PROCESO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS

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PROCESO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS DERECHO 2022 & DIVORCIO CAUSAL PROCESO CIVIL DE COGNICIÓN

Programa Académico

La asignatura Procesos civiles de cognición (Derecho) estudia los diferentes procesos civiles y tiene como finalidad que los estudiantes alcancen un amplio conocimientos de los distintos temas

La revista esta dividida en 2 bloques: El primero de ellos esta conformado por 6 artículos informativos sobre Separación de cuerpos y divorcio por causal . El segundo bloque esta conformado por 6 artículos de opinión

CICLO IV - F. DERECHO Integrantes: Ricardo Huillca Palma Bricet Espirme Asmat DOCENTE:JORGECABREJOS ASIGNATURA: PROCESOS CIVILES DE COGNICION 2022 Arianna López Mendoza Yarely Otalora Atarama Yoselin Morales Vallejos Alvaro Mago Villalobos

ÍNDICE

Editorial

BLOQUE 01: Artículos Informativos

Separación de Cuerpos y Causales

El Divorcio Remedio y El Divorcio Sanción

Divorcio de mutuo acuerdo

Divorcio por Causal

Las características del proceso de conocimiento y Clasificación del proceso de conocimiento

Elementos en el proceso de conocimiento de separación de cuerpos y divorcio por causal

BLOQUE 02: Artículos de opinión

Analizando la separación de cuerpos y causales

Análisis de divorcio remedio y divorcio sanción

Una opción viable y rápida de divorcio, de mutuo acuerdo

¿Qué es el divorcio por causal y como se soluciona?

Que tan importantes son las características del proceso

Analizando ¿Qué es el proceso de conocimiento? y

¿Cuándo recurrimos a este proceso?

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EDITORIAL

La presente revista "Derecho 2022" ha sido elaborada por estudiantes de la Universidad de San Martín de Porres, con la finalidad de exponer nuestras ideas con respecto al tema del "Proceso de Conocimiento de Divorcio por Causal y Separación de Cuerpos"

Para la revista hemos investigado sobre cada punto, hemos escrito 06 artículo de opinión dando soluciones y resaltando finalidades importantes del asunto en discusión. Teniendo como resultado dicho proyecto.

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BLOQUE 01: Artículos Informativos

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SEPARACIÓN DE CUERPOS

La separación de cuerpos suspende los deberes relativos al lecho y cohabitación y pone fin al régimen patrimonial de sociedad de gananciales, dejando subsistente el vínculo matrimonial

Suspende los deberes relativos al lecho y cohabitación: Los cónyuges no deben seguir viviendo ni durmiendo juntos Pone fin al régimen patrimonial de sociedad de gananciales: En caso de existir una sociedad de gananciales se sustituye dicho régimen por el de separación de patrimonios. Dejando subsistente el vínculo matrimonial: Les brinda a los cónyuges un espacio de reflexión para una posible reconciliación.

"La separación personal o separación de cuerpos", no disuelve el vínculo matrimonial de acuerdo al artículo 332 del CC.
La separación de cuerpos, tiene tres efectos
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CAUSALES

1.Eladulterio.

2.Laviolenciafísicaopsicológica, queeljuezapreciarásegúnlas circunstancias

De conformidad con el artículo 333 del CC, son causas de separación de cuerpos:

4.Lainjuriagrave,quehaga insoportablelavidaencomún.

7 Elusohabituale injustificadodedrogas alucinógenasodesustancias quepuedangenerar toxicomanía,salvolo dispuestoenelArtículo347.

5.Elabandonoinjustificadodela casaconyugalpormásdedosaños continuosocuandoladuración sumadadelosperíodosde abandonoexcedaaesteplazo.

8.Laenfermedadgravede transmisiónsexualcontraída despuésdelacelebracióndel matrimonio

Elatentadocontralavidadel cónyuge.

Laconductadeshonrosaque hagainsoportablelavidaencomún.

Lahomosexualidadsobreviniente almatrimonio.

10.Lacondenapordelito dolosoapenaprivativadela libertadmayordedosaños, impuestadespuésdela celebracióndelmatrimonio.

11.Laimposibilidaddehacervida encomún,debidamenteprobadaen procesojudicial.

12.Laseparacióndehechodelos cónyugesduranteunperíodo ininterrumpidodedosaños.Dicho plazoserádecuatroañossilos cónyugestuviesenhijosmenoresde edad.Enestoscasosnoseráde aplicaciónlodispuestoenel Artículo335.

ARTÍCULO 347.- SUSPENSIÓN DEL DEBER DE COHABITACIÓN

Encasodeenfermedadmentalo contagiosadeunodelos cónyuges,elotropuedepedir quesesuspendalaobligaciónde hacervidacomún,quedando subsistentelasdemás obligacionesconyugales.

ARTÍCULO 335. PROHIBICIÓN DE ALEGAR HECHO PROPIO

Ninguno de los cónyuges puede fundar la demanda en hecho propio.

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De conformidad con el artículo 339 del CC:

La acción basada en el artículo 333, inciso 1, 3, 9 y 10, caduca a los seis meses de conocida la causa por el ofendido y, en todo caso, a los cinco años de producida. La que se funda en los incisos 2 y 4 caduca a los seis meses de producida la causa. En los demás casos, la acción esta expedita mientras subsistan los hechos que la motivan.

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EL DIVORCIO REMEDIO Y EL DIVORCIO SANCIÓN

La diferencia entre ambos es que en el divorcio sanción la causa del conflicto es la causa del divorcio, mientras que el divorcio remedio entiende que el conflicto es en sí mismo la causa del divorcio, sin que interese las causas o responsables del conflicto

En cambio en el divorcio remedio, son los propios cónyuges quienes de mutuo acuerdo deciden que no pueden continuar más con la relación sin indicar una causal específica, pudiendo invocarse una causal genérica, ni haber actuado con culpa.

En el divorcio sanción, uno de los cónyuges ha cometido un acto culposo que se encuentra previsto normativamente.
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DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Cuyo procedimiento se condiciona a la decisión de ambos cónyuges de poner fin al vínculo matrimonial, caso en el que se habrá de recurrir a las disposiciones contenidas en la Ley 29227.

Se puede recurrir a un Divorcio por mutuo acuerdo siempre y cuando hayan transcurrido más de dos años desde que se celebró el matrimonio. Adicionalmente se deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.

Que la pareja no tenga hijos menores de edad o mayores con incapacidad al momento de presentar la solicitud de Divorcio. En caso de tenerlos, es necesario que, de manera previa, se haya determinado el ejercicio de los regímenes de patria potestad, alimentos, tenencia y visitas; ya sea por medio de conciliación extrajudicial o por sentencia judicial firme.

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2. Que los cónyuges carezcan de bienes sujetos a Sociedad de Gananciales; o si los hubiera, que exista escritura pública de Sustitución o Liquidación del Régimen Patrimonial, inscrita en los registros públicos.

De cumplir los requisitos señalados, se podrá recurrir ante alguna municipalidad autorizada por el Ministerio de Justicia, o una Notaría; para que en un plazo aproximado de tres meses, declare disuelto el Vínculo Matrimonial.

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El divorcio por causal

El divorcio por causal es aquella ruptura del vínculo matrimonial fundada en cualquiera de las causas específicamente previstas en la ley. Las causas del divorcio están en su mayoría están referidas al incumplimiento de los deberes y obligaciones que genera el matrimonio por parte de uno de los cónyuges, tales como la fidelidad, la asistencia, el hacer vida en común, el respeto a la integridad física y psicológica. El divorcio por causal es declarado por la

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Requisitos para un divorcio por causal en Perú

Para acogerse al divorcio por causal el cónyuge solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:

Que exista una de las 12 causales establecidas por ley . Que la causa sea probada:Se recomienda que sea un abogado especialista en asuntos de familia quien evalúe su caso y lo asesore en la obtención de las pruebas que convengan a su caso concreto.

Que la causa no haya caducado:Algunas causas de divorcio tienen un plazo establecido para ser invocados de lo contratio se pierde el derecho a solicitar el divorcio. Se recomienda que un abogado de familia verifique si la causa de su divorcio está aún vigente o no. Que se presenten los siguientes documentos:Partida de matrimonio, partida de nacimiento de los hijos, copia de DNI

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Las causales del divorcio necesitan ser probadas

Las causales de divorcio en el Perú En el divorcio por causal la causa es determinante para obtener o no el divorcio pues para que la petición sea amparada debe estar fehacientemente comprobada por el juez de lo contrario la demanda será rechazada, es por tal motivo que recomendamos que antes de iniciar cualquier trámite se cuente con la asesoría previa de un abogado especialista en asuntos de familia para que lo asista convenientemente en la evaluación y selección de las pruebas.

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LAS CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO

-Importante:

Esencialmente en él se tramitan los asuntos de superior calibre, significado e interés, los que son imperceptible de manera económica, no tengan vía procedimental particular, por carácter individual y complejidad de la pretensión en la que el juez estime atender su ocupación.

-Proceso tipo-modelo:

En las veces con este proceso, se encaminar y regirán las equivocaciones y desaciertos que se observen y se perciban en otros diferentes tipos de estos. También se le llama columna vertebral de todo aquel sistema procesal.

principalmente finalista rebusca la forma de problemas y de beneficios y través de una con valor de cosa
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-Tramite propio: Este otorga plazos a máximos, garantía en la acción y defensa, además aprueba y autoriza plantear excepciones, defensas anticipadas y la autorización de los medios aprobatorios e impugnatorios. -Competencia: En diferentes tipos de procesos abreviado, sumarísimo y no contencioso: juez de paz letrado y juez civil, conforme a cuanto sea la cuantía. 13

CLASIFICACIÓN DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO

-Objetoesunamera

prestación

Objeto es una declaración de condena:

La sentencia informa al demandado-deudor la exigencia de ciertas prestaciones a favor del demandante-acreedor y que pueden consistir en dar, hacer o no hacer.

-Objeto de una declaración constitutiva:

El objeto es constituir la situación jurídica nueva, ejemplo. Divorcio, el casado cambia a un status de soltería o filiación, aquel que legalmente no era padre de un hijo es declarado como tal.

declaración: Lapretensiónesel reconocimientodeun derechoorelaciónjurídica sinqueesteconllevealguna
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a) El elemento objetivo o material, que consiste en la evidencia del quebrantamiento permanente y definitivo, sin solución de continuidad, de la convivencia; lo que sucede con el alejamiento físico de uno de los esposos de la casa conyugal.

b) El elemento subjetivo o psíquico, que es la falta de voluntad de unirse, esto es, la intención cierta de uno o ambos cónyuges de no continuar conviviendo, poniendo fin a la vida en común por más que algún deber se cumpla; ello supone que la separación de hecho debe haberse producido por razones que no constituyen verdaderos casos de estado de necesidad o fuerza mayor, esto es, sin que una necesidad jurídica lo imponga.

c) El elemento temporal, el transcurso ininterrumpido de dos años si los cónyuges no tuviesen hijos menores de edad; y, de cuatro años, si los tienen.

ELEMENTOSEN ELPROCESODE CONOCIMIENTO DESEPARACIÓN DECUERPOSY DIVORCIOPOR CAUSAL

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SECCIÓN DE ARTICULOS DE OPINIÓN

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analizando la Separación de Cuerpos y Causales BricetEspirme

Laseparacióndehecho,comocausaldedi comoyasesabeseconceptúacomolainterru de la vida en común de los cónyuges, produceporvoluntaddeunodeellosode es por ello, que cuando ya se haya produ desunión por decisión unilateral o conju naturaleza de esta causal no se sustenta existenciadeuncónyugeculpableydeuncó perjudicado; es más, cualquiera de los có puede de manera irrestricta actuar como activoenunaacciónporestacausal,siseti cuentaqueamboscónyugesdisfrutandeig ante la ley, no pudiendo ser discriminad ningunarazón.

Articulo de opinón

Que por ello es legítimo que la Ley disponga en su Primera Disposición Complementaria y transitoria su aplicación a las separaciones de hecho al momento de entrada en vigencia no solo porquedichacircunstancia,pueslasleyesreflejanlarealidadynola imponen,sinoporqueaquelloguardarelaciónconlodispuestopor elartículoIIIdelTítuloPreliminardelCódigoCivilalestablecerque la ley se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicasexistentes

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Análisis de

REMEDIO Y DIVORCIO SANCIÓN

DIVORCIO
Articulo de opinión Eldivorcioremedio,estabasadoenlaruptura vidaconyugal,confirmadaporelacuerdode loscónyugeshastaelfinal,oterminación efectivadesuconvivenciaporuncierto períododetiempo,ounterrenoqueimpide quelaspersonasvivanjuntas,loquellamamos quiebradedivorcio. Eldivorciosanciónlacausadelconflictoeslacausadeldivorcio, porloqueeldivorcioesuncastigoparasucónyugequesurja porcualquiercausa. 18

DE OPINIÓN-

Y RÁPIDA DE DIVORCIO, DE MUTUO ACUERDO

YARELY PATRICIA OTALORA

Se condiciona a la decisión de ambos cónyuges de poner fin al vínculo matrimonial, caso en el que se habrá de recurrir a las disposiciones contenidas en la Ley 29227

El “Divorcio Rápido” (Ley N° 29227) es una de las maneras en las que una pareja puede disolver su vínculo matrimonial. Este demora en promedio de 2 a 3 meses

REQUISITOS

Que la pareja no tenga hijos menores de edad o mayores con incapacidad al momento de presentar la solicitud de Divorcio.

Que los cónyuges carezcan de bienes sujetos a Sociedad de Gananciales; o si los hubiera, que exista escritura pública de Sustitución o Liquidación del Régimen Patrimonial, inscrita en los registros públicos.

-ARTICULO
UNA OPCIÓN VIABLE
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¿Qué es el divorcio por causal y como se soluciona?

Articulo de opinión

YoselinMoralesVallejos

Esenelque,alnoexistiracuerdodeloscónyuges,uno de ellos deberá invocarlo por vía judicial aduciendo una de las causales previstas en el Artículo 333° del CódigoCivil.Dependerádelascircunstanciasdecada caso,laelecciónporunadelasdosvíasqueofreceel ordenamientojurídicoperuanoparalatramitacióndel Divorcio. Ello no solo determinará los plazos, sino también los costos, costas y demás atingencias que rodeanunprocedimiento.

Eldivorcioporcausalsesolucionaosetramita a través del poder judicial, la mayoría de personaspiensanqueeldivorcioporcausales unaseriedeprocesosdifícilesperono,esteuna vez que está en el poder judicial se debe peticionaraljuezcompetente,paraqueensu momento declare disuelto el vínculo matrimonial, luego de haberse aprobado la causaldeldivorcio.

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QUÉTANIMPORTANTESSONLAS CARACTERÍSTICASDELPROCESODE

CONOCIMIENTO?

RICARDO HUILLCA APALMA RTICULO DE OPINIÓN

Bajo mi punto de vista, considero que estas características son de suma importanciaparalacomprensióndelaseparacióndecuerpos ydivorcio por casual, ya que es necesario comenzar a entender las características principalesybásicasdelmismoprocesoensí,enelcualguiarayesclarezca para el entendimiento del tema de separación de cuerpos y divorcio por causal.

Yaqueenlacontroversiajurídicasenecesitaotorgarsolucionesmediante eltercersujetodederechoconformeasuimparcialidad.ladecisióndeljuez sobre la pretensión contenida en la demanda, mientras la existencia de aquellostieneunarazóndeser,cuantomásdificultosoresulteladiscusión odisconformidad,mayortiempoprocesalsenecesitaráparaesta.

Respectoalcódigoprocesalcivil,ensuartículo475,sepuedeagregarque: Setramitanenprocesodeconocimiento,antelosJuzgadosCiviles,los asuntoscontenciososque:

1.Notenganunavíaprocedimental,noesténatribuidosporleyaotros órganosjurisdiccionalesy,además,cuandoporsunaturalezaocomplejidad delapretensión,elJuezconsidereatendiblesutramitación;

2.laestimaciónpatrimonialdelpetitorioseamayordemilUnidadesde ReferenciaProcesal;

3soninapreciablesendineroohaydudasobresumonto,ysiemprequeel Juezconsidereatendiblesuprocedencia;

4eldemandanteconsiderequelacuestióndebatidasólofuesedederecho;y, 5losdemásquelaleyseñale"

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¿QUÉ ES EL PROCESO DE CONOCIMIENTO?

El proceso de declaración, llamado también de conocimiento o de cognición, es aquel que tiene como objeto y finalidad que un órgano judicial o arbitral pueda ser un medio de solución entre partes en litigio, utilizando un conjunto de normas relacionado a los hechos planteados, debates, contenido y el alcance del contecto jurídico que existen entre demandante(s) y demandado(s).

El efecto invariable y primario de los pronunciamientos que recaen en ese tipo de proceso está representado por una declaración de certeza sobre la existencia o inexistencia del derecho pretendido por el actor. Cuando a ese efecto se une la integración de una relación jurídica, o la imposición al demandado de una determinada prestación (dar, hacer o no hacer) se configuran sentencias denominadas, respectivamente, determinativas y de condena.

¿POR QUÉ EN ESTOS CASOS SE RECURRE A ESTE PROCESO?

Los Procesos De Conocimiento son aquellos que resuelven una controversia sometida voluntariamente por las partes al órgano jurisdiccional y que se tramita sobre hechos dudosos y derechos contrapuestos, que debe resolver el juez declarando a quien compete el derecho cuestionado o la cosa litigiosa.

Artículo de opinión Autor: Álvaro Antonio Mago Villalobos 22
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS https://lpderecho pe/separacion cuerpos familia derecho civil/ https://www4 congreso gob pe/comisiones/1996/constitucion/cons t4 htm https://img lpderecho pe/wp content/uploads/2021/04/Divorcio separacion cuerpos Enrique Varsi Rospigliosi LP.pdf https://lpderecho.pe/divorcio familia derecho civil/ https://www.gob.pe/436 separacion y divorcio https://lpderecho.pe/separacion cuerpos familia derecho civil/ https://slideplayer.es/amp/2935139/ https://www.upct.es/~economia/PUBLI INO/LOS%20PROCESOS%20DE%20CREACION%20DEL%20CONOCIMIENTO %20EL%20APRENDIZA pdf https://img.lpderecho.pe/wp content/uploads/2020/03/C%C3%B3digo Procesal Civil 3.2020 LP.pdf https://slideplayer.es/slide/4025668/ https://divorciosporinternet.com/divorcio en peru/ https://divorciosporinternet.com/el proceso de divorcio en el peru/ https://divorciosporinternet.com/requisitos para divorcio en peru/ https://divorciosporinternet com/divorcio por causal peru/

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