DIPLOM MADO EN ACTTIVIDADES DE ALTO RIESG GO Convenio Uniminutto – HSE Consultores S.A.SS. Módulo 1 –– Trabajo en A Alturas Unidad temáticaa A1 – 1.5 – M Medidas de prevención contra caidas Elaborado por: Ing. Industrial. E.S.O Alexander M Mesa R.
INTR RODUCCION
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Como vimos en laa unidad antterior, el priimer paso es la identificcación de lo os peligros y la osterior a esto e es neccesario adop ptar medidaas de contrrol, valoraación de loss riesgos, po primero en la fuen nte o el med dio, antes dee intervenir aal trabajadorr. Las medidas de prevención p s aquellass implementadas para “evitar” o “advertir” son “ una caída antes de qu ue esta ocurrra, estas intervienen dirrectamente en la fuentee del peligro o o el med dio principalmente. Esta unidad u brind dara al estudiante los requisitos r esstablecidos en la resolu ución 1409 de 2012 acerca a de laas medidas de d prevención a implem mentar en su sitio de trrabajo cuando exista riesgo de caaída de perso onas u objettos.
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1. MEDIDAS DE PREVENCION CAPACITACION : toda actividad realizada en una empresa o institución autorizada, para responder a sus necesidades, con el objetivo de preparar el talento humano mediante un proceso en el cual el participante comprende, asimila, incorpora y aplica conocimientos, habilidades, destrezas que lo hacen competente para ejercer sus labores en el puesto de trabajo.
Centro de entrenamiento HSE Consultores www.hseconsultores.com SISTEMAS DE INGENIERIA: Son aquellos sistemas relacionados con cambios o modificación en el diseño, montaje, construcción, instalación, puesta en funcionamiento, para eliminar o mitigar el riesgo de caída. Se refiere a todas aquellas medidas tomadas para el control en la fuente, desde aquellas actividades destinadas a evitar el trabajo en alturas o la subida del trabajador, hasta la implementación de mecanismos que permitan menor tiempo de exposición. Tales sistemas deben estar documentados y fundamentados dentro del Subprograma de Protección contra Caídas del Programa de Salud Ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG‐SST. MEDIDAS COLECTIVAS: Son todas aquellas actividades dirigidas a informar o demarcar la zona de peligro y evitar una caída de alturas o ser lesionado por objetos que caigan. Estas medidas, previenen el acercamiento de los trabajadores o de terceros a las zonas de peligro de caídas, sirven como barreras informativas y corresponden a medidas de control en el medio. Su selección como medida preventiva e implementación dependen del tipo de actividad económica y de la viabilidad técnica de su utilización en el medio y según la tarea específica a realizar. ‐
DELIMITACION DEL AREA: Medida de prevención que tiene por objeto limitar el área o zona de peligro de caída del trabajador y prevenir el acercamiento de este a la zona de caída.
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LINEA DE ADVERTENCIA: Es una medida de prevención de caídas que demarca un área en la que se puede trabajar sin un sistema de protección. Consiste en una línea de acero, cuerda, cadena u otros materiales
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SEÑALIZACION DEL AREA: Es una medida de prevención que incluye entre otros, avisos informativos que indican con letras o símbolos gráficos el peligro de caída de personas y objetos.
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BARANDAS: Medida de prevención constituida por estructuras que se utilizan como medida informativa o de restricción. Pueden ser portátiles o fijas y también, ser permanentes o temporales según la tarea que se desarrolle.
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CONTROL DE ACCESO: Es una medida de prevención que por medio de mecanismos operativos o administrativos, controla el acceso a la zona de peligro de caída.
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MANEJO DE DESNIVELES Y ORIFICIOS (HUECOS): Es una medida preventiva por medio de la cual se demarcan, señalizan y/o cubren orificios (huecos) o desniveles que se encuentran en la superficie donde se trabaja o camina.
Imagen tomada de : http://strongfoundation.ca/wp‐content/uploads/2012/10/caisson1.jpg
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En estructuras, cuando se diseñen sistemas para tránsito entre desniveles se deben utilizar medidas que permitan la comunicación entre ellos, disminuyendo el riesgo de caída, tales como rampas con un ángulo de inclinación de 15° a 3 0°, o escaleras con medida mínima de huella y de contrahuella según su ángulo de inclinación.
AYUDANTE DE SEGURIDAD: Se podrá asignar un ayudante de seguridad como medida complementaria a las medidas anteriormente enunciadas, con el fin de ayudar a advertir y controlar los peligros y riesgos que se identifiquen en el sitio donde se desarrollen trabajos en alturas.
Imagen tomada de: https://www.urbe.edu/estudios/extension/images/Diplo‐Seg‐Hig‐Amb.jpg
PERMISO DE TRABAJO: El permiso de trabajo en alturas es un mecanismo que mediante la verificación y control previo de todos los aspectos relacionados en la presente resolución, tiene como objeto prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de trabajos en alturas. Este permiso de trabajo debe ser emitido para trabajos ocasionales definidos por el coordinador de trabajo en alturas para los efectos de la aplicación de la presente resolución y puede ser diligenciado, por el trabajador o por el empleador y debe ser revisado y verificado en el sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas.
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