Patentes patentabilidad y exclusiones

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INTRODUCCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PATENTES,MODELOS DE UTILIDAD,PATENTABILIDAD Y EXCLUSIONES

Mariano Moreno Vera Subdirección de Transferencia Tecnológica INAPI


多Patente?

HAY VARIAS DEFINICIONES PATENTE

INVENCION


多 Patente ?

LA PATENTE, ES UN DERECHO ES UN DERECHO DE PROPIEDAD PERO UN DERECHO DE PROPIEDAD ESPECIAL LA PATENTE ES UN DERECHO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL


Propiedad Industrial Invenci贸n Modelo de Utilidad PATENTES Dise帽o y Dibujo Industrial

PROPIEDAD INDUSTRIAL

Esquema de Trazados y Circuitos Topogr谩ficos

PROPIEDAD INTELECTUAL Creaciones de la mente que son novedosas universalmente

Secreto Industrial

DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS

Producto/Servicio MARCAS

VARIEDADES VEGETALES

INDICACIONES GEOGRAFICAS/ DENOMINACIONES DE ORIGEN

Colectivas

Certificaci贸n


Qué es la Propiedad Intelectual?

Según la OMC: “Los derechos de propiedad intelectual son aquellos que se confieren a las personas sobre las creaciones de su mente. Suelen dar al creador derechos exclusivos sobre la utilización de su obra por un plazo determinado” (OMC, 2008).


Qué es la Propiedad Intelectual? OMPI: “Las obras literarias artísticas y científicas; las interpretaciones de los artistas intérpretes y las ejecuciones de los artistas ejecutantes, los fonogramas y las emisiones de radiodifusión; las invenciones en todos los campos de la actividad humana; los descubrimientos científicos; los diseños industriales; las marcas de fábrica, de comercio y de servicio y los nombres y denominaciones comerciales; la protección contra la competencia desleal; …


Propiedad Industrial en Chile

• En Chile las normas relativas a la existencia, alcance y ejercicio de los derechos de propiedad industrial se regulan por la Ley Nº 19.039 y su reglamento. En el año 2005 esta Ley fue modificada por la Ley Nº 19.996, y en el año 2007 por la Ley Nº 20.160. • Constitución Política. Capítulo III, Art 19 nros.24º y 25º.


Definición de patente según la Ley P.I. Chile

Se entiende por patente el derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención.

Artículo 31 Ley 19.039.


Definición de invención según la Ley P.I. Chile

Se entiende por invención toda solución a un problema de la técnica que origine un quehacer industrial. La invención podrá ser un producto o un procedimiento o estar relacionada con ellos.

Artículo 31 Ley 19.039.


DISPOSITIVO ANTISÍSMICO Dispositivo antisísmico que cumple la función de disipador de energía, en estructuras y sistemas mecánicos afectados por movimientos sísmicos, construido de forma modular para reducir las vibraciones. La capacidad de disipación del dispositivo desarrollado, excede con creces la capacidad de otras alternativas existentes. Solicitud de Patente en Chile Nº 34042007, Inventor: Juan Carlos de la Llera Martin


MÁQUINA PARA EXTRAER ESPINAS DE FILETES DE PESCADO. Sistema mecanizado y controlado electrónicamente

Sistema mecanizado que permite extraer espinas de filetes de pescado, por medio de fuerzas vibratorias controladas electrónicamente. La máquina, extrae espinas sin quebrarlas ni romper la carne. El proceso mecánico es tres veces más rápido que el manual, y por ende muy eficiente. Solicitud de Patente Nº 02930-2004, Chile


Definición de patente e invención según Ley P.I. Chile Se entiende por patente el derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención. Se entiende por invención toda solución a un problema de la técnica que origine un quehacer industrial. La invención podrá ser un producto o un procedimiento o estar relacionada con ellos. http://nologia.com/wpcontent/uploads/2012/01/navaja-suizamemoria-usb.jpg

Artículo 31 Ley 19.039.


Concesión de patentes Se pueden obtener distintos tipos de concesiones de registros no excluyentes entre sí:

Patente de Invención Patente de Modelo de Utilidad Artículo 54.- Se considerarán como modelos de utilidad los instrumentos, aparatos, herramientas, dispositivos y objetos o partes de los mismos, en los que la forma sea reivindicable, tanto en su aspecto externo como en su funcionamiento, y siempre que ésta produzca una utilidad, esto es, que aporte a la función a que son destinados un beneficio, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.


Modelo de Utilidad Se considerarán como modelos de utilidad los instrumentos, aparatos, herramientas, dispositivos y objetos o partes de los mismos, en los que la forma sea reivindicable, tanto en su aspecto externo como en su funcionamiento, y siempre que ésta produzca una utilidad, esto es, que aporte a la función a que son destinados un beneficio, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. Art. 54 Ley 19.039


Atributos de la Propiedad Industrial Contar con un derecho de Propiedad Industrial otorga a su titular, la facultad de excluir a otros del uso o explotación comercial de su propiedad si no cuenta con su autorización, en aquel territorio donde está protegido. Art. 49 Ley P.I. A cambio del derecho otorgado, el Estado que lo concede, garantiza que se revele públicamente la información relativa al objeto protegido y que ésta pase a disposición del público tras su expiración.


Principios del Derecho de Propiedad Industrial

• Exclusividad •. Territorialidad • Duración Limitada. • Publicación es el quid pro quo por el monopolio de tiempo limitado que entrega el Estado, en contraste a esconder y acaparar información, entregándole un incentivo y premio al inventor.


Exclusiones de patentabilidad Artículo 37, Ley 19.039 (a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos. (b) Las plantas y los animales, excepto los microorganismos que cumplan las condiciones generales de patentabilidad. Las variedades vegetales sólo gozarán de protección de acuerdo con lo dispuesto por la ley Nº 19.342, sobre Derechos de Obtentores de Nuevas Variedades Vegetales.


Exclusiones de Patentabilidad Artículo 37, Ley 19.039 Continuación (b)…Tampoco son patentables los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas y animales, excepto los procedimientos microbiológicos. Para estos efectos, un procedimiento esencialmente biológico es el que consiste íntegramente en fenómenos naturales, como los de cruce y selección.


Exclusiones de Patentabilidad Artículo 37, Ley 19.039 (c) Los sistemas, métodos, principios o planes económicos, financieros, comerciales de simple verificación y fiscalización; y los referidos a las actividades puramente mentales o intelectuales o a materias de juego. (d) Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, así como los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal salvo los productos destinados a poner en práctica uno de estos métodos.


Exclusiones de patentabilidad Artículo 37, Ley 19.039 (e) El nuevo uso, el cambio de forma, el cambio de dimensiones, el cambio de proporciones o el cambio de materiales de artículos, objetos o elementos conocidos y empleados con determinados fines. Sin perjuicio de lo anterior, podrá constituir invención susceptibles de protección el nuevo uso de artículos, objetos o elementos conocidos, siempre que dicho nuevo uso resuelva un problema técnico sin solución previa equivalente, cumpla con los requisitos a que se refiere el artículo 32….


Exclusiones de patentabilidad Artículo 37, Ley 19.039 (f) Parte de los seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma. Sin embargo, serán susceptibles de protección los procedimientos que utilicen uno o más de los materiales biológicos antes enunciados y los productos directamente obtenidos por ellos, siempre que satisfagan los requisitos establecidos en el artículo 32 de la presente ley, que el material biológico esté adecuadamente descrito y que la aplicación industrial del mismo figure explícitamente en la solicitud de patente.



Exclusiones de patentabilidad Modelos Artículo 56, Ley 19.039 – Modelos de Utilidad No se concederá una patente de modelo de utilidad cuando éste solamente presente diferencias menores o secundarias que no aporten ninguna característica utilitaria discernible con respecto a invenciones o a modelos de utilidad anteriores. La solicitud de patente de modelo de utilidad sólo podrá referirse a un objeto individual, sin perjuicio de que puedan reivindicarse varios elementos o aspectos de dicho objeto en la misma solicitud.


REQUISITOS PARA OBTENER UNA PATENTE DE INVENCION

NOVEDAD NIVEL INVENTIVO APLICACIÓN INDUSTRIAL


1. Requisitos para obtención del registro

Novedad Nivel Inventivo Aplicación Industrial No estar excluido

Patente de Invención

Modelo de Utilidad

   

  


1.- NOVEDAD

Una invención se considera nueva si no existe con anterioridad en el Estado de la Técnica. (art. 33 LPI) Estado de la Técnica: Comprende todo aquello divulgado o accesible al público, en cualquier lugar del mundo, mediante una publicación tangible, comercialización, uso u otro medio, antes de la fecha de primera presentación de una solicitud. (art. 33 LPI)


Estado de la Técnica Solicitud Documentación pública de patentes.

CL Fecha de primera presentación

Fechas de publicación

tiempo

ESTADO DE LA TÉCNICA


2. -NIVEL INVENTIVO

Una invención tiene nivel inventivo si, para un experto en la materia, la invención no se deriva de manera evidente a partir del conocimiento contenido en el Estado de la Técnica. (art. 35 LPI)

El experto en la materia: • Conoce todo el E.T. relacionado. • No tiene capacidad inventiva.


2. nivel inventivo

Estado de la técnica

D1=A

S=A+B

Tiene Nivel Inventivo Solicitud Novedosa

D2=B

S=A+B

E.S.= Efecto Sorprendente

E.S

YUXTAPOSICIÓN No tiene Nivel Inventivo


3. Aplicación Industrial

Una invención se considera susceptible de aplicación industrial cuando puede ser producida o utilizada en la industria. (art. 36 LPI) El término industria debe ser entendido en su sentido más amplio.


Beneficios de las patentes -Otorgan a su dueño (titular) el derecho exclusivo para producir, vender o comercializar, en cualquier forma, el producto u objeto del invento y, en general, realizar cualquier otro tipo de explotación comercial del mismo, en el territorio cubierto por la patente. - El objeto protegido se transforma en un activo transable. - Permite acceder a nuevos mercados. - Posibilita la obtención de ingresos adicionales procedentes de la concesión de una licencia sobre la patente o de su cesión. - Permite acceder a otras tecnologías mediante la concesión de licencias cruzadas.


Para qué sirve la Ley de P.I ? . •Estimula y recompensa la creación. Permite al titular el uso, beneficio y disposición del objeto de su propiedad en forma exclusiva y excluyente. (art. 27 de la Declaración de Derechos Humanos). •Estimula la innovación tecnológica . Posibilita la protección de los resultados de las Investigaciones. Al hacerlos públicos, permiten ser el punto de partida de nuevas investigaciones.


Beneficios de las patentes Si una invención es patentable, ¿es siempre conveniente solicitar protección por patente? No siempre. Si una invención es patentable, ello no implica necesariamente que vaya a conducir a una tecnología o producto comercialmente viable. Por tanto, es fundamental sopesar cuidadosamente las ventajas e inconvenientes de la patente, y realizar un análisis de las posibles alternativas antes de presentar una solicitud de patente.


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COEXISTENCIA DE MUCHOS PRODUCTOS : PATENTADOS Y REGISTRADOS COMO DISEÑO , APARTE DE LOS DE DOMINIO PUBLICO Y DE DOMINIO PÚBLICO RELATIVO NO SÓLO

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PATENTES , PATENTABILIDAD Y EXCLUSIONES


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