Jorge Moreno
ARTÍCULO 3 FRACCIÓN III
El presidente determinará
Planes y programas de estudio
Preescolar, primaria, secundaria y normal
ARTÍCULO 3 FRACCIÓN VII Las universidades autónomas, tendrán la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí mismas.
Las relaciones laborales del personal académico y administrativo, se normarán por la ley Federal del trabajo
ARTÍCULO 3O. FRACCIÓN VIII
El congreso de la unión, expedirá las leyes y sanciones necesarias para fijar el presupuesto y su correcto uso
ARTÍCULO 3O. FRACCIÓN IX
Organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio Evaluar el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema
Expedir lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden Generar y difundir información y emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad
ARTÍCULO 73. FRACCIÓN XXV Establecer, organizar y sostener en toda la república, escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales
Establecer, organizar y sostener en toda la república, escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales
Establecer institutos concernientes a la cultura general
Los títulos expedidos por éstos establecimientos, surtirán sus efectos en toda la república
Legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas
TRANSITORIOS La reforma educativa entra en vigor el jueves 12 de septiembre del 2013. El presidente elige personas con capacidad y experiencia El Congreso de la unión expide la ley del INEE y las reformas a la ley general de educación. Los recursos materiales, financieros y trabajadores del INEE, pasan a formar parte del nuevo INEE Crear un sistema de información y gestión educativa Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas Establecer escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias Prohibir en todas las escuelas los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente decreto