Convocatoria Consultoría.

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Escuela Nacional del Ministerio Público

Proyecto para el fortalecimiento institucional y acreditación de la Escuela Nacional del Ministerio Público como Instituto de Educación Superior de acuerdo lo establece el Art. 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Núm. 133-11, de fecha 6 de junio del 2011. Términos de Referencia para la contratación de una Consultoría QUE SE ENCARGARÁ DE LOS PROCESOS NECESARIOS PARA LA CONVERSIÓN DE LA ESCUELA NACIONAL DEL MINISTERIO PÙBLICO EN UN INSTITUTO ESPECIALIZADO DE ESTUDIOS SUPERIORES

NOMBRE DEL PUESTO: Consultor para el fortalecimiento institucional y lograr la acreditación Escuela Nacional del Ministerio Público como Instituto de Educación Superior, produciendo el diseño de los Reglamentos, programas, presupuestos, Estatutos, organigramas y todos los documentos necesarios para la acreditación de la Escuela Nacional del Ministerio Público como Instituto de Educación Superior. 1. JUSTIFICACIÓN: 1

El Ministerio Público es el órgano del Sistema de Justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad, de acuerdo lo establecido en el Art. 169 de la Constitución de la República de fecha 26 de enero del 2010 y el Art.1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Núm. 133-11, de fecha 9 de enero del 2011, siendo la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP), una de las instancias relevantes para cumplir el rol establecido en las normas. Esto así, en virtud del papel fundamental de la Escuela Nacional del Ministerio Público como uno de los órganos operativos del Consejo Superior del Ministerio Público, responsable de la capacitación de los miembros del Ministerio Público, los aspirantes a Fiscalizador y del personal técnico y administrativo. La Escuela Nacional del Ministerio Público en el marco del proceso de fortalecimiento institucional han definido los ejes temáticos de la Academia y sus programas académicos, así como su modelo educativo, se propone avanzar en desarrollar programas de evaluación y de mejora de la calidad de los programas académicos que se ejecutan en la actualidad, a los fines de estar en condiciones de ser acreditada como Instituto de Educación ante el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. A pesar de que este esfuerzo previo constituye una base fundamental que nos ha permitido el desarrollo de la capacitación del Ministerio Público hasta el momento, persiste la necesidad de obtener la acreditación de la ENMP, ante el Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología que le permita otorgar títulos con la misma fuerza y validez que los que otorguen instituciones de igual categoría. 1


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La norma es precisa Es necesario aumentar la capacidad operativa y oferta académica para estar en condiciones de dotar a nuestros fiscales de las herramientas necesarias para la persecución del crimen en todas sus manifestaciones. La CEPAL ha definido la Gestión por Resultados como un instrumento que persigue un enfoque del ciclo de vida de la administración de programas que integra una visión estratégica centrada en el alcance de objetivos, incorporando un mejor uso de estrategias, personas, recursos, procesos y medidas para mejorar la toma de decisiones, la transparencia y la rendición de cuentas. El elemento esencial se centra en el logro de resultados concretos, por medio de la aplicación de la medición del desempeño continuo, el aprendizaje, el cambio y la presentación de informes de rendimiento. Para lograr estos objetivos, contamos con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), en el marco del proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Planificación Institucional del Ministerio Público, conjuntamente con la Procuraduría General de la República, siendo uno de sus ejes principales el tema del fortalecimiento institucional al Ministerio Público dominicano, que conforma uno de los pilares básicos del sistema de administración de justicia, siendo la Procuraduría General de la República su máxima jerarquía. La Procuraduría General de la República ha experimentado un proceso de transformación y modernización en los últimos años, motivado principalmente por su nuevo rol central-rector de la investigación- dentro del sistema de justicia dominicano, tal y como se refleja en el nuevo Código Procesal Penal, refrendado recientemente por la nueva Constitución del país. En el anterior sistema de justicia existente en la República Dominicana, el Ministerio Público desempeñaba una función meramente asistencial del juez y estaba marcada por el sometimiento al poder ejecutivo. No gozaba de autonomía para la gestión funcional, administrativa o presupuestaria de sus actividades, ni para la selección de los fiscales y procuradores. Ante semejante situación no existían ni el contexto propicio, ni los incentivos, ni los medios para asumir la responsabilidad del cumplimiento de su misión y su fin social. La Reforma Procesal Penal significó un cambio radical de la estructura del sistema de enjuiciamiento criminal de la República Dominicana. El nuevo sistema penal, de carácter acusatorio, se caracteriza por la división del proceso en etapas o fases, siendo la primera de estas la fase de investigación o previa del proceso penal que se inicia con la investigación a cargo del Ministerio Público. Tras la aprobación de la ley 76-02, o Código de Procedimiento Penal, en el año 2002, el Ministerio Público ha adquirido un rol más relevante, ya que ahora forma parte activa de toda la fase preliminar, comenzando la investigación y sosteniendo la acusación ante los tribunales. La labor fundamental del Ministerio Público en el nuevo proceso penal queda plasmada en el artículo 88, el cual señala que: "El Ministerio Público

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dirige la investigación y práctica u ordena practicar las diligencias pertinentes y útiles para determinar la ocurrencia del hecho punible y su responsable". En consecuencia, esta transición entre el antiguo proceso penal y el nuevo supuso para los fiscales el paso de un rol asistencial a un rol protagónico en el desempeño de las labores de persecución e investigación del delito, lo que significó un drástico cambio del modelo de gestión –pensado para el sistema anterior- acorde con las exigencias del nuevo código procesal penal. Este proceso, aun no concluido del todo, ha obligado a todas las entidades involucradas en el sistema penal -jueces, defensores públicos, policía nacional y, de manera especial, al Ministerio Público que ha asumido el rol rector de la investigación- a adaptar en un breve lapso de tiempo sus estrategias, estructuras y capacidades a la nueva realidad. Es precisamente en este proceso de modernización institucional en el que se inscribe la elaboración del Plan Estratégico 2010-2015. El Plan Estratégico de la PGR se enmarca también dentro de la Estrategia Nacional de Desarrollo 20102030 de la República Dominicana, documento que será el rector y orientador de las políticas públicas del país. En los últimos años la Escuela Nacional del Ministerio Público ha experimentado un avance institucional notorio con la consolidación de la carrera del Ministerio Público, tal y como lo recogen sus programas de formación continúa. La Ley orgánica del Ministerio Pùblico 133-11 del 9 de junio de 2011, en su artículo 61 establece que la Escuela Nacional del Ministerio Público es el órgano responsable de la capacitación de los miembros del Ministerio Público, los aspirantes a Fiscalizador y su personal técnico y administrativo. Tiene la categoría de Instituto de Eduaccion Superior y, en consecuencia, una vez obtenida la acreditación oficial correspondiente, estará autorizada a expedir títulos y certificados con el mismo alcance, fuerza y validez que tienen los expedidos por las instituciones de educación superior. Podrá formular recomendaciones sobre los planes de estudio de las carreras de derecho y otras relacionadas con su ejercicio a través del Ministerio de Educacion Superior, Ciencia y Tecnología”. .

2. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN:  Asistencia técnica y acompañamiento para formular el proyecto y gestionar hasta obtener la acreditación de la ENMP como Instituto Especializado de Educación Superior del MESCyT.

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 Constituye el objeto de la presente convocatoria, la contratación del o los consultores, por parte de la Procuraduría General de la República y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), que se encargarán de ejecutar los procesos necesarios para la conversión de la Escuela Nacional del Ministerio Público en un Instituto Especializado de Educación Superior, en función de los términos citados a continuación: 3. PRODUCTOS ENTREGABLES: 3.1. Fundamento filosófico de la ENMP para el proyecto de acreditación: 3.1.1. Antecedentes y Justificación 3.1.2. Misión 3.1.3. Visión 3.1.4. Valores 3.1.5. Principios 3.1.6. Objetivos generales y específicos 3.1.7. Normativas y políticas 3.1.8. Estructura organizacional  General  Administrativa  Académica  Admisión y Registro  Biblioteca  Laboratorios 3.2. Reestructurada la Malla Curricular de los programas académicos de la ENMP. 3.2.1. Identificar los docentes que trabajaran en el proyecto. 3.2.2. Nuevos pensum de las carreras y especialidades del Instituto Superior MP diseñados y socializados, 3.2.3. Elaborados los programas de las materias de cada pensum para la formación superior y especializada. 3.2.4. El Modelo educativo ENMP actualizado. 3.2.5. Actualizados los programas académicos de: 3.2.5.1. Programa Inicial de Capacitación. 3.2.5.2. Programa de Capacitación Básica. 3.2.5.3. Programa de Capacitación Especializada. 3.2.5.4. Programa de Capacitación Conjunta para el Ministerio Público y la Policía Nacional o Agencias ejecutivas de investigación o seguridad.

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3.2.5.5. Programas de Adiestramiento para el personal Técnico y Administrativo del Ministerio Público. 3.3. Modelo de Gestión actualizado e implementadas las políticas y procedimientos establecidos. 3.3.1. Identificar cuáles políticas y procedimientos deben incluirse en el modelo de gestión, en función de los requerimientos establecidos por la Ley de Educación Superior. 3.3.2. Garantizar que cada área de trabajo ejecute las políticas y procedimientos conforme a lo establecido en el modelo de gestión. 3.3.3. Metodología de evaluación y seguimiento (docente, aprendizaje, administrativa, institucional), 3.3.4. El Modelo de gestión ENMP actualizado y entrenado el personal.

3.4. Asesoría técnica para la adecuación de la planta física en cumplimiento a las exigencias de la Ley de Educación Superior. 3.4.1. Asesoría técnica para la adecuación de las aulas en materia pedagógica, de ambiente educativo, equipamiento y accesibilidad. 3.4.2. Creación de las nuevas áreas funcionales o departamentos en la ENMP para brindar los servicios requeridos en las reglamentaciones de educación superior por la MESCyT. 3.4.3. Fortalecer las áreas de biblioteca y registro para favorecer la recepción y atención de los usuarios internos y externos. 3.5. El Presupuesto del proyecto de acreditación elaborado y discutido, 3.6. Reglamentos elaborados (Académico, Investigación, Extensión y Servicios a la Comunidad, Profesores, Estudiantil, Admisión, Registro, Laboratorios, Disciplinario, Biblioteca, Pasantías). 3.7. Estatutos del Instituto Superior Ministerio Público elaborado y consensuado, 3.8. Asesorar en el diseño del Manual de Organización y Funciones, 3.9. Asesorar en el Manual de Procedimientos, 3.10. Otros documentos necesarios para la acreditación de la Escuela Nacional del Ministerio Público como Instituto de Educación Superior. 4. FACTORES CRITICOS DE ÉXITO:  Mantener buenas relaciones con la MESCyT.  Divulgar a lo interno de la ENMP el modelo de gestión, que permitirá el cumplimiento de los requerimientos exigidos por la MESCyT. 5


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 El apoyo de los encargados departamentales para la implementación de las políticas y procedimientos.  Contratación del personal para prestar servicios en las nuevas áreas que deberán ser creadas.

5. CONTRATANTE: La contratación será realizada por la Procuraduría General de la República para la Escuela Nacional del Ministerio Público, a través del Proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Planificación Institucional del Ministerio Público. 6. DEPENDENCIA JERÁRQUICA: El consultor estará bajo la coordinación de la Escuela Nacional del Ministerio Público y bajo la dirección del Proyecto de Fortalecimiento del Sistema de Planificación Institucional del Ministerio Publico: Procuraduría General de la República y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). 7. DURACION DE LA CONTRATACION: La duración de la contratación será de ocho (8) meses y se requerirá la presencia del Consultor en la Escuela Nacional del Ministerio Público durante todo el tiempo de la contratación.

8. CONDICIONES DE LA CONSULTORIA: De acuerdo a lo expresado en estos Términos de Referencia para la consultoría, el consultor desarrollará sus actividades en función del cumplimiento de los objetivos planteados para esta consultoría, cumpliendo las siguientes condiciones: 

Estos Términos de Referencia son de carácter obligatorio para el desarrollo del trabajo que aquí se detalla. No obstante, cuando el equipo de consultoría determine la necesidad de introducir modificaciones en los alcances deberá proponerlos a la Escuela Nacional del Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y a la Dirección del Proyecto de AECID, justificando su conveniencia, y serán estos quienes evalúen las modificaciones sugeridas, preparando para tal fin una comunicación por escrito con el correspondiente dictamen. 6


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  

El equipo de consultoría-consultor/a deberá realizar un análisis exhaustivo del problema a resolver y está obligado a presentar las alternativas que de acuerdo a su experiencia y a la información particular analizada sean factibles de implementar, aún cuando no se exprese esto de manera directa en los Términos de Referencia. El equipo de consultoría realizará su trabajo en estrecha colaboración con el equipo técnico de la Escuela Nacional del Ministerio Público. Sin embargo, ello no libera a dicho equipo de la responsabilidad única por las conclusiones a que llegue en los estudios y por las recomendaciones que formule una vez concluido el mismo. El equipo de consultoría-consultor/a deberá asegurar la transmisión de conocimientos y capacidades a los funcionarios/as y técnicos/as designados/as como contraparte del estudio. El consultor/a deberá ser flexible cuando se trate de mejorar la metodología del proyecto en su proceso de elaboración. Los trabajos generados por los servicios contratados, son propiedad única y exclusiva de la Procuraduría General de la República y la AECID, quedándole prohibido al contratado/a, su venta, reproducción y transferencias por cualquier medio a terceros, sin la previa autorización escrita de la Procuraduría General de la República y la AECID. El o los documentos producto de la consultoría validados, con sus anexos y el informe final de cierre de la misma deberán ser presentados impresos y encuadernados en dos ejemplares con las identificaciones de la Escuela Nacional del Ministerio Público y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo/AECID. También serán entregados en formato digital.

9. LÒGICA DE ENLACE: 

  

Reuniones de coordinación con la Escuela Nacional del Ministerio Público, los equipos técnicos de la Dirección de Planificación de la Procuraduría General de la República y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Presentación y aprobación por parte de la Escuela Nacional del Ministerio Público y AECID de la metodología a implementar para la elaboración de los documentos. Realización de por lo menos una reunión con representantes de la Escuela Nacional de Ministerio Público y AECID para la presentación y discusión del último borrador del documento. Esta asistencia técnica deberá coordinar con otras asistencias técnicas que la Escuela Nacional del Ministerio Público, Procuraduría General de la República y AECID estén realizando conjuntamente.

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10. REQUISITOS DEL CONSULTOR/A:  Ser un profesional de la rama Derecho, Ciencias Políticas, Administración Pública u otra Formación Universitaria superior  Profesional con un mínimo experiencia de cinco años en posiciones de gerencia académica en Instituciones de Educación Superior.  Experiencia en elaboración de reglamentos académicos de instituciones educativas.  Buen conocimiento de la estructura organizacional del Ministerio Público y de la Escuela Nacional del Ministerio Público.  Buenas relaciones humanas y habilidad para trabajar en equipo.  Grado académico como mínimo de Máster en áreas afines a las actividades a desarrollar.  Experiencia docente como mínimo de cinco años en instituciones de educación superior.  Dominio completo del idioma español.  Al menos ocho (8) años de experiencia en el área de planificación estratégica y desarrollo organizacional.  Conocimiento de instituciones del sector justicia, valorándose especialmente experiencia laboral en trabajos de naturaleza similar al que nos ocupa realizados en la República Dominicana o en países de América Latina.  Experiencia demostrada en consultorías para procesos similares de acreditación como instituciones de estudios superiores ante el MESCyT.  No estar inhabilitado por la ley.  No estar relacionado con 3er. grado de consanguinidad y/o 2do. grado de afinidad con algún actor clave o contraparte del proyecto. 11. OBLIGACIÒN Y RESPONSABILIDADES 11.1 Del equipo de consultoría o consultor El equipo de consultoría o consultor/a tendrá todas las obligaciones y responsabilidades técnicas que, de acuerdo con la sana práctica profesional, sean inherentes a la naturaleza de los servicios requeridos, aún cuando no se mencionen de manera expresa en los presentes Términos de Referencia. Es obligación del consultor/a establecer, desde el inicio del proyecto, comunicación con la Dirección del Proyecto –ENMP, PGR Y AECID- y mantenerlos informados del avance del proyecto y diseños, procurando en todo momento, dentro de un marco racional, contar con su consentimiento. Deberá presentar constancias de esta actividad (por ejemplo de actas de las reuniones y asambleas, correspondencia dirigida, documentos generados producto del desarrollo de este proyecto). 8


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El consultor/a será totalmente responsable del personal seleccionado y proveído por dicho equipo para la realización de los trabajos, incluyendo el pago de sus salarios, viáticos, prestaciones sociales y cualquier otro tipo de gasto en que tenga que incurrir durante el desarrollo de sus servicios. El consultor/a deberá estar anuente a responder las consultas que se le formulen tanto durante la realización del proyecto y diseños finales. Las retenciones legales e impuestos que se deriven de la realización de este contrato deberán ser incluidos en la propuesta de presupuesto.

El consultor/a se compromete a realizar las correcciones y responder a las consultas generadas por la Escuela Nacional del Ministerio Público y AECID al menos 3 meses después de la firma del acta de la Recepción Final.

11.2 De la Escuela Nacional del Ministerio Público y AECID La Escuela Nacional del Ministerio Público coopera de manera plena en el desarrollo de los componentes planteados en estos términos de referencia. Corresponde a la Escuela Nacional del Ministerio Público y AECID:  

 

Proporcionar todo el material referente a los términos de esta consultoría Proporcionar en calidad de préstamo, estudios, informes, especificaciones, etc., disponibles y que sean considerados como necesarios para el buen desarrollo de los servicios a ser prestados. Cualquier otra información la adquirirá el equipo de consultoría-consultor/a bajo su propio costo. Colaborar con el consultor/a en las convocatorias de las asambleas, talleres, reuniones, etc. informativas y participativas con los actores involucrados. Atender las consultas realizadas por el consultor/a, relacionadas con el estudio, dando respuesta en un tiempo razonable (no mayor de una semana)

12. PRESENTACIÒN DE OFERTAS Los alcances de los servicios ofrecidos por el consultor/a y el costo de los mismos se presentarán en una Oferta Técnica y Oferta Económica. 12.1 La Oferta Técnica, deberá contener lo siguiente:

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1. Información general donde se aprecie la interpretación que se ha dado a los requerimientos planteados en los Términos de Referencia. 2. Alcance de los servicios ofrecidos, expresados en forma clara y precisa. 3. Descripción detallada de la metodología propuesta para desarrollar cada una de las actividades. 4. Programa de trabajo, mostrando un diagrama de barras y en descripciones conexas, la duración de todas y cada una de las actividades que involucra la formulación y ejecución del proyecto de acreditación de la ENMP como Instituto Especializado de Estudio Superiores, así como el personal asignado a cada una de ellas. 5. Currículum Vitae y carta de compromiso o constancia de vinculación laboral según sea la situación del equipo de consultoría-consultor/a, persona natural o jurídica, del personal profesional y técnico propuesto a participar en el estudio. 6. Iniciación de actividades, señalando el tiempo calendario que se requiere a partir de la orden de proceder, para dar inicio a las actividades del estudio. 7. Información suficiente con relación a los subcontratos para posibilitar la calificación de la responsabilidad y experiencia de los/las Consultores/as o firmas que lo llevarán a cabo. 12.2 La Oferta Económica, deberá contener la siguiente información: 1. Desglose y Cuantificación de los costos directos 2. Desglose y Cuantificación de los costos indirectos 3. Desglose y Cuantificación separada de los diez (10) Componentes del proyecto de Acreditación de la ENMP como Instituto Especializado de Estudios Superiores. 4. Desglose de los costos de subcontratos, si los hubiese. 5. Costo global de la Oferta Económica. Junto con los documentos requeridos, se deberá presentar el documento de identidad.

13. EVALUACIÒN DE OFERTAS 12.1 Confidencialidad La información relativa a la evaluación de la propuesta y a las recomendaciones sobre adjudicaciones no se dará a conocer a otras personas que no tengan participación oficial en el proceso hasta que se haya notificado la adjudicación del contrato a la firma ganadora.

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Cualquier intento del consultor/a de influenciar al Contratante en la evaluación y comparación de las propuestas o en la decisión de adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su propuesta.

12.2 Aclaración de propuestas Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de la propuesta, la Dirección del Proyecto tendrá la facultad de solicitar a cualquier Consultor/a que aclare su oferta. La solicitud de aclaración y la respuesta pertinente se harán por escrito o por cable. Sin embargo, no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los elementos sustanciales de la propuesta.

12.3 Comisión evaluadora Existirá una comisión evaluadora, la cual estará conformada por la Dirección del Proyecto de “Fortalecimiento del sistema de Planificación Institucional del Ministerio Público”, integrada por:  Por un representante de la Escuela Nacional del Ministerio Público.  El Co-director del Proyecto de la Procuraduría General de la República  La responsable del proyecto AECID. 12.4 Evaluación de la calidad El procedimiento de la evaluación de la propuesta recibida será por la metodología de selección basada en las calificaciones de los/as Consultores/as, de la forma que se explica a continuación: -Criterios de Selección  La propuesta técnica deberá incluir la documentación que permita verificar los requisitos incluidos en el apartado 10 (“Requisitos del consultor/a”) y presentar la propuesta metodológica.  Para la evaluación financiera se compararán los precios ofertados por los oferentes que hayan cumplido con la condición formulada en el punto anterior.  Se adjudicará el contrato al oferente que demuestre poseer el perfil profesional requerido y presente el presupuesto más favorable.

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2.10.1-Cuadro de Ponderación A. Experiencia. Valor mínimo: 20 puntos Criterio

Indicador

Fuente

A.1 En el servicio Años de contrato que se contrata

Copia de contratos

A.2 En servicios que Años de contrato se contrata en el área geográfica A.3 En servicios Años de contrato similares

Copia de contratos

Copia de contratos

Meta >10 años 10≥ y >5 5≥ y >2 >10 años 10≥ y >5 5≥ y >2 >10 años 10≥ y >5 5≥ y >2

Valor máx. 8 5 3 7 4 3 5 3 2

Puntuación 1

B. Experiencia. Valor mínimo: 20 puntos Criterio B.1 Grado conocimiento proyecto B.2 Propuesta mejora de términos referencia

Indicador

Fuente

de Cantidad de la Examen del Comité del memoria de Evaluación explicativa de Numero de Examen del Comité los productos de Evaluación de ofertados

Coherencia de los procedimientos propuestos 5 Adecuación del B.3 Adecuación de la perfil del licitador a propuesta4 la tarea 6 Adecuación de la planificación 7

Examen del Comité de Evaluación Curriculum Vitae

Examen del Comité de Evaluación

Validad técnica de Examen del Comité

Alta

Valor máx. 15

Media

10

Alto

7

Medio

4

Alta

6

Media

3

Alta

10

Media

6

Alta

10

Media

6

Alta

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Meta

Puntuación 2

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la propuesta 8

de Evaluación

Justificación presupuestaria 9

Examen del Comité de Evaluación

Plazos de tiempo Examen del Comité adecuados a la de Evaluación propuesta 10

Media

10

Alta

8

Media

5

Alta

10

Media

6

1. Si se considera que la meta es baja, la puntuación será cero. 2. Mejora lo estipulado en los Términos de Referencia, teniendo en cuenta los productos que se ofertan.

3. Si la oferta se ajusta a lo requerido en los Términos de Referencia. 4. Si el procedimiento de ejecución responde a la lógica del proyecto. 5. Si la persona física o jurídica propuesta, teniendo en cuenta su perfil, puede llevar a cabo los servicios que se contratan.

6. La planificación de actividades a ejecutar se ajusta a lo requerido. 7. Si, teniendo en cuenta el equipo que se propone, los plazos de ejecución, el presupuesto estipulado y las tareas a realizar, el oferente va a poder ejecutar la propuesta técnica.

8. Análisis coste-beneficio de lo que se oferta. Se habrá de tener en cuenta, sobretodo, el perfil del equipo y los medios que se proponen para la ejecución.

9. Se analizará la racionalidad del cronograma de acuerdo a las necesidades del proyecto Cronograma y Organigrama Se verificará el cronograma y la organización propuesta, así como la duración de las actividades, la cual deberá ser coherente y tener correspondencia con la asignación del personal propuesto. El puntaje es de quince (15) puntos. En este concepto se evaluará el cumplimiento de:  Etapas completas.  Lógica de enlace de actividades.  Distribución del tiempo por actividad.  Personal responsable por actividad. 13


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Total Experiencia (A) Total Oferta Técnica (B) Total General (A+B)

Para alcanzar la calificación y pasar a la etapa de evaluación del costo, se requerirá obtener no menos de setenta (70) puntos.

11.5

Criterios para rechazar propuestas

Las propuestas podrán ser rechazadas por cualquiera de las siguientes razones:   

Cuando su oferta económica contenga errores numéricos. Cuando no cumpla con los requisitos solicitados para la presentación. Cuando contenga información ilegible.

12 FORMA DE PAGO La asistencia técnica será pagada en PESOS DOMINICANOS, si se tratará de un consultor/a nacional, a la tasa vigente por el Banco Central (en el mes de la firma del contrato) y será cancelado de la siguiente forma: 

Un primer pago equivalente al 15% del monto total, a la entrega del plan de trabajo y cronograma de actividades de la Consultoría, validado por la ENMP, PGR y la AECID.

Un segundo pago equivalente al 35% del monto del contrato que se hará efectivo a la entrega de de los documentos preliminares de los entregables de la Consultoría para el fortalecimiento institucional y Acreditación de la ENMP como Instituto Superior, luego de la aprobación de la ENMP, PGR y de la AECID.

Un último pago equivalente al 50% del monto del contrato que se hará efectivo contra entrega y aceptación por parte de la ENMP, PGR y la AECID de la versión final de los entregables de la Consultoría para el fortalecimiento institucional y Acreditación de la ENMP como Instituto Superior. 14


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AMPLIACION DEL PLAZO DE EJECUCIÒN En caso de presentarse situaciones de casos fortuitos o fuerza mayor, se establecerán de acuerdo con los principios generales del derecho, tales como incendios, temblor, terremoto, inundaciones, guerras u otras calamidades públicas. Si sucediera un hecho de esta naturaleza que constituya un caso fortuito o fuerza mayor, los trabajos se podrán suspender temporalmente o cancelar, parcial o totalmente, la ejecución de este estudio o liquidar los trabajos ejecutados hasta la fecha. En este caso será competencia la Suprema Corte de Justicia dar su aprobación.

13 SANCIÒN POR DAÑOS Y PERJUICIOS La suma que pagará el equipo de consultoría en concepto de daños y perjuicios, por cada día calendario de demora en la terminación de los trabajos objetos del contrato serán equivalentes al 0.5% del valor del contrato. Dicha multa solo aplicará en casos imputables al consultor o consultora.

14 CONSULTA SOBRE LOS TERMINOS DE REFERENCIA El consultor/a podrá solicitar aclaraciones a los presentes TDR, o respecto a la naturaleza y los alcances del trabajo a ser desarrollados, mediante comunicación escrita dirigida a la ENMP, a las siguientes direcciones electrónicas: Gladys.sanchez@enmp.edu.do Maria.acevedo@enmp.edu.do maria.olivares@enmp.edu.do 16 RECEPCIÒN DE OFERTAS La fecha límite para recibir las ofertas será el 27 de noviembre del año 2013, hasta las 10:00am, en el Dpto. de Compras de la Procuraduría General de la República, 3er piso. Y la apertura de las mismas, será el día 27 de noviembre de los corrientes, a partir de las 10:00am.

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