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PERÚ

Ministerio de Agricultura

Autoridad Nacional del Agua

GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA VIGILANCIA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS Lic. Juan José Ocola Salazar Área de Gestión de la Calidad del Agua Lima, 16 de junio de 2010


EL AGUA….. Es un recurso natural finito, estratégico y vulnerable, esencial para sostener la vida; base para desarrollo económico, es insustituible para la sostenibilidad ambiental del Perú.


EL AGUA….. un recurso “conflicto” ya sea por uso o por contaminación. Actualmente

es


CANTIDAD DE RECURSO HIDRICO EN EL PERU


PRESION SOBRE EL AGUA EN EL PERU

Zonas con menor densidad poblacional, mayor cantidad de agua (97,7%), menor presiรณn sobre el recurso.

Habs/km2

236

30

Zonas de mayor densidad poblacional, menor cantidad de agua (1,8%), mayor presiรณn sobre el recurso, mayor contaminaciรณn del agua. Lago Titicaca (0,5%)

20 10 5 Fig. 1.1 Distribuciรณn espacial de la poblaciรณn y la disponibilidad del agua.


ENFOQUE GENERAL DE LA PROBLEMÁTICA DEL RECURSO HIDRICO

• Mayor presión sobre la cantidad y la calidad del agua • Contaminación del agua • Conflictos sociales por el agua • Escasa cultura del agua. • Incumplimiento de la Ley.


ENFOQUE DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, LEY 29338

El aprovechamiento y la gestión del agua se inspira en un planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones a todos los niveles: nacionales, regionales y locales. Involucra los aspectos sociales, económicos y ambientales.

GESTIÓN INTEGRADA DEL RECURSO HÍDRICO


CONTAMINACION DEL AGUA Acumulación indeseable de sustancias, organismos y cualquier forma de energía en un sistema hídrico. En cuanto a las aguas del país, es la acumulación de diversos elementos y sustancias aportados por vertimiento de aguas residuales crudas o insuficientemente tratadas que superan la capacidad de asimilación y/o autodepuración del cuerpo receptor generando concentraciones en el cuerpo de agua que exceden el estándar de calidad normado en la zona sometida a regulación.


CAUSAS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA


CAUSAS NO ESTRUCTURALES: (Las menos entendidas, las menos gestionadas y las más difíciles de abordar) 1. EL SISTEMA EDUCATIVO Y LOS MODELOS MENTALES: Determinan la de pensar y actuar de la sociedad, en el contexto de la naturaleza. Es el que determina los modelos mentales de la sociedad en general. 2. INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL DEL PAIS: Abundancia de leyes, pero muy pocos las cumplem…esto quiere decir que la Ley no resuelve la problemática de la contaminación del agua.


La contaminación del ambiente y del agua es el resultado de los modelos mentales: Modelo mental Tecnocrático Político

Forma de actuar

Resultado

Conocimiento técnico sesgado de los Obras faraónicas, sector agrario funcionarios públicos (obras, pobre … obras…) Actuar por actuar conveniencia.

o

actuar

por No existe una política ambiental definida y coherente con las necesidades del país.

Econimicista

Desarrollo sin tomar en cuenta los Contaminación, deterioro del aspectos ambientales. Criterios de ambiente y depredación de los mínimo costo. recursos naturales.

Educativo

Simplista, sin mayor análisis de la Sociedad consumista y escasa problemática ambiental del país. cultura o conciencia ambiental.-

Fuente: Ocola, J 2005


EL MEDIO AMBIENTE Y LAS PRINCIPALES PREOCUPACIONES DE LA POBLACION PERUANA ORD. PRIOR.

PROBLEMAS

POBLACION MUESTRADA

TOTAL

LIMA

COSTA

SIERRA

SELVA

URBANO

RURAL

14 258

4 616

3 319

4 710

1 613

10 723

3 563

1

Falta de empleo

31,6

33,7

36,8

28,7

23,7

35,0

21,3

2

Pobreza

20,4

22,5

20,6

20,2

14,6

20,9

18,8

3

Bajos ingresos

15,4

19,4

13,1

15,0

9,7

16,7

11,5

4

Contaminaci贸n

4,8

6,9

5,0

3,8

1,5

5,6

2,4

5

Terrorismo

4,3

1,8

6,9

5,4

2,8

3,9

5,2

6

Narcotr谩fico

2,9

3,2

3,6

2,8

0,7

3,2

1,8

7

Otros

16,1

10,0

11,3

20,3

31,1

12,3

27,7

8

No sabe

4,6

2,6

2,8

3,9

16,0

2,4

11,3

Fuente: Ocola, J 2005 (Tomado de USAID 1998)


LAS CAUSAS ESTRUCTURALES DE LA CONTAMINACION DEL AGUA (Son los más simple de abordar, ya que está referido a todos los aspectos técnicos referidos con la contaminación del agua) 1. Contaminación por vertimientos urbanos 2. Contaminación por vertimientos industriales 3. Contaminación por vertimientos mineros 4. Contaminación por vertimientos agrícolas


FUENTES DE CONTAMINACIÓN A LOS RECURSOS HÍDRICOS Efluentes Industriales y poblacionales

Efluentes poblacionales

Efluentes de granjas y camales

Efluentes de industrias

AGUA MARINA

Agricultura: agroquímicos AGUA SUPERFICIAL (RÍOS, LAGOS, LAGUNAS)

Deposición de excretas a campo abierto + escorrentías, letrinas sobre acequias

Residuos Sólidos

Efluentes mineros

Animales silvestres que habitan en las orillas

Movimiento de Tierras


ORIGEN DE LA CONTAMINACION Origen Natural Calidad de suelos Nutrientes Agua de Lluvia, Escorrentías Origen Antropogénico Fuentes Puntuales Fuentes Dispersas

Residuos Industriales Residuos domésticos Líquidos AGUAS PORTADORAS DE RESIDUOS


多QUE PIENSA LA GENTE CON RESPECTO A LA GESTION DE LA CONTAMINACION DEL AGUA? Que es un problema que debe ser resuelto por el gobierno central y por las municipalidades


EFECTOS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Efectos directos sobre la salud de la población Pobreza Deterioro y/o pérdida de la calidad del agua. Mayores costos para el tratamiento de agua potable. Restricción de uso de aguas para consumo y riego. Desarrollo insostenible Deterioro de los ecosistemas acuáticos Pérdida de flora y fauna acuática.


Si no se logra desarrollar la cultura del agua en todos los niveles de la sociedad; entonces ser谩 imposible plantear una gesti贸n integral que promueva el uso sostenible del recurso agua.


COMENTARIO FINAL DEL TEMA

La contaminación del agua y del medio ambiente en general, no son solo temas técnicos, políticos, legales, económicos, si no también ETICOS y CULTURALES.


CONFLICTOS POR CONTAMINACIÓN

Quilish, Combayo, Llaucano, Algamarca: Minería Aurífera

Río Corrientes, Tigre y Pastaza: Hidrocarburos

San Lorenzo: Chipillico Parcoy, Laguna Pias: Minería formal

Ucayali: río Abujao Pasco: Minería formal

Huaraz, San Marcos-Ayash: Minería formal

Hueypetue: Minería artesanal

Chimbote: Pesquería y Siderúrgica

El Espinar: Minería formal

La Oroya Junín:Comp. Metalúrgico

San Mateo de Huanchor: Minería y poblacional Paracas: Pesquería y poblacional

Paratía y Ananea: minería aurífera formal e informal Litoral peruano: Poblacional

Toquepala, Cuajone e Ilo: Minería formal


AUTORIZACIONES OTORGADAS POR VERTIMIENTO Y/O REUSO DE AGUAS RESIDUALES HASTA ANTES DE LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS CUADRO Nº 01 EMPRESAS AUTORIZADAS POR ACTIVIDAD ECONÓMICA SEGÚN TIPO DE DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES Y VOLUMEN GENERADO, A NIVEL NACIONAL VIGENTES - 2008 Empresas Autorizadas por Actividad Económica

Tipo de Disposición Final Total

Total

251

Vertimie nto 178

Vertimiento Cero 49

Minería

111

64

Pesquería

76

Hidrocarburos

Reuso

Volumen de Vertimiento 3 (m /año)

24

552,533,373.85

42

5

365,578,256.85

74

--

2

33,758,388.12

24

20

2

2

47,483,378.72

Industria

31

16

3

12

10,134,628.56

Pecuario

4

1

--

3

601,196.00

Energía

1

1

--

--

94,608,000.00

Construcción

4

2

2

--

369,525.60

FUENTE: Base de Datos Ministerio de Salud-DIGESA


PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DE LA CALIDAD DEL AGUA Altas concentraciones de carga contaminante en el agua

Falta de Regulación Ambiental

Incumplimiento de regulación ambiental

Universo de fuentes vertedoras

Vertimientos ilegales

Actividades informales en la cuenca

Existencia de pasivos mineros

Presencia de residuos sólidos en las riberas del rio

Descargas de AR sin tratamiento

CONTAMINACION DEL AGUA

Deterioro de la calidad de vida de la población

Desorden en el ordenamiento del territorio

Afectación a la salud poblacional

Alteración del paisaje

Desorden en las competencias y autoridad

Evasión en el pago de Retribución Conflicto social por uso de agua

Modificación del cauce del rio

Generación de focos de contaminación

No se cuenta con el universo de las descargas

Incremento de descargas sin tratamiento

Efluentes abandonados sin tratamiento

Mínima vigilancia calidad de agua Falta de Autoridad para control de descarga y Escaso presupuesto en la gestión y vigilancia


INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS LEY Nº 29338-LEY DE RECURSOS HÍDRICOS

Mantaro – Yauli


La ANA controla, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad del agua sobre la base de los ECAs para Agua.

-

S.Tratamiento

•Reglamentación de los ECA para agua. • Clasificación de los cuerpos de agua natural en función a las categorias del D.S. N 002-2008-MINAM


REGULACIÓN SECTORIAL Y AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDAD P LM

Límite Máximo Permisible

ECA Estándar de Calidad Ambiental para Agua




LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS SU REGLAMENTO Y LA PROTECCION DEL AGUA


LEY Nº 29338 – LEY DE RECURSOS HÍDRICOS


TITULO V: PROTECCION DEL AGUA

Conservación Conservación del delAgua Agua (cantidad) (cantidad)

Protección Protección del del Agua Agua

Inventario Inventariode de fuentes fuentes sup. sup. yy subterráneas subterráneas Disponibilidad Disponibilidadyy balance balancehídrico hídrico Protección Protecciónde delas las fuentes fuentesde deagua aguayy bienes bienesasociados asociados

Preservación Preservación del delAgua Agua (calidad) (calidad)

Vigilancia Vigilanciayy monitoreo monitoreode de cuencas cuencas Gestión Gestiónde delala calidad calidaddel delAgua Agua


Funciones • La ANA en su condición de ente rector de la política nacional del agua, es responsable de la vigilancia y fiscalización de la calidad del agua en los recursos hídricos continentales y marino costeros del país; así como también del control de los vertimientos a los cuerpos de agua, de aguas residuales tratadas.


Funciones de la ANA • La ANA debe velar por la protección del agua, que incluye la conservación y protección de sus fuentes, de los ecosistemas y los bienes asociados a ésta.


Funciones •

La ANA autoriza el vertimiento del agua residual tratada a un cuerpo natural de agua continental o marina, previa opinión técnica favorable de las autoridades en materia ambiental y en materia de salud sobre el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental de agua (ECA-agua) y límites máximo permisibles (LMP) de los sectores. Queda prohibido el vertimiento directo o indirecto de agua residual sin dicha autorización.


Funciones • La ANA controla, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua sobre la base de los ECA-agua y las disposiciones y programas para su implementación, establecidos por la autoridad del ambiente.


Funciones La ANA establece medidas para prevenir, controlar y remediar la contaminaci贸n del agua y los bienes asociados a 茅sta.


Acciones Control. Conjunto de actividades que incluye la planificación, programación y coordinación con otros sectores para realizar el control de los vertimientos, los que deben realizarse conforme a las condiciones establecidas por la ANA, a las normas o dispositivos legales sobre vertimientos y a un programa de control de vertimiento establecido. La ANA a través del programa de control de vertimientos y condiciones de vertimiento, entre otras disposiciones, establece medidas para controlar la contaminación del recurso hídrico.


Acciones โ ข

Supervisiรณn. Conjunto de actividades para evaluar, identificar y verificar el cumplimiento por parte del administrado, de las normas de calidad ambiental del agua, sobre la base de los estรกndares de calidad del agua y de las disposiciones y programas para su implementaciรณn, establecidos por la autoridad sectorial competente. Para ello, la ANA establece un programa de vigilancia y monitoreo de la calidad de las aguas, para saber si se estรก logrando los objetivos de las actividades de control, tanto por parte de la ANA como de los administrados.


Acciones Fiscalización. Consiste en la verificación de una condición específica para determinar si hay incumplimiento de una condición, norma o disposición que cause la contaminación de los cuerpos de agua. El incumplimiento de parte del administrado genera una sanción por parte de la ANA, lo que es sustentado con pruebas.


Potestad sancionadora La Autoridad Nacional del Agua ejercerá la facultad sancionadora ante cualquier infracción a las disposiciones contenidas en la Ley o al Reglamento por parte de las personas naturales o jurídicas públicas o privadas sean o no usuarios de agua.


Sanción por contaminación de las aguas En el caso, que como resultado de la diligencia efectuada en campo, el profesional de la Administración Local de Agua, o el Especialista de la Autoridad Nacional del Agua, constaten objetivamente la presencia de vertimientos de aguas residuales sin tratar o de residuos sólidos a un cuerpo natural de agua continental o marino costero, procederá a identificar la correspondiente infracción, la cual deberá estar descrita detalladamente en el informe técnico.


Sanción por contaminación de las aguas Sanción de acuerdo al artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.Cuando se trate de un vertimiento de agua residual, doméstica, municipal o industrial, cuyo administrado haya sido identificado plenamente, y no cuente con la respectiva autorización de vertimiento; la Administración Local de Agua deberá iniciar procedimiento sancionador por: realizar vertimientos sin autorización.


Sanción por contaminación de las aguas Sanción de acuerdo al artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.- Cuando se trate de un vertimiento de residuos sólidos urbanos que haya sido identificado plenamente; la Administración Local de Agua deberá iniciar procedimiento sancionador por: arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua naturales o artificiales.


Sanciones Quienes de manera intencionada contaminen o contaminen las aguas, cualquiera que sea el origen, su fuente o estado f铆sico en que se encuentren, ser谩n denunciados ante el Poder Judicial siempre que la contaminaci贸n o la poluci贸n ocasionen perjuicio a la salud humana, la fauna, la flora o a la colectividad impidiendo o limitando su empleo para cualquiera de los usos a que los recursos de agua estuvieron destinados


REGLAMENTO DE LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS, DECRETO SUPREMO Nยบ 0012010-AG (24 de marzo de 2010)


CAPITULO IV: PROTECCION DE LAS FUENTES DE AGUA . Art. 123º Acciones para la prevención y el control de la contaminación de los cuerpos de agua

• La ANA ejerce de manera exclusiva acciones de control, supervisión, fiscalización y sanción para asegurar la calidad del agua. • La ANA ejerce acciones de vigilancia y monitoreo del estado de la calidad de los cuerpos de agua y control de vertimientos, ejerciendo la potestad sancionadora exclusiva por incumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de vertimientos o por aquellos vertimientos no autorizados.


CAPITULO VI: VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS Art. 135º Prohibición de efectuar vertimientos sin previa autorización

Ningún vertimiento de aguas residuales podrá ser efectuado en las aguas marítimas o continentales del país, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. autorizados. • En ningún caso se podrá efectuar vertimientos de aguas residuales sin previo tratamiento en infraestructura de regadío, sistemas de drenaje pluvial ni en los lechos de quebrada seca.

Art. 136º Medición y control de vertimientos

• Es responsabilidad del administrado instalar sistemas de medición de caudales de agua residual tratada y reportar los resultados de la medición.


CAPITULO VI: VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS

Art. 145ยบ Control de vertimientos autorizados

โ ข El control de vertimientos que ejecute la Autoridad Administrativa del Agua incluye visitas inopinadas a los titulares de las autorizaciones de vertimientos, a fin de cautelar la protecciรณn de la calidad del agua y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizaciรณn..


TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 274º Ejercicio de la potestad sancionadora

La Autoridad Nacional del Agua ejercerá la facultad sancionadora ANTE CUALQUIER INFRACCION a las disposiciones contenidas en la Ley o al Reglamento por parte de las personas naturales o jurídicas públicas o privadas sean o no usuarias de agua. protección de la calidad del agua y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización. Art. 275º Facultad para ingresar a propiedad pública o privada

El Administrador Local de Agua o quién ejerza autoridad en representación de la ANA, puede ingresar a cualquier lugar de propiedad pública o privada para cumplir con las funciones de control del usos sostenible de los recursos para cumplir las acciones inherentes a su función.


TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 277º Tipificación de infracciones

Existen 19 infracciones de las cuales tres (3) corresponde a calidad de agua: 1. Contaminar las fuentes naturales de agua, superficiales o subterráneas, cualquiera fuese su situación o circunstancia que lo genera. 2. Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua o efectuar reuso de aguas, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. 3. Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.


TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 278º Calificación de las infracciones

El Artículo 278º. Establece tres tipos de calificación de la infracción: 1. Leve. 2. Graves 3. Muy graves Para la calificación de las infracciones, la Autoridad Administrativa de Agua aplicará el principio de Razonabilidad establecido en el numeral 3) del artículo 230º de la Ley Nº 27444, y tomará en consideración los siguientes criterios: 1. Afectación o riesgo a la salud de la población. 2. Los beneficios económicos obtenidos por el infractor. 3. La circunstancias de la comisión de la conducta sancionable o infracción. 4. Los impactos ambientales negativos. 5. Reincidencia. 6. Los costos que incurra el Estado para atender los daños generados .


TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES No podr谩n ser calificadas como infracciones leves las siguientes: 1. Contaminar las fuentes naturales de agua, cualquiera fuese la situaci贸n o circunstancias que lo genere. 2. Efectuar vertimientos de aguas residuales en los cuerpos de agua o reuso de aguas provenientes de fuentes terrestres, sin autorizaci贸n. 3. Arrojar residuos s贸lidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.


TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 279º Sanciones aplicables

1. Infracciones leves: sanción administrativa de amonestación escrita, o de multa no menor de 0.5 de la UIT, ni mayor de 2.0 de la UIT. 2. Infracciones graves: sanción administrativa de multa mayor a 2 UTI y menor de 5 UIT. 3. Infracción muy grave. Sanción administrativa de multa mayor de 5 UIT hasta 10,000 UIT.

1. Se podrá disponer la extinción del derecho de uso de agua otorgado, de acuerdo con las circunstancias agraviantes de la conducta sancionable.


PROGRAMA DE ADECUACION DE VERTIMIENTOS – PAVER Cuarta disposición complementaria.• Las personas que vienen realizando vertimientos y reusos de aguas residuales no autorizados podrán acogerse al Programa de Adecuación de Vertimiento y Reuso de Agua Residual - PAVER a cargo de la Autoridad Nacional del Agua, que comprende las siguientes etapas:


Etapas: • Inscripción en el PAVER se efectuará en las ALA con la presentación de la declaración jurada de vertimiento o reuso que contendrá el cronograma para la formulación del PAMA o el instrumento de gestión ambiental que determine el sector correspondiente. El plazo para la inscripción es de un (1) año. •

Presentación de PAMA.- las personas que se inscriban en el PAVER deberán presentar el PAMA o el instrumento de gestión ambiental que determine el sector correspondiente debidamente aprobado en el que se establezcan las medidas para reducir los índices de contaminación a niveles aceptables.


c.

Plazos para la presentación del PAMA.- el plazo máximo para la presentación del PAMA o el instrumento de gestión ambiental que determine el sector correspondiente debidamente para las personas que se acojan al PAVER es un año contado a partir de la presentación de la declaración jurada de vertimiento o reuso, salvo que se trate de vertimientos de aguas residuales municipales en cuyo caso se considerará un plazo de cuatro (4). La inscripción en el PAVER no exime del cumplimiento de las medidas que dicte la Autoridad Nacional del Agua, en atención al principio precautorio cuando exista amenaza de grave riesgo a la salud humana o al ambiente.


Los procedimientos sancionadores que inicie la ANA ser谩n suspendidos con la sola acreditaci贸n de haberse acogido al PAVER y el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco de dicho programa.


PLAN DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA DEL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

Enfoque: • Integral • Coordinado con otros sectores • Participativo


Gestión Gestiónde dela laCalidad Calidaddel delAgua Agua

Vigilancia de la calidad del agua

Calificación y Clasificación de los cuerpos de Agua

INSTRUMENTOS INSTRUMENTOS - -Inventario Inventarionacional nacionalde defuentes fuentes - -Planes de Gestión de RH Planes de Gestión de RHen enCuencas Cuencas - -Derechos Derechosde deuso usode deaguas aguas - -Retribución Retribucióneconómica económicapor porderecho derechode deuso uso

INSTRUMENTOS INSTRUMENTOS - -Red nac. Red nac.de deMonitoreo Monitoreo - -Red Rednac. nac.de delaboratorios laboratorios - -Sistema Sistemade deInformación Informaciónde deRH RH - -Estándares de Calidad del Estándares de Calidad del Agua Agua

Control de Vertimientos

INSTRUMENTOS INSTRUMENTOS - -Autorizaciones Autorizacionesde devertimientos vertimientosyyreusos reusos - -Registro Nacional de vertimientos Registro Nacional de vertimientosyyreusos reusos - -Límites LímitesMáximos MáximosPermisibles Permisibles -Retribución -Retribucióneconómica económicapor porvertimiento vertimiento(T1,T2) (T1,T2)


Plan nacional de gestión de la calidad del agua: Vigilancia y monitoreo • Programa nacional de vigilancia y monitoreo de la calidad del agua • Red nacional de laboratorios ambientales • Red nacional de información de la calidad del agua


Plan nacional de gestión de la calidad del agua: Control de vertimientos • Registro de vertimientos y reuso • Programa nacional de control de vertimientos • Programa de incentivos para el tratamiento de la aguas residuales


Plan nacional de gestiรณn de la calidad del agua: Calificaciรณn de las cuencas โ ข Clasificaciรณn y calificaciรณn de los cuerpos de agua en cada cuenca


Esquema de interacción de acciones estratégicas En la Gestión de la Calidad del Agua y Control de Vertimientos

Red Nacional de Laboratorios

Plan Nacional de Vigilancia de la Calidad del Agua

Red Nacional de Monitoreo Red Nacional de Información de calidad

SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DE LOS RH

Clasificación de los cuerpos de agua Calificación de los cuerpos de agua

Autorización de Vertimientos y reuso

Clasificación y Calificación de Cuerpos de Agua

Programa Nacional de Control de Vertimientos

Red nacional de Control de vertimientos Instrumentos e incentivos para el control de la contaminación


“CUANDO EL ULTIMO ARBOL ESTE MUERTO, EL ULTIMO RIO ENVENENADO Y EL ULTIMO PEZ ATRAPADO, ENTONCES TE DARAS CUENTA QUE NO PUEDES COMER DINERO”. Anónimo.


MUCHAS GRACIAS jocola@ana.gob.pe Cel. 99 25 20 309


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