Incentivos de la ciudad de Málaga a los vehículos eléctricos y sus procedimientos. Año 2.013
1
Acceso a áreas restringidas................................................................................................................ 2
1.1
Instrucciones para solicitar autorización de acceso al Centro Histórico con vehículo eléctrico ......... 2
1.2
Lugar de entrega de la solicitud .......................................................................................................... 3
1.3
Instrucciones para acreditación en caso de representación .............................................................. 3
1.4
Condiciones bajo las que se concede la autorización ........................................................................ 3
2
Plazas de estacionamiento exclusivas para vehículos eléctricos ...................................................... 4
3
Bonificaciones en las tasas de aparcamientos ................................................................................... 6
3.1
Instrucciones para solicitar la acreditación de vehículo eléctrico ....................................................... 6
3.2
Procedimiento en aparcamientos en superficie (SARE)..................................................................... 6
3.3
Procedimiento en aparcamientos subterráneos ................................................................................. 7
4
Bonificación en la cuota del IVTM para vehículos poco contaminantes............................................. 8
4.1
Procedimiento para obtener la bonificación ........................................................................................ 8
Fecha:
11 de Septiembre, 2013
________________________________________________________________________________________________ C/ Concejal Muñoz Cerván s/n, edif. Tabacalera, Módulo 4, 3ª planta, 29003 Málaga, España energia@malaga.eu • www.energia.malaga.
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1 Acceso a áreas restringidas El objetivo de esta estrategia es que el usuario del vehículo eléctrico pueda acceder a lugares donde un vehículo convencional y contaminante no está permitido. Cuando un ciudadano, una empresa privada o pública adquieran un vehículo eléctrico, el usuario tendrá que suministrar al Área de Movilidad los datos correspondientes a su vehículo (tipo de vehículo, permiso de circulación, matrícula...) con el objeto de que le sea concedido el permiso de acceso al área restringida. La vigencia de esta medida estará recogida en la Ordenanza de Movilidad vigente.
1.1
Instrucciones para solicitar autorización de acceso al Centro Histórico con vehículo eléctrico 1
1. Rellenar la solicitud según modelo marcando todos los accesos consignados (1.Cister, 2. Sancha de Lara, 3. Mosquera, 4. Méndez Núñez, 5. Cisneros, 6. Alemania).
2. Junto a la solicitud, entregar la siguiente documentación: - Fotocopia del D.N.I./C.I.F. del solicitante. - Fotocopia del permiso de circulación de el/los vehículo/s. - Fotocopia de la tarjeta de inspección técnica de el/los vehículo/s.
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http://www.malaga.eu/inter/visor_contenido/SGTDocumentDisplayer/DocumentoTramite11070?id_documento=11070
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1.2
Lugar de entrega de la solicitud Área de Movilidad del Excmo. Ayuntamiento de Málaga. Edificio Múltiple. Paseo de Antonio Machado, 12. 29002 Málaga y en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 del 26 de Noviembre de 1992.
1.3
Instrucciones para acreditación en caso de representación 1. Para actuar en representación de personas físicas: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante. - Acreditación mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la condición de Representante Legal, si el solicitante actúa a través de éste. - En el supuesto de solicitud presentada por persona diferente de quien figura en la misma como solicitante/representante legal, será necesario acompañar documento que acredite la autorización formalizada del propio solicitante/representante legal y fotocopia del Documento Nacional de Identidad del autorizado. 2. Para actuar en representación de personas jurídicas: - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del Representante Legal. - Acreditación mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la condición de Representante Legal de la Empresa/Sociedad. - En el supuesto de solicitud presentada por persona diferente de quien figura en la misma como representante legal, será necesario acompañar documento que acredite la autorización formalizada del propio representante legal y fotocopia del Documento Nacional de Identidad del autorizado.
1.4
Condiciones bajo las que se concede la autorización -
-
-
La entrada/salida será por el tiempo estrictamente indispensable con un máximo de circulación dentro del Entorno Protegido de 30 minutos, transcurrido el cual deberá abandonar la zona. Las autorizaciones de paso no suponen en ningún caso permiso para poder acceder a zonas peatonales o calles diferentes de las señaladas. No está permitido el estacionamiento en todo el Entorno de Interés Protegido afectada por el control de los accesos. Se podrá parar siempre que en el vehículo permanezca una persona que disponga de permiso de circulación durante el tiempo mínimo indispensable. La preferencia en el tránsito será, en todo momento, del peatón, después de la bicicleta y, en último lugar, del vehículo a motor. No está permitido circular a más de 20 km./h. El acceso se realizará cumpliendo la normativa vigente en materia de tráfico, así como siguiendo las indicaciones que "in situ" le formule la Policía Local.
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2 Plazas de estacionamiento exclusivas para vehículos eléctricos Esta estrategia va enfocada a reservar un determinado número de plazas de aparcamiento repartidas homogéneamente por la ciudad. Estas plazas serán gratuitas y exclusivas para vehículos eléctricos, híbridos enchufables y vehículos eléctricos de autonomía extendida, estando reguladas por la Ordenanza de Movilidad. En ellas están prohibidas las paradas y establecimientos para cualquier otro tipo de vehículo que no sean los indicados anteriormente. El órgano competente en materia de movilidad podrá otorgar tarjeta identificativas que sean habilitantes, con vigencia determinada, para el uso de tales reservas, una vez haya sido aportada la documentación que acredite las condiciones técnicas del vehículo. Estas tarjetas deberán ser exhibidas en una zona visible del vehículo, con el fin de que éste quede habilitado para hacer uso de las mismas. Las plazas reservadas a los vehículos eléctricos tendrán la siguiente señalización aprobada por el Área de Tráfico del Ayuntamiento de Málaga:
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Se han reservado 15 plazas exclusivas de aparcamiento para los vehículos eléctricos. Estas plazas irán aumentando a medida que la demanda lo requiera. Están ubicadas en diferentes zonas de la ciudad tal y como se refleja en el siguiente plano:
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3 Bonificaciones en las tasas de aparcamientos La tarifa de aparcamiento en los sectores de aparcamiento regulados (S.A.R.E.) está bonificada con un 10% de reducción respecto a los vehículos convencionales mientras que el coste de estacionamiento en cualquier aparcamiento subterráneo para un vehículo eléctrico (independientemente de que tengan punto de recarga) incluye los primeros 45 minutos gratuitos. La bonificación relativa a los 45 primeros minutos gratuitos en los aparcamientos municipales estará vigente mientras el órgano de gobierno responsable entienda que es esencial para continuar incentivando el uso de los vehículos eléctricos. La vigencia de esta la medida correspondiente al S.A.R.E. estará recogida en la Ordenanza vigente.
3.1
Instrucciones para solicitar la acreditación de vehículo eléctrico
Aquellos usuarios (personas físicas o jurídicas) de vehículos eléctricos pueden obtener la acreditación de Vehículos Eléctricos, con la que podrán acceder a las ventajas en los aparcamientos municipales y estacionar en todas las zonas S.A.R.E., a excepción de las de alta rotación 30 minutos en las que tendrán que abonar la tasa correspondiente. Para acogerse a los beneficios anteriormente comentados, el usuario del vehículo eléctrico deberá aportar en las oficinas centrales de la Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios S.A.2 sitas en 3 Plaza de la Alcazaba la siguiente documentación : - Impreso debidamente cumplimentado y firmado (a recoger en las oficinas centrales de Smassa). - Original y fotocopia del DNI (en caso de tratarse de empresas o personas jurídicas deberán presentar el CIF correspondiente y la escritura de constitución de la Sociedad donde figure el domicilio que, obligatoriamente, debe ser la ciudad de Málaga).
-
3.2
Ficha técnica del vehículo eléctrico. Original y fotocopia del vehículo eléctrico de su propiedad. Permiso de circulación del vehículo eléctrico. Original y fotocopia del vehículo eléctrico de su propiedad. Certificado de empadronamiento en la ciudad de Málaga. Declaración responsable de no tener deudas con la Administración Municipal.
Procedimiento en aparcamientos en superficie (SARE)
Se aplicará una tarifa especial con un 10% de bonificación sobre la tarifa general. Para ello los vehículos eléctricos que tengan la acreditación como tal del mismo contarán con una tarjeta adhesiva con el número de matrícula del vehículo eléctrico que deberá ser colocada en el parabrisas del vehículo y que le permitirá obtener el correspondiente comprobante horario bonificado que deberá colocarse de forma visible para su comprobación por el personal encargado de la vigilancia y control de SARE.
2 3
http://www.smassa.eu/ http://www.smassa.eu/electricos.html
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3.3
Procedimiento en aparcamientos subterráneos
Los vehículos eléctricos que tengan la acreditación como tal del mismo contarán con una tarjeta que les permitirá la entrada en los aparcamientos públicos. Esta tarjeta, de tecnología “mifare”, permitirá el acceso a la red de aparcamientos municipales durante un periodo de 45 minutos sin coste alguno para el propietario del vehículo eléctrico. En caso de superar los 45 minutos gratuitos, el exceso de tiempo deberá abonarse en cualquier cajero automático del aparcamiento o en la cabina de control. Los aparcamientos municipales en los que se podrá disfrutar de la bonificación de los 45 primeros gratuitos son todos aquellos pertenecientes a la Sociedad Municipal de Aparcamientos, tengan o no puntos de recarga (Salitre, Cervantes, El Palo, Andalucía, Camas, Humilladero, Carlos Haya, Alcazaba, San Juan, Tejón y Rodríguez y Central).
Localización de los aparcamientos municipales
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4 Bonificación en la cuota del IVTM para vehículos poco contaminantes Actualmente, los propietarios de vehículos eléctricos e híbridos pueden beneficiarse de una bonificación del 75% en el impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica para el período posterior a su registro, tal y como se refleja en la Ordenanza correspondiente. Disfrutarán de una bonificación del 75% en la cuota del año siguiente al de matriculación o reforma, aquellos vehículos que cumplan cualquiera de los requisitos que se establecen a continuación: - Vehículo con motor eléctrico. - Vehículo con motor híbrido. - Vehículo con motor de gases licuados del petróleo. - Vehículo con motor de gas natural.
4.1
Procedimiento para obtener la bonificación
Para el disfrute de esta bonificación los titulares de los vehículos habrán de instar su concesión en cualquiera de las oficinas siguientes: - O.A. Gestión tributaria - Atención al público (tabacalera) Avenida de Sor Teresa Prat, Distrito Carretera de Cádiz. - En cualquiera de las oficinas municipales de atención a la ciudadanía situadas en los distritos4. Se deberá presentar la siguiente documentación: 5 - Impreso debidamente cumplimentado y firmado . - Copia de la tarjeta de inspección técnica del vehículo, en la que se refleje, en su caso, la reforma del vehículo, así como la fecha de la misma. - Documentación acreditativa de que el motor del vehículo posee las características exigidas, salvo que las mismas figuren en la Tarjeta de Inspección Técnica. El plazo de presentación de la solicitud será hasta el 31 de enero del año siguiente a aquel en el que se produzca la matriculación o reforma del vehículo. El plazo de resolución será de 6 meses. Una vez reconocido por esta Administración el derecho al disfrute de esta bonificación, la misma surtirá efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que se hubiese producido la matriculación. En el momento de la solicitud, y en el de los sucesivos devengos del impuesto, el interesado deberá encontrarse al corriente de pago de todas las exacciones municipales -cuyo período voluntario de ingreso haya vencido- de las que resulte obligado al pago, así como tener domiciliado el pago de los recibos de devengo periódico de los que sea sujeto pasivo, en una entidad bancaria que posea sucursal en España. Todo ello se exigirá según lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza Fiscal Municipal número 3, reguladora del Impuesto. Más información en: http://gestrisam.malaga.eu/
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http://saic.malaga.eu/portal/menu/seccion_0001/secciones/subSeccion_0001 http://www.malaga.eu/inter/visor_contenido/SGTDocumentDisplayer/DocumentoTramite13441?id_documento=13441
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