Derechos de Autor y Propiedad Intelectual

Page 1

DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Presentado por Flor de María Castellón


• La propiedad intelectual • El convenio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual estableció en 1967 protección para • - Obras literarias, artísticas y científicas • Interpretación de artistas intérpretes y ejecuciones de artistas ejecutantes, fonogramas emisiones de radiodifusión • Las invenciones • Descubrimientos científicos • Diseños industriales • Marcas de fábrica, comercio y servicios y los nombres comerciales

Se divide en

LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

EL DERECHO DE AUTOR

Patentes de invenciones Diseños industriales Marcas de productos o servicios Esquemas de trazado de circuitos integrados Nombres comerciales Indicaciones geográficas

Se aplica a: Creaciones literarias y artísticas (libros, obras musicales, pinturas, esculturas, películas y obras hechas con medios tecnológicos.

EL COPYRIGHT En algunos países el derecho de autor es denominado copyright. El término copyright se refiere al acto de copiar una obra original que solo puede ser realizado por su autor o con autorización.


Características de la Propiedad Intelectual

EL DERECHO DE AUTOR (obras literarias y artísticas)

LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (Invenciones)

a) Se protege la forma de expresión de las ideas, no las ideas propiamente. b) Estas obras son creativas. c) El Derecho de Autor protege al titular de derechos exclusivos de propiedad contra todo tercero. d) Los autores y los creadores pueden crear, tener derechos y explotar una obra que sea muy similar a la creación de otro autor o creador sin infringir el derecho de autor. e) La protección jurídica prohíbe utilizar sin autorización la expresión de las ideas. f) La legislación es declarativa porque estipula que el autor de una obra original puede impedir a terceros que copien o utilicen de otra forma la obra. g) Toda obra creada goza de protección en cuanto empieza a existir sin necesidad de mantener un registro público de obras protegidas por derechos de autor. h) El autor no necesitan hacer ninguna gestión o trámite.

a) Es toda nueva solución a un problema técnico, son ideas. Esa idea es objeto de protección. b) La protección es contra toda utilización de la invención sin la autorización de su propietario. c) Aplica para el caso en que un inventor conciba por su cuenta algo que ya haya sido creado. d) La protección de las invenciones equivale a un derecho de monopolio para explotar una idea; vigencia de protección: 20 años. e) Esa protección debe ser puesta en público. f) Una invención pertenece a un propietario concreto cierto número de años. g) La invención protegida debe ser divulgada en público en un registro oficial.


LIMITACIONES Y EXCEPCIONES A LOS DERECHOS DE AUTOR •

Derechos protegidos por derechos de autor

Derechos Patrimoniales

Derechos Morales:

El autor o creador recibirá una retribución económica porque terceros utilicen sus obras.

El autor o creador toma medidas para preservar y proteger los vínculos que los unen a sus obras. Muchos países no permiten la cesión de estos.

El autor puede oponerse a que terceros la utilicen sin su consentimiento. El titular de los derechos sobre una obra tiene facultad de autorizar o prohibir.  Reproducción de la obra en varias formas.  Distribución  Interpretación o ejecución pública  Radiodifusión o comunicación por otros medios  Traducción a otros idiomas  Adaptación de la obra.

Los autores tienen:  Derecho a reivindicar la paternidad de una obra (derecho de paternidad o de atribución)  Derecho a oponerse a cualquier deformación o modificación de una obra o cualquier atentado que cause perjuicio a su honor o a su reputación (derecho de integridad). 1º Determinadas categorías de obras están excluidas de la protección por derechos de autor. En algunos países no existe protección por derecho de autor si la obra no se encuentra en un formato tangible. Ej. Una coreografía: debe haber registro de los movimientos o una grabación. 2º Determinados actos de explotación pueden efectuarse en circunstancias que se contemplan en la Ley, sin autorización del titular.


LIMITACIONES Y EXCEPCIONES A LOS DERECHOS DE AUTOR •

Derechos protegidos por derechos de autor

Derechos Patrimoniales

Derechos Morales: Hay dos tipos básicos de limitaciones y excepciones a) La libre utilización: la no obligación de compensar al titular por usar su obra. Ejemplos:  Citas extraídas de obras protegidas, a condición de que se mencione la fuente y el nombre del autor y que ese uso se ajuste a prácticas honestas.  Utilización de obras con fines docentes  Utilización a los fines de información periodística  Libre utilización con fines de reproducción, en Convenio de Berna se estipula una norma general: art. 9.2 estipula la facultad de que gozan los Estados miembros de permitir la reproducción en casos especiales (ej. Facultad de reproducir para utilización personal, privada y no comercial)

En Junio 2013 los Estados miembros de la OMPI aprobaron el “Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso”.

b) Las licencias no voluntarias (u obligatorias) que exigen compensación al titular de los derechos por la explotación no autorizada. Las obras pueden usarse sin autorización, pero se debe compensar. Son no voluntarias porque están contempladas en la legislación y no dependen del titular del derecho de autor.


LICENCIA COPY RIGHT

LICENCIA CREATIVE COMMONS

 En algunos países el derecho de autor es denominado copyright. Se refiere al acto de copiar una obra original que solo puede ser realizado por su autor o con autorización.

 Es un conjunto de textos legales creado con el objetivo de que los autores pudieran ceder algunos derechos sobre sus obras y se reservaran otros.  Según la Dra. Xalabarder , tanto el copyright y el copyleft el sistema de licencias CC se basan en el ejercicio de los derechos de autor otorgados por la ley de propiedad intelectual.  Estas licencias…establecen un equilibrio entre los derechos de los autores y los derechos de los usuarios.  Faciliatan que el autor autorice el uso y la explotación de su obra publicada en Internet.

 Esta expresión nos remite a la persona creadora de una obra.  El autor goza de derechos específicos sobre sus creaciones que solo él puede ejercer. Esos derechos se denominan DERECHOS MORALES.  Estos derechos se refieren a impedir la reproducción deformada de la misma.  Existen otros derechos, ejercidos por terceros, como el de efectuar copias, por ejemplo, el que tiene todo editor que tiene una licencia del autor.

«El objetivo de las CC es poner al alcance de los autores un modelo de licencia estandarizada que, en lugar de prohibir el uso (la idea del «todos los derechos reservados»), lo autorice bajo algunas condiciones (es decir, «algunos derechos reservados»

 El proyecto Creative Commons facilita, por un lado, la publicación de obras en Internet autorizando su uso al público y, por otro, su localización y acceso por parte del público.  Creative Commons actúa de intermediario: poniendo al alcance de autores y usuarios un sistema de licencias para que se pongan de acuerdo.

La tecnología digital pone en peligro el régimen de la propiedad intelectual,… facilita (sin demasiado esfuerzo ni inversión) la realización de copias perfectas del original, y permite prescindir del soporte físicamente tangible que contiene la obra.


CONCLUSIONES 1. Es de gran importancia para nosotros como docentes tener en cuenta estas licencias, ya que debemos darles el ejemplo a nuestros estudiantes. 2. Es casi obligatorio para nosotros tener todos estos conocimientos para que nuestra labor educativa no se vea desfasada, pues la tecnología en el ámbito educativo es increíblemente dinámica. 3. Es nuestra responsabilidad brindar una educación actualizada y con los elementos básicos para que nuestros estudiantes puedan enfrentar los grandes retos actuales en su formación. 4. Tanto los conocimientos sobre la propiedad intelectual como de los derechos de autor deben servirnos de base para formar en nuestros estudiantes actitudes de respeto y honestidad.


BIBLIOGRAFÍA - OMPI. (2016). Principios básicos de los derechos de autor y los derechos conexos. Segunda edición. Disponible en: http://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/wipo_pub_909_2016.pdf - Crear y publicar con las TIC en la escuela. Autor: Ángela Benavides Maya y otros. Primera edición. Mayo de 2011. Disponible en https://drive.google.com/file/d/0ByZtZSXv7bCtVnZOaUdVV1l5eWc/view


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.