caso de no dar cumplimiento al pago o no presentar excepciones, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será objeto de recurso alguno, conforme lo manda el Art. 352 ibídem. 1.2.- PRUEBA ANUNCIADA.- En cuenta el anuncio de medios probatorios. 1.3.-CUANTIA, AUTORIZACION, CASILLA O CORREO PARA NOTIFICACION.Se considera la cuantía, autorización que confiere a su defensor, y correos electrónicos que señala para recibir notificaciones. 2.- MEDIDA PREVENTIVA.- En lo que se refiere a la medida preventiva, el compareciente presente certificados del Registro Mercantil y Únnico Vehicular, actualizados. Hágase saber y cúmplase. OTRA PROVIDENCIA Juicio No. 01613-2020-00392 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL. Santa isabel, viernes 4 de marzo del 2022, a las 16h16. Juicio No. 00392-2020 Juez: Marco Castillo Banda Vistos: Agréguese el escrito presentado el Abg. CARLOS ALBERTO DELGADO RUIZ, procurador judicial de la parte accionante. Al haberse cumplido con el juramento de desconocimiento de domicilio de los demandados y adjuntado los documentos del Ministerio de Relaciones Exteriores, se dispone citar a los señores ANGEL IGNACIO CARBO ORDOÑEZ, BEATRIZ DELICIA ESPINOZA HERAS Y SEGUNDO ALEJANDRO CONDOR VELASCO, a través de la prensa por tres publicaciones en uno delos diarios de mayor circulación de la ciudad de Cuenca, publicaciones que se realizarán en la forma determinada en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en tres fechas distintas, se entregará el extracto respectivo por parte del señor actuario de esta unidad judicial. Notifíquese y cúmplase.--f) F).- DR. CASTILLO BANDA MARCO ANDREY, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE SANTA ISABEL. Al demandado se le previene señalar casilla Judicial y/o correo electrónico de un Abogado, para futuras notificaciones. Santa Isabel, 07 de marzo de 2022 ABG. GABRIEL BACULIMA LL. SECRETARIO #22771

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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO CITACIÓN JUDICIAL A: los herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARIANA DE JESUS SILVA, SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORONA, A CARGO DE LA DRA. IVANA JÁCOME NOGUERA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA POR: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO EN SU CONTRA CUYO EXTRACTO Y PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE: (JUICIO Nro. 14307-2022-00187) ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO NATURALEZA: ORDINARIO ACTOR: CAMBIZACA SAMANIEGO ALEX ARMANDO DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MARIANA DE JESUS SILVA Y GLORIA MARLENE VILLAMAGUA SILVA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO Morona, miércoles 16 de marzo del 2022, las 15h45, VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia anterior. En lo principal, la demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio presentada por: AB VERONICA GOMEZJURADO CALLE en calidad de procurador judicial de CAMBIZACA SAMANIEGO ALEX ARMANDO en contra de los herederos de la causante MARIANA DE JESUS SILVA; cuyo nombre responde a MARIA ROSARIO VILLAMAGUA SILVA Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE MARIANA DE JESUS SILVA, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación a MARIA ROSARIO VILLAMAGUA SILVA, se lo citará en el domicilio ubicado en la ciudad de macas conforme indica en la demanda a través de la oficina de citaciones, para lo cual se adjuntará la demanda, el escrito que antecede y la documentación pertinente, se deja a disposición de la parte accionada la demás documentación adjuntada a la demanda en virtud del principio de contradicción. - Se dispone la citación de los herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARIANA DE JESUS SILVA por serle imposible a la parte actora determinar su individualidad o residencia, a pesar de las gestiones hechas y por tanto desconocer su domicilio, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se los cite mediante publicaciones de prensa que se efectuarán en el diario EL MERCURIO de la ciudad de Cuenca de mayor circulación diaria en esta Provincia y cantón.- Por expreso mandato de la disposición general DECIMA del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que dispone: “En todo juicio en que se demanda la adquisición por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble situado en el área urbana o rural se citará al respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano. El incumplimiento de esta disposición será causal de nulidad del juicio”, con estricta observancia a la norma citada, se dispone, cítese con la demanda, el escrito que antecede y la calificación de la demanda, a los Representantes legales del Gobierno Municipal del cantón Morona, en la persona del Ing. Franklin Galarza Guzmán y la Ab. Victor Rivadeneira Mejía, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndico, respectivamente, en la dirección indicada en la demanda, por medio de la oficina de citaciones.. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad al Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Morona. Ofíciese a la Dirección General del Registro Civil, Identificación, Cedulación, para que confiera partida de defunción de MARIANA DE JESUS SILVA con CI. 1100642626 Agréguese la documentación aparejada a la demanda. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE….SIGUE OTRA PROVIDENCIA…Morona, lunes 9 de mayo del 2022, las 15h58, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En atención al escrito presentado por la parte Accionante, el que indica que reforma su demanda de conformidad al Art. 148 del Cogep, al respecto la norma invocada, dispone que: “La demanda podrá reformarse hasta antes de la contestación por parte de la o del demandado. Si después de contestada sobreviene un hecho nuevo, podrá reformarse hasta antes de la audiencia preliminar”; por lo tanto téngase en cuenta la reforma de la demanda en el sentido de que consigna el nombre correcto de la demandada señora: GLORIA MARLENE VILLAMAGUA SILVA, por lo tanto se dispone cítese con esta reforma a la demanda, y la demanda, a todos los demandados en lugares indicados en la demanda. También se dispone se inscriba ésta reforma para lo cual se oficiará al Registro de la Propiedad del Cantón Morona. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F). Dra. Ivana Jácome, Juez de la Unidad Civil del cantón Morona. A los demandados se les previene la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones en esta Judicatura. General Proaño, 07 de Junio del 2022 Ab. José Omar Rivadeneira SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON MORONA

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A VISOS

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA JUICIO NÚMERO 01333-2019-06970 CITACIÓN JUDICIAL A: RUTH ESPERANZA MALDONADO AYALA. De conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Sánchez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ASUNTO:

COBRO DE PAGARÉ

MATERIA:

CIVIL

PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ACTOR:

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO LA MERCED LTDA

DEMANDADO:

SANTAMARIA SANCHEZ SILVIA ROSARIO, MUÑOZ PEREZ NELSON ANTONIO ISAIAS, MALDONADO AYALA RUTH ESPERANZA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, lunes 28 de octubre del 2019, las 09h25. 697019 VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados mediante la Oficina de Citaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de RUTH ESPERANZA MALDONADO AYALA, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Previo a proveer respecto de la providencia preventiva requerida, se deberá adjuntar al proceso certificado del Registro Mercantil del bien materia de la solicitud. Notifíquese. f) DR. DIEGO PIEDRA, JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2019-06970 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 21 de junio del 2022, a las 14h36. 6970-19 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante con la documentación que acompaña, cumplido que ha sido con el juramento realizado por el peticionario y justificadas las gestiones realzadas para dar con el domicilio de la parte demandada, cítese a RUTH ESPERANZA MALDONADO AYALA por la prensa de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP ibídem, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente.- Notifíquese.f) DR. DIEGO PIEDRA, JUEZ Cuenca, 21 de junio del 2022 Al citado se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones. DRA. MARÍA ALEJANDRA AVELLÁN SÁNCHEZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

P-25,26,27

Juicio No. 01333-2021-08345 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 20 de julio del 2022, a las 15h14. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: JOHN ALFREDO ILLESCAS RODAS y ROSA PIEDAD NEIRA RODAS, se les hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Héctor Ramón Pesantez, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con el auto recaído en ella, es al tenor siguiente: ACCION: EJECUTIVO MATERIA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALFONSO JARAMILLO LEÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE CUENCA. CUANTIA: $ 4.800,00 “VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca y en virtud del sorteo de ley. La demanda que antecede presentada por la señora DRA. LOURDES PATRICIA SIGÜENCIA SIGÜENZA, en calidad de Procuradora Judicial del señor Ing. IVÁN FERNANDO ASTUDILLO CÓRDOVA, Gerente y Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALFONSO JARAMILLO LEÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE CUENCA, conforme justifica con la copia de la escritura pública que adjunta y legitima su personería, en contra de la señora ROSA PIEDAD NEIRA RODAS, en calidad de deudora principal y del señor JOHN ALFREDO ILLESCAS RODAS, en calidad de garante solidario, por clara completa y cumplir los requisitos legales previstos en el artículo 142, 143 y 144 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un Pagaré a la Orden documento que constituye título ejecutivo, de conformidad con los Art. 186, 187 del Código de Comercio, en tanto la obligación contenida en el mismo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mencionado cuerpo legal, al ser clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO. En consecuencia de conformidad con el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la demandada Rosa Piedad Neira Rodas en el domicilio señalado en la demanda deprecatorio virtual librado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial del cantón Gualaceo, provincia del Azuay, para el efecto por secretaría concédase suficiente despacho; mientras que al demandado John Alfredo Illescas Rodas, cítese en el domicilio señalado en la demanda mediante comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia El Valle, para el efecto por secretaría confiérase el despacho en debida forma. De conformidad con lo prescrito en el Art. 353, en relación con los Art. 151 y 152 del código mencionado, córrase traslado a los demandados con el contenido de la demanda, del título y el presente auto a fin de que dentro del término de QUINCE DÍAS procedan a solucionar la obligación o a su vez den contestación a la demanda y propongan las excepciones de las que se crean asistidos en derecho a su defensa a la que acompañarán los medios de prueba que dispongan, bajo prevenciones de ley, ya que en caso de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y dicha resolución no será susceptible de recurso alguno, en mandato del artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. ADJÚNTESE la documentación acompañada y téngase en cuenta los MEDIOS DE PRUEBA, los cuales serán considerados oportunamente de conformidad con la ley. Téngase por fijada la cuantía, los domicilios judiciales señalados para las notificaciones y el patrocinio conferido para su defensa. Notifíquese” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. OTRA PROVIDENCIA: “Agréguese a los autos la gestión del deprecatorio virtual remitido de la Unidad Judicial del cantón Gualaceo, en cuenta la razón sentada. Atendiendo lo solicitado por la parte actora, una vez que ha se dado cumplimiento al juramento de rigor, de conformidad con lo prescrito en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada NEIRA RODAS ROSA PIEDAD, mediante tres publicaciones de prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia del Azuay, por cuanto la parte accionante, ha acudido a esta Unidad Judicial a declarar bajo juramento manifestando que le imposible determinar el actual domicilio o residencia pese a todas las gestiones realizadas. Por secretaría concédase el extracto de ley. NOTIFÍQUESE” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. OTRA PROVIDENCIA: “Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte accionante. Atendiendo lo solicitado, una vez que ha dado cumplimiento al juramento de rigor, de conformidad con lo prescrito en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados JOHN ALFREDO ILLESCAS RODAS y ROSA PIEDAD NEIRA RODAS, mediante tres publicaciones de prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia del Azuay, por cuanto la parte accionante, ha acudido a esta Unidad Judicial a declarar bajo juramento manifestando que le imposible determinar el actual domicilio o residencia pese a todas las gestiones realizadas. Por secretaría concédase el extracto de ley. Notifíquese” F) DR. RAMON PESANTEZ HECTOR CORNELIO-JUEZ. Se le previene a la parte citada de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. MANTILLA SARMIENTO VERONICA SECRETARIA

#22792

REPUBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LIMÓN INDANZA DE MORONA SANTIAGO

FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca Juicio No. 01333-2021-06054

CITACIÓN JUDICIAL

NOTIFICACION JUDICIAL

A: los herederos desconocidos de los extintos señores Luis Arcesio Roldán Atiencia y Zoila Delfina Fernández Vera, cuyas individualidades y residencia es imposible determinar, se les cita con el trámite ordinario No. 14302-2022-00171 que por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio se ha presentado en la Unidad Judicial Multicompetente con sede en Limón Indanza, cuyos datos son como siguen: ACTORA: Esther Felicia Marín Chacón; DEMANDADOS: Libia Marina Roldán Fernández, Eva Cumandá Roldán Fernández y herederos desconocidos de los extintos señores Luis Arcesio Roldán Atiencia y Zoila Delfina Fernández Vera; NATURALEZA: Ordinario. CUANTÍA: $ 10.800,00 PROVIDENCIA: Limón Indanza, lunes 11 de julio del 2022, las 12h41, VISTOS: La demanda presentada por Esther Felicia Marín Chacón en contra de Libia Marina Roldán Fernández y Eva Cumandá Roldán Fernández, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Cítese a los demandados en el domicilio señalado, de la siguiente manera: a la demandada Libia Marina Roldán Fernández mediante el señor citador de esta Unidad Judicial; a la demandada Eva Cumandá Roldán Fernández en el domicilio señalado mediante comisión enviada al Teniente Político de la parroquia Santa Susana de Chiviaza; envíese el despacho en legal y debida forma; a los herederos desconocidos de los extintos señores Luis Arcesio Roldán Atiencia y Zoila Delfina Fernández Vera, cítese mediante 3 publicaciones en el diario El Mercurio de la ciudad de Cuenca, en virtud de lo prescrito en los artículos 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto la actora bajo juramento ha declarado desconocer sus individualidades y domcilios. En aplicación de lo prescrito en la disposición general décima del Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD, cuéntese esta demanda con los representantes del Gobierno Municipal del Cantón Limón Indanza, funcionarios a quienes se los citará en sus despachos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada una vez citada el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. De conformidad con lo dispuesto en el inciso quinto del Art. Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Limón Indanza, para tal efecto el señor actuario del despacho notifique a dicho funcionario. Téngase en cuenta el anuncio de prueba de la parte accionante, la misma que será considerada su admisibilidad en el momento procesal oportuno. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el correo electrónico señalado para las notificaciones. Hágase saber.-

A: TEOFILO ALBERTO SOLIS PINTADO, de quien se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente:

A los demandados se les previene de la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Limón Indanza, a 11 de julio del 2022.

Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

Ab. Luis Santín Campoverde SECRETARIO

JUICIO NO. 01333-2020-06054 NATURALEZA: EJECUTIVO MATERIA: TARJETA DE CREDITO ACTOR: MUTUALISTA AZUAY DEMADADO: TEOFILO ALBERTO SOLIS PINTADO CUANTIA: $2.190,16 Juicio No. 01333-2021-06054 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 20 de julio del 2022, a las 08h17. JUEZA PONENTE: PALLCHISACA

DRA.

ROMELIA

ENRIQUETA

RIERA

VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora y atendiendo el mismo, se dispone que por secretaría se libre extracto para notificación con solicitud de copias certificadas del expediente al tenor del art. 211 del COGEP al señor TEOFILO ALBERTO SOLIS PINTADO y la cual se cumplirá conforme el art. 56, numeral 1 del COGEP. -Hágase saber. -F) DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. (JUEZ PONENTE). A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 20 de julio del 2022

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41090-22 (P)

UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO DE CUENCA NOTIFICACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JUAN GABRIEL ELJURI ANTON; cuya individualidad, domicilio o residencias bajo juramento se afirma que es imposible poder determinarlos, se les hace saber que, en la UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO DE CUENCA, a cargo del Dr. Carlos Cárdenas Rivera se está tramitando una demanda en contra JUAN GABRIEL ELJURI ANTON Y JAIME EDUARDO SALAMEA MERCHAN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y POR LOS QUE REPRESENTAN EN CALIDAD DE PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA CERAMICA ANDINA C.A. disponiéndose notificar por la prensa en la forma que sigue: ACTOR: FRANKLIN ASAEL LITUMA JIMENEZ DEMANDADOS: JUAN GABRIEL ELJURI ANTON Y JAIME EDUARDO SALAMEA MERCHAN POR SUS PROPIOS DERECHOS Y POR LOS QUE REPRESENTAN EN CALIDAD DE PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA CERAMICA ANDINA C.A NATURALEZA: ORAL MATERIA: LABORAL CUANTIA: $ 8.093,60 NUMERO DE JUICIO: 01371-2020-01009 Juicio No 01371-2020-01009 20/10/2020 16:42 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial del Trabajo de Cuenca. En lo principal, la demanda presentada por FRANKLIN ASAEL LITUMA JIMENEZ cumple con los requisitos formales del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos –COGEP, por lo que se la admite a trámite sumario de conformidad con lo establecido en el Art. 575 del Código de Trabajo (reformado por el numeral 6 de la Disposición Reformatoria Sexta del COGEP).Cítese a los demandados en las direcciones señaladas por intermedio de la oficina de citaciones de este complejo judicial. Una vez citados legalmente, presentarán su contestación en el término de QUINCE DIAS, advirtiéndoles de la obligación de señalar domicilio judicial y/o electrónico en la ciudad de Cuenca para recibir notificaciones, bajo prevenciones legales.- La contestación se la realizará por escrito y cumplirá con el Art. 151 del COGEP; se anunciarán además todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispone en Art. 152 ibídem.- Se pronunciará además sobre la prueba que a decir de la actora se encuentra en poder de la institución demandada. Agréguese al proceso la documentación que adjunta el actor. De conformidad con los artículos 142.8 y 159 inciso tercero del COGEP, ofíciese al IESS y SRI en la forma solicitada. Téngase por fijada la cuantía. Tómese en cuenta el casillero judicial y el/los correo(s) electrónico(s) señalado(s) para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere para su defensa. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-Dr. Carlos Cárdenas Rivera JUEZ Otro Auto Juicio No 01371-2020-01009 01/06/2022 09:48 VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora. En lo principal, en aplicación del Art. 68.1 del Código Orgánico General de Procesos notifíquese a los herederos del señor Juan Gabriel Eljuri Antón por una sola publicación por la prensa para que se cuente con ellos y comparezcan a hacer valer sus derechos en este proceso. El Actuario del despacho confiera el extracto para su publicación. Notifíquese.F) Dr. Carlos Cárdenas Rivera JUEZ A los notificados se le previene de la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial para recibir posteriores notificaciones. Cuenca, 03 de junio de 2022 Ab. Juan Cobos Orellana Secretario Unidad Judicial de Trabajo de Cuenca

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA JUICIO NÚMERO 01333-2018-06900 CITACIÓN JUDICIAL A: CUEVA RODRIGUEZ JULIO ADRIAN, RODRIGUEZ GAONA GRACIELA, MONCADA ELIZALDE GREGORIA DE JESUS Y ROMERO CARREÑO LEONSO: De conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Sánchez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ MATERIA: CIVIL PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPAC AUSTRO LTDA DEMANDADO: CUEVA RODRIGUEZ JULIO ADRIAN, RODRIGUEZ GAONA GRACIELA, CHUQUI JARRO LUIS GERMAN , LUZBIA ELENA SAAVEDRA ASTUDILLO, MONCADA ELIZALDE GREGORIA DE JESUS, ROMERO CARREÑO LEONSO. CUANTÍA: USD $11.326,44 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 25 de octubre del 2018, las 08h17. 690018 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada yactualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados JULIO ADRIAN CUEVA RODRIGUEZ, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia San Joaquín; a GRACIELA RODRIGUEZ GAONA mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial del cantón Pasaje, provincia del Oro; a LUIS GERMAN CHUQUI JARRO, LUZBIA ELENA SAAVEDRA ASTUDILLO, mediante la Oficina de Citaciones; a GREGORIA DE JESUS MONCADA ELIZALDE, LEONSO ROMERO CARREÑO mediante deprecatorio dirigido al señor Juez Multicompetente del cantón Lajas, provincia de El Oro, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Emítase despachos en forma. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En mérito de la documentación aparejada, y según lo establecido en el artículo 351 del mencionado código se dispone como providencia preventiva la prohibición de enajenar el bien inmueble de propiedad de los demandados LUIS GERMAN CHUQUI JARRO, LUZBIA ELENA SAAVEDRA ASTUDILLO que se halla descrito en el certificado No. 468048, conferido por la Registradora de la Propiedad del Cantón Cuenca, a quién se le notificará para que tome nota de esta providencia. Cumplido se citará a la parte demandada. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.NOTIFÍQUESE. F) DR. DIEGO PIEDRA SÁNCHEZ, JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2018-06900 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 14 de julio del 2022, a las 13h58. 6900-18 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante con la documentación queacompaña, habiéndose cumplido con el juramento dispuesto en la causa, y proveyendo lo solicitado por el peticionario, cítese a los demandados por la prensa, de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente.- Notifíquese. F) DR. DIEGO PIEDRA SÁNCHEZ, JUEZ Cuenca, 15 de julio del 2022 A los citados se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones. DRA. MARÍA ALEJANDRA AVELLÁN SÁNCHEZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA # 38764

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FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA JUICIO NÚMERO 01333-2020-04676

UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA

CITACIÓN JUDICIAL A: TACURI PULLA JOFFRE REMIGIO, MENDIETA HERAS CARMEN CECILIA: De conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se le hace conocer que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo del Dr. Diego Piedra Sánchez de la Unidad judicial de lo Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue: ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ

CITACIÓN JUDICIAL A: JULIO ISMAEL CASTRO DELGADO., de quien se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia., Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo del Dr. Esteban Flores Vintimilla, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con las providencias recaída en ella, es al tenor siguiente:

MATERIA: CIVIL

ACTOR: ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA VIVIENDA AZUAY.

PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO

DEMANDADO: JULIO ISMAEL CASTRO DELGADO

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALFONSO JARAMILLO DE LA CAMARA DE COMERCIO DE CUENCA

ACCION: EJECUTIVO

DEMANDADO: SACAQUIRIN SACAQUIRIN LUIS ALBERTO, TACURI PULLA JOFFRE REMIGIO, MENDIETA HERAS CARMEN CECILIA

TRÁMITE: PAGO DE DINERO.

CUANTÍA: USD $29.106,34 Juicio No. 01333-2020-04676 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 8 de octubre del 2020, a las 09h31. 4676-20 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en UN PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados JOFRFRE REMIGIO TACURI PULLA, LUIS ALBERTO SACAQUIRIN SACAQUIRIN y CARMEN CECILIA MENDIETA HERAS, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia Baños, para lo cual se emitirá despacho en forma. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En mérito de la documentación aparejada, y según lo establecido en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos se dispone como providencia preventiva el secuestro del vehículo de placas UAH0201 de propiedad de la demandada CARMEN CECILIA MENDIETA HERAS cuyas características constan detalladas en los certificados que se acompañan a la presente, diligencia que la realizará uno de los Señores Agentes de Policía Nacional. Una vez cumplido el secuestro se entregará el vehículo al señor PABLO RICARDO ARIAS CASTRO (pac_7227@hotmail.com) a quien de conformidad con lo establecido en el Art. en el Art. 309 del Código Orgánico de la Función Judicial, se lo designa en calidad de depositario judicial en la causa. Emítase boleta en forma, CUMPLIDO lo cual se procederá con la citación a los accionados.- En lo demás, previo a disponer respecto de la otra providencia preventiva solicitada, la parte accionante, determinará también la parte sobre la cual solicita la prohibición de enajenar un inmueble, por cuanto del certificado incorporado se verifica que el demandado lo ha adquirido dicho bien con otra persona.- Notifíquese. F) DR. DIEGO PIEDRA SÁNCHEZ, JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2020-04676 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 23 de marzo del 2022, a las 07h35. 4676-20 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante con la documentación que acompaña, misma con la cual justifica la calidad en la que comparece, cumplido que ha sido con el juramento realizado por el peticionario y justificadas las gestiones realzadas para dar con el domicilio de la parte demandada, cítese a los demandados por la prensa de conformidad con lo que establece el Art. 56 del COGEP ibídem, para lo cual se emitirá el EXTRACTO pertinente. Cumplido se emitirán las copias pertinentes.- Notifíquese. F) DR. DIEGO PIEDRA SÁNCHEZ, JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2020-04676 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 20 de julio del 2022, a las 07h53. 4676-20 Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte accionante, visto lo manifestado por el peticionario, emítase nuevo extracto conforme se requiere.- Notifíquese. F) DR. DIEGO PIEDRA SÁNCHEZ, JUEZ Cuenca, 21 de julio del 2022

CUANTÍA: $ 921,21 JUICIO N°. 01333-2021-00451 FUNDAMENTOS DE HECHO: Del contrato de emisión y uso de tarjeta de crédito se le otorgo al demandado la tarjeta de crédito Visa Mutualista Azuay adeudando la misma y que pese a los múltiples requerimientos de que cancele los valores adeudados el accionado no lo ha hecho. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Fundamenta su demanda en los numerales 15 y 16 del Art. 66 de la Constitución. Art. 1, 8 literal q, 619 del Código de Comercio. Art. 1567 del Código Civil art. 347.8 del Código Orgánico General de Procesos. 451-21 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Cuenca. En lo principal La demanda que ha sido presentado por la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para Vivienda Azuay, por ser clara y completa y por cumplir con los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos en relación con el Art. 347 del mismo cuerpo de leyes, se la acepta al trámite mediante el procedimiento ejecutivo. Cítese al accionado Castro Delgado Julio Ismale en el lugar señalado, diligencia que se la cumplirá mediante la oficina de citaciones. Remítase la documentación correspondiente y háganse las gestiones necesarias para su cumplimiento. Así también en cumplimiento de la Disposición Reformatoria Primera del Código Orgánico Administrativo Vigente, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31, del 07 de julio del 2017, cítese a la parte accionada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la parte accionada proponga excepciones conforme lo señalado en el 353 del código citado, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En cuenta los domicilios judiciales señalados. Agréguese a los autos el escrito que ha sido presentado por la parte accionante, en atención a lo solicitado, desglósese la documentación a la que se hace referencia y entréguese al peticionario. Hecho lo cual se sentará la razón respectiva y se dejarán copias certificadas de estas piezas procesales. Notifíquese. F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA. Juicio No. 01333-2021-00451 Vistos: Una vez cumplido con lo ordenado, aceptando el juramento que ha sido rendida por la parte accionante, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General del Procesos, cítese al señor JULIO ISMAEL CASTRO DELGADO, mediante tres publicaciones por la prensa. La señora actuaria del despacho proceda a entregar el extracto respectivo para su cumplimiento. Hágase saber. F) Dr. Esteban Flores Vintimilla, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca. A la parte accionada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 12 de julio del 2022.

Al citado se le advierte la obligación de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones. DRA. MARÍA ALEJANDRA AVELLÁN SÁNCHEZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA

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Ab. Esperanza Campoverde Andrade. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA #22790

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MUNDO

Fiscalía pide archivar acusaciones contra Bolsonaro La Fiscalía General pidió que se archiven las acusaciones contra el presidente Jair Bolsonaro, sobre la gestión de la pandemia de covid.

Cuenca, martes 26 de julio de 2022

www.elmercurio.com.ec deportes@elmercurio.com.ec

La UE está preocupada por el suministro de gas para el invierno

Buscan acuerdo para racionar el gas Conflicto

B

ruselas, (EFE).Los ministros de Energía de la Unión Europea (UE) tratarán de cerrar un acuerdo político este martes sobre el plan de Bruselas para reducir un 15 % el consumo de gas con vistas al invierno, ante el temor a un corte total del suministro por parte de Rusia. El asunto se tratará en un Consejo extraordinario de Energía donde los países esperan ponerse de acuerdo sobre un plan presentado la semana pasada por la Comisión Europea que ha generado “mucho debate”, como se pudo ver en la primera reunión de los embajadores permanentes ante la UE del pasado viernes, explicaron este lunes fuentes diplomáticas. Los representantes de los países se reúnen de nuevo este lunes buscando aproximar posiciones, con vistas al Consejo del martes. España fue el primer país en rechazar la propuesta original de Bruselas, una posición a la que después se sumaron otros como Portugal y Grecia. Desde entonces muchas otras delegaciones han planteado pegas por un motivo u otro. Alemania, muy dependiente de las importaciones de gas ruso, se ha mostrado sin embargo favorable a la propuesta de Bruselas desde el primer día. Pese a los “temas abiertos” aún, los titulares europeos confían en poder cerrar un acuerdo político mañana sobre el Reglamento, según las mismas fuentes. Bruselas planteó en su propuesta presentada el pasado 20 de julio en primer lugar un recorte voluntario del consumo de gas para mejorar las reservas energéticas y, en caso de que la situación se agrave, reducciones obligatorias. La República Checa, que preside el Consejo de la UE este semestre, está liderando estos días la negociación entre los Estados sobre esa propuesta, en la que ya se han introducido algunos cambios al texto original de la Comisión, indicaron fuentes diplomáticas. En el último borrador de texto, aunque se mantiene

el objetivo de un recorte del 15 % en el consumo de gas, se han planteado modificaciones que permitirían a los países pedir derogaciones por una serie de motivos, como la situación geográfica. El objetivo que se busca es “permitir moderar las reducciones” a cambio de compromisos de los países de aumentar en lo posible las transferencias de energía entre Estados miembros. Otro cambio introducido en la propuesta original es que sean cinco Estados miembros (en lugar de solo la Comisión como indicaba la primera propuesta)

los que puedan pedir la declaración del estado de alerta que pondría en marcha la obligación de recortar el consumo de gas. En todo caso, tanto si lo pidiera la Comisión Europea como si es fuera a iniciativa de cinco Estados miembros, la declaración de alerta solo podría ser adoptada con el respaldo de una mayoría cualificada de países, indicaron las fuentes. Pese a los avances hay “todo un conjunto de cuestiones abiertas, algunas de carácter legal, otras de carácter político o ético”, que los Estados siguen debatiendo, incluida la

particular situación de las islas, como Malta, que no tiene conexiones energéticas. Sobre la posición de España con vistas a la reunión de este martes, el país tiene “un compromiso fundamental con la solidaridad” y la “convicción de que debemos permanecer unidos y a la vez de manera efectiva y proporcionada”. “No podemos acelerar las cosas y adoptar medidas que no estén bien calibradas”, señalaron las fuentes, e indicaron que la clave es la unidad, ya que mostrarse divididos favorecería los intereses de Rusia. (EFE) (I)

Medidas La petrolera lusa Galp está haciendo “todo lo posible” para reducir su consumo de gas y espera no tener que recurrir al mercado para aprovisionarse tras algunas limitaciones registradas, según anunció el consejero delegado de la compañía, Andy Brown. “Esperemos no tener que ir al mercado”, expuso Brown en una sesión “online” con inversores y analistas este lunes, donde reconoció que ha habido limitaciones en el abastecimiento, y alegó que “todo depende de la recepción de las cargas de acuerdo al calendario” pactado en 2021.

Recorte de suministro El anuncio del recorte del suministro de gas ruso a Europa occidental desde el 27 de julio anunciado este lunes por Gazprom no tiene “razones técnicas”, según declaró el Gobierno alemán tras conocerse la decisión del suministrador ruso. “Hemos tomado nota del anuncio. Observamos la situación muy de cerca en estrecho contacto con la Agencia Federal de Redes y el equipo de crisis del gas”, según un comunicado del ministerio alemán de Economía y Protección del Clima.

Papa

Pide perdón por el mal que causó la Iglesia a indígenas Los representantes de los pueblos indígenas piden que se les devuelvan algunas piezas de arte que se encuentran en los Museos Vaticanos.

El Papa Francisco recibe un capó de guerra durante una reunión con indígenas para una oración silenciosa en el cementerio de Maskacis. EFE

Maskwacis (Canadá), (EFE).- Ataviado con un sombrero de plumas como un gran jefe mientras sonaban tambores y cantos tradicionales, el papa Francisco cumplió el principal cometido de su visita a Canadá: pedir perdón por los males que causó la Iglesia a los indígenas del país en los internados donde los

niños de estos pueblos fueron encerrados y sometidos a abusos en los llamados “procesos de asimilación” cultural. El papa, que llegó este domingo a Canadá, se trasladó este lunes a la localidad de Maskwacis, donde se encontraba uno de los mayores i n t e r n a d o s, e l d e Ermineskin, gestionado por la Iglesia católica y donde a los niños, separados de sus familias, se les obligaba a olvidar sus costumbres y cultura y muchos de ellos terminaron muriendo por las terribles condiciones en las que vivían. Francisco visitó el cementerio de esta escuela, donde están enterrados algunos de los que fallecieron en esta escuela residencial y

besó la larguísima pancarta con los nombres de los hasta ahora 4.120 nombres de los niños fallecidos que han sido identificados. Perdón por la mentalidad colonialista “He llegado hasta aquí para decirles, de todo corazón, que estoy profundamente dolido: pido perdón por la m a n e r a e n l a q u e, l a m e n t a b l e m e n t e, muchos cristianos adoptaron la mentalidad colonialista de las potencias que oprimieron a los pueblos indígenas”, dijo Francisco en español sentado entre los representantes de los jefes de los pueblos originarios y ante más de 2.000 personas, entre ellas muchas

víctimas de estos internados. Recordó que “las políticas de asimilación y desvinculación, que también incluían el sistema de las escuelas residenciales, fueron nefastas para la gente de estas tierras”. “Terminaron por marginar sistemáticamente a los pueblos indígenas”, reconoció y describió cómo “por medio del sistema de escuelas residenciales, sus lenguas y culturas fueron denigradas y suprimidas; los niños sufrieron abusos físicos y verbales, psicológicos y espirituales; se los llevaron de sus casas cuando eran chiquitos y de esto marcó de manera indeleble la relación entre padres e hijos, entre abuelos y nietos”. (I)


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