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Federación de Empresarios del Comercio de la Región de Murcia

BOLETIN SEMANAL – 13/05

Murcia, a 4 de octubre de 2013.

Calle Acisclo Díaz, 5C, 3ª planta. Edif. CROEM. 30005. Murcia (MURCIA)  Tlf. 968 27 50 73  Fax 968 27 40 84  @ fecom@fecom.es  CIF G30482970

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NOTICAS FECOM Constitución del Servicio de Prevención Mancomunado de FECOM EL COMERCIO EN LA REGION Resumen de la reunión del Consejo Asesor del Comercio Decrece el número de autónomos en el comercio de la región NACIONAL Alegaciones de la CEC y ANGED a la Propuesta de Reglamento sobre las tasas de intercambio para operaciones de pago basadas en una tarjeta Índice de Confianza del Consumidor – Septiembre 2013 La nueva Ley de Emprendedores AYUDAS Y SUBVENCIONES Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio NUESTRAS ASOCIACIONES ACLA – IV Outlet en Los Alcázares Asoc. Comerciantes e Industriales de Aguilas – V Outlet en Aguilas

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Constitución del Servicio de Prevención Mancomunado de FECOM. El pasado día 2 de octubre se puso en marcha el Servicio de Prevención Mancomunado gestionado por la federación. Desde el mismo, se prestará servicio a todas las asociaciones o asociados que lo

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soliciten en cuanto organización preventiva de las empresas, a un precio muy por debajo del de mercado. Para solicitar presupuesto, sólo debes cumplimentar el formulario de esta noticia. En estos días ya se han adherido diversas empresas, con el consiguiente ahorro que esto supone (de entorno 300€/año). Si quieres más información, puedes solicitarla en FECOM.

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Resumen de la reunión del Consejo Asesor del Comercio. A través del Plan de Dinamización del Comercio Minorista para el periodo 2014-­‐2020

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el Gobierno autonómico busca impulsar, modernizar y mejorar la capacidad de crecimiento del sector, según se expuso en la reunión del Consejo Asesor del pasado martes 1 de octubre. El Consejero de Industria, Empresa e Innovación, D. José Ballesta, informó sobre la convocatoria a nivel estatal de líneas de financiación por importe de 28,6 millones de euros para la creación y modernización de comercios, junto con otras ayudas, como el programa mentoring de fomento y promoción del comercio electrónico, dotado con algo menos de 600.000 euros para la Región de Murcia. Otros temas tratados fue la situación del proyecto de Ley de Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, así como el calendario de días de libre apertura para el año 2014, que queda como sigue: FECHA

DIA

DESCRIPCION

05-­‐enero

Domingo

Víspera de reyes y 1er domingo rebajas

12-­‐enero

Domingo

Primer día rebajas (grandes superficies)

17-­‐abril

Jueves

4-­‐mayo

Domingo

Día de la madre

8-­‐junio

Domingo

Víspera de la Comunidad

6-­‐julio

Domingo

Primer domingo de rebajas

1-­‐noviembre

Sábado

Día de Todos los Santos

6-­‐diciembre

Sábado

Día Constitución / Puente Inmaculada

Jueves Santo

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FECHA

DIA

DESCRIPCION

7-­‐diciembre

Domingo

Primer domingo de diciembre

14-­‐diciembre

Domingo

Segundo domingo de diciembre

21-­‐diciembre

Domingo

Tercer domingo de diciembre

28-­‐diciembre

Domingo

Último domingo de diciembre

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Decrece el número de autónomos en el comercio de la región. La semana pasada ya avanzábamos el descenso de las ventas en el comercio de entorno al 7%. El efecto directo de este hecho es que durante el mes de agosto, 136 autónomos del sector comercio se dieron de baja. No debemos de dejar de pensar que, en la Región de Murcia, el 30% de los autónomos están vinculados al sector comercio.

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Alegaciones de la CEC y ANGED a la Propuesta de Reglamento sobre las tasas de intercambio para operaciones de pago basadas en una tarjeta. La Confederación Española de Comercio (CEC) , así como la Asociación Nacional de

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Grandes Empresas de la Distribución (ANGED) valoran muy positivamente la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las tasas de intercambio para operaciones de pago basadas en una tarjeta, por diversas razones; pero fundamentalmente porque supone que se va a obligar a los Sistemas de Medios de Pago a reducir las tasas de intercambio que vienen aplicando y que éstos siempre se han negado a reducir voluntariamente, haciéndolo solo cuando los comerciantes les han denunciado ante las autoridades de defensa de la competencia o los tribunales, nacionales o comunitarios. Ampliamos más esta noticia a través de la circular remitida por la CEC.

Índice de Confianza del Consumidor – Septiembre 2013. El ICC del mes de septiembre se sitúa en 69’8, lo que supone una subida de 1’2 puntos, en línea con el crecimiento que se viene produciendo en los últimos meses. Podéis ampliar la noticia a través de la circular de la CEC adjunta.

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La nueva Ley de Emprendedores (los puntos clave que debes conocer). Autónomos de responsabilidad limitada. La Ley crea la figura del autónomo de responsabilidad limitada. A través de ésta los autónomos podrán dejar al margen de su responsabilidad por la titularidad de un negocio si vivienda habitual, siempre que el valor de ésta no supere los 300.000 euros, en el caso de viviendas situadas en población de más de un millón de habitantes se

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aplicará un coeficiente del 1,5 al valor de la misma. Para que tenga efecto esta responsabilidad limitada el autónomo deberá inscribir en el Registro Mercantil los datos del inmueble. A partir de ese momento el autónomo deberá hacer constar en todo su documentación su condición de “Emprendedor de Responsabilidad Limitada” indicando sus datos fiscales (nombre, apellidos y NIF) acompañados de las siglas ERL. Además, para mantener su condición, deberá depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil en el plazo de seis meses desde el cierre del ejercicio. Transcurrido este plazo, si no se hubiera procedido al registro, el autónomo perderá esta calificación. Los trámites necesarios para la inscripción registral del Emprendedor de Responsabilidad Limitada se podrán realizar desde el Punto de Atención al Emprendedor, mediante el sistema de tramitación telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE). De este modo, la inscripción tanto en el Registro Mercantil como en el Registro de la Propiedad podrá efectuarse en unas 12 horas hábiles. Se crean dos nuevos tipos societarios. Se crean dos nuevos tipos de sociedad, la sociedad limitada de formación sucesiva y las miniempresas o empresas de estudiantes. La sociedades limitadas de formación sucesiva se crearán sin necesidad de realizar la aportación de la totalidad del capital social. Sigue siendo obligatorio que éstas tengan un capital social mínimo de tres mil euros, pero en el momento de constituirse Calle Acisclo Díaz, 5C, 3ª planta. Edif. CROEM. 30005. Murcia (MURCIA)  Tlf. 968 27 50 73  Fax 968 27 40 84  @ fecom@fecom.es  CIF G30482970

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podrán hacerlo con una cantidad inferior. Eso sí, en caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender al pago de sus obligaciones, los socios y los administradores de la sociedad responderán solidariamente del desembolso del capital mínimo. En cuanto a las miniempresas, o empresas de estudiantes, se crean como un elemento educativo pero que podrá participar de todo tipo de actividad profesional o empresarial como el resto de empresas. Todavía falta por crear el marco normativo que regule su funcionamiento, en cuanto a su fiscalidad y obligaciones contables, pero

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sí se conoce que estas empresas tendrán una duración limitada a un curso escolar prorrogable a un máximo de dos cursos escolares y deberán liquidarse al final del año escolar presentando el correspondiente acta de liquidación y disolución. IVA de caja. Se establece el sistema por el cual se podrá declarar el IVA según el criterio de caja, al cobro y pago de las facturas y no según la fecha de emisión. Este sistema será voluntario, entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y los que quieran acogerse al mismo deberán comunicarlo como fecha límite el 31 de diciembre del ejercicio anterior, aquellos que opten por el mismo deberán permanecer en él durante tres ejercicios. El hecho de que un obligado tributario se acoja al criterio de caja obligará al cliente o proveedor implicado en la operación a aplicar ese mismo criterio en el tratamiento fiscal de las facturas que se originen en la misma, independientemente de que este último no haya optado por este criterio fiscal. Sólo podrán acogerse al régimen de caja las empresas con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros anuales y siempre que sus cobros en efectivo respecto de un mismo destinatario y durante el año natural no superen los 100.000 euros. Quienes opten por este sistema deberán incluir en los libros registro de facturas emitidas y recibidas las fechas del cobro o pago, parcial o total, de la operación, con indicación por separado del importe correspondiente, en cada caso y la cuenta bancaria o del medio de cobro utilizado, que pueda acreditar el cobro o pago parcial o total de la operación.

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Además se establece una fecha tope para declarar las facturas en las operaciones que funcionen bajo el criterio de caja, de tal manera que éstas no podrán quedar pendientes de un ejercicio para el siguiente y habrá que declararse antes del 31 de diciembre, aunque a esta fecha no hubieran sido pagadas. Bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social. Se establece una bonificación de las cuotas de la Seguridad Social para los autónomos en pluriactividad, de tal manera que aquellos que estén cotizando simultáneamente en Régimen General, por estar trabajando por cuenta ajena, y en autónomos, por tener

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una actividad empresarial o profesional, tendrán una bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante dieciocho meses y del 75% otros dieciocho meses más. Se extiende la bonificación para las nuevas altas de autónomos para los mayores de treinta años. Todos aquellos que causen alta en el RETA a partir del 30 de septiembre y que no hubieran cotizado en este régimen en los cinco años anteriores se beneficiarán de una deducción del 80% de la cuota por la base mínima durante los seis primeros meses, del 50% los seis meses siguientes y del 30% otros seis meses más. Por supuesto esta bonificación no será de aplicación para los autónomos en pluriactividad, que estarán sujetos al sistema que hemos comentado antes. Simplificación de trámites. Se crean los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) que se encargarán de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial. Serán oficinas pertenecientes a organismos públicos y privados, incluidas las notarías, así como puntos virtuales de información y tramitación telemática de solicitudes. A través de los PAE los emprendedores podrán obtener toda la información y formularios necesarios para el acceso a la actividad y su ejercicio; podrán presentar toda la documentación y solicitudes necesarias; conocer el estado de tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesado y, en su caso, recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución de los Calle Acisclo Díaz, 5C, 3ª planta. Edif. CROEM. 30005. Murcia (MURCIA)  Tlf. 968 27 50 73  Fax 968 27 40 84  @ fecom@fecom.es  CIF G30482970

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mismos por el órgano administrativo competente y obtendrán toda la información sobre las ayudas, subvenciones y otros tipos de apoyo financiero disponibles para la actividad económica de que se trate en el Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales. La Ley establece la simplificación de determinados trámites para rebajar la carga administrativa de las pymes. Las empresas con un único centro de trabajo y hasta veinticinco trabajadores podrán asumir directamente la prevención de riesgos laborales.

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La Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas, de oficio y sin necesidad de solicitud de alta, un Libro de Visitas electrónico por cada uno de sus centros de trabajo, en el que los funcionarios actuantes, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación. Visados y autorizaciones de residencia para inversores y emprendedores extranjeros. Se crea un procedimiento para la concesión de permisos de residencia, por razones de interés económico, a inversores que realicen una aportación económica significativa o destinada a proyectos empresariales considerados y acreditados como de interés general. También a emprendedores que promuevan una actividad de carácter innovador con especial interés económico, que ayuden a la creación de empleo o cuando el perfil profesional del solicitante o el plan de negocio supongan un valor añadido para la economía española. Igualmente a profesionales de alta cualificación o a extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional. Negociación extrajudicial de deudas. El deudor que se encuentre en situación de insolvencia o que prevea que no podrá cumplir regularmente con sus obligaciones puede, en lugar de solicitar la Calle Acisclo Díaz, 5C, 3ª planta. Edif. CROEM. 30005. Murcia (MURCIA)  Tlf. 968 27 50 73  Fax 968 27 40 84  @ fecom@fecom.es  CIF G30482970

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declaración de concurso, iniciar un nuevo procedimiento de negociación extrajudicial de deudas que se sustancia ante un registrador mercantil o un notario, el cual se limita a designar a un mediador concursal, que impulsa la avenencia y asegura que se cumplan los requisitos de publicación y publicidad registral necesarios. El procedimiento fracasa cuando no se alcanza un acuerdo o cuando el mediador constata el incumplimiento. En estos casos, el procedimiento sirve de tránsito al concurso. La reforma incluye también la exoneración de deudas residuales del deudor persona

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física en los casos de liquidación del patrimonio del deudor que, declarado en concurso, directo o consecutivo, no hubiere sido declarado culpable de la insolvencia, y siempre que quede un umbral mínimo del pasivo satisfecho. Apoyos fiscales por reinversión de beneficios. Las empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica. Será aplicable ya a beneficios que se generen en periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2013. En torno a 385.000 empresas de reducida dimensión y personas físicas podrán ahorrarse 600 millones de euros en 2014. En cuanto a los incentivos fiscales a través de la innovación empresarial, se permite que las deducciones por I+D+i que puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones, que garantiza a los empresarios que van a poder recuperar sus inversiones en I+D. Se empezará aplicar ya a los gastos e inversiones en I+D realizados en 2013, pudiéndose cobrar en 2015. Incentivos fiscales por financiación. Con el objeto de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes de contribuyentes, se establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los “business angels”, o de las personas interesadas en aportar solo capital para el inicio de una actividad o “capital semilla“:

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-­‐Deducción del 20% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad. La base máxima de la deducción será de veinte mil euros anuales. -­‐Exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación. Contratación pública. Se modifica el art. 59.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el

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que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que queda redactado de la siguiente forma: “1. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que estén interesados en formar las Uniones a las que se refiere el párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, que especificará esta circunstancia”. Fomento a la internacionalización. Se perfecciona el marco regulatorio de las cédulas de internacionalización y se crea un nuevo instrumento, los “bonos de internacionalización”, con el fin de añadir mayor flexibilidad a la emisión de títulos que tengan como cobertura préstamos vinculados a la internacionalización.

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Además, incorpora un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia, por lo que se facilita y agiliza la concesión de permisos de residencia, por razones de interés económico, a través de un procedimiento ágil y rápido, ante

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una única autoridad.

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Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio. Se han publicado recientemente en el BOE, las ayudas del ICO para comercio minorista 2013, así como las ayudas del fondo de comercio interior. Ambas líneas están destinadas a facilitar proyectos de inversión, promoción y

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refinanciación del pequeño comercio en todo el territorio español, contando con un presupuesto próximo a los 29 millones de euros. El plazo para la presentación de solicitudes para el fondo de comercio interior, concluye el próximo 15 de octubre, mientras que para la línea ICO comercio minorista 2013, concluye el 16 de diciembre. Las entidades donde se pueden presentar estas solicitudes son Banco Sabadell, BBVA, Unicaja, CAJAMAR y Banco Mare Nostrum. Para más información puedes contactar telefónicamente con el ICO en el teléfono gratuito 900 121 121 o visitar su página web www.ico.es. También puedes ampliar información a través de FECOM. LINEA ICO COMERCIO INTERIOR

LINEA ICO COMERCIO MINORISTA

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Asociación

de

Comerciantes

de

Los

Alcázares IV feria Outlet en el Paseo Real de la Feria, del 11 al 13 de octubre, coincidiendo con la celebración del día del Caldero del sábado 12 de octubre y con la celebración del 30

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aniversario de la autonomía municipal de Los Alcázares. Durante los tres días de feria habrá talleres infantiles e interesantes descuentos en los establecimientos participantes.

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Asociación de Comerciantes e Industriales de Aguilas. El próximo día 10 de octubre, a las 17h, se inaugurará el V Outlet de Aguilas, innovando este año dado que se ha ampliado la temática del mismo, abarcando este año stands de ocio, turismo, culturales y de actividades infantiles. El mismo permanecerá abierto al público el jueves día 10, de 17h a 22h, y desde el

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viernes 11 al domingo 13, de 10h a 12’30h y de 16’30h a 22h.

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