Lactea reglamento interno de salud y seguridad en el trabajo risst

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INTRODUCCIÓN “LACTEA S.A.” es una empresa debidamente cons tuida, dedicada a la producción lechera, La empresa considera que es su responsabilidad la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales con el fin de garan zar la seguridad y salud de su personal; esta responsabilidad debe ser compar da por cada uno de los trabajadores mediante el estricto cumplimiento de las disposiciones que con ene el presente “REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”. La empresa tomará como principio que una operación eficiente y produc va no se logra cuando ocurren accidentes y enfermedades de cualquier índole. La prevención y protección contra accidentes es parte esencial de la óp ma dirección de la empresa porque no solo contribuye a la seguridad y salud de los trabajadores sino que mejora la eficiencia en los procesos. “LACTEA S.A.” desea que el presente Reglamento cons tuya una guía que proporcione al personal de la empresa, los elementos necesarios para evitar accidentes y puedan desarrollar sus labores sin riesgos, en un ambiente agradable y saludable de seguridad.

CAPITULO I DISPOSICION DE LA EMPRESA SOBRE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO I.- OBJETIVOS Y ALCANCES A.- OBJETIVOS Ar culo 1º.- El presente Reglamento ene por objeto establecer las “NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”, en nuestra empresa, “LACTEA S.A.”. Ar culo 2º.- Garan zar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad sica y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de las causas de los accidentes. Ar culo 3º.- Proteger las instalaciones, los cul vos y la propiedad de la empresa, con el obje vo de garan zar la fuente de trabajo. Ar culo 4º.- Es mular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de seguridad entre los trabajadores para que toda la ac vidad sea hecha de manera segura y saludable. B.- ALCANCES Ar culo 5º.- El presente Reglamento será de aplicación general en todas las ac vidades y áreas de la Empresa. Ar culo 6º.- Todos los integrantes de la empresa; desde la alta dirección, el Comité de Seguridad y Salud, la Plana Jerárquica y trabajadores en general están obligados a cumplir las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidas en el presente reglamento. 02


Ar culo 7º.- Este reglamento también será de cumplimiento obligatorio por parte de empresas que desarrollen obras o servicio en el centro de trabajo o por ocasión del trabajo. II.- LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD. A.- LIDERAZGO Y COMPROMISO. Ar culo 8º.- Los direc vos, establecen los fundamentos de liderazgo y compromiso sobre los que se basará la ges ón del sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los direc vos estarán personalmente comprome dos a proveer y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con las prác cas aceptables del Sector Agrario, Agroindustrial y con el cumplimiento de los requisitos legales vigentes. Ar culo 9º.- Las formas mediante las cuales la gerencia demuestra su liderazgo y compromiso, con la seguridad y salud incluye lo siguiente: a) Estar comprome dos con los esfuerzos de seguridad y salud de la organización. b) Administrar la seguridad y salud de la misma forma que administra la produc vidad y calidad. c) Integrar la seguridad y la salud en todas las funciones de la organización, incluyendo el planeamiento estratégico. d) Involucrarse personalmente en el esfuerzo de la seguridad y salud. e) Asumir su responsabilidad por la seguridad y salud con un apoyo visible. f) Liderar y predicar con el ejemplo, determinando la responsabilidad en todos los niveles. B.- POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD. Ar culo 10º.- La empresa LACTEA S.A. ene como polí ca: LACTEA S.A. conduce sus ac vidades cuidando la salud y seguridad de las personas (colaboradores, clientes,, proveedores y comunidad), promueve la implementación de esta polí ca a través de los planes y programas correspondientes. Ar culo 11º.- Nuestra Polí ca contempla los siguientes principios: a) Integración de principios, seguridad y salud dentro de la ges ón opera va diaria de nuestra organización. b) Reconocimiento por parte de todos los involucrados que la seguridad y salud es una condición indispensable en la conducción de nuestras ac vidades. c) La implementación permanente de buenas prac cas de seguridad y salud con miras hacia cero accidentes y reducción de riesgos. d) Compromiso gerencial que se evidencia con una comunicación permanente, capacitación y entrenamiento con núo. e) Responsabilidad general de todos los colaboradores en todos los asuntos de seguridad y salud y contribución individual para la mejora con núa. f) Cumplimiento de la legislación nacional vigente, reglamentos y norma vas relevantes al sector; así como de estándares internacionales. 03


g) Disposición de los recursos necesarios para la implementación de buenas prác cas de seguridad y salud en el trabajo. Estamos convencidos y comprome dos con la seguridad y salud del colaborador y creemos firmemente que este compromiso agrega valor a nuestros clientes, colaboradores, accionistas y nos facilita una relación armónica con nuestra comunidad. III.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR, DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD, DE LOS TRABAJADORES Y DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS. A.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 1. Del Empleador: Ar culo 12º.- La empresa, entre otras, ene las obligaciones de: a) Garan zar la Seguridad y la Salud de los Trabajadores en el desempeño de todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o con ocasión del mismo. b) Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes. c) Iden ficar las modificaciones que puedan darse en las condiciones de trabajo y disponer lo necesario para la adopción de medidas de prevención de los riesgos laborales. d) Prac car exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral a los trabajadores, acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores. Ar culo 13º.- La Empresa aplicará las siguientes medidas de prevención de los riesgos laborales: a) Ges onar los riesgos, sin excepción, eliminándolos en su origen y aplicando sistemas de control a aquellos que no se puedan eliminar. b) El diseño de los puestos de trabajo, ambientes de trabajo, la selección de equipos y métodos de trabajo, la atenuación del trabajo monótono y repe vo, deben estar orientados a garan zar la salud y seguridad del trabajador. c) Eliminar las situaciones y agentes peligrosos en el centro de trabajo o con ocasión del mismo, y si no fuera posible, sus tuirlas por otras que entrañen menor peligro. d) Integrar los planes y programas de prevención de riesgos laborales a los nuevos conocimientos de las ciencias, tecnologías, medio ambiente, organización del trabajo, evaluación de desempeño en base a condiciones de trabajo. e) Mantener polí cas de protección colec va e individual. f) Capacitar y entrenar an cipada y debidamente a los trabajadores. Ar culo 14º.- La Empresa deberá: a) Dar facilidades y es mular al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, para el cumplimiento de sus funciones. b) Tomar todas aquellas medidas para que las recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se cumplan.

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2.

De los trabajadores. Ar culo 15º.- En materia de prevención de riesgos laborales, los trabajadores enen las siguientes obligaciones: a) Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo y con las instrucciones que les impartan sus jefes inmediatos. b) Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección personal. c) No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados y, en caso de ser necesario, capacitados. d) Cooperar y par cipar en el proceso de inves gación de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron. e) Velar por el cuidado integral de su salud sica y mental, así como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos durante el desarrollo de sus labores. f) Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa así como a los procesos de rehabilitación integral. g) Par cipar en los organismos paritarios, en los programas de capacitación y otras ac vidades des nadas a prevenir los riesgos laborales que organice la empresa o la Autoridad Competente. h) Comunicar al Jefe inmediato todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud y/o las instalaciones sicas; debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas correc vas del caso. i) Reportar a los representantes o delegados de seguridad, de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente o accidente de trabajo. j) Concurrencia obligatoria a la capacitación y entrenamiento sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Ar culo 16º.- Mantener condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y ac vidades. Ar culo 17º.- Están prohibidas las bromas, juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo el efecto de alcohol y/o estupefacientes.

2.1. Sanciones para los trabajadores. Ar culo 18º.- Los trabajadores que no cumplan con lo establecido en el presente Reglamento serán sancionados por la empresa de acuerdo a la gravedad de la falta, previa evaluación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Ar culo 19º.- Las sanciones a las que se harán acreedores los trabajadores que incumplan las normas a las que se refiere el ar culo anterior son: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; c) Suspensión; 05


d) Las que se deriven de la Ley de Produc vidad y Compe Laboral D.L. N° 728. 3.

vidad

DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS. Ar culo 20º.- Las empresas que brindan servicios a “LACTEA S.A.” deberán cumplir con la norma va vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, asimismo están obligadas a cumplir con nuestro Reglamento interno de Seguridad y Salud.

B.- ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD 1. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ PARITARIO Ar culo 21º.- Las funciones del comité paritario de Seguridad y Salud en el trabajo serán las siguientes: a) Hacer cumplir el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. 009-2005-TR, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley N° 29783, Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y las normas sectoriales y el Reglamento interno de Seguridad y Salud de la empresa. b) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud. c) Realizar inspecciones periódicas a las instalaciones de la empresa. d) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo. e) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los obje vos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan. f) Analizar las causas y las estadís cas de los incidentes, accidentes y d e l a s e n fe r m e d a d e s o c u p a c i o n a l e s e m i e n d o l a s recomendaciones respec vas. g) Procurar el compromiso, colaboración y par cipación ac va de todos los trabajadores en el fomento de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo. h) Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una formación sobre prevención de riesgos, instrucción y orientación adecuada. i) Revisar los registros, documentos e informes rela vos a las Seguridad y Salud que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones. j) Conducir un libro de actas donde se tome nota de los acuerdos tomados en casa sesión y el cumplimiento de las mismas en el plazo previsto. 2.

PROGRAMAS Ar culo 22º.- El Comité de Seguridad y Salud en coordinación con la Gerencia elaborará programas de trabajo, con relación a los obje vos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garan cen un trabajo en forma preven va y sistemá ca contra los riesgos existentes en el centro de trabajo. Ar culo 23º.- Después de haber analizado y fijado obje vos correspondientes a determinadas condiciones de Seguridad y Salud, se dará prioridad a un conjunto de acciones básicas que deberá realizar el Comité de Seguridad y Salud. 06


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CRONOGRAMAS Ar culo 24º.- Luego de haber analizado y seleccionado los obje vos contenidos, acciones, recursos y otros elementos, en materia de Seguridad y Salud, el Comité de Seguridad y Salud en coordinación con la Gerencia elaborará cronogramas de las ac vidades a realizar, asignando el empo aproximado para los recursos humanos y materiales para su logro.

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SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN Ar culo 25º.- El Comité de Seguridad y Salud, conjuntamente con la Gerencia, Supervisará y evaluara los resultados obtenidos de todas las ac vidades realizadas en el mejoramiento de las condiciones de Seguridad y Salud y dictará las medidas correc vas. Ar culo 26º.- La empresa prestará todo el apoyo para la ejecución del programa anual de Seguridad y Salud.

5.- IMPLEMENTACION DE REGISTROS Y DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION. Ar culo 27º.- La empresa elaborará los siguientes registros, para el control interno de la seguridad y salud en el trabajo y para los reportes a las autoridades competentes: a) Registro de aviso de accidentes de trabajo. b) Registro de enfermedades ocupacionales. c) Registro de exámenes médicos. d) Registro de inves gación de accidentes / incidentes. e) Registro del monitoreo de agentes Físicos, químicos biológicos y factores de riesgos ergonómicos. f) Registro de inspecciones y evaluaciones de Salud y Seguridad. g) Registros de Estadís cas de seguridad y salud. h) Registro de incidentes leves e incidentes peligrosos. i) Registro de equipos de seguridad o emergencia. j) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. k) Registro de auditoria interna. l) Registros de Análisis de Riesgo.

CAPITULO II MEDIDAS ESPECIFICAS DE SEGURIDAD OCUPACIONAL I.A.

INSTALACIONES CIVILES CONDICIONES DE SEGURIDAD Ar culo 28º.- Todas las instalaciones civiles deben cumplir las siguientes condiciones de seguridad: 1. Todos las edificaciones permanentes o temporales de campo, comedores o pozos, serán de construcción segura y firme para evitar el riesgo de desplome y deberán reunir cuando menos, las exigencias que determinen la habilitabilidad. 07


2. Los cimientos y pisos tendrán suficiente resistencia para sostener con seguridad las cargas para las cuales han sido calculados y no serán sobrecargados. B.

CONSTRUCCIONES, MODIFICACIONES Y REPARACIONES Ar culo 29º.- Los terrenos y Construcciones y Modificaciones deben cumplir los siguientes requisitos de seguridad: 1.- Los materiales u lizados deberán ser adecuados, con el fin de ofrecer seguridad a los trabajadores.

CAPITULO III PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS. 1.

CONDICIONES PREVENTIVAS. Ar culo 30º.- Las edificaciones y áreas de trabajo en campo deberán mantener las siguientes condiciones de seguridad: 1. Revisión y mantenimiento constante de las condiciones eléctricas 2. Mantener los líquidos combus bles en lugares frescos bien ven lados y bajo sombra. 3. Queda prohibido hacer fuego abierto bajo las instalaciones de la empresa 4. Prohibido fumar en las instalaciones de la empresa

2. A.

PROTECCION CONTRA INCENDIOS. Condiciones generales. Ar culo 31º.- El personal conocerá la siguiente clasificación de los incendios y el método correcto de comba rlos: INCENDIO CLASE A: Son fuegos que se producen en materiales combus bles sólidos, tales como, madera. Papel, cartón, tela, etc., se pueden emplear para comba rlos agua, ex ntores de agua presurizada o de polvo químico seco. INCENDIO CLASE B: Son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como: Gasolina, aceite, pintura, solvente, etc., se empleara polvo químico seco, anhídrido carbónico. INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos eléctricos como motores, interruptores, etc., se empleara anhídrido carbónico, polvo químico seco. PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO Ar culo 32º.- En caso de incendio realizar los siguientes procedimientos. · Determinar la zona específica del incendio. · Evitar el aglomeramiento de las personas en el lugar del incendio conservar la calma para evitar el pánico. · Verificar la presencia de posibles heridos y /o afectados. · Ubicar el ex ntor más cercano y usarlo siguiendo las recomendaciones y procedimientos. · Si el fuego es incontrolable llamar inmediatamente a los bomberos. · Cercar la zona para evitar el ingreso de personal no capacitado. · Una vez terminado el incendio evitar acercarse inmediatamente podría haber zonas y/o materiales aun calientes. · Una vez pasado el peligro determinar la causa del incendio y tomar las medidas preven vas para que no vuelva a suceder.

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Ar culo 33º.- En caso de presentarse un incendio, el personal en general, procederá de la siguiente forma: a) Dar la voz de alarma, sin ocasionar pánico entre el resto de los trabajadores. b) Cortar el fluido eléctrico en lo posible y necesario con el material adecuado(madera, caucho) c) Comba r el fuego haciendo el uso de los ex ntores adecuados, de acuerdo al po de incendio que se presente, hasta la llegada del personal de la Brigada de Emergencia. d) Acceder a los lugares seguros señalados por la empresa. e) Todo el personal de las áreas no afectadas deberán permanecer en su zona de trabajo, permi endo así un mejor desempeño de las Brigadas de Emergencia. Ar culo 34º.- Será responsabilidad de la Brigada Contra Incendios, el determinar si el incendio podrá ser controlado con los medios con los que cuenta la empresa, ó solicitara la intervención el cuerpo General de bomberos local. Ar culo 35º.- El personal de la brigada de emergencia actuara de inmediato. Ar culo 36º.- Será de responsabilidad del Jefe del Departamento donde el incendio ha ocurrido el redactar el informe respec vo. Ar culo 37º.- Se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones generales importantes: a) La mejor forma de comba r incendios es evitando que estos se produzcan. b) Mantenga su área de trabajo limpia, ordenada y en lo posible libre de materiales combus bles, y líquidos inflamables. c) Informe a su superior sobre cualquier situación de riesgo eléctrico defectuoso. d) Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los ex ntores. e) La operación de emplear un ex ntor dura muy poco empo; Por consiguiente, u lícelo bien, acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido. f) Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios.

CAPITULO IV SEGURIDAD EN EL PROCESO DE PRODUCCION 1.

USO DE MAQUINARIA AGRICOLA PARA CAMPO Y ESTABLOS Ar culo 38º.- Para el uso de maquinaria agrícola se tendrá en cuenta: a) El uso y manejo de maquinaria agrícola solo será para personas autorizadas y debidamente capacitadas. b) Usar los equipos de protección personal requeridos para esta ac vidad, sobretodo protección audi va y de la vista 09


c) Antes de operar la maquinaria se debe verificar que el accesorio, implemento agrícola o carreta se encuentre acoplado correctamente. d) Conducir siempre el tractor a una distancia prudencial de las zonas del terreno que por presentar desniveles (zanjas, canales, regueras, taludes, cunetas, etc. son propicias al vuelco. e) Comprobar el estado de frenos, intermitentes y luces de frenado. f) Cumplir y respetar las normas de seguridad vial y de señalización interna adaptando la velocidad y conducción al estado de las vías y caminos. g) No transportar personas en los tractores h) Informar ante alguna condición de riesgo que detecte antes o durante el uso de la maquinaria. i) Estacionarse en zonas y lugares establecidos j) Evitar estacionarse en terrenos a desnivel k) No dejar o abandonar la maquinaria con el motor prendido l) Cuando una maquina de aplicación tenga que pasar por debajo de cables de alta tensión, se deberán bajar los aguilones para evitar el contacto con el campo magné co o los propios cables. 2.

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USO DE HERRAMIENTAS EN CAMPO Y ESTABLOS Ar culo 39º.- Para el uso de herramientas agrícolas se tendrá en cuenta: a) Tener los mangos de las herramientas en correcto estado, no deslizantes y con la longitud adecuada. b) Realizar el trabajo con mucho cuidado y concentración c) U lizar calzado apropiado para evitar cortes en los pies d) Hacer uso correcto y adecuado de las herramientas e) Transportar y guardar las herramientas adecuadamente. De ser posible se colocara protectores a las herramientas filosas f) Mantener el orden y limpieza de las herramientas de trabajo, nunca dejarlas abandonadas en el campo. MANIPULACION DE MATERIA ORGANICA EN EL CAMPO Y ESTABLOS Ar culo 40º.- Se deberá tener en cuenta: a) Usar los equipos de protección personal requeridos para esta ac vidad b) Evitar el contacto directo o indirecto de la materia orgánica con boca, ojos o nariz. c) Prac car las medidas higiénicas necesarias durante y después de manipular la materia orgánica. MANIPULACION DE CARGAS Ar culo 41º.- Al manipular cargas en forma manual, se tendrá en cuenta: a) No levantar carga sin haber realizado el calentamiento previo. b) No levantar peso excesivo. c) Al momento de llevar o mover la carga, se debe procurar la mínima flexión de la espalda usando los brazos y apoyando la carga sobre las piernas, luego d) doblar las piernas hasta la altura de la carga con la espalda recta y pegar lacarga al cuerpo lo máximo posible. e) No saltar teniendo la carga encima. 10


f) Al finalizar las tareas se debe realizar suaves es ramientos. 5.

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA ZONA DE ORDEÑO Ar culo 42º.- Se deberá tener en cuenta: a) Usar los equipos de protección personal requeridos para esta ac vidad. b) Se deberá usar de manera obligatoria los guantes c) Evitar el contacto directo o indirecto con los desinfectantes u lizados. d) Prac car las medidas higiénicas necesarias durante y después de manipular las ubres de las vacas.

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TRABAJO Y DESPLAZAMIENTO EN CAMPOS AGRICOLAS Y ESTABLOS Ar culo 43º.- Al desplazarse por los campos y los establos para desarrollar las labores diarias, se deberá tener en cuenta: a) Usar calzado para evitar picaduras, mordeduras, agentes infecciosos y pisadas de los animales en el establo. b) Al caminar se deberá tener en cuenta la irregularidad del terreno, no saltar entre surcos y caminar con cuidado para evitar resbalones en los establos. c) Evitar el shock térmico: acostumbrarse gradualmente al calor y no someterse a cambios muy bruscos de temperatura. d) Evitar la exposición al sol de partes del cuerpo descubiertas. e) Se debe aumentar la ingesta de agua para compensar las pérdidas que se producen con el sudor. f) No tomar agua directamente de las mangueras de riego. g) Se deberá usar gorro para disminuir los efectos de las radiaciones. h) Los alérgicos a cualquier químico, medicamento o picaduras deberá informar al supervisor para que dada alguna emergencia se pueda controlar la reacción alérgica. i) Evitar dormir en el campo o en lugares por donde podría pasar maquinaria agrícola. j) Mantener una distancia adecuada cuando se pase cerca a maquinaria agrícola en movimiento. k) Mantener las posturas adecuadas. l) Está prohibido correr dentro de las instalaciones. m) Respectar los símbolos y señales de seguridad. n) No acercarse demasiado a las zonas donde hallan motores encendidos como la zona de picado, ni a los tunos conductores. o) No ingresar a lugares no autorizados.

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APLICACIÓN FITOSANITARIA Ar culo 44º.- Al momento de realizar la aplicación fitosanitaria, se deberá tener en cuenta: a) Verificar el equipo de aplicación para asegurarse de que funciona de manera sa sfactoria sin escapes ni derrames y que está calibrado para las dosis de aplicación necesarias. b) Usar obligatoriamente los equipos de protección personal. c) No comer, beber ni fumar mientras se están aplicando productos agroquímicos. 11


d) No realizar prác cas peligrosas como introducirse en la boca la boquilla bloqueada de un pulverizador y soplar para limpiarla. Limpiar la boquilla con agua o con una sonda blanda, como una espiga. e) Prestar atención a los cambios del empo, por ejemplo a un aumento de la velocidad del viento. Esto podría ocasionar una desviación del material pulverizado hacia zonas sensibles, como las de abastecimiento de agua potable, o hacia el usuario y provocar inhalación. f) Si se produce un derrame comunicar al supervisor. g) Todo campo aplicado deberá contar con su signo de advertencia durante el empo que dure la aplicación y posterior a este, de acuerdo a los empos establecidos y al producto u lizado. h) Re rar los signos de advertencia cuando ya no sean necesarios, con el fin de que mantengan su sen do, transmitan el mensaje correcto de advertencia y se tome en serio. i) La limpieza de los equipos, el lavado de la ropa de trabajo y el aseo personal son de carácter obligatorio.

CAPITULO V ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS CONEXOS 1.

TRABAJO EN TALLERES Y USO DE HERRAMIENTAS MANUALES Y PORTÁTILES Ar culo 45º.- Para este po de trabajo se deberá tener en cuenta: a) El piso de los talleres debe ser sólido, lo cual permita la estabilidad de los equipos. b) Mantener limpia y ordenada el área de trabajo en los talleres. c) El ingreso a los talleres y la manipulación de máquinas o equipos debe ser sólo para personal autorizado. d) Se dispondrá de gabinetes, portaherramientas o estante adecuados y convenientemente situados. e) Las herramientas manuales y portá les se emplearán para los fines que fueron construidas y se mantendrán en buen estado de conservación. f) Se tendrá especial cuidado en el almacenamiento de las herramientas que tengan filos o puntas agudas, con el fin de evitar lesiones al personal o deterioro de estas herramientas. g) Los mangos para herramientas de toda clase se mantendrán en buen estado de conservación y firmemente asegurados. h) Los trabajadores que empleen herramientas tales como mar llos, cinceles, etc. y/o las accionadas por fuerza motriz, como taladros, esmeriles, barrenos, etc., que por acción del trabajo puedan desprender par culas, deberán estar provistos de protección para los ojos. i) Evitar producir chispas o fuego cerca de material inflamable.

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MANTENIMIENTO Y REPARACION Ar culo 46º.- Se deberá tener en cuenta: 12


a) Cualquier trabajador de la empresa que iden fique riesgos o condiciones peligrosas en el edificio, sea en su estructura o en cualquier equipo o accesorio que forme parte de sus instalaciones, deberá informar inmediatamente a su jefe inmediato. b) Los trabajadores que efectúen labores de mantenimiento deberán realizarlo previa autorización del área de mantenimiento o producción. c) Los trabajadores deben asegurarse que las herramientas que u licen estén en buen estado. d) Cuando se efectúen labores de mantenimiento los trabajadores asignados enen que estar seguros de que la máquina que reparan esté desconectada eléctricamente y sin funcionamiento, antes de empezar cualquier trabajo. e) Uso adecuado de Equipos de Protección (lentes, botas de punta de acero, guantes de cuero, etc.) 3.

MANIPULACION DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Ar culo 47 º.- Al manipular sustancias peligrosas se deberá tener en cuenta: a) Todo trabajador que tenga que manipular y preparar sustancias y materiales potencialmente nocivos deberá ser capacitado y entrenado para tal fin, asimismo deberá conocer los procedimientos en caso de emergencia por intoxicaciones o accidentes, derrames e incendios. b) Bajo ninguna circunstancia se podrá manipular estas sustancias sin usar los equipos de protección personal. c) Todo incidente deberá ser informado al jefe inmediato, y éste hará lo mismo con el responsable de seguridad y salud en el trabajo Los productos químicos se prepararán siguiendo las siguientes medidas de seguridad establecidos en sus procedimientos. En forma general se ene: · Leer la e queta con el fin de determinar qué equipos se requieren: jarras de medición, embudos, agitadores y ropa protectora. · Determinar las dosis y las diluciones correctas y cómo se puede lograr con el equipo de preparación de que se dispone. · Mezclar cuidadosamente. · Descontaminar los utensilios u lizados para la distribución lavándolos o limpiándolos y volviéndolos a colocar en un lugar de almacenamiento seguro. Se debe poner cuidado en evitar su inhalación, inges ón o absorción por la piel. · No comer, beber ni fumar mientras se está manipulando productos químicos.

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ALMACENAMIENTO DE MATERIALES PELIGROSOS Ar culo 48º.- En cuanto al almacenamiento se debe tener en cuenta: a) Las condiciones de almacenaje deben ser op mas en temperatura, ven lación, accesibilidad orden y limpieza. b) Los materiales serán apilados de tal forma que no interfieran con: La adecuada distribución de la luz, natural o ar ficial, el acceso a rutas de evacuación y a equipos de lucha contra incendios; y el funcionamiento de las zonas de ven lación. c) Los materiales no serán apilados contra tabiques o paredes de las 13


instalaciones a menos que se compruebe que dichas paredes son de suficiente resistencia para soportar la presión. d) Los materiales no serán apilados a una altura tal que pueda causar la inestabilidad de la pila. Ar culo 49º.- La empresa cumplirá con las siguientes normas de seguridad en el almacenamiento de los materiales peligrosos: a) Deberá estar separado de otros depósitos como los de materiales inflamables. En la ubicación del almacén se deben asimismo tener en cuenta. b) Los posibles riesgos de contaminación debidos a fugas y derrames. c) El almacén debe estar situado lejos de zonas residenciales y de aguas de superficie. d) Se debe llevar un registro de los materiales peligrosos almacenados, manteniéndolo en un lugar seguro separado, con el fin de que se pueda veterinarios una u lización no autorizada. e) Dentro del almacén debe estar prohibido fumar y u lizar una llama sin protección. Se debe disponer de un ex ntor de incendios adecuado que esté en buenas condiciones de funcionamiento, para caso de emergencias. f) Cerca del almacén se debe disponer de instalaciones para que se laven las personas que manipulan los productos agroquímicos o médicos veterinarios Estas instalaciones deben estar dotadas de un lavabo y agua corriente limpia, jabón y toallas desechables. g) Se debe disponer de un si o aislado y ven lado para la ropa protectora y para las prendas de ves r personales. Este si o, que en general está cons tuido por un armario o gaveta, no debe estar situado dentro de la zona de almacenamiento de los productos agroquímicos o médicos veterinarios. 5.

TRABAJOS DE MECANICA Y SOLDADURA Ar culo 50º.- Se deberá tener en cuenta: a) Los mecánicos, soldadores o cortadores, deberán usar el equipo de protección necesario para esas labores. b) Todo trabajo de soldadura que no se realice en el taller, deberá coordinarse previamente con los responsables de cada area para tomar las medidas de seguridad respec va. c) Deje las barras, tubos, planchas, etc., recostados en forma horizontal, para evitar que estos resbalen. d) Cuando se van a efectuar trabajos de reparación o mantenimiento e n m a q u i n a s o e q u i p o s s e d e b e c o l o c a r l o s av i s o s correspondientes. e) Evitar hacer trabajar las maquinas sin guardas de seguridad. f) Antes de usar el equipo de oxiace leno y durante la operación, el soldador debe inspeccionar y comprobar que no haya fugas.

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TRANSPORTE DE PERSONAL Ar culo 51º.- En el transporte de personal, se tendrá en cuenta: a) Los buses que transportan personal en lo posible no deberán exceder su capacidad, sobretodo en rutas largas. 14


b) La empresa que brinda servicio de transporte de personal deberá contar con personal calificado y debidamente acreditado en cumplimiento de la norma va de transito vigente. c) El personal deberá hacer uso del transporte en forma responsable, manteniendo los comportamientos adecuados y seguros, ya ase al subir, durante el viaje o al momento de bajar de la unidad. 7.

USO DE VEHICULOS DE LA EMPRESA Ar culo 52º.- Es obligación de todos los conductores autorizados por LACTEA S.A.: a) Tener la licencia de conducir de acuerdo al vehículo que conduce; conocer y cumplir con las leyes y reglamentaciones de tránsito vigentes. b) Usar cinturón de seguridad, incluyendo a los pasajeros. c) El chofer es responsable de la condición del vehículo, así como de verificar si éste se encuentra en buenas condiciones relacionadas con frenos, combus ble, herramientas y equipos de seguridad, así mismo asegurarse que lleve consigo su licencia de conducir, tarjeta de propiedad, y herramientas necesarias en caso de emergencias) y que el bo quín del vehículo esté equipado. d) Apagar el motor del vehículo al proveerse de combus ble. e) No conducir bajo los efectos del alcohol y/o drogas. f) No confiar el manejo del vehículo a personas no autorizadas. g) No abandonar los vehículos en la vía pública por ningún mo vo.

CAPITULO VI PROTECCIÓN PERSONAL Ar culo 53º.- Todos los trabajadores están obligados a u lizar los equipos de protección personal que se han determinado de acuerdo al puesto de trabajo y las funciones que realicen. Los trabajadores que incumplan con esta norma serán sancionados de acuerdo a lo establecido en este reglamento.

CAPITULO VII ACCIDENTES DE TRABAJO Ar culo 54º.- Los causales de accidentes son entre otros, los que se indican: 1. Máquina. 2. Vehículos. 3. Explosiones e incendios. 4. Sustancias tóxicas, candentes y corrosivas. 5. Electricidad. 6. Caídas del obrero. 7. Choques o golpes contra objetos u obstáculos. 8. Caídas de objetos. 15


9. 10. 11. 12. 13.

Derrumbamientos o desprendimientos. Manejo de objetos sin aparatos mecánicos. Herramientas de mano. Radiaciones. Otros no mencionados.

Ar culo 55º.- Se consideran como causas principales que generan las acciones a los siguientes: 1. Acto inseguro. 2. Condiciones inseguras. 3. Condiciones Psíquicas. Ar culo 56º.- Se consideran factores técnicos causales de accidentes a todos aquellos elementos ambientales, de proceso técnicos, que en condiciones inadecuadas, defectuosas y riesgosas, ocasiona daño al trabajador. Ar culo 57º.- Se atribuye factor humano como causal de accidentes, a la ac tud impropia del trabajador que por mo vos de nerviosismo, excitación , violación de las normas, falta de conocimiento, inexperiencia y la no u lización de los implementos de protección personal, origina accidentes de trabajo. Ar culo 58º.- Todo accidente e incidente deberá ser reportados e inves gados en forma inmediata, definiendo como. Accidente: Acontecimiento no deseado que causa lesiones a las personas, daños a la propiedad o pérdidas en la producción. Incidente: Es un acontecimiento no deseado acaecido en el curso del trabajo en que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que estas solo requieren cuidados de primeros auxilios. Ar culo 59º.- El propósito fundamental que debe guiar la inves gación de cualquier accidente, se resume en: a) Averiguar las causas y la forma como actuarán estos y saber consecuencias de las mismas. b) Aplicar las medidas correc vas adecuadas. Todo accidente debe ser inves gado por el Comité Paritario, la empresa, y de ser posible con asesoramiento de un especialista de Seguridad y salud del trabajo. Ar culo 60º.- Todo accidente de trabajo por más leve que este sea deberá ser informado a la brevedad posible al jefe del área y al Comité de Seguridad y Salud en el trabajo y será anotado en los registros de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes ocurridos a sus trabajadores. Del mismo modo la Empresa deberá contar con registros similares para los casos ocurridos a los trabajadores de intermediación laboral, y a los que prestan servicios de manera independiente o bajo convenios de modalidades forma vas. Ar culo 61º.- La Empresa esta obligada a no ficar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo todos los accidentes de trabajo mortales dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el hecho u lizando el formulario correspondiente. Asimismo la Empresa comunicara los demás accidentes de trabajo al Centro medico asistencial publico, privado, militar policial donde el trabajador 16


accidentado es atendido. Ar culo 62º.- La empresa no ficara al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo , en caso de un incidente peligroso que ponga en riesgo la salud y la integridad sica de los trabajadores y/o de la población , dentro de las 24 horas de producido. Los demás incidentes serán no ficados dentro de los 10 días naturales del mes siguiente usando los formularios respec vos. Ar culo 63º.- Cuando se accidenten trabajadores que pertenecen a una empresa contra sta, es ella la que no ficara al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Ar culo 64º.- La Empresa esta en la obligación de realizar la inves gación de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos, los cuales deben ser comunicados a la autoridad competente, indicando las medidas de prevención adoptadas. Ar culo 65º.- El Comité de Seguridad y Salud deberá inves gar con el lesionado o con los tes gos: a) Cómo ocurrió el accidente b) Por qué ocurrió el accidente c) Qué causo el accidente. Además comprobaran: 1. La eficacia de las medidas de seguridad y salud vigentes al momento del hecho. 2. Si existe la necesidad de modificar dichas medidas. 3. Comprobar la eficacia, de las disposiciones en materia de registro y no ficación de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes.

CAPITULO VIII MEDIDAS ESPECÍFICAS DE SALUD OCUPACIONAL Ar culo 66º.- En las áreas de trabajo cerradas, se mantendrá una temperatura y humedad rela va adecuada al po de trabajo que se ejecuta y la temperatura y humedad exterior. Ar culo 67º.- Se prohibirá fumar, así como introducir fósforos, disposi vos de llamas abiertas, objetos incandescentes o cualquier otra sustancia suscep ble de causar explosión o incendio dentro de la zona de seguridad de los locales de trabajo, y además, se colocarán en lugares bien visibles, avisos de precaución apropiados. Ar culo 68º.- Los locales estarán provistos de uno o más pos de equipo para comba r incendios. Todos los equipos de ex ntores serán conservados en buen estado. Ar culo 69º.- Un número conveniente de trabajadores serán instruidos en el manejo y uso de los equipos de ex nguir incendios.

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CAPITULO IX HIGIENE DEL PERSONAL USO DE COMEDORES Ar culo 70º.- La empresa ha dotado de letrinas y baños en sus instalaciones las cuales son el único lugar para hacer las necesidades fisiológicas. Ar culo 71º.- La empresa sancionara a todos los trabajadores que incumplan las normas de higiene, tanto personal como de mal uso de las letrinas y comedores. Ar culo 72º.- La empresa dotará de un ambiente adecuado, provisto de mobiliario, para ser u lizado como comedor por los trabajadores. Ar culo 73º.- La empresa dotará de tachos de basura. Ar culo 74º.- Esta prohibido arrojar basura en los campos e instalaciones. Ar culo 75º.- Esta prohibido ingerir alimentos en el campo, solo se deberá hacerlo en los comedores.

CAPITULO X ENFERMEDADES OCUPACIONALES Ar culo 76º.- Entre las enfermedades causadas por el ruido y vibraciones son la hipoacusia o sordera y las afecciones de los músculos, tendones de los huesos, de las ar culaciones, vasos sanguíneos, nervios periféricos. La exposición con nua a las vibraciones ocasiona el “Fenómeno de Raynuad” y perdida de la postura. Ar culo 77º.- Las radiaciones luminosas inapropiadas pueden ocasionar al trabajador: cataratas, dilatación de las pupilas, irritación visual, etc. Ar culo 78º.- Por temperatura: La exposición del trabajador a situaciones termo ambientales extremas, ocasiona deshidratación, neumonía, agotamiento insolación, etc. Ar culo 79º.- Entre las principales enfermedades causadas por el ambiente químico tenemos: a) Por el uso de sustancias químicas, intoxicaciones, alergias dermatosis, canceres etc. b) Por la presencia de polvos en el ambiente: neumatosis. Ar culo 80º.- Los factores de riesgos Biológicos están cons tuidos por microorganismos, de naturaleza patógena, que pueden infectar a los trabajadores y cuya fuente de origen la cons tuye el hombre, los animales, la materia orgánica procedente de ellos y el ambiente de trabajo, entre ellos tenemos: Bacterias, virus, hongos y parásitos. Ar culo 81º.- Para los riesgos Biológicos no hay límites permisibles y el desarrollo y efectos, después del contagio, depende de las defensas naturales que tenga cada individuo. Las enfermedades que pueden ocasionar son: Tétanos, brucelosis, foidea, di eria, o almia purulenta, salmonelosis, etc. 18


CAPITULO XI PRIMEROS AUXILIOS Ar culo 82º.- El principal obje vo de los primeros auxilios, es la de evitar, por todos los medios posibles, la muerte o la invalidez de la persona accidentada. Otro de los obje vos principales es que mediante los mismos se brindan un auxilio a la persona accidentada mientras se espera la llegada del médico o se le traslada a un hospital. Ar culo 83º.- Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, siga éstas reglas básicas: a) Avise inmediatamente al supervisor. b) Evite el nerviosismo y el pánico c) Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (respiración ar ficial, control de hemorragias, etc.), haga el tratamiento adecuado sin demora. d) Haga un examen cuidadoso de la víc ma. e) Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente necesario para re rarla del peligro. f) Avise al médico inmediatamente. Ar culo 84º.- Cuando ocurra un “shock “siga estas reglas básicas: a) Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir levantando los pies de la camilla o banca, donde esté acostado el paciente, 6 pulgadas mas alto que la cabeza. b) Constatar que la boca esté libre de cuerpos extraños y que la lengua esté hacia adelante. c) Suministrarle abundante can dad de aire fresco. d) Evitar al paciente el enfriamiento, se le debe abrigar con una frazada y llevarlo al médico. Ar culo 85º.- En caso de hemorragia seguir el siguiente tratamiento: a) Se puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o pañuelo limpio sobre la herida, presionando moderadamente. b) Si la hemorragia persiste aplique el torniquete (cinturón, pañuelo, etc.), en la zona inmediatamente superior a la herida y ajuste fuertemente. c) Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado. d) Conduzca al herido al hospital. e) Si el viaje es largo, suelte el torniquete cada 15 minutos para que circule la sangre. Ar culo 86º.- En caso de fractura siga el siguiente tratamiento: a) No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado. b) Mantenga al paciente descansando y abrigado. c) Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva al paciente y llame al médico. d) Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al accidentado al médico. e) Si hay duda acerca de si un hueso esta o no fracturado, trátese como fractura. 19


Ar culo 87º.- En caso de quemaduras: Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se clasifican de acuerdo al grado de lesión que causa en los tejidos del cuerpo en de 1er, 2do,y 3er grado. a) Para quemaduras leves o de 1er grado se puede aplicar ungüento y puede ser cubierta por una gasa esterilizada. b) Para quemaduras de 2 do y 3er grado quite la ropa suelta y aplique una gasa esterilizada suficientemente grande para cubrir la quemadura y la zona circundante y lo suficientemente larga para evitar el contacto del aire con la quemadura. Ar culo 88º.- La empresa abastecerá de manera que haya siempre un stock permanente de medicamentos y materiales en el Bo quín.

CAPITULO XII REFERENCIAS PARA CASOS DE EMERGENCIA Ar culo 89º.- En caso de emergencia llamar a los siguientes números telefónicos de acuerdo a la ocurrencia: ANEXO

REFERENCIAS PARA CASOS DE EMERGENCIAS 01

COMISARIA – VIRU

371080

02

POLICIA DE CARREYERAS – VIRU

371513

03

HOSPITAL DE VIRU – ESSALUD

641088

04

HOSPITAL LAZARTE – ESSALUD

231081

05

HOSPITAL BELEN – MINSA

245748

06

HOSPITAL REGIONAL – MINSA

231581

07

COMPAÑÍA GENERAL DE BOMBEROS – TRUJILLO

233333

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