Risk Alert: FATCA, lo que los agentes de seguros deben considerar

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Risk Alert 01-2015

FATCA: Lo que los agentes de seguros deben considerar EY – Servicios Financieros División de Riesgos y Regulaciones del Sector Bancario


► FATCA: Lo que los agentes de seguros deben considerar La Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativa a Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés) es una ley fiscal estadounidense diseñada para combatir la evasión de impuestos por personas estadounidenses que mantienen activos en cuentas en el extranjero o que invierten en ciertas entidades no estadounidenses. Aunque gran parte de la atención de FATCA (con los correspondientes acuerdos intergubernamentales (IGA) entre los Estados Unidos y algunos países asociadas a FATCA) se ha mantenido en las cuentas financieras de los bancos, los custodios, los administradores de activos, y las compañías de seguros de vida. FATCA también tiene un efecto sobre las personas que pagan primas a las compañías de seguros y reaseguradoras estadounidenses y no estadounidenses e intermediarios para la compra de seguros y reaseguros de riesgos de Estados Unidos.

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A menos que se reciba la documentación apropiada, dichos pagos de prima estarán sujetos a la retención del 30%. Los importes sujetos a retención se reportarán al IRS en el Formulario 1042-S. Además, las primas pagadas a ciertas aseguradoras y reaseguradoras no estadounidenses que no emiten contratos de anualidades o pólizas de seguros para valores en efectivo pero que tienen "propietarios estadounidenses sustanciales" pueden reportarse en el Formulario 8966, un nuevo informe de FATCA creado para informar de sus pagos a ciertas entidades extranjeras con propietarios estadounidenses y los dueños de estas entidades. Los asegurados y otras personas que pagan primas con riesgos de seguros localizados en Estados Unidos se tratan como agentes de retención para propósitos de FATCA y estarán obligados a registrar al beneficiario a quien se le pagan las primas. Bajo los cambios recientes a las regulaciones de FATCA, un asegurado puede tratar a un agente estadounidense como el beneficiario (en lugar de la aseguradora) y registrar dicho agente estadounidense mientras que el corredor cumpla con FATCA (lo cual se espera de todos los agentes de seguros estadounidenses). Como resultado, gran parte de la carga de FATCA para registrar las compañías de seguros se ha puesto en los agentes estadounidenses, que como los pagadores de las primas de las compañías de seguros, deben asegurarse que estas empresas se han registrado adecuadamente conforme a los requisitos de FATCA.

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Un agente requiere registrar tanto las aseguradoras estadounidenses como las extranjeras a las cuales les paga primas por el seguro o reaseguro de riesgos. Las regulaciones de FATCA requieren que los beneficiarios de Estados Unidos y los extranjeros se registren para asegurar que se identifiquen los beneficiarios extranjeros (quienes son el foco de los requisitos de FATCA). El principal método para registrar el beneficiario extranjero de un pago será mediante el Formulario W-8BEN-E o W-8IMY. El principal método para registrar una aseguradora estadounidense será el Formulario W-9. Con el fin de completar correctamente los nuevos W-8BEN-E y W-8IMY, el beneficiario de las primas (aseguradora o agente no estadounidense) debe determinar su clasificación FATCA. El beneficiario primero debe determinar si es una institución financiera extranjera (FFI). Una FFI se define como cualquier institución financiera que no es estadounidense (excepto una institución financiera organizada en un territorio de Estados Unidos). La normativa de FATCA establece cinco categorías de instituciones financieras: I. Institución depositaria – una entidad que acepta depósitos u otras inversiones de fondos similares en el curso normal de un negocio bancario o similar. II. Institución de custodia – una entidad que mantiene activos financieros para el beneficio de una o más personas, como una parte sustancial de su negocio. III. Entidad de inversión – una entidad que se dedica al comercio o inversión en activos (incluidos los instrumentos del financieros para los clientes del mercado monetario,

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divisas extranjeras, la tasa de interés y el índice de instrumentos, bienes y valores a futuro, etc.), gestión de una cartera colectiva o individual o invierte, administra o gestiona los fondos, dinero o activos financieros en nombre de otras personas, cuyos ingresos se derivan principalmente de las inversiones y es gestionada por otro FFI , o es un fondo u otro vehículo de inversión colectiva. IV. Compañía específica de seguros – una compañía de seguros (o la compañía controladora de una determinada compañía de seguros) que emite o está obligada a hacer los pagos concernientes al seguro de los valores de efectivo o contratos de anualidades. V. Algunas compañías controladoras y centros de tesorería – una compañía controladora que posee las acciones de los afiliados y cuyos afiliados incluyen alguna FFI o se dedica a varias actividades financieras a nombre de sus afiliados o está constituida o es utilizada por otro vehículo de inversión colectivo para invertir, reinvertir o comerciar los activos financieros. Si una entidad es una FFI dentro de una de las definiciones anteriores, será necesario determinar la subcategoría de FFI en el cual se encuentra. Las subcategorías FFI disponibles varían si la FFI se encuentra en una jurisdicción que ha firmado un Acuerdo intergubernamental (IGA) con los Estados Unidos o no. La FFI puede tratarse según se considere compatible con FATCA (una FFI certificada o registrada que se considere conforme) o que esté en otra categoría exenta. Si no se trata de una FFI certificada que se considere conforme o exenta, la FFI requerirá registrarse como una FFI con el IRS o acordar cumplir con los términos del IGA. Cuando una FFI completa un Formulario W8BEN-E o W-8IMY, debe identificar su subcategoría de FFI en la Parte 1, Línea 5 del W8BEN-E y W-8IMY.

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Si la compañía de seguros o agente no estadounidense no es una FFI, será una entidad no financiera extranjera (NFFE, por sus siglas en inglés). Es poco probable que las compañías de seguros y reasuguradoras más comunes que no son compañías específicas de seguros y agentes no estadounidenses sean FFI; por lo tanto, serán NFFE. Las NFFE también se dividen en subcategorías. Las NFFE requieren identificar sus subcategoría mediante el Formulario W-8BEN-E o IMY. Lo más probable es que las subcategorías que más aplican a estas compañías y agentes de seguros son: I.

NFFE que se cotiza en la bolsa: Si la entidad se cotiza en la bolsa o es una filial de empresa que se cotiza en la bolsa, la compañía puede calificarse como una NFFE que cotiza en la bolsa. Si es así, la empresa tendrá que completar la Parte XXIII del W-8BEN-E. La normativa de FATCA proporciona los requisitos específicos para ser una NFFE que cotiza en la bolsa inclusive que las acciones de la NFFE se comercialicen regularmente en un mercado de valores establecido. Si las acciones se negocian de forma regular requiere una revisión de los días de cotización así como su volumen.

II.

NFFE activa o pasiva: Si la NFFE no cotiza en la bolsa se considerará una NFFE pasiva o NFFE activa. Una NFFE activa es una NFFE la cual menos del 50% de los ingresos brutos de los cuales en el año anterior fue ingreso pasivo y menos de 50% de los activos de dicha entidad son los activos que produce o que se mantienen en producción del ingreso pasivo. Una NFFE pasiva es una NFFE cuyos ingresos pasivos superen estos límites.

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Una NFFE pasiva tendrá que declarar si tiene cualquier propietario estadounidense sustancial en su Formulario W-8. Un propietario estadounidense sustancial es una persona estadounidense específica que posee directa o indirectamente más del 10% de las acciones de la empresa. Una persona estadounidense específica es un individuo que es ciudadano de los Estados Unidos o residente o una entidad estadounidense que no es una corporación que cotiza en la bolsa (o la filial de una corporación que cotiza en la bolsa), un banco, RIC (Compañía Regulada de Inversión), REIT (Fondo de Bienes Raíces), corredor de valores registrado, agente, entidad o agencia gubernamental o una entidad libre de impuestos. Una vez que se reciban los Formularios W-8BEN-E o FormW-8IMY, el agente de retención debe examinarlos para determinar si se completó debidamente y si es fiable a la luz de los conocimientos actuales del agente de retención en cuanto al proveedor del formulario. Si el formulario es fiable, no se requiere retención del pago de las primas de los seguros bajo FATCA (aunque puede haber impuestos efectivos bajo el impuesto federal de aduanas sobre las primas de seguros). Si el formulario no es fiable, la prima será sujeta a 30% de retención. Se espera que la mayoría de agentes y compañías de seguros no completen una transacción para la que se requiera la retención de FATCA.

► Flujos de la transacción – Implicaciones claves El gráfico y la descripción ilustran las implicaciones para los participantes clave de una cadena típica de reaseguro. 1. Primas dentro del alcance

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La prima relacionada con riesgo en el emplazamiento de los Estados Unidos (es decir, un riesgo que se considera que se originó en los Estados Unidos) está dentro del alcance (o sea, sujeta a FATCA) desde el 1 de julio de 2014. La política debe iniciarse después del 30 de junio de 2014 de estar dentro del alcance. Las políticas iniciadas antes de esta fecha están exentas (lo que significa que no se requieren retenciones) a menos que se realice un cambio material concreto el 1 de julio de 2014 o después. Las renovaciones no son elegibles para la exención. Los pagos de los contratos emitidos o pagados fuera de los Estados Unidos (también se conocen como obligaciones offshore) no están dentro del alcance hasta el 1 de enero de 2017 – no son reportables ni están sujetas a retenciones hasta esa fecha. Sin embargo, se requieren ciertas formalidades para cumplir la definición de las obligaciones offshore, así que la mayoría de las partes en las transacciones de seguros no dependen de la demora pero están recopilando la documentación adecuadamente. Las primas de los seguros, reaseguros y retrocesos están dentro del alcance.

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2. Agente estadounidense ►

El agente de seguros estadounidense será el beneficiario para propósitos de FATCA, lo que significa que este agente tendrá responsabilidades sobre los informes y las retenciones. Un agente estadounidense le proporciona al asegurado una declaración que será compatible con FATCA y un formulario W-9 o sustituto, para mostrar su estado en Estados Unidos.

El agente estadounidense está obligado a informar los montos pagados a aseguradoras extranjeras y los montos que se retienen en los Formularios 1042-S y 1042.

Si los pagos se realizan a una compañía de seguros extranjera que es una NFFE pasiva con propietarios estadounidenses sustanciales, el agente estadounidense informará el pago a IRS en el Formulario 8966.

Si no hay un agente estadounidense en la cadena, el último estadounidense con control de la prima (es decir, el asegurado/reasegurado estadounidense) será responsable de cualquier informe o retención.

3. Agente no estadounidense El agente no estadounidense se considerará como un intermediario. Como tal, necesitará preparar el Formulario W8IMY y transmitirlo hacia arriba, así como el W-8BEN-Es que recibió por parte de las compañías de seguros del beneficiario (véase más abajo). A menos que el agente no estadounidense sea un intermediario calificado, las responsabilidades por los informes y retenciones recaen en la última persona que tocó la prima antes de abandonar los Estados Unidos.

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Sin embargo el agente no estadounidense requerirá proporcionar una declaración de las asignaciones para ayudar al agente estadounidense con sus informes y retenciones. 4. Compañía de seguros extranjera El Formulario W-8BEN-E completo, por lo general se debe pasar a cualquier contraparte con el fin de registrar el estatus de FATCA de la compañía de seguros extranjera. La mayoría de las compañías de seguros y reaseguradoras se clasificarán como NFFE pasivas (Si no cotizan en la bolsa) o una NFFE que cotiza en la bolsa (si lo hace) o una NFFE filial de una empresa que cotiza. Las empresas que emiten los contratos de anualidades y contratos de seguros de valores en efectivo; sin embargo, se considerarán como FFI. Si la compañía de seguros extranjera es una NFFE pasiva, cualquier propietario estadounidense sustancial debe identificarse en el Formulario W-8BEN-E de la empresa. Si la compañía de seguros es una FFI, debe proporcionar un W-8BEN-E con su Número de Identificación de Intermediario Global (GIIN, por sus siglas en inglés) el cual obtendrá al registrarse en el sitio web de IRS FATCA, según corresponda. Los agentes de retenciones revisan regularmente los GIIN que proporcionan las FFI contra una lista de IRS sobre las FFI que cumplen. Si no hay un agente no estadounidense en la cadena, la compañía de seguros extranjera le proporcionará el W-8BEN-E directamente al agente o asegurado estadounidense.

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► Contactos Risk Advisory – Financial Services Organizations Rafael Sánchez - Socio Director Consultoría Servicios Financiero Rafael.Sanchez@pa.ey.com Bismark Rodríguez – Socio Líder de Administración de Riesgos Servicios Financieros Bismark.Rodriguez@pa.ey.com

Equipo ejecutivo de asesoría de riesgos para servicios financieros – Cesar Novo – Director Cesar.Novo@do.ey.com Marelvys Hincapié – Senior Manager Marelvys.Hincapie@pa.ey.com Julio de la Espada – Senior Manager Julio.De-la-espada@pa.ey.com Leonidas Rey – Senior Manager Leonidas.Rey@cr.ey.com Elimar Villarroel – Senior Manager Elimar.Villarroel@ve.ey.com Disclaimer Las informaciones presentadas en el siguiente artículo tienen fines didácticos para cubrir objetivos informativos y no pretende ser un documento de asesoría en materia contable, financiera, fiscal, tecnológica o de cumplimiento regulatorio. EY no acepta ningún reclamo por las decisiones que se tomen en relación con esta presentación que cumple fines ilustrativos y didácticos. Las decisiones que el cliente haga con base en esta documentación no están relacionadas con ninguna asesoría y las mismas son de entera responsabilidad del cliente..


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