Migrantes

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Guía Erasmus del estudiante Escuela Superior de Diseño Murcia



Se denomina migrante a un individuo que se desplaza de una zona geogr谩fica hasta otra, situaci贸n que conlleva un cambio en las costumbres y un proceso de readaptaci贸n a las nuevas circunstancias.



Tabla de contenidos A - intro B - objetivos C - movilidad D - centros y organismos E - documentaci贸n y selecci贸n F - tr谩mites G - derechos y obligaciones * - resumen gu铆a




intro_


Erasmus es uno de los programas educativos establecidos por la Unión Europea dentro del Programa de aprendizaje permanente a partir de la Decisión del Parlamento Europeo y el Consejo el 15 de noviembre de 2006 (Decisión nº 1720/2006/CE). Programa, en el que junto a la acción Erasmus, encontramos Comenius, Leonardo da Vinci y Grundtvic. La prioridad global del Programa de aprendizaje permanente consiste en reforzar la contribución de la educación y la formación para la consecución de convertir a la UE en la economía basada en el conocimiento más competitiva del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión. En particular, pretende estimular el intercambio, la cooperación y la movilidad entre los sistemas de educación y formación dentro de la Comunidad, de modo que se conviertan en una referencia de calidad mundial.

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objetivos_


OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE APRENDIZAJE PERMAMENTE A. Contribuir al desarrollo de un aprendizaje permanente de calidad y promover elevados niveles de calidad, la innovación y la dimensión europea en los sistemas y las prácticas en ese ámbito. B. Apoyar la realización de un espacio europeo del aprendizaje permanente. C. Ayudar a mejorar la calidad, el atractivo y la accesibilidad de las oportunidades de obtener un aprendizaje permanente disponibles en los Estados miembros. D. Reforzar la contribución del aprendizaje permanente a la cohesión social, la ciudadanía activa, el diálogo intercultural, la igualdad entre hombres y mujeres y la realización personal. E. Ayudar a promover la creatividad, la competitividad, la empleabilidad y el crecimiento de un espíritu empresarial. F. Favorecer una mayor participación en el aprendizaje permanente de personas de todas las edades, incluidas las que tienen necesidades especiales y las pertenecientes a grupos desfavorecidos, independientemente de su nivel socioeconómico. G. Promover el aprendizaje de las lenguas y la diversidad lingüística. H. Apoyar el desarrollo, en el ámbito del aprendizaje permanente, de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas innovadores y basados en las TIC.

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I. Reforzar la capacidad del aprendizaje permanente para crear un sentimiento de ciudadanía europea, basado en la comprensión y en el respeto de los derechos humanos y de la democracia, y fomentar la tolerancia y el respeto hacia otros pueblos y otras culturas. J. Promover la cooperación en materia de garantía de la calidad en todos los sectores de la educación y la formación en Europa; K. Estimular el mejor aprovechamiento de los resultados y productos y procesos innovadores e intercambiar buenas prácticas en los ámbitos cubiertos por el Programa de aprendizaje permanente, a fin de mejorar la calidad de la educación y la formación.

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS Y OPERATIVOS ERASMUS? Los objetivos específicos del programa Erasmus, según lo establecido en el artículo 21.1 de la Decisión del programa, son los siguientes: A. Apoyar la realización de un Espacio Europeo de Educación Superior. B. Reforzar la contribución de la educación superior y de la formación profesional de grado superior al proceso de innovación. Los objetivos operativos del programa Erasmus, según lo establecido en el artículo 21.2 de la Decisión del programa, son los siguientes: A. Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la movilidad de estudiantes y personal docente en Europa, contribuyendo a lograr que, en 2012, al menos 3 millones de estudiantes se hayan desplazado gracias al programa Erasmus y sus programas predecesores.

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B. Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre instituciones de educación superior en Europa. C. Aumentar la transparencia y compatibilidad entre las cualificaciones de educación superior y formación profesional de grado superior obtenidas en Europa. D. Mejorar cualitativamente y aumentar cuantitativamente la cooperación multilateral entre los centros de educación superior y las empresas. E. Facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en educación y formación de nivel terciario así como su transferencia, incluso de un país participante a otros. F. Apoyar el desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de aprendizaje permanente innovadores y basados en las TI (Tecnología de la información y la comunicación).

¿CUÁLES SÓN LAS PRIORIDADES DEL PROGRAMA ERASMUS? Movilidad de los estudiantes, incluidas las prácticas de los estudiantes en empresas, y movilidad del personal docente y no docente. La movilidad de los estudiantes y del personal docente desempeña un papel fundamental para el establecimiento de un Espacio Europeo de Educación Superior. Se insta a las instituciones que participan en Erasmus a que promuevan una mayor movilidad para alcanzar el objetivo de tres millones de estudiantes Erasmus en 2012.

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De conformidad con la Recomendación relativa a la calidad de la movilidad y con la Carta Universitaria Erasmus, se está haciendo especial hincapié en la preparación lingüística y en el apoyo a los estudiantes Erasmus, con el fin de optimizar la calidad del periodo de movilidad y de reforzar el multilingüismo y la diversidad lingüística en la educación superior europea, así como de asegurar el cumplimiento de las obligaciones respecto a la alta calidad de las disposiciones para la movilidad (reconocimiento académico, alojamiento, servicios de asesoramiento, etc.). No hay temas prioritarios establecidos a nivel europeo para la movilidad de estudiantes en lo que respecta a las disciplinas académicas. El objetivo general es lograr una cobertura equilibrada en toda la UE, desde el punto de vista geográfico y desde el punto de vista temático. En la acción para la movilidad del personal docente y no docente de las instituciones de educación superior se dará prioridad a garantizar una mayor movilidad hacia y desde las empresas, así como entre instituciones de educación superior. También existe apoyo a la movilidad para la participación del personal de las empresas que imparten Educación superior. No existen prioridades disciplinares específicas.

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movilidad_


MOVILIDAD DE ESTUDIANTES Consiste en la realización de un período de estudios en una institución de educación superior de otro país europeo. Al final del mismo la institución de origen del estudiante reconocerá académicamente los estudios realizados. Durante este periodo, el estudiante estará exento de pagar tasas académicas en la institución de acogida. Podrán participar los estudiantes de instituciones de Educación superior que posean una Carta Universitaria Erasmus. El estudiante debe recibir un acuerdo de estudios por escrito relativo al programa de estudios que seguirá en el país de acogida. Al término de la estancia en el extranjero, la institución de acogida debe remitir al estudiante Erasmus y a su institución de origen un certificado de que ha completado el programa acordado y un informe de sus resultados. Las ayudas a los estudiantes Erasmus son compatibles con cualquier otra ayuda o préstamo nacional. Duración Mínimo 3 meses. Máximo 9 meses. Actividades financiadas La ayuda tiene como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales derivados de la movilidad de los estudiantes (por ejemplo, manutención, viaje, alojamiento, etc.). La cuantía mínima es de 135 € al mes, cantidad que podría ser incrementada en función del número de becas solicitadas a nivel nacional. En el caso de serle concedida ayuda puede optar a realizar la estancia sin beca.

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LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PARTICIPACIÓN EN ESTA ACCIÓN SON: · El estudiante, en el momento de realizar la movilidad, debe estar cursando al menos el segundo año de un plan de estudios de grado superior. · El estudiante debe estar matriculado en una institución de educación superior con el objeto de realizar un programa de estudios que concluya con la obtención de una titulación superior reconocida, hasta el grado de doctorado, inclusive. · La movilidad de estudiantes Erasmus está basada en acuerdo interinstitucionales entre las instituciones participantes, cada una de las cuales posee una Carta universitaria Erasmus. · La institución de origen deberá conceder el pleno reconocimiento académico del período de estancia en la institución de acogida, como parte integral de los estudios cursados en ella. El reconocimiento de los estudios únicamente podrá ser denegado si el estudiante no alcanza el nivel requerido por la institución de acogida, o bien se incumple las condiciones relativas al reconocimiento acordados por las instituciones participantes. · El reconocimiento académico se basará en el acuerdo de estudios aprobado con anterioridad al período de estudios por la institución de origen, la de acogida y el estudiante.

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· El estudiante no debe pagar tasas académicas en la institución de acogida (en concepto de matricula, inscripción, exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.). No obstante, la institución de acogida puede pedir que se paguen tasas reducidas para cubrir los gastos del seguro, la afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos, tales como fotocopias, productos de laboratorio, etc., sobre las mismas bases que los estudiantes de dicha institución. La institución de origen puede seguir percibiendo las tasas académicas normales a sus estudiantes durante el período de estudios, pero el estudiante no será responsable de ninguna tasa o cargo adicional relacionado con la organización o gestión de su movilidad Erasmus. · El estudiante debe poseer la nacionalidad de uno de los países participantes en el programa, o estar reconocidos por el país en el que reside, como residente permanente, refugiado o apátrida. · Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o préstamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.

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· La cuantía media mensual de las ayudas para movilidad de estudiante con fines de estudio se indicará en la convocatoria nacional, y estará sujeta a los máximos establecidos en la convocatoria de propuestas de la Comisión Europea. · La institución de educación superior llevará a cabo la selección de los estudiantes de conformidad con las directrices proporcionadas por la Agencia Nacional. La institución debe garantizar que dichas tareas se ejecuten de forma justa, transparente y coherente, para lo que sus directrices deberán incluir los siguientes requisitos: · El procedimiento de concesión de las ayudas debe ser transparente, justo, equitativo, coherente y estar bien documentado. · La institución adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier conflicto de intereses entre las personas que puedan tomar parte en los órganos o el proceso de selección de los beneficiarios individuales. · Todos los requisitos relacionados con la selección de estudiantes de la institución deben ser plenamente transparentes y estar bien documentados, y se pondrán a disposición de todas las partes implicadas en el proceso de selección. El procedimiento de concesión de las ayudas se hará público explicando con claridad los criterios de elegibilidad, exclusión, selección y concesión.

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· La institución podrá establecer criterios tales como los resultados académicos del candidato, los conocimientos necesarios de la lengua de trabajo en la organización de acogida, la motivación, etc. · Durante su movilidad el estudiante seguirá disfrutando de las becas o prestamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus son complementarias con los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.

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centros y organismos_


CENTROS DE ENSEÑANZA A LOS QUE SE PUEDE OPTAR ITALIA Accademia di Belli Arti di Brera Milán Politecnico di Milano Milán Universitá degli Studi di Napoli Federico II Nápoles Accademia di Belli Arti di Santa Guglia Brescia PORTUGAL ESAD. Escola Superior de Artes e Design Matosinhos BELGICA École Superieure des Arts Saint Luc Lieja

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INFORMACION DE CENTROS

• Accademia di Belli Arti di Brera - Via Brera, 28. 20121Milán – Télefono + 39 02 86955.1* Fax + 3* 02 86403643 – Web: http://w

• Politecnico di Milano – Viale Romagna, 62. 20133 Milán – Itali Télefono + 39 02 239521*- Web: http://www.polimi.it • Universitá degli Studi di Napoli Federico II- Corso Umberto I, Télefono Centralino 081 2531111 - Web: http://www.unina.it

• Accademia di Belli Arti di Santa Giulia - via Tommaseo, 49 Bre Tel. +39 030 383368-Fax. +39 030 3389557 -.Web: http://www.ac

• ESAD. Escola Superior de Artes e Design Matosinhos – Avenid Web: http://www.esad.pt

• École Superieure des Arts Saint Luc- Bd de la Constitution B-4 Télefono +32 04 3418000 * Fax + 32 04 3418080 - Web: http://ww Coordinador/a: Isabelle Vandevoort E-MAIL : isabelle.vandevoo

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Nº DE PLAZAS DISPONIBLES*

Italia www.accademiadibrera.milano.it

ia

Máximo 10 plazas

Mínimo 6 plazas/ Máximo 10 plazas

80138 Napoles – Italia

Máximo 10 plazas

escia (Italy) ccademiasantagiulia.it/

Máximo 10 plazas

da Calauste Gulbenkian. Matosinhos – Portugal

4020 Lieja - Belgica ww.saintluc-liege.be ort@saintluc.com

Máximo 10 plazas

Máximo 10 plazas

*El número de plazas disponibles puede variar. En el caso de no cubrirse plazas en una especialidad en alguno de los centros de destino, estas pasarán a otra especialidad. El número total de becas está pendiente de confirmación por parte de la Agencia Nacional Erasmus.

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documentaci贸n y selecci贸n_


¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HE DE PRESENTAR? • A – Documento de solicitud de beca. • A1 - Documento en el que el alumno exprese sus inquietudes y expectativas formativas en relación al periodo formativo. • A2 - Dossier de trabajos relacionados con los estudios que está realizando. • A3 - Informe del tutor en relación a los rasgos más relevantes, académicos y sociales. • A4 - Preinscripción según modelo adjunto. ¿CUÁNDO Y DONDE HE DE PRESENTAR LA SOLICITUD Y LA DOCUMENTACIÓN? La solicitud (Anexo A), junto con la documentación correspondiente se presentará en la secretaría del centro hasta el 22 de diciembre de 2010.

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¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN? I. Idoneidad de sus inquietudes y expectativas. en relación a su solicitud.(Documentos A1, A2 y A3) Se valorará la idoneidad entre sus inquietudes y expectativas, sobre todo la motivación del alumno así como la idoneidad entre sus expectativas y la oferta del centro de destino. En caso de estudiantes con matrícula de Proyecto Final o Final de Carrera durante la estancia en el centro de destino, la comisión valorará el aprovechamiento formativo por parte del alumno, a la vez que el número de créditos con posibilidad de reconocimiento, pudiendo desestimar la solicitud si lo estimase oportuno. Se expresará como aceptado o excluido. II. Valoración académica.(Certificado académico en el que consten las calificaciones, la nota media y el número de créditos u horas superadas) Un punto por crédito superado. En caso de empate prevalecerá la solicitud con mejor media en el expediente utilizando dos decimales.

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¿QUIÉN REALIZA LA SELECCIÓN Y CUANDO? Para realizar la selección se formará una comisión formada por los jefes de departamento de diseño gráfico, industrial, estudios superiores, el jefe de estudios, el coordinador Erasmus y presidida por el director del centro con la finalidad de ponderar las preinscripciones y publicar resultados y preinscripciones seleccionadas. El fallo se hará público el día 21 de enero en el tablón de anuncios del centro. Para reclamaciones presentar escrito dirigido al director del centro en un plazo de tres días siguientes a la publicación del fallo. Las reclamaciones serán atendidas por la comisión de selección que emitirá su fallo en un plazo no superior a tres días lectivos. Los alumnos seleccionados tendrán un plazo de diez días para formalizar su inscripción o renunciar a la misma mediante escrito presentado en la secretaría del centro. En caso de renuncia pasará al siguiente seleccionado.

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trรกmites_


TRÁMITES PREVIOS A LA PARTIDA HACIA LA UNIVERSIDAD DE DESTINO Antes de la partida hacia el Centro de destino, el estudiante deberá realizar las siguientes gestiones y cumplimentar los documentos especificados a continuación. A. “Compromiso del becario”. (Anexo 2). Mediante este documento, el estudiante se compromete a cumplir las normas y bases establecidas en el programa. Una vez recibido en el domicilio, junto a la concesión de la beca, así como al documento de Aceptación/Renuncia, se remitirá, debidamente firmado, al la Secretaría del centro, dentro del plazo que se indique en el escrito de remisión. B. “Documentos de datos personales, académicos y bancarios”. (Anexo 3). En él se recoge la información necesaria para el abono de la beca. Se remitirá o entregará en la Secretaría de la escuela antes del 30 de junio del año en curso. Junto a este documento deberán entregarse dos fotocopias del DNI y dos fotocopias del documento CCC (Documento de Código Cuenta cliente que se podrá solicitar en las respectivas oficinas bancarias de cada beneficiario). El beneficiario de la beca ha de ser titular o cotitular de la cuenta bancaria que se presente. Si no es posible entregar al Documento CCC, se podrá entregar la fotocopia de la primera página de la libreta de ahorro.

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C. “Convenio entre el Centro de Enseñanza y el Estudiante” (anexo 4). Este documento, exigido por la Agencia Nacional ERASMUS y por la Comisión Europea, tiene por objeto determinar las obligaciones de las partes en la administración de fondos comunitarios. Con el fin de que sea debidamente firmado y cumplimentado, el secretario remitirá el convenio, por duplicado, a los domicilios familiares del estudiante durante la estancia Erasmus. Una vez firmado por el estudiante, se devolverá un ejemplar a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Plaza Pintor Inocencio Medina Vera, s/n 30007- MURCIA (España) D. “Learning Agreement” Contrato de Estudios (anexos 5 Y 5a). En este Contrato se recogerán las asignaturas que el estudiante cursará en el centro de acogida, asignaturas que, previamente al desplazamiento, serán pre acordadas por el alumno y el Coordinador del Centro de origen. El presente documento será firmado primeramente por el estudiante y Coordinador del Centro de origen y acogida y, posteriormente, refrendado por el Director. El Learning Agreement deberá entregarse por triplicado en secretaría. Deberán hacerse, por tanto, tres documentos originales firmados por cada uno de los representantes, de modo que uno siempre quede a disposición en secretaría. El plazo habilitado para determinar el programa definitivo de estudios será, salvo causa de fuerza mayor, de 1 mes, a partir de la incorporación del estudiante a la universidad de destino. E. “Compromiso Previo de Reconocimiento Académico” (anexo 6). Al igual que en el Impreso de Learning Agreement, en dicho impreso se harán constar las materias que se cursarán en el centro de acogida así como aquellas que serán objeto de reconocimiento por parte de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Para tal fin el departamento didáctico consensuará el reconocimiento de créditos a partir de la propuesta de reconocimiento realizada por el Coordinador Erasmus. Este impreso deber ser 46


revisado y firmado por el Coordinador del Centro y el Jefe de Departamento en el que esté matriculado el estudiante. F. Trámites requeridos por el centro de acogida. Cuando así lo estipulara el centro de acogida y conforme a sus normas, el estudiante habrá de rellenar los impresos correspondientes a la matrícula y para la reserva de alojamiento así como realizar los trámites que al efecto determinara la institución de recepción. G. Otros documentos. Además de lo especificado anteriormente, el estudiante deberá estar en posesión de los siguientes documentos: • Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor. • Seguro médico: Alumnos cuyos padres sean beneficiarios de la Seguridad Social: habrán de dirigirse al Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea, o los formularios E-128 o E-111, que aseguran la asistencia sanitaria en países miembros de la UE. Para la obtención de dicho formulario, se presentará la acreditación de ser estudiante ERASMUS así como el resguardo de la matrícula realizada en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Alumnos cuyos padres estén asegurados en mutuas privadas (Muface, ASISA, SANITAS, etc): consultarán a la compañía aseguradora para obtener información específica acerca de la cobertura médica de los seguros. Algunas mutuas han establecido que, previa consulta a la compañía aseguradora, los estudiantes se dirigirán a la Oficina de la Tesorería para solicitar el número de filiación. Con este número, la fotocopia de la matrícula en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia de los dos cursos anteriores y la credencial de becario ERASMUS, se presentarán en el INSS para solicitar el formulario E-128 o E-111. Una vez en el centro de destino es conveniente inscribirse en el Consulado español al que pertenezca la población donde residan. 47



TRÁMITES DURANTE LA ESTANCIA EN EL CENTRO DE ACOGIDA. Durante la estancia en el centro de acogida, el estudiante deberá llevar acabo los siguientes trámites: A. “Credencial de becario”. Con el fin de certificar su condición de estudiante ERASMUS, deberá presentar, si así le fuera solicitado por el centro de acogida, una copia de dicha credencial que le será entregada por la Escuela previo a su partida. B. “Confirmación de estancia”. Con el fin de certificar la incorporación al centro de destino, y en el plazo máximo de un mes desde su llegada, deberá cumplimentar los apartados 1 y 2 de este documento (Datos Personales y Confirmation of Arrival and Registration) solicitar que sea sellado y firmado por el responsable en el centro de acogida, y remitirlo, por fax, a los siguiente número: + 34 968248203. La recepción de este documento, en tiempo y forma, es absolutamente imprescindible para el abono de la beca ERASMUS. El original de este impreso será conservado durante todo el período ERASMUS ya que, al finalizar la estancia en la universidad de acogida, y una vez cumplimentado, deberá ser entregado o enviado a la secretaría de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. C. “Learning Agreement”. Las modificaciones que, con respecto a las asignaturas primeramente seleccionadas, fuera necesario introducir se consignarán en el impreso “CHANGES TO ORIGINAL PROPOSED STUDY PROGRAMME/ LEARNING AGREEMENT” (anexo 7). Estos cambios serán autorizados, mediante las firmas correspondientes, por los Coordinadores de Centro y el Jefe de departamento en el que se encuentre matriculado el alumno.

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El reconocimiento de estos créditos será estudio por parte del departamento una vez recibido el impreso de “CHANGES TO ORIGINAL PROPOSED STUDY PROGRAMME/LEARNING AGREEMENT”. El plazo límite para la rectificación de las materias seleccionadas será de un mes, a partir de la llegada a la universidad de destino. Cuando los planes de estudio se estructuren en semestres, se dispondrá de un mes desde el inicio de los mismos. Para estancias superiores a 15 días en el extranjero es recomendable inscribirse en el consulado español.

15. TRÁMITES AL FINALIZAR LA ESTANCIA EN EL CENTRO DE ACOGIDA. A. Confirmación de estancia (anexo 8). Firmado y sellado por el Coordinador o la persona designada al efecto en la institución de acogida, se entregará o enviará este impreso original -no serán validas las copias- a la secretaría de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia. Este documento expresa y certifica la duración real de estancia en el centro de acogida y es imprescindible para percibir el último plazo de la beca. Por tanto, y con el fin de que pueda recibir la cuantía total que le fue asignada, los meses en él indicados deberán corresponderse con el periodo por el que le fue concedida la beca (9 meses, 6 meses, 3 meses, por ejemplo).

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B. Transcript of Records o Certificado de Estudios (anexo 9). Será rellenado y sellado por el centro de acogida y en él se indicarán las asignaturas cursadas, la duración de las materias así como la calificación obtenida. El certificado de notas habrá de recoger el título de la materia, la duración o créditos así como la calificación. Es recomendable, con el fin de no dilatar el reconocimiento de estudios, que el estudiante regrese a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia con el certificado de calificaciones. C. Solicitud de reconocimiento de estudios cursados en el extranjero (se puede recoger en la administración del centro) (anexo 10). Esta solicitud, debidamente firmada y cumplimentada, junto con los certificados de notas obtenidos, será presentada por el estudiante en la Administración de la institución de origen para que así se le haga llegar al coordinador Erasmus y al Jefe de estudios para que informe a los profesores de las asignaturas y módulos que son los que han de confirmar el reconocimiento de créditos. D. Informe del estudiante. El estudiante comentará los rasgos generales de la estancia en el extranjero, el aprovechamiento y las incidencias surgidas. Adjuntando un dossier comentado de las actividades realizadas en el centro de destino.

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derechos y obligaciones_


CARTA DEL ESTUDIANTE La Carta del estudiante Erasmus se aplica a los estudiantes que cumplen los criterios de admisibilidad Erasmus y que han sido seleccionados por su universidad para realizar un periodo de estudios en otro país europeo, en una universidad asociada, o un periodo de prácticas en una empresa, u otra organización. Para la movilidad de estudios, ambas universidades deben disponer de una Carta Universitaria Erasmus otorgada por la Comisión. Para las prácticas en empresas la universidad de origen debe disponer de una Carta Universitaria Erasmus ampliada que cubra los derechos y las obligaciones relacionadas con la movilidad de prácticas. LOS ESTUDIANTES ERASMUS TIENEN LOS SIGUIENTES DERECHOS: • La universidad de origen y de acogida deben tener firmado un acuerdo inter-institucional. • La universidad de origen y de acogida deben suscribir con el estudiante, antes de su partida, un acuerdo de estudios/formación, que establezca el programa de estudios/trabajo previsto, incluyendo los créditos que se obtendrán. • La universidad de acogida no percibirá retribución alguna en concepto de tasas de matrícula, exámenes, acceso a laboratorios y bibliotecas durante el periodo de estudios/prácticas Erasmus. • La universidad de origen deberá otorgar pleno reconocimiento académico a las actividades realizadas satisfactoriamente durante el periodo de movilidad Erasmus, de conformidad con el acuerdo de estudios/formación. • Al final de los estudios/prácticas en el país europeo, la universidad/empresa de acogida emitirá y firmará un certificado – certificado académico o certificado de trabajo – en el que figurarán los créditos y las calificaciones obtenidas. Si el periodo de prácticas en empresas no forma parte del plan de estudios, el periodo al menos quedará reflejado en el Suplemento Europeo al Título.

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• El estudiante Erasmus recibirá en la universidad de acogida el mismo trato y los mismos servicios que los estudiantes de esta universidad. •El estudiante tendrá acceso a la Carta Universitaria Erasmus y a la Declaración de Política Europea de sus universidades de origen y de acogida. • Las becas o préstamos del país de origen se mantendrán durante el periodo de estudios en el país europeo. LOS ESTUDIANTES ERASMUS TIENEN LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES: • Respetar las normas y las obligaciones del contrato Erasmus, suscrito con la universidad de origen o la Agencia Nacional del país del estudiante. • Garantizar que cualquier cambio del acuerdo de estudios/formación sea aceptado previamente por escrito por las universidades de origen y las instituciones de acogida. • Cumplir el periodo total de estudios/prácticas acordado en la universidad/empresa de acogida, incluidos los exámenes u otras formas de evaluación, y cumplir las normas y reglamentos de dicha universidad/empresa. Redactar un informe sobre el periodo de estudios/prácticas Erasmus, una vez finalizado éste. SI EL ESTUDIANTE TIENE UN PROBLEMA: • Lo precisará con claridad y comprobará cuáles son sus derechos y obligaciones. • Se pondrá en contacto con su coordinador de departamento y utilizará el procedimiento formal de recurso de su universidad de origen. • Si no está satisfecho con la solución ofrecida, se pondrá en contacto con su Agencia Nacional. Agencia Nacional Erasmus http://www.mec.es/educa/ccuniv/erasmus/ E-mail: erasmus@mec.es Se entiende por “universidad” todo tipo de centro de enseñanza superior, de acuerdo con la legislación o la práctica nacionales, que otorga cualificaciones o títulos de este nivel cualquiera que sea su denominación respetiva en los países participantes. 56





derechos y obligaciones_


RESUMEN/GUIA DE TRÁMITES Y CALENDARIO PARA ALUMNOS DE LA EASD DE MURCIA SELECCIONADOS PARA EL PROGRAMA LLP/ERASMUS Una vez seleccionado como beneficiario de una movilidad LLP/Erasmus de la Universidad/Institución de Murcia, para el curso 2010/2011 y aceptada la plaza asignada, se deben realizar una serie de trámites de los que se derivan ciertas obligaciones a las que queda sujeto el becario Erasmus y que a continuación se detallan: ANTES DE PARTIR A. Matrícula Como requisito previo, tal como se recoge en la Convocatoria LLP /Erasmus, debe realizar su matrícula en la Universidad / institución De Murcia para el curso 2010/2011, según el procedimiento y los plazos que se señalen para ello. Debe recordar que las Ayudas Erasmus no eximen de abonar los precios públicos que le correspondan. La Ayuda Erasmus es compatible con la beca que concede el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de ser beneficiario de esta Beca, y siempre que su estancia sea mayor de 6 meses, puede solicitar el componente de ayuda de residencia. B. Documentación Erasmus Una vez publicadas en el Tablón de Anuncios de la Escuela las listas definitivas de Estudiantes seleccionados, deberá recoger los siguientes documentos: a. Carta del estudiante erasmus b. Compromiso del becario (Anexo 2) c. Convenio entre el estudiante y la universidad/institución (Anexos 5 y 6) d. Documento de datos personales, académicos y bancarios (Anexo 3) e. Credencial de becario (Anexo 7)(Documento que deberá conservar hasta el final de la estancia en el extranjero). Este

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documento sirve para acreditar en cualquier circunstancia la condición de becario Erasmus por lo que se recomienda al estudiante fotocopiarla y dejar una copia a una persona autorizada por si fuera necesario utilizarla. f. Certificado de llegada a destino (Anexo 8) g. Certificado de final de estancia (Anexo 8a) h. Carta del estudiante Erasmus.(Documento donde se recogen los derechos y deberes de los estudiantes Erasmus.) i. Convenio entre el estudiante y la escuela (Anexos 5 y 6). (Documento en el que consta la cuantía económica inicial de la ayuda que el estudiante va a recibir así como los derechos y obligaciones del estudiante.) j. Documento de datos personales, académicos y bancarios (Anexo 3).(Documento en el que debe reflejar los datos de una cuenta bancaria cuyo titular o cotitular sea el propio estudiante para poder hacer efectivo el importe de la ayuda.) Con este impreso debe ir a la entidad bancaria para que le cumplimenten el impreso y se lo sellen. La modalidad de pago adoptada será la de transferencia bancaria. Antes del 31 de julio, el estudiante Erasmus deberá entregar en la Oficina de Relaciones Internacionales por duplicado los siguientes documentos para su validación por el personal de la ORI y la apertura del correspondiente expediente. A. Convenio entre el estudiante y la escuela(Anexos 5 y 6), firmado por el estudiante B. Impreso datos bancarios(Anexo 3) sellado por el banco C. Credencial de becario(Anexo 7) D. Certificado de llegada (Anexo 8) Este certificado deberá presentarlo a su llegada a la universidad /Escuela extranjera durante los primeros días de estancia para, una

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vez firmado y sellado por la persona responsable (Oficina de Relaciones Internacionales, coordinador... etc.) Enviarlo por FAX a la Oficina de Relaciones Internacionales de la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia al número +34-968-248203. Si este requisito no se cumple, el estudiante no percibirá la ayuda económica. Fecha de entrega: Se aconseja enviar por fax como se indica en el documento, en la semana siguiente a la llegada a destino. E. Certificado final de estancia (Anexo 8a). El estudiante deberá conservarlo en su poder hasta la finalización de su estancia. Antes de volver a Murcia, debe de ser cumplimentado por la Universidad/Institución extranjera donde haya realizado su estancia y entregarlo a su llegada a Murcia a la finalización de la misma. LAS FECHAS DE ESTE CERTIFICADO DEBEN COINCIDIR CON EL NUMERO DE MESES QUE FIGURAN EN LA CREDENCIAL DE BECARIO. DE NO COINCIDIR, EL ESTUDIANTE SERA OBLIGADO A DEVOLVER LA AYUDA. Fecha de entrega: Inmediatamente finalizada su estancia en la institución extranjera F. Informe del estudiante. Este documento permanecerá en poder del estudiante hasta la finalización de su estancia, se entregará en la Oficina de Relaciones Internacionales junto con el certificado final de estancia. Se recuerda al estudiante que estos documentos estarán disponibles en el acceso identificado del estudiante solo por un tiempo limitado. Aquellos documentos que no deban ser entregados en la ORI antes de su partida, deberán ser guardados o impresos para su posterior entrega en la forma y plazos descritos en esta guía.

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G. Otros documentos a. Tarjeta Sanitaria Europea. Para la cobertura médica en el extranjero (información en documento adjunto y en el INSS). Debe solicitarse en el último momento, inmediatamente antes de la partida, en la Oficina de la Seguridad Social correspondiente. Para ello, deberá presentarse original y copia de la Credencial de Becario para su compulsa, así como la cartilla de la Seguridad social del estudiante o de sus padres. b. Muface. Los estudiantes que estén incluidos en el Régimen especial de Muface, deberán dirigirse a sus compañías para recibir la información adecuada directamente de éstas. Fecha recomendada: Una semana antes de su partida para el destino extranjero c. Acuerdo académico (learning agreement). Antes de su partida el estudiante firmará un acuerdo académico con su coordinador con las asignaturas que va a cursar en la Universidad/Institución de destino y sus equivalentes en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Murcia.

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