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AÑO 11
No. 468 BOLÍVAR, SEMANA DEL 13 AL 19 DE JULIO DEL 2015
Nº Páginas: 12
Precio: USD 0,40
Corte Provincial de Justicia de Bolívar, celebró su Cuadragésimo Noveno Aniversario de Creación La Corte Provincial de Justicia de Bolívar celebró el pasado 10 de julio de 2015 su cuadragésimo noveno aniversario de creación, con la presencia de autoridades locales, provinciales, nacionales, funcionarios judiciales, ciudadanos/as.
Curso de cocina saludable Ing. Manuel Mariño, Director del Iess-Bolívar, entregó indumentaria para el inicio del curso de cocina saludable que se iniciará en los próximos días en la Asociación de Jubilados, Pensionistas, Montepío y Adultos Mayores de Chillanes.
Alcalde titular de las naves fue removido de su cargo
El Dr. Marco Barragán Ordóñez, Director Provincial del Consejo de la Judicatura, en su intervención, recordó a distinguidos juristas bolivarenses que lucharon por la creación de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar. Además, se refirió al compromiso de los funcionarios judiciales de brindar a los usuarios un trabajo eficiente y oportuno. Por su parte, el titular de la Corte Provincial de Justicia Dr. Tyrone Dávila Aroca, manifestó que la transformación de la justicia, necesita la cooperación de todos los servidores judiciales, cumpliendo con capacidad y transparencia sus responsabilidades. Asimismo, destacó la preocupación y empeño del Consejo de la Judicatura en la capacitación de los Jueces, permitiendo actualizar sus conocimientos de acuerdo a las leyes vigentes. Durante el evento, el delegado de la
Con el voto unánime del Concejo Municipal en pleno fue removido de sus funciones el Alcalde titular del Cantón Las Naves quien se halla detenido desde el pasado 18 de abril del 2015, por su presunto involucramiento en caso de drogas. La resolución se toma tras haber concluido el tiempo de licencia de 60 días solicitado por el Burgomaestre y no haberse presentado
El mensaje del Papa Francisco
El jefe de la iglesia católica exclamó: “noté que había algo raro en el pueblo ecuatoriano. Todos los lugares a donde voy siempre el recibimiento es alegre, contento, cordial, religioso, piadoso, pero acá había en la piedad, por ejemplo, el pedir la bendición desde el más viejo hasta la guagua, había algo distinto, yo también tuve la tentación, como el obispo de Sucumbíos, de preguntar cuál es la receta de este pueblo, qué tiene de distinto este pueblo”. “Seguro son pecadores, yo también, pero el Señor perdona todo”
Corte Nacional de Justicia, Dr. Asdrubal Granizo Gavidia, rindió un justo homenaje a la Corte Provincial de Justicia de Bolívar por su aniversario; además, resaltó el trabajo coordinado con el Consejo de la Judicatura y los avances del sistema de Justicia en todo el país. De igual forma, señaló que el nuevo Código Orgánico General de Procesos
(COGEP) fortalece la oralidad procesal, lo que constituye una garantía ciudadana que permite tener juicios transparentes, ágiles y oportunos. En el marco de la sesión solemne se entregaron placas de reconocimiento para los servidores judiciales que cumplieron veinticinco años en la institución. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN – BOLÍVAR
Matriculación y Revisión Vehicular en Caluma Mediante resolución No. 347-ANT-2015, de fecha 8 de julio de 2015, la Agencia Nacional de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial, certificó la ejecución de la competencia de matriculación y revisión técnica vehicular al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Caluma al haber cumplido con los requisitos técnicos exigidos por la Agencia Nacional de Tránsito con fecha 8 de julio Para cumplir con esta competencia la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial pone en conocimiento de la ciudadanía calumeña que atenderá con la revisión técnica vehicular para el servicio público y particular, matriculación de vehículos y motocicletas en la planta baja del Municipio en horario de lunes a viernes de 8 a 16 horas 45 minutos de forma ininterrumpida. La prestación de este servicio se realizará de manera permanente a partir de esta fecha, respetando la resolución de calendarización de acuerdo al último digito de la placa en caso de vehículos y al penúltimo en caso de motocicletas, es así que en este mes de julio corresponde matricular al digito 6, servicio particular y 1 y
2 servicio público. Aquellos que no hayan cumplido con las fechas estipuladas podrán realizar los trámites, previo al pago de las multas. El compromiso que tiene nuestra Alcaldía con la ciudadanía calumeña ha sido el motor, para que en un tiempo record se cumplan los requerimientos del Órgano Rector y se cuente hoy en día con la certificación que nos permita entregar este servicio en nuestra ciudad, evitando así pérdidas de tiempo y dinero que genera-
ban los viajes a la capital provincial, indico el Alcalde de Caluma, Ángel Pachala. Aspiramos seguir sumando esfuerzos y con la colaboración de todos los componentes hacer cada día un transporte más seguro, más humano, más comprometido con la sociedad. Solicitamos la comprensión y colaboración de ustedes ya que todas las exigencias y requisitos en la Revisión Técnica Vehicular, tiene el único fin de garantizar la seguridad y bienestar tanto de conductores como de pasajeros, indicó el Alcalde. RR.PP-GADM-C
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NOTICIAS
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
Exposición de manualidades
Con la presencia del Ingeniero Manuel Mariño, Director Provincial del IESS, la Asociación de Jubilados, pensionistas, montepío y adultos mayores del cantón Chillanes realizó una exposición de trabajos manuales como parte de la clausura del curso de manualidades realizado, con el auspicio de la dirección provincial del IESS. Conjuntos de comedor y dormitorio así como prendas de vestir tejidas a mano fueron exhibidas en el paso peatonal de Chillanes. Durante el evento el Director del IESS, ratificó su compromiso de seguir apoyando las actividades que realizan los grupos de jubilados del seguro social porque es una política del Gobierno Nacional la inclusión y el buen vivir. Además, aprovecho la oportunidad para entregar los uniformes que serán utilizados en el nuevo curso de cocina saludable que iniciará inmediatamente. Por su parte el Presidente de la Asociación de Jubilados, pensionistas, Montepio y Adultos Mayores, Lic. Luis Chiluisa, indicó que el apoyo con instructores por parte del Seguro Social para la realización de estos talleres es muy importante porque les permite mantenerse unidos y sobre todo activos.
DISTRITO DE POLICIA CHILLANES RINDIÓ CUENTAS
LOS OPERATIVOS COORDINADOS CON AUTORIDADES DE HERMANAS PROVINCIAS DAN MÁS SEGURIDAD.
El pasado viernes 10 de julio, se realizó un operativo antidelincuencial en la parroquia San José del Tambo perteneciente al cantón Chillanes, está actividad logística se realizó con la intervención del Policía Nacional , Fuerzas Armadas, con la presencia del Intendente General de Policía, Ángel Ballesteros, Comisario Nacional , Wilmer Bonilla, Teniente Político de San José del Tambo, José Luis Colina, es importante resaltar la presencia del Teniente Político de la parroquia Febres Cordero y personal policial de la provincia de Los Ríos con quien se coordinó este operativo, y se pudo realizar un recorrido por las principales vías de acceso a los sectores de: Las Colombias, Las Juntas, Estero de la Plata, Matilde Ester, Febres Cordero y San José del Tambo , que se encuentran ubicados en la frontera entre Bolívar y los Ríos. En el operativo realizado se solicitó documentación a los conductores de los vehículos de transporte público y privado que se movilizaban por la zona encontrándose motos que no contaban con los documentos legales, también se compro-
bó que no porten armas de fuego. Este operativo se extendió a locales de diversión nocturna, en donde se verificó documentación, como permisos de funcionamiento, que se cumpla las normativas de prohibición del ingreso a menores e indocumentados, en uno de los locales se encontró un arma blanca. Finalmente el Intendente se trasladó al Cantón Echeandía procediendo a la clausura un local de venta de bebidas al-
cohólicas, que incumplió con el horario de funcionamiento, previa audiencia de juzgamiento garantizando el debido proceso. De esta manera los operativos se extendiéndose a zonas limítrofes de nuestra provincia para garantizar la seguridad y contando con el apoyo de autoridades de hermanas provincias. Unidad de Comunicación Gobernación de Bolívar
GOBERNADOR REALIZA SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS Dentro de los compromisos establecidos los funcionarios acordaron hacer una visita al alcalde de la ciudad de San Miguel, con fin de socializar la construcción del centro de acopio para el maíz suave en esta ciudad.
El Gobernador de la provincia de Bolívar Ing. Fafo Gavilánez mantuvo reunión de trabajo con el Coordinador Zonal 5 del Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca (MAGAP) Ing. Carlos Emilio Vélez, con el fin de dar seguimiento a los proyectos que esta Cartera de Estado realiza en nuestra provincia.
Por otra parte el Gobernador junto al Secretario del sindicato General de Choferes Profesionales de Bolívar y otros representantes realizaron una visita al Ing. Marco Troya, Prefecto de Los Ríos, con el fin de solicitar ayuda en la construcción de calles en una ciudadela en donde el sindicato de nuestra ciudad presta servicios en la hermana provincia de Los Ríos. Iván Tuapanta - Unidad de Comunicación Gobernación de Bolívar
Asignación de cupos en establecimientos educativos.
Funcionarios policiales de las Unidades de Policía Comunitaria de Chillanes coordinaron y realizaron el Programa de Rendición de Cuentas Trimestral 2015 de las actividades comunitarias, preventivas, disuasivas y reactivas realizadas durante los meses de Abril. Mayo y Junio, con la presencia de autoridades locales, lideres barriales estudiantes y comunidad. De igual manera, realizaron una Asamblea Comunitaria en el sector de La Comuna donde se evaluaron las metas propuestas de los objetivos planteados con la participación del Lic. Ramiro Trujillo Alcalde del Cantón autoridades locales, líderes comunitarios y comunidad.
Los padres de familia podrán consultar el resultado de la asignación de cupos (ciclo sierra) para ingreso al sistema educativo público de Ecuador en la página web del Ministerio de Educación del 13 al 25 de julio 2015. Visitando la página web: www.educacion.
gob.ec sabrá si sus hijos han ingresado a primero de Educación General Básica, inicial 1, inicial 2, o colegio, según sea el caso, de acuerdo al último número de su cédula de identidad: 1 y 2 lunes; 3 y 4 martes; 5 y 6 miércoles; 7 y 8 jueves; 9 y 0 viernes y sábados todos los números, en
horario de atención de siete a 19 horas. En el Distrito 02D01- Guaranda puede acercarse a las siguientes sedes para obtener información respecto a la asignación de cupos:
NO.
CEDE O IE
CIUDAD
DIRECCION
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UNIDAD EDUCATIVA NOCTURNA 10 DE NOVIEMBRE ESCUELA EDUCACION BÁSICA ÁNGEL PILIBIO CHAVES UNIDAD EDUCATIVA FELIX GRANJA
GUARANDA
CALLE 7 DE MAYO Y ROCAFUERTE
GUARANDA
CALLE ESPEJO Y ANTIGUA COLOMBIA
SIMIATUG
CENTRO SIMIATUG
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Luis Sánchez Coloma - DIVISIÓN DE COMUNICACIÓN - DISTRITO 02D01 GUARANDA - EDUC
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Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
Reunión de trabajo en la comunidad Chalata Bajo
Dr. Vinicio Coloma Romero, interviniendo
Moradores de las comunidades Chalata Bajo y Pailacocha, el miércoles 8 de julio, se reunieron con el Dr. Vinicio Coloma Romero y Lic. Martina Guzmán, Prefecto y Viceprefecta, de la provincia Bolívar, respectivamente, con el propósito de solicitar el apoyo para solucionar las necesidades prioritarias de las comunidades, que tienen relación con la vialidad y riego. El Titular de la Prefectura respondió a los requerimientos en forma puntual: Sobre el mantenimiento de la vía de acce-
so a la comunidad Chalata Bajo, solicitada por el Sr. Miguel Sisa, señaló que la vía Negroyacu - Chalata – Vía a Las Cochas, está considerada para el mejoramiento con doble tratamiento superficial bituminoso a nivel de asfalto (DTSB), dentro del convenio suscrito con el GAD Municipal de Guaranda el pasado 15 de Mayo; sobre el kilómetro adicional solicitado, les indicó que deben acercarse a donde el Sr. Alcalde para que les ayude con la conformación de la vía, y, de parte del Gobierno Provincial no habrá inconveniente para
colocar el DTSB. En cuanto a la apertura de la vía a la comunidad Pailacocha, señaló que se les va ayudar, con uno de los dos tractores que la Prefectura está adquiriendo, se aspira que sea en el mes de agosto. La principal actividad productiva de las aproximadamente 150 familias que habitan en las comunidades es la agricultura y ganadería, por ello solicitaron el apoyo parala construcción de un canal de riego que les beneficiará para incrementar y diversificar la producción; al respecto manifestó, que se necesita hacer los estudios, y eso se les puede apoyar el próximo año, para ejecutarlo en el 2017. Finalmente frente al requerimiento del cerramiento de la cancha solicitado por los jóvenes, pidió que formalicen el pedido, para disponer a un profesional la inspección e informe respectivo. Lic. Willian Bustillos, RR.PP. Y CC.SS. GADPB
Moradores de las comunidades Chalata Bajo y Pailacocha
Entrega de nombramientos a integrantes de Asamblea Local Ciudadana de la Provincia Bolívar conformidad con la ley será la instancia de participación ciudadana que validará algunos procesos institucionales, como: presupuestos participativos, aprobación del presupuesto, rendición de cuentas y de este grupo de personas que conforman la Asamblea Ciudadana, salen los integrantes del Consejo de Planificación Provincial.
Integrantes de la Asamblea Local Ciudadana de la provincia Bolívar (Archivo GADPB)
La ciudadanía bolivarense recordará que el 4 de junio del año en curso, se conformó La Asamblea Local Ciudadana de la Provincia Bolívar, de los miembros
debidamente acreditados de las comunidades, barrios, recintos, organizaciones, asociaciones y asambleas locales ciudadanas de las parroquias y cantones. De
Con esta breve introducción, comunicamos que se ha convocado a la primera sesión de la Asamblea Local Ciudadana, para el miércoles 15 de julio, a las 10:h00, en la sala de reuniones de la Secretaria de Desarrollo Provincial, en la que efectuará la entrega de credenciales y nombramientos. Lic. Willian Bustillos, RR.PP. Y CC.SS. GADPB
NUEVA GERENTE GENERAL EN LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “JUAN PÍO DE MORA”
El Ing. Edgar VelasteguÍ Bósquez, quien venía desempeñándose como Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Juan Pío De Mora” desde en-
ero de 2015, presentó su renuncia a su cargo, La misma que fue aceptada por el Concejo de Administración, presidida por el Abogado Vicente Gaibor Merino en calidad de Presidente, mientras tanto se encarga la Gerencia General a la Lcda. Maribel Guzmán Bárcenes, quien asume sus funciones el primero de julio del presente año. La nueva Gerente (e) al momento de posesionarse, agradeció a sus compañeros de la Entidad Cooperativista por el respaldo y bienvenida que le dan para asumir nuevos retos profesionales y personales los mismos que desem-
peñará con todo profesionalismo y humildad que lo caracteriza, para que su trabajo sea fructífero por el bienestar de todos quienes formamos parte de la Entidad Cooperativista, manifestó. En los próximos días se esperara la resolución de los directivos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Juan Pío De Mora”, para llamar a concurso de méritos y oposición para llenar el cargo de gerente, con las debidas publicaciones en la prensa. Luis Armando Toapanta. RR.PP.
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Echeandía recibe otro proyecto del FERUM-BID II
CNEL EP Unidad de Negocio Bolívar entrega el proyecto de electrificación “Construcción de líneas y redes”, a habitantes del recinto Naranja Agrio, en el cantón Echeandía. 50 familias son beneficiarios de este proyecto que tiene un monto de inversión de $16.986,69 dólares. El Administrador de la Unidad de Negocio Bolívar, Ing. Marcelo Calles, en presencia de Carlos Bonilla concejal del cantón y habitantes del sector, inauguró la obra de gran necesidad para este sector de la provincia, que es de difícil acceso con vehículos, pero cuando hay la predisposición de trabajar y de servir no existen obstáculos, manifestó en su intervención el Ing. Calles. Varios moradores de este sector viajaron hace años fuera del país con la finalidad de buscar mejores días para sus familias, hoy con las obras de la revolución ciudadana que mojara la calidad de vida e impulsa la creación de microempresas retornaron al país para hacer producir sus tierras. Lcdo. Giovani Arellano Rivera. Comunicación social
DIÁLOGO NACIONAL SOBRE EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL
En horas de la mañana en el Salón auditorio de la Dirección Distrital de Salud (San Miguel) funcionario del SRI, abrió el dialogo enfocando temas Impuesto a la renta, herencia, plusvalía, a la ganancia extraordinaria en la transferencia de bienes e inmuebles, basándose en el PROYECTO DE LEY. En este evento se contó con la presencia del Lic. Marcelo Saltos, Jefe Político del Cantón Guaranda en representación del Gobernador de Bolívar y funcionarios de la Dirección Distrital, quienes se mostraron muy satisfechos con la explicación brindada. De esta manera la campaña nacional de información a través del diálogo se establece en los diferentes sectores, con el único propósito de que la ciudadanía esté informada y pueda tener un criterio real sobre las nuevas leyes que propone el Gobierno Nacional. Unidad de comunicación- Gobernación
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OPINIÓN
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015 El Vocero de Bolívar y su Gente
Registro No. SBO-99-001 La mejor alternativa en información provincial. Medio de comunicación pluralista e independiente, que acoge en sus páginas de opinión las distintas corrientes del pensamiento democrático y se publican bajo la responsabilidad de los autores de los artículos. La opinión de este Semanario está expresada en la columna Editorial.
EDITORIAL La presencia del Papa Francisco en Ecuador desde el 5 al 7 de julio constituyó un hecho histórico que capto el interés de todos los ecuatorianos quienes se volcaron a las calles de Quito y Guayaquil para recibir a tan importante visita. Se estima que más de un millón de ciudadanos de todos los rincones del Ecuador y de otros países latinoamericanos se movilizaron por tal motivo. El mensaje del Santo Padre estuvo principalmente dirigido a la familia, la inclusión y al llamado a las autoridades para disminuir la brecha acentuada entre los ricos y pobres, especialmente en América Latina.
Lic. Carmen Egas Velasco DIRECTORA
UNA VISITA HISTÓRICA “Noté que había algo raro en el pueblo ecuatoriano. Todos los lugares a donde voy siempre el recibimiento es alegre, contento, cordial, religioso, piadoso, pero acá había en la piedad, por ejemplo, el pedir la bendición desde el más viejo hasta la guagua, había algo distinto, yo también tuve la tentación, como el obispo de Sucumbíos, de preguntar cuál es la receta de este pueblo, qué tiene de distinto este pueblo”. “Seguro son pecadores, yo también, pero el Señor perdona todo”. Estas palabras pronunciadas por el máximo líder de la iglesia católica en el mundo dejan ver que realmente los ciudadanos del Ecuador estamos atravesando por un momento especial de necesidad. Y no es para
menos, previo a la visita del santo Padre la ciudadanía se volcó a las calles en contra del régimen y hoy tras la tregua que la presencia de Francisco provocó nuevamente se han reactivado las protestas en casi todo el territorio ecuatoriano. La necesidad de esperanza y paz demostrada por el pueblo ecuatoriano y percibida por el Papa Francisco en su visita al Ecuador es una necesidad que debe ser cubierta por las autoridades llamadas a atender y entender el clamor ciudadano, buscar espacios de diálogo sincero y productivo, analizar desde la individualidad de cada uno de nosotros para así lograr la tranquilidad y principalmente el desarrollo deseado.
Egdo. Vicente Guerrero Cepeda GERENTE GENERAL GUARANDA: Siete de Mayo y García Moreno, diagonal al SRI. LOCAL 2: Manuela Cañizares y 7 de Mayo. Telfs: 0986502992 / 0991955020 / 0980027364 / 032978512 / 032984654 E-mail: el_vocero_bolivar@yahoo.es E-mail: vicheguerreroc@hotmail.com BOLÍVAR- ECUADOR IMAGEN DE INTERNET
“Ecuador se ha puesto de pie con dignidad”
La famosa frase: “el pueblo se ha puesto de pie con dignidad” dicha por el Papa Francisco en su visita al Ecuador ha requerido una aclaración posterior de su Santidad Francisco quien, este lunes (13) habló a los periodistas de la hermenéutica y la necesidad de contextualizar sus discursos ante algunas interpretaciones de sus palabras durante su viaje a Latinoamérica. Ya en Roma tras el viaje realizado por los países de latinoamerica: Ecuador, Bolivia y Paraguay, Francisco señaló que “cada palabra, cada frase de un discurso puede ser instrumentalizada”. Y citó la pregunta de un periodista ecuatoriano que relató al papa que la frase “Ecuador se ha puesto de pie con dignidad” había sido instrumentalizada por los correligionarios del presidente Rafael Correa, pero también por sus opositores.
talizados, “pues hay noticias que se basan en solo una frase y después la sacan de contexto”, indicó el Santa Padre. Quien además indicó que no tiene miedo a ser instrumentalizado. “Simplemente digo: mirad el contexto”, agregó Jorge Mario Bergoglio, quien añadió: “Si me equivoco, con un poco de vergüenza, pediré perdón y seguiré adelante”. De esta forma El Papa explicó a los periodistas que la hermenéutica es “muy importante para su trabajo” por cuanto “Un texto no se puede interpretar con una frase. La hermenéutica tiene que ser en todo el contexto. Hay frases que son la clave de la hermenéutica. Otras que son dichas de paso”, señaló. Y aconsejó: “Ver todo el contexto por la situación, incluso ver la historia de ese momento o si estamos hablando de un momento, interpretar un hecho del pasado con la hermenéutica de ese tiempo”.
“En esa frase algunos decían que era progobierno, otros contra gobierno. Por eso me he permitido hablar Puso como ejemplo a las cruzadas, de la hermenéutica total”, dijo. Los de las que dijo: “Interpretémoslas discursos siempre son instrumen- como se pensaba en ese tiempo”.
DESDE LA COTIDIANIDAD HISTÓRICA
Muchos años han pasado desde que los ciudadanos veíamos como natural los disturbios callejeros, las protestas supuestamente en defensa de los intereses de la mayoría de los ciudadanos, la salida precipitada o la destitución “democrática” de Presidentes, los destrozos y daños a la propiedad privada y pública, la paralización de servicios públicos, el cierre de vías, etc, etc. Sin embargo pasada la tempestad, la calma volvía, pero las condiciones de la gran mayoría de ecuatorianos en nada cambiaba. Lo que si cambiaba eran las personas en el poder. Para quienes hemos vivido la época de la dictadura militar, gobiernos opresores, regionalistas y desatinados, que saquearon los recursos del país y festinaron el dinero del petróleo, resulta incomprensible el empeño de querer regresar a un pasado lleno de incertidumbre e intranquilidad.
ese era un espacio al que se accedía por herencia y abolengo. En aquellos tiempos cada enero era el agosto de los distribuidores de víveres de primera necesidad que desde diciembre acaparaban y escondían los productos porque sabían que al inicio del nuevo año todo tenía nuevos precios, excepto claro está, la papa, el maíz y el trigo. Esa era parte de la cotidianidad histórica añorada por unos cuántos y al parecer olvidada por muchos. Pero si bien es cierto las condiciones hoy han cambiado y en el Ecuador hemos vivido algunos años de tranquilidad y la posibilidad de acceder a espacios privilegiados, no es menos cierto que aun se mantienen viejas estructuras, algunas físicas otras mentales, que se resisten a los cambios y peor a desaparecer. Definitivamente somos un país marcado por el tropicalismo de la región, la exuberancia de la naturaleza y destinados a recrear nuestra cotidianidad histórica.
En aquellos tiempos era impensable que un ciudadano común y corriente, cualquier hijo de Juan Pigu- Por: Magister Eloy Canelos. abe, llegara a ser oficial de policía,
NOTICIAS
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
AUTORIDADES DE ANT Y POLICÍA INFORMAN RESULTADOS COMPARATIVOS DE SINIESTROS Y VÍCTIMAS
Crnel. Carlos Guerrero, Director de Control del Tránsito y Seguridad Vial y Sr. Alexis Eskandani, Subdirector Ejecutivo de la ANT
De los datos registrados por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), entre el primer semestre de 2015 y 2014 a nivel nacional, se registró una reducción del 12% en siniestralidad de tránsito; el 19% en
fallecidos y el 15% en lesionados, señaló el Subdirector de la Institución, Alexis Eskandani, en rueda de prensa efectuada hoy 14 de julio del presente año.
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El Defensor del Pueblo del Ecuador Preside el Primer Observatorio de Derechos Humanos de América del Sur
En el marco del Tercer Encuentro de Defensores del Pueblo de América del Sur, que se desarrolló este 10 de julio en Chile, el Defensor del Pueblo de Ecuador, Ramiro Rivadeneira Silva fue elegido por unanimidad como Presidente del Observatorio de Derechos Humanos de América del Sur. En esta reunión interinstitucional, organizada por el Instituto Nacional de Dere-
chos Humanos de Chile, se cristaliza el esfuerzo mancomunado que realizan las Defensorías de América del Sur para fortalecer la estructura orgánica, dinámica y eficaz del Primer Observatorio de Derechos Humanos de la región. Durante el encuentro, se identificaron los desafíos y retos de Sudamérica en materia de promoción y protección de derechos humanos.
MÁS DE 200 TELEVISORAS DEL MUNDO EMITIERON EN VIVO LA VISITA DEL PAPA FRANCISCO A ECUADOR El análisis provincial referente a siniestros del primer semestre de 2014 y 2015 nos arroja los siguientes resultados: En la Provincia del Guayas una reducción del -40%, Tungurahua -22%, Pichincha registra un incremento del 9%. A pesar de estos datos, existe una reducción del 12% a nivel nacional. En lo que concierne a fallecidos se registró en Guayas: -10%; Pichincha: -35%; Los Ríos: incremento del 3%, sumadas las
Los resultados obedecen a la constante coordinación entre la Agencia Nacional de Tránsito y los entes de control como la PN, CTE y GAD`S del país que ya tienen esas competencias, quienes intensificaron los operativos de control en las Terminales Terrestres y Ejes Viales del territorio nacional, a la campaña Párale el Carro que se coordina con el Ministerio de
demás cifras a nivel nacional, se registró una disminución del 19%. Lesionados en Pichincha -11%; Guayas -30%; Los Ríos -14%; más las cifras de otras provincias del Ecuador, se refleja un 15% de disminución en este periodo. Las principales causas probables de siniestros y victimas a nivel nacional a junio del 2015 son como se detalla a continuación:
Transporte y Obras Públicas; además es importante mencionar, que en estos operativos también participaron brigadas de la ANT reforzando en la revisión del cumplimiento a la Ley de Tránsito, la calidad de atención al usuario, tarifas autorizadas y exceso de pasajeros, entre otras actividades. Dirección de Comunicación Social de la ANT.
Se empleó tecnología de punta durante toda la transmisión de la visita del Papa Francisco en Ecuador. Más de 200 televisoras del mundo emitieron, en el mismo uso horario, la emisión en directo durante 3 horas 50 minutos. Otras televisoras cuyo uso horario no era el de Ecuador incluyeron en sus noticieros, un amplio espacio dedicado a la primera vista del Papa Francisco a Ecuador. Por primer vez la seguridad vaticana ha permiido que se disponga de tecnología especial para el desarrollo de misas y visitas. Hubo cámaras robotizadas, seguimiento al viaje del Papa con dos helicopteros y dos vehículos que estuvieron
delante y detrás de la comitiva para hacer un seguimiento de 24 horas. El mundo entero pudo seguir minuto a minuto la visita del Papa Francisco. Cabe destacar que es la primera vez que se usará esta tecnología en el Ecuador, en un evento de esta escala. Además de seguir esta transmisión a través de los medios tradicionales, se lo pudo seguir en línea a través de CNT Play (la plataforma de streaming de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones), o del portal web de El Ciudadano. De esta forma, se pudo mirar el evento en vivo desde cualquier computador o dispositivo móvil.
ALERTA PREVENTIVA DE SEGURIDAD SOBRE “MINIGELATINAS”
La Defensoría del Pueblo cumpliendo con el mandato constitucional de protección y promoción de los derechos de las perso-
nas consumidoras hace la difusión de la ALERTA DE SEGURIDAD emitida por la Superintendencia de Industria y Comer-
cio (SIC) de Colombia, relacionada con el consumo de golosinas para niños/as denominada: “MINIGELATINAS EN FORMA DE CÁPSULA”. Las “minigelatinas en cápsula” resultan peligrosas para los niños/as, debido a que por su tamaño, empaque y composición no logran ser masticadas por el niño/a al momento de su ingesta, pasando directamente a la garganta y obstruyendo la vía respiratoria. Tanto en Colombia, Estados Unidos y la Unión Europea se han reportado varios
casos de problemas neurológicos y muerte de niños/as, a causa de la asfixia provocada por el consumo del producto. Ante dichos sucesos, se prohibió la importación, producción, comercialización y venta de las “minigelatinas” en estos países. La Defensoría del Pueblo coordinará acciones con la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria y con el Instituto Nacional de Normalización para activar los mecanismos más adecuados de protección al consumidor.
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INFORME
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015 INFORME A LA CIUDADANIA SOBRE EL PROCESO DE REMOCIÓN DEL
ALCALDE TITULAR DEL CANTON LAS NAVES.
COMISIÓN DE MESA
Proceso de Remoción N.- 001-2015-CMGADMLN.- Las Naves, 8 de julio del 2015; las 16h30.
expediente y la apertura de prueba por el término de diez días a fin de que las partes actúen las pruebas de cargo y descargo que consideren pertinentes.
La Comisión de Mesa, dando cumplimiento al cuarto inciso del artículo 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), levanta el correspondiente informe dentro del proceso de remoción N.- 001-2015-CMGADMLN, que se sigue en contra del señor Froilán Aldaz Nuñez, Alcalde del cantón Las Naves, en los siguientes términos:
ANALISIS.-
ANTECEDENTES: Mediante denuncia presentada el 08 de junio del 2015, a las 16h45, por el ciudadano del cantón Las Naves señor Daniel Samuel Sisa Mancero ante el subrogante del ejecutivo señor Milton Sánchez Morán y conocida en sesión de concejo el 10 de junio de 2015, disponiéndose sea remitida la misma a la Comisión de Mesa por parte del señor Dr. Edwin José Núñez Ribadeneira Secretario titular del Órgano Legislativo el 12 de junio del 2015, a las 16h00, viene a nuestro conocimiento que “al señor Froilán Aldaz Nuñez, Alcalde del GAD Municipal de este cantón, el Concejo Municipal en sesión extraordinaria celebrada el 1 de abril del 2015, le otorgó una licencia por 60 días que inicio el 3 de abril del 2015 hasta el 1 de junio del 2015. Una vez fenecida dicha licencia, era su obligación presentarse al GAD Municipal del cantón Las Naves a ejercer sus actividades como Alcalde y Ejecutivo del mismo, lo cual es de conocimiento público que no lo ha hecho y que según informe de la Unidad Administrativa de Talento Humano que ratifica lo denunciado por el suscrito, se indica que el señor Alcalde Froilán Aldaz Núñez, ha dejado de asistir a la Institución Municipal del cantón Las Naves los días martes 2, miércoles 3, jueves 4, viernes 5 de junio del 2015 hasta la presente fecha, incurriendo de esta manera en lo dispuesto en el literal b) del Art. 333 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), y siendo el suscrito un ciudadano más de este Cantón, se ve en la obligación legal y moral de poner en su conocimiento este hecho que definitivamente afecta la marcha Institucional del GAD Municipal del cantón Las Naves y servicio que presta a la ciudadanía de este pueblo, y por lo tanto se inicie el procedimiento contemplado en el art. 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) que rige para el efecto, acompañando documentación de respaldo y señalando como domicilio el recinto Jerusalen del cantón Las Naves, provincia Bolívar y correo electrónico sisadaniel@yahoo.es”. Con tales antecedentes y por la presunta falta cometida por el señor Alcalde Froilán Aldaz Nuñez, al literal b) del Art. 333 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), la Comisión de Mesa al amparo de lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), calificó la denuncia de clara, completa y precisa, y dispuso que el Secretario titular del Órgano Legislativo, cite con el contenido de la denuncia, calificación y demás documentos al denunciado señor Froilán Aldaz Nuñez, Alcalde del cantón Las Naves, advirtiéndole de la obligación de señalar domicilio y dirección de correo electrónico para futuras notificaciones. Se dispuso la formación del
Dentro del proceso de remoción N.- 001-2015-CMGADMLN y revisión del expediente, consta a fojas 1 a 4 la denuncia formulada y presentada por el señor Daniel Samuel Sisa Mancero, debidamente reconocida ante la Abg. Msc. Germania Martínez Salazar, Notaria Pública Primera de Catarama-Urdaneta en contra del denunciado señor Froilán Aldaz Nuñez, Alcalde del cantón Las Naves. A fojas 5 consta la certificación de la Sra. Sonia Olivares Vidal, Jefa de Talento Humano encargada del GAD Municipal del Cantón Las Naves, donde indica que el señor Froilán Aldaz Núñez, Alcalde del cantón Las Naves, no ha comparecido a laborar en las oficinas de la Institución Municipal durante los días martes 2, miércoles 3, jueves 4 y viernes 5 de junio del presente año. A fojas 9 a 12 consta el acta de la Sesión de Concejo del GAD Municipal del cantón Las Naves celebrada el 10 de junio del 2015, en la que se conoce la denuncia y se dispone se dé inicio al proceso de remoción en contra del denunciado conforme al artículo 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía de Descentralización (COOTAD). A fojas 14 consta el oficio GADMCLN-SG-0882015-ENR con el cual el Secretario General remite a la Comisión de Mesa la denuncia y anexos presentados por el ciudadano señor Daniel Samuel Sisa Mancero. A fojas 22 consta la calificación de la denuncia, con la cual se dispuso que el Secretario titular del Órgano Legislativo, cité con el contenido de la denuncia, calificación y demás documentos al denunciante y al denunciado señor Froilán Aldaz Nuñez, Alcalde del cantón Las Naves, advirtiéndosele de la obligación de señalar domicilio y dirección de correo electrónico para futuras notificaciones. A fojas 23 y 24 consta la citación al denunciado y a fojas 28 la apertura del término de prueba. A fojas 32 a 40 consta que dentro del término de prueba el denunciante presenta el escrito con pruebas de cargo como: 1.- La certificación otorgada por el Centro de Rehabilitación Social de Guaranda en el que se manifiesta que el denunciado no ha salido en libertad lo que prueba su incapacidad para ejercer las funciones de Alcalde y que ha incurrido en la causal de remoción del ejecutivo establecida en el Art. 333 literal b) del COOTAD; 2.- Certificación otorgada por la Srta. Sonia Olivares Jefe de Talento Humano, con fecha 24 de junio en que indica que el Alcalde titular no ha comparecido a laborar los días martes 2, miércoles 3, jueves 4, viernes 5, lunes 8, martes 9, miércoles 10, jueves 11 y viernes 12 de junio del presente año, lo que refleja abandono del cargo, incumpliendo lo dispuesto en el Art. 331 literal h del COOTAD; 3.- Solicita que se reproduzca como prueba a favor el escrito presentado por el Alcalde Sr. Froilán Aldaz Núñez con su anexo con fecha 3 de junio de 2015, en que manifiesta textualmente: “que se encuentra privado de la libertad, razón por la cual es imposible asistir con las obligaciones que el pueblo Naveño me entregó a través del voto popular”. 4.- Que se reproduzca como prueba a su favor la Certificación del Secretario General Nº 0049-GADMCLN-SG-2015, de fecha 30 de mayo de 2015, en que el Concejo Municipal por unanimidad resolvió no conceder prórroga de licencia al señor Froilán Aldaz Núñez, porque dicho pedido no se sujeta a lo dispuesto en el Art. 57 literal s) del COOTAD; documentos que han servido de base legal para sustentar la petición de remoción del señor Froilán Aldaz Núñez, Alcalde
INFORME
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
del cantón Las Naves. A fojas 41 consta que dentro del término de prueba el denunciando compareció señalando domicilio y correo electrónico para futuras notificaciones y solicitó se remita atento oficio al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Guaranda, a fin de que certifique desde cuando se encuentra en calidad de detenido en dicho centro. A fojas 53 consta el OFICIOCM-GADMCLN-001-2015, de fecha Las Naves 2 de julio de 2015, a través del cual la Comisión de Mesa solicita al Director del Centro de Rehabilitación Social de Guaranda que se certifique desde cuando se encuentra en calidad de detenido el Sr. Froilán Aldaz Núñez. A fojas 54 consta el Certificado de fecha Guaranda 3 de julio de 2015, emitido por el Ab. Edison Bonilla Moreta, Director Provincial del Centro de Privación de Libertad de Guaranda, en el que consta: “que el señor Aldaz Núñez Froilán, portador de la CI: 120090633-5, de nacionalidad ecuatoriana, según parte policial es detenido el 18 de abril del 2015 a las 22h00, mediante boleta de captura en la causa penal Nº 023342015-0037, emitida por la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Las Naves a órdenes del señor Ab. Holger García Benavides (Juez), ingresa a este Centro de Privación de Libertad de Guaranda el día 19 de abril de 2015 aproximadamente a las 11h58, permanece privado de su libertad hasta la presente fecha”. Pruebas que la Comisión de Mesa después de su respectivo análisis emite la siguiente: CONCLUSION.En el presente proceso de remoción se ha cumplido con las garantías básicas del derecho al debido proceso establecido en el Art. 76, numeral 7 de la Constitución de la República, como de igual manera se ha cumplido con la normativa legal establecida en el Art. 336 del COOTAD, actuando dentro de los términos establecidos para este proceso de remoción. El denunciado Froilán Aldaz Núñez, Alcalde titular del cantón Las Naves fue citado personalmente con el contenido de la denuncia y anexos, según certificación del Secretario General y señaló domicilio y correo electrónico para futuras notificaciones dentro del proceso hasta el cierre del término probatorio. De la única prueba solicitada y actuada por el denunciado se corrobora que permanece privado de su libertad hasta la presente fecha. De las pruebas actuadas y solicitadas por la parte denunciante consta la certificación de la Sra. Sonia Olivares Vidal, Jefa de Talento Humano encargada del GAD Municipal del cantón Las Naves, la cual es clara al indicar que el señor Froilán Aldaz Nuñez, Alcalde del cantón Las Naves, no compareció a laborar en las oficinas de la Institución Municipal durante los días martes 2, miércoles 3, jueves 4 y viernes 5 de junio del presente año y así lo confirma el denunciante con su denuncia debidamente reconocida ante autoridad competente, días en que debió el denunciado reincorporarse a sus funciones y no lo hizo. Obra dentro del proceso la certificación del Centro de Rehabilitación Social de Guaranda que confirma que no ejerció el cargo de Alcalde los días antes señalados, produciéndose su ausencia por más de tres días hábiles sin haber encargado a quien lo subrogue legalmente y sin causa justificada; también obra dentro del presente expediente la certificación de la Jefe de talento Humano encargada en que nuevamente señala que no ha comparecido a laborar en las oficinas de la Institución Municipal el denunciado desde el 2 hasta el viernes 12 de junio del año en curso. Por las consideraciones expuestas esta Comisión de Mesa considera que el denunciado al haberse ausentado de su cargo sin justificación alguna por más de tres días y sin encargar a quien lo subrogue legalmente, ha quebrantado la prohibición a los ejecutivos contenida en el Art. 331 literal h) del COOTAD “dejar de actuar sin permiso del respectivo órgano de legislación”, incurriendo de esta manera en causal de remoción conforme a lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 333 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) que estipula que son causales para la remoción del ejecutivo de un gobierno autónomo descentralizado las siguientes: b) “Ausentarse del cargo por más de tres días hábiles sin haberlo encargado a quien lo subrogue legalmente y sin justa causa”; y, c) “Incumplimiento legal y debidamente comprobado de las disposiciones contenidas en este Código”. Es todo cuanto podemos informar en honor a la verdad y a lo actuado dentro del trámite de REMOCIÓN DE AUTORIDADES DE ELECCIÓN POPULAR DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS, en el cual se ha respetado de modo cabal los principios de la legítima defensa, el debido proceso y la seguridad jurídica. Por ser de consenso unánime este Informe, la Comisión de Mesa avala su contenido y para constancia firmamos en unidad de acto, en esta ciudad de Las Naves, a los ocho días del mes de julio del año dos mil quince. Sr. Milton Eli Sánchez Morán ALCALDE SUBROGANTE DEL CANTÓN LAS NAVES PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE MESA
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Sra. Geovanna Sonia Castillo Castro
Sr. Miguel Isidoro Segura Valverde
INTEGRANTE DE LA COMISIÓN
INTEGRANTE DE LA COMISIÓN
DE MESA
DE MESA
CERTIFICACION # 0068-GADMCLN-SG-2015 El infrascrito Secretario General del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Las Naves, en uso de las facultades conferidas por el Art. 357 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, CERTIFICA QUE: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria celebrada el 11 de julio de 2015, por unanimidad de votos a favor (Concejales: Sonia Castillo; Hitler Gaibor; Dora Palacios; Galo Romero; Isidoro Segura; y, Alcalde subrogante Milton Sánchez), RESOLVIO: “REMOVER DEL CARGO DEL ALCALDE DEL CANTÓN LAS NAVES Y DE SUS FUNCIONES AL SR. FROILÁN ALDAZ NÚÑEZ, POR HABER COMETIDO LA FALTA ESTABLECIDA EN LA PROHIBICIÓN AL EJECUTIVO SEÑALADA EN EL ART. 331 LITERAL H) DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN QUE DICE: DEJAR DE ACTUAR SIN PERMISO DEL RESPECTIVO ÓRGANO DE LEGISLACIÓN, SALVO EN CASO DE ENFERMEDAD, VIOLANDO EXPRESA DISPOSICIÓN LEGAL E INCURRIENDO EN LAS CAUSALES DE LA REMOCIÓN ESTABLECIDAS EN LOS LITERALES B) Y C) DEL ART. 333 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN, QUE SEÑALAN QUE SON CAUSALES DE REMOCIÓN DEL EJECUTIVO: AUSENTARSE DEL CARGO POR MÁS DE TRES DÍAS HÁBILES SIN HABERLO ENCARGADO A QUIEN LO SUBROGUE LEGALMENTE Y SIN CAUSA JUSTIFICADA; E, INCUMPLIMIENTO LEGAL DEBIDAMENTE COMPROBADO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL COOTAD”. Las Naves, 11 - julio - 2015 Dr. Edwin Núñez Ribadeneira SECRETARIO GENERAL GADMCLN
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DEPORTES
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
Campeonato Nacional Prejuvenil de Boxeo ECUADOR OBTUVO SU PRIMER ORO EN “Bolívar 2015” PANAMERICANOS
Desde el pasado sábado 11 de julio se realiza en Guaranda el Primer C amp e on at o de Boxeo Pre juvenil del País, con la participación de las provincias de: Tungurahua, Loja, Guayas, Santa Elena, Cotopaxi, Napo, Orellana, Sucumbíos, Pichincha y la anfitriona: Bolívar. Este evento deportivo se realiza en el
Coliseo Municipal de Guaranda, ubicado en la Avenida Amazonas y Espejo “Complejo Galo Mariño”, hasta este viernes 17 de julio. A la inauguración del Primer Campeonato Nacional Prejuenil de Boxeo asistieron Autoridades del deporte nacional y local. El Presidente de la Federación Deportiva de Bolívar, Lic. René Duche, dio la bienvenida a las delegaciones participantes e hizo la invitación a la ciudadanía de Guaranda y la Provincia a participar de este torneo deportivo que se realiza por primera vez en la Provincia y el País.
“DEPORTE PARA TODOS 2015.”
Toronto (Canadá).- Bastaron 26 segundos. Ese fue el tiempo que necesitó el judoca ecuatoriano Lenin Preciado para convertirse en campeón de los Juegos Panamericanos Toronto 2015. Lo hizo en la categoría -60 kilogramos, derrotando en la final y por ippon al medallista olímpico de Londres 2012, Felipe Kitadai, en el Centro Deportivo de Mississauga.
ación Ecuatoriana, Fernando Ibáñez. Uno de los grandes culpables de este resultado es el entrenador Roberto Ibáñez, quien fue el primero en abrazar y felicitar al ganador a su salida del tatami. “Contentísimo, sabíamos que Lenin venía por eso, por nada menos. Es algo histórico, primera medalla de oro para nuestro deporte. Era el medallista de bronce en los Juegos Olímpicos de Londres y lo tiramos a ippon en una final, es una revancha de la semifinal en el Panamericano de Guayaquil”, afirmó el estratega. El deportista de 21 años inició su camino a la medalla derrotando al venezolano Javier Guedez y al peruano Juan Postigos, en cuartos y semifinal, respectivamente. Ahora sus entrenamientos estarán enfocados al Mundial de Mayores de Kazajistán en agosto, donde volcará toda su estrategia para escalar y seguir sumando puntos para Juegos Olímpicos 2016.
El Ministerio del Deporte en colaboración con Federación Deportiva de Bolívar realizo las Olimpiadas Especiales, gracias a la colaboración del personal técnico de federación se realizó el pasado viernes 10 de julio del 2015 este evento muy importante donde se incluyó a las personas con discapacidades especiales; compartiendo momentos de mucha alegría junto con sus padres y hermanos.
“Fue un día increíble, las cosas salieron bien. Este logro significa bastante para mi porque se dejan bastante cosas atrás y esta es la recompensa. Logré mi objetivo”, aseguró el nuevo campeón panamericano. Además de entregar la primera medalla de oro para Ecuador en estos Juegos, Preciado marcó un antes y un después al ganar el primer oro panamericano en la historia del judo nacional. “Esta medalla es un orgullo, es la primera medalla que sacamos en Juegos Panamericanos en la historia de Ecuador. Habíamos sacado medalla en Juegos Sudamericanos con Roberto Ibáñez y varias medallas bolivarianas pero panamericana de oro es la primera”, señaló el Presidente de la Feder-
Reconocimiento a servidores judiciales
Consejo de la Judicatura participa en Taller Escuelas de Familias “Trato Hecho Al Buen Trato”
Durante la sesión solemne conmemorativa por los 49 años de creación de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar, se realizó el reconocimiento a los servidores judiciales que cumplieron veinticinco años de trabajo en la institución. En la Gráfica se impone el reconocimiento a la Dra Angélica León quien lleva 25 años de labor judicial en la Corte Provincial de Justicia.
La Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Bolívar (CJ) participó en el Taller Escuelas de Familias “Trato Hecho Al Buen Trato, Todos Tenemos Derecho, Por Una Infancia Plena”, organizado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). El taller se desarrolló el viernes 26 de julio de 2015, en las instalaciones de la Escuela Vicente Rocafuerte, de la parroquia Guanujo y estuvo dirigido a padres de familia de nueve Centros Infantiles del Buen Vivir (CIBV), bajo convenio con la Fundación Integral para el Desarrollo de los Pueblos Originarios del Tahuantinsuyo. El objetivo del taller fue sensibilizar a los padres de familia sobre la importancia de terminar con las relaciones violentas que afecten el desarrollo de niñas y niños.
María Velasco Dávila, jueza de la Unidad de la Familia del cantón Guaranda señaló que estos eventos promueven el buen trato a la niñez, sin violencia. Alrededor del slogan “Trato Hecho al
El Ministerio del Deporte invierte USD482.015.66 para la participación de Ecuador en los XVII Juegos Panamericanos Toronto 2015. ST/Ministerio del Deporte
Buen Trato, Todos Tenemos Derecho” se ratifica la intención del estado, la comunidad y las familias de ser corresponsables en la crianza, protección y el desarrollo integral de las niñas y niños.
JUDICIALES
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
Corte Provincial de Justicia de Bolívar, reconoce gestión de su fundador el Dr. Luís Arturo del Pozo Saltos
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LIBRETAS EXTRAVIADAS Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 4002371316, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Carlos Ramiro Herrera Quinatoa, el Banco procederá a anularla. Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 4005266764, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Aguilar García Lucy Paola, el banco procederá a anularla. Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 1160006124, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Vicente Eduardo Bonilla Carrasco, el Banco procederá a anularla. Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 0730001081, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Mélida Fabiola Paredes Galeas, el Banco procederá a anularla. Por haberse extraviado el Certificado de Inversión No. 063190, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Ofelia Violeta Parra Galarza, el Banco procederá a anularlo. Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 140301027078, aperturada en la Cooperativa Juan Pio de Mora, perteneciente a Angel Humberto Muñoz Arguello, la Cooperativa procederá a anularla.
En el marco del Cuadragésimo Noveno Aniversario de Creación de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar, la institución desarrolló varias actividades culturales y sociales en coordinación con la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Bolívar, con la presencia de autoridades provinciales, locales y funcionarios judiciales. En el busto levantado en el parque Echeandía de la ciudad de Guaranda, se realizó un acto cívico - cultural, en el cual se rindió un justo reconocimiento al distinguido jurista Guarandeño Dr. Luís Arturo del Pozo Saltos, Creador de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar. Fue el Ab. Fabricio Astudillo Solano, Juez de la Unidad Civil del Cantón Guaranda,
el encargado de hacer una reseña histórica de la trayectoria profesional del Dr. Luís Arturo Del Pozo Saltos, destacándose la ocurrida en 1966, cuando en ejercicio de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, trabajó con decisión en la creación de la Corte Superior de Justicia de Guaranda, logrando que el Presidente de la República de ese entonces Clemente Yerovi Indaburu, emita el decreto correspondiente. El Juez Astudillo, a nombre de los servidores Judiciales de Guaranda y Bolívar, exaltó como un gesto de justicia la vida y la obra de tan ilustre ciudadano Guarandeño, quien falleció en Quito, el 30 de enero de 2004. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN – BOLÍVAR
EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL No 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SAN MIGUEL DE BOLIVAR CITACIÓN JUDICIAL A los demandados herederos presuntos y desconocidos del señor Cesar augusto Moreta Bósquez, se le hace saber lo siguiente: JUICIO: Inventarios NUMERO: 2014-0562 ACTOR: Eduardo Napoleón Villagómez Vargas DEMANDADOS: A los herederos y presuntos desconocidos del fallecido Cesar Augusto Moreta Bósquez TRAMITE: Especial CUANTIA: Indeterminada JUEZA: Dra. Gladys Verónica Flores Caiza PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVAR.UNIDAD JUDICIAL No. 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SAN MIGUEL. San Miguel, jueves 04 de junio del 2015, las 09h39. Continuando con la tramitación de la presente causa se dispone: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora con su anexo, en atención al mismo por cuanto se ha justificado el fallecimiento del demandado señor Cesar Augusto Moreta Bósquez; Notifíquese a
los herederos y cónyuge conocidos: Ángel Celio Moreta Yánez, Cesar Augusto Moreta Yánez y Delfa Lastenia Yánez Moyano, a quienes se les notificara con la presente providencia, en su domicilio que lo tiene ubicado en las calles 10 de Agosto y pasaje “B” de la ciudad de Babahoyo, provincia de los Ríos, ofreciendo a la autoridad deprecada reciprocidad en casos análogos, cumplida que sea devuélvase todo lo actuado es esta judicatura disposición que se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil. En lo que tiene relación con los herederos presuntos y desconocidos del fallecido Cesar Augusto Moreta Bósquez el actor en cualquier día y hora Hábil comparezca a este despacho judicial y de cumplimiento a lo prescrito en el Art. 82 del Código de procedimiento Civil. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Gladys Verónica Flores Caiza, Jueza de la Unidad Judicial No. 1 de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia.(sigue el certifico y las notificaciones) Libro a usted la práctica de la presente diligencia a fin de dar fiel cumplimiento a lo que se allá ordenado. Atentamente Ab. Cesar Andaluz Sánchez SECRETARIO DE LAUNIDAD JUDICIAL No. 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
REPUBLICA DEL CUADOR Al señor AGUILAR VELASCO JORGE GABRIEL, se le hace saber del Juicio de Tenencia con que se sigue en este despacho:
la cédula de ciudadanía y certificado electoral así como carné profesional, además de partidas de nacimiento. Tómese nota de la cuantía, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones que le correspondan y la designación de su abogado patrocinador. Actúe en la presente causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico.
JUICIO: Divorcio No. 02307 – 2015 – 0038 ACTORA: AIDE MATILDE FLORES GAIBOR DEMANDADO: AGUILAR VELASCO JORGE GABRIEL TRAMITE: Verbal Sumario JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, martes 10 de marzo del 2015, las 11h36. VISTOS: La demanda que antecede deducida por la señora FLORES GAIBOR AIDA MATILDE, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley, se le acepta para su trámite contemplado en proceso verbal sumario contemplado en el Art. 118 del Código Civil, en relación con el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En lo principal, cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída al señor AGUILAR VELASCO JORGE GABRIEL, de acuerdo a lo que manda a observar el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones efectuadas en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón, para lo que por Secretaria se entregarán el extracto correspondiente. Agréguese al proceso la certificación de matrimonio, copia de
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, miércoles 17 de junio del 2015, las 11h57. Conforme se solicita en escrito que provee de la compareciente, rectificase el nombre de actora a la que se da debe tener como AIDE MATILDE FLORES GAIBOR y no como Aida Matilde Flores Gaibor. Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico. Particular que pongo en conocimiento de la demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en ésta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 23 de junio del 2015 Dra. Ana Betty Cobos Albán SECRETARIA
Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 450201001038, aperturada en la Cooperativa Juan Pio de Mora, perteneciente a Arellano Torres Alcívar Oswaldo, la Cooperativa procederá a anularla. Por haberse extraviado la libreta de ahorros No. 0050159079, del Banco Nacional de Fomento, perteneciente a Ana Cecibel Egas Guerrero, el Banco procederá a anularla.
REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE BOLÍVAR EXTRACTO. Al señor Carlos Wilson Días Mora, se le pone en conocimiento del juicio Especial de Alimentos, que se sigue en este despacho. ACTOR: Silvana Elizabeht Macias Armas DEMANDADO: Carlos Wilson Díaz Mora INICIO: 02/ 08/ 0163 JUICIO No. 2012/ 0163 JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortíz,Msc. CITACIÓN JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE BOLÍVAR. Chillanes 06 de agosto del 2012, las 10h39. Avoco comocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Encargada de esta judicatura mediante Oficio No. 1492-DPB, de fecha 13 de julio de 2012. VISTOS.- Lademanda que antecede de pensión de alimenticia planteada por SILVANA ELIZABETH MACIAS ARMAS, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley se le acepta para su trámite en proceso especial determinado en el Art. Innumerado 34 y siguientes de la Ley reformatoria, al Código Orgánico de Niñez y Adolescencia, publicado en el registro oficial No. 643, de julio 28 de 2009. En lo principal bajo prevenciónes de no comparecer a juicio el demandado CARLOS WILSON DÍAZ MORA, se procederá en rebeldía, del mismo, cítese al demandado por boleta única con el auxilio de la fuerza pública, en su domicilio en la Parroquia Ambuqui, del cantón Ibarra, provincia de Imbabura. Se fija en calidad de pensión alimenticia provisional en beneficio de cada uno de los menores: Carlos Darley Díaz Macías y Helen Ayme Días Macías, la cantidad de SESENTA DÓLARES AMERICANOS, para cada uno de los hijos, dinero que se depositara en la cuenta que se servirá abrir la actora. En cuanto se encuentre legalmente citado el demandado se señalará la fecha para la audiencia única dispuesta en la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Agreguese al expediente los recaudos adjuntos a la demanda esto es copia de la cédula de ciudadania, certificado electoral, partidas de nacimiento y credencial del abogado patrocinador. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, el casillero que señala para recibir notificaciones en esta casa de justicia y la facultad concedida a su Abogado patrocinador. El demandado podra efectuar los anuncios de prueba hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única. Tómese nota de la designación del profecional quien se encuentra autorizado para representarles, así también el casillero que señala para recibir notificaciones en esta casa de Justicia.Actúe en la presente causa el Dr. José Cárdenas, quien se encuentra legalmente encargado de este despacho, por estar haciendo uso de las vacaciones la señora Secretaria titular Cítese y Notifíquese.-F) Ab. Ana María Egas Jueza Temporal encargada del Juzgado Séptimo de lo Civil de Bolívar. JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DEL CANTÓN CHILLANES DE BOLÍVAR,Chillanes, jueves 13 de noviembre del 2014. Las 09h54. Vistos el juramento rendido por la actora señora Silvana Elizabeth Macías Armas, del hecho de desconocer el actual domicilio o residencia del demandado señor CARLOS WILSON DÍAZ MORA, se manda a que este sea citado como señala el Art. Innumerado 35 de la ley Reformatoria Al Título v del Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia, en relación con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, norma de aplicación supletoria en la materia objeto de la causa, mediante tres publicaciones efectuados en uno de los periódicos de mayor circulación de la Ciudad de Guaranda por no existir medios de prensa en este Cantón, para lo que por secretaria se netregará el extracto correspondiente. Cítese y Notifiquese .F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez Séptimo de lo Civil de Bolívar, (Sigue el certifico y las Notificaciones) Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniendole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para futuras notificaciones. Chillanes 24 de noviembre del 2014 Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA
CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SAN MIGUEL DE BOLÍVAR. EXTRACTO. Al público se le hace saber: JUICIO: CONCURSO DE ACREEDORES No 2014- 0235. ACTOR: SONIA EDITH DIAS QUINLLIN. DEMANDADA: JANETH DEL CARMEN TIXI YANZA. TRAMITE: ESPECIAL CUANTÍA: $ 2.410.04 JUEZ: DR. RODRIGO CASTRO MEDINA. AUTO: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DEL CANTÓN SAN MIGUEL DE BOLIVAR. San Miguel, martes 16 de diciembre del 2014, las 13h26.VISTOS.-La demanda que antecede presentada por SONIA EDITH DIAS QUINLLIN es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos exigidos por la Ley, se la acepta para darle el trámite legal correspondiente establecido en el Art. 507 y más pertinentes del Código de Procedimiento Civil Codificado. De la documentación debidamente certificada aparejada a la demanda, contiene la sentencia condenatoria la liquidación de capital, intereses y costas el mandamiento de ejecución y la razón actuarial tomadas del juicio Ordinario seguido en el Juzgado Sexto de lo Civil de Bolívar, de las cuales se desprende que la deudora señora JANETH DEL CARMEN TIXI YANZA, no ha pagado ni ha dimitido bienes equivalentes a la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS DIEZ DOLARES CON CUATRO CENTAVOS (2410,04) por concepto de capital, intereses y costas adeudadas, por tal se presume la insolvencia; y por lo mismo declárese haber lugar el concurso de acreedores de conformidad con lo establecido en el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil Codificado, ordénese la ocupación y deposito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos, para cuyo efecto intervenga el Señor síndico de Quiebras con que cuenta la Corte Provincial de Justicia de Bolívar. Ordénese la acumulación de los juicios que se siga en contra de la deudora, por obligaciones de dar o hacer, con excepción de los hipotecarios, para cuyo caso ofíciese a los Juzgados de lo Civil de Bolívar. Hágase saber al Público de estas declaraciones mediante aviso en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en la ciudad de Guaranda, Capital de la Provincia Bolívar. Como la demanda queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese esta providencia a los señores Notarios y Registradores de la Propiedad del Cantón San Miguel de Bolívar, para los fines legales correspondientes; y, se dispone que la demandada dentro del término de ocho días presente el balance de sus bienes. Prohíbase que la demandada JANETH DEL CARMEN TIXI YANZA con cedula de ciudadanía número 0201728144, se ausente del lugar el juicio o salga del país, sin permiso de este Juzgado, debiéndose oficiar a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Con arreglo al Art. 507 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese y hágase conocer de esta declaratoria al Señor Agente Fiscal, del Cantón San Miguel de Bolívar, para la calificación de insolvencia y la instrucción fiscal correspondiente. Ofíciese a los señores Gerentes de los Bancos y Cooperativas de ahorro y Crédito de la ciudad de San Miguel provincia de Bolívar, al Sr. Director Nacional de Transito en Bolívar y al señor director del SRI Servicio de Rentas Internas de Bolívar, para los fines legales pertinentes, medidas que procederán una vez ejecutoriada la presente providencia. Hágase saber a la fallida de esta declaratoria para que de tenerlo a bien, se opongan a ella pagando o dimitiendo bienes, dentro de tres días en uso del derecho que les otorga el art. 521 del Código de Procedimiento Civil. Téngase por fijados la cuantía, el casillero judicial señalado para notificaciones, la autorización dada a su abogado defensor. Agréguese al Proceso los documentos que acompaña. Cítese a la demandada JANETH DEL CARMEN TIXI YANZA, en su domicilio que tiene en esta ciudad de San Miguel de Bolívar calle Pichincha y Manuela Cañizares. Cítese y Notifíquese.- F) Dr. Rodrigo Castro Medina.- (Sigue el certifico y las notificaciones). Particular que llevo a conocimiento del público, para los fines de Ley, Previniéndoles de la Obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de San Miguel de Bolívar, para posteriores notificaciones. Ab. Mary Escobar Gortaire SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SAN MIGUEL DE BOLÍVAR.
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JUDICIALES
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES EXTRACTO A la señora Gaibor Goyes Aida Noemi se le hace saber del Juicio Verbal Sumario de Divorcio Nº 02307-2015-00084 que se sigue en su despacho. JUICIO VERBAL SUMARIO DIVORCIO:Nº02307-2015-00084 ACTOR: Alarcón Montero Jorge Washington DEMANDADA: Gaibor Goyes Aida Noemi TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUEZ TITULAR: Dr. Luis Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, lunes 18 de mayo del 2015, las 10h43. VISTOS: La demanda que antecede deducida por el señor ALARCON MONTERO JORGE WASHINGTON por ser clara y reunir los demás requisitos de ley, se le acepta para su trámite contemplado en el Art. 118 del Código Civil en relación con el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En lo principal, cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída a la señora GAIBOR GOYES AIDA NOEMI, de acuerdo a lo que manda a observar en Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones efectuadas en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón para lo que por secretaría se entregaran los extractos correspondientes. Agréguese al proceso la certificación de matrimonio, copia de la cedula de ciudadanía y certificado electoral así como carné profesional. Tómese nota de la cuantia, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones que le correspondan y la designación de su abogado patrocinador. Actúe en la causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y Notifíquese. F). Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc Juez de la Unidad Judicial Civil Multicompetente de Chillanes. Particular que pongo en conocimiento de la demanda, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 29 de mayo del 2015. Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CANTÓN CHILLANES EXTRACTO A la señora LLONGO CANDO JENNY MARGOTH se le hace saber del juicio de Tenencia con que se sigue en este despacho: JUICIO: Tenencia N° 02307-2015-00085 ACTOR: MANOBANDA ZAPATA ARTURO OSWALDO DEMANDADO: LLONGO CANDO JENNY MARGOTH TRAMITE: Contenciosos General JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, martes 14 de abril del 2015, las 15h17. VISTOS: En mi calidad de juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con asiento en este Cantón, y por ello competente para conocer la causa avoco conocimiento de la presente acción. En lo principal, la demanda que antecede, deducida por el señor MANOBANDA ZAPATA ARTURO OSWALDO, por ser clara y reunir los demás requisitos mínimos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, ley de aplicación supletoria en la materia objeto de la causa, se le acepta para su trámite en proceso general contencioso contemplado en el Art. 271 y siguientes del Código orgánico de la Niñez y Adolescencia en relación con el Art. 118 sic. En lo principal cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída a la señorita LLONGO CANDO JENNY MARGOTH, acorde a lo que se precisa en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no exisitr medio publicitario impreso en esta ciudad, para lo que se entregará el extracto correspondiente. Cuéntese en la presente causa con la oficina Técnica de la Unidad Judicial de la Familia, Niñez y la Adolescencia en la ciudad de Guaranda, quienes presentarán su informe biopsicosocial del entorno familiar de los menores en el término perentorio de ocho días, para lo que se procederá mediante deprecatorio librado a uno de los señores jueces de lo civil con asiento en dicha unidad. Cuéntese también con la señorita Agente Fiscal de este Cantón Chillanes. Los menores de edad, sean escuchados en audiencia a celebrarse en este despacho. Tómese nota de la cuantía, el trámite, los casilleros que señala para recibir notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogado patrocinador. Agréguese al proceso los recaudos adjuntos. Cítese y Notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc, Juez Multicompetente de la Unidad Judicial con sede en el cantón Chillanes. F.) DR. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Chillanes- Certifico. Particular que pongo en conocimiento de la demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes 11 de junio del 2015. Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CAN CHILLANES EXTRACTO Al señor MILTON JAVIER NAULA QUINATOA se le hace saber del juicio de Alimentos con Presunción de Paternidad que se sigue en este despacho: JUICIO: ALIMENTOS CON PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD N° 02307-2014-0272 ACTORA: CAYACHI QUINALOA ELVIA MARGOTH DEMANDADO: MILTON JAVIER NAULA QUINATOA TRAMITE: Especial JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE BOLIVAR.Chillanes, martes 23 de diciembre del 2014, las 10h05. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Sexto de lo Civil de Bolívar, legalmente encargado de esta judicatura, mediante oficio N°. 2481-UATH de fecha 10/12/2014. LA demanda que antecede deducida por la señora CAYACHI CHAQUINGA ELVIA MARGOTH, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley se la acepta para su trámite en proceso Especial señalado en el Art. Innumerado 34 y siguientes de la ley reformatoria al Código de la Niñez y la Adolescencia, publicado en el Registro Oficial N° 653 del 28 de julio de 2009. En lo principal bajo prevención que de no comparecer a juicio se procederá en rebeldía, cítese al demandado señor MILTON JAVIER QUINATOA NAULA, en su domicilio que lo tiene en el cantón Pallatanga, Recinto San Nicolás Provincia de Chimborazo, lugar señalado en formulario de demanda, mediante boleta única con el auxilio de la Fuerza Pública. Se fija en calidad de pensión alimenticia provisional en beneficio del Infante CAYACHI QUINALOA DEYVIS SAUL la cantidad de noventa y dos dólares americanos con cuarenta y ocho centavos, ($92,48 USD) acorde a la Resolución N°. 0001CNNA-2014, de fecha 28 de Enero del año en curso, a depositarse en la cuenta virtual que para dicho efecto se dispone aperturar a través de la secretaria de esta jurisdicción. En cuanto se encuentre legalmente citado el padre del menor se señalará la fecha para la diligencia de Audiencia Única ordenada en la precitada ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia. Por no encontrarse verificada la paternidad en beneficio del derechohabiente se ordena se cumpla con el examen del ADN en las personas del derechohabiente, su madre y el presunto progenitor a practicarse en la Cruz Roja Ecuatoriana a costas del demandado; la toma de muestras para la precitada prueba practíquese en la Cruz Roja de Bolívar ciudad de Guaranda, debiendo oficiar al Director de dicha entidad quién actuará como delegado del Juez actuante, previo señalamiento oportuno de día y hora. Agréguese al expediente los recaudos adjuntos. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones en esta Casa de Justicia y la facultad concedida a su abogado patrocinador. Tómese en cuenta el anuncio probatorio. El demandado podrá presentar sus anuncios probatorios hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única a la que atendiendo el principio constitucional de la inmediación procesal acudirán las partes personalmente o con poder especial para transigir otorgado a sus abogados. Actúe en la causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Chillanes.- Certifico. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.Chillanes, jueves 19 de febrero del 2015, las 09h05. Vista la reforma introducida a la demanda por la accionante, para efectos de ley se la debe tener al demandado o presunto progenitor como NAULA QUINATOA MILTON JAVIER, al que se lo debe citar en la forma ordenada en auto inicial. Notifíquese. F.) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR.Chillanes, martes 26 de mayo del 2015, las 12h05. Al demandado señor NAULA QUINATOA MILTON JAVIER, por mediar juramento del hecho de desconocer su actual domicilio o residencia se lo manda a citar de acuerdo a lo que prescribe el Art. Innumerado 35 de la Ley reformatoria al título V del Libro Segundo del Código Orgánico de la Nuez y Adolescencia, en relación con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los medios impresos de mayor circulación d la ciudad de Guaranda pór no existir medio publicitario en este Cantón, para lo que por secretaría se entregará el extracto correspondiente. Cítese y Notifíquese. .) Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Chillanes.- Certifico. Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones.
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES EXTRACTO Al señor Torres Mariano se le hace saber del Juicio Verbal Sumario de Divorcio que se sigue en este despacho: JUICIO VERBAL SUMARIO DE DIVORCIO: N02307-20140256 ACTOR: Chicaiza Pucha Eudelia DEMANDADOS: Torres Mariano JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, lunes 30 de marzo del 2015, las 11h35: VISTOS: La demanda que antecede y su complemento deducida por la señora CHICAIZA PUCHA EUDELIA, por ser clara y reunir los demás requisitos de nuestro derecho adjetivo Civil, Art. 67 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, se le acepta para su trámite en proceso verbal sumario, acorde a lo que imperativamente
dispone el Art. 118 del Código Civil en relación con el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- En lo principal cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaida al señor TORRES MARIANO, de acuerdo a lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón Chillanes.. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, los casilleros judiciales y electrónico que señala para recibir notificaciones que el correspondan y la facultad concedida a su abogado defenzor. Agréguese al proceso los recaudos adjuntos, como copias de su cedula de ciudadania de matrimonio y partidas de nacimiento. Cítese y Notifíquese.f) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en este Cantón Chillanes Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tine de señalar casillero judicial y electronico para futuras notificaciones. Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES EXTRACTO Al señor ZAPATA BUÑAY JAIRO ROBERTO, se le pone en conocimiento del juicio de Alimentos y declaratoria de Paternidad No. 2014-0074, que se sigue en este despacho. ACTORA: Lema Cobos Nancy Yadira DEMANDADO: Zapata Buñay Jairo Roberto JUICIO DE ALIMENTOS Y DECLARATORIA DE PATERNIDAD No. 2014-0074 Juez de la unidad: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. CITACION. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR: Chillanes martes 23 de abril del 2014, las 16h42: VISTOS: Conforme se manda en la acción de personal No. 0178-DPB-2014 de fecha 15 de abril del año en curso, avoco conocimiento de la presente acción. La demanda que antecede deducida por LEMA COBOS NACY YADIRA, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley se le acepta para su trámite en proceso Especial señalado en el Art. Innumerado 34 y siguientes de la ley reformatoria al Código de la Niñez y la Adolescencia, publicado en el registro Oficial N° 643 del 28 de julio de 2009. En lo principal bajo prevención que de no comparecer a juicio se procederá en rebeldía, cítese al demandado señor OROZCO ZAPATA JAIRO ROBERTO, en el domicilio señalado en formulario de demanda de prestación, mediante boleta única con el auxilio de la Fuerza pública. Se fija en calidad de pensión alimenticia provisional en beneficio de la infante Jaqueline Stefanía Lema Cobos, la cantidad de noventa y dos dólares americanos con cincuenta y cuatro centavos ($92,54USD) conforme la Resolución del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, a depositarse en la cuenta que para dicho efecto se servirá aperturar la compareciente. En cuanto se encuentre legalmente citado el presunto padre de la menor se señalará la fecha para la diligencia de Audiencia Única ordenada en la precitada Ley Reformatoria al Código orgánico de la Niñez y la Adolescencia. Por no en contarse verificada la paternidad en beneficio de la menor se ordena se cumpla con el examen comparativo de los patrones de bandas o
secuencias de ácido desoxirribonucleico ADN en la persona de los derechohabientes, su madre y el presunto progenitor a practicarse en la Cruz roja Ecuatoriana, Sede Central en la ciudad de Quito, a costas del demandado; la toma de muestras para la precitada experticia practíquese en la Cruz roja de Bolívar en la ciudad de Guaranda, debiendo oficiar para dicho efecto haciéndole conocer al señor Director de dicha entidad que actuará como delegado del suscrito Juzgador. Agréguese al expediente los recaudos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, el casillero judicial que señala para recibir notificaciones en esta Casa de Justicia y la facultad concedida a su abogado patrocinador defensor público en este Cantón. El demandado podrá presentar sus anuncios probatorios hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única a la que atendiendo el principio constitucional de la inmediación procesal acudirán las partes personalmente. Actúe en la causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de este cantón Chillanes. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES DE BOLIVAR: Chillanes, martes 23 de junio del 2015, las 10h52: En consideración al lapsus incurrido en decreto que antecede en lo concerniente al nombre del demandado, rectifíquese dicho error debiéndose tener para efectos de ley que el demandado responde a los nombres de ZAPATA BUÑAY JAIRO ROBERTO, al que se lo debe citar en la forma señalada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil , en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda, por no existir medio publicitario impreso en este Cantón. La señora secretaria entregue el extracto correspondiente. Cítese y Notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de este Cantón Chillanes. (Sigue el certifico y las notificaciones) Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Casa de Justicia de Chillanes para futuras notificaciones.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SAN MIGUEL DE BOLÍVAR.
excepción de los hipotecarios, para cuyo caso oficíese a los Juzgados de lo Civil de Bolívar. Hágase saber al público estas declaraciones mediante aviso en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en la ciudad de Guaranda, capital de la provincia de Bolívar. Como las demandadas quedan en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese esta providencia a los Señores Notarios y Registrador de la Propiedad de los cantones Guaranda y San Miguel de Bolívar, para los fines legales correspondientes; y, se dispone que las demandadas dentro de término de ocho días presente el balance de sus bienes. Prohíbase que las demandadas se ausenten del lugar el juicio o salgan del país, sin permiso de este Juzgado, debiéndose oficiar a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Oficíese a los señores Gerentes de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito de la ciudad de San Miguel y Guaranda provincia de Bolívar, al Sr. Presidente de la Cámara de Comercio, al Sr. Director del Consejo Nacional de Transito en Bolívar para los fines legales pertinentes, medidas que procederán una vez ejecutoriada la presente providencia. Hágase saber a los fallidos esta declaratoria para que de tenerlo a bien, se opongan a ella pagando o dimitiendo bienes, dentro de tres días en uso del Derecho que le otorga el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil. Téngase por fijados la cuantía, el casillero judicial señalado para notificaciones, la autorización dada a su Abogado defensor. Agregúese al proceso la documentación que se acompaña. Cítese a las demandadas para que de tenerlo a bien se opongan en el término de tres días con arreglo a lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil; a SANDRA DEL ROCIO ABRIL MIGUEZ en esta ciudad de San Miguel barrio El Chasqui sector ciudadela La Libertad; a LORENA BEATRIZ ZAPATA FLORES en la ciudad de Guaranda Av. Elisa Marino de Carvajal frente al parque de Leones, diligencia que se cumplirá mediante deprecatorio dirigido a unos de los señores Jueces de lo Civil de Bolívar con asiento en el cantón Guaranda a quien se remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese y Notifíquese. f.- Dr. Rodrigo Castro Medina Juez. Particular que llevo a conocimiento del público, para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en la ciudad de San Miguel de Bolívar, para posteriores notificaciones. Ab. Mary G. Escobar Bortaire SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SAN MIGUEL BOLÍVAR
EXTRACTO Al público se le hace saber. JUICIO : Insolvencia No.-0245-2013 ACTOR : Cooperativa De Ahorro y Crédito San José Ltda. DEMANDADAS: Sandra Del Rocío Abril Miguez y Lorena Zapata Flores. TRAMITE : Especial- Insolvencia CUANTÍA : 3.175,26 JUEZ : Rodrigo Castro Medina. AUTO: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE BOLÍVAR.- San Miguel, miércoles 16 de enero del 2014, las 09h51. VISTOS.- Aceptando la inhibición presentada por el Dr. Eduardo Rafael Pazmiño Ortiz Juez Quinto de lo Civil de Bolívar, por ser legal. El escrito presentado por la parte actora se agrega a los autos; la demanda que antecede presentada por JOSE RAFAEL GUILLEN SIERRA en su calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San José “Ltda”, como lo acredita con la documentación adjunta es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos exigidos por la Ley, se le acepta para darle el trámite legal correspondiente establecido en el Art. 507 y más pertinentes del Código de Procedimiento Civil Codificado. De la documentación debidamente certificada aparejada a la demanda, contiene la sentencia condenatoria, la liquidación de capital, intereses y costas, el mandamiento de ejecución y la razón actuarial tomadas del juicio ejecutivo seguido en el Juzgado Quinto de lo Civil de Bolívar, de los cuales se desprende que las deudoras Señoras SANDRA DEL ROCIO ABRIL MIGUEZ y LORENA BEATRIZ ZAPATA FLORES, no han pagado ni han dimitido bienes equivalentes a la suma de TRES MIL CIENTO SESENTA Y CINCO DOLARES CON VEINTE Y SEIS CENTAVOS ( usd 3165,26) , por concepto de capital, intereses y costas adeudados, por tal se presume la insolvencia; y por lo mismo declárese haber lugar el concurso de acreedores de conformidad con lo establecido en el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil Codificado, ordénese la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos, para cuyo efecto intervenga el Señor Síndico de Quiebras con que cuenta la Corte Provincial de Justicia de Bolívar. Ordénese la acumulación de los juicios que se siga en contra de los deudores, por obligaciones de dar o hacer, con
Chillanes, 29 de junio del 2015 Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA
MISCELANIA R. del E. SECRETERIA NACIONAL DEL AGUA CENTRO DE ATENCIÓN ALCIUDADANO EN GUARANDA CITACIÓN SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS, DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LAS AGUAS DE UNA VERTIENTE SIN NOMBRE, QUE NACEN EN LAS PROPIEDADES DE LA SEÑORA CARMEN ROSA VARGAS ALZAMORA, UBICADO EN EL PUNTO DENOMINADO MOROSPAMBA, JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA SAN PABLO DE ATENAS, CANTÓN SAN MIGUEL, PROVINCIA BOLÍVAR. EXTRACTO ACTOR: Carmen Rosa Vargas Alzamora OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización del derecho de aprovechamiento de aguas de una vertiente sin nombre, que nacen en las propiedades de la señora Carmen Rosa Vargas Alzamora, ubicado en el punto denominado Moraspamba, jurisdicción de la Parroquia San Pablo de Atenas, cantón San Miguel, provincia Bolívar, aguas que serán utilizadas en: uso doméstico, abrevadero de animales y riego, un caudal de 2.00 lts/seg. Proceso No. 6370-2015.- PROVIDENCIA.SECRETARIA DEL AGUA.- SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE GUARANDA: Guaranda, 28 de febrero de 2015.- las 13h28.- Trámite No.63702015.- GUARANDA conocimiento de la presente causa en mi calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano Guaranda, de conformidad con el contrato No. DRHGGARH- 2014-334 de fecha.- 11 de agosto del 2614, según lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 26 11-334 de fecha 5 de septiembre del 2011, Art. 1 en el cual se del-
República del Ecuador Citación Judicial Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Catón Guaranda. EXTRACTO AL DEMANADADO: TOAPANTA GUASHPA SEGUNDO JOSE. JUICIO: IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO. NUMERO: 2015-00286 ACTOR: GAGLAY DURAN ANGEL EDUARDO DEMANDADO: TOAPANTA GUASHPA SEGUNDO JOSE. TRAMITE: ORDINARIO. CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. NIVARDO OCAÑA GAVILANES. En el Juicio de Impugnación de Reconocimiento No2015-00286 que sigue GAGLAY DURAN ANGEL EDUARDO en contra de TOAPANTA GUASHPA SEGUNNDO JOSE se le hace saber lo siguiente:………….. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVARUNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA- Guaranda, miércoles 3 de junio del 2015, las 11h03.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en razón del sorteo de ley practicado, IMPUGNACION DEL RECONOCIEMIENTO # 002862015, presentada por ANGEL EDUARDO GAGLAY DURAN, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Bolívar. En lo principal y por cuanto la demanda presentada es clara y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUCIO ORDINARIO conforme al mandato de los Arts. 59 y 395 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia córrase traslado con la demanda y providencia al demandado SEGUNDO JOSE TOAPANTA GUSHPA, debiendo para el efecto citárselo en el lugar que se indica, en la demanda, una vez que la actora bajo juramento manifiesta desconocer el domicilio o residencia del demandado y según el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, publíquese en un periódico de mayor circulación en la Provincia por tres publicaciones en días diferente, por secretaria confiérase los extractos solicitados. Al Director del Registro Civil, Identificación y Cedulación de Guaranda; Al demandado se le concede el término de quince días para que de contestación a la demanda y deduzca sus excepciones a las que se crea asistida, bajo apercibimiento en rebeldía. El demandado estará a lo dispuesto en los Arts. 241 del Código Civil y; en concordancia con el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil. Incorpórese a los autos la documentación adjunta. Tómese en cuenta el casillero judicial y/o correo electrónico señalado por la autora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, así como la cuantía de la demanda.- actúe la señora secretaria titular del despacho. NOTIFIQUESE Y CITESE.- f) Dr. Nivardo Ocaña Gavilanes Juez.- (Sigue el certifico y notificaciones). Particular que pongo en conocimiento del demandado TOAPANTA GUSHPA SEGUNDO JOSE, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guaranda para sus posteriores notificaciones. Dra. Vanessa Quiroz Becerra.
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015 ega las atribuciones y obligaciones otorgadas a las Subsecretaria de Demarcación Hidrográfica y a las Coordinaciones de Demarcación Hidrográfica a los Centros Zonales. Agréguese a los autos las fotocopias de la cédula de ciudadanía, certificado de votación, carnet de Abogado, certificación, escritura y la solicitud de autorización de uso y aprovechamiento del agua, presentada por la señora CARMEN ROSA VARGAS ALZAMORA, la misma que es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le acepta a trámite. En consecuencia, se dispone.- 1.- a los usuarios conocidos o no cíteseles por la prensa de conformidad con el Art. 126 literal a) de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Uso y Aprovechamientos del Agua, vigente, con un extracto de la demanda y auto por tres veces en uno de los periódicos: El Amigo del Hogar, Impacto, El Vocero, Aquí Bolívar o Tribuna que se editan en esta ciudad, mediando entre una y otra publicación el plazo de ocho días. 2.- Fíjense carteles en tres de los lugares más públicos y frecuentados de la parroquia San Pablo de Atenas del Cantón San Miguel, al teniente Político de la Parroquia San Pablo de Atenas del Cantón San Miguel. 3.- Oportunamente se designará Perito para que realice el estudio técnico respectivo. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 67 y la autorización concedida a su Abogado Defensor ADOLFO ALTAMIRANO. Actúe en calidad de Secretario Ad-hoc en la presente causa el Sr. Javier Caiza Paredes. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ing. Lenin Chimbo Narváez Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Guaranda. Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro de atención al ciudadano, para futuras notificaciones. Edwin Javier Caiza Paredes SECRETARIO Ad-hoc.
Dr. Konrad Ramiro Mora Mora
ABOGADO
ASESORÍA LEGAL DIRECCIÓN:
Guayas 15-67 y Angel Alfredo Coloma/ Plaza 10 de enero
TELÉFONO:
032 650180/ cel. 0980016396
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL EN EL CANTÓN CHILLANES CON SEDE EXTRACTO Al señor PUCHA CHICAIZA NESTOR ARIOSTO se le hace saber del juicio de Alimentos Declaratoria de Paternidad No 023072010-0091 (Incidente de aumento de Pensión Alimenticia) que se sigue en este despacho: JUICIO ESPECIAL: No 02307-2010-0091 ACTORA: LÓPEZ PRADO CARMEN ROCÍO DEMANDADO: PUCHA CHICAIZA NESTOR ARIOSTO TRÁMITE: ALIMENTOS DECLARATORIA DE PATERNIDAD INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES DE BOLIVAR.- Chillanes, miércoles 8 de de abril del 2015, las 09h38. VISTOS: La demanda que antecede incidente de aumento de pensión alimenticia deducida por la señora: LOPEZ PRADO CARMEN ROCIO, por ser clara y reunir los demás requisitos de ley se la acepta para su trámite en proceso Especial señalado en el Art. Innumerado No 34 y siguientes de la Ley Reformatoria al Título V del Libro Segundo del Código de la Niñez y la Adolescencia, publicada en el Registro Oficial No 643 de 28 de julio de 2009, en relación al Art. 42 Sic. En lo principal bajo prevención de que de no comparecer a juicio se procederá en rebeldía, cítese al señor PUCHA CHICAIZA NESTOR ARIOSTO, acorde a lo que manda a seguir el Art. Innumerado 35
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES EXTRACTO A la señora TOAQUIZA DIAZ MARIA BEATRIZ se le hace saber del Juicio Verbal Sumario de Divorcio No 02307- 2015-00140 que se sigue en este despacho: JUICIO VERBAL SUMARIO DIVORCIO: No 02307-2015-00140 ACTOR: CARRERA NIAMO CLEBER ARMANDO DEMANDADO: TOAQUIZA DIAZ MARIA BEATRIZ TRAMITE: Verbal Sumario JUEZ TITULAR: Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz, Msc. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES DE BOLÍVAR Chillanes, viernes 29 de mayo del 2015, las 09h 49. VISTOS: La demanda que antecede deducida por el señor CARRERA NIAMO CLEBER ARMANDO por ser clara y reunir los demás requisitos de ley, se le acepta para su trámite contemplado en el Art. 118 del Código Civil en relación con el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En lo Principal, Cítese con la copia de la demanda y auto inicial en ella recaída a la señora TOAQUIZA DIAZ MARIA BEATRIZ, de acuerdo a lo que manda a observar el
República del Ecuador Citación Judicial Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Catón Guaranda. EXTRACTO A: MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN JUICIO: INVENTARIOS NUMERO: 2014-2116 ACTOR: JULIAN FAZ CHIMBORAZO. DEMANDADA: MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN CUANTIA: INDETERMINADA JUEZA: AB. MARIA VELASCO DAVILA. En el Juicio de Inventarios proceso No- 2014-2116 que sigue JULIAN FAZ CHIMBORAZO en contra de MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN; se le hace saber lo siguientes………….. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLIVAR.- UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIAGuaranda, miércoles 19 de marzo del 2014, las 14h54.- En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guaranda y por sorteo de ley, avoco conocimiento en la presente causa. 1.- La demanda que antecede, y su ampliación son claras, completas y cumple los requisitos determinados por el Art 67 del Código de Procedimiento Civil. 2.- Se ordenada la facción de inventarios y tasación de los bienes adquiridos dentro de la Sociedad Conyugal ya disuelta, como consta de la copia de la sentencia que consta de autos, para lo cual se contará con un perito que será designado y posesionado del cargo luego de la citada demandada. 3.- a la demandada MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN, por cuanto bajo juramento el actor, manifiesta que es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la misma , se le citará por la prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad, de conformidad a lo estatuido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Hágase la publicación de ley con un extracto de la demanda y esta providencia. De acuerdo a lo establecido en el Art. 1000 Ibídem, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Guaranda, para lo cual se le notificará a su Titular.- En cuenta el casillero judicial que señala y la autorización que confiere. Actúe la Dra. Maribel Silva Arellano, como Secretaria de este despacho. Notifíquese.-f) ab. MARIA VELASCO DAVILA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUARANDA.- (s. c. y n.) Particular que pongo en conocimiento de la demandada señora MARIA JUANA GAGLAY CHARIGUAMAN, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guaranda para sus posteriores notificaciones. Ab. Diego Solís Miranda Secretario
de la Ley Reformatoria al Título V del Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia, en relación con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este cantón, para lo que la señora secretaria entregará el extracto correspondiente. En cuanto se encuentre legalmente citado el demandado se señalara la fecha para la diligencia de audiencia única ordenada en la precitada Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. Agréguese al expediente los recaudos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía, el trámite, los casilleros que señala para recibir notificaciones y la facultad concedida a su abogado patrocinador. El demandado podrá efectuar los anuncios de prueba hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única, a la que en base al principio constitucional de inmediación procesal las partes acudirán en forma personal, o a través de un profesional del derecho con poder suficiente para transigir. Cítese y Notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz. Msc Juez de la Unidad Judicial Civil Multicompetente de Chillanes. Particular que pongo en conocimiento del demandado, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico en ésta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes, 25 de mayo del 2015 Dra. Ana Chela Bethy Cobos Albán SECRETARIA
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en relación con el Art. 119 del Código Civil, mediante tres publicaciones efectuados en uno de los diarios de mayor circulación de Guaranda por no existir medio publicitario impreso en este Cantón y en un periódico de mayor circulación de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, lugar de la celebración del matrimonio, para lo que por secretaria se entregará el extracto correspondiente. Agréguese al proceso la certificación de matrimonio, copia de la cédula de ciudadanía y certificado electoral así como carné profesional. Tómese nota de la cuantía, los casilleros judicial y electrónico que señala para recibir notificaciones que le correspondan y la designación de su abogado patrocinador. Actúe en la causa la señora secretaria titular del despacho. Cítese y Notifíquese. F) Dr. Eduardo Pazmiño Ortiz Msc Juez de la Unidad Judicial Civil Multicompetente de Chillanes. Particular que pongo en conocimiento de la demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico en ésta Casa de Justicia de Chillanes para posteriores notificaciones. Chillanes, 5 de junio del 2015. Dra. Ana Chela Bethy Alban SECRETARIA
HORÓSCOPO CAPRICORNIO: Lo que funcionaba bien podría complicarse, pero no te inquietes, lo resolverás porque ingenio y experiencia no te faltan. Esta semana, debido al tránsito de la Luna por el elemento aire puedes sentirte algo inquieto o ansioso en horas de la mañana. ACUARIO: Las horas de la noche evocan recuerdos y situaciones que en un pasado te hicieron muy feliz, pero que lamentablemente por estar escuchando a quienes no debías te complicaste sentimentalmente y ahora lo lamentas. Tranquilo, siempre se puede rectificar.
PISCIS: Este semana enfoca tu atención en lo que es realmente importante, Concéntrate en la solución de tus problemas y verás como encuentras soluciones. Tu vida se transforma y la pasión del pasado ahora es solo una imagen y posiblemente ya se habrá convertido en cenizas. ARIES: Este día es ideal para salir de compras, contactar amigos y conocidos, pasar unas noches divertidas con familiares o conocidos y disfrutar la vida con más intensidad y alegría. TAURO: Esta semana, al entrar en la segunda quincena del mes de julio y con la Luna en un signo de aire notarás como poco a poco las aguas recuperan su nivel y descubres que tus esfuerzos no han sido en vano, el amor no es ya una ilusión sino una realidad.
GEMINIS: En el amor estás rejuveneciendo lo cual es típico de tu signo. Si algo no está funcionando bien en tu trabajo y cae dentro de tu marco de responsabilidades no tienes por qué callarte. CANCER: Al comenzar esta semana laboral hoy lunes que es tu día zodiacal es posible que estés explorando la posibilidad de iniciar un tipo de relación más comprometida con otra persona si en estos momentos estás soltero o soltera y buscas un cambio en este período de cumpleaños. Analiza tu realidad. LEO: Esta semana prepárate desde muy temprano para aprovecharlo y vivirlo plenamente, con naturalidad y de una manera genuina, como corresponde a tu signo espléndido y espontáneo. VIRGO: Considera esta semana las diferentes proposiciones laborales que ahora tienes en tus manos. Si no tienes empleo y estás buscando trabajo ármate de energía y optimismo, prepara tus condiciones para que la próxima semana, todo salga bien. LIBRA: Es posible que en esta semana estés experimentando una sensación de inquietud, y de ser así, debes obedecer tus instintos naturales y actuar consecuentemente tanto en el amor como en la economía. ESCORPIO: Estás descubriendo dentro de ti mismo muchas facetas nuevas que te ayudarán a encontrar tu pareja perfecta. Esta semana relájate, disfruta tu realidad presente y si estás solo, o sola, no te impacientes pues en el momento preciso todo llegará. SAGITARIO: Este lunes notarás como mejora la misma si tus problemas están asociados con la presión arterial o los padecimientos cardíacos pues tu signo está recibiendo una energía extra que fortalece tu corazón y vasos sanguíneos. Sin embargo, en el orden sentimental, la situación es otra ya que debido al tránsito lunar por el elemento aire existen algunas interrupciones en tu intimidad.
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AGRICULTURA
Bolívar, semana del 13 al 19 de julio de 2015
CALENDARIO LUNAR: Lunes 13 a domingo 19 de Julio de 2015 13
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Nueva Variedad de frejol en la Provincia Bolívar.
ble en seco de tipo canario y rojo sólido como el Bombolín está entre $100 y $120 dólares, lo que permite mejorar las condiciones de vida de los productores, además el fréjol es parte de la seguridad y soberanía alimentaria por las características nutricionales como la proteína, minerales, fibra, e hidratos de carbono; así como para prevenir cierto tipo de enfermedades y la desnutrición.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca MAGAP, a través de la Dirección Provincial de Bolívar, entregó la certificación de una nueva variedad de frejol voluble UEB-Bombolin, a la Universidad Estatal de Bolívar. La variedad Bombolin, proviene de un proceso de selección en los campos de productores de los cantones: Guaranda, San Miguel y Chillanes, todo este proceso lo realizó el Programa de Investigación y Producción de Semillas, Campus Lagua-
coto II de la Universidad Estatal de Bolívar, bajo el direccionamiento de los Ings: Carlos Monar, David Silva, Patricio Trujillo; con la Coordinación de Xavier Mera Coordinador Técnico del Ex Proyecto de Semillas Andinas MAGAP-FAO y de Edwin Lara Inspector de Semillas del MAGAP Bolívar. Esta variedad es resistente a las principales enfermedades foliares como la roya, mancha angular entre otras. El precio de un quintal de fréjol volu-
Edwin Lara inspector de semillas del MAGAP mencionó que se espera contar con semilla de categorías superiores (básica, registrada para la producción de semilla certificada) que permita la introducción de este rubro en los sistemas de producción en nuestra provincia, especialmente en el cantón Chillanes considerado el granero del país. La entrega de esta certificación la realizó Pablo Jácome Secretario General de Relacionamiento del Sistema Productivo, quien resaltó la perseverancia de la Facultad de Agronomía de la Universidad en trabajar e investigar para los productores, mencionó que esta nueva variedad de frejol es un gran aporte para el sector agrícola y agradeció a los agricultores por diversificar el campo y ser la base de la supervivencia de la población ecuatoriana.
Productores y técnicos del MAGAP aprenden procesos de agricultura orgánica
bokashi, entre otros abonos orgánicos. Suquilanda manifestó que el propósito de este evento fue dar a conocer a los productores y técnicos del MAGAP sobre la producción agroecológica, que plantea un trabajo que protege a la naturaleza y al ser humano, enfocado en cuidar la soberanía alimentaria y que tiene como objetivo el no uso de agro tóxicos.
Obtener alimentos de alta calidad y no contaminados fue el propósito principal del taller teórico práctico sobre agricultura orgánica que recibieron los Técnicos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), y productores de la provincia de Bolívar. El taller fue impartido por Manuel Suqui-
landa y tuvo una duración de tres días. Durante dos primeros días se dio a conocer las principales finalidades de la agricultura orgánica, como la obtención de alimentos de calidad nutritiva sin la presencia de sustancias químicas. El último día fue práctico donde los participantes elaboraron bioplaguicidas, composteras,
Agregó que la agroecología se enfoca en una tecnología de reciclaje, que se transforma en abonos orgánicos, bioplaguicidas, entre otros que garantizan la obtención de alimentos de alta calidad y no contaminados. José Luis Obando, quien trabaja en un proyecto con la Asociación de Lácteos e Industrialización San Simón, manifestó que este taller le servirá para mejorar los suelos, cuidar su salud y la de los consumidores.
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Aumento del volumen de produccion de papa
El volumen de producción de papa se redujo en el 2014 a 315.000 toneladas, en comparación con el 2013 que fue de 345.922; en lo que va del 2015, la producción alcanza las 346.500 toneladas; los rendimientos entre el 2014 y 2015 se han mantenido en 9 Ton/ha. En el año 2004, la superficie cosechada llegó a 57.743 toneladas, la producción más alta en últimos doce años, sin embargo, los rendimientos en ese año eran de 7.16 Ton/ha, según los datos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap). Este aumento en la productividad en el cultivo se debe a que a través del Proyecto de Nacional de Semillas para Cadenas Agro Estratégicas se dotó de paquetes tecnológicos a los pequeños productores; se estima que para el 2017 se alcanzaría rendimientos promedio de 20 Tm/Ha, es decir un incremento de 12 Tm/Ha respecto al promedio nacional que durante el 2014 alcanzó 9 Tm/Ha. Además, con la implementación el Plan de Mejora Competitiva de Papa, el cual ha sido un aporte para el incremento de productividad, fortalecimiento asociativo, sistema de información de mercado y comercialización. La papa es un alimento clave en Ecuador, por ser muy nutritivo que desempeña funciones energéticas debido a su alto contenido en almidón así como funciones reguladoras del organismo por su elevado contenido en vitaminas hidrosolubles, minerales y fibra. El consumo mundial de la papa como alimento está pasando de papa fresca a valor añadido, productos alimenticios elaborados. Uno de los principales elementos de esa categoría es papa congeladas, que incluye la mayor parte de las papas fritas sirven en restaurantes y cadenas de comida rápida en todo el mundo. El apetito del mundo por las papas fritas hechas en fábrica se ha puesto en más de 7 millones de toneladas al año, según el Centro Internacional de la Papa (CIP). F: Revista El Agro