





Información de referencia


Una de las obligaciones insoslayables de esta Fiscalía General del Estado de Guanajuato (FGEG) como organismo autónomo encargado de la investigación y persecución del delito es diseñar, implementar y evaluar su Programa de Procuración de Justicia (PPJ), el cual debe integrarse con base en el contexto y necesidades estatales, de lo que puedan derivarse estrategias o políticas públicas que afiancen el quehacer institucional conforme a su particular ámbito de competencia.1
El cumplimiento pleno a ese mandato se significa en el presente documento, pues su contenido encuadra con el ingente propósito de su índole, en cuanto que dispone el rumbo que, en términos generales, conlleva el análisis del entorno, la identificación de prioridades, así como de retos específicos, con el objeto de enderezar soluciones atinentes para erigir las líneas de trabajo que se impulsan al interior de la FGEG como parte de una cultura de innovación y mejora continua.
De ese ejercicio permanente de creatividad institucional han surgido las modificaciones al PPJ que, como principal instrumento de planeación y gestión, genera pábulo referencial para la definición constante, en la medida de la pertinencia, de nuevos proyectos, metas, acciones e indicadores, para ser contenidos en éste o en otros instrumentos de gestión, pero vinculados en una liga indisoluble de correspondencia, de forma tal que, con ese bagaje metodológico, se pueda hacer frente categórico a los desafíos propios de esta instancia, con una visión de largo alcance, cuyo horizonte se orienta al año 2028.
Lo anterior, en consideración a que esta FGEG se distingue por su capacidad de adaptación a los cambios que en los patrones delictivos se acontecen de manera regular, pues se entiende que el fenómeno criminal es multifactorial en su causas y multidimensional en sus efectos, de ahí su alta
complejidad de abordaje, lo que únicamente puede tejerse por el través de la generación de más y mejores esquemas de servicio, así como de desarrollos científicos, técnicos y tecnológicos para la indagación del delito, apoyados con infraestructura y equipamiento de vanguardia operado por personal con alto grado profesional.
Somos una fiscalía con buenas calificaciones en el entorno nacional, a partir de las mediciones que realizan instancias públicas y sociales de distinto orden; sin embargo, ello no conforma, distrae o conmueve, pues se trabaja no por la obtención de reconocimientos, aunque hacemos todo por merecerlos, sino en observancia al compromiso adquirido por una procuración de justicia de excelencia, como ariete principal de una real y efectiva consolidación del Sistema de Justicia Penal (SJP) en el Estado de Guanajuato.
Por eso, arduo y reflexivo trabajo representa el establecimiento de objetivos estratégicos, medibles, alcanzables, realistas y definidos en tiempo, de manera que se puntualice qué se pretende lograr, con liga a estrategias concretas que guíen y den sentido a acciones particulares, orientadas a metas específicas sobre lo que se quiere obtener, siempre pensado en resultados finales sin distracciones en los intermedios.
Así, pues, el instrumento que aquí se representa, para el logro de sus concretos objetivos, se articula ordenadamente en cada uno de los cinco ejes estratégicos que lo conforman, con lo cual se permitirá y facilitará el monitoreo del progreso con respecto a las metas establecidas, a fin de evaluar en dónde nos encontramos y hacía dónde nos dirigimos con el pulso de la repercusión de nuestra labor para hacer tangible de forma clara, puntual y precisa, la contribución que desde la trinchera de la procuración de justicia se hace al Estado de derecho, estandarte de los más altos afanes de cualquier instancia pública que se precie de serlo por dirigir su particular actuación a la satisfacción de necesidades comunitarias, según esfera competencial, constitucional y legal.




El ejercicio de planeación es fundamental en el desempeño y atribuciones de cualquier organización, por supuesto, indispensable y obligatorio para las entidades de gobierno; es así que la FGEG emite la actualización de su PPJ cuya visión permea al año 2028.
Luego de emprender la primera edición del PPJ, cuyo diseño y conformación fue dada en tiempos de contingencia sanitaria (provocada por el COVID-19), para finalmente lograr su publicación en junio del año 2021. Fecha a partir de la que, precisamente, comenzó su implementación.
Transcurridos poco más de dos años de aquello, se impone desplegar un proceso de actualización que permita considerar nuevas realidades y proponga acciones acordes al siempre cambiante entorno, las que se enunciarán como punto de partida en este documento, según a continuación se expone.
En el capítulo I se refleja información de referencia engastada en antecedentes generales de la FGEG, amén de la compilación de los resultados más significativos expuestos anualmente en los cuatro informes de actividades de los años 2019 al 2022. Igual, se hace referencia a la estructura organizacional, filosofía institucional y capacidad operativa significada en esquemas de atención y servicio.
Dentro del capítulo II se demarca la condición situacional que deriva de un contexto vigente y referencias estadísticas acotadas al año 2023, justo, con base en ello, se recapitula
el planteamiento de causas-problema-efectos que inciden en el quehacer institucional. Por otro lado, parte medular de este apartado, es la identificación de los principales retos y prioridades que afronta esta instancia procuradora de justicia, que, en suma, al ser atendidos, delinea el rumbo organizacional con la determinación de objetivos, indicadores y metas.
Parte medular es lo plasmado en el capítulo III, en donde se presentan los avances generales del PPJ al tercer trimestre de 2023, además de los nuevos derroteros que orientarán durante los próximos cuatro años el rumbo de esta Institución. También, se reseña el proceso metodológico empleado para conseguir esta versión, el cual conllevó participación activa de las áreas que conforman esta FGEG, así como del Consejo Externo de Consulta, como representantes de la ciudadanía.
Luego de estas acciones de actualización, el PPJ quedó conformado nuevamente por cinco Ejes Estratégicos, cuya descripción, alcances y contenido son materia principal del presente instrumento.
Finalmente, en el último capítulo se incorporan los mecanismos para la ejecución, seguimiento y evaluación del PPJ, que permitirán medir su cumplimiento para efectos de eventual reorientación, modificación o, de nueva cuenta, actualización; ello, en mérito a su naturaleza como instrumento rector de planeación interna caracterizado por su flexibilidad en la construcción de derroteros orientadores de más y mejores respuestas institucionales al avatar criminal en el estado de Guanajuato.





1.1 Marco jurídico
El marco normativo es el cimiento fundamental en toda institución pública, que establece y determina la razón de ser de los entes públicos del Estado, así las políticas, protocolos, leyes, reglamentos, normas y demás disposiciones jurídicoadministrativas delimitan las responsabilidades y el accionar gubernamental ante la ciudadanía.
En el ámbito de la procuración de justicia, es esencial obedecer los principios jurídicos que rigen el SJP, abarcando desde la norma constitucional y tratados internacionales de derechos humanos (en concordancia con el artículo primero de la Constitución Federal), firmados por el estado mexicano, hasta disposiciones nacionales, generales y locales que regulan la investigación y persecución de los delitos, definiendo las atribuciones del Ministerio Público y sus órganos auxiliares.
A continuación, se enlistan de manera indicativa, aunque no exhaustiva, las principales normativas vigentes del sistema jurídico mexicano que fundamentan la actuación de este organismo procurador de justicia:
Fuente: Elaboración propia.



NORMA FUNDAMENTAL

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
• Código Nacional de Procedimientos Penales
• Ley Nacional de Ejecución Penal
• Ley Nacional de Extinción de Dominio
• Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal
• Ley Nacional del Registro de Detenciones
• Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
• Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza
• Ley de Planeación
• Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
• Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
• Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre Violencia y su Reglamento
• Ley General de Archivos

• Ley General de Contabilidad Gubernamental
• Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y su Reglamento
• Ley General de Mejora Regulatoria
• Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
• Ley General de Responsabilidades Administrativas
• Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
• Ley General de Víctimas
• Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción
• Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
• Ley General en Materia de Delitos Electorales
• Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas
• Ley General en Materia de Prevención, Investigación y Sanción de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
• Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
• Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos









NORMA FUNDAMENTAL DE LA ENTIDAD
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato.
• Código Penal del Estado de Guanajuato
• Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato y su Reglamento
• Ley de Archivos del Estado de Guanajuato
• Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato
• Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato
• Ley de Extinción de Dominio del Estado de Guanajuato
• Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato
• Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con la misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato
• Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato
• Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato
• Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios de Guanajuato
• Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato
• Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato
• Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato
• Ley del Proceso Penal para el Estado de Guanajuato
• Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato
• Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato
• Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato
• Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los municipios de Guanajuato
• Ley para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en el Estado de Guanajuato
• Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Guanajuato
• Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Guanajuato
• Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Discriminación en el Estado de Guanajuato
• Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de Guanajuato
• Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato y su Reglamento


En materia de planeación, el numeral 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone la base normativa del sistema de planeación para el desarrollo nacional:
“Artículo 26.
A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución. El plan nacional de desarrollo considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes sectoriales y regionales.
En el sistema de planeación democrática y deliberativa, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley.
B…” (sic).
En similares términos, se establecen las normas del sistema de planeación del desarrollo del estado de Guanajuato, a través del artículo 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato:
“Artículo 14.
A. El Estado, organizará un Sistema de Planeación Democrática del Desarrollo de la Entidad, mediante la participación de los Sectores Público, Privado y Social.
Tratándose de programas regionales se garantizará la participación de los municipios involucrados.
La Ley establecerá los procedimientos de participación y consulta popular para la planeación.
El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Estatal de Desarrollo y los planes municipales deberán observar dicho principio . B…” (sic).
En sintonía con lo anterior, la Ley de Planeación, como la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, establecen las normas y criterios que marcan la dirección de las instituciones. Este marco proporciona pautas claras a través de un sistema que se materializa en los planes y programas de los diferentes órdenes de gobierno. Éstos contienen los propósitos, estrategias, objetivos, metas, acciones e indicadores a corto, mediano y largo plazo. Su alineación y seguimiento contribuyen al desarrollo tanto a nivel nacional como local, garantizando un progreso ordenado.


Todo lo precedente, es pábulo de la obligación contenida en el artículo 7 fracciones II y IV, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato y su Reglamento Interior, en las que se dispone diseñar y evaluar el “Programa de Procuración de Justicia”, el cual ha de integrarse con base al contexto y necesidades estatales, amén de contener acciones y políticas para la investigación y persecución de los delitos conforme a su ámbito de competencia; a lo que se sumará el operar políticas públicas en la materia, representadas en el presente documento, el cual se destaca por su carácter flexible, permitiendo adaptaciones y modificaciones según sea necesario.
1.2 Antecedentes
Para lograr mayor efectividad en materia de procuración de justicia penal y así preservar el Estado de derecho en la población guanajuatense, la FGEG, continuamente se renueva, es así que, a partir de 2009, se confeccionó interinstitucionalmente un sistema de procuración de justicia penal con nuevos cimientos estructurales en materia corporativa, capaz de ofrecer seguridad jurídica a los particulares priorizando la reparación del daño. Bajo esta premisa, ese año el Congreso del Estado de Guanajuato, ratificó el nombramiento del Mtro. Carlos Zamarripa Aguirre, como nuevo titular de la entonces “Procuraduría General de Justicia”.
En el periodo 2010 – 2016, la forma de procurar e impartir justicia en el Estado migró y adoptó al “nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio”. Con dichas acciones comenzó el proceso de renovación de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en el cual fueron sentadas las bases y competencias de todas las áreas que la integraban, lo anterior, de conformidad con el marco jurídico aplicable.
En este lapso se constituyeron algunas áreas, tales como:

Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Procuraduría General de Justicia (Acuerdo 02/2010)
Subprocuraduría de Atención Integral Especializada (Acuerdo 01/2011)

Unidad Especializada en Extinción de Dominio (Acuerdo 05/2011)

Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales (Acuerdo 01/2012)

Unidad de Atención Integral y Especializada a la Mujer (Acuerdo 02/2012)

Módulos de Atención Primaria (Acuerdo 02/2013)

Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos (Acuerdo 06/2013)

Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Guanajuato (Decreto Gubernativo 68/2014)

Agencia de Investigación Criminal (Acuerdo 01/2014)

Unidades de Atención Integral a las Mujeres (Acuerdo 02/2014)

Unidad Especializada en Combate a la Trata de Personas y Corrupción de Menores (Acuerdo 4/2014)

Unidades Especializadas de Investigación (Acuerdo 04/2015)

Coordinación de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (Acuerdo 08/2016)


Fuente: Elaboración propia.


Un año después, en 20172, el Gobierno del Estado inició la transformación del sistema de procuración de justicia al instituir, mediante el Decreto 202, el artículo 95 en su Constitución Política, aludiendo que el Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General del Estado como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, aunado a que el Procurador General de Justicia que se encontrara en funciones al momento de expedirse la declaratoria de la autonomía, asumiría las funciones de Fiscal General del Estado. En esa anualidad se creó la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (Acuerdo 01/2017).3
En este marco de evolución gradual, en 2019 mediante Decreto 53 publicado en el Periódico Oficial del Estado Núm. 34, se expidió la “Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato” y se declaró formalmente su autonomía. Tal transición implicó rectificar la estructura organizacional y desarrollar estrategias orientadas al fortalecimiento institucional a fin de migrar del Poder Ejecutivo a un ente autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, lo que representó adquirir independencia y libertad de gestión institucional.
Actualmente, la FGEG desarrolla estrategias orientadas al fortalecimiento institucional con el objeto de enfrentar los retos inherentes en la consolidación del SJP en el marco de la adquirida autonomía, prueba de ello es el presente “Programa de Procuración de Justicia”, confeccionado con base al contexto que emana de información estadística y necesidades nacionales y estatales, se erige como el instrumento de planeación estratégica con enfoque de análisis e intervención organizacional diseñado para fortalecer los procesos de gestión y obtención de resultados. A través de éste, se busca identificar y precisar los principales retos y desafíos que afronta el Estado de Guanajuato en materia de procuración de justicia, así como planear y organizar las estrategias para tal fin.
2 Plan Estratégico de Transición. Fiscalía General del Estado de Guanajuato.
3 Acuerdo 01/2017 mediante el cual se creó la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. El documento se puede consultar en: https://periodico.guanajuato.gob.mx/ downloadfile?dir=anio_2017&file=PO%20133%202da_20170814_2209_15.pdf




1.3.
Resultados en materia de procuración de justicia (2019-2022)
La generación de la confianza de la sociedad guanajuatense para con la Institución es una tarea de suma relevancia y permanente atención en la agenda de política interna, por ello, los esfuerzos organizacionales se han direccionado hacia la consolidación de la FGEG como una Institución abierta a las prácticas de transparencia y rendición de cuentas, tanto de manera interna en la evaluación y mejora de los procesos institucionales como al exterior mostrando los resultados logrados en los periodos anuales de ejercicio, esto último reflejado a través de la emisión de los informes anuales de actividades correspondientes a los periodos 2019 - 20224
A través de su entrega y posterior análisis público, la FGEG hace patente el compromiso del diálogo y la apertura en los constitucionales derechos de la ciudadanía a la información, en especial tratándose de la procuración de justicia como un punto de fortalecimiento para el Estado de derecho5
Los resultados con mayor representatividad obtenidos en materia de procuración de justicia han sido los siguientes:

4 Responsabilidad legalmente establecida en los Artículos: 95 (penúltimo párrafo) de la «Constitución Política para el Estado de Guanajuato» y, 16 Frac. II, de la «Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato».
5 Según el Secretario General de las naciones unidas, el estado de derecho puede definirse como «un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos.», disponible para consulta en: https://documents-dds-ny. un.org/doc/UNDOC/GEN/N04/395/32/PDF/N0439532.pdf?OpenElement






























































1.4 Estructura corporativa
Para el cumplimiento oportuno y adecuado de la encomienda que esta FGEG tiene, y bajo los principios rectores que exige la grave responsabilidad de procurar justicia, se ha consolidado una estructura orgánica que responda a las exigencias que demanda la situación imperante en el Estado, bajo un esquema organizacional basado en la especialización, atención y celeridad de los procesos.















Mtro. Carlos Zamarripa Aguirre Fiscal General
OFICINA DEL FISCAL GENERAL


Fiscalías Regionales
A, B, C y D


FR


Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales
FEIDE




Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción
FECC




Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alto Impacto
FEIDAI





Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos
FEMDH






Agencia de Investigación Criminal
AIC




Centro de Justicia para las Mujeres




CJM OIC

Órgano Interno de Control


Dirección General Jurídica
DGJ






Centro de Evaluación y Control de Confianza


Unidad de Administración y Presupuestación Estratégica





Unidad de Planeación y Coordinación Estratégica




Instituto de Formación y de Servicio Profesional de Carrera
UAPE CECC UPCE UT CEC IFSPC





Visitaduaría General
VG


Unidad de Transparencia







Consejo Externo de Consulta




b) Filosofía institucional
La identidad institucional es la carta de presentación de todo organismo, pues constituye uno de los elementos más importantes del proceso de planeación y de la gestión misma, incorpora aspectos que explican la razón de ser, los bienes y servicios a disposición de la población guanajuatense, y aquellos que guían el proceder institucional y que, en suma, conforman la cultura organizacional.









Visión

“Mantenernos entre las mejores fiscalías del País con una evolución de mejora continua en nuestros modelos de atención a la ciudadanía y de investigación ministerial, donde los más altos estándares de eficiencia, eficacia y profesionalidad del personal sean la constante, en conjunto con una infraestructura y una tecnología de vanguardia en actualización permanente.”
Misión
“Investigar y perseguir los delitos con un enfoque científico, a través de un Ministerio Público profesional, autónomo e imparcial, que permita pugnar en todo momento por la eficiencia del sistema de justicia, garantizar el esclarecimiento de los hechos y lograr una justicia pronta, todo, bajo la priorización de la reparación integral del daño a las víctimas del delito, su atención plena y especializada, con perspectiva de género y respeto a los derechos humanos”.

Valores















Principios de actuación:
Toda persona servidora pública de la FGEG, además de las obligaciones contenidas en los artículos 86 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato y, 424 del Reglamento Interior, ambos instrumentos jurídicos de este organismo procurador de justicia, orientará su actuación con base en los principios siguientes: respeto a los derechos humanos, objetividad, honradez, certeza, buena fe, unidad, indivisibilidad, irrevocabilidad, imparcialidad, irrecusabilidad, independencia, legalidad, probidad, profesionalismo, celeridad, eficiencia, eficacia, autonomía, publicidad, transparencia, perspectiva de género.6

La FGEG, en el sentido de promover el profesionalismo y responsabilidad acorde con el puesto que ocupa cada uno de sus integrantes, emitió Código de Ética y Código de Conducta. Importante señalar que en el Código de Ética7, se enderezan principios rectores y valores fundamentales que toda persona servidora pública de la FGEG debe observar.
Principios rectores:
• Autonomía
• Buena fe
• Competencia por mérito
• Debida diligencia
• Disciplina
• Economía
• Eficacia
• Eficiencia
• Enfoque diferencial y especializado
• Equidad
• Gratuidad
• Honradez
• Imparcialidad
• Integridad
• Interés superior de la niñez
• Lealtad
• Legalidad
• Objetividad
• Perspectiva de género
• Probidad
• Profesionalismo
• Rendición de cuentas
• Respeto a los derechos humanos
• Transparencia
6 Artículo 4
7 Publicado el 9 de septiembre de 2022. Disponible en: https://periodico.guanajuato.gob.mx/ downloadfile?dir=anio_2022&file=PO_180_2da_Parte_20220909.pdf



























Valores fundamentales
Compromiso
Interés público
Liderazgo
Innovación
Respeto
Congruencia ética
Cooperación
Honestidad
Equidad de género
Entorno cultural y ecológico
Justicia
Igualdad sustantiva y no discriminación



c) Esquemas de atención y servicio
La organización territorial de las fiscalías regionales obedece a una condición de ubicación estratégica por dimensiones territoriales y fenómeno delictivo imperante, que ha permanecido desde que operaba la otrora PGJEG, lo que se reconoce en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato y se permite su modificación bajo consideraciones de mejor operatividad según lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado. Tal organización contempla lo que a continuación se describe.






Organización territorial de las fiscalías regionales



Fuente: Elaboración propia.
FISCALÍA REGIONAL A
León
Manuel Doblado
Purísima del Rincón
San Francisco del Rincón
FISCALÍA REGIONAL B
Irapuato
Abasolo
Cuerámaro
Huanímaro
Jaral del Progreso
Pénjamo
Pueblo Nuevo
Romita
Salamanca
Silao de la Victoria
Valle de Santiago
FISCALÍA REGIONAL C
Celaya
Acámbaro
Apaseo el Alto
Apaseo el Grande
Coroneo
Cortazar
Jerécuaro
Moroleón
Salvatierra
Santa Cruz de Juventino Rosas
Santiago Maravatío
Tarandacuao
Tarimoro
Uriangato
Villagrán
Yuriria

Sede y municipios que abarcan
FISCALÍA REGIONAL D
San Miguel de Allende
Atarjea
Comonfort
Doctor Mora
Dolores Hidalgo, Cuna de la Independencia Nacional
Guanajuato
Ocampo
San Diego de la Unión
San Felipe
San José Iturbide
San Luis de la Paz
Santa Catarina
Tierra Blanca
Victoria
Xichú
Unidades Especializadas en Investigación
La FGEG en el ejercicio de la fundamental atribución que representa la investigación de los delitos, garantiza ésta a través del esquema operacional de las Unidades Especializadas en Investigación (UNEI) y la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alto Impacto (FEIDAI), donde se diseñan modelos de actuación y mecanismos tendentes a optimizar la capacidad institucional en la persecución e investigación del delito, acordes a la especialización de cada unidad.
En general, las fiscalías regionales cuentan con las siguientes UNEI:

Unidad Especializada en Investigación de Personas Desaparecidas

Unidad Especializada en Investigación de Delitos Patrimoniales








Unidad Especializada en Investigación de Homicidios

Unidad de Investigación de Tramitación Común














Unidad Especializada en Investigación de Robo a Casa Habitación, Industria y Comercio

Unidad de Atención Integral a las Mujeres
Fuente: Elaboración propia.

Por su parte, la FEIDAI, con competencia en los 46 municipios, se integra por las siguientes unidades especializadas:
En Combate al Secuestro;
De Investigación e Inteligencia Patrimonial y Económica;
En Combate a la Trata de Personas y Corrupción de Menores;
En Técnicas e Investigaciones Especializadas;

En Investigación de Asuntos Internos y Tortura; y De Litigación.











Módulos de Atención Primaria (MAP)
De igual modo, para esta instancia procuradora de justicia resulta de máxima importancia potenciar la atención, orientación y canalización de las personas usuarias de servicios ofertados por esta FGEG, mismos que invariablemente deberán ser facilitados de forma ágil, eficaz y con sentido social, por personal calificado y profesional, que se encuentre permanentemente ceñido a los principios que rigen a la Institución del Ministerio Público.
Para brindar atención de calidad y calidez, se ha dispuesto la operación de los MAP, estratégicamente distribuidos a fin de lograr una cobertura estatal.
León

San Miguel de Allende
Irapuato
Salamanca
Hidalgo
Fuente: Elaboración propia.
Con esta estructura, la FGEG se asegura de brindar servicio las 24 horas del día, los 365 días del año.




Servicios digitales
La transformación digital ha tendido puentes que reposicionan la liga activa entre la ciudadanía y las instituciones de procuración de justicia, lo que permite aminorar los tiempos de atención y generar nuevos canales de comunicación al alcance de todos; por ello se han puesto a disposición trámites y servicios públicos a través de aplicaciones diversas:
“Agenda tu cita”: Mediante de una computadora, “tablet” o teléfono inteligente, esta herramienta posibilita que las personas usuarias soliciten atención en alguna agencia del Ministerio Público, lo que permite contar con la reservación de un lugar en horario específico para ser atendidas.
“ProcuraTel”: Servicio telefónico gratuito disponible a través del número 800 DNUNCIA (800 3686242) para realizar reportes de personas desaparecidas y denuncias de robo de vehículo y extorsión.
“ProcuraWeb”: Contiene los servicios concernientes a ubicación de agencia más cercana, denuncia fotográfica, estatus de investigación, números de emergencia, personas desaparecidas, reporte de robo de vehículo y de extorsión, así como para la formulación de quejas y sugerencias.
“ProcuraCel”: A través de un SMS al 477 399 0888, se pueden realizar diversas acciones como ubicar la agencia más cercana, denunciar, contactar servicios de emergencia o conocer el estatus de una investigación.




“ProcurApp”: Conecta la función ministerial con los dispositivos móviles de la ciudadanía; se generaron actualizaciones para que las personas usuarias desde cualquier lugar, puedan realizar diferentes tipos de denuncias:
• Robo de vehículo;
• Extorsión;
• Robo a casa habitación;
• Personas desaparecidas;
• Violencia de género; y
• Denuncia fotográfica.
Como se ha citado, este aplicativo, incluye el módulo de recepción y seguimiento de “denuncias por violencia de género”, que tiene como finalidad proveer a la ciudadanía una herramienta a través de la cual se puedan realizar denuncias sin la necesidad de acudir de manera presencial a alguna oficina del Ministerio Público.
• Emisión de cartas de antecedentes no penales en línea: La carta de antecedentes no penales es uno de los requisitos más frecuentes para la contratación o admisión a instituciones o empresas, con este servicio, desde cualquier computadora se puede ingresar al sitio “Procuraweb” y en minutos se obtiene el documento.






2.1 Comprensión de la condición situacional
Uno de los grandes retos en materia de procuración de justicia es demarcar dónde empieza y dónde termina, en particular, pareciera que la línea que divide el Sistema Nacional de Seguridad Púbica (SNSP)8-y los problemas de seguridad inherentesse difumina cada vez más hasta confundirse con el SJP, tal circunstancia, se ha convertido en una práctica común al relacionar el momento que vive el Estado de Guanajuato, en el ámbito de seguridad pública, obedece al buen, o mal funcionamiento del aparato de justica, cuando el objeto de ambos coexiste en una interdependencia directa9
En este orden de ideas, para contribuir en la clarificación del tema, a través de la siguiente imagen se presenta la estructura del SJP, en ella se citan los diversos actores involucrados en la operación y funcionamiento del sistema en comento:
8 SNSP: es quien sienta las bases de coordinación y distribución de competencias, en materia de seguridad pública, entre la Federación, los Estados y municipios, bajo la directriz del Consejo Nacional de Seguridad Pública. La Información se puede consultar en: https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/ que-es-el-sistema-nacional-de-seguridad-publica
9 La procuración de Justicia cómo Política Pública del Estado Mexicano. Universidad Autónoma de Querétaro. Facultad de Derecho. Maestría en Administración Pública Estatal y Municipal. Tesis. H. Pérez G. Dr. J. Rascado P. Querétaro, Gro. 2020.

Fuente: Elaboración propia con base en información de la página web: https://justicia.segob.gob.mx/es/UASJ/Estructura_del_sistema_de_justicia_penal

El SJP en nuestro país es complejo, se constituye por elementos muy variados que van desde la procuración de justicia, la impartición de justicia y hasta los sistemas penitenciarios, además, se vincula con la política criminal y las estrategias de seguridad; por otro lado, se tiene también, la justicia constitucional como la “justicia cotidiana”, y esta última comprende ámbitos del derecho distintos a la materia penal10
Ahora bien, la procuración de justicia debe ser entendida como la facultad del Estado para investigar y perseguir el delito, esto significa que, una vez cometido un acto delictuoso, el Ministerio Público es la institución facultada y obligada para investigarlo y esclarecerlo, presentar ante los tribunales a los responsables de la comisión del delito y procurar así, la reparación del daño a la persona víctima del delito.
En este tenor, importante es agregar que de 2016 al 2020, en promedio el 95% de las carpetas de investigación que se iniciaron en el país correspondieron al fuero común, mientras que, sólo el 5% al fuero federal11, como puede observarse en la gráfica siguiente:

Fuente: Impunidad Cero, Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías 2021, disponible para consulta en: https://www.impunidadcero.org/uploads/app/articulo/160/ contenido/1649369674T53.pdf
10 El sistema de justicia en México: La tentación de una reforma equivocada. C. Patiño G. Revista del Posgrado en Derecho de la UNAM. Año 7, No. 13. Julio-Diciembre 2020. https://revistaderecho. posgrado.unam.mx/index.php/rpd/article/view/155/264
11 Con base en el análisis emitido por la organización Impunidad cero, «Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías (IEDF) 2021» disponible para consulta en: https://www.impunidadcero.org/ uploads/app/articulo/160/contenido/1649369674T53.pdf































Aun y cuando las instituciones de procuración de justicia se esmeran en implementar buenas prácticas en diversos aspectos como: modelos de investigación, plataformas digitales de denuncia y sistemas informáticos innovadores, efectivos y eficaces, pudiera parecer insuficiente para brindar a las personas víctimas (directas e indirectas) u ofendidas del delito -principales usuarios de los servicios de las instituciones procuradoras de justicia- el servicio esperado, de modo que, en algún momento, exteriorizan su insatisfacción hacia las acciones y/o resultados de la función procuradora de justicia, lo que incide directamente en la opinión pública y en la prevalencia de factores sociales tales como:
• Actitudes o conductas que incentivan la cultura de la no denuncia -Índice de cifra negra-;
• Poca credibilidad en las instituciones de procuración de justicia y el Ministerio Público -Índice de confianza-; y
• Percepción de impunidad -Índice de impunidad-.










De acuerdo con la información reportada en la “Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 202312”, reveló que la cifra negra13 a nivel nacional ha tenido un comportamiento constante pero incremental durante los últimos diez años, no obstante, al paso del tiempo los porcentajes han superado gradualmente el 92.1% referido en 2012, situándolo en el 2022 al 92.4%, lo cual advierte que una alta cantidad de delitos no se denunciaron. De este modo, el INEGI estima que en 2022, a nivel nacional se denunció sólo el 10.9% de los delitos. De ellos, el Ministerio Público inició carpeta de investigación en 69.3% de los casos, lo que equivale al 7.6% del total de los ilícitos.
Para el Estado de Guanajuato, los resultados de la “ENVIPE 202314”, refirieron que obtuvo un 91.9% en cifra negra, valor inferior al 92.4% nacional citado en supra líneas.
La siguiente gráfica muestra la evolución de la cifra negra a nivel nacional y estatal:































GUANAJUATO NACIONAL




































12 Con base en el análisis emitido por el INEGI, «Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023». Disponible para consulta en: https://www.inegi.org.mx/ contenidos/programas/envipe/2023/doc/envipe2023_4_denuncia_delito.pdf
13 Por cifra negra se entiende “actos delictivos que no son reportados ante el Ministerio Público o que no son objeto de una averiguación previa y, por tanto, no figuran en ninguna estadística”. Estructura y Función de la Impunidad en México. Índice Global de Impunidad México 2022. (IGI Mex–2022) J.A. Le Clercq. A.Cháidez. G. Rodríguez. Universidad de las Américas Puebla. San Andrés Cholula, Puebla, México.
14 Con base en el análisis emitido por el INEGI, «Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023». Disponible para consulta en: https://www.inegi.org.mx/ contenidos/programas/envipe/2023/doc/envipe2023_gto.pdf


Como se observa, a partir de 2012 no ha habido un cambio estadísticamente significativo con respecto del año anterior, en ese sentido, las estadísticas delictivas pueden mostrar sólo un ángulo limitado de la criminalidad real, lo que se traduce en la continuidad y estabilidad en la cifra negra, lo que nos dice que tal inactividad se ha anclado como aspecto negativo que ha permanecido indemne.
Asimismo, a nivel nacional, se estimó que los delitos con mayor susceptibilidad a integrarse en los valores de la cifra negra fueron:
















































Fuente: Con base en el análisis emitido por el INEGI, «Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023». Disponible para consulta en: https://www.inegi. org.mx/contenidos/programas/envipe/2023/doc/envipe2023_4_denuncia_delito.pdf
En suma, las razones por las cuales las personas víctimas del delito no denunciaron ante el Ministerio Público un hecho delictivo fueron multifactoriales15, según el contexto cultural o región de que se hable. Es de resaltar que, ello pudo haber sido influenciado si además presentaron características como: discapacidad física o cognitiva; tipo de origen, raza o etnia; condiciones económicas bajas; edad y orientación sexual, cada una con su singularidad, sin embargo, determinantes en la acción de interacción con la justicia penal.
En 2022, para el Estado de Guanajuato16, se denunció el 10.9% del total de los delitos, de los cuales el Ministerio Público inició carpeta de investigación en 74.0% de los casos, esto representó el 8.1% de los mismos.
En complemento a los datos referidos, la “ENVIPE 2023”, presentó las principales razones por las cuales las personas no denunciaron un delito ante el Ministerio Público, son aquellas causas atribuibles a la autoridad en un 59%; entre las principales razones se encuentran: por pérdida de tiempo (31.5%), por desconfianza en la autoridad o instituciones (14.7%) y por trámites largos y difíciles (8.8%) entre otras.
15 Ibídem a la cita anterior.
16 Con base en el análisis emitido por el INEGI, «Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023». El documento se puede consultar en:https://www.inegi.org.mx/ contenidos/programas/envipe/2023/doc/envipe2023_gto.pdf

En cuanto al nivel confianza que tienen las personas hacia las procuradurías y fiscalías, este es factor primordial para forjar legitimidad en las instituciones de procuración de justicia, pues incentiva el acto de la denuncia de aquellas conductas, acciones u omisiones, voluntarias o imprudentes sancionadas por las leyes17. Este factor representa en qué medida la ciudanía considera que las instituciones de procuración de justicia pueden ayudarles a resolver sus conflictos.
Datos de la “ENVIPE 2023”, mostraron que el nivel de percepción de confianza de la sociedad en el Ministerio Público y Fiscalías Estatales (Fiscalías), fue de 58.1% -cifra mayor a la obtenida en 2022 (55.9%)-, mientras que para el Estado de Guanajuato el nivel de confianza hacia el Ministerio Público y FGEG fue de 63.9% -cifra mayor a la obtenida en 2022 (59.9%) En este tenor, cifras del “Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías (IEDF) 202118”, advirtieron que a nivel nacional la FGEG, fue la institución que obtuvo los mayores resultados en los índices de efectividad en la resolución de los casos (37.4%) y probabilidad de esclarecimiento del delito (2.99%).
En términos de incidencia delictiva19 los datos que reportó la “ENVIPE 2023”, respecto a la “Tasa de delitos por cada 100,000 habitantes”, para la población de 18 años y más en el Estado de Guanajuato, ascendió a 23,011 -valor menor al obtenido en 2021 (29,936)- cifra inferior a la tasa nacional (28,701). El número de delitos del fuero común registrados en investigaciones y carpetas de investigación abiertas, en 202220 fue de 2´141,944 cifra que se incrementó en un 3.41% con respecto del 2019, tal como se observa en la gráfica siguiente:

Fuente: Elaboración propia.
2020 2019 2021 2022
17 Con base en información del Diccionario de la Lengua Española. El documento se puede consultar en: https://www.rae.es/drae2001/delito
18 Con base en el análisis emitido por la organización Impunidad cero, «Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías (IEDF) 2021» El documento se puede consultar en: https://www. impunidadcero.org/uploads/app/articulo/160/contenido/1649369674T53.pdf
19 Se entiende la incidencia delictiva como la “presunta ocurrencia de delitos registrados en averiguaciones previas o carpetas de investigación iniciadas, reportadas ya sea por las Procuradurías de Justicia o por las Fiscalías Generales de las entidades federativas, en el caso de los delitos del fuero común, mientras que, para los delitos del fuero federal, por la Fiscalía General de la República (FGR)”. México Evalúa. “Hallazgos 2021”. Seguimiento y evaluación del sistema de justicia penal en México. El documento se puede consultar en: https://www.mexicoevalua.org/wp-content/uploads/2022/10/hallazgos2021vf-4oct. pdf
20 Con base en información emitida por el “Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP)”. El documento se puede consultar en: https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/ incidencia-delictiva

Los delitos con más recurrencia fueron violencia familiar (270,544), lesiones dolosas (163,986), daño a la propiedad (148,315), robo de vehículo automotor (138,047), Amenazas (135,712), que representan un total de 44.8 % de la totalidad de los inicios de investigaciones a nivel nacional, tal como se observa en la gráfica siguiente:

Violencia familiar
270,544

Lesiones dolosas
163,986

Daño a la propiedad
148,315

138,047

135,712

Otros delitos
1,181,400





2,141,944


Fraude
103,940

Como puede observarse en la tabla que antecede, los delitos que mostraron cifras inferiores a las del 2020 fueron homicidio -para el caso de las personas víctimas hombres- y violación -para el caso de las personas víctimas mujeres-, sin embargo, está latente la probabilidad de un alto número de casos no denunciados por las personas víctimas -directas e indirectas-, dado que este tipo de delitos, como ya se advirtió, implica enfrentar una serie de supuestos multifactoriales.

En Guanajuato, aunque la tendencia va a la alza, ésta ha aumentado en menor grado porcentual que la tendencia nacional, ya que en el 2022 se registraron 141,340 inicios por parte de la FGEG, 2.67% más de lo registrado en 2019.
Para mayor ilustración de lo dicho, la gráfica siguiente representa la evolución de la incidencia delictiva:


Fuente: Elaboración propia.
2020 2019 2021 2022
Los delitos de mayor frecuencia en el Estado según el SESNSP en el 2022 fueron:
• Violencia familiar (13,724);
• Lesiones dolosas (13,604);
• Daño a la propiedad (12,329);
• Amenazas (11,194).
Fuente: Elaboración propia.

Con relación a los delitos de alto impacto, debido a la vorágine de la violencia en México y de la cual, la ciudadanía, ya sea por las propias y desafortunadas vivencias así como la infinidad de publicaciones en medios de comunicación sobre acontecimientos delictivos que impactaron de forma directa e indirecta al entorno social, de acuerdo con cifras del SESNSP, el 2022 fue uno de los años más violentos de los que se tuvo registro. Guanajuato no fue la excepción, vivió eventos que trastocaron la paz, la seguridad y el Estado de derecho mismo, con actos de ilicitud tales como homicidio doloso, secuestro, feminicidio, violación, extorsión, robo de vehículo y robo a casa habitación en diferentes niveles de recurrencia.
Sin embargo, el índice delictivo mostró una disminución para la Entidad en comparación con el 2021, en específico, homicidio doloso que disminuyó el índice de 45.78 a 42.71, esto, a pesar de las condiciones imperantes en el país; asimismo, se puede observar que para otros delitos que laceran fuertemente a la sociedad como lo son: robo de vehículo, violación, feminicidio y secuestro; el Estado se posiciona por debajo de la media nacional.
Para mayor ilustración de lo dicho, a continuación se muestra tabla comparativa:

Fuente: Elaboración propia.

Para cualquier instancia procuradora de justicia, uno de sus principales objetivos es lograr un alto porcentaje de esclarecimiento de los delitos cometidos, en este sentido, para contribuir en el índice de confianza de la ciudadanía no basta sólo con recabar muchas o pocas denuncias, pues la finalidad última del sistema de procuración de justicia penal en un Estado Democrático es proveer respuestas satisfactorias a los conflictos derivados de la comisión de un delito, garantizando el esclarecimiento de los hechos, la identificación de los responsables y la reparación del daño, ello, mediante la implementación de procesos y protocolos eficientes y eficaces, a la par de un trato digno a las personas víctimas (directas e indirectas) u ofendidas del delito con respeto a sus derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad21 e interseccionalidad.
En materia de impunidad existen al menos tres dimensiones que, pese a ser distintas entre sí, guardan estrecha relación con la ausencia de justicia, la primera de ellas se presenta en los casos “cuando las personas víctimas y la sociedad no alcanzan a conocer la verdad sobre la extensión y las razones de los abusos que han sufrido”; la segunda, cuando las personas víctimas, no reciben la reparación del daño y, respecto a la tercera, al momento en que las instituciones no garantizan los derechos humanos de las personas víctimas y de la sociedad22.
Para los organismos procuradores de justicia, el respeto irrestricto a los derechos fundamentales tanto de los presuntos partícipes o imputados como de las personas víctimas y ofendidas, significa más que sólo el reconocimiento de la existencia de sus derechos, exige encontrar las fórmulas para el tratamiento debido de aquellas personas que violen los derechos fundamentales, implica dar satisfacción a las necesidades de las personas víctimas de los atropellos y las de sus familiares, al igual que contar con normativas internas vigentes, protocolos y/o procedimientos de investigación criminal y persecución penal de los delitos eficientes y eficaces23.
No obstante, es importante resaltar que el fenómeno de la impunidad en México emana de un problema multicausal cuyo espectro es amplio pues abarca aspectos inherentes (por referir algunos) al funcionamiento del sistema de justicia penal, a la operatividad y endeble confianza de la ciudadanía hacia las instituciones encargadas de la seguridad pública, prevención del delito, procuración e impartición de justicia. Factores que en suma, históricamente han dotado al país de niveles considerables de impunidad.
La percepción de impunidad en México, según los resultados de la encuesta: “Percepciones de Impunidad 2023”24, revelaron que las personas entrevistadas percibieron, que la impunidad es generalizada y va en aumento, pues el 47% de ellas consideró que en el último año la impunidad aumentó, el 38% opinó que se mantuvo igual y sólo el 14% manifestó que la impunidad disminuyó. Asimismo, la opinión pública atribuyó como las principales causas de la impunidad, a las siguientes:
• 2% no supo responder;
• 5% a la falta de recursos presupuestales y/o económicos de las instituciones;
• 9% a que los policías no detienen a los delincuentes;
• 9% a la falta de denuncia de los delitos;
• 10% a que los agentes del Ministerio Público no investigan los delitos;
• 10% a que la ciudadanía no confía en las instituciones;
• 11% a que los jueces liberan a los delincuentes;
• 13% a que las autoridades están coludidas con los delincuentes;
• 31% todas las anteriores.

21 Refiere a la diversidad de los procesos culturales y la modalidad de sus intercambios adoptando la comunicación afectiva o intelectual entre dos o más personas (relación: afecto-diálogo-concienciaconocimiento); constituye una experiencia en la que las relaciones, la comunicación y el aprendizaje entre personas y entre grupos, con diversos conocimientos, valores y tradiciones están orientados a generar actitudes de recíproco respeto e interacciones mutuamente enriquecedoras. En ese sentido, una propuesta intercultural bien entendida intenta eliminar las actitudes y conductas racistas que caracterizan a la sociedad en su conjunto, y ofrece pautas que preparan a los individuos y grupos sociales para desarrollar una valoración positiva de la diversidad cultural para entender y manejar adecuadamente los conflictos que surjan del contacto entre culturas, apuntando a superar la discriminación y la exclusión. Concepto de interculturalidad. Nila Vigil. El documento se puede consultar en: https://red.pucp.edu.pe/ ridei/wp-content/uploads/biblioteca/100406.pdf
22 La problemática de la impunidad y su tratamiento en las Naciones Unidas. Notas para la Reflexión. W. Tayler. Disponible para consulta en: https://www.corteidh.or.cr/tablas/r06843-7.pdf
23 Ibídem.
24 Con base en el análisis emitido por la organización Impunidad cero, «Percepciones de Impunidad 2023», disponible para consulta en: https://www.impunidadcero.org/uploads/app/articulo/186/ contenido/1691794254C79.pdf


En el estudio en mención la población estimó que aumentar las denuncias es la mejor forma de combatir la impunidad. La desagregación de la opinión se presenta de la siguiente manera:
• 4% no supo responder;
• 8% que haya reparación del daño a las víctimas;
• 14% que se destinen más recursos a las instituciones de investigación, administración e impartición de justicia;
• 15% tener más elementos de las fuerzas armadas en la calle;
• 18% que las autoridades encuentren a los responsables de un delito;
• 20% que todos los delincuentes sean encarcelados;
• 21% que se denuncien más los delitos.
En adición a lo ya referido, a través de la publicación Hallazgos 2022 realizada por la organización México Evalúa*, posiciona a Guanajuato en 3er lugar del “índice de impunidad general”, mismo que muestra el nivel de respuesta efectiva que las instituciones de justicia brindan a los casos que conocen. Es decir, aquélla que implica la falta de atención, investigación y/o resolución de los casos que fueron conocidos por la autoridad, ya sea al no haberse logrado un acuerdo reparatorio, no derivarse a alguna salida anticipada, o bien, encontrarse sin sentencia.
Ante tal circunstancia, esta FGEG como órgano constitucionalmente autónomo para el debido ejercicio de sus atribuciones, concentra sus esfuerzos para continuar siendo la Institución cuyo funcionamiento y operación emanan permanentemente de una planificación estratégica cuyo andamiaje normativo y de principios institucionales, guían el trazo y rumbo de los objetivos, propósitos y metas organizacionales. Lo anterior, a fin de dar cabal cumplimiento a los ordenamientos legales y a las disposiciones que resulten aplicables; evitando con ello los espacios de impunidad. https://www.mexicoevalua.org/wp-content/uploads/2023/10/HALLAZGOS2022.pdf

