Vocero 10 de agosto 2015pdf

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AÑO 11

No. 470 BOLÍVAR, SEMANA DEL 10 AL 16 DE AGOSTO 2015

Nº Páginas: 12

Precio: USD 0,40

CANDIDATAS A REINA DEL CANTON CALUMA 2015

Paltabamba y Queseras se beneficia de proyecto de electrificación El Administrador de la Unidad de Negocio, Ing. Marcelo Calles realizó la socialización a los beneficiarios de dos proyectos de electrificación que se encuentran ejecutando en las comunidades de Paltabamba y la comunidad de Queseras en el cantón Guaranda. Con recursos del fondo de Electrificación Rural y Urbano Marginal FERUM BID II, se realiza la construcción de líneas y redes en la comunidad Queseras con una inversión de 122 mil 223 dólares con 15 centavos y que beneficiará a 25 familias. De igual manera 158 familias de la comunidad Paltabamba se beneficiaran de un proyecto de electrificación en el cual se invertirá 211 mil 181 dólares con 62 centavos. /Lcda. Giovani Arellano Rivera - Comunicación social.

Todos los Municipios de Bolívar asumieron la competencia de Tránsito.

Mediante resolución de la Agencia Nacional de Transito, emitida en abril del 2015, realizó el traspaso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados que se hallaban en el modelo de Gestión C, al modelo de gestión B, es decir, que además de las competencias de títulos habilitantes, éstos deberán asumir también la matriculación y revisión técnica vehicular en cada una de sus jurisdicciones. Así, lo han hecho todos los GAD¨s de la provincia Bolívar que hoy tienen sus propias Unidades de Transporte a través de las cuales ya están atendiendo a la ciudadanía.

Srta. ANGELINE MORALES representante del canal Las Naves Tv, la Compañía de Transportes Humberto Gaibor y al club Los Vago

SANTA MARIA DE LAS NAVES En la gráfica de derecha a izquierda: Julisa Ruiz Pico, Alejandra Recalde Paredes y Carmen Espín García.

Caluma.- El pasado martes 03 de agosto de 2015, el alcalde de Caluma, Ángel Pachala, conjuntamente con los Señores Concejales miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Deporte y Asuntos Sociales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Caluma, realizaron la presentación de las tres Candidatas a Reina de Caluma 2015, en el programa hablemos claro de la red cóndorvisión, espacio en el cual se dio a conocer a la ciudadanía la Programación Cultural y Social a efectuar el GAD-

MCC, con ocasión al Vigésimo Quinto Aniversario de Cantonización, y las obras que al momento se están llevando a cabo como son el Parque Central, aceras en la vía Guayabal y el alcantarillado, drenaje y adoquinado de la Calle Juliano Recalde sector Caluma Viejo. La elección de la Reina de Caluma 2015 se realizará el próximo día domingo 16 de agosto, en el Malecón de Caluma Viejo; cabe resaltar que la elección se realizará por medio de voto popular.

Santa María de Las Naves nació a la vida política administrativa como Parroquia mediante Acuerdo N° 163, el 23 de junio de 1968. Posteriormente merced a su potencial agrícola y al esfuerzo de sus pobladores fue elevada a la categoría de Cantón, en el Gobierno del Dr. Rodrigo N° 996 del 10 de Agosto de 1992, convirtiéndose en el séptimo cantón de la Provincia Bolívar. En su territorio de clima subtropical habitan seis mil 800 ciudadanos distribuidos en 310 kilómetros de superficie que cubre la Parroquia urbana Las Naves y la Parroquia rural Las Mercedes.

Se inauguró vía Guanujo – Las Cochas

Con una serie de eventos culturales, deportivos y artísticos se inauguró este último sábado el asfaltado de 5.2 Km de la vía Guanujo Las Cochas que se halla totalmente señalizada en toda su extensión. El ancho de la vía asfaltada es de 9.6 metros y el costo de la obra es de alrededor de 400 mil dólares y fue ejecutada por el

Consorcio Conpacífico Bolívar. Durante su intervención el Prefecto aseguró que en los próximos días se entregará los 3 kilómetros de la vía asfaltada al Huayco y su explanada, así como la vía a Lourdes de 5 Km y así sucesivamente hasta completar los 200 kilómetros de asfalto

contratado y que fuera un ofrecimiento de campaña. La ciudadanía que se dio cita al centro turístico Las Cochas mostró su complacencia y agradecimiento por esta importante arteria vial que beneficiara a los ciudadanos de los sectores aledaños y que sin duda impulsará el turismo en la zona.


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NOTICIAS

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

ASAMBLEA GENERAL DE REPRESENTANTES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “JUAN PÍO DE MORA”

Reunión para solucionar inconvenientes en sector limítrofe en el cantón Chillanes

Prefectura construye viviendas para damnificados del invierno en Chillanes

Vivienda en el recinto San Pablo de Amalí (archivo GADPB).jpg

La Cooperativa Juan Pío de Mora realizó la Asamblea General Ordinaria de Representantes correspondientes al primer semestre del año 2015, en la cual se procedió a elegir a sus nuevos representantes para el Consejo de Administración recayendo tales dignidades en los siguientes ciudadanos: Benito García, Lic. Leonor Velasteguí, suplentes señor Carlos Martin López, Lic. Víctor Culqui; al Consejo de Vigilancia principales Ingeniero Carlos Andaluz, Anita Oñate y sus suplentes señora Lorena Velasco y la licenciada Adela Borja. En la Asamblea también se dieron a conocer los informes del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Auditor Interno, informe del Comité de Crédito entre otros. El acto contó con la presencia de los representantes de la Asamblea: Vocales de los Consejos de Administración, Vigilancia, Gerente General, Auditor Interno, Miembros de Comités, Jefes Departamentales y Empleados en general. La apertura del acto estuvo a cargo del Abogado Vicente Gaibor Merino, Presidente de la Entidad. La Asamblea General Ordinaria de Representantes se inició a las tres de la tarde, del primero de agosto, y concluyó cerca de las 11 de la noche.

EL PARQUE RECREACIONAL “CAMILO MONTENEGRO” ENTRA EN ETAPA DE REGENERACIÓN Guaranda.- El Parque recreacional "Camilo Montenegro" tendrá un nuevo rostro. Tras haber permanecido en completo abandono, entra en regeneración; tarea que desde la semana pasada lo viene ejecutando la Municipalidad de Guaranda. Durante 20 años el lugar estuvo al servicio de la población y los fines de semana solía ser el punto de encuentro de amigos y familiares. La regeneración del parque ubicado al sur de la urbe, entró en su primera fase, que consiste en la limpieza, recolección de escombros y basura, así como también el lavado del espacio donde funcionaba la laguna. La segunda fase comprenderá el arreglo de las jardineras, muros, tarabita y los senderos para finalmente poner a disposición de la ciudadanía, quienes podrán disfrutar de uno de los espacios turísticos con los que cuenta Guaranda.

Guaranda.- El Ing. Fafo Gavilánez Gobernador de la Provincia Bolívar, mantuvo una reunión de trabajo en su despacho, con el Lic. Marco Jácome delegado del GAD Provincial, funcionarios del distrito de salud y educación de las provincias de Bolívar, Los Ríos y representantes del recinto la Colombia Baja pertenecientes al Cantón Chillanes, entre otros. En esta reunión se analizó los inconvenientes que se presentan en el sector limítrofe del Cantón Chillanes en lo que

respecta a salud y educación. Luego de un extenso diálogo se llegó a varios acuerdos, destacándose el correspondiente a salud, y se programó un recorrido para corregir la cartografía de las unidades médicas de los recintos, la Angélica, Colombia Alta y Baja. Además se coordinó la entrega de uniformes y de pupitres por parte de los distritos de educación de Chillanes y de los Ríos.

Prefectura, atenderá requerimientos de comunidades Llacan y Tuso Alto del cantón San José de Chimbo

Acorde a lo informado en boletín No 202, de julio 30 del 2015, el Dr. Vinicio Coloma Romero, mantuvo la reunión de trabajo con moradores de las comunidades Llacan y Tuso Alto, del cantón San José de Chimbo; este espacio de diálogo fue compartido con el Arq. César Veloz, Alcalde del GAD Municipal de San José de Chimbo. Los dirigentes se mostraron muy motivados, por ser la primera vez que tienen la oportunidad de dialogar con autoridades y exponer sus necesidades, en busca de una respuesta, afirmativa. En lo que respecta a la Prefectura, estas son las respuestas a los requerimientos realizados por los diferentes directivos: Con respecto al mejoramiento con carpeta asfáltica de la vía de acceso a Llacan de 1.5 km, existe la predisposición de la Prefectura de ejecutar este mismo año siempre y cuando el GAD Municipal de San José de Chimbo realice el alcantarillado. Sobre el sistema de riego solicitado para 240 beneficiarios, señaló que se debe hac-

er un sistema integral y no por partes, por cuanto la Secretaria Nacional del Agua (SENAGUA), no autorizará; para ello será necesario hacer los estudios El techo en la cancha de la comunidad, se va a construir de manera urgente; infraestructura que servirá para las actividades deportivas, culturales y para que realice las reuniones la junta de regantes. El Prefecto agregó, que de acuerdo a la planificación Institucional, el próximo año se va a trabajar en el mejoramiento de las vías con asfalto en los cantones San José de Chimbo y San Miguel, previamente los GAD´s, deben trabajar en la conformación de la base y sub-base Sobre la solicitud de un tractor agrícola con todos los accesorios para trabajo en el campo, respondió que la Prefectura tiene previsto adquirir veinte tractores, pero que no se va entregar uno a la comunidad; sino que se coordinará con las comunidades para la ejecución de los trabajos Con relación a la casa artesanal, señaló que primero se debe legalizar los documentos, para que la Prefectura pueda intervenir; el Dr. Coloma, fue muy puntual en señalar solo con la ampliación y reconstrucción. Sobre el arreglo de las alarmas comunitarias solicitado por el representante de las brigadas barriales, manifestó que se coordinará para que se realice una revisión. El doctor Vinicio Coloma, Prefecto de Bolívar, ratificó su voluntad de trabajo por las comunidades, parroquias y cantones de la Provincia, orientados a mejorar la calidad de vida de sus habitantes. /Lic. Willian Bustillos RR.PP Y CC.SS. GADPB.

En el mes de marzo, varios sectores de la provincia Bolívar, sufrieron las consecuencias del fuerte invierno, entre ellos el recinto San Pablo de Amalí, parroquia San José del Tambo del cantón Chillanes; comunidades de San Miguel y Echeandía. Gracias a la generosidad de la ciudadanía bolivarense; en la Radio Tele maratón, organizado por la Prefectura de Bolívar, se logró recolectar alimentos no perecibles, vituallas, útiles de aseo, prendas de vestir y dinero en efectivo, para la construcción de viviendas de las personas que lo perdieron todo a causa de las inundaciones provocado por el crecimiento del río Changuil y Dulcepamba. Es importante señalar que la Prefectura está construyendo las viviendas, para los damnificados de San Pablo de Amalí (dos terminadas), en San José del Tambo (seis en ejecución) y una en Changuil (por iniciar), según información del Ing. Jorge Rea, responsable de este proyecto, está pendiente una para un damnificado de San Pablo de Amalí, por falta del terreno. El valor de construcción por cada vivienda es de cuatro mil dólares. / Lic. Vicente Pazmiño - RELACIONADOR PÚBLICO

ALCALDÍA RECIBE DONACIÓN DE LA KOICA

Caluma.- El Sr. Ángel Pachala Alcalde del Cantón, en días anteriores recibió por parte de LA KOICA (Agencia de cooperación de corea del sur), la donación de 2 computadoras portátiles y un proyector para el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Caluma, dichos equipos al momento son utilizados en las clases de Computación básica y manejo de teclado, que está dictando la Voluntaria CHOI RANK YOUNG, en la Unidad Educativa María Auxiliadora. Rosana Abril S - Relaciones Públicas GADMCC.


SALUDOS

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN “LAS NAVES” Provincia Bolívar

CONSIDERANDO: Que, el 10 de Agosto de 2015 el CANTÓN LAS NAVES conmemora EL VIGÉSIMO TERCERO ANIVERSARIO DE EMANCIPACIÓN POLÍTICA ADMINISTRATIVA, y que gracias a la visión de su gente y la bondad de la tierra es considerada como un sector estratégico de la provincia Bolívar. Que, es un deber del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, reconocer y resaltar los eventos trascendentales e históricos de la provincia y el país. Que, las autoridades e Instituciones de la Provincia, debemos propender la Unidad a través del intercambio de experiencias y conocimientos, hechos que coadyuvarán en el fortalecimiento de los lazos de hermandad y confraternidad, así como en el desarrollo social y económico de nuestra jurisdicción provincial. En uso de las atribuciones que la Ley le confiere, ACUERDA: Art. 1.- Saludar al Pueblo, Autoridades e Instituciones de desarrollo del CANTÓN LAS NAVES, en esta fecha trascendente de su historia. Art. 2.- Anhelar que el sendero del cambio y el progreso del desarrollo se constituyan en la bandera de lucha, con el concurso fecundo de sus estamentos. Dado en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, a los 10 días del mes de Agosto de 2015 Sr. Milton Sánchez Morán ALCALDE DEL CANTÓN

Sra. Sonia Castillo Castro CONCEJALA Sr. Hitler Gaibor Moreta CONCEJAL Sr. Isidoro Segura Valverde CONCEJAL

Sra. María Dora Palacios CONCEJALA Lic. Galo Romero Pazmiño CONCEJAL

Dr. Edwin Núñez Ribadeneira SECRETARIO GENERAL

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OPINIÓN

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

El Vocero de Bolívar y su Gente,

Registro No. SBO-99-001

La mejor alternativa en información provincial. Medio de comunicación pluralista e independiente, que acoge en sus páginas de opinión las distintas corrientes del pensamiento democrático y se publican bajo la responsabilidad de los autores de los artículos. La opinión de este Semanario está expresada en la columna Editorial. Lic. Carmen Egas Velasco DIRECTORA Egdo. Vicente Guerrero Cepeda GERENTE GENERAL

EDITORIAL

“DEBE TENER UN CORREO ELECTRONICO PARA PAGAR LA LUZ”

Desde hace unos días atrás la Corporación Nacional de Electricidad – Unidad de Negocios Bolívar, se encuentra realizando la actualización de datos de cada uno de sus clientes y entre la información a proporcionar está la de registrar una dirección de correo electrónico, así como el número de celular, entre otros, esto con la finalidad de brindarles una atención más personalizada y llegar con los nuevos servicios que la Corporación le ofrece como es el envío de las planillas de consumo eléctrico a sus correos o la de enviar a sus celulares mensajes de texto. Esta medida se entiende que no ha sido lo suficientemente difundida ni explicada a la ciudadanía, especialmente a quienes viven en el sector rural, por lo que está causando cierta incomodidad y molestia, además de

desinformación. Más aun si se considera que en las ventanillas de cobro del servicio eléctrico la única información que se proporciona es la de que “deben tener una cuenta de correo eléctronico para poder pagar su planilla” y en algunos casos les direccionan hacia dónde acudir para obtener esta cuenta electrónica. De alguna manera esta falta de información completa, adecuada y constante está dando pie a que muchos ciudadanos, especialmente del sector rural, mayoritario en nuestra Provincia, lo tomen como un mecanismo de control por parte del gobierno, como una forma para quitarles el bono de desarrollo humano a quienes lo tienen, para obligarles a instalar las cocinas de inducción, para poner nuevos impuestos, y muchas otras elucubraciones que son alimentadas por

personas con intereses opuestos a este Gobierno, tal como pasó con el caso del areteo en el ganado. Este tipo de percepciones equivocadas que tiene la población con respecto a ciertas actividades tan sencillas como es esta de actualizar datos en una Institución, demuestran el estado de desconocimiento, incertidumbre y nerviosismo en el que viven los ciudadanos, especialmente rurales, pero también demuestra una gran falla en el manejo de la comunicación hacia los clientes o usuarios por parte de ciertos funcionarios públicos, parecería como si los mismos funcionarios que trabajan para el Gobierno estarían confabulados en su contra para generar opiniones y condiciones que en este momento de marchas y reclamos en nada le favorecen al Régimen.

GUARANDA: Siete de Mayo y García Moreno, diagonal al SRI. LOCAL 2: Manuela Cañizares y 7 de Mayo. Telfs: 0986502992 / 0991955020 / 0980027364 / 032978512 / 032984654 E-mail: el_vocero_bolivar@yahoo.es E-mail: vicheguerreroc@hotmail.com BOLÍVAR- ECUADOR

Asignación de cupos e ingreso a clases periodo 2015 - 2016 En el pasado para estudiar se exigía a los padres de familia el pago de 25 dólares por aspirante, quien no tenía ese dinero estaba condenado a quedarse sin estudios, sin futuro. Los padres de familia peregrinaban en busca de un cupo para la educación, deslindando al Estado de esa responsabilidad. Realizaban largas filas e incluso pasaban la noche fuera de las instituciones educativas para obtener un cupo. Eran víctimas de personas inescrupulosas y mafias que vendían y tramitaban cupos para los establecimientos educativos públicos. El ingreso manual de la información por parte de los digitadores con errores de tipeo en la dirección, nombres, número de cédula, año de nacimiento, ocasionó inconvenientes en la asignación de cupos. Se instalaron más de 300 sedes de inscripción a nivel nacional, para el Régimen Sierra Amazonía 2015- 2016 y los operadores brindaron a los usuarios un servicio rápido, eficiente y en cada distrito. La implementación del sistema para asignar estudiantes a instituciones educativas fiscales asegura la transparencia en la asignación e igualdad de oportunidades para todos y todas. La asignación de estudiantes a instituciones educativas fiscales se realiza según la oferta educativa, utilizando modelos matemáticos y pensando en las facili-

dades de movilidad de los estudiantes y en base a unidades territoriales (circuito educativo y el código postal). El Registro Civil ha generado automáticamente el número de cédula de los niños y jóvenes en edad escolar. Además se ha trabajado con la Corporación Nacional de Electricidad para obtener los datos de la dirección del domicilio de los aspirantes, a partir del Código Único Eléctrico Nacional; reduciendo el ingreso de información manual por parte de los operadores al momento de la inscripción. Esto ha permitido minimizar los errores de tipeo en la dirección, nombres, número de cédula, año de nacimiento de los aspirantes; lo que antes ocasionaba inconvenientes en la asignación de cupos. Ahora hay medios alternativos de consulta para evitar la movilización de los padres. Entre ellos: • La línea gratuita del Ministerio de Educación 1800- 338222. • También la página web http// juntos.educacion.gob.ec. Además el mensaje de texto que se enviará a los representantes de los aspirantes al número de teléfono móvil registrado durante la inscripción. Los estudiantes que ya pertenecen al sistema educativo fiscal NO DEBEN asistir a las sedes de CONSULTA, porque tienen MATRÍCULA AUTOMÁTICA PARA EL

SIGUIENTE AÑO LECTIVO. Quienes sí deben consultar Los aspirantes que van a ingresar por PRIMERA VEZ al sistema educativo fiscal y que se inscribieron entre el 1 y el 20 de junio. Los niños beneficiarios de los Centros Infantiles del MIESS,

que tienen 3 o 4 años de edad, y qué fueron matriculados automáticamente en instituciones educativas del MinEduc. Además, las listas de estudiantes serán publicadas en las instituciones educativas a partir del 24 de agosto de 2015.

El inicio de clases, para el régimen Sierra-Amazonía, periodo 2015 – 2016 será de acuerdo al siguiente cronograma. INICIO DE CLASES

FECHA DE INGRESO

ESTUDIANTES DE:

1 de septiembre

Bachillerato

2 de septiembre

8vo., 9no., 10mo. de EGB

3 de septiembre

5to., 6to., 7mo. de EGB

4 de septiembre

2do., 3ero., 4to. de EGB

7 de septiembre

Primero de EGB

5 de octubre

Educación Inicial

Las inscripciones continuas y los traslados de fiscal a fiscal por cambio de domicilio se podrán realizar en las sedes, del 27 de julio al 8 de agosto del 2015. La atención de usuarios para esta fase también será por el último dígito de la cédula del padre, madre o representante. La atención de usuarios para esta fase se realizará de 07:00 a 19:00 de lunes a viernes y de 08:00 a 16:00 los días sábados.

La información fue proporcionada por la Directora Distrital 20D01, Especialista María Rosario Rea Cando, quien a través de una rueda de prensa dio a conocer sobre la tercera fase de inscripciones continuas y traslados, del proceso de asignación de cupos de los establecimientos educativos siclo sierra del Distrito 02D01 Guaranda. / Luís Sánchez Coloma- División de Comunicación Distrito 02D01 – Guaranda –Edu.


NOTICIAS

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

El Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Guaranda ejecutará varios proyectos de alcantarillado y agua potable para varios sectores del cantón.

Guaranda.- El alcalde de Guaranda, Ramsses Torres, preocupado por cumplir con el sumak kawsay que establece la constitución de la República, visitó las instalaciones de la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA), en la que mantuvo una reunión de trabajo con el Subsecretario de Agua Potable y Saneamiento, Alexis Sánchez. El objetivo de la reunión es dar seguimiento a los proyectos de alcantarillado y agua potable que el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Guaranda, presentó hace varios meses atrás a esta cartera de estado. Estos proyectos beneficiarían a varios sectores como la regional Vinchoa, la

parroquia de Julio Moreno, San Luis de Pambil y Facundo Vela, aseguró el Burgo maestre. Por su parte el Subsecretario de SENAGUA, dijo que la entidad gubernamental está dispuesta a brindar toda la ayuda técnica para viabilizar la ejecución de proyectos lo más pronto posible y poder trabajar de manera conjunta. Finalmente, el jefe del cabildo guarandeño, afirmó que la próxima reunión que se mantendrán entre los técnicos SENAGUA y de la Municipalidad de Guaranda, servirá para definir los plazos posibles en atención a la viabilidad técnica y los procesos de consultoría para ejecución del proyecto y la obra.

DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL REALIZÓ CAPACITACIÓN SOBRE LA CLASIFICACIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS A LOS COMERCIANTES DEL MERCADO 10 DE NOVIEMBRE

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Lista agenda para talleres de presupuesto participativo El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia Bolívar, en estricto cumplimiento a lo establecido en La Constitución de la República del Ecuador, Ley Orgánica de Participación Ciudadana, Ley Orgánica de Planificación y Finanzas Públicas y más cuerpos legales vigentes a través de los cuales dispone a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, la formulación de los Presupuestos Partici-

Parroquia o Cantón Santa Fe Julio Moreno Las Naves San Simón

San Lorenzo Telimbela Bilován San Pablo San Sebastián Santiago San Vicente La Magdalena La Asunción Balsapamba Caluma Salinas Regulo de Mora Simiatug Facundo Vela Echeandía San José del Tambo Chillanes San Luis de Pambil

pativos, los mismos que sirven de insumo para la elaboración del Presupuesto Institucional del año 2016. Con este objetivo el lunes 3 de agosto del año en curso, la Prefectura de Bolívar, efectuó la Asamblea Preparatoria con los presidentes y vocales de las 19 juntas parroquiales rurales, en la que se elaboró la siguiente agenda para los presupuestos participativos.

Fecha Hora Agosto -7- 2015 09:h00 Agosto- 7- 2015 14:h00 Agosto- 13- 2015 10:h00 Agosto-14- 2015 09:h00

Agosto -14-2015 Agosto – 17 -2015 Agosto -18- 2015 Agosto -18- 2015 Agosto- 19- 2015 Agosto-20-2015 Agosto-20-2015 Agosto-21-2015 Agosto-21-2015 Agosto-22-2015 Agosto-24-2015 Agosto-25-2015 Agosto-26-2015 Agosto-27-2015 Agosto-28-2015 Agosto-31-2015

14:h00 10:h00

Septiembre-1-2015

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Septiembre-2-2015

10:h00

Septiembre-4-2015

10:h00

09:h00 14:h00 14:h00 09:h00 14:h00 09:h00 14:h00 10:h00 10:h00 10:h00 10:h00 10:h00 10:h00 10:h00

Local GAD parroquial GAD parroquial Liga Cantonal (UCOCS) Centro de Capacitación del GAD Provincial Colegio San Lorenzo GAD Parroquial

GAD parroquial GAD Parroquial GAD Parroquial GAD Parroquial GAD Parroquial GAD parroquial GAD Parroquial GAD parroquial Sindicato de Choferes GAD Parroquial GAD Parroquial GAD Parroquial GAD Parroquial Coliseo del Cantón GAD Parroquial Coliseo del Cantón GAD Parroquial

Elaborado por: Lic. Willian Bustillos RELACIONES PÚBLICAS Y CC.SS. GADPB

SE APLICA LA ORDENANZA DE REMISION DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS POR IMPUESTOS, TASAS Y MÁS. Guaranda.- En el Teatro Municipal Nilo, la Dirección de Gestión Ambiental del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Guaranda, realizó la capacitación sobre la Clasificación de los Desechos Sólidos a los comerciantes del Mercado 10 de Noviembre. Iván Mora, Administrador del Mercado 10 de Noviembre dijo que este proyecto abarca la clasificación de la basura orgánica e inorgánica dentro del mercado. Se colocarán los tachos de basura que estarán bien identificados para que tanto los comerciantes como la ciudadanía que acude a hacer las compras en el Merca-

do 10 de Noviembre, arrojen los desechos correctamente. Asimismo, el administrador del mercado, recordó a la población guarandeña que existe una ordenanza que sanciona a todas aquellas personas que no cumplan con el manejo adecuado de los desechos sólidos. La Municipalidad de Guaranda a través de la Dirección de Gestión Ambiental, continuarán brindando este tipo de capacitaciones que ayudan y fomentan la cultura del reciclaje, pues la idea es lograr tener un cantón más limpio y amigable con el medio ambiente.

San Miguel.- El Dr. Simón Yánez Olalla, preocupado por el bienestar de la ciudadanía sanmigueleña, fomentó en el Seno del Concejo la aprobación de la ORDENANZA DE REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS PROVENIENTES DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE MEJORAS EN EL CANTÓN DE SAN MIGUEL, CON EL OBJETIVO, sobre lo expuesto el Señor Alcalde invita a la colectividad que se acerquen hasta las oficinas de Recaudación del GAD San Miguel, a cancelar sus impuestos, tomado en consideración el Art. N° 3; numeral 2 el cual indica “… La remisión de interés de mora, multas y recargos será el cincuenta por ciento (50%) si el

pago de la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras adeudando de la obligación tributaria es realizado dentro del periodo comprendido entre el día hábil sesenta y un ( 61) hasta el día hábil noventa (90) siguientes a la publicación en el Registro oficial de la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos …”; específicamente aclara que la rebaja del 50 % impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras estará vigente , desde el 29 de julio hasta el 8 septiembre 2015. Debemos indicar que para realizar este trámite tan solo es necesario la solicitud y copia de cedula de ciudadanía. / Lic. Vicente Pazmiño - RELACIONADOR PÚBLICO.


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Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

SALUDOS

ELECCIÓN Y CORONACIÓN DE LA REINA DEL CANTÓN LAS NAVES 2015-2016

Dentro de la programación que se viene desarrollando en el cantón Las Naves por las celebraciones con motivo del Vigésimo Tercero Aniversario de Cantonización, el día sábado 1 de agosto de 2015, a las 21h00, se llevó a cabo el evento de elección y coronación de la Reina de Las Naves 2015-2016. El acto galante contó con la presencia del Sr. Milton Sánchez Morán, Alcalde del Cantón, los señores Concejales Sonia Castillo, Dora Palacios, Hitler Gaibor, Isidoro Segura e invitados especiales quienes asistieron a presenciar la belleza y glamur de las jóvenes naveñas. Se dio la participación de artistas locales y nacionales, quienes deleitaron al público con su repertorio musical, destacando la presencia del imitador ecuatoriano del mexicano José José y cerrando las presentaciones musicales subió al escenario el reconocido artista guayaquileño Jorge Luis Del Hierro, quien interpretó sus temas ampliamente conocidos en el ámbito musical nacional y de proyección internacional, destacando su entrega y el gran carisma que mantuvo al público presente cautivado y totalmente entregado a su actuación. Las señoritas candidatas se presentaron en la pasarela luciendo sus presentaciones en traje de baño, traje típico y finalmente en traje de gala para luego pasar a responder las preguntas previamente establecidas. Luego de ello se procedió a través de ánforas colocadas para que el público asistente pueda consignar su voto en forma democrática por su candidata favorita, dando fe de todo lo actuado la Lic. Isabel Guillén, Notaria Primera del cantón Las Naves y los delegados de cada una de las candidatas. Luego del conteo efectuado y por un estrecho margen de votos resultaron electas las siguientes dignidades: REINA DEL CANTÓN LAS NAVES 2015-2016: Srta. Angeline Morales Castillo; VIRREINA: Srta. Alisson Ases Chafuel; SRTA. 10 DE AGOSTO: Srta. Olga Contreras Balarezo; SRTA. SIMPATÍA: Srta. Flor Borja Segura; y, SRTA. FOTOGENIA: Srta. Margy Vera Zambrano El evento de belleza estuvo animado por los reconocidos personajes de la pantalla chica ecuatoriana Dora West y Jorge Heredia.


AGRICULTURA

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

CALENDARIO LUNAR: Semana del 10 al 16 de agosto de 2015 10

20.4% iluminada

11

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12.7% iluminada

6.7% iluminada

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2.6% iluminada

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0.4% iluminada

15

0.1% iluminada

MAGAP entrega Kits Agrícolas para el cultivo de mora insumos, calificó como algo muy bueno este apoyo y agradeció al MAGAP por el trabajo en beneficio de los agricultores. El técnico agrícola del MAGAP en territorio, William Segura, dijo que los agricultores de forma periódica reciben la visita de los técnicos en territorio del MAGAP para recibir la asistencia técnica y dar el seguimiento al proceso del cultivo. Las organizaciones beneficiarias fueron la comuna san Juan de Llullundongo, Asociación de Mora Guantugcruz, Comité de Desarrollo Comunitario Luchador José Matavaca, Comité de Desarrollo Comunitario Tambo Real, asociación de productores agropecuarios Virgen la Dolorosa de Illuvi pertenecientes a la parroquia Guanujo. Guaranda.- 157 kits agrícolas para el cultivo de mora, recibieron pequeños productores de la parroquia Guanujo cantón Guaranda provincia Bolívar. La entrega y asistencia técnica gratuita la realizó el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), a través de la Dirección Provincial de

Bolívar. Los kits contienen un paquete tecnológico, fertilizantes y fitosanitarios adecuados que contribuye a potenciar altos rendimientos de mora. Francisca Rochina, representante de la Federación de Organizaciones Campesinas de Guanujo FOSIG, manifestó que son 5 organizaciones que reciben estos

Pedro Martínez representante de la asociación de productores agropecuarios Virgen la Dolorosa de Illuvi, agradeció al MAGAP por la entrega de estos insumos y la asistencia técnica que reciben en sus campos, invitó a los compañeros agricultores a seguir asociándose para que reciban estos beneficios.

Productores agrícolas de Bolívar recibieron 900 escrituras públicas. Campesinos de siete cantones de la provincia Bolívar, recibieron 900 escrituras públicas de tierras, la entrega la efectuaron técnicos de la Dirección Provincial de Bolívar, y la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, del Ministerio de Agricultura Ganadería Acuacultura y Pesca (MAGAP), durante un acto realizado en el Lago Las Cochas, del cantón Guaranda. El ministro del MAGAP, Javier Ponce, destacó que este acto constituye el primer paso de la Revolución Agraria. “Con la escritura, al ser legítimos propietarios de la tierra, los campesinos pueden acceder al crédito y demás beneficios” Ponce hizo un pedido a que se sumen al desarrollo de la producción ecuatoriana, señaló que entre los acuerdos y compromisos con los pueblos Kichwas de la provincia Bolívar, se iniciará con la construcción de microreservorios, así como el inicio de el estudio de riego parcelario para 400 hectáreas y la dotación de insumos para la actividad agrícola y pecuaria. Mario de la Cruz Pacha beneficiario con la entrega de las escrituras, expresó su agradecimiento al MAGAP, manifestó que muchas familias se favorecen con esta entrega ya que podrán ser parte de

los proyectos productivos que ofrece el Gobierno Nacional, agradeció por la entrega de la escritura del estadio central de la parroquia Simiatug que beneficiará a 12mil habitantes. Con las escrituras públicas las familias beneficiadas podrán acceder al bono que proporciona el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI), préstamos a través del Banco Nacional de Fo-

mento (BNF) y asistencia técnica para la ejecución de proyectos productivos asesorados por el MAGAP. El Programa de Legalización Masiva de la Tierra en el Ecuador tiene el objetivo de construir un modelo de desarrollo rural basado en la economía social solidaria, que garantice la soberanía, seguridad alimentaria y el buen vivir rural.

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1.8% iluminada

DIA DE CAMPO EN LA MAGDALENA

Con éxito se realizó un día de Campo sobre la Producción de Semilla Certificada Variedad Superchola en el Cantón Chimbo, Parroquia La Magdalena Comunidad Cochabamba, donde participaron MAGAP- Bolívar, INIAP, ECUAQUIMICA, Tenencia Política, Junta Parroquial, Delegados de Zonal 5 MAGAP, Medios de Comunicacion y los productores de diferentes zonas de la Asociación Productores de Papa de Bolívar


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SALUDOS

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

LA UNIDAD DE TRANSITO, TRANSPORTE TERRESTRE Y SEGURIDAD VIAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO NUNICIPAL DEL CANTÓN LAS NAVES. Rinde un justo homenaje al Cantón las Naves al celebrar su Vigésimo Tercer Aniversario de Emancipación Política y Administrativa. Continuamos trabajando por el sendero del éxito, para el desarrollo y el progreso de los habitantes de este hermoso paraje de nuestra Provincia. Servicios que ofrecemos: Matriculación vehicular Emisión de títulos habilitantes para la concesión de los permisos de operación de las unidades de trasporte terrestre, garantizando calidad y eficiencia en la atención a los Usuarios de nuestro Cantón y sectores aledaños. Las Naves, 10 de agosto de 2015. Arq. Tyrone Castro DIRECTOR DE LA UNIDAD Tec. Edinson Peñaloza JEFE DE MATRICULACIÓN VEHICULAR Sr. Anderson Chávez DIGITADOR

R. del E. SECRETERIA NACIONAL DEL AGUA CENTRO DE ATENCIÓN ALCIUDADANO EN GUARANDA CITACIÓN SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS, DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LAS AGUAS DE UNA VERTIENTE SIN NOMBRE, QUE NACEN EN LAS PROPIEDADES DE LA SEÑORA CARMEN ROSA VARGAS ALZAMORA, UBICADO EN EL PUNTO DENOMINADO MOROSPAMBA, JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA SAN PABLO DE ATENAS, CANTÓN SAN MIGUEL, PROVINCIA BOLÍVAR. EXTRACTO ACTOR: Carmen Rosa Vargas Alzamora OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización del derecho de aprovechamiento de aguas de una vertiente sin nombre, que nacen en las propiedades de la señora Carmen Rosa Vargas Alzamora, ubicado en el punto denominado Moraspamba, jurisdicción de la Parroquia San Pablo de Atenas, cantón San Miguel, provincia Bolívar, aguas que serán utilizadas en: uso doméstico, abrevadero de animales y riego, un caudal de 2.00 lts/seg. Proceso No. 63702015.- PROVIDENCIA.- SECRETARIA DEL AGUA.- SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE GUARANDA: Guaranda, 28 de febrero de 2015.- las 13h28.- Trámite No.6370-2015.- GUARANDA conocimiento de la presente causa en mi calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano Guaranda, de conformidad con el contrato No. DRHGGARH- 2014-334 de fecha.- 11 de agosto del 2614, según lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 26 11-334 de fecha 5 de septiembre

EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL No 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SAN MIGUEL DE BOLIVAR CITACIÓN JUDICIAL A los demandados herederos presuntos y desconocidos del señor Cesar augusto Moreta Bósquez, se le hace saber lo siguiente: JUICIO: Inventarios NUMERO: 2014-0562 ACTOR: Eduardo Napoleón Villagómez Vargas DEMANDADOS: A los herederos y presuntos desconocidos del fallecido Cesar Augusto Moreta Bósquez TRAMITE: Especial CUANTIA: Indeterminada JUEZA: Dra. Gladys Verónica Flores Caiza PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVAR.UNIDAD JUDICIAL No. 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SAN MIGUEL. San Miguel, jueves 04 de junio del 2015, las 09h39. Continuando con la tramitación de la presente causa se dispone: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora con su anexo, en atención al mismo por cuanto se ha justificado el fallecimiento del demandado señor Cesar Augusto Moreta Bósquez; Notifíquese a

del 2011, Art. 1 en el cual se delega las atribuciones y obligaciones otorgadas a las Subsecretaria de Demarcación Hidrográfica y a las Coordinaciones de Demarcación Hidrográfica a los Centros Zonales. Agréguese a los autos las fotocopias de la cédula de ciudadanía, certificado de votación, carnet de Abogado, certificación, escritura y la solicitud de autorización de uso y aprovechamiento del agua, presentada por la señora CARMEN ROSA VARGAS ALZAMORA, la misma que es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le acepta a trámite. En consecuencia, se dispone.- 1.- a los usuarios conocidos o no cíteseles por la prensa de conformidad con el Art. 126 literal a) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Uso y Aprovechamientos del Agua, vigente, con un extracto de la demanda y auto por tres veces en uno de los periódicos: El Amigo del Hogar, Impacto, El Vocero, Aquí Bolívar o Tribuna que se editan en esta ciudad, mediando entre una y otra publicación el plazo de ocho días. 2.- Fíjense carteles en tres de los lugares más públicos y frecuentados de la parroquia San Pablo de Atenas del Cantón San Miguel, al teniente Político de la Parroquia San Pablo de Atenas del Cantón San Miguel. 3.- Oportunamente se designará Perito para que realice el estudio técnico respectivo. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 67 y la autorización concedida a su Abogado Defensor ADOLFO ALTAMIRANO. Actúe en calidad de Secretario Ad-hoc en la presente causa el Sr. Javier Caiza Paredes. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ing. Lenin Chimbo Narváez Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Guaranda. Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro de atención al ciudadano, para futuras notificaciones. Edwin Javier Caiza Paredes SECRETARIO Ad-hoc.

los herederos y cónyuge conocidos: Ángel Celio Moreta Yánez, Cesar Augusto Moreta Yánez y Delfa Lastenia Yánez Moyano, a quienes se les notificara con la presente providencia, en su domicilio que lo tiene ubicado en las calles 10 de Agosto y pasaje “B” de la ciudad de Babahoyo, provincia de los Ríos, ofreciendo a la autoridad deprecada reciprocidad en casos análogos, cumplida que sea devuélvase todo lo actuado es esta judicatura disposición que se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil. En lo que tiene relación con los herederos presuntos y desconocidos del fallecido Cesar Augusto Moreta Bósquez el actor en cualquier día y hora Hábil comparezca a este despacho judicial y de cumplimiento a lo prescrito en el Art. 82 del Código de procedimiento Civil. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Gladys Verónica Flores Caiza, Jueza de la Unidad Judicial No. 1 de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia.(sigue el certifico y las notificaciones) Libro a usted la práctica de la presente diligencia a fin de dar fiel cumplimiento a lo que se allá ordenado. Atentamente Ab. Cesar Andaluz Sánchez SECRETARIO DE LAUNIDAD JUDICIAL No. 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Sr. Jhony Ulloa TÉCNICO REVISOR Sr. Andy Vayas ASISTENTE ADMINISTRATIVO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SAN MIGUEL DE BOLÍVAR. EXTRACTO Al público se le hace saber. JUICIO : Insolvencia No.-0245-2013 ACTOR : Cooperativa De Ahorro y Crédito San José Ltda. DEMANDADAS: Sandra Del Rocío Abril Miguez y Lorena Zapata Flores. TRAMITE : Especial- Insolvencia CUANTÍA : 3.175,26 JUEZ : Rodrigo Castro Medina. AUTO: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE BOLÍVAR.San Miguel, miércoles 16 de enero del 2014, las 09h51. VISTOS.- Aceptando la inhibición presentada por el Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz Juez Quinto de lo Civil de Bolívar, por ser legal. El escrito presentado por la parte actora se agrega a los autos; la demanda que antecede presentada por JOSE RAFAEL GUILLEN SIERRA en su calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San José “Ltda”, como lo acredita con la documentación adjunta es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos exigidos por la Ley, se le acepta para darle el trámite legal correspondiente establecido en el Art. 507 y más pertinentes del Código de Procedimiento Civil Codificado. De la documentación debidamente certificada aparejada a la demanda, contiene la sentencia condenatoria, la liquidación de capital, intereses y costas, el mandamiento de ejecución y la razón actuarial tomadas del juicio ejecutivo seguido en el Juzgado Quinto de lo Civil de Bolívar, de los cuales se desprende que las deudoras Señoras SANDRA DEL ROCIO ABRIL MIGUEZ y LORENA BEATRIZ ZAPATA FLORES, no han pagado ni han dimitido bienes equivalentes a la suma de TRES MIL CIENTO SESENTA Y CINCO DOLARES CON VEINTE Y SEIS CENTAVOS ( usd 3165,26) , por concepto de capital, intereses y costas adeudados, por tal se presume la insolvencia; y por lo mismo declárese haber lugar el concurso de acreedores de conformidad con lo establecido en el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil Codificado, ordénese la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos, para cuyo efecto intervenga el Señor Síndico de Quiebras con que cuenta la Corte Provincial de Justicia de Bolívar. Ordénese la acumulación de los juicios que se siga en contra de los deudores, por obligaciones de dar o hacer, con excepción de los hipotecarios, para cuyo caso oficíese a los Juzgados de lo Civil de Bolí-

var. Hágase saber al público estas declaraciones mediante aviso en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en la ciudad de Guaranda, capital de la provincia de Bolívar. Como las demandadas quedan en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese esta providencia a los Señores Notarios y Registrador de la Propiedad de los cantones Guaranda y San Miguel de Bolívar, para los fines legales correspondientes; y, se dispone que las demandadas dentro de término de ocho días presente el balance de sus bienes. Prohíbase que las demandadas se ausenten del lugar el juicio o salgan del país, sin permiso de este Juzgado, debiéndose oficiar a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Oficíese a los señores Gerentes de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito de la ciudad de San Miguel y Guaranda provincia de Bolívar, al Sr. Presidente de la Cámara de Comercio, al Sr. Director del Consejo Nacional de Transito en Bolívar para los fines legales pertinentes, medidas que procederán una vez ejecutoriada la presente providencia. Hágase saber a los fallidos esta declaratoria para que de tenerlo a bien, se opongan a ella pagando o dimitiendo bienes, dentro de tres días en uso del Derecho que le otorga el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil. Téngase por fijados la cuantía, el casillero judicial señalado para notificaciones, la autorización dada a su Abogado defensor. Agregúese al proceso la documentación que se acompaña. Cítese a las demandadas para que de tenerlo a bien se opongan en el término de tres días con arreglo a lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil; a SANDRA DEL ROCIO ABRIL MIGUEZ en esta ciudad de San Miguel barrio El Chasqui sector ciudadela La Libertad; a LORENA BEATRIZ ZAPATA FLORES en la ciudad de Guaranda Av. Elisa Marino de Carvajal frente al parque de Leones, diligencia que se cumplirá mediante deprecatorio dirigido a unos de los señores Jueces de lo Civil de Bolívar con asiento en el cantón Guaranda a quien se remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese y Notifíquese. f.- Dr. Rodrigo Castro Medina Juez. Particular que llevo a conocimiento del público, para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en la ciudad de San Miguel de Bolívar, para posteriores notificaciones. Ab. Mary G. Escobar Bortaire SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SAN MIGUEL BOLÍVAR


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Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, procede a NOTIFICAR el contenido de la RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE ALCALDIA Nº 012-GADMCLN-2015 DE DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA O DE INTERÉS SOCIAL, al Sr. FRANCISCO FREDY MONTERO MONAR, en aplicación a lo señalado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido imposible determinar su individualidad o residencia:

MILTON ELI SÁNCHEZ MORÁN ALCALDE SUBROGANTE DEL CANTÓN LAS NAVES

CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, es una persona jurídica de derecho público con patrimonio propio y capacidad para realizar actos jurídicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. Que, en el Registro Oficial N° 303 de fecha 19 de octubre del 2010, se publicó el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el mismo que determina en su artículo 446, declarar las expropiaciones de bienes inmuebles con el objeto de ejecutar planes de bienestar colectivos por razones de utilidad pública o interés social. Que, existen los informes del Departamento de Planificación, Certificado del Registro de la Propiedad, Certificado de la Jefatura de Avalúos y Catastro y Certificación presupuestaria del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, documentos que sirven como fundamentos de sustento técnico legal exigido por el Art 447 y siguientes del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, para que conforme a derecho se proceda con el trámite de expropiación de un terreno mediante declaratoria de utilidad pública y de ocupación inmediata. Que, dentro del Plan Anual de Contrataciones y ejecución de obras se encuentra la construcción de un mercado municipal para expendio de víveres de parte de comerciantes mayoristas y minoristas, tomando en consideración que hace falta contar con una área más extensa donde puedan desarrollarse estas actividades comerciales en beneficio del Cantón. Que, actualmente existe un terreno o predio urbano de 2.920,74 metros cuadrados perteneciente al señor FRANCISCO FREDY MONTERO MONAR según certificación del Registro de la Propiedad Municipal del cantón Las Naves, terreno ubicado en el sector central de la Parroquia las Naves, cantón Las Naves, provincia Bolívar dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: calle Domingo Guevara con 42,10 ml.; POR EL SUR: calle Augusto Chávez, con 62,70 ml.; POR EL ESTE: calle Abdón Calderón con 62,00 ml. y POR EL OESTE: propiedad de la señora Norma Guamán con 43,45 ml. y propiedad del señor Wilman Guamán con 18,55 ml., sobre dicha propiedad a la fecha consta anotada e inscrita una hipoteca abierta a favor del Banco Nacional de Fomento. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en armonía con los Artículos 62 y siguientes del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la máxima autoridad de entidad del respectivo organismo o entidad del sector público que haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades, procederá a la declaratoria de utilidad pública o de interés social de acuerdo con la Ley. Que, existe en el presupuesto correspondiente al año 2015, en el Programa: Administración General, la partida Nº 8.4.03.01 denominada TERRENOS; partida que servirá para financiar la adquisición de este terreno. Que, una vez recibida toda la documentación habilitante para proceder a la declaratoria de utilidad pública o de interés social, esta ha sido revisada y analizada en forma prolija con la asesoría de las Direcciones y Jefaturas departamentales así como de técnicos en la materia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves. En ejercicio de las atribuciones contenidas en el Art. 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y Art. 62 de su Reglamento, en armonía con lo señalado en el Art. 447 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización.

RESUELVO: Art. 1.- Declarar de utilidad pública con fines de expropiación urgente y de ocupación inmediata como cuerpo cierto el terreno perteneciente al señor FRANCISCO FREDY MONTERO MONAR, con ficha catastral Nº 020702010113001000, con una superficie de 2.920,74 metros cuadrados, predio urbano ubicado en la parroquia Las Naves, cabecera cantonal del mismo nombre, provincia Bolívar y que se encuentra circunscrito geográficamente dentro de los siguientes linderos y dimensiones: POR EL NORTE: calle Domingo Guevara con 42,10 ml.; POR EL SUR: calle Augusto Chávez, con 62,70 ml.; POR EL ESTE: calle Abdón Calderón con 62,00 ml. y POR EL OESTE: propiedad de la señora Norma Guamán con 43,45 ml. y propiedad del señor Wilman Guamán con 18,55 ml, dentro de dicho predio existen vegetación silvestre y no existe construcción o vivienda alguna, es decir se encuentra libre de toda ocupación; esta propiedad se encuentra legalmente inscrita en el Registro de la Propiedad Municipal del cantón Las Naves, bajo el número 254 del repertorio y 153 del Registro de la Propiedad en 18 de Agosto del 2010, además consta anotada e inscrita una hipoteca abierta a favor del Banco Nacional de Fomento bajo los números 225-226 del Repertorio, 13 del Registro de Hipotecas y 18 del Registro de prohibiciones de Enajenar, en fecha 29 de Junio del 2011. Art. 2.- El predio será utilizado para la construcción de un mercado municipal de expendio de víveres de primera necesidad para comerciantes mayoristas y minoristas del cantón Las Naves. Art. 3.- Aplicar el precio del avalúo que determina la Jefatura de Avalúos y Catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, en el monto de US $ 26.637,15 del predio en referencia, en el Programa Administración General la partida Nº 8.4.03.01 denominada TERRENOS; partida que servirá para financiar la adquisición de este terreno. Art. 4.- Notificar al señor Registrador de la Propiedad Municipal encargado del cantón Las Naves, para los efectos contemplados en el inciso tercero del Art. 62 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública con la finalidad de que se abstenga de inscribir cualquier acto traslaticio de dominio o gravamen del mismo, que no sea a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves. Art. 5.- Notificar con esta resolución al señor FRANCISCO FREDY MONTERO MONAR y a los representantes del BANCO NACIONAL DE FOMENTO en el cantón Las Naves, con la finalidad de que las personas mencionadas presenten conformidad u observaciones a la declaratoria de utilidad pública, debiendo realizar estas notificaciones el señor Secretario General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, quien lo realizará en la ciudad de Las Naves, jurisdicción del cantón Las Naves que es el lugar donde tienen la propiedad materia de la presente declaratoria de utilidad pública, sin perjuicio de que esta notificación se lo haga en el lugar en que fueren encontrados; a efectos de buscar un acuerdo directo entre las partes. Art. 6.- En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo, los representantes legales de la Entidad formularán el juicio de expropiación conforme al trámite previsto en el Código de Procedimiento Civil y a lo determinado en el inciso séptimo del Art. 58 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha. ALCALDIA DEL CANTÓN LAS NAVES.- Las Naves, cuatro de agosto de dos mil quince.f) Sr. Milton Eli Sánchez Morán ALCALDE SUBROGANTE DEL CANTÓN LAS NAVES RAZON: Siento por tal, que la resolución que antecede fue emitida y suscrita por el Señor Milton Eli Sánchez Morán, Alcalde subrogante del cantón Las Naves, el 4 de agosto de 2015.- LO CERTIFICO.- Las Naves 4 de agosto de 2015

f) Dr. Edwin José Núñez Ribadeneira SECRETARIO GENERAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LAS NAVES

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Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015 LIBRETAS EXTRAVIADAS

Por haberse extraviado la libreta de ahorros no. 1160006124, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Vicente Eduardo Bonilla Carrasco, el banco procederá a anularla. Por haberse extraviado la libreta de ahorros no. 4003873303, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Geovany Patricio Bonilla Goyes, el banco procederá a anularla. Por haberse extraviado la libreta de ahorros no. 4005228936, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a juan José Albán Chávez, el banco procederá a anularla.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CAN CHILLANES EXTRACTO Al señor MILTON JAVIER NAULA QUINATOA se le hace saber del juicio de Alimentos con Presunción de Paternidad que se sigue en este despacho: JUICIO: ALIMENTOS CON PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD N° 02307-2014-0272 ACTORA: CAYACHI QUINALOA ELVIA MARGOTH DEMANDADO: MILTON JAVIER NAULA QUINATOA TRAMITE: Especial JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE BOLIVAR.- Chillanes, martes 23 de diciembre del 2014, las 10h05. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Sexto de lo Civil de Bolívar, legalmente encargado de esta judicatura, mediante oficio N°. 2481-UATH de fecha 10/12/2014. LA demanda que antecede deducida por la señora CAYACHI CHAQUINGA ELVIA MARGOTH, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley se la acepta para su trámite en proceso Especial señalado en el Art. Innumerado 34 y siguientes de la ley reformatoria al Código de la Niñez y la Adolescencia, publicado en el Registro Oficial N° 653 del 28 de julio de 2009. En lo principal bajo prevención que de no comparecer a juicio se procederá en rebeldía, cítese al demandado señor MILTON JAVIER QUINATOA NAULA, en su domicilio que lo tiene en el cantón Pallatanga, Recinto San Nicolás Provincia de Chimborazo, lugar señalado en formulario de demanda, mediante boleta única con el auxilio de la Fuerza Pública. Se fija en calidad de pensión alimenticia provisional en beneficio del Infante CAYACHI QUINALOA DEYVIS SAUL la cantidad de noventa y dos dólares americanos con cuarenta y ocho centavos, ($92,48 USD) acorde a la Resolución N°. 0001CNNA-2014, de fecha 28 de Enero del año en curso, a depositarse en la cuenta virtual que para dicho efecto se dispone aperturar a través de la secretaria de esta jurisdicción. En cuanto se encuentre legalmente citado el padre del menor se señalará la fecha para la diligencia de Audiencia Única ordenada en la precitada ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia. Por no encontrarse verificada la paternidad en beneficio del derechohabiente se ordena se cumpla con el examen del ADN en las personas del

República del Ecuador Citación Judicial Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Catón Guaranda. EXTRACTO A LA DEMANDADA: NARANJO GAVILANEZ GEORGINA ANGELICA JUICIO: INVENTARIOS NUMERO: 2015-0054 ACTORES: NARANJO GAVILANEZ JORGE MESIAS, NARANJO GAVILANEZ GLORIA HUMBERTINA, NARANJO GAVILANEZ ORJE OBDULIO, NARANJO GAVILANEZ BLANCA MARGARITA Y NARANJO ALARCON IVAN ALEXANDER DEMANDADA: NARANJO GAVILANEZ GEORGINA ANGELICA TRAMITE: ORDINARIO. CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: AB. TOMAS CHAVES PAREDES En el Juicio de INVENTARIOS Nº- 2015-0054 que sigue NARANJO GAVILANEZ JORJE MESIAS Y OTROS en contra de NARANJO GAVILANEZ GEORGINA ANGELICA se le hace saber lo siguiente: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVAR- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA- Guaranda, miércoles 6 de mayo del 2015, las 12h48. VISTOS.- En mi calidad de Jueza titular de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guaranda; por sorteo de ley; y, de acuerdo a la Resolución de la Corte Nacional de Justicia, publicada en el Registro Oficial Nº 295 de 23 de julio de 2014, vigente en este momento avoco conocimiento de la presente causa. Calificase la demandada que antecede de clara, precisa y completa por reunir los requisitos del artículo 67 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1013 del mismo cuerpo legal, por tanto se la acepta al trámite sumario del artículo 89 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación. Cuentéese con el señor Jefe Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación de Bolívar como legítimo contradictor, a quien se notificará en su despa-

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES EXTRACTO Al señor CHICAIZA PUCUJI SEGUNDO ABELINO se le hace saber del Juicio Verbal Sumario- Divorcio que se sigue en este despacho: JUICIO: Divorcio N° 02307-2015-00169 ACTORA: PILCO GUALLI GALDIS MARLENE DEMANDADO: CHICAIZA PUCUJI SEGUNDO ABELINO TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, viernes 31 de julio del 2015, las 10h09 VISTOS: La demanda que antecede deducida por la señora PILCO GUALLI GLADIS MARLENE por ser clara y reunir los demás requisitos de ley, se le acepta para su trámite contemplado en el Art. 118 del Código Civil, en relación con el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En lo principal, cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída al señor CHICAIZA PUCUJI SEGUNDO ABELINO, de acuerdo a lo que manda a observar el Art. 82

derechohabiente, su madre y el presunto progenitor a practicarse en la Cruz Roja Ecuatoriana a costas del demandado; la toma de muestras para la precitada prueba practíquese en la Cruz Roja de Bolívar ciudad de Guaranda, debiendo oficiar al Director de dicha entidad quién actuará como delegado del Juez actuante, previo señalamiento oportuno de día y hora. Agréguese al expediente los recaudos adjuntos. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones en esta Casa de Justicia y la facultad concedida a su abogado patrocinador. Tómese en cuenta el anuncio probatorio. El demandado podrá presentar sus anuncios probatorios hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única a la que atendiendo el principio constitucional de la inmediación procesal acudirán las partes personalmente o con poder especial para transigir otorgado a sus abogados. Actúe en la causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Chillanes.- Certifico. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, jueves 19 de febrero del 2015, las 09h05. Vista la reforma introducida a la demanda por la accionante, para efectos de ley se la debe tener al demandado o presunto progenitor como NAULA QUINATOA MILTON JAVIER, al que se lo debe citar en la forma ordenada en auto inicial. Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.Certifico. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, martes 26 de mayo del 2015, las 12h05. Al demandado señor NAULA QUINATOA MILTON JAVIER, por mediar juramento del hecho de desconocer su actual domicilio o residencia se lo manda a citar de acuerdo a lo que prescribe el Art. Innumerado 35 de la Ley reformatoria al título V del Libro Segundo del Código Orgánico de la Nuez y Adolescencia, en relación con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los medios impresos de mayor circulación d la ciudad de Guaranda pór no existir medio publicitario en este Cantón, para lo que por secretaría se entregará el extracto correspondiente. Cítese y Notifíquese. .) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico. Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones.

cho oficial conocido por el señor notificador de esta Unidad Judicial. Cítese la demandada por un periódico de este lugar según el mandato del inciso segundo del citado artículo 89 de la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, en concordancia con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta la cuantía, el casillero judicial No: 132 y/o correo electrónico señalado para notificaciones; y, la autorización dada a su defensor. Actúe el Ab. Diego Solís Miranda, como Secretario del despacho. Cítese y notifíquese.- AB.TOMAS CHAVES PAREDES Juez.- (sigue el certificado y notificaciones). CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVAR- UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.- Guaranda, jueves 4 de junio del 2015, las 15h43. VISTOS. En la causa Inventario N 2015-0054, el suscrito Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guaranda de oficio y según el art. 426 de la Constitución de la República del Ecuador por ser un trámite de jurisdicción voluntaria exclusivamente para el alistamiento de bienes se rectifica el auto de calificación dictado el seis de Mayo del 2015 de las 12h48 minutos, por un lapsus calami se ha hecho constatar los nombres y apellidos de la demandada como Georgina Angelita Naranjo Gavilánez siendo lo correcto de Georgina Angélica Naranjo Gavilánez en lo posterior de contará. En lo principal Cítese a la demandada Georgina Angélica Naranjo Gavilánez con el contenido de la demanda, auto de calificación y el presente auto del modo como consta en el auto de calificación. Por secretaria confiera las copias y el extracto respectivo para la citación a la demandada. CITESE Y NOTIFIQUESE.- AB. TOMAS CHAVES PAREDES Juez.- (Sigue el certifico y notificaciones). Particular que pongo en conocimiento de la demandada NARANJO GAVILANEZ GEORGINA ANGELICA, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guaranda para sus posteriores notificaciones Ab. Johnny Agualongo Arias. Secretario.

del Código de Procedimiento Civil en relación con el Art. 119 del Código Civil, mediante tres publicaciones efectuadas en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón y en un perópdp de mayor circulación de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, lugar de celebración del matrimonio, para lo que por secretaria se entregarán los extractos correspondientes. Agréguese al proceso la certificación de matrimonio, copia de la cédula de ciudadanía y certificado electoral así como carné profesional. Tómese nota de la cuantía, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones que le correspondan y la designación de su abogado patrocinador. Actúe en la presente causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y notifíquese. F.) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. Juez de la Unidad Judicial Civil Multicompetente de Chillanes. Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 6 de agosto del 2015 Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CAN CHILLANES EXTRACTO A los herederos presuntos y desconocidos del señor SEGUNDO CIPRIANO TENENUELA Y JUANA TENENUELA se le hace saber del Juicio Ordinario de Prescripción Adquisitiva de Dominio que se sigue en este despacho: JUICIO: Ordinario Prescripción Adquisitiva de Dominio N. 02307-2015-00168 ACTORES: LEMA YAMBI LUIS GUSTAVO Y PILCO SANGO MARIA JUANA DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos del señor SEGUNDO CIPRIANO TENENUELA Y JUANA TENENUELA como son: Cipriano Tenenuela, Ángel Tenenuela, Segundo Tenenuela, Miguel Caba Tenenuela, Mentor Caba Tenenuela, Mercedes Caba Tenenuela, Elvira Caba Tenenuela, Rosalva Caba Tenenuela y Ángela Caba Tenenuela, y otros. TRAMITE: Ordinario JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, jueves 2 de julio del 2015, las 10h41 VISTOS: La demanda que antecede deducida por los cónyuges señores: LEMA YAMBI LUIS GUSTAVO Y PILCO SANGO MARIA JUANA, por ser clara y reunir los requisitos mínimos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, se le acepta a trámite en proceso ordinario, conforme se dispone en el Art. 395 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En lo principal cítese con la copia demanda y auto inicial en ella recaída, a los herederos presuntos y desconocidos del señor SEGUNDO CIPRIANO TENENUELA Y JUANA TENENUELA, como son: Cipriano Tenenuela, Ángel Tenenuela, Segundo Tenenuela, Miguel Caba Tenenuela, Mentor Caba Tenenuela, Mercedes Caba Tenenuela, Elvira Caba Tenenuela, Rosalva Caba Tenenuela y Ángela Caba Tenenuela conforme se precisa en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón, para lo que la señora secretaria entregará el extracto correspondiente; a la señora Carmen Tenenuela en su domicilio de este Cantón Chillanes, Provincia Bolívar, a quienes de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 396 de la ley de la materia, se les concede el término de quince días para que se excepcionen. Cuéntese en la presente causa con el señor Subsecretario de Tierras del Ministerio de Agricultura, Acuacultura y Pesca en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, mediante deprecatorio librado a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con asiento en dicha ciudad. Cuéntese también con el señor Delegado Distrital de la Procuraduría General del estado en la ciudad de Riobamba mediante deprecatorio librado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con asiento en dicha ciudad. Con notificación al señor Registrador Municipal de la Propiedad de este cantón en su despacho, procédase a la inscripción de la demanda y prohibición de enajenar del bien inmueble objeto de la presente acción, esto al tenor de lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil en relación con el Art. 918 ibídem. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, los casilleros que señala para recibir notificaciones en esta casa de justicia y la facultad concedida a su abogado patrocinador. Se designa en calidad de procurador común de los actores al señor Luís Gustavo Lema Yambi, con quien se contará en lo posterior. Cítese y notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, MSC. Juez Multicompetente de la Unidad Judicial con sede en el cantón Chillanes. Particular que pongo en conocimiento de los demandados previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 4 de agosto del 2015. Dra. Ana Chela Betty Cobos Albán. SECRETARIA

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES EXTRACTO Al señor ZAPATA BUÑAY JAIRO ROBERTO, se le pone en conocimiento del juicio de Alimentos y declaratoria de Paternidad No. 2014-0074, que se sigue en este despacho. ACTORA: Lema Cobos Nancy Yadira DEMANDADO: Zapata Buñay Jairo Roberto JUICIO DE ALIMENTOS Y DECLARATORIA DE PATERNIDAD No. 2014-0074 Juez de la unidad: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. CITACION. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR: Chillanes martes 23 de abril del 2014, las 16h42: VISTOS: Conforme se manda en la acción de personal No. 0178-DPB-2014 de fecha 15 de abril del año en curso, avoco conocimiento de la presente acción. La demanda que antecede deducida por LEMA COBOS NACY YADIRA, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley se le acepta para su trámite en proceso Especial señalado en el Art. Innumerado 34 y siguientes de la ley reformatoria al Código de la Niñez y la Adolescencia, publicado en el registro Oficial N° 643 del 28 de julio de 2009. En lo principal bajo prevención que de no comparecer a juicio se procederá en rebeldía, cítese al demandado señor OROZCO ZAPATA JAIRO ROBERTO, en el domicilio señalado en formulario de demanda de prestación, mediante boleta única con el auxilio de la Fuerza pública. Se fija en calidad de pensión alimenticia provisional en beneficio de la infante Jaqueline Stefanía Lema Cobos, la cantidad de noventa y dos dólares americanos con cincuenta y cuatro centavos ($92,54USD) conforme la Resolución del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, a depositarse en la cuenta que para dicho efecto se servirá aperturar la compareciente. En cuanto se encuentre legalmente citado el presunto padre de la menor se señalará la fecha para la diligencia de Audiencia Única ordenada en la precitada Ley Reformatoria al Código orgánico de la Niñez y la Adolescencia. Por no en contarse verificada la paternidad en beneficio de la menor se ordena se cumpla con el examen comparativo de los patrones de bandas o secuencias

República del Ecuador Citación Judicial Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Catón Guaranda. EXTRACTO AL DEMANADADO: TOAPANTA GUASHPA SEGUNDO JOSE. JUICIO: IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO. NUMERO: 2015-00286 ACTOR: GAGLAY DURAN ANGEL EDUARDO DEMANDADO: TOAPANTA GUASHPA SEGUNDO JOSE. TRAMITE: ORDINARIO. CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. NIVARDO OCAÑA GAVILANES. En el Juicio de Impugnación de Reconocimiento No2015-00286 que sigue GAGLAY DURAN ANGEL EDUARDO en contra de TOAPANTA GUASHPA SEGUNNDO JOSE se le hace saber lo siguiente:………….. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVARUNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA- Guaranda, miércoles 3 de junio del 2015, las 11h03.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en razón del sorteo de ley practicado, IMPUGNACION DEL RECONOCIEMIENTO # 00286-2015, presentada por ANGEL EDUARDO GAGLAY DURAN, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Bolívar. En lo principal y por cuanto la demanda presentada es clara y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUCIO ORDINARIO conforme al mandato de los Arts. 59 y 395 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia córrase traslado con la demanda y providencia al demandado SEGUNDO JOSE TOAPANTA GUSHPA, debiendo para el efecto citárselo en el lugar que se indica, en la demanda, una vez que la actora bajo juramento manifiesta desconocer el domicilio o residencia del demandado y según el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, publíquese en un periódico de mayor circulación en la Provincia por tres publicaciones en días diferente, por secretaria confiérase los extractos solicitados. Al Director del Registro Civil, Identificación y Cedulación de Guaranda; Al demandado se le concede el término de quince días para que de contestación a la demanda y deduzca sus excepciones a las que se crea asistida, bajo apercibimiento en rebeldía. El demandado estará a lo dispuesto en los Arts. 241 del Código Civil y; en concordancia con el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil. Incorpórese a los autos la documentación adjunta. Tómese en cuenta el casillero judicial y/o correo electrónico señalado por la autora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, así como la cuantía de la demanda.- actúe la señora secretaria titular del despacho. NOTIFIQUESE Y CITESE.- f) Dr. Nivardo Ocaña Gavilanes Juez.- (Sigue el certifico y notificaciones). Particular que pongo en conocimiento del demandado TOAPANTA GUSHPA SEGUNDO JOSE, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guaranda para sus posteriores notificaciones. Dra. Vanessa Quiroz Becerra. de ácido desoxirribonucleico ADN en la persona de los derechohabientes, su madre y el presunto progenitor a practicarse en la Cruz roja Ecuatoriana, Sede Central en la ciudad de Quito, a costas del demandado; la toma de muestras para la precitada experticia practíquese en la Cruz roja de Bolívar en la ciudad de Guaranda, debiendo oficiar para dicho efecto haciéndole conocer al señor Director de dicha entidad que actuará como delegado del suscrito Juzgador. Agréguese al expediente los recaudos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, el casillero judicial que señala para recibir notificaciones en esta Casa de Justicia y la facultad concedida a su abogado patrocinador defensor público en este Cantón. El demandado podrá presentar sus anuncios probatorios hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única a la que atendiendo el principio constitucional de la inmediación procesal acudirán las partes personalmente. Actúe en la causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de este cantón Chillanes. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR: Chillanes, martes 23 de junio del 2015, las 10h52: En consideración al lapsus incurrido en decreto que antecede en lo concerniente al nombre del demandado, rectifíquese dicho error debiéndose tener para efectos de ley que el demandado responde a los nombres de ZAPATA BUÑAY JAIRO ROBERTO, al que se lo debe citar en la forma señalada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil , en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda, por no existir medio publicitario impreso en este Cantón. La señora secretaria entregue el extracto correspondiente. Cítese y Notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de este Cantón Chillanes. (Sigue el certifico y las notificaciones) Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para futuras notificaciones. Chillanes, 29 de junio del 2015 Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA


MISCELANIA

Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

FELIZ CUMPLEAÑOS A nuestra apreciada compañera JACKELINE VILLACRÉS SÁNCHEZ.

Que Dios le colme de bendiciones y le de mucha salud y vida. Le saludamos sus amigos del GAD Municipal del Cantón Las Naves: Milton Sánchez, Edwin Núñez, Tyrone Castro, Patricia Gil, José Parrales, Moisés Bonilla, Flor Gil, Janeth Muñoz, Irene Heredia, Jessica Vera, Francy Vera, Sonia Olivares, Sonia Castillo, Dora Palacios, Hitler Gaibor y Katherine Yépez. Además, de quienes conformamos el semanario El Vocero.

HOROSCOPO CAPRICORNIO: Tendrás la fortuna de recibir un ingreso que hacia tiempo que estabas esperando y eso te dará mucha paz, no tengas prisa y deja que suceda de forma natural.

ACUARIO: No te precipites si has de hacer un gasto inesperado, piensa bien si es necesario y cual es la mejor opción, las compras compulsivas siempre nos traerán infelicidad a la larga.

PISCIS: Tienes mucha seguridad y sabes por el terreno que pisas o por lo menos crees, analiza un poco la relación que mantienes con tu pareja y verás que hay muchas cosas en el aire todavía.

ARIES: Siéntate 10 minutos cada día para analizar tus gastos e ingresos y valora todos uno a uno, es un ejercicio muy bueno para tener una economía saneada.

TAURO: En las relaciones no todo es bonito, hay cosa buenas y cosas malas todo es una mezcla de todo, cuando aparezcan las malas piénsalo y mira las cosas desde más lejos.

GEMINIS: Tienes celos de que tu pareja no te preste mucha atención y si a los demás, no debes reprochárselo y si actuar en consecuencia, dale motivos para pensar en ti. República del Ecuador Citación Judicial Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Catón Guaranda. EXTRACTO A: MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN JUICIO: INVENTARIOS NUMERO: 2014-2116 ACTOR: JULIAN FAZ CHIMBORAZO. DEMANDADA: MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN CUANTIA: INDETERMINADA JUEZA: AB. MARIA VELASCO DAVILA. En el Juicio de Inventarios proceso No- 2014-2116 que sigue JULIAN FAZ CHIMBORAZO en contra de MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN; se le hace saber lo siguientes………….. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVAR.- UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA- Guaranda, miércoles 19 de marzo del 2014, las 14h54.- En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guaranda y por sorteo de ley, avoco conocimiento en la presente causa. 1.- La demanda que antecede, y su ampliación son claras, completas y cumple los requisitos determinados por el Art 67 del Código de Procedimiento Civil. 2.- Se ordenada la facción de inventarios y tasación de los bienes adquiridos dentro de la Sociedad Conyugal ya disuelta, como consta de la copia de la sentencia que consta de autos, para lo cual se contará con un perito que será designado y posesionado del cargo luego de la citada demandada. 3.- a la demandada MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN, por cuanto bajo juramento el actor, manifiesta que es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la misma , se le citará por la prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad, de conformidad a lo estatuido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Hágase la publicación de ley con un extracto de la demanda y esta providencia. De acuerdo a lo establecido en el Art. 1000 Ibídem, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Guaranda, para lo cual se le notificará a su Titular.- En cuenta el casillero judicial que señala y la autorización que confiere. Actúe la Dra. Maribel Silva Arellano, como Secretaria de este despacho. Notifíquese.-f) ab. MARIA VELASCO DAVILA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUARANDA.- (s. c. y n.) Particular que pongo en conocimiento de la demandada señora MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guaranda para sus posteriores notificaciones. Ab. Diego Solís Miranda Secretario

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CANTÓN CHILLANES EXTRACTO A la señora LLONGO CANDO JENNY MARGOTH se le hace saber del juicio de Tenencia con que se sigue en este despacho: JUICIO: Tenencia N° 02307-2015-00085 ACTOR: MANOBANDA ZAPATA ARTURO OSWALDO DEMANDADO: LLONGO CANDO JENNY MARGOTH TRAMITE: Contenciosos General JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, martes 14 de abril del 2015, las 15h17. VISTOS: En mi calidad de juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con asiento en este Cantón, y por ello competente para conocer la causa avoco conocimiento de la presente acción. En lo principal, la demanda que antecede, deducida por el señor MANOBANDA ZAPATA ARTURO OSWALDO, por ser clara y reunir los demás requisitos mínimos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, ley de aplicación supletoria en la materia objeto de la causa, se le acepta para su trámite en proceso general contencioso contemplado en el Art. 271 y siguientes del Código orgánico de la Niñez y Adolescencia en relación con el Art. 118 sic. En lo principal cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída a la señorita LLONGO CANDO JENNY MARGOTH, acorde a lo que se precisa en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no exisitr medio publicitario impreso en esta ciudad, para lo que se entregará el extracto correspondiente. Cuéntese en la presente causa con la oficina Técnica de la Unidad Judicial de la Familia, Niñez y la Adolescencia en la ciudad de Guaranda, quienes presentarán su informe biopsicosocial del entorno familiar de los menores en el término perentorio de ocho días, para lo que se procederá mediante deprecatorio librado a uno de los señores jueces de lo civil con asiento en dicha unidad. Cuéntese también con la señorita Agente Fiscal de este Cantón Chillanes. Los menores de edad, sean escuchados en audiencia a celebrarse en este despacho. Tómese nota de la cuantía, el trámite, los casilleros que señala para recibir notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogado patrocinador. Agréguese al proceso los recaudos adjuntos. Cítese y Notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc, Juez Multicompetente de la Unidad Judicial con sede en el cantón Chillanes. F.) DR. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Chillanes- Certifico. Particular que pongo en conocimiento de la demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 11 de junio del 2015. Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA

REPUBLICA DEL CUADOR Al señor AGUILAR VELASCO JORGE GABRIEL, se le hace saber del Juicio de Tenencia con que se sigue en este despacho: JUICIO: Divorcio No. 02307 – 2015 – 0038 ACTORA: AIDE MATILDE FLORES GAIBOR DEMANDADO: AGUILAR VELASCO JORGE GABRIEL TRAMITE: Verbal Sumario JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, martes 10 de marzo del 2015, las 11h36. VISTOS: La demanda que antecede deducida por la señora FLORES GAIBOR AIDA MATILDE, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley, se le acepta para su trámite contemplado en proceso verbal sumario contemplado en el Art. 118 del Código Civil, en relación con el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En lo principal, cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída al señor AGUILAR VELASCO JORGE GABRIEL, de acuerdo a lo que manda a observar el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones efectuadas en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón, para lo que por Secretaria se entregarán el extracto correspondiente. Agréguese al proceso la certificación de matrimonio, copia de la cédula de ciudadanía y certificado electoral así como carné profesional, además de partidas de nacimiento. Tómese nota de la cuantía, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones que le correspondan y la designación de su abogado patrocinador. Actúe en la presente causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, miércoles 17 de junio del 2015, las 11h57. Conforme se solicita en escrito que provee de la compareciente, rectificase el nombre de actora a la que se da debe tener como AIDE MATILDE FLORES GAIBOR y no como Aida Matilde Flores Gaibor. Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico. Particular que pongo en conocimiento de la demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en ésta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 23 de junio del 2015 Dra. Ana Betty Cobos Albán SECRETARIA

CANCER: Tus familiares te quieren pero hay algo en tu forma de ser que no les gusta, quizá por orgullo no lo quieres reconocer pero intenta mejorar tus defectos y aumentarán tus virtudes

LEO: El amor no puede ser siempre o todo o nada, no exijas a los demás que te den el 100% de ellos y deja que te ofrezcan y dosifiquen según su criterio.

VIRGO: Necesitas que los demás te demuestren su afecto para sentirte seguro y bien, haz lo mismo con los demás y cerrarás el circulo que te traerá la felicidad.

LIBRA: Un familiar muy cercano necesitará tu ayuda, piensa un poco y tiéndele la mano antes de que te lo pidan, las puertas del cielo estás abiertas de par en par.

ESCORPIO: Debes de tener un poco de más paciencia, probablemente tu pareja no hace las cosas con malas intenciones pero tu lo interpretas mal, relájate y da otra oportunidad verás como las cosas mejoran y se hacen más sencillas y llevaderas. Con paciencia lo conseguirás todo.

SAGITARIO: Puedes tener una inestabilidad emocional y afectiva causada por una persona que mal te quiere y lo disimula muy bien, ves a ver a tu vidente y pidele una limpieza para quitarte ese mal que te están deseando. Hazlo y verás como todo cambia a mejor.

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Bolívar, semana del 10 al 16 de agosto del 2015

LANZAMIENTO DE LA MARCA GAD MUNICIPAL LAS NAVES referencia a los hermosos paisajes de atardecer que se dan el territorio”. “Algo importante con el que cuenta la nueva marca del cantón Las Naves son sus recursos naturales como las cascadas, ya que son de trascendental importancia en cuanto a la parte turística que posee, y del ecoturismo que se puede desarrollar”.

El día sábado 1 de agosto de 2015, a las 21h00, dentro del programa de elección y coronación de la Reina del cantón Las Naves 2015-2016, el diseñador gráfico Sr. Chedid Buchein, joven profesional Naveño, efectuó el lanzamiento oficial de la marca de su autoría del GAD MUNICIPAL LAS NAVES, la misma que muy gentilmente va a ceder en los próximos días para que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves pueda identificarse a nivel local, provincial, nacional y mundial. En el evento antes señalado se dio la explicación por el antes señalado profesional sobre el significado de los colores y la representación misma del nuevo logo Institucional, la que se detalla a continuación: “Para la realización de esta marca se tomaron en cuenta los pedidos, y punto de vista de las autoridades, más los sentires y deseos de la población en general, quienes mediante encuestas, y entrevistas, dieron la información básica”. “La marca GAD Las Naves cuenta con la utilización de paisajes propios del Cantón, también incluye el uso de un monumento representativo de la ciudad, así como el análisis semiótico de los elementos a implementar, ¬ también la síntesis formal de los mismos, la composición cromática y tipográfico con su respectivo análisis psicológico de color, además de la papelería institucional conjuntamente con su respectivo manual de marca donde se detalla las normas del identificador y sus múltiples aplicativos”. “El cantón Las Naves se caracteriza por ser netamente agrícola, y su población vive de actividades en el campo, es por este motivo, y con los resultados de encuestas, y entrevistas que se estableció el uso de montañas representativas del Cantón, esto con el fin de representar la agricultura, campo, y la biodiversidad que existe”. “La inclusión también del monumento de la canoa dentro de la marca del Cantón, tiene como objetivo representar el trabajo, desarrollo, y avance del Cantón, conjuntamente con la referencia que este hace, a unas de las dos hipótesis que existen referente al porque del nombre de Las Naves”. “El uso del sol como un referente de calidez, acogimiento, progreso y fuerza es primordial dentro de la imagen del Cantón, además se hace

“Los elementos que forman parte de la identidad visual, son sintetizados y su morfología se adapta a la de un triángulo. La elección del triángulo como forma básica a contener a los elementos gestores tiene un gran contenido histórico-cultural, ya que en el territorio de lo que hoy es el cantón Las Naves habitó la tribu de los chimbus, y se pudo observar el recurrente uso de esta figura en las artesanías y utensilios que usaba dicha cultura; en cuanto al análisis semiótico de la razón del mismo se determinó que hacía referencia a la proporción divina, a la unión de lo divino con lo terrenal, esto con respecto al triángulo hacia arriba y del triangulo hacia abajo que simboliza la unión entre lo terrenal y lo acuático”. “Tenemos que tomar en cuenta que el triangulo evoca desarrollo, crecimiento, fortaleza, armonía, estos conceptos un poco más contemporáneos”. “Los colores a utilizados son el amarillo, y verde ya que son los colores que identifican al cantón Las Naves. Además haciendo el análisis psicológico dichos colores trasmiten acogimiento, calidez, felicidad, naturaleza, fertilidad, también se utiliza el color azul y el blanco con la finalidad de evocar grandeza, estabilidad, seguridad, paz, confianza. De igual manera se evoca la confianza que es una virtud que la administración y ciudadanía quiere trasmitir”. El Sr. Milton Sánchez Morán, Alcalde subrogante del cantón Las Naves agradeció la contribución efectuada por el diseñador gráfico Sr. Chedid Buchein, acotando que era necesario contar con esta marca que posicione al GAD Municipal Las Naves acorde al desarrollo que van teniendo los pueblos. Finalmente señaló que se harán las gestiones correspondientes ante el IEPI (Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual), para que quede registrada la misma a nombre del GAD MUNICIPAL LAS NAVES.


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