\.L
DIRECCiÓN
ACADÉMICA
Oficio Nro. UCE-DA-2018-2253-0 Quito,
Asunto:
PUNTAJES
DE CORTE PARA MOVIliDAD
15 de junio
de 2018
ACADÉMICA
Señores Decanos de Facultades UNrVERSIDAD
CEJ\TRAL
DEL ECLADOR
En su Despacho
I q
e'
De mi consideración: Señores decanos, como es de su conocimiento, el Reglamento del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión. en su artículo 37 establece: =Los procesos de movilldad académica serán establecidos por las instituciones de educación superior. en funcion de la normativa establecida en el Reglamento de Régimen Académico y el puntaje de corte de la carrero receptora en e! periodo académico correspondiente en el cual sol icit a sn 111(;,'¡/¡dau.I": por este motivo, por medio de la presente remito los punrajes 111 inirnos requeridos par::! autorizar
procesos de movilidad Adicionalmerue
académica.
solicitamos
tomar en cuenta los siguientes
linearn ientos:
1) Los procesos de movilidad de los estudiantes. debe realizarse en estricta aplicación de lo dispuesto en la disposición general vigésima del Reglamento de Régimen Académico que señala: "Quienes estén cursando estudios superiores v decidan cambiarse de carrera o de lES'. se sujetarán •
a las siguientes
normas:
Un est udiunte podrá cambiarse
de una carrera u otra de la misma lES público.
por
UI1~¡
sola ocasián. una vez que haya cursado al menos un periodo académico ordinario r haya aprobado todas [as asignaturas. cursos () sus eqnivalenics de! plun de estudios del correspondiente periodo. carrera receptora:
de las cuales
al menos
lino
pueda ser honrologaao
el?
/0
•
Un estudiante podrá cCI111biurS2 de una carrero o (JIra de diferent« / E5~pública, por una so/u ocasión. 1Ii10 Fe.:: que haya cursado al menos dos períodos académicos y huyo aprobado asignaturas, cursos o sus equivalen/es, que puedan ser homologadas,
•
Un estudiante podrá cambiarse de una carrero de /1/10 {ES particular u lino lES pública. siempre que rinda el Examen Nacional de Nivelación .:vAdmis ion v obtenga el punt aje requerido para la carrera receptora. 1'01'0 los CCllII0il}S de carrera las íES deberán considerar la disponibilidad dIO G'lf/X)S. el derecho a la movilidad de lo." estudiantes .1' las
disposiciones del Regiamento para garantizar la gratuidod en íos ¡ES púbiicus ... De la normativa citada Se desprende que no Se podrá receptar solicitudes de cambio de carrera de estudiantes que no tengan aprobado al menos todo el primer nivel a la fecha establecida en la programación académica. Es decir. las solicitudes no pueden ser de estudiantes que aún se encuentren cursando el primer semestre en este periodo académ ico. Presentación
de la nota SerBachiller
para cambios
de carrera
:TAD CIENCIAS
DE
ISc"Wt\C:W!\D
APiA DE LEN
"""'"';~r~~~~~
I
F!~A:==F.~cJ.L=.:::c.::HO~A~_";':'1 !
, ,J }
,o'.
r
L~ DIRECCiÓN
ACADÉMICA
Oficiu l\ro, UCE-DA-2018-2253-0 Quito, 15 de junio de 2018
La Disposición General Primera del Reglamento cid Sistema Nacional dé Nivelación y Adrn isión establece: "Lus personas que' antes de lu imptementccion LÍe! Sisrema ,Yuc'i(!I1o! de Ntvelacion y ,,-'1dm ision. !8 de febrero 20/2. consten (:0i710 es! udiantcs regulares de una institucion de educacion superior o sean graduados de cualquier carrero dIO educacion superior, y que opten por cursar una nueva carrera no deberán someterse a! Sistema Nacional de Nivelacion J Admision, únicamente cumplirán C0i7 las normas de reconocimiento de créditos y materias contetnpladas en el Reglamento de Régimen Académico v las /'70/'li1{{!¡1'O que posee cada institucion de educación superior", De la normativa citada se colige que, los únicos que están exentos de presentar la nora ENES son aquellas personas que antes del 18 de febrero 2012 fueron estudiantes regulares de una institución de educación superior o hayan obtenido un título de educación superior, Las personas
de Institutos Técnicos y Tecnológicos que deseen continuar su estudios en esta Lniversidacl deberán obtener el cupo a través del Sistema '\acionai de ;\iveiación : Admis ió»; una vez aprobado el Curso de Nivelación podrán pedir la homologación de estudios. proceso que se realizará de acuerdo a lo que establece e! Reglamento de Régimen Académico, Movilidad
Artes Musicales
Los ciudadanos
asos
que deseen ingresar a la carrera de artes musicales deberán:
Admisión
studiantes rezulares o "" ¡Directo a primer nivel. sin rofesionales que. obtuvieron :E\iES o SERBACH!LLCR ~ 1 cupo en una Universidad ntes del 18 de febrero de 2012 i
I
'Observación Debe rendir examen de 'suficiencia como requisito para
marricula
en primer n iv\.:
I
I
iI
!
(no será el mismo de i nivelación) --'!Lna vez ()btc'nido ti cup.;-! Estudiantes regulares que Obtener el cupo a través de 1<1 l'iebe rendir exarnen de btuvieron un cupo en un suflciencia como requisito ! , ,' ' ISENESCYT (deben rendir el 1nstituto o Conser vatono· ' "H ILLER' ) examen SERB - ",,"-.L JJara la matricula en 1 1 antes del 18 de febrero de 2012 i ¡ nivelación .-----i ¡ Una VeZ obtenido el cupo Estudiantes regulares o ~)btener el cupo a través de la debe rendir examen de I frofesionales que obtuvieron 'SENESC:YT (deben solicitar la suficiencia como requisito i un cupo en una Universidad ¡habilitación de la nota para J espués del 18 de febrero de para In matrícula en JJl)stular'¡ nivelación 012 ~~----------------------------lUna vez obtenido el cupo -studiantes regulares que 'Obtener el CU',,)O <1 través de la 'debe rendir examen de btuvieron un cupo en un ;SENESCYT (deben so licitar 18 'suficiencia como requisito Instituto o Conservatorio habilitación oe la nota para ¡para la matrrcula en espués del ¡8 de febrero de postular) nivelación /012
I
! !
I
DIRECCIÓN ACADÉMICA
Oficio
Nro. UCE-DA-2018-2253-0 Quito,
Segundas
15 de junio de 2018
carreras
De acuerdo al artículo 24 de! Reglamento de! Sistema Nacional de Nivelación •
•
y
Admisión:
Los aspirantes que obtuvieron un cupo después de 1(1 implemeruación de! Sistema Nacional de Nivelación y Admisión (! 8 de febrero de.20 j 2). que Se rei iraron elj cualquier etapa del desarrollo de la carrera dentro del sistema de educación superior y deseen seguir una nueva carrera, deberán ingresar a través del Sistema Nacional de Nivelación y
Admisión. Las personas que deseen cursar una segunda carrera a la vez o iniciar una nueva carrera (tras haber' culminado unaj.siernpre y cuando el cupo haya sido obtenido después de la implernenración del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión (18 de febrero de 2(12). deberán ingresar a través del Sistema Nacionai de ~iveiac¡cin ) Adm isión. Esta segunda carrera no será gratuira.
Los aspirantes que obtuvieron un cupo en una institución de Educación Superior antes del! 8 de febrero de 2012. Y deseen continuar o iniciar sus estudios, deberán gestionar la disponibilidad y obtención de un cupo en la misma carrera. Con sentimientos
de distinguida
consideración.
Atentamente,
/
/¿~~, ¿. ;,.(:/{~;{ ~.!2¿:> /
.Dra. i'v~1!.:gari~-á"l\:llg{rrC; Medina / DIRECTORA ACADEMICA Anexos:
- Puntaje de corte ~OI8-2ü18.pd!' vr/iq
Nicolaldc
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR DIRECCiÓN PUNTAlES
ACADÉMICA
DE CORTE -1 SEMESTRE 2018 PUNTAJE PRIMERA
CARRERA
ASIGNACiÓN CUPOS
ADMINISTRAClON
DE EMPRESAS
ADMINISTRACION
PUBLICA
CONTABILIDAD Y AUDITORIA ADMINISTRAClON DE EMPRESAS DISTANCIA ADMINISTRACION PUBLICA DISTANCIA CONTABILIDAD Y AUDITORIA DISTANCIA AGRONOMIA
877 823 880 769 754
ARTES MUSICALES ARTES PLASTICAS
763 775 936 805 799
ATENClON PREH05PITALARIA y EN EMERGENCIAS
931
BIOLOGIA
859
BIOQUIMICA y FARMACIA
DERECHO
829 868 828 901
DISEÑO INDUSTRIAL
865
ECONOMIA
842
EDUCAClON INICIAL
856
ARQUITECTURA
COMPUTACION COMUNICAClON
FINANZAS
800 769 943 631 817
FISIOTERAPIA
9~3
FONOAUDIOLOGIA
793 907 871 796 802 853 925 592 982 928 850 808 952
EDUCACION BASICA SEMI PRESENCIAL EDUCAClON INICIAL
SEMIPRESENClAL
ENFERMERIA ESTADISTICA
INGENIERIA AMBIENTAL INGENIERIA CIVIL INGENIERIA DE MINAS INGENIERIA EN GEOLOGIA INGENIERIA QUIMICA LABORATORIO CLlNICO E HISTOTECNOLOGICO MATEMATICA MEDICINA MEDICINA VETERINARIA CIENCIAS POLíTICAS SOCIOLOGíA OBSTETRICIA ODONTOLOGIA PEDAGOGIA DE LA ACTIVIDAD FISICA y DEPORTE PEDAGOGIA DE LA HISTORIA Y LAS CIENCIAS SOCIALES PEDAGOGIA DE LA LENGUA Y LA LITERATURA PEDAGOGIA DE LAS CIENCIAS EXPERIMENTALES / PEDAGOGIA DE LA INFORMATICA PEDAGOGIA DE LAS CIENCIAS EXPERIMENTALES / PEDAGOGIA DE LA QUIMICA y BIOLOGIA PEDAGOGIA DE LAS CIENCIAS EXPERIMENTALES / PEDAGOGIA DE LAS MATEMATICAS y I.A FISICA PEDAGOGIA DE LOS IDIOMAS NACIONALES Y EXTRANJEROS
970
817 792 793 645 625 664 859
PETROLEOS
769
PSICOLOGIA
916 961 850 667
PSICOLOGIA ClINICA PSICOPEDAGOGIA QUIMICA RADIOLOGIA
934
SISTEMAS DE INFORMACION
823 784 844 865 829
TEATRO' TERAPIA OCUPACIONAL TRABAJO SOCIAL TURISMO
• Se usará elmismo puntaje del semestre 25 2017 en razón de que laofertase realizade manera anual
DE