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LA REFORMA DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA EN VENEZUELA: DIRIGIDA A LA REVOLUCIÓN DEL SECTOR
by FUNDATUN
Juan Nicolás Alvarado – Co-Redactor del Proyecto de Ley de Pesca y Acuicultura- 15 de enero de 2022
Reforma = aquello que se propone, proyecta o ejecuta como innovación o mejora en algo (RAE, 2020).
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INTRODUCCIÓN
En el contexto de la propuesta de reforma del Decreto con Valor, Rango y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura (Gaceta Oficial N°6150 Extraordinaria de 2014), encaminada a una revolución pesquera-acuícola, el presente artículo pretende dar una visión más diáfana y orientada a brindar una descripción y explicación sobre la enmienda al Decreto Ley (Alvarado, 2020 y 2021); develando y proponiendo la adecuación del mismo, así como sus avances e inconvenientes para alcanzar la posibilidad de reimpulsar la pesca y la acuicultura nacional, con el objetivo de coadyuvar con el ordenamiento del sector y cumplir con el aporte a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación.
En ese orden de ideas, se busca aportar a la reforma revolucionaria de la pesca y la acuicultura nacional a partir de los principios políticos-jurídicos de la propuesta de reforma del Decreto Ley vigente y en procura de una mejor respuesta a los acontecimientos y al “deber ser”; orientándola a desarrollar actividades productivas sostenibles, administrar eficazmente los recursos naturales y asistir a los pescadores-acuicultores de forma integral para afrontar las vicisitudes en el desempeño de su actividad en tiempos difíciles.
Sepúlveda (2002) afirma que “transitar de un enfoque sectorial a uno territorial no significa, necesariamente, adquirir un nuevo instrumental de políticas, pero si plantea la necesidad de realizar un cambio significativo en las estrategias de gestión y de aplicación de tales instrumentos”; por lo que a este respecto, se realizan una serie de reflexiones dirigidas a presentar observaciones a la situación actual y recomendaciones, fundamentadas en “saberes y haberes”, para reformar y revolucionar a un sector productivo primario cuyos recursos extraídos son: especies silvestres y móviles en los ecosistemas, de condición finita y agotable, adicional a que pueden, en el caso de mala praxis, colapsar la actividad y conducirla a la ruina social.
ANTECEDENTES
En el año 2019, el Frente Nacional de Pescadores y Acuicultores Simón Bolívar (FNPASB) plantea, ante el Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (MinPESCA), la necesidad y la posibilidad de contribuir a desarrollar una reforma del Decreto Ley; para que actualice y ampare, con un fundamento legal, las actividades productivas y conexas del sector de la pesca y la acuicultura. Para ello realizaron tres foros nacionales: el primero en el MinPESCA, en 2019, y los otros dos se realizaron en la Ciudad Vacacional Los Caracas (Edo La Guaira), durante los años 2020 y 2021; todos con el objeto de dar a conocer la problemática pesquera, acuícola nacional y analizar el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley 2014.
Por otra parte, a partir de mediados del 2020, se estableció una Sala Situacional coordinada por el Grupo de Acción Estratégica Vigente, adscrita al FNPASB; con la finalidad de recaudar las observaciones, sugerencias, denuncias e información general que, por medio de grupos de “chattelefónicos”, le hicieron llegar muchos otros pescadores que no pudieron asistir a los foros. De esta manera se logró percibir, de los propios pescadores y acuicultores artesanales que alcanzaron a conocer las generalidades del proyecto de modificación, las situaciones distintas y comunes, las necesidades e inconvenientes presentadas a la propuesta de reforma.
En estos intercambios se generó la participación de los principales actores de esta Ley; lo cual permitió establecer fundamentos importantes para orientar las actividades productivas, que a su vez servirán para regular el aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos y que, a partir de la adecuación e implementación de la ley, inducirán a la atención del pescador/acuicultor por parte del órgano rector y demás instituciones. Cabe destacar, que esto exhorta a la capacitación de las generaciones de funcionarios públicos que sean adscritos al ente rector de la pesca; a los efectos de lograr una administración responsable y sostenible de los recursos pesqueros.
Posteriormente, un equipo de profesionales y técnicos, de reconocida trayectoria, colaboraron con el FNPASB para interpretar los diversos emplazamientos, expuestos por el pueblo pescador/acuicultor, con el objeto de adecuar el articulado en el documento de la propuesta de reforma de la de Ley y su respectivo reglamento.
Para finales del año 2021 se solicita la atención del Poder Legislativo, en virtud del avance importante realizado por el poder popular; aprobándose someter el documento a la consideración de la Subcomisión de Economía Productiva y Desarrollo Agrario Nacional (SEPDAN) de la Asamblea Nacional, presidida por los Diputados Braulio Álvarez y Jaime González, para coordinar la concreción de un proyecto de reforma del Decreto-Ley para este 2022. A tal efecto, el autor del presente artículo realiza dos exposiciones de los avances a ese cuerpo legislativo, para su revisión y consideraciones; así mismo, atendiendo a las exigencias del proceso, también se expone ante el Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (MinPESCA) en los periodos 23 al 27 de octubre y del 1al 4 de noviembre 2021. En consonancia, todos los aportes al documento, surgidos durante las presentaciones, fueron considerados y se incorporaron aquellos pertinentes a la mejora del instrumento.
Adicionalmente cabe señalarse que: el documento de la propuesta de reforma fue preparado en el año 2020 y circuló públicamente para el aporte de otros actores y conocedores de las actividades del sector pesquero y acuícola; fue analizado por otros profesionales de las especialidades atinentes, quienes generaron apropiadas recomendaciones. Todas las contribuciones y colaboraciones obtenidas por estas vía fueron considerados para las mejoras del documento.
IMPULSO A LA REFORMA
A partir de las observaciones generadas por la SEPDAN de la Asamblea Nacional, en cuanto a consensuar un instrumento legal único con los aportes válidos del MinPESCA, del Estado Mayor de la Pesca y Acuicultura y de las instituciones especializadas en la materia, se pudo avanzar en concretar un proyecto de reforma para una Ley de Pesca y Acuicultura en este 2022.
Tabla 1.- Estructura y composición de la propuesta de reforma al Decreto-Ley de 2014
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De acuerdo a los ajustes sugeridos para la adecuación de la Ley, la misma queda constituida por 8 títulos, 17 capítulos y 90 artículos (Tabla 1). Particularmente se proponen modificaciones dirigidas a mejorar la redacción del primer artículo, que contiene el objeto de la Ley; señalando la prioridad de:
1.- regular las actividades de pesca y acuicultura;
2.- administrar los recursos hidrobiológicos en forma sostenible; y
3.- brindar una asistencia integral, a los pescadores y acuicultores, orientada hacia una pesca responsable, a un reimpulso de la acuicultura y sus actividades conexas, en pro de coadyuvar a la soberanía y seguridad alimentaria de la Nación.
Cabe considerar además, que en esta reforma de Ley se establecen los enlaces necesarios para su correlación con las leyes orgánicas correspondientes, que complementan al instrumento jurídico en su legislación.
AVANCE A LA REFORMA INSTITUCIONAL
Con la intención de mejorar el desempeño institucional y la gestión técnico-social dentro del sector, la reforma de ley propone trabajar en los siguientes aspectos:
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1.- Desarrollar el reglamento de ley (avanzado).
2.- Actualizar las resoluciones y providencias y adecuar el ordenamiento del sector
3.- Fomentar la capacitación de los funcionarios de la administración pública MinPESCA y sus entes adscritos con el objeto de actualizar conocimiento para gerenciar recursos agotables.
4.- Actualizar las competencias del MinPESCA para adecuar las responsabilidades de los entes adscritos y la creación de los Viceministerios de Acuicultura y Desarrollo Social a objeto que el órgano rector formule y dicte las políticas más integrales para el sector.
5.- Desconcentración de las funciones del MinPESCA con aporte y coordinación de las Subgerencias Regionales, de los estados, de los municipios y de los Consejos Comunales de Pescadores, Pescadoras, Acuicultores y Acuicultoras (CONPPA).
6.- Coordinar con los ministerios e institutos correspondientes la vigilancia y control de las actividades productivas.
7.- Revisar los acuerdos pesqueros y acuícolas internacionales subscritos por la República, donde se tiene participación importante, haciendo énfasis en las resoluciones y recomendaciones de las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera a las que se pertenece; en particular de la Comisión de Pesca del Atlántico Centro-Occidental (COPACO).
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8.- Enfocar nuevos acuerdos pesqueros internacionales con los países San Vicente y las Granadinas, Belice, Nicaragua y Cuba; definiendo los mejores términos para los intercambios en esta materia.
9.- Impulsar el acercamiento institucional con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) a objeto de que se promueva la asistencia técnica oportuna para el desarrollo de una pesca y acuicultura responsable y sostenible; así como, la asistencia para la conformación de ordenanzas y el co-manejo pesquero en las comunidades organizadas.
10.- Promover el desarrollo de capacidades de los funcionarios de MinPESCA y sus entes adscritos, a los efectos que se genere una transformación que sustente el reimpulso del sector a lo largo del tiempo.
OBEJTIVO BUSCADO
El reto más controvertido, que tiene la reforma pesquera y acuícola en revolución, reside en que se logren regular las actividades productivas para que sean sostenibles en el tiempo y asistir a las comunidades marino-costeras y continentales con el objeto de un desarrollo sustentable del territorio rural; apuntando a mantener a los pescadores y acuicultores en sus ecorregiones, haciendo patria desde sus hábitats, y adicionalmente contribuir a la seguridad y soberanía alimentaria.
SITUACIÓN ACTUAL
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La recapitulación, del camino transitado por esta propuesta de reforma, permite evidenciar que:
‣ Las sucesivas intervenciones realizadas al primer Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura (2001), en 2003, 2008 y 2014 (Alvarado, 2020), dispersaron gran parte del objetivo principal que tuvo la ley y debilitaron poder cumplir con sus articulados; en especial, el objeto y las finalidades de la misma.
‣ La política pesquera se mantiene alejada de la ciencia; existiendo una falta de comunicación eficaz, basada en paradigmas, que debilitan la tutela necesaria del ámbito rector.
‣ El desarrollo pesquero ha estado distante del beneficio revolucionario alcanzado en la reconquista de los espacios marítimos, correspondiente al mar territorial, para la pesca artesanal; siendo conveniente el desarrollo de actividades productivas en esas áreas para el uso y disfrute de zonas de la plataforma continental y los bordes acuáticos fronterizos.
‣ Se ha tenido la posibilidad y la necesidad de reimpulsar la pesca y la acuicultura en los últimos años con planes y programas apropiados para el desarrollo de las actividades productivas; no obstante el momento difícil producido por los intereses disyuntivos y contrarios a la revolución venezolana.
‣ Se puede definir la reforma pesquera y acuícola como un conjunto de medidas políticas, económicas, ecológicas, sociales y jurídicas impulsadas con el fin de concretar planes, programas y decisiones para el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos en todos espacios acuáticos (marítimos, estuarinos, rivereños, lacustres e insulares) al interior del mar territorial y las fronteras que contempla la nación pesquera venezolana.
RECOMENDACIONES GENERADAS
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Adicional a esa recapitulación realizada, es conveniente apuntar a:
‣ Desconcentrar la administración pesquera y acuícola, mediante la participación del Poder Popular de los Consejos Comunales de Pescadores, Pescadoras, Acuicultores y Acuicultoras (CONPPA) con articulación y tutela del MinPESCA, creando las políticas, enlaces y coordinaciones necesarias, con personal especializado en las áreas respectivas, para articular con los estados, municipios, instituciones y organismos vinculados.
‣ Elevar el nivel político orientado al logro, del Frente Nacional de Pescadores y Acuicultores Simón Bolívar (FNPASB), del Estado Mayor de la Pesca y la Acuicultura y del MinPESCA, para contribuir con la concreción de la Ley de Pesca y Acuicultura en este 2022, considerando la gestión realizada por todos los participantes “pescadores(as), acuicultores(as), profesionales y técnicos, grupo de acción estratégica, y demás colaboradores especializados en la materia” desarrollada, como instrumento legal revolucionario dirigido a la ordenación del sector.
‣ Avocarse a evolucionar una revolución en la pesca y la acuicultura a partir de la reforma de la ley; con responsabilidad para revisar, rectificar y reactivar al sector hacia la sostenibilidad productiva.
‣ Procurar una revolución de conciencia, que sedimente la lucha para la transformación de la vocación de servir; pujando hacia la ética y la moral, contemplada en los aportes al modelo socialista de la pesca y la acuicultura.
‣ Lograr apuntalar una asistencia técnica adecuada, en materia de pesca y acuicultura, a la Subcomisión de Economía Productiva y Desarrollo Agrario Nacional (SEPDAN) de la Asamblea Nacional, para concretar la reforma del Decreto con Valor, Rango y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura en este 2022; a los efectos de mejorar el articulado que está en la propuesta y se facilite la interpretación de algunos términos y sentido de acciones particulares de la especialidad, favoreciendo con ello las observaciones que tenga a bien de concretar para el documento final de la ley.
‣ Respetar las consideraciones y planteamientos, expresados por el pueblo pescador acuicultor en las consultas realizadas, correspondientes a mejorar el ordenamiento de la pesca y acuicultura; así como orientadas a la producción y sostenibilidad del sector.
‣ Honrar los acuerdos alcanzados en los eventos celebrados en 2021, entre las autoridades rectoras (MinPESCA) y el ente político (FNPASB - Corredactores), con el objeto de concretar el documento de reforma de Ley de Pesca y Acuicultura para este 2022; sin modificaciones inconsultas o cambios del proyecto de reforma ya avanzado.
LITERATURA RECOMENDADA:
Alvarado J. N. (2018). “La gestión de la pesca de arrastre artesanal camaronera en las ecorregiones pesqueras bajo enfoque ecosistémico casos Golfos de Paria y Venezuela”. Tesis de Maestría en Desarrollo Sustentable de Territorios Rurales. Escuela Socialista de Agricultura Tropical.
Bertolotti M (2008). “Capítulo 1: Sistema pesquero y política pesquera”. En: Bertolotti M. I., Errazti E., Gualdoni P., & Pagani A. N. “Principios de política y economía pesquera”. Editorial Dunken. Buenos Aires - Argentina. P 17-86. http://nulan.mdp.edu.ar/2229/1/bertolotti.2008.pdf
Barahona, F. (2008). “Reforma agraria y poder político”. Universidad de Costa Rica, San José, Costa Rica.
Correia M. (2020). “Cambios en los paradigmas de la gobernanzas pesqueras tradicional con base al “cambio global”. Boletín COFA convivencia pesquera (Agosto 202). FUNDATUN, Caracas Venezuela. p. 10-13. https://issuu.com/fundatun/docs/2020_08_rev_cofa.
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