REGLAMENTO INTERNO

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REGLAMENTO INTERNO R.I. 2013


INTRODUCCIÓN TÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I Naturaleza, Definición, Finalidad, Objetivos y Alcances…………………………….

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Capítulo II Creación, Misión y Visión………………………………………………………………..

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Capítulo III Criterios de Diseño y Base legal……………………………………………………….

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TÍTULO II :

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Capítulo I Estructura orgánica…………………………………………………………………….…

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Capítulo II Atribuciones generales…………………………………………………………………..

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TÍTULO III : REGIMEN LABORAL Y ECONOMICO Capítulo I Derechos, deberes, estímulos, faltas y sanciones……………………………..……… 14 Capitulo II Del funcionamiento de la Escuela de Talentos………………………………………...

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Capitulo III Administración de los recursos…………………………………………………………… 21 TÍTULO IV : RÉGIMEN ACADÉMICO Capítulo I Admisión y matrícula……………………………………………………………………....

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Capítulo II Desarrollo del programa curricular…………………………………………….…………

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Capítulo II Organización de la gestión educativa…………………………………………………….. 25 Capítulo III Deberes, Derechos y Normas de Convivencia y Disciplina de los estudiantes……

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Capitulo IV De los padres de familia………………………………………………………………….

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TÍTULO V : DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Anexo

Organigrama Estructural…………………………………………….…..

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INTRODUCCIÓN

El Reglamento Interno de la Institución Educativa Virtual Nº 5143 “ESCUELA DE TALENTOS”, es un instrumento técnico normativo que regula los deberes, derechos y obligaciones de todo el personal que tiene vínculo laboral en la Sede Estudiantil. Tiene como objetivo fundamental, cautelar las actividades educativas, administrativas e institucionales asegurando la interrelación de todos sus componentes y articula coherentemente las disposiciones generales y las necesidades internas de la Escuela de Talentos. En su elaboración se ha tenido en cuenta las líneas de coordinación, comunicación, normativas del sector educativo, precisión de las esferas de competencia y niveles de decisión. El presente reglamento recoge normas generales sobre la organización interna de la mencionada I.E. y ha sido elaborada teniendo en cuenta sus características propias desde las perspectivas económicas, social, cultural y criterio formativo.

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TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I NATURALEZA, DEFINICIÓN, FINALIDAD, OBJETIVOS Y ALCANCES

NATURALEZA Articulo Nº 01.- El Reglamento Interno de la “Escuela de Talentos”, es un documento técnico normativo, que regula la gestión administrativa, los deberes, derechos y obligaciones del personal de la Institución Educativa, a fin de garantizar la calidad y eficiencia del servicio educativo. DEFINICIÓN Articulo Nº 02.- El presente documento normativo, establece las normas básicas para el desarrollo de las actividades y la ejecución del Plan Anual de Trabajo, así como también el desarrollo de un plan de estudio considerando las Áreas de Aprendizaje teniendo como base la Estructura Curricular Básica Nacional, Regional y Local. FINALIDAD Articulo Nº 03.- Son fines del presente Reglamento Interno determinar las funciones generales de la Comunidad Educativa que labora y apoya a la Institución Educativa “Escuela de Talentos”, estableciendo los derechos, obligaciones y responsabilidades así como las faltas, sanciones y estímulos en concordancia a las disposiciones legales vigentes, a fin de brindar un servicio educativo de calidad, a través del conocimiento y la adecuada aplicación de las normas contenidas en el presente Reglamento. OBJETIVOS Articulo Nº 04.- El objetivo de la institución es planificar, organizar, ejecutar y supervisar periódicamente los contenidos temáticos y el proceso de enseñanza aprendizaje, a fin de mejorar el Sistema Educativo. Fomento y cultivo de la cultura del emprendimiento entre los estudiantes. ALCANCES Articulo Nº 05.- La secuencia normativa comprende a todas las personas que realizan acciones pedagógicas, académicas, administrativas, asistencial y de cualquier otra índole en la Institución Educativa “Escuela de Talentos”.

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CAPITULO II CREACIÓN, MISIÓN Y VISIÓN Articulo Nº 06.-

De la creación

La Escuela de Talentos, es una institución pública que define sus objetivos en la educación integral de los estudiantes mediante el uso de la tecnología, creada por R.D. Nº 002940-DREC del 21 de Agosto del 2009, como la primera Escuela Pública Virtual Perú Nº 5143. Desde entonces impulsa una enseñanza virtual a los estudiantes, seleccionados mediante el tercio superior de las instituciones estatales de la Región Callao y mediante admisión ordinaria convocada al término del año lectivo correspondiente. Articulo Nº 07.-

De la Misión

La Escuela de Talentos, es una institución que atiende a los estudiantes talentosos de cuarto y quinto grado de educación secundaria de la Región Callao, brindándoles una educación integral, intercultural e inclusiva con el uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicación, asumiendo el arte como un lenguaje de ilimitadas posibilidades para formar jóvenes sensibles, reflexivos, críticos y creativos. Articulo Nº 08.-

De la Visión

Seremos al 2015 una institución generadora de propuestas innovadoras, pedagógicas, tecnológicas, fomento de artísticas, eficacia en la gestión; reconocida, regional, nacional e internacionalmente, que promueva e irradie a otras comunidades educativas una educación de calidad en el marco de la gestión de calidad. CAPÍTULO III CRITERIOS DE DISEÑO Y BASE LEGAL

CRITERIOS DE DISEÑO Articulo Nº 09.- La Escuela de Talentos, surge en la posibilidad de brindar oportunidades a los jóvenes estudiantes más talentosos de la Región Callao, provenientes de instituciones públicas del ámbito regional, a través de una educación integral de calidad. Cuyo propósito, es brindar disposiciones más ecuánimes a los estudiantes para su desarrollo y puedan destacar sus proyectos de vida personal. Formándose como líderes representativos de cada Institución Educativa que representan, asimismo, se conviertan estudiantes ejemplares en sus localidades, y enteramente beneficien el desarrollo socio-cultural de su Distrito, por ende de la Región Callao. El desarrollo pleno de la Región Callao, necesita de jóvenes cabales para proseguir su afianzamiento, de líderes modernos y capaces. Por estas precisiones, la Escuela de

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Talentos enfrenta a los desafíos de tiempos actuales, que demanda estudiantes con alto impulso cognitivo y aptitudes académicas prominentes. De esta manera, la Escuela de Talentos, ofrece más posibilidades a quienes desean lograr objetivos y desplegar al máximo sus capacidades y actitudes personales, para convertirse en el futuro, buenos ciudadanos en el tiempo. Por estos considerándos es posible la elaboración del presente reglamento interno, a fin de procurar el nivel organizacional del personal en servicio y establecer normas que permitan acciones conjuntas y eficientes de todo el personal en servicio y asimismo establecer reglas totalmente transparentes para el accionar de todos en respeto a sus derechos y deberes, además con el propósito de lograr objetivos educacionales de la Escuela de Talentos. BASE LEGAL Articulo Nº 10.- El presente Reglamento Interno se sustenta en los siguientes dispositivos legales vigentes: a)

La Constitución Política del Perú, Título I Capítulo IV Arts. 21 y 23 sobre Educación, la Ciencia y la Cultura.

b)

Ley N° 28044 Ley General de Educación

c)

Ley del profesorado Nº 24029 u su modificatoria Ley Nº 25212

d)

Reglamento de la ley de profesorado .D. S . Nº 19-90 ED.

e)

Decreto Supremo Nº 009-05-ED Reglamento de Gestión del Sistema Educativo.

f)

Ley de la Carrera Pública Magisterial. 05-07-2007

g)

Ley Nº 25231 Ley Nº 28198 Ley que crea el Colegio de Profesores del Perú D.S. No 017-ED, Estatuto del Colegio de Profesores del Perú.

h)

DS. 006-2004-ED Lineamientos de Política Educacional.

i)

DS. 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica Regular

j)

D. S. Nº 026-2003-ED Década de la Educación Inclusiva 2003-2012.

k)

R. M Nº 0592-2005 ED .Plan Educativo para todos 2005 -2015 - D. S Nº 009-2005-ED.

l)

R.M. 0440-2008-ED Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular

m)

Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Publica

n)

D.L. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa

o)

D.S. Nº 008-2006-ED, Lineamientos para el seguimiento y control de la labor efectiva de trabajo docente en las Instituciones Educativas.

p)

Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública

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q) R.V.M. Nº 038-2009-ED, Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica.

TÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA Articulo Nº 11.La Escuela de Talentos, es responsable de lograr la calidad y eficiencia del Servicio Educativo en acción directa con todos sus miembros rectores y subalternos, en concordancia con la realidad local, planes educativos de nivel regional y la política educativa del sector. Depende orgánicamente del Consejo de Administración de fondos Educativos “CAFED”, Gobierno Regional del Callao. Articulo Nº 12.1.

Órgano de Dirección 1.1. 1.2

2.

Promotor - Gobierno Regional del Callao Consejo de Administración de Fondos Educativos – CAFED Dirección General Órgano de Coordinación

2.1. 3.

Coordinación general Órgano de Línea

3.1. 3.2. 4.

Coordinación Pedagógica Coordinación Académica Órgano de Apoyo

4.1. 4.2. 4.3. 4.4. 4.5. 5.

La Escuela de Talentos, tiene la siguiente estructura orgánica:

Coordinación Administrativa Coordinación de Asistencia Estudiantil Oficina de Administración Virtual Oficina de Secretaría General Oficina de Comunicaciones Órgano de Participación

5.1. Consejo Educativo Institucional 5.2. Consejo de coordinación Interna 5.3. Comités de Padres de Familia 6.

Órganos Facultativos

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6.1. Comisiones de trabajo 6.2. Comisión central de admisión

CAPÍTULO II ATRIBUCIONES GENERALES PROMOTOR Artículo Nº 13.- Del Promotor Corresponde al Gobierno Regional del Callao, como institución promotora de la Institución Educativa “Escuela de Talentos”, mediante las prerrogativas establecidas a través del Consejo de Administración de Fondos Educativos – CAFED, las atribuciones y responsabilidades siguientes: a)

Decretar los lineamientos formativos y objetivos de la Escuela de Talentos, procurando su cumplimiento y fomentando una educación integral de calidad.

b)

Designar al Director General de la Institución Educativa y solicitar a la autoridad competente su reconocimiento mediante una Resolución Directoral.

c)

Designar al Coordinador General y Coordinadores de la Institución Educativa “Escuela de Talentos”.

d)

Elaborar, aprobar, modificar e interpretar el Reglamento Interno de la Institución Educativa, de acuerdo a las normas legales vigentes.

e)

Encaminar la aspiración de los estudiantes y de la comunidad educativa en general, en la realización de acciones que beneficien a la educación.

f)

Preservar el prestigio de la Escuela de Talentos, procurando el cumplimiento de las actividades; académicas, formativas, disciplinarias y administrativas.

g)

Intensificar en eficacia y aumento los servicios educativos que ofrece la Institución Educativa “Escuela de Talentos”.

h)

Asegurar el mantenimiento de la infraestructura, el debido equipamiento y la oportuna renovación del mobiliario, equipos y material educativo acordes a las exigencias técnico-pedagógicas, misión y visión de la Escuela de Talentos.

i)

Apoyar la Capacitación, Actualización y Perfeccionamiento profesional del personal que labora en la Institución Educativa; Docentes y Administrativos.

j)

Velar por la integridad del espacio territorial, estableciendo el orden legal y ambiente adecuado para el buen funcionamiento de la “Escuela de Talentos”

DIRECTOR GENERAL

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Articulo Nº 14.-

Son funciones del Director

a)

Controlar y Supervisar las actividades técnicos pedagógicos con el apoyo del Coordinador General y coordinadores de áreas.

b)

Velar por la correcta aplicación del Reglamento Interno.

c)

Verificar la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de la contabilidad, libros, documentos y operaciones que señale la Ley, dictando las disposiciones necesarias para el normal desenvolvimiento de la Institución.

d)

Administrar la documentación de la Institución.

e)

Controlar y verificar la existencia de los bienes consignados en los inventarios y el uso y destino de los bienes existentes.

f)

Autorizar, planificar, organizar el viaje de pasantía u otros de índole educativa de los estudiantes de la Escuela de Talentos.

g)

Motivar y supervisar proyectos de innovación de la Escuela de Talentos, teniendo en cuenta también el perfil y propósitos de la institución.

h)

Para el cumplimiento de estas funciones, el Director contará con el apoyo de la Coordinación General, del Coordinador Administrativo y el personal idóneo a quienes señale funciones específicas el presente Reglamento.

COORDINADOR GENERAL Articulo Nº 15.-

Son atribuciones del Coordinador General

a) Organizar, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de los planes anuales de trabajo: Pedagógicos, de formación, disciplinarios que garanticen la calidad de los servicios educativos. b) Elaborar directivas y/o documentos normativos internos, con aprobación del Director, sobre el desarrollo del currículo y conducción del proceso de evaluación. c)

Fiscalizar y evaluar la realización adecuada de eventos y actividades.

d)

Responsabilizarse del proceso de Calidad Pedagógica junto al Director.

e)

Elaborar el informe anual de los resultados logrados en la ejecución del Plan Anual de Trabajo (PAT) de la Institución Educativa.

f)

Controlar las actualizaciones de la Página Web.

g)

Responsabilizarse de la obra social de la Escuela de Talentos

h)

Confeccionar el horario escolar

i)

Asumir responsabilidad durante la gestión, a fin de direccionar la misión de la Institución Educativa.

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j)

Realizar visitas a las clases de los colegas para acompañarlos.

COORDINADOR PEDAGÓGICO Articulo Nº 16.- Son Atribuciones del Coordinador Pedagógico: a)

Coordinar y supervisar la elaboración y ejecución de las programas curriculares establecidas por los profesores de cada área curricular.

b)

Supervisar las coordinaciones de Área, el dictado de clases (previa consulta con la Dirección) y la elaboración de los instrumentos de evaluación como Registros auxiliares, actas, exámenes, etc.

c)

Asesorar a los profesores en asuntos pedagógicos y en la elaboración de documentos internos y oficiales. Elevar a la Dirección y coordinación general propuestas de capacitación de los profesores en las áreas que corresponden.

d) e)

Reunirse periódicamente con los demás coordinadores de nivel con la finalidad de articular funciones, informaciones, documentación, criterios de evaluación y actividades diversas.

f)

Supervisar el ingreso puntual de los profesores a clases, el cumplimiento del rol de desempeño y de reemplazos e informar acerca de los incumplimientos a la Dirección, Coordinación General y al Coordinador Administrativo.

g)

Monitorear y acompañar las clases, previa coordinación con la Dirección y coordinación general.

h)

Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes a su cargo.

i)

Organizar las actividades para las evaluaciones de subsanación del estudiante a lo largo del año lectivo y revisar semanalmente los libros de clases.

COORDINADOR ACADEMICO Articulo Nº 17.-

Son Atribuciones del Coordinador Académico:

a)

Fortalecer e incentivar las capacidades investigativas de los docentes y estudiantes investigadores e innovadores de la Escuela de Talentos.

b)

Difundir e intercambiar experiencias de investigación e innovación educativa a nivel de Instituciones Educativas, Regional y Nacional.

c)

Fomentar el arte y la cultura en la Escuela de Talentos, en el vínculo directo con las instituciones del sistema, con los técnicos, instructores y artistas profesionales debidamente capacitados, organizando diversas acciones promociónales del talento artístico, local y regional en espacios caracterizados, presentación de exposiciones, talleres, visitas dirigidas, conferencias y otros.

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d) Promover y desarrollar actividades recreativas y deportivas, mediante una programación y/o proyecto innovador y creativo, que promueva la participación de estudiantes y docentes, a fin de estimular un estilo de vida saludable. e)

Promover la cooperación con organizaciones e instituciones públicas o privadas, desarrollando programas con proyección social en la comunidad.

f)

Diseñar, proponer y ejecutar, el plan de preparación académica en la enseñanza de materias específicas a los estudiantes con proyección universitaria.

g)

Coordinar con las demás coordinaciones, proyectos y acciones que conduzcan a la consecución de los objetivos establecidos por la Escuela de Talentos.

COORDINADOR ADMINISTRATIVO Articulo Nº 18.-

Son Atribuciones del Coordinador Administrativo:

a)

Proveer la movilidad y controlar las salidas, las pasantías y/o paseos y viajes de estudios.

b)

Supervisar la llegada al local y permanencia de estudiantes y profesores.

c)

Entregar semanalmente al Director un reporte de las actividades que se realizarán, fuera del horario de clases, en el local escolar, en la siguiente semana.

d)

Velar por la asistencia y puntualidad de profesores y estudiantes

e)

Presentar la documentación necesaria ante las autoridades pertinentes.

f)

Organizar y controlar el trabajo de todo el personal administrativo y de servicio, procurando el buen desempeño y cumplimiento de sus funciones.

g)

Cerciorarse de que la institución no incurra en infringir alguna disposición legal vigente.

i)

Procurar el adecuado mantenimiento de los activos de la institución. Procurando que el equipo necesario, estén en óptimas condiciones de funcionamiento.

j)

Suministrar adecuadamente de todos los útiles y material didáctico virtual que requiera la Escuela de Talentos, en coordinación con la Dirección, previendo su adquisición.

k)

Procurar los informes para pago de sueldos, aplicando los descuentos respectivos a quienes falten injustificadamente, previa autorización de la Dirección.

COORDINADOR DE ASISTENCIA ESTUDIANTIL Articulo Nº 19.a)

Son Atribuciones del Coordinador de Asistencia Estudiantil:

Planificar, coordinar, supervisar y controlar diferentes programas del área de servicios sociales, para garantizar el bienestar y desarrollo del estudiante.

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b) Diseña planes y programas socioeconómicos, que permitan solventar las dificultades financieras que presenten los estudiantes. c)

Establece contacto con las clínicas interesadas en emprender convenios con la institución educativa para la asistencia médico hospitalaria, a los estudiantes.

d)

Coordina a nivel de la institución el desarrollo de actividades inherentes al plan asistencial para estudiantes.

e)

Canaliza y resuelve casos especiales para que se preste el servicio asistencial.

f)

Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, atención en el bienestar en la alimentación de los estudiantes, establecidos por la institución.

g)

Encargada de atender los problemas de salud de la población estudiantil, combinando acciones de carácter educativo y preventivo en cuanto a primeros auxilios, Medicina General y Odontología.

RESPONSABLES DE ÁREA Artículo 20.- Son funciones de los responsables de Área: a)

Participar, en forma conjunta con el equipo de profesores de la especialidad, en la elaboración, programación, desarrollo y evaluación de los programas curriculares.

b)

Efectuar reuniones de equipo para realizar labor de análisis y evaluación de la labor pedagógica.

c)

Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes a su cargo.

d)

Organizar las coordinaciones semanales de los miembros de su Área y responsabilizarse del cumplimiento del avance curricular de las clases que desarrolla.

e)

Coordinar la elaboración de material educativo virtual e instrumentos de evaluación sustanciales, en cantidad y calidad.

f)

Informar a los coordinadores pedagógicos los aspectos académicos y conductuales de los estudiantes, cuando sea necesario.

g)

Asesorar individualmente a los profesores de su Área.

h)

Elaborar un plan de observación de clase de los profesores de su área.

i)

Organizar horarios y ejecutar proyectos especiales en el Área.

j)

Controlar la preparación y corrección de instrumentos de evaluación.

k)

Elaborar un informe la coordinación general exponiendo la ejecución de la programación y logro de metas, para la elaboración del plan anual.

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l)

Asumir responsablemente el cargo ante la Dirección, asesorando sobre las necesidades y el estado del Área.

COMISIONES DE TRABAJO Artículo 21.- De las comisiones de trabajo educativo Las comisiones de trabajo, son el producto de la eficiencia de la gestión, cuyo fin es encaminar de manera organizada los objetivos educacionales y podrán formar parte; el personal docente de todas las áreas curriculares, responsables de talleres, auxiliares de educación y administrativos, convocadas oportunamente por la dirección y la coordinación general o cada vez sea necesario encauzar una acción conjunta en beneficio de la educación actuada por la Escuela de Talentos. ORGANOS DE PARTICIPACIÓN Artículo 22.- De los Consejos participativos Los Consejos de Participación en la Educación actuarán como instancia de consulta, colaboración, apoyo, gestoría e información, con el objeto de propiciar la participación de la comunidad educativa en actividades que tiendan a fortalecer y elevar la calidad de la Educación impartidas en la Escuela de Talentos; así como ampliar la cobertura de los servicios educativos. Propiciando una eficaz colaboración e integración de la comunidad educativa de la Escuela de Talentos, a fin de lograr su objetivo. El Consejo de Participación tendrá las siguientes atribuciones. a)

Promover y apoyar actividades extraescolares de carácter cultural, cívico, deportivo y de bienestar social.

b)

Opinar en asuntos pedagógicos.

c)

Conocer las demandas y necesidades que emanen de los estudiantes

d)

Conocer los resultados de las evaluaciones educativas que se realicen y colaborar en actividades que influyan en el mejoramiento de la calidad y la cobertura de la Educación.

DE LA COMISION CENTRAL DE ADMISIÓN Articulo Nº 23.Es el conjunto de personas designadas formalmente por la Alta Dirección de la Escuela de Talentos, responsables de la gestión académica y administrativa del proceso de Admisión, cuya misión es como sigue: a)

Planificar, organizar, implementar y conducir los procesos de admisión a la Escuela de Talentos.

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b) Coordinar con las autoridades de la Alta Dirección, a fin de invitar al Fiscal u otras dependencias para que asistan a los procesos de selección y garanticen la transparencia de acuerdo a sus funciones. c)

Realizar planes de orientación vocacional y otras actividades de proyección social con el objetivo de motivar a los postulantes.

d)

Orientar técnicamente la elaboración de las pruebas de admisión.

e)

Coordinar con instituciones de los grupos de interés la oferta de vacantes y el servicio de formación estudiantil.

f)

Realizar planes de capacitación del personal docente y no docente para lograr 0% de errores durante los procesos de selección.

g)

Otras que le asigne la alta dirección del gobierno regional del callao

Articulo Nº 24.- Son integrantes de la comisión de admisión: El Director General, quien la preside El Coordinador General Miembros designados por la dirección

(1) (1) (3)

Son responsables exclusivos de los Procesos de Admisión.

TÍTULO II REGIMEN LABORAL Y ECONOMICO CAPÍTULO I DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES

Articulo Nº 25.-

De los derechos del personal

El personal en servicio de manera general goza de todos los beneficios y derechos que la ley les confiere, cuya especificación contiene el presente documento, en el siguiente detalle: a)

Los trabajadores con vínculo laboral en la escuela de talentos, están sujetos a los considerados en las leyes de derecho laboral y los determinados en el reglamento interno de la institución educativa.

b)

Disponibilidad favorable en las condiciones de trabajo necesaria para el adecuado desempeño de la función que se les encomiende la institución educativa.

c)

A percibir remuneración extraordinaria por toda la labor que desempeña durante la jornada ordinaria de trabajo, de acuerdo a la naturaleza de del empleo.

d)

A ser evaluado honesta y periódicamente sobre su rendimiento laboral que demuestren idoneidad a criterio de la Institución.

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e)

A recibir orientación de sus jefes inmediatos, así como a participar en programas de capacitación y especialización que se desarrollen con arreglo a la política, necesidades y posibilidades institucionales.

f)

A recibir un trato cortés y respetuoso por parte de su empleador y del resto de trabajadores.

g)

A ser informado sobres sus derechos y beneficios, así como a recurrir ante las instancias administrativas correspondientes en resguardo de los mismos.

h) i)

A que su documentación laboral y personal sea mantenida en estricta reserva. A no ser afectado en su dignidad con actos contrario a la moral.

j)

A que se haga entrega, al término de su relación laboral, del correspondiente certificado de trabajo.

Articulo Nº 26.El personal docente, goza de sus derechos, establecidos y reconocidos por La Ley General de Educación 28044 y su reglamento, en lo siguiente. a)

Ejercer la docencia en un ambiente en condiciones de seguridad y salubridad, asimismo a las comodidades para el cumplimiento laboral.

b)

Reconocimiento por parte de las autoridades competentes de la Institución Educativa y la comunidad educativa, méritos obtenidos durante el ejercicio de labores educativas.

c)

A los establecidos en la Ley General de Educación y la Carrera Pública Magisterial.

Articulo Nº 27.-

De los deberes y obligaciones de los trabajadores

Constituyen compromisos del personal en servicio, los siguientes: a)

Conocer y observar en el ejercicio de sus actividades laborales las normas y prescripciones del presente Reglamento.

b)

Concurrir puntualmente a sus labores, respetando los horarios vigentes y registrar personalmente su ingreso y salida, mediante los sistemas establecidos para tales efectos.

c)

Permanecer en su lugar de trabajo durante la jornada laboral y ejecutar con interés, dedicación, eficacia y esmero, las tareas concernientes a su ocupación, estando prohibido realizar tareas ajenas a su labor y a las de la institución.

d)

Brindar un trato amable a todas las personas que acudan a la Escuela de Talentos por cualquier motivo, brindando la información y/o orientación que le sea requerida, dentro de sus funciones o atribuciones.

e)

Respeto a sus superiores y compañeros de trabajo, observando compostura y trato correcto, así como a los niveles jerárquicos en todas sus labores y gestiones.

f)

Prestar amplia colaboración en los casos de emergencia

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g) Utilizar y cuidar de manera adecuada, los útiles de trabajo, instrumentos, herramientas, enseres y valores que se le haya asignado para el cumplimiento de actividades encomendadas, devolviendo oportunamente al término de la relación laboral. h)

Prestar atención a las instrucciones sobre protección y empleo de los bienes, equipos y/o materiales de la Institución Educativa, verificando el buen estado de los mismos e informando sobre las anomalías, fallas o desperfectos que se presenten.

i)

Mantener limpia y conservada el área donde realiza sus tareas normales de acuerdo a la naturaleza de la función.

j)

Tener el cuidado debido para evitar accidentes materiales o personales frente a sí mismo, a sus compañeros de trabajo o a terceros.

k)

Someterse a las evaluaciones de personal y exámenes requeridos para apreciar su preparación, capacidad técnica y física, considerado en las normas legales vigentes.

l)

Asistir a las sesiones que se programen con fines de desarrollo o capacitación.

m) Actuar con diligencia, prontitud y oportunidad en el ejercicio de las funciones propias de su cargo y de las que se les ha encomendado, cumpliendo eficazmente con las órdenes impartidas por sus superiores. n)

Tener conocimiento del contenido normativo del presente Reglamento.

Articulo Nº 28.- Los profesores además desarrollaran las acciones Curriculares en Educación, durante la jornada laboral establecida, ejerciendo mediante comisiones de trabajo, debiendo: a)

Participar en la elaboración y ejecución del Plan Anual de Trabajo, Proyecto Curricular Institucional, Proyecto Educativo Institucional.

b)

Programar, desarrollar y evaluar las actividades Curriculares así como las actividades de Tutoría.

c)

Organizar y ambientar el aula, así como también elaborar materiales educativos con la colaboración de los estudiantes y padres de familia.

d)

Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje de acuerdo a las normas vigentes y cumplir con la elaboración de los documentos correspondientes.

e)

Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la coordinación, en las acciones que permiten el logro de los objetivos educativos.

f)

Atender a los estudiantes y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezca en el plantel, incluyendo las horas de recreo, higiene y alimentación.

g)

Detectar problemas que afectan el desarrollo del estudiante y su aprendizaje, tratando o derivando a la coordinación general a los que requieran de atención especializada.

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h) Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la I.E. y participar en reuniones generales y de coordinación. Articulo Nº 29.-

De las faltas

Serán considerados faltas, las siguientes acciones anormales a la Institución Educativa. a)

La inasistencia al plantel sin causa justificada de cinco días consecutivos o 15 días no consecutivos en un periodo de 180 días las cuales serán informadas al órgano intermedio. De acuerdo a la Ley del profesorado.

b)

Abandono del plantel sin autorización antes de cumplir la jornada laboral establecida le hace acreedor al descuento del día o seis horas pedagógicas según corresponda.

c)

Las tardanzas se consideran con una tolerancia de 5 minutos acumulativas al mes, siendo falta a considerarse después de lo estipulado en este inciso y sancionado con el descuento pertinente.

d)

Asistir en estado etílico.

e)

Maltrato físico a los estudiantes previa comprobación del médico legista.

f) g)

Maltrato psicológico a los estudiantes y/o colegas de trabajo, comprobado por un especialista. Incumplir las órdenes de la dirección y la coordinación general.

Articulo Nº 30.-

De las sanciones

Todo acto anormal de los trabajadores, distinto a lo normado en el presente documento, será considerado un acto de indisciplina, que serán sancionados ejemplarmente y su aplicación se realizará evaluando la acción irregular cometida y de acuerdo a su magnitud. En su aplicación se tendrá en consideración los antecedentes del servidor, constituyendo la reincidencia serio agravante y el nivel de aquél que comete la falta. Articulo Nº 31.- Constituyen actos de indisciplina todos los que impliquen el incumplimiento de lo normado en las leyes laborales, en el presente Reglamento y en las directivas que emita La Escuela de Talentos. Articulo Nº 32.- Los descuentos por tardanza e inasistencia no tienen naturaleza disciplinaria, por lo tanto, su aplicación, no exime de la imposición de las sanciones a que hubiere lugar. Articulo Nº 33.a) b) c) d)

Las sanciones disciplinarias que pueden aplicarse son:

Llamada de atención Amonestación escrita. Suspensión sin goce de haber de hasta 03 (tres) días. Despedida por falta grave, conformidad con las disposiciones legales vigentes.

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Artículo Nº 34.- Los grados de sanción corresponden a la magnitud de la falta y su aplicación es en relación a la falta cometida. Artículo Nº 35.- Los trabajadores están obligados a recibir y firmar los documentos que le remita la Institución, haciéndoles saber las medidas disciplinarias que se les está aplicando. En caso de negarse a recibirlos, la entrega se efectuará por conducto notarial a la dirección indicada en la ficha personal vigente del trabajador, considerándose tal hecho como un agravante.

Articulo Nº 36.- En el caso del personal docente que incurra en faltas consecutivas serán sujetos a una llamada de atención verbal en primera instancia y mediante memorando en segunda instancia, de acuerdo a lo estipulado en el presente reglamento interno (Art. 33) y la gravedad de los hechos serán materia de tratativa de acuerdo a las normas legales que corresponden, dando cuenta a la superioridad oportunamente, en los siguientes casos: a)

Por abandono de cargo y de oponerse a las actividades que mediante oficio señalen las autoridades del sector, así como la falta de respeto al principio de autoridad, el cual será informado al órgano Intermedio pertinente.

b)

El docente que acepte obsequios, dinero de los estudiantes, padres de familia o apoderado como compensación a la mejor calificación. Los Docentes que no asisten a las funciones Técnicas Pedagógicas y/o administrativos dentro de las horas de trabajo será descontado de sus haberes, previa justificación en un plazo de 72 horas y amonestado por abandonar las reuniones organizadas, sin autorización alguna.

c)

d)

El Docente que se exprese con palabras soeces y que asiste a la Institución Educativa en estado de ebriedad y con síntomas de drogadicción.

e)

El Docente que agreda física y verbalmente a los estudiantes, profesores, padres de familia y demás miembros de la Escuela de Talentos.

Articulo Nº 37.-

De los estímulos

El desempeño de funciones dentro de las probidades de la capacidad, actitudes y valores, será digno de agradecimiento y felicitación, brindando estímulos a todo el personal que demuestre honestidad, mediante una Resolución Directoral o diplomas y/o certificados, según sea el caso, con el V.B. del Consejo Educativo Institucional considerando; a)

Los profesores por su acción ejemplar en beneficio de la educación y la cultura de la Escuela de Talentos, de la comunidad a nivel regional y nacional, o por el cumplimiento altamente de las labores y comisiones encargadas.

b)

A quienes imparten un trato cordial y amable al personal Jerárquico y Administrativo, manteniendo buenas relaciones humanas, constituyendo a la armonía del clima Institucional.

c)

A la actitud de desprendimiento y solidaridad en la Escuela de Talentos.

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d) Los contemplados en la Ley de La Carrera Publica Magisterial, La Ley de Carrera Administrativa y otras normas legales vigentes.

CAPITULO II DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE TALENTOS Articulo Nº 38.-

Del personal

Para mejor desarrollo de las actividades educativas en la Escuela de Talentos, el horario regular de trabajo del personal será el siguiente: a)

Personal Docente Jornada laboral: 07:35 a 17:10 (lunes a viernes) y los sábados hasta 13:00 horas

b)

Personal Administrativo De 07:45 a 16:15 horas (lunes a viernes)

c)

Personal de servicio: De 07:00 16:30 (Lunes a viernes)

d)

Los refrigerios tienen una duración de 60 minutos, según turnos establecidos.

Articulo Nº 39.-

De las inasistencias

En el caso de inasistencia laboral, el trabajador deberá comunicar tal hecho y sus motivos a la Administración, dentro de la primera hora de la jornada de trabajo, salvo causa de fuerza mayor, quien calificará la inasistencia como justificada o injustificada. Articulo Nº 40.- Toda inasistencia laboral no será remunerada, con excepción de los casos de enfermedad o accidente, acreditando con el respectivo certificado médico expedido o refrendado por la Autoridad de Salud competente. Articulo Nº 41.- El referido certificado deberá ser presentado a la administración del Colegio dentro de los 03 días de producida la causa de la inasistencia. Vencido dicho plazo se considerará inasistencia laboral injustificada, aplicándose los descuentos correspondientes, sin perjuicio de la sanción disciplinaria que corresponda de acuerdo a lo previsto en la tipificación de falta grave conforme a Ley. Articulo Nº 42.-

De las salidas

Toda salida de un trabajador dentro del horario de trabajo, requerirá de un permiso otorgado por la coordinación general para el personal docente, o el coordinador

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administrativo para el personal que cumple funciones administrativas. Dicho permiso constará en la papeleta de salida correspondiente, que contendrá el objeto de la salida, la hora de salida y en su caso, la hora de retorno al centro de trabajo. Esta papeleta será recibida por el encargado de la puerta de ingreso, quién la remitirá al Coordinador General. Articulo Nº 43.-

De las tardanzas

El trabajador que incurra en tardanza reiterada, será sancionado con arreglo a lo previsto en el presente Reglamento (Art. 33). Articulo Nº 44.-

Del refrigerio

Todo trabajador al finalizar la hora de refrigerio, deberá regresar de inmediato a sus labores, en caso contrario, se hará acreedor a las sanciones graduales que imponga la Escuela de Talentos y de acuerdo a los alcances del presente reglamento. Articulo Nº 45.- El personal Administrativo al tomar su refrigerio, si lo hace fuera del Plantel, debe comunicar y firmar su inicio y finalización al vigilante de la puerta principal. Cualquier omisión se considera falta. Articulo Nº 46.-

De las asistencias

La Asistencia del personal docente, administrativo y de Servicios es controlada diariamente mediante el Sistema de Control de Asistencia en el ingreso y salida del personal, además de la firma de la Hoja de Asistencia o mediante cualquier sistema que se estime oportuno establecer, previa comunicación. Articulo Nº 47.- La falta de puntualidad frecuente y/o reiterada por ser considerado como falta de respeto a sí mismo, colegas y estudiantes será sancionada y considerado como demérito en la Ficha Personal. Articulo Nº 48.-

De los permisos

El Permiso es la gracia que otorga la autoridad jerárquica al personal del plantel por motivos justificados, para lo cual se deberá observar el siguiente procedimiento: a)

Dirigirse inicialmente ante el miembro correspondiente, debe ser conocimiento de la asistenta social (u otro miembro en caso de ausencia o emergencia).

b)

Recabar el formato de la Papeleta de Permiso en la secretaria de la Coordinación General.

c)

Llenar correctamente los datos y entregarla al Vigilante de la Puerta Principal.

d)

Si el permiso es por horas al término del mismo comunicar su retorno al Vigilante.

Articulo Nº 49.- Los Permisos y Licencias con o sin goce de haber se otorgarán de acuerdo a las leyes vigentes, los mismos que se solicitarán con la debida anticipación a fin de evitar contratiempos en el desarrollo del Trabajo Educativo. Articulo Nº 50.- La Institución Educativa, pagará únicamente la labor efectiva realizada teniendo para ello presente los reportes diarios debidamente firmados por el personal; en consecuencia la ausencia no será remunerada salvo por:

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a)

Permiso por enfermedad, debidamente comprobada.

b)

Permiso por fallecimiento de padres, esposo(a) e hijos debidamente acreditado.

c)

La Institución Educativa, otorgará 03 días de duelo en la Capital y 06 días fuera del Departamento de Lima.

d)

Por alumbramiento, con el Certificado pre- y post-natal conforme a las disposiciones legales vigentes.

e)

Los descansos por prescripción médica sólo serán válidos cuando presente los Certificados Médicos debidamente refrendados por el área de salud, hasta 05 días después de haberse reincorporado. CAPITULO III ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

Articulo Nº 51.-

Del uso de recursos, bienes e inventarios

a)

La Administración es responsable de la conservación de los bienes habidos en la Escuela de Talentos y velar por que sean utilizados en las actividades propias de la Institución.

b)

El área de suministro y logística, deberá elaborar un inventario actualizado de los bienes de la Institución.

c)

Las donaciones que el Colegio pueda recibir, de no ser destinadas para un fin específico desde su origen, serán utilizadas a criterio de la Dirección General.

d)

Los recursos son utilizados para la ejecución del Presupuesto Anual, por la administración en coordinación con la Dirección General. TÍTULO IV RÉGIMEN ACADÉMICO CAPITULO I ADMISIÓN Y MATRÍCULA

Articulo Nº 52.-

Del proceso de admisión en la Escuela de Talentos

Para participar en el proceso de admisión de la Escuela de Talentos, se requiere haber concluido satisfactoriamente los estudios de Educación Básica Regular Menores, grados precedentes de los ofertados por la Escuela de Talentos. Articulo Nº 53.-

Del Concurso Público de Admisión

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La admisión a la Escuela de Talentos se realizará por concurso público, teniendo en cuenta el equilibrio de la disponibilidad presupuestaria de Consejo de Administración de Fondos Educativos y los objetivos planteados por la Institución Educativa y se rige por las normas generales del proceso de admisión establecidas por la Comisión encargada de Admisión y normas educativas vigentes, dispuestas por el Gobierno Regional del Callao, a través del órgano correspondiente – CAFED y establecidas en el presente reglamento.

Articulo Nº 54.-

De las Metas de atención

a)

Las metas de atención para el grado y nivel que corresponde a la oferta de la Escuela de Talentos, se establecen en lo reglamentado por la Comisión Central de Admisión.

b)

Las metas de atención pueden ser sujeto de variación, que para el caso disponga el Gobierno Regional del Callao, a través del organismo Consejo de Administración de Fondos Educativos – CAFED.

Articulo Nº 55.-

De la Modalidad de admisión

La admisión en la Escuela de Talentos se realizará a través de la modalidad única: a)

Ingreso ordinario

Articulo Nº 56.El ingreso ordinario se realizará aplicando una prueba de conocimientos y cultura general y otras que establezca la institución en coherencia a lo normado por el Ministerio de Educación y dispuesta por la Dirección Regional de Educación del Callao. Articulo Nº 57.La Escuela de Talentos reservará como mínimo el 5% de la meta de atención para personas con necesidades educativas especiales, quienes accederán previa evaluación, según lo establecido en la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad. Articulo Nº 58.-

Del proceso de Matricula;

a)

La matrícula se efectúa por única vez, al inicio del año académico en curso, mediante un proceso de admisión y selección de estudiantes, establecidos por la comisión encargada.

b)

Los casos excepcionales de estudiantes que no hayan aprobado el año lectivo, se procederá su ratificación posterior, previa verificación de notas de Conducta aprobatoria.

c)

Los traslados de matrícula, de los estudiantes, se realizan posterior al ingreso por la modalidad de admisión, ofertadas por la Escuela de Talentos.

d)

En caso de retiro, la entrega de documentos oficiales del estudiante, a cargo de la Institución Educativa, será previa renuncia a sus derechos obtenidos.

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CAPITULO II DESARROLLO DEL PROGRAMA CURRICULAR Articulo Nº 59.-

Del Desarrollo Curricular

El desarrollo curricular es un proceso de construcción social en el cual se toman decisiones que conducen a elaborar y poner en práctica propuestas curriculares pertinentes, oportunas y flexibles, responder a una política educativa local, regional, en el presente caso, con el fin de asegurar coherencia, perspectiva, integración y articulación de la oferta educativa que se ofrece a los estudiantes. Articulo Nº 60.El Desarrollo del programa Curricular, permite el afianzamiento de objetivos educativos trazados por la institución y está integrada por docentes de las áreas curriculares, en cuyo espacio se prioriza las siguientes acciones: a)

Diseñar, validar, implementar y generalizar el Currículo de Educación, en el marco del Diseño Curricular Nacional.

b)

Experimentar y validar teorías, métodos, estrategias y materiales para el desarrollo de las capacidades de los estudiantes de Educación secundaria en la perspectiva de lograr el mejoramiento sostenido de la calidad del servicio educativo

c)

Su construcción está siempre sujeto a modificaciones, acordes con el perfeccionamiento de la práctica educativa con un carácter dinámico y promueva la reflexión y la crítica de los actores educativos.

Articulo Nº 61.El proyecto curricular comprende el conjunto de proyectos técnicos pedagógicos y académicos formativos, considerando las propuestas de innovación, de áreas y talleres curriculares, organizados en grados de estudio (4º y 5º) PLAN DE ESTUDIOS del nivel secundario menores. Su elaboración es responsabilidad de los profesores y VII HORA CICLO coordinadores. GRADO

4to 5to Comunicación Comunicación Articulo Nº 62.-La Escuela de Talentos establece un plan de estudios, Matemática áreas curriculares y Talleres de arte y cultura. Matemática Inglés Inglés Historia, Geografía y Economía Historia, Geografía y Economía Formación Ciudadana y Cívica Formación Ciudadana y Cívica AREA Educación Física Educación Física CURRICULARE Ciencia, Tecnología y Ciencia, Tecnología y S Ambiente/Robótica Ambiente/Robótica E.P.T. /Ofimática Empresarial E.P.T. / Ofimática Empresarial Persona, Familia y Relaciones Persona, Familia y Relaciones Humanas Humanas Tutoría y Orientación Educativa Tutoría y Orientación Educativa Religión Religión Teatro Teatro Danza Música (instrumento) Canto (Coro) Artes Plásticas Apreciación Artística TALLERES Aritmética Álgebra Geometría Trigonometría Física REGLAMENTO INTERNO Química

Danza Música (instrumento) Canto (Coro) Artes Plásticas Apreciación Artística Aritmética Álgebra Geometría Trigonometría Física Química TOTAL

S 5 centrado 4 4 3 2 4

en

6 8 2 1 2 2 2 2 2 2 3 2 2 2 2 2 2 Pagina66

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5to

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CAPITULO III ORANIZACIÓN DE LA GESTION EDUCATIVA Articulo Nº 63.- Es fundamento de la Escuela de Talentos, integrar la tecnología en el aula, cuyos propósitos están encaminados a lograr el cambio de actitudes y de capacidades del estudiante, durante su etapa formativa. Articulo Nº 64.- La dirección de la escuela de talentos está facultada de modular el trabajo técnico pedagógico y académico de los responsables de áreas, profesores, auxiliares y las actividades extracurriculares; Talleres de arte y cultura, investigación y otras acciones que se originen en el emprendimiento educativo. Articulo Nº 65.- El año académico se planifica por bimestres y las actividades educativas con los estudiantes se inician el 1º de marzo, finalizando el 31 de diciembre que corresponden un total de 40 semanas durante el año lectivo. Articulo Nº 66.- Es propio de la actividad formativa de la escuela de talentos, a ofrecer a los estudiantes talleres en arte y cultura, recreación y deporte, a fin de contribuir en la formación integral del educando. DE LOS DOCENTES CAPACITADORES Articulo Nº 67.- Los Docentes capacitadotes, son profesionales en la educación, encargados de Capacitar, Actualizar permanentemente a los docentes de las áreas curriculares de la Escuela de Talentos, cuya misión está centrada en lo siguiente: a)

Capacitar, Actualizar y Asesorar a los docentes de áreas curriculares de la Escuela de Talentos.

b)

Formar parte del equipo de Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento pedagógico, durante el desarrollo de la programación curricular en la Escuela de Talentos.

c)

Elaborar, Formular e Impulsar proyectos de innovación pedagógica, promoviendo la investigación e innovación educacional, asesoran a los docentes de ciencia y tecnología de la Escuela de Talentos. CAPÍTULO IV

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DE LOS DEBERES, DERECHOS Y NORMAS DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA DE LOS ESTUDIANTES Articulo Nº 68.-

De los Derechos de los Estudiantes

El estudiante tiene derecho a: a)

Una educación integral y ser informado de los derechos que le asisten y ser atendido por los profesores en todo momento.

b)

Expresar libremente sus ideas, planes y necesidades, siempre que éstos no interfieran con los derechos de otras personas, ni provoquen problemas en la relación escolar.

c)

Ser atendido debidamente por los profesores de área para aclarar sus dudas acerca del desarrollo de la Programación Curricular.

d)

Ser evaluado objetivamente e informado de las disposiciones respectivas con la debida anticipación.

e)

Ser escuchado antes de la aplicación de una medida disciplinaria.

f)

Participar en todas las actividades de la institución que sean de su competencia, para lo cual deberá ser informado con la debida anticipación.

Articulo Nº 69.-

De los Deberes de los Estudiantes

El Estudiante tiene los siguientes deberes: a)

Respetar las normas básicas de convivencia en la Escuela de Talentos.

b)

Dar a los compañeros, profesores y empleados del Colegio un trato correcto y sin discriminación.

c)

Respetar las normas establecidas en el presente reglamento, para asegurar el proceso educativo y el aprendizaje.

d)

Mostrar el debido respeto y compostura en actos cívicos y en las demás actividades de la institución.

e)

Mantener una presentación personal adecuada, tanto en el aspecto corporal como en el del vestido.

f)

El uso del uniforme establecido, sin modificaciones, es obligatorio.

g)

Está prohibido en la institución el uso de piercings y aretes con excepción de los que usan las damas en las orejas y que son aceptados socialmente.

h)

La Escuela de Talentos, por intermedio de su personal jerárquico y en especial de sus tutores recomendará y/o aconsejará personalmente a los estudiantes y corregirá los excesos previstos.

i)

La desobediencia de las reglas establecidas y de las indicaciones del Tutor, así como de los profesores, será considerada como una falta de conducta y anotada

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en el libro de ocurrencias en clase para su posterior análisis en la sesión de notas correspondientes. j)

Cuidar todas las instalaciones de la Institución Educativa. Quien cause daños premeditados, está sujeto a lo establecido en el presente reglamento.

k)

Asistir regular y puntualmente a clases y no abandonar el local sin el permiso escrito correspondiente. Las tardanzas o inasistencias deben ser justificadas oportunamente.

l)

Abandonar el local de la Escuela de Talentos durante las clases, sólo en caso de enfermedad evidente o por causa justificada, previo permiso escrito del Tutor, Coordinador, encargada del coordinador de asistencia, Coordinación General o la Dirección. Otras salidas de carácter particular requieren el permiso o solicitud escrita del padre de familia.

m) No asistir a la Escuela de Talentos, en caso de enfermedad, únicamente para someterse a evaluaciones previo diagnóstico del médico. En este caso, pone en peligro su propia salud y la de sus compañeros, por lo que no será admitido. n) o)

Justificar la ausencia a evaluaciones de cualquier Área Curricular, necesariamente con el certificado médico correspondiente. Es responsabilidad del estudiante, cumplir las evaluaciones con honestidad y honradez.

p)

Informar a sus padres o apoderados sobre las evaluaciones, medidas educativas y sanciones que reciba, así como entregar transmitir comunicados o enmiendas que reciba.

q)

Representar a su clase, y a la Escuela de Talentos, en eventos para los que tiene aptitudes físicas y/o intelectuales.

r)

Mantener una agenda personal al día, con las indicaciones de los profesores, las tareas a realizar y la firma semanal de los padres de familia.

Articulo Nº 70.-

De la tratativa de faltas

a)

En caso de enfermedad, se informará al Tutor en un plazo de dos días. Para inasistencias mayores a dos días será necesario presentar el certificado médico correspondiente.

b)

En casos excepcionales y justificados de inasistencia, se presentará, por parte de los padres y en forma anticipada, una solicitud a la Coordinación General, debidamente fundamentada.

Articulo Nº 71.-

De las Prohibiciones a los Estudiantes

El estudiante está prohibido de: a)

Ausentarse de la Escuela de Talentos o de su clase en el horario de clases.

b)

Fumar o tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias prohibidas o mostrar otros aspectos negativos en el local de la Escuela de Talentos, en el ómnibus escolar o en actuaciones públicas donde lo representa.

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c)

Salir de la institución, sin las autorizaciones del caso.

d)

Traer diversos aparatos electrónicos, portar objetos peligrosos y de valor o importantes sumas de dinero.

e)

Realizar cualquier tipo de proselitismo político en el Colegio.

f)

Practicar juegos de azar o aquellos que comprometan su salud o estén reñidos con la moral.

g)

Viajar en un ómnibus, distinto al señalado por la Administración, o bajarse en otro paradero distinto al convenido. Los permisos excepcionales deben ser solicitados por escrito a cargo de los padres o apoderados y entregados al Tutor a la primera hora de la mañana. Igualmente, está prohibido el intercambio persistente e intensivo de caricias o besos entre parejas de estudiantes.

Articulo Nº 72.-

Estímulos y premios

Para otorgar estímulos y premios se considerará la participación y colaboración eficiente y destacada del estudiante en las actividades que desarrolle la Escuela de Talentos. Los estímulos podrán ser: a) b) c) d) e) f)

Mención honrosa en el aula correspondiente Mención en el rendimiento académico. Publicación en el informativo mural. Publicación en el Boletín Informativo Mención en los actos públicos de la Institución Educativa. Incremento en la nota de conducta, a propuesta del profesor Tutor.

Los premios podrán ser: a) Diplomas de Honor b) Presentes al desempeño intelectual Articulo Nº 73.-

De los estímulos a los estudiantes

Se estimulará a los estudiantes en los siguientes casos: a) Consolidado de notas en los años de permanencia en la Escuela de Talentos. b) Estudiantes que hayan destacado en concursos y competencias representando a la Escuela de Talentos. c) Al aporte extraordinario del estudiante, en el campo cultural y el arte en todas las dimensiones. d) Estudiantes que motiven en sus compañeros actitudes positivas en el campo cultural, social, intelectual o deportivo. Articulo Nº 74.-

Medidas disciplinarias

a) Las medidas disciplinarias que se consignan alcanzan a todos los estudiantes de la Escuela de Talentos.

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b) El primer recurso que utilice el profesor frente a un caso de indisciplina, es tratar de influir en el cambio de la actitud negativa del estudiante por medio del diálogo persuasivo, consejos y recomendaciones. c) Se tratará de evitar, en lo posible, la aplicación de sanciones, salvo que el caso, y sobre todo la reiteración de las faltas, así lo ameriten. d) En general, las faltas de indisciplina serán registradas convenientemente en las actas correspondientes, las cuales darán lugar a las anotaciones en el libro de ocurrencias en clases con las consecuencias que se detallan a continuación. Articulo Nº 75.-

De los libros de ocurrencias en Clases

Las anotaciones en el libro de ocurrencias en clases deberán seguir el siguiente procedimiento: a) Medidas pedagógicas preventivas: amonestaciones personales, diálogo con el estudiante, conversación con los padres, con el tutor o el coordinador general. b) Conocimiento del acta por parte del estudiante c) Asistencia de los padres al Colegio, previa citación del tutor, para conocimiento y comentario de lo registrado. Articulo Nº 76.-

De la tratativa de las falta de conducta

Las faltas de conducta evidente de los estudiantes será tratativa siguiente; a)

Algunos casos anotados en actas de faltas de disciplina podrán ser elevados al Consejo Educativo para su tratamiento y solución.

b)

Si una falta es considerada grave, se podrá elevar directamente para su tratamiento al Consejo Educativo.

c)

En todos los casos, el Consejo Educativo evaluará los antecedentes de los estudiantes, su compromiso de cambio de actitud, la gravedad de la falta y las circunstancias de hecho.

d)

El estudiante recibirá por la primera y segunda anotación un punto menos en conducta por cada una de ellas y la tercera anotación su afectará en nota de su conducta, lo cual será refrendado por el Consejo Educativo.

e)

Las crecientes anotaciones sucesivas será de tratativa especial centrada en la decisión del Consejo Educativo.

Articulo Nº 77.-

De las tardanzas

a)

Cuando un estudiante acumule tres tardanzas, se enviará una carta de aviso a sus padres por parte del Coordinador General.

b)

El estudiante observado por tardanza, presentará una carta firmada por sus padres, como constancia de estar informados.

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c)

A la cuarta tardanza, el estudiante será suspendido por un día de

clases. d)

A la quinta tardanza, el estudiante será anotado en el libro de ocurrencias en clases como una falta de conducta.

e)

De incidir en faltas no fundamentadas, será informado a la alta dirección a fin de merecer una tratativa de acuerdo a la normatividad presente.

Articulo Nº 78.-

De las Normas complementarias

a)

Los asuntos no especificados, con relación a los deberes, derechos y normas de disciplina de los estudiantes, serán tratados en el Comité de Coordinación Interna.

b)

En casos graves de indisciplina, la Dirección de la Institución Educativa, podrá suspender a los estudiantes de su asistencia normal a clases, lo que se comunicará por escrito a los padres de familia respectivamente.

c)

Todos los casos de indisciplina tratados por las diferentes instancias de la institución, deberán ser puestos a conocimiento de todos los profesores.

d)

Junto a las medidas pedagógicas o de sanción, si fuera el caso, los estudiantes que muestren problemas de comportamiento deberán firmar, junto a sus padres, una carta de compromiso con la institución en la que se comprometan a cambiar de actitud. CAPITULO IV DE LOS PADRES DE FAMILIA

Articulo Nº 79.Los padres de familia o apoderados se podrán organizar en comités por cada aula, con la finalidad de contribuir en la gestión educativa de la Escuela de Talentos. Para su funcionamiento deben cumplir lo siguiente: a)

El Comité de Aula se elegirá, por el periodo de un año académico, por elección colectivo de los Padres de Familia en cada uno de los grados y/o aulas, eligiendo a la Directiva que conducirá los acuerdos que se tomen, así como las directivas emanadas por la Dirección General de la Escuela de Talentos.

b)

La Junta Directiva del Comité de aula de los Padres de Familia estará conformada por: un Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario, un Tesorero y un Vocal.

c)

Se pueden reunir y enviar comunicados, previa coordinación con la Dirección y/o la coordinación general

d)

La realización de actividades a cargo de los padres de familia, deberán ser aprobadas previamente por la dirección general o la coordinación general, para llevar a cabo su ejecución.

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e) Organizarse en Comités de Padres de Familia por Aula, para cuyo efecto, se procederá de acuerdo a la normativa vigente de APAFA, así como la elaboración de un Reglamento Interno para su ordenamiento respectivo. Articulo Nº 80.Toda organización de los Padres de Familia, exclusivamente será para el apoyo a las labores educativas en beneficio de los estudiantes, quedando prohibido realizar en la Institución Educativa, actos que mellen el buen cumplimiento de lo normado en el presente reglamento, o realizar actos de proselitismo político.

TÍTULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- La atención al público o padre de familia, se hará mediante la coordinación general. SEGUNDA.- En caso de ausencia del Director de la Escuela de Talentosa, éste podrá encargar las funciones a la coordinación general. TERCERA.- Los Jefes de Área, utilizarán diversos medios, recursos e instrumentos informativos, murales y vitrinas a fin mantener permanentemente orientado al público usuario. CUARTA.Los Jefes inmediatos son los directos responsables de cumplir y hacer cumplir los mandatos contenidos en el presente Reglamento. QUINTA.La Dirección, las coordinaciones y los responsables de cada Área y Oficina, realizarán al final de cada año evaluaciones sobre la aplicación de las normas del presente Reglamento y alcanzarán las recomendaciones y sugerencias para fines de actualización y/o mejoramiento.

DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación mediante Resolución Directoral de la Escuela de Talentos y Vº Bº de la Dirección Regional de Educación del Callao. SEGUNDA.- Los servidores que pertenecen a las Instituciones Educativas públicas y que por razones de servicio se encuentran destacados en la Escuela de Talentos, se someterán a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno. TERCERA.- Los casos no previstos en el presente Reglamento Interno, serán resueltos por el Consejo de Coordinación Interna.

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA REGLAMENTO INTERNO ESCUELA DE TALENTOSPagina

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GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS EDUCATIVOS

DIRECCIÓN GENERAL CONEI

OFICINA CENTRAL DE ADMISIÓN

CONACAD

COORDINACIÓ N GENERAL

OFICINA DE COMUNICACIONES OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS, PRENSA Y

COPAFA

COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN

OFICINA DE SECRETARIA OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARI O

OFICINA DE PERSONAL

OFICINA LOGÍSTICA Y SERVICIOS GENERALES

OFICINA DE SOPORTE

OFICINA DE ESTADÍSTICA

COORDINACIÓ N ACADÉMICA

ÁREA DE DISEÑO Y PROGRAMACIÓN CURRICULAR

COORDINACIÓN DE NTIC

ÁREA DE INVESTIGACIÓ N TECNOLÓGICA

ÁREA DE TUTORIA Y ORIENTACION EDUCATIVA

REGLAMENTO

ÁREA DE CREACIÓN DE SOFTWARE EDUCATIVO INTERNO

COORDINACIÓN DE CULTURA Y DEPORTE CENTRO CULTURAL

CENTRO POLIDEPORTIV O

COORDINACIÓN DE ASISTENCIA ESTUDIANTIL ÁREA DE SALUD Y NUTRICIÓN

ÁREA DE SERVICIO SOCIAL

Pagina

32


ÁREA DE FORMACIÓN

ÁREA DE FORMACIÓN

ESPECIALIZADA

ÁREA DE INNOVACIÓN CIENTIFICA Y TECNOLÓGICA

ÁREA DE FORMACIÓN TECNOLÓGICA

ÁREA DE PSICOLOGÍA

e ón y Exc i c a v o n n I

REGLAMENTO INTERNO Pagina

33

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