Informe Nacional República Dominicana ÍNDICE PRESENTACION ................................................................................................................................................2 I. CONTEXTO............................................................................................................................................3 II. SECTOR DEFENSA...............................................................................................................................5 2.1 Institucionalidad del Sector....................................................................................................................6 2.2 Liderazgo Civil ............................................................................................................................................9 2.3 Control externo..........................................................................................................................................9 2.4 Fuerzas Armadas.................................................................................................................................... 10 a. Servicio Militar ............................................................................................................................. 15 b. Justicia Militar.............................................................................................................................. 15 2.5 Presupuesto ............................................................................................................................................. 15 2.6 Reformas y modernización ................................................................................................................. 17 III. SECTOR SEGURIDAD PUBLICA .................................................................................................... 18 3.1 Secretaria de Estado de Interior y Policía ....................................................................................... 20 3.2 Liderazgo Civil ......................................................................................................................................... 21 3.3 Policía ......................................................................................................................................................... 22 a. Orgánica interna, jerarquía y grados.................................................................................. 22 b. Requisitos de ingreso y formación ....................................................................................... 26 3.4 Control Interno ....................................................................................................................................... 27 3.5 Control Externo ...................................................................................................................................... 27 3.6 Presupuesto ............................................................................................................................................. 28 3.7 Reformas y modernización ................................................................................................................. 28 IV. INTELIGENCIA ................................................................................................................................... 30 V. BIBLIOGRAFIA Y FUENTES CONSULTADAS............................................................................. 31 VI. ANEXOS .............................................................................................................................................. 32
Índice de tablas y gráficos Tabla 1. Grados FF.AA República Dominicana ............................................................................................ 12 Tabla 2. Tiempo de servicio requerido para optar a Ascenso según Oficiales ................................... 13 Tabla 3. Gasto Militar en relación a porcentaje del PIB, 1997-2004 ..................................................... 15 Tabla 4. Jerarquía y Grados Policía Nacional................................................................................................ 24 Tabla 5. Requisitos de retiro voluntario por edad y tiempo de servicio................................................ 25
Gráfico 1. Organigrama Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas ..................................................8 Gráfico 2. Distribución presupuesto FF.AA República Dominicana 2000-2003 según fuerza...... 16 Gráfico 3. Organigrama Policía Nacional de República Dominicana.................................................... 23
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PRESENTACION El presente informe desarrollado por el Programa Seguridad y Ciudadanía de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), sede en Chile, se enmarca en el proyecto “Reforma del Sector Seguridad en América Latina y el Caribe”. Dicho proyecto tiene por objetivo central realizar un diagnóstico del sector en veinte países de la región. Adicional al análisis comparado realizado durante el primer año de implementación del proyecto, nos interesa avanzar en la descripción de las principales características del sector seguridad en cada uno de los países involucrados. Específicamente, este documento presenta el caso de República Dominicana y contempla cuatro dimensiones claves: (i) el contexto político, económico y social, que permite dar cuenta de los principales elementos asociados a la situación interna; (ii) los elementos y características del sector defensa, focalizando la descripción en la institucionalidad pública, liderazgo civil, Fuerzas Armadas, el control externo, presupuesto y elementos del proceso de reforma; (iii) sector seguridad pública, que contempla las características institucionales, la policía nacional, además de los ejes de la reforma policial y procesos modernizadores y (iv) la institucionalidad de la inteligencia. Esta recopilación es elaboró con fuentes de información secundaria y de acceso público, tales como leyes, decretos, información estadística, sitios oficiales de las instituciones y revisión de prensa, entre otras. Agradecemos la valiosa colaboración de Lilian Bobea, quien aportó en la recolección de información en su calidad de expertos en temas de seguridad y defensa en República Dominicana. La redacción del presente documento estuvo a cargo de Felipe Salazar Tobar asistente de investigación de FLACSOChile. Confiamos que el esfuerzo realizado permita avanzar en el desarrollo de análisis y debates académicos y de política pública en República Dominicana. Asimismo, esperamos que este aporte sea el inicio de una mirada regional sobre uno de los temas centrales de la consolidación democrática en América Latina y el Caribe. Finalmente, agradecemos el aporte de Open Society Institute en el financiamiento de esta iniciativa y al auspicio de la Organización de Estados Americanos (OEA). Lucía Dammert Programa Seguridad y Ciudadanía FLACSO Chile Santiago, Diciembre 2006.
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I.
CONTEXTO
La historia política y social de República Dominicana esta marcada por la férrea dictadura de Rafael Leónidas Trujillo (1930-1961) y la de otro actor relevante, Joaquín Balaguer, quien ocupo la primera magistratura durante tres periodos distintos (1960-1962, 1966-1978 y 1986-1996). De este modo la consolidación de la democracia en el país ha sido un proceso paulatino en donde se han articulado la necesidad de generar estabilidad política en conjunto con el desarrollo económico y social que la sociedad dominicana requiere, de igual modo esto no ha estado exento de dificultades institucionales, políticas y sociales que han mermado su construcción. Gran parte del impulso de República Dominicana se ha gestado durante los Gobiernos del Presidente Leonel Fernández Reyna, quien gobernó el país entre 1996 y 2000 y posteriormente fue elegido para un nuevo periodo a partir del año 2004 hasta el 2008. En su primer gobierno los principales temas de la agenda se focalizaron en la reforma económica y judicial, además de fomentar la integración regional y hemisférica en el plano político y económico que permitieran la inserción del país en el contexto globalizado. Su marco de gobierno se oriento dentro del apego a las libertades públicas y a la promoción de los derechos humanos, sumado al crecimiento económico bajo el criterio de estabilidad macroeconómica en el país. Fue sucedido en el cargo el año 2004 por Rafael Hipólito Mejía. En su segundo gobierno el Presidente Fernández debió enfrentar –en conjunto con su equipo económico- una fuerte crisis causada por el fraude bancario que se prolongaba desde fines de la década de 1980, por lo cual se tomaron una serie de medidas que tuvieron un alto costo en la sociedad dominicana sobretodo en materia de desempleo y el endeudamiento del Banco Central. En el plano modernizador una de las áreas de mayor empuje es la reducción de la brecha digital del país y la construcción de obras públicas, como el metro de Santo Domingo, que ha estado en la palestra debido a que los fondos destinados a esta obra podrían trasferirse a materias sociales más prioritarias. Una de las áreas en la cual el Gobierno de Fernández ha puesto interés es la Reforma al Sector Seguridad, en donde se debe lidiar con una serie de debilidades institucionales del propio Estado Dominicano y obstáculos tales como la deslegitimación de las fuerzas del orden debido a la percepción de corrupción y represión, las dificultades para lograr acuerdos político que respalden las medidas o la existencia de una cultura desinstitucionalizante amparada en prácticas clientelistas, que no propicia la acción de la ley. En materia económica, República Dominicana ha podido salir de la crisis vivida durante el año 2003, de este modo su Producto Interno Bruto a partir del año 2004 comienza a crecer de manera gradual desde un 2% hasta llegar al 4,5% que registra el año 3
2005. Por su parte el PIB per capita bajó desde US$ 2.521,9 para 2002 a US$1.845,8 en el 2003, mientras para el 2005 alcanzó un monto de US$2.424,1 (World Bank, 2005). La gran inflación entre 2003 y 2004 fue síntoma de la crisis, en donde su tasa llego al 51,5% durante este año, en la actualidad la política económica ha permitido su reducción a un 3,7% y se estima un alza al 7,8% para el 2006 (World Bank, 2005). En materia de empleo la situación se ha sostenido de forma similar durante los últimos años, desde el 2003 se registran tasas de desempleo cercanas al 18% (CEPAL, 2005), lo que no difiere de forma significativa con los indicadores previos a la crisis. En el aspecto social del país la población en situación de pobreza es uno de los más significativos, en este sentido de acuerdo con CEPAL (2005) durante el 2004 el 54,4% vivía en condiciones de pobreza, cifra que logró reducirse al año siguiente al 47,5% mientras que el 24,6% es indigente. A la misma fecha el Índice de Gini muestra un valor de 0,569 y el lugar del país en el Índice de Desarrollo Humano lo clasifica en el número 95 y con una valor de 0,745. En cuanto a la tasa de analfabetismo para el año 2005 es de 14,5%, en donde no opera el factor de género debido a que ambas son bastante homogéneas (CEPAL, 2005), mientras que el gasto público en educación corresponde al 1,1% del PIB casi la mitad de lo que se efectuó en el bienio 2002-2003.
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II.
SECTOR DEFENSA
El Sector Defensa está integrado por el Presidente de la República –quien es la máxima autoridad del sector-, el Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas y el Ejército Nacional, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Dominicana. De acuerdo con la Constitución de 1994 las Fuerza Armadas son “esencialmente obedientes y apolíticas y no
tienen en ningún caso, facultad para deliberar. El objeto de su creación es defender la independencia e integridad de la República, mantener el orden público y sostener la constitución y las leyes. Podrán intervenir, cuando así lo solicite el Poder Ejecutivo, en programas de acción cívica y en planes destinados a promover el desarrollo social y económico del país” (República Dominicana, 2002:93). Su marco legal está definido por la Constitución de la República promulgada en el año 2002 y también la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana que es el principal marco normativo del sector, en ella se definen aspectos relacionados a la misión, función, estructura y beneficios del personal de las instituciones armadas. La planificación estratégica del Sector Defensa en el país recae en el Estado Mayor General (EMG), sus principales funciones abordan materias presupuestarias y de gasto en torno a la organización y asistencia a FF.AA. Se abordan los anteproyectos por los Jefes de Estado Mayor de cada institución para ser sometidos a consideración, además cuenta con el Departamento de Doctrina y la Comisión de Reforma quienes son los encargados de realizar las propuestas de lineamientos estratégicos del Sector Defensa. El EMG está presidido por el Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas. El proceso de planeación comienza a partir de la revisión de la misión y función de cada una de las FF.AA de acuerdo a lo expresado en la ley orgánica 1 . Los componentes considerados para la planificación son el desarrollo de programas de entrenamiento, la elaboración de planes para la defensa de territorio nacional y el ejercicio de las funciones militares. Todos los aspectos relativos a la organización general de las Fuerzas, aspectos vinculados con la movilización y concentración de tropas, planes de operaciones, compra de equipamiento y armamento, además de hacer recomendación sobre el número de Oficiales Generales autorizados para cada institución. La instancia consultiva para la implementación del proceso de planificación estratégica es el EMG y el Secretario, finalmente es este último y el Presidente de la República quienes toman las decisiones. El país cuenta con asistencia militar extranjera, que es centralizada a través del Departamento Administrativo de las FF.AA quien canaliza los convenios establecidos con el Foreign Military Service. Mientras que el programa de educación “Gregorio Luperón” es el responsable de la asignación de los recursos internacionales que obtiene el país para el 1
Según Lilian Bobea –Experta Nacional consultada para la realización de este informe- República Dominicana aún no cuenta con una Ley de Seguridad Nacional. 5
entrenamiento, becas y formación del personal militar. De acuerdo con la Experta, la Secretaría difunde públicamente la información a través de la prensa de manera irregular. También existe presencia militar de carácter esporádico -específicamente de efectivos franceses y norteamericanos- para la realización de ejercicios de interoperatividad, en donde su presencia se traduce en entrenamiento militar, asistencia técnica y entrega de material bélico.
2.1 Institucionalidad del Sector La Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas es el órgano inmediato al Presidente y es la más alta autoridad militar en los aspectos de mando, organización, instrucción y administración de las instituciones armadas (República Dominicana, 1996: art.50). La entidad está integrada por las unidades de: (i) Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, tres (ii) Subsecretarias de de Estado de las Fuerzas Armadas que corresponde al Ejército Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aérea, el (iii) Estado Mayor Especial, diversas (iv) Direcciones y (v) otras dependencias adjuntas a la Secretaría. El Secretario de Estado de las FF.AA, como máxima autoridad del sector, tiene por funciones: (i) cumplir y hacer cumplir las órdenes dictadas por el Presidente de la República, (ii) ordenar y tramitar la preparación de los asuntos que sea necesario enviar al Poder Ejecutivo, (iii) dictar normas para la redacción de reglamentos orgánicos, tácticos,
administrativos y técnicos para la buen marcha de las FF.AA bajo la aprobación del Presidente de la República, (iv) inspeccionar las diversas unidades de la institución armada, (v) es el responsable de la correcta aplicación del presupuesto de las FF.AA, (vi) revisar los antecedentes que puedan influir en la colección y reforma de leyes y reglamentos para su actualización, (vii) mantener los órganos de difusión apropiados para informar y completar la cultura organizacional y profesional de los miembros de las FF.AA, (viii) ejercer el derecho de inspección y control de material de guerra sobre la Policía y otros cuerpos armados regulares no adscritos a las FF.AA (República Dominicana, 1996: Art. 54). A su vez ejerce el mando y dirección sobre una serie de unidades del sector, tales como: (i) el Jefe de Estado Mayor de las FF.AA, (ii) el Subsecretario del Ejército, (iii) el Subsecretario de Marina, (iv) el Subsecretario de Fuerza Aérea, (v) el Jefe de Estado Mayor del Ejército, (vi) el Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, (vii) el Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Dominicana, (viii) el Inspector General de las Fuerzas Armadas y (ix) el Estado Mayor Especial de la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas (República Dominicana, 1978: Art. 52). En primer lugar el Estado Mayor General de las FF.AA corresponde a un órgano de consulta para asuntos de relevancia institucional. Debe velar por los asuntos relacionados con la institución para su funcionamiento y empleo, en aspectos como la organización
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general, de movilización, planes de operaciones, etc 2 . Los miembros del Estado Mayor General son: (i) el Jefe de Estado Mayor de las FF.AA –quien lo preside-, (ii) los Subsecretarios de Estado del Ejército, Marina y Fuerza Aérea (iii) los Jefes de Estado Mayor de cada unas de las fuerzas, (iv) el Inspector General de las FF.AA, (v) el Consultor Jurídico de la Secretaria y (vi) los Oficiales, Alistados o Asimilados que el Estado Mayor requiera. En el caso de los Subsecretarios de Estado tienen como principal tarea realizar las funciones que le sean indicadas y ordenadas por el Secretario o el Jefe de Estado Mayor. Mientras que la figura del Jefe de Estado Mayor corresponde a los máximos responsables de cada unas de las ramas de las FF.AA –Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aéreaquienes tendrán el mando inmediato de cada una de sus fuerzas y son los responsables de su preparación. Por su parte el Estado Mayor Especial de la Secretaria de Estado de las FF.AA es un órgano con marcado carácter asesor cuya dependencia es exclusiva del Secretario de Estado de las FF.AA para efectos de órdenes y direcciones en materia de Defensa Nacional. En la estructura orgánica de la Secretaria existen una serie de direcciones que abordan fundamentalmente aspectos operativos en el plano logístico, de personal, inteligencia, comunicaciones y electrónica, acción cívica y cultura y planes y operaciones. Otras dependencias vinculadas a esta entidad son el Instituto de Altos Estudios para la Modernización y Seguridad Nacional, el Instituto Militar de Educación Superior, la Dirección de Asuntos Haitianos, el Instituto Cartográfico Militar de las FF.AA, entre otras. El gráfico 1 muestra en detalle la estructura orgánica de la Secretaria de las FF.AA con sus respectivas unidades que la componen.
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Los antecedentes proporcionados por la Experta Nacional muestran que en el país no existe un Comando Conjunto ni ningún tipo de operaciones de este tipo. Lo único existente en este aspecto es el Curso de Estado Mayor Conjunto de las FF.AA. 7
Grรกfico 1. Organigrama Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas
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2.2 Liderazgo Civil La máxima autoridad del Sector Defensa en República Dominicana es el Presidente de la República según lo define el artículo 55 de la Constitución. Él dará las órdenes a través del Secretario de las Fuerzas Armadas quien encabeza la estructura orgánica y de mando en materia de defensa. Tiene la facultad de nombrarlo al elegir dentro de los Oficiales Generales del Ejército Nacional, Marina de Guerra o Fuerza Aérea Dominica de acuerdo a la antigüedad, cualidades de mando, morales y nivel profesional, ejerciendo el cargo por un periodo de dos años (República Dominicana, 1996: Art. 44). Por su parte en el articulo 46 de la Ley Orgánica al Presidente el corresponde también nombrar a un Subsecretario por cada Fuerza entre los Oficiales Generales de acuerdo a la antigüedad, sus cualidades morales y profesionales. Ellos actúan bajo el mando del Secretario de Estado de las FF.AA, mientras que otra de sus facultades es el nombramiento de los Jefes de Estado Mayor del Ejército Nacional, Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Dominicana (República Dominicana, 1996: Art.47), los cuales permanecerán en el cargo por un periodo de dos años, los cuales no son paralelos a la duración del mandato presidencial (República Dominicana, 1996: Art.44). También le corresponde nombrar al Subjefe de Estado Mayor para cada una de las FF.AA, quien apoya la labor del respectivo Jefe de Estado Mayor por el mismo periodo del anterior. En cuanto a la remoción del Secretario de Estado, Jefe de Fuerza y Alto Mando de las FF.AA los cargos son de exclusiva confianza presidencial, tal como lo define el artículo 55 de la Constitución, por lo que ningún otro Poder del Estado tiene alguna injerencia en este aspecto. Dentro del contexto democrático, en República Dominicana se han desarrollado alzamientos de las FF.AA. El primero de ellos se realizó en 1964 cuando a raíz del derrocamiento del Presidente Juan Bosh mediante un golpe de Estado, el cual derivó en una Guerra Civil durante 1965. Por su parte el segundo caso corresponde a un intento de Golpe Militar al Gobierno de Joaquín Balaguer en 1974, en donde es el mismismo Presidente Balaguer es quien asume el mando en la Secretaria de las FF.AA pasando a retiro al General Wessin y Wessin para luego enviarlo al exilio. Mientras que en 1978 durante la presidencia de Antonio Guzmán Fernández se realizó un emergente levantamiento por parte de una grupo de Generales debido a la remoción y paso a retiro de varios oficiales de este rango, hecho que ha sido sostenidamente minimizado por algunos sectores de las FF.AA. En todos los casos los sujetos involucrados fueron puestos en retiro y no fueron investigados, juzgados o condenados por la Corte Marcial respectiva. 2.3 Control externo El Congreso Nacional cuenta con Comisiones tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, ellas pueden ser de carácter permanentes, especiales y bicamerales. En 9
el caso de los Diputados tiene como misión apuntar a facilitar las decisiones del pleno mediante el estudio, consulta e informe de los proyectos de ley y otros asuntos de su competencia (Cámara de Diputados, 2004: Art. 118), por lo que la que aborda el sector es Comisión de Seguridad y Defensa Nacional. La misma entidad se replica en el caso del Senado, además el poder legislativo cuenta con un staff permanente de asesores para realizar colaborar en el proceso parlamentario en torno a este ámbito. A juicio de la Experta Nacional en el país no existen instituciones civiles que realicen seguimiento al Sector Defensa de manera sistemática. La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)- Sede República Dominicana ha realizado análisis sobre el sector 2.4 Fuerzas Armadas Las Fuerzas Armadas Dominicanas están integradas por fuerzas terrestres, navales y aéreas. En este sentido, el Ejército Nacional –que corresponde a las fuerzas terrestres- tiene como funciones defender la integridad, soberanía e independencia de la nación, (ii) asegurar el cumplimiento de la Constitución y las Leyes, (iii) mantener el orden público, (iv) proteger el tráfico de industrias y comercios ilegales, (v) apoyar las autoridades y funcionarios legalmente constituidos en las formas previstas en las leyes y reglamentos militares, (vi) proteger las personas y sus propiedades, (vii) desempeñar las funciones del servicio militar según órdenes del Presidente de la República (República Dominicana, 1996: Art.6). La fuerza naval está constituida por la Marina de Guerra cuyas funciones corresponde a (i) mantener el orden público en las costas y aguas territoriales de la República, (ii) proteger el tráfico, industrias marítimas ilegales, haciendo respetar sus intereses y pabellones, (iii) combatir la piratería, la contravención a las leyes, disposiciones sobre navegación, comercio y pesca y los tratados internacionales. Finalmente la Fuerza Aérea Dominicana debe cumplir con las siguientes funciones: (i) mantener el orden público en el espacio aéreo de la República, (ii) proteger el tráfico y el comercio aéreos legales, haciendo respetar sus intereses y pabellones, (iii) combatir la piratería, la contravención a las leyes y disposiciones sobre navegación, comercio aéreo y tratados internacionales. El organismo de mando en las ramas de las FF.AA dominicanas corresponde al Estado Mayor. En el caso del Ejército el máximo cargo es Jefe de Estado Mayor que recae en el Mayor General, E.N (DEM) Juan Antonio Campusano López, forman parte del alto mando institucional el Sub-Jefe de Estado Mayor Nacional Gral. de Brigada, E.N (DEM) Carlos Rivera Portes y el Inspector General Gral. de Brigada Freddy González Estrada. En el caso de la Marina de Guerra el Jefe de Estado Mayor es el Vicealmirante Iván Peña Castillo.
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Mientras que en el caso de la Fuerza Aérea el cargo de Jefe de Estado Mayor lo ejerce el Mayor General, (DEM) Pedro Peña Antonio. De acuerdo con la Constitución de la República el personal en servicio activo perteneciente a alguna de las instituciones armadas del país no puede ejercer su derecho a voto (República Dominicana, 2002: Art. 88). Y a su vez están restringidos de participar en asociaciones de carácter político o partidos políticos, además de realizar actividades de comercio u otras actividades remuneradas que no sean las oficiales (República Dominicana, 1996: Art. 150-154). En cuanto a la organización de jerarquía y grados en las FF.AA de la República Dominicana esta se compone de cuadros permanentes, es decir todos aquellos Oficiales, Alistados y Asimilados que se encuentren en situación de servicio activo. Existen también cuadros de reservas integrado por personal militar en situación de retiro, el cual será llamado a prestar servicios en situación de movilización nacional. El personal de las instituciones armadas se divide en Oficiales y Alistados. En la primera categoría se clasifican en (i) Oficiales de Comando quienes debido a su entrenamiento y formación están capacitados para ejercer el mando de unidades de combate, (ii) Oficiales Especialistas son aquellos que prestan servicios específicos en las FF.AA e impide el ejercicio de comando en unidades de combate, (iii) los Oficiales de Servicios Auxiliares corresponde a profesionales que acreditan estudios universitarios y miembros del Clero, finalmente los (iv) Cadetes y Guardiamarinas es personal militar que se prepara para optar al grado inicial de Oficial (República Dominicana, 1996, Art. 22-26). Por su parte el personal de Alistados se clasifica en dos categorías: (i) de combate y (ii) especialistas, de acuerdo a la ley orgánica de las FF.AA las características de una u otra categoría son similares a las de los Oficiales (República Dominicana, 1996, Art. 23-28). Sumado a lo anterior, la jerarquía de Oficiales y Alistados está clasificada en Oficiales Generales, Oficiales Superiores, Oficiales Subalternos, Aspirante a Oficiales y Alistados, la siguiente tabla da cuenta con mayor detalle de la composición de cada uno los grados militares en el Ejercito Nacional, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Dominicana:
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Tabla 1. Grados FF.AA. República Dominicana Rango
Oficiales
Oficiales Generales Oficiales Superiores Oficiales Subalternos Aspirantes Oficiales
Ejército Teniente General Mayor General General de Brigada Coronel Teniente Coronel Mayor Capitán Primer Teniente Segundo Teniente Oficiales
Marina de Guerra Almirante Vice Almirante Contra Almirante Capitán de Navío Capitán de Fragata Capitán de Corbeta Teniente de Navío Alférez de Navío Alférez de Fragata Guardiamarina
Sargento Mayor Sargento Mayor Alistados Fuente: República Dominicana (1996). Ley Orgánica de las FF.AA.
Fuerza Aérea Teniente General Mayor General General de Brigada Coronel Teniente Coronel Mayor Capitán Primer Teniente Segundo Teniente Cadete Sargento Mayor
En tanto los grados de Teniente General en el Ejercito o en la Fuerza Aérea y el de Almirante en el caso de la Marina de Guerra solo son concedidos a quien sea designado por el Presidente de la República como Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas ostentando de ellos mientras dure el ejercicio de su cargo (República Dominicana, 1996: Art. 75). Para el ascenso en las instituciones armadas se debe cumplir con una serie de requisitos tales como la antigüedad, la aptitud para optar al grado, además de condiciones de competencia y moralidad. El detalle de las exigencias son: (i) la existencia de una plaza vacante, (ii) estar en situación de actividad, (iii) reunir las condiciones de carácter espíritu militar y buena conducta militar y civil, (iv) tener el tiempo mínimo de servicio efectivo en el rango, (v) cumplir con los requisitos de servicio y comando, (vi) tener aptitud profesional – la cual será acreditada mediante la aprobación de cursos de capacitación requeridos, el desempeño por las asignaciones de servicio de acuerdo el grado y su desempeño como alumno o profesor-, competencia para el desempeño de las funciones del grado superior y (vii) tener aptitud física acreditada un médico 3 (República Dominicana, 1996: Art. 110). A la inversa, no podrán obtener el ascenso los miembros de las FF.AA que se encuentren en situación de juicio militar o a disposición de la justicia ordinaria, ni tampoco para quienes de modo ilícito o mediante influencias han solicitado una recomendación de ascenso.
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La ley orgánica de las FF.AA en su artículo 132 también define la situación de los ascensos en tiempos de guerra que tienen otra finalidad y carácter. 12
Tabla 2. Tiempo de servicio requerido para optar a Ascenso según Oficiales
Oficiales
Cargo/jerarquía
Grado
Tiempo de Servicio
Oficiales Generales
Mayor General o Vice Almirante General de Brigada o Contraalmirante
- Tiempo mínimo de servicio 4 años
- Tiempo mínimo de servicio 4 años.
Oficiales Superiores
Coronel o Capitán de Navío Teniente Coronel o Capitán de Fragata Mayor o Capitán de Corbeta Capitán o Teniente de Navío Primer Teniente o Alférez de Navío Segundo Teniente o Alférez de Corbeta Cadete o Guardiamarina
- Tiempo mínimo de servicio 4 años.
Oficiales Subalternos
Aspirante a Oficial Fuente: República Dominicana (1996).
-Tiempo mínimo de servicio 3 años.
-Tiempo mínimo de servicio 3 años. - Tiempo mínimo de servicio 3 años. Tiempo mínimo de servicio 3 años. Tiempo mínimo de servicio 3 años. - Tiempo mínimo de servicio 4 años.
El personal militar en la categoría de Oficiales o Aspirantes puede ser separado del servicio activo por las siguientes causas: (i) renuncia aceptada, (ii) por retiro, (iii) por sentencia de un tribunal competente o (iv) por cancelación de su nombramiento por falta de graves debidamente comprobadas. En el caso de los alistados, serán dados de baja del servicio debido a (i) expiración de alistamiento, (ii) por solicitud aceptada, (iii) por retiro, (iv) por sentencia de un Consejo de Guerra, (v) por sentencia de un Tribunal Ordinario, (vi) por observar mala conducta, o (vii) por carecer de espíritu militar. La baja de un Oficial solo se realizará mediante la recomendación solicitada por el Secretario de Estado de las FF.AA. expresamente al Presidente de la República sobre la base de los antecedentes e investigación dispuesta (República Dominicana, 1996: Art. 200-202). La situación de retiro consiste en cesar del servicio activo con goce de pensión y una serie de otros beneficios que expresa la ley. Este puede ser voluntario cuado se concede mediante la solicitud de parte del interesado, o de carácter forzoso a la hora de concederse debido a incapacidad física o mental, por razones de edad o al cumplir la antigüedad de 40 años en servicio activo. Los militares o asimilados que cumplan con el tiempo mínimo de antigüedad -10 años- serán retirados al cumplir los 65 años 4 , salvo en el caso de los siguientes grados Coronel o Capitán de Navío (58 años), Teniente Coronel o Capitán de Fragata (55 años), Mayor o Capitán de Corbeta (50 años), Capitán o Teniente de Navío (45 años), Primer Teniente o Alférez de Navío (45 años), Segundo Teniente o Alférez de Fragata (40 años), en el caso de los alistados la edad para retiro es de 45 años. Vale la pena consignar que en la ley orgánica se expresa que el poder ejecutivo podría utilizar al personal en retiro por antigüedad en el servicio como consultores (República Dominicana 1996, Art.235).
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Esta regla exceptúa el caso de los Oficiales Pilotos. 13
Según lo expresa la ley orgánica la instrucción y educación militar es obligatoria, continua y progresiva. Las Academias, Escuelas y Centros de Instrucción tienen como misión dar instrucción y educación para aquellos que elijan la carrera militar o para perfeccionar sus conocimientos profesionales, los cuales se comprometen a servir en la institución durante el periodo de formación. Además de la instrucción y formación militar se otorgaran facilidades para desarrollar profesiones universitarias o técnicas (República Dominicana, 1996: Art.5,161-162). En la definición de los contenidos de los planes de estudio del personal militar participa el Consejo de Directores de las Instituciones de Entrenamiento y formación, además del Director de la Comisión de Reforma. Los requisitos para ingresar a las FF.AA son: (i) Ser dominicano, (ii) ser mayor de 16 años y menor de 21 en la fecha de ingreso, (iii) no haber sido condenado a pena aflictiva, infamante o alguna otra que provoque deshonra, (iv) gozar de salud física y mental comprobada médicamente, (v) haber completado los estudios primarios, intermedios, secundarios o universitarios según corresponda y (vi) no haber pertenecido anteriormente a ninguna institución armada o a la Policía Nacional (República Dominicana, 1996: Art.31). En el caso de los alistados se realizará mediante un contrato en donde se define que el periodo de servicio se extiende por cuatro años luego de los cuales podrá solicitar el realistamiento. Existen políticas para la inclusión de género en las instituciones armadas, en donde se establece el criterio de igualdad de género para el ingreso de aspirantes. Según la Experta Nacional es importante destacar que han ascendido a General tres Oficiales mujeres con más de 20 años en la institución, la creación de un batallón femenino especializado y se han hecho ajustes a la infraestructura para facilitar el ingreso de mujeres a las FF.AA. La formación de Oficiales de carrera se realiza en la Academia Militar Batalla de las Carreras –que se ha convertido en Universidad Militar- en el caso de los cadetes del Ejército. Por su parte la Academia Naval forma los futuros Oficiales de la Marina de Guerra y el Instituto Militar de Estudios Superiores Aeronáuticos es la entidad responsable de la formación e instrucción de los cadetes en la Fuerza Aérea Dominicana. En cuanto a la formación a nivel de postgrado existen una serie de instituciones y unidades que imparten diversos cursos a este nivel. Entre ellos podemos mencionar al Instituto Militar de Educación Superior General de Brigada, el Instituto Militar de Estudios Estratégicos (IMES) que forma en materia doctrinaria a Oficiales de alto rango en las instituciones armadas, el Instituto Naval de Estudios Superiores impartiendo formación profesional a cadetes y Oficiales de alto rango, el Instituto de Estudios Geopolíticos de las FF.AA que dicta cursos en esta materia a oficiales de nivel intermedio, alto rango y miembros de sociedad civil a través de cursos de postgrado y diplomado, el Instituto Militar de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que capacita al personal del escalafón de Oficiales en esta materia. Finalmente el Instituto de Altos Estudios para la 14
Seguridad y Defensa de la República Dominicana es la dependencia educativa militar de más alto nivel para las FF.AA y la Policía Nacional, su misión apunta a crear consenso y llegar a soluciones de orden político, económico, social y militar en el campo de la Seguridad Nacional. Imparte educación de postgrado al nivel de maestría en donde existe una gran participación de civiles (Bobea, 2006).
a. Servicio Militar El Servicio Militar es de carácter obligatorio selectivo a partir de los 16 años hasta los 21, su duración es de cuatro años y pueden ser llamado a él personas de ambos sexos.
b. Justicia Militar Según lo expresa la ley orgánica institucional los crímenes y delitos cometidos por personal en servicio activo de las FF.AA. serán castigados y juzgados de acuerdo al Instrumento legal que regula este ámbito que es el Código de Justicia de las FF.AA., ley que fue promulgada en 1953 y que se modificó en el contexto de la reforma penal durante el año 2005. De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la Experta Nacional este código reformulado determina que los acusados sean trasferidos a la justicia ordinaria, además de establecer penas y constituir abogados en el proceso. En el caso de las faltas disciplinarias cometidas por los funcionarios en servicio activo serán normadas por el Reglamento Militar Disciplinario, decreto Nº 7.010 promulgado en agosto de 1961, en donde se definen el tipo de sanción, su naturaleza y duración, entre otros aspectos.
2.5 Presupuesto El presupuesto del sector se asigna mediante la Ley de Presupuestos y Gastos Públicos en donde interviene la Oficina de Presupuesto y la Contraloría General de la República en la supervisión. Según RESDAL el presupuesto destinado para el Sector Defensa durante el año 2005 asciende a US$ 195.887.868 que equivale al 1,01% del PIB y a un 3,79% del presupuesto público en el mismo periodo (ONAPLAN, 2006). La siguiente tabla muestra la distribución del presupuesto del sector sobre la base de porcentaje del PIB entre 1997 y 2004. Tabla 3. Gasto Militar en relación a porcentaje del PIB, 1997-2004 Años 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 % PIB
0,8%
0,8%
0,7%
0,9%
1%
1,1%
0,7%
0,5%
Fuente: SIPRI (2005), The SIPRI Military Expenditure Database.
Por su parte la distribución presupuestaria de las Fuerzas Armadas en el periodo 2000 hasta el 2003 da cuenta que quienes concentran los mayores montos es el Ejercito Nacional que regularmente supera el 40% del total destinado a las FF.AA. Los
15
antecedentes obtenidos permiten comparar la situación al año 2003, en donde la cifra destinada al Ejército supera los US$ 46 millones, mientras que la Fuerza Aérea obtiene más de US$ 29 millones y la Marina de Guerra son US$ 29 millones. Gráfico 2. Distribución presupuesto FF.AA. República Dominicana 2000-2003 según fuerza
Millo nes de US$
$ 60 $ 44,8
$ 50 $ 40
$ 42,0
$ 35,0
$ 29,2
$ 30 $ 20
$ 51,6
$ 46,0
$ 22,29
$ 24,7
$ 23,0
$ 19,2
$ 14,3
$ 10 $0 2000
2001
2002
2003
Años Ejercito Nacional
Marina de Guerra
Fuerza Aérea
Fuente: Bobea (2006)
De acuerdo con la ley orgánica institucional, el Secretario de Estado tiene responsabilidades con respecto a las materias presupuestales del sector en el sentido de formular el proyecto de gastos para cubrir las necesidades de organización y asistencia de cada una de las fuerzas sobre la base de las necesidades de la propia secretaria y los anteproyectos que presentan los Jefes de Estado Mayor de cada fuerza, y además debe velar por su correcta aplicación (Republica Dominicana, 1996: Art.53-54). En cuanto al criterio de distribución presupuestaria este se configura a partir de las necesidades institucionales, proyecciones y requerimientos. Toda la información se pone a disposición de la Secretaria para la formulación de la propuesta presupuestaria que debe pasar por el Consejo Nacional de Desarrollo y la Secretaria de Estado de Finanzas, en donde la Oficina Nacional de Presupuesto asigna al sector un monto de gastos globales en consideración con los indicadores económicos del país. Sobre este documento la Secretaria de Estado de Defensa y las Fuerzas Armadas reforman presupuesto, que nuevamente es enviado a la Secretaria de Finanzas para su consolidación e inclusión en el proyecto de Ley de Presupuesto y Gasto Público que debe ser revisada y aprobada por el Congreso Nacional 5 . Otra entidad que participa en el proceso es la Contraloría General de las FF.AA tiene por misión evaluar el presupuesto de acuerdo a los planes y programas existentes en las instituciones pertenecientes al sector. 5
De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la Experta Nacional el artículo 55 de la Constitución faculta a la Presidente de la República a poner a disposición recursos presupuestales sin necesidad de que sean aprobados por el Congreso. Esto ha permitido destinar recursos a diversas áreas entre ellas las FF.AA. 16
Lo que se pública a través de los medios de comunicación a nivel nacional corresponde al Presupuesto General de la República, mientras que en el caso del presupuesto de la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas no se encuentra detallado de este modo.
2.6 Reformas y modernización El proceso de reforma al sector seguridad en República Dominicana ha sido lento, marcado por discontinuidades y con resultados más bien de carácter parcial. Un primer momento se enmarca dentro del proceso de Modernización del Estado llevado a cabo por el Presidente Leonel Fernández Reyna en donde se aborda el sector seguridad, pero las iniciativas fueron lentas, posteriormente es la misma Secretaria de Estado de las FF.AA quien crea una comisión específica para abordar la temática –en donde también se incorpora la Policía Nacional- que tampoco fue muy eficaz en la formulación del proceso. A juicio de la Experta Nacional los avances más relevantes en el sector se dieron en el periodo 2000-2004 específicamente en el aspecto de formación y entrenamiento militar, al fundarse diversos centros y academias tales como el Instituto de Altos Estudios para la Defensa Nacional (IADESEN)- el que tiene la categoría de centro de estudios superiores con el grado de universidad al Instituto Superior para la Defensa y Seguridad- en donde se incorpora a civiles en la formación en materia de seguridad y defensa en conjunto con Oficiales de las FF.AA y la Policía Nacional. En síntesis el proceso de reforma que se ha impulsado en el país considera importante la necesidad de elaborar un plan estratégico que tenga como objetivos diseñar políticas y estrategias que permitieran adecuar a las FF.AA. a los cambios del país y al proceso de desarrollo nacional, generar una cultura de fortalecimiento institucional en los diferentes niveles de las fuerzas, establecer un marco jurídico sobre las competencias y nuevos roles de la institución, reorganizar, simplificar y hacer más eficiente la institución con la incorporación de lineamientos administrativos modernos y tecnologías informáticas y finalmente perfeccionar los sistemas de seguridad y defensa de la nación, acorde con las amenazas que se presentan. Luego en 2004 se aceleran las revisiones y actualizaciones de la doctrina institucional, las misiones y roles de las FF.AA, iniciativas para modernizar su estructura y normativa bajo un contexto democrático. Por su parte en el Poder Legislativo emergió la participación en el sector a través de la Comisión de Defensa y Seguridad. Durante el 2002 y 2003 la Comisión Permanente del sector debatió un proyecto de ley para formular un Sistema de Seguridad Nacional, en donde se reconocía que el país carece de un ente coordinador de acciones estratégicas y tácticas, que permitiera integrar a las instituciones de seguridad interna y externa. Durante el periodo democrático se han impulsado en República Dominicana iniciativas legales que han modificado la estructura orgánica de la Secretaria de Estado de
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las FF.AA. y los programas de formación para el personal de las instituciones armadas. En este último punto es posible mencionar que se realizó mediante un decreto que creó el Instituto Especializado de Estudios Superiores de las Fuerzas Armadas (IEESFA) el año 2005 bajo el impulso de la Presidencia y la Secretaria de Estado del sector. A la fecha aún no existen evaluaciones del proceso impulsado. En una línea similar la Comisión de Reforma estudia la revisión y actualización de la doctrina de las FF.AA, la ley orgánica, la ley de seguridad y el Libro Blanco de Defensa Nacional, además de iniciativas de trabajo conjunto entre las FF.AA. en caso de desastres. Durante el Gobierno del Presidente Fernández y en conjunto con el poder legislativo dominicano está realizando un proceso de reforma a la Constitución, en donde se ha instaurado una comisión que integra a miembros de las FF.AA con el objetivo de incluir algunas modificaciones en materia de defensa. Por su parte se han gestado procesos de modernización en aspectos institucionales y en la incorporación de tecnología en los diversos procesos de las FF.AA. De acuerdo con la Experta Nacional, en el año 2004 se produjo una importante reducción en la cúspide de la estructura institucional debido a que cerca de un centenar de Generales y otros Oficiales de alto rango en servicio activo fueron pasados a retiro con la intención de equilibrar las estructuras de las instituciones armadas. En síntesis el proceso de reforma ha apuntado principalmente al ámbito educativo al crear una serie de institutos y centros de estudio y formación. Mientras que la parte operativa, particularmente la compra de equipamientos y renovación de material ha quedado relegada debido a los escasos recursos que posee el país. Para la Experta Nacional los principales desafíos en relación a la reforma del sector seguridad en el país son la institucionalidad de las reformas bajo el contexto legal y consenso social, la complementariedad de la inversión pública, el desarrollo de una política integral de seguridad que diferencie claramente el componente de defensa y seguridad nacional con la seguridad ciudadana, la operacionalización de mecanismos independientes de monitoreo y control externo inclusive los que establece el propio Estado y el establecimiento de iniciativas innovadoras que sean modelo de buenas practicas con potencial replicabilidad interinstitucional.
III.
SECTOR SEGURIDAD PUBLICA
El Sector Seguridad Pública en República Dominicana está integrado por la Secretaria de Estado de Interior y Policía y la Policía Nacional. La Secretaria de Estado tiene como misión velar por el mantenimiento del orden público y la Seguridad Ciudadana, la correcta aplicación de la leyes y normas relativas a la migración, así como asesorar al régimen administrativo de las provincias y municipios (Secretaria de Estado de Interior y 18
Policía, s/f). Mientras que en el caso de la Policía Nacional corresponde a “proteger la vida,
la integridad física y la seguridad de las personas, garantizar el libre ejercicio de los derechos y las libertades, prevenir el delito, preservar el orden público y social y el medio ambiente, velar por el cumplimiento de la ley y el desempeño de sus funciones, con la colaboración y participación efectiva de la comunidad en la identificación y solución de los problemas, a fin de contribuir a la consecución de la paz social y el desarrollo económico sostenible del país” (República Dominicana, 2003, art.2). Por su parte el Consejo Superior Policial es la entidad responsable de asegurar la efectividad y profesionalidad del servicio policial sobre la base del respeto de los Derechos Humanos y al principio de autoridad. Sus funciones más importantes son: (i) establecer las directrices generales de la acción policial, (ii) fomentar las condiciones más favorables para la adecuada promoción humana, social y profesional de los miembros de la institución, (iii) conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo las proposiciones de ascensos, pensiones y separaciones de los funcionarios de nivel de Dirección, Superior y Medio conforme a la ley y otras normas institucionales, (iv) conocer y recomendar al Poder Ejecutivo las propuestas de modificaciones a la ley y sus reglamentos, (v) trazar los lineamientos para el diseño y la ejecución de los programas de formación, capacitación y entrenamiento policial, (vi) evaluar informes del Inspector General, del Director Central de Asuntos Internos o del Ministerio Público, según corresponda, (vii) determinar el procedimiento aplicable a nivel interno en los casos de violación a las leyes y reglamentos por parte del personal de la Policía Nacional que pudieren configurar un crimen o delito, (viii) regular el uso de armas reglamentarias y servicios en los cuales se autoriza el uso de armas especiales, entre otros (República Dominicana, 2003: Art. 7 y 9). El Consejo está conformado por diferentes miembros tanto civiles como personal policial, lo encabeza el Secretario de Estado de Interior y Policía quien lo preside. También se integra el Procurador General de la República, el Jefe, Subjefe e Inspector General de la Policía Nacional, ellos se suman una serie de directores centrales de distintas áreas de la institucional policial (Operaciones Policiales, Soporte y Servicios, Investigaciones Criminales, Educación y Entrenamiento, Policía Comunitaria, Asuntos Legales y otros). De acuerdo a la ley sus decisiones serán validas cuando el voto favorable corresponda a la mitad más uno de los asistentes. El marco legal del Sector está integrado por aquellos que regulan a la Secretaria de Estado de Interior y Policía, entre ellos: la Ley Orgánica de Secretaria de Estado Nº 4378, promulgada en 1956, la Ley Nº 22 que pasa la Policía Nacional a la dependencia de la Secretaria de Estado de Interior y Policía, el Decreto Nº 1489 sobre deberes y atribuciones de la Secretaria de Estado, entre otros (Secretaria de Estado de Interior y Policía, s/f). En cuanto a la Policía el principal documento rector es la Ley Institucional de la Policía Nacional, promulgada durante el año 2004. En cuanto al diagnóstico y diseño de la política de Seguridad Publica la Secretaria de Estado existe una entidad responsable de la planificación estratégica que es la 19
Dirección de Planificación y Programas, pero desde el año 2005 la tarea fue asumida por una institución que coordina el plan de seguridad democrática, que se constituye como política de seguridad del Estado, la cual está presidida por el Secretario de Estado de Interior y Policía. El documento que entrega las principales directrices es el Plan de Seguridad Democrática en donde se establecen las necesidades y prioridades de la ciudadanía, además en donde se explicitan las reformas institucionales que le darían una mayor capacidad de acción a las instituciones del sector. De este modo la instancia que debe coordinar esta tarea es la Comisión de Implementación y Seguimiento del Plan de Seguridad Democrática 6 debe diseñar las acciones, convocar a los actores, establecer los compromisos y los debidos mecanismos de coordinación entre las instituciones públicas. De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la Experta Nacional el Presidente de la República también participa en la planificación al incorporar metas y prioridades que deben ser logradas por el Plan. Todo el proceso está normado a través del Decreto Presidencial Nº263 del 2005 que creó el mencionado Plan y se aprueba la Comisión respectiva. El Plan ha derivado en una serie de planes y programas, tales como Barrio Seguro y la Modernización Policial (Secretaria de Estado de Interior y Policía, 2005), las cuales se han ido implementado paulatinamente en la institución policial redefiniendo áreas, estructuras y funciones. Los programas han sido evaluados por la Secretaria de Estado y un equipo consultor de carácter externo. En materia de Seguridad Privada la Dirección Central de Control y Supervisión de las Compañías de Policías o Vigilantes Privados que tiene como misión fiscalizar, inspeccionar, registrar y supervisar a las entidades de la industria para que su operación sea dentro del marco que la ley exige (República Dominicana, 2003: Art. 17). El personal policial está facultado para realizar actividades de este tipo a través de las “Compañías”, las cuales no están normadas en la ley orgánica institucional.
3.1 Secretaria de Estado de Interior y Policía De este modo sus principales funciones son: (i) mantener el orden público, (ii) adoptar medidas de seguridad pública, (iii) estructurar y asesorar el régimen administrativo de las provincias y municipios y auxiliarlos para el mejor cumplimiento de sus funciones, (iv) realizar y vigilar la división territorial, (v) autorizar y vigilar la tenencia y porte de armas, (vi) hacer cumplir la leyes de inmigración y migración, (vii) administrar las leyes de naturalización de extranjeros, (viii) mantener los archivos nacionales, conservación y
custodia de los documentos pertenecientes a los mismos, teniendo como dependencia al Archivo General de la Nación, (ix) patrocinar la celebración de fiestas y declarar los días de duelo, así como velar por el debido respeto al Himno y Bandera Nacional, (x) establecer las 6
La Comisión está presidida por el Secretario de Estado de Interior y Policía, además de el Jefe de la Policía Nacional y el Procurador General de la República. 20
horas oficiales, (xi) cooperar en todo lo concerniente a conferencias internacionales relativas a las materia antes enumeradas y velar por el cumplimiento de las convenciones ratificadas por la República Dominicana (Secretaria de Estado de Interior y Policía, s/f). En cuanto a la estructura de la Secretaria, se encuentra encabezada por el Secretario de Estado – el cargo es ejercido por Franklin Almeida Rancier desde el año 2004-, además de una serie de Subsecretarias. Cuenta también con los departamentos de Asuntos Policiales, Relaciones Públicas, Jurídico y Recursos Humanos, por su parte las Direcciones corresponden a la Administrativa, Financiera, Informática, Control de Armas, General de Migración y una serie de Direcciones Regionales y Gobernaciones Provinciales, cuenta además con la Oficina Sectorial de Programación. De igual manera la Policía Nacional, el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional y el Instituto de Dignidad Humana de la Institución tienen una dependencia orgánica de la Secretaria de Estado y Policía (Secretaria de Estado de Interior y Policía, s/f). Según la Experta Nacional, la Secretaria no cuenta con un staff de asesores en materia de seguridad pública.
3.2 Liderazgo Civil El mando supremo de la Policía Nacional le corresponde al Presidente de la República, como Jefe Supremo de la Institución, que delega el ejercicio del mando en el Secretario de Estado de Interior y Policía. Como se mencionó anteriormente el Secretario tiene el rol de presidir el Consejo Superior Policial, por lo que se ve en la obligación de revisar los nombramientos, designaciones, traslados, pensiones, separaciones, organización territorial y distribución de la fuerza de seguridad pública, entre otros (República Dominicana, 2003: Art. 6). Es una facultad exclusiva del Presidente de la República la designación del Jefe de la Policía Nacional. Los requisitos para optar al cargo para los Oficiales Generales en servicio activo son: (i) ser dominicano de nacimiento, (ii) ser mayor de 35 años, (iii) experiencia de 20 años ininterrumpidos en la institución, (iv) ser titulado del instituto especializado de Estudios Superiores de la Policía Nacional 7 . El periodo de mando en la institución es por dos años (República Dominicana, 2003: Art. 11). Por su parte es una atribución discrecional del Presidente la destitución del cargo cuando así sea necesario. De igual manera el Consejo Superior Policial y el Secretario de Estado de Interior y Policía podrían sugerir al Presidente la remoción del Jefe de la Policía. Desde el plano judicial un Tribunal Ordinario o Policial también estaría en condiciones de recomendar su salida al Poder Ejecutivo.
7
En la ley orgánica institucional se expresa que este requisito no corre para los Generales de la Policía Nacional hasta el año 2003 pueden ocupar el cargo de Jefe de la Policía en un periodo de 10 años luego de la 21
Gran parte de las decisiones del Sector son tomadas por la Secretaria de Estado de Interior y Policía en conjunto con la Jefatura de la Policía Nacional, en materia de adquisición de infraestructura, formación y capacitación del personal de la institución, la gestión de recursos humanos. En lo que respecta a la distribución territorial de la dotación y en el ascenso y bajas de los funcionarios tiene un rol el Presidente de la República en la aprobación de estos ítems. El único aspecto indagado que queda en manos exclusivas de la Policía Nacional corresponde a las funciones operativas y logísticas.
3.3 Policía
a. Orgánica interna, jerarquía y grados La Policía Nacional de República Dominicana se define como una institución especializada y permanente del Estado, apolítica, apartidista y de naturaleza policial y jerárquica. Su carácter corresponde a una organización civil al servicio de la ciudadanía, con competencia especializada y ámbito nacional, disciplinada, de carrera profesional, siendo su principal característica la institucionalidad y estabilidad del personal (República Dominicana, 2003: Arts. 1-3). Sus principales funciones apuntan a (i) prevenir conductas delictivas, (ii) reprimir su ocurrencia y auxiliar a la justicia en su procesamiento penal, (iii) prestar asistencia a la ciudadanía en la protección de la integridad, derechos individuales y en el disfrute del ambiente de paz pública, colaborar con los demás cuerpos de seguridad del Estado identificando y previniendo crisis, atentados contra la institucionalidad pública y el orden establecido (Policía Nacional, s/f). Estas funciones deben ser realizadas bajo los principios básicos de respeto absoluto a la Constitución y a las leyes de la República, (integridad, (objetividad, jerarquía y subordinación, profesionalidad y discreción (República Dominicana, 2003: Art. 27). El alto mando institucional está conformado por el Jefe de la Policía Nacional, quien es la más alta autoridad policial en lo que respecta al mando, organización, instrucción y administración de la institución (República Dominicana, 2003: Art.10). Dentro de las funciones más relevantes que debe cumplir en el cargo son (i) dirigir y controlar la efectiva ejecución de la política de seguridad pública elaborada por el Consejo Superior Policial, (ii) coordinar y supervisar el trabajo de las direcciones y divisiones, (iii) efectuar los nombramientos y contrataciones en la institución, (iv) ejercer la representación judicial y extrajudicial a nivel institucional, (v) elaborar el anteproyecto de presupuesto para presentar al Consejo Superior Policial, (vi) recomendar al Poder Ejecutivo los Oficiales Generales que serán considerados en cargos de Dirección Central y Regional, entre otras. El cargo de Jefe de la Policía Nacional es ejercido por el Mayor General Lic. Bernardo Santana Paéz, quien anteriormente se desempeñó como Director General del Instituto de Dignidad Humana de la Policía Nacional (IDIH).
22
El Jefe de la Policía Nacional es asistido en sus funciones por el Subjefe, los Directores centrales y regionales, además del Inspector General, los que son recomendados por el jefe institucional al Presidente de la República para su nombramiento. En el caso del Inspector General el mecanismo difiere en algún modo, debido a que debe ser sometido al Consejo Superior Policial una terna de Oficiales en el grado de General antes de presentar a la máxima autoridad política del país (República Dominicana, 2003: Art.13-14). Gráfico 3. Organigrama Policía Nacional de República Dominicana
23
En la Ley Institucional se definen cuatro áreas de funcionamiento de la Policía Nacional, ellas son: Funciones Operativas, Funciones de Gestión, Funciones de Seguridad Social y Bienestar y las Funciones de Investigación. Algunas de las Direcciones más importantes en el labor policial corresponden a la Dirección Central de Operaciones Policiales –que es la responsable de ejecutar y coordinar las actividades operativas de la institución- y la Dirección Central de Investigaciones Criminales, que tiene como misión realizar las labores de investigación de crímenes y delitos, además de reunir las pruebas necesarias para identificar a los culpables. (República Dominicana, 2003). Se han efectuado operaciones conjuntas entre la Policía Nacional y las FF.AA en las áreas de control de movilizaciones populares (protestas sociales), operativos de incautación de armas a ciudadanos que las poseen de manera ilegal, control de microtráfico en zonas urbanas, patrullajes mixtos y funciones de Policía-Militar electoral. En todas las operaciones conjuntas desarrolladas por ambas instituciones el mando operativo fue ejercido por las Fuerzas Armadas. En lo que remite a la jerarquía y grados en la institución de acuerdo con la ley deben ser reflejo de la especificidad del servicio policial, separando las funciones administrativas con las de investigación Criminal, de este modo la jerarquía se relaciona con la calidad propia de la carrera policial y que lo faculta para ejercer diversas tareas en la institución (República Dominicana, 2003: Art. 43), en este sentido la superioridad esta dada por la jerarquía, antigüedad o función. La siguiente tabla muestra el detalle de los grados en la institución, considerando los cuatro niveles en que se clasifica en personal policial: básico, medio, superior y dirección. Tabla 4. Jerarquía y Grados Policía Nacional
Oficiales Generales
Nivel Superior
Mayor General
Oficiales Superiores
Oficiales Subalternos
Nivel Básico
Grado
General de Brigada
Nivel Medio
Nivel de Dirección
Jerarquía
Coroneles Tenientes Coroneles Mayor Capitán Primeros Tenientes Segundo Teniente Sargento Mayor
Básico
Sargento Cabo Raso
Fuente: República Dominicana (2003: Art. 44) y Policía Nacional
24
Para el nombramiento en los niveles medio, superior y dirección serán entregados por el Poder Ejecutivo de acuerdo a los requisitos existentes para optar al grado. En el caso del personal situado en el nivel básico lo otorgará el Jefe de la Policía Nacional. Los miembros de la institución podrán ser ascendidos dentro de sus niveles respectivos al cumplir cuatro años de antigüedad en su grado además de cumplir con los requisitos académicos pertinentes (República Dominicana, 2003: Art. 47 y 50). En contraparte el retiro corresponde al cese en el servicio activo conservando sus derechos y pensión. Este puede ser de dos tipos: voluntario, que se concede a petición del interesado y el forzoso, mediante una decisión emanada desde el Poder Ejecutivo según la consideración del Consejo Superior Policial. La entidad responsable de la administración y dirección del proceso es el Comité de Retiro. Se concederá el retiro voluntario en el caso en que se cumplan con los siguientes requisitos: (i) al cumplir 20 años o más de servicios, (ii) por padecer alguna discapacidad relativa que no permita prestar servicios en la institución producida por enfermedad o lesiones, (iii) por padecer discapacidad absoluta o (iv) por cumplir con la edad máxima para el grado (República Dominicana, 2003: Art. 95). La siguiente tabla detalla la edad y el tiempo de servicio requerido para el paso a retiro.
Grado
Tabla 5. Requisitos de retiro voluntario por edad y tiempo de servicio Edad Tiempo de Servicio
Oficiales Generales
60 años
35 años
Coroneles
55 años
33 años
Tenientes Coroneles
52 años
32 años
Mayores
49 años
30 años
Capitanes
48 años
28 años
Primeros y Segundos Tenientes
47 años
27 y 26 años respectivamente
Sargentos, Cabos y Rasos
45 años
25 años
Fuente: República Dominicana (2003, Art. 96).
En el caso de los Oficiales serán separados de la institución al aceptar su renuncia, por solicitud de retiro, por sentencia de un Tribunal Policial, mediante la sentencia de un Tribunal Ordinario que conlleve pena de criminalidad o cuando el funcionario policial no cumpla de forma satisfactoria con los cursos o exámenes que se requieren (República Dominicana, 2003: Art. 66-II).
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b. Requisitos de ingreso y formación Para ingresar a la Policía Nacional se requiere cumplir con una serie de requisitos y aprobar las diversas pruebas que se aplican a los postulantes. Los requisitos mínimos para presentarse al proceso de ingreso a la institución son: (i) ser ciudadano dominicano en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos, (ii) tener 18 años de edad y no exceder los 25 años para en nivel básico, mientras que en el caso de los Cadetes su edad debe fluctuar entre 18 y 22 años, (iii) cumplir con la estatura mínima de 1,70 mts. para hombres y 1,60 mts. en el caso de las mujeres que postulan al nivel básico, por su parte los cadetes requieren de 1,74 mts para hombres y 1,65 para mujeres, (iv) ser bachiller, (v) estar sano física y mentalmente, situación que debe ser comprobada y acreditada por el cuerpo médico de la institución, (vi) ser de buena costumbre y presentar certificados de no delincuencia y ausencia de antecedentes penales expedidos por el Procurador Fiscal y la Policía Nacional, finalmente (vii) no haber sido condenado por crimen o delito, no encontrarse pendiente de una resolución, ni haber sido excluido de otro servicio público por mala conducta (República Dominicana, 2003: Art. 55). En cuanto a las pruebas de selección los postulantes deben rendir 4 exámenes, ellos son: físico, cultural, médico y psicométrico. Los que a su vez serán complementados con investigaciones y entrevistas personales a los candidatos. Después de la aprobación de las pruebas aplicadas de manera conjunta por la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Educación y Entrenamiento es necesaria la aprobación del curso de formación básica luego del cual se suscribe el contrato para formalizar el ingreso a la Policía Nacional, el cual en el caso de los Oficiales será nombrado por el Poder Ejecutivo y el personal de Nivel Básico por el Jefe de la Policía Nacional (República Dominicana, 2003: Art. 54). En cuanto a los aspectos formativos en la institución, para ingresar al nivel de Cadetes como al Básico es requisito poseer el título de Bachiller. En el caso de los Oficiales para pasar al nivel medio es necesario obtener el título de Licenciado en Ciencias Policiales que otorga el Instituto Especializado de Estudios Superiores de la Policía Nacional (IEESPON). Mientras que para acceder al nivel superior es requisito contar con una especialidad otorgada por la misma institución y al de Dirección con grado de Magíster (República Dominicana, 2003: Art. 57-I). De acuerdo con la información proporcionada por la Experta Nacional en la definición de los contenidos del plan de estudios del personal policial participan la Secretaria de Interior y Policía, la Jefatura institucional, el Consejo Superior Policial y consultores que trabajaron en el Plan de Seguridad Democrática. De igual modo la Rectoría del IEESPON es la entidad responsable del diseño y ejecución de los programas educativos de la institución.
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A su vez la ley institucional incorpora como un elemento fundamental la perspectiva de género, en este sentido se expresa que la mujer policía participará en igualdad de condiciones que los hombres en los centros de formación y otras instancias de la institución policial. También en el plan de formación de los centros policiales debe incorporarse esté enfoque, además del uso del lenguaje de género en los documentos oficiales y normativas. También establece institucionalidad interna al crear el Consejo Consultivo de Género como un órgano de consulta del Jefe de Policía para la promoción de la mujer en funciones policiales (República Dominicana, 2003: Art. 33). En esta materia se ha promovido a Oficiales femeninos en puesto relevantes dentro de la estructura –tales como direcciones- y también el ascenso de Oficiales Femeninos a Posiciones de Alta Jerarquía. 3.4 Control Interno La Dirección Central de Asuntos Internos tiene como misión prevenir, investigar, controlar, recomendar acciones correctivas ante toda conducta impropia de los miembros de la Policía Nacional, al velar por el fiel cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos que rigen las actuaciones del cuerpo policial (Policía Nacional, s/f). El principal objetivo de esta entidad es la reducción de la mala conducta, corrupción y exceso de la autoridad policial, en donde se integran medidas de prevención contra la inconductas En consecuencia con la promoción de la equidad de género en la institución la dirección de la unidad recae en la Mayor Generala Dra. Daisy Liviano Paulino. 3.5 Control Externo Los Senadores y Diputados tienen derecho a iniciativa de ley en todas las materias que sean de interés nacional –dentro de lo que cabe el Sector de Seguridad Pública-. Además dentro de sus facultades pueden interpelar a los Secretarios de Estado o a Directores de Organismos autónomos si así lo definen dos tercios de sus miembros (República Dominicana, 2002: Art. 37-38). Junto con ello el Congreso cuenta con un staff permanente de asesores para su trabajo legislativo en materia de Seguridad Pública. En la Sociedad Civil existen una serie de organizaciones no gubernamentales y académicas que están analizando de manera permanente el sector ellas son la Fundación Institucionalidad y Democracia, el Foro Ciudadano de Seguridad, el Movimiento Participación Ciudadana, Voces y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) programa República Dominicana. Estas organizaciones han participado de manera excepcional en Comisiones Parlamentarias, asesoría al gobierno en la formulación de proyectos de ley y en la evaluación de políticas del sector.
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3.6 Presupuesto El criterio de distribución presupuestaria es sobre la base de presupuesto y desempeño durante el año anterior, el cual se ajusta con otros componentes. Este se origina en la Secretaria de Estado Interior y Policía, aunque es importante mencionar que la Jefatura Policial define un presupuesto autónomo de la Secretaria para la institución –de acuerdo con el artículo 126 de la ley- que además define su responsabilidad en la preparación del anteproyecto de presupuesto para presentar al Consejo Superior Policial. A pesar de ello, la asignación del presupuesto aparece consignada públicamente a la Secretaria. La Dirección Administrativa de la Policía Nacional es la unidad responsable de esta materia en la institución, también la Secretaria maneja algunos componentes del presupuesto institucional tales como la compra de equipos y el entrenamiento del personal. A su vez, existe una unidad que evalúa la aplicación del presupuesto de acuerdo a los planes y programas desarrollados, ella es la Dirección Administrativa que solo realiza este proceso sobre los que tiene competencia. La información presupuestaria se pone a disposición de los medios de comunicación escritos junto a las demás partidas presupuestales del gobierno. También es posible encontrar información fiscal en el sitio web del Banco Central de la República Dominicana. 3.7 Reformas y modernización Durante el año 2005 el gobierno del Presidente Leonel Fernández genera lineamientos para el desarrollo de una estrategia nacional en materia de Seguridad Ciudadana y una política en relación a un contexto democrático, bajo la premisa de la Seguridad Integral con centralidad en el ciudadano y el Estado al considerar las dimensiones de fortalecimiento de la seguridad ciudadana y la seguridad pública. De este modo el objetivo apunta a la reforma institucional y el desarrollo de políticas preventivas de seguridad y de inversión pública en lo sectores marginados en materia social y económica. Para la Experta Nacional los efectos de esta iniciativa se reflejan en la revitalización del rol del Secretario de Estado de Interior y Policía en el diseño estratégico de la seguridad pública al que debe responder el Jefe de la Policía Nacional. Por otra parte se inicio un proceso de revisión estructural de las principales entidades del sector: la Secretaria, la Policía Nacional y otros organismos estatales vinculados como la Procuraduría Nacional. Mientras que en lo estrictamente policial el proceso de reforma ha contemplado diversos elementos, a juicio de la Experta Nacional es un proceso incipiente, el cual comenzó durante el año 2000 con la revisión de la Ley Orgánica de la Policía Nacional. 28
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Este proceso gatillo presión social de parte de la ciudadanía para reformar a una institución que se percibía como corrupta, ineficiente y altamente represiva. Los componentes principales del proceso de reforma consideraban la desmilitarización doctrinaria, estructural, organizativa y cultural de la policía, la eliminación de los Tribunales Policiales como sistema paralelo a la justicia ordinaria, además de apartar la impunidad como práctica institucional sistemática. Es importante mencionar que la iniciativa de reforma fue resistida por un sector importante de Oficiales Militares en retiro que habían ejercido la jefatura de la Policía Nacional, a lo que hay que sumar la resistencia interna en todos los niveles jerárquicos de la institución. En síntesis durante los últimos años en el país se han aprobado reformas que abordan la modificación de la ley orgánica institucional que estaba vigente desde 1962, lo cual se realizó durante el mes de diciembre de 2003 y la creación de una instancia de planificación y coordinación de la política de seguridad ciudadana mediante decreto presidencial en 2005. Se han implementado conjuntamente procesos de modernización institucional lideradas por el Poder Ejecutivo tales como: cambio en los modelos de gestión, compra de equipamiento –específicamente vehículos y equipos de comunicación-, cambios en la pirámide institucional –en donde ha participado también la Jefatura de la Policía Nacional-, modificaciones a los años de formación y cambios a la estructura organizacional policial.
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IV.
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INTELIGENCIA
Las distintas agencias que realizan tareas de inteligencia en República Dominicana son: (i) el Departamento Nacional de Inteligencia (DNI) cuyas funciones y productos tienen como destinatarios al Estado, depende de las Fuerzas Armadas y está regulada por la ley 857 del 22 de julio de 1978. (ii) La Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Secretaria de Estado de las FF.AA, la que produce información para las entidades del sector y es comandada por un funcionario militar, de acuerdo con la Experta Nacional la entidad fue creada por orden general del Secretario de las FF.AA N° 35 del 21 de Agosto de 1981, es quizás la entidad más relevante del sector es la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Secretaria de Estado de las FF.AA que tiene como misión centralizar los esfuerzos de búsqueda, análisis, interpretación y diseminación de la información de forma continua y sistemática para la producción de inteligencia como apoyo a la toma de decisiones en el ámbito de la defensa y seguridad nacional (Dirección de Inteligencia J-2, 2005). Finalmente la última agencia corresponde a la (iii) Unidad de Inteligencia Criminal de la Policía Nacional, cuya dependencia recae en la Dirección Central de Investigaciones Criminales, dentro de la nueva propuesta organizacional de la institución que se encuentra en estudio esta unidad pasaría a constituirse a nivel de Dirección, independizándose del actual mando. Por su parte, de acuerdo con Lilian Bobea han existido casos de actividades de inteligencia militar en asuntos ligados a la seguridad pública, en este sentido el DNI investiga acciones de narcotráfico, insurgencia, movimientos sociales. Lo que es normal en el funcionamiento de las entidades militares y policiales en materia de inteligencia. Mientras que en lo que respecta a actividades ilegales realizadas por las agencias se reportan casos de intervenciones telefónicas a funcionarios de gobierno y ciudadanos. La toma de decisiones en el sector inteligencia le corresponde al Poder Ejecutivo, las Fuerzas Armadas y el Congreso, quien además puede hacer revisión de ellas.
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V.
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BIBLIOGRAFIA Y FUENTES CONSULTADAS
Fuentes consultadas - Bobea, Lilian (2006). República Dominicana, en: Programa de Seguridad y Defensa en América Latina, Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado, Madrid, España, http://iugm.es/ADEFAL/ CEPAL (2005). Base de Estadísticas e Indicadores Sociales, http://websie.eclac.cl/sisgen/Sisgen_badeinso.asp - Dirección de Inteligencia (J-2) de la Secretaria de Estado de las FF.AA (2005). Sitio web institucional, http://www.j2.mil.do/home.asp - Ejercito Nacional de la República Dominicana (s/f) . Sitio web institucional, http://www.ejercito.rd.mil.do/ - Fuerza Aérea Dominicana (2006). Sitio web institucional, http://www.fad.mil.do/ - Marina de Guerra Dominicana (s/f). Sitio web institucional, http://www.marina.mil.do/ Policía Nacional República Dominicana (s/f). Sitio Web Institucional, http://www.policianacional.gov.do/ - República Dominicana (2002). Constitución Política de la República Dominicana, Santo Domingo, Agosto. - ___________________ (1996). Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, Santo Domingo. - ___________________ (1961). Reglamento Militar Disciplinario, Decreto Número 7.010, Agosto. - ___________________ (2003). Ley Institucional de la Policía Nacional, Santo Domingo, Diciembre. - Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas (s/f). Sitio web institucional, http://www.secffaa.mil.do/ - Secretaria de Estado de Interior y Policía (s/f). Sitio web institucional, http://www.seip.gov.do/ - SIPRI (2005), The SIPRI Military Expenditure Database. http://first.sipri.org/index.php
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VI.
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ANEXOS
Anexo 1. Información General Tabla 1. Datos generales de Republica Dominicana Indicador Población (en mill. de habitantes)a % de población bajo línea de pobreza (2002)b Lugar en Índice de Desarrollo Humano (2005)c Coeficiente de Gini (2005)d Tasa de analfabetismo en la población de 15 años y más de edad (2005)e % de crecimiento en relación al PIB (2005)f Tasa anual de desempleo (2005)g PIB per cápita (2005)h Inflación (2005)i
Datos 8.562.541 habitantes 44,9% 95 (0,745) 0,569 14,5% 4,5% 18%
US$2.424,1 3,7%
a. Oficina Nacional de Estadística (2002). Censo Nacional de Población y Vivienda República Dominicana b. CIA World Factbook (2006). https://www.cia.gov/redirects/factbookredirect.html c. PNUD (2005). Informe sobre Desarrollo Humano 2005. d. CEPAL (2005). Base de Estadísticas e Indicadores Sociales. e. CEPAL (2005). Base de Estadísticas e Indicadores Sociales. f. World Bank (2005). World Economic Outlook Database. g. CEPAL (2005). Base de Estadísticas e Indicadores Sociales.. h. World Bank (2005). World Economic Outlook Database. i. World Bank (2005). World Economic Outlook Database.
Tabla 2. Secretarios de Estado de las FF.AA (1996-2006) Nombre Almirante. M.de G. (DEM) Sigfrido A. Pared Peréz Gral. de Brigada E.N (DEM) José Miguel Soto Jimenéz Teniente General E.N Manuel de Jesús Florentino y Florentino Almirante M. de G. Rubén Paulino Álvarez Teniente Gral. (FAD) Juan Bautista Rojas Tabar Fuente: Experto Nacional.
Periodo 2004- actualidad Agosto 2000- Agosto 2004 Agosto 19l98 – Agosto 2000 Octubre 1996- Diciembre 1998 Agosto 1996- Octubre 1996
Tabla 3. Secretarios de Estado de Interior y Policía (2000-2006) Nombre Periodo Franklin Almeida Rancier
Estatus Militar Militar Militar Militar Militar
Estatus
2004- actualidad
Civil
Pedro Franco Badia
2001- 2004
Civil
Rafael Suverví Bonilla
2000-2001
Civil
Norge Botello
1996-2000
Civil
Fuente: Experto Nacional.
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