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MIÉRCOLES, 3 de agosto de 2022
Cuenca - Ecuador
Hay plan de contingencia en caso de caída de ceniza en Cuenca
Sangay, en monitoreo constante E Informe
Técnicos de Gestión de Riesgos hacen inspecciones en el cantón Nabón donde, el fin de semana, hubo evacuación.
l Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE) en la zona 6, informó que desde el último jueves han recibido llamadas de Nabón para informar sobre extraños sonidos.
Luego de conocer los reportes del Instituto Geofísico (IG), de la E s c u e l a Po l i t é c n i c a Nacional (EPN), confirmaron que los sonidos provenían del volcán Sangay, que está en Macas, provincia de Morona Santiago.
Las explosiones del Sangay que está a más de 170 kilómetros (km) de distancia fueron perceptibles porque esta vez se juntaron condiciones atmosféricas favorables, además fue en la noche y madrugada donde no hay interferencia de ruido; y asimis-
mo, la dirección de los vientos fue hacia el suroccidente. En Cuenca, la Dirección Municipal de Gestión de Riesgos tiene listo un plan de contingencia en caso de caída de ceniza del Sangay.
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Salud
Hay 110 empresas que han habilitado salas de lactancia Son espacios para acompañar, guiar y proteger el bienestar de los recién nacidos y sus madres.
Las salas de acompañamiento de la lactancia materna buscan ser más que lactarios. Deben acompañar, guiar y proteger el bienestar de los recién nacidos y sus madres antes, durante y después de
este proceso. En Cuenca, 110 empresas han implementado estos espacios de un universo posible de 900, según registros del Ministerio de Salud. Este año aumentó el número de mujeres que dan de lactar a sus hijos, situación que se reduce por actividades laborales y académicas. Por otro lado, los bancos de leche son alternativas para madres que no pueden dar de lactar por distintos motivos como salud.
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En el hospital regional “Vicente Corral Moscoso” funciona un banco de leche al que diariamente acuden madres que reciben atención profesional. XCA
Electoral
En Cañar apuran precandidaturas
Los funcionarios de la Delegación Provincial Electoral del Cañar colaboran en las primarias de las agrupaciones. Cortesía
La papeleta electoral del Cañar se va configurando a pocos días que terminen las primarias. Algunas agrupaciones políticas han definido sus precandidatos a las diferentes dignidades. Una coalición progresista integrada por la Revolución Ciudadana, Partido Socialista junto con los colectivos “Somos Cañar” y “Juntos por el Cañar”, apoyan el binomio Marcelo Jaramillo-Ximena Andrade a la prefectura y viceprefectura, así como del concejal Javier Serrano, a la Alcaldía de Azogues. Pachakutik confía en la precandidatura de Belisario Chimborazo, a la prefectura; y de Carlos Sucozhañay, a la Alcaldía de Azogues. Se prevé que en las próximas horas se concreten los representantes del resto de organizaciones políticas de la provincia.
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Sudamérica tras sede del Mundial 2030 3B
Un muerto por la viruela del mono en Perú 6B
Está vacante la gerencia de Petroecuador 10A
La actual administración municipal presentó un nuevo anteproyecto para el estadio “Alejandro Serrano Aguilar”. API
“Startups” en la mira de los inversionistas E m p r e n d i m i e n t o s, m i c r o, p e q u e ñ a s y medianas empresas enfocadas en el sector tecnológico podrán postularse para participar en la Rueda de Inversión convocada por el Ministerio de Producción, C o m e r c i o E x t e r i o r, Inversiones y Pesca en alianza con Startups & Ventures, un club de
Andinismo de luto por muerte de “Robertito” El montañista y abogado cuencano Roberto Suárez, de 28 años, falleció el pasado lunes, mientras era trasladado por sus compañeros para que reciba atención médica, luego que cayó a una grieta en el nevado Huascarán a 6.200 metros sobre el nivel del mar, en la región Áncash. Sus amigos del deporte lo describieron como persona alegre y motivadora; alistan una salida en los próximos días como homenaje a la trayectoria de “Robertito”.
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Intervención del estadio, de anuncio tras anuncio
Deportes
Liga de Quito se enfrentará al Aucas en un domingo de “Superclasico” en la LigaPro.
Mundo
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Muerte del líder de Al Qaeda, Ayman al Zawahiri, crea problema para definir al sucesor.
Ecuador
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Un observatorio para control de precios de productos se trata en mesas de diálogo.
10A Contáctenos
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que no se trata de una campaña anticipada ni es algo de fantasía, sin embargo, aún no hay inversionistas que pongan los 72 millones de dólares y que el proyecto sea una realidad.
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Semblanza
Deportes
El estadio Alejandro Serrano Aguilar es desde hace una década un objetivo para acaparar votos en lides políticas por medio de propuestas de remodelación o reconstrucción que después quedan en el olvido. Este martes dos de agosto, el alcalde Pedro Palacios presentó un nuevo anteproyecto. Asegura
inversionistas ángel. Las empresas deben cumplir requisitos en las áreas de formalización, ventas mensuales, modelo de negocios, estabilidad y crecimiento y valoración e inversión. El evento se desarrollará en octubre en Quito.
Año 97 / 18 páginas / 2 cuerpos Ejemplares en circulación: 8.085 Edición No. 36.985
Roberto Suárez.
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C UENCA
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
Con diferentes actividades se cumple la Semana Internacional de esta práctica Desarrollo
Al 66% aumentó el número de mujeres que este año pueden dar de lactar a sus hijos en Cuenca en comparación con 2021, que llegaba al 50%.
Salas impulsan la lactancia materna
El viernes 5 de agosto, de 09:00 a 12:00, se activará una casa abierta por la Semana de la Lactancia en la entrada al Hospital Regional. Los funcionarios brindarán información sobre el espacio y la importancia de la lactancia. La Semana Mundial de la Lactancia Materna busca sensibilizar a gobiernos y comunidades sobre los múltiples beneficios de ese modo de alimentación del recién nacido.
C
laudia Merchán trabaja en la Empresa Eléctrica Regional Centro Sur y es madre de Sara Camila, una niña de tres meses. Merchán es una de las 127 mujeres que laboran en esta empresa y junto a otra compañera comparte el espacio denominado lactario. Al igual que ellas, mujeres en período de lactancia de 110 empresas de Cuenca ya tienen acceso a las salas de acompañamiento de lactancia materna exigidas a través del Acuerdo Ministerial 003-2019 emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP). “Me siento cómoda por tener un espacio adecuado y privado para la extracción de leche”, señala Merchán a quien este proceso le toma de 30 a 40 minutos. Ella coordina con su jefe inmediato los horarios en los que acude al lactario. Sabe que la mejor leche que le puede dar a Sara Camila en su primer año de vida es la suya. El lactario al que acude está adaptado con dos sillas para extracción o amamantamiento, una nevera, una silla y decoración infantil. Seis fotografías de niños ahí lactaron decoran la pared que está al frente de la puerta de acceso a la sala. Merchán cree que en Cuenca hacen falta espacios para dar de lactar a su bebé y, sobre todo, extraerse la leche. Recordó relatos de amigas y compañeras que, antes de establecerse estos espacios, debían hacerlo en lugares como el baño, al que no considera un sitio adecuado para una extracción, menos de alimentación. En la Centro Sur el lactario se adaptó desde el 16 de noviembre de 2018 para madres en período de lactancia. Wilson Núñez, presidente ejecutivo de la empresa, dijo que el objetivo es mantener el lactario para sus colaboradoras. Considera fundamental el respeto y la seguridad con el que las mujeres deben ejercer su derecho a la lactancia. C o n Ta l e n t o H u m a n o y e l Departamento Médico se coordinan los horarios para que las colaboradoras hagan uso de la sala. Marco Corte, especialista zonal de prevención de la salud y salud ambiental, explicó que en 2017 el Ministerio de Trabajo exhortó a las empresas públicas y privadas la implementación de salas de apoyo a la lactancia materna. Dos años después, es decir, en 2019, se emitió el Acuerdo Ministerial en el que el exhorto se convirtió en obligación, detalló Corte. En ese documento se exige a las empresas del país con más de 50 colaboradoras que implementen las salas de apoyo. Corte puntualizó que, según el banco de datos entregado por el Ministerio de Trabajo, en Cuenca hay 900 empresas, de las cuales 110 han implementado las salas. La lista de las compañías está en proceso de depuración, en manos de Corte y el departamento al que pertenece. La recomendación es que las salas de apoyo cuenten con sillas con apoya brazos para facilitar la extracción de leche y la lactancia, una nevera, ventilación, lavabo, iluminación, entre otros. En la experiencia adquirida por Corte, existe algo más importante que la implementación de espacios y destinación de recursos para estas salas. “Primero se debe entender que no son lactarios, son salas de apoyo a la lactancia materna... Esto significa que se requiere de capacitación permanente, contar con la información adecuada,
Por conmemorarse la Semana de la Lactancia Materna, el Hospital Vicente Corral Moscoso promueve actividades que se centran en educar e informar. Este año se evidencia un aumento de casos de mujeres en período de lactancia. La mitad de los recién nacidos son alimentados por sus madres en la primera hora de vida y solo el 44% de bebés son alimentados exclusivamente con lecha materna en sus primeros seis meses de vida.
En el Banco de Leche Humana del Hospital Vicente Corral Moscoso donantes y madres lactantes extraen la leche necesaria para los menores. XCA
como el correcto uso de carteles y anticipación de información a futuras madres”, enfatizó. Recomienda a los departamentos de Salud Ocupacional y de Talento Humano sostener los procesos en las salas de apoyo. Recolección
Los recién nacidos necesitan la leche materna para tener un desarrollo adecuado. Archivo
Mónica Bonifaz, encargada del Banco de Leche Humana del Hospital Regional Vicente Corral Moscoso, detalló que este centro requiere de 50 a 60 litros de leche por mes. Han solventado sus necesidades, sin embargo, reconoce que hacen falta donantes. Para la experta en el manejo de la leche materna, este proceso es tan importante porque determina, a futuro, la calidad del sistema inmunológico del niño. Esto significa que, de ser correcta y sostenida la lactancia, es menor el riesgo de que el neonato y el lactante contraigan enfermedades. La desnutrición es otro de los
fenómenos que se evidencian por la falta del consumo de la leche de la madre. La desnutrición limita el rendimiento de los infantes en sus primeros años de vida. Para Bonifaz, los lactarios son salas de apoyo a la lactancia materna que, además de mejorar la vida de los neonatos, evita que las madres contraigan infecciones. Adicionalmente, se conoce que de no extraerse la leche, la madre comienza a producirla en menor cantidad. Recomienda evitar extraerla en espacios con pocas condiciones de asepsia, pues esta se contamina con facilidad. Además, deben hacerlo en lugares libre de olores y mantenerla en refrigeración. Pese a que al inicio necesitan poca leche, mencionó que con el paso de los días, aumenta el consumo de la leche, por lo tanto, requieren más cantidades. Estadísticas Hasta junio de este año, 395 mujeres se convirtieron en donantes, de quienes se obtuvo 397 litros de leche. Con esto se benefició a 260 niños, según datos del Hospital Regional. Para ser donante, lo único que de requiere es acercarse al Bando de Leche Humana, verificar su estado de salud y no ser consumidora de sustancias estupefacientes, medicamentos o tener enfermedades como cáncer, VIH, sífilis o hepatitis. La leche se almacena por seis meses, previo un análisis de su composición. Andrea Bersosa, coordinadora de salud de la Zona 6, detalló que hasta el año anterior la lactancia materna descendió notablemente en Azuay y Cañar hasta un 40%, pero este año se incrementó hasta un 66% que, lejos de ser lo ideal, muestra que se hacen esfuerzos por sostener la lactancia. Según los datos recavados por la entidad, la disminución responde a las cargas laborales y actividades académicas de las mujeres. (I)
Alta tecnología Participación
Rodada inclusiva concentrará a más de 300 personas
Integrantes de la colonia vacacional de Fepapdem participarán de la ‘Rodada Inclusiva’.
La segunda edición de la denominada ‘Rodada Inclusiva 2022’ congregará a más de 300 personas con discapacidad en un evento recreativo y no competitivo de cicleada y caminata. El evento se llevará a cabo este sábado 6 de agosto, desde el Parque de la Madre hacia el Parque El Paraíso. La concentración será a partir de las 08:30. Los participantes tomarán la
calle Paseo Tres de Noviembre, hasta la bajada de Todos Santos y seguirán por el redondel de la avenida José Peralta con dirección a la avenida 12 de Abril, hasta llegar al Hospital Regional. En el punto se conectarán con la ciclovía para dirigirse al parqueadero del parque El Paraíso. En la ‘Rodada Inclusiva 2022’ partici-
parán los niños y jóvenes del Centro de Discapacidades de Acción Social Municipal y otros centros que son parte de las colonias de la Alcaldía de Cuenca. A este grupo se sumarán varias instituciones invitadas. A la llegada al Parque El Paraíso se entregará una medalla de participación, un refrigerio y se disfrutará de varios números con los niños y
jóvenes como protagonistas, todo esto como parte de la clausura de las colonias vacacionales. (I)
Este evento será la clausura de la XIV Colonia vacacional inclusiva Burbujas de Amistad y Alegría. Será gratuito y para toda la familia.
I
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
NFORME 3A
Explosiones del volcán se escucharon en Azuay y Guayas
Asustan bramidos del Sangay Emergencia
2 de diciembre del 2021 ocurrió una explosión en el volcán Sangay, que abrió un viento lateral en su flanco norte.
4 y 6 de abril de 2022 fueron los días en que se observaron tres pulsos en la actividad sismo acústica del volcán Sangay.
7 de mayo de 2019 comenzó un proceso de actividad y erupción continúa del volcán Sangay.
17 años en erupción estuvo el volcán Tungurahua y El Reventador tiene 20 años de actividad eruptiva.
2006 y 2010: en esos años se produjeron explosiones en el volcán Tungurahua, que también se escucharon en Guayaquil.
5.230 tiene de altura el volcán Sangay, de acuerdo con el Instituto Geofísico, de la Escuela Politécnica Nacional.
H
abitantes del barrio Rosas, en el cantón Nabón, al sureste del Azuay, donde hay una gran falla geológica, que ha provocado hundimientos y colapsos de viviendas, evacuaron esta zona el pasado fin de semana. Y es que algunos habitantes de este lugar como, por ejemplo, Nancy Morocho, una agricultora, de 32 años, que se dedica al cultivo de frutilla, desde el último viernes escuchan “ruidos raros”. “El sábado pensamos que de nuevo se estaba hundiendo el piso y tuvimos que salir de las casas con nuestros niños y algunos bajamos al parque central porque allí nos han dicho que estamos más seguros…”, relató. Como Morocho, otros vecinos también dejaron sus inmuebles y fueron a donde algunos familiares y amigos por el temor de que haya un deslizamiento, pues se trata de una zona altamente inestable. Monitoreo
Milton Benítez, del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE) en la zona 6, confirmó que desde el jueves anterior reciben llamadas de Nabón para informar sobre extraños sonidos. Benítez señaló que un equipo de técnicos del SNGRE fue movilizado desde Cuenca a este sitio para hacer un monitoreo. Tras una inspección descartaron que se trate de un deslizamiento. Indicó que luego de conocer los reportes del Instituto Geofísico (IG), de la Escuela Politécnica Nacional (EPN), confirmaron que los sonidos provenían del volcán Sangay, que está en Macas, en Morona Santiago. Estos ruidos también fueron escuchados, con mayor intensidad, el último sábado y domingo en otros cantones como: Girón, San Fernando, Santa Isabel y Camilo Ponce Enríquez. Igualmente, en otros como: Durán, Guayaquil y Samborondón, en la provincia del Guayas. En estos lugares también se reportó intensa vibración en ventanales. “Técnicamente lo que ocurrió en el Sangay se llama tremor, que son vibraciones volcánicas prolongadas…”, detalló Benítez. Son producto del movimiento del magma y circulación de fluidos al interior. El funcionario señaló que la población en Azuay tiene que estar preparada en caso de caída de ceniza del Sangay y dio algunas recomendaciones como protegerse las vías respiratorias y mantener limpios los sumideros. Juan Morales, ingeniero civil e investigador en vulcanología, explicó que a diferencia de ocasiones anteriores esta vez se escucharon las explosiones del Sangay a más de 170 kilómetros (km) de distancia. “Esta vez se juntaron condiciones atmosféricas favorables, además fue en la noche y madrugada donde no hay interferencia de ruido. Asimismo, la dirección de los vientos fue hacia el suroccidente…”, expresó. Morales manifestó que al menos en los 50 años la actividad de este volcán, que está junto a los ríos Sangay y Volcán, ha ido en aumento, con constantes expulsiones de ceniza, gases y magma. Recordó que el último periodo eruptivo de este volcán comenzó en 1628. De lo que se conoce emitió una gran columna de ceniza que se dirigió hacia el noroccidente hasta 50 km. Riesgo Para Magno Andrade, ingeniero en geología, excepto por la caída de ceniza, la actual actividad eruptiva del Sangay, que inició en mayo de 2019, no representa un riesgo para provincias como Azuay y Guayas.
Técnicos del SNGRE fueron movilizados al barrio Rosas, en Nabón, donde se escucharon las explosiones del Sangay.
Cuenca tiene listo un plan de contingencia
Qué hacer en caso de caida de ceniza Mantén la calma y toma en cuenta estas recomendaciones
Tatiana Pineda, directora de la DGR.
Tatiana Pineda, titular de la Dirección de Gestión de Riesgos (DGR), del Municipio de Cuenca, indicó que tienen listo un plan de contingencia en caso de caída de ceniza del Sangay. Confirmó que las explosiones del último fin de semana en el volcán, que se escucharon en Guayas y Azuay, también se oyeron en la parte baja de la parroquia Molleturo, en el occidente de Cuenca. Señaló que una de las principales acciones que contempla el plan de emergencia que tienen, es la protección de las captaciones de agua para garantizar este servicio para la población. Recomendó a la ciudadanía que en caso de que caiga polvo volcánico se proteja las vías respiratorias y ojos. También la piel, para evitar irritaciones por el contacto con esta sustancia. Igualmente se sugiere que cuando haya caída de ceniza la limpieza de esta se haga en seco, pues si se moja se produce una especie de engrudo que puede obstruir los sistemas de drenaje. Por eso también se solicita a la población mantener siempre limpios los sumideros con el fin de facilitar la evacuación del agua y prevenir represamientos. (I) “Se trata de un volcán activo, que no sabemos cuándo puede erupcionar o emanar ceniza y gases, lo que está ocurriendo es propio de la actividad eruptiva que hay en los volcanes que están activos…”, precisó. Advirtió que la llegada del polvo volcánico puede provocar inconvenientes como lo que ocurrió en diciembre de 2019 cuando el aeropuerto Mariscal La Mar, de Cuenca, tuvo que suspender operaciones. “Las explosiones que se dan en el Sangay pueden provocar movimientos sísmicos o temblores, que son leves, especialmente, en las poblaciones cercanas a Morona Santiago…”, advirtió. (I)
Fuente: Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias. (SNGRE)
Por. Christian Sánchez M. csanchez@elmercurio.com.ec El Mercurio-Cuenca
4A OPINION Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
Hugo Darquea López
La confiscación de las ideas
E
n siglos pasados la inquisición en nombre de sus dogmas impuso el sistema del monopolio del pensa-
miento. Luego vino la época de la libertad, respetada por los gobiernos liberales hasta el festín totalitario de los regímenes comunistas y fascistas, que impusieron la negación absoluta de la libertad y por consiguiente de la dignidad humana. Sin libertad de expresión, de prensa y de información no existe diversidad ni contraste de ideas y sin libertad de pensamiento la cultura es sometida al dictamen del autócrata. René Mauge líder que fue del Partido Comunista, luego disidente del mismo, en una conferencia que ofreció en la Facultada de Jurisprudencia de la Universidad Católica de Cuenca en los años noventa, recuerdo que al analizar el colapso económico y político de la URSS, sostuvo que la falta de libertad y el monopolio del Estado de las actividades culturales, científicas, educativas como económicas, dio por resultado el estancamiento productivo y la precariedad de las condiciones de vida. Esa realidad demuestra, con otras patentes en el mundo, que la falta de libertad es una aberración existencial. En nuestra Patria, el populismo del socialismo del siglo XXI, con los tribunales inquisitoriales de la SUPERCOM y sus fiscales y jueces, sancionaron a los medios de comunicación y a los opositores del régimen autoritario de Correa, hoy la amalgama siniestra que domina la Asamblea, pretende restaurar la Inquisición en nombre de sus intereses. Audacia, Ignorancia y Perversión. Pero allí están con el trámite aprobado de una ley confiscatoria de la Libertad y del derecho innato a pensar opinar y escribir, en tal virtud el Presidente de la República debe vetar totalmente este bodrio nugatorio de la Dignidad Humana. (O)
Dr. Nicanor Merchán Bermeo 1935 - 1956
Dr. Nicanor Merchán Luco DIRECTOR
Ing. Miguel Merchán Ochoa 1956 - 1974
Lcda. Marina Merchán Luco GERENTE GENERAL
Carlos Castro Riera
EDITORIAL
El trabajo infantil
U
n reportaje publicado por este diario da cuenta de una realidad social de larga data: el trabajo infantil. Ocurre no solo en Cuenca. Se refleja en todo el país, y en casi todas las naciones subdesarrolladas debido a múltiples causas, sobre todo las derivadas de la inequidad social. Durante el periodo vacacional es más evidente. Niños y niñas, en los diferentes mercados de Cuenca, en el de El Arenal por ejemplo, venden frutas, legumbres, golosinas, tubérculos; y hasta se ofrecen para llevar los canastos de compras. En esos lugares trabajan sus padres, por lo general en las mismas labores. En otros casos se dedican a la mendicidad, visible en las intersecciones de calles y avenidas. En otros, laboran en la construcción, agricultura y labores de limpieza. Así lo confirma una psicóloga educativa, consultada para poner en contexto tan duro panorama. Cuenca, desde hace varios años, atrae a cientos de familias procedentes de áreas rurales de los demás cantones del Azuay; igual de Cañar y hasta de Loja y de El Oro. En los últimos tiempos, incluso de Venezuela, como lo fue del Perú en su momento. Llegan en busca de oportunidades. En sus lugares de origen no las tienen, peor si se aferran a la agricultura, una actividad cada vez más a la baja. Los más se dedican a la informalidad, al menudeo, a la reventa; en el caso de los varones, a laborar como estibadores. Subsistir es la meta. Con seguridad, viven hacinados y con ingresos diarios bajísimos. En semejantes condiciones la niñez se ve impelida a ayudar a trabajar a sus padres. También es obligada. Como lo piensa la profesional consultada, eliminar el trabajo infantil, en la práctica resulta complicado, pues esas personas no tienen otra opción. Entendiendo tal complejidad, la fundación PACES optó por dar un acompañamiento integral a la niñez y a sus familiares, cuyos derechos y seguridad –dice- deben respetarse. Mientras persistan las inequidades sociales de tipo estructural, la problemática expuesta no tendrá fin.
CARICATURA DEL DÍA
Los colados
Hugo Lucero Luzuriaga
“Cuenca a la italiana”
S
i, la ciudad de Cuenca desde hace algunos años como que está tomando ciertas referencias de Italia, como que renegamos ser morlacos y vamos con tendencias europeas, como que no valoramos lo nuestro y nos hacemos eco de la tan cacareada globalización. Lo mencionado podemos advertir en la gastronomía, pizzas por todo lado, de diferente tamaño, composición y sabor, obvio los locales con nombres italianos y muchos dueños descendientes del país europeo, ídolos futboleros de antaño y del presente, sobre todo del “cuenquita”, de origen argentino-italiano, futbolistas nacionales que tratan de hablar el idioma gaucho-italiano, en fin, Italia está adentrándose en Cuenca hasta el extremo inimaginable que un ciudadano italiano está de precandidato a la Alcaldía de la ciudad teniendo como carta de presentación la ayuda a los pobres cuencanos. Y, lo más llamativo de Italia, es la presencia desde hace muchos años de los sarcásticamente denominados “tallarines” a la cuencana, que se insertan en los postes de alumbrado público, verdaderos paquetes de cables revueltos que cruzan toda la ciudad y que producen una contaminación visual y un opacamiento vespertino de la urbe, además de que suman al desorden y antiestética de la Cuenca “Patrimonio Cultural de la Humanidad. Un progreso para el hombre la energía eléctrica, los teléfonos, el internet, pero casi todos necesitan de alambres o cables que terminan por formar los “tallarines” producto las más de las veces a una falta de planificación, adicionándose la viveza criolla y el consentimiento o el mirar hacia el otro lado de autoridades que permiten este desorden, incluso para conexiones particulares de parlantes, pantallas de tv. y afines. Una solución total al problema es una utopía, sin embargo, es oportuno recordarles e insinuar a los precandidatos a autoridades de Cuenca que se debe en algo limpiar esta contaminación visual, proyectarse al cableado subterráneo, pero priorizando la planificación, cuidando el ornato de la urbe y para ello eliminado los “tallarines” cuencanos, versión injuriante del espagueti, símbolo de la cocina italiana. (O)
E
n la institucionalidad del país predomina la precariedad, inestabilidad, irregularidad funcional, ilegalidad e irrespeto a los derechos. La Asamblea Nacional es reflejo de esta situación donde han desfilado diversas mayorías parlamentarias. En efecto, una mayoría inicial se conformó entre el partido de gobierno (CREO), Pachakutik (PK), la ID e independientes, luego una mayoría constituida por gobiernistas y correistas (UNES) aprobó la ley que permite legitimar dineros mantenidos en el exterior con una simple declaración tributaria, otra mayoría otorgó la amnistía política, posteriormente una mayoría integrada por UNES, algunos de PK e independientes, trató de destituir al Presidente de la República y ahora existe una nueva mayoría compuesta por UNES, PSC, los llamados rebeldes de PK y varios independientes. Las mayorías parlamentarias, per se, no son ni buenas por estar al servicio del gobierno ni malas por identificarse con la oposición. Todo depende de los intereses que defiendan, los fines que persiguen, la calidad y transparencia de sus actuaciones. Para conformar esta última mayoría, los partidos y grupos de asambleístas confluyeron en base a coincidencias coyunturales, pero también con objetivos específicos como tratar de liberar a sus líderes de la acción de la justicia, respaldo para cierta agenda legislativa, lograr mayores cuotas de poder para negociar intereses económicos, blindaje político o simplemente alcanzar canonjías del poder. Toda esta movilidad y acomodos políticos, como los comodines de naipe, son producto de la descomposición ideológica, orgánica y política de los partidos y la consecuente dispersión y personalismo político que llevan a que los intereses particulares se transen en el mercado político y que algunos asambleístas deambulen negociando sus prebendas dejando al lado los problemas trascendentales del país. La Asamblea Nacional y el gobierno deben rectificar su conducta. La Asamblea debe legislar para el bienestar colectivo como es aprobar el Código Orgánico de la Soberanía Alimentaria (COSAL), la nueva ley de recursos hídricos y la ley de consulta previa. El gobierno debe cumplir a cabalidad el diálogo con los indígenas y olvidarse de la explotación minera en zonas de recarga hídrica. (O)
Magdalena Emilia Ordóñez Gavilanes, María del Cisne Aguirre Ullauri, Johanna Rosalí Reyes Reinoso, Enma Alexandra Espinosa Iñiguez y María Cristina Useche Aguirre. VOCES DE CIENTIFICAS
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El enfoque de género en la educación superior
a presencia de las mujeres en las universidades no siempre significa la existencia de igualdad de género al interior de su comunidad, más bien, aún se encuentran presentes manifestaciones de violencia simbólica y de control social que limitan la paridad de oportunidades entre hombres y mujeres, sus trayectorias académicas y laborales, así como sus relaciones de poder. Por ello, es importante no confundir los procesos de feminización con la equidad de género.
Las universidades deben ser concebidas como espacios de no violencia, igualdad, equidad, e inclusión, con la responsabilidad de transmitir el conocimiento con justicia cognitiva, a partir del pensamiento crítico nacido de un sentido común con conciencia colectiva, libre de estereotipos y fuera de la costumbre de control social que naturalizan la injusticia. De hecho, asistida de una estructura normativa que cumpla con las leyes y normativas del estado, y garantizando un ambiente de oportunidades bajo los
principios de igualdad entre géneros. Este pensar podía convertirse en una utopía para las mujeres, puesto que su pensamiento discrepa de las masculinidades hegemónicas asumidas como normas inquebrantables, que conllevan a conservar el status quo y marginar el pensamiento igualitario al considerarlo feminizado y nocivo, atentando contra las creencias que marcan del control social y mantienen el supuesto equilibrio de las estructuras sociales en un ciclo que parece nunca dejará de repetirse. (O)
Marco Carrión Calderón
E
Algo más sobre los libros
l filósofo Montaigne decía: “Mi biblioteca es mi reino y en ella trato de que mi gobierno sea absoluto”. Los libros llevan el secreto en su interior, son quietos y tranquilos, al contario de los humanos no molestan ni asedian. Si no se les llama no vienen, pero están allí, silenciosos, guardando sus valiosos mensajes. Sólo hablan cuando se les pregunta. Nos cuentan historias, expresan pensamientos e inspiran otros, pero sin molestar. A una persona se le conoce por su biblioteca, pequeña o grande, eso no importa. Sus libros nos dicen de sus gustos, ideas, inquietudes y curiosidad de una persona cultivada. Miquel Batllori cuenta en su biografía, que recordaba una frase de
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un escritor francés que decía que no conocía otra aristocracia que la de aquellos que en algún momento de su vida habían leído desmesuradamente. Somos en buena parte lo que hemos leído, lo que hemos conversado con los libros, lo que nos han contado, sugerido y descubierto. También somos lo que hemos digerido o mal digerido en nuestras lecturas. De los libros que Napoleón llevaba consigo en su expedición militar a Egipto, Werther de Goethe era uno de ellos. Lo interesante de la lista napoleónica eran las rúbricas en que calificaba los libros. Bajo el título de política, por ejemplo, se encuentra el Antiguo y el Nuevo Testamento y también el Corán. Es fácil deducir cuál era el punto de vista de Napoleón sobre los temas religiosos.
Directivos y administradores:
Director: Dr. Nicanor Merchán Luco Gerente General: Lcda. Marina Merchán Luco
Lo que está escrito en los libros perdura en el tiempo, quizá para siempre. La Ilíada de Homero nos ha permitido conocer la guerra y la vida de Troya que ni siquiera se sabe a ciencia cierta en dónde estuvo emplazada. Pasan los hombres y las mujeres, la historia rehace los hechos constantemente, pero los libros no mueren, aunque estén sepultados en un almacén oscuro a punto de ser olvidados. Siempre resurgen, vuelven a desempolvarse, releerse, reinterpretarse. Perder la confianza en el libro, ya sea en formato papel o electrónico, qué más da, perder la seguridad de la palabra escrita, es abandonarse, abandonarlo todo y dejarse llevar por las modas y las propagandas de cada momento histórico. (O)
Editor General: Mgtr. Diego Montalván Sarmiento dmontalvan@elmercurio.com.ec Coeditora: Jackeline Beltrán Aguilar redaccion1@elmercurio.com.ec
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P UBLIRREPORTAJE
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
A la concesión minera “Leliatere 1” se puede ingresar por tres accesos. Uno de estos, por el sector La Florida, ha sido bloqueado por moradores de Camilo Ponce Enríquez. Los 100 trabajadores corresponden a operarios de mina, personal administrativo, de cocina, guardianía e incluso se cuenta con un enfermero para el departamento médico.
Los operarios de la mina trabajan en la extracción con herramientas eléctricas. La empresa no utiliza explosivos, ni mucho menos químicos.
La compañía “Colibrimining C.A.” está a cargo de la concesión “Leliatere 1”
Minería que cuida el agua
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a Compañía Minera de Metálicos “Colibrimining C.A.” está a cargo de la concesión minera “Leliatere 1”, ubicada en la parroquia Carmen de Pijilí, del cantón Santa Isabel, a partir del 23 de junio de 2021. Su trabajo se ajusta a las especificaciones técnicas y legales en el cuidado y protección del medio ambiente y las fuentes hídricas. La empresa busca siempre minimizar los efectos negativos que sus actividades puedan generar al entorno. En tal virtud, se promueve una mejora continua en la eficacia del Sistema de Gestión Ambiental, así como la planificación de medidas de protección, prevención, actuación y remediación. Sus 100 trabajadores reciben una capacitación ambiental adecuada en buenas prácticas para optimizar el consumo de agua y energía. De esta manera, se involucran y apoyan la política y objetivos ambientales de la empresa que constantemente se sujeta a evaluaciones externas con el propósito de garantizar su labor. La compañía es la principal fuente de empleo para habitantes de las comunidades de los cantones Santa Isabel y Camilo Ponce Enríquez que se ubican en la zona de influencia de la concesión minera “Leliatere 1”. Se trata de los sectores: San Pedro, San Jacinto, Bella Aurora, Santa Teresa, Paguancay, Pijilí, La Florida, entre otras e incluso ofrece una oportunidad laboral para quienes migran de otras provincias como: Loja, Guayas y Esmeraldas. Es decir, “Colibriminig C.A.” genera trabajo para un 65 % de habitantes de la zona de influencia, y en un 35 % para personas de otros sectores del país, quienes confían en la capacidad operativa, cumplimiento y políticas administrativas de la compañía. Extracción
La concesión minera “Leliatere 1”, cuya cesión y transferencia de derechos está inscrita el 1 de julio de 2021 en la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, ocupa 273 hectáreas. La mina se caracteriza por cuatro bocaminas, de las cuales, tres están activas para la extracción de los minerales que luego son tratados en una planta de beneficio, ubicada en el cantón Camilo Ponce Enríquez. Ángel Suárez, administrador general de campamento y técnico operador de la mina, explicó que en el proceso de extracción de minerales de las bocaminas se aplica algunas etapas y herramientas que no generan mayores impactos ambientales. En el caso del arranque de mineral (termino técnico) se lo realiza de forma manual con el uso de martillos vibradores y taladros eléctricos sin la necesidad de emplear explosivos. Mientras, para el acarreo de los materiales a la superficie, se utiliza vagones izados por winchas. Para el desfogue de las aguas internas (efluentes) de las bocaminas, se usan bombas neumáticas que llegan a un colector principal que se conecta por una red de tubería de más de 400 metros a un sistema de tratamiento de efluentes de mina para recuperar la calidad del agua. Asimismo, se cuenta con una adecuada ventilación y sistema de iluminación para el trabajo que cumplen los operarios de la mina, quienes trabajan con los trajes y equipos necesarios para su seguridad. (P)
Sistema de tratamiento de efluentes Un sistema de tratamiento de efluentes (aguas que salen del interior de las bocaminas) utiliza la compañía minera “Colibrimining C.A.” para no afectar las fuentes hídricas situadas en el entorno de la concesión. El sistema se constituye, principalmente por tres piscinas para tratar el recurso hídrico. Así lo detalló Alexandra Zaruma, técnica de Ambiente del campamento minero, quien acotó que existe una cuarta piscina para que el agua tratada previamente sirva como albergue de peces (tilapias) e incluso se implementará una quinta piscina tipo humedal para garantizar aún más la calidad de las aguas. Los efluentes que salen de la mina ingresan a una primera piscina de sedimentación primaria donde se queda la mayor parte de los sólidos pesados; luego, pasan a
una segunda piscina de coagulación donde se juntan los sólidos más pequeños; y finalmente, pasa a la tercera piscina de clarificación con lo que las aguas recuperan su naturalidad. “Nosotros al final de la descarga realizamos los análisis necesarios para garantizar que cumpla con los criterios que nos exigen las normativas. Los monitoreos se realizan bajo un laboratorio acreditado, no los hacemos nosotros”, citó Zaruma. Las aguas tratadas se descargan en una quebrada -que no tiene nombre- que se conecta con el río Uruguay, que metros hacia abajo, se une al río Las Juntas que desemboca en el río Gala. Lo que significa que las aguas de la mina no se descargan directamente en el río Gala como aseguran los sectores que se oponen al proyecto. (P)
En zonas pobres desprotegidas del Estado, cuando el falso dilema de agua o minería impide la operación de minas bajo la ley, la historia de la zona muestra que termina entrando por la ventana la minería ilegal y sus delitos conexos, lográndose el efecto social y ambiental contrario al que se busca al impedir la minería legal
“Sentimos persecusión de ciertos dirigentes”
La compañía posee un sistema de tratamiento de aguas (efluentes). Se realizan análisis constantes en laboratorios para verificar su estado.
OPINIONES Carlos Borja, La Florida “La mina es importante en mí comunidad para tener trabajo. A raíz que la compañía se hizo cargo de la concesión minera tenemos una oportunidad para sacar adelante a nuestras familias” “Nos preocupa la postura de ciertas autoridades de Camilo Ponce Enríquez, entre ellas, del alcalde Baldor Bermeo que tratan de cerrar la mina. El alcalde es un gran minero que hoy, supuestamente, defiende a la naturaleza”. “Estoy agradecido con la empresa que me dio trabajo, considerando que soy una persona con discapacidad física. Espero que los criterios de las personas que se oponen cambie, quienes incluso han colocado una pluma (control) en nuestra comunidad para evitar el paso de los trabajadores hacia la empresa minera”.
Mesías Sigua, Santa Teresa “El único trabajo que tenemos es la minería, no hay otra opción porque nadie nos quiere dar trabajo sino no somos estudiados. La concesión se ubica cerca de mí casa que me permite estar con mi familia”. “Las autoridades de Camilo Ponce Enríquez quieren adueñarse de esta mina que se ubica en Santa Isabel. Ellos están malinformados, dicen que está contaminando, lo que es totalmente mentira”. “Si la empresa cierra nos perjudican a todos, muchos compañeros vivimos de este empleo. La falta de trabajo hizo que mi hijo mayor migre a los Estados Unidos (EE.UU.). No quisiera que mi otro hijo menor lo haga por no tener oportunidades”.
Rodrigo Mora, Bella Aurora “Damos gracias a la empresa que abrió fuentes de trabajo porque en mi comunidad solo se da la ganadería, no se da el cacao, café, maíz y muy poco el plátano”. “Sobre los problemas que se generan por el trabajo de la minería, pienso que el alcalde Baldor Bermeo tiene que conformar comisiones que inspeccionen la mina y constaten el trabajo. La mina no está contaminando, no se usan explosivos, simplemente se trabaja con vibradores”. Tienen que venir las agencias de control y los ministerios para conocer el trabajo en la mina. Tienen que tomar decisiones aquí y no detrás de un escritorio. Si se cierra la mina sería para nosotros algo muy grave, porque no tenemos más fuentes de trabajo”.
Tomás Illescas, Carmen de Pijilí “La concesión minera de la empresa “Colibrimining C.A.” es la única fuente de trabajo estable cerca, porque en el sector no existen otros espacios. Si se da un empleo es por un día o dos”. “El alcalde de Camilo Ponce Enríquez habla de una contaminación de la mina a las fuentes hídricas. Yo le diría que no hay ninguna contaminación, y más bien, verifique la labor de la empresa”. “Nos molesta las actitudes del alcalde que nos cortó por tres meses la vía de acceso a la empresa minera. No podíamos venir a trabajar. Nos joden a nosotros que no tenemos ninguna fuente de trabajo”. “Esperamos que nos dejen trabajar, caso contrario se perjudica a nuestra familia, y el estudio de los hijos”.
“Nuestra empresa es la única mina que tiene piscinas para el tratamiento de aguas para sólidos disueltos y metales pesados. Las autoridades nos han felicitado por esta labor”. Esas fueron las palabras de Jorge Rengel, accionista y gerente técnico de la compañía minera “Colibrimining C.A.”, quien aseguró que son víctima de una persecución por parte de “ciertos dirigentes” y del alcalde de Camilo Ponce Enríquez, quien intentó hacer cobros de patentes en esta mina que se ubica en la jurisdicción de Santa Isabel. Cuestionó la postura del alcalde Baldor Bermeo, quien jamás ha sido un defensor del agua en Ponce Enríquez y que incluso ha dejado que en el río Guanache exista contaminación en pleno casco urbano de Camilo Ponce Enríquez. El gerente y más representantes de la compañía se sienten amenazados por lo que se han hecho las denuncias pertinentes. “Hemos puesto acciones legales en contra de las personas que nos han amenazado, nos acusan públicamente de muchas cosas, las cuales son injurias”, aseveró Rengel, quien recalcó que la empresa tiene una buena relación con los entes gubernamentales, “los ministerios de Minas; y de Ambiente, A g u a y Tr a n s i c i ó n Ecológica (MAATE) no nos han hecho ningún problema porque cumplimos con todo”. (P)
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MPRESARIAL
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
Los postulantes deben requerir una inversión de 50.000 a 500.000 dólares
Ronda de inversión para Mipymes Convocatoria
El evento está dirigido a startups y deben cumplir requisitos en formalización, ventas, modelo de negocios y crecimiento.
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l Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), en alianza con Startups & Ventures, un club de inversionistas ángel, convoca a una Rueda de Inversión dirigida a emprendimientos, micro, pequeñas y medianas empresas enfocadas en el sector tecnológico y que aporten directamente a uno o varios Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). El evento se desarrollará en la Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera en Quito, los días 12, 13 y 14 de octubre. Los postulantes deben cumplir ciertos requisitos en los segmentos de formalización, ventas mensuales, modelo de negocios, estabilidad y crecimiento, y valoración e inversión. Así, deben ser una Sociedad por Acciones Simplificadas S.A.S. constituida en Ecuador o en proceso de transformarse en una en caso de recibir inversión, tener certificado de cumplimiento tributario del Servicio de Rentas Internas (SRI), poseer certificado de no tener incumplimientos en el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) y estar registrado como Emprendedor (RNE) o MIPYME
Las MIPYMES postulantes a la Rueda de Inversión deben tener una planificación de mercados internacionales en donde empezar o reforzar su comercialización. Archivo
(RUM) en el Ministerio de Producción. Si no está pude hacerlo en estas siguientes plataformas https://servicios.produccion. o https://servicios. produccion.. En el factor económico, quienes quieran postular deben tener un nivel de ventas mensuales comprobables, en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), las ventas mensuales recurrentes deben ser superiores a los 9.000 dólares. Para los emprendimientos innovadores, las ventas mensuales promedio recurrentes debe ser superiores a 5.000 dólares. Los emprendimientos deben haber superado la fase de prototipo o idea y tener un producto o servicio validado a nivel local o nacional, con valor agregado definido frente a su competencia y con compradores, canales de distribución y opciones de crecimiento en su mercado actual.
El periodo de postulación arrancó el 1 de julio y concluye a las 23:59 del 31 de agosto. Las solicitudes se receptarán en el correo postulaciones@startupsventures.com
Notas cortas Petróleo cierra en 94,42 dólares Nueva York. El precio del petróleo intermedio de Texas (WTI) subió ayer un 0,6 % y se situó en 94,42 dólares el barril, una ganancia moderada que se da antes de que la OPEP+ se reúna el miércoles en Viena para decidir si aumenta la producción en septiembre. Al finalizar las operaciones en la Bolsa Mercantil de Nueva York, los contratos futuros para septiembre subieron 53 centavos con respecto al cierre anterior. (EFE)-(I)
Desempleo en España Madrid. La Seguridad Social española perdió afiliados en julio pasado por vez primera en un mes como este desde 2001, y el desempleo cambió de tendencia y aumentó en 3.230 personas, el primer incremento también desde 2008. De esta manera, el total de ocupados se queda en 20,34 millones en España, un país de 47,4 millones de habitantes, mientras que 2,88 millones de trabajadores están desempleados, según datos del Gobierno. (EFE)-(I)
Apple gana 79.082 millones Washington. El gigante de la tecnología Apple anunció beneficios netos entre octubre y junio de 79.082 millones de dólares, un 6,7 % más que en el mismo período del ejercicio anterior. En los primeros nueve meses de su ejercicio fiscal 2022 (el año fiscal de Apple empieza en octubre), la empresa de Cupertino ingresó 304.182 millones de dólares, por encima de los 282.457 facturados en los mismos nueve meses del ejercicio anterior. (EFE) (I)
Asimismo, las MIPYMES deben tener una planificación de mercados internacionales en donde va a empezar o reforzar su comercialización. Otro punto a considerar es que el producto o servicio que postule en la “Rueda de Inversión” debe tener potencial de escalabilidad y estar en la capacidad de triplicar en cinco años el valor actual de su emprendimiento o MIPYME. Para presentarse a la Rueda de Inversión en el evento +PYMES para el mundo, los aspirantes deben contar con una valoración actual establecida usando métodos de valoración acordes a la realidad socio económica nacional de su negocio y proporcional a las ventas. Además, deben estar en la búsqueda de inversión de mínimo 50.000 a 500.000 dólares y tener una valoración máxima del negocio a la fecha de participación de dos millones de dólares. Para los emprendimientos, se considerará un tiempo de operaciones menor a cinco años, menos de 49 trabajadores y ventas anua-
Comercio
Ecuador exporta a Italia café “libre de deforestación” Quito.- Ecuador exportó a Italia su primer lote de café sostenible con mención en “libre de deforestación”, un cargamento de 17,2 toneladas de la variedad arábica, según informó este lunes en un comunicado el Ministerio de A m b i e n t e, A g u a y Transición Ecológica. El embarque se realizó el viernes 29 de julio en el puerto de Guayaquil, como parte de ProAmazonía, un programa de los ministerios de Ambiente y Agricultura y Ganadería, implementado con apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Para esta venta, el café fue recolectado por la Asociación Agroartesanal de Productores Ecológicos de Palanda y Chinchipe (Apecap) y la Asociación de Productores Ecológicos de Café Orgánico Cuencas
del Río Mayo (Acrim). Ambas organizaciones forman parte del piloto de levantamiento de perímetros de finca que identifican los bosques a conservar y de trazabilidad, que se ha venido impulsando a través de ProAmazonía. Esta exportación constituye una iniciativa pionera en Ecuador sobre producción sostenible y libre de deforestación, con enfoque en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero causadas por la deforestación y la degradación forestal (REDD+), según destacó el Ministerio de Ambiente. Desde Ecuador se busca que los pequeños agricultores logren participar activamente en procesos de producción sostenible, acompañados de empresas que les orienten a mejorar su calidad, productividad y generar un mejor precio. EFE
El café fue recolectado por asociaciones agroartesanales. EFE
Segmentos La convocatoria a la Rueda de Inversión en el evento +PYMES para el mundo está dirigida a startup en los siguientes segmentos: Fintech: Finanzas + Tecnología o Proptech: Propiedad + Tecnología. Insurtech: Seguros + Tecnología o Wealthtech: Riqueza + Tecnología. Regtech: Regulación + Tecnología o Legaltech: Jurídico + Tecnología. Femtech: Mujer + Tecnología o Foodtech: Alimentación + Tecnología. Cleantech: Limpieza + Tecnología o Biotech: Biología + Tecnología. Healthtech: Salud + Tecnología o Retailtech: Comercio + Tecnología. Y otros relacionados al desarrollo tecnológico. les inferiores a un millón de dólares. Serán rechazadas las propuestas que estén incompletas, que contengan información falsa o adulterada o que no cumpla los requisitos correspondientes. El periodo de postulación arrancó el 1 de julio y concluye a las 23:59 del 31 de agosto. Las solicitudes se receptarán en el correo postulaciones@startupsventures.com Al finalizar la recepción, se verificará el cumplimien-
to de requisitos y las solicitudes pasarán a evaluación de un Comité Técnico conformado por representantes del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca y por el equipo técnico de Startups&Ventures. Se seleccionará cinco propuestas finalistas en base al interés de inversión potencial de escalabilidad y alcance de la solución propuesta, los cuales serán anunciados en 22 de septiembre. (PNH) (I)
Reconocimiento
FEDEXPOR premia a empresas Quito. La Federación Ecuatoriana de Expor tadores (FEDEXPOR) realiza la XII edición del “PremioeXpor” que reconoce la excelencia de las empresas exportadoras en varios ámbitos como economía circular, generación de desarrollo en la comunidad, liderazgo femenino, generación y sostenimiento del empleo e innovación, entre otros. Las inscripciones se llevarán a cabo hasta el 2 de septiembre próximo y se registrarán las categorías, Gran empresa exportadora de bienes, Mediana empresa exportadora de bienes, Pequeña empresa exportadora de bienes y Empresa exportadora de servicios. “FEDEXPOR realiza el máximo reconocimiento nacional al esfuerzo de las mejores experiencias y prácticas de las empresas ecuatorianas exportadoras, por el trabajo, esfuerzo y perseverancia que han demostrado al internacionalizar sus productos y trascender fronteras para posicionar el nombre del país en el mundo”, indicó la institución en un comunicado. Con este evento se pretende fomentar prácticas e implementación de modelos de negocio enfocados en economía circular e incentivar la participación de las mujeres en el comercio internacional. La ceremonia de premiación se llevará a cabo en Quito el 27 de octubre. (PNH)-(I)
FEDEXPOR organiza el “PremioeXpor”.
Actualización de RUC online El Servicio de Rentas Internas (SRI) recordó a los ciudadanos que pueden efectuar la actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC) vía online, sin necesidad de acudir a las oficinas físicas. Para cumplir este proceso solo se requiere el usuario y la
clave con la que los contribuyentes acostumbran a ingresar al portal digital de la entidad tributaria: www.sri.gob.ec. Los ciudadanos deben acceder a la opción SRI en línea, ingresar sus datos de identificación, elegir la opción “RUC/ Actualización” y proceder
como indica la plataforma. Este trámite se puede hacer desde cualquier dispositivo móvil o computadora. Los contribuyentes pueden actualizar diferentes datos, como la dirección, teléfono y las actividades económicas que están registradas. (REM)(I)
R EGIÓN 7A
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
En la provincia del Cañar se elegirá a 180 dignidades
Precandidaturas toman forma Elecciones
Prefecto no postulará para la reelección; su decisión se atribuye a cuestiones de salud.
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os movimientos políticos del Cañar definirán hasta el viernes a sus precandidatos para los comicios seccionales de febrero de 2023. La papeleta electoral se va configurando por el momento con rostros de políticos conocidos, y otros nuevos que aspiran obtener uno de los 180 cargos de elección popular en la provincia. La coalición progresista “Unidos Por Cañar”, integrada por los movimientos políticos Revolución Ciudadana, lista 5; Partido Socialista, lista 17, además de los colectivos “Somos Cañar” y “Juntos por el C a ñ a r ” , a nu n c i a n a Marcelo Jaramillo, presidente de la Cámara de Comercio de Azogues y funcionario del GAD Provincial, como su aspirante a prefecto. Lo acompañará Ximena Andrade, quien busca la reelección como viceprefecta. Su opción inicial era la candidatura del actual prefecto Bayron Pacheco, quien es integrante del colectivo “Juntos por el Cañar”. Sin embargo, Pacheco desistió de participar en las próximas elecciones por cuestiones de salud. Asimismo, se anuncia a Javier Serrano, concejal por dos ocasiones e hijo del exalcalde Segundo Serrano, como su precandidato a la alcaldía de Azogues. El movimiento Pachakutik, lista 18, efectuó el pasado domingo sus elecciones primarias. Los resultados ubicaron a Belisario Chimborazo, exalcalde de Cañar, como el precandidato a la prefectura, y a Valentina Rivas, exreina de Azogues, para la viceprefectura.
Notas cortas Taller de gastronomía G iró n .- El G o b ier no Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal, en coordinación con la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Señor de Girón” y la Fundación FUNDER, financia un taller de gastronomía dirigido especialmente a las madres y jóvenes emprendedores. La capacitación que, tendrá una duración de 200 horas, cuenta con el aval de la Secretaría Nacional de Cualificaciones Técnicas. (BPR)-(I)
Proyecto universitario San Fernando.- Los estudiantes de la Facultad de Psicología de la Universidad de Cuenca concluyeron el proyecto “Mi escuela libre de violencia”, que contó con el apoyo de la administración municipal. La iniciativa tuvo como fin concienciar a los padres de familia, docentes y estudiantes de los establecimientos educativos sobre sus derechos como parte de la sociedad. (BPR)-(I)
Crianza de cerdos Cañar.- El Gobierno Provincial impulsa un proyecto de crianza de cerdos en la comunidad Chaglabán, con el propósito de reactivar la economía de los pequeños y medianos productores afectados por más de dos años por la pandemia de la COVID-19. Un total de 20 familias son las beneficiarias del proyecto, quienes reciben asistencia técnica periódica para alcanzar buenos resultados. (BPR)-(I)
La organización apuesta a Carlos Sucozhañay, presidente de la Ecuarunari, para la Alcaldía de Azogues. Se prevé que en las próximas horas se formalice la precandidatura. Asimismo, para esta dignidad, se conoció en las últimas horas que el concejal Carlos Olmedo Palacios, sería el aspirante por el movimiento Democracia Sí, lista 20. Mientras que, Romel Sarmiento, actual alcalde, en representación de su agrupación cantonal “Unidos Somos Más”, lista 106, buscará la reelección. También suena el nombre de Jacobo Cantos, por el acuerdo entre la organización cantonal MIO, lista 104, y el colectivo “Somos Aguas”, del excandidato presidencial Yaku Pérez, para el mismo cargo. Primarias El movimiento Unidad Popular, lista 2, efectuará hasta hoy sus primarias para tener a sus precandidatos a las diferentes dignidades. Sin embargo, la agrupación podría declinar a sus aspirantes en caso de que se concrete una alianza con grupos de centro e izquierda. Para Francisco Escandón, director provincial del movimiento, el propósito es buscar la unidad de la provincia para contar con una sola propuesta. Descartó acuerdos con el correísmo y el oficialismo. De su lado, el Partido Sociedad Patriótica, lista 3,
El movimiento Pachakutik efectuó sus primarias bajo la coordinación de la Delegación Provincial Electoral del Cañar. Cortesía
elegirá mañana a sus representantes. Fernando Romo, director provincial del movimiento, comentó que tienen en mente, por ejemplo, dos nombres para la prefectura del Cañar, pero los mantuvo en reserva. En tanto, CREO, lista 21, prevé el viernes por la noche determinar a sus aspirantes. El gobernador Wilfrido Rivera, director provincial del movimiento oficialista, adelantó que existen algunas alianzas “que ya han sido cerradas”, pero no las hizo públicas. (BPR)-(I)
La agrupación cantonal Nueva Generación, de Azogues, también cumplió con sus primarias.
19 grupos calificados La Delegación Provincial Electoral del Cañar registra para las próximas elecciones seccionales de febrero de 2023 un total de 19 organizaciones políticas. Del total, 13 son de carácter nacional, y seis de orden cantonal. Los movimientos de carácter nacional son: Centro Democrático, lista 1; Unidad Popular, lista 2; Sociedad Patriótica, lista 3; Revolución Ciudadana, lista 5; Partido Social C r i s t i a n o, l i s t a 6 ; Izquierda Democrática, lista 12; Amigo, lista 16.
A d e m á s, Pa r t i d o Socialista Ecuatoriano, lista 17; Pachakutik, lista 18; Democracia Sí, lista 20; CREO, lista 21; SUMA, lista 23; y Renovación Total, lista 33. Las agrupaciones cantonales son: Acción Solidaria La Troncal, lista 103; y, Reivindicación Troncaleña, lista 101, de La Troncal; Alli Kawsay, lista 102, de Suscal; e Incluyente Organizado, lista 104, así como Nueva Generación, lista 105; y “Unidos somos Más”, lista 106, de Azogues. (I)
Designan a vocales de Junta Electoral El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) designó a los cinco vocales de la Junta Electoral del Cañar para las elecciones seccionales del próximo año. Así lo dio a conocer Jhoe Coronel, director provincial de la Delegación Provincial Electoral del Cañar. Se trata de Toa María Villavicencio, María Eugenia Torres, Carla Susana Buñay, Yessenia Sarmiento Cantos y Nube Katherine León. Las tres primeras fueron designadas el pasado 28 de julio, mientras las dos últimas vocales, el pasado domingo. Los vocales tienen como facultad designar a los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV), calificar las candidaturas, realizar los escrutinios, proclamar los resultados, y posesionar a quienes resulten electos en sus respectivas dignidades. Por otra parte, en la provincia están habilitados 199.457 electores, de los cuales, 106.784 son mujeres y 92.673 son hombres, quienes deberán cumplir con el sufragio en 635 juntas receptoras del voto que estarán distribuidas en 122 recintos electorales. El cantón Azogues registra el mayor número de votantes con 66.323, le sigue Cañar, con 49.807; y La Troncal, con 45.273 electores. (I)
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A VISOS
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
CITACION JUDICIAL
Juicio No. 01333-2021-06277 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 16 de febrero del 2022, a las 16h27
JUICIO N° 01204-2021-04168
CITACION JUDICIAL A: DOMENICA DANIELA MORI ANGUMBA, Se Le Hace Saber Que En Esta Unidad Judicial Civil De Cuenca, A Cargo Del Dr. Juan Carlos Alvarez Pacheco, Se Tramita El Juicio Ejecutivo De Cobro De Letra De Cambio Formulado Por Jheny Magaly Molina Escandon En Contra Tatiana Del Pilar Angumba Chacha Y Domenica Daniela Mori Angumba, La Misma Que En Extracto Es Del Siguiente Tenor: JUICIO: Nº 01333-2021-06277
ACTORA: JANETH ISABEL ZARUMEÑO CULQUIPUMA DEMANDADO: EDGAR HUMBERTO ORTEGA AVILA
NATURALEZA: Ejecutivo
NATURALEZA: SUMARIO
Tramite: Cobro De Letraa De Cmbio
MATERIA: ALIMENTOS
Actor: Jheny Magaly Molina Escandon
CUANTIA: $ 4800
Demandados: Tatiana Del Pilar Angumba Chacha Y Domenica Daniela Mori Angumba Juicio No. 01333-2021-06277 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 7 de septiembre del 2021, a las 11h51. JUEZ PONENTE: Juan Carlos Álvarez Pacheco.VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito presentado por JHENY MAGALY MOLINA ESCANDON, en cuenta su contenido. En lo principal viene a mi conocimiento la DEMANDA EJECUTIVA propuesta por JHENY MAGALY MOLINA ESCANDON en contra de en contra de DOMENICA DANIELA MORI ANGUMBA y TATIANA DEL PILAR ANGUMBA CHACHA, una vez examinada y por considerar que la misma, cumple con los requisitos legales generales y especiales establecidos en los artículos 142, 143, 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara y precisa, en consecuencia se la admite al trámite mediante el procedimiento EJECUTIVO que es el que corresponde.- Con el contenido de la Demanda y del presente auto calificación cítese a las Demandadas en el lugar y la forma solicitada, esto es a TATIANA DEL PILAR ANGUMBA CHACHA en su lugar de trabajo, diligencia que se cumplirá mediante Deprecatorio dirigido a una de las Juezas o Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Paute a quienes se les remitirá los despachos necesarios; y, a DOMENICA DANIELA MORI ANGUMBA se le citará a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, conforme a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, confiriéndose para este efecto los extractos y oficios respectivos; se les prevendrá a las Demandadas de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos y de dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en los términos que los Artículos 56 (penúltimo inciso), y 351 del Código Orgánico General de Procesos establecen para el efecto, bajo la prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Atendiendo la prueba solicitada por el actor se dispone la práctica de las siguientes diligencias: PRIMERO: Tómese en consideración los anuncios de prueba que formula el actor en su demanda.. Téngase en cuenta, la cuantía señalada, la autorización conferida a su Defensa Técnica y el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- NOTIFIQUESE.PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY, A LOS DEMANDADOS SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE CUENCA Cuenca, 16 de febrero del 2022 ABG. FANNY SARMIENTO MENDIA . SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA #38780
REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL “G” DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA CITACION JUDICAL A: JONATHAN XAVIER CORNEJO CRIOLLO; Se le hace saber que en la Unidad Judicial “G” de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Cuenca- Provincia del Azuay, y a cargo del señor Juez Dr. Pablo Fernando Almeida Toral, ha correspondido la DEMANDA DE FIJACION DE PENSION ALIMENTICIA y que en auto de calificación en ella recaída, en extracto dice: ACCIONANTE: MAYRA ETELVINA BUENO LOJA; DEMANDADO: JONATHAN XAVIER CORNEJO CRIOLLO NATURALEZA: SUMARIO MATERIA: FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA Juicio No. 01204-2022- 03033 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 12 de julio del 2022, a las 08h46. VISTOS.- Cumplido lo requerido en lo principal se considera clara, completa y se acepta a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por la ciudadana MAYRA ETELVINA BUENO LOJA; en contra de SR. JONATHAN XAVIER CORNEJO CRIOLLO.- CÍTESE al demandado por medios de prensa y bajo prevenciones que en caso de no comparecer el obligado directo se procederá en rebeldía quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días conforme el Art. 333 número 3 en relación al 151 del COGEP, adjuntando los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran únicamente la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo. Conforme el contenido del Art. 146 inc. tercero, se fija en la suma de 120 dólares mensuales 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado para su hijo MATIAS ANDRES CORNEJO BUENO; valor que cancelará los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir del mes de JUNIO del 2022, fecha de presentación de la demanda.- NOTIFÍQUESE a la Señora pagadora para que proceda a la apertura de la tarjeta y asignar el código de cuenta conforme el REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE PENSIONES ALIMENTICIAS DE LA FUNCION JUDICIAL : R. Oficial 586 del 14 de septiembre del 2015. acorde al documento de fojas 3 .- Se tiene en cuenta que la parte accionante a solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes anticipos jurisdiccionales de prueba, en relación a los mismos se dispone: 1.- En conocimiento el contenido de la documentación anexada, la declaración de los sujetos procesales en audiencia oral pública y contradictoria que se convocará en el momento procesal que corresponda, asistirá acompañado de su abogado defensor en garantía de sus derechos constitucionales.- La actora en caso de ausencia a la audiencia se estará al contenido del Art. 87.1 del COGEP y sin que se lesionen los derechos del beneficiario.- MEDIDAS CAUTELARES.- Conforme la declaratoria de constitucionalidad condicionada del Art. innumerado 25 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia emitida por el máximo organismo de control constitucional no es procedente la prohibición de ausentarse del territorio nacional.- En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.-CUMPLASE y NOTIFÍQUESE. A LA PARTE NOTIFICADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA. JUDICIAL Y CORREO ELECTRÓNICO DE UN ABOGADO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 15 DE JULIO de 2022 Dra. Mónica Cango M. Secretaria de la Unidad de Familia
A: EDGAR HUMBERTO ORTEGA AVILA, se le hace saber que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. ESTEBAN VELEZ LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue:
JuicioNo.01204-2021-04168 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 16 de febrero del 2022, a las 19h38. La parte actora Janeth Zarumeño en atención a lo manifestado de acuerdo con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con el objeto de garantizar el debido proceso, comparezca a esta judicatura y rinda juramento acompañada de su abogado patrocinador en cualquier día hábil de esta Judicatura debiendo detallar previamente qué gestiones ha realizado para determinar la imposibilidad de establecer el domicilio y residencia del demandado y de esta forma garantizar que pueda ejercer su derecho a la defensa, ya que la citación por la prensa es una medida de carácter excepcional que procede solo cuando ha sido imposible determinar el domicilio, por lo que los presupuestos para su procedencia deben estimarse con precisión y rigurosidad, requisitos imprescindibles para que su solicitud se ajuste a lo que la ley ordena para que sea válida la citación por medio de publicaciones en la prensa. Notifíquese. YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE) OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01204-2021-04168 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 7 de junio del 2022, a las 09h13. VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León avoco conocimiento de la causa en este momento por reintegro a mis funciones.Por secretaria rectifíquese el extracto requerido y vuélvase a conferir a la parte reclamante.- Notifíquese.- YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE) Se advierte al citado la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones. Cuenca, 09 de junio del 2022 Abg. Roberto Suarez SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
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REPUBLICA DEL ECUADOR
REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA,
UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACIÓN JUDICIAL A: JHONATAN ALEXANDER TENORIO MORA, cuyo domicilio y residencia bajo juramento se afirma es imposible determinar, se le hace saber que en la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. Boris Ortega Ormaza Juez, se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de la demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: JUICIO No:
01204-2022-01095
ACTOR:
DOMENICA ALEXANDRA GUILLEN HURTADO
DEMANDADO:
JONATHAN ALEXANDER TENORIO MORA
MATERIA:
FIJACION DE PENSION ALIMENTICIA
CUANTIA:
$ 2800,00 DOLARES
PROVIDENCIAS: “Juicio No. 01204-2022-01095.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, jueves 3 de marzo del 2022, a las 10h11. VISTOS: Dr. Boris Ortega Ormaza, en calidad de Juez de la Unidad de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, creada mediante resolución No. 110-2013 publicada en el REGISTRO OFICIAL No.0088 de fecha de 25 de septiembre del año 2013 y previo el sorteo de ley avoco conocimiento del presente proceso, - Por clara y completa se admite a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA propuesta por DOMENICA ALEXANDRA GUILLEN HURTADO con C. I. No. 0104819586 en contra de JONATHAN ALEXANDER TENORIO MORA con cedula No. 0106740053. En base al procedimiento y las Directrices y establecidas en la resolución No. 61-2020 emitida por el Consejo de la judicatura, en su parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”; se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a fin de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad).1.- CÍTESE al demandado en la dirección indicada en el formulario mediante la oficina de citaciones quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 333 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando UNICAMENTE la práctica de aquellos que requieran la intervención de esta judicatura; de no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía del mismo.Confiérase el despacho respectivo.- 2.- PENSION PROVISIONAL Conforme el contenido del Art. 146 inc. tercero, se fija en la suma de CIENTO VEINTE DOLARES mensuales 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado para sus hijos, más las pensiones adicionales, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a partir del mes de FEBRERO DE 2022, fecha de presentación de la demanda; NOTIFÍQUESE a la Señora pagadora para que proceda a la apertura de la tarjeta y a asignar el código correspondiente para que, se proceda al depósito de las pensiones de alimentos ; así también tenga en cuenta el número de cuenta bancaria determinado en el documento adjunto a la demanda y presentada por el actor para el enlace en el sistema SUPA. 3.- INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si la compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. 4.- PRUEBA: La DOCUMENTACIÓN adjunta a la demanda; 2.- la DECLARACIÓN DE PARTE del demandado JONATHAN ALEXANDER TENORIO MORA; que rendirá en la diligencia de AUDIENCIA UNICA a la que deberá comparecer en forma personal portando la cédula de identidad. 3.-OFICIESE a las entidades públicas conforme el requerimiento constante en el formulario y el documento adjunto a fin de que remitan la información requerida en el término de 48 horas, bajo prevenciones del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 5.- MEDIDAS CAUTELARES.- En atención a la norma del Art. 137 del COGEP que determina el momento procesal, para dictar la medida cautelar personal, que se solicita y el texto de la sentencia 12-17-SIN-CC de mayo del año 2017, dictada por la Corte Constitucional, que contiene la obligación de en cada caso valorar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida cautelar personal y real NO es procedente, por el momento dictar medidas de apremio o cautelares sin que el demandado haya podido ejercer su derecho a la defensa y contradicción.- En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.- Actúe la Ab. Andrea Cabrera como secretaria encargada por licencia del secretario titular.- OTRA PROVIDENCIA.- Juicio No. 01204-202201095.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 25 de julio del 2022, a las 09h52. VISTOS: En atención al Juramento rendido por la actora Doménica Guillén Hurtado, cítese al demandado JONATHAN ALEXANDER TENORIO MORA, mediante publicaciones por la prensa de un EXTRACTO del contenido de la demanda, la calificación y esta providencia, como lo manda el Art. 56.1 DEL Código Orgánico Integral de Procesos. Líbrese el extracto correspondiente. Hágase saber.-“f) Dr. Boris Ortega Ormaza Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez. Se previene al citado de la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y dirección de correo electrónico para que pueda recibir notificaciones posteriores.
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AB. JUAN PABLO ROBLES CASTRO SECRETARIO
NOTIFICACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA ANA ESTHELA CORDOVA ORELLANA SE LES HACE CONOCER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA DE INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS CON OPOSICIÓN, PROPUESTA POR EL SEÑOR CLAUDIO OVIDIO CÓRDOVA ORELLANA, EN CALIDAD DE PROCURADOR COMÚN EN CONTRA DE LOS SEÑORES: LUIS ANTONIO CÓRDOVA ORELLANA, MÓNICA ELIZABETH CÁRDENAS CÓRDOVA, LUPE MARLENE CÁRDENAS CÓRDOVA, MARÍA ELENA CÁRDENAS CÓRDOVA, Y FABIÁN ALEJANDRO CÁRDENAS CÓRDOVA. JUICIO NO. 01204-2018-06151 Cuenca, martes 8 de enero del 2019, las 08h03. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que presenta la parte actora. Cumplido con lo ordenado en decreto anterior. En lo principal, la demanda de partición de los bienes dejados por los causantes: Luz Matilde Orellana Jara y Luis Antonio Córdova Córdova, presentada por el señor Claudio Ovidio Córdova Orellana, en calidad de Procurador Común, y en contra de los señores: Luis Antonio Córdova Orellana, Mónica Elizabeth Cárdenas Córdova, Lupe Marlene Cárdenas Córdova, María Elena Cárdenas Córdova, y Fabián Alejandro Cárdenas Córdova, es clara y completa y cumple con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos; consecuentemente, se admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, conforme lo prescribe el Art. 334 y siguientes del COGEP. Cítese a los demandados: Luis Antonio Córdova Orellana, Mónica Elizabeth Cárdenas Córdova, Lupe Marlene Cárdenas Córdova, María Elena Cárdenas Córdova y Fabián Alejandro Cárdenas Córdova, en el lugar que se indica y mediante la Unidad de Citaciones, para el efecto remítaselas piezas procesales pertinentes. A los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Luz Matilde Orellana Jara y Luis Antonio Córdova Córdova, y de la fallecida María Teresa Córdova Orellana (hija de los causantes) y cuya individualidad y domicilio se desconoce, se les citará por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, de conformidad con lo que dispone el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, toda vez que la parte actora ha protestado bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de los causantes: Luz Matilde Orellana Jara y Luis Antonio Córdova Córdova y de la fallecida María Teresa Córdova Orellana. Se hará conocer a los demandados, quede conformidad con el dispuesto en el Artículo 336 del Código Orgánico General de Procesos, podrán oponerse a la pretensión de los accionantes por escrito hasta antes de la convocatoria audiencia; y, en caso de oposición deberán contestar la demanda de conformidad con el Artículo151 del Código Orgánico General de Procesos en el término de diez días, y se dará el trámite sumario. Cítese al Señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Cuenca, por medio de la Unidad de Citaciones. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón Cuenca, debiendo para el efecto proceder con su respectiva notificación. Cuéntese con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Cuenca, quien será notificado a través de la Unidad de Citaciones. INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si el compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. Téngase presente el anuncio de prueba que viene haciendo la parte actora. Por fijada la cuantía. Hágase saber y cúmplase.- OTRA PROVIDENCIA: Cuenca, miércoles 4 de mayo del 2022, a las 07h58.Vistos. Una vez que se ha realizado el juramento de ley, el mismo que se lo estima de suficiente de conformidad con el Art. 56 inciso segundo Ibidem, por lo que se dispone que los herederos presuntos y desconocidos de la señora ANA ESTHELA CORDOVA ORELLANA, sean notificadas a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, conforme el contenido del Art 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese.Cuenca, 6 de julio de 2022. DR. FABIAN POLO HERNANDEZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL “L” DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA # 38800
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UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MORONA CITACION JUDICIAL A: MOLINA BAUTISTA MESIAS EZEQUIEL, SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MORONA, A CARGO DEL DR. AGUSTIN HERRERA ORTEGA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA, CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE:
Y ADOLESCENCIADEL CANTON MORONA AL PUBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA, CUYO EXTRACTO ES COMO SIGUE: (JUICIO: 14201-2022-00169).
ACCION: ALIMENTOS CON PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD
ACCIÓN: DIVORCIO POR CAUSAL
NATURALEZA: SUMARIO
ACTOR: Mauricio Aldo Saant Ankuash
ACTOR: MARCA GOMEZ MARIA ZOILA
DEMANDADO: Rosa Rebeca Chiriap Mashu
DEMANDADO: MOLINA BAUTISTA MESIAS EZEQUIEL
JUEZ DE LA CAUSA: DR. Agustín Leonardo Herrera Ortega
No. 14201-2021-00819
Morona, miércoles 27 de abril del 2022, las 11h42, VISTOS.- Encontrándose cumplida la diligencia ordenada en decreto del lunes martes 19 de abril del 2022 a las 13h01; considerando que el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia; que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución; y, por reunir los requisitos estipulados en los Arts. 142 y 143 en armonía con el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, de clara y completa se califica la demanda de DIVORCIO por la causa 9 del Art. 110 del Código Civil, propuesta por el señor Mauricio Aldo Saant Ankuash, en contra de la señora Rosa Rebeca Chiriap Mashu, por lo que se la acepta al PROCEDIMIENTO SUMARIO que le corresponde, establecido en el Art. 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos. En cumplimiento al derecho a la defensa, como una de las garantías básicas del derecho al debido proceso determinados en el Art. 76, numeral 7 de la Constitución de la República, y como el señor Mauricio Aldo Saant Ankuash ha concurrido a esta judicatura y ha manifestado, bajo la solemnidad del juramento, desconocer el domicilio o residencia actual de la demandada y se han justificado las diligencias efectuadas; en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 56 inciso primero, numeral 1 del COGEP; dispongo CITAR a la señora Rosa Rebeca Chiriap Mashu, por uno de los periódicos de amplia circulación nacional de la ciudad de Cuenca, en razón que en la jurisdicción de la provincia de Morona Santiago no existe este tipo de medios impresos; para tal efecto, la actuaria entregará el extracto correspondiente. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero y correo electrónico señalado, así como la autorización a su defensa técnica. Por lo determinado en el Art. 146 inciso primero y Art. 332, numeral 4, inciso segundo del COGEP, en armonía con el Acuerdo Ministerial Nro. 005-2022 del MIES que ha emitido la Tabla de Pensiones Alimenticias para el año 2022, se fija en CIENTO OCHENTA Y TRES DOLARES CON TREINTA CENTAVOS ($ 183.30) mensuales la pensión provisional a favor de sus hijos Wendy Jenifer y Danny Edison Saant Chiriap, a partir de la presentación de la demanda, por mesadas anticipadas y dentro de los cinco primeros días de cada mes. Por lo dispuesto en el Art. 142.7 del COGEP, el accionante realiza los siguientes anuncios de prueba: 1.- Copia de cédula de identidad del accionante; 2.- Inscripción de matrimonio; 3.- Testimonio de los señores, Ruth Esthela Yampik Kajekai, María Dalia Yampik Kajekai, Nube Germania Yampik Kajekai, Ángel Vicente Guadalupe Huilcarema y Nelly Verónica Tapia Martínez, quienes declararán sobre el tiempo y las razones por las que vive sólo el demandante, y el abandono; y se los notificará en el casillero Nro. 62 de este Distrito Judicial; 4.- Declaración de parte de los señores Mauricio Aldo Saant Ankuash y Rosa Rebeca Chiriap Mashu, quienes comparecerán en forma personal y no por interpuesta persona. Una vez citada la accionada, y cumplidos los términos que señala el Art. 56 inciso quinto del COGEP, tendrá el término de 15 días para contestar la demanda, misma que deberá cumplir los presupuestos de los Arts. 151, 152 y 153 del COGEP; y, la audiencia se desarrollará en un término máximo de 30 días, contados a partir de la contestación a la demanda, conforme lo prescribe el Art. 333 numeral 4 del mismo cuerpo legal, con dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos de debate y conciliación, y la segunda de prueba y alegatos. Intervenga en calidad de Secretaria la Abogada Paola Castillo.- NOTIFIQUESE..-F).- Agustín Leonardo Herrera Ortega.- JUEZ DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA.- LO CERTIFICO.
PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MORONA. Morona, miércoles 27 de abril del 2022, las 11h10, VISTOS.- Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el decreto que antecede, manifiesto: El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia, y, el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución; bajo estos preceptos constitucionales, al reunir los requisitos mínimos estipulados en el Art. 142, en armonía con los Arts. 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, y atendiendo el interés superior del niño, se califica la demanda de DECLARATORIA DE PATERNIDAD y FIJACION DE PENSIONES ALIMENTICIAS propuesta por la señora María Zoila Marca Gómez en contra del Mesías Ezequiel Molina Bautista, respecto de su hija Diana Isabel Marca Gómez de 14 años de edad, por lo que se la acepta al PROCEDIMIENTO SUMARIO que le corresponde, establecido en el Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos. En cumplimiento al derecho a la defensa, como una de las garantías básicas del derecho al debido proceso determinados en el Art. 76, numeral 7 de la Constitución de la República, y por cuanto la señora María Zoila Marca Gómez, ha manifestado bajo juramento que, a pesar de todas las gestiones efectuadas, le es imposible determinar la actual residencia o domicilio del accionado y ha justificado documentadamente dichas gestiones, de conformidad con lo prescrito en el Art. 56, inciso primero, numeral 1 del COGEP, se dispone citar al señor MESIAS EZEQUIEL MOLINA BAUTISTA, titular de la cédula de identidad Nro. 0502318611, por uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad de Cuenca, en razón que en la jurisdicción de la provincia de Morona Santiago no existe este tipo de medios impresos; y, como de la información que proporciona el IESS ( fs, 35 vta) está laborando en el cantón Latacunga, provincia de Cotopaxi, cítese además, al señor MESIAS EZEQUIEL MOLINA BAUTISTA, titular de la cédula de identidad Nro. 0502318611, por uno de los periódicos de amplía circulación de la ciudad de Latacunga. La actuaria entregará los extractos correspondientes e incorporará al sistema el correo electrónico que da a conocer el IESS (mesias12@ yahoo.com), por lo dispuesto en el Art. 56 inciso cuarto del COGEP. Tómese en cuenta la cuantía, el correo y casillero electrónico señalados, así como la autorización a su defensa técnica. Por lo prescrito en el Art. 332, numeral 4, inciso segundo del COGEP, en armonía el Acuerdo Ministerial Nro. 005-2022 del MIES que ha emitido la tabla de pensiones alimenticias para el año 2022, se fija en CIENTO VEINTICINCO DOLARES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 125,33) mensuales la pensión provisional que deberá pagar el demandado a favor de adolescente Diana Isabel Marca Gómez, a partir de la presentación la demanda, por mesadas anticipadas y dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta de ahorros Nro. 1921593 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jardín Azuayo a nombre de la demandante y que se tendrá exclusivamente para el pago de las pensiones alimenticias. Como medio de prueba, la accionante anuncia: 1.- Copia certificada de la cédula de identidad de la adolescente Diana Isabel Marca Gómez; 2.- Ofíciese al IESS en la forma requerida en el anexo y los campos 12C y 12D del formulario de demanda; 3.- Declaración de parte de los señores Mesías Ezequiel Molina Bautista y María Zoila Marca Gómez, quienes comparecerán en forma personal y no por interpuesta persona; 4.- Notifíquese a la Trabajadora Social de la oficina técnica de esta Unidad Judicial para que realice la visita al domicilio de la demandante. Cumplida legalmente la citación, se fijará día y hora para que se practique la prueba de ADN. Una vez citado, el accionado tendrá el término de 10 días para contestar la demanda, misma que deberá cumplir los presupuestos de los Arts. 151, 152 y 153 del COGEP; y, la audiencia se desarrollará en un término máximo de 20 días, contados desde la citación, conforme lo prescribe el Art. 333, inciso primero, numeral 3, e inciso segundo del mismo cuerpo legal. Envíese el expediente a la oficina de Pagaduría para la determinación del Código SUPA. Intervenga en calidad de Secretaria la Abogada Paola Castillo.- NOTIFIQUESE. General Proaño, 03 de mayo de 2022 PAOLA CASTILLO VÁSQUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA
Ab. Paola Castillo Vásquez SECRETARIA DE LA AUNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA #22858
#22858
A VISOS
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
CITACION JUDICIAL
REPUBLICA DEL ECUADOR
REPUBLICA DEL ECUADOR
JUICIO N° 01204-2022-02800
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
A: DENYS ESTEBAN CALVA REYES, se le hace que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA “R”
ACTOR:
ELSA PIEDAD LABANDA RAMON
DEMANDADO:
DENYS ESTEBAN CALVA REYES
NATURALEZA:
SUMARIO
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL ENRIQUE LOPEZ SOLÍS Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo del MSC. JUAN CARLOS PAZ MENA Juez “R” de la Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
MATERIA:
SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD
JUICIO No. 01204-2022-00568
CUANTIA:
INDETERMINADA
ACCIÓN: DLECARATORIA DE UNION DE HECHO
01204-2022-02800
ACTOR: LILIANA ISABEL HERAS ROJAS
JuicioNo.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 12 de julio del 2022, a las 07h58. VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León Jueza de la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Cuenca, califico la demanda que el día de hoy es puesta mi despacho y digo: Por reunir los requisitos generales y especiales del Art 142 del COGEP se acepta a trámite sumario la demanda de Suspensión de patria potestad presentada por Daysi Vanessa Sánchez Inga y se dispone CITACION : 1.- Se proceda a citar a la parte demandada, mediante publicaciones de prensa conforme el Art 56 del Código Orgánico General de Procesos .- Secretaria confiera extracto de ley .- 2.- La parte demandada tiene el término de diez días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía de la misma. MEDIOS DE PRUEBA.- En cuenta la prueba anunciada sobre cuya admisibilidad se dispondrá en audiencia conforme detalle que se realiza .- Se receptará la declaración testimonial de la personas nominadas , a quienes se les notificará en el correo electrónico señalado y la casilla de la patrocinadora de la actora .- Se escuchará la titular de derechos en audiencia reservada .- AUTORIZACION En cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico y autorización conferida a su abogado defensor.- Notifíquese.YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDES JUEZ(PONENTE)OTRA PROVIDENCIA Juicio No. 01204-2022-02800 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, martes 19 de julio del 2022, a las 14h04. 01204202202800 VISTOS. – Dr. Esteban Vélez Pesantez, En mi calidad de Juez encargado de esta Unidad, avoco conocimiento del expediente mediante acción de personal Nro. 1595-2022-UTHA-PV, Por lo cual se dispone: 1. Por un lapsus involuntario se ha hecho constar en el auto de calificación que quien presenta el escrito es DAYSI VANESSA SANCHEZ INGA, siendo lo correcto que, la demanda de suspensión de patria potestad es presentad por ELSA PIEDAD LABANDA RAMON. 2. Agréguese esta providencia al auto de calificación para que surta los efectos legales. En lo demás estese a lo dispuesto. Cúmplase con lo ordenado en el auto de calificación. Notifíquese. VELEZ PESÁNTEZ ESTEBAN EUGENIO JUEZ(PONENTE).-Se advierte al citado la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones. Cuenca, 20 de julio del 2022 Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
Cuenca, 03 de junio de 2022
CITACION A: DAVID MOISES VICUÑA AVILA, cuyo domicilio o residencia sea imposible determinar: Se le hace saber que en la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. Cristina Álvarez Toral, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: NUMERO DE JUICIO:
01204-2014-11189
NATURALEZA:
ALIMENTOS (INCIDENTE DE ALZA)
ACTOR:
JANNETH FERNANDA YANZA JARAMA
DEMANDADO:
DAVID MOISES VICUÑA AVILA
En cuenta la comparecencia de la parte actora a realizar el juramento correspondiente en razón del desconocimiento de herederos conocidos y desconocidos de quien se pretende la declaratoria de Unión de Hecho. PARTES: ACTOR: LILIANA ISABEL HERAS ROJAS, en ejercicio de su derecho al acceso a la Justicia y establecido en el Art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Art. 75 Constitucional y propone demanda de la declaración de Unión de Hecho Post morten en contra de herederos presuntos y desconocidos de MANUEL ENRIQUE LÓPEZ SOLIS. FUNDAMENTO DE DERECHO: en lo establecido en los Arts. 142.7, 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 222 y siguientes del Código Civil. PRETENSION: Declarar Unión de Hecho de la justiciable actora con Manuel Enrique López Solis. ( a la fecha fallecido) ANUNCIO DE LA PRUEBA: documental: certificado de identidad de hija justiciable actora, copias de cedula de identidad, partida de defunción, Rectificación por sentencia de acto de Registro Civil, copia certificada de partida de nacimiento y Testimonial: testigos Patricio Alfonso Guzñay Matute, Blanca Merci Rojas García, Magali Jenny Ríos Pelaeza quienes se les notificará antes de la diligencia de audiencia para su comparecencia; ACCESO A LA PRUEBA: ninguna. ADMISIÓN A TRÁMITE: Se admite al trámite correspondiente establecido en el Art. 289 del Cogep esto es procedimiento ORDINARIO. El mismo que se realizará a través de los principios de inmediación, concentración y dispositivo establecido en el Art. 168 Constitucional. CITACION: En conformidad a lo establecido en el Art. 53 y 58 del Cogep y siguientes cítese A LOS HEREDEROS CONOCIDOS DE MANUEL ENRIQUE LÓPEZ SOLIS SENEN GUALBERTO LÓPEZ LÓPEZ y ROSA ERNESTINA SOLIS se los citará por la prensa para lo cual el Actuario entregará un extracto para la publicación en un medio de comunicación de esta ciudad. En conformidad a lo establecido en el Art. 53 y 58 del Cogep y siguientes cítese A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL ENRIQUE LÓPEZ SOLIS se los citará por la prensa para lo cual el Actuario entregará un extracto para la publicación en un medio de comunicación de esta ciudad. AL PUBLICO ENGENERAL: a través de una sola publicación por un medio de comunicación para que en el término correspondiente contesten la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep, luego de aquello se convocará a la diligencia de Audiencia Preliminar. DISPOSICIONES GENERALES: En cuenta la cuantía, el trámite Ordinario que se dará al presente, la documentación presentada, la autorización que otorga a su defensa técnica, así como la casilla judicial y correo electrónico de su defensa. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda. JUAN PABLO SERRANO ESPINOZA. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.
REPUBLICA DEL ECUADOR
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY
CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE INES ALICIA GUERRERO AREVALO, se le hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra. Iliana Vallejo Cabrera, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
ACTOR: CESAR DAVID SARMIENTO GUERRERO
Cuenca, 13 de julio de 2022 ABG. ANDRES ABAD FLORES SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
#22862
MATERIA: INVENTARIO DE LOS BIENES DE LA UNIÓN DE HECHO
A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.
VISTOS: COMPETENCIA: Msc. Juan Carlos Paz Mena, por el sorteo de ley, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Cuenca de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, conforme a la Acción de Personal Nro.0985-DNTH-2021-JT, avoco conocimiento de la presente causa puesta en mi despacho, se da respuesta así:
Cuenca, 03 de junio de 2022
ACCION: SUMARIO
“Cuenca, viernes 8 de julio del 2022, a las 12h59. Juicio N.-01204201411189. Vistos.- Una vez que se ha cumplido con lo dispuesto, y en lo principal por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de ALZA DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por la señora JANNETH FERNANDA YANZA JARAMA en contra del señor DAVID MOISES VICUÑA AVILA. A) En atención al juramento rendido a las gestiones que justifica haber realizado y al contenido del Certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. CÍTESE al demandado conforme lo permite el Art. 56.1 del COGEP esto es mediante tres publicaciones por uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, el señor actuario emita el EXTRACTO correspondiente, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, debiendo comparecer por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 en relación con el Art. 333.3 del COGEP; quien al contestar la demanda deberá cumplir con lo que establece el Art. 152 del COGEP; adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura debiendo justificarse la imposibilidad de no poder obtener las misma, en forma documentada. B) Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone: 1.- En conocimiento el contenido de la documentación adjunta 2.- la DECLARACIÓN DE PARTE se receptará en la diligencia de AUDIENCIA UNICA QUE SE CONVOCARÁ en forma oportuna a la que deberá comparecer la parte actora y demandada en forma personal portanto la cédula de identidad. 3.- NOTIFIQUESE a los testigos solicitados por la parte actora en la dirección indicada, debiendo la parte solicitante coordinar con el señor actuario a fin de que se cumpla con la notificación en forma oportuna. 4.- OFICIESE conforme el requerimiento constante en el formulario y en el ANEXO, a fin de que remitan la información requerida en el término de 48 horas, bajo prevenciones del Art. 18 de las reformas del Libro II Título V del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, por cuanto se ha indicado ser prueba a la que no tiene acceso en forma directa, es responsabilidad de la parte interesada recabar su información y poner a conocimiento de esta judicatura oportunamente. C) INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si la compareciente requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. D) Por fijada la cuantía. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida a las profesionales del derecho.-NOTIFÍQUESE.” F) DRA. CRISTINA AL VAREZ TORAL, JUEZA DE LA UNNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
PROVIDENCIA
REPUBLICA DEL ECUADOR
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo del MSC. JUAN CARLOS PAZ MENA Juez “R” de la Unidad Judicial Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
ACTOR: LILIANA ISABEL HERAS ROJAS
En cuenta la comparecencia de la parte actora a realizar el juramento correspondiente en razón del desconocimiento de herederos conocidos y desconocidos de quien se pretende la declaratoria de Unión de Hecho. PARTES: ACTOR: LILIANA ISABEL HERAS ROJAS, en ejercicio de su derecho al acceso a la Justicia y establecido en el Art. 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Art. 75 Constitucional y propone demanda de la declaración de Unión de Hecho Post morten en contra de herederos presuntos y desconocidos de MANUEL ENRIQUE LÓPEZ SOLIS. FUNDAMENTO DE DERECHO: en lo establecido en los Arts. 142.7, 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 222 y siguientes del Código Civil. PRETENSION: Declarar Unión de Hecho de la justiciable actora con Manuel Enrique López Solis. ( a la fecha fallecido) ANUNCIO DE LA PRUEBA: documental: certificado de identidad de hija justiciable actora, copias de cedula de identidad, partida de defunción, Rectificación por sentencia de acto de Registro Civil, copia certificada de partida de nacimiento y Testimonial: testigos Patricio Alfonso Guzñay Matute, Blanca Merci Rojas García, Magali Jenny Ríos Pelaeza quienes se les notificará antes de la diligencia de audiencia para su comparecencia; ACCESO A LA PRUEBA: ninguna. ADMISIÓN A TRÁMITE: Se admite al trámite correspondiente establecido en el Art. 289 del Cogep esto es procedimiento ORDINARIO. El mismo que se realizará a través de los principios de inmediación, concentración y dispositivo establecido en el Art. 168 Constitucional. CITACION: En conformidad a lo establecido en el Art. 53 y 58 del Cogep y siguientes cítese A LOS HEREDEROS CONOCIDOS DE MANUEL ENRIQUE LÓPEZ SOLIS SENEN GUALBERTO LÓPEZ LÓPEZ y ROSA ERNESTINA SOLIS se los citará por la prensa para lo cual el Actuario entregará un extracto para la publicación en un medio de comunicación de esta ciudad. En conformidad a lo establecido en el Art. 53 y 58 del Cogep y siguientes cítese A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL ENRIQUE LÓPEZ SOLIS se los citará por la prensa para lo cual el Actuario entregará un extracto para la publicación en un medio de comunicación de esta ciudad. AL PUBLICO ENGENERAL: a través de una sola publicación por un medio de comunicación para que en el término correspondiente contesten la misma en conformidad a lo señalado en el Cogep, luego de aquello se convocará a la diligencia de Audiencia Preliminar. DISPOSICIONES GENERALES: En cuenta la cuantía, el trámite Ordinario que se dará al presente, la documentación presentada, la autorización que otorga a su defensa técnica, así como la casilla judicial y correo electrónico de su defensa. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda.
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
DE CUENCA “R” A: HEREDEROS CONOCIDOS DE MANUEL ENRIQUE LOPEZ SOLÍS, SENEN GUALBERTO LOPEZ LOPEZ Y ROSA ERNESTINA SOLIS
ACCIÓN: DLECARATORIA DE UNION DE HECHO
VISTOS: COMPETENCIA: Msc. Juan Carlos Paz Mena, por el sorteo de ley, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Cuenca de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, conforme a la Acción de Personal Nro.0985-DNTH-2021-JT, avoco conocimiento de la presente causa puesta en mi despacho, se da respuesta así:
# 22864
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
JUICIO No. 01204-2022-00568
PROVIDENCIA
JUAN PABLO SERRANO ESPINOZA. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA.
DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE INES ALICIA GUERRERO AREVALO CUANTIA: INDETERMINADA
# 22863
JUZGADO DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA JUICIO N.º 01204-2022-03460 CITACIÓN A: HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DEL SEÑOR MANUEL ALBERTO CHILLOGALLI QUITUISACA Cuya residencia y domicilio se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Señor Juez Doctor Esteban Vélez Pesantez, correspondió la demanda y providencia recaída que en extracto dice: NATURALEZA: VOLUNTARIO MATERIA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Juicio No. 01204-2022-02428 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 30 de mayo del 2022, a las 09h30. VISTOS: Agréguese el escrito presentado por el actor. Por clara y completa, por reunir con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de ProcesosCOGEP, la demanda de inventario de los bienes de la Unión de hecho que presenta la señora CESAR DAVID SARMIENTO GUERRERO en contra de RUBEN FABIAN SARMIENTO GALLEGOS Y MARIA FERNANDA SARMIENTO GUERRERO, se lo acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme el Art. 335 ibídem, por lo tanto, se dispone: UNO) Cítese a la parte demandada en la dirección que se indica por medio de la OFICINA DE CITACIONES confiérase las copias necesarias para su cumplimiento, se le previene a la parte demandada de su obligación de comparecer al proceso bajo prevenciones de seguirse en su rebeldía. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante INES ALICIA GUERRERO AREVALO por medio de tres publicaciones en un periódico de amplia circulación confiérase el extracto respectivo. DOS) Agréguese la documentación presentada y anunciara como prueba para su pronunciamiento en el momento procesal oportuno. TRES. - En cuenta la cuantía, casilla y la autorización que se concede a su defensa técnica. CINCO) Cumplidas con las diligencias que se han ordenado se procederá con la designación de perito conforme a ley. Notifíquese. - DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA, JUEZ DE LA UNIDAD “F” DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA. - DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA, JUEZA DE LA UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Se advierte al citado la obligación legal que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones posteriores. Cuenca, 31 de mayo de 2022. DRA. LILIANA GONZALEZ MEDINA SECRETARIA “F” DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
ACTOR: RITA SUSANA MUELE CALLE VISTOS.- Dr. Esteban Vélez Pesántez, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez D de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca.- Por reunir los requisitos legales y especiales previstos en el Art. 142 del COGEP, se califica de clara y completa la demanda presentada por Rita Susana Muele Calle, y se acepta a trámite voluntario.En consideración el anuncio probatorio realizado, se considera la prueba documental adjunta; 2.- la prueba testimonial que solicita; 3.- Intervenga el Equipo Técnico de esta unidad, específicamente Trabajo Social, y presentará su informe en el término de 8 días. 4.- La prueba pericial realizada por la auxiliar de justicia. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del señor Manuel Alberto Chillogalli Quituisaca, a través de uno de los periódicos de amplia circulación de esta localidad. confiérase el extracto correspondiente, para que comparezcan a juicio dentro del término que establece la ley dando cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 151 y 152 del COGEP, bajo prevenciones que de no comparecer se continuará en rebeldía.- Con los extractos se procederá conforme el Art 335 del COGEP y se convocara a audiencia.- Bajo prevenciones legales, se recuerda a la accionante y su defensor la aplicación el Art. 87.1 del COGEP en caso de no concurrir a la diligencia.- Téngase en cuenta la cuantía, la autorización, casilla judicial y correo electrónico señalados.- - Notifíquese DR. ESTEBAN VELEZ PESANTEZ, JUEZ DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico de un Abogado para futuras notificaciones. Cuenca, 27 de julio del 2022 Dra. Jenny Juca Guzhñay SECRETARIA
# 22827
#22842
# 22847
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA.
UNIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON GIRON
CITACION JUDICIAL
CITACION JUDICIAL
Juicio No. 01333-2021-04349 A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES MANUEL ASUNCION BARBECHO BERMEO y MARIA FILOMENA MELGAR CRIOLLO, Y A LOS HEREDEROS CONOCIDOS DE LOS SEÑORES CARLOS BARBECHO MELGAR y MANUEL ASUNCIÓN BARBECHO MELGAR; se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca a cargo del señor Juez Ponente Doctor César Ugalde Arellano, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
A: LOJA PESANTEZ MANUEL OSWALDO. Se le hace saber que en esta UNIDAD JUDICIAL, se ha presentado una demanda de DIVORCIO CAUSAL, La misma que en extracto junto con la providencia es como sigue JUICIO: 01203-2022-00105
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL “G” DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA EXTRACTO DE CITACION A: JOSE MANUEL CARANGUI TENEZACA Que en la Unidad Judicial “G “ de familia mujer, niñez y adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. PABLO ALMEIDA TORAL, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen:
MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACTOR: PASATO ASTUDILLO LADY DIANA
JUICIO N°: 01204-2017-3309
ACCION: ORDINARIO
DEMANDADO: LOJA PESANTEZ MANUEL OSWALDO
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIO DE DOMINIO
CUANTIA: INDETERMINADA 01203202200105
ACTOR: ANDREA PAOLA BACUILIMA LUCERO
VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda, de divorcio presentada la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 146, 142 del CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, se la admite al trámite SUMARIO de Divorcio CONTENCIOSO. En consecuencia, cítese con el contenido de la demanda a la parte demandada, conforme lo dispone el Art. 56 y disposición final Segunda del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones por la prensa, emítase el extracto, se dispone que el secretario notifique al demandado al número consignado en el juramente y envié un mensaje al perfil de FACEBOOK consignado a que conozca el demandado. El demandado será advertido de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial, para sus notificaciones, en caso de no comparecencia podrá ser considerado o declarado rebelde, señalando de que el demandado tiene el término de QUINCE DÍAS, conforme prevé la ley para contestar la demanda o presentar reconvención, señalando de que esta audiencia se realizará en el término máximo de treinta días a partir de la contestación de la demanda.INFÓRMESE a ésta judicatura en el término de 48 horas si alguno de los comparecientes requiere de algún INTERPRETE O TRADUCTOR, para el día de la audiencia. Conforme el contenido del Art. 146 inc. tercero, se fija en la suma de 183,30 DÓLARES mensuales 00/100, la PENSIÓN PROVISIONAL que debe depositar el demandado para sus dos hijos, más las pensiones adicionales, dentro de los cinco primeros días de cada mes y por adelantado a de la fecha de presentación de la demanda. NOTIFÍQUESE a la Señora pagadora para que apertura la tarjeta y asigne el CÓDIGO que para que con ese y de forma obligatoria se deposite en la cuenta de la COOPERATIVA JEP número 406115709808 a nombre de la actora y se fija como VISITAS en forma provisional régimen abierto previo aviso a la madre. Así mismo en vista que existen hijos del matrimonio, los mismos que deben ser escuchados ya que se decidirá sobre sus derechos conforme al Art. 32 inciso tercero pueden estar representados por un curador de su confianza y para ello deberán ser consultados en los asuntos que les afecte de poderse expresarse sobre ello conforme el Art. 45 de la Constitución, los hijos nombrarán a un curador, sin perjuicio que pueda la adolescente ejercer directamente aquella acciones judiciales encaminadas al ejercicio y protección de sus derechos y garantías conforme con la ley. Se dispondrá para ello convocar a una audiencia para que se expresen y nombren un curador que les represente una vez citado el demandado y si no puede o no quiere nombrar se lo hará por medio de audiencia de parientes o personas honorables, se comunicará a las personas que deben ser notificados para su convocatoria, para lo que se comisiona al señor Comisario de San Fernando.-Se pone en conocimiento que la parte accionada los medios de prueba que ha señalado la parte actora. Se le RECUERDA al accionante que de no comparecer a la audiencia se implicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.-NOTIFÍQUESE.
NATURALEZA: SUMARIO
Girón, 22 de JULIO 2022
Cuenca,14 de julio de 2022
DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL ASUNCION BARBECHO BERMEO y MARIA FILOMENA MELGAR CRIOLLO Y CARLOS BARBECHO MELGAR Y OTROS Cuenca, 8 de abril del 2022, a las Vistos. Avoco conocimiento de la demanda que presenta ANDREA PAOLA BACUILIMA LUCERO misma que por clara, completa y reunir con los requisitos de los artìculos 142 y 289 del Còdigo orgànico General de procesos se acepta a tràmite ordinario la demanda de prescripciòn adquisitiva extraordinaria de dominio de un bien inmueble en contra de los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MANUEL ASUNCION BARBECHO BEREMO y MARIA FILOMENA MELGAR CRIOLLO ante el juramento rendido se dispone que se les cite por la prensa de conformidad con el Artìculo 56 del COGEP entreguese por secretaria el extracto para la prensa escrita de àmplia ciculaciòn de esta ciudad. Citese a los demandados ANGEL HUMBERTO BARBECHO MELGAR mediante Comisiòn al Teniente Polìtico de la Parroquia Sinincay a quièn se enviarà despacho en forma. Cìtese a JOSE DOMINGO BARBECHO MELGAR, GONZALO MARCELO BARBECHO MELGAR, CARMEN FILOMENA BARBECHO MELGAR y MARIA SILVIA BARBECHO MELGAR mediante la oficina de citaciones en los domicilios que se indica. Citese por la prensa escrita de amplia circulaciòna los herederos conocidos CARLOS BARBECHO MELAGR y MANUEL ASUNCIÒN BARBECHO MELGAR para lo cual, secretaria entregarà el extracto para la prensa. Citese al Ing. Pedro Renàn Palacios Ullauri Alcalde de Cuenca y al Dr. Lizandor Martìnez Andrade procurador Sìndico Municipal del GAD de Cuenca a travès de la Oficina de citaciones. Previamente, inscrìbase la demanda en el Registro de Propiedad de Cuenca. Contesten la demanda en el tèrmino de treinta dias. En cuenta la autorizaciòn concedida al profesional que firma, el casillero judicial y correo electrònico para las notificaciones. Adjùntese la documentaciòn. Notifìquese.OTRA PROVIDENCIA. Cuenca, 13 de mayo del 2022, a las 10h19.- Adjúntese al proceso el escrito de la parte accionante. Con fundamento en el Artículo 100 del Código Orgánico General de Procesos se rectifica el nombre y apellido del demandado CARLOS BARBECHO MELGAR en el auto de calificación de la demanda. Notifíquese.- OTRA PROVIDENCIA. Cuenca, martes 12 de julio del 2022, a las 09h10.- Adjúntese al proceso el escrito de la parte accionante. Se rectifica el lapsus de digitación en el nombre del causante Manuel Asunción Barbecho Beremo, en cuanto que su último apellido es Bermeo, siendo lo correcto Manuel Asunción Barbecho Bermeo, entréguese por secretaría el nuevo extracto que incluirá este auto. Notifíquese f). Dr. César Ugalde Arellano, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca.A la parte demanda se le previene de la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Cuenca, 12 de julio del 2022 Dra. Carolina Orellana Albarracín. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
9A
P-1,2,3
Abg. Esteban Andrade G Secretario
ACTOR: DIANA MARIANA JUELA CARDENAS DEMANDADO: JOSE MANUEL CARANGUI TENEZACA
P-1,2,3
MATERIA: AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA CUANTÍA: $ 17325,00 Juicio No. 01204-2022-00353 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 4 de marzo del 2022, a las 11h35. VISTOS: Se anexe escrito cumplido lo requerido; en lo principal avoco conocimiento del trámite incidental se considera.- PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el artículo 163 numeral 4 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y el artículo innumerado 8 de la Ley Reformatoria del Título V, del libro segundo del Código de la Niñez y Adolescencia, la demanda de AUMENTO DE PENSION presentada por SRA DIANA MARIANA JUELA CARDENAS en contra de SR JOSE MANUEL CARANGUI TENEZACA; cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso por lo que se admite a trámite del procedimiento SUMARIO, al amparo de lo consagrado en los artículos 44, 69 numeral 1, 168, 169 y 175 de la Constitución de la República del Ecuador, innumerados 2 y 15 de la Ley Reformatoria al CONA, innumerados 5 y 9 de la Ley Reformatoria al título V Libro II del CONA, y los artículos 53, 54 y 55 del COGEP.- Cítese al demandado por medios de prensa una vez precedido juramento de rigor, se emita extracto de publicación y bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran únicamente la intervención de esta judicatura, debiendo justificarse la imposibilidad de no poder obtener las misma en forma documentada; se libere documentación, una vez que la compareciente a cumplido con el pago de la tasa correspondiente acorde al comprobante que se inserta al os autos.- Se tiene en cuenta que la parte actora incidental a solicitado la evacuación en audiencia de los siguientes medios de prueba, en relación a los mismos se dispone anexar la documental para fines de producción previa admisibilidad en lo legal y procedente.- La declaración de la compareciente.- Se oficie conforme solicita en su formulario y anexo.- La diligencia de audiencia única se señalará oportunamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del COGEP.- Los valores por concepto de pensión alimenticia, se seguirán cancelando conforme a lo establecido en la resolución que fija dicha pensión alimenticia hasta la resolución del presente incidente. ALMEIDA TORAL PABLO FERNANDO. JUEZ (PONENTE). A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRÓNICO DE UN ABOGADO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Dra. MONICA CANGO SECRETARIA
#22837
10A
ECUADOR Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
Preparatoria de juicio La Corte Nacional de Justicia reinstaló la audiencia preparatoria de juicio en contra de Karina Arteaga, exasambleísta de la Revolución Ciudadana. (I)
www.elmercurio.com.ec redaccion1@elmercurio.com.ec
Cese “inmediato” para Gobierno plantea observatorio para gerente: Petroecuador control de precios Diálogos
Ejecutivo
En redes se publicaron audios que revelaban supuesta influencia de esposa de Ítalo Cedeño.
“
Las cosas en el Gobierno están muy claras, y él (Ítalo Cedeño) se equivocó, y el presidente solicitó su salida”. Así se refirió ayer, Francisco Jiménez, ministro de Gobierno, después de que Guillermo Lasso, presidente de la República, ordenó la noche del pasado lunes, a través de su cuenta oficial de Twitter, el cese inmediato del gerente de la estatal Petroecuador, Ítalo Cedeño. El ministro aclaró que todos los funcionarios “somos responsables de lo que decimos. Aquí no hay 20 personas, ni 15 personas que designan a nadie, aquí hay una sola persona; el presidente, y eso se hace de acuerdo con la ley y la Constitución. Ese es un mensaje que debemos tener claro todos los funcionarios”, afirmó Jiménez. A inicios de semana, el jefe de Estado ordenó al directorio de Petroecuador cesar en sus funciones al Gerente General de la empresa, para en las próximas horas designar a su reemplazo. Cedeño ha estado al frente de la petrolera estatal desde enero de 2022, y desde el principio intentó implantar una política de maximizar la explotación de crudo. En su gestión enfrentó las consecuencias de la rotura de los oleoductos a finales de 2021; y una paralización violenta que se desarrolló desde el 13 al 30 de junio y que fue protagonizada por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE). En plataformas digitales se publicaron audios
Ítalo Cedeño estuvo en el cargo desde enero de 2022. Deja pendientes varios procesos. Cortesía
Nueva terna para Super de Bancos Larissa Ibarra, jueza de la Unidad Judicial de Samborondón (Guayas), aceptó el pasado lunes una acción de protección y declaró la nulidad en el proceso de designación del nuevo superintendente de Bancos que recayó sobre Raúl González. En su fallo, la magistrada dispuso que se designe a la autoridad de la Superintendencia de una nueva terna. Pocos minutos después de la resolución de Ibarra, Hernán Ulloa, presidente del Consejo de Participación solicitó al presidente Lasso que remita una nueva propuesta. en donde se revelaba la supuesta influencia de la esposa de Cedeño en las contrataciones de personal dentro de la institución. En su defensa, Cedeño llegó a decir que su esposa lo influía “positivamente” diciéndole qué funcionarios debería nombrar o no en Petroecuador. Para Esteban Almeida, analista político y catedrático universitario, el sector petrolero ecuatoriano lleva en crisis desde hace
Julio José Prado, ministro de la Producción, dio detalles de la propuesta para el diálogo.
González fue designado por el Consejo de Participación con cuatro votos a favor el 20 de julio. Su posesión estaba prevista para el pasado viernes en la Asamblea
USD 5 millones hallan en casa de asesinado
varios años. La producción ha venido constantemente a la baja, por lo que señaló que el nuevo gerente que sea designado por el jefe de Estado heredará varios procesos en marcha de atracción de i nve r s i ó n p r iva d a . Además, deberá cumplir con las metas de incrementar el número de barriles diarios en medio de los diálogos pendientes con el movimiento indígena. Para el 12 de agosto
Xavier Hervas se desafilia de Izquierda Democrática Fue el candidato de la tienda naranja en las elecciones presidenciales de febrero de 2021.
Xavier Hervas dejó la ID expresando su desacuerdo con la forma de hacer política en la lista 12.
ayer en el que explicó que da un paso al costado porque no se puede prestar a que se repitan los mismos modelos y se siga desarrollando una política donde primen los cálculos políticos por encima de los ideales. “A mí me mueven los ideales y fue la razón por la cual me he involucrado en política,
cir algunos de los precios que han subido por la inflación y por las condiciones internacionales como por ejemplo el conflicto Rusia-Ucrania”. En esta Mesa, el gobierno presentó un mecanismo relacionado con observatorios públicoprivados de precios. Según el secretario de la Producción, esta es la mejor fórmula que existe dentro del mercado. Otro elemento tiene que ver con explicar cuáles son los productos que han subido de precio. Una de las propuestas que tienen los sectores sociales era fijar los precios de los productos industriales con datos a enero de 2022. “Pero esto significa poner precios extremadamente altos frente a los precios históricos”, dijo Prado. (SCC)-(I)
La designación de Raúl González como superintendente de Bancos fue declarada nula.
Electoral
Quito.- Casi dos meses después de que en sus redes sociales posteó un comunicado en el que se destacaba que la bancada de la Izquierda Democrática (ID), en la Asamblea Nacional apoya el diálogo y no la inestabilidad, Xavier Hervas, excandidato a la Presidencia de la República por el partido naranja en las elecciones de 2021, anunció su desafiliación a esta organización política, y aseguró que no terciará para los comicios seccionales de febrero de 2023. Su anuncio se produjo
Quito.- El gobierno y los representantes de los movimientos indígenas reinstalaron ayer la Mesa 8 en la que se busca llegar a consenso sobre control de precios y especulación. “En esta Mesa estamos trabajando personalmente con el ministro de gobierno para llegar a algunos acuerdos mínimos”, dijo Julio José Prado, ministro de la Producción, tras aclarar que una “línea roja” importante para todo el sector productivo es que no se puede realizar una fijación específica de precios de productos industriales. “Se puede fijar como ya existe en algunos productos agrícolas, pero estamos de acuerdo en que hay que buscar mecanismos de mercado para lograr redu-
pero hoy en día esos ideales no los veo presentes en el partido”, indicó. Agradeció a la dirigencia, militancia, y seguidores del partido que formaron parte de una campaña que “con mucha limitación y esfuerzo la hicimos para mostrar una política diferente”, expresó. (SCC)-(I)
Nacional pero fue suspendida ante una acción de protección concedida por la jueza Ibarra. El recurso legal presentado por la ciudadana Michelle Guerra. (I) próximo está previsto el lanzamiento del plan piloto para vender una gasolina de 89 octanos en estaciones de servicio de seis provincias. Cedeño fue nombrado gerente de Petroecuador el 28 de diciembre de 2021, mediante Resolución No. DIR-EPP-17-2021-12-28. Reemplazó a Pablo Luna, quien estuvo subrogando el cargo desde el 8 de junio. Quito.- (SCC)-(I)
Quito.- La Fiscalía informó ayer del hallazgo de cerca de cinco millones de dólares ocultos en la vivienda de una presunta víctima de sicariato, en ciudad de Guayaquil, capital de la provincia costera del Guayas, situada en el suroeste del país. En su cuenta de Twitter, la Fiscalía indicó que, con apoyo de la Policía, “encontró durante la investigación de un presunto hecho de sicariato ocurrido anoche en Guayaquil, cerca de 5 millones de dólares ocul-
tos en maletas y cajas en la casa de la víctima (Juan Pablo A. R.)”. La institución contó que solicitará de manera inmediata al juez de flagrancia una orden especial a fin de que el dinero sea inmovilizado e ingresado a las cuentas del Banco Central del Ecuador, según lo estipula el Código Orgánico Integral Penal (COIP). “También se indagará el origen del dinero”, indicó la Fiscalía en la mencionada red social en la que adjuntó fotografías del hallazgo. (EFE)-(I)
Sección
B
DEPORTES
Ex capitán Juan Reynoso, nuevo DT de Perú El excapitán de la selección peruana de fútbol Juan Reynoso es el nuevo entrenador de la Blanquirroja, anunció en redes sociales el equipo nacional al dar la bienvenida al técnico que sustituirá al argentino Ricardo Gareca.
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022 www.elmercurio.com.ec deportes@elmercurio.com.ec
Estadio ASA se llena de proyectos Escenario
La Alcaldía de Cuenca presentó ayer un anteproyecto que aún no cuenta con inversionistas que aseguren su desarrollo.
E
s te martes dos de agosto se hizo público un nuevo anteproyecto para la consecución de un estadio moderno y funcional para Cuenca. Los ciudadanos no tardaron en endosarle fines políticos a dicha presentación. “Empezó la campaña para la reelección”, “Bueno, se vive el tiempo de campaña electoral”, “Cuando son elecciones siempre proponen un nuevo estadio”, fueron entre otros los puntos de vista ciudadanos. Es que la mayoría de las propuestas pretéritas en torno al escenario deportivo tuvieron tintes electorales. Esta vez, coincidencialmente el Ecuador está casi a seis meses de celebrar las elecciones seccionales (cinco de febrero de 2023). “Hay gente que le gusta especular y precisamente cuando se llegan a procesos preelectorales. Está todavía tan larga esa fecha que definitivamente no tiene nada que ver lo uno con lo otro”, subraya el alcalde Pedro Palacios. El burgomaestre dice entender la incredulidad de la gente y advierte que “no hay que andar de ofrecidos”, que hay que cumplir con lo que se ofrece y que el nuevo proyecto “no es una fantasía, una expectativa, sino una realidad clarísima”. No obstante, aún no hay el aliado estratégico
Semblanza
El deportista cuencano dejó su huella en los nevados más importantes del continente. “Siempre será un alma de Dios, siempre estaba pendiente de todo y su alegría contagiaba en cualquier actividad”, son las palabras de Daniel Carrión, entrenador de escalada en Federación De por tiva de Azuay (FDA) para describir a su amigo y alumno Roberto Suárez, quien falleció, a los 28 años, la tarde del lunes 1 de agosto en la montaña Huscarán, ubicada en los Andes centrales
que garantice los 72 millones de dólares (71´233.992,66) e inicie la obra civil. “Hoy recién es el lanzamiento formal a los inversionistas”, resalta Palacios. De momento dos han solicitado conocer a detalle el anteproyecto. El uno es extranjero e hizo la solicitud formal mediante una carta. El otro es nacional con quien esperan reunirse la próxima semana. Según Palacios el proyecto final se estructurará con el inversionista seleccionado, quien tendrá que financiar los estudios de ingeniería necesarios para empezar la construcción, misma que duraría 34 meses. Propuesta El anteproyecto se estructuró considerando el Plan de Uso y Gestión del Suelo, el Plan de Espacios Públicos de Cuenca y el Plan Especial del Sector del Estadio. Es así que tendría una altura máxima de 27 metros, un aforo de 32.000 espectadores (el doble del actual) sin pista
Lo que el viento se llevó 2013, año de elecciones presidenciales en el Ecuador. El ministro del deporte, José Cevallos, y el alcalde de Cuenca, Paúl Granda, promueven el proyecto de remodelación del estadio Alejandro Serrano Aguilar. Los trabajos iban a empezar en mayo o junio y la obra iba a estar lista en 18 meses con un aforo de 30.000 espectadores, sin pista atlética. 2014, año de elecciones seccionales en el Ecuador. A cuatro días del cierre de la campaña electoral, el ministro del deporte, José Cevallos; la alcaldesa encargada Ruth Caldas; y el candidato a la reelección, Paúl Granda; oficializan la reconstrucción del estadio de Cuenca. Los trabajos iban a empezar el segundo semestre del año con un presupuesto de 42 millones de dólares: 50 % financiados por el Ministerio del Deporte y el resto por el Banco del Estado. El estadio iba a tener capacidad para 30.000 espectadores, asientos
atlética. Además, tendrá locales comerciales, plazas de parqueo, suites, cabinas de transmisión, modernas baterías sanita-
numerados, graderíos cubiertos, etc. 2014, Marcelo Cabrera gana Alcaldía de Cuenca. El ministro del deporte, José Cevallos, ratifica el compromiso adquirido y confirma apoyo del nuevo alcalde. El representante del Estado espera que le entreguen estudios certificados para emprender la obra. Sin embargo, señala que el Gobierno haría la inversión de 45 o 50 millones de dólares (según determinen los estudios) siempre que le entreguen el terreno donde está emplazado el escenario deportivo. 2019, año de elecciones seccionales en el Ecuador. Paúl Carrasco, candidato a la Alcaldía de Cuenca, presenta anteproyecto para readecuar el estadio Alejandro Serrano Aguilar con un costo de 56 millones de dólares. Propone solicitar comodato a Fedeazuay para que el estadio sea administrado por una empresa de economía mixta (públi-
rias y espacio público. Los aficionados tendrían 42 accesos que permitirían, en caso de una emergencia, un tiempo de
co-privada) en la que Deportivo Cuenca sea uno de los accionistas. La propuesta era construir el estadio en dos etapas con capacidad para 33.680 espectadores, plazas de parqueo, locales comerciales, restaurant con vista a la cancha, patio de comida, museo del Cuenca, vallas publicitarias led, dos salas de convenciones, cabinas de radio, suites, etc. 2020, Juan Serrano Cordero, hijo de Alejandro Serrano Aguilar, retoma y promueve el proyecto del arquitecto Jorge Roura. Se plantea una readecuación del estadio con una capacidad de 42.345 espectadores. Solicitan apoyo privado y se advierte el posible interés de Mega Sport System, la que construyó el estadio Monumental de Lima. El alcalde Pedro Palacios indica que hay otras alternativas, pero que no están en posibilidad de invertir 50 millones de dólares, cuando hay obras más prioritarias.
evacuación de ocho minutos. El Municipio asumiría los ingresos que en la actualidad recibe la Federación Deportiva del
Azuay por alquiler del escenario al ser la actual administradora mediante un acuerdo de comodato. (BST)-(D)
El montañismo y la escalada, las pasiones de Roberto Suárez del Perú, mientras se desplazaba a la cumbre a 6.200 msnm. La vida de “Robertito” -como le llamaban su amigos- siempre estuvo vinculada al deporte. A sus 13 años, ingresó a la escuela de escalada en FDA, y en ese lugar tuvo el primer contacto con el profesor de esta disciplina “Bagre” Carrión. Luego de varias jornadas de entrenamientos y de competencias como seleccionado provincial, su amor por el montañismo y la escalada creció, hasta el punto de combinar estas actividades con su día a día.
“Roberto tuvo un equilibrio en todo lo que hacía: en su profesión y la pasión por el deporte en el aire libre. Con él formamos un vínculo fuerte, tuve la suerte de tenerle varios años como alumno y siempre se destacaba por su entusiasmo e iniciativa; disfrutaba la vida”, recordó Carrión. El montañista azuayo que estaba próximo a cumplir 29 años y que era el último hijo de la familia Suárez-Serrano, se graduó como abogado hace aproximadamente seis años, y de esta manera cumplió uno de sus grandes objetivos a nivel académico; no obstante, sus metas más
Los integrantes del Fasayñan Cari tuvieron un recorrido, hace algunas semanas, por el sector de Barabón. Cortesía
Mensaje para un amigo Daniel Durán- Ctres “Otra de sus pasiones fue el fútbol, lo jugaba y le gustaba arengar a los equipos; pero su vida siempre fue la montaña y la escalada. Siempre le recordaremos como la persona feliz, disfrutaba de las cosas más sencillas; su cariño por la naturaleza era único”.
grandes era el ascenso a los nevados más importantes del continente. A sus 15 años cumplió con su primera cumbre en el Volcán Cayambe, luego con el pasar de los años su técnica mejoró y recorrió más nevados en el país. En los últimos meses fue parte del ascenso más rápido al Volcán Cotopaxi, con un registro de dos horas y 40 minutos; incluso, a inicios del 2022 entró en la lista de los ecuatorianos en llegar a la cima del Aconcagua, ubicada en Argentina. “Robertito salía de su trabajo y enseguida se vestía de corto para ir a la aventura; lo vamos a recordar como una persona ale-
Su carisma siempre fue la característica que lo destacaba entre sus amigos de aventura.
gre, siempre pendiente de la gente; tengo varias anécdotas, pero siempre me pasaba bien con él”, añadió el “Bagre”. Amistad Pedro “Perico” Corral (30 años) y Roberto Suárez iniciaron juntos en la escalada, con el pasar del tiempo, su amistad se mantuvo y se
fortaleció. Corral define a su amigo “Robi”, como único y especial “tenía sus bromas únicas, hacía reír a la gente. Se nos va uno de la familia, pero estamos conscientes que se va haciendo lo que más amaba; hay demasiada gente que le quería, doy gracias por haber sido parte de su vida”, contó “Perico”. (IAA) (D)
✓ Los amigos de aventura de Roberto Suárez
planifican una salida (por definir) como homenaje a la trayectoria del montañista cuencano.
✓ Sus familiares han iniciado las coordinacio-
nes con la Embajada de Ecuador, en Perú, para la repatriación de su cuerpo.
2B
D EPORTES
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
El “Superclásico” encenderá la quinta fecha de la LigaPro Serie A
El 11 ideal
C
ésar Farías y Luis Zubeldía llevan nueve partidos dirigidos en la LigaPro Serie A 2022. El venezolano registra un 85 % de rendimiento debido a siete victorias y dos empates. Su equipo es letal en ataque y seguro en defensa. Solo en la segunda etapa lleva nueve goles a favor y apenas uno en contra, el que le marcó Lucas Mancinelli, del Deportivo Cuenca, de penal. El argentino tiene un 63 % de rendimiento por cinco triunfos, dos empates y dos derrotas. Su equipo tiene poca definición y es endeble en defensa. En la segunda etapa lleva cuatro goles a favor y cinco en contra. Zubeldía indica que en los últimos años el 60 y 70 % de los goles de Liga han llegado desde la banca. Concluye que todos sus jugadores son importantes. Ambos estrategas se verán por primera vez en el estadio Gonzalo Pozo Ripalda con motivo del Superclásico, el próximo domingo siete de agosto desde las 14:00. Aunque Liga de Quito tiene una hegemonía histórica de 88 triunfos en 175 partidos, no ha podido ganar a Aucas en Chillogallo desde 2019. En aquella semifinal de los playoffs los Albos, dirigidos por Pablo Repetto, vencieron de visitantes 1-3 con anotaciones de Jhojan Julio, Anderson Julio y Cristian Martínez Borja. Aucas, dirigido por Gabriel Schürrer, descontó a través de Víctor Figueroa. Liga de Quito necesita los tres puntos para no distanciarse de los líderes y mantener opciones de pelear el título con Barcelona SC. Aucas, más allá de su invicto, querrá conservar el primer lugar que sostenga su triple ilusión: disputar su primera final, conseguir el primer título y jugar su primera Copa Libertadores. (BST)-(D)
Números Globales César Farías 11 Partidos Jugados 9 Triunfos 2 Empates
Domingo, 7 de agosto 14:00 Aucas vs Liga de Quito 16:30 Universidad Católica vs Deportivo Cuenca 19:00 Barcelona SC vs Mushuc Runa Lunes, 8 de agosto 19:00 Gualaceo SC vs 9 de Octubre
LDU (Q) Aucas LDU (Q) LDU (Q) Aucas LDU (Q) Aucas Aucas LDU (Q)
Francisco Fydriszewski Tomás Molina Michael Hoyos Alexander Alvarado Juan Tévez
Nicolás García (i), Bruno Uguña, Anabel Pesántez, Martina Ramírez y David Sarmiento, serán los azuayos que representarán al país en el Mundial de Argentina. Cortesía
contó que como Team Ecuador obtuvieron el pasaporte para el Panamericano de Ibagué, los locales: Nicole Segarra (Club Gabriela Cavalieri), María Paz Guerrero
Renato César (Guayaquil City)
(Club Ecuador Skating), Steven Rivas (Club Speed Force), Matías Verdugo (Club Speed Force), Jo a q u í n L o y o l a (Club Gabriela Cavalieri). (IAA) (D)
Segundo Portocarrero (Orense SC)
Junior Sornoza (Independiente)
Aucas LDU (Q) Aucas Aucas LDU (Q) Aucas LDU (Q) LDU (Q) Aucas
Aucas LDU (Q) LDU (Q) LDU (Q) Aucas
Oscar Quiñónez (Orense SC)
Jorge Góngora Kevin Sambonino (Gualaceo SC) (Guayaquil City)
Goleadores
Patinadores azuayos se clasifican a eventos internacionales Tras sortear con éxito el Selectivo Nacional en el Patinódromo de Guayaquil, un grupo de deportistas azuayos recibieron la confianza de la Federación Ecuatoriana de Patinaje (FEP) con miras a los eventos internacionales que se avecinan. En este sentido, la entrenadora Angélica Gil Figueroa de las filas de Federación Deportiva del Azuay (FDA), compartió que para el Campeonato Mundial de Buenos Aires del 24 de octubre al 13 de noviembre y para el Panamericano de Ibagué del 8 al 18 de septiembre, lograron el boleto: Anabel Pesántez (Club Speed Force), Martina Ramírez (Club Gabriela Cavalieri), Bruno Uguña (Club Speed Force), Nicolás García (Club Ecuador Skating) y David Sarmiento (Club Gabriela Cavalieri). Asimismo, la estratega
4-4 1-0 1-3 4-1 2-0 0-0 1-3 2-1 0-1
A. García Basso (D. Cuenca)
Juan Paredes (Cumbayá)
Últimos Enfrentamientos 2022 2021 2021 2020 2020 2019 2019 2019 2019
Sábado, 6 de agosto 15:00 Orense vs Independiente 17:30 Guayaquil City vs Macará 20:00 Delfín SC vs Emelec
A. Ordóñez (U. Católica)
Luis Zubeldia 16 Partidos Jugados 9 Triunfos 4 Empates 3 Derrotas
Quinta fecha – Segunda Etapa Viernes, 5 de agosto 19:00 Técnico Universitario vs Cumbayá
Damián Frascarelli (Aucas)
11 8 6 5 4
Roberto Ordóñez (Aucas) Arquero
Defensas
Volantes
Delanteros
TABLA SEGUNDA ETAPA Equipo PJ
PTS
GD
PJ 1. Aucas 4 2. Universidad Católica 4 3. Guayaquil City 4 4. Emelec 4 5. Delfín 4 6. Liga de Quito 4 7. Independiente del Valle 4 8. Barcelona 4 9. Mushuc Runa 4 10. 9 de Octubre 4 11. Orense 4 12. Deportivo Cuenca 4 13. Gualaceo 4 14. Macará 4 15. Cumbayá 4 16. Técnico Universitario 4
PTS 10 9 7 7 7 7 7 5 5 5 5 5 4 1 1 1
GD +8 +5 +3 +2 0 −1 −2 +1 +1 0 0 0 −1 −5 −5 −6
Carachula presenta su segunda edición del Trail Este martes 2 de agosto, en el seno de Federación Deportiva del Azuay se cumplió con el lanzamiento de la segunda edición de la “Carachula Ultra Trial Race”, evento que recorre senderos y chaquiñanes alrededor de la ciudad de piedra (Carachula), siendo una de las mejores carreras de trail r unning del Austro. En la presentación, estuvo presente el titular federativo Edwin Loyola, quien auguró el mayor de los éxito a este evento que se dará del 12 al 13 de agosto en zonas aledañas al cantón Santa Isabel. Y es que la carrera se desarrollará entre los 2.700 y los 3.900 msnm, en el extremo sur del Macizo del Cajas. El lugar de meta “Carachula” es
Dirigentes del deporte y autoridades del cantón Santa Isabel estuvieron presentes en el lanzamiento del “Carachula Ultra Trial Race”.
un sitio único por sus características formaciones de roca, monolitos de mas de 50 metros de altura, atractivos paisajísticos, lagunas, bosques, flora y fauna. Las categorías y edades son las siguientes: 5k Ruta Recreativa (8 a 16 años),
10k Ruta del Raposo Juvenil hasta 19 años (Open, Máster A, Máster B, Máster C; 17K La Ruta de Águila (Open, Máster A, Máster B, Master C; 40K Ruta del Curiquingue (Open, Máster A, Máster B, Máster C). (IAA) (D)
D EPORTES
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
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La vuelta “a casa” del Mundial, un sueño para Sudamérica Alpine le desea “lo mejor” a Alonso Madrid, (EFE).- El e s p a ñ o l Fe r n a n d o Alonso cambiará Alpine por Aston Martin tras firmar un contrato multianual que entrará en vigor en 2023 y su actual escudería compartió un mensaje en sus redes sociales en la que le deseó “lo mejor para su futuro” al piloto bicampeón del mundo de Fórmula Uno -2005 y 2006-. “Le deseamos lo mejor a Fernando para su futuro en Fórmula 1. Fernando siempre ha
sido y siempre será parte de la familia Renault y de Alpine. Estamos muy orgullosos y nos sentimos unos privilegiados por haber compartido tantos momentos juntos en pista”, escribió Alpine. Alonso cerrará así su tercera etapa en el conjunto francés -ex Renault y ahora Alpine- con la que ganó los títulos en 2005 y 2006, corrió en 2008 y 2009 y a la que regresó en 2021 para su vuelta a la F1 tras dos temporadas ausente de la competición. (D)
Lewandowski se despide entre abrazos del Bayern Berlín, (EFE).- El internacional polaco Robert Lewandowski viajó de nuevo a Múnich para despedirse entre abrazos de sus excolegas del Bayern Múnich, lo que zanja el malestar del poderoso club bávaro tras sus controvertidas declaraciones a un medio estadounidense. “Lewandowski volvió a visitarnos”, afirma el campeón alemán, a través de su web, con imágenes del jugador abrazado a Thomas Müller y otros excompañeros. El exjugador del Bayern
se entrevistó además con el presidente de la entidad, Oliver Kahn, con su d i r e c t o r d e p o r t ivo, Hasan Salihamidzic, y el con técnico, Julian Nagelsmann, detalla la página oficial del club. “Fue bonito ver de nuevo a Robert en la oficina. Le deseamos lo mejor en el Barcelona”, es el mensaje de Kahn en esa página. “Hemos hablado durante 15 minutos y lo hemos aclarado todo. Sabe cuánto tiene que agradecerle al Bayern”, apunta por su parte Salihamidzic. (D)
De izquierda a derecha, el presidente de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), Ignacio Alonso; el vicepresidente de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA), Rodolfo Donofrio; el presidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF), Robert Harrison; el presidente de la Confederación Suramericana de Fútbol (Conmebol), Alejandro Domínguez; el ministro de Deporte de Argentina, Matías Lammens; el ministro de Deportes de Paraguay, Diego Galeano; la ministra de Deportes de Chile, Alexandra Benado; el ministro del Deporte de Uruguay, Sebastián Bauzá, y el presidente de la Federación de Fútbol de Chile, Pablo Milad, posan en la cancha del estadio Centenario. EFE
M
ontevideo, ( E F E ) . Visionarios y soñadores. De esa forma se recordó este martes a quienes en 1930 pusieron la piedra fundamental para que Uruguay organizara en Montevideo el primer Mundial de fútbol, que en ocho años celebrará su centenario. Sin lugar a dudas, 2030 será un año ideal para festejar ese hito y Sudamérica tiene muy claro la forma en que debe celebrarlo: organizando la Copa del Mundo en “el lugar donde todo comenzó”. Y, aunque varios pasos ya habían sido dados en esa dirección, en esta jornada se avanzó aún más para conseguirlo. El estadio Centenario, testigo de históricas batallas futbolísticas dentro del campo, recibió a las principales autoridades políticas y deportivas de Uruguay, Argentina, Paraguay y Chile, los cuatro países que buscan albergar en conjunto el principal torneo en materia de selecciones. No obstante, el presidente de la Conmebol, Alejandro Domínguez, dejó claro que ese no es un deseo solo de ellos.
“Es el sueño de un continente”, dijo durante una rueda de prensa llevada a cabo en la entrada del Centenario tras un encuentro protocolar en el que intervino el presidente de Uruguay, Luis Lacalle Pou, para dar el máximo espaldarazo al sueño suramericano. Domínguez recordó el evento llevado a cabo entre el 13 y el 30 de julio de 1930, 100 años después de que Uruguay jurara su primera Constitución, que concluyó con el primero de los dos títulos mundiales que atesora la Celeste -que se suman a los olímpicos de 1924 y 1928 para completar las cuatro estrellas sobre el escudo de su camiseta-. “Tenemos que pensar en conjunto. Rememorar y preguntarnos si aquellos visionarios que soñaron, que creyeron y que hicieron factible el primer Mundial acá se hubieran imaginado el impacto que llega a tener hoy el fútbol en el mundo entero”, dijo. También cuestionó si estos hubiesen imaginado la manera en que se disputa en la actualidad el poder ser anfitrión o sede de un Mundial. “En función de eso, nosotros no podemos no trabajar
con todo el corazón por honrar su memoria y por demostrarle al mundo que la historia, el fútbol, la FIFA y todos nuestros colegas tienen una deuda moral y un reconocimiento que hacer a aquellos primeros soñadores”, acotó Domínguez. Así, Sudamérica invitó a que el mundo entero se vuelque con su idea porque, como aclaró el presidente de la Conmebol, luego habrá tiempo para que otros países organicen torneos de este tipo. Pero, sin duda, como afirmó, “cien años se cumplen una vez”. Ya en noviembre pasado, con motivo de la disputa en Montevideo de las tres finales de la Conmebol -las Copas Libertadores masculina y femenina y la Copa Sudamericana-, se expresó en voz alta por parte de varias autoridades el sueño de que el Centenario albergase algún encuentro del Mundial 2030. El vetusto coliseo, erigido en pocos meses de aquel lejano 1930 a una velocidad de vértigo en jornadas de trabajo de hasta tres turnos, recibió una inyección económica de 6 millones de dólares de la Conmebol que permitió su remodelación en 2021 para albergar las finales
de la Sudamericana y la Libertadores masculina. Sin duda, ese escaparate mostró, ahora en todo su esplendor y con una mirada del siglo XXI, la obra diseñada por el arquitecto, docente, urbanista y periodista Juan Antonio Scasso. Si bien no se dieron a conocer detalles de la candidatura conjunta, el recinto que es, desde el 18 de julio de 1983, Monumento Histórico del Fútbol Mundial y que, en palabras del expresidente de la FIFA Joao Havelange, es el Partenón del balompié por su contribución a la cultura del orbe podría ser la sede de la final de 2030. Los dirigentes mencionaron que podría haber 14 sedes, pero aún faltan muchos asuntos por concretarse como las ayudas económicas, cuántos partidos albergará cada país o si Uruguay será origen y final de la cita mundialista. Todos saben que la única candidatura presentada hasta el momento, la que defienden España y Portugal, cuenta con muchas fortalezas, si bien Sudamérica defiende, con vistas a la decisión que se tomará en 2024, el peso de la historia y el sueño de la vuelta “a casa”. (D)
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS FALLECIDOS JUAN MARÍA BERMEO PEREZ Y MARÍA LAURA CULCAY MOROCHO cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo del Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: Actor: GUAMAN ARCENTALES MARTHA LUCIA Demandado: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JUAN BERMERO PERES Y LAURA CULCAY Juicio N.- 01333-2022-05569 Acción: ORDINARIO Materia: PRESCRIPCION EXTRAORDIANRIA ADQUISITIVA DE DOMINIO Cuantía: $73.968 Providencia: Juicio No. 01333-2022-05569 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, jueves 28 de abril del 2022, a las 09h44. JUEZ: AB. BAYARDO ALEXANDER ALBÁN ORTEGA. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. La demanda presentada, cumple con los requisitos de ley, por lo que se la califica de clara y precisa, y se la acepta a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO.- De conformidad con el Art. 56 y 58 del COGEP, habiéndose rendido el juramento respectivo en la demanda, esto en concordancia con las sentencias 609-13-EP/20; 341-14-EP/20; 1688-14-EP/20 emitidas por la Corte Constitucional, en las que se indica que "la declaración juramentada no requiere de solemnidad alguna para entenderla como válida, pues basta que lo señale el actor en la demanda para que genere su responsabilidad", estándares que son aplicables al citado artículo, habiéndose rendido el juramento respecto del desconocimiento de los herederos presuntos y desconocidos en la demanda, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los fallecidos JUAN MARÍA BERMEO PEREZ y MARÍA LAURA CULCAY MOROCHO, mediante tres publicaciones por la prensa local, para lo cual se conferirá el extracto respectivo. Además cítese a los ciudadanos Jorge Marcelo Bermeo y Martha Lucía Guamán González, en las direcciones señaladas por intermedio de la Oficina de Citaciones. Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede a la parte demandada, el término de TREINTA DÍAS, para que conteste la demanda, a la que acompañaran los medios probatorios con los que cuenten.- De acuerdo a lo estipulado en la Disposición General Décima del COOTAD, cítese al Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Cuenca, en sus despachos institucionales, por intermedio de la Oficina de Citaciones.- De conformidad con el inc. 5° del Art. 146 del COGEP, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cuenca, para lo cual se notificará a su titular en legal forma, diligencia que se cumplirá antes de la citación a la parte demanda; al efecto la parte interesada, brindará las facilidades para dicha notificación.- Téngase en cuenta las direcciones señaladas para las notificaciones respectivas, así como la autorización que conferida.- Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. En aplicación a la Resolución Nro. 07-2015, de fecha 10 de junio de 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. NOTIFÍQUESE.-.-f) Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial de Cuenca. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que les corresponda, en caso de no hacerlo, se procederá en rebeldía. Cuenca, 14 de julio del 2022 Abg. Maria Augusta Robles SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
38838-3 (P)
Juicio No. 01204-2021-03884 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 20 de julio del 2022, a las 09h08. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA CITACION JUDICIAL JUICIO No. 01204-2021-03884 A: DIGNA ISABEL JIMENEZ TORO, se le hace saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Teresa Capón Placencia, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: ACCIÓN: EJECUCIÓN ACTA DE MEDIACION MATERIA: FAMILIA ACTORA: JULIO PATRICIO BRAVO VELECELA DEMANDADO: DIGNA ISABEL JIMENEZ TORO CUANTÍA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: Juicio No. 01204-2021-03884 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, jueves 12 de agosto del 2021, a las 14h39. VISTOS.- En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Cuenca. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de las competencias señaladas en el Artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por el sorteo de ley; En lo principal: 1.- La solicitud/ demanda de EJECUCIÓN de ACTA DE MEDIACION No.- 010101-2021-00109, determinado en el Art. 363.3 del Código Orgánico General de Procesos –COGEP-, obligación de HACER previsto en el artículo 368 Ibídem, presentada por el señor JULIO PATRICIO BRAVO VELECELA en contra de la Sra. IGNA ISABEL JIMENEZ TORO, al cumplir los requisitos determinados en la ley, se la califica de clara y completa y por lo tanto se la admite a trámite de EJECUCION determinado en los Arts. 370, 371 y demás pertinente del COGEP. 2.- CITESE a la demandada, en el domicilio señalado para el efecto, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del COGEP, se concede a la parte demandada el término de cinco (5) días, de conformidad con lo previsto en el Art. 373 del COGEP. Para la práctica de la diligencia de citación actúe la Oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. 3.- ANUNCIOS DE PRUEBA.- Por anunciados los medios probatorios del accionante, misma que de ser pertinentes, útiles y conducentes según lo dispuesto en el Artículo 158 y siguientes del COGEP, se tomaran en cuenta en el momento procesal oportuno, dentro de la audiencia respectiva, en atención al sistema oral, de acuerdo con el principio de contradicción, la parte actora brindará todas las facilidades en lo referente al anuncio de prueba testimonial, testigos anunciados que serán notificados en la casilla judicial y correo electrónico señalado y deberán comparecer portando sus documentos de identidad y asistidos por un/a defensor/a de su preferencia, En atención a la declaración de parte anunciada, a la Audiencia, que se señalará oportunamente deberá comparecer la parte DEMANDADA y ACTORA de forma personal, portando sus documentos originales como son cédula de ciudadanía y certificado de votación y acompañado de su abogado/a defensor/a. De conformidad con lo dispuesto en el art. 165 del Código Orgánico General de Procesos se pone en conocimiento de la contraparte los anuncios probatorios, para los fines pertinentes. 4.- OTROS.- 4.1.- Incorpórese al proceso toda la documentación ajunta al libelo de demanda. 4.2.- Se recuerda que el impulso del proceso corresponde a las partes procesales, conforme con el sistema dispositivo, según lo previsto en el artículo 5 del COGEP. 5.NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico para efecto de notificaciones y la autorización concedida a la profesional del derecho. Actúe en calidad de secretaria Titular del despacho la Abg. María Augusta Orellana. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE 155926553-DFE Juicio No. 01204-2021-03884 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 15 de julio del 2022, a las 09h37. En virtud del juramento rendido por la parte accionante, cítese a DIGNA ISABEL JIMENEZ TORO, conforme lo dispuesto en auto de calificación de fecha 12 de Agosto de 2021 a las 14h39, en forma extractada, mediante publicaciones por la prensa, las mismas que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme lo establecido en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con los Arts. 1 y 5 de la resolución 07-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador. Confiérase el extracto correspondiente. NOTIFIQUESE,-F) DRA. CAPON PLACENCIA TERESA DE JESUS JUEZA PONENTE) A la parte demandada se le previene de su obligación de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para recibir futuras notificaciones Cuenca, 20 de Julio del 2022 RÍOS POZO NANCY PATRICIA SECRETARIA 41178-3 (P)
2735-3 (P)
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A VISOS
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
Juicio No. 01616-2008-0585
JUZGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA CITACION JUDICIAL
CITACION JUDICIAL
A: ALVAREZ MATUTE LUIS ALBERTO Se le hace saber que en la Unidad Judicial “E” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca a cargo del Dr. Luis Felipe Torres Borja ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dice: ACCIÓN: ALIMENTOS ACTORE: SEGARRA MATUTE TANIA KARINA
A: PAULINA ELIZABETH NAVARRETE SALCEDO, MARIA ISABEL NAVARRETE SALCEDO Y GABRIELA JOSELINE NAVARRETE SALCEDO, se les hace saber que en el Juzgado “F” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, de la Dra. Iliana Vallejo Cabrera, Jueza Titular, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: MATERIA: FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA
CUANTIA: DOS MIL OCHOCIENTOS DÓLARES
ACTOR: MELIZA NICOLE NAVARRETE BERNAL
Juicio No. 01204-2020-04108 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 16 de mayo del 2022, a las 08h28. Avoco conocimiento del INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA, presentada por TANIA KARINA SEGARRA MATUTE en contra del señor LUIS ALBERTO ALVAREZ MATUTE, misma que por clara y completa y reunir con los requisitos establecidos en el Artículo 142 del Código Orgánico General de Proceso, se acepta a trámite SUMARIO conforme el numeral 3 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos COGEP por consiguiente se dispone: UNO.CÍTESE al demandado señor LUIS ALBERTO ALVAREZ MATUTE, en la dirección consignada por la actora, mediante la oficina de citaciones, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía. DOS.- El demandado tiene el término de DIEZ días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establece los Artículos 151 y 152 ibídem. TRES.- Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación en audiencia de los medios de prueba anunciados. Ofíciese conforme el requerimiento constante en el formulario de la demanda. CUATRO.- Se le RECUERDA al accionante que de no comparecer a la audiencia se aplicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la casilla judicial, el correo electrónico señalado para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa.- NOTIFÍQUESE F) DOCTOR LUIS FELIPE TORRES, JUEZ OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01204-2020-04108 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, miércoles 20 de julio del 2022, a las 14h18. JUICIO: Nro. 04108-2020 VISTOS: Cumplido con lo dispuesto cítese al demandado Luis Alberto Álvarez Matute por publicaciones que se realizara en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la provincia conforme lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP. NOTIFIQUESE. F) DOCTOR LUIS FELIPE TORRES, JUEZ A LA PARTE INTERESADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. CUENCA, 25 DE JULIO DEL 2022
DEMANDADO: PAULINA ELIZABETH NAVARRETE SALCEDO, MARIA ISABEL NAVARRETE SALCEDO Y GABRIELA JOSELINE NAVARRETE SALCEDO Cuenca 09 de mayo de 2022 a las 11h47 VISTOS: En cuenta el juramento rendido, por clara y completa se acepta a trámite SUMARIO la demanda de FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA presentada por la beneficiaria del derecho MELIZA NICOLE NAVARRETE BERNAL con contra de las señoras PAULINA ELIZABETH NAVARRETE SALCEDO, MARIA ISABEL NAVARRETE SALCEDO Y GABRIELA JOSELINE NAVARRETE SALCEDO en calidad de demandadas subsidiarias (tías paternas). Por cuanto la accionante en el juramento rendido indica que tiene conocimiento que las demandadas viven en la ciudad de Quito pero desconoce sus domicilios exactos y tampoco tienen registro consular alguno; en garantía al derecho constitucional a la defensa y contradicción de las mismas se dispone que se les CITE a las demandadas mediante tres publicaciones en un diario de amplia circulación a nivel nacional, un periórido de amplia circulación en la ciudad de QUITO y uno en CUENCA, se entregarán los extractos respectivos, citación que se realizará bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quienes deberán señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 333.3 en relación al Art. 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. En cuenta la prueba anunciada, misma que merecerá su pronunciamiento para su admisibilidad en el momento oportuno de orden documental y testimonial: adjúntese la documentación detallada, la actora y demandadas rendirán sus declaraciones de parte. OFICIESE conforme el requerimiento constante en el formulario. Se le RECUERDA al accionante que de no comparecer a la audiencia se implicará lo que dispone el Art. 87.1 del COGEP. En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida al profesional autorizado. NOTIFÍQUESE..-.F) DRA. ILIANA VALLEJO CABRERA JUEZA DE SUSTANCIACIÓN. A la parte demandada se le previene de su obligación de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para recibir futuras notificaciones. Cuenca, 17 de junio de 2022 GONZALEZ MEDINA LILIANA SECRETARIA
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CITACION JUDICIAL JUICIO N° 01204-2022-03479
CITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS ALBERTO OCHOA NOVILLO Y LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JULIO TOMÁS OCHOA TORRES , se le hace saber que en la Unidad “I” de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca a cargo de la Dra. Sandra Córdova Iñiguez, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dice: ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO JUICIO No. 01204-2022-02766 ACTOR: MOSCOSO ANDRADE NORMA EULALIA
Juicio No. 01204-2022-02766. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, jueves 16 de junio del 2022; a las 15h17.- VISTOS: Dra. Sandra Córdova Iñiguez, en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Cuenca, conforme a las resoluciones número 84-2013 y 110-2013, Luego de reintegrada a mis funciones por licencia médica, se manda agregar a los autos escrito presentado dentro del término de ley. Por clara y completa se acepta a PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo dispuesto en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, la demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEM presentada por MOSCOSO ANDRADE NORMA EULALIA en contra de los herederos presuntos y desconocidos; y conocidos del señor OCHOA TORRES JULIO TOMAS señores CARLOS ALBERTO OCHOA NOVILLO, DANIELA OCHOA NOVILLO, JULIO TOMAS OCHOA MOSCOSO, por consiguiente se dispone: UNO) CÍTESE a los demandados bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se seguirá en rebeldía, quien deberá señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término de TREINTA días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el artículo 151 del COGEP, adjuntando TODOS LOS MEDIOS DE PRUEBA que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran UNICAMENTE la intervención de esta judicatura. - La citación a los señores DANIELA OCHOA NOVILLO y JULIO TOMAS OCHOA MOSCOSO se cumplirá a través de la OFICINA DE CITACIONES; y, a CARLOS ALBERTO OCHOA NOVILLO y a los herederos presuntos y desconocidos mediante publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, por cuanto la actora ha protestado bajo juramento que le es imposible determinar su individualidad, domicilio o residencia del certificado del Ministerio de relaciones exteriores y movilidad humana consta salida a España pero no con registro consular, confiérase el extracto correspondiente. DOS) Se manda a tener en cuenta la prueba anunciada por la parte actora que consiste en prueba documental: certificado de defunción, contrato de arrendamiento, recibos de pago de canon arrendaticio, nota de pesar original; declaración de parte actora; declaración de testigos. Incorpórese al proceso la documentación adjunta. TRES) Se recuerda a las partes procesales como a los profesionales del derecho su obligación de comparecer a las audiencias bajo prevenciones de ley. CUATRO) A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 79 del COGEP las partes deberán informar a esta judicatura si necesitan de un traductor o intérprete previo a la convocatoria de audiencia. CINCO) En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización conferida respecto del patrocinio legal en la causa. Notifíquese.-.-F).- DRA. SANDRA CORDOVA IÑIGUEZ, JUEZA. A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 28 de junio del 2022. Dra. Gabriela Vanegas Regalado SECRETARIA (E) Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca
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UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AZOGUES DE CAÑAR.
A: MILTON GEOVANNY VALVERDE VALVERDE, se le hace que en el Juzgado de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Dra. LOURDES YAMUNAQUE LEON; se ha propuesto una demanda, que en extracto tanto de demanda, y de la providencia recaída en ella es como sigue: ACTOR: ABG. GUANOQUIZA LLIVICURA FREDY GEOVANY (PROCURADOR) JUDICIAL DE EDISSON FERNANDO CRESPO BERREZUETE DEMANDADO: MILTON GEOVANNY VALVERDE VALVERDE NATURALEZA: ORDINARIO MATERIA: IMPUGNACION DE PATERNIDAD CUANTIA: INDETERMINADA JuicioNo.01204-2022-03479 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, lunes 4 de julio del 2022, a las 08h25. VISTOS.- Dra. Betty Lourdes Yamunaqué León Jueza de la Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Cuenca, cumplidos los requerimientos legales, califico la demanda diciendo: En lo principal la demanda de IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO Y DECLARATORIA DE PATERNIDAD, propuesta por FREDDY GEOVANNY GUANOQUIZA LLIVICURA , es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO conforme lo previsto en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia se dispone: 1) CITACIÓN: Al amparo de lo dispuesto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos CITESE de INMEDIATO con la demanda y este auto en calidad DE DEMANDA A : JOHANNA DE LOS ANGELES BERREZUETA CRESPO en la dirección que se indica .- Para el efecto remítase copias de ley a la Oficina de Citaciones .- Al demandado MILTON GEOVANNY VALVERDE VALVERDE , conforme el juramento rendido mediante publicaciones de prensa y de conformidad con el Art 56 del Código Orgánico General de Procesos .- Secretaria confiera extracto de ley .- Se le advierte a los demandados de la obligación de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.-2) TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: Con fundamento en lo previsto en el artículo 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos se concede a los demandados el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, contados a partir de la fecha en que sean legalmente citados, a fin que contesten la demanda, acto de proposición que debe cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- 3) AUDIENCIA PRELIMINAR: La audiencia preliminar se señalará una vez que sean citados los demandados conforme lo dispuesto en el artículo 292 del Código Orgánico General de Procesos, diligencia que a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- 4) ANUNCIO DE PRUEBA: En consideración la prueba anunciada sobre la cual se dispondrá en el momento procesal oportuno .- 7) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado patrocinador.- NOTIFIQUESE.YAMUNAQUE LEON BETTY LOURDESJUEZ(PONENTE).-Se advierte al citado la obligación legal que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para que puedan recibir notificaciones. Cuenca, 05 de julio del 2022 Abg. Roberto Suarez Serrano SECRETARIO DE LA UNIDAD “A”DE FAMIMILA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
DEMANDADO: CARLOS ALBERTO OCHOA NOVILLO Y LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JULIO TOMÁS OCHOA TORRES
ACCION: SUMARIO
DEMANDADO: ALVAREZ MATUTE LUIS ALBERTO
Ab. Paul Morocho Guerrero SECRETARIO Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca
FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, viernes 17 de junio del 2022, a las 11h39.
CITACION JUDICIAL A: JOSE PATRICIO PALOMEQUE VILLALTA, SE LE HACE SABER QUE EN ESTA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AZOGUES, SE TRAMITA LA DEMANDA DE PRESTACION ALIMENTICIA (ALIMENTOS), PROPUESTO POR MARIA NARCISA ORTIZ GOMEZ, EN CONTRA DE JOSE PATRICIO PALOMEQUE VILLALTA. JUICIO: No. 03203-2022-00343
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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES LUZ HERLINDA MATUTE MOROCHO Y LUIS ÁNGELES TENELANDA FERNÁNDEZ. Se le hace saber que, en la Unidad Judicial de lo Civil de Cuenca, a cargo de la Dra. Cecilia Verdugo Andrade, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 01333-2022-08705 ACCION: ORDINARIO
NATURALEZA: ALIMENTOS TRAMITE: SUMARIO
MATERIA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO
ACTOR: MARIA NARCISA ORTIZ GOMEZ
ACTOR: MANUEL FELIPE MOROCHO LAZO
DEMANDADO: JOSE PATRICIO PALOMEQUE VILLALTA
DEMANDADOS: MARIA IDRAULA TENELANDA MATUTE Y OTROS
CUANTIA: $ 1.800,00 U.S.D.
CUANTIA: $ 53.650,39
JUEZ: DRA. ANA CECILIA QUEZADA CARRASCO
PROVIDENCIA:
PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AZOGUES, PROVINCIA DE CAÑAR. Azogues, viernes 8 de abril del 2022, las 12h32, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en base del sorteo de ley. En lo principal, la demanda de prestación alimenticia formulada por MARIA NARCISA ORTIZ GOMEZ, contra JOSE PATRICIO PALOMEQUE VILLALTA, en su calidad de alimentante; por ser clara completa y por reunir con los requisitos de ley establecidos en el Art. 142 del COGEP, se lo admite al trámite, en tal virtud conforme lo establecido en el Art. 146 del mismo cuerpo legal antes invocado, se fija como pensión provisional la suma de CIENTO DIECIOCHO DOLARES MENSUALES, para el menor Dylan Xavier Palomeque Ortiz, más beneficios y subsidios de ley, pensión que la sufragará el demandado durante los primeros cinco días de cada mes por mesadas anticipadas a partir de este mes de ABRIL de 2022, la que será depositada en la tarjeta de pagos que debidamente será creada por la señora Pagadora para el efecto notifíquese al Departamento Administrativo de la Unidad. Así mismo téngase en cuenta la libreta de ahorro nro. 2098577 de la Coop. de Ahorro y Crédito Jardin Azuayo perteneciente a la accionante. Cítese con esta demanda al accionado JOSE PATRICIO PALOMEQUE VILLALTA, en su domicilio que dice lo tiene en la parroquia Batán del cantón Cuenca, en la calle Ricardo Cordero y Eduardo Cevallos; para el efecto se depreca en forma VIRTUAL a uno de los señores jueces de la unidad judicial de FMNA del cantón Cuenca, a quien se remitirá despacho en forma y se le ofrecerá reciprocidad en casos similares; se advertirá al citado de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones legales conforme lo contenido en el Art. 333 numeral 3 del COGEP; en relación con el contenido de la norma del Art. 169. inc. cuarto. Téngase por anunciada la prueba a practicarse en audiencia única. Ofíciese en la forma solicitada. Como medida cautelar se dicta la prohibición de salida del país del demandado cuyo número de cédula de identidad corresponde a 0102039112, para el efecto ofíciese a las Oficinas de Migración en este Distrito con la copia de los datos de filiación respectiva. En cuenta la cuantía, el correo electrónico, la casilla judicial y la autorización a su defensor1. Agréguese a los autos la documentación adjunta. Notifíquese. f). Dra. Ana Cecilia Quezada Carrasco, JUEZ. OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AZOGUES, PROVINCIA DE CAÑAR. Azogues, viernes 22 de julio del 2022, las 14h19, VISTOS: Cumplido lo dispuesto, se dispone se CITE al demandado JOSE PATRICIO PALOMEQUE VILLALTA en la forma determinada en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos; esto es mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los medios que se editan en esta ciudad de Azogues. Por secretaría se entregarán los documentos y edicto necesario para este fin. Notifíquese. f). Dra. Ana Cecilia Quezada Carrasco, JUEZ. PARTICULAR QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AL DEMANDADO SE LE PREVIENE SOBRE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PARA RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA CIUDAD DE AZOGUES. Azogues, 26 de Julio de 2022. Dr. Cristian Vázquez Quezada SECRETARIO
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Juicio No. 01333-2022-08705 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, miércoles 15 de junio del 2022, a las 09h04. Jueza Ponente: Dra. Cecilia Verdugo Andrade VISTOS: Cumplido que ha sido la diligencia dispuesta, y por cuanto, la demanda presentada por MANUEL FELEIPE MOROCHO LAZO, es clara, completa y reúne los requisitos generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se le admite al Procedimiento Ordinario. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el inciso quinto del artículo 146 Ibídem, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca, para cuyo efecto notifíquese en legal y debida forma; Cumplido cítese a los accionados de la siguiente Forma: MARIA IDRAULA TENELANDA MATUTE, ROSA ELVIRA TENELANDA MATUTE, MANUEL EUDORO TENELANDA MATUTE, JORGE ENRIQUE TENELANDA MATUTE, mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Cumbe, para el efecto, se enviará despacho en forma; a los herederos presuntos y desconocidos de los señores Luz Herlinda Matute Morocho y Luis Ángeles Tenelanda Fernández, por la prensa en la forma determinada por el Art. 58 en relación con el Art. 56 del COGEP, confiérase el extracto respectivo. Cítese al señor Alcalde del Cantón Ing. Pedro Palacios Ullauri y al Procurador Síndico Dr. Lisandro Martínez a través de la oficina de citaciones, en sus despachos. Los demandados una vez que hayan sido citados, en el término de treinta días, contestarán la demanda y acompañarán las pruebas de las que se crean asistidos, según lo dispuesto por el COGEP. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan y téngase presente el anuncio de los medios probatorios realizados por la accionante. En cuenta la autorización que confiere la parte actora a su abogado patrocinador, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. - Notifíquese y Cúmplase. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 26 de julio del 2022, a las 14h01. Juez Ponente: Dr. Juan Carlos Álvarez Pacheco VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa por encontrarme legalmente encargado del despacho. De conformidad con el Art. 100 del Código Orgánico General de Procesos, con el fin de evitar nulidades a posterior, se colige que el nombre correcto del accionante es MANUEL FELIPE MOROCHO LAZO y no como erróneamente se ha hecho constar en el auto inicial, en lo demás estese a lo ordenado. Notifíquese. F) Dr. Juan Carlos Álvarez Pacheco. Juez. A la parte demandada se le advierte de señalar un casillero judicial de un abogado, para las notificaciones futuras. Cuenca, julio 27 de 2022. Abg. Dolores Pacheco Barzallo. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DE CUENCA
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REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE CITACIÓN JUDICIAL A: JAIME RODRIGO GRANDA TAZA, cuya residencia y domicilio se afirma haber sido imposible determinar, se le hace saber que en esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Paute, judicatura a cargo de la Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto de la misma y de la providencia recaída en ella es al tenor siguiente: ACTOR: CAROLINA ELIZABETH ZHICAY BRITO DEMANDADO: JAIME RODRIGO GRANDA TAZA ACCIÓN: DIVORCIO NATURALEZA: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 01202-2022-00182 “Paute, lunes 25 de julio del 2022, las 09h10. VISTOS: Del acta que precede la compareciente ha rendido juramento con respecto del domicilio del demandado, en lo principal: Dra. María Elena Astudillo Durán, Jueza de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de la Unidad Judicial con sede en el cantón Paute, acepto para su trámite en la vía sumaria por reunir con los requisitos legales contemplados en el artículo 142 del COGEP, la pretensión de divorcio causal planteada por ZHICAY BRITO CAROLINA ELIZABETH en contra de GRANDA TAZA JAIME RODRIGO, disponiéndose en consecuencia citarse con la demanda y el presente auto interlocutorio, conforme lo dispone el Art. 56 del Código General de Procesos, citación que se ejecutará por la prensa, a través de “Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de LA CAPITAL DE PROVINCIA, DE AMPLIA CIRCULACIÓN. La publicación contendrá un extracto de la demanda”, entréguese por secretaría el extracto pertinente. Con la citación se advierte al demandado que debe comparecer al proceso, señalar casilla judicial y correo electrónico para notificaciones, a fin de garantizar su derecho a la defensa y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de QUINCE días, contados, conforme lo dice el Art. 56 COGEP: “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.” De no comparecer a juicio el proceso continúa en rebeldía. (….)4) Precautelando el derecho de alimentos del menor prenombrado, conforme lo dispone el Art. Innumerado 29 de la Ley Reformatoria al Título Quinto, Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en concordancia con lo señalado en el Art. 332 #4 inciso segundo del Código General de Procesos, se señala como pensión provisional de alimentos la cantidad de CIENTO TREINTA DOLARES AMERICANOS a partir de la presentación de la demanda, dineros que serán depositados en la cuenta que se manda aperturar a la funcionaria de pagaduría de esta Unidad Judicial,(...) NOTIFIQUESE.-.“F) Dra. Maria Elena Astudillo Durán, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia De Paute. Para los fines legales correspondientes, se libra el presente despacho en Paute, 25 de julio de 2022 Atentamente, AB.: GUSTAVO BAUTISTA REA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PAUTE.
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A VISOS
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
COMUNICADO
REPUBLICA DEL ECUADOR FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA Jueza: Dra. Romelia Riera Pallchisaca Juicio No. 01333-2021-06282 CITACION JUDICIAL A: FERNANDO FRANCISCO CORDOVA JIMBO, de quien se afirma bajo juramento la imposibilidad de determinar su domicilio o residencia. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial Civil del cantón Cuenca, a cargo de la Dra. Romelia Riera Pallchisaca, Jueza de esta Unidad Judicial, se ha presentado una demanda, cuyo extracto con la providencia recaída, es al tenor siguiente: JUICIO NO.01333-2021-06282 NATURALEZA: ORDINARIO
Se solicita la presencia del Señor Lauro Vicente Guayllas Guayllas con C.I. 1104749112 en la Empresa Sistelcel en la Ciudad de Cuenca, por favor comunicarse de manera urgente al celular 0960216313. # 41173
MATERIA: COBRO DE DINERO ACTOR: GUILLERMO RICARDO ORTEGA JIMENEZ DEMANDADO: FERNANDO FRANCISCO CORDOVA JIMBO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
CUANTIA: $27.700,00 Juicio No. 01333-2021-06282 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 17 de agosto del 2021, a las 15h12 JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA. VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora dentro del término legal concedido y la foja adjunta. En lo principal, se tiene que la demanda formulada por el ciudadano GUILLERMO RICARDO ORTEGA JIMENEZ, cumple con los requisitos legales de forma previstos en los artículos: 142, 143, y 144 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que, se la califica de clara, precisa y se la acepta a trámite mediante el PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Cítese al demandado señor FERNANDO FRANCISCO CORDOVA JIMBO en su domicilio, mediante la oficina de citaciones, para cuyo efecto se entregarán en secretaría las copias necesarias, luego se subirá al sistema los datos y se entregarán estas a la oficina respectiva; para que posterior aquello de conformidad con el inc. 2° del Art. 291 Código Orgánico General de Procesos en el término de TREINTA DÍAS conteste la demanda, a la que acompañará los medios probatorios con los que cuente. Téngase en cuenta la prueba anunciada por la parte accionante, la misma que se tramitará en el momento procesal oportuno. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial, casillero electrónico, el correo electrónico consignado para recibir notificaciones y la autorización que confiere al profesional del derecho.-Hágase saber.- F) DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. (JUEZ PONENTE). OTRO AUTO: Juicio No. 01333-2021-06282. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 20 de mayo del 2022, a las 10h23. JUEZA PONENTE: DRA. ROMELIA ENRIQUETA RIERA PALLCHISACA. VISTOS: Incorpórese al expediente el escrito que se ha presentado por la parte actora y el cual contiene la declaración juramentada; motivo por el cual al tenor del art. 56, numeral 1) del COGEP se dispone la citación del demandado señor FERNANDO FRANCISC CORDOVA JIMBO, esto es, por un periódico de “amplia circulación” en el cantón Cuenca y provincia del Azuay, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; y de esta forma se garantiza el derecho de la parte accionada a conocer de la existencia de este proceso judicial y concurrir en el término legal que permite la ley procesal ejercitando su derecho a la defensa.-Hágase saber.- F) DRA. ROMELIA RIERA PALLCHISACA. (JUEZ PONENTE). A la parte demandada se le advierte la obligación de señalar casilla judicial de un profesional del derecho y correo electrónico para futuras notificaciones. Cuenca, 20 de mayo del 2022 Dra. María Andrea Crespo Cuesta SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
# 22865
CITACION JUDICIAL A: COYAGO TOCACHI MARIA DOLORES y FERNANDEZ MARTINEZ JOSE RIGOBERTO cuya individualidad, domicilio o residencia se afirma bajo juramento es imposible determinar, se les hace conocer que en esta Unidad a cargo del Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPAC AUSTRO LTDA Demandado: FERNANDEZ MARTINEZ JOSE RIGOBERTO Juicio N.- 01333-2021-02036 Acción: EJECUTIVO Materia: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN Cuantía: $1.859,29 Providencia: Juicio No. 01333-2021-02036 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, viernes 26 de marzo del 2021, a las 07h13. JUEZ: AB. BAYARDO ALEXANDER ALBÁN ORTEGA. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, la demanda presentada reúne los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y fundamentándose en pagaré a la orden, el mismo constituye título ejecutivo de conformidad con los Arts. 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se la califica de clara y precisa, y se la acepta al trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO. Cítese a la parte demandada Cedillo Coyago Jennifer Eulalia, en la dirección señala mediante deprecatorio electrónico que se remitirá a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial del cantón Sigsig, a quien se faculta comisionar a la autoridad que corresponda, para lo cual se remitirá suficiente despacho ofreciendo reciprocidad en casos análogos. A Fernández Marínez José Rigoberto y Coyago Tocachi María Dolores, en las direcciones señaladas, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia El Valle, cantón Cuenca, a quien se enviará suficiente despacho. Se le concede a la parte demandada, el TÉRMINO DE 15 DÍAS, para que pague la obligación o proponga alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del Código citado, bajo prevención que, de no hacerlo, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP. En cuenta las direcciones señaladas, así como la autorización conferida. En aplicación a la Resolución Nro. 072015, de fecha 10 de junio de 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. NOTIFÍQUESE. -f) Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial de Cuenca. OTRA PROVIDENCIA: Juicio No. 01333-2021-02036 UNIDAD JUDICIAL CIVIL UENCA. Cuenca, jueves 14 de julio del 2022, a las 13h58. JUEZ: AB. BAYARDO ALEXANDER ALBÁN ORTEGA VISTOS: En lo principal, agréguese a los autos el escrito presentado por la parte accionante; por lo tanto, la parte accionante, indica bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada COYAGO TOCACHI MARIA DOLORES y FERNANDEZ MARTINEZ JOSE RIGOBERTO, para lo cual explica las gestiones que ha realizado para dar con el paradero, presentando en el expediente la documentación que justifica tales gestiones y además los certificados del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que no consta en registro consular, solicitando que se cite por la prensa conforme al Art. 56 del COGEP. Por lo tanto, conforme al contenido de las sentencias 609-13-EP/20; 341-14-EP/20; 1688-14-EP/20, emitidas por la Corte Constitucional, estándares que son aplicables al Art. 56 del COGEP, indicándose en dichas sentencias que "la declaración juramentada no requiere de solemnidad alguna para entenderla como válida, pues basta que lo señale el actor en la demanda para que genere su responsabilidad", habiéndose rendido el juramento en la petición que antecede, se dispone citar a la parte demandada COYAGO TOCACHI MARIA DOLORES y FERNANDEZ MARTINEZ JOSE RIGOBERTO, mediante tres publicaciones por la prensa local, para lo cual por secretaría conferirá el extracto respectivo en el que constará el auto de calificación y esta providencia. En este aspecto el término para contestar la demanda empezará transcurrir veinte días desde la última publicación. NOTIFÍQUESE.-f) Abg. Bayardo Alban Ortega, Juez de la Unidad Judicial de Cuenca. Se le previene a la parte demandada de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones posteriores que les corresponda, en caso de no hacerlo, se procederá en rebeldía. Cuenca, 19 de julio del 2022 Abg. María Augusta Robles SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
#22861
UNIDAD JUDICIAL D
Juicio No. 01333-2019-06061 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CUENCA. Cuenca, martes 26 de julio del 2022, a las 16h38 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA CITACION JUDICIAL A: MARIA TRANSITO RUMIPULLA MOROCHO Y ONOFRE GEOVANNY SANTOS VENTURA, cuya residencia se afirma bajo juramento desconocerse, se le hace conocer que en esta Unidad a cargo del Dr. Diego Piedra., Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, se ha presentado una demanda la que en extracto, con la providencia en ella recaída, dice: ACCION: EJECUTIVO MATERIA: DINERO Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ERCO LTDA. Demandado: SANTOS VELASQUEZ ROSA GERARDINA Y OTRO CUANTIA: 22905,25 DOLARES Juicio N.- 01333-2019-06061 PROVIDENCIA(S): Cuenca, jueves 19 de septiembre del 2019, las 11h29, CAUSA No: 2019-06061 JUEZ PONENTE: LINETH ALEXANDRA BOADA HERRERA. VISTOS: Conozco del presente proceso en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil de Cuenca, por el sorteo de ley. Al cumplir la demanda con los requisitos establecidos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se declara admisible en “Procedimiento Ejecutivo” previsto en los Arts. 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos , la demanda presentada por el ingeniero Héctor Enerco Fajardo, Gerente General y Representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito ERCO limitada conforme la documentación que adjunta, mediante la cual reclama el pago de los valores que detalla en su pretensión inicial; valores que indica que pese a los requerimientos no han sido cancelados. Por consiguiente cítese con la demanda y auto de calificación a los demandados María Tránsito Rumipulla Morocho, Onofre Geovanny Santos Ventura en la dirección que se señala en la demanda, diligencia que se realizará por intermedio de la Oficina de Citaciones. La señora secretaria registre la dirección en el sistema y remita las copias de ley. A la señora Rosa Gerardina Santos Velasquez se le citará mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia Sidcay. A los demandados se les indica que cuentan con el “TERMINO DE QUINCE DÍAS” , previstos en el 355 en relación con el Art. 333 del COGEP, para que cumpla con la obligación o conteste la demanda conforme prevén los Arts. 351, 352 y 353 del código citado. En lo que refiere a la providencia preventiva, con el certificado de bienes y gravámenes suscrito por la señora Registrador de la Propiedad del Cantón Cuenca, revisado el mismo con fundamento en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos y 126 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la prohibición de enajenar del bien inmueble ubicado en el sector Zhucay, de la Parroquia Tarqui, del Cantón Cuenca, cuyos demás datos y características obran del certificado número 536131 del Registro de la Propiedad del Cantón Cuenca y que es de propiedad de la demandada Rumipulla Morocho María Tránsito, se recuerda que mientras subsista esta providencia preventiva no podrá enajenarse ni hipotecarse ni imponerse sobre ellos gravamen alguno, para lo cual se oficiara a la señora Registrador de la Propiedad del Cantón Cuenca, para que proceda a tomar nota de esta providencia. En cuenta la cuantía, la prueba anunciada, los lugares señalados para citación y notificaciones así como la autorización que el accionante concede a su defensor. Agréguese a los autos la documentación presentada. Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- Cuenca, viernes 1 de julio del 2022, las 12h16. VISTOS: Una vez que la parte actora ha cumplido con rendir su declaración jurada; se dispone la citación a la ciudadana MARIA TRANSITO RUMIPULLA MOROCHO al tenor del art. 56, numeral 1) del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto por secretaría se elaborará y entregará el extracto de ley; publicación que se efectuará por un periódico de amplia circulación a nivel de la provincia del Azuay, garantizando de esta forma el derecho de la accionada a conocer de la existencia de un proceso judicial en su contra y pueda ejercitar su defensa dentro del término legal concedido en el auto de admisión.-Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- Cuenca, lunes 25 de julio del 2022, las 13h54. VISTOS: Incorpórese al expediente físico el escrito presentado por la parte actora. En lo fundamental, revisado que ha sido el juramento de fojas 86, no se ha consideraro al señor Onofre Geovany Santos Ventura para la citación a realizarse en uno de los diarios de amplia cirulación de la provincia del Azuay; disponiéndose que se elabore nuevamente el extracto; documento que incluirá los dos demandados. Por licencia concedida a la secretaria titular, intervenga el doctor Román Morales. Hágase saber.A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRONICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES Y QUE EN CASO DE NO HACERLO SE PROCEDERA EN REBELDIA. MORALES ASTUDILLO ROMAN ESTUARDO SECRETARIO ENCARGADO #38823
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL
E LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL
CITACIÓN JUDICIAL
CANTÓN MORONA CITACION JUDICIAL
#38836
A: SEGUNDO LUCIANO TIGRE CAÑAR, SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MORONA, A CARGO DEL DR. AGUSTIN HERRERA ORTEGA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA, CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y DE LA PROVIDENCIA ES TAL COMO SIGUE:
A: JULIA ESTHER, NESTOR EFRAIN y CELSO ROLANDO URGILES ORDOÑEZ Y HEREDEROS PRESUNTOS DEL CAUSANTE NESTOR URGILES, cuyos domicilios y residencias son imposibles determinar; se le hace saber que en la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Isabel, a cargo de Abg. CASTILLO BANDA MARCO ANDREY, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Isabel, se ha presentado una demanda, la misma que en extracto es como sigue:
ACCION:
DIVORCIO POR CAUSAL
Juicio:
NATURALEZA:
SUMARIO
Naturaleza: VOLUNTARIO
ACTOR:
FRIAS LOJA MARIA DOLORES
DEMANDADO:
TIGRE CAÑAR SEGUNDO LUCIANO
No. 14201-2021-00914
UNIDAD JUDICIAL “C” DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA CITACION JUDICIAL CITACION A: JORGE PATRICIO GUERRERO BENALCAZAR Se afirma ser imposible determinar, le hago saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, a cargo del Dr. Luis Alberto Guerrero, correspondió la demanda y providencia recaída, que en extracto, dicen: Materia:
FAMILIA
Naturaleza:
DIVORCIO POR CAUSAL
Actor:
LUZ TERESITA SIGUENCIA QUITO
Demandado:
JORGE PATRICIO GUERRERO BENALCAZAR
Cuantía:
INDETERMINADA
Juicio No.-
01204-2022-03948
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN CUENCA. Cuenca, marte 26 de julio del 2022, a las 09h32.VISTOS: Una vez que se ha cumplido con lo dispuesto en providencia inmediata anterior. La demanda de DIVORCIO presentada por LUZ TERESITA SIGUENCIA QUITO, en contra de JORGE PATRICIO GUERRERO BENALCAZAR, por reunir con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos- COGEP, se lo acepta a PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme el Art. 332 y siguientes ibídem, por lo tanto se dispone: UNO) Se procederá a citar a la parte demandada mediante publicaciones de prensa en la forma determinada en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, considerándose que de autos consta la declaración de la parte accionante que indica la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de l dichos demandados y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esa forma; para el caso existe también la certificación de la Coordinación Zonal 6 Cuenca, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que se anota que no existe con un registro consultar sobre los mencionados ciudadanos, se le prevendrá de la obligación de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones y que de no hacerlo se procederá en rebeldía. DOS) La parte demandada tiene el término de quince días para dar contestación a la demanda, conforme el numeral 3 del Art.333 del COGEP y deberá cumplir con lo que establecen los Artículos 151 y 152 ibídem. TRES) Se tiene en cuenta que la parte accionante ha solicitado la evacuación de medios de prueba, en relación a los mismos se dispondrá lo que corresponda sobre su admisión en la audiencia única. Los testigos serán notificados mediante boleta con tres días de anticipación, conforme el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos, y advirtiéndose de su obligación de comparecer a la audiencia única que se señalará con oportunidad, previéndoles que en caso de no comparecer y no justificar su ausencia, serán conminados a comparecer con el apoyo de la Policía Nacional. Agréguese la partida de matrimonio y de nacimiento presentada. CUATRO) En cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para recibir notificaciones, así como la autorización a los abogados defensores. CINCO) Procédase a la designación de Curador/a Ad-litem para la adolescente LISSBETH ALEXANDRA GUERRERO SIGUENCIA debiendo la adolescente por sus propios derechos efectuar dicha designación, debiendo comparecer a dichadiligencia dichas personas y quien vaya a ser designado/a curador/a, a fin de que en el mismo acto sea designado y tome posesión de su cargo, esto con los fines previstos en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial; LA REFERIDA DILIGENCIA SE LLEVARA A CABO LUEGO DE LA CITACION A LA PARTE DEMANDADA. SEIS) Por el momento no se fija pensión alimenticia por cuanto la actora ha indicado que este derecho se encuentra ventilándose en otra unidad judicial, sin embargo, este particular se resolverá en la respectiva audiencia única. Notifíquese.- DR. LUIS ALBERTO GUERRERO, JUEZ”.- Lo certifico.-A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL Y CORREO ELECTRÓNICO DE UN ABOGADO DEFENSOR PARA FUTURAS NOTIFICACIONES.Cuenca, 26 de Julio del 2022 Ab. Ana Lucía Vásquez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA
PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN MORONA. Morona, martes 5 de abril del 2022, las 10h39, VISTOS.- Reintegrado en este día a mis funciones como Juez titular de esta judicatura, luego de licencia por calamidad doméstica, y continuando con la sustanciación del proceso que se pone en mi conocimiento, manifiesto: PRIMERO.- El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia, y, el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución; bajo estos preceptos constitucionales, y habiéndose cumplido con el decreto del martes 22 de marzo del 2022 a las 15h13, y por reunir los requisitos estipulados en los Arts. 142 y 143 en armonía con el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, de clara, completa y precisa se califica la demanda de DIVORCIO propuesta por la señora María Dolores Frías Loja, en contra del señor Segundo Luciano Tigre Cañar, por lo que se la acepta al PROCEDIMIENTO SUMARIO que le corresponde, establecido en el Art. 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- En cumplimiento al derecho a la defensa, como una de las garantías básicas del debido proceso determinado en el Art. 76, numeral 7 de la Constitución de la República; por cuanto la señora María Dolores Frías Loja, comparece a esta judicatura el martes 29 de marzo del 2022 a las 10h00, y ha expresado bajo juramento que, a pesar de todas las gestiones efectuadas, le es imposible determinar la actual residencia o domicilio del ciudadano Segundo Luciano Tigre Cañar, justificando documentadamente dichas diligencias; y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana certifica que el demandado ha salido del país, pero no consta con registro consular en el exterior; de conformidad con lo prescrito en el Art. 56, incisos segundo y tercero del COGEP y Art. 5 de La Resolución 07-2016 del Pleno de la Corte Nacional de Justicia, que dice: “Cuando del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana conste que la persona que va a ser citada no ha salido del país aun cuando esté registrada en un Consulado; o cuando habiendo salido del país no consta registrada en una oficina consular, no se podrá disponer la fijación de carteles. En estos casos el juez o la jueza dispondrá que se la cite en Ecuador mediante publicación por la prensa, previo el juramento previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos”, se dispone citar al señor SEGUNDO LUCIANO TIGRE CAÑAR, por uno de los periódicos de circulación nacional de la ciudad de Cuenca, en razón que en la jurisdicción de la provincia de Morona Santiago no existe este tipo de medios impresos. La actuaria entregará el extracto correspondiente y las publicaciones se sujetarán a lo dispuesto en el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía, el correo electrónico y casillero judicial señalado. CUARTO.- La actora realiza el siguiente anuncio probatorio: 1.- Certificado de matrimonio de los señores María Dolores Frías Loja y Segundo Luciano Tigre Cañar; 2.- Certificados de nacimiento de sus hijos Mercy Lisceth, Ángel Fabián y Martha Teolinda Tigre Frías, mayores de edad; 3.- Copia de cédula de identidad de la demandante; 4.Testimonio de los señores: Jaime Patricio Quizhpi Giñín, José María Quizhpi Zhiñín y Neri Beatriz Frías Loja, que declararán respecto del abandono y la situación actual de los litigantes; y serán notificados en el correo electrónico de la defensa técnica; y, 5.- Declaración de parte de los señores María Dolores Frías Loja y Segundo Luciano Tigre Cañar, quienes comparecerán en forma personal y no por interpuesta persona. Una vez citado, el demandado tendrá el término de 15 días para contestar la demanda, misma que deberá cumplir los presupuestos de los Arts. 151, 152 y 153 del COGEP; y, la audiencia se desarrollará en un término máximo de 30 días a partir de la contestación a la demanda, conforme lo prescribe el Art. 333 numeral 4 del mismo cuerpo legal, con dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos de debate y conciliación, y la segunda de prueba y alegatos.- Intervenga en calidad de Secretaria la Abogada Paola Castillo.- NOTIFIQUESE. General Proaño, 7 de abril de 2022. PAOLA CASTILLO VÁSQUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA
#22836
5B
# 38791
01613-2021-00488
Materia:
INVENTARIO Y TASACIÓN DE BIEN SUCESORIO.
Actor:
SUSANA MERCEDES URGILÉS MORA
Demandado: CECILIA CATALINA, ELSA FLORENCIA, CELSO ROLANDO, NESTOR EFRAIN, MANUEL RODRIGO, CARLOS ALFREDO, ANA MARIA, MÉLIDA DEL CARMEN y JULIA ESTHER URGILES ORDOÑEZ Y HEREDEROS PRESUNTOS DEL CAUSANTE NESTOR URGILES UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SANTA ISABEL. Santa Isabel, 19 de mayo del 2022 a las 11h55 Juicio No. 00488-2021 Juez: Marco Castillo Banda Vistos: Incorpórese el escrito presentado por el accionante, en cuenta el juramento rendido respecto de la imposibilidad de determinar domicilio o residencia. 1.- CALIFICACIÓN: Por reunir con los requisitos del Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en lo posterior COGEP), en aplicación de los Arts. 334.4, 335, 336, 341 y siguientes del cuerpo legal antes invocado del Código Orgánico General de Procesos, se acepta a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO la demanda y reforma a la demanda de inventario y tasación de bien sucesorio que presenta SUSANA MERCEDES URGILÉS MORA en contra de en contra de CECILIA CATALINA, ELSA FLORENCIA, CELSO ROLANDO, NESTOR EFRAIN, MANUEL RODRIGO, CARLOS ALFREDO, ANA MARIA, MÉLIDA DEL CARMEN y JULIA ESTHER URGILES ORDOÑEZ; en consecuencia, se dispone: 1.1.- CITACIÓN: Cítese a los demandados CECILIA CATALINA, y ELSA FLORENCIA URGILES ORDOÑEZ en los domicilios señaladas, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 72 del COGEP por medio de deprecatorio a uno de los Jueces de lo Civil del Cantón Cuenca, ofreciendo reciprocidad en casos análogos. Por Secretaría, líbrese el deprecatorio y realícese el trámite virtual correspondiente. A los demandados MANUEL RODRIGO, CARLOS ALFREDO, MÉLIDA DEL CARMEN y ANA MARÍA URGILES ORDOÑEZ se los citará en el domicilio señalado de acuerdo a lo estipulado en el Art. 72 del COGEP mediante comisión al Comisario de Policía del cantón Santa Isabel. Por Secretaría líbrese el despacho. A JULIA ESTHER, NESTOR EFRAIN y CELSO ROLANDO URGILES ORDOÑEZ se los citará de conformidad al artículo 56 del COGEP; esto es, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca. Por Secretaría líbrese el extracto. A los herederos desconocidos se los citará de conformidad al artículo 58 del COGEP; esto es, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Cuenca. Por Secretaría líbrese el extracto. Se advertirá a los demandados que tienen la obligación de señalar casilla judicial o correo electrónico para recibir futuras notificaciones, y que deberán comparecer a la audiencia única; podrán presentar oposición conforme lo establece el Art. 346 del COGEP. 1.2.- PRUEBA ANUNCIADA: En cuenta el anuncio de medios probatorios. 1.3.- DESIGNACIÓN DE PERITO: Una vez que, se verifique el cumplimiento de la citación, se procederá a designar perito para que realice la formación y avalúo de los bienes en presencia de los interesados, conforme lo establece el Art. 341 del COGEP. 1.4.- CUANTIA, AUTORIZACION, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA NOTIFICACION: En cuenta la cuantía señalada, la autorización que confiere a su defensor y domicilio judicial que señala para recibir notificaciones. Hágase saber y cúmplase. f) F).- DR. CASTILLO BANDA MARCO ANDREY, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE SANTA ISABEL. Al demandado se le previene señalar casilla Judicial y/o correo electrónico de un Abogado, para futuras notificaciones. Santa Isabel, 19 de mayo de 2022 ABG. GABRIEL BACULIMA LL. SECRETARIO
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M UNDO
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
La Fiscalía cita al presidente a declarar el 4 y 9 de agosto Perú
La crisis de corrupción en Perú a nivel de altos poderes involucra al primer mandatario.
L
a Fiscalía citó al presidente de Pe r ú , Pe d r o Castillo, a declarar los días 4 y 9 de agosto por presuntas irregularidades en los ascensos de las Fuerzas Armadas y la Policía y por supuesta obstrucción a la Justicia, informó este sábado el abogado del mandatario, Benji Espinoza. “Hay dos fechas. Se ha previsto una primera declaración para el 4 de agosto y una segunda, en el caso de encubrimiento, para el 9 de agosto, ambas son por la mañana”, detalló en declaraciones a la prensa el representante legal de Castillo. Espinoza puntualizó que “lo que no se ha definido aún es si el presidente irá a la Fiscalía de la Nación o si la fiscal de la Nación vendrá a Palacio a tomar su declaración”. Estas indagaciones for-
Pedro Castillo presidente de Perú ya tiene fecha para declarar.
man parte de dos investigaciones preliminares que el Ministerio Público abrió recientemente contra el mandatario por la presunta comisión de los delitos de colusión y encubrimiento personal al supuestamente interferir en los ascensos militares y policiales y obstruir la captura de exfuncionarios de su Gobierno prófugos de la Justicia. Castillo, quien el pasado jueves cumplió un año como presidente de Perú, acumula cinco investigaciones preliminares de la Fiscalía, cuatro de ellas vinculadas a su gestión, pese a que la Constitución peruana solo
recoge la posibilidad de procesar al mandatario mientras ejerce el cargo por casos de traición a la patria o por impedir elecciones. En su declaración a los medios, Espinoza señaló que la posición de la defensa del presidente, quien niega todas las acusaciones, “sigue siendo la misma” luego de que su exsecretario Bruno Pacheco se entregara esta semana a la Justicia, tras más de tres meses prófugo. “La posición de la defensa es una sola: al presidente de la República no se le puede investigar mientras dure su mandato salvo el caso de la traición a la patria,
Acusación a Cristina Fernández Buenos Aires, (EFE).Seguidores de la vicepresidenta argentina, Cristina Fernández de Kirchner, realizaron declaraciones o publicaron mensajes de apoyo en redes sociales mientras transcurre este martes el segundo día de alegatos de la Fiscalía en el juicio que la sienta en el banquillo por presuntas irregularidades en la adjudicación de obra pública cuando era mandataria. “Creo en la inocencia de Cristina y esto va a quedar demostrado”, dijo este martes el jefe de Gabinete, Juan Manzur, a la prensa. El ministro de Justicia, Martín Soria, aseguró a la radio AM 750 que esta
La vicepresidenta de Argentina acusada de irregularidades en la adjudicación de obra pública.
causa el “único objetivo que tiene es la persecución judicial contra Cristina Kirchner” y agregó en su cuenta de Twitter que “cada funcionario judicial” que interviene en esa perse-
cución entraba “a escondidas” al despacho del expresidente Mauricio Macri cuando era presidente (2015-2019), lo que “es la expresión más grotesca de lawfare” en Argentina. (I)
que no son casos que está lleva n d o e l M i n i s t e r i o Público”, sentenció Espinoza. Sobre “la entrega voluntaria” de Pacheco, el abogado aseguró que este hecho “reafirma, acredita y prueba que no ha tenido protección presidencial”. El exfuncionario de confianza de Castillo desapareció luego de que el Poder Judicial ordenara 36 meses de prisión preventiva en su contra por presuntas irregularidades en la licitación del Puente Tarata, un obra vial sobre el río Huallaga, en la selvática región de San Martín. Lima, (EFE)
Salud
Muere un paciente con viruela del mono Lima, (EFE).- Una persona de 41 años que había contraído la viruela del mono, pero que también padecía otras enfermedades, falleció este lunes en Perú, informó el Ministerio de Salud, si bien no achacó a ese virus la muerte del paciente. Mediante un comunicado difundido la noche del lunes, el ministerio y el hospital limeño Dos de Mayo, donde fue atendido el paciente, señalaron que este ingresó “por emergencia”, con “dificultad respiratoria y lesiones en la piel con antecedente de infección por VIH y tuberculosis”, y que además había abandonado su tratamiento antirretroviral. Confir maron que dichas lesiones eran compatibles con los signos de la viruela del mono, un
diagnóstico corroborado por el Instituto de Salud de Perú. Las autoridades explicaron que el paciente fue ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) donde, pese a los esfuerzos del personal sanitario, perdió la vida por una insuficiencia renal aguda, una falla respiratoria, y un shock séptico. Recordaron que los pacientes con comorbilidades como VIH o tuberculosis que abandonan su tratamiento por diversas causas pueden presentar infecciones severas. El primer caso de viruela del mono se registró en el país el pasado 26 de junio y, según las últimas informaciones del ministerio, hay 305 contagiados distribuidos por nueve regiones del país, pero la mayoría se concentran en Lima. (I)
M ORTUORIOS
Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
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“Entonces Jesús le dijo: Yo soy la resurrección y la vida. El que cree en mí vivirá, aunque muera; y todo el que vive y cree en mí no morirá jamás…” (Juan 11:25-26)
Descanse en paz, quien en vida fue:
FILOMENA GALLEGOS BRAVO
Ante el sensible fallecimiento de nuestro amigo
ROBERTO SUÁREZ SERRANO
1946 - 2022 Agradecemos a familiares y amigos por toda la atención y solidaridad brindada. Infinitas gracias a quienes colaboraron con sus donaciones para ayudar a combatir su enfermedad y mantenerla con nosotros el tiempo que Dios lo permitió.
Queremos expresar nuestra solidaridad ante el dolor a toda su familia de manera especial a su hermano MATEO SUÁREZ SERRANO.
Como última voluntad de nuestra amada madre, suegra, abuela y bisabuela sus restos fueron velados en la intimidad de su familia.
Sus Amigos de Cancha de Huizhill
Cuenca, agosto 1 del 2022
PAZ EN SU TUMBA Cuenca, agosto de 2022
22860-3 (P) P-3 (P)
LOS AMIGOS Y FUNDADORES DEL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO AZUL Y ROJO
“Gracias Señor por habernos permitido gozar de su amor, bondad y ternura. Tú te la llevaste a donde van solo los buenos. Aceptamos Señor tu voluntad”. Génesis 15:15
Ante el fallecimiento de nuestro querido y Gran Amigo
DESCANSA EN LA PAZ DEL SEÑOR QUIEN EN VIDA FUE:
HUGO ALFREDO PELÁEZ NOVILLO
VIRGINIA DEL ROCIO MARTINEZ MARQUINA Su esposo: Manuel Jesús Coronel(+); sus hijos: Martha Esperanza, Ana Lucía(+), Juan Manuel, Miguel Ángel, Jaime Rodrigo, Luis Mario, María Herlinda, Raúl Benigno Coronel Martínez; sus hijos políticos: José Bermeo, Janeth Marquina, Karina Coronel, Zoila Mendoza, Leonardo Macas, Isabel Redrován; su hermana: Rosario Martínez; sus nietos, sobrinos, primos y más familiares; cumplen con el penoso deber de comunicar el sensible fallecimiento de tan querido miembro de la familia e invitan a la velación de sus restos mortales en la Casa del duelo ubicada en el cantón Paute sector Tejar de su hijo Luis Mario Coronel Martínez, así como también a la santa misa a realizarse en la Iglesia Matriz San José de Paute el día de hoy miércoles 03 de agosto de 2022 a las 16H00 y luego su traslado al Cementerio General del mismo cantón para su cristiana sepultura.
Presentamos nuestra más sentida nota de pesar y solidaridad a su distinguida familia por tan irreparable pérdida y de manera muy especial a su esposa Gladis y a su hija Carolina.
Sus amigos y fundadores del Club Segundo Sarmiento Francisco Cherrez Ernesto Vázques Vicente Escandón
Agradecemos sus oraciones y muestras de solidaridad expresadas en estos difíciles momentos de dolor. Cuenca, 02 de agosto de 2022.
Oswaldo Tamayo Luis Cherrez Rafaél Hernández Oswaldo Torres
Paz en su Tumba
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Cuenca, 3 de agosto de 2022 14968-3 (P)
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MUNDO Cuenca, miércoles 3 de agosto de 2022
Lula lidera intención de voto Brasil irá a las urnas el próximo 2 de octubre y los sondeos insisten en que el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva (45%) es cada vez más favorito frente al actual mandatario (30 %).
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Al Qaeda se encuentra en una incertidumbre
La muerte del líder reaviva viejos fantasmas Terrorismo
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a muer te del líder de Al Qaeda, Ayman al Zawahiri, en un ataque de un dron estadounidense en Kabul ha reavivado los fantasmas del supuesto apoyo talibán en su territorio a grupos yihadistas, después de que los islamistas se limitaran este martes a condenar el bombardeo sin hacer referencia al terrorista. El área en el que se encuentra la residencia en la que impactó en la mañana del pasado domingo el cohete que mató a Al Zawahiri cuando se asomó al balcón está completamente acordonada por las fuerzas de seguridad de los talibanes, que impiden el acceso a punta de fusil. La vivienda de varias plantas rodeada de un muro con alambre de espinos, y ubicada en una de las zonas más protegidas de la capital afgana donde residen gran parte de los líderes talibanes, permanece ahora con lonas verdes cubriendo las partes afectadas de la fachada, de acuerdo con varias imágenes compartidas en las redes sociales. Según la Casa Blanca, Al Zawahiri se había trasladado con su familia a la residencia a principios de este año procedente de Pakistán, donde en 2011 murió en otra operación estadouniden-
se el líder histórico de Al Qaeda y predecesor, Osama bin Laden. Los vecinos del área llevaban días asistiendo a un aumento de vuelos de drones, pero después de décadas de guerra estos aparatos no tripulados forman parte del paisaje, por lo que no esperaban un bombardeo inminente. “Hemos visto drones en el cielo muchas veces, y pocos minutos después del ataque también había un dron en el cielo, pero no pensamos que se tratara de una operación de tal magnitud”, afirmó a Efe Mohammad Mubaris, que vive cerca del lugar del ataque.
Reacciones Pakistán Pakistán destacó este martes su papel en la lucha contra el terrorismo tras el anuncio del presidente estadounidense, Joe Biden, de que el líder de Al Qaeda, Ayman al Zawahiri, murió el pasado fin de semana en una operación antiterrorista estadounidense en Kabul.
Período incierto para Al Qaeda El asesinato del líder de Al Qaeda, Ayman al Zawahiri, supone un fuerte golpe para la organización extremista en un momento que reivindicaba volver a ser la líder de la yihad global. Ahora, su sucesión podría crear “verdaderos problemas” en el grupo dado que ya apenas quedan figuras tan respetadas como la del egipcio. “En cuanto a la yihad global, Al Qaeda no es solo Ayman al Zawahiri, es un conjunto de grupos afiliados muy poderosos como Al Shabab en Somalia o la coalición yihadista Gr upo de Apoyo del Islam y los Musulmanes, JNIM, por lo que eso no va a cam-
Osama Bin Laden y Ayman al Zawahiri ex número 1 y 2 de Al Qaeda. Cortesía
biar. Pero lo que sí va a cambiar (en la organización) es lo que pasará tras su sucesión”, indicó a Efe el analista en yihad y conflicto contemporáneo para International Crisis Group, Jerome Drevon. ¿Quién será el tercer líder? El pasado 15 de julio, el Consejo de Seguridad de la ONU publicó un informe en el que subrayaba que “el contexto internacional es favorable a Al Qaeda, que pretende
ser reconocido nuevamente como líder de la yihad global”, y nombró directamente a dos personas que podrían ser sus sucesores según la línea de antigüedad: el egipcio Seif al Adl o el marroquí Abdelrahman al Maghrebi, yerno de Al Zawahiri. Sin embargo, el problema radica en que ambas figuras yihadistas han estado vinculadas a Irán, sobre todo Al Adl. “Es difícil nombrar a alguien que debe ser consensuado, que debe ser aceptado por todos los
grupos. Al Zawahiri era muy conocido por su credibilidad y red de contactos, y por sus décadas en la yihad... no era difícil que fuera aceptado cuando murió Osama bin Laden”, subrayó. Pero ahora, Seif al Adl y Al Maghrebi no tienen la misma experiencia ni credibilidad, además de que “estas dos personas hayan estado en Irán crea problemas”, afirmó, y añadió que eso puede crear incluso “fricciones” en el seno de Al Qaeda. Kabul, (EFE).- (I)
Francia El ministro francés de Defensa, Sébastien Lecornu, aplaudió la neutralización del líder de Al Qaeda, Ayman al Zawahiri, que “debilita la acción” del grupo terrorista y “contribuye a que el mundo sea más seguro”, pero agregó que “el combate contra el terrorismo está lejos de haber terminado”. Arabia Saudí Arabia Saudí saludó este martes el anuncio del presidente de Estados Unidos, Joe Biden, de la muerte del líder de Al Qaeda, el egipcio Ayman al Zawahiri, en un ataque estadounidense en Kabul, y pidió reforzar la cooperación internacional contra el terrorismo, según la agencia oficial saudí de noticias, SPA.