Diagnostico situacional de derechos lgbt df

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DIAGNOSTICO SITUACIONAL DE LOS DERECHOS LGBT EN EL DISTRITO FEDERAL

Escuela de Administraci贸n P煤blica del Distrito Federal Agenda LGBT, A.C. Septiembre 2013


Agradecimientos

La presente investigación se realizó con el apoyo y auspicio la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, en diciembre del 2012. La coordinación y realización estuvo a cargo de Agenda LGBT, A.C. con la participación del Lic. Jaime López Vela - Presidente Director General y del L.C. Erick Fuentes González - Director de Vinculación. Este Documento se publicó gracias al apoyo económico del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México.

www.facebook.com/AGENDALGBTAC @AgendaLGBTMx

Agenda LGBT, A.C. Tonalá 121 - 101 Colonia Roma, 06700 México D.F


Índice

Página

Introducción………………………………………………………………………………7 Referencias Internacionales…………………………….………………..……………9 Principios de Yogyakarta……..……………………………………………..….........12 Organización de las Naciones Unidas…………………….…………….………….13 Consejo de Derechos Humanos de la ONU…………………………...………......13 Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos………..………........13 Organización de Estados Americanos…………………………….…………….....14 Parlamento Europeo……………………………..………………………….………...16 ONUSIDA…………………………..…………………………………………………….17 Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.………...…18 Países que reconocen uniones civiles entre parejas del mismo sexo…...….19 Países que reconocen matrimonio y adopción entre parejas del mismo sexo........................................................................................................................19 Países que han legislado respecto a crímenes de odio por homofobia..…....20 2 – Breve diagnóstico de la problemática que enfrentan las poblaciones LGBT en el Distrito Federal………………………………………………………..…21 Numeralia de la discriminación en México.………………….…….……...………21 Homofobia……..….……………………………………………………..…………...…22 Bullying…………..…………………………………………………………………...…23 Crímenes de Odio………………………..…………………..……………………...…24 3


Comisión Nacional de los Derechos Humanos…………………………….…....25 Informe CENSIDA 2012.……………………………………………....………………26 3 – Derechos LGBT vigentes en el Distrito Federal…………………………..…28 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal...…….….…………..….29 Cronología de los Derechos LGBT reconocidos en el D.F…...………………..30 4 – Propuestas para el Gobierno del D.F. 2012 – 2018…....….…………….....42 Reformas Legales………………..………………………………………..….……….42 Políticas Públicas…………….………………………………………………...……...44 CONCLUSIONES………………….….………………………………………….……..47 BIBLIOGRAFIA……………………………….…………………………………………50


Siglas y acrónimos ALDF

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

APA

American Psychiatric Association

CCCO

Comisión Ciudadana de Crímenes de Odio

CNDH

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

CDHDF

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

CIDH

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

CDH

Consejo de Derechos Humanos de la ONU

CENSIDA

Centro Nacional para la Prevención y el Control del Sida

COPRED

Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México

CONAPRED Consejo Nacional para la Prevención de la Discriminación CESONU

Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas

CUE

Consejo de la Unión Europea

DOF

Diario Oficial de la Federación

EAR

Equipos de Apoyos Regionales de ONUSIDA

ENADIS

Encuesta Nacional Sobre la Discriminación en México

GDF

Gobierno del Distrito Federal

HSH

Hombres que tienen Sexo con Hombres

IEDDH

Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos

JCP

Junta Coordinadora del Programa

LGBT

Lésbico, Gay, Bisexual y Trans

LGBTI

Lésbico, Gay, Bisexual, Trans, Intersexual

OACDH

Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos

ODM

Objetivos de Desarrollo del Milenio

OEA

Organización de Estados Americanos

OIT

Organización Internacional del Trabajo

OMS

Organización Mundial de la Salud

ONU

Organización de las Naciones Unidas 5


ONUSIDA

Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA

PACS

Pacto Civil de Solidaridad

PE

Parlamento Europeo

PRD

Partido de la Revoluci贸n Democr谩tica

PTS

Personas que se dedican al Trabajo Sexual

RNCS

Registro Nacional de Casos de Sida

SIDA

S铆ndrome de Inmunodeficiencia Adquirida

UDI

Usuario de Drogas Inyectables

UE

Uni贸n Europea

VIH

Virus de Inmunodeficiencia Humana


INTRODUCCION

Con la llegada al poder de un gobierno de izquierda al frente de la gestión de la Ciudad de México en 1997, se inició un proceso para revertir las condiciones de desigualdad entre sus habitantes, en dicho gobierno se conformó un órgano representativo, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) con el que conjuntamente se asumió una política social clara con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de sus habitantes, en éste contexto se incluyen las demandas de personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT). Por otra parte, las problemáticas tanto de discriminación como de exclusión social que viven las poblaciones de la diversidad sexual en el mundo; la agresión y expulsión del hogar, bullying escolar, negación de servicios, agresiones verbales y físicas que llegan a derivar en crímenes de odio, así como la pandemia del VIH/SIDA que las ha afectado de manera importante, fueron atendidas a partir de su visibilización lo que ha significado que la comunidad internacional haya adoptado una serie de resoluciones y recomendaciones de organismos como la ONU, OEA y el Parlamento Europeo y otras instancias que reconocen la orientación sexual e identidad de género como condición humana de las personas y por ende proclaman un alto a la violación a los derechos humanos de las personas a partir de su identidad sexual. El gobierno mexicano fue adoptando algunas de estas resoluciones y recomendaciones y por ello, inició el reconocimiento de derechos en aras de revertir el estigma, la discriminación y la homofobia. A diferencia del ámbito gubernamental federal en el que existen algunos adelantos, en el ámbito del Distrito Federal los avances son significativos y pasan tanto por reformas a los códigos civil y penal, como por la promulgación de leyes y la implementación de políticas públicas que buscan la igualdad de las personas sin distinción por orientación sexual e identidad de género.

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El presente diagnóstico da cuenta de los acuerdos internacionales que han servido como referente para el avance del reconocimiento de los derechos LGBT en México, muestra el incipiente avance a nivel federal y en comparación con el adelanto significativo alcanzado en el Distrito Federal (sin que se hayan logrado que sean plenos), por ello formula una serie de propuestas específicas de lo que sigue para el periodo 2012-2018, a fin de continuar avanzando en la ampliación del marco de derechos de las y los ciudadanos como premisa democrática fundamental. Cabe resaltar que existen impedimentos legales para atender de manera integral la problemática que enfrentan las poblaciones LGBT en la Ciudad de México en materia de educación y salud. Estos impedimentos no son sólo del ámbito local, lo cual retrasa las acciones efectivas como la implementación de la educación formal de la sexualidad (que revierta la discriminación y la homofobia desde el ámbito escolar), así como las reformas legales que se requieren para otorgar seguridad social a las familias del mismo sexo. Lo anterior refuerza la idea de otorgar a la Ciudad de México un estatus de entidad independiente, que otorgue mayor libertad de acción para sus habitantes, con una constitución propia, que la dote de personalidad jurídica a fin de resolver integralmente el problema de la desigualdad en que viven sus ciudadanos frente al resto del país.


1. Referencias Internacionales El movimiento de liberación sexual de los años setentas en los Estados Unidos de Norteamérica constituye el antecedente del movimiento de liberación homosexual, en efecto, ambos convergieron en la búsqueda de hacer valer la premisa de la libertad sexual. Sin embargo, mientras que los heterosexuales lo promovían en medio de expresiones de amor socio-político-culturales como el concierto de Woodstock 1 los homosexuales continuaban bajo el estigma, asedio y acoso. A finales de los sesentas, en el bar Stonewall en Nueva York, cansados de las agresiones constantes, un grupo de gays se enfrentó a la policía, reivindicando un trato digno y respetuoso.2 Este hecho dio origen al movimiento de liberación homosexual, el que se transformaría para reconocer las demandas expresas de otras identidades sexuales, por ello hoy se le conoce como el movimiento de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT). A este constructo se ha agregado recientemente la letra I para visibilizar los estados biológicos de intersexualidad con el que nacen algunas personas y por ello en ocasiones y en función del contexto se puede encontrar (LGBTI). Estas poblaciones reclaman terminar con las condiciones de exclusión social a las que son sometidas por desvalorarlas al no formar parte de la mayoría de la población heterosexual. La discriminación en la que la sociedad las ha obligado a vivir constituye una clara violación a los derechos humanos, aquellos que por la sola condición de personas les corresponde basados en la igualdad, la libertad, la justicia y la no discriminación.

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http://www.woodstock.com/ (Consulta:07/12/2012) http://es.wikipedia.org/wiki/Disturbios_de_Stonewall (Consulta:07/12/2012)

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La problemática que enfrentan inicia por el señalamiento por ser distintos, un estigma que genera agresión y criminalización de su identidad sexual, conocido

como homofobia, la que produce agresión en el seno familiar y en algunos casos expulsión del hogar, bullying escolar, deserción escolar, impedimento para lograr algún ascenso laboral, negación de empleo, servicio o justicia, agresiones verbales y físicas que en ocasiones derivan en crímenes de odio y la afectación que la pandemia del VIH/SIDA ha producido sobre todo en los hombres gays y bisexuales, además de aquéllos que teniendo relaciones con hombres no se asumen como homosexuales. Ante esta situación la comunidad internacional ha iniciado un proceso para revertir el estigma, la discriminación y la homofobia ampliando el sentido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que establece que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.”3 En este sentido, un punto de referencia obligado lo constituye el reconocimiento expreso que se ha hecho de la orientación sexual e identidad de género de las personas como condición humana por la Organización Mundial de la Salud (OMS) que explica que la orientación sexual es un sentimiento de atracción emocional, física y sexual de una persona por otra e identifica tres; heterosexual cuando la atracción es por personas del sexo distinto a quien la experimenta, de mujer a hombre y viceversa, homosexual cuando la atracción es por personas del mismo sexo y bisexual cuando la atracción es por mujeres y hombres por igual.4 Esta condición humana estuvo considerada como enfermedad y no fue sino hasta 1973 que fue eliminada de la lista de enfermedades mentales por la American

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http://www.un.org/es/documents/udhr/index_print.shtml (Consulta: 07/12/2012) http://es.wikipedia.org/wiki/Orientaci%C3%B3n_sexual (Consulta: 07/12/2012)


Psychiatric Association (APA.)5 Este fue el antecedente para que el 17 de mayo de 1990 la (OMS) decidiera retirar a la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales6. Por su parte, la identidad de género “…se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales”7. En fecha reciente, la identidad de género ha sido retirada igualmente de la lista de enfermedades.8 A partir de la identidad de género se reconocen algunas identidades reivindicadas por personas travestistas, transgenéricas y transexuales, sin embargo, el desarrollo personal de la identidad de género es tan vasto que por ello es imposible señalarlas todas y por ello se les identifica como identidades trans. El identificar plenamente la orientación sexual e identidad de género como condición humana de las personas permite comprender como se construye la población de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, LGBT. A partir de ese reconocimiento la comunidad internacional ha emitido una serie de resoluciones algunas con carácter vinculatorio, es decir, suscritas por los gobiernos con el compromiso de adecuarlas a sus marcos legales internos.

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http://www.apa.org/topics/sexuality/orientacion.aspx?item=6 (Consulta: 17/11/12) http://new.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=1368&Itemid=354&lang=es (Consulta: 17/11/12)

http://www.yogyakartaprinciples.org/principles_sp.pdf (Consulta: 07/12/2012) http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/12/04/actualidad/1354628518_847308.html (Consulta: 07/12/2012)

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Otras sin ese carácter como los principios de Yogyakarta establecen de manera clara una serie de recomendaciones en torno al respeto y derechos de las personas por su orientación sexual e identidad de género. Existen además una serie de resoluciones emitidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de los Estados Americanos (OEA) y otras del Parlamento Europeo (PE). Además se han suscrito otras por ONUSIDA para atender la pandemia del VIH/SIDA que afecta de manera importante al grupo de Hombres que tienen Sexo con Hombres (HSH) entre los que se encuentran homosexuales y bisexuales. A continuación daremos cuenta de ellas, además de señalar algunas medidas efectivas que se han tomado para revertir la situación de vulnerabilidad en que viven las personas LGBT en el mundo para reconocer sus derechos humanos. Principios de Yogyakarta Es un documento redactado en noviembre de 2006 en la ciudad indonesa de Yogyakarta por un grupo de 29 expertos en derechos humanos y derecho internacional de varios países, contiene una serie de principios legales cuyo fin es su aplicación en el marco internacional de los derechos humanos en relación a la orientación sexual e identidad de género de las personas. El texto no es vinculatorio, y proporciona con claridad en 29 principios las acciones que es necesario tomar con respecto a la orientación sexual e identidad de género de las personas para garantizar derechos humanos a las personas LGBT.9 Estos principios reconocen que los Estados podrían contraer obligaciones adicionales conforme la legislación en materia de derechos humanos continúe evolucionando.

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http://www.yogyakartaprinciples.org/principles_sp.pdf (Consulta: 04/12/2012)


Organización de las Naciones Unidas (ONU) Consejo de Derechos Humanos de la ONU La Asamblea General de las Naciones Unidas creó el 15 de marzo de 2006 al Consejo de Derechos Humanos (CDHONU), el cual está integrado por 47 Estados Miembros. Su objetivo principal es considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto. Este Consejo emitió en relación a los derechos LGBT, la resolución A/HRC/17/L.9/Rev.1 del 15 de Junio de 2011 en la que se le instruye a la Oficina del Alto Comisionado a la realización de un estudio para documentar prácticas y leyes discriminatorias en todas las regiones del mundo.10 Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU El 20 de diciembre de 1993 fue creada la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH), principal funcionario de las Naciones Unidas responsable de los derechos humanos, cuyo mandato es prevenir casos de violaciones de derechos humanos, asegurar el respeto a los mismos, promover la cooperación internacional para su protección, y coordinar actividades conexas en toda la ONU. En relación con los derechos LGBT ha emitido las siguientes resoluciones: 

Declaración sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de la Asamblea General de las Naciones Unidas (18-Diciembre- 2008).

La declaración condena la violencia, el acoso, la discriminación, la exclusión, la estigmatización y el prejuicio basado en la orientación sexual y la identidad de género. También condena los asesinatos y ejecuciones, las torturas, los arrestos arbitrarios y la privación de derechos económicos, sociales y culturales por estos motivos.11

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11

http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/HRC/17/L.9/Rev.1 (Consulta:07/Dic/2012) http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/17session/resolutions.htm (Consulta: 07/Dic/2012)

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Con motivo de esta declaración la OACDH presentó el 17 de Noviembre de 2011 un estudio para documentar leyes y prácticas discriminatorias, y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género y la forma en que la normativa internacional de derechos humanos podía aplicarse para poner fin a esta

violencia y a las violaciones conexas de los derechos

humanos.12 El documento identifica plenamente las prácticas discriminatorias: o Discriminación en el empleo. o Discriminación en la atención de la salud. o Discriminación en la educación. o Restricciones a las libertades de expresión, asociación y reunión. o Prácticas discriminatorias en la familia y la comunidad. o Denegación del reconocimiento de relaciones y del acceso conexo a las prestaciones del Estado. o Reconocimiento del género y cuestiones conexas. Organización de los Estados Americanos La Organización de Estados Americanos (OEA) tiene un organismo específico para la atención de derechos humanos, éste es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que trabaja con los Estados para ayudar a fortalecer las leyes e instituciones que proporcionan protección de los derechos humanos. Los países miembros de la OEA han afirmado su compromiso con la democracia y los derechos humanos, y la CIDH se esfuerza por garantizar que este compromiso produzca resultados tangibles.13 

La OEA ha emitido cuatro declaraciones en torno a las violaciones a los derechos humanos por orientación sexual e identidad de género la primera, AG/RES. 2435 (XXXVIII-O/08), aprobada en la cuarta sesión plenaria el 03 de junio del 2008, la segunda [AG/RES. 2504 (XXXIX-O/09)], del 4 de junio

12

http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session19/A-HRC-19-41_sp.pdf (Consulta:

07/Dic/2012) 13

http://www.oas.org/es/temas/derechos_humanos.asp (Consulta: 04/12/2012)


de 2009, la tercera [AG/RES. 2600 (XL-O/10)]; el 8 de Junio de 2010 y la cuarta (AG/RES. 2653 (XLI-O/11); el 7 de Junio de 2011 que coinciden prácticamente en el contenido y decretan: 14 

Condenar la discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad de género, e instar a los Estados a adoptar las medidas necesarias para prevenirla, sancionarla y erradicarla.

Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad de género, e instar a los Estados a prevenirlos, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad y, que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.

Alentar a los Estados Miembros a que consideren la adopción de políticas públicas contra la discriminación contra personas a causa de orientación sexual e identidad de género.

Instar a los Estados para que aseguren una protección adecuada de las y los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad de género.

Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que preste particular atención a su plan de trabajo titulado “Derechos de las personas LGBTI”, y que prepare el informe hemisférico respectivo e instar a los Estados Miembros para que participen en el informe.

Solicitar a la CIDH y al Comité Jurídico Interamericano estudios sobre las implicaciones jurídicas y los desarrollos conceptuales y terminológicos relativos a orientación sexual, identidad de género y expresión de género, y encomendar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos que incluya en

14

http://www.oas.org/dil/esp/AG-RES_2653_XLI-O-11_esp.pdf (Consulta: 07/Dic/2012)

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su agenda la consideración del resultado de los estudios solicitados, con la participación de las organizaciones de la sociedad civil interesadas. Para atender el respeto y vigencia de los derechos humanos por orientación sexual e identidad de género la CIDH creó una Unidad LGBTI, durante el 143º periodo de sesiones en noviembre del 2011. La CIDH evaluará en un año los trabajos desarrollados por esta unidad para decidir sobre la creación de una Relatoría para equipararla a otras como la de libre expresión. 15 Parlamento Europeo El Parlamento Europeo (PE) fue fundado en 1952, es una de las instituciones fundamentales de la Unión Europea. El PE comparte el poder legislativo al mismo nivel con el Consejo de la Unión Europea (CUE); por ello tiene capacidad para adoptar leyes europeas y puede expresar, modificar o rechazar su acuerdo con el contenido de las mismas. El 21 de septiembre de 2011 el PE emitió la Resolución (B7-0523/2011) sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género en las Naciones Unidas16 , de la cual podemos enfatizar que: 

Pide a la Alta Representante y a los Estados miembros que, en asociación con terceros países, promuevan sistemáticamente la protección y el respeto de los derechos humanos en lo referente a la orientación sexual e identidad de género en las Naciones Unidas y otros foros multilaterales, y de manera bilateral en sus diálogos sobre derechos humanos.

Pide a la Alta Representante, a la Comisión y a los Estados miembros que, en asociación con terceros países, también promuevan los derechos humanos en relación con la orientación sexual e identidad de género.

15 http://www.iglhrc.org/cgi-bin/iowa/language/4/1456.html (Consulta: 07/Dic/2012)

16 http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?type=MOTION&reference=B7-2011-0523&language=ES (Consulta: 07/12/2012)


mediante diálogos bilaterales sobre derechos humanos y el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH). 

Pide a los Estados miembros y a la Comisión que remedien plenamente estas desigualdades; pide a la Comisión que presente un plan de trabajo exhaustivo contra la homofobia, la transfobia y la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género. ONUSIDA

El Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA) se creó en 1994 como resultado de una resolución del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (CESONU) y comenzó a operar en enero de 1996. Está dirigido por una Junta Coordinadora del Programa (JCP), formada por representantes de 22 gobiernos de todas las regiones, los copatrocinadores de ONUSIDA y cinco representantes de organizaciones no gubernamentales, entre los que se encuentran representantes de asociaciones de personas que viven con el VIH. Al gestionar la respuesta al VIH/SIDA, ONUSIDA trabaja para generar medidas políticas y promover los derechos de todas las personas a fin de obtener mejores resultados para la salud y el desarrollo mundiales. A escala mundial, formula políticas y es la fuente de datos relacionados con el VIH. En cada región ONUSIDA cuenta con un equipo de apoyo regional (EAR), el cual presta un apoyo efectivo y oportuno a las delegaciones nacionales de ONUSIDA, a la vez que colabora con asociados regionales para coordinar y proporcionar asistencia técnica y programática a fin de fortalecer las respuestas nacionales. Entre las acciones relevantes cabe mencionar la Declaración Política sobre VIH/SIDA con miras a orientar e intensificar la respuesta mundial al VIH/SIDA promoviendo el mantenimiento del compromiso político y la implicación de los dirigentes en la respuesta amplia a nivel comunitario, local, nacional, regional e internacional para detener e invertir la pandemia y mitigar sus efectos17.

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http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/65/L.77&referer=/english/&Lang=S (Consulta: 04/12/2012)

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Ante la problemática que representa el VIH/SIDA para la población gay en el mundo, en fecha reciente el Director Ejecutivo de ONUSIDA Michel Sidibé declaró que “la criminalización de las relaciones homosexuales es uno de los principales obstáculos al combate global contra el VIH/SIDA”.18 Los efectos de la pandemia del VIH/SIDA se han extendido del ámbito de la salud al del trabajo y a la exclusión social en general, por ello, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se ha pronunciado al respecto.

Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo El 17 de junio de 2010 la OIT, emitió la recomendación 200 Recomendación Sobre El VIH/SIDA y El Mundo Del Trabajo. La pandemia de VIH es actualmente una de las amenazas más graves para la salud, el desarrollo y el progreso económico y social en todo el mundo. En los países más afectados, el impacto del VIH/SIDA ha mermado los logros obtenidos tras varios decenios de desarrollo, ha socavado las economías y ha desestabilizado la sociedad. Se prevé que el VIH siga siendo una de las principales causas de mortalidad y morbilidad en numerosos países y poblaciones.19 Una medida efectiva para lograr libertad sexual e igualdad de derechos ha pasado por la figura jurídica de las uniones civiles que reconocen derechos parciales a parejas del mismo sexo y que en general han sido el paso previo para lograr el reconocimiento al matrimonio gay, en virtud de ser el único ordenamiento legal que otorga derechos plenos a los contrayentes equiparándolos con las parejas y familias heterosexuales.

18

http://www.sentidog.com/lat/2012/10/el-director-de-onusida-advierte-la-criminalizacion-de-la-homosexualidad-es-un-

obstaculo-a-la-lucha-contra-el-vihsida.html (Consulta: 07/12/2012) 19http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/---protrav/--ilo_aids/documents/normativeinstrument/wcms_194091.pdf (Consulta:07/12/2012)


Países que reconocen otras figuras jurídicas como uniones civiles por los derechos de parejas del mismo sexo. Algunos de los países que cuentan con estas figuras legales son: Alemania, Andorra, Australia, Austria, Brasil, Colombia, Ecuador, Eslovenia, Finlandia, Francia, Hungría, Israel, Liechtenstein, Luxemburgo, México (sólo el PACS en Coahuila), Nueva Zelanda, Reino Unido, República Checa, Uruguay y Suiza, que reconoce como unión civil los matrimonios entre personas del mismo sexo entre ciudadanos suizos y ciudadanos de los países en donde este matrimonio es legal.20 Países que reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo con derecho a la adopción con excepción de Portugal.

Holanda (1998), Bélgica (2000), España (2005), Canadá (2005), Sudáfrica (2006), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Argentina (2010), Dinamarca (2012)21

Países que han legislado para atender la problemática de los crímenes de odio por homofobia Bolivia (2011), Colombia (2011), Ecuador (2009), Nicaragua (2008) ,Uruguay (2003) ,algunas partes de México, Andorra (2005), Bélgica (2003), Croacia (2006), Dinamarca (2004),España (1996), Francia (2003)82, Países Bajos (1992), Portugal (2007),San Marino (2008), algunas partes del Reino Unido (2004-2010), Rumanía (2006), Suecia (2003),Canadá (1996) y los Estados Unidos (2009), Nueva Zelanda (2002).22

20 www.ilga.org (Consulta: 04/12/2012)

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22

www.ilga.org (Consulta: 04/12/2012) http://es.scribd.com/doc/93780998/ILGA-Homofobia-de-Estado-2012 (Consulta: 07/12/2012)

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LOGRO

Países que han legislado para atender la problemática de los crímenes de odio por homofobia

PAIS PAISES BAJOS CANADA ESPAÑA NUEVA ZELANDA FRANCIA BELGICA URUGUAY SUECIA DINAMARCA ANDORRA CROACIA RUMANIA PORTUGAL NICARAGUA SAN MARINO MEXICO (ALGUNOS ESTADOS) ECUADOR ESTADOS UNIDOS REINO UNIDO (ALGUNAS PARTES) BOLIVIA COLOMBIA

LOGRO

AÑO 1992 1996 1996 2002 2003 2003 2003 2003 2004 2005 2006 2006 2007 2008 2008 2009 2009 2009 2010 2011 2011

Países que reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo con derecho a la adopción con excepción de Portugal

PAIS HOLANDA BELGICA ESPAÑA CANADA SUDAFRICA NORUEGA SUECIA ARGENTINA ISLANDIA PORTUGAL DINAMARCA LOGRO PAIS DINAMARCA ISRAEL ISLANDIA ESTADOS UNIDOS(ALGUNOS ESTADOS) ALEMANIA FINLANDIA AUSTRALIA REINO UNIDO NUEVA ZELANDA MEXICO(COAHUILA) SUIZA HUNGRIA COLOMBIA AUSTRIA IRLANDA ISLA DE MAN LIECHTENSTEIN BRASIL

AÑO 1998 2000 2005 2005 2006 2009 2009 2010 2010 2010 2012 Países que reconocen otras figuras jurídicas como uniones civiles por los derechos de parejas del mismo sexo AÑO 1989 1994 1996 2000 2001 2002 2005 2005 2005 2007 2007 2009 2009 2010 2011 2011 2011 2011


2. Breve diagnóstico de la problemática que enfrentan las poblaciones LGBT en el Distrito Federal La problemática de exclusión que enfrentan las poblaciones LGBT en México ha sido documentada desde hace algunos años, sin embargo, incluimos lo más reciente y significativo, que por su naturaleza da cuenta de la situación de vulnerabilidad en que viven estas personas y sus familias.

A partir del reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo que entro en vigor en marzo del 2010 en la Ciudad de México, se incrementaron las agresiones por homofobia en 80% de acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir y Erradicar la Discriminación. CONAPRED. 23

Numeralia de la discriminación en México CONAPRED da cuenta a través de la “Encuesta Nacional Sobre la Discriminación en México” (ENADIS) en el 2010 de algunos datos relativos sobre discriminación hacia la diversidad sexual entre los que destacan la división que genera la libre expresión de la orientación sexual y el desacuerdo para permitir que parejas del mismo sexo adopten. Además revela que: 

Cuatro de cada diez mexicanas y mexicanos no estarían dispuestos a permitir que en su casa vivieran personas homosexuales. Tres de cada diez afirman lo mismo en el caso de personas que viven con VIH/SIDA. Siete de cada diez personas de nivel económico alto y medio alto estarían dispuestos a vivir en la misma casa con personas homosexuales. Cinco de cada diez personas de nivel económico muy bajo no estarían dispuestas a hacerlo.

A menor escolaridad se incrementa la intolerancia hacia las personas homosexuales.

23

http://mexico.cnn.com/nacional/2011/03/11/discriminacion-y-falta-de-seguridad-social-afectan-a-matrimonios-gays

(Consulta: 07/12/2012)

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Tres de cada diez personas mayores de 40 años consideran que es negativo y muy negativo que la sociedad esté compuesta por personas con diferentes orientaciones o preferencias sexuales (sic).

La discriminación es el principal problema para las personas homosexuales y bisexuales según las propias personas que pertenecen a grupos distintos al heterosexual.

Dos de cada diez hombres homosexuales consideran que sus principales problemas son la discriminación y la falta de aceptación, mientras que para una de cada diez mujeres homosexuales lo son las críticas.

Siete de cada diez personas sí han comunicado su orientación y preferencia sexual a su madre y a sus amigos, seis lo han comunicado a su padre y a la gente con quienes trabajan o estudian. Sólo cuatro de cada diez lo han comunicado a su comunidad religiosa o congregación.

Ocho de cada diez mujeres homosexuales piensan que es mejor que las personas hagan pública su preferencia sexual, mientras que siete de cada diez hombres homosexuales coinciden con ese planteamiento.

Siete de cada diez personas homosexuales y lesbianas señalan estar totalmente de acuerdo y en parte de acuerdo en que en México no se respetan los derechos de los homosexuales y bisexuales.24

HOMOFOBIA Las declaraciones de rechazo a las personas por su orientación sexual e identidad de género por parte de personajes de la vida pública generan sin duda una clara incitación a la violencia, a la inversa aun cuando han sido denunciadas no hay rastro de que hayan sido castigados estos hechos, ante la impunidad que priva damos cuenta de algunas de ellas. El Ministro de Culto del DF, Norberto Rivera Carrera y el conductor de televisión Esteban Arce fueron demandados por integrantes de la comunidad LGBT ante la PGJDF por el delito de discriminación. 24

http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/Enadis-2010-DS-Accss-001.pdf (Consulta: 04/12/2012)


Las denuncias penales son por las declaraciones homofóbicas que ambos personajes realizaron, y con las cuales incitan a la violencia contra dicha comunidad. “En medios como la televisión y desde el púlpito han reproducido el estigma, discriminación e ignorancia en contra de quienes tienen una orientación distinta a la heterosexual. Eso abre espacios de violencia contra nuestra comunidad. Nos han dicho que somos anormales, que somos una aberración y que no debemos tener los mismos derechos, como al matrimonio o el concubinato”.25 Juan Pablo Castro Gamble, durante el Parlamento Juvenil que organizó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), causó controversia al culpar al Partido de la Revolución Democrática (PRD) de haber destruido las instituciones al permitir “el matrimonio entre jotos y el aborto”.26 Esta declaración le valió la presentación de diversas denuncias en su contra. La falta de atención a la problemática de discriminación y homofobia por parte del gobierno federal a cargo de Felipe Calderón Hinojosa, le ocasionó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) iniciara una queja formal en su contra por violación a los derechos humanos. 27

BULLYING El bullying consiste en una forma de intimidación y de agresión con la finalidad de acosar, hacer daño y menospreciar a una persona, infunde temor a quien lo sufre por parte del agresor que busca imponerse por la fuerza para hacer efectivos los valores que él considera válidos y correctos, produciendo efectos negativos en la autoestima de las personas, el desempeño escolar y el estado psico-emocional.

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http://sipse.com/archivo/28320-denuncia-homofobia-norberto-rivera-esteban-arce.html (Consulta: 04/12/2012) http://www.notiese.org/notiese.php?ctn_id=5548 (Consulta: 04/12/2012) http://www.jornada.unam.mx/2012/10/05/politica/021n2pol (Consulta: 07/dic/2012)

23


A este respecto, a fin documentar la problemática de la agresión que se origina desde el núcleo escolar hacia los niños LGBT se elaboró la Primera Encuesta Nacional sobre Bullying Homofóbico por la Youth Coalition. Entre los resultados que se compartieron se destacan que el 75% de los gays sufrieron algún tipo de bullying homofóbico en la escuela, principalmente a través de burlas e insultos, pero también golpes y abuso sexual por parte de sus compañeros. La encuesta arroja información importante sobre la homofobia que se vive en las escuelas de México y es la primera que da cifras a nivel nacional sobre la gravedad del bullying hacia la población LGBT, se desarrolló vía internet y se tomaron las respuestas de 1273 personas LGBT mexicanas, representantes de las 32 entidades del país. A través de la Encuesta se puede conocer, cómo se vive el bullying homofóbico y la respuesta que dan las autoridades de las escuelas al mismo. Por ejemplo, ante la pregunta “¿Qué hacían tus profesores ante el bullying homofóbico?” 25% respondió que a los profesores “se les hacía normal” y 10% dijo que incluso “eran cómplices de la homofobia”. Otro dato alarmante es que 1 de cada 4 personas LGBT llegó a tener pensamientos suicidas como consecuencia del bullying que sufría en la escuela. Otras de las repercusiones más comunes reportadas por los encuestados fueron la depresión, el no querer ir a la escuela y el bajo rendimiento escolar. 28 CRÍMENES DE ODIO Entre enero de 1995 y junio de 2009, en México se han cometido 705 crímenes de odio por homofobia, reveló la más reciente edición del Informe de Crímenes de Odio por Homofobia, elaborado por la organización civil Letra S y presentada en la conmemoración del Día Internacional de Lucha contra la Homofobia. De acuerdo con el documento, presentado en la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, (CDHDF), 605 asesinatos han sido cometidos en contra de

28

http://www.enehache.com/viewArticle.php?p_Id=2578 (Consulta: 04/12/2012)


hombres, 22 en contra de mujeres, y 78 contra personas transgénero o transexuales. Una proyección nacional de los datos obtenidos en los 11 estados de la República donde más crímenes se han cometido indica que en el ámbito nacional se han asesinado a 2 mil 51 personas por tener una orientación sexual distinta a la heterosexual. Las entidades en donde mayor número de crímenes se han cometido son D.F. con 196, estado de México con 91, Michoacán con 77, Nuevo León con 53, y Jalisco con 37.29 Con frecuencia los crímenes de odio no son atendidos apropiadamente bajo el supuesto de que se trata de crímenes pasionales. Las parejas y amigos de los asesinados no denuncian por temor a ser señalados como culpables y en muchos casos los familiares desconocen la condición LGBT de las víctimas, porque algunas personas se mantenían en el clóset por falta de aceptación propia, y por rechazo familiar y social. CNDH La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), tiene diversos programas de atención a la sociedad, entre los que destaca el de VIH/SIDA y Derechos Humanos mismo que ha reconocido al VIH/SIDA como una realidad que reclama la atención firme de políticas de salud, pero también como una asignatura de los derechos humanos. Tomando en cuenta que la protección de la salud y la no discriminación son derechos humanos, y en virtud de que las personas que viven con VIH son sujetos de todos los derechos humanos y esta condición las coloca en situación de vulnerabilidad, porque la misma repuesta al SIDA por parte de la sociedad en su conjunto, sólo será exitosa si se colocan los derechos humanos en el centro de la misma.30

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http://www.letraese.org.mx/wp-content/uploads/2010/05/Informe.pdf (Consulta:07/12/2012) http://www.cndh.org.mx/Programa_VIH_Sida_Derechos_Humanos (Consulta: 05/12/2012)

25


Por lo que corresponde a la CNDH se reconoce que de todas las quejas presentadas que existen por servicios de salud el 80% se refieren a personas que viven con VIH/SIDA.31 En contraste no existe el equivalente a este programa, en el seno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Informe CENSIDA 2012 El Centro Nacional para la Prevención y el Control del Sida (CENSIDA) ha emitido recientemente el Informe VIH/SIDA en México 2012, del cual cabe destacar lo siguiente: 

Se muestra un comportamiento prácticamente estable de la prevalencia de VIH, mismo que pudiera conservarse los próximos años. Para finales del 2011 se estima que en México habían cerca de 147,137 personas viviendo con VIH, y que podían llegar hasta 220,000.El país se fijó como Meta dentro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) alcanzar para el año 2015 una prevalencia menor a 0.6% en población adulta.

Hasta el día de hoy, la epidemia del VIH/SIDA continúa concentrada en el país dentro de las poblaciones de Hombres que tienen Sexo con Hombres (HSH), las personas que se dedican al trabajo sexual (PTS), así como en las personas que usan drogas inyectables (UDI).

El Registro Nacional de casos de SIDA (RNCS) indicaba en septiembre de 2012 que en el país se habían notificado un total de 159,411 casos de SIDA (82% en hombres) y 42,920 casos que continúan como seropositivos al VIH (74%

en

hombres).La

epidemia

predominantemente masculina.

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http://cimacnoticias.com.mx/node/31754 (Consulta: 07/12/2012)

en

el

país

continúa

siendo


Las personas de 30 a 34 años, 25 a 29 años y 35 a 39 años ocupan los mayores porcentajes de casos SIDA notificados en el RNCS con 19.6, 18 y 16 por ciento, respectivamente, y el grupo de personas de 20 a 24 años ocupan el 10 por ciento.

En lo concerniente a las personas que continúan seropositivas al VIH, la mayor proporción de casos se encuentra en el grupo de 25 a 29 años 20.9, seguida en segundo lugar por el grupo de 20 a 24 años 18.7, en tercer lugar por el grupo de 30 a 34 años 17.7 y en seguida el grupo de 35 a 39 años con 13.2 por ciento.

De los casos notificados de SIDA, 58,110 están registrados actualmente como vivos al cierre de septiembre de 2012, otros 89,879 como muertos y 11,422 con estado desconocido de evolución; y en lo que respecta a los casos que continúan notificados como seropositivos al VIH 42,544 continúan vivos, 18 han muerto; y en 358 casos se desconoce la evolución.

De los 58,110 registros vivos de casos SIDA, 13% se encuentran en el DF, 12% en el Estado de México, 9% en Veracruz y 6% en Guerrero; y la mayor proporción de personas registradas como vivas que continúan como seropositivas se encuentran en el Distrito Federal 22%, Veracruz 13%, Estado de México 6% y Chihuahua 5%.

Las entidades federativas que concentran, la mayor parte de los casos notificados históricamente de SIDA en cuanto a número son el DF con 24,934 casos (15.6% del total), el Estado de México con 17,245 (10.8% del total), Veracruz 14,653 (9.2% del total), Jalisco 12,234 (7.7% del total) y Puebla 7,166 (4.5% del total).

Los casos notificados que continúan como seropositivos, Distrito Federal con 9,498 casos (22.1% del total), Veracruz con 5,652 casos (13.2% del total), el Estado de México con 2,458 casos (5.7% del total) y Chihuahua con 2,043 (4.8% del total) representan los estados en donde reside la mayor proporción de estos casos que se mantienen con vida.

La epidemia en el país continúa siendo predominantemente de transmisión sexual, 94% de los casos notificados de SIDA desde los inicios de la epidemia, pertenecen a la categoría de transmisión sexual, ya sea homosexual, bisexual 27


o heterosexual, mientras que en el caso de los que continúan como seropositivos al VIH la cifra es de 97 por ciento. 

32% de los casos notificados de SIDA en hombres, cuya categoría de transmisión se conoce, refieren una categoría de transmisión por relaciones sexuales homosexuales y 22% bisexuales; así como 41% indica la vía heterosexual (considerar que podría estar sobre reportado dado que muchos hombres no se asumen homosexuales aunque tengan sexo con otros hombres), 2% por uso de drogas inyectables y otro 1% por transmisión vertical.

87% de los casos registrados de SIDA en mujeres refieren una categoría de transmisión por relaciones sexuales heterosexuales, 6% indica la vía de transmisión vertical, otro 6% por transfusión sanguínea; y 1% por uso de drogas inyectables.32 3. Derechos LGBT vigentes en el Distrito Federal A fin de revertir la situación de discriminación y homofobia que viven las personas LGBT se han reconocido diversos derechos basados en la orientación sexual e identidad de género en el DF, acorde con las referencias internacionales como los principios de Yogyakarta y las declaraciones de la ONU, la OEA y el PE. En contraste, los pocos avances reconocidos al nivel federal lo hacen a partir de las preferencias sexuales, un término que se presta a la confusión sobre el tema, pues desconocer la condición humana de la orientación sexual e identidad de género contribuye en parte a la omisión y falta de atención por parte de los gobiernos para legislar y dictar políticas públicas para atender la problemática de homofobia, bullying, crímenes de odio así como la afectación que produce la pandemia del VIH/SIDA en parte de la población LGBT. Estos avances son el producto de años de participación de personas y colectivos de la diversidad sexual, un movimiento social que se visibilizó frente a la sociedad a partir de participar por primera vez con un contingente en 1978, en la conmemoración de los 10 años de los acontecimientos del 2 de octubre de

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http://www.lazorojo.mx/extras/vihenmx2012.pdf (Consulta:04/12/2012)


1968, y que desde entonces se organiza anualmente para continuar marchando para exigir libertad sexual y derechos de igualdad, con lo que se ha incidido ante partidos y gobiernos para lograr que tomaran acción frente a la situación de vulnerabilidad en que la exclusión social los ha colocado.

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Las demandas de las poblaciones LGBT en la ciudad convergieron con las de una ciudadanía que exigía alto a las violaciones a los derechos humanos en general, lo que contribuyó a la creación de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) el 22 de junio de 1993 a partir de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con el objeto de establecer un organismo que diera protección a los derechos humanos para la capital del país. Así fue como el 30 de septiembre de ese año se instaló formalmente esta Comisión.33 La era del progreso por los derechos LGBT en el DF fue auspiciada por los gobiernos de izquierda democráticamente elegidos por los habitantes de la ciudad de México, constituidos a partir de adicionarse al Estatuto de Gobierno el Artículo 127 publicado el 14 de diciembre de 1997 en el DOF.34 A continuación señalamos acciones y logros alcanzados por los derechos LGBT en el DF. Resalta por su importancia el Foro de la Diversidad Sexual promovido por la ALDF durante su primera legislatura, a través del entonces asambleísta del Partido de la Revolución Democrática, David Sánchez Camacho, y que tuvo lugar del 12 al 14 de mayo de 1998. Por primera vez en México, un poder legislativo abría sus puertas para escuchar las demandas de la población LGBT de la Ciudad de México para escuchar y recibir propuestas de ley y políticas públicas que atendieran sus necesidades, 35 las que se han concretado como sigue: 33 34 35

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4748684&fecha=22/06/1993 (Consulta: 17/11/12). http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4902775&fecha=04/12/1997 (Consulta:18/11/12) http://www.cisi.org.mx/texto.asp?id=114 (Consulta: 15/11/12).

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Cronología de los Derechos LGBT reconocidos en el D.F.

1.- Discriminación por orientación sexual.- El 17 de septiembre de 1999 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las modificaciones al Código Penal para el DF entre las que destaca el Artículo 281 bis36 mediante el cual se tipificó la discriminación por orientación sexual, en la actualidad se encuentra contemplado en el Artículo 206 37 Esta medida ha resultado poco efectiva, pues son varios los casos que se han documentado de discriminación y, sin embargo, no se han logrado consignaciones o sentencias por este motivo, por lo que hoy se encuentra en revisión. 2.- Supresión de la homosexualidad como agravante en el delito de corrupción de menores. En la misma fecha que el punto anterior, se publicó la reforma al Artículo 201 del Código Penal del DF.38 Esta agravante respondía a los mitos y prejuicios sobre la homosexualidad, a la falta de información técnico científica sobre la orientación sexual reconocida como condición humana, por la que una persona no puede ser inducida a ser homosexual, pues hay que recordar que se trata de la atracción que siente de manera natural por otra persona. Si bien es cierto, inducir a una persona a sostener relaciones sexuales contra su voluntad es nocivo e ilícito y debe ser castigado, no se puede obligar a nadie a manifestar o expresar una orientación sexual que no le es dada. 3.- Capacidad jurídica por orientación sexual e identidad de género. Los días 25 de mayo de 200039 y 10 de octubre de 200840 se aprobaron estas reformas que quedaron asentadas en el artículo 2 del Código Civil del DF.41 36

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http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/septiembre_17_117.pdf (Consulta: 17/11/12). http://www.aldf.gob.mx/archivo-6999ce75d11f333e27502eed3ee69e06.pdf (Consulta: 17/11/12). http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/septiembre_17_117.pdf (Consulta: 17/11/12).


Hasta entonces, las madres y padres de familia, lesbianas, gays o trans eran despojadas de derechos como la guarda y custodia sobre los hijos, y se les negaban derechos como los alimentos y patrimoniales, motivados por los prejuicios sobre la diversidad sexual. 4.- Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación, el 19 de julio de 2006 se promulgó esta ley que incluye la no discriminación por orientación sexual e identidad de género42 Por primera vez a nivel de una Ley en México, se incluyen los conceptos expresos de la orientación sexual e identidad de género que identifican plenamente a las personas LGBT, precedente importante en la búsqueda de los derechos de igualdad. 5.- Ley de Sociedad de Convivencia, el 16 de noviembre de 2006 se publicó la aprobación que el 09 de noviembre habría votado la Asamblea Legislativa del Distrito Federal 43 Aunque esta ley no hace alusión en su exposición de motivos a las parejas de personas del mismo sexo, lo cierto es que ha sido utilizada por parejas gays principalmente de acuerdo a las cifras oficiales reconocidas. Esta ley es el equivalente a las uniones civiles reconocidas en otras partes del mundo y como en esos casos, otorga sólo algunos derechos, condicionados al tiempo o circunstancia por lo que no equipara las relaciones homosexuales a las heterosexuales.

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http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/mayo_22_88.pdf (Consulta:18/11/12)

http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/OCTUBRE_10_08.pdf (Consulta:18/11/12)

http://www.aldf.gob.mx/archivo-aaeff38a8aef2864fbb56ec50f702bef.pdf (Consulta: 17/11/12).

http://www.aldf.gob.mx/archivo-cae358cccc07e426436f4dd2adcbae94.pdf (Consulta: 17/11/12). www.aldf.gob.mx/archivo-05b2bbe0d8e3f376fa1f335467aef70c.pdf (Consulta: 17/11/12).

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La Ley de Sociedad de Convivencia otorga derechos parciales a las parejas que la suscriben, pudiendo ser incluso familiares entre sí, pero en el caso de la sucesión por ejemplo, exige el transcurso de dos años antes de poder ejercerla además de no reconocer otros derechos como el de la seguridad social. 6.- Decreto del 17 de Mayo Día de Lucha contra la homofobia, el 19 de abril de 2007 acorde al movimiento LGBT mundial se decretó esta fecha conmemorativa.44 Ello obedece al movimiento lanzado por el activista francés Louis Georges Tin45 en virtud de que el 17 de mayo de 1990 la OMS retiró de la lista de enfermedades a la homosexualidad. La intención es que el gobierno realice actividades para promover el valor y la inclusión de las personas LGBT entre la sociedad, a partir de jornadas informativas y festivas que promuevan respeto y celebren que la diversidad sexual es parte de la sociedad. 7.- Declaración Ciudad Gay Friendly, El 16 de agosto de 2007 se pronunció esta declaración “Ciudad respetuosa de los derechos LGBT”46 47 La intención es que a partir de asegurar un clima de protección y respeto a los derechos LGBT atraer al turismo rosa, pues en efecto, diversos estudios han determinado la potencialidad económica que representa, en virtud de que se trata en buena parte de parejas con un nivel socioeconómico elevado y en su mayoría sin hijos, por lo que a cambio de un ambiente cordial pueden convertirse en generadoras de divisas para la creación de empleos y riqueza. 8.- Derecho a la Identidad de Género para las personas Trans. Esta conquista fue reconocida el 10 de octubre de 2008 en un capítulo expreso del Código Civil

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www.aldf.gob.mx/archivo-9736489172dd22125b3877bb17c91e4b.pdf (Consulta:17/11/12) http://new.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=1368&Itemid=354&lang=es (Consulta:17/11/12) http://www.notiese.org/notiese.php?ctn_id=437 (Consulta: 19/11/12) http://www.mexicocity.gob.mx/general/descargar.php?id=informe2007.pdf (Consulta: 19/11/12)


que reconoce el Juicio especial de levantamiento de acta por reasignación para la concordancia sexo-genérica (Art. 498 código civil). 48 El proyecto original preveía un proceso de jurisdicción voluntaria es decir, el solicitar ante una autoridad el derecho reconocimiento a la identidad de género sin tener que enfrentar un juicio, sin embargo los legisladores consideraban que corría el riesgo de que por su naturaleza pudiera ser utilizado por los ciudadanos para burlar a la justicia. El primer juicio fue denegado en primera instancia y ganado en apelación. Aunque en el origen sólo podían acceder a éste juicio las personas trans nacidas en el DF, con el tiempo y a partir de resoluciones judiciales se han logrado sentencias que favorecen a personas del interior del país quienes han obtenido una nueva acta emitida por el Registro Civil del DF dándole aviso al Registro Civil de sus estados correspondientes. 9.- Clínica Condesa para atención de VIH/SIDA. En el año 2000 se destinó este espacio especializado para atender a las personas afectadas por los efectos de la pandemia mundial en la Ciudad de México, por ser la más poblada del país, por su importancia, el gobierno de la ciudad instituyó con posterioridad un programa que atendiera de manera integral la problemática para quienes viven con esta condición de salud, además de un Consejo para apoyar en la materia.49 Los primeros casos de VIH/SIDA se registraron en México en 1983 y, ante el avance de la epidemia en México, se tomaron medidas de atención al Derecho Universal de acceso a la salud, que hoy brindan tratamientos antiretrovirales gratuitos como parte del sistema de salud. Esta clínica ha sido modelo de atención para el resto de América Latina. 10.- Diagnóstico de derechos humanos. En el año 2008, se creó el Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos 48

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http://www.equidad.df.gob.mx/direccion/pdf/reforma_transexuales.pdf (Consulta: 19/11/12) http://vpn.salud.df.gob.mx:88/clinica-condesa/index.php?option=com_content&view=article&id=45&Itemid=53 (Consulta:

07/12/2012)

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Humanos del Distrito Federal, con la participación del Gobierno del Distrito Federal, Tribunal Superior de Justicia, Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil, el cual tuvo a su cargo esta labor para “…identificar los principales obstáculos que impiden a las personas que transitan o habitan en el Distrito Federal el ejercicio y goce efectivo de los derechos humanos reconocidos en los ámbitos nacional e internacional.”50 El diagnóstico incluye un capítulo, el 30, dedicado a los derechos LGBT, en el que reconoce la problemática de la discriminación y las constantes violaciones a sus derechos humanos, en el que se plasmas algunas definiciones como la orientación sexual e identidad de sexo-género (sic), y algunos datos estadísticos en los que se informa que la población LGBT oscila entre 5 y 6 por ciento de la población. Además da cuenta de los principales problemas que enfrentan las personas LGBT como la discriminación, violencia, violación a los derechos laborales, en materia de salud y acceso a la justicia, por lo que concluye entre otras cosas en que “Los estereotipos y prejuicios respecto de las personas LGBTTT permean las leyes, políticas públicas y prácticas administrativas, lo cual resulta en discriminación reiterada de este grupo de población.” 51 11.- Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. En agosto del 2009 el Comité Coordinador para la Elaboración del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, presento las propuestas para atender el diagnóstico que un año antes emitió lo que consideraba como una “…oportunidad para transformar las políticas, los programas y la legislación en la Ciudad de México, a fin de que

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Comité Coordinador para la elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2008,

México D.F., Ed. Solar Servicios Editoriales S.A. de C.V., Pag. 27

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Op.cit, pág., 721


logren el efectivo cumplimiento y la garantía de los derechos humanos para las personas que la habitan y transitan…”52 El programa consigna en el capítulo 25 las recomendaciones para atender los derechos humanos de la población lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual (LGBTTTI), entre los cuales destacan el derecho a la educación, trabajo, salud sexual y reproductiva, libertad, integridad, seguridad personal y acceso a la justicia. 12.- Agravante de odio en el delito de lesiones y homicidio. El 10 de Septiembre de 2009 se incluyó esta agravante para reconocer y atender la problemática de los homicidios y lesiones -crímenes de odio- por orientación sexual e identidad de género, como puede verse en el artículo 138 del Código Penal. 53 Los homicidios reportados por la Comisión Ciudadana de Crímenes de Odio constituyen una referencia obligada para lograr incluir esta agravante. Sin embargo, a pesar de su vigencia y de la continuidad de estos delitos, sólo se logró su aplicación hasta agosto del 2011 a partir del crimen de un joven militante de un partido político por lo que los consignados están sujetos a proceso penal. 13.-Centro de Atención para la población Trans, En 2009 la Clínica Condesa abrió este espacio, acorde a lo dispuesto por la Ley de Salud del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de Septiembre de 2009.54 Las personas trans requieren de atención especial psicológica, hormonal e intervenciones quirúrgicas en algunos casos, a fin de lograr que asuman plenamente su identidad de género como condición humana. Esta población es 52

Comité Coordinador para la elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal,

2009,México D.F., Ed. Solar, Servicios Editoriales, S.A de C.V., pág. 40 53http://www.poderjudicialdf.gob.mx/work/models/PJDF/Transparencia/IPO/Art14/Fr01/01Leyes/DecreRefor_CodPen_2009 0910.pdf (Consulta: 19/11/12)

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http://www.aldf.gob.mx/archivo-3f2c66137a61def8f5d6f42a97334feb.pdf (Consulta: 20/11/12).

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clave ya que es afectada particularmente por la pandemia del VIH/SIDA, sin embargo, no todas las personas trans viven con esta condición de salud y por ello, existe un rechazo por parte de esta población para acudir a este servicio. 14.- Instrucción para atender sin homofobia de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF). A partir del Oficio circular OC/010/2009 publicado el 10 de Noviembre en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.55 La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal emitió una instrucción expresa a su personal para proporcionar un trato digno y respetuoso tanto a las personas con orientación sexual diferente a la heterosexual como a las personas transexuales. Esta instrucción ha sido la base de acciones de sensibilización para lograr procuración de justicia sin discriminación, lo que ha venido cambiando paulatinamente la visión que se tenía de la procuraduría como un órgano que re victimiza a las personas, en su lugar las personas LGBT se sienten con mayor confianza para denunciar los ilícitos que se cometen en su contra. 15.-Matrimonio entre personas del mismo sexo y adopción. En diciembre del 2009 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó las reformas al Código Civil para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo y su derecho a la adopción, publicadas el 29 de diciembre en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 56 El proyecto original fue presentado en la IV Legislatura por el equipo de abogados de Agenda LGBT,

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sin embargo, los asambleístas se negaron a entrar

al estudio bajo el principio de que para ellos, la Sociedad de Convivencia vigente no había demostrado la importancia que se esperaba entre la sociedad por el número de parejas que la habían suscrito. La legislatura siguiente decidió entonces dar entrada a otra iniciativa y después de una gran tarea de legisladores, 55

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http://cgservicios.df.gob.mx/prontuario/vigente/2474.pdf (Consulta: 17/11/12). http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/4bc697685b963.pdf (Consulta:17/11/12) http://www.aldf.gob.mx/archivo-b8a75e79affb566ba2e2247edf3815c1.pdf (Consulta: 04/Dic/2012)


gobierno de la ciudad, colectivos de la diversidad sexual y el apoyo de otras organizaciones fue aprobado por lo que las primeros matrimonios gays se celebraron el 11 de marzo del 2010. Una vez aprobado por la ALDF y después de que el gobierno federal a través de la Procuraduría General de la República interpusiera un recurso de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en agosto del 2010 que el matrimonio entre personas del mismo sexo legislado en el Distrito Federal era constitucional, con validez en todo el país y con derecho a la adopción. 16.-Unidad especializada para atención LGBT de la PGJDF. El 30 de Noviembre de 2010 la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal emitió la circular por la cual se crea la Unidad Especializada para la Atención de la Población LGBT.58 Esta unidad ha tomado a su cargo el dirimir situaciones de agresiones relacionadas con la discriminación y la homofobia, y probables actos ilícitos en los que se ven involucradas las personas LGBT. Está conformada por personal LGBT con un alto nivel de preparación en la institución para obtener mejores resultados en la procuración de justicia sin discriminación. 17.-Centro Comunitario de Atención a la Diversidad Sexual. El 8 de abril de 2011 se inaugura el Centro Comunitario de Atención a la Diversidad Sexual

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Ubicado

en la Zona Rosa, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno. Entre sus lineamientos se encuentra el de impulsar la observancia gradual de las líneas de acción del capítulo 25 del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, coadyuvando en el respeto, la protección, promoción y la garantía de los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual. 18.-El 24 de febrero de 2011 se publica la Ley Para Prevenir y Erradicar La Discriminación Del Distrito Federal que abroga la ley de 2006. En dicha ley se 58

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http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/4cf48485b36d7.pdf (Consulta:17/11/12) http://www.cdhdf.org.mx/index.php/boletines/1262-boletin-1372011 (Consulta: 19/11/12)

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contempla la creación y la reglamentación del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) cuya función es emitir los lineamientos generales, el diseño, la implementación y la promoción de políticas públicas en la materia de combate a la discriminación en el Distrito Federal60. Esta ley establece principios y criterios que orientan las políticas públicas para reconocer, promover y proteger el derecho a la igualdad y a la no discriminación, así como establecer la coordinación interinstitucional para prevenir, atender, eliminar y sancionar todas las formas de discriminación, basada en principios de igualdad, no discriminación y justicia social. 19.-Protocolo para Homicidios por homofobia, El 1° de junio de 2012 se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el protocolo de actuación para la atención a las personas de la comunidad LGBTTTI en el que se establecen los lineamientos para la atención de los crímenes de odio por homofobia61 Este protocolo permite actuar para resolver los crímenes de odio por homofobia que hasta ahora se mantenían en múltiples ocasiones impunes, las familias o conocidos se niegan a denunciar por temor a terminar señalados como probables responsables, además de que se ha mostrado que en muchos casos incluso los familiares desconocían la identidad sexual de las víctimas. 20.-Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA. El 20 de junio del 2012, fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal este ordenamiento 62

,

con la intención de establecer principios y criterios que orienten políticas públicas en la materia a fin de desarrollar mecanismos y herramientas para la prevención y vincular a los sectores público social y privado en programas que atiendan la pandemia en el Distrito Federal.

60

61

62

http://www.aldf.gob.mx/archivo-cae358cccc07e426436f4dd2adcbae94.pdf (Consulta: 17/11/12). http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/4fc830c40787b.pdf (Consulta:17/11/12) http://www.consejeria.df.gob.mx//uploads/gacetas/4fe13d79a9c55.pdf (Consulta:17/11/12)


Se establece de manera clara la prohibición para discriminar a las personas que viven con esta condición de salud, además de indicar las acciones que en la materia deben tomarse para la apropiada atención de la enfermedad. 21.- Promoción de ambiente libre de Bullying escolar. En enero del 2011, se publicó la Ley para la Promoción de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar del Distrito Federal. 63 Esta ley plantea como objetivos concientizar y sensibilizar a la comunidad educativa, padres de familia y población en general, sobre la importancia de una adecuada convivencia escolar, promover la cultura de la paz y mejorar la convivencia escolar, facilitando el diálogo y la participación real y efectiva entre los actores de los centros educativos, fomentar los valores, las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas de convivencia y avanzar en el respeto a la diversidad cultural, la igualdad entre hombres y mujeres, y en la prevención, detección y tratamiento de todas las manifestaciones de violencia escolar y de violencia de género, y de las actitudes y comportamientos de discriminación, xenófobos y racistas. De esta manera se atiende la problemática que se origina desde los centros escolares relativa a las agresiones hacia personas LGBT, lo cual impide un sano desarrollo psico-emocional y un rendimiento escolar óptimo. A continuación presentamos estos logros en un cuadro resumen a fin de facilitar la comprensión de la evolución de los mismos.

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http://www.aldf.gob.mx/archivo-0b29e6e9e6fce1e6b7b5062e1699d82f.pdf (Consulta:07/12/2012)

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4. Propuestas para el Gobierno del Distrito Federal, 2012-2018 A partir del análisis del contexto internacional sobre los derechos LGBT, la repercusión que ha tenido sobre el ámbito federal en la República Mexicana y el avance en el Distrito Federal, a continuación formulamos diez propuestas al gobierno del 2012-2018 que incluyen; reformas legales, acciones y políticas de gobierno para implementarse a fin de ampliar el marco de derechos de las personas por su orientación sexual e identidad de género que las lleven a un estado de derechos plenos.

4.1.

Reformas legales

1. Reformar el artículo 206 del Código Penal para incluir discriminación por Identidad de Género y lograr su efectividad. A pesar de que este artículo prevé de manera expresa la discriminación por orientación sexual, en la práctica las denuncias presentadas por hechos de homofobia no han prosperado por lo que estas agresiones que producen exclusión social se mantienen impunes, lo que genera un sentimiento de impotencia entre las víctimas, por ello, se requiere reformar este artículo para lograr su efectividad, además de incluir la discriminación por identidad de género para asegurar el castigo de las agresiones por transfobia dirigidas a las poblaciones trans. La operatividad del mismo será un claro ejemplo para poner freno a las incitaciones a la violencia ahora que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha decretado que las expresiones homofóbicas no pueden ser avaladas como parte de la libertad de expresión.

41


2. Reformar el Juicio Especial de levantamiento de acta por reasignación para la concordancia sexo-genérica para instituirlo como un proceso de Jurisdicción Voluntaria. El proyecto original que se planteó para legislar sobre el derecho a la identidad de género de las personas trans, partía de un proceso de Jurisdicción Voluntaria, es decir, las personas deberían acreditar frente a la autoridad esta condición sin tener que enfrentar un juicio a fin de obtener una nueva acta con el nombre y sexo con el que se identifican plenamente, sin embargo, la reticencia de los legisladores impidió que esta reforma se concretará y por ello el proyecto se aprobó bajo la dinámica de un juicio especial. El hecho de que la condición de la transexualidad haya sido retirada en fecha reciente de la lista de enfermedades por la Asociación Americana de Psiquiatría refuerza esta propuesta. 3. Reformar la Ley para la Prevención y Atención Integral del VIH/SIDA a fin de incluir la promoción de pruebas rápidas de detección temprana y difundir campañas de prevención para poblaciones clave, Hombres que tienen Sexo con Hombres (HSH), Personas que realizan trabajo sexual (PTS) Mujeres Trans (MT). La situación de estigma y discriminación que enfrentan las personas que viven con VIH/SIDA les impide acceder a los servicios de salud de manera oportuna, por ello, acuden a ellos en un estado deteriorado que continúa provocando muertes. Sin embargo, la accesibilidad universal a los tratamientos antiretrovirales está garantizada y su potencial permite a las personas vivir con un buen estado de salud toda vez que hoy ha llegado al estadio de una enfermedad crónica y su efectividad es incluso mayor frente a otras iguales o más severas. Los resultados de la última conferencia internacional sobre el SIDA realizada en Washington en 2012, confirman la urgencia de liberar las pruebas rápidas a fin de que las personas conozcan su estado serológico, pues en efecto, de estar infectadas, lo necesario es someterse a tratamientos antiretrovirales con la finalidad de que el virus llegue a una carga indetectable pues a partir de ella se


evita la posibilidad de continuar la transmisión del virus, lo que permite cortar la transmisión. Esta medida resultará de mayor impacto acompañada de campañas dirigidas a las poblaciones más afectadas que redunden en prevención efectiva para reducir el número de nuevas infecciones y atención oportuna para asegurar un buen estado de salud a las personas quienes viven con VIH

4.2. Políticas Públicas

4. Crear el Instituto de la Diversidad Sexual para implementar un programa de atención integral a las poblaciones de la diversidad sexual. A diferencia de otros grupos en situación de vulnerabilidad y altamente discriminados como los niños, jóvenes, mujeres, indígenas o adultos mayores, la población LGBT de la ciudad no cuenta con un Instituto con presupuesto propio que asegure la articulación una política pública integral. En efecto, a pesar del PDH y de acciones y directrices que la Dirección General de Igualdad y Diversidad Sexual de la Secretaría de Desarrollo Social ha implementado, no existe a la fecha un programa social integral que resuelva la problemática de falta de oportunidades para las poblaciones LGBT en la ciudad y su reinserción al progreso social y económico. A la fecha los 21 avances que existen por los derechos LGBT entre reformas legales y políticas públicas no incluyen por ejemplo ninguna acción efectiva en materia de derechos laborales.

5. Establecer los indicadores sobre discriminación y homofobia desde el COPRED A partir de la reciente creación del COPRED es urgente contar con indicadores sobre discriminación y homofobia en el Distrito Federal, que den cuenta de las distintas variables, la agresión y expulsión del hogar, el bullying escolar, las 43


agresiones en la calle, la discriminación laboral y las recomendaciones en consecuencia que las distintas áreas del Gobierno del Distrito Federal deben tomar para revertirlas. Estos indicadores sentarán las bases de políticas públicas más certeras y dirigidas de manera expresa a las poblaciones LGBT para atender sus necesidades.

6. Declaratoria sobre grupos altamente discriminados y en situación de vulnerabilidad Entre las acciones urgentes que el COPRED debe realizar ahora que inicia operaciones, se propone una declaración en donde reconozca de manera expresa quienes son

los

grupos mayormente

discriminados y en

situación

de

vulnerabilidad. Lo anterior confirmará sin duda que se trata de niños, jóvenes, mujeres, indígenas, campesinos, personas con discapacidad, diversidad sexual, personas con VIH/SIDA y adultos mayores. Esta declaración deberá determinar las acciones efectivas que deban realizarse para revertir la situación, tales como; destinar presupuestos para implementar un programa de atención social integral para esos grupos, auspiciar su participación en los espacios de poder y contar con un programa social integral que asegure su reinserción a la sociedad por el progreso social individual, colectivo y social.

7. Implementar un programa de salud integral para las poblaciones trans En la actualidad el único existente es para aquellas que viven con VIH, lo que presupone que todas viven con esa condición, hecho que estigmatiza a esta población además de que impide que aquellas que requieren otro tipo de atención no la reciban de manera oportuna violando con ello su derecho a la salud. Este programa deberá garantizar atención psicológica, terapéutica, hormonal y apoyo para quienes deseen o requieran modificar su apariencia o la función


corporal a partir de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole a partir de asumir en plena libertad su derecho a la identidad de género. Deberá incluir de igual manera la expedición de los dos certificados que se requieren para demostrar que la persona vive con esta condición humana y para confirmarlo que fueron señalados e identificados plenamente durante el proceso de reforma que se reconoce hoy a través del código civil del Distrito Federal.

8. Regionalizar los servicios de la Clínica Condesa para atención de Personas con VIH en Iztapalapa, reincorporar a la vida social activa a personas con VIH. De acuerdo con las cifras que la Clínica Condesa ha referido con anterioridad, del total de casos registrados de personas viviendo con VIH/SIDA en el Distrito Federal, la mitad de ellos corresponde a personas que viven en la zona de Iztapalapa, por ello, durante la administración pasada, el Jefe de Gobierno Marcelo Ebrard había anunciado ya la construcción de una segunda clínica, acción refrendada por el actual jefe de gobierno electo, Miguel Ángel Mancera. Sin embargo, el punto ahora es lograr que este nuevo proyecto sea algo más que un centro de distribución de pastillas y se convierta en un centro que logre socializar con las personas que viven con esta condición de salud para reinsertarlos de pleno a la vida activa, social, cultural y productiva por su bienestar, el de sus familias y el de la colectividad de la Ciudad de México a partir de dinámicas y estrategias acordes al contexto actual. 9. Auspiciar la creación de una instancia LGBT desde la CDHDF

A la fecha la CDHDF carece de una instancia especializada para atender la problemática de la diversidad sexual, si bien ha acompañado en su mayoría las reformas legales y las políticas públicas por los derechos LGBT lo cierto es que desde su interior debe promoverse esta política y por ello recomendamos se atienda a fin de otorgarle la misma importancia que se le destina a otras problemáticas de derechos humanos ante esa comisión. 45


Esta medida contribuirá a enviar un mensaje claro de inclusión e igualdad para las poblaciones LGBT ante todas las instancias del GDF y deberá contribuir a la promoción y ejercicio de los derechos LGBT.

10. Implementar el proyecto Ciudad Gay Friendly a partir de la certificación de lugares libres de homofobia para generar divisas y fuentes de trabajo.

La ciudad de México cuenta hoy con el marco legal que asegura el ejercicio de los derechos LGBT y por ello, esta lista para asumir los compromisos que le corresponden después de haberse declarado Ciudad Gay Friendly en 2007, durante la administración 2006-2012 se creó una oficina de turismo LGBT en la Secretaría de Turismo local que resulto inoperante ante la falta de presupuesto para realizar sus actividades. Al lado del presupuesto que requiere para su operación, proponemos el proyecto de certificación de lugar libres de homofobia, pues en efecto, se requiere que los potenciales prestadores de servicios que se oferten a la comunidad LGBT nacional e internacional realicen una serie de adecuaciones a sus políticas internas para asumirse como Gay Friendly entre ellas garantizar la no discriminación por la identidad sexual de las personas o para aquellas que viven con VIH así como la igualdad de oportunidades de desarrollo por medio de talleres de capacitación sobre la identidad sexual, la no discriminación y los derechos LGBT. 5. Conclusiones El avance en el reconocimiento de los derechos de igualdad de personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT) en el Distrito Federal es notorio en relación a lo que se ha producido a nivel federal. Es importante señalar que en el Distrito Federal el reconocimiento se ha hecho a partir de reconocer la orientación sexual e identidad de género de las personas como una condición humana y no como erróneamente se maneja a nivel federal al referirse a la diversidad sexual como una cuestión de preferencias sexuales (sic), lo que sin duda dificulta la concepción sobre el tema y su solución.


El espectro de la problemática de desigualdad que enfrenta esta población en la Ciudad de México ha sido abordado de manera institucional a partir de leyes y políticas públicas que han venido consolidando un entorno de igualdad y no discriminación para atender y revertir los efectos nocivos que se generan a partir del estigma y la homofobia; bullying escolar y homofóbico, expulsión del hogar, agresiones verbales y físicas que derivan en crímenes de odio, acceso a la procuración y obtención de justicia además de la atención a la pandemia del VIH/SIDA, todo en el marco del diagnóstico y programa de derechos humanos construido con la participación los tres órdenes de gobierno y la participación de las organizaciones de la sociedad civil organizada. Estos avances atienden diversas temáticas como; la no discriminación, educación, salud y procuración de justicia principalmente sin embargo, en el ámbito laboral no se han producido cambios efectivos. Si bien es cierto que para producirlos es necesario tomar en cuenta que el ámbito laboral corresponde a la materia federal, también lo es que la aplicación de políticas públicas de manera local depende de la voluntad del GDF. Sin duda el componente de las competencias de órdenes de gobierno y poderes de la unión contribuye en parte a detener el avance de los derechos LGBT en el Distrito Federal, pues en efecto, una vez reconocido y otorgado el matrimonio entre personas del mismo sexo en marzo del 2010 a la fecha casi 2,000 familias LGBT continúan padeciendo la falta de la seguridad social que deberá resolverse por el congreso de la unión, lo que evidencia la violación a sus derechos humanos. La evolución de los derechos LGBT en el Distrito Federal permite mostrar con claridad su visión y compromiso para garantizar los más altos índices que en materia de derechos humanos existen hoy en día a nivel internacional y lo colocan como un referente en la materia frente al resto de los estados de la República Mexicana, La continuidad en los avances democráticos que amplían el marco de derechos de las personas LGBT en el Distrito Federal contribuirán a establecer un vínculo de mayor cercanía con una de las poblaciones mayormente discriminadas y en situación de vulnerabilidad de acuerdo a las cifras de organismos oficiales como el 47


CONAPRED, lo que auspiciará su participación en la vida social, cultural y política para insertarlas de pleno al desarrollo y progreso social y económico. Las acciones continúan, los colectivos LGBT se organizan e inciden en la vida pública y política para obtener los beneficios que el resto de la población tiene sin que su identidad sexual sea cuestionada. El Distrito Federal es hoy una isla de libertades frente al resto del país, en donde los derechos LGBT y otros sociales son una realidad, lo que genera un mejor clima de convivencia y armonía. Toca poner ahora el acento en socializar estos avances para que la sociedad se prepare y los haga suyos para celebrar que la diversidad sexual es otro valor más en el marco de la tolerancia y el respeto.

Lic. Jaime López Vela Presidente Director General AGENDA LGBT, A.C. Ciudad de México, Diciembre de 2012


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Es

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Nota

Periodística:

Denuncia

Por

Homofobia

A

Norberto

Rivera

Arce,http://sipse.com/archivo/28320-denuncia-homofobia-norberto-rivera-esteban-arce.html

Y

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55


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