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Pérez Fernández, María del Pilar1; Guerra Velasco, Juan Carlos2 y Fernández Manso, Antonio Alfonso3

LA INCORPORACIÓN DEL SUELO RÚSTICO AL PROCESO DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA: LAS NORMAS MUNICIPALES DE EL MAÍLLO (SALAMANCA)

Resumen: Responder adecuadamente al reto científico y técnico de comprender las relaciones entre el espacio edificado y el suelo rústico, exige replantear las metodologías de planificación y ordenación, propiciando una ordenación global e integrada que permita un aprovechamiento eficaz de todos los recursos disponibles. Resulta imprescindible mejorar estas metodologías de planificación para que resulten útiles en la preservación de las características y valores más singulares del territorio que se ordena, estableciendo una zonificación minuciosa que justifique las posibles limitaciones de uso, buscando siempre la compatibilidad entre desarrollo y conservación. Paralelamente el suelo rústico debe también satisfacer las nuevas demandas sociales de manera que se propicie la apertura de los espacios rurales a nuevas actividades manteniendo la configuración territorial característica del espacio rural. En este trabajo se presenta la metodología utilizada y los resultados obtenidos en la elaboración de las Normas Urbanísticas Municipales El Maíllo (Salamanca) un municipio eminente forestal. Se trata, por tanto, de un espacio de gran singularidad por sus especiales características y configuración que ha merecido su inclusión en la máxima categoría de los espacios protegidos de la comunidad castellanoleonesa. Los trabajos desarrollados pretenden, en el marco de una planificación integrada, incorporar a la práctica urbanística, la preservación de los valores singulares que alberga el suelo rústico y la incorporación activa de estos espacios a la gestión territorial. Para ello, las Normas Urbanísticas, establecen una zonificación exhaustiva del territorio mediante el proceso de clasificación y calificación, que asigna un régimen jurídico característico para cada espacio.

Urbanismo y Planificación Territorial, s.l. Departamento de Geografía. Facultad de Filosofía y Letras. Universidad de Valladolid 3 Departamento de Ingeniería Agraria. Universidad de León. ESTIA. (Campus de Ponferrada). 1 2

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1. INTRODUCCIÓN Entre las diversas funciones de la planificación urbanística destaca, por su relevancia en la definición de la estructura territorial, la capacidad del planeamiento para establecer el uso y destino de cada porción del territorio ordenado. Tradicionalmente la práctica urbanística ha infravalorado la funcionalidad y el papel que, en la configuración de la ordenación territorial tiene el suelo rústico. Un espacio que, incluso por su denominación en la legislación urbanística, se definía en negativo, como suelo no urbanizable4, frente a la primacía y protagonismo del suelo definido como urbano y urbanizable, donde se desarrolla el proceso urbanizador, eje central de la planificación. Paradójicamente en la práctica totalidad de los municipios que cuentan con planeamiento general, el suelo clasificado como no urbanizable o rústico representa un abrumador porcentaje mayoritario de la superficie ordenada, superior a las tres tres cuartas partes del total. En regiones como Castilla y León donde el desarrollo del sistema de ciudades no ha alcanzado niveles superiores y el espacio rural sigue, en buena medida articulando el paisaje que vemos, la importancia del suelo rústico es, si cabe, mucho mayor. Y ello porque su puesta en valor, su gestión eficaz representa uno de los principales activos de la competitividad de la región. Se trata, por tanto, de una realidad de primera magnitud desde el punto de vista territorial, cuya ordenación debe, sin duda, valorarse adecuadamente en la configuración del sistema territorial. En el territorio castellanoleonés buena parte de este espacio clasificado como suelo rústico, se corresponde con áreas que albergan una superficie forestal de interés, no en vano casi las dos terceras partes de la superficie de la Comunidad Autónoma se considera forestal5. Estos espacios se corresponden, principalmente, con la orla montañosa que rodea la extensa comunidad de Castilla y León. En estas áreas de montaña es donde los problemas derivados de la crisis del

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Las últimas modificaciones de la legislación urbanística tanto estatal como autonómica, han modificado esta denominación sustituyéndola por la de suelo rústico, mucho más acorde con la funcionalidad y características de este espacio. 5 Es decir, como mínimo un 30% de la superficie total del término municipal tiene un carácter forestal.

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sistema de explotación agraria tradicional se manifiestan con mayor rotundidad. Esta situación ha provocado serios desajustes tanto en el sistema tradicional de asentamientos, como en la estructura demográfica, de manera que en estas áreas de marcado carácter rural se pone en entredicho incluso su supervivencia a medio plazo6. En muchas zonas de la región es evidente la debilidad del sistema demográfico y de asentamientos; no olvidemos que estos pequeños núcleos rurales, representan el 98% de los municipios existentes, aunque la población residente en ellos cada día es menor (de las 5927 entidades de población 3510 tienen menos de 100 habitantes). En segundo lugar, los municipios rurales forestales ocupan casi las dos terceras partes de la superficie de la Comunidad Autónoma, lo que origina densidades de población muy bajas, por debajo de 10 hab/km2. El peso histórico de lo agrario en la sociedad tradicional mantuvo la utilidad de la tierra vinculada a la producción agraria y forestal, protegiendo al suelo rústico de las tensiones relacionadas con el uso urbano. Pero el suelo rústico ha dejado de destinarse exclusivamente a las actividades agroforestales, lo que provoca importantes tensiones y conflictos que la planificación debe resolver adecuadamente con el fin de gestionar eficazmente los recursos territoriales de los que disponemos. La consecuencia más importante de estos cambios es la ruptura del valor económico y social de la “tierra” como factor asociado exclusivamente al desarrollo de las actividades agrarias, lo que implica una transformación en los usos del suelo y su apertura hacia otras formas de aprovechamiento entre ellas las urbanísticas (Cuenca, 1998). El desafío se centra en canalizar las nuevas demandas espaciales de la sociedad moderna (segunda residencia, disfrute de la naturaleza, ocio, preservación ecológica...) de manera que este espacio se convierta en activo de la competitividad territorial del municipio. En la sociedad actual se han consolidado los paradigmas sociales que supervaloran los elementos ambientales y paisajísticos del medio rural frente al urbano. 6

Conviene no olvidar que, en estas áreas, la despoblación y el envejecimiento estructural de la población son

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Se reclama mayor protección del territorio, como espacio que alberga valores de gran singularidad y fragilidad, mientras que simultáneamente se desarrollan nuevos modelos de urbanización alternativos a los tradicionales modelos de ocupación, intensivos y concentrados característicos de las grandes ciudades. En definitiva, las funciones urbanas que se trasladan al ámbito rural son cada vez mayores, trasladando al campo otros recursos no necesariamente agrarios. La necesidad de articular adecuadamente esta compleja y creciente interrelación entre los espacios urbanos y rurales, tiene también su traducción en el marco jurídico y normativo. Las distintas Comunidades Autónomas del estado español, han promulgado nuevas leyes que se acercan al problema del suelo rústico con una mayor sensibilidad. La comunidad de Castilla y León ha promulgado dos leyes: Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León y la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León que abordan con especial interés el régimen del suelo rústico. El marco normativo intenta tal y como recoge la propia Exposición de Motivos de la Ley, incorporar al marco jurídico vigente “principios exigidos con fuerza por la sociedad como la protección del medio ambiente (...) esta Ley aborda con especial interés la relación entre urbanismo y desarrollo sostenible (...) considera que el suelo, el territorio, es un patrimonio colectivo que ha de ser utilizado de forma equilibrada y sostenible para legarlo a las generaciones futuras. (...) En Castilla y León (...) lo que no es urbano no puede ser concebido como simple no urbanizable, y lo urbanizable futuro no puede ser hegemónico sobre un espacio rural con valores propios”. La Ley establece que cuando las características de los terrenos desaconsejen su urbanización, éstos habrán de ser necesariamente clasificados como suelo rústico: es decir, se hace una delimitación positiva que se impone sobre la discrecionalidad municipal. La ley define ocho

rasgos característicos que condicionan cualquier tipo de intervención.

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categorías de suelo rústico, varias de ellas se corresponden con terrenos afectados por legislaciones sectoriales (aguas, infraestructuras, espacios naturales, patrimonio) y de forma complementaria por otros que se considere necesario someter a un régimen de protección. Otras categorías son específicamente urbanísticas, como las previstas para la protección de los entornos urbanos y de las formas de asentamiento tradicional. A cada una de las categorías de suelo rústico corresponde un régimen especial, en el que los usos del suelo se definen como permitidos (sometidos sólo a la obtención de la licencia municipal y las autorizaciones sectoriales que procedan), prohibidos (los incompatibles con la protección) o autorizables mediante un procedimiento arbitrado con este objeto. En este contexto se debe reconsiderar la metodología y la práctica urbanística tradicional para responder adecuadamente al reto científico y técnico de comprender las relaciones entre el espacio edificado y el suelo rústico, propiciando una ordenación global e integrada que permita un aprovechamiento eficaz de todos los recursos disponibles. Resulta imprescindible mejorar las metodologías de planificación para que sean capaces de preservar las características y valores más singulares del territorio que se ordena, estableciendo una zonificación minuciosa que justifique las posibles limitaciones de uso, buscando siempre la compatibilidad entre desarrollo y conservación. Paralelamente el suelo rústico debe también satisfacer las nuevas demandas sociales de manera que se propicie la apertura de los espacios rurales a nuevas actividades manteniendo la configuración territorial característica del espacio rural. (Pérez Fernández, M.P. 1995). En este trabajo se presenta la metodología utilizada y los resultados obtenidos en la elaboración de las Normas Urbanísticas Municipales El Maíllo (Salamanca) un municipio eminente forestal. Paralelamente el interés de este trabajo se ha visto incrementado porque el municipio de El Maíllo está enclavado en el espacio del Parque Natural “Las Batuecas-Sierra de Francia” (Urbyplan, 2000). que forma parte de la red de espacios naturales de la región. Se trata, por 5


tanto, de un espacio de gran singularidad por sus especiales características y configuración ha merecido su en inclusión en la máxima categoría de los espacios protegidos de la comunidad castellanoleonesa. Los trabajos desarrollados pretenden, en el marco de una planificación integrada, incorporar a la práctica urbanística, la preservación de los valores singulares que alberga el suelo rústico y la incorporación activa de estos espacios a la gestión territorial. Para ello los instrumentos de planeamiento general, en este caso las Normas Urbanísticas, establecen una zonificación exhaustiva del territorio mediante el proceso de clasificación y calificación, que asigna un régimen jurídico característico para cada espacio. Se concretan así las condiciones de uso y edificación de cada área, compatibilizando los criterios de conservación establecidos por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales con la actividad urbanística, entendida como la ordenación, transformación y control del uso del suelo. 2.

MATERIAL Y MÉTODOS

El Maillo reúne de forma ejemplar los rasgos de un espacio de transición a caballo entre la Sierra de Francia y la cuenca de Ciudad Rodrigo. Aproximadamente la mitad de la superficie municipal se incluye dentro del Parque Natural de “Las Batuecas-Sierra de Francia”, un extenso espacio de morfología agreste típicamente serrano dominado por el robledal de Quercus pyrenaica. Fuera del ámbito definido como Parque Natural aparece de nuevo el robledal, los pinares de repoblación e importantes bandas de vegetación riparia. La metodología utilizada (Figura 1) subdivide el trabajo en dos fases: análisis-valoración ambiental y ordenación del suelo rústico. En la primera fase, se identifican las unidades ambientales y se realiza una valoración de calidad ambiental de una manera cuantitativa desarrollando un Índice de Calidad Ambiental. Se han definido las unidades ambientales como resultado de la agregación ponderada de los valores de calidad ambiental de tres elementos del medio: vegetación, fauna y paisaje. (Fernández Manso, 1995; Gómez Orea, 1993).

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Para los dos primeros elementos se han establecido varios criterios de valoración, que coinciden básicamente con los utilizados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en el “Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del espacio Natural de las Batuecas” (Junta de Castilla y León, 1995). De esta manera se ha pretendido que exista una coherencia entre las valoraciones realizadas para el Parque y las que se realizan en las áreas limítrofes. En la segunda fase, se realiza una ordenación y clasificación de suelo rústico en correspondencia con los resultados de la valoración. A lo largo de todo el proceso se ha utilizado como herramienta un sistema de información geográfica (Arc/info) que ha permitido integrar la componente geográfica en el estudio y elaborar una cartografía de calidades ambientales. (Fernández Manso & Guerra, 1997) FIGURA 1. METODOLOGÍA UTILIZADA EN EL ESTUDIO

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1.1 Definición de unidades ambientales

FASE 1. ANÁLISIS Y VALORACIÓN

Cartografía de unidades ambientales

1.2. Valoración de las unidades ambientales

VEGETACIÓN

FAUNA

PAISAJE

CRITERIOS: 1. Representatividad 2. Madurez 3. Rareza dentro 4. Rareza fuera 5. Fragilidad

CRITERIOS: 1. Especies más significativas Diversidad de especies 3. Diversidad de otras especies 4. Especies exclusivas del biotopo 5. Rareza del biotopo

CRITERIOS: Unidades paisajísticas

1.3. Integración y asignación de calidades ambientales Índice global de calidad ambiental (ICA)

Cartografía de Calidades ambientales

FASE 2. ORDENACIÓN

2.1. Ordenación y clasificación del suelo

Clasificación y zonificación del suelo rústico Proteccuón Cultural, Protección Natural y Común

Cartografía de Ordenación del Suelos Rústico

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TABLA 1. SISTEMA DE VALORACIÓN

Se asigna a la vegetación y la fauna un valor de 1 a 10 de acuerdo con los criterios elegidos, posteriormente se ha ponderado con unos pesos correctores para cada grupo de unidades definidas: 7 para la vegetación y 3 para la fauna. Estos supuestos se expresan en un índice global de calidad ambiental (ICA). ICA = ∑ Pi Vi (i = 1 ...n) Pi , es el peso del elemento “y” en la unidad, que debe valer entre 0 y 10 unidades adimensionales, pero sujeto a la siguientes restricciones: ∑ Pi = 10 (y = 1 ...n) , P=7 para vegetación P=3 para la fauna Vi , el valor de calidad individual del factor considerado, establecido según el número y tipificación de los elementos presentes, que adopta un valor como se expreso entre 0 y 10. El ICA que adopta en consecuencia un valor absoluto comprendido entre 0 y 100, al final se han reclasificado en cinco unidades de calidad: muy alta a muy baja. Este índice puede utilizarse para conparar calidades entre distintas unidades territoriales. CORRESPONDENCIA ENTRE CLASES DE CALIDAD Y VALORES DE CALIDAD

Valores totales ponderados <70 70-55 54-35 >35

Clase de calidad ambiental Muy Alta Alta Media Baja

Abreviatura MA A M B

El paisaje se ha utilizado como criterio de matización para difenciar áreas de igual calidad pero con distintos valores paisajísticos. De esta forma los criterios paisajísticos se integran en la planificación urbana para fomentar la conservación delmedio natural. Los criterios de asignación de calidad final se obtienen utilizando el índice de calidad ambiental y del paisaje que se recogen en la tabla siguiente . CRITERIOS DE MATIZACIÓN APLICANDO EN PAISAJE Y CALIDAD FINAL

Unidades pasajísticas 1 2 Muy Alta Excepcional Muy alta Alta Muy alta Alta Media Alta Alta Baja Media Media Muy baja Baja baja 1. Cordales serranos; 2. Vertientes de contacto; 3. Fonde de valle

3 Muy alta Alta Media Baja Muy baja

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3. RESULTADOS En primer lugar se abordó el análisis y valoración territorial del territorio objeto de ordenación, a partir de la información extraida de los inventarios a escala 1:50.000 correspondientes al Mapa Forestal de España y de la valoración de la estructura geológica, los trabajos de campo posteriores permitieron recorrer in situ el territorio y pormenorizar esta información inicial contrastándola con la realidad existente. A partir de estos trabajos se han definido las siguientes unidades ambientales TABLA 2. UNIDADES AMBIENTALES PROPUESTAS UNIDAD AMBIENTAL DESCRIPCIÓN Sectores ocupados por el terrazgo cultivado. Cabe Campos de cultivo distinguir el ruedo más cercano a los pueblos, muchas veces ocupado por pequeñas huertas en regadío, y los sectores más alejados de ellos, de orientación cerealícola, y con el centeno como cultivo predominante. Bosque de ribera alto con mezcla de Salix sp. y Populus Galería arbórea con Salís sp Monte arbolado de Quercus pyrenaica Masas subesclerófilas de Quercus pyrenaica con inclusión de Sorbus latifolia, Acer monspessulanum y localmente ejemplares de Quercus suber y Quercus faginea Monte esclerófilo de Quercus ilex con distintas Monte arbolado de Quercus ilex fisonomías y aspectos, con inclusión de Quercus suber, Phillyrea angustifolia, Juniperus oxycedrus y, sobre todo, Cistus ladanifer. Repoblaciones recientes de Pinus sylvestris, acompañadas Monte arbolado de Pinus sylvestris normalmente de Pteridium aquilinum, Erica tetralix, Genista anglica y Cistus phillosepallum Repoblaciones recientes de Pinus pinaster con Halimium Monte arbolado de Pinus pinaster alyssolides, Halimium ocymoides y Cytisus multiflorus Brezal dominado por Erica australis, normalmente de Matorral de Erica australis talla subarbustiva, con inclusiones de Calluna vulgaris, Halimium sp. y Cistus sp. Matorral pulviniforme, de talla media, que puede llegar a Matorral de Cytisus purgans recubrir completamente el suelo. Normalmente suele ir acompañado de elementos del pastizal como Koeleria crassipes y Nardus stricta. Matorral compuesto por una mezcla de ericáceas, Matorral mixto con Genista florida, Cytisus purgans y Genistella tridentata cistáceas, leguminosas y gramíneas, a las que se agregan labiadas y taxones de otras familias. Su composición es bastante constante con Erica australis, E. umbellata, .

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La valoración de la vegetación es uno de los puntos claves en la planificación del desarrollo sostenible, puesto que cualquier modificación en la cubierta vegetal de un espacio modifica la calificación y percepción del territorio que la alberga. Para su valoración se han tenido en cuenta cinco criterios básicos: representatividad, madurez, rareza dentro y fuera del ámbito de estudio y, por último, fragilidad y reversibilidad. En coherencia con este planteamiento, en la consideración inicial de la calidad ambiental de cada unidad se asigna a la vegetación 70 puntos respecto a un máximo de 100. Su aplicación a las unidades fisiográficas de vegetación inventariadas se realiza asignándoles diferentes coeficientes de ponderación, los valores finales aparecen recogidos en la Tabla 3. Los valores iniciales de la representatividad han sido multiplicados por 3 y los restantes criterios se han mantenido su valor inicial. Tabla 3. CALIDAD AMBIENTAL ASOCIADA A LA VEGETACIÓN Unidades ambientales

Campos de cultivo Galería arbórea con Salís sp Monte arbolado de Quercus pyrenaica Monte arbolado de Quercus ilex Monte arbolado de Pinus sylvestris Monte arbolado de Pinus pinaster Matorral de Erica australis Matorral de Cytisus purgans Matorral mixto con Genista florida, Cytisus purgans y Genistella tridentata

Repres. Madurez

Valor Rareza Rareza Fragili. final sobre dentro fuera 70 0 0 0 0 6 3,3 5 54,3 2 3,3 2,5 45,8

0 30 30

0 10 8

30 7,5

8 6

2 2

3,3 3,3

2,5 5

45,8 23,8

7,5 7,5 22,5 15

8 2 2 2

2 2 2 2

3,3 3,3 3,3 3,3

5 2,5 2,5 2,5

25,8 17,3 32,3 24,8

Respecto a la calidad ambiental asociada a la fauna se han definido los principales biotopos de la zona, y se han valorado según la importancia de la fauna que acogen. Las clases de biotopo y su relación con unidades ambientales aparecen la tabla 4.

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TABLA 4. RELACIÓN UNIDADES DE VEGETACIÓN Y LOS BIOTOPOS AVIFAUNÍSTICOS Unidades ambientales Campos de cultivo Galería arbórea con Salís sp Monte arbolado de Quercus pyrenaica Monte arbolado de Quercus ilex Monte arbolado de Pinus sylvestris Monte arbolado de Pinus pinaster Matorral de Erica australis Matorral de Cytisus purgans Matorral mixto con Genista florida, Cytisus purgans y Genistella tridentata

Biotopos Cultivos riberas Robledal Encinar Pinar Pinar Matorral Matorral Matorral

La metodología empleada tiene en cuenta todas las especies presentes, aunque no refleja cantidades ni densidades, casi siempre desconocidas. La valoración resultante queda expresada en términos absolutos, permitiendo comparar biotopos a un nivel general con independencia de la extensión que ocupan o el número de individuos de cada especie presente. También se considera el grado de rareza del biotopo en Castilla y León. La fauna constituye otro de los factores considerados en la definición de la calidad ambiental de cada espacio, asignándole 30 puntos respecto a un máximo de 100. Como criterios para su valoración se han elegido los siguientes: valor de las especies más significativas, diversidad de especies significativas, diversidad de otras especies, especies exclusivas del biotopo, rareza del biotopo en la comunidad. Como resultado de la valoración de la fauna realizada en las matrices anteriores se ha elaborado la tabla 5, en la que se recoge el conjunto de las valoraciones realizadas. TABLA 5. CALIDAD AMBIENTAL ASOCIADA A LA FAUNA

Unidades ambientales

Campos de cultivo Galería arbórea con Salís sp Monte arbolado de Quercus pyrenaica Monte arbolado de Quercus ilex Monte arbolado de Pinus sylvestris Monte arbolado de Pinus

Diversidad de Especies otras especies exclusivas

Rareza Valora del ción biotopo

Especies significativas

Diversidad

56 108

6 7

10 8

1 119

0 0

4,78 15,85

191

6

7

1

16

14,48

235

7

9

18

0

17,62

189

4

4

0

0

12,90

189

4

4

0

0

12,90 12


pinaster Matorral de Erica australis Matorral de Cytisus purgans Matorral mixto con Genista florida, Cytisus purgans y Genistella tridentata

244

7

5

202

0

30,00

244

7

5

202

0

30,00

244

7

5

202

0

30,00

El biotopo con mayor valor corresponde al matorral porque es el hábitat del lince. El siguiente biotopo en importancia se corresponde con los encinares: un medio frecuentado por especies de gran interés entre las que se ha considerado como exclusiva el Buitre Negro. El medio acuático y las riberas son imprescindibles para la Cigüeña Negra y también ha recibido una alta valoración. Las zonas de roble y castaño frecuentadas por especies de gran interés carecen, sin embargo, de especies exclusivas, por lo que se reduce su valoración final. En un nivel inferior se ha incluido el pinar compuesto por especies poco diversas, pocas especies significativas y ninguna de ellas en exclusividad. La asignación de las calidades ambientales iniciales es el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los apartados de vegetación y fauna para cada una de las unidades ambientales. La valoración realizada sobre 100 unidades posibles, se traduce en una reclasificación siguiendo los criterios expresados en la tabla 1. TABLA 6. CALIDADES AMBIENTALES INICIALES: VEGETACIÓN Y FAUNA Unidades ambientales Valoración sobre Calidades 100 Campos de cultivo 4,78 Baja Galería arbórea con Salís sp 70,15 Muy alta Monte arbolado de Quercus pyrenaica 60,28 Alta Monte arbolado de Quercus ilex 63,42 Alta Monte arbolado de Pinus sylvestris 36,70 Media Monte arbolado de Pinus pinaster 38,70 Media Matorral de Erica australis 47,30 Media Matorral de Cytisus purgans 62,30 Alta Matorral mixto con Genista florida, Cytisus purgans y 54,80 Alta Genistella tridentata 13


En la metodología utilizada el resultado de la valoración conjunta de vegetación y fauna se corresponde con el plano de calidades ambientales iniciales, para establecer la calidad ambiental final se ha utilizado el paisaje como criterio de matización para diferenciar áreas de igual calidad pero con distintos valores paisajísticos. En esta última fase de la metodología se han valorado las singularidades del paisaje relacionadas esencialmente con su percepción (cuencas visuales, heterogeneidad...) por entender que también estos factores tienen especial relevancia para la planificación urbanística. De esta forma los criterios paisajísticos se integran en la planificación urbana fomentando su conservación. Los criterios de asignación de calidad final utilizando el índice de calidad ambiental y del paisaje se recogen en la tabla 1 (Figura 2).

FIGURA 2. CARTOGRAFÍA DE CALIDADES AMBIENTALES

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La segunda fase de los trabajos de ordenación se corresponde con el establecimiento de la ordenación urbanística del suelo rústico. En consonancia con el resultado del análisis y valoracion de la calidad ambiental, las Normas Urbanísticas Municipales han clasificado la mayor parte del término municipal como suelo rústico, 4562 ha, frente a las 24 has clasificadas como suelo urbano, incluyéndose en esta clasificación tanto los espacios consolidados como aquéllas otras áreas pendientes de su consolidación. A partir de la cartografía temática de calidad ambiental realizada específicamente para este trabajo, así como de las determinaciones establecidas por diversas legislaciones sectoriales concurrentes sobre el espacio rústico, se ha definido una nueva zonificación que establece el régimen jurídico del suelo rústico contenido en las Normas Urbanísticas Municipales, que son el instrumento de planeamiento general con el que contará el municipio de El Maíllo. La propuesta de ordenación urbanística parte de la necesidad de asumir plenamente la nueva funcionalidad territorial adquirida por el suelo rústico, su ordenación debe definirse como una política de intervención activa, orientada a la consecución de objetivos básicos. En primer lugar, la preservación de los valores naturales mediante la protección de aquellas áreas de mayor interés y fragilidad paisajística resulta fundamental; sobre todo en un municipio como El Maíllo que forma parte de la Red de Espacios Naturales de la comunidad de Castilla y León. Se ha definido una clasificación de suelo en la que el espacio clasificado como suelo rústico protegido por razones naturales representa un alto porcentaje de la superficie municipal. Se han diferenciado en esta categoría dos niveles de protección: el nivel 1 se corresponde con las zonas de reserva y uso limitado definidas por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y las áreas definidas, según la matriz más arriba expuesta, como de alta calidad ambiental. El otro nivel de protección (nivel 2) integra las áreas de calidad ambiental media y aquellos espacios incluidos en la zona de policía definida por la Ley de Aguas, conviene señalar que la prevención de los riesgos naturales es otro de los objetivos de la ordenación urbanística. 15


La preservación del patrimonio cultural es otra de las directrices básicas que orientan la propuesta y que se traduce en la clasificación como suelo rústico con protección cultural de los ámbitos definidos como yacimientos arqueológicos así como de los espacios y bienes inmuebles que ya han sido catalogados como Bien de Interés Cultural (BIC) por la legislación autonómica, como por ejemplo el Monasterio de la Casa Baja de El Maíllo. Por último, otro de los objetivos a alcanzar es la consolidación de la actividad económica del municipio, mediante el mantenimiento de las condiciones espaciales que permitan su desarrollo más adecuado. La actividad económica de El Maíllo continúa organizándose en torno al aprovechamiento de los recursos primarios del territorio municipal, el mantenimiento de la actividad forestal y ganadera del municipio constituye un elemento irrenunciable. La clasificación como suelo rústico común del resto de la superficie municipal garantiza la preservación de estas áreas del proceso urbanizador, afianzando el aprovechamiento agrario de estas áreas. La definición de la normativa es básica para implementar las políticas de ordenación urbanística, especial mención requiere, la definición del régimen de usos correspondiente al suelo rústico. Se diferencia entre usos permitidos: que se consideran característicos del suelo sobre el que se asientan, permitidos: cuya implantación exige el cumplimiento de determinados parámetros que intentan mantener la estructura territorial característica de estas áreas, los usos prohibidos: aquellos cuya instalación desvirtúa la configuración característica del espacio rural y que deben, por tanto, instalarse en otras áreas más adecuadas. El nivel de Protección Natural 1 es el más exigente, como consecuencia de la traslación a la normativa urbanística de los criterios y determinaciones el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, sobre todo en las áreas de reserva donde se prohíbe cualquier tipo de edificación. En el nivel 2, se permite la implantación de usos vinculados al ocio y tiempo libre, las obras públicas y los usos de utilidad pública se incluyen como autorizados. En contrapartida el Suelo Rústico Común representa un ámbito de 16


transición en el que se permiten o se autorizan una mayor diversidad de usos, aunque con las cautelas suficientes como para garantizar su adecuada inserción en el medio rural. 4. CONCLUSIONES La valoración de la calidad ambiental se ha realizado a partir de la individualización previa, en el estudio sobre el medio físico, de un conjunto de unidades ambientales definidas por la integración de distintos elementos del complejo ecológico, de entre los cuales ha desempeñado un papel principal la vegetación, quizá uno de los factores estructurantes del paisaje más importantes. Se ha incorporado en la valoración final la percepción visual del paisaje como otro de los elementos más significativos en la planificación del medio. Como resultado de la aplicación de los instrumentos de valoración y ponderación utilizados, conforme a la metodología expuesta en otra parte de este trabajo, se han definido una serie jerárquica de unidades de calidad ambiental, sobre las cuales recaen, según los rangos establecidos, los esfuerzos o distintas categorías de conservación que el planeamiento urbanístico proporciona. En el municipio de El Maíllo la ordenación urbanística presta especial atención a la protección, frente a las presentes o futuras presiones urbanísticas, de diversos ecotopos: en primer lugar, los escasos retazos de bosque galería bien conservado, formado por una arboleda densa mixta de Salix sp. y de Populus nigra con un indudable interés paisajístico.Los cordales serranos y los sectores ocupados por masas de quercíneas (Quercus ilex y Quercus pyrenaica), son trascendentales para la conservación de los valores paisajísticos y faunísticos del municipio. Estos ámbitos se incluyen en el nivel de protección máximo previsto por la ordenación urbanística, clasificándolos como suelo rústico con protección natural (Nivel 1). Los suelos ocupados por las recientes repoblaciones de coníferas, muchos de los cuales tienen la consideración de Montes de Utilidad Pública tienen un régimen de protección menor, pero se

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clasifican como suelo rústico con protección. Por último, el espacio ocupado por los campos de cultivo, que en este municipio excede la parte de la superficie municipal en la que se asienta el núcleo urbano y su ruedo agrícola, se identifica fundamentalmente con los terrenos clasificados como suelo rústico común. Estas recomendaciones ambientales han sido recogidas tanto en la clasificación del suelo rústico, mediante el establecimiento de cuatro categorías de suelo rústico, como en la definición de la normativa reguladora asociada cuyo cumplimiento asegurará la conservación de los importantes recursos (forestales, de ocio, paisajísticos...) que alberga el suelo rústico de este municipio.

BIBLIOGRAFÍA CUENCA, J.M. 1998. Andalucía Geográfica. Boletín de la Asociación de Geógrafos profesionales de Andalucía. FERNÁNDEZ MANSO A.A. 1995. Planificación de un desarrollo sostenible para los Montes de Torozos. Volumen 0: Base conceptual y metodología. P. F. C. Universidad de Lleida FERNÁNDEZ MANSO, AA. & GUERRA VELASCO, J.C; 1997. Utilización de los SIG en la planificación del desarrollo comarcal sostenible: el caso de los Montes de Torozos. Primer Congreso Nacional de Información Geográfica. GÓMEZ OREA D. .1993. Ordenación del territorio, una aproximación desde el medio físico. ITGE-E.T.S. de Ingenieros Agrónomos. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. 1995. Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural de “Las Batuecas-Sierra de Francia” JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. 2000. Plan Forestal de Castilla y León, documento para el debate público., Consejería de Medio Ambiente. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. 2000. Directrices de Ordenación del Territorio 18


PEREZ FERNANDEZ, M.P. El suelo no urbanizable: un espacio de uso y conflicto en los bordes de la ciudad de Valladolid. Memoria de Licenciatura, 1995 (Texto inédito) URBYPLAN. 2000. Normas Urbanísticas Municipales-El Maillo. Memoria Justificativa. Aprobación Inicial.

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LAS PROXIMIDADES DE LAS GRANDES CIUDADES (I)


LAS PROXIMIDADES DE LAS GRANDES CIUDADES (II)


EL FENOMENO LIGADO A LA ACCESIBILIDAD


PROXIMIDAD A CAUCES FLUVIALES O EMBALSES


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