FADEA

Page 1



autoridades

presidente

Arq. Gerardo Montaruli

vicepresidente federación argentina de entidades de arquitectos 1989 — 2014 1ª Edición. Buenos Aires, 2014. 127 p.: il.; 22 x 22 cm ISBN N°:

secretario general tesorero

vocales Queda hecho el depósito que dispone la ley 11.723 Impreso en la Argentina. Impreso en Grafikar. Calle 40, N° 569, La Plata. Buenos Aires, mayo de 2014

secretario permanente secretaria de concursos

Arq. Luis María Albornoz Arq. José Luis Ganem Arq. Daniel Ricci

Arq. Adolfo Canosa Arq. José Sarúa Arq. Adolfo Albanesi Arq. Carlos Borio Arq. Adela Martínez

Diseño editorial y tapa: DI. Ana Luz Sarale.

secretario de eventos

Arq. Fabián Ganora Arq. Cristina de la Silva

Diseño y edición de contenidos: Lic. Patricia Slukich. Lic. Ximena Niederhauser.

área de comunicación institucional

Lic. Ximena Niederhauser Lic. Patricia Slukich


autoridades

presidente

Arq. Gerardo Montaruli

vicepresidente federación argentina de entidades de arquitectos 1989 — 2014 1ª Edición. Buenos Aires, 2014. 127 p.: il.; 22 x 22 cm ISBN N°:

secretario general tesorero

vocales Queda hecho el depósito que dispone la ley 11.723 Impreso en la Argentina. Impreso en Grafikar. Calle 40, N° 569, La Plata. Buenos Aires, mayo de 2014

secretario permanente secretaria de concursos

Arq. Luis María Albornoz Arq. José Luis Ganem Arq. Daniel Ricci

Arq. Adolfo Canosa Arq. José Sarúa Arq. Adolfo Albanesi Arq. Carlos Borio Arq. Adela Martínez

Diseño editorial y tapa: DI. Ana Luz Sarale.

secretario de eventos

Arq. Fabián Ganora Arq. Cristina de la Silva

Diseño y edición de contenidos: Lic. Patricia Slukich. Lic. Ximena Niederhauser.

área de comunicación institucional

Lic. Ximena Niederhauser Lic. Patricia Slukich


índice

editorial

9

1. nuestra institución Nuestra Filosofía Nuestra Historia Representación Nacional Convenio Matrícula de Aceptación Recíproca Nacional

13 15 17 22

2. nuestras acciones

29

3. nuestros concursos

43

4. representación internacional

45

5. nuestras entidades Santa Cruz – arqsc La Pampa – aap Buenos Aires – capba Córdoba – capc
 Chubut –cach Entre Ríos – caper Formosa – capf Jujuy – caj La Rioja – caplr Mendoza – camza
 Misiones –capm Neuquén – capn Río Negro – carn

49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62

24


índice

editorial

9

1. nuestra institución Nuestra Filosofía Nuestra Historia Representación Nacional Convenio Matrícula de Aceptación Recíproca Nacional

13 15 17 22

2. nuestras acciones

29

3. nuestros concursos

43

4. representación internacional

45

5. nuestras entidades Santa Cruz – arqsc La Pampa – aap Buenos Aires – capba Córdoba – capc
 Chubut –cach Entre Ríos – caper Formosa – capf Jujuy – caj La Rioja – caplr Mendoza – camza
 Misiones –capm Neuquén – capn Río Negro – carn

49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62

24


editorial

Salta – cas
 San Juan – casj San Luis – casl
 Santa Fe – capsf
 Santiago del Estero –case Tucumán – cat Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Buenos Aires –sca
 Corrientes –sac Chaco – sach Catamarca – uac Entidad invitada –cpau

63 64 65 66 67 68

6. un panorama sobre nuestra profesión Realidad Disciplinar Industria de la Construcción Políticas Públicas Temas Institucionales Temas requeridos por los profesionales Temas significativos abordados por fadea

75 77 78 79 80 81 82

7. la voz de nuestros expresidentes

83

8. anexos Estatuto de fadea Reglamento de Concursos Convenio Matrícula de Aceptación Recíproca Nacional

8 | federación argentina de entidades de arquitectos

69 70 71 72 73 74

97 98 107 124

La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, fadea, es un cuerpo disciplinar comprendido como una asociación de asociaciones. Representa a las entidades provinciales exclusivamente de arquitectos y a sus políticas que, llevadas al plano federal, se transforman en acciones que permiten la inserción disciplinar en los ámbitos de decisión, acortando las distancias que existen en nuestro territorio nacional. Arq. Gerardo Montaruli Presidente de fadea (2010-2011 / 2012-2013) Vicepresidente Cono Sur - fpaa ( Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos) Past. Coordinador de ciam (Comisión para la Integración de la Agrimensura, Agronomía, Arquitectura, Geología, e Ingenierías del mercosur).

fadea posee un vínculo estrecho con las autoridades elegidas por las entidades de cada jurisdicción. Representa a la última elección de sus arquitectos dirigentes; es un ámbito dinámico, que necesita presentar cada política debatida; analizar, discutir, y volver sobre sus enunciados, replanteando cada objetivo y acción. Convivimos con la reelaboración de lo planteado; pero no como un conflicto retórico, o redundante, en una especie de espiral descendente que se va encerrando a sí misma. Es en la repetición y análisis donde aparece el entendimiento; el conflicto se vuelve definición, aquello imposible aparece y la espiral descendente se vuelve ascendente posiblitando la acción. Nuestra Federación es un espacio real de articulación de contenidos. Un ámbito que construye los lineamientos para insertar a nuestra disciplina en el espacio público. Para esto es preciso descifrar las necesidades de los profesionales de todo el país, teniendo en cuenta su contexto, sus limitaciones y potencialidades en el ejercicio de la tarea desde su lugar de residencia.

editorial | 9


editorial

Salta – cas
 San Juan – casj San Luis – casl
 Santa Fe – capsf
 Santiago del Estero –case Tucumán – cat Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Buenos Aires –sca
 Corrientes –sac Chaco – sach Catamarca – uac Entidad invitada –cpau

63 64 65 66 67 68

6. un panorama sobre nuestra profesión Realidad Disciplinar Industria de la Construcción Políticas Públicas Temas Institucionales Temas requeridos por los profesionales Temas significativos abordados por fadea

75 77 78 79 80 81 82

7. la voz de nuestros expresidentes

83

8. anexos Estatuto de fadea Reglamento de Concursos Convenio Matrícula de Aceptación Recíproca Nacional

8 | federación argentina de entidades de arquitectos

69 70 71 72 73 74

97 98 107 124

La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, fadea, es un cuerpo disciplinar comprendido como una asociación de asociaciones. Representa a las entidades provinciales exclusivamente de arquitectos y a sus políticas que, llevadas al plano federal, se transforman en acciones que permiten la inserción disciplinar en los ámbitos de decisión, acortando las distancias que existen en nuestro territorio nacional. Arq. Gerardo Montaruli Presidente de fadea (2010-2011 / 2012-2013) Vicepresidente Cono Sur - fpaa ( Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos) Past. Coordinador de ciam (Comisión para la Integración de la Agrimensura, Agronomía, Arquitectura, Geología, e Ingenierías del mercosur).

fadea posee un vínculo estrecho con las autoridades elegidas por las entidades de cada jurisdicción. Representa a la última elección de sus arquitectos dirigentes; es un ámbito dinámico, que necesita presentar cada política debatida; analizar, discutir, y volver sobre sus enunciados, replanteando cada objetivo y acción. Convivimos con la reelaboración de lo planteado; pero no como un conflicto retórico, o redundante, en una especie de espiral descendente que se va encerrando a sí misma. Es en la repetición y análisis donde aparece el entendimiento; el conflicto se vuelve definición, aquello imposible aparece y la espiral descendente se vuelve ascendente posiblitando la acción. Nuestra Federación es un espacio real de articulación de contenidos. Un ámbito que construye los lineamientos para insertar a nuestra disciplina en el espacio público. Para esto es preciso descifrar las necesidades de los profesionales de todo el país, teniendo en cuenta su contexto, sus limitaciones y potencialidades en el ejercicio de la tarea desde su lugar de residencia.

editorial | 9


Es así que fadea debe buscar como meta el sostenimiento de los intereses que atañen a nuestra profesión, diseminados todavía como voluntades individuales, tal vez porque existe aún una falta de cohesión entre los profesionales y las instituciones que los representan. Toda institución surge de la necesidad individual de estar inmerso en un espacio plural y representativo, es por esto que los objetivos emergen conformando una red de decisiones, acciones y responsabilidades compartidas en forma horizontal. Este modo de abordar los objetivos planteados permite un vínculo más cercano con la realidad y, por lo tanto, se presentan nuestras instituciones aliadas con su entorno social, cultural y económico. En estos tiempos, en que las gestiones estatales están orientadas a solucionar las problemáticas de aquellos oficios que están sindicalizados, es vital para nosotros como institución, constituirnos en otra de esas voces que pueda hacerse escuchar en el espacio público. Orientando nuestras acciones bajo esta idea de «colegiación», o de «colectivo profesional»; no sólo en lo atinente a aspectos económicos sino también en temas de formación, capacidad técnica y particularidades que nuestra disciplina tiene para demandar y aportar a la actividad de la construcción. Una de nuestras potencialidades es la de reunir, en una mesa de trabajo, periódicamente a través de 6 encuentros

10 | federación argentina de entidades de arquitectos

por año, aquellos aspectos y necesidades que requieren atención y difusión en cada provincia o región. Y para que esta situación se siga reproduciendo es preciso que los colegios y asociaciones provinciales funcionen como cuerpos de capacitación y formación. Es así que nuestro compromiso de vinculación entre las carreras de grado y posgrado, con los profesionales que ejercen en todo el territorio, es una meta ya trazada. Esta publicación está planteada desde dos perspectivas. Una diacrónica, con la mirada de la institución desde su historia, procurando visualizar personas, hechos y contenidos que fueron conformando el perfil institucional. Otra sincrónica, con eventos concretos, con decisiones y políticas que presentan su característica dinámica, que marcan los procesos de crecimiento y evolución de la Federación. El Congreso Nacional de Arquitectos realizado en el año 2013, en el marco de las celebraciones por los 25 años de fadea, nos permitió visualizar diversas situaciones tanto internas, como la visión de nuestro país con una inversión pública menor y con un desaceleramiento de la economía, producto de la inflación, impactando en la inversión privada, en lo que respecta a la construcción. Pese a esto, ciertas decisiones y acciones como el Plan Pro.Cre.Ar., llevado a cabo por el gobierno nacional, han sido un motorizador para las economías microregionales, para las pequeñas empresas, para los profesionales

autónomos y también para la clase media sin acceso a créditos blandos, para la realización de su tan ansiada vivienda familiar. Creemos firmemente en que nuestro país y su gente pueden generar la discusión necesaria, que todos y cada uno de los sectores debemos sumarnos y producir debates necesarios, en el marco de espacios de reflexión que permitan la construcción de un colectivo sustentable, que sume al proyecto de una Argentina Federal e Inclusiva. Queda entonces hecha la invitación y el desafío al sostenimiento de una Federación que promueva creativamente los cambios, constituyéndose en una estructura sólida y perdurable.

Arq. Gerardo Montaruli Presidente de fadea

editorial | 11


Es así que fadea debe buscar como meta el sostenimiento de los intereses que atañen a nuestra profesión, diseminados todavía como voluntades individuales, tal vez porque existe aún una falta de cohesión entre los profesionales y las instituciones que los representan. Toda institución surge de la necesidad individual de estar inmerso en un espacio plural y representativo, es por esto que los objetivos emergen conformando una red de decisiones, acciones y responsabilidades compartidas en forma horizontal. Este modo de abordar los objetivos planteados permite un vínculo más cercano con la realidad y, por lo tanto, se presentan nuestras instituciones aliadas con su entorno social, cultural y económico. En estos tiempos, en que las gestiones estatales están orientadas a solucionar las problemáticas de aquellos oficios que están sindicalizados, es vital para nosotros como institución, constituirnos en otra de esas voces que pueda hacerse escuchar en el espacio público. Orientando nuestras acciones bajo esta idea de «colegiación», o de «colectivo profesional»; no sólo en lo atinente a aspectos económicos sino también en temas de formación, capacidad técnica y particularidades que nuestra disciplina tiene para demandar y aportar a la actividad de la construcción. Una de nuestras potencialidades es la de reunir, en una mesa de trabajo, periódicamente a través de 6 encuentros

10 | federación argentina de entidades de arquitectos

por año, aquellos aspectos y necesidades que requieren atención y difusión en cada provincia o región. Y para que esta situación se siga reproduciendo es preciso que los colegios y asociaciones provinciales funcionen como cuerpos de capacitación y formación. Es así que nuestro compromiso de vinculación entre las carreras de grado y posgrado, con los profesionales que ejercen en todo el territorio, es una meta ya trazada. Esta publicación está planteada desde dos perspectivas. Una diacrónica, con la mirada de la institución desde su historia, procurando visualizar personas, hechos y contenidos que fueron conformando el perfil institucional. Otra sincrónica, con eventos concretos, con decisiones y políticas que presentan su característica dinámica, que marcan los procesos de crecimiento y evolución de la Federación. El Congreso Nacional de Arquitectos realizado en el año 2013, en el marco de las celebraciones por los 25 años de fadea, nos permitió visualizar diversas situaciones tanto internas, como la visión de nuestro país con una inversión pública menor y con un desaceleramiento de la economía, producto de la inflación, impactando en la inversión privada, en lo que respecta a la construcción. Pese a esto, ciertas decisiones y acciones como el Plan Pro.Cre.Ar., llevado a cabo por el gobierno nacional, han sido un motorizador para las economías microregionales, para las pequeñas empresas, para los profesionales

autónomos y también para la clase media sin acceso a créditos blandos, para la realización de su tan ansiada vivienda familiar. Creemos firmemente en que nuestro país y su gente pueden generar la discusión necesaria, que todos y cada uno de los sectores debemos sumarnos y producir debates necesarios, en el marco de espacios de reflexión que permitan la construcción de un colectivo sustentable, que sume al proyecto de una Argentina Federal e Inclusiva. Queda entonces hecha la invitación y el desafío al sostenimiento de una Federación que promueva creativamente los cambios, constituyéndose en una estructura sólida y perdurable.

Arq. Gerardo Montaruli Presidente de fadea

editorial | 11


1. nuestra instituci贸n

12 | federaci贸n argentina de entidades de arquitectos


1. nuestra instituci贸n

12 | federaci贸n argentina de entidades de arquitectos


nuestra filosofía

Desde el momento de su creación, en 1988, la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos se ha propuesto, como objetivo primordial, la unión de todos los profesionales de la nación, a través de las entidades provinciales que los representan. Esta meta, que parece una frase sólo denotativa, entraña una mirada política y de gestión que se arraiga en conceptos profundos. fadea, como una institución comprometida en su tarea, ha sostenido cada uno de esos pilares de manera irrestricta. El trabajo de articulación, defensa, representación, inclusión de los intereses de todos los arquitectos argentinos (que, en definitiva, es lo que implica el término «unión» antes utilizado) requiere, en una organización de segundo grado como lo es la Federación, de premisas fundantes para el accionar cotidiano. arriba-izq.: Asamblea de fadea en el Colegio de Arquitectos de Mendoza (Mendoza, 2013). centro: Reunión de Comisión Directiva de fadea en la provincia de Salta (2011). abajo-der.: Reunión de Comisión Directiva de fadea en la Asociación de Arquitectos de La Pampa (Santa Rosa, 2014).

Es a través de la sensibilidad, la ética, la horizontalidad y la eficaz administración de los recursos humanos –los únicos y primoridales que posee la Federación– como entendemos que se pueden materializar nuestras políticas institucionales. Políticas que no surgen como lineamientos desde los centros de poder de las organizaciones que nos componen, sino de sus emergentes. Es que, en un espacio de «comunes» –como lo es fadea– las preocupaciones particulares son las que se transforman en una repuesta mancomunada, en una política abarcadora e integradora. Nuestra institución tiene valor como tal porque, justamente, está compuesta por una estructura de emergentes; y es el poder de esos emergentes, desligado de la burocracia, el que nos plantea el desafío de una nueva política. A través de los años fadea se ha transformado en una institución en la que los Colegios y Asociaciones que la componen quieren participar, estar, «ser parte»; pues la representación que hacemos de ellos es eminentemente inclusiva. No surge sólo de un número determinado de voluntades que, por ser mayores en cantidad, imponen sus miradas, sino que reúne «la voz de todos». Es una alianza de entidades. Desde esta perspectiva entendemos que nuestra institución, en tanto federal, busca un mayor dinamismo en sus acciones y un compromiso real de las entidades que la

1. nuestra institución | 15


nuestra filosofía

Desde el momento de su creación, en 1988, la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos se ha propuesto, como objetivo primordial, la unión de todos los profesionales de la nación, a través de las entidades provinciales que los representan. Esta meta, que parece una frase sólo denotativa, entraña una mirada política y de gestión que se arraiga en conceptos profundos. fadea, como una institución comprometida en su tarea, ha sostenido cada uno de esos pilares de manera irrestricta. El trabajo de articulación, defensa, representación, inclusión de los intereses de todos los arquitectos argentinos (que, en definitiva, es lo que implica el término «unión» antes utilizado) requiere, en una organización de segundo grado como lo es la Federación, de premisas fundantes para el accionar cotidiano. arriba-izq.: Asamblea de fadea en el Colegio de Arquitectos de Mendoza (Mendoza, 2013). centro: Reunión de Comisión Directiva de fadea en la provincia de Salta (2011). abajo-der.: Reunión de Comisión Directiva de fadea en la Asociación de Arquitectos de La Pampa (Santa Rosa, 2014).

Es a través de la sensibilidad, la ética, la horizontalidad y la eficaz administración de los recursos humanos –los únicos y primoridales que posee la Federación– como entendemos que se pueden materializar nuestras políticas institucionales. Políticas que no surgen como lineamientos desde los centros de poder de las organizaciones que nos componen, sino de sus emergentes. Es que, en un espacio de «comunes» –como lo es fadea– las preocupaciones particulares son las que se transforman en una repuesta mancomunada, en una política abarcadora e integradora. Nuestra institución tiene valor como tal porque, justamente, está compuesta por una estructura de emergentes; y es el poder de esos emergentes, desligado de la burocracia, el que nos plantea el desafío de una nueva política. A través de los años fadea se ha transformado en una institución en la que los Colegios y Asociaciones que la componen quieren participar, estar, «ser parte»; pues la representación que hacemos de ellos es eminentemente inclusiva. No surge sólo de un número determinado de voluntades que, por ser mayores en cantidad, imponen sus miradas, sino que reúne «la voz de todos». Es una alianza de entidades. Desde esta perspectiva entendemos que nuestra institución, en tanto federal, busca un mayor dinamismo en sus acciones y un compromiso real de las entidades que la

1. nuestra institución | 15


nuestra historia 25 años de fadea

componen. Es a través de una estructura de carácter horizontal como se estimula a las instituciones adheridas, a generar la información necesaria para que acompañen los objetivos y procesos comunes. Los preceptos que sirven de base a nuestro accionar emergen conformando una red de decisiones, con amplia participación, y asumiendo las responsabilidades en forma compartida; sin jerarquías. Es así que cada institución adherida a fadea se convierte en responsable respecto de la generación de contenidos, la transmisión de la información, la búsqueda de estrategias y la concreción de las gestiones necesarias para el logro de los objetivos generados en conjunto con las otras instituciones (y en el marco de la Federación). Este proceso afecta al entorno en el que subyace esa institución particular y, fundamentalmente, a la manera en que se presentarán esas organizaciones ante la sociedad toda (también ante los arquitectos). Sólo así, desde estos postulados que nos guían, podemos decir que la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos es una forma de Estado, que supone una soberanía compartida entre la nación –con jurisdicción general– y las provincias que la integran –con jurisdicción local–.

16 | federación argentina de entidades de arquitectos

Basados en estos preceptos es que, desde el momento de nuestra creación, nos constituimos como una Federación formada por instituciones provinciales, en sus diversas formas, compuestas como un cuerpo disciplinar, destinado a fortalecer un modelo de gestión con políticas, estrategias y acciones comunes; al servicio de la transformación y adecuación profesional a los nuevos tiempos que cada vez se nos imponen, y con incidencia nacional e internacional. Reflexionar, debatir, generar los contenidos en el marco de los procesos internos de nuestras organizaciones provinciales; y en esos procesos seleccionar, decidir, escoger las personas, y las acciones que permitan encontrarnos con los objetivos institucionales han sido nuestras guías. «El fracaso ya no debe identificarse con el desorden, el no equilibrio y la inestabilidad; esto impediría ver en la crisis la verdadera oportunidad y el cambio como la única senda segura». Éstas continúan siendo, desde los inicios y hasta hoy, nuestras premisas.

«

Es a través de la sensibilidad, la ética, la horizon­talidad y la eficaz administración de los recursos humanos, como entendemos que se pueden materializar nuestras políticas institucionales

»

distinción alguna, y federar sus entidades provinciales. Es por ello que nuestra Federación vio la luz de esperanza a futuro, como una política argentina del sector.

La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos inició su historia institucional el 1 de octubre de 1988, en la ciudad de Rosario, Santa Fe. No obstante, antes de su creación, ya los profesionales argentinos habían decidido que era imprescindible unir las voluntades de sus organizaciones provinciales para compartir problemáticas y soluciones relativas al ejercicio de la disciplina y sus implicancias. Por ese motivo, durante la década del ’50, surgió fasa (Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos) con el fin de relevar el estado de situación en todo el país y trazar posibles líneas de acción de alcance nacional. Aquella consigna de base que sostuvo fasa durante años duros para nuestro país (atravesados por los golpes de Estado y las dictaduras) permanecieron inmunes a la desintegración social y dieron pie al nacimiento de fadea; ya varios años después de la llegada de la democracia y con la amenaza de la globalización, y sus postulados fragmentarios e individualistas, en ciernes. Este panorama contextual le dio aún más claridad a la necesaria tarea de unir a todos los arquitectos de la nación, sin

Así, a lo largo de su historia, nuestra institución se preocupó por construir un mapa federal de representación, que atendiese las problemáticas generales a partir de los conflictos particulares de cada región o entidad que la compone. Por ello los presidentes de la Federación han sido profesionales surgidos del seno de la organización, con las convicciones de sostener paradigmas de gestión que sus predecesores tomaron como estandartes para continuar hacia otros frentes. Es así que, en la actualidad, fadea está claramente integrada –y articulada–en ocho regiones, que se han establecido de acuerdo a la cantidad de arquitectos que ejercen en cada una de ellas; pero también teniendo en cuenta las problemáticas y prácticas socio-culturales e identitarias del contexto en el que estos matriculados habitan. El primer Presidente, Arq. Edgardo Peralta (1988 – 1989 y 1990 – 1991), que tomó ese cargo por dos períodos y luego volvió a la Presidencia entre el 94 y el 95, pugnó por comenzar a establecer lazos sólidos de articulación con los países de la región. fadea se vio representada, entre otros espacios, en encuentros realizados en el marco del ciam (Comisión de Integración de Arquitectura para el

1. nuestra institución | 17


nuestra historia 25 años de fadea

componen. Es a través de una estructura de carácter horizontal como se estimula a las instituciones adheridas, a generar la información necesaria para que acompañen los objetivos y procesos comunes. Los preceptos que sirven de base a nuestro accionar emergen conformando una red de decisiones, con amplia participación, y asumiendo las responsabilidades en forma compartida; sin jerarquías. Es así que cada institución adherida a fadea se convierte en responsable respecto de la generación de contenidos, la transmisión de la información, la búsqueda de estrategias y la concreción de las gestiones necesarias para el logro de los objetivos generados en conjunto con las otras instituciones (y en el marco de la Federación). Este proceso afecta al entorno en el que subyace esa institución particular y, fundamentalmente, a la manera en que se presentarán esas organizaciones ante la sociedad toda (también ante los arquitectos). Sólo así, desde estos postulados que nos guían, podemos decir que la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos es una forma de Estado, que supone una soberanía compartida entre la nación –con jurisdicción general– y las provincias que la integran –con jurisdicción local–.

16 | federación argentina de entidades de arquitectos

Basados en estos preceptos es que, desde el momento de nuestra creación, nos constituimos como una Federación formada por instituciones provinciales, en sus diversas formas, compuestas como un cuerpo disciplinar, destinado a fortalecer un modelo de gestión con políticas, estrategias y acciones comunes; al servicio de la transformación y adecuación profesional a los nuevos tiempos que cada vez se nos imponen, y con incidencia nacional e internacional. Reflexionar, debatir, generar los contenidos en el marco de los procesos internos de nuestras organizaciones provinciales; y en esos procesos seleccionar, decidir, escoger las personas, y las acciones que permitan encontrarnos con los objetivos institucionales han sido nuestras guías. «El fracaso ya no debe identificarse con el desorden, el no equilibrio y la inestabilidad; esto impediría ver en la crisis la verdadera oportunidad y el cambio como la única senda segura». Éstas continúan siendo, desde los inicios y hasta hoy, nuestras premisas.

«

Es a través de la sensibilidad, la ética, la horizon­talidad y la eficaz administración de los recursos humanos, como entendemos que se pueden materializar nuestras políticas institucionales

»

distinción alguna, y federar sus entidades provinciales. Es por ello que nuestra Federación vio la luz de esperanza a futuro, como una política argentina del sector.

La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos inició su historia institucional el 1 de octubre de 1988, en la ciudad de Rosario, Santa Fe. No obstante, antes de su creación, ya los profesionales argentinos habían decidido que era imprescindible unir las voluntades de sus organizaciones provinciales para compartir problemáticas y soluciones relativas al ejercicio de la disciplina y sus implicancias. Por ese motivo, durante la década del ’50, surgió fasa (Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos) con el fin de relevar el estado de situación en todo el país y trazar posibles líneas de acción de alcance nacional. Aquella consigna de base que sostuvo fasa durante años duros para nuestro país (atravesados por los golpes de Estado y las dictaduras) permanecieron inmunes a la desintegración social y dieron pie al nacimiento de fadea; ya varios años después de la llegada de la democracia y con la amenaza de la globalización, y sus postulados fragmentarios e individualistas, en ciernes. Este panorama contextual le dio aún más claridad a la necesaria tarea de unir a todos los arquitectos de la nación, sin

Así, a lo largo de su historia, nuestra institución se preocupó por construir un mapa federal de representación, que atendiese las problemáticas generales a partir de los conflictos particulares de cada región o entidad que la compone. Por ello los presidentes de la Federación han sido profesionales surgidos del seno de la organización, con las convicciones de sostener paradigmas de gestión que sus predecesores tomaron como estandartes para continuar hacia otros frentes. Es así que, en la actualidad, fadea está claramente integrada –y articulada–en ocho regiones, que se han establecido de acuerdo a la cantidad de arquitectos que ejercen en cada una de ellas; pero también teniendo en cuenta las problemáticas y prácticas socio-culturales e identitarias del contexto en el que estos matriculados habitan. El primer Presidente, Arq. Edgardo Peralta (1988 – 1989 y 1990 – 1991), que tomó ese cargo por dos períodos y luego volvió a la Presidencia entre el 94 y el 95, pugnó por comenzar a establecer lazos sólidos de articulación con los países de la región. fadea se vio representada, entre otros espacios, en encuentros realizados en el marco del ciam (Comisión de Integración de Arquitectura para el

1. nuestra institución | 17


Mercorsur), durante 1992 en Brasil. Pero, además, trabajó en pos de los conceptos de integración nacional, como las Olimpíadas Nacionales que comenzaron a desarrollarse durante esos períodos. De 1992 a 1993, durante la presidencia del Arq. Carlos del Franco, fadea tuvo un dinámico empuje de gestión. La tarea se centró en obtener la oficialización estatutaria de la Federación; en solidificar la difusión de fadea a nivel nacional; en actualizar el Reglamento de Concursos, revalorizando el rol de la asesoría (con la posibilidad de recurrir los fallos, y ampliando el menú de concursos); en restablecer las relaciones interrumpidas con la uia (Unión Internacional de Arquitectos) y fpaa (Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos); y en equiparar las incumbencias y currículas de grado. Ya entrada la década del »90, con los postulados de la globalización económica y cultural campeando a sus anchas en el país, el próximo Presidente de fadea, Arq. Luis María Rossi (1994 – 1995), concentró sus esfuerzos en gestar la idea de una institución solidaria y plural. Por ese motivo la participación de nuestra organización en propuestas y programas interdisciplinarios y multisectoriales se convirtió en recurrente; como así también las acciones destinadas a la organización curricular y la práctica profesional de los arquitectos argentinos. Estuvimos presentes en la Comisión de Práctica y Formación Profesional de uia y fpaa y, en sintonía con

18 | federación argentina de entidades de arquitectos

su contexto, nos hicimos presentes en los encuentros en el exterior. Ya pisando el tercer milenio, y con la gravísima crisis socioeconómica asentándose en nuestro país, el Arq. Eduardo Cunha Ferré (1998 – 2002), decidió que su presidencia marcaría la impronta de un orden administrativo y bancario, necesario para la organización. Pero, además, se creó una estructura esencial para la eficacia de fadea: la regionalización del país, para arribar a la real representación federal en la Mesa Ejecutiva. Surgió así un sistema más justo y democrático de decisión en las reuniones nacionales y asambleas.

De 2005 a 2007, durante la gestión del Arq. Daniel Ricci, fadea logró una cohesión y participación notable de casi todas las provincias del país. Se consolidó la Matrícula de Origen de Validez Nacional; se incentivaron los concursos; se reforzaron los criterios de federalización de nuestra institución; se solidificaron las relaciones internacionales con fpaa (de hecho se llegó, junto al Arq. Jorge Monti, a la presidencia de esa institución); y pudimos ponernos al día con las cuotas y participación en la uia.

En los últimos períodos de gestión, entre 2010 y 2014, durante la presidencia del Arq. Gerardo Montaruli, la Federación alcanzó un alto grado de madurez como institución. No sólo continuó trabajando –y profundizando–las líneas de acción anteriormente descriptas, sino que avanzó hacia territorios de influencia en la opinión pública nacional: participó activamente en la propuesta de modificación del Código Civil y Comercial; firmó un acuerdo para la participación de los arquitectos argentinos en los planes de vivienda nacionales como Pro.Cre.Ar.; logró por primera vez convertirse en el organizador del Pabellón Argentino de la

Otro de los apuntes salientes de este período fue la aceptación de la Matrícula de Origen, que es motivo de políticas de gestión hasta nuestros días. Se iniciaron acciones en asuntos como las Cajas Previsionales, la articulación con las universidades, con el gobierno nacional y con fpaa. El Arq. Eduardo Crivos, que tomó el cargo de la presidencia durante 2002 – 2004, tuvo como eje central de sus políticas a la inserción del arquitecto como un actor dinámico para la sociedad. Se profundizó, entonces, la tarea relativa a las incumbencias profesionales y a la formación profesional, como nueva demanda de la ciudad del siglo XXI; y hubo una activa tarea respecto a la realización de concursos para toda la obra pública.

izq.: Arq. Carlos del Franco (Presidente de fadea 1992-1993) y el Arq. Julio Keselman, con autoridades de la Ciudad Autónoma de Bs.As. der.: Artículo sobre el Congreso Nacional de Arquitectos realizado en la Ciudad de Mar del Plata (Diario El Cronista, dic. 1999).

1. nuestra institución | 19


Mercorsur), durante 1992 en Brasil. Pero, además, trabajó en pos de los conceptos de integración nacional, como las Olimpíadas Nacionales que comenzaron a desarrollarse durante esos períodos. De 1992 a 1993, durante la presidencia del Arq. Carlos del Franco, fadea tuvo un dinámico empuje de gestión. La tarea se centró en obtener la oficialización estatutaria de la Federación; en solidificar la difusión de fadea a nivel nacional; en actualizar el Reglamento de Concursos, revalorizando el rol de la asesoría (con la posibilidad de recurrir los fallos, y ampliando el menú de concursos); en restablecer las relaciones interrumpidas con la uia (Unión Internacional de Arquitectos) y fpaa (Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos); y en equiparar las incumbencias y currículas de grado. Ya entrada la década del »90, con los postulados de la globalización económica y cultural campeando a sus anchas en el país, el próximo Presidente de fadea, Arq. Luis María Rossi (1994 – 1995), concentró sus esfuerzos en gestar la idea de una institución solidaria y plural. Por ese motivo la participación de nuestra organización en propuestas y programas interdisciplinarios y multisectoriales se convirtió en recurrente; como así también las acciones destinadas a la organización curricular y la práctica profesional de los arquitectos argentinos. Estuvimos presentes en la Comisión de Práctica y Formación Profesional de uia y fpaa y, en sintonía con

18 | federación argentina de entidades de arquitectos

su contexto, nos hicimos presentes en los encuentros en el exterior. Ya pisando el tercer milenio, y con la gravísima crisis socioeconómica asentándose en nuestro país, el Arq. Eduardo Cunha Ferré (1998 – 2002), decidió que su presidencia marcaría la impronta de un orden administrativo y bancario, necesario para la organización. Pero, además, se creó una estructura esencial para la eficacia de fadea: la regionalización del país, para arribar a la real representación federal en la Mesa Ejecutiva. Surgió así un sistema más justo y democrático de decisión en las reuniones nacionales y asambleas.

De 2005 a 2007, durante la gestión del Arq. Daniel Ricci, fadea logró una cohesión y participación notable de casi todas las provincias del país. Se consolidó la Matrícula de Origen de Validez Nacional; se incentivaron los concursos; se reforzaron los criterios de federalización de nuestra institución; se solidificaron las relaciones internacionales con fpaa (de hecho se llegó, junto al Arq. Jorge Monti, a la presidencia de esa institución); y pudimos ponernos al día con las cuotas y participación en la uia.

En los últimos períodos de gestión, entre 2010 y 2014, durante la presidencia del Arq. Gerardo Montaruli, la Federación alcanzó un alto grado de madurez como institución. No sólo continuó trabajando –y profundizando–las líneas de acción anteriormente descriptas, sino que avanzó hacia territorios de influencia en la opinión pública nacional: participó activamente en la propuesta de modificación del Código Civil y Comercial; firmó un acuerdo para la participación de los arquitectos argentinos en los planes de vivienda nacionales como Pro.Cre.Ar.; logró por primera vez convertirse en el organizador del Pabellón Argentino de la

Otro de los apuntes salientes de este período fue la aceptación de la Matrícula de Origen, que es motivo de políticas de gestión hasta nuestros días. Se iniciaron acciones en asuntos como las Cajas Previsionales, la articulación con las universidades, con el gobierno nacional y con fpaa. El Arq. Eduardo Crivos, que tomó el cargo de la presidencia durante 2002 – 2004, tuvo como eje central de sus políticas a la inserción del arquitecto como un actor dinámico para la sociedad. Se profundizó, entonces, la tarea relativa a las incumbencias profesionales y a la formación profesional, como nueva demanda de la ciudad del siglo XXI; y hubo una activa tarea respecto a la realización de concursos para toda la obra pública.

izq.: Arq. Carlos del Franco (Presidente de fadea 1992-1993) y el Arq. Julio Keselman, con autoridades de la Ciudad Autónoma de Bs.As. der.: Artículo sobre el Congreso Nacional de Arquitectos realizado en la Ciudad de Mar del Plata (Diario El Cronista, dic. 1999).

1. nuestra institución | 19


Bienal Internacional de Arquitectura de Venecia; lanzó campañas nacionales de alcance social y cultural (como la de clasificación de los residuos «Sumá con el resto» o la Campaña de edificios patrimoniales); tuvo voz propia y reconocida en ámbitos de decisión política nacional e internacional (en el Caribe y en toda América del Sur), no sólo a través de fpaa (con la Vicepresidencia) y ciam, sino postulando a fadea como organización autónoma y significativa, con peso conceptual en el concierto internacional (de hecho, instauró a la Argentina como sede de reuniones de fpaa y ciam). Por primera vez, también, la Federación organizó un Congreso Nacional de Arquitectura (como parte de los festejos de los 25 años de existencia de la institución) donde se debatieron todas las problemáticas (provinciales, regionales y nacionales) y se le dio relevancia a la obra arquitectónica surgida en nuestro país (primero con el Premio arq, organizado conjuntamente con diario Clarín y luego con el Premio fadea a la Arquitectura). Asimismo, se estableció una relación ya indisoluble entre las universidades nacionales y nuestra organización, que trajo a la mesa de análisis la profesión del arquitecto como relevante; no sólo en materia de construcción sino también de pensamiento y formalización de contenidos. Logró la participación e integración activa de todo el país en términos de construcción colectiva: después de muchos años, las 24 provincias argentinas están totalmente activas en fadea.

20 | federación argentina de entidades de arquitectos

Así, a lo largo de su historia, la Federación construyó una institución sólida, comprometida con los arquitectos y sus obras y el ejercicio profesional. Una institución que cree, y sostiene, los postulados de la inclusión, articulación, solidaridad y cooperación tanto en los temas atinentes a nuestra profesión como así también a las problemáticas socio-política-educativas de la Argentina y Latinoamérica.

consejo honorario vitalicio En agosto de 2012, atendiendo a la propuesta de crear un órgano consultivo no vinculante, que colaborara y ayudara a la Comisión Directiva de fadea, surgió el Consejo Honorario Vitalicio.

izquierda: Las autoridades de fadea, fppa y uia reunidas en Foz de Iguazú. Brasil, 2009. izq.abajo: Arquitectos: Julio Keselman, Cesar Pelli, Luis Rossi, Marcelo Molina, Carlos Roizen y Eduardo Cunha Ferré, entre otros, durante la gestión del Arq. Rossi (1996 -1997). esq. inferior der.: Primer Boletín Informativo de fadea, septiembre 1999. abajo: Arq. Eduardo Cunha Ferré y Arq. Luis Rossi en el xxii Congreso de Arquitectos del Perú. Lambayeque, febrero 1999.

Integrado por los expresidentes de la Federación, y por aquellas personalidades a las que la Asamblea General haya otorgado oportunamente la distinción de Miembro Honorario, el chv está constituido por una Mesa Directiva (encabezada por el expresidente inmediatamente saliente), y tiene como misión «actuar como órgano consultivo permanente y resolver los encargos que le solicite la Mesa Ejecutiva, la Comisión Directiva y/o la Asamblea General». El chv participa de las reuniones de la Federación y de las decisiones que de allí emerjan, con derecho a voz, pero sin voto. De esta manera se promueve la participación y el compromiso activo de todo sus integrantes, en un espacio en donde se articulan las voces que han sido fundamentales en la construcción y los lineamientos de nuestras políticas de acción.

1. nuestra institución | 21


Bienal Internacional de Arquitectura de Venecia; lanzó campañas nacionales de alcance social y cultural (como la de clasificación de los residuos «Sumá con el resto» o la Campaña de edificios patrimoniales); tuvo voz propia y reconocida en ámbitos de decisión política nacional e internacional (en el Caribe y en toda América del Sur), no sólo a través de fpaa (con la Vicepresidencia) y ciam, sino postulando a fadea como organización autónoma y significativa, con peso conceptual en el concierto internacional (de hecho, instauró a la Argentina como sede de reuniones de fpaa y ciam). Por primera vez, también, la Federación organizó un Congreso Nacional de Arquitectura (como parte de los festejos de los 25 años de existencia de la institución) donde se debatieron todas las problemáticas (provinciales, regionales y nacionales) y se le dio relevancia a la obra arquitectónica surgida en nuestro país (primero con el Premio arq, organizado conjuntamente con diario Clarín y luego con el Premio fadea a la Arquitectura). Asimismo, se estableció una relación ya indisoluble entre las universidades nacionales y nuestra organización, que trajo a la mesa de análisis la profesión del arquitecto como relevante; no sólo en materia de construcción sino también de pensamiento y formalización de contenidos. Logró la participación e integración activa de todo el país en términos de construcción colectiva: después de muchos años, las 24 provincias argentinas están totalmente activas en fadea.

20 | federación argentina de entidades de arquitectos

Así, a lo largo de su historia, la Federación construyó una institución sólida, comprometida con los arquitectos y sus obras y el ejercicio profesional. Una institución que cree, y sostiene, los postulados de la inclusión, articulación, solidaridad y cooperación tanto en los temas atinentes a nuestra profesión como así también a las problemáticas socio-política-educativas de la Argentina y Latinoamérica.

consejo honorario vitalicio En agosto de 2012, atendiendo a la propuesta de crear un órgano consultivo no vinculante, que colaborara y ayudara a la Comisión Directiva de fadea, surgió el Consejo Honorario Vitalicio.

izquierda: Las autoridades de fadea, fppa y uia reunidas en Foz de Iguazú. Brasil, 2009. izq.abajo: Arquitectos: Julio Keselman, Cesar Pelli, Luis Rossi, Marcelo Molina, Carlos Roizen y Eduardo Cunha Ferré, entre otros, durante la gestión del Arq. Rossi (1996 -1997). esq. inferior der.: Primer Boletín Informativo de fadea, septiembre 1999. abajo: Arq. Eduardo Cunha Ferré y Arq. Luis Rossi en el xxii Congreso de Arquitectos del Perú. Lambayeque, febrero 1999.

Integrado por los expresidentes de la Federación, y por aquellas personalidades a las que la Asamblea General haya otorgado oportunamente la distinción de Miembro Honorario, el chv está constituido por una Mesa Directiva (encabezada por el expresidente inmediatamente saliente), y tiene como misión «actuar como órgano consultivo permanente y resolver los encargos que le solicite la Mesa Ejecutiva, la Comisión Directiva y/o la Asamblea General». El chv participa de las reuniones de la Federación y de las decisiones que de allí emerjan, con derecho a voz, pero sin voto. De esta manera se promueve la participación y el compromiso activo de todo sus integrantes, en un espacio en donde se articulan las voces que han sido fundamentales en la construcción y los lineamientos de nuestras políticas de acción.

1. nuestra institución | 21


representación nacional

La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos está constituida por 24 instituciones que representan a los arquitectos argentinos en cada provincia:

regiones de fadea

asociación de arquitectos de santa cruz asociación de arquitectos de la pampa colegio de arquitectos de la provincia de buenos aires colegio de arquitectos de la provincia de córdoba
 colegio de arquitectos de la provincia de chubut colegio de arquitectos de la provincia de entre ríos colegio de arquitectos de la provincia de la rioja
 colegio de arquitectos de la provincia de misiones
 colegio de arquitectos de la provincia de neuquén
 colegio de arquitectos de la provincia de santa fe
 colegio público de arquitectos de formosa colegio de arquitectos de jujuy colegio de arquitectos de mendoza
 colegio de arquitectos de río negro colegio de arquitectos de salta
 colegio de arquitectos de san juan
 colegio de arquitectos de san luis
 colegio de arquitectos de santiago del estero colegio de arquitectos de tucumán colegio de arquitectos de tierra del fuego, antártida e islas del atlántico sur sociedad central de arquitectos
 sociedad de arquitectos de corrientes sociedad de arquitectos del chaco unión de arquitectos de catamarca

zona sur tierra del fuego, antártida e islas del atlántico sur santa cruz chubut río negro la pampa neuquén nuevo cuyo mendoza san luis san juan la rioja noa santiago del estero catamarca tucumán salta jujuy nea entre ríos chaco misiones corrientes formosa santa fe ciudad autónoma de buenos aires córdoba buenos aires

22 | federación argentina de entidades de arquitectos

1. nuestra institución | 23


representación nacional

La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos está constituida por 24 instituciones que representan a los arquitectos argentinos en cada provincia:

regiones de fadea

asociación de arquitectos de santa cruz asociación de arquitectos de la pampa colegio de arquitectos de la provincia de buenos aires colegio de arquitectos de la provincia de córdoba
 colegio de arquitectos de la provincia de chubut colegio de arquitectos de la provincia de entre ríos colegio de arquitectos de la provincia de la rioja
 colegio de arquitectos de la provincia de misiones
 colegio de arquitectos de la provincia de neuquén
 colegio de arquitectos de la provincia de santa fe
 colegio público de arquitectos de formosa colegio de arquitectos de jujuy colegio de arquitectos de mendoza
 colegio de arquitectos de río negro colegio de arquitectos de salta
 colegio de arquitectos de san juan
 colegio de arquitectos de san luis
 colegio de arquitectos de santiago del estero colegio de arquitectos de tucumán colegio de arquitectos de tierra del fuego, antártida e islas del atlántico sur sociedad central de arquitectos
 sociedad de arquitectos de corrientes sociedad de arquitectos del chaco unión de arquitectos de catamarca

zona sur tierra del fuego, antártida e islas del atlántico sur santa cruz chubut río negro la pampa neuquén nuevo cuyo mendoza san luis san juan la rioja noa santiago del estero catamarca tucumán salta jujuy nea entre ríos chaco misiones corrientes formosa santa fe ciudad autónoma de buenos aires córdoba buenos aires

22 | federación argentina de entidades de arquitectos

1. nuestra institución | 23


convenio matrícula de aceptación recíproca nacional

Este convenio tiene por objeto autorizar el ejercicio profesional de los arquitectos matriculados en la respectiva jurisdicción provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras provincias o jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional. A los fines de posibilitar la gestión de los matriculados en cada jurisdicción, las mismas se comprometen a compatibilizar sus sistemas de registro de matrícula. A tal fin, y en conformidad de sus respectivas leyes, las entidades exigirán requisitos mínimos de matriculación, de acuerdo a lo consensuado en dicho convenio, que se encuentra en el anexo de esta publicación. Para esto los arquitectos se obligan a cumplir los compromisos administrativos, del ejercicio profesional y habilitación, éticas y previsionales, así como cualquier otra disposición legal que reglamente el ejercicio profesional en la entidad de destino y de los convenios de reciprocidad que con la entidad de origen puedan tener. En caso de incurrir en faltas y/o infracciones, la instrucción de la causa se haría en la jurisdicción donde las mismas ocurrieren. En materia de responsabilidad profesional, los arquitectos quedan sujetos a la competencia, fueros y jurisdicciones de aplicación de la entidad de destino, lugar de ejecución de su tarea profesional.

24 | federación argentina de entidades de arquitectos

matrícula recíproca

con validez nacional

Las entidades que no hayan suscripto al presente convenio, se pueden adherir al mismo con posterioridad, legitimadas conforme a sus respectivas disposiciones legales para el otorgamiento de las matrículas para el ejercicio profesional de la arquitectura en sus jurisdicciones.

adheridos zona sur río negro neuquén nuevo cuyo mendoza san luis san juan la rioja noa santiago del estero catamarca tucumán salta jujuy nea corrientes entre ríos santa fe ciudad autónoma de buenos aires córdoba

referencias adheridos no adheridos

no adheridos zona sur tierra del fuego, antártida e islas del atlántico sur santa cruz la pampa chubut nea chaco misiones formosa buenos aires 1. nuestra institución | 25


convenio matrícula de aceptación recíproca nacional

Este convenio tiene por objeto autorizar el ejercicio profesional de los arquitectos matriculados en la respectiva jurisdicción provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras provincias o jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional. A los fines de posibilitar la gestión de los matriculados en cada jurisdicción, las mismas se comprometen a compatibilizar sus sistemas de registro de matrícula. A tal fin, y en conformidad de sus respectivas leyes, las entidades exigirán requisitos mínimos de matriculación, de acuerdo a lo consensuado en dicho convenio, que se encuentra en el anexo de esta publicación. Para esto los arquitectos se obligan a cumplir los compromisos administrativos, del ejercicio profesional y habilitación, éticas y previsionales, así como cualquier otra disposición legal que reglamente el ejercicio profesional en la entidad de destino y de los convenios de reciprocidad que con la entidad de origen puedan tener. En caso de incurrir en faltas y/o infracciones, la instrucción de la causa se haría en la jurisdicción donde las mismas ocurrieren. En materia de responsabilidad profesional, los arquitectos quedan sujetos a la competencia, fueros y jurisdicciones de aplicación de la entidad de destino, lugar de ejecución de su tarea profesional.

24 | federación argentina de entidades de arquitectos

matrícula recíproca

con validez nacional

Las entidades que no hayan suscripto al presente convenio, se pueden adherir al mismo con posterioridad, legitimadas conforme a sus respectivas disposiciones legales para el otorgamiento de las matrículas para el ejercicio profesional de la arquitectura en sus jurisdicciones.

adheridos zona sur río negro neuquén nuevo cuyo mendoza san luis san juan la rioja noa santiago del estero catamarca tucumán salta jujuy nea corrientes entre ríos santa fe ciudad autónoma de buenos aires córdoba

referencias adheridos no adheridos

no adheridos zona sur tierra del fuego, antártida e islas del atlántico sur santa cruz la pampa chubut nea chaco misiones formosa buenos aires 1. nuestra institución | 25


matriculados y matriculados activos

arquitectos por región

zona sur

referencias arquitectos activos

tierra del fuego, antártida e ias santa cruz chubut

arquitectos matriculados

río negro

zona sur tierra del fuego, antártida e ias santa cruz chubut

la pampa

la pampa

neuquén

neuquén

nuevo cuyo

nuevo cuyo

mendoza

mendoza

san luis

san luis

san juan

san juan

la rioja

la rioja

noa

noa

santiago del estero

santiago del estero

catamarca

catamarca

tucumán

tucumán

salta

salta

jujuy

jujuy

nea

nea

entre ríos

entre ríos

chaco

chaco

misiones

misiones

corrientes

corrientes

formosa

formosa

santa fe

santa fe

ciudad autónoma de buenos aires

ciudad autónoma de buenos aires

córdoba

córdoba

buenos aires

buenos aires 0,00

2000,00

26 | federación argentina de entidades de arquitectos

4000,00

6000,00

8000,00

10000,00

12000,00 14000,00

3440,00

río negro

5323,00

5272,00

4603,00

7730,00 12500,00 9945,00 13000,00 0,00

2000,00

4000,00

6000,00

8000,00

10000,00

12000,00 14000,00

1. nuestra institución | 27


matriculados y matriculados activos

arquitectos por región

zona sur

referencias arquitectos activos

tierra del fuego, antártida e ias santa cruz chubut

arquitectos matriculados

río negro

zona sur tierra del fuego, antártida e ias santa cruz chubut

la pampa

la pampa

neuquén

neuquén

nuevo cuyo

nuevo cuyo

mendoza

mendoza

san luis

san luis

san juan

san juan

la rioja

la rioja

noa

noa

santiago del estero

santiago del estero

catamarca

catamarca

tucumán

tucumán

salta

salta

jujuy

jujuy

nea

nea

entre ríos

entre ríos

chaco

chaco

misiones

misiones

corrientes

corrientes

formosa

formosa

santa fe

santa fe

ciudad autónoma de buenos aires

ciudad autónoma de buenos aires

córdoba

córdoba

buenos aires

buenos aires 0,00

2000,00

26 | federación argentina de entidades de arquitectos

4000,00

6000,00

8000,00

10000,00

12000,00 14000,00

3440,00

río negro

5323,00

5272,00

4603,00

7730,00 12500,00 9945,00 13000,00 0,00

2000,00

4000,00

6000,00

8000,00

10000,00

12000,00 14000,00

1. nuestra institución | 27


cantidad de arquitectos cada 1000 habitantes en argentina

1,60

1,40

1,20

1,00

0,80

0,60

0,40

0,20

0,00 aĂąo 2001

28 | federaciĂłn argentina de entidades de arquitectos

aĂąo 2013

2. nuestras acciones


cantidad de arquitectos cada 1000 habitantes en argentina

1,60

1,40

1,20

1,00

0,80

0,60

0,40

0,20

0,00 aĂąo 2001

28 | federaciĂłn argentina de entidades de arquitectos

aĂąo 2013

2. nuestras acciones


La política de gestión de fadea ha tenido una importante actividad a través de su historia. Durante los últimos años nos han ocupado especialmente las temáticas que surgieron como fruto de preocupaciones particulares de cada una de las regiones que integran la Federación. Estos tópicos se convirtieron, luego de los correspondientes debates, en acciones concretas que comprenden a todo el territorio nacional. Aquí, una a una de ellas.

matrícula recíproca El Convenio Nacional de Aceptación Recíproca de Matrículas (ver documento adjunto en Anexos) fue celebrado entre las Entidades de Ley, de las Provincias de Córdoba, Santiago del Estero, San Juan, Tucumán, Santa Fe, Mendoza, Jujuy, Río Negro, Salta, San Luis, Neuquén, La Rioja, Entre Ríos, Catamarca, Corrientes y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El mismo tiene por objetivo autorizar el ejercicio profesional de los arquitectos matriculados en la respectiva jurisdicción provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras provincias o jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional.

trabajado en esta definición, a través de la Resolución N°133 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación. Así, mediante la Resolución N° 498/2006 (en su anexo x, como «actividades profesionales reservadas al título de arquitecto, amplicación de incumbencias», firmada por el Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología, Daniel F. Filmus, se logró incorporar la incumbencia N°20 que habilita a los profesionales a proyectar, ejecutar, dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura.

convenio con la superintendencia de riesgos de trabajo

incumbencias

En octubre de 2007, y en sintonía con la línea de gestión que fadea ha llevado a cabo desde sus comienzos, se firmó un Convenio Marco con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante el cual se propone la colaboración entre las partes, para la realización de actividades que contribuyan con el cumplimiento de los fines de la profesión, o que permitan brindar un servicio a la comunidad. El mismo puede traducirse en la realización de cursos, pasantías, seminarios, conferencias, talleres de capacitación, investigaciones, transferencia de tecnología y consultoría en torno al tema de la seguridad y riesgos laborales.

Una de las preocupaciones básicas de nuestra institución es la de determinar, y ampliar, las incumbencias profesionales que los arquitectos pueden validar en todo el territorio nacional. Por ello nuestra Federación ha

Asimismo se estableció la integración de fadea a la mesa cuatripartita, junto a ieric, srt, uocra y la Cámara Argentina de la Construcción. La representación, a nivel

30 | federación argentina de entidades de arquitectos

nacional, está a cargo de nuestra institución. En tanto que, en el contexto provincial, la representación estará a cargo de cada institución adherida a fadea. A su vez, se participó de la discusión, a nivel nacional, sobre las incumbencias de higiene y seguridad en el trabajo, con el fin de constituirnos en un organismo referente en las políticas argentinas, en torno de la construcción y sus implicancias. Este esquema de trabajo permite establecer, entonces, no sólo los tópicos generales, sino también relevar las particularidades de la actividad en cada región.

congreso hacia la equidad territorial - chet El Día Mundial del Urbanismo, celebrado cada 8 de noviembre en más de 30 países, surge en 1949 a partir de una propuesta del Ing. Carlos della Paolera (primer catedrático de urbanismo en Argentina, exdirector del Instituto de Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires y graduado del Institut de Urbanisme de París), «convocando al mundo a un día para la discusión del urbanismo»; como una oportunidad para contemplar la planificación desde una perspectiva global; apelando a la conciencia de los ciudadanos y las autoridades públicas y llamando la atención hacia el impacto ambiental que produce el desarrollo de ciudades y territorios. A partir de esta propuesta es que surge en 2003, y por iniciativa de la Comisión de Urbanismo del Colegio

de Arquitectos de Santa Fe –Distrito 2, Rosario–, el «Congreso Hacia la Equidad Territorial», que se lleva a cabo cada 8 de noviembre en distintas ciudades de Argentina, entre ellas: Salta (2008); Ciudad Autónoma de Buenos Aires (2009); Paraná, Entre Ríos (2010); Rosario, Santa Fe (2011); Santiago del Estero (2012) y Catamarca (2013).

consejo federal de planificación - cofeplan fadea fue convocada por el Ministerio de Planificación y Desarrollo para ser integrante de la Comisión de Planificación Territorial. De esta manera, la Federación se convierte en la primera entidad no gubernamental que es invitada a la mesa del Consejo para contribuir e incidir en el trazado de las políticas públicas en una materia tan sensible como lo es la planificación territorial. Aquí se trabajó el Anteproyecto de Ley Nacional de Ordenamiento Territorial. El objeto de la presente ley es el ordenamiento territorial para el desarrollo sustentable, territorialmente equilibrado y socialmente justo, a través de la regulación del suelo como recurso natural, económico, social, e incluyendo la localización y acondicionamiento de las actividades antrópicas. Asimismo se interpretará de modo armónico con los regímenes especiales ya existentes, y no obsta a la sanción de normas que en su consecuencia se dicten y regulen aspectos específicos de lo urbano y no urbano.

2. nuestras acciones | 31


La política de gestión de fadea ha tenido una importante actividad a través de su historia. Durante los últimos años nos han ocupado especialmente las temáticas que surgieron como fruto de preocupaciones particulares de cada una de las regiones que integran la Federación. Estos tópicos se convirtieron, luego de los correspondientes debates, en acciones concretas que comprenden a todo el territorio nacional. Aquí, una a una de ellas.

matrícula recíproca El Convenio Nacional de Aceptación Recíproca de Matrículas (ver documento adjunto en Anexos) fue celebrado entre las Entidades de Ley, de las Provincias de Córdoba, Santiago del Estero, San Juan, Tucumán, Santa Fe, Mendoza, Jujuy, Río Negro, Salta, San Luis, Neuquén, La Rioja, Entre Ríos, Catamarca, Corrientes y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El mismo tiene por objetivo autorizar el ejercicio profesional de los arquitectos matriculados en la respectiva jurisdicción provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras provincias o jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional.

trabajado en esta definición, a través de la Resolución N°133 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación. Así, mediante la Resolución N° 498/2006 (en su anexo x, como «actividades profesionales reservadas al título de arquitecto, amplicación de incumbencias», firmada por el Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología, Daniel F. Filmus, se logró incorporar la incumbencia N°20 que habilita a los profesionales a proyectar, ejecutar, dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura.

convenio con la superintendencia de riesgos de trabajo

incumbencias

En octubre de 2007, y en sintonía con la línea de gestión que fadea ha llevado a cabo desde sus comienzos, se firmó un Convenio Marco con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante el cual se propone la colaboración entre las partes, para la realización de actividades que contribuyan con el cumplimiento de los fines de la profesión, o que permitan brindar un servicio a la comunidad. El mismo puede traducirse en la realización de cursos, pasantías, seminarios, conferencias, talleres de capacitación, investigaciones, transferencia de tecnología y consultoría en torno al tema de la seguridad y riesgos laborales.

Una de las preocupaciones básicas de nuestra institución es la de determinar, y ampliar, las incumbencias profesionales que los arquitectos pueden validar en todo el territorio nacional. Por ello nuestra Federación ha

Asimismo se estableció la integración de fadea a la mesa cuatripartita, junto a ieric, srt, uocra y la Cámara Argentina de la Construcción. La representación, a nivel

30 | federación argentina de entidades de arquitectos

nacional, está a cargo de nuestra institución. En tanto que, en el contexto provincial, la representación estará a cargo de cada institución adherida a fadea. A su vez, se participó de la discusión, a nivel nacional, sobre las incumbencias de higiene y seguridad en el trabajo, con el fin de constituirnos en un organismo referente en las políticas argentinas, en torno de la construcción y sus implicancias. Este esquema de trabajo permite establecer, entonces, no sólo los tópicos generales, sino también relevar las particularidades de la actividad en cada región.

congreso hacia la equidad territorial - chet El Día Mundial del Urbanismo, celebrado cada 8 de noviembre en más de 30 países, surge en 1949 a partir de una propuesta del Ing. Carlos della Paolera (primer catedrático de urbanismo en Argentina, exdirector del Instituto de Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires y graduado del Institut de Urbanisme de París), «convocando al mundo a un día para la discusión del urbanismo»; como una oportunidad para contemplar la planificación desde una perspectiva global; apelando a la conciencia de los ciudadanos y las autoridades públicas y llamando la atención hacia el impacto ambiental que produce el desarrollo de ciudades y territorios. A partir de esta propuesta es que surge en 2003, y por iniciativa de la Comisión de Urbanismo del Colegio

de Arquitectos de Santa Fe –Distrito 2, Rosario–, el «Congreso Hacia la Equidad Territorial», que se lleva a cabo cada 8 de noviembre en distintas ciudades de Argentina, entre ellas: Salta (2008); Ciudad Autónoma de Buenos Aires (2009); Paraná, Entre Ríos (2010); Rosario, Santa Fe (2011); Santiago del Estero (2012) y Catamarca (2013).

consejo federal de planificación - cofeplan fadea fue convocada por el Ministerio de Planificación y Desarrollo para ser integrante de la Comisión de Planificación Territorial. De esta manera, la Federación se convierte en la primera entidad no gubernamental que es invitada a la mesa del Consejo para contribuir e incidir en el trazado de las políticas públicas en una materia tan sensible como lo es la planificación territorial. Aquí se trabajó el Anteproyecto de Ley Nacional de Ordenamiento Territorial. El objeto de la presente ley es el ordenamiento territorial para el desarrollo sustentable, territorialmente equilibrado y socialmente justo, a través de la regulación del suelo como recurso natural, económico, social, e incluyendo la localización y acondicionamiento de las actividades antrópicas. Asimismo se interpretará de modo armónico con los regímenes especiales ya existentes, y no obsta a la sanción de normas que en su consecuencia se dicten y regulen aspectos específicos de lo urbano y no urbano.

2. nuestras acciones | 31


pro.cre.ar. Convenio de Cooperación con el Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar, Pro.Cre.Ar., con el objetivo de operativizar, optimizar y agilizar la construcción de viviendas. En el marco de dicho convenio, fadea actúa como organismo asesor en el relevamiento y resolución de problemas que involucren a nuestra profesión. A su vez, Pro.Cre.Ar., acuerda el cobro de un honorario máximo del 7% del monto del crédito para los profesionales arquitectos, por su labor en el diseño del proyecto, la gestión y presentación de la documentación exigida por las municipalidades y la dirección de obra.

anteproyecto ley de concurso Uno de los postulados básicos que sostiene la Federación es que, en todo el país, la obra pública debe estar signada y condicionada por una Ley de Concursos, como su máxima garantía de transparencia y pertinencia. Es por ello que propulsamos un proyecto de Ley de Concursos que garantice la igualdad de oportunidades a todos los arquitectos del país, y legitime con su claridad conceptual a la obra pública.

código civil Luego de un exhaustivo análisis del proyecto de modificación del Código Civil y Comercial que se presentó en la legislatura nacional, fadea creyó pertinente hacer sus

32 | federación argentina de entidades de arquitectos

aportes. Es así que, con un grupo de profesionales expertos en leyes, sumamos nuestra mirada jurídica respecto del ejercicio profesional en el Código Civil y Comercial. Nuestro anteproyecto fue tomado en cuenta y sirvió para dejar asentados en la norma aquellos aspectos que tenían implicancia en los márgenes de nuestra disciplina.

encuentros nacionales de tribunales y junta de disciplina y ética profesional A fines de 2008 se dio inicio a los encuentros de Tribunales y Juntas de Disciplinas de las instituciones agrupadas en fadea. Desde entonces, miembros de los Colegios y Asociaciones, se han dado cita en nueve oportunidades para realizar tareas relacionadas directamente con la ética profesional.

faltas de ética y sanciones: El objetivo es hacer un mapeo de la situación de la ética de los arquitectos de cada jurisdicción. Las conclusiones que se obtienen permiten saber las tendencias en cuanto al origen de las causas, cantidad y tipo de sanción aplicadas, y de esa forma conocer el comportamiento profesional de los arquitectos respecto de la ética profesional. formación académica: Analiza los programas correspondientes a la mayoría de las facultades de arquitectura del país, verificando en ellos la incorporación de los contenidos éticos fundamentales.

olimpíadas nacionales de arquitectos Con el objetivo de crear, promover y fortalecer el vínculo extradisciplinar entre los arquitectos argentinos, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba impulsó –y actualmente sostiene–, las Olimpíadas Nacionales de Arquitectos. El encuentro se realiza anualmente y comprende diversas actividades deportivas y de entretenimiento como tenis, ajedrez, natación, fútbol, maratón, básquet y bochas, entre otras. De esta manera, se trabaja sobre el estímulo y sobre los intereses recreativos de los arquitectos argentinos; pero también sobre el intercambio y la interacción entre las diferentes provincias.

En principio estos encuentros han tenido y tienen como objetivo primordial formular propuestas de alcance nacional, de modo tal de unificar criterios sobre los Códigos de Ética de cada jurisdicción provincial. Sobre esta base se conformaron, en principio, tres comisiones de trabajo, donde se analizan los siguientes temas: legislación y procedimiento: compara los contenidos de las distintas leyes y códigos de ética para cualificar y cuantificar las similitudes y diferencias de estas normas, estableciendo sugerencias a las normas básicas.

Reunión de Comisión Directiva de fadea. Termas de Río Ondo, Santiago del Estero, junio 2013.

2. nuestras acciones | 33


pro.cre.ar. Convenio de Cooperación con el Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar, Pro.Cre.Ar., con el objetivo de operativizar, optimizar y agilizar la construcción de viviendas. En el marco de dicho convenio, fadea actúa como organismo asesor en el relevamiento y resolución de problemas que involucren a nuestra profesión. A su vez, Pro.Cre.Ar., acuerda el cobro de un honorario máximo del 7% del monto del crédito para los profesionales arquitectos, por su labor en el diseño del proyecto, la gestión y presentación de la documentación exigida por las municipalidades y la dirección de obra.

anteproyecto ley de concurso Uno de los postulados básicos que sostiene la Federación es que, en todo el país, la obra pública debe estar signada y condicionada por una Ley de Concursos, como su máxima garantía de transparencia y pertinencia. Es por ello que propulsamos un proyecto de Ley de Concursos que garantice la igualdad de oportunidades a todos los arquitectos del país, y legitime con su claridad conceptual a la obra pública.

código civil Luego de un exhaustivo análisis del proyecto de modificación del Código Civil y Comercial que se presentó en la legislatura nacional, fadea creyó pertinente hacer sus

32 | federación argentina de entidades de arquitectos

aportes. Es así que, con un grupo de profesionales expertos en leyes, sumamos nuestra mirada jurídica respecto del ejercicio profesional en el Código Civil y Comercial. Nuestro anteproyecto fue tomado en cuenta y sirvió para dejar asentados en la norma aquellos aspectos que tenían implicancia en los márgenes de nuestra disciplina.

encuentros nacionales de tribunales y junta de disciplina y ética profesional A fines de 2008 se dio inicio a los encuentros de Tribunales y Juntas de Disciplinas de las instituciones agrupadas en fadea. Desde entonces, miembros de los Colegios y Asociaciones, se han dado cita en nueve oportunidades para realizar tareas relacionadas directamente con la ética profesional.

faltas de ética y sanciones: El objetivo es hacer un mapeo de la situación de la ética de los arquitectos de cada jurisdicción. Las conclusiones que se obtienen permiten saber las tendencias en cuanto al origen de las causas, cantidad y tipo de sanción aplicadas, y de esa forma conocer el comportamiento profesional de los arquitectos respecto de la ética profesional. formación académica: Analiza los programas correspondientes a la mayoría de las facultades de arquitectura del país, verificando en ellos la incorporación de los contenidos éticos fundamentales.

olimpíadas nacionales de arquitectos Con el objetivo de crear, promover y fortalecer el vínculo extradisciplinar entre los arquitectos argentinos, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba impulsó –y actualmente sostiene–, las Olimpíadas Nacionales de Arquitectos. El encuentro se realiza anualmente y comprende diversas actividades deportivas y de entretenimiento como tenis, ajedrez, natación, fútbol, maratón, básquet y bochas, entre otras. De esta manera, se trabaja sobre el estímulo y sobre los intereses recreativos de los arquitectos argentinos; pero también sobre el intercambio y la interacción entre las diferentes provincias.

En principio estos encuentros han tenido y tienen como objetivo primordial formular propuestas de alcance nacional, de modo tal de unificar criterios sobre los Códigos de Ética de cada jurisdicción provincial. Sobre esta base se conformaron, en principio, tres comisiones de trabajo, donde se analizan los siguientes temas: legislación y procedimiento: compara los contenidos de las distintas leyes y códigos de ética para cualificar y cuantificar las similitudes y diferencias de estas normas, estableciendo sugerencias a las normas básicas.

Reunión de Comisión Directiva de fadea. Termas de Río Ondo, Santiago del Estero, junio 2013.

2. nuestras acciones | 33


bienal de venecia La Bienal Internacional de Arquitectura de Venecia es el escenario más importante de la arquitectura mundial. Cada dos años los países, las oficinas de arquitectura, los críticos y los intelectuales más importantes del mundo presentan allí las ideas, los temas, las preguntas y las posibles soluciones que conforman la agenda de la arquitectura y del urbanismo de los próximos años. Luego de mucho tiempo de ausencia, Argentina volvió a tener un espacio propio dentro de las instalaciones de la Bienal (que conservará durante 22 años), en un

escenario de mayor relevancia dentro de la muestra. En este marco, la Dirección General de Asuntos Culturales de la Cancillería Argentina convocó a fadea, junto al resto de las organizaciones de la arquitectura de nuestro país (entre ellas, la Sociedad Central de Arquitectos –sca–, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo –cpau—, la Bienal de Arquitectura de Buenos Aires y el Centro de Documentación de Arquitectura Latinoamericana –cedoda–), y a reconocidos arquitectos, que reflexionaron acerca de las relaciones entre arquitectura y sociedad.

campaña nacional «sumá con el resto» Impulsada con el objetivo de contribuir con el cuidado del medio ambiente, pero también de involucrar a los arquitectos en una actividad profesional social y ecológicamente responsable, se impulsó el 17 de mayo de 2013 (Día Mundial del Reciclaje) la campaña de clasificación de los residuos sólidos urbanos, «Sumá con el Resto». Asimismo, a fin de alcanzar un desarrollo federal de la campaña, se realizó un Convenio Marco de colaboración entre los Colegios de Arquitectos del país, y diferentes instituciones municipales, empresas y ong´s cuyas

actividades brindan un servicio a la comunidad, de impacto ambiental, social y económico. «Sumá con el Resto» se llevó a cabo, entonces, como una acción abierta a las distintas aplicaciones y propuestas que cada provincia deseara realizar, convirtiéndose en un importante nexo de comunicación, cooperación y formación, en relación a las necesidades y problemáticas ambientales particulares de cada región pero, principalmente, como un vínculo necesario entre el quehacer profesional del arquitecto y la sociedad. Algunas de las acciones que se llevaron a cabo fueron:

« izquierda: Exposición curada por el Arq. Clorindo Testa, para el pabellón de Argentina, en la Bienal de Arquitectura de Venecia 2012. pág. siguiente: Stand de la Campaña Sumá con el Resto en el Congreso Nacional de Arquitectos, Bs.As., septiembre 2013.

34 | federación argentina de entidades de arquitectos

Cuando separamos nuestros residuos, además de facilitar la tarea de los recolectores urbanos, contribuimos con el reciclado o la reutilización de los mismos, que a través de diferentes procesos sirven como recursos para la creación y construcción de nuevos objetos, obras y productos

»

2. nuestras acciones | 35


bienal de venecia La Bienal Internacional de Arquitectura de Venecia es el escenario más importante de la arquitectura mundial. Cada dos años los países, las oficinas de arquitectura, los críticos y los intelectuales más importantes del mundo presentan allí las ideas, los temas, las preguntas y las posibles soluciones que conforman la agenda de la arquitectura y del urbanismo de los próximos años. Luego de mucho tiempo de ausencia, Argentina volvió a tener un espacio propio dentro de las instalaciones de la Bienal (que conservará durante 22 años), en un

escenario de mayor relevancia dentro de la muestra. En este marco, la Dirección General de Asuntos Culturales de la Cancillería Argentina convocó a fadea, junto al resto de las organizaciones de la arquitectura de nuestro país (entre ellas, la Sociedad Central de Arquitectos –sca–, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo –cpau—, la Bienal de Arquitectura de Buenos Aires y el Centro de Documentación de Arquitectura Latinoamericana –cedoda–), y a reconocidos arquitectos, que reflexionaron acerca de las relaciones entre arquitectura y sociedad.

campaña nacional «sumá con el resto» Impulsada con el objetivo de contribuir con el cuidado del medio ambiente, pero también de involucrar a los arquitectos en una actividad profesional social y ecológicamente responsable, se impulsó el 17 de mayo de 2013 (Día Mundial del Reciclaje) la campaña de clasificación de los residuos sólidos urbanos, «Sumá con el Resto». Asimismo, a fin de alcanzar un desarrollo federal de la campaña, se realizó un Convenio Marco de colaboración entre los Colegios de Arquitectos del país, y diferentes instituciones municipales, empresas y ong´s cuyas

actividades brindan un servicio a la comunidad, de impacto ambiental, social y económico. «Sumá con el Resto» se llevó a cabo, entonces, como una acción abierta a las distintas aplicaciones y propuestas que cada provincia deseara realizar, convirtiéndose en un importante nexo de comunicación, cooperación y formación, en relación a las necesidades y problemáticas ambientales particulares de cada región pero, principalmente, como un vínculo necesario entre el quehacer profesional del arquitecto y la sociedad. Algunas de las acciones que se llevaron a cabo fueron:

« izquierda: Exposición curada por el Arq. Clorindo Testa, para el pabellón de Argentina, en la Bienal de Arquitectura de Venecia 2012. pág. siguiente: Stand de la Campaña Sumá con el Resto en el Congreso Nacional de Arquitectos, Bs.As., septiembre 2013.

34 | federación argentina de entidades de arquitectos

Cuando separamos nuestros residuos, además de facilitar la tarea de los recolectores urbanos, contribuimos con el reciclado o la reutilización de los mismos, que a través de diferentes procesos sirven como recursos para la creación y construcción de nuevos objetos, obras y productos

»

2. nuestras acciones | 35


- Difusión a través redes sociales y del sitio web de fadea, además de la producción de un video de promoción de la campaña. - Se realizaron más de 2000 bolsas ecológicas y 2000 dípticos que se repartieron gratuitamente entre Córdoba, Buenos Aires y Trujillo (Perú), durante la Expo Construcción Mundo Experto de Easy, el Congreso Nacional de Arquitectos y la Reunión del Comité Ejecutivo de la fpaa (Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos), respectivamente. - Se firmaron convenios en Córdoba, Santiago del Estero, y Neuquén.

congreso nacional de arquitectos Organizado por la Sociedad Central de Arquitectos, y como parte de las celebraciones por los 25 años de fadea, se llevó a cabo en Buenos Aires el «Congreso Nacional de Arquitectos 2013». Mediante este encuentro, que se realizó en el mes de octubre, se buscó obtener un panorama de la realidad actual del ejercicio profesional de los arquitectos en la Argentina y formular propuestas creativas para apuntalar y potenciar el desempeño laboral de los matriculados. Así, entre los objetivos específicos del cna 2013 se encontraron:

- Efectuar un diagnóstico de las condiciones generales del ejercicio profesional de los arquitectos en la Argentina. - Consolidar la visibilidad y la valoración social de la profesión del arquitecto en nuestro país. - Consolidar el rol de los arquitectos frente a los diferentes actores que intervienen en el proceso de creación de la arquitectura y del urbanismo. - Generar iniciativas para el mejoramiento del desarrollo del trabajo profesional. Primer Congreso Nacional de Arquitectos organizado por fadea y realizado en la Sociedad Central de Arquitectos. Bs.As., septiembre 2013.

premios arq Con el objetivo de difundir y reconocer la tarea de profesionales que desafían y encuentran soluciones a las condicionantes geográficas, culturales, sociales y económicas más diversas del país, el suplemento de arquitectura del diario Clarín arq y fadea organizaron los «Premios arq a la arquitectura argentina». Así, mediante una convocatoria abierta a todas las provincias, el premio se organizó en ocho capítulos y una instancia final. En cada capítulo compitieron las obras construidas en los últimos 5 años, en cada una de las regiones del país: 1. Provincia de Buenos Aires, 2. caba (Ciudad Auntónoma de Buenos Aires),

Presentación de la Campaña Sumá con el Resto, en el marco de la Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Trujillo Octubre, 2013.

36 | federación argentina de entidades de arquitectos

2. nuestras acciones | 37


- Difusión a través redes sociales y del sitio web de fadea, además de la producción de un video de promoción de la campaña. - Se realizaron más de 2000 bolsas ecológicas y 2000 dípticos que se repartieron gratuitamente entre Córdoba, Buenos Aires y Trujillo (Perú), durante la Expo Construcción Mundo Experto de Easy, el Congreso Nacional de Arquitectos y la Reunión del Comité Ejecutivo de la fpaa (Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos), respectivamente. - Se firmaron convenios en Córdoba, Santiago del Estero, y Neuquén.

congreso nacional de arquitectos Organizado por la Sociedad Central de Arquitectos, y como parte de las celebraciones por los 25 años de fadea, se llevó a cabo en Buenos Aires el «Congreso Nacional de Arquitectos 2013». Mediante este encuentro, que se realizó en el mes de octubre, se buscó obtener un panorama de la realidad actual del ejercicio profesional de los arquitectos en la Argentina y formular propuestas creativas para apuntalar y potenciar el desempeño laboral de los matriculados. Así, entre los objetivos específicos del cna 2013 se encontraron:

- Efectuar un diagnóstico de las condiciones generales del ejercicio profesional de los arquitectos en la Argentina. - Consolidar la visibilidad y la valoración social de la profesión del arquitecto en nuestro país. - Consolidar el rol de los arquitectos frente a los diferentes actores que intervienen en el proceso de creación de la arquitectura y del urbanismo. - Generar iniciativas para el mejoramiento del desarrollo del trabajo profesional. Primer Congreso Nacional de Arquitectos organizado por fadea y realizado en la Sociedad Central de Arquitectos. Bs.As., septiembre 2013.

premios arq Con el objetivo de difundir y reconocer la tarea de profesionales que desafían y encuentran soluciones a las condicionantes geográficas, culturales, sociales y económicas más diversas del país, el suplemento de arquitectura del diario Clarín arq y fadea organizaron los «Premios arq a la arquitectura argentina». Así, mediante una convocatoria abierta a todas las provincias, el premio se organizó en ocho capítulos y una instancia final. En cada capítulo compitieron las obras construidas en los últimos 5 años, en cada una de las regiones del país: 1. Provincia de Buenos Aires, 2. caba (Ciudad Auntónoma de Buenos Aires),

Presentación de la Campaña Sumá con el Resto, en el marco de la Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Trujillo Octubre, 2013.

36 | federación argentina de entidades de arquitectos

2. nuestras acciones | 37


3. Córdoba, 4. Santa Fe, 5. Región Sur, 6. Región Nuevo Cuyo, 7. Región Noreste, 8. Región Noroeste. Y de cada una de estas regiones se eligieron las obras que luego compitieron en la final.

premios pro.cre.ar. La Federación no sólo tuvo la posibilidad de firmar un acuerdo para todos los arquitectos del país, con el Plan de Vivienda Pro.Cre.Ar., sino que además acercó la idea –a implementarse en 2014– de entregar el Premio Pro.Cre.Ar. a las mejores obras de arquitectura que surgieran bajo este plan: un estímulo que fortalece el programa y a los profesionales que han participado en él.

premios fadea Luego de haber organizado los premios arq, junto a diario Clarín, nuestra Federación creyó necesario instalar en el país un premio a los arquitectos y su trayectoria, tanto institucional como disciplinar, en la docencia o en la difusión de la arquitectura argentina. Entre las categorías no sólo se contempla la obra arquitectónica sino también a los profesionales que, con su quehacer en la investigación, la educación y la gestión han hecho aportes imprescindibles a nuestra disciplina. El Premio fadea ya tiene su reglamento aprobado y prevista su primera edición para 2014.

Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Trujillo Octubre, 2013.

derecha: Exposición de los premios fadea Clarín en el Museo Nacional de Bellas Artes de Neuquén, 2011. abajo: Obras seleccionadas por las entidades de fadea para la representación argentina en la Asamblea de fpaa. Medellín, Octubre 2010

Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Sentados, los vicepresidentes regionales de la Federación: Arq. Omar Erazo, Arq. Gerardo Montaruli, Arq. Marianela Jiménez, Arq. Erick Haley y Arq. Miguel Rodriguez. Trujillo Octubre, 2013.

38 | federación argentina de entidades de arquitectos

2. nuestras acciones | 39


3. Córdoba, 4. Santa Fe, 5. Región Sur, 6. Región Nuevo Cuyo, 7. Región Noreste, 8. Región Noroeste. Y de cada una de estas regiones se eligieron las obras que luego compitieron en la final.

premios pro.cre.ar. La Federación no sólo tuvo la posibilidad de firmar un acuerdo para todos los arquitectos del país, con el Plan de Vivienda Pro.Cre.Ar., sino que además acercó la idea –a implementarse en 2014– de entregar el Premio Pro.Cre.Ar. a las mejores obras de arquitectura que surgieran bajo este plan: un estímulo que fortalece el programa y a los profesionales que han participado en él.

premios fadea Luego de haber organizado los premios arq, junto a diario Clarín, nuestra Federación creyó necesario instalar en el país un premio a los arquitectos y su trayectoria, tanto institucional como disciplinar, en la docencia o en la difusión de la arquitectura argentina. Entre las categorías no sólo se contempla la obra arquitectónica sino también a los profesionales que, con su quehacer en la investigación, la educación y la gestión han hecho aportes imprescindibles a nuestra disciplina. El Premio fadea ya tiene su reglamento aprobado y prevista su primera edición para 2014.

Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Trujillo Octubre, 2013.

derecha: Exposición de los premios fadea Clarín en el Museo Nacional de Bellas Artes de Neuquén, 2011. abajo: Obras seleccionadas por las entidades de fadea para la representación argentina en la Asamblea de fpaa. Medellín, Octubre 2010

Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Sentados, los vicepresidentes regionales de la Federación: Arq. Omar Erazo, Arq. Gerardo Montaruli, Arq. Marianela Jiménez, Arq. Erick Haley y Arq. Miguel Rodriguez. Trujillo Octubre, 2013.

38 | federación argentina de entidades de arquitectos

2. nuestras acciones | 39


3. nuestros concursos

arriba: Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Paraguay, mayo 2011. abajo: El vicepresidente de fadea, Arq. Luis Albornoz, junto al entonces presidente del Colegio de Arquitectos de Santa Fe, Arq. José Sarúa, en el Congreso Internacional de Arquitectura Latinoamericana. Hábitat y vivienda, reflexiones y proyectos. Provincia de Santa Fe, octubre 2010.

40 | federación argentina de entidades de arquitectos


3. nuestros concursos

arriba: Reunión de Comité Ejecutivo de fpaa. Paraguay, mayo 2011. abajo: El vicepresidente de fadea, Arq. Luis Albornoz, junto al entonces presidente del Colegio de Arquitectos de Santa Fe, Arq. José Sarúa, en el Congreso Internacional de Arquitectura Latinoamericana. Hábitat y vivienda, reflexiones y proyectos. Provincia de Santa Fe, octubre 2010.

40 | federación argentina de entidades de arquitectos


los primeros concursos en argentina

El inicio de los concursos en la República Argentina se remonta a 1880, cuando se convocó a diversos Concursos de obras de edificios pertenecientes al Gobierno Nacional. Podemos encontrar, entre ellos, al Banco Hipotecario, al Palacio del Congreso de la Nación o a distintos estamentos representativos de la sociedad del momento; por ejemplo, la Basílica de Luján o el Jockey Club de Buenos Aires. Se encuentran, también, aquellos vinculados a temáticas urbanas o de tratamiento del entorno de edificios como el Concurso Internacional de Edificios Públicos para la Ciudad de La Plata, el Plan Regulador de Rosario o el de Mendoza.

reglamento de concursos En nuestro país los concursos profesionales fueron encarados de manera inorgánica, hasta que se aprobó el primer Reglamento de Concursos en el año 1904, cuando la Sociedad Central de Arquitectos (fundada en el año 1886) estructuró las pautas de organización de estos concursos. Esto fue continuado a nivel federal por la fasa (Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos) en la década del '50; y, luego, continuó con nuestra Federación a partir de sus inicios, en octubre de 1989. Actualmente es fadea quien está a cargo de la supervisión del Reglamento Nacional de Concursos (ver documento completo en Anexos); y por el cual deben regirse todos los concursos que se realizan en nuestro país.

42 | federación argentina de entidades de arquitectos

En él se establecen varios aspectos e instancias, pero existen dos de gran importancia. En primer término, la elaboración de las Bases para la convocatoria, a cargo de los asesores (pertenecientes al Cuerpo de Asesores elegidos en cada entidad, de la jurisdicción de la obra a concursar); y en segundo término, la evaluación de los proyectos presentados al concurso, a cargo del Jurado, también pertenecientes a los cuerpos de jurados de las entidades adheridas a la Federación. En este último se incluyen representantes del comité de la Obra, de los Colegios asesores y miembros Jurados; elegidos periódicamente y de forma nominal por sus colegas en las entidades adheridas a la fadea. En cada concurso, los participantes eligen por votación a un miembro jurado de esas entidades, que se suma a los restantes integrantes del Jurado. A lo largo de los años, fadea actualizó el Reglamento, expresando en su introducción: «propiciará y estimulará la generación de concursos públicos, sean éstos de anteproyectos, ideas, monografías, etc., como mecanismo que garantice la igualdad de oportunidades para todos los arquitectos, mediante una honesta, objetiva e imparcial confrontación de calidades, jerarquice los temas a desarrollar y asegure un fallo justo, brindando al comitente un mejor producto como resultado de la libre competencia».

Así, el Reglamento de Concursos se propone como el elemento capaz de coordinar todos los aspectos que dicha mecánica ofrece, para resolver temas que van desde la mínima escala local hasta la internacional. Este instrumento se pone al servicio de la comunidad, sin apartarse de las normas éticas que deben regir el ejercicio profesional y rechazando «aquellos concursos que menoscaben la dignidad y los derechos del hombre, que lesionen el patrimonio arquitectónico o urbanístico, el medio ambiente o la calidad habitacional; o que se opongan a los Estatutos de la Federación o menoscaben las competencias propias de los arquitectos. Este Reglamento debe permitir una razonable flexibilidad para estimular la gestión de Concursos pero, a su vez, manteniendo el necesario rigor a fin de reafirmar el sistema nacional de concursos, objetivo que, como parte inseparable de su política democrática y federativa, se obliga a llevar adelante la Federación». Los concursos son competencias entre profesionales para resolver problemas arquitectónicos y urbanísticos, o cuestiones afines a la profesión y pueden ser realizados ante el pedido expreso de un Promotor (público o privado) o por iniciativa propia de cada entidad de arquitectos de la jurisdicción de la obra. Las entidades organizadoras deberán procurar que todo Concurso sea vinculante, a efectos de lograr la concreción definitiva de la obra. Además los concursos se pueden clasificar de

acuerdo a la participación de profesionales, la escala o jurisdicción y el grado de profundidad de los estudios. La experiencia ha permitido comprobar la óptima participación en los equipos de especialistas de diversas disciplinas de la construcción, en los temas que han requerido su concurrencia, así como su integración a las asesorías y jurados, de acuerdo con lo que prevé el Reglamento Nacional de Concursos.

trascendencia nacional e internacional El sólo enunciado de una mínima parte de los concursos realizados en el país es testimonio de la calidad e imparcialidad de los fallos, reconocidos por los profesionales de la construcción en su conjunto. Entre ellos, cabe mencionar: los Pabellones del Centenario en 1909; el Edificio del Consejo Deliberante -hoy sede de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bs. As, en 1928; El Hotel Llao Llao en el 35, Viviendas Rurales de 1939; Monumento a la Bandera en Rosario de 1941; concurso para diversos Edificios Públicos en la reconstrucción de San Juan en 1947; la Casa de Gobierno de La Pampa en 1956; la Unión Industrial Argentina en 1968, embajadas de la Argentina en diversos países e innumerables concursos municipales; estaciones de ómnibus; facultades de diversas universidades; centros cívicos; hospitales; bancos provinciales; auditorios; centros deportivos; centros culturales; museos; conjuntos de viviendas; parques y plazas. En estos últimos tiempos, fadea ha auspiciado más de 150 concursos por año.

3. nuestros concursos | 43


los primeros concursos en argentina

El inicio de los concursos en la República Argentina se remonta a 1880, cuando se convocó a diversos Concursos de obras de edificios pertenecientes al Gobierno Nacional. Podemos encontrar, entre ellos, al Banco Hipotecario, al Palacio del Congreso de la Nación o a distintos estamentos representativos de la sociedad del momento; por ejemplo, la Basílica de Luján o el Jockey Club de Buenos Aires. Se encuentran, también, aquellos vinculados a temáticas urbanas o de tratamiento del entorno de edificios como el Concurso Internacional de Edificios Públicos para la Ciudad de La Plata, el Plan Regulador de Rosario o el de Mendoza.

reglamento de concursos En nuestro país los concursos profesionales fueron encarados de manera inorgánica, hasta que se aprobó el primer Reglamento de Concursos en el año 1904, cuando la Sociedad Central de Arquitectos (fundada en el año 1886) estructuró las pautas de organización de estos concursos. Esto fue continuado a nivel federal por la fasa (Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos) en la década del '50; y, luego, continuó con nuestra Federación a partir de sus inicios, en octubre de 1989. Actualmente es fadea quien está a cargo de la supervisión del Reglamento Nacional de Concursos (ver documento completo en Anexos); y por el cual deben regirse todos los concursos que se realizan en nuestro país.

42 | federación argentina de entidades de arquitectos

En él se establecen varios aspectos e instancias, pero existen dos de gran importancia. En primer término, la elaboración de las Bases para la convocatoria, a cargo de los asesores (pertenecientes al Cuerpo de Asesores elegidos en cada entidad, de la jurisdicción de la obra a concursar); y en segundo término, la evaluación de los proyectos presentados al concurso, a cargo del Jurado, también pertenecientes a los cuerpos de jurados de las entidades adheridas a la Federación. En este último se incluyen representantes del comité de la Obra, de los Colegios asesores y miembros Jurados; elegidos periódicamente y de forma nominal por sus colegas en las entidades adheridas a la fadea. En cada concurso, los participantes eligen por votación a un miembro jurado de esas entidades, que se suma a los restantes integrantes del Jurado. A lo largo de los años, fadea actualizó el Reglamento, expresando en su introducción: «propiciará y estimulará la generación de concursos públicos, sean éstos de anteproyectos, ideas, monografías, etc., como mecanismo que garantice la igualdad de oportunidades para todos los arquitectos, mediante una honesta, objetiva e imparcial confrontación de calidades, jerarquice los temas a desarrollar y asegure un fallo justo, brindando al comitente un mejor producto como resultado de la libre competencia».

Así, el Reglamento de Concursos se propone como el elemento capaz de coordinar todos los aspectos que dicha mecánica ofrece, para resolver temas que van desde la mínima escala local hasta la internacional. Este instrumento se pone al servicio de la comunidad, sin apartarse de las normas éticas que deben regir el ejercicio profesional y rechazando «aquellos concursos que menoscaben la dignidad y los derechos del hombre, que lesionen el patrimonio arquitectónico o urbanístico, el medio ambiente o la calidad habitacional; o que se opongan a los Estatutos de la Federación o menoscaben las competencias propias de los arquitectos. Este Reglamento debe permitir una razonable flexibilidad para estimular la gestión de Concursos pero, a su vez, manteniendo el necesario rigor a fin de reafirmar el sistema nacional de concursos, objetivo que, como parte inseparable de su política democrática y federativa, se obliga a llevar adelante la Federación». Los concursos son competencias entre profesionales para resolver problemas arquitectónicos y urbanísticos, o cuestiones afines a la profesión y pueden ser realizados ante el pedido expreso de un Promotor (público o privado) o por iniciativa propia de cada entidad de arquitectos de la jurisdicción de la obra. Las entidades organizadoras deberán procurar que todo Concurso sea vinculante, a efectos de lograr la concreción definitiva de la obra. Además los concursos se pueden clasificar de

acuerdo a la participación de profesionales, la escala o jurisdicción y el grado de profundidad de los estudios. La experiencia ha permitido comprobar la óptima participación en los equipos de especialistas de diversas disciplinas de la construcción, en los temas que han requerido su concurrencia, así como su integración a las asesorías y jurados, de acuerdo con lo que prevé el Reglamento Nacional de Concursos.

trascendencia nacional e internacional El sólo enunciado de una mínima parte de los concursos realizados en el país es testimonio de la calidad e imparcialidad de los fallos, reconocidos por los profesionales de la construcción en su conjunto. Entre ellos, cabe mencionar: los Pabellones del Centenario en 1909; el Edificio del Consejo Deliberante -hoy sede de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bs. As, en 1928; El Hotel Llao Llao en el 35, Viviendas Rurales de 1939; Monumento a la Bandera en Rosario de 1941; concurso para diversos Edificios Públicos en la reconstrucción de San Juan en 1947; la Casa de Gobierno de La Pampa en 1956; la Unión Industrial Argentina en 1968, embajadas de la Argentina en diversos países e innumerables concursos municipales; estaciones de ómnibus; facultades de diversas universidades; centros cívicos; hospitales; bancos provinciales; auditorios; centros deportivos; centros culturales; museos; conjuntos de viviendas; parques y plazas. En estos últimos tiempos, fadea ha auspiciado más de 150 concursos por año.

3. nuestros concursos | 43


4. representación internacional En el plano internacional, el sistema de concursos públicos abiertos cuenta con los antecedentes de obras como: Ópera de Sidney; Ópera de la Bastilla y Arco de la Defensa en París; y el Foro de Tokio. Del mismo modo, las leyes de concursos han favorecido significativamente el progreso y la calidad de las obras de arquitectura y urbanismo, particularmente en distintos países de Europa. Los concursos permiten un sistema de óptimo nivel, igualdad de oportunidades y máxima transparencia para

complementar la obra pública en aquellos emprendimientos que, por diferentes motivos, no fueran encarados de manera directa por los organismos técnicos de su jurisdicción. Las obras concursadas constituyeron un aporte significativo en la generación de espacios y edificios públicos de alta calidad. Esta situación se vería multiplicada con la aprobación de una Ley de Concursos.

Integrantes de fadea en el Edificio de la Municipalidad de Dolavon (proyecto realizado a través de un concurso nacional de arquitectura en el año 2003), en el marco de la reunión de Comisión Directiva. Chubut, enero 2010.

44 | federación argentina de entidades de arquitectos


4. representación internacional En el plano internacional, el sistema de concursos públicos abiertos cuenta con los antecedentes de obras como: Ópera de Sidney; Ópera de la Bastilla y Arco de la Defensa en París; y el Foro de Tokio. Del mismo modo, las leyes de concursos han favorecido significativamente el progreso y la calidad de las obras de arquitectura y urbanismo, particularmente en distintos países de Europa. Los concursos permiten un sistema de óptimo nivel, igualdad de oportunidades y máxima transparencia para

complementar la obra pública en aquellos emprendimientos que, por diferentes motivos, no fueran encarados de manera directa por los organismos técnicos de su jurisdicción. Las obras concursadas constituyeron un aporte significativo en la generación de espacios y edificios públicos de alta calidad. Esta situación se vería multiplicada con la aprobación de una Ley de Concursos.

Integrantes de fadea en el Edificio de la Municipalidad de Dolavon (proyecto realizado a través de un concurso nacional de arquitectura en el año 2003), en el marco de la reunión de Comisión Directiva. Chubut, enero 2010.

44 | federación argentina de entidades de arquitectos


La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos tiene una larga historia relacionada con la representación de los profesionales argentinos en territorios internacionales. Ya durante la década del »60, a través de la Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos, nuestra presencia en el mundo era importante; aportando no sólo palabra en los debates sino arquitectos e investigadores que eran citados en distintas universidades latinoamericanas y europeas. Luego, con la creación de fadea y su necesidad de integrarse al concierto de las naciones, comenzó una nutrida historia de participaciones y articulación de políticas de gestión, junto a las instituciones que nos referencian puertas afuera: la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos (fpaa), la Comisión de Integración de la Ingeniería, Arquitectura, Agrimensura y Agronomía para el Mercosur (ciam) y la Unión Internacional de Arquitectos (uia). Detallar las acciones que la Federación ha llevado a esta discusión nacional sobre la disciplina y sus problemáticas agotaría este espacio. Basta con delinear apenas algunos datos: ocupamos la Presidencia de fpaa con el Arq. Jorge Monti entre 2008 y 2012 y, en la actualidad, el Arq. Gerardo Montaruli asume la Vicepresidencia; signos contundentes de la aceptación y la inclusión que nuestro país ha logrado en el territorio panamericano.

46 | federación argentina de entidades de arquitectos

En fadea entendemos que para posicionar al arquitecto argentino en el exterior es preciso abrir múltiples espacios de presencia y diálogo; desterrando la idea de la autorreferencialidad o utilitarismo. Partimos de la convicción de que si la Argentina no tiene espacio en las organizaciones internacionales no puede sentirse incluida en el mundo. Pero también es preciso que esa inclusión se concrete desde nuestra propia realidad y la de nuestras instituciones nacionales; una realidad que está atravesada por determinados condicionamientos económicos, políticos y culturales. Basada en estas premisas, entonces, fadea ha funcionado también como un articulador de la disciplina y su desarrollo en nuestro país, y hacia el mundo. Pues ha buscado integrarse a partir del mutuo reconocimiento con el resto de las naciones: comparando con el exterior nuestras potencialidades y aportes. Esto nos ha permitido detectar cuál es la posición que ocupamos, como país y respecto de la arquitectura, en la mirada internacional. Nuestros gestos de acción se extienden fuera del territorio nacional cada vez con más fuerza. Participamos en los debates actuales, llevamos nuestra mirada hacia el mundo, compartimos experiencias, riquezas y aprendemos de las que nos acercan.

federación panamericana de asociaciones de arquitectos - fpaa En el año 1920 se realizó el primer Congreso Panamericano de Arquitectos. Allí se constituyó el Comité Permanente de los Congresos Panamericanos, y en 1950, durante el vii Congreso, se aprobó la creación de la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos, con el cometido de reunir formalmente a los arquitectos de todos los países americanos sin distinciones raciales, religiosas o políticas.

del conocimiento recíproco y la ayuda mutua, representando las aspiraciones de las Secciones Nacionales que la componen constituidas en Asamblea Soberana. En su larga evolución, la fpaa ha llegado a ser un organismo panamericano regionalizado con una representatividad genuina de las regiones ante su Comité Ejecutivo. La Federación comprende actualmente 32 Secciones Nacionales agrupadas en cinco regiones geográficas: Región Norte, Región Centro América, Región Caribe, Región Andina y Región Cono Sur.

La fpaa es hoy una institución esencialmente democrática con una concepción de integración americana, a través

Autoridades de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay en la reunión de Cono Sur en Curitiba, Brasil en el año 2011.

4. representación internacional | 47


La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos tiene una larga historia relacionada con la representación de los profesionales argentinos en territorios internacionales. Ya durante la década del »60, a través de la Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos, nuestra presencia en el mundo era importante; aportando no sólo palabra en los debates sino arquitectos e investigadores que eran citados en distintas universidades latinoamericanas y europeas. Luego, con la creación de fadea y su necesidad de integrarse al concierto de las naciones, comenzó una nutrida historia de participaciones y articulación de políticas de gestión, junto a las instituciones que nos referencian puertas afuera: la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos (fpaa), la Comisión de Integración de la Ingeniería, Arquitectura, Agrimensura y Agronomía para el Mercosur (ciam) y la Unión Internacional de Arquitectos (uia). Detallar las acciones que la Federación ha llevado a esta discusión nacional sobre la disciplina y sus problemáticas agotaría este espacio. Basta con delinear apenas algunos datos: ocupamos la Presidencia de fpaa con el Arq. Jorge Monti entre 2008 y 2012 y, en la actualidad, el Arq. Gerardo Montaruli asume la Vicepresidencia; signos contundentes de la aceptación y la inclusión que nuestro país ha logrado en el territorio panamericano.

46 | federación argentina de entidades de arquitectos

En fadea entendemos que para posicionar al arquitecto argentino en el exterior es preciso abrir múltiples espacios de presencia y diálogo; desterrando la idea de la autorreferencialidad o utilitarismo. Partimos de la convicción de que si la Argentina no tiene espacio en las organizaciones internacionales no puede sentirse incluida en el mundo. Pero también es preciso que esa inclusión se concrete desde nuestra propia realidad y la de nuestras instituciones nacionales; una realidad que está atravesada por determinados condicionamientos económicos, políticos y culturales. Basada en estas premisas, entonces, fadea ha funcionado también como un articulador de la disciplina y su desarrollo en nuestro país, y hacia el mundo. Pues ha buscado integrarse a partir del mutuo reconocimiento con el resto de las naciones: comparando con el exterior nuestras potencialidades y aportes. Esto nos ha permitido detectar cuál es la posición que ocupamos, como país y respecto de la arquitectura, en la mirada internacional. Nuestros gestos de acción se extienden fuera del territorio nacional cada vez con más fuerza. Participamos en los debates actuales, llevamos nuestra mirada hacia el mundo, compartimos experiencias, riquezas y aprendemos de las que nos acercan.

federación panamericana de asociaciones de arquitectos - fpaa En el año 1920 se realizó el primer Congreso Panamericano de Arquitectos. Allí se constituyó el Comité Permanente de los Congresos Panamericanos, y en 1950, durante el vii Congreso, se aprobó la creación de la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos, con el cometido de reunir formalmente a los arquitectos de todos los países americanos sin distinciones raciales, religiosas o políticas.

del conocimiento recíproco y la ayuda mutua, representando las aspiraciones de las Secciones Nacionales que la componen constituidas en Asamblea Soberana. En su larga evolución, la fpaa ha llegado a ser un organismo panamericano regionalizado con una representatividad genuina de las regiones ante su Comité Ejecutivo. La Federación comprende actualmente 32 Secciones Nacionales agrupadas en cinco regiones geográficas: Región Norte, Región Centro América, Región Caribe, Región Andina y Región Cono Sur.

La fpaa es hoy una institución esencialmente democrática con una concepción de integración americana, a través

Autoridades de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay en la reunión de Cono Sur en Curitiba, Brasil en el año 2011.

4. representación internacional | 47


5. nuestras entidades

comisión de integración de la ingeniería, arquitectura, agrimensura y agronomía para el mercosur – ciam En 1989 las federaciones y organizaciones de profesionales de las disciplinas pertenecientes a los cuatro países signatarios del Mercosur inician los contactos con el objeto de facilitar el libre ejercicio profesional y una adecuada fiscalización de ese ejercicio por parte de los organismos en los que los respectivos Estados han delegado esa responsabilidad. Con esos objetivos, se plantearon diversas metas: 1. Reciprocidad en las condiciones del ejercicio profesional en los cuatro países.
 2.Normas ágiles consensuadas para la acreditación de títulos e inscripción en los colegios, consejos u otros

entes que tienen delegado el registro matricular y la fiscalización del ejercicio profesional y ético.
 3. Fiscalización integral, permanente y eficaz. fadea integra ciam – Argentina junto a: capeg: Comité Asesor Permanente para el Ejercicio de la Geología. fada: Federación Argentina de Agrimensores. fadic: Federación Argentina de Ingenieros Civiles. fadie: Federación Argentina de Ingenieros Especialistas. fadia: Federación Argentina de Ingenieros Agrónomos, Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería.

unión internacional de arquitectos La Unión Internacional de Arquitectos es una organización no gubernamental; una federación mundial integrada por las asociaciones nacionales de arquitectos. El objetivo de la uia es unir a los arquitectos del mundo sin ningún tipo de distinción. De las 27 delegaciones presentes en la asamblea fundacional en Lausana, Suiza, en 1948, la uia ha crecido hasta abarcar las principales organizaciones profesionales de arquitectos en 124 países y territorios; y ahora representa, a través de estas organizaciones, cerca de 1,3 millones arquitectos de todo el mundo. Integrantes de fpaa en la asamblea de Medellín, Colombia 2010 .

48 | federación argentina de entidades de arquitectos


5. nuestras entidades

comisión de integración de la ingeniería, arquitectura, agrimensura y agronomía para el mercosur – ciam En 1989 las federaciones y organizaciones de profesionales de las disciplinas pertenecientes a los cuatro países signatarios del Mercosur inician los contactos con el objeto de facilitar el libre ejercicio profesional y una adecuada fiscalización de ese ejercicio por parte de los organismos en los que los respectivos Estados han delegado esa responsabilidad. Con esos objetivos, se plantearon diversas metas: 1. Reciprocidad en las condiciones del ejercicio profesional en los cuatro países.
 2.Normas ágiles consensuadas para la acreditación de títulos e inscripción en los colegios, consejos u otros

entes que tienen delegado el registro matricular y la fiscalización del ejercicio profesional y ético.
 3. Fiscalización integral, permanente y eficaz. fadea integra ciam – Argentina junto a: capeg: Comité Asesor Permanente para el Ejercicio de la Geología. fada: Federación Argentina de Agrimensores. fadic: Federación Argentina de Ingenieros Civiles. fadie: Federación Argentina de Ingenieros Especialistas. fadia: Federación Argentina de Ingenieros Agrónomos, Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería.

unión internacional de arquitectos La Unión Internacional de Arquitectos es una organización no gubernamental; una federación mundial integrada por las asociaciones nacionales de arquitectos. El objetivo de la uia es unir a los arquitectos del mundo sin ningún tipo de distinción. De las 27 delegaciones presentes en la asamblea fundacional en Lausana, Suiza, en 1948, la uia ha crecido hasta abarcar las principales organizaciones profesionales de arquitectos en 124 países y territorios; y ahora representa, a través de estas organizaciones, cerca de 1,3 millones arquitectos de todo el mundo. Integrantes de fpaa en la asamblea de Medellín, Colombia 2010 .

48 | federación argentina de entidades de arquitectos


experiencias que se manifiestan en el resto del país a la mayor cantidad de colegas posible.

autoridades Cargos de Comisión Directiva 2013 – 2015 presidente: Arq. Diego López vicepresidente: Arq. Andrés Torres secretario general: Arq. María Laura Levati secretario de hacienda: Arq. Lucas Rodriguez contacto 25 de mayo N° 286 – Río Gallegos (cpaia) tel: 0810 - 333-1032 / 02966 - 422870 arquitectossantacruz@gmail.com facebook: arquitectos santa cruz www.cpaia.org.ar En el mes de octubre de 2010 el Consejo Provincial de la Agrimensura la Ingeniería y la Arquitectura de la Provincia de Santa Cruz (cpaia), a través de su claustro de Arquitectura, decide reinsertarse en el intercambio entre entidades propiciado por la fadea. En aquellos primeros encuentros se evidencia la falta de desarrollo institucional de parte del claustro que nos agrupa, generando la necesidad de transmitir las

50 | federación argentina de entidades de arquitectos

Comenzando el año 2011, ese ímpetu por agruparse y constituirse como una entidad que involucre a los arquitectos por fuera de la órbita del cpaia, se fortaleció de manera tal que fue sumando ideas y colegas interesados en hacer realidad el resurgimiento de la Asociación de Arquitectos de Santa Cruz. Para ello fue preponderante la apertura ideológica y humana de los integrantes de la Federación, y su apoyo materializado en la organización de dos encuentros en el ámbito de nuestra provincia. Actualmente, Arquitectos Santa Cruz es una entidad con personería jurídica, que intenta mantenerse activa, y que en apenas dos años de vigencia ha organizado actividades de capacitación, encuentros sociales; ha participado en la redacción de normas urbanísticas y se ha manifestado en los medios acerca de temas que quizás, en tiempos previos, pasaban desapercibidos ante una comunidad desacostumbrada a que entidades no gubernamentales puedan influir en el desarrollo de sus ciudades.

Directivas, la Asociación ha desarrollado las tareas que su capacidad operativa le ha permitido, en función de cumplir con el mandato histórico.

Autoridades presidente: Arq. María de Los Ángeles Fernández vicepresidente: Arq. Eduardo Bartoletti secretario: Arq. Marcial de La Mata tesorero: Arq. Pablo Tueros Contacto Urquiza N°564, 3º piso –c.p. 6300– Santa Rosa, La Pampa tel: 02954 - 419781- int. 104 facebook: Asociación de Arquitectos de La Pampa aalp06@yahoo.com.ar

Como punta de iceberg de todas las actividades, la organización de concursos nacionales y provinciales a través de los años, ha marcado su impronta en toda la provincia, con un alto porcentaje de estos concursos transformados en obras construidas. A partir del año 2007, la Asociación de Arquitectos inició el camino hacia la colegiación independiente, poniéndose a la cabeza de un reclamo de la gran mayoría de los colegas. En el año 2010, se presentó el anteproyecto de ley del Colegio de Arquitectos de La Pampa, que a la fecha no ha sido tratada por la Cámara de Diputados de la provincia. La matrícula actual es de 335 arquitectos.

La Asociación de Arquitectos tiene su fecha de contrato social el 9 de mayo de 1981, y conforma su primera Comisión Directiva el 17 de abril de 1982. La Institución nace por la necesidad de comenzar a organizarse y discutir los temas propios del ejercicio profesional que, por esos años, el número creciente de colegas en la provincia así lo demandaba. Desde su creación, y a través de sus distintas Comisiones

5. nuestras entidades | 51


experiencias que se manifiestan en el resto del país a la mayor cantidad de colegas posible.

autoridades Cargos de Comisión Directiva 2013 – 2015 presidente: Arq. Diego López vicepresidente: Arq. Andrés Torres secretario general: Arq. María Laura Levati secretario de hacienda: Arq. Lucas Rodriguez contacto 25 de mayo N° 286 – Río Gallegos (cpaia) tel: 0810 - 333-1032 / 02966 - 422870 arquitectossantacruz@gmail.com facebook: arquitectos santa cruz www.cpaia.org.ar En el mes de octubre de 2010 el Consejo Provincial de la Agrimensura la Ingeniería y la Arquitectura de la Provincia de Santa Cruz (cpaia), a través de su claustro de Arquitectura, decide reinsertarse en el intercambio entre entidades propiciado por la fadea. En aquellos primeros encuentros se evidencia la falta de desarrollo institucional de parte del claustro que nos agrupa, generando la necesidad de transmitir las

50 | federación argentina de entidades de arquitectos

Comenzando el año 2011, ese ímpetu por agruparse y constituirse como una entidad que involucre a los arquitectos por fuera de la órbita del cpaia, se fortaleció de manera tal que fue sumando ideas y colegas interesados en hacer realidad el resurgimiento de la Asociación de Arquitectos de Santa Cruz. Para ello fue preponderante la apertura ideológica y humana de los integrantes de la Federación, y su apoyo materializado en la organización de dos encuentros en el ámbito de nuestra provincia. Actualmente, Arquitectos Santa Cruz es una entidad con personería jurídica, que intenta mantenerse activa, y que en apenas dos años de vigencia ha organizado actividades de capacitación, encuentros sociales; ha participado en la redacción de normas urbanísticas y se ha manifestado en los medios acerca de temas que quizás, en tiempos previos, pasaban desapercibidos ante una comunidad desacostumbrada a que entidades no gubernamentales puedan influir en el desarrollo de sus ciudades.

Directivas, la Asociación ha desarrollado las tareas que su capacidad operativa le ha permitido, en función de cumplir con el mandato histórico.

Autoridades presidente: Arq. María de Los Ángeles Fernández vicepresidente: Arq. Eduardo Bartoletti secretario: Arq. Marcial de La Mata tesorero: Arq. Pablo Tueros Contacto Urquiza N°564, 3º piso –c.p. 6300– Santa Rosa, La Pampa tel: 02954 - 419781- int. 104 facebook: Asociación de Arquitectos de La Pampa aalp06@yahoo.com.ar

Como punta de iceberg de todas las actividades, la organización de concursos nacionales y provinciales a través de los años, ha marcado su impronta en toda la provincia, con un alto porcentaje de estos concursos transformados en obras construidas. A partir del año 2007, la Asociación de Arquitectos inició el camino hacia la colegiación independiente, poniéndose a la cabeza de un reclamo de la gran mayoría de los colegas. En el año 2010, se presentó el anteproyecto de ley del Colegio de Arquitectos de La Pampa, que a la fecha no ha sido tratada por la Cámara de Diputados de la provincia. La matrícula actual es de 335 arquitectos.

La Asociación de Arquitectos tiene su fecha de contrato social el 9 de mayo de 1981, y conforma su primera Comisión Directiva el 17 de abril de 1982. La Institución nace por la necesidad de comenzar a organizarse y discutir los temas propios del ejercicio profesional que, por esos años, el número creciente de colegas en la provincia así lo demandaba. Desde su creación, y a través de sus distintas Comisiones

5. nuestras entidades | 51


el ámbito de la actividad profesional y con el análisis de los problemas del medio y de la comunidad y la asistencia con servicios al matriculado.

autoridades Consejo Superior 2013 – 2016 presidente: Arq. Adolfo Canosa vicepresidente: Arq. Juan Carlos Grabone secretario: Arq. Santiago M. Pérez tesorero: Arq. Darío N. Maccagno contacto Calle 54 N° 315 –c.p. 1900– La Plata tel: 0221 - 421-8032 / 0221 - 482-2631 info@capba.org.ar www.capbacs.com El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (capba) fue creado en virtud de la Ley 10.405, promulgada el 27 de junio de 1986. La institución, cuya misión es representar a todos los arquitectos que desarrollan su actividad dentro del ámbito provincial, lleva a cabo las tareas en lo que hace a los aspectos del ejercicio y la ética profesional, el asesoramiento a los poderes públicos y universidades, la formulación de propuestas sobre cuestiones relacionadas con

52 | federación argentina de entidades de arquitectos

El capba comprende diez distritos que abarcan la totalidad del territorio provincial, cada uno de los cuales cuenta con una Sede Distrital y Delegaciones. En la actualidad son 12.500 los arquitectos matriculados en la provincia de Buenos Aires. Son sus órganos directivos la Asamblea, el Consejo Superior y el Tribunal de Disciplina, estando el Consejo Superior integrado por la Mesa Ejecutiva (Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero) y los diez delegados distritales. En la sede de la Ciudad de La Plata funcionan además las Secretarías de Concursos; Cultura, Casa Curutchet; Relaciones Institucionales; Medios y Servicios.

El capc cuenta con seis regionales donde convergen todos los profesionales en actividad y está dirigido por un cuerpo directivo, elegido por sus matriculados, y un Tribunal de Ética que vela por el cumplimiento de los deberes y derechos de los arquitectos de Córdoba. autoridades Junta Ejecutiva Provincial 2013 – 2015 presidente: Arq. Jorge Raúl Monti secretaria: Arq. Rosa Santillán tesorero: Arq. Carlos Alberto Díaz

Actualmente trabaja desde sus institutos de investigación, en la constante actualización y formación de sus matriculados; el desarrollo de propuestas alineadas con el cuidado del ambiente; el estudio del planeamiento urbano y la información precisa sobre estadísticas.

contacto Friuli N° 2380 esq. Finochietto Bº Colinas de Vélez Sarsfield –5000– Córdoba. tel: 0351 - 486 22 21 / 0351 - 486 22 12 secretaria@colegio-arquitectos.com.ar www.colegio-arquitectos.com.ar

A nivel nacional e internacional, el Colegio de Arquitectos forma parte de entidades vinculadas a la arquitectura como fadea y la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos, respectivamente. En estos ámbitos, la institución representa la provincia y reflexiona con otros colegas sobre la posibilidad de mejoras para los habitantes; debate; genera proyectos y trabaja en forma conjunta en pos de un progreso sostenido del territorio local.

El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba abrió sus puertas el 26 de marzo de 1986, como respuesta a una situación ensombrecida por la inequidad que vivió por los años '70 nuestra profesión. Así, tras haberse sancionado la Ley 7192 en 1984 (la primera del país y el modelo para el resto de las provincias), el Colegio se convirtió en la primera institución de ley del país, dispuesta a proteger la profesión y a aportar su visión sobre temas específicos y de relevancia social, urbana y ambiental.

Con casi tres décadas de experiencia, el Colegio de Arquitectos mantiene firme sus postulados de ser una institución abierta a la sociedad y dispuesta a acompañar otras instituciones, sean estas públicas o privadas, en tanto sea en beneficio y progreso de la provincia de Córdoba y del país.

5. nuestras entidades | 53


el ámbito de la actividad profesional y con el análisis de los problemas del medio y de la comunidad y la asistencia con servicios al matriculado.

autoridades Consejo Superior 2013 – 2016 presidente: Arq. Adolfo Canosa vicepresidente: Arq. Juan Carlos Grabone secretario: Arq. Santiago M. Pérez tesorero: Arq. Darío N. Maccagno contacto Calle 54 N° 315 –c.p. 1900– La Plata tel: 0221 - 421-8032 / 0221 - 482-2631 info@capba.org.ar www.capbacs.com El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (capba) fue creado en virtud de la Ley 10.405, promulgada el 27 de junio de 1986. La institución, cuya misión es representar a todos los arquitectos que desarrollan su actividad dentro del ámbito provincial, lleva a cabo las tareas en lo que hace a los aspectos del ejercicio y la ética profesional, el asesoramiento a los poderes públicos y universidades, la formulación de propuestas sobre cuestiones relacionadas con

52 | federación argentina de entidades de arquitectos

El capba comprende diez distritos que abarcan la totalidad del territorio provincial, cada uno de los cuales cuenta con una Sede Distrital y Delegaciones. En la actualidad son 12.500 los arquitectos matriculados en la provincia de Buenos Aires. Son sus órganos directivos la Asamblea, el Consejo Superior y el Tribunal de Disciplina, estando el Consejo Superior integrado por la Mesa Ejecutiva (Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero) y los diez delegados distritales. En la sede de la Ciudad de La Plata funcionan además las Secretarías de Concursos; Cultura, Casa Curutchet; Relaciones Institucionales; Medios y Servicios.

El capc cuenta con seis regionales donde convergen todos los profesionales en actividad y está dirigido por un cuerpo directivo, elegido por sus matriculados, y un Tribunal de Ética que vela por el cumplimiento de los deberes y derechos de los arquitectos de Córdoba. autoridades Junta Ejecutiva Provincial 2013 – 2015 presidente: Arq. Jorge Raúl Monti secretaria: Arq. Rosa Santillán tesorero: Arq. Carlos Alberto Díaz

Actualmente trabaja desde sus institutos de investigación, en la constante actualización y formación de sus matriculados; el desarrollo de propuestas alineadas con el cuidado del ambiente; el estudio del planeamiento urbano y la información precisa sobre estadísticas.

contacto Friuli N° 2380 esq. Finochietto Bº Colinas de Vélez Sarsfield –5000– Córdoba. tel: 0351 - 486 22 21 / 0351 - 486 22 12 secretaria@colegio-arquitectos.com.ar www.colegio-arquitectos.com.ar

A nivel nacional e internacional, el Colegio de Arquitectos forma parte de entidades vinculadas a la arquitectura como fadea y la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos, respectivamente. En estos ámbitos, la institución representa la provincia y reflexiona con otros colegas sobre la posibilidad de mejoras para los habitantes; debate; genera proyectos y trabaja en forma conjunta en pos de un progreso sostenido del territorio local.

El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba abrió sus puertas el 26 de marzo de 1986, como respuesta a una situación ensombrecida por la inequidad que vivió por los años '70 nuestra profesión. Así, tras haberse sancionado la Ley 7192 en 1984 (la primera del país y el modelo para el resto de las provincias), el Colegio se convirtió en la primera institución de ley del país, dispuesta a proteger la profesión y a aportar su visión sobre temas específicos y de relevancia social, urbana y ambiental.

Con casi tres décadas de experiencia, el Colegio de Arquitectos mantiene firme sus postulados de ser una institución abierta a la sociedad y dispuesta a acompañar otras instituciones, sean estas públicas o privadas, en tanto sea en beneficio y progreso de la provincia de Córdoba y del país.

5. nuestras entidades | 53


autoridades llevaron a cabo la primera reunión del Consejo Superior, en la que se definieron los cargos que durante los próximos años ejercerían la dirección de esta nueva institución de los arquitectos.

autoridades presidente: Arq. Rubén Dante Mattiacci vicepresidente: Arq. Federico Ercoli secretario: Arq. Carlos Sanabra tesorero: Arq. Marcelo Ferretti contacto Av. Del Libertador N° 560 –Km 3 tel: 0297 - 4559240 cach.regional1@gmail.com www.cach.org.ar El Colegio de Arquitectos del Chubut es el más nuevo de la Argentina. Se llegó a su creación luego de un arduo trabajo de más de veinte años de gestiones y tareas de concientización.

Debido a la especial geografía de la provincia del Chubut, consistente en asentamientos urbanos importantes y rodeados luego de espacios casi inhabitados, nuestra ley ha previsto la creación de cuatro regionales (y una sub regional) coincidentes con las ciudades provinciales más importantes. Hoy, la realidad nos encuentra en un franco proceso de afirmación institucional y crecimiento.

afines como agrimensores, ingenieros, técnicos, agrónomos y especialistas. Si bien las distintas matrículas poseían actividades relacionadas, el directorio era un espacio común con especificidades y necesidades diferentes. autoridades Junta Ejecutiva 2013 – 2015 presidente: Arq.Claudia Mariana Melhem vicepresidente: Arq. Mario Coulleri secretaria: Arq. Soledad Campana tesorero: Arq. Gustavo Ariel Destefano contacto Sede Central Libertad N° 149 Paraná – Entre Ríos tel-fax: 0343 - 4233756 info@colegioarquitectos.org.ar www.colegioarquitectos.org.ar

Por primera vez nuestro Colegio tuvo elecciones, tras la sanción de la Ley Provincial X (diez) N° 53, la cual se promulgó en enero de 2012.

El Colegio de Arquitectos de Entre Ríos surgió a fines de la década del '80, en un contexto histórico de participación y democratización de las instituciones del país donde diversos grupos, tras la recuperación de la democracia, buscaban afianzar su identidad e intentaban organizarse en su actividad profesional.

Una vez realizados los comicios y proclamados por la Junta Electoral, en agosto de 2012, las nuevas

Los arquitectos de Entre Ríos formaban parte del Colegio de Ingenieros, conformado por distintas profesiones

54 | federación argentina de entidades de arquitectos

Fue así como un grupo de Arquitectos comenzaron a pensar en la necesidad de conformar un espacio gremial propio y se gestó la idea de organizar un Colegio autónomo e independiente de las otras profesiones. Finalmente, en los años '90 se logró ese objetivo, después de un arduo debate y aprobación de la Ley 8317. Así, tomando como ejemplo el modelo de organización del Colegio de la Provincia de Córdoba, se estableció un sistema federal que descentralizara el poder y el funcionamiento de la institución. El objetivo fundamental del Colegio fue, en primer lugar, lograr la autonomía para ocuparse de la problemática de los arquitectos, tanto en lo gremial como en la regulación del ejercicio profesional. Así también, las cuestiones éticas y la valorización de la actividad. Hoy hay más de 1.100 arquitectos matriculados en el caper.

5. nuestras entidades | 55


autoridades llevaron a cabo la primera reunión del Consejo Superior, en la que se definieron los cargos que durante los próximos años ejercerían la dirección de esta nueva institución de los arquitectos.

autoridades presidente: Arq. Rubén Dante Mattiacci vicepresidente: Arq. Federico Ercoli secretario: Arq. Carlos Sanabra tesorero: Arq. Marcelo Ferretti contacto Av. Del Libertador N° 560 –Km 3 tel: 0297 - 4559240 cach.regional1@gmail.com www.cach.org.ar El Colegio de Arquitectos del Chubut es el más nuevo de la Argentina. Se llegó a su creación luego de un arduo trabajo de más de veinte años de gestiones y tareas de concientización.

Debido a la especial geografía de la provincia del Chubut, consistente en asentamientos urbanos importantes y rodeados luego de espacios casi inhabitados, nuestra ley ha previsto la creación de cuatro regionales (y una sub regional) coincidentes con las ciudades provinciales más importantes. Hoy, la realidad nos encuentra en un franco proceso de afirmación institucional y crecimiento.

afines como agrimensores, ingenieros, técnicos, agrónomos y especialistas. Si bien las distintas matrículas poseían actividades relacionadas, el directorio era un espacio común con especificidades y necesidades diferentes. autoridades Junta Ejecutiva 2013 – 2015 presidente: Arq.Claudia Mariana Melhem vicepresidente: Arq. Mario Coulleri secretaria: Arq. Soledad Campana tesorero: Arq. Gustavo Ariel Destefano contacto Sede Central Libertad N° 149 Paraná – Entre Ríos tel-fax: 0343 - 4233756 info@colegioarquitectos.org.ar www.colegioarquitectos.org.ar

Por primera vez nuestro Colegio tuvo elecciones, tras la sanción de la Ley Provincial X (diez) N° 53, la cual se promulgó en enero de 2012.

El Colegio de Arquitectos de Entre Ríos surgió a fines de la década del '80, en un contexto histórico de participación y democratización de las instituciones del país donde diversos grupos, tras la recuperación de la democracia, buscaban afianzar su identidad e intentaban organizarse en su actividad profesional.

Una vez realizados los comicios y proclamados por la Junta Electoral, en agosto de 2012, las nuevas

Los arquitectos de Entre Ríos formaban parte del Colegio de Ingenieros, conformado por distintas profesiones

54 | federación argentina de entidades de arquitectos

Fue así como un grupo de Arquitectos comenzaron a pensar en la necesidad de conformar un espacio gremial propio y se gestó la idea de organizar un Colegio autónomo e independiente de las otras profesiones. Finalmente, en los años '90 se logró ese objetivo, después de un arduo debate y aprobación de la Ley 8317. Así, tomando como ejemplo el modelo de organización del Colegio de la Provincia de Córdoba, se estableció un sistema federal que descentralizara el poder y el funcionamiento de la institución. El objetivo fundamental del Colegio fue, en primer lugar, lograr la autonomía para ocuparse de la problemática de los arquitectos, tanto en lo gremial como en la regulación del ejercicio profesional. Así también, las cuestiones éticas y la valorización de la actividad. Hoy hay más de 1.100 arquitectos matriculados en el caper.

5. nuestras entidades | 55


de autogobernarse y ocupar el espacio profesional que les correspondía; con una concepción total de la profesión que no debía darse hacia el interior sino, también, hacia el conjunto social.

Provincial el Proyecto de Ley de colegiación, siendo aprobado el 21 de noviembre de 1986 mediante la Ley N° 642.

autoridades Consejo Directivo presidente: Arq. Marcelo Fabián Cantero vicepresidente: Arq. Marcelo Benítez Femenía secretario: Arq. Juan Manuel Santander tesorero: Arq. Gladys Mabel Dopazo contacto Av. 9 Julio N° 1.243 –c.p. 3600– Formosa tel: 3704 - 435954 / 3704 - 4-34425 cpaf@arnetbiz.com.ar www.arquitectosformosa.org.ar El Colegio de Arquitectos de Formosa fue creado a fines de la década del '80 en un contexto histórico de participación y democratización de las instituciones del país, buscando afianzar la identidad de los arquitectos. En ese entonces era parte del Consejo Profesional de la Ingeniería y Arquitectura, hasta que el 2 de Julio de 1986 se creó la saf (Sociedad de Arquitectos de Formosa). Finalmente, el 29 de Septiembre de 1986, la Comisión Directiva de la SAF elevó a la Honorable Legislatura

56 | federación argentina de entidades de arquitectos

Así fue como un grupo de profesionales arquitectos comenzaron a contar con un instrumento idóneo que permitiera esclarecer y profundizar el rol del arquitecto en la sociedad. A 27 años de su creación, el Colegio de Arquitectos de Formosa se encuentra realizando la ejecución de la Sede Propia, equipando el Club de Arquitectos y posicionando, cada vez más, la actividad profesional. Es también una realidad la creación del Distrito Norte – Clorinda, un sueño largamente anhelado por los matriculados de la segunda ciudad de la provincia. A su vez, el Colegio Público de Arquitectos de Formosa es integrante de fadea desde sus inicios, acompañando las problemáticas de los colegiados de cada una de las regiones del país, como así también brindando el apoyo de los arquitectos.

autoridades presidente: Arq. Pablo Guillermo Forbice vicepresidente: Arq. Gustavo René Miranda secretario: Arq. Jorge Antonio Murillo tesorero: Arq. Marcelo Osvaldo Yuste Fontana contacto Av. Arturo Illia N° 865 – Barrio Los Perales 4600, San Salvador de Jujuy. tel: 0388 - 426 1777 / 0388- 4247200 15 414 7323 /14 409 1213 / 15682 1128 colarqju@imagine.com.ar www.arquitectosjujuy.org.ar Casi tres décadas atrás, los arquitectos formaban parte de los Consejos Profesionales conjuntamente con agrónomos, ingenieros, geólogos y técnicos de la construcción. En función de sus propios fines se constituían sociedades, o centros de arquitectos, reconocidos por el Consejo Profesional y subvencionados en ocasiones.

En octubre de 1985 se promulgó la Ley 4171 del Ejercicio Profesional y Colegiación de los Arquitectos de Jujuy. El beneficio de contar con una institución propia se visualizó de manera inmediata, no sólo por obtener el gobierno de la matrícula independiente del tutelaje de cualquier tipo de estructura u organismo; la garantía del control y transparencia en el ejercicio de la profesión en manos de los propios arquitectos y todo lo antedicho, sino porque desde el inicio de su funcionamiento se advirtió el resultado de este cambio. El 5 de mayo de 1986 se abrieron las puertas de esta primera sede del Colegio. En este contexto debe valorarse el obrar de los sucesivos Consejos Directivos por su comportamiento ético, leal y honrado, virtudes que de no haber estado presentes no hubieran permitido evolucionar como institución, hasta llegar en diciembre de 2009 a la inauguración de una nueva sede, en una vieja casona reciclada y apartada del microcentro.

La Sociedad de Arquitectos de Jujuy, con sus 160 integrantes, manifestó expresa voluntad de independizarse,

5. nuestras entidades | 57


de autogobernarse y ocupar el espacio profesional que les correspondía; con una concepción total de la profesión que no debía darse hacia el interior sino, también, hacia el conjunto social.

Provincial el Proyecto de Ley de colegiación, siendo aprobado el 21 de noviembre de 1986 mediante la Ley N° 642.

autoridades Consejo Directivo presidente: Arq. Marcelo Fabián Cantero vicepresidente: Arq. Marcelo Benítez Femenía secretario: Arq. Juan Manuel Santander tesorero: Arq. Gladys Mabel Dopazo contacto Av. 9 Julio N° 1.243 –c.p. 3600– Formosa tel: 3704 - 435954 / 3704 - 4-34425 cpaf@arnetbiz.com.ar www.arquitectosformosa.org.ar El Colegio de Arquitectos de Formosa fue creado a fines de la década del '80 en un contexto histórico de participación y democratización de las instituciones del país, buscando afianzar la identidad de los arquitectos. En ese entonces era parte del Consejo Profesional de la Ingeniería y Arquitectura, hasta que el 2 de Julio de 1986 se creó la saf (Sociedad de Arquitectos de Formosa). Finalmente, el 29 de Septiembre de 1986, la Comisión Directiva de la SAF elevó a la Honorable Legislatura

56 | federación argentina de entidades de arquitectos

Así fue como un grupo de profesionales arquitectos comenzaron a contar con un instrumento idóneo que permitiera esclarecer y profundizar el rol del arquitecto en la sociedad. A 27 años de su creación, el Colegio de Arquitectos de Formosa se encuentra realizando la ejecución de la Sede Propia, equipando el Club de Arquitectos y posicionando, cada vez más, la actividad profesional. Es también una realidad la creación del Distrito Norte – Clorinda, un sueño largamente anhelado por los matriculados de la segunda ciudad de la provincia. A su vez, el Colegio Público de Arquitectos de Formosa es integrante de fadea desde sus inicios, acompañando las problemáticas de los colegiados de cada una de las regiones del país, como así también brindando el apoyo de los arquitectos.

autoridades presidente: Arq. Pablo Guillermo Forbice vicepresidente: Arq. Gustavo René Miranda secretario: Arq. Jorge Antonio Murillo tesorero: Arq. Marcelo Osvaldo Yuste Fontana contacto Av. Arturo Illia N° 865 – Barrio Los Perales 4600, San Salvador de Jujuy. tel: 0388 - 426 1777 / 0388- 4247200 15 414 7323 /14 409 1213 / 15682 1128 colarqju@imagine.com.ar www.arquitectosjujuy.org.ar Casi tres décadas atrás, los arquitectos formaban parte de los Consejos Profesionales conjuntamente con agrónomos, ingenieros, geólogos y técnicos de la construcción. En función de sus propios fines se constituían sociedades, o centros de arquitectos, reconocidos por el Consejo Profesional y subvencionados en ocasiones.

En octubre de 1985 se promulgó la Ley 4171 del Ejercicio Profesional y Colegiación de los Arquitectos de Jujuy. El beneficio de contar con una institución propia se visualizó de manera inmediata, no sólo por obtener el gobierno de la matrícula independiente del tutelaje de cualquier tipo de estructura u organismo; la garantía del control y transparencia en el ejercicio de la profesión en manos de los propios arquitectos y todo lo antedicho, sino porque desde el inicio de su funcionamiento se advirtió el resultado de este cambio. El 5 de mayo de 1986 se abrieron las puertas de esta primera sede del Colegio. En este contexto debe valorarse el obrar de los sucesivos Consejos Directivos por su comportamiento ético, leal y honrado, virtudes que de no haber estado presentes no hubieran permitido evolucionar como institución, hasta llegar en diciembre de 2009 a la inauguración de una nueva sede, en una vieja casona reciclada y apartada del microcentro.

La Sociedad de Arquitectos de Jujuy, con sus 160 integrantes, manifestó expresa voluntad de independizarse,

5. nuestras entidades | 57


El Colegio está dirigido por una comisión elegida por sufragio individual y secreto, por todos los arquitectos matriculados y habilitados, cuyo mandato es de dos años. Asimismo, a partir del año 2005, se integró nuevamente a las reuniones de fadea, participando activamente de las tareas de la Comisión de la Federación. autoridades presidente: Arq. Nicolás Fuentes vicepresidente: Arq. Karina Yaliz secretaria: Arq. Nilda Vergara tesorero: Arq. Oscar Vega contacto San Nicolás de Bari N° 1138 –c.p. 5300 –La Rioja tel - fax: 0380 - 4422760 www.arquitectos.org.ar En 1987, a través de la Ley Provincial 4.816, se crea el Colegio de Arquitectos de la Provincia de La Rioja, que cuenta con una Sede Central en Capital y delegaciones en Chilecito, Chamical y Aimogasta. La matrícula registra aproximadamente 726 profesionales en toda la provincia, habilitados para el correcto y legal ejercicio de la profesión. A partir de la instalación, en 1999, de la Carrera de Arquitectura en la Universidad Nacional de La Rioja, la profesión ha tenido un impulso especial, produciéndose un incremento notable en la cantidad de arquitectos (desde 2004 egresan entre 15 y 20 alumnos al año).

58 | federación argentina de entidades de arquitectos

Actualmente el Colegio de Arquitectos de La Rioja persigue fines concretos que se apegan a su génesis, pero que se extienden mas allá de la frontera de la República Argentina. Así, ante las inminentes políticas de integración del comercio y de los servicios que se gestan en la región, apoya decididamente el fortalecimiento de la Unión Internacional de Arquitectos (uia) y la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos (fpaa), como medida para ampliar las fronteras del accionar de los arquitectos riojanos.

CAM

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE MENDOZA

autoridades presidente: Arq. Carlos Boetto vicepresidente: Arq. Pablo Pithod secretario: Arq. Roberto Dabul tesorero: Arq. Tom Hughes Contacto Mitre N° 617 1° piso –c.p. 5500– Ciudad de Mendoza tel: 0261 - 4239405 presidencia@camza.org.ar info@camza.org.ar www.camza.org.ar El Colegio de Arquitectos de Mendoza fue fundado en el año 1989, mediante la ley N° 5350. El mismo se creó con el objetivo de ser un organismo de derecho público no estatal, con personería jurídica suficiente, y con capacidad para actuar pública y privadamente, con asiento en la Capital de la provincia.

disposiciones de la mencionada ley y de las reglamentaciones vigentes. Se trata de un espacio que pertenece y representa a todos los arquitectos mendocinos, no sólo es el ámbito que regula y defiende el ejercicio profesional, sino también aquél que nos sostiene e identifica ante el colectivo social. Nuestras políticas de gestión guardan relación con estos asuntos a través del trabajo en Comisiones relacionadas al Patrimonio, a la relación con los futuros arquitectos y su formación, a concursos de arquitectura, a la planificación urbana, a los Códigos de Edificación de cada municipio y a asuntos legales, entre otros. Pero la inclusión de nuestros arquitectos en la sociedad y en esta Institución que les pertenece, también requiere de la participación activa de cada uno de nosotros en las actividades que realiza el Colegio. Por esto, el Colegio los convoca a participar con su voz y sus acciones en esta construcción colectiva. Somos una institución abierta, trabajamos para ello cada día, conscientes de que aún queda mucho territorio por recorrer para mejorar nuestra gestión.

Está integrado por todos los profesionales matriculados en el mismo, regido por la Asamblea General de los colegiados y por un Consejo Ejecutivo, conforme a las

5. nuestras entidades | 59


El Colegio está dirigido por una comisión elegida por sufragio individual y secreto, por todos los arquitectos matriculados y habilitados, cuyo mandato es de dos años. Asimismo, a partir del año 2005, se integró nuevamente a las reuniones de fadea, participando activamente de las tareas de la Comisión de la Federación. autoridades presidente: Arq. Nicolás Fuentes vicepresidente: Arq. Karina Yaliz secretaria: Arq. Nilda Vergara tesorero: Arq. Oscar Vega contacto San Nicolás de Bari N° 1138 –c.p. 5300 –La Rioja tel - fax: 0380 - 4422760 www.arquitectos.org.ar En 1987, a través de la Ley Provincial 4.816, se crea el Colegio de Arquitectos de la Provincia de La Rioja, que cuenta con una Sede Central en Capital y delegaciones en Chilecito, Chamical y Aimogasta. La matrícula registra aproximadamente 726 profesionales en toda la provincia, habilitados para el correcto y legal ejercicio de la profesión. A partir de la instalación, en 1999, de la Carrera de Arquitectura en la Universidad Nacional de La Rioja, la profesión ha tenido un impulso especial, produciéndose un incremento notable en la cantidad de arquitectos (desde 2004 egresan entre 15 y 20 alumnos al año).

58 | federación argentina de entidades de arquitectos

Actualmente el Colegio de Arquitectos de La Rioja persigue fines concretos que se apegan a su génesis, pero que se extienden mas allá de la frontera de la República Argentina. Así, ante las inminentes políticas de integración del comercio y de los servicios que se gestan en la región, apoya decididamente el fortalecimiento de la Unión Internacional de Arquitectos (uia) y la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos (fpaa), como medida para ampliar las fronteras del accionar de los arquitectos riojanos.

CAM

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE MENDOZA

autoridades presidente: Arq. Carlos Boetto vicepresidente: Arq. Pablo Pithod secretario: Arq. Roberto Dabul tesorero: Arq. Tom Hughes Contacto Mitre N° 617 1° piso –c.p. 5500– Ciudad de Mendoza tel: 0261 - 4239405 presidencia@camza.org.ar info@camza.org.ar www.camza.org.ar El Colegio de Arquitectos de Mendoza fue fundado en el año 1989, mediante la ley N° 5350. El mismo se creó con el objetivo de ser un organismo de derecho público no estatal, con personería jurídica suficiente, y con capacidad para actuar pública y privadamente, con asiento en la Capital de la provincia.

disposiciones de la mencionada ley y de las reglamentaciones vigentes. Se trata de un espacio que pertenece y representa a todos los arquitectos mendocinos, no sólo es el ámbito que regula y defiende el ejercicio profesional, sino también aquél que nos sostiene e identifica ante el colectivo social. Nuestras políticas de gestión guardan relación con estos asuntos a través del trabajo en Comisiones relacionadas al Patrimonio, a la relación con los futuros arquitectos y su formación, a concursos de arquitectura, a la planificación urbana, a los Códigos de Edificación de cada municipio y a asuntos legales, entre otros. Pero la inclusión de nuestros arquitectos en la sociedad y en esta Institución que les pertenece, también requiere de la participación activa de cada uno de nosotros en las actividades que realiza el Colegio. Por esto, el Colegio los convoca a participar con su voz y sus acciones en esta construcción colectiva. Somos una institución abierta, trabajamos para ello cada día, conscientes de que aún queda mucho territorio por recorrer para mejorar nuestra gestión.

Está integrado por todos los profesionales matriculados en el mismo, regido por la Asamblea General de los colegiados y por un Consejo Ejecutivo, conforme a las

5. nuestras entidades | 59


autoridades Consejo Directivo Central Presidente: Arq. Carlos Borio Secretario: Arq. Juan Javier Bellocchio Tesorero: Arq. Juan Guidura contacto Av. Fco de Haro N° 2745 —c.p. 3300 NMB— Posadas, Misiones tel-fax: 0376 - 4435310 info@arquitectosmisiones.org.ar www.arquitectosmisiones.org.ar Creado por Ley N° 172, el cam inicia sus actividades el 1 de abril de 1989, superando obstáculos propios de los inicios de toda institución, así como situaciones de crisis económicas en el sector de la construcción. Orgánicamente constituido por tres Distritos Zonales (sur con cabecera en la ciudad de Posadas, centro con cabecera en la ciudad de Oberá y norte, con cabecera en El Dorado) cuenta con más de 500 matriculados en toda la provincia.

60 | federación argentina de entidades de arquitectos

A través de la firma de convenios con los municipios se brinda asesoramiento sobre el ejercicio de la profesión del arquitecto y, fundamentalmente, se establece la necesidad de la presencia de un profesional habilitado frente a los proyectos y las obras. Hacia el interior de nuestro Colegio, esto ha dado lugar a la creación de Delegaciones (una en la localidad de Leandro N. Alem y otra en la ciudad de Puerto Iguazú), que con una organización de fuerte autonomía tienden a acercar al Colegio y al matriculado, en su propio ámbito geográfico de trabajo. Por otro lado, la actividad principal del cam, delegada por Ley, es ejercer el control de la matrícula y registrar las tareas profesionales que requieren sus matriculados. Tiene como objetivo ser portador de las expresiones y de las ideas de los arquitectos en las áreas que son de su incumbencia, como así también ser una herramienta para la sociedad, preservando los valores culturales, ambientales y arquitectónicos que éstas poseen. Además, el cam brinda cobertura de obra social (de afiliación voluntaria para los matriculados y su grupo familiar), a través de un convenio con el iamip-medisur. Esto se complementa con actividades de extensión y capacitación, con articulaciones institucionales de diversa índole. Es una entidad adherida a la fecopromi y Fundadora de la Caja de Profesionales de la Ingeniería, Arquitectura, Agronomía y Agrimensura de la Provincia de Misiones (caproia).

En 1987 se sanciona la Ley Provincial 1670 que da a los arquitectos de la provincia nuestra propia institución, el Colegio de Arquitectos de la Provincia del Neuquén, conformado hoy por cuatro (4) regionales claramente delimitadas en el territorio hacia el Este, Centro-Norte, Oeste y Sur de la provincia. autoridades Mesa Directiva Provincial presidente: Arq. Eduardo Matkovich –Regional 1 presidente: Arq. Diego López de Murillas –Regional 2 presidente: Arq. Andrea Arguello –Regional 3 presidente: Arq. Jorge Denicolay –Regional 4 presidente: Arq. Andrea Aldea contacto Entre Ríos N° 553 –Q 8300 BXK– Neuquén tel: 0299 - 448 8710 Int. 105 / 0299 448 4616 Int. 105 0294 154203569 mdp-secretaria@canqn.org.ar twitter: @caneuquen www.canqn.org.ar El 26 de julio de 1972, en una provincia en veloz desarrollo, que requiere de profesionales y técnicos que aporten conocimiento científico y tecnológico a sus obras, y con la firma del gobernador Felipe Sapag, se dicta la Ley Provincial de creación del Consejo Profesional de Agrimensura, Arquitectura, Geología e Ingeniería del Neuquén, al que se delega la regulación de las profesiones.

Estos últimos años la institución se ha afianzado y desarrollado en el marco de la política de concursos, enmarcados en el triángulo virtuoso del pit (participación, igualdad, transparencia) y entendiendo que es la forma más democrática de participar e involucrarse en el desarrollo urbano de nuestras ciudades, ya que que los concursos en Neuquén se realizan para ser construidos y no quedar en el mero hecho declamativo y testimonial de un momento. Uno de los principales retos de las sociedades modernas es saldar la deuda que permita revalorizar, construir y defender el espacio público. Mirando hacia las comunidades que habitamos trazamos un camino a seguir, participando de las discusiones, ofreciendo soluciones, involucrándonos en las decisiones, preocupados por un necesario acuerdo social.

5. nuestras entidades | 61


autoridades Consejo Directivo Central Presidente: Arq. Carlos Borio Secretario: Arq. Juan Javier Bellocchio Tesorero: Arq. Juan Guidura contacto Av. Fco de Haro N° 2745 —c.p. 3300 NMB— Posadas, Misiones tel-fax: 0376 - 4435310 info@arquitectosmisiones.org.ar www.arquitectosmisiones.org.ar Creado por Ley N° 172, el cam inicia sus actividades el 1 de abril de 1989, superando obstáculos propios de los inicios de toda institución, así como situaciones de crisis económicas en el sector de la construcción. Orgánicamente constituido por tres Distritos Zonales (sur con cabecera en la ciudad de Posadas, centro con cabecera en la ciudad de Oberá y norte, con cabecera en El Dorado) cuenta con más de 500 matriculados en toda la provincia.

60 | federación argentina de entidades de arquitectos

A través de la firma de convenios con los municipios se brinda asesoramiento sobre el ejercicio de la profesión del arquitecto y, fundamentalmente, se establece la necesidad de la presencia de un profesional habilitado frente a los proyectos y las obras. Hacia el interior de nuestro Colegio, esto ha dado lugar a la creación de Delegaciones (una en la localidad de Leandro N. Alem y otra en la ciudad de Puerto Iguazú), que con una organización de fuerte autonomía tienden a acercar al Colegio y al matriculado, en su propio ámbito geográfico de trabajo. Por otro lado, la actividad principal del cam, delegada por Ley, es ejercer el control de la matrícula y registrar las tareas profesionales que requieren sus matriculados. Tiene como objetivo ser portador de las expresiones y de las ideas de los arquitectos en las áreas que son de su incumbencia, como así también ser una herramienta para la sociedad, preservando los valores culturales, ambientales y arquitectónicos que éstas poseen. Además, el cam brinda cobertura de obra social (de afiliación voluntaria para los matriculados y su grupo familiar), a través de un convenio con el iamip-medisur. Esto se complementa con actividades de extensión y capacitación, con articulaciones institucionales de diversa índole. Es una entidad adherida a la fecopromi y Fundadora de la Caja de Profesionales de la Ingeniería, Arquitectura, Agronomía y Agrimensura de la Provincia de Misiones (caproia).

En 1987 se sanciona la Ley Provincial 1670 que da a los arquitectos de la provincia nuestra propia institución, el Colegio de Arquitectos de la Provincia del Neuquén, conformado hoy por cuatro (4) regionales claramente delimitadas en el territorio hacia el Este, Centro-Norte, Oeste y Sur de la provincia. autoridades Mesa Directiva Provincial presidente: Arq. Eduardo Matkovich –Regional 1 presidente: Arq. Diego López de Murillas –Regional 2 presidente: Arq. Andrea Arguello –Regional 3 presidente: Arq. Jorge Denicolay –Regional 4 presidente: Arq. Andrea Aldea contacto Entre Ríos N° 553 –Q 8300 BXK– Neuquén tel: 0299 - 448 8710 Int. 105 / 0299 448 4616 Int. 105 0294 154203569 mdp-secretaria@canqn.org.ar twitter: @caneuquen www.canqn.org.ar El 26 de julio de 1972, en una provincia en veloz desarrollo, que requiere de profesionales y técnicos que aporten conocimiento científico y tecnológico a sus obras, y con la firma del gobernador Felipe Sapag, se dicta la Ley Provincial de creación del Consejo Profesional de Agrimensura, Arquitectura, Geología e Ingeniería del Neuquén, al que se delega la regulación de las profesiones.

Estos últimos años la institución se ha afianzado y desarrollado en el marco de la política de concursos, enmarcados en el triángulo virtuoso del pit (participación, igualdad, transparencia) y entendiendo que es la forma más democrática de participar e involucrarse en el desarrollo urbano de nuestras ciudades, ya que que los concursos en Neuquén se realizan para ser construidos y no quedar en el mero hecho declamativo y testimonial de un momento. Uno de los principales retos de las sociedades modernas es saldar la deuda que permita revalorizar, construir y defender el espacio público. Mirando hacia las comunidades que habitamos trazamos un camino a seguir, participando de las discusiones, ofreciendo soluciones, involucrándonos en las decisiones, preocupados por un necesario acuerdo social.

5. nuestras entidades | 61


Desde entonces, y a más de 20 años de gestión ininterrumpida, se ha seguido bregando por la defensa del trabajo profesional, llevando el Registro Provincial de la Matrícula y el control de la profesión en el ámbito de la provincia de Río Negro. autoridades Comisión Directiva 2013 – 2015 presidente: Arq. Marcela Beatriz Martínez secretario: Arq. Edit Rajneri tesorero: Arq. Néstor Cardín Contacto Rivadavia N° 58 –c.p. 8500– Viedma tel: 02920 - 430 799 carnvreg@uniksat.com.ar www.carnsecc2.org.ar www.carn1.com.ar El Colegio de Arquitectos de Río Negro –carn– surge a nivel nacional en la década del '80, cuando en el país toma fuerza la colegiación profesional; la idea de agruparse corporativamente para la defensa de los intereses de los arquitectos. Esta gestión (que duró un par de años) tuvo su cierre con la promulgación de la ley N° 2176, sancionada el 2 de julio del 1987.

62 | federación argentina de entidades de arquitectos

La Comisión Directiva Provincial se renueva cada dos años, y la presidencia es ejercida por uno de los cuatro vicepresidentes electos, en forma rotativa y por periodos completos. En la actualidad el carn cuenta, aproximadamente, con 1500 matriculados, siendo un 70% los habilitados. Las tareas profesionales más desarrolladas son las de proyecto y dirección, preferentemente en el tema vivienda y, últimamente, en el sector turístico. Por otro lado, el sector industrial y comercial absorbe un pequeño porcentaje de los trabajos registrados. El uso de la matrícula interprovincial ha sido más de recepción que de emisión del aval para la ejecución de trabajos en otras provincias. No obstante apostamos a la gestión de fadea, en la intención de generar ese libre tránsito de profesionales que beneficiaría a la región patagónica, por ser una estructura dispersa por naturaleza.

Las autoridades son: la Asamblea, el Consejo Directivo, el Tribunal de Disciplina y Ética Profesional y la Comisión Fiscalizadora. Todos los cargos tienen dos años de duración y los miembros de cd se renuevan por lista completa, mientras que los del Tribunal son elegidos individualmente por el voto de los matriculados. autoridades presidente: Arq. María Beatriz Blanco vicepresidente: Arq. Leonardo Antonio Pellegrini secretario: Arq. Gonzalo Rafael Heredia Fedelich tesorero: Arq. Carlos Ernesto Hanna contacto Pueyrredón N° 341 –c.p. 4400– Salta tel-fax: 0387 - 4317029 /4316214 / 4322084 / 4313562 gerencia@colarqsalta.org.ar www.colarqsalta.org.ar El Colegio surgió en 1992 mediante la aprobación de la Ley Provincial N° 6639, Ley que fue el resultado de un prolongado debate participativo entre los entonces casi 200 arquitectos matriculados en la provincia, y el aporte de las leyes de creación de otros Colegios de arquitectos del país y las experiencias volcadas por éstos en el ámbito de la fadea.

A enero de 2014 el Colegio de Arquitectos de Salta cuenta con un poco más de 1.200 matriculados de los que están activos aproximadamente el 84%. Hasta 1994 el ejercicio profesional se encontraba regulado. En ese mismo año se dictó la Ley N° 6730 de desregulación de la economía por lo que la Ley Arancelaria vigente perdió el carácter de «orden público» y fue derogado el cobro indirecto de honorarios. Tales honorarios tienen actualmente sólo carácter indicativo. El cas, además de habilitar el ejercicio profesional, ejerce la verificación del cumplimiento de la Normas de Instalaciones Eléctricas y de Seguridad e Higiene vigentes en la Provincia.

La estructura funcional actual consiste en una sede central ubicada en Salta Capital y delegaciones en las ciudades de Cafayate, Gral. Güemes, Metán, Orán, Rosario de la Frontera y Tartagal.

5. nuestras entidades | 63


Desde entonces, y a más de 20 años de gestión ininterrumpida, se ha seguido bregando por la defensa del trabajo profesional, llevando el Registro Provincial de la Matrícula y el control de la profesión en el ámbito de la provincia de Río Negro. autoridades Comisión Directiva 2013 – 2015 presidente: Arq. Marcela Beatriz Martínez secretario: Arq. Edit Rajneri tesorero: Arq. Néstor Cardín Contacto Rivadavia N° 58 –c.p. 8500– Viedma tel: 02920 - 430 799 carnvreg@uniksat.com.ar www.carnsecc2.org.ar www.carn1.com.ar El Colegio de Arquitectos de Río Negro –carn– surge a nivel nacional en la década del '80, cuando en el país toma fuerza la colegiación profesional; la idea de agruparse corporativamente para la defensa de los intereses de los arquitectos. Esta gestión (que duró un par de años) tuvo su cierre con la promulgación de la ley N° 2176, sancionada el 2 de julio del 1987.

62 | federación argentina de entidades de arquitectos

La Comisión Directiva Provincial se renueva cada dos años, y la presidencia es ejercida por uno de los cuatro vicepresidentes electos, en forma rotativa y por periodos completos. En la actualidad el carn cuenta, aproximadamente, con 1500 matriculados, siendo un 70% los habilitados. Las tareas profesionales más desarrolladas son las de proyecto y dirección, preferentemente en el tema vivienda y, últimamente, en el sector turístico. Por otro lado, el sector industrial y comercial absorbe un pequeño porcentaje de los trabajos registrados. El uso de la matrícula interprovincial ha sido más de recepción que de emisión del aval para la ejecución de trabajos en otras provincias. No obstante apostamos a la gestión de fadea, en la intención de generar ese libre tránsito de profesionales que beneficiaría a la región patagónica, por ser una estructura dispersa por naturaleza.

Las autoridades son: la Asamblea, el Consejo Directivo, el Tribunal de Disciplina y Ética Profesional y la Comisión Fiscalizadora. Todos los cargos tienen dos años de duración y los miembros de cd se renuevan por lista completa, mientras que los del Tribunal son elegidos individualmente por el voto de los matriculados. autoridades presidente: Arq. María Beatriz Blanco vicepresidente: Arq. Leonardo Antonio Pellegrini secretario: Arq. Gonzalo Rafael Heredia Fedelich tesorero: Arq. Carlos Ernesto Hanna contacto Pueyrredón N° 341 –c.p. 4400– Salta tel-fax: 0387 - 4317029 /4316214 / 4322084 / 4313562 gerencia@colarqsalta.org.ar www.colarqsalta.org.ar El Colegio surgió en 1992 mediante la aprobación de la Ley Provincial N° 6639, Ley que fue el resultado de un prolongado debate participativo entre los entonces casi 200 arquitectos matriculados en la provincia, y el aporte de las leyes de creación de otros Colegios de arquitectos del país y las experiencias volcadas por éstos en el ámbito de la fadea.

A enero de 2014 el Colegio de Arquitectos de Salta cuenta con un poco más de 1.200 matriculados de los que están activos aproximadamente el 84%. Hasta 1994 el ejercicio profesional se encontraba regulado. En ese mismo año se dictó la Ley N° 6730 de desregulación de la economía por lo que la Ley Arancelaria vigente perdió el carácter de «orden público» y fue derogado el cobro indirecto de honorarios. Tales honorarios tienen actualmente sólo carácter indicativo. El cas, además de habilitar el ejercicio profesional, ejerce la verificación del cumplimiento de la Normas de Instalaciones Eléctricas y de Seguridad e Higiene vigentes en la Provincia.

La estructura funcional actual consiste en una sede central ubicada en Salta Capital y delegaciones en las ciudades de Cafayate, Gral. Güemes, Metán, Orán, Rosario de la Frontera y Tartagal.

5. nuestras entidades | 63


un lado el reconocimiento de la arquitectura como una disciplina independiente de la ingeniería y, por el otro, insertar a la arquitectura local en un contexto regional y nacional.

autoridades presidente: Arq. Alejandro José Álvarez vicepresidente: Arq. Mario Figueroa secretaria: Arq. Hilda Harrington tesorero: Arq. Ricardo D´Angelo contacto Calle General Acha N° 979 Sur –c.p. 5400– San Juan tel : 0264 - 4203547 / 69 casj@speedy.com.ar www.casj.org.ar El Colegio de Arquitectos de San Juan (casj) debe su creación a la sanción de la Ley Provincial N° 6.026, promulgada el día 16 de noviembre del año 1989, la cual le dio origen y lo fortaleció como institución. Fruto de innumerables gestiones de un grupo de reconocidos arquitectos sanjuaninos, el casj se separó del Consejo Profesional de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores de San Juan, que nucleaba a dichas Profesiones, y comenzó a trabajar en forma independiente en pos de lograr básicamente dos objetivos; por

64 | federación argentina de entidades de arquitectos

Desde entonces, y cada 2 años, se suceden los cargos de Presidente y Vice; como así también 8 Consejeros Superiores, 6 miembros del Tribunal de Ética y Disciplina, y 6 miembros del Colegio de Jurados. El casj ha logrado una gran inserción en el medio local y regional. Cuenta con un total de 400 matriculados habilitados. La extensión a la sociedad se da a través de la organización de numerosos cursos, charlas, concursos y congresos internacionales, nacionales y regionales Posee una sola sede central, con jurisdicción para toda la Provincia de San Juan, en pleno centro de la Ciudad Capital; contando con oficinas de atención a los matriculados, oficina de presidencia, sala de reuniones del Consejo Superior, sala de conferencias y sala de computación.

a través del ejercicio del voto secreto y obligatorio de los matriculados habilitados para el ejercicio de la profesión.

autoridades presidente: Arq. Sergio Adrián Puebla Valente vicepresidente: Arq. José Rodolfo Barrionuevo secretario: Arq. Claudio Figueroa tesorero: Arq. Estella Edith Guerci contacto Mitre N° 434 –CPA D5700 CGJ– San Luis tel: 0266 - 4423943 /4423286 www.carqsanluis.org.ar El Colegio de Arquitectos de San Luis fue creado el 15 de octubre de 1986, luego de promulgarse la Ley Provincial N° 4758. Anteriormente a esta fecha, los profesionales de la arquitectura compartían la vida colegiada con los ingenieros y técnicos de la construcción. Fue en la Asociación de Arquitectos (que se había creado paralelamente) donde germinó la idea de conformar una institución autónoma.

Son funciones del Colegio Provincial, entre otras: el gobierno de la matrícula y el control de la actividad profesional en todas sus modalidades, garantizando de manera irrestricta el cumplimiento de la Ley 5560 y velando por el prestigio, independencia, respeto y jerarquización del trabajo profesional. A esto se suman todas aquellas actividades que implican las relaciones de la institución con los poderes públicos, provincial y municipal; y con la comunidad en general, en todo aquello que contribuya a promover y consolidar «la integración de los colegiados entre sí, con el medio y con otros profesionales». Sin dudas las Asambleas Generales de Colegiados, que se reúnen una vez al año, constituyen el hecho más relevante de la vida institucional, por tratarse del ámbito donde la totalidad de los matriculados que a ella concurren pueden ejercer con plena libertad sus derechos, expresar sus opiniones, ideas, sugerencias y votar por aquellas propuestas que constituirán los lineamientos de la política institucional, la cual debe ser instrumentada a través del Consejo Superior y las respectivas Regionales.

Así, desde el momento de su creación y cada tres años, se renuevan las autoridades a nivel provincial y regional,

5. nuestras entidades | 65


un lado el reconocimiento de la arquitectura como una disciplina independiente de la ingeniería y, por el otro, insertar a la arquitectura local en un contexto regional y nacional.

autoridades presidente: Arq. Alejandro José Álvarez vicepresidente: Arq. Mario Figueroa secretaria: Arq. Hilda Harrington tesorero: Arq. Ricardo D´Angelo contacto Calle General Acha N° 979 Sur –c.p. 5400– San Juan tel : 0264 - 4203547 / 69 casj@speedy.com.ar www.casj.org.ar El Colegio de Arquitectos de San Juan (casj) debe su creación a la sanción de la Ley Provincial N° 6.026, promulgada el día 16 de noviembre del año 1989, la cual le dio origen y lo fortaleció como institución. Fruto de innumerables gestiones de un grupo de reconocidos arquitectos sanjuaninos, el casj se separó del Consejo Profesional de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores de San Juan, que nucleaba a dichas Profesiones, y comenzó a trabajar en forma independiente en pos de lograr básicamente dos objetivos; por

64 | federación argentina de entidades de arquitectos

Desde entonces, y cada 2 años, se suceden los cargos de Presidente y Vice; como así también 8 Consejeros Superiores, 6 miembros del Tribunal de Ética y Disciplina, y 6 miembros del Colegio de Jurados. El casj ha logrado una gran inserción en el medio local y regional. Cuenta con un total de 400 matriculados habilitados. La extensión a la sociedad se da a través de la organización de numerosos cursos, charlas, concursos y congresos internacionales, nacionales y regionales Posee una sola sede central, con jurisdicción para toda la Provincia de San Juan, en pleno centro de la Ciudad Capital; contando con oficinas de atención a los matriculados, oficina de presidencia, sala de reuniones del Consejo Superior, sala de conferencias y sala de computación.

a través del ejercicio del voto secreto y obligatorio de los matriculados habilitados para el ejercicio de la profesión.

autoridades presidente: Arq. Sergio Adrián Puebla Valente vicepresidente: Arq. José Rodolfo Barrionuevo secretario: Arq. Claudio Figueroa tesorero: Arq. Estella Edith Guerci contacto Mitre N° 434 –CPA D5700 CGJ– San Luis tel: 0266 - 4423943 /4423286 www.carqsanluis.org.ar El Colegio de Arquitectos de San Luis fue creado el 15 de octubre de 1986, luego de promulgarse la Ley Provincial N° 4758. Anteriormente a esta fecha, los profesionales de la arquitectura compartían la vida colegiada con los ingenieros y técnicos de la construcción. Fue en la Asociación de Arquitectos (que se había creado paralelamente) donde germinó la idea de conformar una institución autónoma.

Son funciones del Colegio Provincial, entre otras: el gobierno de la matrícula y el control de la actividad profesional en todas sus modalidades, garantizando de manera irrestricta el cumplimiento de la Ley 5560 y velando por el prestigio, independencia, respeto y jerarquización del trabajo profesional. A esto se suman todas aquellas actividades que implican las relaciones de la institución con los poderes públicos, provincial y municipal; y con la comunidad en general, en todo aquello que contribuya a promover y consolidar «la integración de los colegiados entre sí, con el medio y con otros profesionales». Sin dudas las Asambleas Generales de Colegiados, que se reúnen una vez al año, constituyen el hecho más relevante de la vida institucional, por tratarse del ámbito donde la totalidad de los matriculados que a ella concurren pueden ejercer con plena libertad sus derechos, expresar sus opiniones, ideas, sugerencias y votar por aquellas propuestas que constituirán los lineamientos de la política institucional, la cual debe ser instrumentada a través del Consejo Superior y las respectivas Regionales.

Así, desde el momento de su creación y cada tres años, se renuevan las autoridades a nivel provincial y regional,

5. nuestras entidades | 65


CAd3 - Venado Tuerto; CAd4 - Casilda; CAd5 - Rafaela y CAd6 - Reconquista; los que tienen competencias en sus jurisdicciones asignadas por ley.

autoridades presidente: Arq. Edgardo Rubén Bagnasco vicepresidente: Arq. Marío Daniel Anselmi secretario: Arq. Nora Juana Bianchi tesorero: Arq. Vitalio Bartolomé Giordano contacto Av. Belgrano N° 650 P.A. –S2000 COU– Rosario, Santa Fe tel: 0341 - 4803915 / 4492389 colegiodearquitectos@capsf.org.ar www.capsf.org.ar El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe se creó en 1992 por Ley Provincial N° 10653, determinando su funcionamiento con carácter de persona jurídica de derecho privado, en el ejercicio de funciones públicas delegadas. Su actividad quedó sujeta a las disposiciones de la ley de su creación, su Estatuto, su Código de Ética Profesional, su Reglamento Electoral y las Resoluciones que en consecuencia se dictan. El mismo está integrado por un Colegio Provincial y seis Colegios de Distrito: CAd1 - Santa Fe; CAd2 - Rosario;

66 | federación argentina de entidades de arquitectos

Los fines y objetivos fundacionales son: registrar y gobernar la matrícula de todos los arquitectos de Santa Fe; realizar el control del ejercicio profesional y mejorar los aspectos inherentes al ejercicio de la profesión; fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y asistencia recíproca entre los arquitectos; amparar, representar y defender los derechos de los arquitectos. Nuestros actuales objetivos se centran en crear ámbitos de participación, de estudio y de gestión; espacios plurales y democráticos, consolidando una organización que promueva entre sus matriculados un profundo proceso de desarrollo profesional y humano. Fortalecer una estructura que debe ser cada día más eficiente para atender las necesidades de los matriculados y de la sociedad en su conjunto. Este camino es el que estamos transitando. Nuestra disciplina nos habilita para trabajar en temas arquitectónicos y urbanos, y nuestros matriculados están participando como actores especializados en la confección de la agenda de las políticas locales, ampliando el espectro de los gobiernos locales y el ámbito urbano, trabajando en los territorios con los demás actores sociales.

autoridades presidente: Arq. Susana Di Domenico vicepresidente: Arq. Carlos Rafael Giambroni secretario: Arq. Jose Jacobo Mitre tesorero: Arq. Juan Jose Ramón Storniolo contacto Nicolás Heredia S/N° –c.p. 4200– Santiago del Estero. tel: 0385 - 421-9120 / 4214585 casearkitec@gmail.com www.casesgo.com.ar En noviembre de 1968, un grupo de profesionales de la arquitectura decidieron formar lo que habría de llamarse Sociedad Central de Arquitectos de Santiago del Estero. Si bien los profesionales nos encontrábamos matriculados en el Consejo Profesional de la Ingeniería y la Arquitectura, esta determinación llevaba el invalorable propósito de poner en relieve una identidad propia; producto de una formación académico profesional que nos distinguió en el medio en el que habríamos de actuar.

Es así que a lo largo de 17 años, la entidad organizó y sistematizó una tarea técnico-administrativa de presencia ante la sociedad en su conjunto, y ante las autoridades provinciales y municipales, aportando ideas y presencia mediante la formulación de diversas actividades tanto profesionales como culturales. Para ese momento, la matrícula había crecido a más de 150 profesionales. Desde 1982 comenzó la búsqueda de una definición más clara, precisa e independiente de nuestra profesión; esto es: una separación del Consejo de Profesionales que continuaba rigiendo la matrícula. Se sucedieron a lo largo y ancho de nuestro territorio, numerosas reuniones en pro de lo que se denominaría COLEGIACIÓN, con un contenido de mayor definición de nuestra profesión y con mayor contenido gremial. Finalmente, el 27 de noviembre de 1987, cuando la Ley 5654 dio forma definitiva a nuestra institución. Se puso allí una bisagra a la breve historia de nuestra creación. Aquella incipiente unión de 23 voluntades en 1968 daba paso a una Entidad con mayor relevancia en los planos que habría de actuar. Hoy nuestros colegiados superan los 450 matriculados. Contamos con edificio y recursos propios que son volcados en la realización de diversas actividades propias y conexas de nuestra profesión.

5. nuestras entidades | 67


CAd3 - Venado Tuerto; CAd4 - Casilda; CAd5 - Rafaela y CAd6 - Reconquista; los que tienen competencias en sus jurisdicciones asignadas por ley.

autoridades presidente: Arq. Edgardo Rubén Bagnasco vicepresidente: Arq. Marío Daniel Anselmi secretario: Arq. Nora Juana Bianchi tesorero: Arq. Vitalio Bartolomé Giordano contacto Av. Belgrano N° 650 P.A. –S2000 COU– Rosario, Santa Fe tel: 0341 - 4803915 / 4492389 colegiodearquitectos@capsf.org.ar www.capsf.org.ar El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe se creó en 1992 por Ley Provincial N° 10653, determinando su funcionamiento con carácter de persona jurídica de derecho privado, en el ejercicio de funciones públicas delegadas. Su actividad quedó sujeta a las disposiciones de la ley de su creación, su Estatuto, su Código de Ética Profesional, su Reglamento Electoral y las Resoluciones que en consecuencia se dictan. El mismo está integrado por un Colegio Provincial y seis Colegios de Distrito: CAd1 - Santa Fe; CAd2 - Rosario;

66 | federación argentina de entidades de arquitectos

Los fines y objetivos fundacionales son: registrar y gobernar la matrícula de todos los arquitectos de Santa Fe; realizar el control del ejercicio profesional y mejorar los aspectos inherentes al ejercicio de la profesión; fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y asistencia recíproca entre los arquitectos; amparar, representar y defender los derechos de los arquitectos. Nuestros actuales objetivos se centran en crear ámbitos de participación, de estudio y de gestión; espacios plurales y democráticos, consolidando una organización que promueva entre sus matriculados un profundo proceso de desarrollo profesional y humano. Fortalecer una estructura que debe ser cada día más eficiente para atender las necesidades de los matriculados y de la sociedad en su conjunto. Este camino es el que estamos transitando. Nuestra disciplina nos habilita para trabajar en temas arquitectónicos y urbanos, y nuestros matriculados están participando como actores especializados en la confección de la agenda de las políticas locales, ampliando el espectro de los gobiernos locales y el ámbito urbano, trabajando en los territorios con los demás actores sociales.

autoridades presidente: Arq. Susana Di Domenico vicepresidente: Arq. Carlos Rafael Giambroni secretario: Arq. Jose Jacobo Mitre tesorero: Arq. Juan Jose Ramón Storniolo contacto Nicolás Heredia S/N° –c.p. 4200– Santiago del Estero. tel: 0385 - 421-9120 / 4214585 casearkitec@gmail.com www.casesgo.com.ar En noviembre de 1968, un grupo de profesionales de la arquitectura decidieron formar lo que habría de llamarse Sociedad Central de Arquitectos de Santiago del Estero. Si bien los profesionales nos encontrábamos matriculados en el Consejo Profesional de la Ingeniería y la Arquitectura, esta determinación llevaba el invalorable propósito de poner en relieve una identidad propia; producto de una formación académico profesional que nos distinguió en el medio en el que habríamos de actuar.

Es así que a lo largo de 17 años, la entidad organizó y sistematizó una tarea técnico-administrativa de presencia ante la sociedad en su conjunto, y ante las autoridades provinciales y municipales, aportando ideas y presencia mediante la formulación de diversas actividades tanto profesionales como culturales. Para ese momento, la matrícula había crecido a más de 150 profesionales. Desde 1982 comenzó la búsqueda de una definición más clara, precisa e independiente de nuestra profesión; esto es: una separación del Consejo de Profesionales que continuaba rigiendo la matrícula. Se sucedieron a lo largo y ancho de nuestro territorio, numerosas reuniones en pro de lo que se denominaría COLEGIACIÓN, con un contenido de mayor definición de nuestra profesión y con mayor contenido gremial. Finalmente, el 27 de noviembre de 1987, cuando la Ley 5654 dio forma definitiva a nuestra institución. Se puso allí una bisagra a la breve historia de nuestra creación. Aquella incipiente unión de 23 voluntades en 1968 daba paso a una Entidad con mayor relevancia en los planos que habría de actuar. Hoy nuestros colegiados superan los 450 matriculados. Contamos con edificio y recursos propios que son volcados en la realización de diversas actividades propias y conexas de nuestra profesión.

5. nuestras entidades | 67


autoridades Consejo Directivo 2012 – 2015 presidente: Arq. Ricardo Rulli vicepresidente: Arq. Estela Boscarino secretaria: Arq. Sandra Abraham tesorero: Arq. Carlos Galo contacto Virgen de la Merced N° 179 E.P Of. N° 2 –c.p. 4000– San Miguel de Tucumán tel: 0381 - 4224963/4228849 info@catonline.org.ar facebook: Colegio de Arquitectos de Tucumán www.catonline.org.ar. En los años ‘40 del siglo pasado se creó el Consejo Profesional de Ingeniería (copiaat), con las profesiones que se dictaban en la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología. Se regulaba el ejercicio profesional de las siguientes profesiones: ingenieros civiles y de otras especialidades (mecánicos, electricistas, industriales, químicos, etc.); arquitectos y técnicos con innumerables especialidades. Por lo tanto, los arquitectos sólo tenían la quinta parte de las decisiones.

68 | federación argentina de entidades de arquitectos

En Asamblea del 30 de noviembre de 1982 se decidió, por unanimidad, la creación de un Colegio de Arquitectos con la finalidad de conseguir la colegiación independiente y tener manejo propio de la matrícula. La creación de este Colegio de Arquitectos hizo que se formaran grupos con ideas distintas de cómo llegar a la colegiación independiente, junto a los integrantes de la Sociedad de Arquitectos y el Colegio de Arquitectos recién creado. Comenzaron en conjunto a pedir y gestionar el manejo de la matrícula de los arquitectos de manera independiente. Después de mucho andar, se llegó a la creación por ley del Colegio de Arquitectos que regula la profesión, a fines de 1989. La ley N° 5.994 del ejercicio de la profesión del arquitecto, fue sancionada por el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Tucumán el 5 de diciembre de 1989. El 29 de noviembre de 1993 la ley N° 6.508 desreguló los honorarios profesionales. Luego, el 1 de septiembre de 1994, se reglamentó la Ley del Ejercicio Profesional, vigente hasta el presente.

delegación del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, en Ushuaia y Río Grande.

autoridades presidente: Arq. Luis Roberto Matach vicepresidente: Arq. Loredana Barboni Nuñez secretario: Arq. Karina Fleitas tesorero: Arq. Sandra Alejandra Simoes contacto Sede Ushuaia: Yaganes N° 271 –c.p. 9410­­ tel: 02901 - 435332 Sede Río Grande: Pachecho 761 –c.p.9420 tel: 02964 - 422502 catdf@speedy.com.ar catdfrg@hotmail.com facebook: Colegio de Arquitectos TDF www.arquitierradelfuego.com

En el año 1998 la Sociedad Fueguina de Arquitectos recibió la donación por parte del Sr. Ado Henninger, de una casa histórica, construida por internos del Presidio en el año 1935. En el año 1998 se realizó el Congreso de Arquitectura Patagónica, que impulsó la necesidad de convocarnos. En el año 1999 la Armada Nacional autorizó el traslado de dicha casa, sede que se inauguró el 27 de octubre de 2000. A partir de allí se trabajó en la Ley de Colegiación, que fue aprobada por la Legislatura Provincial el 4 de diciembre de 2003. El 8 de abril del 2011 el Consejo Ejecutivo del catdf recibió, por primera vez en la historia del Colegio, a autoridades de la Mesa Ejecutiva ampliada de fadea.

En el año 1981 los Arquitectos de Tierra del Fuego vieron la necesidad de agruparse y formar la Sociedad Fueguina de Arquitectos.

El 14 de octubre de 2011 se inauguró el Salón de Exposiciones del Colegio, otra vivienda histórica recuperada, donación del Casino Club. Dicho espacio está destinado al desarrollo de exposiciones, cursos, conferencias, no sólo para la matrícula, sino para toda la comunidad de Ushuaia.

En esos años formábamos parte del territorio nacional, logrando el 14 de noviembre de 1989 la apertura de una

Actualmente se trabaja en la construcción de la Delegación en la ciudad de Río Grande.

5. nuestras entidades | 69


autoridades Consejo Directivo 2012 – 2015 presidente: Arq. Ricardo Rulli vicepresidente: Arq. Estela Boscarino secretaria: Arq. Sandra Abraham tesorero: Arq. Carlos Galo contacto Virgen de la Merced N° 179 E.P Of. N° 2 –c.p. 4000– San Miguel de Tucumán tel: 0381 - 4224963/4228849 info@catonline.org.ar facebook: Colegio de Arquitectos de Tucumán www.catonline.org.ar. En los años ‘40 del siglo pasado se creó el Consejo Profesional de Ingeniería (copiaat), con las profesiones que se dictaban en la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología. Se regulaba el ejercicio profesional de las siguientes profesiones: ingenieros civiles y de otras especialidades (mecánicos, electricistas, industriales, químicos, etc.); arquitectos y técnicos con innumerables especialidades. Por lo tanto, los arquitectos sólo tenían la quinta parte de las decisiones.

68 | federación argentina de entidades de arquitectos

En Asamblea del 30 de noviembre de 1982 se decidió, por unanimidad, la creación de un Colegio de Arquitectos con la finalidad de conseguir la colegiación independiente y tener manejo propio de la matrícula. La creación de este Colegio de Arquitectos hizo que se formaran grupos con ideas distintas de cómo llegar a la colegiación independiente, junto a los integrantes de la Sociedad de Arquitectos y el Colegio de Arquitectos recién creado. Comenzaron en conjunto a pedir y gestionar el manejo de la matrícula de los arquitectos de manera independiente. Después de mucho andar, se llegó a la creación por ley del Colegio de Arquitectos que regula la profesión, a fines de 1989. La ley N° 5.994 del ejercicio de la profesión del arquitecto, fue sancionada por el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Tucumán el 5 de diciembre de 1989. El 29 de noviembre de 1993 la ley N° 6.508 desreguló los honorarios profesionales. Luego, el 1 de septiembre de 1994, se reglamentó la Ley del Ejercicio Profesional, vigente hasta el presente.

delegación del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, en Ushuaia y Río Grande.

autoridades presidente: Arq. Luis Roberto Matach vicepresidente: Arq. Loredana Barboni Nuñez secretario: Arq. Karina Fleitas tesorero: Arq. Sandra Alejandra Simoes contacto Sede Ushuaia: Yaganes N° 271 –c.p. 9410­­ tel: 02901 - 435332 Sede Río Grande: Pachecho 761 –c.p.9420 tel: 02964 - 422502 catdf@speedy.com.ar catdfrg@hotmail.com facebook: Colegio de Arquitectos TDF www.arquitierradelfuego.com

En el año 1998 la Sociedad Fueguina de Arquitectos recibió la donación por parte del Sr. Ado Henninger, de una casa histórica, construida por internos del Presidio en el año 1935. En el año 1998 se realizó el Congreso de Arquitectura Patagónica, que impulsó la necesidad de convocarnos. En el año 1999 la Armada Nacional autorizó el traslado de dicha casa, sede que se inauguró el 27 de octubre de 2000. A partir de allí se trabajó en la Ley de Colegiación, que fue aprobada por la Legislatura Provincial el 4 de diciembre de 2003. El 8 de abril del 2011 el Consejo Ejecutivo del catdf recibió, por primera vez en la historia del Colegio, a autoridades de la Mesa Ejecutiva ampliada de fadea.

En el año 1981 los Arquitectos de Tierra del Fuego vieron la necesidad de agruparse y formar la Sociedad Fueguina de Arquitectos.

El 14 de octubre de 2011 se inauguró el Salón de Exposiciones del Colegio, otra vivienda histórica recuperada, donación del Casino Club. Dicho espacio está destinado al desarrollo de exposiciones, cursos, conferencias, no sólo para la matrícula, sino para toda la comunidad de Ushuaia.

En esos años formábamos parte del territorio nacional, logrando el 14 de noviembre de 1989 la apertura de una

Actualmente se trabaja en la construcción de la Delegación en la ciudad de Río Grande.

5. nuestras entidades | 69


Es importante destacar el rol político de la sca en el debate público sobre la ciudad, sus normativas y su evolución con el necesario equilibrio, dándolo desde los medios de comunicación y con debates y paneles en la entidad, invitando a funcionarios y especialistas al intercambio de ideas. autoridades Comisión Directiva 2013 – 2016 presidente: Arq. Eduardo Bekinschtein vicepresidente: 1º Arq. Rita Comando secretario: Arq. Felipe De Cusatis tesorero: Arq. Jorge Iribarne contacto Montevideo N° 938, Ciudad De Buenos Aires. tel: 011 - 4813-2375 / 4812-3644 /5856 contacto@socearq.org www.socearq.org Fundada en 1886 como una Asociación Civil sin fines de lucro, y a lo largo de más de 120 años de trayectoria, la sca representa a los arquitectos y se ocupa de la defensa de sus derechos y del prestigio de la arquitectura, así como de la construcción planificada de las ciudades, su evolución y adecuada preservación. Su misión se centra en la gestión de concursos como único medio para garantizar la excelencia y transparencia en la adjudicación de un proyecto.

70 | federación argentina de entidades de arquitectos

La capacitación permanente y la actualización profesional son otros aspectos en los que la sca se destaca, con la organización de cursos, seminarios temáticos, ciclos sobre tecnología, y temas de historia y preservación del patrimonio arquitectónico y urbano. La entidad edita la Revista de Arquitectura, órgano oficial de la entidad desde 1905, medio especializado de gran prestigio nacional e internacional. Dirige la sca su Comisión Directiva de 25 miembros, elegida en elecciones trienales. El perfil institucional se ha mantenido a través de toda su trayectoria, adhiriendo al respeto por las personas y las ideas, habiéndose constituido en épocas de crisis nacional, en resguardo de la libertad de opinión y de criterios de sus socios y de la comunidad arquitectónica en general. La sca funciona en dos sedes. En ellas trabajan personas de planta y profesionales voluntarios que representan a sus casi 14.000 socios que deciden asociarse a la entidad sin otro fin que apoyar la defensa de la arquitectura.

SOCIEDAD DE ARQUITECTOS DE CORRIENTES

contacto Sede Central Belgrano N° 1935 –c.p. 3400 –Ciudad de Corrientes www.soarco.org autoridades presidente: Arq. Guillermo R. Pintos vicepresidente: Arq. Hernán Fiorio secretario: Arq. Javier Ramírez tesorera: Arq. Karina Serracani

En la jurisdicción de la provincia de Corrientes (la única en todo el país) se acepta la registración de la matrícula de origen, cualquiera sea la profesión, de cualquier parte del país. Y, si el profesional está habilitado anualmente en su entidad de origen, puede desarrollar su ejercicio profesional en nuestra jurisdicción. Esto no ocurre de igual manera con algunas entidades de arquitectos del país, por lo que los arquitectos correntinos nucleados en la sac valoran y demuestran su vocación integradora y promotora del ejercicio profesional de la arquitectura.

La Sociedad de Arquitectos de Corrientes se creó en el año 1967 y funciona como una asociación civil sin fines de lucro, de carácter gremial y de asociación voluntaria. La entidad de ley regulatoria de la actividad de los arquitectos en la provincia de Corrientes es el Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura, uno de los pocos que subsistieron a las colegiaciones. En Corrientes no existen cajas de profesionales. Cada profesional elige libremente su ámbito de seguridad social. Los honorarios mínimos son regulados por ley provincial.

5. nuestras entidades | 71


Es importante destacar el rol político de la sca en el debate público sobre la ciudad, sus normativas y su evolución con el necesario equilibrio, dándolo desde los medios de comunicación y con debates y paneles en la entidad, invitando a funcionarios y especialistas al intercambio de ideas. autoridades Comisión Directiva 2013 – 2016 presidente: Arq. Eduardo Bekinschtein vicepresidente: 1º Arq. Rita Comando secretario: Arq. Felipe De Cusatis tesorero: Arq. Jorge Iribarne contacto Montevideo N° 938, Ciudad De Buenos Aires. tel: 011 - 4813-2375 / 4812-3644 /5856 contacto@socearq.org www.socearq.org Fundada en 1886 como una Asociación Civil sin fines de lucro, y a lo largo de más de 120 años de trayectoria, la sca representa a los arquitectos y se ocupa de la defensa de sus derechos y del prestigio de la arquitectura, así como de la construcción planificada de las ciudades, su evolución y adecuada preservación. Su misión se centra en la gestión de concursos como único medio para garantizar la excelencia y transparencia en la adjudicación de un proyecto.

70 | federación argentina de entidades de arquitectos

La capacitación permanente y la actualización profesional son otros aspectos en los que la sca se destaca, con la organización de cursos, seminarios temáticos, ciclos sobre tecnología, y temas de historia y preservación del patrimonio arquitectónico y urbano. La entidad edita la Revista de Arquitectura, órgano oficial de la entidad desde 1905, medio especializado de gran prestigio nacional e internacional. Dirige la sca su Comisión Directiva de 25 miembros, elegida en elecciones trienales. El perfil institucional se ha mantenido a través de toda su trayectoria, adhiriendo al respeto por las personas y las ideas, habiéndose constituido en épocas de crisis nacional, en resguardo de la libertad de opinión y de criterios de sus socios y de la comunidad arquitectónica en general. La sca funciona en dos sedes. En ellas trabajan personas de planta y profesionales voluntarios que representan a sus casi 14.000 socios que deciden asociarse a la entidad sin otro fin que apoyar la defensa de la arquitectura.

SOCIEDAD DE ARQUITECTOS DE CORRIENTES

contacto Sede Central Belgrano N° 1935 –c.p. 3400 –Ciudad de Corrientes www.soarco.org autoridades presidente: Arq. Guillermo R. Pintos vicepresidente: Arq. Hernán Fiorio secretario: Arq. Javier Ramírez tesorera: Arq. Karina Serracani

En la jurisdicción de la provincia de Corrientes (la única en todo el país) se acepta la registración de la matrícula de origen, cualquiera sea la profesión, de cualquier parte del país. Y, si el profesional está habilitado anualmente en su entidad de origen, puede desarrollar su ejercicio profesional en nuestra jurisdicción. Esto no ocurre de igual manera con algunas entidades de arquitectos del país, por lo que los arquitectos correntinos nucleados en la sac valoran y demuestran su vocación integradora y promotora del ejercicio profesional de la arquitectura.

La Sociedad de Arquitectos de Corrientes se creó en el año 1967 y funciona como una asociación civil sin fines de lucro, de carácter gremial y de asociación voluntaria. La entidad de ley regulatoria de la actividad de los arquitectos en la provincia de Corrientes es el Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura, uno de los pocos que subsistieron a las colegiaciones. En Corrientes no existen cajas de profesionales. Cada profesional elige libremente su ámbito de seguridad social. Los honorarios mínimos son regulados por ley provincial.

5. nuestras entidades | 71


facto o dictaduras militares, cuando los planes de vivienda se hacían por grupos importantes; en números tales que ni las empresas locales podían participar en las licitaciones. Luego, con los gobiernos surgidos por el voto popular pero con concepciones «demasiado centralistas», enviaban obras ya proyectadas o con prototipos diseñados en la metrópolis, totalmente desvinculados de la realidad regional y local. autoridades presidente: Arq. Leandro Rosso vicepresidente: Arq. Alicia Beatriz Ogara secretaria: Arq. Ninfa Liliana López tesorero: Arq. Rafael Franco Spatuzza La Sociedad de Arquitectos del Chaco fue fundada el 28 de Junio de 1968, momento en el cual el consenso de los «pioneros» decidió iniciar esta entidad de clase, para defender el rigor ético del ejercicio profesional. Así, un pequeño grupo de esforzados colegas tomó la tarea de organizar y consolidar institucionalmente esta entidad gremial, sostenida única y exclusivamente por la libre voluntad y contribución de sus socios y no siempre en condiciones favorables a su desempeño como entidad de clase. En los primeros tiempos, los trabajos importantes venían realizados por los grandes estudios de Buenos Aires, siempre vinculados a las etapas de los gobiernos de

72 | federación argentina de entidades de arquitectos

Todo este panorama demandó el denodado esfuerzo de muchas generaciones de colegas para mantener la institucionalidad gremial, la defensa de los objetivos de calidad, excelencia y servicio de nuestros estatutos, en condiciones que no son las que quisiéramos para desarrollarnos profesionalmente. Allí, todavía, anida nuestra debilidad y la poca presencia institucional en las decisiones del estado provincial y en la gestión de los municipios.

autoridades Consejo Directivo 2012 – 2014 presidente: Arq. Edgardo Acevedo vicepresidente: Arq. Ernesto Jesús Acuña secretaria: Arq. Cecilia Corpacci Orellana tesorero: Arq. Franco Martín Ferioli contacto Camilo Melet N° 223 –c.p. 4700– San Fernando del Valle de Catamarca tel: 0383 - 4430978 unarqcat@gmail.com www.unionarqcatamarca.com.ar La Unión de Arquitectos de Catamarca se constituyó inicialmente como Asociación Civil el 27 de mayo de 1975, independizándose del Consejo multiprofesional al que pertenecía. Un aporte memorable de aquella gestión, en el ámbito nacional, fue la reunión en Catamarca de la Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos (fasa) el 8 de noviembre de 1976, cuando se redactó la «Declaración de Catamarca», transmitida por radio al exterior en un contexto adverso a la libertad de expresión.

En este documento los arquitectos reclamaban la sanción de una Ley Nacional de Desarrollo Urbano y de Usos de Suelo, solicitando al sector público que asumiese su rol de conductor del desarrollo urbano, para evitar el crecimiento improvisado y especulativo de las ciudades argentinas, procurando el beneficio de la mayoría de la población y protegiendo el agua y el suelo, en una temprana declaración ambientalista. La Federación de Entidades Profesionales de Argentina reunida en Huerta Grande (Córdoba), en 1978, impuso el mandato de colegiar las profesiones. fasa lo impulsó entre las Sociedades de Arquitectos, por lo que la uac inició gestiones provinciales lideradas por su presidente el Arq. Lino Campos, entonces vicepresidente de fasa. La intensa campaña de entusiastas colegas dio sus frutos recién ocho años después, un 23 de junio de 1983, al promulgarse la Ley Provincial N°3495 por la cual el Estado otorgó a la uac la entidad de Colegio Profesional, delegándole la facultad del gobierno de la matrícula. De esta manera la Unión de Arquitectos de Catamarca se constituyó en el primer Colegio de Arquitectos del país.

5. nuestras entidades | 73


facto o dictaduras militares, cuando los planes de vivienda se hacían por grupos importantes; en números tales que ni las empresas locales podían participar en las licitaciones. Luego, con los gobiernos surgidos por el voto popular pero con concepciones «demasiado centralistas», enviaban obras ya proyectadas o con prototipos diseñados en la metrópolis, totalmente desvinculados de la realidad regional y local. autoridades presidente: Arq. Leandro Rosso vicepresidente: Arq. Alicia Beatriz Ogara secretaria: Arq. Ninfa Liliana López tesorero: Arq. Rafael Franco Spatuzza La Sociedad de Arquitectos del Chaco fue fundada el 28 de Junio de 1968, momento en el cual el consenso de los «pioneros» decidió iniciar esta entidad de clase, para defender el rigor ético del ejercicio profesional. Así, un pequeño grupo de esforzados colegas tomó la tarea de organizar y consolidar institucionalmente esta entidad gremial, sostenida única y exclusivamente por la libre voluntad y contribución de sus socios y no siempre en condiciones favorables a su desempeño como entidad de clase. En los primeros tiempos, los trabajos importantes venían realizados por los grandes estudios de Buenos Aires, siempre vinculados a las etapas de los gobiernos de

72 | federación argentina de entidades de arquitectos

Todo este panorama demandó el denodado esfuerzo de muchas generaciones de colegas para mantener la institucionalidad gremial, la defensa de los objetivos de calidad, excelencia y servicio de nuestros estatutos, en condiciones que no son las que quisiéramos para desarrollarnos profesionalmente. Allí, todavía, anida nuestra debilidad y la poca presencia institucional en las decisiones del estado provincial y en la gestión de los municipios.

autoridades Consejo Directivo 2012 – 2014 presidente: Arq. Edgardo Acevedo vicepresidente: Arq. Ernesto Jesús Acuña secretaria: Arq. Cecilia Corpacci Orellana tesorero: Arq. Franco Martín Ferioli contacto Camilo Melet N° 223 –c.p. 4700– San Fernando del Valle de Catamarca tel: 0383 - 4430978 unarqcat@gmail.com www.unionarqcatamarca.com.ar La Unión de Arquitectos de Catamarca se constituyó inicialmente como Asociación Civil el 27 de mayo de 1975, independizándose del Consejo multiprofesional al que pertenecía. Un aporte memorable de aquella gestión, en el ámbito nacional, fue la reunión en Catamarca de la Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos (fasa) el 8 de noviembre de 1976, cuando se redactó la «Declaración de Catamarca», transmitida por radio al exterior en un contexto adverso a la libertad de expresión.

En este documento los arquitectos reclamaban la sanción de una Ley Nacional de Desarrollo Urbano y de Usos de Suelo, solicitando al sector público que asumiese su rol de conductor del desarrollo urbano, para evitar el crecimiento improvisado y especulativo de las ciudades argentinas, procurando el beneficio de la mayoría de la población y protegiendo el agua y el suelo, en una temprana declaración ambientalista. La Federación de Entidades Profesionales de Argentina reunida en Huerta Grande (Córdoba), en 1978, impuso el mandato de colegiar las profesiones. fasa lo impulsó entre las Sociedades de Arquitectos, por lo que la uac inició gestiones provinciales lideradas por su presidente el Arq. Lino Campos, entonces vicepresidente de fasa. La intensa campaña de entusiastas colegas dio sus frutos recién ocho años después, un 23 de junio de 1983, al promulgarse la Ley Provincial N°3495 por la cual el Estado otorgó a la uac la entidad de Colegio Profesional, delegándole la facultad del gobierno de la matrícula. De esta manera la Unión de Arquitectos de Catamarca se constituyó en el primer Colegio de Arquitectos del país.

5. nuestras entidades | 73


6. un panorama sobre nuestra profesión entidad invitada

autoridades presidente: Arq. Jorge Horacio Lestard vicepresidente: 1° Arq. Sergio Antonini secretario: Arq. Graciela Lilia Novoa tesorero: Arq. Roque Frangella contacto 25 de mayo N°482 –caba tel: 5 - 238 - 1068 / 5 - 239 - 9420 info@cpau.org www.cpau.org El Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (cpau) es un organismo creado por el Decreto-Ley 17.946 /1944 para regular la práctica profesional. Junto a los Consejos de Ingeniería y Agrimensura forma la Junta Central de los Consejos Profesionales, creada por Decreto-Ley 6070/1958, ratificado por la Ley 14.467. Las funciones primordiales del Consejo son: 1.Matricular a los profesionales para que estén en condiciones de ejercer la profesión, de acuerdo a lo que establece la ley.

74 | federación argentina de entidades de arquitectos

2.Atender los casos de ética y aplicar las sanciones dispuestas por la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería. 3.Dictaminar sobre el ejercicio profesional –siempre y cuando no implique la producción de una pericia– y sobre la aplicación de la Ley de Arancel (Decreto-Ley 7887 / 55 ); ya sea por orden judicial o según lo soliciten las autoridades competentes, matriculados o particulares. Su ámbito de acción es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los lugares sujetos a la jurisdicción nacional. El cpau está constituido por 20 Consejeros, elegidos por el voto de sus matriculados activos y vitalicios cada dos años. La labor del cpau se realiza a través de comisiones asesoras integradas por consejeros y profesionales invitados. Tanto los consejeros como los profesionales invitados participan en forma honoraria. El cpau cuenta a la fecha con 11.500 matriculados activos y 620 que ejercen en su jurisdicción, y participa de fadea como adherente, actuando básicamente y en forma activa en los aspectos que hacen al ejercicio profesional y el control de la ética de sus matriculados, cuestiones que son la base de su función delegada por ley.


6. un panorama sobre nuestra profesión entidad invitada

autoridades presidente: Arq. Jorge Horacio Lestard vicepresidente: 1° Arq. Sergio Antonini secretario: Arq. Graciela Lilia Novoa tesorero: Arq. Roque Frangella contacto 25 de mayo N°482 –caba tel: 5 - 238 - 1068 / 5 - 239 - 9420 info@cpau.org www.cpau.org El Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (cpau) es un organismo creado por el Decreto-Ley 17.946 /1944 para regular la práctica profesional. Junto a los Consejos de Ingeniería y Agrimensura forma la Junta Central de los Consejos Profesionales, creada por Decreto-Ley 6070/1958, ratificado por la Ley 14.467. Las funciones primordiales del Consejo son: 1.Matricular a los profesionales para que estén en condiciones de ejercer la profesión, de acuerdo a lo que establece la ley.

74 | federación argentina de entidades de arquitectos

2.Atender los casos de ética y aplicar las sanciones dispuestas por la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería. 3.Dictaminar sobre el ejercicio profesional –siempre y cuando no implique la producción de una pericia– y sobre la aplicación de la Ley de Arancel (Decreto-Ley 7887 / 55 ); ya sea por orden judicial o según lo soliciten las autoridades competentes, matriculados o particulares. Su ámbito de acción es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los lugares sujetos a la jurisdicción nacional. El cpau está constituido por 20 Consejeros, elegidos por el voto de sus matriculados activos y vitalicios cada dos años. La labor del cpau se realiza a través de comisiones asesoras integradas por consejeros y profesionales invitados. Tanto los consejeros como los profesionales invitados participan en forma honoraria. El cpau cuenta a la fecha con 11.500 matriculados activos y 620 que ejercen en su jurisdicción, y participa de fadea como adherente, actuando básicamente y en forma activa en los aspectos que hacen al ejercicio profesional y el control de la ética de sus matriculados, cuestiones que son la base de su función delegada por ley.


REALIDAD DISCIPLINAR Durante 2013 fadea realizó, a través de todas las instituciones que la componen, una serie de encuestas de diagnóstico, a fin de construir un panorama de nuestra profesión en Argentina, en los últimos cuatro años. Algunas visiones, están también arraigadas en el imaginario social. Las preguntas se organizaron desde un punto de vista disciplinar y teniendo en cuenta la actuación de los arquitectos en los distintos sectores, según los siguientes puntos de interés: la visión sobre el ejercicio profesional de la arquitectura, la industria de la construcción y las políticas públicas, y lo relativo a la labor profesional. Asimismo, se consultó sobre la mirada y las inquietudes que, hacia el interior de cada una de las entidades, tienen los arquitectos argentinos. De encuesta surgieron diferentes elementos significativos, con distintas escalas de valores e incidencia, que expresan esta visión de conjunto. Este panorama es de carácter nacional y no tiene distinción de jurisdicciones provinciales. Si pudiéramos acompañar estas páginas con una mayor descripción, la misma necesitaría de tres bandas que definan las distintas problemáticas disciplinares, a lo largo de nuestro país (Norte, Centro y Sur). De esta manera podrían observarse realidades similares pero al mismo tiempo con importantes deferencias, que definen no sólo la modalidad del trabajo disciplinar, sino también su vínculo con las reparticiones del Estado, la

76 | federación argentina de entidades de arquitectos

obra pública, la incidencia de estudios privados en la construcción e incluso el tipo de obras construidas con mayor participación de los arquitectos. Para ello, quizás, deberíamos realizar un estudio más específico de nuestra labor profesional. En las páginas siguientes se presenta, entonces, un diagnóstico en donde la suma de las respuestas (con definiciones similares) es la que dimensiona los textos enunciativos de la introspección disciplinar, procurando establecer valores en la expresión de las respuestas desde cada jurisdicción y desde cada entidad de arquitectos, en un contexto real y de profundo análisis nacional.

reconocida

POCO valorada. Vinculada a la

OBRA PÚBLICA

80%

BAJA REMUNERACIÓN

REFERENTE

Para un trabajo de mucha dedicación.

CONSTRUCCIÓN TRADICIONAL Confusiones en la normativa Sin nuevas técnicas, procedimientos o sistemas constructivos. El ritmo de la actividad se mantiene constante.

RÉGIMEN PREVISIONAL

Dignifica a la profesión. Búsqueda de RECIPROCIDAD

Se encuentra en relación de dependencia con el Estado y con empresas constructoras que trabajan con el Estado. Indiscutido de la construcción. Para los poderes del Estado.

28%

OBRAS Disminución en

proyecto y dirección técnica.

Jóvenes profesionales con dificultades para insertarse laboralmente. RETICENCIA a participar en la institución que los nuclea.

DESREGULACIÓN DE LOS HONORARIOS

Perjudica a la profesión.

6. un panorama sobre nuestra profesión | 77


REALIDAD DISCIPLINAR Durante 2013 fadea realizó, a través de todas las instituciones que la componen, una serie de encuestas de diagnóstico, a fin de construir un panorama de nuestra profesión en Argentina, en los últimos cuatro años. Algunas visiones, están también arraigadas en el imaginario social. Las preguntas se organizaron desde un punto de vista disciplinar y teniendo en cuenta la actuación de los arquitectos en los distintos sectores, según los siguientes puntos de interés: la visión sobre el ejercicio profesional de la arquitectura, la industria de la construcción y las políticas públicas, y lo relativo a la labor profesional. Asimismo, se consultó sobre la mirada y las inquietudes que, hacia el interior de cada una de las entidades, tienen los arquitectos argentinos. De encuesta surgieron diferentes elementos significativos, con distintas escalas de valores e incidencia, que expresan esta visión de conjunto. Este panorama es de carácter nacional y no tiene distinción de jurisdicciones provinciales. Si pudiéramos acompañar estas páginas con una mayor descripción, la misma necesitaría de tres bandas que definan las distintas problemáticas disciplinares, a lo largo de nuestro país (Norte, Centro y Sur). De esta manera podrían observarse realidades similares pero al mismo tiempo con importantes deferencias, que definen no sólo la modalidad del trabajo disciplinar, sino también su vínculo con las reparticiones del Estado, la

76 | federación argentina de entidades de arquitectos

obra pública, la incidencia de estudios privados en la construcción e incluso el tipo de obras construidas con mayor participación de los arquitectos. Para ello, quizás, deberíamos realizar un estudio más específico de nuestra labor profesional. En las páginas siguientes se presenta, entonces, un diagnóstico en donde la suma de las respuestas (con definiciones similares) es la que dimensiona los textos enunciativos de la introspección disciplinar, procurando establecer valores en la expresión de las respuestas desde cada jurisdicción y desde cada entidad de arquitectos, en un contexto real y de profundo análisis nacional.

reconocida

POCO valorada. Vinculada a la

OBRA PÚBLICA

80%

BAJA REMUNERACIÓN

REFERENTE

Para un trabajo de mucha dedicación.

CONSTRUCCIÓN TRADICIONAL Confusiones en la normativa Sin nuevas técnicas, procedimientos o sistemas constructivos. El ritmo de la actividad se mantiene constante.

RÉGIMEN PREVISIONAL

Dignifica a la profesión. Búsqueda de RECIPROCIDAD

Se encuentra en relación de dependencia con el Estado y con empresas constructoras que trabajan con el Estado. Indiscutido de la construcción. Para los poderes del Estado.

28%

OBRAS Disminución en

proyecto y dirección técnica.

Jóvenes profesionales con dificultades para insertarse laboralmente. RETICENCIA a participar en la institución que los nuclea.

DESREGULACIÓN DE LOS HONORARIOS

Perjudica a la profesión.

6. un panorama sobre nuestra profesión | 77


INDUSTRIA DE LA

CONSTRUCCIÓN 30%

Disminución de la

INDUSTRIA

SEGURIDAD E HIGIENE

Poco control y exigencias.

NO HAY RELACIÓN DIRECTA

con la Industria.

MANO DE OBRA

Falta capacitación y especialización.

POCOS MATERIALES LOCALES

Genera una industria dependiente.

OFICIOS INTERMEDIOS

Carecen de centros de formación y perfeccionamiento.

CONSTRUCCIONES TRADICIONALES

El nivel de la actividad se mantiene en una meseta.

78 | federación argentina de entidades de arquitectos

POLÍTICAS PÚBLICAS Desarrollo de proyectos con

POCA INCIDENCIA

PROFESIONALES FORÁNEOS

Lo político no va de la mano con lo técnico, en relación a nuestra labor disciplinar.

El abordaje de la vivienda social es un asunto PENDIENTE

POCOS PROFESIONALES

en relación a los planteles.

INTERVENCIONES

ACTIVIDAD INFORMAL

Se han realizado sobre el espacio público.

en las localidades pequeñas.

CONCURSOS

GRANDES OBRAS

Buena actividad, promovidos por el Estado provincial. La mayoría no se construyeron.

que no responden a los requerimientos de la sociedad.

POCA APERTURA HACIA LA INSTITUCIÓN

PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA

en planes o programas de urbanismo y vivienda, relacionados con nuestra incumbencia profesional.

Irrenunciable para la transformación de las provincias.

6. un panorama sobre nuestra profesión | 79


INDUSTRIA DE LA

CONSTRUCCIÓN 30%

Disminución de la

INDUSTRIA

SEGURIDAD E HIGIENE

Poco control y exigencias.

NO HAY RELACIÓN DIRECTA

con la Industria.

MANO DE OBRA

Falta capacitación y especialización.

POCOS MATERIALES LOCALES

Genera una industria dependiente.

OFICIOS INTERMEDIOS

Carecen de centros de formación y perfeccionamiento.

CONSTRUCCIONES TRADICIONALES

El nivel de la actividad se mantiene en una meseta.

78 | federación argentina de entidades de arquitectos

POLÍTICAS PÚBLICAS Desarrollo de proyectos con

POCA INCIDENCIA

PROFESIONALES FORÁNEOS

Lo político no va de la mano con lo técnico, en relación a nuestra labor disciplinar.

El abordaje de la vivienda social es un asunto PENDIENTE

POCOS PROFESIONALES

en relación a los planteles.

INTERVENCIONES

ACTIVIDAD INFORMAL

Se han realizado sobre el espacio público.

en las localidades pequeñas.

CONCURSOS

GRANDES OBRAS

Buena actividad, promovidos por el Estado provincial. La mayoría no se construyeron.

que no responden a los requerimientos de la sociedad.

POCA APERTURA HACIA LA INSTITUCIÓN

PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA

en planes o programas de urbanismo y vivienda, relacionados con nuestra incumbencia profesional.

Irrenunciable para la transformación de las provincias.

6. un panorama sobre nuestra profesión | 79


TEMAS INSTITUCIONALES SEGURIDAD en las obras, referida

al marco legal y contable. Falta CONTROL DE OBRAS en los municipios.

MANO DE OBRA CALIFICADA escasa.

GESTIÓN ante las autoridades locales

para mejorar las tramitaciones que realizan los arquitectos.

SERVICIOS Y BENEFICIOS

para los matriculados.

TEMAS REQUERIDOS POR LOS PROFESIONALES

FORMACIÓN contínua.

MARKETING

ARQUITECTURA + SUSTENTABILIDAD

REGULACIÓN de los HONORARIOS

PLANIFICACIÓN

profesionales.

EJERCICIO PROFESIONAL

CONCURSOS

y Ordenamiento Territorial.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

DEFENSA DE LAS INCUMBENCIAS

Interacción con las UNIVERSIDADES y con las entidades profesionales, nacionales, provinciales y municipales.

ESTADÍSTICAS Y CENSOS

INCUMBENCIAS

Ley de Arancel.

HONORARIOS DE ORDEN PÚBLICO

La FORMACIÓN universitaria y la realidad de la obra.

CURSOS

DIFUSIÓN de la arquitectura

SEGURO de mala praxis nacional.

PRO.CRE.AR

PATRIMONIO

y del ejercicio profesional.

Centro de

CAPACITACIÓN PERMANENTE

MEDIO AMBIENTE

Preservación y protección.

CONCURSOS Seguros de

RESPONSABILIDAD CIVIL

y asesoramiento.

HERRAMIENTAS

que colaboren con el desarrollo y ejercicio profesional.

Acceso a un

SISTEMA PREVISIONAL

acorde.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL y políticas públicas.

80 | federación argentina de entidades de arquitectos

6. un panorama sobre nuestra profesión | 81


TEMAS INSTITUCIONALES SEGURIDAD en las obras, referida

al marco legal y contable. Falta CONTROL DE OBRAS en los municipios.

MANO DE OBRA CALIFICADA escasa.

GESTIÓN ante las autoridades locales

para mejorar las tramitaciones que realizan los arquitectos.

SERVICIOS Y BENEFICIOS

para los matriculados.

TEMAS REQUERIDOS POR LOS PROFESIONALES

FORMACIÓN contínua.

MARKETING

ARQUITECTURA + SUSTENTABILIDAD

REGULACIÓN de los HONORARIOS

PLANIFICACIÓN

profesionales.

EJERCICIO PROFESIONAL

CONCURSOS

y Ordenamiento Territorial.

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

DEFENSA DE LAS INCUMBENCIAS

Interacción con las UNIVERSIDADES y con las entidades profesionales, nacionales, provinciales y municipales.

ESTADÍSTICAS Y CENSOS

INCUMBENCIAS

Ley de Arancel.

HONORARIOS DE ORDEN PÚBLICO

La FORMACIÓN universitaria y la realidad de la obra.

CURSOS

DIFUSIÓN de la arquitectura

SEGURO de mala praxis nacional.

PRO.CRE.AR

PATRIMONIO

y del ejercicio profesional.

Centro de

CAPACITACIÓN PERMANENTE

MEDIO AMBIENTE

Preservación y protección.

CONCURSOS Seguros de

RESPONSABILIDAD CIVIL

y asesoramiento.

HERRAMIENTAS

que colaboren con el desarrollo y ejercicio profesional.

Acceso a un

SISTEMA PREVISIONAL

acorde.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL y políticas públicas.

80 | federación argentina de entidades de arquitectos

6. un panorama sobre nuestra profesión | 81


TEMAS SIGNIFICATIVOS ABORDADOS POR fadea

Reforma del

Presentación ante el ministerio para abordar las INCUMBENCIAS

PRO.CRE.AR.

MATRÍCULA RECÍPROCA para

Asesoramiento sobre

PROMOCIÓN de la actividad profesional.

el ámbito nacional.

y jurados.

Contrataciones directas,

La posibilidad de nutrirnos de EXPERIENCIAS de otros profesionales.

CÓDIGO CIVIL

ASESORÍAS

de Universidades. El INTERCAMBIO a través de reuniones ha generado un impulso importante en los profesionales.

CAMPAÑAS

a nivel nacional. Sumá con el Resto. Patrimonio

CONCURSOS

JURISDICCIÓN

y territorio.

ÉTICA PROFESIONAL

Declaraciones de ADHESIÓN a Entidades.

Posicionamiento ante la incumbencia N° 20 de

Acciones para la

Unificación de criterios y procedimientos.

SEGURIDAD E HIGIENE

Factibilidad de contar con un

SEGURO DE MALA PRAXIS

a nivel nacional.

82 | federación argentina de entidades de arquitectos

COLEGIACIÓN de la actividad profesional. REPRESENTACIÓN INTERNACIONAL

en el CIAM , FPAA y UIA.

7. la voz de nuestros expresidentes


TEMAS SIGNIFICATIVOS ABORDADOS POR fadea

Reforma del

Presentación ante el ministerio para abordar las INCUMBENCIAS

PRO.CRE.AR.

MATRÍCULA RECÍPROCA para

Asesoramiento sobre

PROMOCIÓN de la actividad profesional.

el ámbito nacional.

y jurados.

Contrataciones directas,

La posibilidad de nutrirnos de EXPERIENCIAS de otros profesionales.

CÓDIGO CIVIL

ASESORÍAS

de Universidades. El INTERCAMBIO a través de reuniones ha generado un impulso importante en los profesionales.

CAMPAÑAS

a nivel nacional. Sumá con el Resto. Patrimonio

CONCURSOS

JURISDICCIÓN

y territorio.

ÉTICA PROFESIONAL

Declaraciones de ADHESIÓN a Entidades.

Posicionamiento ante la incumbencia N° 20 de

Acciones para la

Unificación de criterios y procedimientos.

SEGURIDAD E HIGIENE

Factibilidad de contar con un

SEGURO DE MALA PRAXIS

a nivel nacional.

82 | federación argentina de entidades de arquitectos

COLEGIACIÓN de la actividad profesional. REPRESENTACIÓN INTERNACIONAL

en el CIAM , FPAA y UIA.

7. la voz de nuestros expresidentes


arq. edgardo peralta presidente durante los periodos 1988/1989 – 1990/1991 – 1994/1995 con la dirección de obra (nuestros roles más importantes).

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión Nuestra profesión no fue ajena a los vaivenes cíclicos del país, y esto creó periodos de incertidumbre y falta de continuidad laboral. Los arquitectos no teníamos, en ese momento, herramientas institucionales adecuadas que nos permitieran encausar el espíritu de lucha gremial. Asimismo, se crearon impuestos al trabajo profesional y, en algunos aspectos, nuestra profesión no había terminado de ocupar campos laborales que le pertenecen. Lo había hecho con el proyecto, no así

Existía un mercado generalizado, que obtenía su terreno y construía su vivienda, mucho más que en este momento. Esto hacía más distributivo el trabajo profesional. No obstante, la desatención de las estructuras afectadas a la problemática de la vivienda incidía, en forma directa, en nuestra profesión. acciones de gestión - Creación de los Colegios Provinciales como instituciones independientes, democráticas, representativas y federales.

de nuestras incumbencias, ampliación del campo laboral, toma de posición respecto a temas como vivienda, concursos e impuestos y regulación de honorarios. aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Ratificación y actualización de los principios de la colegiación, y fortalecimiento de nuestras instituciones.

- Consolidación de fadea, como una entidad que nuclearía a esos Colegios; que fijaría y coordinaría políticas generales para nuestra profesión.

- Coordinación con nuestras facultades, en función de la relación directa con los colegas, para la constante actualización de la formación académica, con el objeto de responder a los nuevos reclamos de la sociedad para con nuestra profesión. Hoy, el buen diseño y una correcta dirección de obra, no es suficiente.

- Se acordó una clara política gremial profesional: afirmación de la democracia, jerarquización de la profesión, fuertes acciones en defensa

- Es urgente realizar cambios que amplíen el campo laboral de los colegas, en función de lo limitado del mercado. Los mismos

84 | federación argentina de entidades de arquitectos

deben cubrir con respaldo académico, todas las incumbencias del arquitecto. - Implementación, por parte de los Colegios, de programas de capacitación y actualización profesional permanente, para entregar a sus matriculados una herramienta imprescindible. - Elaboración de estrategias para lograr una mayor distribución del trabajo profesional. Ejemplos: bregar por créditos individuales sobre planes de viviendas; apoyo a los colegas que se inclinen por especialidades no tradicionales (pericias, tasaciones, higiene y seguridad, etc.); prestar especial atención a la responsabilidad, actual y futura, que asume el arquitecto en el ejercicio de la profesión, planteando estrategias para que los Colegios estén preparados para asistir a sus matriculados, ante un avance injusto y generalizado de otros sectores; asesoramiento: en la contratación, en la defensa, en los peritos.

7. la voz de nuestros expresidentes | 85


arq. edgardo peralta presidente durante los periodos 1988/1989 – 1990/1991 – 1994/1995 con la dirección de obra (nuestros roles más importantes).

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión Nuestra profesión no fue ajena a los vaivenes cíclicos del país, y esto creó periodos de incertidumbre y falta de continuidad laboral. Los arquitectos no teníamos, en ese momento, herramientas institucionales adecuadas que nos permitieran encausar el espíritu de lucha gremial. Asimismo, se crearon impuestos al trabajo profesional y, en algunos aspectos, nuestra profesión no había terminado de ocupar campos laborales que le pertenecen. Lo había hecho con el proyecto, no así

Existía un mercado generalizado, que obtenía su terreno y construía su vivienda, mucho más que en este momento. Esto hacía más distributivo el trabajo profesional. No obstante, la desatención de las estructuras afectadas a la problemática de la vivienda incidía, en forma directa, en nuestra profesión. acciones de gestión - Creación de los Colegios Provinciales como instituciones independientes, democráticas, representativas y federales.

de nuestras incumbencias, ampliación del campo laboral, toma de posición respecto a temas como vivienda, concursos e impuestos y regulación de honorarios. aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Ratificación y actualización de los principios de la colegiación, y fortalecimiento de nuestras instituciones.

- Consolidación de fadea, como una entidad que nuclearía a esos Colegios; que fijaría y coordinaría políticas generales para nuestra profesión.

- Coordinación con nuestras facultades, en función de la relación directa con los colegas, para la constante actualización de la formación académica, con el objeto de responder a los nuevos reclamos de la sociedad para con nuestra profesión. Hoy, el buen diseño y una correcta dirección de obra, no es suficiente.

- Se acordó una clara política gremial profesional: afirmación de la democracia, jerarquización de la profesión, fuertes acciones en defensa

- Es urgente realizar cambios que amplíen el campo laboral de los colegas, en función de lo limitado del mercado. Los mismos

84 | federación argentina de entidades de arquitectos

deben cubrir con respaldo académico, todas las incumbencias del arquitecto. - Implementación, por parte de los Colegios, de programas de capacitación y actualización profesional permanente, para entregar a sus matriculados una herramienta imprescindible. - Elaboración de estrategias para lograr una mayor distribución del trabajo profesional. Ejemplos: bregar por créditos individuales sobre planes de viviendas; apoyo a los colegas que se inclinen por especialidades no tradicionales (pericias, tasaciones, higiene y seguridad, etc.); prestar especial atención a la responsabilidad, actual y futura, que asume el arquitecto en el ejercicio de la profesión, planteando estrategias para que los Colegios estén preparados para asistir a sus matriculados, ante un avance injusto y generalizado de otros sectores; asesoramiento: en la contratación, en la defensa, en los peritos.

7. la voz de nuestros expresidentes | 85


arq. carlos del franco presidente durante el periodo 1992 / 1993 los términos de intercambio, la crisis de vida y la espiral inflacionaria que desembocaría en 1989.

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión El ejercicio profesional, a principios de los '90, se realizaba en forma fragmentaria, en el sentido que para los colegas era todavía muy difícil sostener sus estudios por la falta de continuidad en las encomiendas edilicias. Esta situación abarcaba a los estudios grandes, medianos, pequeños y a los arquitectos independientes. La causa de estado de cosas era la parálisis general de la economía nacional, golpeada por la caída de

Hacia el momento de mi asunción como presidente de fadea se vislumbraba un atisbo de reactivación, generado por la convertibilidad del peso con el dólar. Esto permitió un desarrollo del mercado inmobiliario; asimismo mejoró notablemente la ecuación del negocio de la construcción, permitiendo el reinicio de proyectos parados y el lanzamiento de otros nuevos. Sin embargo este proceso de reactivación, aún incipiente, no posibilitaba una salida significativa de la crisis. El otro aspecto que hizo al contexto institucional fue el decreto de desregulación de los honorarios profesionales emitido por Menem-Caballo, que eliminó el orden público de los aranceles profesionales. Desde fadea se realizaron varias gestiones buscando revertir los efectos del

86 | federación argentina de entidades de arquitectos

decreto, que prosperó en varias provincias que no adhirieron a la desregulación impulsada por las autoridades nacionales. La lucha en contra de este decreto caracterizó fuertemente al periodo de mi gestión que, en búsqueda de recuperar la obligación arancelaria, llegó a compartir un encuentro nacional de profesionales liberales, al que asistieron 3.000 arquitectos. Otro de los temas que convocó a fadea fue la marcha del proceso de colegiación, que aún no estaba consolidado, por lo cual se prestó apoyo a las entidades involucradas en el tema. acciones de gestión Los logros del periodo que me tocó conducir, junto con un equipo de profesionales conformado por el Arq. Alejandro Fregeiro, el Arq. César Carranza, el Arq. Fernando Berttacci, el Arq. Rubén Logano, el Arq. Eduardo Elguezábal y el Arq. Carlos Roizen, son:

- Recuperación de membresía — con voz y voto— ante la Unión Internacional de Arquitectos.

sualmente con una tirada de 22.000 ejemplares, distribuidas entre todas las entidades miembro.

- Organización del viaje al Congreso de la uia, que realizó en la ciudad de Chicago y al que concurrieron casi 100 arquitectos de toda Argentina.

- Obtención de la aprobación del Estatuto vigente, radicado en la inspección de Justicia de Rosario.

- Organización del Seminario del grupo de salud de la uia, conjuntamente con la Universidad de Buenos Aires. - Modificación del Reglamento de Concursos de fadea, incorporando varios temas que aún hoy forman parte del mismo, tales como la revalorización del Asesor, la ampliación del menú de concursos y la posibilidad de recurrir a los fallos. - Organización, junto a los Colegios de Córdoba y Jujuy, de dos ediciones de las Olimpíadas Deportivas de los Arquitectos. - Realización del Boletín Informativo de la Federación, editado bimen-

aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina El rasgo distintivo de la producción arquitectónica actual es el de una excesiva preocupación por la forma, en desmedro de las soluciones concretas que puede proveer la tecnología. Esta banalización efectista lleva a una ineficiente utilización de los recursos.

En ambos aspectos es difícil que los arquitectos, individualmente, puedan incidir en la concreción de un cambio, considero que se podría revertir la tendencia, comenzando por la formación de grado y de capacitación permanente en las entidades de control del ejercicio profesional, participando más activamente en organizaciones políticas, civiles y profesionales. Este panorama de la arquitectura y el planeamiento aunque pueda ser revertido, generando un nuevo tipo de profesional, debería ser acompañado por una campaña, desarrollada por nuestras instituciones, que promuevan el trabajo de los arquitectos.

En el campo del planeamiento urbano se percibe una suerte de dicotomía entre las propuestas y la realidad. Las acciones de control de los procesos de urbanización espontánea han conseguido logros significativos, que permiten identificar otras situaciones que se advierten en otros aspectos de la problemática ambiental y social.

7. la voz de nuestros expresidentes | 87


arq. carlos del franco presidente durante el periodo 1992 / 1993 los términos de intercambio, la crisis de vida y la espiral inflacionaria que desembocaría en 1989.

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión El ejercicio profesional, a principios de los '90, se realizaba en forma fragmentaria, en el sentido que para los colegas era todavía muy difícil sostener sus estudios por la falta de continuidad en las encomiendas edilicias. Esta situación abarcaba a los estudios grandes, medianos, pequeños y a los arquitectos independientes. La causa de estado de cosas era la parálisis general de la economía nacional, golpeada por la caída de

Hacia el momento de mi asunción como presidente de fadea se vislumbraba un atisbo de reactivación, generado por la convertibilidad del peso con el dólar. Esto permitió un desarrollo del mercado inmobiliario; asimismo mejoró notablemente la ecuación del negocio de la construcción, permitiendo el reinicio de proyectos parados y el lanzamiento de otros nuevos. Sin embargo este proceso de reactivación, aún incipiente, no posibilitaba una salida significativa de la crisis. El otro aspecto que hizo al contexto institucional fue el decreto de desregulación de los honorarios profesionales emitido por Menem-Caballo, que eliminó el orden público de los aranceles profesionales. Desde fadea se realizaron varias gestiones buscando revertir los efectos del

86 | federación argentina de entidades de arquitectos

decreto, que prosperó en varias provincias que no adhirieron a la desregulación impulsada por las autoridades nacionales. La lucha en contra de este decreto caracterizó fuertemente al periodo de mi gestión que, en búsqueda de recuperar la obligación arancelaria, llegó a compartir un encuentro nacional de profesionales liberales, al que asistieron 3.000 arquitectos. Otro de los temas que convocó a fadea fue la marcha del proceso de colegiación, que aún no estaba consolidado, por lo cual se prestó apoyo a las entidades involucradas en el tema. acciones de gestión Los logros del periodo que me tocó conducir, junto con un equipo de profesionales conformado por el Arq. Alejandro Fregeiro, el Arq. César Carranza, el Arq. Fernando Berttacci, el Arq. Rubén Logano, el Arq. Eduardo Elguezábal y el Arq. Carlos Roizen, son:

- Recuperación de membresía — con voz y voto— ante la Unión Internacional de Arquitectos.

sualmente con una tirada de 22.000 ejemplares, distribuidas entre todas las entidades miembro.

- Organización del viaje al Congreso de la uia, que realizó en la ciudad de Chicago y al que concurrieron casi 100 arquitectos de toda Argentina.

- Obtención de la aprobación del Estatuto vigente, radicado en la inspección de Justicia de Rosario.

- Organización del Seminario del grupo de salud de la uia, conjuntamente con la Universidad de Buenos Aires. - Modificación del Reglamento de Concursos de fadea, incorporando varios temas que aún hoy forman parte del mismo, tales como la revalorización del Asesor, la ampliación del menú de concursos y la posibilidad de recurrir a los fallos. - Organización, junto a los Colegios de Córdoba y Jujuy, de dos ediciones de las Olimpíadas Deportivas de los Arquitectos. - Realización del Boletín Informativo de la Federación, editado bimen-

aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina El rasgo distintivo de la producción arquitectónica actual es el de una excesiva preocupación por la forma, en desmedro de las soluciones concretas que puede proveer la tecnología. Esta banalización efectista lleva a una ineficiente utilización de los recursos.

En ambos aspectos es difícil que los arquitectos, individualmente, puedan incidir en la concreción de un cambio, considero que se podría revertir la tendencia, comenzando por la formación de grado y de capacitación permanente en las entidades de control del ejercicio profesional, participando más activamente en organizaciones políticas, civiles y profesionales. Este panorama de la arquitectura y el planeamiento aunque pueda ser revertido, generando un nuevo tipo de profesional, debería ser acompañado por una campaña, desarrollada por nuestras instituciones, que promuevan el trabajo de los arquitectos.

En el campo del planeamiento urbano se percibe una suerte de dicotomía entre las propuestas y la realidad. Las acciones de control de los procesos de urbanización espontánea han conseguido logros significativos, que permiten identificar otras situaciones que se advierten en otros aspectos de la problemática ambiental y social.

7. la voz de nuestros expresidentes | 87


arq. luis maría rossi presidente durante el periodo 1995 / 1998

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión La corriente neoliberal que caracterizó el contexto general y nacional de los años '90 fue un aspecto negativo desde el punto de vista socioeconómico y afectó necesariamente el panorama profesional: - Globalización, penetración de servicios profesionales y consultoras extranjeras, en condiciones ventajosas de competitividad y al amparo del Estado, en detrimento de los profesionales locales, en el caso de los arquitectos con una desequilibrada relación de profesionales por habitante.

- Desregulación, como amenaza a la pérdida de las competencias / incumbencias profesionales establecidas por las resoluciones del Ministerio de Educación dentro del marco de la ley. - Achicamiento del Estado, con el desmembramiento de los equipos profesionales en áreas tan sensibles como el planeamiento urbano territorial, las infraestructuras, servicios y vivienda, cuyo desarrollo el poder político consideraba que eran responsabilidad del sector privado y no del estado. - Crisis del 2001/2002 Aspecto positivo: la crisis como oportunidad de crecimiento. Desde el punto de vista profesional institucional, este contexto negativo era una amenaza para el desarrollo del trabajo de los arquitectos argentinos. Así, por necesaria reacción de defensa, fadea (como institución nacional representativa de los arquitectos) debió asumir un rol activo frente a las instituciones nacionales y provinciales, y frente a los orga-

88 | federación argentina de entidades de arquitectos

nismos regionales e internacionales (Mercosur, fpaa, uia) en defensa de una visión del ejercicio y la práctica profesional sustentada por los consensos logrados por la activa participación de los colegios, sociedades y entidades profesionales que integran la Federación. Esto fue posible porque con verdadera vocación participativa y federalista, fadea asumió plenamente la representatividad de los arquitectos a nivel nacional, regional e internacional y se reequilibró la visión excesivamente centralista que caracteriza a las instituciones cercanas a los centros de decisión. acciones de gestión Algunas de las acciones realizadas aportaron a un proceso de largo plazo, entendiendo que deben ser seguidas como «Políticas de Estado» para producir transformaciones en los campos de la formación, la práctica y el ejercicio profesional.

1996: Proyecto «Acuerdo Político para la Práctica Profesional de la Arquitectura en una Nación Extranjera» «Guía de Recomendaciones para el acuerdo Político». Carta de la formación del arquitecto uia / unesco.

Asamblea a realizada en Berlín, en Julio del 2002.

objeto del proyecto: investigar sobre la situación actual de la formación y la práctica profesional. Acordar internacionalmente las normas, pautas y estándares básicos de la formación y la práctica profesional de la arquitectura, con miras a la libre circulación internacional de los servicios profesionales.

objeto del proyecto: acreditar ante el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación la Currícula Básica del Título de Arquitecto dentro de las pautas establecidas por el Decreto pen 254/94 y la Ley de Educación Superior.

avances: a partir de la aprobación del proyecto en la Asamblea General de la uia de Barcelona, en 1996, se realizan dos reuniones internacionales anuales de la Comisión de Práctica Profesional de la uia y dos reuniones panamericanas anuales del grupo de trabajo de la fpaa. Un primer documento de avance se aprobó en la Asamblea General de la uia realizada en Beijing, China, en 1999 y el segundo documento en la

1997: Proyecto «Redacción de la Currícula Básica del Título de Arquitecto»

1998: fadea integra el grupo de trabajo convocado por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, a partir del «Acta Acuerdo» firmada por el Director de Políticas Universitarias del Ministerio, el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (inet), uocra, cgt, Consejos de Decanos de las Facultades de Arquitectura e Ingeniería de Universidades Nacionales,Federaciones Nacionales de Técnicos, Arquitectos e Ingenieros con el objeto de redactar el documento sobre «Orientación y Alcances de

los Trayectos Técnicos Profesionales y Tecnicaturas en Construcciones» y «Proyecto de integración horizontal de las carreras Técnicas del campo de la Construcción». Objetivo: delimitar los campos de actuación respetando la formación y las incumbencias profesionales. aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina El ejercicio profesional debe estar orientado al bien común. La complejidad de la cual forma parte nuestra profesión y el contexto en que se desarrolla exigen una visión particular: - El interés general sobre el interés particular o corporativo. - El proceso sobre lo urgente. - La calle, el barrio, la ciudad, el territorio, los aspectos sociales, culturales, económico-productivos como parte del proceso proyectual. - La integración, la participación (la verdadera, la que decide), la visión global, la transdiciplina por sobre lo objetual.

7. la voz de nuestros expresidentes | 89


arq. luis maría rossi presidente durante el periodo 1995 / 1998

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión La corriente neoliberal que caracterizó el contexto general y nacional de los años '90 fue un aspecto negativo desde el punto de vista socioeconómico y afectó necesariamente el panorama profesional: - Globalización, penetración de servicios profesionales y consultoras extranjeras, en condiciones ventajosas de competitividad y al amparo del Estado, en detrimento de los profesionales locales, en el caso de los arquitectos con una desequilibrada relación de profesionales por habitante.

- Desregulación, como amenaza a la pérdida de las competencias / incumbencias profesionales establecidas por las resoluciones del Ministerio de Educación dentro del marco de la ley. - Achicamiento del Estado, con el desmembramiento de los equipos profesionales en áreas tan sensibles como el planeamiento urbano territorial, las infraestructuras, servicios y vivienda, cuyo desarrollo el poder político consideraba que eran responsabilidad del sector privado y no del estado. - Crisis del 2001/2002 Aspecto positivo: la crisis como oportunidad de crecimiento. Desde el punto de vista profesional institucional, este contexto negativo era una amenaza para el desarrollo del trabajo de los arquitectos argentinos. Así, por necesaria reacción de defensa, fadea (como institución nacional representativa de los arquitectos) debió asumir un rol activo frente a las instituciones nacionales y provinciales, y frente a los orga-

88 | federación argentina de entidades de arquitectos

nismos regionales e internacionales (Mercosur, fpaa, uia) en defensa de una visión del ejercicio y la práctica profesional sustentada por los consensos logrados por la activa participación de los colegios, sociedades y entidades profesionales que integran la Federación. Esto fue posible porque con verdadera vocación participativa y federalista, fadea asumió plenamente la representatividad de los arquitectos a nivel nacional, regional e internacional y se reequilibró la visión excesivamente centralista que caracteriza a las instituciones cercanas a los centros de decisión. acciones de gestión Algunas de las acciones realizadas aportaron a un proceso de largo plazo, entendiendo que deben ser seguidas como «Políticas de Estado» para producir transformaciones en los campos de la formación, la práctica y el ejercicio profesional.

1996: Proyecto «Acuerdo Político para la Práctica Profesional de la Arquitectura en una Nación Extranjera» «Guía de Recomendaciones para el acuerdo Político». Carta de la formación del arquitecto uia / unesco.

Asamblea a realizada en Berlín, en Julio del 2002.

objeto del proyecto: investigar sobre la situación actual de la formación y la práctica profesional. Acordar internacionalmente las normas, pautas y estándares básicos de la formación y la práctica profesional de la arquitectura, con miras a la libre circulación internacional de los servicios profesionales.

objeto del proyecto: acreditar ante el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación la Currícula Básica del Título de Arquitecto dentro de las pautas establecidas por el Decreto pen 254/94 y la Ley de Educación Superior.

avances: a partir de la aprobación del proyecto en la Asamblea General de la uia de Barcelona, en 1996, se realizan dos reuniones internacionales anuales de la Comisión de Práctica Profesional de la uia y dos reuniones panamericanas anuales del grupo de trabajo de la fpaa. Un primer documento de avance se aprobó en la Asamblea General de la uia realizada en Beijing, China, en 1999 y el segundo documento en la

1997: Proyecto «Redacción de la Currícula Básica del Título de Arquitecto»

1998: fadea integra el grupo de trabajo convocado por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, a partir del «Acta Acuerdo» firmada por el Director de Políticas Universitarias del Ministerio, el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (inet), uocra, cgt, Consejos de Decanos de las Facultades de Arquitectura e Ingeniería de Universidades Nacionales,Federaciones Nacionales de Técnicos, Arquitectos e Ingenieros con el objeto de redactar el documento sobre «Orientación y Alcances de

los Trayectos Técnicos Profesionales y Tecnicaturas en Construcciones» y «Proyecto de integración horizontal de las carreras Técnicas del campo de la Construcción». Objetivo: delimitar los campos de actuación respetando la formación y las incumbencias profesionales. aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina El ejercicio profesional debe estar orientado al bien común. La complejidad de la cual forma parte nuestra profesión y el contexto en que se desarrolla exigen una visión particular: - El interés general sobre el interés particular o corporativo. - El proceso sobre lo urgente. - La calle, el barrio, la ciudad, el territorio, los aspectos sociales, culturales, económico-productivos como parte del proceso proyectual. - La integración, la participación (la verdadera, la que decide), la visión global, la transdiciplina por sobre lo objetual.

7. la voz de nuestros expresidentes | 89


arq.eduardo cunha ferre presidente durante los periodos 1998 / 1999 – 2000 / 2001 diciones que deben cumplimentar la enseñanza terciaria y universitaria.

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión Hacia fines de los años ‘90 y principios del año 2000, nuestro país comenzó a transitar un periodo de crisis económica, política y social que afectó sensiblemente varios aspectos vinculados al desarrollo de nuestra tarea profesional. Así, entre otras cosas, la disminución de la construcción de obra pública y privada hizo desaparecer, prácticamente, el trabajo de la matrícula. En el año 1995 se sancionó la Ley de Educación Superior N° 24521, dependiente de la Ley Federal de Educación. En la misma se establecieron las con-

Hasta su sanción, había dos posturas casi antagónicas respecto de cómo debían de realizarse las habilitaciones de los títulos profesionales. Por un lado estaban aquellos que pensaban que la habilitación para ejercer la profesión, debía efectuarla el Colegio Profesional respectivo, luego de transcurrido un determinado período en el que el egresado se desempeñara bajo la «tutela» de un profesional «habilitado» (sistema de Estados Unidos). Por otro lado, se encontraban aquellos que sostenían que la habilitación la efectuaba la Universidad correspondiente (sistema de Francia). Finalmente, se impuso una tercera posición en la que «las profesiones cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes» deberían cumplir con cinco paráme-

90 | federación argentina de entidades de arquitectos

tros y además deberían ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. acciones de gestión Desde fadea, y con la colaboración de las entidades provinciales, realizamos una serie de acciones que pretendieron afrontar este periodo y brindar una solución al panorama profesional de los arquitectos argentinos. Las áreas desarrolladas se basaron en: ejercicio profesional, incumbencias, vivienda y acciones ante la crisis. Uno de los pasos más importantes fue la puesta en consideración a las entidades de todo el país, del proyecto de Matrícula de Origen con Validez Nacional. Con ello se establecieron las bases para empezar a crear el ansiado sistema de relaciones, que permita el ejercicio de la profesión de arquitecto a nivel nacional. En este sentido, deseo rescatar el valor simbólico que esto representa, tratando

de eliminar las barreras internas que, aún hoy, tenemos los arquitectos. higiene y seguridad en la obra de arquitectura. Trabajamos para obtener la inclusión de los arquitectos en el listado de especialistas en Seguridad e Higiene y obtuvimos del Ministerio de Educación la ratificación del informe que señala el reconocimiento de nuestra incumbencia en Higiene y Seguridad en la Construcción. concursos de obras de arquitectura y urbanismo. Se llevaron a cabo concursos de obras de arquitectura y urbanismo, que fueron auspiciados por nuestra Federación. convenio con came-urbanismo comercial. Asistimos a foros organizados sobre la temática «Ciudad y comercio». Como consecuencia de ello, firmamos un Convenio de Asistencia y Cooperación con la Coordinadora de Actividades Mercantiles

Empresariales. Para el desarrollo de la temática creamos el Programa de Trabajo fadea - Urbanismo Comercial y designamos al Arq. Luis Piragine como coordinador en representación de la Sociedad de Arquitectos de Corrientes. En octubre del 2001 realizamos el primer Foro fadea de Concientización. consejo nacional de la construcción. Convocamos a todos los sectores del ámbito de la construcción, con el fin de reunirnos a conversar sobre las políticas y acciones de entidades representativas del quehacer nacional. relaciones con la uia, fpaa y ciam. Pertenecemos, participamos y nos comprometimos con las tres organizaciones internacionales. aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Mejorar el sistema de relaciones entre las entidades de arquitectos,

que permita un mejor ejercicio profesional en todo el país y tienda a un reconocimiento igualitario en los honorarios y las exigencias técnicas legales. - Trabajar en la relación con las facultades de arquitectura, para que los futuros arquitectos sean mejores profesionales, mejor formados en la realidad constructiva y más comprometidos con las necesidades del país. - Acciones desde las entidades para promover el ejercicio profesional, y propender al servicio de los arquitectos a las clases sociales más necesitadas, a las que mayoritariamente no asistimos. - Mejorar las relaciones entre las entidades de arquitectos, los municipios y los organismos rectores de la construcción, con el fin de promover el servicio profesional. - Generar condiciones de trabajo profesional, dando a conocer lo que pueden producir los arquitectos y sobre todo el valor agregado que aportamos, a través del diseño en la inversión inmobiliaria.

7. la voz de nuestros expresidentes | 91


arq.eduardo cunha ferre presidente durante los periodos 1998 / 1999 – 2000 / 2001 diciones que deben cumplimentar la enseñanza terciaria y universitaria.

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión Hacia fines de los años ‘90 y principios del año 2000, nuestro país comenzó a transitar un periodo de crisis económica, política y social que afectó sensiblemente varios aspectos vinculados al desarrollo de nuestra tarea profesional. Así, entre otras cosas, la disminución de la construcción de obra pública y privada hizo desaparecer, prácticamente, el trabajo de la matrícula. En el año 1995 se sancionó la Ley de Educación Superior N° 24521, dependiente de la Ley Federal de Educación. En la misma se establecieron las con-

Hasta su sanción, había dos posturas casi antagónicas respecto de cómo debían de realizarse las habilitaciones de los títulos profesionales. Por un lado estaban aquellos que pensaban que la habilitación para ejercer la profesión, debía efectuarla el Colegio Profesional respectivo, luego de transcurrido un determinado período en el que el egresado se desempeñara bajo la «tutela» de un profesional «habilitado» (sistema de Estados Unidos). Por otro lado, se encontraban aquellos que sostenían que la habilitación la efectuaba la Universidad correspondiente (sistema de Francia). Finalmente, se impuso una tercera posición en la que «las profesiones cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes» deberían cumplir con cinco paráme-

90 | federación argentina de entidades de arquitectos

tros y además deberían ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. acciones de gestión Desde fadea, y con la colaboración de las entidades provinciales, realizamos una serie de acciones que pretendieron afrontar este periodo y brindar una solución al panorama profesional de los arquitectos argentinos. Las áreas desarrolladas se basaron en: ejercicio profesional, incumbencias, vivienda y acciones ante la crisis. Uno de los pasos más importantes fue la puesta en consideración a las entidades de todo el país, del proyecto de Matrícula de Origen con Validez Nacional. Con ello se establecieron las bases para empezar a crear el ansiado sistema de relaciones, que permita el ejercicio de la profesión de arquitecto a nivel nacional. En este sentido, deseo rescatar el valor simbólico que esto representa, tratando

de eliminar las barreras internas que, aún hoy, tenemos los arquitectos. higiene y seguridad en la obra de arquitectura. Trabajamos para obtener la inclusión de los arquitectos en el listado de especialistas en Seguridad e Higiene y obtuvimos del Ministerio de Educación la ratificación del informe que señala el reconocimiento de nuestra incumbencia en Higiene y Seguridad en la Construcción. concursos de obras de arquitectura y urbanismo. Se llevaron a cabo concursos de obras de arquitectura y urbanismo, que fueron auspiciados por nuestra Federación. convenio con came-urbanismo comercial. Asistimos a foros organizados sobre la temática «Ciudad y comercio». Como consecuencia de ello, firmamos un Convenio de Asistencia y Cooperación con la Coordinadora de Actividades Mercantiles

Empresariales. Para el desarrollo de la temática creamos el Programa de Trabajo fadea - Urbanismo Comercial y designamos al Arq. Luis Piragine como coordinador en representación de la Sociedad de Arquitectos de Corrientes. En octubre del 2001 realizamos el primer Foro fadea de Concientización. consejo nacional de la construcción. Convocamos a todos los sectores del ámbito de la construcción, con el fin de reunirnos a conversar sobre las políticas y acciones de entidades representativas del quehacer nacional. relaciones con la uia, fpaa y ciam. Pertenecemos, participamos y nos comprometimos con las tres organizaciones internacionales. aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Mejorar el sistema de relaciones entre las entidades de arquitectos,

que permita un mejor ejercicio profesional en todo el país y tienda a un reconocimiento igualitario en los honorarios y las exigencias técnicas legales. - Trabajar en la relación con las facultades de arquitectura, para que los futuros arquitectos sean mejores profesionales, mejor formados en la realidad constructiva y más comprometidos con las necesidades del país. - Acciones desde las entidades para promover el ejercicio profesional, y propender al servicio de los arquitectos a las clases sociales más necesitadas, a las que mayoritariamente no asistimos. - Mejorar las relaciones entre las entidades de arquitectos, los municipios y los organismos rectores de la construcción, con el fin de promover el servicio profesional. - Generar condiciones de trabajo profesional, dando a conocer lo que pueden producir los arquitectos y sobre todo el valor agregado que aportamos, a través del diseño en la inversión inmobiliaria.

7. la voz de nuestros expresidentes | 91


arq. eduardo crivos presidente durante el periodo 2002 / 2004 Asimismo participamos activamente en las Comisiones de Emergencia Nacional que el Estado promovió en el año 2002 con la Iglesia y las instituciones. Tal era el panorama catastrófico que se vivía.

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión El periodo que comprendió desde el año 2002 al 2004 fue bastante crítico para los arquitectos argentinos ya que las demandas eran muy escasas en todo el país. Desde la Federación, durante en esa etapa, nos vinculamos con el Estado nacional y los Estados provinciales, como mecanismo de promoción de campos de actuación más amplios, incluyendo otras actividades que al momento no estaban implementadas (a pesar de que ya existía la incumbencia).

acciones de Gestión Decidimos trabajar con el Estado nacional, a través del Ministerio del Interior, la Cancillería, el Ministerio de Planificación y el Tribunal de Tasaciones de la Nación; la Secretaría de Minería y la Secretaría de Agricultura; sobre temáticas como las incumbencias, seguridad e higiene, concursos, minería sustentable y medio ambiente, y agricultura en concursos para el desarrollo rural. Trabajamos con Cancillería en el tránsito profesional del Mercosur; con el Ministerio de Educación en la acreditación de la carrera, y el art. 43 de la Ley de Educación superior (en tanto una jerarquización profesional) y como parte de la comisión para el armado de concursos de las 700 escuelas en todas las regiones.

92 | federación argentina de entidades de arquitectos

Respecto a las Facultades de Arquitectura, la gestión estuvo enfocada en la acreditación y promoción para la incorporación de materias como economía y gestión (para la inserción profesional en el mercado de trabajo), antropología y sociología (para una profesión si bien universal con una visión local federal y regional). Por otro lado, trabajamos con la Sociedad Central de Arquitectos y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo en comisiones para el desarrollo de alternativas profesionales y trabajo para los arquitectos, abordando conceptualmente las incumbencias que, si bien son genéricas, tratamos de puntualizar en ellas aspectos específicos, para incorporarse a tareas hasta ese momento no reguladas. En cuanto a la defensa profesional por la desregulación de honorarios (Cavallo, 2003) se pautaron reuniones en Senado y Diputados, defendiendo los derechos adquiridos históricamente.

Finalmente se concretó la reincorporación como integrante pleno a la uia, y el armado de concursos, como la Celebración de las Ciudades (en las que ganó un equipo tucumano en la Región 5 de América Latina). Aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Gestionar con el Estado acional para estar próximo a las decisiones, promoviendo comisiones para planificación, vivienda y equipamientos en todo el país. - Gestionar en Senado y Diputados para estar próximos a las decisiones en leyes que otras profesiones aprovechan, y que nos involucran haciendo flaquear las incumbencias. - Gestionar con todas las instituciones de nuestra matrícula para generar un poder (que para ese momento se hallaba diluido) y promover leyes que incluyan nuestro trabajo profesional en tanto previsión y

crecimiento urbano, por ejemplo, o el derecho a la ciudad que nos incumbe (Brasil lo tiene); el derecho a la planificación territorial de la cual ya participan otras profesiones; como los geógrafos urbanos, antropólogos urbanos, carreras de Medio Ambiente, presionar al Estado y Ministerio Educación para ser partícipes. - Difundir nuestra profesión con el abanico de incumbencias que tenemos para reinstalarla, pues se halla relativamente dejada de lado y considerada solo como productores y proyectistas de objetos aislados, a merced de los vaivenes del mercado, apoyando todo lo que vienen realizando nuestras instituciones en un momento histórico de franca pauperización, nacional y mundial. - Mantener el vínculo americano y mundial con FPPA y UIA, pues el nivel de nuestros arquitectos es relevante en el mundo y hay que apoyarlo.

7. la voz de nuestros expresidentes | 93


arq. eduardo crivos presidente durante el periodo 2002 / 2004 Asimismo participamos activamente en las Comisiones de Emergencia Nacional que el Estado promovió en el año 2002 con la Iglesia y las instituciones. Tal era el panorama catastrófico que se vivía.

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión El periodo que comprendió desde el año 2002 al 2004 fue bastante crítico para los arquitectos argentinos ya que las demandas eran muy escasas en todo el país. Desde la Federación, durante en esa etapa, nos vinculamos con el Estado nacional y los Estados provinciales, como mecanismo de promoción de campos de actuación más amplios, incluyendo otras actividades que al momento no estaban implementadas (a pesar de que ya existía la incumbencia).

acciones de Gestión Decidimos trabajar con el Estado nacional, a través del Ministerio del Interior, la Cancillería, el Ministerio de Planificación y el Tribunal de Tasaciones de la Nación; la Secretaría de Minería y la Secretaría de Agricultura; sobre temáticas como las incumbencias, seguridad e higiene, concursos, minería sustentable y medio ambiente, y agricultura en concursos para el desarrollo rural. Trabajamos con Cancillería en el tránsito profesional del Mercosur; con el Ministerio de Educación en la acreditación de la carrera, y el art. 43 de la Ley de Educación superior (en tanto una jerarquización profesional) y como parte de la comisión para el armado de concursos de las 700 escuelas en todas las regiones.

92 | federación argentina de entidades de arquitectos

Respecto a las Facultades de Arquitectura, la gestión estuvo enfocada en la acreditación y promoción para la incorporación de materias como economía y gestión (para la inserción profesional en el mercado de trabajo), antropología y sociología (para una profesión si bien universal con una visión local federal y regional). Por otro lado, trabajamos con la Sociedad Central de Arquitectos y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo en comisiones para el desarrollo de alternativas profesionales y trabajo para los arquitectos, abordando conceptualmente las incumbencias que, si bien son genéricas, tratamos de puntualizar en ellas aspectos específicos, para incorporarse a tareas hasta ese momento no reguladas. En cuanto a la defensa profesional por la desregulación de honorarios (Cavallo, 2003) se pautaron reuniones en Senado y Diputados, defendiendo los derechos adquiridos históricamente.

Finalmente se concretó la reincorporación como integrante pleno a la uia, y el armado de concursos, como la Celebración de las Ciudades (en las que ganó un equipo tucumano en la Región 5 de América Latina). Aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Gestionar con el Estado acional para estar próximo a las decisiones, promoviendo comisiones para planificación, vivienda y equipamientos en todo el país. - Gestionar en Senado y Diputados para estar próximos a las decisiones en leyes que otras profesiones aprovechan, y que nos involucran haciendo flaquear las incumbencias. - Gestionar con todas las instituciones de nuestra matrícula para generar un poder (que para ese momento se hallaba diluido) y promover leyes que incluyan nuestro trabajo profesional en tanto previsión y

crecimiento urbano, por ejemplo, o el derecho a la ciudad que nos incumbe (Brasil lo tiene); el derecho a la planificación territorial de la cual ya participan otras profesiones; como los geógrafos urbanos, antropólogos urbanos, carreras de Medio Ambiente, presionar al Estado y Ministerio Educación para ser partícipes. - Difundir nuestra profesión con el abanico de incumbencias que tenemos para reinstalarla, pues se halla relativamente dejada de lado y considerada solo como productores y proyectistas de objetos aislados, a merced de los vaivenes del mercado, apoyando todo lo que vienen realizando nuestras instituciones en un momento histórico de franca pauperización, nacional y mundial. - Mantener el vínculo americano y mundial con FPPA y UIA, pues el nivel de nuestros arquitectos es relevante en el mundo y hay que apoyarlo.

7. la voz de nuestros expresidentes | 93


arq. daniel ricci presidente durante los periodos 2005 /2007 – 2008 / 2009 las que participan fuertemente en las líneas de gestión y políticas de fadea).

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión En los comienzos de nuestro periodo de gestión, y en lo referido a la presencia institucional dentro del campo profesional, se observaba una participación escasa y poco activa de las instituciones provinciales adheridas a la Federación. Por ello, una de nuestras preocupaciones iniciales fue priorizar el encuentro de todas las entidades del país y movilizar más a los arquitectos, para que tomaran conciencia de lo importante que es el trabajo de nuestra institución a nivel nacional e internacional (hoy son más de 20 provincias

Argentina es un caso único en América, porque es uno de los pocos países en los que podemos decir que hay un control de la ética profesional y de la matrícula. Y esto es debido a la estructura de las organizaciones de arquitectos: los Colegios y Asociaciones provinciales que luego componen fadea. No obstante, otro de los asuntos sobre los que se debió seguir trabajando en ese momento fue la colegiación. En este sentido se logró avanzar en algunas provincias que pudieron consolidar la colegiación provincial (problemática que, en menor medida, continúa hasta el día de hoy en provincias como La Pampa y Chaco). acciones de Gestión Uno de los aspectos que nos parecían esenciales para trabajar en el momento de nuestra asunción, tenía

94 | federación argentina de entidades de arquitectos

que ver con poner en evidencia la importancia de nuestra Federación como institución representativa, participativa y defensora de los arquitectos argentinos. En este sentido, logramos consolidar la participación activa de todas las entidades miembro, a través de distintas reuniones que se llevaron a cabo en los diversos puntos del país, posibilitando a los asistentes conectarse con las diferentes realidades de las entidades.
La primera de ellas se realizó en la ciudad de Jujuy con motivo de los 20 años de creación de la entidad.

Establecimos algunos ejes comunes para el tratamiento de temas como vivienda, ciam y normas para la presentación de adhesiones de fadea en el patrocinio de concursos.

Uno de los grandes logros que hemos tenido en fadea en estos últimos años tiene que ver con la Matrícula Provincial de Validez Nacional. Aunque existe aún una deuda pendiente en este objetivo, pudimos lograr un convenio con el 60% de los matriculados.

Se obtuvo la aprobación de la incumbencia n° 20 para ser implementada en las facultades de arquitectura del país.

Retomamos las gestiones sobre el vínculo entre las facultades de arquitectos y la Federación.

Participamos en la Bienal de Arquitectura Hispanoamericana, que se llevó a cabo en Bogotá, en 2006. Se realizaron gestiones por el registro de tasadores y el tribunal, también por la ley de tasadores inmobiliarios estableciendo posición ante la misma.

Asistimos al 6° encuentro de arquitectos del Estado de Paraná, en Curitiba.

aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Definir el tema previsional, en relación a los aportes que los profesionales para su jubilación, ya que existen diferentes formas de hacerlo en cada provincia. - Consolidar la Matrícula Provincial de Validez Nacional. - Fortalecer un sistema de concursos. Lograr que los proyectos de la obra pública se realicen por concurso. - Promover la formación contínua en los profesionales de la arquitectura. - Mayor conocimiento práctico de los colegas recién recibidos en lo que respecta a la dirección técnica y con las obras. Los arquitectos se encargan de la proyección de las obras pero, en muchos casos, no están capacitados, en la práctica, para dirigirlas.

7. la voz de nuestros expresidentes | 95


arq. daniel ricci presidente durante los periodos 2005 /2007 – 2008 / 2009 las que participan fuertemente en las líneas de gestión y políticas de fadea).

acerca del panorama profesional argentino durante su periodo de gestión En los comienzos de nuestro periodo de gestión, y en lo referido a la presencia institucional dentro del campo profesional, se observaba una participación escasa y poco activa de las instituciones provinciales adheridas a la Federación. Por ello, una de nuestras preocupaciones iniciales fue priorizar el encuentro de todas las entidades del país y movilizar más a los arquitectos, para que tomaran conciencia de lo importante que es el trabajo de nuestra institución a nivel nacional e internacional (hoy son más de 20 provincias

Argentina es un caso único en América, porque es uno de los pocos países en los que podemos decir que hay un control de la ética profesional y de la matrícula. Y esto es debido a la estructura de las organizaciones de arquitectos: los Colegios y Asociaciones provinciales que luego componen fadea. No obstante, otro de los asuntos sobre los que se debió seguir trabajando en ese momento fue la colegiación. En este sentido se logró avanzar en algunas provincias que pudieron consolidar la colegiación provincial (problemática que, en menor medida, continúa hasta el día de hoy en provincias como La Pampa y Chaco). acciones de Gestión Uno de los aspectos que nos parecían esenciales para trabajar en el momento de nuestra asunción, tenía

94 | federación argentina de entidades de arquitectos

que ver con poner en evidencia la importancia de nuestra Federación como institución representativa, participativa y defensora de los arquitectos argentinos. En este sentido, logramos consolidar la participación activa de todas las entidades miembro, a través de distintas reuniones que se llevaron a cabo en los diversos puntos del país, posibilitando a los asistentes conectarse con las diferentes realidades de las entidades.
La primera de ellas se realizó en la ciudad de Jujuy con motivo de los 20 años de creación de la entidad.

Establecimos algunos ejes comunes para el tratamiento de temas como vivienda, ciam y normas para la presentación de adhesiones de fadea en el patrocinio de concursos.

Uno de los grandes logros que hemos tenido en fadea en estos últimos años tiene que ver con la Matrícula Provincial de Validez Nacional. Aunque existe aún una deuda pendiente en este objetivo, pudimos lograr un convenio con el 60% de los matriculados.

Se obtuvo la aprobación de la incumbencia n° 20 para ser implementada en las facultades de arquitectura del país.

Retomamos las gestiones sobre el vínculo entre las facultades de arquitectos y la Federación.

Participamos en la Bienal de Arquitectura Hispanoamericana, que se llevó a cabo en Bogotá, en 2006. Se realizaron gestiones por el registro de tasadores y el tribunal, también por la ley de tasadores inmobiliarios estableciendo posición ante la misma.

Asistimos al 6° encuentro de arquitectos del Estado de Paraná, en Curitiba.

aspectos esenciales para el crecimiento y el desarrollo profesional en la Argentina - Definir el tema previsional, en relación a los aportes que los profesionales para su jubilación, ya que existen diferentes formas de hacerlo en cada provincia. - Consolidar la Matrícula Provincial de Validez Nacional. - Fortalecer un sistema de concursos. Lograr que los proyectos de la obra pública se realicen por concurso. - Promover la formación contínua en los profesionales de la arquitectura. - Mayor conocimiento práctico de los colegas recién recibidos en lo que respecta a la dirección técnica y con las obras. Los arquitectos se encargan de la proyección de las obras pero, en muchos casos, no están capacitados, en la práctica, para dirigirlas.

7. la voz de nuestros expresidentes | 95


8. anexos

96 | federaci贸n argentina de entidades de arquitectos

7. la voz de nuestros expresidentes | 97


8. anexos

96 | federaci贸n argentina de entidades de arquitectos

7. la voz de nuestros expresidentes | 97


estatuto de fadea

los lineamientos de nuestra federación artículo 1°: «Con el nombre de Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (fadea), se constituye una entidad formada por todas las agrupaciones de arquitectos de la República que quieran afiliarse y que cumplan lo especificado en el articulado del presente Estatuto. La sede de la Federación está fijada en la ciudad de Rosario». artículo 2°: «La Federación cumplirá los siguientes fines»: - Unir todas las entidades profesionales de arquitectos del país coordinando su acción y propender a la formación de las mismas donde no existan. - Promover la actividad y vinculación artística, científica, cultural, gremial y social de los asociados de todas las agrupaciones profesionales argentinas de arquitectos y representarlos ante las entidades similares del extranjero. - Propender a la obtención en todo el país de instrumentos legales tendientes a mejorar el ejercicio profesional, así como las condiciones económicas y sociales de los arquitectos.

98 | federación argentina de entidades de arquitectos

- Fomentar la vinculación de las Universidades con los profesionales. - Organizar los congresos de arquitectos y velar permanentemente por la realización de sus conclusiones. - Editar las publicaciones de interés profesional que estime oportuno. - Intervenir en la discusión de todo problema de interés nacional, en relación con la profesión. - Colaborar con las instituciones públicas o privadas y asesorarlas en los asuntos vinculados con la profesión. - Promover y auspiciar la realización de concursos, por parte de instituciones públicas o privadas, para la ejecución de toda obra de planificación urbanística o arquitectónica, como así también para la cobertura de cargos que requieran el título de arquitecto. - Integrar asociaciones de grado superior. - Realizar toda otra acción que tienda a defender los intereses profesionales y enaltecer la función de arquitecto. - Propender a la coordinación de criterios uniformes en el ámbito nacional para establecer pautas comunes de retribuciones y arancelamiento justas y equitativas. - Desarrollar programas para la plena ocupación de la capacidad disponible, fomentando un justo acceso de trabajo. - Tomar posición a través de opinión crítica en problemas y propuestas relacionadas en el ámbito de la actividad profesional que afecten a la comunidad y promover la difusión de las mismas, así como también todos los aspectos científicos del quehacer profesional.

- Opinar en defensa, valorización y catalogación del patrimonio histórico, ambiental, arquitectónico y cultural. - Representar a las entidades miembros ante las autoridades u organismos públicos o privados adoptando las disposiciones necesarias para asegurar el ejercicio de la profesión. - Fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y asistencias recíprocas entre las entidades miembros y los arquitectos entre sí». artículo 3°: «La Federación no podrá adherir a partidos políticos o actuar en cuestiones religiosas, no pudiendo admitir en su seno asociaciones que establezcan o propugnen diferencias por motivos políticos, ideológicos, raciales o religiosos». artículo 4°: «Podrán asociarse a la Federación las entidades que cumplan los siguientes requisitos: - Que admitan como miembros activos exclusivamente a los arquitectos con títulos expedidos o reválidos por Universidades Nacionales; a los diplomados por Universidades Privadas, legalmente reconocidas por autoridad nacional; a los arquitectos extranjeros contratados por los poderes públicos o Universidades, o con funciones que a juicio de la entidad, merezcan ser admitidos como socios. - Que se rijan por estatutos o normas legales que no se opongan al presente.

Asimismo podrán asociarse los Colegios de Arquitectos que cumplan con las siguientes funciones y/o atribuciones: Gobierno de Matrícula; Control de Ejercicio Profesional; Administración de la Ética Profesional; en forma independiente de las otras profesiones; ejercer la Representación Gremial de los arquitectos ante toda cuestión o hecho que los afecte, ya sea en forma grupal o individual en el desarrollo de su ejercicio profesional; ejercicio funcional de sus roles en el ámbito de todo el territorio provincial al que pertenezcan; desarrollo de opinión y acciones en cuestiones que afecten a la comunidad en general y que se encuadren en el marco de las incumbencias establecidas para la profesión. No podrán asociarse a esta Federación aquellas entidades profesionales de arquitectos en las cuales las designaciones de sus autoridades no se realice exclusivamente por elección directa de sus miembros y que no contemplen entre sus objetivos los establecidos por esta Federación, con el presente estatuto y normas complementarias vigentes». artículo 5°: «Las entidades asociadas tendrán carácter de miembros activos, si se trata de entidades creadas por Ley Provincial o si tienen personería Jurídica y están formadas por un número de 15 o más asociados; miembros adherentes; si no se encuadran en ninguna de las alternativas precedentes».

8. anexos | 99


estatuto de fadea

los lineamientos de nuestra federación artículo 1°: «Con el nombre de Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (fadea), se constituye una entidad formada por todas las agrupaciones de arquitectos de la República que quieran afiliarse y que cumplan lo especificado en el articulado del presente Estatuto. La sede de la Federación está fijada en la ciudad de Rosario». artículo 2°: «La Federación cumplirá los siguientes fines»: - Unir todas las entidades profesionales de arquitectos del país coordinando su acción y propender a la formación de las mismas donde no existan. - Promover la actividad y vinculación artística, científica, cultural, gremial y social de los asociados de todas las agrupaciones profesionales argentinas de arquitectos y representarlos ante las entidades similares del extranjero. - Propender a la obtención en todo el país de instrumentos legales tendientes a mejorar el ejercicio profesional, así como las condiciones económicas y sociales de los arquitectos.

98 | federación argentina de entidades de arquitectos

- Fomentar la vinculación de las Universidades con los profesionales. - Organizar los congresos de arquitectos y velar permanentemente por la realización de sus conclusiones. - Editar las publicaciones de interés profesional que estime oportuno. - Intervenir en la discusión de todo problema de interés nacional, en relación con la profesión. - Colaborar con las instituciones públicas o privadas y asesorarlas en los asuntos vinculados con la profesión. - Promover y auspiciar la realización de concursos, por parte de instituciones públicas o privadas, para la ejecución de toda obra de planificación urbanística o arquitectónica, como así también para la cobertura de cargos que requieran el título de arquitecto. - Integrar asociaciones de grado superior. - Realizar toda otra acción que tienda a defender los intereses profesionales y enaltecer la función de arquitecto. - Propender a la coordinación de criterios uniformes en el ámbito nacional para establecer pautas comunes de retribuciones y arancelamiento justas y equitativas. - Desarrollar programas para la plena ocupación de la capacidad disponible, fomentando un justo acceso de trabajo. - Tomar posición a través de opinión crítica en problemas y propuestas relacionadas en el ámbito de la actividad profesional que afecten a la comunidad y promover la difusión de las mismas, así como también todos los aspectos científicos del quehacer profesional.

- Opinar en defensa, valorización y catalogación del patrimonio histórico, ambiental, arquitectónico y cultural. - Representar a las entidades miembros ante las autoridades u organismos públicos o privados adoptando las disposiciones necesarias para asegurar el ejercicio de la profesión. - Fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y asistencias recíprocas entre las entidades miembros y los arquitectos entre sí». artículo 3°: «La Federación no podrá adherir a partidos políticos o actuar en cuestiones religiosas, no pudiendo admitir en su seno asociaciones que establezcan o propugnen diferencias por motivos políticos, ideológicos, raciales o religiosos». artículo 4°: «Podrán asociarse a la Federación las entidades que cumplan los siguientes requisitos: - Que admitan como miembros activos exclusivamente a los arquitectos con títulos expedidos o reválidos por Universidades Nacionales; a los diplomados por Universidades Privadas, legalmente reconocidas por autoridad nacional; a los arquitectos extranjeros contratados por los poderes públicos o Universidades, o con funciones que a juicio de la entidad, merezcan ser admitidos como socios. - Que se rijan por estatutos o normas legales que no se opongan al presente.

Asimismo podrán asociarse los Colegios de Arquitectos que cumplan con las siguientes funciones y/o atribuciones: Gobierno de Matrícula; Control de Ejercicio Profesional; Administración de la Ética Profesional; en forma independiente de las otras profesiones; ejercer la Representación Gremial de los arquitectos ante toda cuestión o hecho que los afecte, ya sea en forma grupal o individual en el desarrollo de su ejercicio profesional; ejercicio funcional de sus roles en el ámbito de todo el territorio provincial al que pertenezcan; desarrollo de opinión y acciones en cuestiones que afecten a la comunidad en general y que se encuadren en el marco de las incumbencias establecidas para la profesión. No podrán asociarse a esta Federación aquellas entidades profesionales de arquitectos en las cuales las designaciones de sus autoridades no se realice exclusivamente por elección directa de sus miembros y que no contemplen entre sus objetivos los establecidos por esta Federación, con el presente estatuto y normas complementarias vigentes». artículo 5°: «Las entidades asociadas tendrán carácter de miembros activos, si se trata de entidades creadas por Ley Provincial o si tienen personería Jurídica y están formadas por un número de 15 o más asociados; miembros adherentes; si no se encuadran en ninguna de las alternativas precedentes».

8. anexos | 99


artículo 6°: «En caso de existir más de una agrupación de arquitectos en determinado centro urbano y su zona de influencia que se fije, sólo podrá ser miembro de la Federación la más representativa numéricamente, entre las que soliciten su afiliación, reuniendo los requisitos establecidos en los artículos 3º, 4º y 5º precedentes». artículo 7°: «La admisión se efectuará por la Comisión Directiva de la Federación, por mayoría absoluta de votos». artículo 8°: «La Comisión Directiva por sí o por pedido de las entidades integrantes procederá a cambiar la categoría de sus miembros cuando así corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5º de estos Estatutos». artículo 9°: «Los miembros activos tienen las siguientes obligaciones»: - Cumplir con las resoluciones de la Federación. - Abonar puntualmente las cuotas establecidas por la Asamblea. - Aceptar los cargos que se le asignen en la Comisión Directiva. - Realizar los estudios que la Federación le encomienda y ejercer a pedido su representación en la respectiva jurisdicción. - Reconocer como transeúntes los socios o matriculados activos de las entidades federadas prestando a éstos, la asistencia y colaboración que le requieran.

100 | federación argentina de entidades de arquitectos

- Designar por notificación fehaciente los representantes de la entidad ante los órganos de la Federación. - Toda otra que surja de estos estatutos». artículo 10°: Los miembros activos conservarán total autonomía funcional dentro de la jurisdicción y armonizarán sus actos con los fines y resoluciones de la Federación en relación con la cual tendrán los siguientes derechos: - Recabar de la Comisión Directiva la realización de las gestiones o estudios que estimen convenientes. - Disponer, dentro de las publicaciones de la Federación, un espacio para dar cuenta de sus actuaciones y recibir las mismas en las condiciones generales que establezcan. - Concurrir al local social y hacer uso de sus dependencias, lo mismo que asistir a todos los actos patrocinados por la Federación. - Integrar la Asamblea con derecho a voto según se establece en el artículo 15º hallándose al día con Tesorería. - Integrar la Comisión Directiva con similares condiciones. - Tener acceso a los libros de actas, correspondencia, tesorería, etc., en presencia de las personas designadas por la Comisión Directiva. - Todos los demás que surjan de estos Estatutos. artículo 12°: La pérdida de la afiliación de las entidades integrantes de la Federación procederá en los siguientes casos:

- Por renuncia, una vez aceptada por la Comisión Directiva. - Por incumplimiento de las resoluciones de la Federación. - Por ausencia injustificada de sus representantes a tres reuniones consecutivas de la Comisión Directiva cuando la entidad formara parte de la misma. - Por pérdida de algunas de las condiciones exigidas en el artículo 4°. - Por mora injustificada de más de un año en el pago de las cuotas fijada por Asamblea. En los casos indicados en los apartados b) al c) inclusive, la pérdida de la afiliación deberá ser resuelta por Asamblea, por el voto del dos tercio de los miembros presentes. - De producirse la situación prevista en el artículo 6°, la pérdida de la afiliación será automática y simultánea con la aceptación como miembro activo de la nueva entidad por parte de la Comisión Directiva. - Las sanciones públicas aplicadas por la Federación a los miembros activos, podrán ser aceptadas ante la primer asamblea que se celebra. artículo 13°: Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias se realizarán una vez al año, serán convocadas al término de cada ejercicio anual, debiendo celebrase dentro del plazo de ciento veinte días del cierre del mismo y tendrá por objeto: - Considerar la Memoria, Balance e Inventario. - Resolver los asuntos que, con sujeción al Estatuto, fueron propuestos por la Comisión Directiva o asociaciones federadas.

- Elegir los miembros de la Mesa Ejecutiva, la cual está integrada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero, Secretario Permanente y tres Vocales Ejecutivos. - Nombrar el Síndico que no pertenecerá a la Comisión Directiva. Los miembros de la Federación podrán pedir la inclusión de puntos en el Orden del Día de las Asambleas Ordinarias, en la Sesión de Comisión Directiva donde se tome resolución a tal efecto. Las Asambleas Extraordinarias se convocarán sin limitación de número. Se llevarán a cabo cuando lo resuelva la Comisión Directiva por mayoría absoluta, o medie pedido expreso de la quinta parte de los miembros activos, con un mínimo de tres, la realización de la misma no exceder el plazo de 90 (noventa) días de la fecha de tratamiento en Comisión. artículo 14°: Las Asambleas se efectuarán en la localidad que resuelva la Comisión Directiva expresamente, las citaciones se harán por medio de la Presidencia y por notificación fehaciente con treinta días de anticipación, serán presididas por el Presidente de la Federación y están integradas por representantes de cada miembro activo en número, no mayor que el de votos a que tenga derecho según la escala del artículo 15°.

8. anexos | 101


artículo 6°: «En caso de existir más de una agrupación de arquitectos en determinado centro urbano y su zona de influencia que se fije, sólo podrá ser miembro de la Federación la más representativa numéricamente, entre las que soliciten su afiliación, reuniendo los requisitos establecidos en los artículos 3º, 4º y 5º precedentes». artículo 7°: «La admisión se efectuará por la Comisión Directiva de la Federación, por mayoría absoluta de votos». artículo 8°: «La Comisión Directiva por sí o por pedido de las entidades integrantes procederá a cambiar la categoría de sus miembros cuando así corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5º de estos Estatutos». artículo 9°: «Los miembros activos tienen las siguientes obligaciones»: - Cumplir con las resoluciones de la Federación. - Abonar puntualmente las cuotas establecidas por la Asamblea. - Aceptar los cargos que se le asignen en la Comisión Directiva. - Realizar los estudios que la Federación le encomienda y ejercer a pedido su representación en la respectiva jurisdicción. - Reconocer como transeúntes los socios o matriculados activos de las entidades federadas prestando a éstos, la asistencia y colaboración que le requieran.

100 | federación argentina de entidades de arquitectos

- Designar por notificación fehaciente los representantes de la entidad ante los órganos de la Federación. - Toda otra que surja de estos estatutos». artículo 10°: Los miembros activos conservarán total autonomía funcional dentro de la jurisdicción y armonizarán sus actos con los fines y resoluciones de la Federación en relación con la cual tendrán los siguientes derechos: - Recabar de la Comisión Directiva la realización de las gestiones o estudios que estimen convenientes. - Disponer, dentro de las publicaciones de la Federación, un espacio para dar cuenta de sus actuaciones y recibir las mismas en las condiciones generales que establezcan. - Concurrir al local social y hacer uso de sus dependencias, lo mismo que asistir a todos los actos patrocinados por la Federación. - Integrar la Asamblea con derecho a voto según se establece en el artículo 15º hallándose al día con Tesorería. - Integrar la Comisión Directiva con similares condiciones. - Tener acceso a los libros de actas, correspondencia, tesorería, etc., en presencia de las personas designadas por la Comisión Directiva. - Todos los demás que surjan de estos Estatutos. artículo 12°: La pérdida de la afiliación de las entidades integrantes de la Federación procederá en los siguientes casos:

- Por renuncia, una vez aceptada por la Comisión Directiva. - Por incumplimiento de las resoluciones de la Federación. - Por ausencia injustificada de sus representantes a tres reuniones consecutivas de la Comisión Directiva cuando la entidad formara parte de la misma. - Por pérdida de algunas de las condiciones exigidas en el artículo 4°. - Por mora injustificada de más de un año en el pago de las cuotas fijada por Asamblea. En los casos indicados en los apartados b) al c) inclusive, la pérdida de la afiliación deberá ser resuelta por Asamblea, por el voto del dos tercio de los miembros presentes. - De producirse la situación prevista en el artículo 6°, la pérdida de la afiliación será automática y simultánea con la aceptación como miembro activo de la nueva entidad por parte de la Comisión Directiva. - Las sanciones públicas aplicadas por la Federación a los miembros activos, podrán ser aceptadas ante la primer asamblea que se celebra. artículo 13°: Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias se realizarán una vez al año, serán convocadas al término de cada ejercicio anual, debiendo celebrase dentro del plazo de ciento veinte días del cierre del mismo y tendrá por objeto: - Considerar la Memoria, Balance e Inventario. - Resolver los asuntos que, con sujeción al Estatuto, fueron propuestos por la Comisión Directiva o asociaciones federadas.

- Elegir los miembros de la Mesa Ejecutiva, la cual está integrada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero, Secretario Permanente y tres Vocales Ejecutivos. - Nombrar el Síndico que no pertenecerá a la Comisión Directiva. Los miembros de la Federación podrán pedir la inclusión de puntos en el Orden del Día de las Asambleas Ordinarias, en la Sesión de Comisión Directiva donde se tome resolución a tal efecto. Las Asambleas Extraordinarias se convocarán sin limitación de número. Se llevarán a cabo cuando lo resuelva la Comisión Directiva por mayoría absoluta, o medie pedido expreso de la quinta parte de los miembros activos, con un mínimo de tres, la realización de la misma no exceder el plazo de 90 (noventa) días de la fecha de tratamiento en Comisión. artículo 14°: Las Asambleas se efectuarán en la localidad que resuelva la Comisión Directiva expresamente, las citaciones se harán por medio de la Presidencia y por notificación fehaciente con treinta días de anticipación, serán presididas por el Presidente de la Federación y están integradas por representantes de cada miembro activo en número, no mayor que el de votos a que tenga derecho según la escala del artículo 15°.

8. anexos | 101


Las Asambleas se constituirán a la hora fijada en la citación con asistencia mínima de la mitad más uno de sus entidades y votos integrantes, transcurrida una hora de la Asamblea, sesionará con los miembros presentes, siempre que estos superen el 30% de la suma del total de votos que correspondan al total de las Entidades Miembros con carácter de activos en condición de votar. De no reunirse el porcentaje requerido en el párrafo precedente, deberá efectuarse una nueva convocatoria a Asamblea dentro de los 60 días próximos, la que de no reunir los requisitos precedentes, luego de transcurrida una hora, procederá a sesionar con las Entidades presentes. Las resoluciones de Asamblea se adoptarán por mayoría absoluta salvo en lo que atañe a: disolución de la entidad, pérdida de la afiliación, modificación del Estatuto, Reglamento de Concursos, Operaciones Bienes Raíces o de Inversión de Fondos y cambios de sede Legal; en cuyo caso se requiere el voto de los dos tercios de los miembros presentes. Podrán participar de la Asamblea todos los miembros activos o adherentes que estén al día con el pago de las cuotas a la Federación. artículo 15°: Los miembros activos tendrán tantos votos según sea el número de sus socios o matriculados, activos o vitalicios, de acuerdo a la escala. Así sucesivamente utilizando el coeficiente 1.35 para cada incremento.

102 | federación argentina de entidades de arquitectos

artículo 16°: «La Comisión Directiva está integrada por un representante titular y un suplente de cada uno de los miembros activos. La Comisión Directiva durará dos años en sus funciones y sus integrantes podrán ser reelegidos. Los cargos de Comisión Directiva son personales e indelegables, no podrá recibirse sueldo o remuneración alguna por el desempeño de los mismos o por trabajos o servicios prestados a la Federación, por quienes ocupen los mismos». artículo 17°: «Todas las decisiones serán tomadas por mayoría absoluta correspondiendo un voto cada miembro titular, el Presidente sólo vota en caso de empate». artículo 18°: «La Presidencia no podrá recaer en la misma persona por más de dos períodos consecutivos. En la Comisión Directiva por votación se designarán los sustitutos del Secretario, Tesorero y Vicepresidente, en caso de ausencia temporaria. Tanto los Vocales Ejecutivos como los demás representantes delegados a Comisión Directiva podrán tener a su cargo secretarías, áreas o comisiones. La Secretaría Permanente formará parte de la Mesa Ejecutiva con los derechos y obligaciones correspondientes a su cargo en las sesiones de la misma». artículo 19°: «La Comisión Directiva se reunirá con la asistencia mínima de la mitad más uno de las entidades miembros activos; las decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los miembros presentes».

artículo 20°: La Comisión Directiva se reunirá donde lo resuelva la misma como mínimo una vez por trimestre, debiendo el Presidente citar por medios fehacientes con 20 días de anticipación por lo menos. Sus funciones son las siguientes: - Cumplir y hacer cumplir los Estatutos e interpretarlos en caso de dudas. - Convocar las Asambleas y cumplir y hacer cumplir sus resoluciones. - Designar las Comisiones, Subcomisiones y Secretarías que sean menester, así como los representantes de la Federación ante organismos públicos o privados, provinciales, nacionales e internacionales. - Nombrar parcial o totalmente los miembros de los Comités organizadores de jornadas, reuniones, congresos nacionales e internacionales, fijando sus atribuciones. En todos los casos dicho Comité deberá informar periódicamente a la Comisión Directiva sobre el desarrollo de sus tareas y se someterán a la aprobación final de la misma, su rendición de cuentas y los resultados de su contenido. - Administrar la Federación, nombrar y remover el personal rentado. - Ser juez de sus miembros con apelación ante la Asamblea. - Toda otra función que no sea privativa de la Asamblea o que no esté delegada a las entidades federales.

artículo 21°: «El Presidente de la Comisión Directiva de la Federación es el representante legal de la misma y serán sus atribuciones las siguientes: - Presidir las reuniones de la Comisión Directiva. - Suscribir los documentos en los que ella sea parte. - Suscribir con el Tesorero o con el Secretario General los cheques y valores que fueran menester; con el Secretario General las actas y comunicaciones. - Ordenar el pago de los actos autorizados por la Comisión Directiva y resolver todo asunto de carácter urgente dando cuenta de ésta en la primera reunión que se realice. - Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Comisión Directiva. - Convocar las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. - Redactar la Memoria Anual en la que dará cuenta de las actividades de la entidad. - Es el representante nato de la Federación ante organismos públicos y privados. - El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de ausencia, renuncia o cesación de su mandato». artículo 22°: «Tanto el Vicepresidente, Secretario, Tesorero serán reemplazados por cada uno de los Vocales Ejecutivos, a los que en la primera sesión de Comisión Directiva se les designará la función correspondiente como sustitutos, además de las propias que se les determine».

8. anexos | 103


Las Asambleas se constituirán a la hora fijada en la citación con asistencia mínima de la mitad más uno de sus entidades y votos integrantes, transcurrida una hora de la Asamblea, sesionará con los miembros presentes, siempre que estos superen el 30% de la suma del total de votos que correspondan al total de las Entidades Miembros con carácter de activos en condición de votar. De no reunirse el porcentaje requerido en el párrafo precedente, deberá efectuarse una nueva convocatoria a Asamblea dentro de los 60 días próximos, la que de no reunir los requisitos precedentes, luego de transcurrida una hora, procederá a sesionar con las Entidades presentes. Las resoluciones de Asamblea se adoptarán por mayoría absoluta salvo en lo que atañe a: disolución de la entidad, pérdida de la afiliación, modificación del Estatuto, Reglamento de Concursos, Operaciones Bienes Raíces o de Inversión de Fondos y cambios de sede Legal; en cuyo caso se requiere el voto de los dos tercios de los miembros presentes. Podrán participar de la Asamblea todos los miembros activos o adherentes que estén al día con el pago de las cuotas a la Federación. artículo 15°: Los miembros activos tendrán tantos votos según sea el número de sus socios o matriculados, activos o vitalicios, de acuerdo a la escala. Así sucesivamente utilizando el coeficiente 1.35 para cada incremento.

102 | federación argentina de entidades de arquitectos

artículo 16°: «La Comisión Directiva está integrada por un representante titular y un suplente de cada uno de los miembros activos. La Comisión Directiva durará dos años en sus funciones y sus integrantes podrán ser reelegidos. Los cargos de Comisión Directiva son personales e indelegables, no podrá recibirse sueldo o remuneración alguna por el desempeño de los mismos o por trabajos o servicios prestados a la Federación, por quienes ocupen los mismos». artículo 17°: «Todas las decisiones serán tomadas por mayoría absoluta correspondiendo un voto cada miembro titular, el Presidente sólo vota en caso de empate». artículo 18°: «La Presidencia no podrá recaer en la misma persona por más de dos períodos consecutivos. En la Comisión Directiva por votación se designarán los sustitutos del Secretario, Tesorero y Vicepresidente, en caso de ausencia temporaria. Tanto los Vocales Ejecutivos como los demás representantes delegados a Comisión Directiva podrán tener a su cargo secretarías, áreas o comisiones. La Secretaría Permanente formará parte de la Mesa Ejecutiva con los derechos y obligaciones correspondientes a su cargo en las sesiones de la misma». artículo 19°: «La Comisión Directiva se reunirá con la asistencia mínima de la mitad más uno de las entidades miembros activos; las decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los miembros presentes».

artículo 20°: La Comisión Directiva se reunirá donde lo resuelva la misma como mínimo una vez por trimestre, debiendo el Presidente citar por medios fehacientes con 20 días de anticipación por lo menos. Sus funciones son las siguientes: - Cumplir y hacer cumplir los Estatutos e interpretarlos en caso de dudas. - Convocar las Asambleas y cumplir y hacer cumplir sus resoluciones. - Designar las Comisiones, Subcomisiones y Secretarías que sean menester, así como los representantes de la Federación ante organismos públicos o privados, provinciales, nacionales e internacionales. - Nombrar parcial o totalmente los miembros de los Comités organizadores de jornadas, reuniones, congresos nacionales e internacionales, fijando sus atribuciones. En todos los casos dicho Comité deberá informar periódicamente a la Comisión Directiva sobre el desarrollo de sus tareas y se someterán a la aprobación final de la misma, su rendición de cuentas y los resultados de su contenido. - Administrar la Federación, nombrar y remover el personal rentado. - Ser juez de sus miembros con apelación ante la Asamblea. - Toda otra función que no sea privativa de la Asamblea o que no esté delegada a las entidades federales.

artículo 21°: «El Presidente de la Comisión Directiva de la Federación es el representante legal de la misma y serán sus atribuciones las siguientes: - Presidir las reuniones de la Comisión Directiva. - Suscribir los documentos en los que ella sea parte. - Suscribir con el Tesorero o con el Secretario General los cheques y valores que fueran menester; con el Secretario General las actas y comunicaciones. - Ordenar el pago de los actos autorizados por la Comisión Directiva y resolver todo asunto de carácter urgente dando cuenta de ésta en la primera reunión que se realice. - Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Comisión Directiva. - Convocar las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. - Redactar la Memoria Anual en la que dará cuenta de las actividades de la entidad. - Es el representante nato de la Federación ante organismos públicos y privados. - El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de ausencia, renuncia o cesación de su mandato». artículo 22°: «Tanto el Vicepresidente, Secretario, Tesorero serán reemplazados por cada uno de los Vocales Ejecutivos, a los que en la primera sesión de Comisión Directiva se les designará la función correspondiente como sustitutos, además de las propias que se les determine».

8. anexos | 103


artículo 23°: «Tanto el Vicepresidente como el Tesorero y los tres Vocales Ejecutivos podrán actuar como Vocales delegados en Comisión Directiva con voz y voto, representando su entidad».

- Formular los balances anuales que serán enviados a las entidades federadas. - La clausura del ejercicio anual se producirá el día 31 del mes de octubre de cada año».

artículo 24°: «Los deberes del Secretario son los siguientes:

artículo 26°: «Los Vocales Titulares ejercerán las funciones de colaboración que le sean asignadas por la Comisión Directiva, a la que integrará con voz y voto. Tres de ellos podrán desempeñarse como Vocales Ejecutivos de la Mesa elegido en Asamblea, conservando las atribuciones de Vocal Titular con voz y voto según lo establece el artículo 18º».

- Redactar y suscribir con el Presidente, las actas de las sesiones de Comisión Directiva, la correspondencia y todos los documentos emanados de la Federación. - Llevar los libros que la Comisión Directiva determine. - Encargarse del registro de las entidades adheridas a la Federación y del archivo de la correspondencia. - Efectuar las citaciones de la Comisión Directiva y de las Comisiones o Secretarías de áreas si las hubiera, con la antelación correspondiente». artículo 25°: «Son obligaciones del Tesorero: - Percibir las cuotas que establezca la Asamblea y otros recursos autorizados. - Pagar los sueldos y efectuar las inversiones autorizadas por la Comisión Directiva. - Firmar con el Presidente órdenes de pago, cheques, etc. - Llevar bajo su inmediata responsabilidad los libros de contabilidad necesarios. - Depositar en los bancos autorizados por la Comisión Directiva y a nombre de la Federación los valores recibidos.

104 | federación argentina de entidades de arquitectos

artículo 29°: «Los recursos de la Federación estarán constituidos: - Por las cuotas que fija la Asamblea, para sus miembros activos y adherentes. Dichas cuotas guardarán relación directa con el número de socios activos de cada entidad federada. - Por el producto de las publicaciones, conferencias y otros actos que realice. - Por las donaciones o legados que reciba y resuelva aceptar. - Por las rentas de los bienes, de propiedad de la Federación. - Por el producto de los concursos en la forma y proporción que se determine. - Por cualquier otro ingreso que se obtenga, por medios que no estén en pugna con los propósitos y el carácter de la Federación».

artículo 30°: «La guarda del archivo, su ordenamiento y diligenciamiento de gestiones de cualquier carácter que asigne la Mesa Ejecutiva en nombre de la Federación, estarán a cargo de la Secretaría Permanente que, bajo la dependencia de la Presidencia, tendrán su asiento en la ciudad miembro activo que designe la Asamblea Ordinaria, coincidente con la Mesa Ejecutiva, pudiendo en caso de fuerza mayor decidirse su traslado con los 2/3 de los votos en Comisión Directiva ad-referéndum de la próxima Asamblea Ordinaria». artículo 31°: «El titular de la Secretaría Permanente será designado por la Comisión Directiva de la Federación, a propuesta de la entidad, miembro activo, mencionado en el artículo anterior, en el momento de su renovación según lo fija el presente Estatuto». artículo 32°: «Las funciones del titular de la Secretaría Permanente podrá durar indefinidamente mediando la confirmación por Comisión Directiva luego de cada elección de sus autoridades». artículo 33°: «Si la Comisión Directiva de la Federación, dentro de los tres meses de su renovación período que corresponde a la confirmación del titular de la Secretaría Permanente, no se pronuncia sobre la misma, se considerará producida la confirmación del hecho, por un periodo más».

artículo 34°: «En caso de no confirmación, renuncia u otro causal de vacancia del titular de la Secretaría Permanente, la Comisión Directiva de la Federación Procederá a la elección del mismo de acuerdo a lo establecido en los artículos 30 y 31». artículo 35°: «Esta Federación delegará la organización de los Concursos internacionales, nacionales y regionales, en el miembro activo que establezca el Reglamento que se dicte a tales efectos. El fallo de los concursos estará a cargo de un Cuerpo de Jurados Nacionales o Regionales, según el caso, compuesto por los integrantes de los Cuerpos de Jurados de cada entidad miembro activo, en forma proporcional a una escala que se establecerá en el Reglamento correspondiente». artículo 37°: «A propuesta de la Comisión Directiva y con la aprobación de la mayoría absoluta de la Asamblea, la Federación podrá designar miembros honorarios a toda institución o personalidad, argentina o extranjera que se haya destacado por su actuación en favor a los fines que dan razón de ser a la Federación consignados en el artículo 2º de estos Estatutos». artículo 38°: «El título de Presidente Honorario de la Federación sólo podrá ser discernido por el voto de dos tercios de los miembros presentes».

8. anexos | 105


artículo 23°: «Tanto el Vicepresidente como el Tesorero y los tres Vocales Ejecutivos podrán actuar como Vocales delegados en Comisión Directiva con voz y voto, representando su entidad».

- Formular los balances anuales que serán enviados a las entidades federadas. - La clausura del ejercicio anual se producirá el día 31 del mes de octubre de cada año».

artículo 24°: «Los deberes del Secretario son los siguientes:

artículo 26°: «Los Vocales Titulares ejercerán las funciones de colaboración que le sean asignadas por la Comisión Directiva, a la que integrará con voz y voto. Tres de ellos podrán desempeñarse como Vocales Ejecutivos de la Mesa elegido en Asamblea, conservando las atribuciones de Vocal Titular con voz y voto según lo establece el artículo 18º».

- Redactar y suscribir con el Presidente, las actas de las sesiones de Comisión Directiva, la correspondencia y todos los documentos emanados de la Federación. - Llevar los libros que la Comisión Directiva determine. - Encargarse del registro de las entidades adheridas a la Federación y del archivo de la correspondencia. - Efectuar las citaciones de la Comisión Directiva y de las Comisiones o Secretarías de áreas si las hubiera, con la antelación correspondiente». artículo 25°: «Son obligaciones del Tesorero: - Percibir las cuotas que establezca la Asamblea y otros recursos autorizados. - Pagar los sueldos y efectuar las inversiones autorizadas por la Comisión Directiva. - Firmar con el Presidente órdenes de pago, cheques, etc. - Llevar bajo su inmediata responsabilidad los libros de contabilidad necesarios. - Depositar en los bancos autorizados por la Comisión Directiva y a nombre de la Federación los valores recibidos.

104 | federación argentina de entidades de arquitectos

artículo 29°: «Los recursos de la Federación estarán constituidos: - Por las cuotas que fija la Asamblea, para sus miembros activos y adherentes. Dichas cuotas guardarán relación directa con el número de socios activos de cada entidad federada. - Por el producto de las publicaciones, conferencias y otros actos que realice. - Por las donaciones o legados que reciba y resuelva aceptar. - Por las rentas de los bienes, de propiedad de la Federación. - Por el producto de los concursos en la forma y proporción que se determine. - Por cualquier otro ingreso que se obtenga, por medios que no estén en pugna con los propósitos y el carácter de la Federación».

artículo 30°: «La guarda del archivo, su ordenamiento y diligenciamiento de gestiones de cualquier carácter que asigne la Mesa Ejecutiva en nombre de la Federación, estarán a cargo de la Secretaría Permanente que, bajo la dependencia de la Presidencia, tendrán su asiento en la ciudad miembro activo que designe la Asamblea Ordinaria, coincidente con la Mesa Ejecutiva, pudiendo en caso de fuerza mayor decidirse su traslado con los 2/3 de los votos en Comisión Directiva ad-referéndum de la próxima Asamblea Ordinaria». artículo 31°: «El titular de la Secretaría Permanente será designado por la Comisión Directiva de la Federación, a propuesta de la entidad, miembro activo, mencionado en el artículo anterior, en el momento de su renovación según lo fija el presente Estatuto». artículo 32°: «Las funciones del titular de la Secretaría Permanente podrá durar indefinidamente mediando la confirmación por Comisión Directiva luego de cada elección de sus autoridades». artículo 33°: «Si la Comisión Directiva de la Federación, dentro de los tres meses de su renovación período que corresponde a la confirmación del titular de la Secretaría Permanente, no se pronuncia sobre la misma, se considerará producida la confirmación del hecho, por un periodo más».

artículo 34°: «En caso de no confirmación, renuncia u otro causal de vacancia del titular de la Secretaría Permanente, la Comisión Directiva de la Federación Procederá a la elección del mismo de acuerdo a lo establecido en los artículos 30 y 31». artículo 35°: «Esta Federación delegará la organización de los Concursos internacionales, nacionales y regionales, en el miembro activo que establezca el Reglamento que se dicte a tales efectos. El fallo de los concursos estará a cargo de un Cuerpo de Jurados Nacionales o Regionales, según el caso, compuesto por los integrantes de los Cuerpos de Jurados de cada entidad miembro activo, en forma proporcional a una escala que se establecerá en el Reglamento correspondiente». artículo 37°: «A propuesta de la Comisión Directiva y con la aprobación de la mayoría absoluta de la Asamblea, la Federación podrá designar miembros honorarios a toda institución o personalidad, argentina o extranjera que se haya destacado por su actuación en favor a los fines que dan razón de ser a la Federación consignados en el artículo 2º de estos Estatutos». artículo 38°: «El título de Presidente Honorario de la Federación sólo podrá ser discernido por el voto de dos tercios de los miembros presentes».

8. anexos | 105


reglamento de concursos de fadea

artículo 39°: «La afiliación de la Federación a un organismo de grado superior, deberá ser resuelto por el voto de los dos tercios de los miembros presentes».

que lesionen el patrimonio arquitectónico o urbanístico, el medio ambiente o la calidad habitacional o que se opongan a los Estatutos de la Federación.

artículo 40°: «Se considerará a la Federación en condiciones de disolución, si el número de entidades federadas se redujera a menos de tres, en caso de procederse a la disolución, se destinarán sus bienes a las entidades que la integran en ese momento, en proporción a las cuotas pagadas en el último ejercicio».

Ese Reglamento debe permitir una razonable flexibilidad para estimular la gestión de concursos pero, a su vez, manteniendo el necesario rigor a fin de reafirmar el Sistema Nacional de Concursos, objetivo que, como parte inseparable de su política democrática y federativa, se obliga a llevar adelante la Federación.

artículo 41°: «Todo reglamento dictado por Comisión Directiva, o sancionado por Asamblea, para entrar en vigencia deberá ser aprobado por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe». artículo 42°: «Se considera confirmado en su cargo hasta la primera renovación de la Comisión Directiva de la Federación que se produzca con posterioridad a la aprobación de estas modificaciones del Estatuto, por autoridad competente a todos los cargos efectivos en funciones como autoridades de la Federación, a la fecha, reconociéndoles todos los deberes y atribuciones correspondientes, emanadas del presente Estatuto, a los fines que hubiere lugar». Por unanimidad de los presentes se aprueban todas las modificaciones propuestas y lo actuado a tales efectos por Secretaría, a la fecha.

106 | federación argentina de entidades de arquitectos

Aprobado por Asamblea anual Ordinaria del 7 de diciembre de 1996

introducción La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos propiciará y estimulará la generación de concursos, sean éstos de anteproyectos, proyectos, ideas, monográficas, etc., como mecanismo que garantice la igualdad de oportunidades para todos los arquitectos, mediante una honesta, objetiva e imparcial confrontación de calidades, jerarquice los temas a desarrollar y asegure un fallo justo, brindando al comitente un mejor producto como resultado de la libre competencia. Es por ello que el presente Reglamento de Concursos se propone como el elemento capaz de coordinar todos los aspectos que dicha mecánica ofrece, para resolver temas desde la mínima escala local hasta la internacional. Este instrumento se pone al servicio de la comunidad, sin apartarse de las normas éticas que deben regir el ejercicio profesional, y rechazando aquellos concursos que menoscaben la dignidad y los derechos del hombre,

i-normas generales art. 1°: La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, en adelante «La Federación», auspiciará los concursos que se promuevan para la ejecución de obras de arquitectura, urbanismo y otros temas afines a la disciplina, ajustándose al presente Reglamento, debiendo cumplimentar las siguientes pautas: a) La solicitud del auspicio deberá realizarse antes de someterse la aprobación de las Bases al omitente a través de la Secretaría de fadea. b) Adjuntar las Bases del Concurso como así también el Contrato entre las partes, que será refrendado por fadea, en el cual deben estar discriminadas las retribuciones de: Asesor, Jurados, Entidad Organizadora, Entidad Patrocinante, fadea y el monto de los premios, en cuanto correspondiere. Tanto para las retribuciones

8. anexos | 107


reglamento de concursos de fadea

artículo 39°: «La afiliación de la Federación a un organismo de grado superior, deberá ser resuelto por el voto de los dos tercios de los miembros presentes».

que lesionen el patrimonio arquitectónico o urbanístico, el medio ambiente o la calidad habitacional o que se opongan a los Estatutos de la Federación.

artículo 40°: «Se considerará a la Federación en condiciones de disolución, si el número de entidades federadas se redujera a menos de tres, en caso de procederse a la disolución, se destinarán sus bienes a las entidades que la integran en ese momento, en proporción a las cuotas pagadas en el último ejercicio».

Ese Reglamento debe permitir una razonable flexibilidad para estimular la gestión de concursos pero, a su vez, manteniendo el necesario rigor a fin de reafirmar el Sistema Nacional de Concursos, objetivo que, como parte inseparable de su política democrática y federativa, se obliga a llevar adelante la Federación.

artículo 41°: «Todo reglamento dictado por Comisión Directiva, o sancionado por Asamblea, para entrar en vigencia deberá ser aprobado por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe». artículo 42°: «Se considera confirmado en su cargo hasta la primera renovación de la Comisión Directiva de la Federación que se produzca con posterioridad a la aprobación de estas modificaciones del Estatuto, por autoridad competente a todos los cargos efectivos en funciones como autoridades de la Federación, a la fecha, reconociéndoles todos los deberes y atribuciones correspondientes, emanadas del presente Estatuto, a los fines que hubiere lugar». Por unanimidad de los presentes se aprueban todas las modificaciones propuestas y lo actuado a tales efectos por Secretaría, a la fecha.

106 | federación argentina de entidades de arquitectos

Aprobado por Asamblea anual Ordinaria del 7 de diciembre de 1996

introducción La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos propiciará y estimulará la generación de concursos, sean éstos de anteproyectos, proyectos, ideas, monográficas, etc., como mecanismo que garantice la igualdad de oportunidades para todos los arquitectos, mediante una honesta, objetiva e imparcial confrontación de calidades, jerarquice los temas a desarrollar y asegure un fallo justo, brindando al comitente un mejor producto como resultado de la libre competencia. Es por ello que el presente Reglamento de Concursos se propone como el elemento capaz de coordinar todos los aspectos que dicha mecánica ofrece, para resolver temas desde la mínima escala local hasta la internacional. Este instrumento se pone al servicio de la comunidad, sin apartarse de las normas éticas que deben regir el ejercicio profesional, y rechazando aquellos concursos que menoscaben la dignidad y los derechos del hombre,

i-normas generales art. 1°: La Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, en adelante «La Federación», auspiciará los concursos que se promuevan para la ejecución de obras de arquitectura, urbanismo y otros temas afines a la disciplina, ajustándose al presente Reglamento, debiendo cumplimentar las siguientes pautas: a) La solicitud del auspicio deberá realizarse antes de someterse la aprobación de las Bases al omitente a través de la Secretaría de fadea. b) Adjuntar las Bases del Concurso como así también el Contrato entre las partes, que será refrendado por fadea, en el cual deben estar discriminadas las retribuciones de: Asesor, Jurados, Entidad Organizadora, Entidad Patrocinante, fadea y el monto de los premios, en cuanto correspondiere. Tanto para las retribuciones

8. anexos | 107


como para los premios deben consignarse las fechas de su efectivización. c) El auspicio, a los efectos de su dinamismo, podrá ser otorgado por la Mesa Directiva de fadea, que deberá comunicarlo a la Comisión Directiva y expedirse dentro de los siete (7) días. Vencido este plazo se considerará otorgado el auspicio.

a) En toda ocasión que un miembro de los Cuerpos de Asesores y Jurados fuera requerido para actuar en cualquier condición en un concurso que no fuera organizado, patrocinado o auspiciado por la Federación y/o sus entidades miembros, deberá comunicarlo solicitando autorización. Se establece una inhabilitación especial a los asesores y jurados de la nómina de fadea que en cualquier carácter no cumplieran con lo anterior.

d) De no cumplimentarse aceptablemente el Reglamento de Concursos de fadea, ésta podrá denegar el auspicio, que conlleva negar también la participación de los miembros integrantes de los Cuerpos Asesores y Jurados Nacionales de la misma.

b) En caso de incumplimiento de lo establecido en el inciso anterior, quedarán, de hecho, separados como miembros de los Cuerpos respectivos, pudiendo hacerse pasibles, además, de las sanciones que determinara la Comisión Directiva de la Federación.

art. 2°: La Federación auspiciará los concursos detallados en el Art. 1. y que permitan la participación de arquitectos matriculados o asociados a alguna entidad adherida, pero también podrá auspiciar concursos en los que intervengan personas ajenas a la disciplina asegurando siempre la participación para los arquitectos, amplias garantías y fallo ecuánime.

art. 3°: Los socios activos que integran la Federación, en adelante «Las Entidades», con jurisdicción en el lugar de la obra a concursar, están facultados para impulsar, publicitar, patrocinar u organizar los concursos que se ajusten a este Reglamento, comprometiéndose a:

Cuando el concurso no ofrezca suficientes garantías la Federación aconsejará a las entidades miembros no tomar parte en el mismo y rechazará aquéllos en los que se contravienen los principios de ética o el libre ejercicio profesional. Respecto a los miembros de los Cuerpos de Asesores y Jurados, determina:

108 | federación argentina de entidades de arquitectos

a) En el caso de organizar un concurso: orientar al Promotor, nombrar asesor o asesores, aprobar e imprimir a su cargo las Bases, programa y anexos, efectuar la difusión, hacer llegar a los participantes las aclaraciones y respuestas a las consultas que formule, nombrar por sorteo a los Jurados, recibir y exponer los trabajos, certificar los premios, arbitrar, en caso de diferencias entre el promotor y el ganador del concurso; publicitar el resultado del concurso.

b) En el caso de patrocinar un concurso: orientar al promotor; aprobar las Bases y nombrar por sorteo los jurados que representen; también podrá nombrar o proponer a los asesores; el asesor propuesto por el Promotor debe pertenecer al Cuerpo de Asesores de la Entidad. c) La Federación registrará anualmente los miembros componentes de sus Cuerpos de Asesores y Jurados nacionales, conformando la nómina oficial de los mismos, integrada por los representantes de Entidades según lo establece el Estatuto. art. 4°: La organización de un concurso implica el cumplimiento y el desarrollo, por parte del comitente, en adelante «el Promotor» y la Entidad, de los siguientes pasos: 1) Elaboración y firma de un convenio entre el Promotor y la Entidad, encomendando y especificando la organización y tipo de Concurso, integración del Jurado, designación de Asesor, gastos y honorarios, etc. 2) Nombramiento de un asesor, designado por la Entidad. El Promotor podrá proponer la designación del asesor, pero en todos los casos la Asesoría estará integrada, por lo menos por un representante de la Entidad. 3) Elaboración de las Bases del concurso, por parte del asesor, y que contendrá las características del concurso, fechas de apertura y cierre, programa a considerar, pre-

mios, etc. Las Bases señalarán las exigencias detalladas en este Reglamento colocando a todos los participantes en iguales condiciones de competencia. 4) Llamado a concurso, venta de las Bases, período de elaboración de los trabajos, consultas y respuesta a los participantes y cierre del concurso. 5) Integración del jurado con: a) representantes de la Federación; b) representantes de la Entidad; c) representantes del Promotor, preferentemente arquitectos; d) representantes de los participantes. 6) Fallo del Jurado y otorgamiento de premios. 7) Pago de premios, honorarios de Asesores y Jurado y gastos de organización o patrocinio del concurso. Art. 5°: Según su escala los concursos podrán ser locales, provinciales, nacionales, internacionales o regionales. Según el mayor o menor grado de profundidad de los estudios a realizar serán: de ideas, de anteproyectos, de proyectos, de proyecto y precio fijo o monografías. A su vez los concursos podrán ser abiertos a todos los arquitectos asociados o matriculados a una Entidad adherida y con jurisdicción alcanzada por la escala del concurso o por invitación, a criterio del Promotor.

8. anexos | 109


como para los premios deben consignarse las fechas de su efectivización. c) El auspicio, a los efectos de su dinamismo, podrá ser otorgado por la Mesa Directiva de fadea, que deberá comunicarlo a la Comisión Directiva y expedirse dentro de los siete (7) días. Vencido este plazo se considerará otorgado el auspicio.

a) En toda ocasión que un miembro de los Cuerpos de Asesores y Jurados fuera requerido para actuar en cualquier condición en un concurso que no fuera organizado, patrocinado o auspiciado por la Federación y/o sus entidades miembros, deberá comunicarlo solicitando autorización. Se establece una inhabilitación especial a los asesores y jurados de la nómina de fadea que en cualquier carácter no cumplieran con lo anterior.

d) De no cumplimentarse aceptablemente el Reglamento de Concursos de fadea, ésta podrá denegar el auspicio, que conlleva negar también la participación de los miembros integrantes de los Cuerpos Asesores y Jurados Nacionales de la misma.

b) En caso de incumplimiento de lo establecido en el inciso anterior, quedarán, de hecho, separados como miembros de los Cuerpos respectivos, pudiendo hacerse pasibles, además, de las sanciones que determinara la Comisión Directiva de la Federación.

art. 2°: La Federación auspiciará los concursos detallados en el Art. 1. y que permitan la participación de arquitectos matriculados o asociados a alguna entidad adherida, pero también podrá auspiciar concursos en los que intervengan personas ajenas a la disciplina asegurando siempre la participación para los arquitectos, amplias garantías y fallo ecuánime.

art. 3°: Los socios activos que integran la Federación, en adelante «Las Entidades», con jurisdicción en el lugar de la obra a concursar, están facultados para impulsar, publicitar, patrocinar u organizar los concursos que se ajusten a este Reglamento, comprometiéndose a:

Cuando el concurso no ofrezca suficientes garantías la Federación aconsejará a las entidades miembros no tomar parte en el mismo y rechazará aquéllos en los que se contravienen los principios de ética o el libre ejercicio profesional. Respecto a los miembros de los Cuerpos de Asesores y Jurados, determina:

108 | federación argentina de entidades de arquitectos

a) En el caso de organizar un concurso: orientar al Promotor, nombrar asesor o asesores, aprobar e imprimir a su cargo las Bases, programa y anexos, efectuar la difusión, hacer llegar a los participantes las aclaraciones y respuestas a las consultas que formule, nombrar por sorteo a los Jurados, recibir y exponer los trabajos, certificar los premios, arbitrar, en caso de diferencias entre el promotor y el ganador del concurso; publicitar el resultado del concurso.

b) En el caso de patrocinar un concurso: orientar al promotor; aprobar las Bases y nombrar por sorteo los jurados que representen; también podrá nombrar o proponer a los asesores; el asesor propuesto por el Promotor debe pertenecer al Cuerpo de Asesores de la Entidad. c) La Federación registrará anualmente los miembros componentes de sus Cuerpos de Asesores y Jurados nacionales, conformando la nómina oficial de los mismos, integrada por los representantes de Entidades según lo establece el Estatuto. art. 4°: La organización de un concurso implica el cumplimiento y el desarrollo, por parte del comitente, en adelante «el Promotor» y la Entidad, de los siguientes pasos: 1) Elaboración y firma de un convenio entre el Promotor y la Entidad, encomendando y especificando la organización y tipo de Concurso, integración del Jurado, designación de Asesor, gastos y honorarios, etc. 2) Nombramiento de un asesor, designado por la Entidad. El Promotor podrá proponer la designación del asesor, pero en todos los casos la Asesoría estará integrada, por lo menos por un representante de la Entidad. 3) Elaboración de las Bases del concurso, por parte del asesor, y que contendrá las características del concurso, fechas de apertura y cierre, programa a considerar, pre-

mios, etc. Las Bases señalarán las exigencias detalladas en este Reglamento colocando a todos los participantes en iguales condiciones de competencia. 4) Llamado a concurso, venta de las Bases, período de elaboración de los trabajos, consultas y respuesta a los participantes y cierre del concurso. 5) Integración del jurado con: a) representantes de la Federación; b) representantes de la Entidad; c) representantes del Promotor, preferentemente arquitectos; d) representantes de los participantes. 6) Fallo del Jurado y otorgamiento de premios. 7) Pago de premios, honorarios de Asesores y Jurado y gastos de organización o patrocinio del concurso. Art. 5°: Según su escala los concursos podrán ser locales, provinciales, nacionales, internacionales o regionales. Según el mayor o menor grado de profundidad de los estudios a realizar serán: de ideas, de anteproyectos, de proyectos, de proyecto y precio fijo o monografías. A su vez los concursos podrán ser abiertos a todos los arquitectos asociados o matriculados a una Entidad adherida y con jurisdicción alcanzada por la escala del concurso o por invitación, a criterio del Promotor.

8. anexos | 109


art. 6°: La Entidad organizadora garantizará al Promotor la pronta ejecución del concurso, estableciendo tiempos equivalentes a los que demanda, generalmente, una encomienda de trabajo similar a la que diera origen al concurso. art. 7°: El Promotor se hará cargo del pago de los honorarios, gastos de traslado y estadía de Asesores y Jurados, de los gastos de organización o patrocinio, los premios que se otorguen y, en los casos que sea necesario, relevamientos, mensuras, fotografías, dibujos y estudios técnicos para la preparación de las Bases. todos estos valores serán establecidos según el estudio particularizado de cada concurso, estando, por lo general, vinculados al valor de la obra. En todos los casos los importes serán justos y compensatorios y serán estimados por la Asesoría, convenidos por el Promotor y aprobados por la Entidad organizadora o patrocinadora.

ii - de los promotores art. 8°: El Promotor deberá declarar por escrito que conoce y acepta este Reglamento comprometiéndose, además, a comunicar que dispone de los fondos necesarios para premios, honorarios y gastos, dar conformidad a las Bases, programa u otro escrito o gráfico que los sustituyan y acatar el fallo del Jurado.

iii- de las entidades art. 9°: La Entidad con jurisdicción en el lugar de la obra a concursar está facultada para organizar o patrocinar el

110 | federación argentina de entidades de arquitectos

correspondiente concurso. También podrá delegar dichas funciones, pero quedando ante la Federación como responsable de los resultados de tal delegación. Para organizar un concurso las Entidades deberán estar al día con las cuotas sociales de la Federación. art. 10°: Cuando una Entidad reciba la propuesta de organizar o patrocinar un concurso en la jurisdicción de otra Entidad deberá participar, con ésta, en las tareas, responsabilidades, costos y derechos que deriven de dicha comisión, debiendo comunicar fehacientemente a la otra parte para que ambas establezcan su grado de participación en la gestión. La Entidad con jurisdicción sobre el lugar de la obra contará, siempre, con por lo menos un asesor y un jurado, salvo renuncia expresa. art. 11°: Cuando en la jurisdicción de la obra no exista una Entidad, o ésta no se halle en condiciones reglamentarias, el patrocinio u organización del concurso será realizado por la entidad que haya iniciado la gestión o por aquélla que elija el Promotor. art. 12°: La Federación aconsejará a las Entidades que comuniquen a sus matriculados o asociados la inconveniencia de participar en un concurso cuando el mismo no ofrezca las garantías adecuadas. Por otra parte las Entidades se comprometen a poner en conocimiento inmediato de la Mesa Ejecutiva de la Federación y de las demás Entidades la realización de

concursos que no reúnan las condiciones exigidas en este Reglamento.

iv - de los participantes art. 13°: Intervenir en un concurso implica el conocimiento y la aceptación de todo lo dispuesto en este Reglamento y las Bases del Concurso, siendo requisito para los arquitectos, en adelante «los Participantes», ser socios o matriculados en una Entidad que se encuentre dentro de la jurisdicción prevista en el concurso como ámbito de aplicación del mismo. En caso de equipos interdisciplinarios, esto será necesario únicamente para los arquitectos. art. 14°: Salvo expresa disposición de la Comisión Directiva de la Federación o la Entidad, no podrá participar de un concurso: a) Quien forme parte de la administración de la institución promotora del concurso. b) Quien hubiera intervenido en la confección del programa. c) Quien no se encuentre al día con las cuotas societarias de la Entidad, que se halle inhabilitado por ésta o que no esté asociado o matriculado. d) Quien tuviera vinculación profesional con la Asesoría. e) Los integrantes de la Mesa Ejecutiva de la Entidad organizadora del concurso. f) Todos aquéllos que por distintos motivos hubieran tenido acceso a las Bases con anterioridad de su puesta en venta.

art. 15°: El participante que fuera socio, colaborador, empleado o empleador de algún miembro del Colegio de Jurados de la Federación o de la entidad organizadora o patrocinadora, deberá comunicar su participación en el concurso. Esto provocará la eliminación del jurado que se encuentre en situación de incompatibilidad, a fin de que no resulte sorteado o electo para el caso que corresponda. art. 16°: Cuando algún participante pretenda demostrar irregularidad en el procedimiento seguido por el Jurado o por la Asesoría de algún concurso, deberán cumplirse los siguientes pasos: 1) El recurrente someterá el caso al Cuerpo de Jurados o de Asesores de la Entidad organizadora, dentro de los 15 (quince) días de conocido el fallo y expuestos los trabajos. 2) El Cuerpo de Jurados y Asesores, según corresponda y excluyendo a los miembros intervinientes en el Concurso cuestionado, sorteará entre sus integrantes un mínimo de 3 titulares y 1 suplente quienes constituirán el Comité Evaluador. El número de titulares y suplentes podrá ser ampliado, a criterio del Cuerpo, según la magnitud del concurso o de la denuncia. Este comité se conformará dentro de los 10 (diez) días de recibida la presentación del recurrente y en 10 (diez) días más determinará si hace lugar a la presentación o si la considera improcedente.

8. anexos | 111


art. 6°: La Entidad organizadora garantizará al Promotor la pronta ejecución del concurso, estableciendo tiempos equivalentes a los que demanda, generalmente, una encomienda de trabajo similar a la que diera origen al concurso. art. 7°: El Promotor se hará cargo del pago de los honorarios, gastos de traslado y estadía de Asesores y Jurados, de los gastos de organización o patrocinio, los premios que se otorguen y, en los casos que sea necesario, relevamientos, mensuras, fotografías, dibujos y estudios técnicos para la preparación de las Bases. todos estos valores serán establecidos según el estudio particularizado de cada concurso, estando, por lo general, vinculados al valor de la obra. En todos los casos los importes serán justos y compensatorios y serán estimados por la Asesoría, convenidos por el Promotor y aprobados por la Entidad organizadora o patrocinadora.

ii - de los promotores art. 8°: El Promotor deberá declarar por escrito que conoce y acepta este Reglamento comprometiéndose, además, a comunicar que dispone de los fondos necesarios para premios, honorarios y gastos, dar conformidad a las Bases, programa u otro escrito o gráfico que los sustituyan y acatar el fallo del Jurado.

iii- de las entidades art. 9°: La Entidad con jurisdicción en el lugar de la obra a concursar está facultada para organizar o patrocinar el

110 | federación argentina de entidades de arquitectos

correspondiente concurso. También podrá delegar dichas funciones, pero quedando ante la Federación como responsable de los resultados de tal delegación. Para organizar un concurso las Entidades deberán estar al día con las cuotas sociales de la Federación. art. 10°: Cuando una Entidad reciba la propuesta de organizar o patrocinar un concurso en la jurisdicción de otra Entidad deberá participar, con ésta, en las tareas, responsabilidades, costos y derechos que deriven de dicha comisión, debiendo comunicar fehacientemente a la otra parte para que ambas establezcan su grado de participación en la gestión. La Entidad con jurisdicción sobre el lugar de la obra contará, siempre, con por lo menos un asesor y un jurado, salvo renuncia expresa. art. 11°: Cuando en la jurisdicción de la obra no exista una Entidad, o ésta no se halle en condiciones reglamentarias, el patrocinio u organización del concurso será realizado por la entidad que haya iniciado la gestión o por aquélla que elija el Promotor. art. 12°: La Federación aconsejará a las Entidades que comuniquen a sus matriculados o asociados la inconveniencia de participar en un concurso cuando el mismo no ofrezca las garantías adecuadas. Por otra parte las Entidades se comprometen a poner en conocimiento inmediato de la Mesa Ejecutiva de la Federación y de las demás Entidades la realización de

concursos que no reúnan las condiciones exigidas en este Reglamento.

iv - de los participantes art. 13°: Intervenir en un concurso implica el conocimiento y la aceptación de todo lo dispuesto en este Reglamento y las Bases del Concurso, siendo requisito para los arquitectos, en adelante «los Participantes», ser socios o matriculados en una Entidad que se encuentre dentro de la jurisdicción prevista en el concurso como ámbito de aplicación del mismo. En caso de equipos interdisciplinarios, esto será necesario únicamente para los arquitectos. art. 14°: Salvo expresa disposición de la Comisión Directiva de la Federación o la Entidad, no podrá participar de un concurso: a) Quien forme parte de la administración de la institución promotora del concurso. b) Quien hubiera intervenido en la confección del programa. c) Quien no se encuentre al día con las cuotas societarias de la Entidad, que se halle inhabilitado por ésta o que no esté asociado o matriculado. d) Quien tuviera vinculación profesional con la Asesoría. e) Los integrantes de la Mesa Ejecutiva de la Entidad organizadora del concurso. f) Todos aquéllos que por distintos motivos hubieran tenido acceso a las Bases con anterioridad de su puesta en venta.

art. 15°: El participante que fuera socio, colaborador, empleado o empleador de algún miembro del Colegio de Jurados de la Federación o de la entidad organizadora o patrocinadora, deberá comunicar su participación en el concurso. Esto provocará la eliminación del jurado que se encuentre en situación de incompatibilidad, a fin de que no resulte sorteado o electo para el caso que corresponda. art. 16°: Cuando algún participante pretenda demostrar irregularidad en el procedimiento seguido por el Jurado o por la Asesoría de algún concurso, deberán cumplirse los siguientes pasos: 1) El recurrente someterá el caso al Cuerpo de Jurados o de Asesores de la Entidad organizadora, dentro de los 15 (quince) días de conocido el fallo y expuestos los trabajos. 2) El Cuerpo de Jurados y Asesores, según corresponda y excluyendo a los miembros intervinientes en el Concurso cuestionado, sorteará entre sus integrantes un mínimo de 3 titulares y 1 suplente quienes constituirán el Comité Evaluador. El número de titulares y suplentes podrá ser ampliado, a criterio del Cuerpo, según la magnitud del concurso o de la denuncia. Este comité se conformará dentro de los 10 (diez) días de recibida la presentación del recurrente y en 10 (diez) días más determinará si hace lugar a la presentación o si la considera improcedente.

8. anexos | 111


3) En caso de hacer lugar a la presentación, el Comité abrirá un expediente, trasladando a los Asesores o Jurados actuantes en el concurso, copia de la presentación, y éstos contarán con 10 (diez) días para realizar las aclaraciones y descargos correspondientes. 4) En base a las presentaciones de las partes el Comité elaborará un informe con su opinión, en un plazo de 15 (quince) días y lo elevará a través de la Entidad organizadora, a la Mesa Ejecutiva de la Federación, para que ésta elabore el dictamen final, en un plazo no mayor de 30 (treinta) días. 5) Siendo el fallo del Jurado inapelable, aún cuando se demostrara irregularidad en el procedimiento, éste quedará firme.

v - clasificacion de los concursos art. 17°: Los concursos son competencias entre profesionales para resolver problemas arquitectónicos y urbanísticos, o cuestiones afines a la profesión y pueden ser realizados ante el pedido expreso de un Promotor o por iniciativa propia de cada Entidad. art. 18°: Los concursos se pueden clasificar de acuerdo a la participación de profesionales, la escala o jurisdicción y el grado de profundidad de los estudios. a) Atento a la participación de los profesionales en un concurso, éstos pueden clasificarse en:

112 | federación argentina de entidades de arquitectos

- Abiertos: a todos los arquitectos matriculados o asociados a una Entidad adherida y con jurisdicción alcanzada por la escala del concurso. - Por invitación: para aquellos arquitectos que fueran seleccionados por el Promotor. Para la organización o patrocinio de este tipo de concursos se deberá cumplir con todos los requisitos, exigencias y obligaciones que se determinan para los concursos abiertos, excepto en lo que hace a la matriculación en la Entidad con jurisdicción en el lugar de la obra. - Otros: los casos no previstos serán considerados por las Entidades y, en caso de respetar los principios básicos y los objetivos planteados en este Reglamento, se podrán incorporar al sistema. b) Atento a la escala de los concursos, ésta será establecida por la Entidad organizadora y podrán participar todos los arquitectos con domicilio real y asociados o matriculados en la Entidad que tenga jurisdicción sobre la zona que establezcan las Bases. De acuerdo a esto los concursos se clasificarán de la siguiente manera: 1. Locales: aquéllos que tengan como máxima jurisdicción el territorio municipal. 2. Provinciales: los que abarquen la jurisdicción provincial establecida en las Bases. 3. Nacionales: ídem para el territorio de la República.

4. Internacionales: cuando se admita la participación de arquitectos de otros países o cuando los arquitectos argentinos sean invitados a participar en concursos en el extranjero. En ambos casos los participantes deben pertenecer a alguna Entidad adherida a la Federación Nacional correspondiente.

3. De proyectos: cuando los participantes deban presentar los planos generales de plantas, elevaciones y corte, los de construcción y detalles, los de instalaciones y estructuras, el pliego de condiciones y el presupuesto, todo lo que en conjunto permita la licitación y/o la ejecución de las obras.

5. Regionales: todos aquéllos que agrupen más de una jurisdicción establecidas en la clasificación anterior.

4. De proyecto y precio fijo: cuando los participantes, además de presentar todos los rubros estipulados en el ítem anterior, adjunten a su proyecto el compromiso de una contratista de realizar la obra por el precio establecido previamente en las Bases, en las que deberán constar las condiciones que debe reunir el mencionado contratista. El Jurado evaluará, únicamente, la calidad del proyecto presentado excluyendo de dicha evaluación, la oferta económica del contratista preservando el anonimato de este último.

c) Atento al mayor o menor grado de profundidad en los estudios a realizar, los concursos serán: 1. De ideas: cuando se deba presentar croquis, esquemas de plantas, elevaciones o secciones, diagramas y todo otro elemento gráfico o escrito en la medida preliminar indispensable para expresar los alcances del trabajo y la interpretación dada al Programa que, en este caso, no deberá ser estricto. 2. De anteproyectos: cuando los participantes deban presentar el conjunto de planos de plantas, cortes, vistas y demás elementos gráficos necesarios para dar la expresión general de la obra propuesta y todo otro elemento accesorio concurrente al mismo fin. Estos concursos podrán ser a una o dos pruebas. En los concursos a dos pruebas, la primera tendrá por objeto la elección de los participantes que han de ser admitidos a la segunda, pero sin calificación alguna.

5. De monografías, metodologías o guiones: cuando se trate de seleccionar profesionales para ejercer la Dirección de Obra, realizar tareas de investigación, optar a becas, etc. 6. De aptitud técnica: certámenes organizados para obtener un cierto número de trabajos que pueden ser considerados con el mínimo de condiciones para una segunda compulsa, fundamentalmente de precio, para la materialización de los mismos. Para los trabajos que requieran la aptitud técnica habrá un apaga fija, la que se considerará

8. anexos | 113


3) En caso de hacer lugar a la presentación, el Comité abrirá un expediente, trasladando a los Asesores o Jurados actuantes en el concurso, copia de la presentación, y éstos contarán con 10 (diez) días para realizar las aclaraciones y descargos correspondientes. 4) En base a las presentaciones de las partes el Comité elaborará un informe con su opinión, en un plazo de 15 (quince) días y lo elevará a través de la Entidad organizadora, a la Mesa Ejecutiva de la Federación, para que ésta elabore el dictamen final, en un plazo no mayor de 30 (treinta) días. 5) Siendo el fallo del Jurado inapelable, aún cuando se demostrara irregularidad en el procedimiento, éste quedará firme.

v - clasificacion de los concursos art. 17°: Los concursos son competencias entre profesionales para resolver problemas arquitectónicos y urbanísticos, o cuestiones afines a la profesión y pueden ser realizados ante el pedido expreso de un Promotor o por iniciativa propia de cada Entidad. art. 18°: Los concursos se pueden clasificar de acuerdo a la participación de profesionales, la escala o jurisdicción y el grado de profundidad de los estudios. a) Atento a la participación de los profesionales en un concurso, éstos pueden clasificarse en:

112 | federación argentina de entidades de arquitectos

- Abiertos: a todos los arquitectos matriculados o asociados a una Entidad adherida y con jurisdicción alcanzada por la escala del concurso. - Por invitación: para aquellos arquitectos que fueran seleccionados por el Promotor. Para la organización o patrocinio de este tipo de concursos se deberá cumplir con todos los requisitos, exigencias y obligaciones que se determinan para los concursos abiertos, excepto en lo que hace a la matriculación en la Entidad con jurisdicción en el lugar de la obra. - Otros: los casos no previstos serán considerados por las Entidades y, en caso de respetar los principios básicos y los objetivos planteados en este Reglamento, se podrán incorporar al sistema. b) Atento a la escala de los concursos, ésta será establecida por la Entidad organizadora y podrán participar todos los arquitectos con domicilio real y asociados o matriculados en la Entidad que tenga jurisdicción sobre la zona que establezcan las Bases. De acuerdo a esto los concursos se clasificarán de la siguiente manera: 1. Locales: aquéllos que tengan como máxima jurisdicción el territorio municipal. 2. Provinciales: los que abarquen la jurisdicción provincial establecida en las Bases. 3. Nacionales: ídem para el territorio de la República.

4. Internacionales: cuando se admita la participación de arquitectos de otros países o cuando los arquitectos argentinos sean invitados a participar en concursos en el extranjero. En ambos casos los participantes deben pertenecer a alguna Entidad adherida a la Federación Nacional correspondiente.

3. De proyectos: cuando los participantes deban presentar los planos generales de plantas, elevaciones y corte, los de construcción y detalles, los de instalaciones y estructuras, el pliego de condiciones y el presupuesto, todo lo que en conjunto permita la licitación y/o la ejecución de las obras.

5. Regionales: todos aquéllos que agrupen más de una jurisdicción establecidas en la clasificación anterior.

4. De proyecto y precio fijo: cuando los participantes, además de presentar todos los rubros estipulados en el ítem anterior, adjunten a su proyecto el compromiso de una contratista de realizar la obra por el precio establecido previamente en las Bases, en las que deberán constar las condiciones que debe reunir el mencionado contratista. El Jurado evaluará, únicamente, la calidad del proyecto presentado excluyendo de dicha evaluación, la oferta económica del contratista preservando el anonimato de este último.

c) Atento al mayor o menor grado de profundidad en los estudios a realizar, los concursos serán: 1. De ideas: cuando se deba presentar croquis, esquemas de plantas, elevaciones o secciones, diagramas y todo otro elemento gráfico o escrito en la medida preliminar indispensable para expresar los alcances del trabajo y la interpretación dada al Programa que, en este caso, no deberá ser estricto. 2. De anteproyectos: cuando los participantes deban presentar el conjunto de planos de plantas, cortes, vistas y demás elementos gráficos necesarios para dar la expresión general de la obra propuesta y todo otro elemento accesorio concurrente al mismo fin. Estos concursos podrán ser a una o dos pruebas. En los concursos a dos pruebas, la primera tendrá por objeto la elección de los participantes que han de ser admitidos a la segunda, pero sin calificación alguna.

5. De monografías, metodologías o guiones: cuando se trate de seleccionar profesionales para ejercer la Dirección de Obra, realizar tareas de investigación, optar a becas, etc. 6. De aptitud técnica: certámenes organizados para obtener un cierto número de trabajos que pueden ser considerados con el mínimo de condiciones para una segunda compulsa, fundamentalmente de precio, para la materialización de los mismos. Para los trabajos que requieran la aptitud técnica habrá un apaga fija, la que se considerará

8. anexos | 113


a cuenta de futuros honorarios, en el caso del trabajo que obtenga la encomienda final.

vi - de las bases y programas art. 19. Las Bases y Programa se ajustará a los lineamientos y objetivos generales de este Reglamento, quedando bajo al absoluta responsabilidad de la Entidad su interpretación y aplicación. art. 20. En la redacción de las Bases deberá tenerse siempre presente que su objeto es el de ilustrar a los participantes en la forma más clara sobre las necesidades del Promotor y de poner en un pie de igualdad a los intervinientes en el concurso. A tales fines se deberá: a) Declarar el propósito y establecer la forma del Concurso. b) Velar por el cumplimiento estricto de las mismas Bases por los participantes y por el Jurado. c) Establecer día, hora y lugar o lugares para la entrega de los trabajos y las condiciones que deben reunir los participantes. d) Establecer el período de consultas y la forma en que se realizarán, manteniendo el anonimato de los participantes. e) Dar a conocer la forma en que se constituirá el Jurado. f) Ilustrar sobre el terreno (dimensiones, cotas de nivel, orientación, condiciones atmosféricas en el lugar, características del subsuelo, entorno inmediato y mediato, accesibilidad, redes de infraestructura, etc.)

114 | federación argentina de entidades de arquitectos

para el caso de concursos de Anteproyectos o de mayor precisión. g) Formular el programa de necesidades, con superficies y/o volúmenes necesarios y calificando cada uso parcial, etc. h) Fijar la forma de presentación, unificándola y exigiendo sólo los elementos indispensables, determinando claramente, según corresponda: planos que deberán presentarse, escala, dimensión y cantidad de paneles, orientación de las plantas, cantidad y tipo de perspectivas, planillas, cómputos, memoria descriptiva, pliegos y presupuesto. i) Establecer el número y el importe de los premios y otras remuneraciones; de acuerdo con el Capítulo IX de este Reglamento y las fechas de pago de unos y otros. j) Fijar los plazos dentro de los cuales la Asesoría deberá expedirse y el Jurado realizar su labor, como así también fijar fecha y lugar para la exposición, como mínimo, de todos los trabajos premiados. k) Definir claramente las obligaciones recíprocas entre el Promotor del Concurso y los ganadores del mismo, considerando que las Bases de todo concurso tienen la condición de ser contrato previo entre el Promotor y los Participantes. l) Notificar a los Participantes de la obligación de haber comprado las Bases y entregar el recibo que lo acredita en el sobre que contiene la declaración jurada. Este recibo tendrá carácter anónimo y podrá ir adherido en el exterior del sobre mencionado.

art. 21. En las Bases y Programa se deberá establecer una distinción rigurosa entre las condiciones obligatorias y las que permiten a los concurrentes una libertad de interpretación. Además las exigencias funcionales que deben considerarse imprescindibles deberán determinarse en forma clara no dejando posibilidad a dobles interpretaciones. Cuando se fije un límite en las superficies cubiertas deberá establecerse, en las Bases, el margen de tolerancia de las mismas. art. 22. En concursos internacionales las Bases y Programas deberán ser compatibles con el Reglamento de concursos de la Unión Internacional de Arquitectos (u.i.a.)

vii - de los asesores art. 23. Para cada concurso la Comisión directiva de la Entidad organizadora designará un asesor y dos suplentes de su Cuerpo de Asesores. El Promotor podrá posponer la designación del Asesor, pero en todos los casos la Asesoría estará integrada, por lo menos, por un representante de la Entidad. Para ser designado Asesor, en representación de la Entidad organizadora se deberá poseer título de arquitecto, con cinco (5) años de antigüedad en el título y dos (2) como socio o matriculado de la Entidad federada. Si

fuera necesario integran Asesores de otras Entidades, se solicitará a la Federación la remisión de la nómina oficial, según el art. 3.- inc. c) del presente Reglamento. art. 24. Son deberes de los Asesores: a) Redactar el programa y las Bases del Concurso, de acuerdo a directivas de los Promotores, a lo establecido en este Reglamento y en las leyes, ordenanzas y normativas vigentes. b) Hacer aprobar las Bases por la Entidad y las Bases y el Programa por el Promotor. c) Organizar el llamado a Concurso y remitir a todas las Entidades federadas un juego de Bases y Anexos. d) Evacuar según el procedimiento que establezcan las Bases, las preguntas o aclaraciones que formulen, en forma anónima, los participantes. e) Solicitar a la Federación la remisión de la nómina oficial del Cuerpo de Jurados Nacionales, según el Art. 3./ inc. c) del presente Reglamento, y con ella elaborar una nómina que será utilizada para la elección o sorteo de los Jurados. Cumplido esto remitir a la Federación un informe donde consten los nombres de los jurados electos o sorteados. f) Recibir por interpósita persona los trabajos presentados asegurando mediante una clave el anonimato de los participantes y redactar un informe dando cuenta de los trabajos recibidos, de los rechazados y observados. g) Convocar al Jurado, entregarle los trabajos y el informe a que alude el inciso anterior y participar de la reunión

8. anexos | 115


a cuenta de futuros honorarios, en el caso del trabajo que obtenga la encomienda final.

vi - de las bases y programas art. 19. Las Bases y Programa se ajustará a los lineamientos y objetivos generales de este Reglamento, quedando bajo al absoluta responsabilidad de la Entidad su interpretación y aplicación. art. 20. En la redacción de las Bases deberá tenerse siempre presente que su objeto es el de ilustrar a los participantes en la forma más clara sobre las necesidades del Promotor y de poner en un pie de igualdad a los intervinientes en el concurso. A tales fines se deberá: a) Declarar el propósito y establecer la forma del Concurso. b) Velar por el cumplimiento estricto de las mismas Bases por los participantes y por el Jurado. c) Establecer día, hora y lugar o lugares para la entrega de los trabajos y las condiciones que deben reunir los participantes. d) Establecer el período de consultas y la forma en que se realizarán, manteniendo el anonimato de los participantes. e) Dar a conocer la forma en que se constituirá el Jurado. f) Ilustrar sobre el terreno (dimensiones, cotas de nivel, orientación, condiciones atmosféricas en el lugar, características del subsuelo, entorno inmediato y mediato, accesibilidad, redes de infraestructura, etc.)

114 | federación argentina de entidades de arquitectos

para el caso de concursos de Anteproyectos o de mayor precisión. g) Formular el programa de necesidades, con superficies y/o volúmenes necesarios y calificando cada uso parcial, etc. h) Fijar la forma de presentación, unificándola y exigiendo sólo los elementos indispensables, determinando claramente, según corresponda: planos que deberán presentarse, escala, dimensión y cantidad de paneles, orientación de las plantas, cantidad y tipo de perspectivas, planillas, cómputos, memoria descriptiva, pliegos y presupuesto. i) Establecer el número y el importe de los premios y otras remuneraciones; de acuerdo con el Capítulo IX de este Reglamento y las fechas de pago de unos y otros. j) Fijar los plazos dentro de los cuales la Asesoría deberá expedirse y el Jurado realizar su labor, como así también fijar fecha y lugar para la exposición, como mínimo, de todos los trabajos premiados. k) Definir claramente las obligaciones recíprocas entre el Promotor del Concurso y los ganadores del mismo, considerando que las Bases de todo concurso tienen la condición de ser contrato previo entre el Promotor y los Participantes. l) Notificar a los Participantes de la obligación de haber comprado las Bases y entregar el recibo que lo acredita en el sobre que contiene la declaración jurada. Este recibo tendrá carácter anónimo y podrá ir adherido en el exterior del sobre mencionado.

art. 21. En las Bases y Programa se deberá establecer una distinción rigurosa entre las condiciones obligatorias y las que permiten a los concurrentes una libertad de interpretación. Además las exigencias funcionales que deben considerarse imprescindibles deberán determinarse en forma clara no dejando posibilidad a dobles interpretaciones. Cuando se fije un límite en las superficies cubiertas deberá establecerse, en las Bases, el margen de tolerancia de las mismas. art. 22. En concursos internacionales las Bases y Programas deberán ser compatibles con el Reglamento de concursos de la Unión Internacional de Arquitectos (u.i.a.)

vii - de los asesores art. 23. Para cada concurso la Comisión directiva de la Entidad organizadora designará un asesor y dos suplentes de su Cuerpo de Asesores. El Promotor podrá posponer la designación del Asesor, pero en todos los casos la Asesoría estará integrada, por lo menos, por un representante de la Entidad. Para ser designado Asesor, en representación de la Entidad organizadora se deberá poseer título de arquitecto, con cinco (5) años de antigüedad en el título y dos (2) como socio o matriculado de la Entidad federada. Si

fuera necesario integran Asesores de otras Entidades, se solicitará a la Federación la remisión de la nómina oficial, según el art. 3.- inc. c) del presente Reglamento. art. 24. Son deberes de los Asesores: a) Redactar el programa y las Bases del Concurso, de acuerdo a directivas de los Promotores, a lo establecido en este Reglamento y en las leyes, ordenanzas y normativas vigentes. b) Hacer aprobar las Bases por la Entidad y las Bases y el Programa por el Promotor. c) Organizar el llamado a Concurso y remitir a todas las Entidades federadas un juego de Bases y Anexos. d) Evacuar según el procedimiento que establezcan las Bases, las preguntas o aclaraciones que formulen, en forma anónima, los participantes. e) Solicitar a la Federación la remisión de la nómina oficial del Cuerpo de Jurados Nacionales, según el Art. 3./ inc. c) del presente Reglamento, y con ella elaborar una nómina que será utilizada para la elección o sorteo de los Jurados. Cumplido esto remitir a la Federación un informe donde consten los nombres de los jurados electos o sorteados. f) Recibir por interpósita persona los trabajos presentados asegurando mediante una clave el anonimato de los participantes y redactar un informe dando cuenta de los trabajos recibidos, de los rechazados y observados. g) Convocar al Jurado, entregarle los trabajos y el informe a que alude el inciso anterior y participar de la reunión

8. anexos | 115


con facultades para emitir opinión sobre la interpretación de las Bases por parte de los participantes, velando para que se cumplan todas las disposiciones obligatorias. h) Suscribir conjuntamente con el Jurado el Acta del Fallo, señalando, si es el caso, las discrepancias que pudiera tener, y comunicar el resultado del Concurso al promotor, a la Federación, a la Entidad organizadora, a los ganadores y a la prensa. i) Se establece una inhabilitación especial a los miembros de los Cuerpos de Asesores de las Entidades federadas de participar en calidad de tales en concursos no auspiciados por la Federación.

viii - de los jurados art. 25. Para ser Jurado de la Federación es condición ser Arquitecto y socio activo o vitalicio o matriculado de alguna Entidad adherida, con dos años de antigüedad como tal y acreditar tener cinco años en el título. art. 26. El Jurado de todo concurso organizado o patrocinado por la Federación estará integrado, como mínimo por representantes: de la Federación; de la Entidad organizadora o patrocinadora; del Promotor, preferentemente arquitectos; y de los Participantes. Cuando el tema lo requiera podrán formar parte del Jurado especialistas en determinadas materias. art. 27. El Jurado constituido elegirá un Presidente y otorgará los premios mediante el voto directo de sus miem-

116 | federación argentina de entidades de arquitectos

bros por simple mayoría. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto. Todos los Jurados designados serán nominativos e inamovibles, desde la constitución del Jurado hasta la emisión del fallo, salvo fallecimiento o inhabilitación por razones de salud. art. 28. El Cuerpo de Jurados de Concursos de la Federación estará constituido por representación proporcional de todas las Entidades adheridas, según la siguiente escala: (ver recuadro en pág. siguiente). Y luego se continuará con un representante más por cada 500 socios activos y vitalicios o matriculados. La elección de dichos representantes se realizará con el procedimiento que establezcan los Estatutos de cada Entidad, e inmediatamente se comunicará a la Mesa Ejecutiva de la Federación, a las demás Entidades, la nómina de los designados, con la indicación de sus domicilios y de la fecha de finalización de sus mandatos. Cuando haya sido abierto públicamente un concurso esta nómina se mantendrá hasta su finalización y será la que obtenga el Asesor, luego de solicitar su actualización, aún en el caso de que alguno o todos los integrantes hayan finalizado su mandato. El Cuerpo de Jurados de la Federación sólo estará integrado por los Jurados titulares de cada Entidad, estando facultada ésta para llenar las vacantes con representantes suplentes, ya sea en forma transitoria o definitiva.

socios activos, vitalicios o matriculados

jurado

15 a 50

1

51 a 100

2

101 a 200

3

201 a 300

4

301 a 400

5

401 a 500

6

501 a 600

7

601 a 700

8

701 a 800

9

801 a 900

10

901 a 1000

11

1001 a 1250

12

1251 a 1500

13

1501 a 1750

14

1751 a 2000

15

2001 a 2500

16

2501 a 3000

17

3001 a 3500

18

3501 a 4000

19

4001 a 5000

20

art. 29. En todo Concurso auspiciado por la Federación el representante de ésta será elegido por sorteo, entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, realizado por la Comisión directiva de la Entidad organizadora. Igual criterio se aplicará para la elección de los Jurados que representen a la Entidad organizadora.

El representante de los Participantes será elegido por el voto de los mismos, entre los miembros del Cuerpo de Jurados de la Federación que hayan aceptado su intervención. En caso de establecerse la integración del Jurado con especialistas en determinadas materias, éstos serán designados de común acuerdo entre el Promotor y la Comisión Directiva de la Entidad organizadora. art. 30. Los miembros del Cuerpo de Jurados que participen en un Concurso, o que se encuentren comprendidos en lo previsto en el artículo 15º, comunicarán el hecho con la debida anticipación a los efectos de ser excluidos de la nómina de Jurados de la Federación o de la Entidad organizadora, según corresponda. art. 31. Son deberes y atribuciones del Jurado: a) Aceptar las condiciones de este Reglamento, Bases y Programa del Concurso, como así también respetar las disposiciones obligatorias a que hace referencia el art. 21º.b) Recibir de la Asesoría los trabajos presentados y su informe. c) Visitar el terreno o el sitio donde se realizará la obra del Concurso. d) Estudiar en reunión plenaria las Bases, Programa, Consultas, respuestas y aclaraciones, dictando las normas a que se ajustará su tarea, de manera que se asegura una valoración de todos los trabajos.

8. anexos | 117


con facultades para emitir opinión sobre la interpretación de las Bases por parte de los participantes, velando para que se cumplan todas las disposiciones obligatorias. h) Suscribir conjuntamente con el Jurado el Acta del Fallo, señalando, si es el caso, las discrepancias que pudiera tener, y comunicar el resultado del Concurso al promotor, a la Federación, a la Entidad organizadora, a los ganadores y a la prensa. i) Se establece una inhabilitación especial a los miembros de los Cuerpos de Asesores de las Entidades federadas de participar en calidad de tales en concursos no auspiciados por la Federación.

viii - de los jurados art. 25. Para ser Jurado de la Federación es condición ser Arquitecto y socio activo o vitalicio o matriculado de alguna Entidad adherida, con dos años de antigüedad como tal y acreditar tener cinco años en el título. art. 26. El Jurado de todo concurso organizado o patrocinado por la Federación estará integrado, como mínimo por representantes: de la Federación; de la Entidad organizadora o patrocinadora; del Promotor, preferentemente arquitectos; y de los Participantes. Cuando el tema lo requiera podrán formar parte del Jurado especialistas en determinadas materias. art. 27. El Jurado constituido elegirá un Presidente y otorgará los premios mediante el voto directo de sus miem-

116 | federación argentina de entidades de arquitectos

bros por simple mayoría. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto. Todos los Jurados designados serán nominativos e inamovibles, desde la constitución del Jurado hasta la emisión del fallo, salvo fallecimiento o inhabilitación por razones de salud. art. 28. El Cuerpo de Jurados de Concursos de la Federación estará constituido por representación proporcional de todas las Entidades adheridas, según la siguiente escala: (ver recuadro en pág. siguiente). Y luego se continuará con un representante más por cada 500 socios activos y vitalicios o matriculados. La elección de dichos representantes se realizará con el procedimiento que establezcan los Estatutos de cada Entidad, e inmediatamente se comunicará a la Mesa Ejecutiva de la Federación, a las demás Entidades, la nómina de los designados, con la indicación de sus domicilios y de la fecha de finalización de sus mandatos. Cuando haya sido abierto públicamente un concurso esta nómina se mantendrá hasta su finalización y será la que obtenga el Asesor, luego de solicitar su actualización, aún en el caso de que alguno o todos los integrantes hayan finalizado su mandato. El Cuerpo de Jurados de la Federación sólo estará integrado por los Jurados titulares de cada Entidad, estando facultada ésta para llenar las vacantes con representantes suplentes, ya sea en forma transitoria o definitiva.

socios activos, vitalicios o matriculados

jurado

15 a 50

1

51 a 100

2

101 a 200

3

201 a 300

4

301 a 400

5

401 a 500

6

501 a 600

7

601 a 700

8

701 a 800

9

801 a 900

10

901 a 1000

11

1001 a 1250

12

1251 a 1500

13

1501 a 1750

14

1751 a 2000

15

2001 a 2500

16

2501 a 3000

17

3001 a 3500

18

3501 a 4000

19

4001 a 5000

20

art. 29. En todo Concurso auspiciado por la Federación el representante de ésta será elegido por sorteo, entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, realizado por la Comisión directiva de la Entidad organizadora. Igual criterio se aplicará para la elección de los Jurados que representen a la Entidad organizadora.

El representante de los Participantes será elegido por el voto de los mismos, entre los miembros del Cuerpo de Jurados de la Federación que hayan aceptado su intervención. En caso de establecerse la integración del Jurado con especialistas en determinadas materias, éstos serán designados de común acuerdo entre el Promotor y la Comisión Directiva de la Entidad organizadora. art. 30. Los miembros del Cuerpo de Jurados que participen en un Concurso, o que se encuentren comprendidos en lo previsto en el artículo 15º, comunicarán el hecho con la debida anticipación a los efectos de ser excluidos de la nómina de Jurados de la Federación o de la Entidad organizadora, según corresponda. art. 31. Son deberes y atribuciones del Jurado: a) Aceptar las condiciones de este Reglamento, Bases y Programa del Concurso, como así también respetar las disposiciones obligatorias a que hace referencia el art. 21º.b) Recibir de la Asesoría los trabajos presentados y su informe. c) Visitar el terreno o el sitio donde se realizará la obra del Concurso. d) Estudiar en reunión plenaria las Bases, Programa, Consultas, respuestas y aclaraciones, dictando las normas a que se ajustará su tarea, de manera que se asegura una valoración de todos los trabajos.

8. anexos | 117


e) Interpretar, previo consulta a la Asesoría, las posibles imprecisiones contenidas en las Bases, Programa y Anexos, así como en las respuestas o aclaraciones emitidas por la Asesoría en contestación a las consultas de los Participantes. f) Declarar fuera de Concurso los trabajos en los que no se haya respetado las condiciones obligatorias de las Bases y Programa y los no admitidos según el artículo 24º f).g) Formular juicio crítico de todos los trabajos premiados y de aquéllos que a su juicio así lo merecieran. h) Adjudicar los premios y demás distinciones previstas en las Bases y otorgar menciones honoríficas cuando lo considere conveniente. i) Labrar un acta donde se deje constancia del resultado del Concurso, explicando la aplicación de los incisos d), g) y h); además, si fuera el caso, la aplicación del inciso f). art. 32. Para declarar desierto cualquiera de los premios de un Concurso deberán fundamentarse ampliamente los motivos que determinaron tal medida. No podrá declararse desierto un Concurso si los defectos en los trabajos presentados provienen de fallas de las Bases o Programa. art. 33. El Jurado deberá pronunciar el fallo, que será inapelable, dentro del plazo fijado en las Bases; la votación será nominal, constará en Actas y se publicará en el Boletín de fadea y/o de las Entidades adheridas y en la prensa en general.

118 | federación argentina de entidades de arquitectos

art. 34. Se establece una inhabilitación especial, determinada por el Cuerpo de Jurados del mismo, de participar con tal carácter en los Concursos rechazados por la Federación o que no se ajusten a los lineamientos generales establecidos en este Reglamento, ya sea para concursos abiertos o por invitación.

art. 37. El importe del Primer Premio se considerará un pago a cuenta de los honorarios que pudieran corresponder, fijados por el Colegio o Consejo de la jurisdicción donde se localiza la obra, de acuerdo a sus leyes arancelarias, sean éstos de orden público o de carácter supletorio.

ix - de las retribuciones

art. 38. En los concursos a dos (2) pruebas debe fijarse una remuneración para todos los participantes admitidos a la segunda prueba. Dicho monto será equivalente al 50% del estipulado, para el total de premios, en el art. 36º y será dividido en partes iguales para ser imputado a cada uno de los admitidos en la segunda prueba.

art. 35. El importe de los premios, honorarios correspondientes a Jurados y Asesores y gastos de organización o patrocinio de un Concurso, se fijarán de acuerdo a un valor de obra calculada según costos reales estimados. Este valor, fijado por metro cuadrado, tiene carácter indicativo y lo es al solo efecto de la confección de las Bases. Cuando no se pueda establecer el valor de obra, o cuando éste no guarde relación con la importancia del mismo, los importes de los premios, honorarios y gastos deberán ser justos y compensatorios y serán estimados por la Asesoría y aprobados por la Comisión o Consejo Directivo de la Entidad. art. 36. El costo global de un concurso se estima en 1,2 % del valor de la obra. De ese costo, un 35% será destinado a solventar los honorarios y gastos del Asesor, Jurados y Entidad organizadora; el resto, un 65%, será imputado a los Premios, fijándose para el primero el 30% del costo global.

art. 39. En todo concurso será condición que el Promotor contrate con el Participante, a quien se adjudicó el Primer Premio, la tarea que dio motivo al concurso, recomendándose que en la etapa posterior participen el o los ganadores del mismo. Igual recomendación ser hará en lo relativo a la Dirección Técnica de la obra. art. 40. En el caso en que el contrato no se formalizara, dentro de los seis (6) meses de fallado el concurso, o que la obra no se realizara dentro del plazo establecido en las Bases, el ganador tendrá derecho a percibir los honorarios correspondientes al nivel de estudio del Concurso y del que habría recibido a cuenta el importe del Primer Premio.

Asimismo el ganador tendrá derecho a percibir la indemnización arancelaria fijada para los casos de lucro cesante por trabajos contratados y rescindidos unilateralmente. Si firmado el contrato el Promotor decide no hacer el Concurso, deberá abonar los montos equivalentes al trabajo realizado, así como los gastos efectuados por el Asesor y la Entidad. Art. 41. Los honorarios que correspondan a cada uno de los Jurados de un Concurso se tomarán como unidad de medida para establecer los demás honorarios, que, con carácter indicativo, serán: - Asesor: cinco (5) veces el honorario de cada Jurado. - Entidad Organizadora: siete (7) veces dicho honor rio, pudiendo reducirse en un 25% para Concursos de pequeña escala y aumentarse hasta un 50% en Concursos Internacionales. - Entidad Patrocinadora: tres (3) veces el honorario de cada Jurado. - Federación: dos (2) veces el honorario de cada Jurado. art. 42. Cuando en un Concurso se presentaran más de cincuenta trabajos, el honorario de cada Jurado se incrementará en un 1% por cada trabajo adicional, fuera del costo total del concurso. En los concursos a dos pruebas, los honorarios del Asesor podrán incrementarse en un 25% y los de los Jurados en un 50%.

8. anexos | 119


e) Interpretar, previo consulta a la Asesoría, las posibles imprecisiones contenidas en las Bases, Programa y Anexos, así como en las respuestas o aclaraciones emitidas por la Asesoría en contestación a las consultas de los Participantes. f) Declarar fuera de Concurso los trabajos en los que no se haya respetado las condiciones obligatorias de las Bases y Programa y los no admitidos según el artículo 24º f).g) Formular juicio crítico de todos los trabajos premiados y de aquéllos que a su juicio así lo merecieran. h) Adjudicar los premios y demás distinciones previstas en las Bases y otorgar menciones honoríficas cuando lo considere conveniente. i) Labrar un acta donde se deje constancia del resultado del Concurso, explicando la aplicación de los incisos d), g) y h); además, si fuera el caso, la aplicación del inciso f). art. 32. Para declarar desierto cualquiera de los premios de un Concurso deberán fundamentarse ampliamente los motivos que determinaron tal medida. No podrá declararse desierto un Concurso si los defectos en los trabajos presentados provienen de fallas de las Bases o Programa. art. 33. El Jurado deberá pronunciar el fallo, que será inapelable, dentro del plazo fijado en las Bases; la votación será nominal, constará en Actas y se publicará en el Boletín de fadea y/o de las Entidades adheridas y en la prensa en general.

118 | federación argentina de entidades de arquitectos

art. 34. Se establece una inhabilitación especial, determinada por el Cuerpo de Jurados del mismo, de participar con tal carácter en los Concursos rechazados por la Federación o que no se ajusten a los lineamientos generales establecidos en este Reglamento, ya sea para concursos abiertos o por invitación.

art. 37. El importe del Primer Premio se considerará un pago a cuenta de los honorarios que pudieran corresponder, fijados por el Colegio o Consejo de la jurisdicción donde se localiza la obra, de acuerdo a sus leyes arancelarias, sean éstos de orden público o de carácter supletorio.

ix - de las retribuciones

art. 38. En los concursos a dos (2) pruebas debe fijarse una remuneración para todos los participantes admitidos a la segunda prueba. Dicho monto será equivalente al 50% del estipulado, para el total de premios, en el art. 36º y será dividido en partes iguales para ser imputado a cada uno de los admitidos en la segunda prueba.

art. 35. El importe de los premios, honorarios correspondientes a Jurados y Asesores y gastos de organización o patrocinio de un Concurso, se fijarán de acuerdo a un valor de obra calculada según costos reales estimados. Este valor, fijado por metro cuadrado, tiene carácter indicativo y lo es al solo efecto de la confección de las Bases. Cuando no se pueda establecer el valor de obra, o cuando éste no guarde relación con la importancia del mismo, los importes de los premios, honorarios y gastos deberán ser justos y compensatorios y serán estimados por la Asesoría y aprobados por la Comisión o Consejo Directivo de la Entidad. art. 36. El costo global de un concurso se estima en 1,2 % del valor de la obra. De ese costo, un 35% será destinado a solventar los honorarios y gastos del Asesor, Jurados y Entidad organizadora; el resto, un 65%, será imputado a los Premios, fijándose para el primero el 30% del costo global.

art. 39. En todo concurso será condición que el Promotor contrate con el Participante, a quien se adjudicó el Primer Premio, la tarea que dio motivo al concurso, recomendándose que en la etapa posterior participen el o los ganadores del mismo. Igual recomendación ser hará en lo relativo a la Dirección Técnica de la obra. art. 40. En el caso en que el contrato no se formalizara, dentro de los seis (6) meses de fallado el concurso, o que la obra no se realizara dentro del plazo establecido en las Bases, el ganador tendrá derecho a percibir los honorarios correspondientes al nivel de estudio del Concurso y del que habría recibido a cuenta el importe del Primer Premio.

Asimismo el ganador tendrá derecho a percibir la indemnización arancelaria fijada para los casos de lucro cesante por trabajos contratados y rescindidos unilateralmente. Si firmado el contrato el Promotor decide no hacer el Concurso, deberá abonar los montos equivalentes al trabajo realizado, así como los gastos efectuados por el Asesor y la Entidad. Art. 41. Los honorarios que correspondan a cada uno de los Jurados de un Concurso se tomarán como unidad de medida para establecer los demás honorarios, que, con carácter indicativo, serán: - Asesor: cinco (5) veces el honorario de cada Jurado. - Entidad Organizadora: siete (7) veces dicho honor rio, pudiendo reducirse en un 25% para Concursos de pequeña escala y aumentarse hasta un 50% en Concursos Internacionales. - Entidad Patrocinadora: tres (3) veces el honorario de cada Jurado. - Federación: dos (2) veces el honorario de cada Jurado. art. 42. Cuando en un Concurso se presentaran más de cincuenta trabajos, el honorario de cada Jurado se incrementará en un 1% por cada trabajo adicional, fuera del costo total del concurso. En los concursos a dos pruebas, los honorarios del Asesor podrán incrementarse en un 25% y los de los Jurados en un 50%.

8. anexos | 119


x - de las penalidades art. 43. La Entidad Organizadora o Patrocinadora de un Concurso deberá informar de su realización a la Mesa Ejecutiva de la Federación y en caso de incumplimiento de esto será pasible de sanción pecuniaria, equivalente a un número de sus cuotas societarias -entre una y doce- según la gravedad de la mora en informar. La sanción deberá ser aplicada por la Comisión Directiva de la Federación. art. 44. La Federación rechazará aquellos Concursos en los que se contravienen los principios de la ética o el libre ejercicio profesional. En tales casos, está vedado a los socios o matriculados de las Entidades Federadas participar en dichos Concursos, aplicándose sanciones disciplinarias a través del Jurado de Ética o Tribunal de Disciplina de la Entidad correspondiente, a quienes no dieran cumplimiento a esta disposición. Los sancionados no podrán presentarse a Concursos organizados por Entidad adherida a la Federación mientras dure dicha sanción. art. 45. Los miembros de Cuerpos de Jurados o Asesores están inhabilitados de participar con tal carácter, en cualquiera de los dos roles, en Concursos rechazados por la Federación, tal lo previsto en el artículo 34º. En caso de incumplimiento quedarán de hecho inhabilitados permanentemente para desempeñarse en tal carácter, haciéndose pasibles, además, a las sanciones que la Federación o la Entidad correspondiente decidiera aplicarles.

120 | federación argentina de entidades de arquitectos

art. 46. Si del reclamo previsto en el art. 16º sobre la actuación de Jurados o Asesores, surge su validez, la Mesa Ejecutiva de la Federación remitirá el caso al Cuerpo de Ética o Tribunal de Disciplina de la Entidad de origen, para que se determine la sanción que corresponda. art. 47. Ningún participante podrá reclamar ante el Promotor, ni recurrir a propaganda alguna, que trate de desvirtuar el fallo, desprestigiar a los miembros del Jurado, o a la Asesoría, o a los demás participantes. Quienes transgredieran lo establecido serán pasibles de las sanciones que correspondan, previo intervención del Jurado de Ética, o Tribunal de Disciplina de la Entidad que actúe como organizadora o promotora del concurso. art. 48. El miembro del Cuerpo de Jurados que no diera respuesta en dos concursos, siempre y cuando no intervenga en ellos en calidad de Participante, y se negara a asumir su rol de Jurado, será separado del Cuerpo por la Mesa Ejecutiva de la Federación, hasta la finalización de su mandato. art. 49. Todos los fallos de los Cuerpos de Ética o Tribunales de Disciplina relacionados con concursos serán comunicados a la Federación, la que creará un registro permanente de sancionados y propiciará su difusión.

xi. de las formalidades art. 50. Todos los trabajos que se presenten en un Concurso auspiciado por la Federación se ajustarán, en líneas generales, a las siguientes normas: a) Tanto los trabajos como los sobres o envolturas que los contengan no podrán tener ninguna indicación que los identifique. b) Los participantes no podrán revelar la identidad de sus trabajos ni mantener comunicaciones referentes al Concurso con miembros del Jurado, la Asesoría o el Promotor, salvo en la forma establecida en las Bases. c) Con cada trabajo los participantes entregarán un sobre cerrado, en cuyo exterior escribirá el nombre del arquitecto por el que vota para representarlo en el Jurado. En su interior llevará otro sobre, sin inscripción alguna, conteniendo una declaración jurada manifestando que el trabajo presentado es su obra personal, concebida por él y dibujada bajo su inmediata dirección; también figurará el nombre y domicilio del autor, título, Entidad a la que pertenece, número de matrícula profesional y de asociado y fecha de matriculación. d) Al recibir los trabajos la Asesoría entregará un recibo numerado y preparará una clave secreta para identificar los trabajos por medio de otro número o letra, desconocido para el participante, con el que se señalará el trabajo y el sobre. Esta clave será conservada en sobre cerrado por la Asesoría hasta el momento de la adjudicación de los premios.

e) La recepción de los trabajos se efectuará en las sedes de todas las Entidades federadas, designadas por la Asesoría, el mismo día y con el mismo horario y según el siguiente procedimiento: 1. Se confeccionará un recibo por triplicado constando la cantidad de elementos componentes del trabajo, que se enumerará de elementos componentes del trabajo, que se enumerará correlativamente a partir del número uno (1). El original será para el participante, el duplicado para el Asesor, adjuntando el sobre correspondiente, y el triplicado para la Entidad receptora. 2. El número del recibo se escribirá con lápiz, sobre los elementos presentados. 3. Vencido el plazo de presentación, se labrará un acta de recepción por duplicado, indicando la cantidad de trabajos, los elementos que componen cada uno y los votos emitidos para elegir Jurado. El original se enviará a la Asesoría. 4. Inmediatamente a la recepción de los trabajos serán enviados a la Asesoría, con los duplicados de los recibos y del Acta de recepción, convenientemente embalados. 5. Una vez recibidos todos los trabajos, la Asesoría preparará la clave secreta para identificación de los mismos, efectuará el escrutinio del Jurado que representará a los participantes y realizará el sorteo de los demás Jurados, en acto público.

8. anexos | 121


x - de las penalidades art. 43. La Entidad Organizadora o Patrocinadora de un Concurso deberá informar de su realización a la Mesa Ejecutiva de la Federación y en caso de incumplimiento de esto será pasible de sanción pecuniaria, equivalente a un número de sus cuotas societarias -entre una y doce- según la gravedad de la mora en informar. La sanción deberá ser aplicada por la Comisión Directiva de la Federación. art. 44. La Federación rechazará aquellos Concursos en los que se contravienen los principios de la ética o el libre ejercicio profesional. En tales casos, está vedado a los socios o matriculados de las Entidades Federadas participar en dichos Concursos, aplicándose sanciones disciplinarias a través del Jurado de Ética o Tribunal de Disciplina de la Entidad correspondiente, a quienes no dieran cumplimiento a esta disposición. Los sancionados no podrán presentarse a Concursos organizados por Entidad adherida a la Federación mientras dure dicha sanción. art. 45. Los miembros de Cuerpos de Jurados o Asesores están inhabilitados de participar con tal carácter, en cualquiera de los dos roles, en Concursos rechazados por la Federación, tal lo previsto en el artículo 34º. En caso de incumplimiento quedarán de hecho inhabilitados permanentemente para desempeñarse en tal carácter, haciéndose pasibles, además, a las sanciones que la Federación o la Entidad correspondiente decidiera aplicarles.

120 | federación argentina de entidades de arquitectos

art. 46. Si del reclamo previsto en el art. 16º sobre la actuación de Jurados o Asesores, surge su validez, la Mesa Ejecutiva de la Federación remitirá el caso al Cuerpo de Ética o Tribunal de Disciplina de la Entidad de origen, para que se determine la sanción que corresponda. art. 47. Ningún participante podrá reclamar ante el Promotor, ni recurrir a propaganda alguna, que trate de desvirtuar el fallo, desprestigiar a los miembros del Jurado, o a la Asesoría, o a los demás participantes. Quienes transgredieran lo establecido serán pasibles de las sanciones que correspondan, previo intervención del Jurado de Ética, o Tribunal de Disciplina de la Entidad que actúe como organizadora o promotora del concurso. art. 48. El miembro del Cuerpo de Jurados que no diera respuesta en dos concursos, siempre y cuando no intervenga en ellos en calidad de Participante, y se negara a asumir su rol de Jurado, será separado del Cuerpo por la Mesa Ejecutiva de la Federación, hasta la finalización de su mandato. art. 49. Todos los fallos de los Cuerpos de Ética o Tribunales de Disciplina relacionados con concursos serán comunicados a la Federación, la que creará un registro permanente de sancionados y propiciará su difusión.

xi. de las formalidades art. 50. Todos los trabajos que se presenten en un Concurso auspiciado por la Federación se ajustarán, en líneas generales, a las siguientes normas: a) Tanto los trabajos como los sobres o envolturas que los contengan no podrán tener ninguna indicación que los identifique. b) Los participantes no podrán revelar la identidad de sus trabajos ni mantener comunicaciones referentes al Concurso con miembros del Jurado, la Asesoría o el Promotor, salvo en la forma establecida en las Bases. c) Con cada trabajo los participantes entregarán un sobre cerrado, en cuyo exterior escribirá el nombre del arquitecto por el que vota para representarlo en el Jurado. En su interior llevará otro sobre, sin inscripción alguna, conteniendo una declaración jurada manifestando que el trabajo presentado es su obra personal, concebida por él y dibujada bajo su inmediata dirección; también figurará el nombre y domicilio del autor, título, Entidad a la que pertenece, número de matrícula profesional y de asociado y fecha de matriculación. d) Al recibir los trabajos la Asesoría entregará un recibo numerado y preparará una clave secreta para identificar los trabajos por medio de otro número o letra, desconocido para el participante, con el que se señalará el trabajo y el sobre. Esta clave será conservada en sobre cerrado por la Asesoría hasta el momento de la adjudicación de los premios.

e) La recepción de los trabajos se efectuará en las sedes de todas las Entidades federadas, designadas por la Asesoría, el mismo día y con el mismo horario y según el siguiente procedimiento: 1. Se confeccionará un recibo por triplicado constando la cantidad de elementos componentes del trabajo, que se enumerará de elementos componentes del trabajo, que se enumerará correlativamente a partir del número uno (1). El original será para el participante, el duplicado para el Asesor, adjuntando el sobre correspondiente, y el triplicado para la Entidad receptora. 2. El número del recibo se escribirá con lápiz, sobre los elementos presentados. 3. Vencido el plazo de presentación, se labrará un acta de recepción por duplicado, indicando la cantidad de trabajos, los elementos que componen cada uno y los votos emitidos para elegir Jurado. El original se enviará a la Asesoría. 4. Inmediatamente a la recepción de los trabajos serán enviados a la Asesoría, con los duplicados de los recibos y del Acta de recepción, convenientemente embalados. 5. Una vez recibidos todos los trabajos, la Asesoría preparará la clave secreta para identificación de los mismos, efectuará el escrutinio del Jurado que representará a los participantes y realizará el sorteo de los demás Jurados, en acto público.

8. anexos | 121


art. 51. Los sobres correspondientes a los trabajos premiados serán abiertos por la Asesoría una vez adjudicados los premios, y en presencia del Jurado, de representantes del Promotor y de la Entidad Organizadora. Si el contenido de algún sobre no se encuadra en lo establecido en las Bases el trabajo será declarado fuera de Concurso, por lo que el Jurado procederá a realizar una nueva adjudicación, conservando el orden establecido en el fallo.

art. 55. El trabajo clasificado en primer lugar pasa a ser propiedad del Promotor, quien no podrá utilizar otro anteproyecto premiado sin expreso convenio con el autor del mismo. En todos los casos el autor conserva el derecho de repetición, salvo que las Bases estipulen lo contrario.

art. 52. En los Concursos a dos pruebas la comunicación con los Participantes en la segunda prueba se hará por interpósita persona, sirviendo como clave el número de recibo correspondiente. Los sobres que contengan los nombres de los Participantes no se abrirán hasta después del fallo definitivo.

visto: Que el art. 29°) del Reglamento de Concursos de fadea expresa que «En todo concurso auspiciado por la Federación el representante de ésta será elegido por sorteo, entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, realizado por la Comisión Directiva de la Entidad organizadora….»; y

art. 53. Luego de pronunciado el fallo, todos los trabajos admitidos al Concurso serán expuestos públicamente. Los trabajos premiados y los que a criterio del Jurado sean de interés se expondrán juntamente con el juicio crítico correspondiente, emitido por el Jurado.

xii - de la propiedad intelectual art. 54. Los autores de los trabajos presentados conservan los derechos de propiedad intelectual, conforme a las garantías previstas por las leyes y reglamentaciones vigentes. Los trabajos no sufrirán alteración alguna, sin el consentimiento del autor.

122 | federación argentina de entidades de arquitectos

resolución 03/09 Santiago del Estero, 19 de Junio de 2009

La Comisión Directiva de la Federación Argentina de Entidades Arquitectos resuelve: Art. 1°) En los Concursos auspiciados por la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos el Jurado representante de la misma será elegido por sorteo entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, por fuera de la entidad organizadora y a llevarse a cabo ante la Comisión Directiva del Colegio sede de la Mesa Ejecutiva de fadea, su Presidencia y/o Secretaria de Concursos de fadea. Art. 2°) La presente Resolución tiene carácter modificatorio del art. 29) del Reglamento de Concursos de fadea. Art. 3°) Comuníquese a todas las entidades de fadea y archívese.

considerando: Que es una postura histórica de la Federación que la Mesa Ejecutiva o en quien la misma delegue sea la encargada de elegir el Jurado por sorteo entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, procedimiento que garantiza la transparencia de elección de Jurados que participan en todo concurso (Entidad Organizadora, Participantes y fadea); Que es necesario adoptar un criterio uniforme para todos los Concursos;

8. anexos | 123


art. 51. Los sobres correspondientes a los trabajos premiados serán abiertos por la Asesoría una vez adjudicados los premios, y en presencia del Jurado, de representantes del Promotor y de la Entidad Organizadora. Si el contenido de algún sobre no se encuadra en lo establecido en las Bases el trabajo será declarado fuera de Concurso, por lo que el Jurado procederá a realizar una nueva adjudicación, conservando el orden establecido en el fallo.

art. 55. El trabajo clasificado en primer lugar pasa a ser propiedad del Promotor, quien no podrá utilizar otro anteproyecto premiado sin expreso convenio con el autor del mismo. En todos los casos el autor conserva el derecho de repetición, salvo que las Bases estipulen lo contrario.

art. 52. En los Concursos a dos pruebas la comunicación con los Participantes en la segunda prueba se hará por interpósita persona, sirviendo como clave el número de recibo correspondiente. Los sobres que contengan los nombres de los Participantes no se abrirán hasta después del fallo definitivo.

visto: Que el art. 29°) del Reglamento de Concursos de fadea expresa que «En todo concurso auspiciado por la Federación el representante de ésta será elegido por sorteo, entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, realizado por la Comisión Directiva de la Entidad organizadora….»; y

art. 53. Luego de pronunciado el fallo, todos los trabajos admitidos al Concurso serán expuestos públicamente. Los trabajos premiados y los que a criterio del Jurado sean de interés se expondrán juntamente con el juicio crítico correspondiente, emitido por el Jurado.

xii - de la propiedad intelectual art. 54. Los autores de los trabajos presentados conservan los derechos de propiedad intelectual, conforme a las garantías previstas por las leyes y reglamentaciones vigentes. Los trabajos no sufrirán alteración alguna, sin el consentimiento del autor.

122 | federación argentina de entidades de arquitectos

resolución 03/09 Santiago del Estero, 19 de Junio de 2009

La Comisión Directiva de la Federación Argentina de Entidades Arquitectos resuelve: Art. 1°) En los Concursos auspiciados por la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos el Jurado representante de la misma será elegido por sorteo entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, por fuera de la entidad organizadora y a llevarse a cabo ante la Comisión Directiva del Colegio sede de la Mesa Ejecutiva de fadea, su Presidencia y/o Secretaria de Concursos de fadea. Art. 2°) La presente Resolución tiene carácter modificatorio del art. 29) del Reglamento de Concursos de fadea. Art. 3°) Comuníquese a todas las entidades de fadea y archívese.

considerando: Que es una postura histórica de la Federación que la Mesa Ejecutiva o en quien la misma delegue sea la encargada de elegir el Jurado por sorteo entre los integrantes de su Cuerpo de Jurados, procedimiento que garantiza la transparencia de elección de Jurados que participan en todo concurso (Entidad Organizadora, Participantes y fadea); Que es necesario adoptar un criterio uniforme para todos los Concursos;

8. anexos | 123


convenio matrícula de aceptación recíproca nacional cláusulas y condiciones - reglamentación federación argentina de entidades de arquitectos Sección Argentina de la Unión Internacional de Arquitectos. Sección Nacional de la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos. Entre las Entidades de Ley, de las provincias de Córdoba, Santiago del Estero, San Juan, Tucumán, Santa Fe, Mendoza, Jujuy, Río Negro, Salta, San Luis, Neuquén, La Rioja, Entre Ríos, Catamarca, Corrientes y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representadas en este acto por los funcionarios legitimados a suscribirlos de cada una de las jurisdicciones citadas, se celebra el presente convenio nacional de aceptación recíproca de matriculas para actuar en el ámbito provincial y federal sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

primero: El presente «convenio nacional de aceptación recíproca de matrículas» tiene por objeto autorizar el ejercicio profesional de los arquitectos matriculados en la respectiva jurisdicción Provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras provincias o jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la Entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional.

segundo: A los fines de posibilitar la gestión de los matriculados en cada jurisdicción, las mismas se com-

124 | federación argentina de entidades de arquitectos

prometen a compatibilizar sus sistemas de registro de matrícula. A tal fin y en conformidad a sus respectivas Leyes las Entidades exigirán como requisitos mínimos de matriculación: a) Presentar título oficial original de Universidad Pública, Privada o equivalente, certificado por el Ministerio de Educación de la Nación, con las debidas legalizaciones. b) Exhibir documento nacional de identidad y entregar fotocopia de la/s hoja/s donde consten datos de identidad y el domicilio electoral nacional. c) Cumplimentar el pago de aportes y contribuciones institucionales, previsionales y asistenciales, establecidos en sus respectivas normas y leyes.

tercero: El arquitecto que se acoja al presente Convenio deberá presentar ante la Entidad de Destino: a) Certificado de Matriculación vigente y libre de sanciones disciplinarias, administrativas o éticas que no impidan la labor profesional, otorgado por la Entidad de Origen; b) Certificación de encontrarse al día con el pago de todo aporte y contribución que correspondiere en la Entidad de Origen.

cuarto: Los arquitectos a partir del día de la fecha de la firma de este acuerdo, deberán matricularse en la Entidad que corresponda a su domicilio electoral. Si se registrara un cambio de domicilio posterior, deberán matricularse en la jurisdicción de su nuevo domicilio. Los arquitectos

que al momento de la firma del Convenio estén matriculados en varias Entidades y que quieran acogerse al presente convenio deberán mantener la matriculación en la Entidad donde se registre el domicilio electoral.

quinto: Los arquitectos se obligan a cumplir los compromisos administrativos, del ejercicio profesional y habilitación, éticas y previsionales así como cualquier otra disposición legal que reglamente el ejercicio profesional en la Entidad de Destino y de los convenios de reciprocidad que con la entidad de origen dan tener, las que declara conocer y aceptar comprometiéndose a respetarlas. En caso de incurrir en faltas y/o infracciones, la instrucción de la causa se hará en la jurisdicción donde las mismas ocurrieren.

sexto: En materia de responsabilidad profesional, los

quienes deberán registrar los antecedentes y cumplir con los imperativos legales que correspondan.

octavo: En caso de renuncia o cancelación de la Matrícula o suspensión voluntaria en la habilitación para el ejercicio profesional que deberá formalizarse en la jurisdicción de Origen; ésta deberá comunicar dentro de las 48 horas de producido, a las Entidades Adheridas, en forma fehaciente y sus efectos tendrán aplicación obligatoria y simultánea.

noveno: Las Entidades signatarias exigirán a los arquitectos que se acojan al régimen establecido en el presente, el pago anticipado de la Matrícula o Habilitación Anual en la Entidad de origen, cuyo importe y actualización serán los que fije cada Entidad.

arquitectos quedarán sujetos a la competencia, fueros y jurisdicciones de aplicación de la Entidad de Destino, lugar de ejecución de su tarea profesional.

décimo: La Entidad de Destino otorgará al arquitecto

séptimo: En caso de que un profesional cometa trans-

vigencia por 1 (un) año y caducará automáticamente, la renovación se realizará conforme a lo establecido en el presente. La Entidad de Destino, podrá informar de tal situación, a la Caja de Previsión de su jurisdicción. La baja correspondiente será responsabilidad exclusiva del matriculado.

gresiones éticas o disciplinarias será juzgado por el tribunal con competencia en la jurisdicción donde se cometió la trasgresión. La Entidad competente y legitimada, en caso de aplicar sanciones, deberá comunicar dentro de las 48 horas contadas a partir de la respectiva sanción, a las Entidades adheridas y de modo fehaciente, en el marco del sistema de Reciprocidad, la sentencia,

una Certificación y/o carnet o documento habilitante.

decimoprimero: La Matrícula Interprovincial tendrá

8. anexos | 125


convenio matrícula de aceptación recíproca nacional cláusulas y condiciones - reglamentación federación argentina de entidades de arquitectos Sección Argentina de la Unión Internacional de Arquitectos. Sección Nacional de la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos. Entre las Entidades de Ley, de las provincias de Córdoba, Santiago del Estero, San Juan, Tucumán, Santa Fe, Mendoza, Jujuy, Río Negro, Salta, San Luis, Neuquén, La Rioja, Entre Ríos, Catamarca, Corrientes y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representadas en este acto por los funcionarios legitimados a suscribirlos de cada una de las jurisdicciones citadas, se celebra el presente convenio nacional de aceptación recíproca de matriculas para actuar en el ámbito provincial y federal sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

primero: El presente «convenio nacional de aceptación recíproca de matrículas» tiene por objeto autorizar el ejercicio profesional de los arquitectos matriculados en la respectiva jurisdicción Provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras provincias o jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la Entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional.

segundo: A los fines de posibilitar la gestión de los matriculados en cada jurisdicción, las mismas se com-

124 | federación argentina de entidades de arquitectos

prometen a compatibilizar sus sistemas de registro de matrícula. A tal fin y en conformidad a sus respectivas Leyes las Entidades exigirán como requisitos mínimos de matriculación: a) Presentar título oficial original de Universidad Pública, Privada o equivalente, certificado por el Ministerio de Educación de la Nación, con las debidas legalizaciones. b) Exhibir documento nacional de identidad y entregar fotocopia de la/s hoja/s donde consten datos de identidad y el domicilio electoral nacional. c) Cumplimentar el pago de aportes y contribuciones institucionales, previsionales y asistenciales, establecidos en sus respectivas normas y leyes.

tercero: El arquitecto que se acoja al presente Convenio deberá presentar ante la Entidad de Destino: a) Certificado de Matriculación vigente y libre de sanciones disciplinarias, administrativas o éticas que no impidan la labor profesional, otorgado por la Entidad de Origen; b) Certificación de encontrarse al día con el pago de todo aporte y contribución que correspondiere en la Entidad de Origen.

cuarto: Los arquitectos a partir del día de la fecha de la firma de este acuerdo, deberán matricularse en la Entidad que corresponda a su domicilio electoral. Si se registrara un cambio de domicilio posterior, deberán matricularse en la jurisdicción de su nuevo domicilio. Los arquitectos

que al momento de la firma del Convenio estén matriculados en varias Entidades y que quieran acogerse al presente convenio deberán mantener la matriculación en la Entidad donde se registre el domicilio electoral.

quinto: Los arquitectos se obligan a cumplir los compromisos administrativos, del ejercicio profesional y habilitación, éticas y previsionales así como cualquier otra disposición legal que reglamente el ejercicio profesional en la Entidad de Destino y de los convenios de reciprocidad que con la entidad de origen dan tener, las que declara conocer y aceptar comprometiéndose a respetarlas. En caso de incurrir en faltas y/o infracciones, la instrucción de la causa se hará en la jurisdicción donde las mismas ocurrieren.

sexto: En materia de responsabilidad profesional, los

quienes deberán registrar los antecedentes y cumplir con los imperativos legales que correspondan.

octavo: En caso de renuncia o cancelación de la Matrícula o suspensión voluntaria en la habilitación para el ejercicio profesional que deberá formalizarse en la jurisdicción de Origen; ésta deberá comunicar dentro de las 48 horas de producido, a las Entidades Adheridas, en forma fehaciente y sus efectos tendrán aplicación obligatoria y simultánea.

noveno: Las Entidades signatarias exigirán a los arquitectos que se acojan al régimen establecido en el presente, el pago anticipado de la Matrícula o Habilitación Anual en la Entidad de origen, cuyo importe y actualización serán los que fije cada Entidad.

arquitectos quedarán sujetos a la competencia, fueros y jurisdicciones de aplicación de la Entidad de Destino, lugar de ejecución de su tarea profesional.

décimo: La Entidad de Destino otorgará al arquitecto

séptimo: En caso de que un profesional cometa trans-

vigencia por 1 (un) año y caducará automáticamente, la renovación se realizará conforme a lo establecido en el presente. La Entidad de Destino, podrá informar de tal situación, a la Caja de Previsión de su jurisdicción. La baja correspondiente será responsabilidad exclusiva del matriculado.

gresiones éticas o disciplinarias será juzgado por el tribunal con competencia en la jurisdicción donde se cometió la trasgresión. La Entidad competente y legitimada, en caso de aplicar sanciones, deberá comunicar dentro de las 48 horas contadas a partir de la respectiva sanción, a las Entidades adheridas y de modo fehaciente, en el marco del sistema de Reciprocidad, la sentencia,

una Certificación y/o carnet o documento habilitante.

decimoprimero: La Matrícula Interprovincial tendrá

8. anexos | 125


decimosegundo: Las Entidades signatarias, se obli-

decimosexto: En prueba de conformidad de lo acor-

gan a brindar la más amplia información, expedir certificaciones, constancias y todas las gestiones y/o trámites que se acuerden dentro del marco del presente Convenio.

dado, los representantes de los Colegios que suscriben, reafirman y declaran que el contenido del presente reafirma la autonomía provincial, el sistema federal y el reconocimiento a las regiones que establece la Constitución Nacional reformada en 1994. A tal efecto, los representantes de la Entidades firman el 3 de Marzo de 2006, en la sede del Colegio de Arquitectos del Neuquén.

decimotercero: Los matriculados en las Entidades no firmantes de este convenio deberán pagar en concepto de habilitación diferencial a la Entidad de Destino un importe igual al que establece la Entidad de Origen.

decimocuarto: Este Convenio se rige, asimismo, por la Reglamentación que, como anexo único, forma parte del mismo.

decimoquinto: El presente Convenio entrará en vigencia a los treinta días de la firma del presente convenio por periodo de dos (2) años, y a partir de esta última se renovará automáticamente, por periodos de dos (2) años, siempre que las partes no lo denuncien fehacientemente con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento.

decimosexto: Las entidades que no han suscripto el presente convenio, pueden adherirse al mismo con posterioridad, legitimadas conforme sus respectivas disposiciones legales para el otorgamiento de las matrículas para el ejercicio profesional de la arquitectura en sus jurisdicciones, notificando a los signatarios del presente en forma fehaciente y al domicilio legal de las respectivas entidades firmantes consignadas al pie de la presente.

126 | federación argentina de entidades de arquitectos

anexo único - reglamentación convenio matrícula de aceptación recíproca nacional artículo 1°: La Entidad de Origen otorgará al profesional que lo solicite un Certificado de Matriculación vigente, que tendrá una validez de treinta (30) días, suscripto por sus autoridades, y en el que constará como mínimo: 1. Apellido y nombre del profesional. 2. Domicilio real. 3. Número de Matrícula profesional. 4. Certificación de encontrarse vigente su matriculación y no estar inhabilitado por sanciones disciplinarias, éticas o administrativas. 5. Certificación de encontrarse al día con los aportes de Ley (matrícula anual, cuota de ejercicio profesional). artículo 2°: Dentro de los quince (15) días de renovadas sus autoridades, las Entidades informan a las otras entidades firmantes las personas autorizadas a firmar la referida Certificación.

artículo 3°: La Entidad de Destino, para habilitar al profesional matriculado en la Entidad de Origen, le exigirá: 1. Certificación del artículo 1° de esta Reglamentación. 2. Documento de identidad. 3. La fijación de domicilio especial en la jurisdicción de destino. artículo 4°: La Entidad de Destino impondrá al profesional que solicita su habilitación la Legislación y Reglamentos vigentes en su jurisdicción. Los arquitectos suscribirán una Declaración Jurada, por la que se someterán a la Jurisdicción del Colegio de Destino, en todo lo referente a disposiciones administrativas, de ejercicio profesional y éticas. En caso de infracciones la instrucción de la causa se hará en la jurisdicción donde las mismas ocurrieren. artículo 5°: La Entidad de Destino exceptuará al profesional que solicita su habilitación del pago de la Matrícula Anual, como así también de requisitos exigidos al inscribirse en su Entidad de Origen y que no formen parte del presente Convenio y Reglamento. artículo 6°: El profesional «habilitado» no podrá en la Entidad de Destino: 1. Elegir autoridades de la Entidad. 2. Integrar Asambleas. 3. Participar en listas para integrar cuerpos orgánicos

artículo 7°: Las Entidades signatarias abrirán un Registro de Habilitados, en el que se indicará el número de Matrícula de la Entidad de destino, precedido por la sigla «MIP» (Matrícula Interprovincial) y la identificación de la Entidad de origen. Esta identificación se repetirá en la Certificación y o camét que expida la Entidad de Destino. artículo 8°: Los Certificados de Matriculación vigente, detallados en el artículo 1°, serán numerados por la Entidad otorgante y confeccionados por triplicado, siendo el Original para el profesional solicitante, el Duplicado enviado inmediatamente a la Entidad de Destino y el Triplicado archivado por la Entidad de Origen. artículo 9°: El profesional pagará en la Entidad de Destino los aportes correspondientes para la tramitación y registro de expedientes. artículo 10°: Las entidades se comprometen, durante la vigencia del convenio, a estudiar la equiparación de los importes de matriculación y habilitación. Constituyendo domicilio cada una de ellas en sus respectivas sedes centrales que figuran en el Anexo 1. En la ciudad de Cipolletti, provincia de Río Negro, con fecha 04 de marzo de 2011, se firman dos ejemplares.

8. anexos | 127


decimosegundo: Las Entidades signatarias, se obli-

decimosexto: En prueba de conformidad de lo acor-

gan a brindar la más amplia información, expedir certificaciones, constancias y todas las gestiones y/o trámites que se acuerden dentro del marco del presente Convenio.

dado, los representantes de los Colegios que suscriben, reafirman y declaran que el contenido del presente reafirma la autonomía provincial, el sistema federal y el reconocimiento a las regiones que establece la Constitución Nacional reformada en 1994. A tal efecto, los representantes de la Entidades firman el 3 de Marzo de 2006, en la sede del Colegio de Arquitectos del Neuquén.

decimotercero: Los matriculados en las Entidades no firmantes de este convenio deberán pagar en concepto de habilitación diferencial a la Entidad de Destino un importe igual al que establece la Entidad de Origen.

decimocuarto: Este Convenio se rige, asimismo, por la Reglamentación que, como anexo único, forma parte del mismo.

decimoquinto: El presente Convenio entrará en vigencia a los treinta días de la firma del presente convenio por periodo de dos (2) años, y a partir de esta última se renovará automáticamente, por periodos de dos (2) años, siempre que las partes no lo denuncien fehacientemente con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento.

decimosexto: Las entidades que no han suscripto el presente convenio, pueden adherirse al mismo con posterioridad, legitimadas conforme sus respectivas disposiciones legales para el otorgamiento de las matrículas para el ejercicio profesional de la arquitectura en sus jurisdicciones, notificando a los signatarios del presente en forma fehaciente y al domicilio legal de las respectivas entidades firmantes consignadas al pie de la presente.

126 | federación argentina de entidades de arquitectos

anexo único - reglamentación convenio matrícula de aceptación recíproca nacional artículo 1°: La Entidad de Origen otorgará al profesional que lo solicite un Certificado de Matriculación vigente, que tendrá una validez de treinta (30) días, suscripto por sus autoridades, y en el que constará como mínimo: 1. Apellido y nombre del profesional. 2. Domicilio real. 3. Número de Matrícula profesional. 4. Certificación de encontrarse vigente su matriculación y no estar inhabilitado por sanciones disciplinarias, éticas o administrativas. 5. Certificación de encontrarse al día con los aportes de Ley (matrícula anual, cuota de ejercicio profesional). artículo 2°: Dentro de los quince (15) días de renovadas sus autoridades, las Entidades informan a las otras entidades firmantes las personas autorizadas a firmar la referida Certificación.

artículo 3°: La Entidad de Destino, para habilitar al profesional matriculado en la Entidad de Origen, le exigirá: 1. Certificación del artículo 1° de esta Reglamentación. 2. Documento de identidad. 3. La fijación de domicilio especial en la jurisdicción de destino. artículo 4°: La Entidad de Destino impondrá al profesional que solicita su habilitación la Legislación y Reglamentos vigentes en su jurisdicción. Los arquitectos suscribirán una Declaración Jurada, por la que se someterán a la Jurisdicción del Colegio de Destino, en todo lo referente a disposiciones administrativas, de ejercicio profesional y éticas. En caso de infracciones la instrucción de la causa se hará en la jurisdicción donde las mismas ocurrieren. artículo 5°: La Entidad de Destino exceptuará al profesional que solicita su habilitación del pago de la Matrícula Anual, como así también de requisitos exigidos al inscribirse en su Entidad de Origen y que no formen parte del presente Convenio y Reglamento. artículo 6°: El profesional «habilitado» no podrá en la Entidad de Destino: 1. Elegir autoridades de la Entidad. 2. Integrar Asambleas. 3. Participar en listas para integrar cuerpos orgánicos

artículo 7°: Las Entidades signatarias abrirán un Registro de Habilitados, en el que se indicará el número de Matrícula de la Entidad de destino, precedido por la sigla «MIP» (Matrícula Interprovincial) y la identificación de la Entidad de origen. Esta identificación se repetirá en la Certificación y o camét que expida la Entidad de Destino. artículo 8°: Los Certificados de Matriculación vigente, detallados en el artículo 1°, serán numerados por la Entidad otorgante y confeccionados por triplicado, siendo el Original para el profesional solicitante, el Duplicado enviado inmediatamente a la Entidad de Destino y el Triplicado archivado por la Entidad de Origen. artículo 9°: El profesional pagará en la Entidad de Destino los aportes correspondientes para la tramitación y registro de expedientes. artículo 10°: Las entidades se comprometen, durante la vigencia del convenio, a estudiar la equiparación de los importes de matriculación y habilitación. Constituyendo domicilio cada una de ellas en sus respectivas sedes centrales que figuran en el Anexo 1. En la ciudad de Cipolletti, provincia de Río Negro, con fecha 04 de marzo de 2011, se firman dos ejemplares.

8. anexos | 127


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.